Tema 12 Romano

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    pretor en el ejercicio de su jurisdicción.

    DEFINICIÓN DE LA OBLIGACIÓN

    Las instituciones de Justiniano definieron así la obligación: Es un lazo de derechos quenos constriñe en la necesidad de pagar alguna cosa conforme al derecho de nuestraciudad. La obligación está así comparada a un lazo que une una a otra a las personasentre las cuales ha sido creada es! por otra parte! un lazo puramente jurídico. "ero sise sujeta al deudor! se limita su libertad! no hemos de sacar de ahí la conclusión de quesea una molestia en la sociedad. El hombre no puede bastarse a sí mismo. #ienenecesidad de la industria! de la acti$idad de sus semejantes es por medio de lasobligaciones por lo que obtiene % por lo que da por sí mismo ser$icios recíprocos.&uanto más se ci$iliza una nación! más se desen$uel$e en ella el derecho deobligaciones de donde surge la importancia capital de esta materia! que no ha cesadode perfeccionarse desde los orígenes de 'oma hasta nuestros días.

    CONCEPTO DE OBLIGACIÓN

    Las instituciones (a%anas no definen la obligación el comentario se inicia! con unsimple nunc)transeamus ad obligaciones. *na definición que se atribu%e a un glosadorpostclásico de (a%o se encuentra en las instituciones justinianeas: La obligación es un $ínculo de derecho que nos constriñe en la necesidad de pagar alguna cosa seg+n elderecho de nuestra ciudad.

    La e,presión sol$endae rei ha de entenderse como una referencia a cualquier índole deprestación % no +nicamente a la de entregar la cosa. -i se e,amina con detenimiento ladefinición anterior! se $e que la misma está formulada en

    función del sujeto pasi$o o deudor. Ello se debe a que la obligación es un estadonormal! se limita la esfera de acción de una persona deudor/ en beneficio de otraacreedor/ por eso no puede durar indefinidamente! está destinada a desaparecer! seacuando el obligado cumpla la prestación prometida! en cu%o caso se dice que ha%solutio de) sol$ere/ % se produce la liberatio del deudor! o bien cuando surgen causasde e,tinción del $inculo de otra índole.

    #ambi0n podemos citar otro concepto de obligación que nos dejó el jurisconsulto"aulo! e,puestas desde el punto de $ista del sujeto acti$o 1lo esencial de la obligacionesno consiente en que se haga nuestra una cosa! corporal o una ser$idumbre! sino enconstreñir a otro a darnos! a hacer o responder de algo2. En cuanto a su etimología! elt0rmino obligación $iene del sustanti$o latino obligatio e,presión que a su $ez deri$a

    de la preposición ob % del $erbo ligare! que significa atar. Lo que quiere decir que por elsólo hecho de asumir la obligación! el deudor queda ligado a su acreedor.

    En el $iejo 3erecho 'omano la obligación era la sujeción en que se colocaba a unapersona libre para garantizar la deuda que había contraído ella misma o por otrapersona. En caso típico! era la práctica de un pr0stamo seguido de un ne,um por elcual el deudor se entregaba en prenda al acreedor hasta que con su trabajo o porinter$ención de un tercero e,tinguía la deuda % obtenía su

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    libertad.

    El sistema riguroso anterior termina en el año 456 a. de &.! cuando la Le, "oetelia"apiria! suprimió a la práctica de la entrega de la persona en prenda por deudas ci$iles! % estableció el principio de que el deudor sólo podía garantizar sus deudas con suspropios bienes % no con su corpus.

    ELEMENTOS DE LA OBLIGACIÓN

    La obligación crea un lazo! una liga)$inculum! que presupone por lo menos dossujetos: *no acti$o % otro pasi$o el primero creditor sujeta en cierta forma al segundodebitor para que le preste la conducta debida. Las e,presiones creditor % debitor seusaron tardíamente! reus parece ser el t0rmino admitido en la $ieja lengua jurídicapara uno % otro sujeto. El $ínculo que es un lazo de derecho permite al acreedor usarlos medios coacti$os para que el deudor preste el comportamiento debido. El objeto dela obligación! consistía en la conducta que el deudor debía obser$ar en pro$echo delacreedor así! un dare! facere o praestare.

     7l lado de esta fórmula general están más precisos ciertos te,tos. 3istinguen en trescategorías los di$ersos actos a los cuales puede ser obligado el deudor! % los resumenen estos tres $erbos: dare! praestare! facere.

    La obligación tiene siempre por objeto un acto del deudor! que esta personalmenteobligado resulta de ello que nunca ni aun cuando ella consiste en dare! transfiere porsi misma ni la propiedad ni ning+n otro derecho real. El deudor está obligadosolamente a efectuar esa transferencia por medio de los modos especiales creados paraeste efecto.

    3e la definición de la obligación surgen los tres elementos de que se compone:

    a) El acreedor: *n sujeto acti$o!puede haber uno o $arios. 7l acreedor pertenece elderecho de e,igir del deudor la prestación que es objeto de la obligación. El 3erecho&i$il le da! como sanción de su cr0dito! una acción personal es decir! la facultad dedirigirse a la autoridad judicial para obligar

    al deudor a pagarle lo que se le debe. Esta sanción organizada seg+n los principios del3erecho &i$il romano! caracteriza a las obligaciones ci$iles! las +nicas que son $erdaderas obligaciones! que consisten en un lazo de derecho.

    En ciertos casos! sin embargo! se encontró bien admitir que una persona pudiese más

    que seg+n el 3erecho 8atural era un simple lazo de equidad.

    'esulta de consecuencias que los jurisconsultos % el pretor acabaron por precisar. "eroestas obligaciones imperfectas! calificadas de naturales! no han sido jamás sancionadaspor una acción. 7quel en pro$echo del cual habían sido reconocidas no podía contarmás que con una ejecución $oluntaria de parte del deudor.

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     b) El deudor: *n sujeto pasi$o! es la persona que está obligada a procurar alacreedor del objeto de la obligación. "uede haber en ella uno o $arios deudores! comouno o $arios acreedores.

    c) Un objeo: El objeto de la obligación consiste siempre en un acto que el deudordebe realizar en pro$echo del acreedor! % los jurisconsultos romanos lo e,presanperfectamente por medio de un $erbo: facere! cu%o sentido es mu% amplio! quecomprende a una abstención.

    CONTENIDO DE LA OBLIGACIÓN!

    a) Dar! "dare)! Es hacer propietario o constituir un derecho real! rendir o prestarser$icios.

     b) #acer! "$acere)! #odo acto que implique obser$ar un determinadocomportamiento! que comprende la abstención % el de$ol$er una cosa a su propietario.

    c) Pre%ar! "&rae%are)! 'esponder de algo o garantizar algo

    "ara designar el objeto de la obligación se habla generalmente de prestación! que debeserposible! lícita! objeti$amente determinada % tener carácter patrimonial.

    DEBITUM ' (ESPONSABILIDAD!

    La obligación comprende dos elementos:

    a) El debu*: es decir! el deber de prestar cierta conducta

     b) La re%&on%abldad: que otorga al acreedor un medio de ejecución.#ales elementos! sin embargo! no siempre se conjugaron! pues el debitum en unprincipio no fue estrictamente jurídico %a que frente al deudor remiso! el acreedor nopodía lograr la ejecución forzada de la prestación misma! porque la obligación en suorigen no lle$aba aparejada responsabilidad! pues para que 0sta naciera era necesarioque el acto que originara a la obligación así! a la promesa contractual/ se añadiera otronue$o que fundamentara responsabilidad para el caso de incumplimiento. Es hasta elmomento en que el debitum % la responsabilidad están unidos en un mismo negociocuando se puede hablar de obligación tal como en la actualidad se conoce.

    FUENTES DE LAS OBLIGACIONES

    -e llaman fuentes de las obligaciones a aquellos hechos a los cuales el ordenamiento jurídico romano atribuía eficacia de hacer surgir un $ínculo obligatorio entre dos o máspersonas.

    -eg+n (a%o! las obligaciones deri$an de dos fuentes: el contrato % el delito! pero en lares cottidianae! surge una clasificación tripartita de las causas de las obligaciones: lasobligaciones nacen del contrato o del delito! o por un cierto derecho peculiar de $arias

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    especies de causas! la doctrina se inclina ho% por creer que tal di$isión no es clásica %que las 'es &ottidianae que atribu%en a (a%o no son de 0ste. Los jurisconsultosromanos al referirse al tercer t0rmino!

    indicaban a $eces que la obligación se desarrollaba en ellos de un modo parecido comose desen$ol$ía la procedente de un contrato determinado o de los delitos. En lasinstituciones justinianas! la tripartición de las fuentes de las obligaciones setransformó en cuatripartición: "or lo tanto pro$ienen las obligaciones de un contrato ode un cuasicontrato! o de

    un delito o de un cuasidelito. &ientíficamente! la cuatripartición! que puedeconsiderarse justiniana! tu$o el solo m0rito de reafirmar de una $ez % para siempre elconcepto de contrato como acuerdo de $oluntades producti$o de obligación.

    Esta clasificación tiene la cualidad de señalar de forma definiti$a cuáles son lasprincipales fuentes de las obligaciones! pero adolece de defecto de que dentro de ellasno quedan comprendidos todos los hechos que pueden dar origen a una obligación!

    hechos que por ning+n moti$o fueron desconocidos por Justiniano % que fueenumerando a lo largo de su obra.

     7parte de la Le%! fuente de toda clase de derechos políticos % ci$iles! las obligacionespro$enían de los hechos ilícitos que constituían los dolitos delicta/ o de los hechos onegocios lícitos que constituían los contratos contractus/.) "ero e,aminando condetenimiento todas las obligaciones! el jurista (a%o! señaló la e,istencia de otrasfuentes! a las que denomino 97'7E &7*-7'*;

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    • (a%o nos habla en el 3igesto de obligaciones que nacen de un cuasidelito % deun cuasicontrato.• La le% 

    +! EL CONT(ATO

    Es el acuerdo de dos o más personas con el fin de constituir una relación obligatoriareconocida por le%.

    • En el derecho romano no todo acuerdo de $oluntades se tipificaba como

    contrato! sino solo los con$enios a los que la le% les atribuía el efecto de hacer nacerobligaciones ci$ilmente e,igibles.• En el derecho romano mas que una definición e,istía una lista de contratos.

    ELEMENTOS GENE(ALES DEL CONT(ATO

    >/ &onsentimiento

    5/ &apacidad

    4/ ?bjeto

    n +! EL CONSENTIMIENTO!

    Es el acuerdo de dos o $arias personas que se entienden para producir un efecto jurídico determinado. Este acuerdo es base de todo contrato.

    Es preciso que la que el consentimiento sea real. 7sí el loco el infante no puedencontratar.

    http://lh3.ggpht.com/-WSLVBCE56Mg/UvQARw9_pZI/AAAAAAAAAHU/SbO0F1L855w/s1600-h/image%25255B4%25255D.png

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    8o e,iste consentimiento cuando las partes han cometido un error tal que en larealidad no están de acuerdo con la obligación.

    n Los romanos consideraban que e,istía error cuando las partes se engañaban sobre elobjeto del contrato.

    El error, tambi0n podía presentarse en la sustancia misma de la cosa. Ejm. &uando setoma un lingote de cobre por uno de oro! o $inagre por $ino.

    Dolo! -e entiende por dolo los manejos fraudulentos empleados para engañar a unapersona % para determinarla a dar su consentimiento en un acto jurídico.

    De la -olenca! La $iolencia consiste en actos de fuerza material o moral! queobligan bajo un temor suficiente parar obligarla a dar consentimiento.

    .! CAPACIDAD DE LAS PA(TES

    n "ara que el contrato sea $álido ! es preciso que est0 hecho entre personas capaces.

    El loco! el infante no pueden contratar! porque no tienen $oluntad % porque no puedenconsentir.

    >. ncapacidad que resulta por falta de edad.

    5. ncapacidad del pródigo.

    4. ncapacidad resultante del se,o.

    @. ncapacidad del escla$o

    /! DEL OB0ETO

    n DEBE SE( POSIBLE!

    La imposibilidad de lle$ar a cabo un hecho puede ser natural: así es imposible la datiode una cosa que no puede e,istir! como un hipocentauro o que no e,iste %a! como unescla$o que ha muerto.

    *na puede comprometerse $álidamente a suministra una cosa futura! con tal quee,ista en el momento de la ejecución de la obligación: por ejemplo la cosecha queproducirá tal campo! o el niño que nazca de una escla$a.

    DEL OB0ETO

    Debe %er l1co!2 El hecho ilícito puede ser lle$ado a cabo! pero está reprobado por lale%! como el robo % el asesinato. El derecho! que prohíbe tales actos! no puede permitirque es el objeto de una obligación $álida.

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    Debe %er %u$cene*ene deer*nado

     Anecedene:

    NE3UM!2 -e utilizaba en la 0poca antigua se realizaba mediante el metal % la pesaanáloga a la mancipatio/

    -i el deudor no cumplía con la obligación en 4A días pasaba a prisión % al cabo de 6Adías! si no realizaba el pago! podía ser muerto o $endido como escla$o por el acreedor!

    3eri$aba del t0rmino nectere! que significa ligar! con lo cual se indicaba el lazo oatadura que sometía al deudor con respecto al acreedor.

    n -e obser$aba el procedimiento del per aes et libram! la presencia del libripens % loscinco testigos % la ceremonia de la pesada de cobre.

    n

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    &on$enciones que en 'oma tenían como elemento esencial % constituti$o la escritura!se perfeccionaban por escrito.

    Ejm. La nómina transcripticia.

    /! LOS CONT(ATOS (EALES:

    El elemento esencial de los contratos reales fue la realización de un hecho positi$o queconsistía en la entrega de un cosa a uno de los contra%entes! con la obligación de 0stede restituirla en el tiempo con$enido.

    -e perfeccionaban por la entrega o tradición de la cosa.

    CLASES DE CONT(ATOS (EALES

    +! El *uuo:

    n Es el pr0stamo de consumo de una cosa fungible que se forma sin solemnidad que seconstitu%e por la datio entrega/

    n Es un contrato real por el cual una persona! el prestamista entrega en propiedad aotra prestatario una determinada cantidad de cosas fungibles con la obligación de 0stade restituir otras tantas cosas del mismo g0nero % calidad.

    n Eran objeto de mutuo! los cereales! el $ino! el aceite etc.

    En el caso de mutuo de dinero se consideró la posibilidad de que las partes con$enganintereses.

    n -e prohibió dar dinero en mutuo a los hijos de familia.

     b! El de&5%o!

    n Es la con$ención por la cual una persona! el depositante entregaba una cosa mueble aotra! el depositario! para que la custodiase gratuitamente % la de$ol$iese al primerrequerimiento.

    n &onsistía en la datio de la cosa sin que implicara transmisión de la propiedad sinosimple detentación.

    n El depositario tenía que abstenerse de usar la cosa objeto de depósito.

    c! El co*odao:

    n Es el contrato real por el cual una persona F el comodante )entregaba a otra F elcomodatario! una cosa no consumible! mueble o inmueble para que la usaragratuitamente % despu0s la restitu%era en el tiempo % modo con$enidos.

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    n Los romanos tambi0n lo llamaron pr0stamo de uso.

    n El comodato creaba desde su nacimiento obligaciones % responsabilidades para elcomodatario! quien debía usar la cosa de acuerdo a su naturaleza % destino! o deconformidad con lo e,presamente con$enido.

    n El comodatario estaba obligado a de$ol$er la misma cosa dada en pr0stamo en elplazo fijado.

    d! La &renda!

    La prenda es un contrato real! que supone la entrega de una cosa que remite el deudora su acreedor a título de garantía o seguridad.

    El deudor supone una relación anterior de derecho.

    La prenda se constitu%e por una deuda propia o ajena! con la obligación de quien la

    recibe de conser$arla % restituirla cuando el cr0dito hubiera sido satisfecho.

    El elemento constituti$o era la datio! que transfería la posesión.

    n 6! Lo% conrao% con%en%uale%

    n Las con$enciones que se perfeccionaban por el mero consentimiento de las partes!aquellas para cu%a $alidez era suficiente la sola $oluntad de los contra%entes conindependencia de la firma en que esa $oluntad se manifestara! integraba en 'oma lacategoría de los contratos consensuales.

    n El solo consentimiento para constituir contratos fue reconocido para los siguientecontratos:

    >. &ompra$enta.

    5. La locación o arrendamiento

    4. La sociedad

    @. mandato.

    CLASES DE CONT(ATOS CONSENSUALES

    n La compra$enta

    n Es el acto por el cual una persona denominada 1$enditor2)$endedor) se obliga atransferir un bien a otra llamada 1emptor2)comprador)mediante el compromiso deesta +ltima de entregarle la propiedad de una suma de dinero que se llama precio.

    n E,isten dos obligaciones: una a cargo del $endedor % otra a cargo de comprador.

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    n Es un contrato sinalagmático perfecto.

    &aracteres:

    >.La compra$enta es un contrato consensual! %a que se perfecciona por el meroconsentimiento! sin que se requiera ni forma oral o escrita! ni la datio real.

    5. La compra$enta es un contrato bilateral perfecto %a que hace surgir obligaciones concargo de dos partes

    4. La compra$enta es de buena fe.

    @. La compra$enta es un contrato obligacional es decir! que hace surgir obligaciones acargo de dos partes.

    n La co%a -endda!

    La cosa $endida puede ser un bien presente o futuro.

    -e podía $ender la cosa de otro.

    El objeto de la compra$enta podía ser cualquier cosa mueble o inmueble! corpórea oincorpórea.

    n El &reco!

    &onsiste en dinero: sin 0l no ha% $enta de lo contrario seria trueque.

    n Con%en*eno

    "odía manifestarse por cualquier modo! sin solemnidad alguna! e,presa o tácitamente!entre ausentes! por carta! por mandato.

    "osteriormente se hizo costumbre realizar contratos de compra$enta por escrito!primero solo tu$o carácter probatorio! posteriormente en la 0poca postclásica se hizouna e,igencia.

    LOCACIÓN O A(ENDAMIENTO

    n Es el contrato por el cual una de las parte se obliga a pagar a la otra un precio % ella!en cambio! a suministrar aqu0lla el uso % disfrute temporal de una cosa! o a prestardeterminados ser$icios! o a lle$ar a cabo una obra.

    n E,istieron tres modalidades:

    +! Locac5n o arrenda*eno de co%a%.

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    El contrato de locación de cosas podía tener por objeto cualquier cosa mueble oinmueble! que no fuere consumible %! tambi0n! el ejercicio de un derecho real sobrecosa ajena! como el usufructo o la superficie.

    La principal obligación del locador consistía en entregar la cosa al locatario o ponerla asu disposición para que la usara de conformidad con lo con$enido! asegurando sudisfrute durante el tiempo establecido en el contrato.

    .! Locac5n de %er-co%:

    La prestación consistía en poner a disposición de otro los propios ser$icios durante uncierto tiempo! a cambio de una remuneración merces/.

    #enía por objeto ser$icio de carácter manual análogo a lo que prestaban los escla$os.Guedaban e,cluidos las profesiones o artes liberales! como el abogado! el m0dico! elmaestro! que en 'oma se ejercieron durante mucho tiempo en forma gratuita.

    /! Locac5n de obra:

    Era la especie de locación por la que una persona se comprometía a realizar una obra oun trabajo determinado mediante el pago de un precio en dinero. ?bjeto del contratono era el trabajo en sí! sino el resultado de 0l! o sea! su producto %a acabado

    LA SOCIEDAD

    n La con$ención en $irtud de la cual dos o más personas )los socios)se obligabanrecíprocamente a poner en com+n ciertas cosas! bienes o acti$idades de trabajo! paraalcanzar un fin lícito de utilidad igualmente com+n.

    n E,istía una participación en las ganancias % en las p0rdidas.

    n 7 falta de acuerdo! la distribución era igualitaria! cualquiera que fuera la proporciónde los aportes.

    n Las causas de e,tinción eran por muerte o capitis diminutio.

    MANDATO

    n La con$ención en $irtud de la cual una persona! el mandatario se obligaba a cumplirgratuitamente el encargo o gestión encomendada por otra ) el mandante % que añadía

    al inter0s de 0ste o de un tercero.

    n El mandato se habría configurado como contrato en la 'ep+blica.

    n La característica de gratuito lo diferenciaba de la locación de ser$icios.

    Ejm: la persona que se comprometía a limpiar % arreglar la ropa.

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    .! CUASICONT(ATOS

    n En la 0poca clásica las fuentes de las obligaciones se di$idían en contrato % delitos!pero como no podían desconocer los juristas que ambas fuentes no agotaban todos lostipos de obligaciones! agregaron el t0rmino figuras similares al contrato o delito.

    n Los cuasicontratos se asemejan a los contratos pero no son tales! porque le falta lacon$ención! el acuerdo de las partes para producir determinada obligación.

    Prnc&ale% cua%conrao%

    a! (estión de negocios.) En un inicio se dieron por edicto del pretor! fue una acción de buena fe! % supone un acto material! como por ejemplo la reparación de un muro de lapropiedad del ausente! la e,tinción de un incendio o un acto jurídico o la defensa de unproceso intentado contra otro. -on actos realizados sin acuerdo con la parte quien se beneficia.

     b! ndi$isión.) La comunidad de bienes! que sea por herencia % sin pacto de sociedad!establece entre los propietarios relaciones obligatorias entre ellos sin su propia $oluntad.

    c! Enriquecimiento injusto.) El enriquecimiento injusto! es decir el hecho por el cualuna persona se enriquece a costa de otra sin base jurídica o contraria al derecho! da alperjudicado una acción para recuperar lo que injustificadamente perdió.

    /! DELITO

    n El 3erecho romano consideró delito todo acto ilícito castigado por una pena.

    ) 3EL#?- "HIL&? &';87/

    ) 3EL#? "'973? 3EL /

    Conoc5 do% cae7or1a% :

    n Delo% &8blco%: llamados crimina! que lesionaban a la comunidad como tal % queel Estado perseguía % sancionaba con una pena p+blica. En estos Estado es el queejecuta % la pena es en pro$echo del Estado

    n Delo% &r-ado%: llamados delicta o maleficia! que eran hechos antijurídicos que

    lesionaban a un particular! a su familia o a su patrimonio! % que se castigaba con unapena pri$ada de carácter pecuniario. El particular lesionado! es el +nico que tienederecho a actuar % la pena es en su pro$echo.

    n Delo% c-le%: Injuriae. El delito de injuria es el delito contra la persona % nocontra el patrimonio. La le% de las #ablas enumera las injurias que puedenconsistir en escritos difamatorio! roturas de miembros! fracturas de huesos! $iolencias!golpes! etc.

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    n Furtum. 'obo! es la sustracción fraudulenta con propósito de lucrar.

    n Damnum injuria datum! daño causado contra derecho. #iene lugar cuando se causaa una persona un perjuicio patrimonial sin que el que le produce busque obtener unlucro! sino obra con la intención de dañar! o con negligencia.

    6! CUASIDELITOS

    n &a%o % Justiniano dan ejemplos de obligaciones cuasidelictuales.

    a/ La acción dada contra el juez que por negligencia o dolo ha%a dado una malasentencia fraudulenta o errada/.

     b/ La acción de las cosas arrojadas o derramadas! que se dada contra el habitante deuna casa desde la cual se hubiera arrojado algo a la $ía p+blica.

    c/ La acción popular contra el habitante de un departamento en el que se hubiera

    colocado cosas e,puestas a caer. La sanción era multa.

    d/ La acción por el doble contra el na$iero! hostelero o posadero por sustracciones odaños causados por sus dependientes en las cosas de los cargadores o hu0spedes.

    9! OT(AS FUENTES DE LAS OBLIGACIONES

    ndependientemente de la clasificación anterior % como $emos % como %a se haseñalado! obser$amos que en su obra Justiniano tambi0n reconoce como fuentes de lasobligaciones a:

     7.) Los pactos. -e entiende por pacto el hecho de que dos o más personas se pongan deacuerdo respecto de un objeto determinado sin e,istir ninguna formalidad de pormedio! teniendo que distinguir entre:

    a.) pactos nudos

     b.) pactos $estidos.

    Entendemos que pactos nudos aquellos que producirán obligaciones de carácternatural % que no se encuentran protegidos por ninguna acción! aunque debemos detener presente que estos pactos si podían dar lugar a una e,cepción! esta e,cepciónequi$alía a un primer paso para lograr la protección procesal.

    Los pactos $estidos son aquellos pactos que sí gozan de una acción para su protección jurídica! entre ellos es posible distinguir tres categorías:

    a) "actos ad%ectos.

     b. "actos pretorios.

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    c. "actos legítimos.

    a.) Estamos en presencia de pactos ad%ectos en aquellos casos en los cuales el juez!tomando en cuenta la información de las partes! en los contratos de buena fe dotaba deprotección procesal al pacto celebrado entre los sujetos! para modificar los efectos delcontrato.

     b.) Los pactos pretorios se dan en aquellos caos en que el pretor concedía protecciónprocesal a tra$0s de acciones % e,cepciones a determinado pacto nudo.

    c.) Los pactos legítimos son aquellos que se encuentran protegidos procesalmente pordisposición e,presa de alguna constitución imperial.

    I.) La le%. &uando el sujeto se encuentra en el supuesto pre$isto por determinadadisposición legal! tiene forzosa % necesariamente la obligación de cumplir con loseñalado por el ordenamiento! como en el caso de las obligaciones que deri$an de lapaternidad.

    &.) La sentencia. 3esde el momento en que e,iste un litigio! las partes que en 0linter$ienen quedan obligadas a cumplir con la sentencia que en el mismo dicte laautoridad correspondiente.

    3.) 3eclaración unilateral. Es aquella promesa hecha espontánea % libremente por unapersona de forma unilateral o bien a la ciudad o bien al templo! en cu%o caso hablamosde pollicitario o $otum! respecti$amente.

    E0ECUCIÓN DE LAS OBLIGACIONES

    (eneralmente la obligación se cumple! esto quiere decir que el deudor realiza laprestación debida.

    El cumplimiento o pago! como $eremos más adelante! es el modo normal de e,tinciónde una obligación.

    -in embargo! puede darse el caso de que el deudor no cumpla o de que se retrase en elcumplimiento es decir! que incurra en mora.

    El incumplimiento puede deberse a causas imputables al deudor! por ejemplo! el dolo % la culpa o puede obedecer a circunstancias ajenas a su $oluntad! como el caso fortuitoo fuerza ma%or.

    +! Mora

    La mora es el retraso culpable o doloso en el cumplimiento de una obligación. Ese$idente que el que puede retrasarse en el cumplimiento de una obligación es el deudor % así! decimos que incurre en mora cuando no cumple a tiempo % por causas que lesean imputables.

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    -in embargo! para el 3erecho romano! tambi0n el acreedor podía incurrir en moraesto sucedía cuando rechazaba! sin justa causa! el pago ofrecido por el deudor.

    así! el derecho romano! nos presenta la mora debitoris! a cargo del derecho % la moracreditoris! a cargo del acreedor.

     A!2 Mora debora

    "ara que el deudor incurriera en mora era necesario que el retraso le fuera ine$itable %que la deuda estu$iera $encida. "ara aquellas obligaciones no sujetas a plazo! eranecesario que el acreedor hubiera requerido el pago mediante una interpelacióninterpellatio/ además! incurra en mora sin interpelación la persona que obtenga unobjeto de forma ilícita! como el ladrón! por ejemplo. El deudor moroso debía pagar alacreedor los daños % perjuicios que su retraso le hubiera ocasionado! respondía hastapor fuerza ma%or % además el acreedor se hace dueño de los frutos del objeto debidodesde el momento en que el deudor se constitu%ó en mora.

    B!2 Mora credora

    &omo %a dijimos! la mora del acreedor aparece cuando 0ste rechaza injustificadamentela oferta de pago que le hace el deudor. #ienen como consecuencias determinar la moradel deudor.

    -i -e debía una cantidad de dinero! el deudor podía sellarla obsignatio/ depositarla enestablecimientos p+blicos! quedando así liberado de la obligación. "apiniano! 3. 55! >!K/.

    .!2 Dolo

    E,iste dolo cuando $oluntariamente el deudor no cumple la obligación contentación dedañar al acreedor.

    -on elementos del dolo:

    "rimero: un acto o una omisión del deudor.

    -egundo: la intención de lle$ar a cabo dicho acto.

    #ercero: que este acto traiga un perjuicio económico a la otra parte.

    El dolo no se presume sino que debe ser probado por el acreedor.

    /!2 Cul&a

    La culpa se da cuando el deudor ocasiona un daño al acreedor! por su falta de cuidadoo negligencia.

    http://www.monografias.com/trabajos/ofertaydemanda/ofertaydemanda.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/ofertaydemanda/ofertaydemanda.shtml

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    E,isten diferentes grados de la culpa % así tenemos! en primer lugar la culpa lata! o seala culpa gra$e o e,cesi$a negligencia *lpiano! 3. A! >6! @4! 5/.

     7demás e,iste la culpa le$is! que es menos gra$e % que a su $ez podía ser in abstracto oin concreto.

    La culpa le$e en abstracto se presentaba cuando el deudor no hubiera obser$ado loscuidados de un buen padre de familia. La culpa le$e en concreto se determinabacomparando la conducta del deudor con el grado de cuidado que 0l mismoacostumbrara obser$ar en sus demás negocios.

    -i el incumplimiento fuera imputable al deudor! por dolo o culpa! el acreedor podíademandar el cumplimiento o la rescisión del contrato! más el pago de unaindemnización por daños % perjuicios.

    *na $ez establecida la responsabilidad del deudor! la cuantía de la indemnización eradeterminada por el juez.

    La $aloración de los daños tambi0n podía quedar sujeta sal acuerdo entre las partes!que podían agregar al contrato una cláusula pápenla destinada a fijar de antemano laindemnización.

    6! Ca%o $oruo o $uera *a;or

    El caso fortuito es un acontecimiento no imputable al deudor que hace imposible elcumplimiento de una obligación. "uede consistir en un hecho natural! como unainundación! un terremoto! etc! en un hecho jurídico! como cuando se sustrae delcomercio una cosa %! finalmente! tambi0n se considera como caso fortuito a la fuerzairresistible! la guerra! por ejemplo.

    En estos casos el deudor quedaba liberado a menos que se hubiera con$enido locontrario! o estu$iera en mora.

    T(ANSMISIÓN DE LAS OBLIGACIONES

     7l hablar de la transmisión de las obligaciones debe distinguirse por un lado latransmisión del derecho de cr0dito que tiene el acreedor %! por el otro la transmisiónde la deuda o deber de pagar a cargo del deudor. 3e esta manera! es posible afirmarque tanto el cr0dito como la deuda pueden transmitirse! en el primer caso el acreedorcede su cr0dito a otra persona! % en el segundo un nue$o deudor asume la deuda

    primero.

     Da que la obligación romana implicaba una atadura física! la transmisión de cr0ditos %deudos en un principio sólo fue permitida a título uni$ersal! como en el caso de laherencia. -in embargo! al considerar que los derechos son bienes comerciables! lat0cnica jurídica romana usó más tarde di$ersos mecanismos para poder ceder uncr0dito o transmitir una deuda de forma particular.

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    +! Ce%5n de cr

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    "ara e$itar la usura o los abusos que esa situación pudiera pro$ocar! el derechoposclásico estableció las siguientes limitaciones:

    -e prohibió la cesión de cr0ditos a personas Nmás poderosasN! con influencia en lostribunales cesio ad potentiorem/.

    -e prohibió al adquirente de un cr0dito cobrar al deudor más de lo que el mismohubiera pagado por 0l.

    >/.

    El primer deudor o deudor original que sale de la relación! recibe el nombre deldelegante el nue$o deudor! el de delegado! % el acreedor! que es el mismo el dedelegatario.

    E3TINCION DE LAS OBLIGACIONES

    &uando una obligación se e,tingue se disuel$e el $inculo e,istente entre acreedor %deudor. Los modos e,tinti$os de las obligaciones son los hechos a los que elderecho objeti$o otorga esa función.

    El modo 8ormal de e,tinguirse una obligación es el pago o incumplimiento realizadopor el deudor esto es! la ejecución de la prestación debida. -in embargo! e,isten otroshechos que! sin implicar la ejecución efecti$a de la obligación! tienen el efecto deliberar al deudor.

    "or otro lado! en el 3erecho romano antiguo se e,igió que para e,tinguir una deuda eldeudor realizará un acto solemne para dar por cancelada la relación. Este acto! llamadoactus contrarius! era similar a aquel que se había lle$ado a cabo al contraerse laobligación! así! si la obligación había nacido por medio del cobre % la balanza  per aeset libram /! así tambi0n debía ser e,tinguida. La otra forma para realizar el actuscontrarius fue la acceptilatio! por la cual el acreedor reconocía haber sido pagado. Enel derecho justiniano la acceptilatio sir$ió para condonar formalmente una deuda.

    &on la desaparición de los negocios solemnes dejó de usarse el acto contrario. 3e estamanera! a finales de la 0poca republicana los modos e,tinti$os de las obligaciones seclasificaron en dos grandes grupos: modos e,tinti$os que operan ipso ture % modose,tinti$os que operan ope exceptionts.

    La distinción anterior se refiere al momento en que se hacían $aler los modose,tinti$os que operan ipso ture podían alegarse en cualquier momento al juicio %

    http://www.monografias.com/trabajos16/objetivos-educacion/objetivos-educacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/objetivos-educacion/objetivos-educacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/objetivos-educacion/objetivos-educacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/tramat/tramat.shtml#COBREhttp://www.monografias.com/trabajos13/tramat/tramat.shtml#COBREhttp://www.monografias.com/trabajos11/grupo/grupo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/objetivos-educacion/objetivos-educacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/tramat/tramat.shtml#COBREhttp://www.monografias.com/trabajos11/grupo/grupo.shtml

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    e,tinguían la obligación de forma automática % de pleno derecho. #odas las causas dee,tinción de las obligaciones cobraron la misma eficacia.

    +!Modo% e=n-o% >ue o&eran &%o ure

    Los modos e,tinti$os que operan ipso iure son: el pago! la no$ación! la concisión! lap0rdida de la cosa debida! el mutuo disentimiento! el concurso de causas lucrati$as %  lamuerte o capitis deminutio del deudor.

     A!2 Pa7o

    El pago o cumplimiento! solutio en latin! es el modo normal de e,tinguirse lain$estigación.

    El pago se refiere no sólo a la entrega de una cantidad de dinero! sino a tener elcumplimiento de la prestación! cualquiera que 0sta fuera. Oa% que recordar laprestación! objeto de la obligación! podía consistir en un: dare! facere! pratare! non

    facereo parti.

    En relación con el pago debemos distinguir los siguientes elementos: quien lo hace! aqui0n lo hace! cómo! dónde % cuándo.

    En "rimer lugar! el pago debe hacerlo el deudor! pero tambi0n su representante! sal$oen los casos en que se hubieran considerado especialmente las cualidades personalesdel deudor % se e,ija que sea 0l! precisamente! quien cumple con la prestación.

    En segundo lugar! el pago debe hacerse al acreedor o a un representante %o: tutor!procurador! mandatario! etc.

    En &uanto a la forma de hacer el pago! 0sta debe coincidir con el contenido de laobligación. -in embargo! el deudor puede cumplir con una prestación distinta! siempreque el acreedor de su consentimiento. 7 esta modalidad del pase se le llama dación enpago idatio in solutum/.

    -i un deudor tiene $arias deudas con el mismo acreedor % al entregar una cantidad nodice a qu0 deuda debe aplicarse! la imputación del pago se hacía de la manera siguienteprimero a los intereses! despu0s a la deuda $encida % finalmente a la más onerosa o a lamás antigua a falta de lo anterior! el pago se disputaba proporcionalmente a cada unade las deudas.

    En lo que toca el lugar en donde debe hacerse el pago! si nada se hubiera hecho almomento de nacer la obligación! se aplican las siguientes reglas: si es gustaba de cosasinciertas o de cosas fungibles el cumplimiento debía hacerse en el domicilio deldeudor! donde el acreedor podía reclamarle judicialmente! si se trataba de la entregade un inmueble o de otra cosa cierta! el lugar era aquel en donde estu$ieran los bienes.

    En lo que concierne el tiempo del pago! si no lo hubieran establecido las partes! seaplicaba la regla de que la prestación se debe desde el día en que nace la obligación!

    http://www.monografias.com/trabajos15/tanatologia/tanatologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/tanatologia/tanatologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/tanatologia/tanatologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos54/la-investigacion/la-investigacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos54/la-investigacion/la-investigacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/tanatologia/tanatologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/tanatologia/tanatologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos54/la-investigacion/la-investigacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos54/la-investigacion/la-investigacion.shtml

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    pero considerando la naturaleza de la prestación! el deudor debía cumplir cuandorazonablemente pudiera hacerlo! circunstancia que podía aparecer cuando se hubieraseñalado un lugar especial para el cumplimiento o cundo se tratar de la realización deuna obra! construir una cosa! por ejemplo.

    B!2 No-ac5n

     Da sabemos que la no$ación es la sustitución de una obligación por otra. En lugar de laantigua obligación surge una nue$a! al modificarse uno de los elementos de la primera.La nue$a obligación e,tingue a la antigua.

    La no$ación puede afectar a los sujetos o al objeto.

    En el primer caso estaríamos frente a una transmisión de cr0dito o de deuda que %aconocemos.

    En el segundo! la nue$a obligación debía contener algo nue$o! %a fuera un cambio en el

    lugar o tiempo del cumplimiento! o que se agregara o se quitara una condición! etc.

    "ara que e,istiera no$ación las partes deberían declararlo e,presamente.

    C!2 Con$u%5n

    La confusión como modo e,tinti$o de obligaciones consiste en que coincidan en unamisma persona las calidades de acreedor % deudor! por ejemplo como consecuencia deuna herencia! en la que el deudor fuera heredero del acreedor o $ice$ersa.

    D!2 P

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    Lo anterior podía suceder si en un testamento! por ejemplo! se ordenaba al herederoentregar un objeto específico a un legatario! % el objeto entraba a su patrimonio porotra causa! antes de que el heredero hubiera podido cumplir el encargo.

    G!2 Muere o ca&% de*nuo del deudor

     7lgunas obligaciones se e,tinguen por la muerte de uno de los sujetos. Este es el casode las obligaciones que nacen de delitos! % de algunos contratos! la sociedad  % elmandato por ejemplo! como $eremos más adelante.

    La capitis deminutio! incluso la mínima! tambi0n podrá ser causa de e,tinción deobligaciones.

    .!2 Modo% e=n-o% >ue o&eran o&e e=ce&on%

    Los modos e,tinti$os que operan ope e,ceptionis son: la compensación % el pacto denon petendo.

     A!2 Co*&en%ac5n

    En la compensación encontramos la e,tinción simultánea de dos deudas! hasta por sudiferencia.

    Esta figura aparece cuando el deudor opone al acreedor un cr0dito que tiene a su $ezen contra de 0ste.

    Era necesario que:

    Las dos deudas estu$ieran $encidas es decir! que fueran e,igibles.Gue ambas tu$ieran el mismo objeto gen0rico.

    Gue ambas fueran líquidas esto es! determinadas o determinables.

    Gue 7mbas fueran $alidas! o sea que no hubiera e,cepción que se pudiera e,poner encontra de cualquiera de ellas.

    3eterminados cr0ditos quedaron e,cluidos de la compensación! tales como los fiscales % los referentes a pensiones alimenticias.

    B! Paco de non &eendo

    Es el pacto o acuerdo informal de deuda e,tinguir obligaciones siempre % cuando seintercale como acepción en la formula respecti$a.

     7ntes de concluir con el tema de e,tinción de las obligaciones! es necesario agregar quepara algunos tratadistas el transcurso de treinta o cuarenta años! duración má,ima delderecho de acción para procesosci$iles! constitu%e tambi0n un modo e,tinti$o. -in

    http://www.monografias.com/trabajos35/sociedad/sociedad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/sociedad/sociedad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/administ-procesos/administ-procesos.shtml#PROCEhttp://www.monografias.com/trabajos14/administ-procesos/administ-procesos.shtml#PROCEhttp://www.monografias.com/trabajos35/sociedad/sociedad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/administ-procesos/administ-procesos.shtml#PROCE

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    embargo! creemos que este caso lo que se e,tingue por prescripción es el derecho deacción pero no la obligación! que sólo se con$ierte en natural

    Introducción

    El estudio de este tema nos permitirá ampliar los conocimientos relacionados a las Obligaciones, estaremos

    estudiando algunos aspectos importantes relacionados con las mismas, tales como concepto de obligaciones,

    elementos constitutivos, elementos subjetivos y también los elementos objetivos, así como además

    las fuentes de las obligaciones entre otras cosas.

    Es importante estudiar este tema con detenimiento, para así poder  comprenderlo a cabalidad, ya que es un

    tema de vital importancia, e interés nacional. Estaremos además, estudiando también, lo que establece

    el Código Civil ene!olano en relación a las obligaciones.

    Conclusión

    "a Obligación, es un vínculo jurídico entre dos partes determinadas en virtud del cual una de ellas,

    denominada acreedor, está facultada para e#igir de la otra, denominada deudor, el cumplimiento de una

    prestación, la que puede consistir en dar, $acer o no $acer una cosa.

    "as obligaciones se clasifican seg%n sus elementos. E#isten clases de obligaciones atendiendo al vínculo,

    objeto o a los sujetos.

    &e entiende por fuentes de las obligaciones a los $ec$os jurídicos que les dan origen, en otras palabras, los

    $ec$os jurídicos en virtud de los cuales dos personas se encuentran en la situación de deudor y acreedor uno

    del otro.

    En nuestra legislación está contemplada de manera clara en el Código Civil los diferentes tipos Contratos y

    Obligaciones.

    En el código civil vene!olano vigente las fuentes son' El contrato, El pago de lo indebido, "a gestión de

    negocios, Enriquecimiento sin causa, y el (ec$o ilícito.

    http://www.monografias.com/trabajos14/obligaciones/obligaciones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/obligaciones/obligaciones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/obligaciones/obligaciones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/teca/teca.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/teca/teca.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/objetivos-educacion/objetivos-educacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/objetivos-educacion/objetivos-educacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/formulac/formulac.shtml#FUNChttp://www.monografias.com/trabajos10/formulac/formulac.shtml#FUNChttp://www.monografias.com/trabajos35/el-poder/el-poder.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/el-poder/el-poder.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/el-poder/el-poder.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/tain/tain.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/civil/civil.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/civil/civil.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/civil/civil.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/obligaciones/obligaciones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/teca/teca.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/objetivos-educacion/objetivos-educacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/formulac/formulac.shtml#FUNChttp://www.monografias.com/trabajos35/el-poder/el-poder.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/tain/tain.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/civil/civil.shtml