Telecontratacion

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LA TELECONTRATACION

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LA TELECONTRATACION

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Entre el CONTRATO TELEMÁTICO y el CONTRATO ELECTRÓNICO, no existe una diferencia sustancial, toda vez que el contrato telemático se realiza por un ordenador, es decir un medio electrónico, por ende denominado contrato electrónico.

Estos se constituyen como todo contrato celebrado sin la presencia física simultánea de las partes, prestando éstas su consentimiento en origen y en destino por medio de equipos electrónicos de tratamiento y almacenaje de datos, conectados por medio de cable, radio, medios ópticos o cualquier otro medio electromagnético

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El CONTRATO TELEMÁTICO NECESARIAMENTE ES ELECTRÓNICO

Sí, toda vez que se caracteriza por la celebración de un acuerdo entre dos partes que se encuentran ubicadas en diferentes espacios, pero en un mismo tiempo y el medio idóneo para la eficacia de éste contrato moderno es un medio electrónico, es decir un CONTRATO ELECTRÓNICO, básicamente y exclusivamente por un ordenador o computador intercomunicado a una red telemática.

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LA DIFERENCIA ENTRE CONTRATO ELECTRÓNICO Y CONTRATO INFORMÁTICO?

La diferencia sustancial entre el Contrato Electrónico y el CONTRATO INFORMÁTICO radica en la finalidad de la celebración del contrato es decir, si bien ambos contratos se efectivizan en el campo electrónico, es decir por medio de un ordenador o computador, ubicados en distintos espacios pero en un mismo tiempo, la finalidad del CONTRATO INFORMÁTICO está en la compraventa de bienes y servicios complementarios o sustitutos, relacionados o concatenados a una computadora es decir, enfocados al SOFTWARE O HADWARE del mismo, por ende su única finalidad de la compraventa.

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TIPOS DE CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA

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Se trata de cláusulas o disposiciones redactadas de antemano, de manera abstracta, para ser empleadas después en una serie ilimitada de contratos concretos". No necesariamente tienen su origen en contratos tipo, aunque estos son la fuente más frecuente de condiciones generales.

CONTRATO DE ADHESIÓN

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CARASTERÍSTICAS DE LOS CONTRATOS DE ADHESIÓN

La multiplicidad de personas a las que se dirige La asimetría entre las partes (esa capacidad económica

que fortalece al proponente-oferente, para imponer su voluntad).

El estado de necesidad (sólo en virtud de este, el aceptante brinda su consentimiento en un contrato con condiciones pactadas unilateralmente)

La redacción anticipada y unilateral (sustentada en el hecho que una de las partes redacta el contrato sin consultar y discutir el contenido del mismo con la otra).

La unidad e imposibilidad de negociación (reconoce en el contrato la característica de un todo unitario, inmodificable y estructuralmente concatenado).

El grado de complejidad y tecnicismo

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ELEMENTOS DE VALIDEZ DE LA CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA

Podemos distinguir dos grupos de elementos, los objetivos, que son susceptibles de empleo por los sujetos involucrados en el tráfico mercantil con la finalidad de llevarlo a término por vía electrónica (mensaje de datos o MD, norma técnica de estructuración del MD, firma electrónica, sistemas de información y redes de transmisión de datos), y los subjetivos, que son los sujetos destinatarios de los mandatos y privilegios legales, así como de los derechos y obligaciones contractualmente adquiridos mediante contratación electrónica (iniciador del MD, destinatario del mismo, intermediarios y el proveedor de servicios de certificación electrónica).