TALLER 3 Seminario Derecho Privado

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SEMINARIO DERECHO PRIVADO UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR TALLER # 3 DE RESPONSABILIDAD CIVIL EL BANCO CHICUNGUÑA AGRARIO decidió establecer una sucursal en el municipio de Valledupar, para organizar el establecimiento tomó en arrendamiento en el año 2008 un local situado en la calle 16 número 8 64. En ese local instalo un almacén donde vendía productos agropecuarios al público; de estos muchos eran de naturaleza comburente, lo cual implicaba un riesgo para la propiedad. El término estipulado para la duración del arrendamiento se había vencido, razón por la cual la sociedad arrendadora había requerido a la arrendataria para que le restituyera el inmueble con resultados negativos. La arrendataria ejercía la vigilancia del almacén y de las oficinas por medio de sus

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es para el estudio de los seminario derecho de responsabilidad

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TALLER # 3

DE RESPONSABILIDAD CIVIL

EL BANCO CHICUNGUÑA AGRARIO decidió establecer una

sucursal en el municipio de Valledupar, para organizar el

establecimiento tomó en arrendamiento en el año 2008 un local

situado en la calle 16 número 8 64. En ese local instalo un almacén

donde vendía productos agropecuarios al público; de estos muchos

eran de naturaleza comburente, lo cual implicaba un riesgo para la

propiedad. El término estipulado para la duración del arrendamiento

se había vencido, razón por la cual la sociedad arrendadora había

requerido a la arrendataria para que le restituyera el inmueble con

resultados negativos.

La arrendataria ejercía la vigilancia

del almacén y de las oficinas por medio de sus empleados y

subalternos. La electrificadora del cesar había suspendido el servicio

de energía eléctrica. El día 15 de mayo de 2009 (día no laborable) se

originó en el local un gran incendio; se atribuyó la conflagración a la

combustión y estallido de los recipientes que contenían las

sustancias químicas comburentes que se encontraban en el local.

horas antes del accidente estuvo en el almacén el empleado

encargado de la vigilancia.

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Cuando este hecho sucedió, el vigilante preocupado, explico el

siniestro diciendo que él había encendido una vela, la que olvido

apagar.

El fuego era de tal magnitud que a pesar del esfuerzo hecho por las

autoridades y los vecinos no fue posible extinguirlo. Se extendió con

tal rapidez que a pesar del esfuerzo hecho por las autoridades y los

vecinos no fue posible extinguirlo. Se extendió con tal rapidez, que

alcanzó a los inmuebles vecinos de propiedad de pablo rodriguez y

juan perez. Estos inmuebles fueron totalmente consumidos por las

llamas.

Las personas que recibieron daño en sus propiedades demandaron a

fin de que se les indemnizara por los perjuicios causados. en el

siniestro falleció el menor diego Ramírez quien cursaba tercero de

primaria en una escuela urbana.

el banco chicunguña agrario al contestar la demanda se opuso a las

pretensiones, afirmando que el incendio se había producido por

fuerza mayor o caso fortuito y no por hechos culposos imputables a

su empleado; que en consecuencia, no existía obligación de

indemnizar.

SIRVASE justificar las respuestas a los siguientes interrogantes:

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¿Qué se entiende por responsabilidad civil ?¿cuáles son sus efectos?

Como se clasifica?

Existe en el caso propuesto responsabilidad civil .justifique su

respuesta.

Qué clase de responsabilidad se presenta en el caso propuesto?

Son diferentes los efectos de la responsabilidad directa o indirecta?

Contractual y extracontractual?

En el evento de existir responsabilidad ¿sería esta directa o indirecta

y porquè¡?explique los diferentes criterios de la doctrina y la

jurisprudencia frente a estas dos clases de responsabilidad.

La Corte suprema de justicia sostenía que en casos como el

planteado no tendría aplicación el artículo 2341 del código por culpa

aquiliana que solo tiene cabida cuando el daño ha sido causado por

el hecho propio del sujeto de derecho y no por el hecho ajeno.

¿Sostiene hoy la Corte el mismo criterio?

¿Cuál es la doctrina actual de la Corte respecto a la responsabilidad

directa o indirecta de las personas jurídicas?

Puede aplicarse el titulo XXXIV del libro cuarto a la responsabilidad

civil extracontractual para las personas jurídicas o morales?

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Según la doctrina de la Corte como se comprometen las personas

jurídicas por los actos culposos que dañan a terceros y que ejecutan

sus agentes o dependientes?

Según la jurisprudencia de la Corte suprema de justicia el articulo

2356 consagra una presunción de culpa? Que sostiene la Corte

actualmente al respecto?

Según la jurisprudencia ¿podría la parte demandada alegar alguna

causal exonerativa de responsabilidad?

De acuerdo con la jurisprudencia y el documento de trabajo

analizado en clases

¿Qué clases de perjuicios deben indemnizarse por la muerte de una

persona como resultado de un acto civilmente ilícito?

Cuales normas y jurisprudencias se aplican para determinar los

daños morales subjetivos y los materiales si se trata de la muerte de

un ser querido?

Por la muerte del menor se causan perjuicios materiales? Porque?

(auto 26036 de 22 de febrero de 2007 sección tercera)

Cuando el perjuicio es cierto según la doctrina y la jurisprudencia?

los padres del menor afirman que en su hijo Diego tenían puestas

las esperanzas de ayuda y sostenimiento? Según la Corte ¿por este

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hecho probado tienen los padres derecho a que se les indemnicen

perjuicios materiales? Morales?

Que consideraciones deben hacerse para efectos de la condena por

perjuicios morales subjetivos y por los de la vida de relación?

¿Cuáles han sido las doctrinas de la Corte y del Consejo de estado

para el resarcimiento de perjuicios morales subjetivos?

Establezca cinco diferencias en la doctrina y jurisprudencia entre

responsabilidad contractual y extracontractual.

Que comprende y como se obtiene la indemnización del perjuicio

material?

Cuál es la diferencia entre los denominados delito civil y penal?

Como regula el código de la infancia y la adolescencia la reparación

del daño por la conducta punible de los adolescentes?

Cuando hay lugar al pago de los perjuicios por la pérdida o

menoscabo a la vida de relación?

Determine las razones por las cuales la corte suprema de justicia

considera que las actividades peligrosas configuran responsabilidad

objetiva.

Fuentes normativas.

Sentencias

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Documento de trabajo Escuela Rodrigo Lara Bonilla.

Lecturas asignadas.

Manual de obligaciones Álvaro Ortiz Monsalve.

1 ¿Qué se entiende por responsabilidad civil ?¿cuáles son sus

efectos? Como se clasifica?

La responsabilidad civil en el fenómeno en virtud del cual los hechos, acciones u

omisiones que generan daños o perjuiciosa las personas, y contrarían o incumplen el orden

jurídico, el que secompone de las normas jurídicas de carácter general, como la

Constitucióno la ley, y de las normas jurídicas de carácter particular, como son los actoso

negocios jurídicos, entre esos el contrato o convención por finalidad establecer criterios que

permitan determinar, ante un hecho que ha ocasionado daños, si éstos deben ser soportados

por la víctima o por el tercero que los ha causado.

La responsabilidad civil se conoce en la doctrina como “el hecho ilícito”.

El efecto que nace a favor de la víctima la obligación de reparación contra el autor de daño

a través de la acción de responsabilidad civil

La responsabilidad civil, ya que hay varias clasificaciones.

Tradicionalmente:

Responsabilidad civil en contractual y extracontractual.

Moderna:

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la clasificación completa comprende las responsabilidades precontractual, contractual, pos

contractual y extracontractual,

2) Existe en el caso propuesto responsabilidad civil .justifique su

respuesta.

Si existe responsabilidad civil por parte EL BANCOCHICUNGUÑA AGRARIO, ya que las personas jurídicas responden de manera directa por el hecho ilícito civil, es decir, como si fuese la entidad misma que actuara, cualquiera que sea el rango de su dependiente o agente que incurra en ese hecho, uno de su empleado fue el que causo la conflagración del incendio.

3) Qué clase de responsabilidad se presenta en el caso propuesto?

Se presenta la responsabilidad civil extracontractual.

4) Son diferentes los efectos de la responsabilidad directa o

indirecta? Contractual y extracontractual?

Si son diferente los efectos en cuanto al fundamento legal, el término de vencimiento como la aplicación de la prescripción, que ya no es de tres años, cual acontece para la responsabilidad por el hecho ajeno, sino conforme a las reglas generales de prescripción bajo la directa.

Responsabilidad contractual debe mediar un contrato y en la responsabilidad extracontractual no. La forma de responsabilidad extracontractual está desprovisto de una relación negocial, y que si de todas maneras, hubiese entre los sujetos algún contrato o convención, el hecho debe ser al margen o por fuera de dicho negocio, aunque no se niega que pueden haber situaciones dudosas o ubicadas en zonas grises, en los que a veces ni los

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expertos logran ponerse de acuerdo para su ubicación en determinada forma de responsabilidad.

Así, puede ocurrir que dos partes celebren un contrato, y una de ellas utilice la relación personal y económica surgida del negocio, para realizar un hecho punible, como una estafa u otra defraudación, o un hecho ilícito que no alcance a ser punible, y en tal eventualidad, la responsabilidad puede considerarse extracontractual, porque la fuente del daño no es propiamente el contrato sino el hecho contrario a derecho y salido de los límites contractuales.

Por otra parte, si el hecho tiene venero en una actividad peligrosa o riesgosa se genera una responsabilidad especial, que a veces se denomina objetiva, ajena a una imputación subjetiva, aunque esto tampoco es muy aceptado, cual ya se anunció en los elementos comunes y se explicará más adelante.

También es pertinente reiterar que la clasificación tripartita de la culpa que consagra el artículo 63 del Código Civil, no se aplica a la responsabilidad extracontractual.

5) En el evento de existir responsabilidad ¿sería esta directa o

indirecta y porquè¡?explique los diferentes criterios de la doctrina y

la jurisprudencia frente a estas dos clases de responsabilidad.

Esta seria directa ya que como se explico anteriormente la empresa responden de manera directa por el hecho ilícito civil, es decir, como si fuese la entidad misma que actuara, cualquiera que sea el rango de su dependiente o agente que incurra en ese hecho, uno de su empleado fue el que causo la conflagración del incendio.

la teoría de la responsabilidad indirecta, es decir, que la persona jurídica respondía por el hecho ajeno o de un tercero, doctrina que se soportó sobre el criterio de responsabilidad que tiene el patrono (empleador) respecto de su trabajador (empleado), que se mantuvo prácticamente hasta la casación civil de 30 de junio de 1962, con las salvedades de la teoría organicista que la Corte Suprema de Justicia adoptó desde 1940. La tesis organicista consistía en que la persona jurídica respondía según la jerarquía que ocupaba el agente en la entidad, y así, si era un órgano, entendiéndose por tal un directivo o persona natural con representación, la persona jurídica respondía en forma directa, pero si el daño era ocasionado por personas auxiliares, la persona jurídica respondía en forma indirecta, es decir, por el hecho ajeno.

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las personas jurídicas responden de manera directa por la conducta de todos sus agentes, que causen daños a terceros, cualquiera que sea “la posición jerárquica de aquellos dentro de la entidad jurídica. En la responsabilidad directa, la entidad moral se redime de la carga de resarcir el daño, probando el caso fortuito, el hecho de terceros o la culpa de la víctima” (G.J. CLI, p. 273). Así también discurrió en sentencia de casación 053 de 20 de abril de 1993 (G.J., Tomo CCXXXII, N o.2462, P . 376, M.P. Alberto O spina B otero).

6) La Corte suprema de justicia sostenía que en casos como el

planteado no tendría aplicación el artículo 2341 del código por culpa

aquiliana que solo tiene cabida cuando el daño ha sido causado por

el hecho propio del sujeto de derecho y no por el hecho ajeno.

¿Sostiene hoy la Corte el mismo criterio?

No lo sostiene ahora sostiene la teoría de que responde de manera directa.

9) ¿Cuál es la doctrina actual de la Corte respecto a la

responsabilidad directa o indirecta de las personas jurídicas?

Desde la casación de 1962 revaluó su doctrina para aceptar que las personas responden de manera directa por la conducta de todos sus agentes, que causen daños a terceros, cualquiera que sea.

10) Puede aplicarse el titulo XXXIV del libro cuarto a la

responsabilidad civil extracontractual para las personas jurídicas o

morales?

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Si se le puede aplicar ya que en el derecho moderno las personas jurídicas responden de manera directa por el hecho ilícito civil, es decir, como si fuese la entidad misma que actuara, cualquiera que sea el rango de su dependiente o agente que incurra en ese hecho.

11) Según la doctrina de la Corte como se comprometen las

personas jurídicas por los actos culposos que dañan a terceros y que

ejecutan sus agentes o dependientes?

Se comprometen de manera directa respondiendo por todos los actos realizados por su agentes o dependientes

12) Según la jurisprudencia de la Corte suprema de justicia el

articulo 2356 consagra una presunción de culpa? Que sostiene la

Corte actualmente al respecto?

El taller debe resolverse individualmente y enviarse las soluciones

vía web al correo electrónico [email protected] a más tardar

el día sabado 28 DE FEBRERO de 2015.(el termino es preclusivo )(

las respuestas plagiadas o copiadas se consideran invalidas)

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