Taller de Actualización de Conocimientos en Seguros

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TALLER DE ACTUALIZACIÓN DE CONOCIMIENTOS EN SEGUROS Carlos Reyes – Ajustador de Siniestros 27 de septiembre de 2013

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Compartimos con ustedes la presentación del taller dictado el día de ayer viernes 27 de septiembre.

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TALLER DE ACTUALIZACIÓN DE CONOCIMIENTOS

EN SEGUROS

Carlos Reyes – Ajustador de Siniestros27 de septiembre de 2013

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CONSIDERACIONES EN CASO DE EMERGENCIA:

En caso de una emergencia, por favor tome en cuenta las siguientes indicaciones:• Salga en calma y con los brazos sobre la cabeza.• Las mujeres embarazadas y discapacitados tienen

prioridad en el orden de salida.• Coordine con un compañero si necesita apoyo.• De ser posible, no utilice tacos para evacuar.• No lleve consigo ningún material ni objeto.• Evacue sin empujar a sus compañeros.• Salga por la puerta señalada hasta punto de encuentro.• Enumérense.

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La Póliza. Elementos esenciales El monto Asegurado o el modo de

precisarlo La prima o el modo de calcularla La naturaleza de los riesgos tomados a su

cargo por el Asegurador La fecha en que se celebra el contrato y la

firma de los contratantes Las cláusulas que deban figurar en la

póliza

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Derechos y Obligaciones de las partes La reticencia en la declaración puede causar nulidad

relativa del contrato de seguro (excepto en vida) Durante la vigencia del seguro debe mantenerse el estado

del riesgo

La prima de seguro debe pagarse en el domicilio del Asegurador. Caso de pago de cheques

Rescisión del contrato de seguro unilateralmente excepto vida

Aviso de siniestro en 3 días Probar ocurrencia del siniestro y cuantificar el mismo

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Derechos y Obligaciones de las Partes

La mala fe o los actos dolosos comprobados anulan el derecho de indemnización

Las acciones contra el Asegurador deben ser deducidas en el domicilio de éste

Las acciones contra el Asegurado o beneficiario en el domicilio del del demandado

Las acciones del contrato de seguro prescriben a los dos años del acontecimiento que les dio origen

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Disposiciones comunes a los seguros de daños

Es asegurable todo interés económico que una persona tenga sobre un bien y debe existir desde la fecha de inicio

Si el siniestro ocurre antes del fin de la vigencia y termina después, el seguro si responde por los daños

Si el siniestro ocurre antes del inicio de la vigencia y termina durante la misma, no se cubren los daños

Los seguros de daños son de simple indemnización Coexistencia de seguros, excesos y malos aseguramientos Pagos de seguros de bienes en hipoteca y garantías Transmisión del seguro a títulos universal y singular Abandono de la cosa Asegurada (salvamento)

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Seguro de Incendio Coberturas básicas (incendio – rayo) Cláusulas adicionales Condiciones particulares y

especiales Revisión de principales cláusulas

vigentes en el mercado

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Cláusulas a revisar Terremoto, temblor, erupción volcán Lluvia inundación – daños por agua Refrigeración – Cámaras frigoríficas Flotante de Incendio Autoridad civil – Destrucción Explosión – Auto explosión Eléctrica

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Cláusulas Pago de primas Aviso de siniestros Reposición o reemplazo Bienes a la intemperie Honorarios de profesionales Remoción de escombros

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RAMOS TECNICOS

Equipo electrónico (funciona a bajo voltaje) Rotura de Maquinaria (equipos de mayor

voltaje) Equipo y Maquinaria para contratistas

(movilizan medios propios) Todo Riesgo Construcción (obras construidas en

sitio) Todo Riesgo Montaje (obras armadas en sitio) Obras civiles Terminadas

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Cobertura

Todo riesgo: Cubre pérdidas o daños físicos, provenientes de cualquier causa no excluida, siempre que el daño se presente en forma accidental, súbita e imprevista y que haga necesario la reparación o reposición del equipo afectado.

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Ejemplos de coberturas Explosión Humo, hollín, gases corrosivos Acción del agua, humedad Cortocircuito, variaciones de voltaje Negligencia, impericia, daño malicioso (terceros) Errores construcción, cálculo, fabricación Granizada, helada, lluvia, inundación Cualquier causa no excluida

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Ejemplos de exclusiones Guerra, invasión, motín. Reacción nuclear, radioactividad. Negligencia manifiesta o acto intensional del

asegurado. Hurto. Terremoto, erupción volcánica, temblor, huracán. Fallo o interrupción sumin. eléctrico, gas, agua. Fatiga, desgastes, erosión, corrosión. Pérdidas consecuenciales de cualquier tipo. Defectos estéticos.

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Consideraciones generales Suma Asegurada (V.R.N.) Tramitación de siniestros Peritación de daños Bases de la indemnización:

Pérdidas parciales (sin depreciación)Pérdidas totales (Valor actual)

Infraseguro Franquicia deducible Caducidad de derechos y prescripciones.

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RESPONS.CIVIL (RC) Es el seguro que ampara o protege al

asegurado por cualquier pérdida o daño económico que sufra a consecuencia de sentencia judicial que le sea impuesta por los tribunales competente, debido a la R.C. que pudiera caberle por actos cometidos u omitidos en forma negligente y los cuales hayan causado daño a terceros

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CONDICION DE R. C. El seguro de responsabilidad civil no es a

favor de terceros (legislación del contrato de seguros).

El Asegurado carece de toda acción contra el Asegurador

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PRESCRIPCION Nuestra legislación establece la prescripción de

cualquier acción derivada del contrato de seguro a partir de los dos años del acontecimiento que le dio origen.

Cuando exista una reclamación vía judicial la prescripción puede extenderse de los dos años al existir un litigio entre las partes sobre el caso que nos ocupa. En el seguro de RC se extiende la prescripción mientras dure el proceso judicial.

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Seguro de Transportes Inicio y fin de la cobertura Suma asegurada (valoración) Prescripción en seguro marítimo LAP, CAP, Todo Riesgo Demoras LAP solamente (mercadería sin empaque,

devuelta, reembarcada, mercadería averiada o carga sobre cubierta)

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Seguro de Transportes Inclusiones a toda cobertura:

Contribuciones a la avería gruesa

Importe del liquidador de averías

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Seguro de Transportes EXCLUSIONESApresamiento de autoridadFaltas imputables al AseguradoFalsa declaraciónInfringimiento de regulaciones de transporteVicio propioGuerraResponsabilidad civilGastos varios por demoras o molestiasPérdidas consecuenciales

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SEGURO DE VEHICULOS Casco, R. Civil, Accidentes Choque, volcadura, incendio, robo

parcial, robo total, fenómenos de la naturaleza, impacto de proyectiles, daños maliciosos, rotura de vidrios.

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SEGURO DE VEHICULOS Exclusiones:Fuera de las vías destinadas a tránsito públicoCuando el vehículo se use en pruebas Cuando el conductor no posea licenciaCuando el uso sea distinto al acordadoCesión de derechos del vehículoEstado de embriaguezBajo los efectos de estupefacientesNulidad relativaCláusula patrimonial

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FIDELIDAD La póliza de fidelidad ampara todo

perjuicio patrimonial que cause el empleado o dependiente del Asegurado abusando de la confianza de su empleador (Asegurado).

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FIDELIDAD La responsabilidad de la Aseguradora se

limita a los siniestros ocurridos durante la vigencia de la póliza y que haya tenido CONOCIMIENTO a mas tardar 6 meses después de la terminación de la vigencia de la póliza, de la renuncia o de la salida del empleado que es causante del siniestro.

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Preguntas Finales Carlos Reyes Ajustador de

Siniestros Credencial 10012 Fono: 2395156 Fax: 2280890 Móvil: 099645105 [email protected]

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