Tarea #1 Del Libro

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Universidad Galileo Telus – Pradera Derecho Empresarial 2 Trimestre 6 Análisis sobre los Aspectos Generales de la sociedad Mercantil. Tarea #1

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Anlisis sobre los Aspectos Generales de la sociedad Mercantil.Tarea #1

INTRODUCCIONEn toda sociedad en nombre colectivo los socios deben estar obligados a las deudas sociales con todos sus bienes, personal e indefinidamente. Sin embargo, los socios entre s pueden convenir que uno o varios de ellos, en sus relaciones con los dems coasociados, no estar obligado sino hasta la concurrencia de su aporte o de cierta suma. En este pequeo anlisis, se observara, aspectos generales de la sociedad mercantil.

Elaborar un anlisis sobre los aspectos generales de la sociedad mercantil.CONCEPTOSociedad mercantil es aqulla que se somete al ordenamiento mercantil, susceptible de considerarse "comerciante colectivo" o empresario social, se entiende por contrato de sociedad aqul mediante el cual dos o ms personas se obligan a poner en comn bienes o servicios con el nimo de repartirse las ganancias que se obtengan.Sern mercantiles las sociedades que hayan adoptado alguna de las formas previstas en el Cdigo de Comercio o en las leyes especiales sobre la materia, lo cual conlleva la necesidad de inscribir la sociedad as constituida en el correspondiente registro, a pesar de lo cual tambin se juzgan mercantiles las sociedades que, no habindose inscrito en el Registro Mercantil, desarrollen una actividad empresarial.La sociedad mercantil es una asociacin de personas, de acuerdo con nuestro derecho la Sociedad Mercantil nace o surge a la vida jurdica como consecuencia de un contrato. Es un contrato sui generis en virtud del cual dos personas o ms combinan sus recursos y sus esfuerzos para la realizacin de un fin comn preponderantemente econmico y de especulacin mercantil.La sociedad mercantil es una persona jurdica, creada por mnimo dos personas denominadas "socios", los cuales se obligan a combinar sus recursos o esfuerzos para la realizacin de un fin comn, lcito y persiguiendo el lucro, de acuerdo con las normas establecidas en su contrato social y las que por ministerio de ley le correspondan.Tipos de SociedadesSOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO.Referencia histricaEs el tipo ms antiguo de sociedad mercantil. Nacida en la Edad Media, entre los herederos de los comerciantes que continuaban explotando el comercio. Vivi en la prctica comercial y la primera ley que la reglament fue la ordenanza francesa de 1673, que la llamo sociedad general. Las ordenanzas de Bilbao la llamaron compaa de comercio y designaron a los socios como compaeros, lo que da idea de sociedad familiar, ya que la palabra compaa viene de cum y panis, o sea que eran compaeros quienes coman el mismo pan. Aun nuestra ley la designa, por inercia, como compaa.La sociedad en nombre colectivo es la que ha sido celebrada entre dos o varias personas, que responden personal y solidariamente de todo el pasivo social y la cual se designa por medio de una razn social compuesta de los nombres de todos los socios, o del de alguno de ellos seguido solamente de las palabras "y compaa".Para dar una definicin a las sociedades en nombre colectivo debemos decir que se da de la siguiente manera: "La Compaa en Nombre Colectivo es aquella que contraen dos o ms personas, y que tiene por objeto hacer el comercio bajo una razn social.

Esta definicin no es suficiente, pues en ella no se hace mencin de estos importantes caracteres:

La obligacin personal e indefinida inherente a los socios que la integran. La solidaridad que debe de existir entre los socios.Razn Social:La razn social se compone de los nombres de todos los socios, de algunos de ellos, o de uno solo, empleados para designar a la sociedad como un ser jurdico distinto de sus componentes.Cuando en la razn social no figuran los nombres de todos los socios, a los dems se les designa con la rbrica "& Compaa", no dejando por eso de tener las mismas obligaciones e iguales derechos que los socios cuyos nombres figuran en la razn social.Solidaridad:

Adems de estar obligados los socios de toda sociedad en Nombre Colectivo con todos sus bienes, es necesario que exista una solidaridad en sus obligaciones, con respecto a las deudas de la sociedad, aunque sus nombres no figuren en la Razn Social.Calidad de comerciante:Como resultado de la obligacin personal, indefinida y solidaria a que estn ligados los miembros de una sociedad en nombre colectivo, estos se encuentran en la misma situacin como si ejerciera cada uno el comercio por cuenta propia y por lo tanto, adquieren la calidad de comerciantes y estn sometidos a las mismas obligaciones inherentes a las personas que ejercen el comercio.La AsambleaLa asamblea de los socios es el rgano supremo de la sociedad. Sus resoluciones se tomarn por mayora de votos de los socios que representen, por lo menos, la mitad del capital social, a no ser que el contrato social exija una mayora ms elevada. Salvo estipulacin en contrario, si esta cifra no se obtiene en la primera reunin, los socios sern convocados por segunda vez, tomndose las decisiones por mayora de votos, cualquiera que sea la porcin del capital representado.

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Portal electrnico del Registro Mercantil de Guatemala, los requisitos necesarios para la inscripcin de una sociedad Mercantil.Tarea #2

Nelson Dario Recinos IllescasCarne: 0510089Actividad No. 2Investigue en el Portal electrnico del Registro Mercantil de Guatemala, los requisitos necesarios para la inscripcin de una sociedad Mercantil.De acuerdo a los requisitos ejemplifique con datos ficticios la constitucin de una sociedad Mercantil.SOCIEDAD MERCANTIL:Solicitud de inscripcin de sociedades mercantiles ante la superintendencia de administracin tributaria y el registro mercantil satrm-02. Imprimirla. (la solicitud tambin puede descargarse e imprimirse para llenar la informacin a mquina).1)Pagar en las ventanillas del Banco de Desarrollo Rural, Sociedad Annima, ubicadas en el Registro Mercantil por la inscripcin de la sociedad:Q 275.00 ms el 6 por millar sobre el monto del capital autorizado ( Q 6.00 por cada Q 1,000.00. El monto mximo a pagar es de Q 25,000.00Q 15.00 por edicto para publicacin de la inscripcin provisional de la sociedad.75.00 por la inscripcin del nombramiento del representante legal de la sociedad.Q. 100.00 por la inscripcin de la empresa mercantil de la sociedad.Presentar en la Ventanilla Agil Plus del Registro Mercantil l, en un folder tamao oficio con pestaa lo siguiente:2) 2 originales de la solicitud SATRM-02 impresa en hojas de papel bond tamao oficio, en la que se haya consignado toda la informacin requerida en ella y firmadas cada uno de los originales por el solicitante.3) Recibos de pago de los honorarios por inscripcin de la sociedad, edicto, nombramiento del representante legal y empresa de la sociedad.4) Testimonio original de la escritura pblica de constitucin de sociedad y un duplicado debidamente firmado, sellado y numerado por el notario5) Acta original del nombramiento del representante legal nombrado en la escritura constitutiva de la sociedad y duplicado de la misma.6) Original y fotocopia simple del documento de identificacin del representante legal (cdula de vecindad, DPI o pasaporte)7) Recibo de luz, agua o telfono en original y fotocopia simple (si el recibo est a nombre distinto del de la sociedad, presentar contrato de arrendamiento o factura de pago de renta o carta indicando que se dar en arrendamiento el inmueble a la sociedad).8) El expediente es calificado por el Departamento de Asesora Jurdica. Si todo est correcto y conforme la ley, se remite al Departamento de Sociedades que, previo a la inscripcin provisional remite el expediente a la Oficina de la Superintendencia de Administracin Tributaria SAT- ubicada en el Registro Mercantil para que asigne NIT a la sociedad. El expediente pasa de nuevo al Departamento de Sociedades que inscribe provisionalmente la sociedad y emite el edicto para su publicacin una vez en el Diario Oficial, cuya entrega puede solicitarse en la Ventanilla Agil Plus.Luego, es remitido al Departamento de Auxiliares de Comercio, para que inscriba el nombramiento del representante legal de la sociedad y una vez hecha esta inscripcin, el expediente regresa a la Ventanilla Agil Plus para que se entregue al interesado:El nombramiento del representante legal con su razn de inscripcin, de la constancia de inscripcin de la sociedad en el Registro Unificado Tributario RTU- y si lo hubiera solicitado, tambin se le entregarn la resolucin de habilitacin de libros, la autorizacin de facturas y la acreditacin de imprentaOcho das hbiles despus de la publicacin del edicto, se debe presentar en la Ventanilla Agil Plus del Registro Mercantil lo siguiente:Un memorial solicitando la inscripcin definitiva de la sociedadLa pgina completa donde aparece la publicacin del edito de la inscripcin provisionalEl testimonio original de la escritura.9) El Departamento de Sociedades inscribe definitivamente la sociedad y emite la patente, remitiendo el expediente al Departamento de Empresas Mercantiles, quien luego de inscribir la empresa de la sociedad y emitir la patente de comercio de empresa lo remite nuevamente a la Ventanilla Agil Plus, en donde el interesado recoge:El testimonio de la escritura constitutiva de la sociedad, con su razn de inscripcin.La patente de comercio de sociedad.El acta de nombramiento del representante legal con su razn de inscripcin.La patente de comercio de la empresa de la sociedad.10) Cuando se le entreguen en la Ventanilla Agil Plus los documentos, el interesado debe revisar cuidadosamente cada uno de los documentos verificando que los datos consignados en ellos sean los correctos:Adherir Q 200.00 de timbres fiscales en la patente de comercio de SociedadAdherir Q 50.00 de timbres fiscales en la patente de comercio de empresaRequerir en la Ventanilla Agil Plus que le sellen los timbres adheridos en las patentes y el nombramiento del representante legalDentro de un ao mximo, despus de inscrita definitivamente la sociedad, debe hacerse el trmite para inscribir el Aviso de Emisin de Acciones (solo para sociedades accionadas), el cual se realiza siguiendo los pasos respectivos para el aviso de emisin de accionesDe acuerdo los requisitos ejemplifique con datos ficticiosla constitucin de una sociedad mercantil.

PROCEDIMIENTO:Procedimiento de constitucin e inscripcin de una sociedad constituida en Guatemalaa) Autorizacin de la Escritura Pblica por el Notario.b) La autorizacin debe presentarse el testimonio al Registro Mercantil, solicitando su inscripcin. Si se trata de sociedades que necesiten autorizaciones previas estas deben ser acompaadas.c) Si la escritura cumple con los requisitos legales, el registrador mercantil hace una inscripcin provisional y ordena se publiquen los edictos como lo indica la ley;d) Si no hubo objecin de terceros se ordena la inscripcin definitiva, acto registral que tiene efecto retroactivo a la fecha de la inscripcin provisional.e) Inscrita definitivamente la sociedad, es razonado el testimonio y se extiende la patente de comercio Por parte del registrador.

INTRODUCCION

Para que una sociedad pueda constituirse como tal, es necesario que esta tenga personalidad jurdica, por lo tanto esto significa que la sociedad es una entidad de derecho, es un ser ficticio que puede adquirir derechos y obligaciones, al igual que una persona natural, es susceptible de ser representada y de actuar por si en la vida de los negocios.Por ser la sociedad una persona jurdica, tiene un patrimonio propio, los bienes que aportan los socios pasan de la propiedad de estos a la propiedad de este nuevo ser de derecho que nace con el solo hecho de celebrarse una sociedad. Otro elemento de la personalidad jurdica de la sociedad, la constituye la circunstancia de que ella tiene un domicilio propio, distinto del que pudiera tener cada uno de los socios, ya que queda estipulado en la escritura social, por la misma razn la sociedad posee un nombre propio, segn sea el tipo de sociedad.

Constitucin ficticia de una sociedad mercantilSociedades Dos o ms personas pueden unir sus capitales y esfuerzos para formar una empresa, constituyendo as una sociedad.Por lo tanto las Sociedad o Compaa es un contrato en que dos o ms personas estipulan poner algo en comn, con la mira de repartir entre S los beneficios que de ello provengan".Las Sociedades son un ser ficticio creado por la ley, son agrupaciones de personas naturales o jurdicas.Persona natural es todo individuo, capaz de contraer obligaciones.

Para que una sociedad pueda constituirse como tal debe contar con la autorizacin del gobierno para poder actuar, esta autorizacin recibe el nombre de persona jurdica.Este nuevo ente social con patrimonio totalmente independiente del patrimonio de cada uno de los componentes, tiene adems domicilio propio, no le est permitido valerse del de uno de sus socios y tiene un nombre o "RAZON SOCIAL", que permite identificarla.La sociedad designa RERESENTANTES LEGALES para trmites judiciales o extrajudiciales, las facultades que tienen los representantes legales estn especficamente sealadas en la Escritura de Constitucin y en los Estatutos Sociales. Las sociedades tienen una vida limitada, nacen y mueren en una fecha determinada. En las Sociedades Annimas es importante destacar estas fechas.Las Sociedades pueden clasificarse en:Sociedades CivilesSociedades de Capitales.Estas se subdividen en:Sociedades Civiles:Sociedad ColectivaSociedades de Responsabilidad Limitada.Sociedad Comandita Simple

SOCIEDADES DE CAPITAL:Sociedades AnnimasSociedades Comandita por Acciones. A continuacin analizaremos las definiciones, caractersticas y leyes en particular a cada una de ellas.

SOCIEDADES CIVILES:

A) Sociedades Colectivas:Se forma por la reunin de personas naturales que aportan bienes, derechos u obligaciones con el objeto de formar un capital social.

Los socios administran por si mismos o a travs de un administrador elegido de comn acuerdo, son responsables ilimitada y solidariamente, no pueden ceder libremente sus derechos, a menos que cuenten con el consentimiento unnime de los dems socios.

CONSTITUCION:Por escritura pblica, cuyo extracto debe ser inscrito en el Registro Mercantil.

NOMBREO RAZON SOCIAL: Se forma con el nombre de todos los socios o alguno de ellos y se agrega la palabra "y compaa".

ADMINISTRACION:Les corresponde a los socios o a un mandatario elegido en comn acuerdo.

RESPONSABILIDAD:Si la sociedad es civil la responsabilidad es en proporcin a los aportes a cada socio, mientras que si es mercantil responden de manera ilimitada y solidaria.La disolucin de la sociedad que se efectuare antes de vencer l termino estipulado, la prrroga de este, el cambio, retiro o muerte de un socio, la alteracin de la razn social y en general toda reforma, ampliacin o modificacin del contrato ser reducida a escritura pblica con las solemnidades indicadas.

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADATiene caractersticas similares a la colectiva, su nica diferencia radica en la responsabilidad de los socios, en donde responden solo hasta el monto de sus aportes lo que han entregado a la sociedad o lo que expresamente pacten en la escritura de constitucin. La ley otorga a estas sociedades libertad de estipulacin en cuanto a la forma de administrarla sociedad. La facultad para ceder sus derechos es limitada al acuerdo de los socios.

CONSTITUCION:Por escritura pblica, cuyo extracto debe ser inscrito en el Registro Mercantil correspondiente al domicilio de la sociedad y publicado en el Diario Oficial.

NOMBRE O RAZON SOCIAL:Nombre de uno o ms de los socios, o una referencia al objeto de la sociedad, terminado con la palabra limitada.

ADMINISTRACION:Corresponde a todos los socios, por si mismos o mediante un mandatario que ellos eligen.Responsabilidad:Responden Solo hasta el monto de sus aportes o el monte que se indique en su escritura social.MODIFICACION DE UNA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA:La modificacin de este tipo de sociedad pasa por el acuerdo unnime de todos los socios, el cual se materializa en una escritura pblica que deja constancia de los elementos que modifican el pacto social.Los socios pueden modificar cualquiera de los elementos: individualizacin de los socios, capital, objeto, razn social, administracin, duracin, reparticin de utilidades, obligaciones de los socios, etc.Un extracto autorizado por el notario ante quien se otorg la escritura de modificacin, con las menciones exigidas por la ley, debe inscribirse en el Registro Mercantil y anotarse al margen de la inscripcin de la constitucin.

Un extracto autorizado por el notario ante quien se otorgo la escritura de modificacin, con las menciones exigidas por la ley, debe publicarse en el Diario Oficial.

Conclusiones Por lo tanto las sociedades pueden tener carcter comercial o civil, es decir, dependiendo para qu fin u objetivos se constituyeron sern comerciales o sern civiles. Son comerciales aquellas formas para negocios que la ley los califica como actos de comercio, y civiles son aquellas que no entra en esta definicin, es decir, las que se forman para no contraer actividades de comercio.Para que una sociedad se constituya como tal debe contar con una personalidad jurdica independiente autorizada por la ley. Finalmente se pudo concluir que hay tres aspectos fundamental en las distintas clases de sociedades mencionadas

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CREACION DE UNA SOCIEDAD ANONIMATarea #3

Nelson Dario Recinos IllescasCarne: 0510089

Actividad 3Con Los Elementos estudiados en el capitulo III del presente libro, de manera ficticia deber crear una sociedad Annima:

Los elementos que deber tomar en cuenta son: Denominacin Social: El Objeto de la sociedad. Domicilio de la sociedad. Los socios El capital social Las acciones

Introduccin

Con la elaboracin del presente ejercicio se intente comprender de una mejor manera la forma de instalar y registrar una nueva empresa ante el Registro Mercantil, que cumpla con todos los requisitos y deberes correspondientes, para asi poder obtener los beneficios adquiridos por medio del libre y sano ejercicio de mercado, dentro de un mercado cada da ms competitivo.

SEOR REGISTRO MERCANTIL DE GUATEMALAMINIISTERIO DE ECONOMIA GUATEMALA, GUATEMALASrvase extender en su registro de escrituras pblicas, una constitucin simultanea de Sociedad Annima abierta, que otorgan, JUAN PEDRO ALARCON, de nacionalidad Guatemalteco, ocupacin, piloto automovilista, con documento personal de identificacin, 1234 45678 9123, extendido por el registro nacional de las personas del municipio de Zacapa, de estado civil soltero y MELVIN GAMALIEL ORELLANA MARTINEZ, de nacionalidad guatemalteco, ocupacin estudiante, con numero de documento personal de identificacin, 1734 89125 1904, extendido por el registro nacional de las personas, del municipio de Gualn, departamento de Zacapa, estado civil casado, ambos.sealando como domicilio comn para efectos de instrumentacin la 5ta calle y segunda avenida esquina, barrio el Centro de Gualn, Zacapa, reunidos ambos para acordar los trminos siguientes,. PRIMERO: Por el presente pacto social, los otorgantes manifiestan su libre voluntad de constituir una sociedad annima bajo la denominacin MI CAFECITO FELIZ S.A. y en sociedad annima pudiera usar la abreviatura CAFEFE, S.A. Ambos se obligan a efectuar los aportes para la formacin del CAPITAL SOCIAL para la formular el correspondiente estatuto, SEGUNDO: El monto del capital social es de 10,000.00 (Diez mil quetzales)representado por Q10,000.00, acciones nominativas de un valor nominal de Q1.00 /Un quetzal) cada una suscrita y pagadas de la siguiente manera: Cesar Aguirre Landeo, suscribe Q5,000.00, acciones nominativas y paga Q3,000.00, (tres mil quetzales), mediante aporte en efectivo de Q2,000.00 (Dos mil quetzales) mediante aportes en efectivo y Q2,000.00 (Dos mil quetzales) en aporte en bienes muebles. CARLOS TORRES LOPEZ, suscribe 5,000.00 mil acciones y paga Q1, 500.00 (mil quinientos) en aportes en efectivo y Q3,500.00 (Tres mil quinientos) mediante aportes en bienes muebles. El capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado. TERCERO: Los otorgantes declaran que los bienes muebles aportados a la sociedad son los que a continuacin se detalla y que el criterio adoptado para la valorizacin, en cada caso, es el que indica, la descripcin de criterio empleado, en valor de los bienes para su valorizacin.valor asignado. CESAR AGUIRRE LANDEO APORTA: Una computadora. Pentium, IV, con un valor en el mercado de Q3,000.00 (tres mil quetzales) VILMA DELGADO GUTIERREZ, aporta. Q1,500.00, como valor de un silln gerencial. Haciendo un total de aportes de Q4, 500.00 (cuatro mil quinientos) CUARTO. La sociedad se regir por estatuto siguiente y en todo lo no previsto por este, se estar a lo dispuesto por el cdigo de comercio, que en adelante se le denominara "la ley".

ESTATUTOARTCULO 1.- DENOMINACION - DURACION - DOMICILIO:La sociedad se denomina "MI CAFECITO FELIZ", nmina abierta" Y tambin pudiendo utilizar la abreviatura CAFEFE.Tiene una duracin indeterminada; inicia sus operaciones en la fecha de este pacto social y adquiere personalidad jurdica desde su inscripcin en el registro de personas jurdicas de empresa.ARTICULO 2.- OBJETO SOCIAL.- LA SOCIEDAD TIENE POR OBJETODEDICARSE A: La produccin, compra y venta de productos tal como es el CAF, se entiende incluidos en el objeto social los actos relacionados con el mismo, que coadyuven a la realizacin de sus fines para cumplir dicho objeto podr realizar todos aquellos actos y contratos que sean lcitos, sin restriccin alguna.ARTCULO 3 .- DOMICILIO DE LA SOCIEDAD. El domicilio de la empresa (sociedad) es 5ta calle y segunda avenida esquina, barrio el Centro de Gualn, Zacapa; pudiendo establecer sucursales u oficinas en cualquier lugar del pas o en el extranjero.ARTICULO 4. LOS SOCIOS DE LA EMPRESA. Los socios de la empresa son JUAN PEDRO ALARCON, MELVIN GAMALIEL ORELLANA MARTINEZ, CARLOS TORRES LOPEZ Y CESAR AGUIRRE LANDEO Y VILMA DELGADO GUTIERREZ.ARTCULO 5.- CAPITAL SOCIAL: El monto del capital social es de Q.10,000.00 diez mil quetzales) representado por 10,000.00 acciones nominativas de un valor nominal Q1.00 (un quetzal) cada una, el capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado.ARTICULO 6.- ACCIONES: La creacin, emisin, representacin, propiedad, matricula, clases de acciones, transmisin, adquisicin, derechos y gravmenes sobre acciones, se sujeta a lo dispuesto por los artculos expresos en la "ley".ARTICULO 7.- REGIMEN DE LOS ORGANOS DE LA SOCIEDAD:Junta general de accionistas: La junta general de accionistas es el rgano supremo de la sociedad. Los accionistas constituidos en junta general debidamente convocada y con el qurum correspondiente, deciden por la mayora que establece la "ley" los asuntos propios de su competencia. Todos los accionistas incluso los disidentes y los que no hubieran participado en la reunin, estn sometidos a los acuerdos adoptados por la junta general.Zacapa, Zacapa, 22 de abril de 2011DECLARACION JURADA DE RECEPCION DE BIENESPor el presente documento, yo, MELVIN GAMALIEL ORELLANA MARTINEZ, en mi calidad de gerente general designado de la sociedad denominada CAFEFE, S.A. Que se constituye, declaro bajo juramento haber recibido los bienes muebles que aparecen detallados y valorizados en las clusulas del pacto social que antecede.

Creacin de Sociedad AnnimaSOCIEDAD ANONIMAEs la que tiene el capital dividido y representado por acciones. La responsabilidad de cada accionista est limitada al pago de las acciones que hubiere suscrito, segn en Cdigo de Comercio. Guatemalteco.NATURALEZASe desea formar una sociedad annima que se dedique a la produccin, compra y venta de caf.DENOMINACINLa sociedad annima se identifica con una denominacin, la que podr formarse libremente, con el agregado obligatorio de la leyenda: Sociedad Annima, que podr abreviarse CAFEFE S.A.RAZON SOCIAL (cmo se llamar la sociedad), opciones en orden de preferencias.MI CAFECITO FELIZNOMBRE COMERCIAL (puede ser o no igual al de la razn social)MI CAFECITO FELIZPATENTE DE COMERCIO DE SOCIEDAD, SOCIEDAD MERCANTILREQUISITOS.Compra de formulario en el Banco (oficinas del Registro Mercantil) costo del formulario Q2.002. Formulario debe ser autenticado por abogado.3. Certificacin Contable o Certificacin de Capital en Giro, extendida, firmada y sellada por Perito Contador4. Original y fotocopia de toda la cdula de vecindad del representante legal (Sociedad Mercantil.)5. Solicitar en la ventanilla de Recepcin de documentos, una ORDEN DE PAGO y 6. Cancelar Q175.00 en la agencia del Banco (que presta sus servicios dentro de las oficinas del Registro Mercantil) del Derecho de Inscripcin.7. Comprar CINCUENTA QUETZALES (Q50.00) de timbres, ara adherrselos a la patente en la parte SUPERIOR IZQUIERDA.8. Fotocopia simple del nombramiento del Representante Legal, debidamente razonado por el Registro Mercantil. Los CINCUENTA QUETZALES (Q50.00) de timbres fiscales, se deben adherir en la parte SUPERIOR IZQUIERDA de la Patente.Los timbres pueden ser comprados en las oficinas del Registro Mercantil, exactamente en el Stano 1 (Departamento de archivo- rea destinada al Comit Pro-Ciegos y Sordomudos).

INSCRIPCIN DE REPRESENTANTE LEGALEl representante legal deber ser inscrito en el registro mercantil antes de un (1) mes calendario a partir de la fecha en que se elabor el acta de nombramiento, para no incurrir en ninguna multa.REQUISITOS1. En la Agencia del Banco que se encuentra en el interior de las instalaciones del Registro Mercantil, deber comprar el interesado un formulario de SOLICITUD DE AUXILIARES DE COMERCIO, su costo es de Q2.0 En la ventanilla de informacin solicitar una ORDEN DE PAGO, la cual tengo que llenar y cancelar en la agencia del Banco.

El pago que debe hacer es de Q75.00. Ahora bien si ya excedi el mes calendario del Acta de Nombramiento, deber cancelar Q25.00 de multa por haber incurrido en una infraccinAl llenar el formulario se deber anotar el plazo de acuerdo al cargo: rente: Puede ser indefinido Administrador nico o miembros del Consejo de Administracin: TRES aos. Despus de cancelar la orden de pago, el interesado deber preparar un flder tamao oficio con pestaa. En el flder archivar los documentos siguientes: Formulario de inscripcin. Acta Notarial de nombramiento con una fotocopia. Y la orden de pago debidamente porteada por la mquina receptora del banco. Comprar Q50.00 de timbres fiscales y adherrselo al acta de nombramiento.5. Todo lo anterior entregarlo en la ventanilla de servicio al cliente.En el departamento de Operaciones Registrales deben calificar los expedientes que sean presentados y proceden a inscribir como representante legal si se trata de una sociedad y en el caso de ser una Empresa Mercantil, se le llama FACTOR DE COMERCIO.6. En el acta de nombramiento el Registro Mercantil, razonar el acta de nombramiento, en donde consta que el solicitante qued inscrito como representante legal o factor de comercio.7. Todo expediente debe pasar al despacho del Registrador Mercantil, para que lo firme y selle el nombramiento.8. Al concluir de revisar, firmar y sellar el expediente, este regresa a la ventanilla de entrega de documentos en el primer nivel de las oficinas del Registro Mercantil, para que devuelva el acta de nombramiento original con el razonamiento respectivo.9. El interesado deber verificar antes de retirar el acta de nombramiento de la ventanilla de entrega de documentos, que el documento este correcto, luego le agregar un timbre de Q0.50 a la parte izquierda de la razn.INSCRIPCION ANTE LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIN TRIBUTARIA SAT-NSCRIPCIN DE CONTRIBUYENTES Y RESPONSABLESCdigo Tributario (Art.112 num. 1, literal b, y 120) Obligacin Formal: Inscribirse en el registro tributario unificado, aportando los datos y documentos. necesarios y comunicar las modificaciones de los mismos.Todos los contribuyentes y responsables estn obligados a inscribirse en la Superintendencia de Administracin Tributaria antes de iniciar actividades afectas.REQUISITOSPara fines de inscripcin en la Superintendencia de Administracin Tributaria, las Personas Jurdicas, sea cual sea su clasificacin, estn obligadas a llenar los siguientes requisitos:Solicitar y completar el formulario de Inscripcin SAT-0014, valor Q.1.00. (un quetzal)2. Original o fotocopia legalizada y fotocopia simple de la cdula de vecindad, documento personal de identificacin o pasaporte del Representante Legal.3. Original o fotocopia legalizada y fotocopia simple del testimonio de la Escritura de Constitucin.4. Original o fotocopia legalizada y fotocopia simple del Nombramiento del Representante Legal5. El Formulario SAT-0014 deber acompaarse de los formularios siguientes:Solicitud de Habilitacin de Libros, formulario SAT-0052 ( Cobro por habilitacin esde Q. 0.50 por hoja)6. Ya contando con la Habilitacin de libros se enva una carta al Registro Mercantil solicitando la Autorizacin de los mismos, el precio a cancelar por hoja es de Q. 0.15.. Despus de Inscrita la Sociedad en la Superintendencia de Administracin Tributaria, se procede a solicitar el contrato de Adhesin a Bancasat, a travs de un banco del sistema, preferentemente el banco donde se tenga algn tipo de cuenta bancaria.8. Se llena los requisitos solicitados y se procede a Imprimir el Contrato de Bancasat, va electrnica y se presenta en cualquier agencia del banco para su habilitacin.9. Ya habilitado el Contrato se llena el formulario SAT-169, para acreditar la imprenta que har las facturas, notas de crdito y notas de dbito.10. Se le informa a la Imprenta la acreditacin correspondiente para que proceda a solicitar la autorizacin para emisin de documentos contables.

Conclusin

Es importante saber que adems del registro de la Sociedad ante los Registros respectivo, es imperativo inscribirla ante la Superintendencia de Administracin Tributaria que es el Organismo encargado de ejercer la administracin del rgimen tributario, aplicar la legislacin tributaria, la recaudacin, control y fiscalizacin de todos los tributos y tomar en cuenta los plazos determinados para no incurrir en falta causal de multa.

Es de suma importancia que la empresa inicie sus operaciones debidamente registrada para que el progreso de la empresa se d con absoluta normalidad, apegada a las normas y leyes vigentes del pas de Guatemala.