Teletrabajo en la administración

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"TELETRABAJO EN LA ADM INISTRACIÓN”

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El teletrabajo, entendido como una modalidad de prestación de servicios de carácter no presencial en virtud de la cual un trabajador puede desarrollar parte de su jornada laboral desde su propio domicilio mediante el uso de medios telemáticos, tiene importantes ventajas para los trabajadores: horario flexible, más tiempo libre (menor número de desplazamientos y, en todo caso, éstos no deben producirse necesariamente en hora punta), mayor posibilidad de conciliar la vida familiar, etc.

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De acuerdo a la ley servir, el teletrabajo se caracteriza por el desempeño subordinado de labores sin la presencia física del trabajador, denominado "tele trabajador", en la empresa con la que mantiene vínculo laboral, a través de medios informáticos, de telecomunicaciones y análogos, mediante los cuales se ejercen a su vez el control y la supervisión de las labores. 

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El teletrabajo es solo otra forma de trabajar, lo cual se define como un trabajo a distancia facilitado por el uso de las TICs. Sin embargo hay un impacto en el caso del Estado que, en su calidad de empleador, la implementación del teletrabajo no le significara mayores costos sino más bien ahorros por lo siguiente. No habrá necesidad de comprar nuevas computadoras o equipos pues los teletrabajadores podrán usar los actualmente existentes, aunque en un lugar diferente del actual.

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Desde este enfoque, consideramos que el orden y la confianza en el sistema de administración de justicia se mantendrán si se protegen dos bienes jurídicos: primero, la seguridad jurídica, entendida como aquella que brinda confianza a la ciudadanía (comprendiendo dentro de este concepto a los inversionistas, nacionales y extranjeros)