TELETRABAJO Y TRABAJO A DOMICILIO

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EL TELETRABAJO Y EL TRABAJO A DOMICILIO ALUMNA: MICHELLE MUÑANTE LAMBRUSCHINI

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EL TELETRABAJO Y EL TRABAJO A DOMICILIO

ALUMNA: MICHELLE MUÑANTE LAMBRUSCHINI

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¿Además, en este punto, responda Y SUSTENTE su posición RESPECTO DE LA FACTIBILIDAD de que el

TELETRABAJADOR tenga acceso a beneficios sociales (GRATIFICACIONES, VACACIONES, CTS?)

El teletrabajo (regulado mínimamente por la Ley 30366), es una ley que regula muy poco, como es que el teletrabajo puede desarrollarse con respaldo del

Ministerio de Trabajo y Promoción del empleo, pero a decir verdad, como lo indicó en clase el ponente (que trabaja en el Ministerio de Trabajo), esta ley es muy

general, no existe realmente una regulación concisa en la que una persona pueda respaldarse.

Ahora, en la actualidad, el TELELTRABAJO es realizado, sí, pero en condiciones desfavorables para las personas que lo ejercen, sin ningún tipo de opción a reclamo, ya

que a decir verdad, la tecnología ha avanzado tanto, que uno verdaderamente no puede cersionarse que la

persona (empleador) que este al otro lado, sea quien sea ser y por lo tanto, sería muy difícil saber a quién

acusar en caso de abuso o explotación.

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2. EL IMPACTO DE LA NUEVA LEY SOBRE TELETRABAJO EN EL PERÚ (Ley 30036), tanto en la actividad privada pero con MAYOR ÉNFASIS ENFOQUE el sector público

En cuanto al impacto de la nueva Ley sobre Teletrabajo en el Perú (Ley 30036), se da

tanto en la actividad privada pero con MAYOR ÉNFASIS ENFOQUE el sector público,

ya que, como bien indico el ponente, los casos de teletrabajo en el Perú más

comunes, son los de ser encuestadores ( como en época de elecciones, la ONPE; o

el INEI), o quizás censos por teléfono, o algunas modalidades innovadoras, para poder cumplir con el propósito con poco

presupuesto y más rendimiento.

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EJEMPLO PRACTICO DE TELETRABAJO EN LA CIUDAD DE TACNA( CON EL NEUMAN BUSSINESS SCHOOL)

• Se logró la consolidación del equipo de ventas y sus resultados en la ciudad de Arequipa, para ello:

• Se redujeron costos operativos y logísticos de la empresa en dicha sede en 17%• Se implementó teletrabajo durante 06 meses, aumentando en 26% las ventas

durante la campaña.• Se consolidó el equipo disminuyendo la rotación de personal en ventas en un

83%.• Se logró una satisfacción del cliente interno del Área de ventas en la modalidad: teletrabajo itinerante, trabajando por objetivos con un teletrabajo rotativo y programado.

• Se logró implementar teletrabajo estratégico en la gestión de la Jefatura de Tecnologías de la Información en la sede Arequipa, cuya parte operaria se encuentra

también en Tacna, agregando valor a los resultados y optimizando los resultados de la administración y resolución de problemas en el mantenimiento diario y en la conformación de programación de la sede principal y 03 sub sedes. Se mantuvo óptimamente el manejo

y gestión de la información con software que permitieron una adecuada y segura comunicación en tiempo real de acuerdo a las necesidades y requerimientos.

• Se logró dar un óptimo inicio a las operaciones en la sede Lima para ello:•

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CONCLUSIONES

Hemos visto que las TIC s han impactado en la concepción tradicional de la relación ́�de trabajo, prueba de ello, la aparición de la figura del teletrabajo.

El cambio fundamental se concreta en el lugar de prestación laboral, ya que el TELETRABAJADOR no se localiza en la empresa y sin embargo no deja de formar parte de ella con los mismos derechos y deberes que cualquier otro empleado.Pero a pesar de ello, se pueden configurar en el teletrabajo, los elementos que

determinan la existencia de una relación de dependencia, sin que sea necesaria la participación presencial del trabajador.

Es decir que más allá del lugar donde el TELETRABAJADOR desarrolle sus tareas, en la medida que esté incorporado e integrado a la organización que implica una

empresa y en tanto deje de disponer de sí mismo, para someterse a la voluntad del empleador que fijará el tiempo, modo y lugar en que se llevará a cabo el teletrabajo,

estará resguardado y protegido por el Derecho del Trabajo, sin que represente obstáculo alguno para ello, que la prestación sea continua o discontinua.