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TABLA DE CONTENIDO
CONTEXTO INSTITUCIONAL ........................................................................................... 2
Normativa Interna del Colegio de Orientación Tecnológica Barbacoas para el Curso Lectivo
2019 ............................................................................................................................. 4
CAPÍTULO I ................................................................................................................... 6
Generalidades ............................................................................................................. 6
CAPÍTULO II ................................................................................................................ 12
Participantes en el Proceso de Enseñanza – Aprendizaje .............................................. 12
CAPÍTULO III............................................................................................................... 17
Ingreso a la institución .............................................................................................. 17
CAPÍTULO IV ............................................................................................................... 21
Del uniforme de la persona estudiante ...................................................................... 21
CAPÍTULO V ................................................................................................................ 29
Solicitud de permisos especiales y justificación de ausencias o impuntualidad ............... 29
CAPÍTULO VI ............................................................................................................... 36
Deberes de la persona estudiante y de la persona encargada legal............................... 36
CAPÍTULO VII .............................................................................................................. 42
Definición de Contumacia y Faltas de Conducta ........................................................... 42
“LA CALIDAD NUNCA ES IMPREVISTA, ES EL RESULTADO DE UN TRABAJO EN EQUIPO“
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CONTEXTO INSTITUCIONAL
Filosofía
El pensamiento que mueve al personal Docente y Administrativo del Colegio de Orientación
Tecnológica Barbacoas; se fundamenta en la convicción de que la persona estudiante,
como ser humano en formación; es un ser abierto a las múltiples posibilidades que se le
presentan en el vivir diario.
Ante esto es necesario recalcar en ellos la necesidad de estar abiertos a la información y
formación que puede ofrecer una institución educativa para obtener los mejores resultados
en su vida. El joven responde en forma positiva, optimista y con el mejor de los anhelos a
lograr su superación personal, en un marco de crecimiento integral que lo enfrenta ante
valores y que pretenden convertirse en su punto de apoyo para la vida social.
Para poder alcanzar esa realización personal, se ven involucrados todos los agentes
participativos en el proceso de enseñanza – aprendizaje; de tal modo que se hace
necesario fomentar la convivencia armoniosa del alumno- docente y padre de familia; en
un marco de mutuo respeto y favoreciendo los más altos valores morales y sociales, para
propiciar las mejores condiciones para el crecimiento mutuo.
Así, nuestro pensamiento y acciones van dirigidos a propiciar todas aquellas situaciones
que coadyuven en el mejoramiento de la calidad de vida de los miembros de nuestra
comunidad educativa; mediante el crecimiento humano, favorecido por la convivencia
social y con el medio ambiente.
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Misión
El Colegio de Orientación Tecnológica Barbacoas (COTB) es un centro educativo de III,
IV ciclo y Educación Especial. Brinda un proceso de formación basado en la enseñanza
académica con innovación educativa y tecnológica.
Además, se fomenta el pensamiento reflexivo, crítico, humanista, con un modelo de
trabajo eficaz, eficiente y sostenible. Integra a los miembros de la comunidad educativa,
para la construcción de la convivencia ciudadana. Esto a partir del desarrollo de procesos
pedagógicos en una formación holística; para lo cual, se aprovecha al máximo los
recursos tecnológicos, institucionales y comunales.
Visión
Ser una institución de III, IV ciclo y Educación Especial que ofrezca un servicio de
calidad pedagógica, para propiciar el pensamiento crítico, humanista, con un modelo de
trabajo eficaz, eficiente y sostenible; así como, el desarrollo de las innovaciones
educativas y tecnológicas. De este modo, se garantiza, la inserción con sentido de
pertenencia. Además, se proyecta como un agente de cambio para la comunidad
circundante y para el desarrollo del país.
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Normativa Interna del Colegio de Orientación Tecnológica Barbacoas para el
Curso Lectivo 2019
El consejo de profesores del COTB, en sesión celebrada el día 11 de Diciembre del 2018,
en el ejercicio de las atribuciones legales que establece el Reglamento de Evaluación de
los Aprendizajes (REA) vigente del Ministerio de Educación Pública y
A. Considerando que
1. Toda institución organizada y específicamente orientada hacia la superación
académica, moral, social y cultural del ser humano, necesita de un cuerpo de normas
que regulen la conducta de todos los participantes.
2. Es necesario poner en vigencia una normativa interna inspirada en las leyes y
reglamentos oficiales vigentes que rigen el Sistema Educativo y fundamentada en las
necesidades propias emanadas de la experiencia cotidiana de nuestra institución.
3. De acuerdo con los artículos 138 y 139 del Reglamento de Evaluación de los
Aprendizajes vigente, Decreto 35480-MEP del 10 de agosto de 2009, el Consejo de
Profesores de la Institución Educativa aprobará la normativa interna del respectivo
centro educativo.
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B. Aprueba la siguiente:
NORMATIVA INTERNA DEL COLEGIO DE ORIENTACIÓN TECNOLÓGICA
BARBACOAS PARA EL CURSO LECTIVO 2019
Para efectos de sencillez escrita, en adelante no se utilizará la diferencia de género, y
debe quedar muy claro que la Comunidad Estudiantil del COTB, reprocha todo tipo de
discriminación sexual, racial, ideológica, religiosa, de género, entre otros, contra
cualquier persona o grupo de personas.
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CAPÍTULO I
Generalidades
Para establecer las bases de esta Normativa Interna, se deben de tener en cuenta los
siguientes aspectos:
Artículo Nº 1
Finalidad de esta Normativa Interna
La presente Normativa Interna especifica y describe directrices básicas contempladas en
el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes vigente que emana el Ministerio de
Educación Pública de la República de Costa Rica, en adelante MEP.
Artículo Nº 2
Alcances de esta Normativa Interna
Las regulaciones, estipulaciones, y determinaciones que establece esta Normativa Interna,
involucran, competen y conciernen a todos los miembros de la comunidad estudiantil del
COTB.
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Artículo Nº 3
Matrícula en el COTB
Además de los requisitos establecidos por el MEP para llevar a cabo la matrícula, a la
persona encargada legal [mediante documento legal que lo certifique], deberán cumplir
con lo siguiente:
a) Presentarse en las fechas que para tal efecto están establecidas por el MEP y la
administración del Colegio, con los requisitos legales y documentales que le permitan
formalizar dicho trámite.
b) Si la persona estudiante posee alguna dolencia, particularidad o discapacidad que le
dificulte el desarrollo de alguna de las asignaturas que recibe, el padre, madre o la
persona encargada legal deberá aportar la documentación extendida por un médico de
la Caja Costarricense de Seguro Social, donde se indique: el tipo de situación que
presenta, las limitaciones que esta conlleva, tiempo establecido en la certificación
médica; así como, en caso necesario los nombres de los medicamentos que requiere.
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c) Firmar un documento de matrícula en donde acepta la Normativa Interna de la
Institución, la cual será entregada en un dispositivo USB y además publicada en el sitio
web del COTB.
d) Si la persona encargada legal no desea que su representado reciba la asignatura de
Educación Religiosa, debe solicitar la exclusión de esta materia de la carga académica
personalmente y por escrito cuando formaliza la matrícula.
e) Si la persona encargada legal desea autorizar a su representado la salida de la
institución durante la hora de almuerzo, deberá indicarlo durante la matrícula y firmar el
documento respectivo.
f) Firmar un documento donde se indique si se autoriza o no, al colegio los derechos de
imagen de la persona estudiante en actividades o documentos oficiales del COTB.
Artículo Nº 4
Función del cuaderno de comunicaciones al hogar
Además, de las funciones que establece el REA vigente, para el cuaderno de
comunicaciones al hogar, y para cumplir a cabalidad con los alcances de esta Normativa
Interna y dicho Reglamento, se establecen las siguientes funciones:
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a) Servir como medio oficial de comunicación entre la administración, docentes, de la
persona estudiante y hogar.
b) Informar a la persona encargada legal acerca del ausentismo e impuntualidad por
parte de la persona estudiante a lecciones o actividades oficiales.
c) Solicitar permiso para portar uniforme incompleto.
d) Solicitar permiso para salir de la institución.
e) Otras que el docente requiera comunicar a la persona encargada, para cumplir con lo
que establece esta normativa o el REA.
f) Otras que la persona encargada legal o autoridades institucionales califiquen como
importantes en el desarrollo y buen desempeño de las labores de la persona estudiante.
Artículo Nº 5
Extravío, pérdida y reposición del cuaderno de comunicaciones al hogar
En caso de extravío, pérdida, robo, deterioro significativo, destrucción total o parcial del
cuaderno de comunicaciones al hogar o por cualquier otra situación fortuita, la persona
estudiante debe presentar una solicitud de reposición de dicho documento suscrita por
su padre, la persona encargada legal en la dirección del COTB.
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Dicha solicitud debe presentarse en los tres días hábiles siguientes a partir de dicha
situación. Esta se archivará en el expediente de la persona estudiante. El director sellará
el nuevo cuaderno y anotará la fecha y hora de su reposición, así como un consecutivo
que lo identificará. Es responsabilidad del padre, madre o la persona encargada legal
asumir el costo económico y completar la información solicitada en dicho documento en
un plazo no mayor de tres días hábiles.
Artículo Nº 6
Evaluación y promoción de la persona estudiante
En materia de evaluación y promoción de la persona estudiante, el COTB en su condición
de Colegio Público (de Orientación Tecnológica Diurno), se rige por las leyes, reglamentos,
directrices, resoluciones, disposiciones y acuerdos que en esta materia dispongan las
autoridades competentes.
Artículo Nº 7
Reporte de comisión de faltas
En el caso de que un la persona estudiante incurra en alguna de las faltas definidas en
esta Normativa o en el REA vigente, se utilizará el documento, reporte o boleta que para
tal efecto disponga la administración, mediante el procedimiento que establece dicho
Reglamento.
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Artículo Nº 8
Control interno
De acuerdo con el artículo 10 de la Ley General de Control Interno (Ley 8292) el Director
del COTB implementará los mecanismos para elaborar, constar y poner en práctica los
manuales de control Interno para los laboratorios de cómputo, préstamo de equipo
electrónico, el comedor estudiantil, salones administrativos, aulas, ingreso y salida de la
institución, becas, sistema de monitoreo interno con circuito cerrado de televisión
(CCTV), entre otros que considere necesario. Su acatamiento es obligatorio.
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CAPÍTULO II
Participantes en el Proceso de Enseñanza – Aprendizaje
El proceso de aprendizaje y el desarrollo socio-afectivo de la persona estudiante es
continuo e integral, y requiere de la obligatoria intervención y colaboración de los
siguientes participantes: el la persona estudiante, el padre o madre de familia o la
persona encargada legal (en adelante entendido como la persona encargada legal), el
docente, el profesor de materia, el profesor guía, el orientador, el coordinador
académico, el auxiliar administrativo, asistente administrativo, el Director, entre otros.
Artículo Nº 9
La persona estudiante
Se entiende como la persona estudiante, el educando debidamente matriculado en este
centro educativo, y aquel que tiene las obligaciones y atribuciones que determina el REA
vigente y esta normativa interna con respecto a la evaluación de los aprendizajes.
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Artículo Nº 10
El padre, madre o la persona encargada legal
La persona encargada legal es quien al estar facultado y al matricular a su representado
en el COTB, asume el deber de apoyar a la institución en general, al docente y al
educando en el proceso de consecución de los fines y objetivos del proceso de
enseñanza aprendizaje y en el cumplimiento de todas las responsabilidades del mismo.
Artículo Nº 11
El docente
Es el educador responsable y vinculado directamente con la persona estudiante en los
procesos de aprendizaje. Sus deberes en materia de evaluación son los que establece el
REA, la Dirección de la Institución, el Manual Descriptivo de Puestos y todos los que se
consideren inherentes a su cargo.
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Artículo Nº12
El profesor guía
Es aquel docente que tiene a cargo la guía académica y apoyo institucional de una o
varias secciones. Sus deberes son los que establece el REA, la Dirección de la
Institución, el Manual Descriptivo de Puestos y todos los que se consideren inherentes a
su cargo.
Artículo Nº 13
El orientador
Es el docente que ayuda a encauzar a la persona estudiante de acuerdo con sus
intereses y procesos curriculares, procurando tener un contacto cercano con el la
persona encargada legal y un enlace con los demás participantes del proceso enseñanza
aprendizaje. Sus deberes son los que establece el REA, la Dirección de la Institución, el
Manual Descriptivo de Puestos y todos los que se consideren inherentes a su cargo.
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Artículo Nº14
El coordinador académico
Es el docente que cuenta con recargo para brindar asesoramiento, acompañamiento,
información y apoyo a los demás compañeros en materia curricular. Sus deberes son los
que establece la Dirección de la Institución, el Manual Descriptivo de Puestos y todos los
que se consideren inherentes a su cargo.
Artículo Nº 15
El auxiliar administrativo
Es el funcionario que brinda su apoyo en el cumplimiento de las labores docentes y
administrativas, ordenamiento y manejo estadístico de información estudiantil,
comunicación con el la persona encargada legal y la institución, observa el proceder de
la persona estudiante tanto en las aulas, pabellones y zonas de esparcimiento. Sus
deberes son los que establece el REA, la Dirección de la Institución, el Manual
Descriptivo de Puestos y todos los que se consideren inherentes a su cargo.
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Artículo Nº16
El Comité de Evaluación
Es el órgano institucional encargado de velar por la correcta evaluación de los
aprendizajes. Su conformación y responsabilidades están establecidas en el documento
“Lineamientos para operacionalizar las funciones y atribuciones del Comité de
Evaluación” y en el REA.
Artículo Nº17
Asistente de Dirección
Es el encargado de la ejecución de labores asistenciales de secretariado administrativo-
docente en el centro educativo de segunda enseñanza. Sus deberes son los que
establece el REA, la Dirección de la Institución, el Manual Descriptivo de Puestos y todos
los que se consideren inherentes a su cargo.
Artículo Nº18
El Director
Es el responsable de administrar la institución. Sus deberes en materia de evaluación son
los que establece el Manual Descriptivo de Puestos, REA vigente, circulares del MEP y todo
lo que se considere inherente a su cargo.
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CAPÍTULO III
Ingreso a la institución
Para asegurar el orden y la seguridad institucional en lo que se refiere a control interno
de ingreso de particulares y comunidad educativa deben seguirse las siguientes normas:
Artículo Nº19
Apertura y cierre del portón principal
El acceso al colegio es por el portón principal. Además de este acceso la dirección
habilitará cualquier otro que considere necesario. El portón permanecerá cerrado
durante la jornada del colegio, y abierto desde las 6:45 am hasta las 7:10am, en el
periodo de almuerzo (de 11:20 am hasta las 12:00 md) se deberá de presentar el carnet
institucional o en su defecto el cuaderno de comunicaciones al hogar en el cual se indica
si el la persona estudiante tiene permiso de salir durante el periodo establecido para tal
fin. El ingreso posterior al cierre del portón será supervisado por el funcionario a cargo.
Este podrá solicitar a la persona estudiante el carné estudiantil o el cuaderno de
comunicaciones al hogar para corroborar su pertenencia a la institución.
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La salida extraordinaria de la persona estudiante se permitirá únicamente con la
autorización firmada por el la persona encargada legal o el docente a cargo en el
cuaderno de comunicaciones y corroborada por el auxiliar administrativo o la autoridad
que para tal efecto designe la institución.
Artículo Nº 20
Ingreso de particulares a la institución
El ingreso o atención de particulares en la planta física del colegio estará determinado
por las siguientes normas y directrices establecidas por la Dirección de la Institución:
- Para ingresar a la institución se prohíbe el uso de shorts, minifaldas, blusas
escotadas o muy cortas, licra, top, vestido muy corto u otras prendas similares que riñan
con el decoro, según el criterio de las directrices institucionales.
- No se permite el ingreso con armas.
- No se permite el ingreso de drogas tanto lícitas como ilícitas.
- No está permitida la solicitud de contribuciones, donaciones, venta o
comercialización de bienes, productos o servicios dentro de la institución, a menos que
exista autorización expresa de la Junta Administrativa, Dirección o visto bueno del MEP.
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- En periodo de vacaciones, la Supervisión del circuito 04 es la responsable de
regular el ingreso de particulares a la planta física.
- Ninguna persona podrá ingresar a las instalaciones más allá de la dirección, salvo
debida autorización o causas de fuerza mayor que así lo ameriten.
Además, deben cumplirse las siguientes regulaciones:
a) Para la persona encargada legal
Si requiere comunicarse con un docente:
- Solicitar una cita por medio del cuaderno de comunicaciones al hogar.
- Presentar una identificación vigente y en buen estado al funcionario destacado en el
portón principal.
- Completar la información requerida en el libro de asistencia para particulares.
Para otros trámites:
- Presentar una identificación vigente al funcionario destacado en el portón principal y
completar la información requerida en el libro de asistencia para particulares.
- Dirigirse a la oficina Administrativa del Colegio y solicitar autorización para
comunicarse con el funcionario requerido, esperar ser atendido y realizar el trámite
solicitado.
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b) Visita de particulares a la institución
- Presentar una identificación vigente y en buen estado al funcionario destacado en el
portón principal y completar la información requerida en el libro de asistencia para
particulares.
- Dirigirse a la oficina Administrativa y solicitar autorización para comunicarse con el
funcionario requerido, esperar ser atendido y realizar el trámite solicitado.
- Otras que en cualquier momento establezca la Dirección de la institución o las
autoridades competentes.
Artículo Nº 21
Atención de personas encargadas legales por parte del docente
El horario y metodología utilizada para la atención a la persona encargada legal por
parte del docente, debe ser comunicado en el cuaderno de comunicaciones, para
atender con ética, profesionalismo y en forma personal cada una de las inquietudes y
comunicaciones, de acuerdo a lo que establece el REA vigente.
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CAPÍTULO IV
Del uniforme de la persona estudiante
En cuanto al uso del uniforme y la presentación personal, de la persona estudiante
matriculada en el COTB, deberán cumplir con las siguientes disposiciones:
Artículo Nº22
Uniforme para las mujeres
Las mujeres deben vestir de la siguiente manera:
a) La enagua será en tela sincatex o similar, de color azul oscuro, a la cintura, además,
holgada en las caderas, ruedo a nivel de la rodilla.
b) Pantalón azul oscuro en tela sincatex, a la altura de la cintura, de corte recto, sin
campana, que no sea tubo o muy ajustado, sin bolsas traseras, con pretina, debe ser
holgado en las caderas y en las piernas, con un ruedo que mida 1,5 cm para arriba del
tacón del zapato. No se permiten pantalones con ruedos deshilachados, rotos, con
parches o accesorios.
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c) La blusa debe ser de color gris, tipo polo manga corta, cuello y ribete de las mangas
en color azul oscuro, sin hombreras, con el escudo del COTB bordado en el lado
izquierdo a la altura del pecho. La blusa debe ser holgada y debe de cubrir como mínimo
hasta la pretina del pantalón o enagua, las faldas deben usarse por fuera.
d) Se puede utilizar por debajo de la blusa del uniforme y con las faldas dentro del
pantalón o enagua, una camiseta blanca manga corta sin dibujos o logotipos
estampados o bordados.
e) Las medias deben ser de color azul oscuro, no se permiten calcetas.
f) Los zapatos deben ser completamente negros, sencillos, de tacón bajo, tipo mocasín
o de cordón debidamente amarrados y sin adornos. Se permite el uso opcional de tenis
totalmente negras (incluida la suela, marca y con cordones negros).
g) Se permite el uso de abrigo, jacket o sudadera (con o sin gorro) que no contengan
estampados que contraríen los valores morales. No se permiten gabardinas, abrigos muy
largos, tampoco se permite usar como abrigo otras camisas o blusas no descritas en esta
normativa, así como utilizar gorras, gorros, sombreros, cubrecabezas o similares, a
menos que exista la debida justificación a juicio de las autoridades competentes de la
institución.
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h) Se permite el uso de un arete pequeño, discreto en el lóbulo inferior de cada oreja,
que no supere los dos cm de largo o ancho.
i) No se permiten piercings ni expansores (en algunas partes del cuerpo que el uniforme
oficial deje a la vista, ni en la lengua) así como otros objetos utilizados con el mismo
propósito (palitos, cuerda, entre otros.).
j) Se permite el uso de un reloj y de una pulsera discreta, que no contenga accesorios
punzantes.
k) No se permite usar tintes extravagantes muy llamativos en el cabello como color
verde, rojo, morado, azul, naranja y otros que considere la administración.
l) Si se utiliza maquillaje, este debe ser de tonos suaves.
m) En las uñas solo se permiten tonos suaves o pastel.
n) La persona estudiante con actividades académicas propias de la institución, tales
como, equipos deportivos o clubes, deberán cumplir con el uniforme oficial establecido
para tal efecto.
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Uniforme para los hombres
Los hombres deberán vestir de la siguiente forma:
o) El pantalón será largo, a la altura de la cintura, en tela sincatex o similar, de color
azul oscuro, modelo tradicional, de corte recto, con dos bolsas traseras (una a cada
lado) no de parche, que no sea tipo tubo o muy ajustado. El largo del pantalón debe
llegar hasta la parte superior del zapato. No se permitirá pantalones con ruedos
deshilachados, ni que contradigan estas medidas. Debe portarse faja lisa de color negro
con hebilla pequeña.
p) La camisa será de color gris, tipo polo, manga corta, cuello y ribete de las mangas
en color azul oscuro, con el escudo del COTB bordado en la parte izquierda a la altura
del pecho. La camisa debe ser holgada. Las faldas deben usarse por fuera, siempre y
cuando cubra hasta la pretina.
q) Se puede utilizar por debajo de la camisa del uniforme y con las faldas dentro del
pantalón, una camiseta blanca manga corta sin dibujos o logotipos estampados o
bordados.
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r) Las medias deben ser de color azul oscuro, no se permiten calcetas.
s) Los zapatos deben ser completamente negros, sencillos, tipo mocasín o de cordón
(debidamente amarrado) y sin adornos metálicos o de algún otro tipo. Se permite el uso
opcional de tenis totalmente negras (incluida la suela, marca y con cordones negros).
t) Se permite el uso de abrigo, jacket o sudadera (con o sin gorro) que no contengan
estampados que contraríen los valores morales. No se permiten gabardinas, abrigos muy
largos, tampoco se permite usar como abrigo otras camisas o blusas no descritas en esta
normativa, así como utilizar gorras, gorros, sombreros, cubrecabezas o similares, a
menos que exista la debida justificación a juicio de las autoridades competentes de la
institución.
u) Los hombres deberán presentarse con su cabello debidamente recortado, de manera
que el corte sea en disminución constante a los lados y atrás, de tal forma que no se
prolongue sobre el mismo, se prohíbe el uso de aditamentos en la cabeza o cabello
como: ligas, colas, prensas, peinetas, vinchas, entre otros.
v) No se permiten piercings ni expansores (en algunas partes del cuerpo que el
uniforme oficial deje a la vista, ni en la lengua) así como otros objetos utilizados con el
mismo propósito (palitos, cuerda, etc.)
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w) Se permite el uso de una pulsera y un reloj.
x) No se permite usar tintes extravagantes muy llamativos en el cabello, como color
verde, rojo, morado, azul, naranja y otros que considere la administración.
y) La persona estudiante con actividades académicas propias de la institución, tales
como equipos deportivos o clubes, deberán cumplir con el uniforme oficial establecido
para tal efecto.
Artículo 23º
El uso del uniforme de Educación Física.
Solo se permitirá usar el uniforme de educación física el día que según horario la
persona estudiante recibe las lecciones, esta debe vestir según se indica a continuación:
Camiseta gris con mangas, cuello redondo, con escudo de la institución impreso al lado
izquierdo a la altura del pecho, debe cubrir la pretina. En la parte superior de la espalda
deberá contar con las iniciales del COTB.
La pantaloneta debe ser azul oscuro o negra. Las alumnas podrán traer una licra
azul oscuro o negra con un largo mínimo de tres cuartos o podrán utilizar buzo azul
oscuro o negro.
Medias azules y tenis de amarrar o velcro.
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Por seguridad de la persona estudiante es indispensable realizar las prácticas sin
accesorios (reloj, pulseras, anillos, aretes, entre otros).
El día que la persona estudiante, según horario reciba Educación Física,
deberán de vestir el uniforme correspondiente estipulado en el artículo 22; así
mismo podrán utilizar las siguientes variaciones durante las lecciones
académicas, excepto en semana de evaluación:
a) Las variantes permitidas serán: el uso de la camiseta de educación física y tenis.
Artículo 24º
Uniforme para la generación de undécimo año durante el curso lectivo 2019
En undécimo año se permitirá el uso de un uniforme distintivo, el cual debe ser
APROBADO en el curso lectivo anterior, según lo estipulado en el artículo 6 del
Reglamento de Uniforme Oficial en las instituciones educativas Públicas (Decreto N.
28557-MEP). Las futuras variaciones que se quieran implementar al uniforme distintivo
de undécimo año deberán realizarse según los requisitos y procedimientos establecidos
en dicho Reglamento. Ver anexo 1.
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Artículo 25º
Otros Distintivos
La aprobación y utilización de otros distintivos o uniformes exclusivamente para la
persona estudiante que sea integrante de grupos artísticos, culturales, deportivos, y
otros representativos de la institución deberán regirse por lo que establece el Decreto Nº
36231-MEP, y su uso será exclusivo mientras se encuentre desarrollando dichas
actividades, a menos de que exista una autorización previa por parte de la autoridad
competente. Su adquisición será responsabilidad de cada uno de los integrantes de
dichos grupos.
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CAPÍTULO V
Solicitud de permisos especiales y justificación de ausencias o impuntualidad
Para solicitar permisos de inasistencia, uniforme incompleto y justificar ausencias o
impuntualidades, deberá cumplirse con lo siguiente:
Artículo Nº26
Solicitud de permiso para portar uniforme incompleto.
Para obtener permiso para usar temporalmente uniforme incompleto, debe existir una
debida justificación y cumplirse las siguientes condiciones, a excepción de casos
especiales a juicio de la autoridad competente de la institución:
a) La persona estudiante debe proporcionar en el Cuaderno de Comunicaciones al
Hogar, en el espacio correspondiente, la solicitud firmada por el padre, madre o la
persona encargada legal explicando la situación por la cual requiere permiso temporal.
Se concederá hasta un máximo de tres días hábiles.
b) Al ingresar a la institución en el horario que le corresponde y durante los primeros 15
minutos posteriores a su ingreso, la persona estudiante debe presentar al auxiliar
administrativo dicha solicitud.
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c) En caso de que la solicitud presentada al auxiliar administrativo proceda por su forma
y fondo, esta firmará y sellará dicha solicitud. De otra forma, la solicitud será denegada y
se procederá según los lineamientos establecidos en la presente normativa.
d) Si se solicita portar un pantalón diferente al del uniforme oficial, debe usarse otro
pantalón de color oscuro (negro o azul). En caso de la utilización alterna de un pantalón
de mezclilla, su estado debe ser sin huecos, parches, rasgados, desteñidos en partes,
ruedos deshilachados, o notoriamente sucios, de un color semejante al uniforme y que
no sea ajustado.
e) En ausencia del auxiliar administrativo, la autoridad competente delegará la función
en quien considere pertinente.
Artículo Nº 27
I. Solicitud de justificación de ausencias, impuntualidad y otros.
Se entiende por ausencia justificada aquella provocada por una razón de fuerza mayor
ajena a la voluntad de la persona estudiante, que le impida presentarse a una actividad
debidamente convocada. Las razones por las cuales se justificará ausencias o
impuntualidad son:
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a) Enfermedad, accidente u otra causa de fuerza mayor. Es requisito para su
justificación, presentar el respectivo dictamen médico extendido por la Caja
Costarricense del Seguro Social (CCSS).
b) Enfermedad grave de cualquiera de sus padres o hermanos. Es requisito para su
justificación presentar el respectivo dictamen médico extendido por la CCSS.
c) Muerte de algún familiar hasta el segundo grado de consanguinidad, el tiempo
estipulado para ausentarse será hasta por una semana. Es requisito para su justificación,
presentar el acta de defunción o algún documento que el respectivo funcionario
considere necesario.
d) Cualquier otro motivo justificable a juicio del docente, o en casos de ausencias de
éste, del orientador respectivo. Es requisito para su justificación, presentar el documento
que el respectivo docente considere necesario.
e) En caso de que la persona estudiante participe en alguna actividad escolar, el docente
a cargo deberá presentar el trámite respectivo ante la dirección, la cual se encargará de
transmitir dicha información a los docentes a cargo de los respectiva persona estudiante.
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De igual forma, la llegada tardía justificada es aquella provocada por razones de fuerza
mayor ajenas a la voluntad de la persona estudiante y que le impiden presentarse
puntualmente a la hora previamente definida a juicio del docente.
La solicitud de justificación de ausencias o impuntualidad debe firmarla el padre, madre
o la persona encargada legal para que la persona estudiante la presente en el horario
institucional y de acuerdo con la regulación que establezca la Dirección de la Institución
mediante el documento, boleta o fórmula designada para tal efecto, en el lapso y forma
que determina el REA vigente y cumpliendo el siguiente procedimiento:
f) El padre, madre o encargado debe completar la solicitud de justificación de dicha
ausencia en el documento, boleta o fórmula designada para tal efecto, adjuntando los
documentos necesarios que indiquen la razón por la cual se dio la ausencia o
impuntualidad.
g) La persona estudiante debe presentar los documentos anteriores ante el respectivo
docente, dentro de los tres días hábiles siguientes a su reincorporación.
h) El docente procederá de acuerdo con el REA vigente a realizar el trámite respectivo.
“LA CALIDAD NUNCA ES IMPREVISTA, ES EL RESULTADO DE UN TRABAJO EN EQUIPO“
33
II. Sobre la reprogramación de exámenes o entrega de trabajos que se
realicen durante el período de inasistencia al centro educativo.
Los exámenes o la entrega de trabajos deberán ser reprogramados por el docente
respectivo después de que la persona estudiante haga la solicitud de reprogramación
para que conserve su pleno derecho a realizarlos en caso de que la justificación proceda.
La reprogramación de exámenes o de entrega de trabajos debe ser comunicada a la
persona estudiante con al menos 24 horas de antelación.
Artículo Nº 28
Solicitudes de permiso para salir de la Institución
La aprobación de un permiso de salida del Colegio no equivale a la justificación de
ausencias a los actos curriculares oficiales ocurridos en dicho lapso. Para solicitar
permiso para salir de la institución, debe cumplirse el siguiente procedimiento:
a) La persona estudiante debe presentar en la oficina del auxiliar administrativo de
forma escrita y en el espacio correspondiente de su cuaderno de comunicaciones al
hogar, la solicitud firmada por el encargo legal, explicando los motivos de la misma. En
ausencia del auxiliar administrativo, la Dirección podrá delegar dicho trámite a otro
funcionario.
“LA CALIDAD NUNCA ES IMPREVISTA, ES EL RESULTADO DE UN TRABAJO EN EQUIPO“
34
b) El auxiliar administrativo o quien se encuentre designado, debe verificar el
cumplimiento de los requisitos señalados, firmar, sellar, extender y comunicar la
autorización de salida, mediante el procedimiento administrativo establecido para tal
efecto por la Dirección de la Institución.
c) Para salir de la clase, la persona estudiante debe presentar al docente la
autorización firmada o sellada por el auxiliar administrativo o por el funcionario que la
dirección haya designado.
d) Para salir de la Institución, la persona estudiante debe presentar en el portón
principal la autorización firmada o sellada por el auxiliar administrativo o por el
funcionario que la dirección haya designado.
e) La justificación de las ausencias en el periodo en que la persona estudiante
permanece fuera de la institución, debe realizarse según lo establecido en el artículo N.
27 de esta normativa.
f) En caso de que por fuerza mayor se requiere la salida de la persona estudiante de la
institución, se comunicará inmediatamente la persona encargada legal por medio de los
canales establecidos en el expediente de la persona estudiante. La persona encargada
legal o un autorizado por éste, procederá a retirar a la persona estudiante de la
“LA CALIDAD NUNCA ES IMPREVISTA, ES EL RESULTADO DE UN TRABAJO EN EQUIPO“
35
institución, haciéndose responsable del mismo así como de la justificación de ausencias
de acuerdo con el procedimiento establecido en esta Normativa.
g) La salida extraordinaria de un la persona estudiante se permitirá, únicamente con
autorización firmada en el cuaderno de comunicaciones oficial, por el padre, madre o la
persona encargada legal y corroborado por el auxiliar administrativo o la autoridad que
para tal efecto designe la institución.
“LA CALIDAD NUNCA ES IMPREVISTA, ES EL RESULTADO DE UN TRABAJO EN EQUIPO“
36
CAPÍTULO VI
Deberes de la persona estudiante y de la persona encargada legal
Para definir las responsabilidades de la persona estudiante y su persona encargada legal,
se establecen los siguientes deberes:
Artículo Nº 29
Deberes y responsabilidades de la persona estudiante.
Además de los deberes y obligaciones contemplados en el reglamento de evaluación de
los aprendizajes (REA), la persona estudiante tiene los siguientes deberes y
responsabilidades:
a) Conocer, respetar y acatar el Reglamento de Evaluación de los aprendizajes y la
Normativa interna de la institución.
b) Asistir a lecciones con el material escolar solicitado para cada asignatura, con el fin
de garantizar la calidad en el proceso de enseñanza-aprendizaje.
c) En los primeros 5 minutos de ingreso al aula, presentar al docente cualquier permiso
de uniforme, retiro anticipado u otro comunicado importante.
“LA CALIDAD NUNCA ES IMPREVISTA, ES EL RESULTADO DE UN TRABAJO EN EQUIPO“
37
d) Aceptar la revisión del uniforme, por parte de cualquier funcionario o funcionaria de
la institución, ya sea en la entrada principal de la institución, en pasillos, aulas, talleres,
laboratorios, dirección u otro sitio público que se le indique a la persona estudiante
dentro del COTB.
e) Acatar las llamadas de atención o reportes de faltas detectadas por medio del
sistema de monitoreo interno CCTV del COTB.
f) Mantener el aseo y el ornato del Colegio, depositando los desechos en el basurero
que se le indica con la rotulación correspondiente.
g) Portar siempre el cuaderno de comunicaciones y la tarjeta de identificación de
menores, carnet estudiantil o cédula de identidad (en el caso de mayores de edad).
h) Cumplir con las normas establecidas para el uso de las aulas, talleres, laboratorios de
cómputo, comedor, soda o kiosco, canchas, pasillos, baños y en general la planta física
de la institución o cualquier otra instalación utilizada con fines escolares.
i) En el caso de la persona la persona estudiante que desee formar parte de los
equipos deportivos, grupos culturales, banda y representaciones en general de la
institución deben cumplir los siguientes requisitos:
“LA CALIDAD NUNCA ES IMPREVISTA, ES EL RESULTADO DE UN TRABAJO EN EQUIPO“
38
I. Demostrar constantemente respeto a toda la comunidad estudiantil y particulares
dentro y fuera de la institución.
II. Cumplir con los trabajos establecidos durante el período de ausencias o tardías.
III. Corroborar la justificación de ausencias según lo establecido en el artículo 27 inciso e,
de esta normativa.
IV. Ser una persona estudiante que promueve los valores cívicos y morales que rigen
nuestro colegio y a la Patria.
V. Cumplir con lo que lo establece esta Normativa Interna.
Artículo Nº 30
Deberes de la persona encargada legal.
Además de los deberes contemplados en el REA tiene las siguientes obligaciones:
a) Firmar la formalización de matrícula de la persona estudiante, así como enterarse y
aceptar el contenido de esta Normativa Interna.
b) Adquirir los implementos indispensables para la persona estudiante que se indican
en el inciso f del artículo #3 de la presente normativa.
“LA CALIDAD NUNCA ES IMPREVISTA, ES EL RESULTADO DE UN TRABAJO EN EQUIPO“
39
c) Velar por el cumplimiento de la Normativa Interna del COTB y denunciar cualquier
infracción a la misma.
d) Reportar a la institución el número de teléfono, dirección, fax, teléfono celular,
correo electrónico, entre otros, en donde de forma oficial se le pueda localizar o
comunicar cualquier información oportuna, así como todos los datos solicitados en el
Cuaderno de Comunicaciones al hogar o cambios en la información suministrada.
e) Velar porque la persona estudiante a su cargo asista a todas las lecciones de las
asignaturas de su carga académica.
f) Firmar los documentos oficiales, mensajes, reportes de conducta o informes
enviados por profesores o miembros de esta institución al hogar; para lo cual debe
revisar diariamente el cuaderno de comunicaciones de la persona estudiante.
g) Justificar las ausencias o llegadas tardías de la persona estudiante a su cargo a la
institución ante el profesor o la profesora correspondiente, dentro de los tres días hábiles
a la reincorporación de sus hijos(as) a la institución, siempre y cuando exista motivo
debidamente justificable.
h) Informarse cada mes, acerca de las ausencias e impuntualidad de su representado
en cada una de las asignaturas de su carga académica, en la oficina del Auxiliar
Administrativo.
“LA CALIDAD NUNCA ES IMPREVISTA, ES EL RESULTADO DE UN TRABAJO EN EQUIPO“
40
i) Retirar y firmar el Informe de notas de cada periodo.
j) Velar para que la persona estudiante a su cargo porte los materiales necesarios para
el trabajo en clase, ya que no se permite salir de la institución para adquirirlos o
conseguirlos (a excepción de los casos muy especiales, a juicio del docente).
k) Conocer y respetar las políticas internas establecidas por el COTB para la seguridad
de la comunidad estudiantil, incluyendo el sistema de monitoreo interno CCTV.
l) Informar por escrito a las oficinas administrativas de la Institución, la deserción,
traslado o disposición de que su representado no se presentará más a lecciones en esta
institución.
m) Asistir puntualmente a las citas o convocatorias que les formulen los docentes o las
autoridades del centro educativo. Cuando por razones de fuerza mayor no pueda
presentarse, debe justificarse por escrito ante quién lo haya convocado, indicando la
causa de su inasistencia y en el mismo acto se procederá a reprogramar una nueva cita.
Sin perjuicio de lo anterior se tendrá por aceptada la decisión del profesor en caso de
inasistencia a ambas convocatorias.
n) Colaborar con la institución en todas las actividades sociales, culturales o económicas,
cuyo objetivo sea el mejoramiento de las condiciones o ambiente escolar en que se
desarrollan los de la persona la persona estudiante.
“LA CALIDAD NUNCA ES IMPREVISTA, ES EL RESULTADO DE UN TRABAJO EN EQUIPO“
41
o) Asumir las responsabilidades de pagar o reparar daños que por descuido, negligencia
o juego no autorizado, que cometa la o el la persona estudiante, en un término no
mayor de 15 días después de haber sido notificado(a) por la Dirección de la institución.
p) No firmar permisos, justificaciones, comunicados, en blanco sin el debido asunto
correspondiente.
q) Otros deberes que tengan clara incidencia con el proceder de la persona estudiante a
su cargo, con lo que respecta a la evaluación de los aprendizajes o su conducta.
“LA CALIDAD NUNCA ES IMPREVISTA, ES EL RESULTADO DE UN TRABAJO EN EQUIPO“
42
CAPÍTULO VII
Definición de Contumacia y Faltas de Conducta
Para establecer las responsabilidades y acciones correctivas en caso de comisión de una
falta y sus respectivas consecuencias, se debe seguir el procedimiento descrito en el REA
vigente. En la calificación de la conducta se debe considerar, necesariamente, la
comisión por parte de la persona estudiante de faltas muy leves, leves, graves, muy
graves y gravísimas, de acuerdo con las siguientes especificaciones:
Artículo Nº 31
Definición de Contumacia.
Se considera contumacia la comisión de una falta muy leve, leve, grave, muy grave o
gravísima, por segunda vez, durante el mismo periodo del mismo curso lectivo.
Artículo Nº 32
Definición de las Faltas muy leves.
Además de las faltas muy leves estipuladas en el Reglamento de Evaluación de los
aprendizajes vigente, se consideran faltas muy leves, las siguientes:
a) No portar escudo del Colegio en la camiseta o camisa.
“LA CALIDAD NUNCA ES IMPREVISTA, ES EL RESULTADO DE UN TRABAJO EN EQUIPO“
43
b) Ingresar a la institución con cualquier tipo de mascota.
c) Alterar de alguna forma el diseño de la camiseta o camisa establecida como parte del
uniforme oficial de la institución.
d) Uso de camisa, blusa o camiseta muy corta o muy ajustada.
e) Utilizar patinetas, patines, motocicletas, scooter, bicicletas o cualquier medio de
transporte dentro de la planta física de la institución.
f) Consumir, sin la autorización del docente, cualquier tipo de alimentos (comidas,
bebidas u otros) durante las lecciones, actos cívicos o actividades oficialmente
convocados.
g) Ingresar y/o permanecer en la institución o actividades curriculares con alguna de las
siguientes presentaciones:
I. Uso de camisas, minisetas, o blusas de licra muy escotadas, desabotonadas con
mangas arrolladas, sin mangas o semitransparentes.
II. Uso de camisetas o camisas internas con estampados o colores muy llamativos.
“LA CALIDAD NUNCA ES IMPREVISTA, ES EL RESULTADO DE UN TRABAJO EN EQUIPO“
44
III. Uso de pantalones cortos, acampanados, rotos sin razón aparente e inmediata,
descosidos, evidentemente muy sucios o desteñidos, con accesorios, a la cadera o muy
ajustados al cuerpo, así como ruedos sueltos o deshilachados, vueltos o que rocen o
toquen el suelo en forma desproporcionada.
IV. Uso de cordones con colores diferentes al negro para los zapatos oficiales o tenis.
V. Uso de fajas con adornos llamativos, labrados, de otros materiales o colores diferentes
al oficial.
VI. Uso de todo tipo de collares, alhajas, anillos, crucifijos, pulseras o adornos
llamativos de cualquier índole (cintas, empaques, camafeos), no permitidos en esta
Normativa.
VII. Uso de cadenas o gargantillas, así como accesorios que cuelguen del pantalón o de
alguna bolsa o parte del mismo.
VIII. Uso de piercings, perforaciones, aretes, no establecidos en esta normativa.
IX. Uso incompleto o incorrecto del uniforme, sin la debida justificación.
“LA CALIDAD NUNCA ES IMPREVISTA, ES EL RESULTADO DE UN TRABAJO EN EQUIPO“
45
h) Uso de peinados extravagantes, colorantes fantasía, cortes o tintes en el cabello.
Jugar en los pasillos con bolas, mecates, cuerdas, sillas, trompos, zancos, o bien
cualquier otro que impidan el tránsito de cualquier miembro de la comunidad estudiantil
y sin la debida autorización de autoridad competente.
i) Sacar pupitres o escritorios de las aulas, sin permiso de la autoridad competente en
dicho momento.
j) Específicamente para los hombres:
I. Uso de aretes, piercings u otros objetos utilizados con el mismo propósito
(palillos, cuerdas, entre otros).
II. Uso de accesorios como colas, prensas, binchas, diademas, y otros que no hayan
sido autorizadas previamente para uso en la institución, o fuera de ella en actividades
programadas y mientras la persona estudiante porte el uniforme del colegio o en su
horario lectivo.
k) Específicamente para las mujeres:
I. Uso de blusas desabotonadas.
II. Uso de piercings u otros objetos utilizados con el mismo propósito, más de un
arete en cada lóbulo de la oreja o aretes con más de 2cm de largo o ancho.
“LA CALIDAD NUNCA ES IMPREVISTA, ES EL RESULTADO DE UN TRABAJO EN EQUIPO“
46
III. Uso de maquillaje que contradiga lo estipulado en el artículo #22 inciso k de
esta normativa.
l) Encubrir a miembros de la comunidad estudiantil que hayan incurrido en faltas muy
leves.
m) Portar uno o más permisos, justificaciones o comunicados en blanco y con la firma
de la persona encargada legal.
n) Otras faltas que a juicio de la autoridad competente, se consideran muy leves y que
no estén contempladas en este artículo.
Estas disposiciones también podrán ser aplicadas a las faltas muy leves detectadas por
medio del sistema de monitoreo CCTV.
Cada falta muy leve implicará las sanciones que establece el Reglamento de Evaluación
vigente, de acuerdo con los procedimientos que éste establece.
Artículo Nº 33
Faltas Leves
Además de las faltas leves estipuladas en el REA vigente, se considerarán como faltas
leves las siguientes:
“LA CALIDAD NUNCA ES IMPREVISTA, ES EL RESULTADO DE UN TRABAJO EN EQUIPO“
47
a) La contumacia de una falta muy leve.
b) No portar cuaderno de comunicaciones al hogar.
c) Portar el cuaderno de comunicaciones al hogar incompleto en cualquiera de las
informaciones que se solicitan o sin la firma de autorización del Director.
d) Dibujar o pegar logotipos en el Cuaderno de Comunicaciones al Hogar, diseños,
marcas, dibujos, símbolos u otros que no son propios del mismo.
e) Forrar el Cuaderno de Comunicaciones al Hogar con otro material que no sea plástico
transparente.
f) Interrumpir de forma alguna que interfiera en el desarrollo total o parcial de las
lecciones o las actividades programadas y que afecte el aprendizaje individual de la
persona estudiante o del grupo.
g) Interrumpir, conversar, mostrar desacato a las disposiciones de un funcionario
mientras se administra una prueba en forma tal que afecte el desarrollo o administración
normal, regular y ordenada de la misma, de acuerdo con las disposiciones establecidas
en el REA.
h) Realizar dibujos, frases, u otros que no obedezcan al planteamiento de la prueba o
que contradiga las buenas costumbres, el respeto por la vida y la tolerancia.
“LA CALIDAD NUNCA ES IMPREVISTA, ES EL RESULTADO DE UN TRABAJO EN EQUIPO“
48
i) Incumplir la Normativa Interna o disposiciones administrativas para talleres,
laboratorios de cómputo, instalaciones deportivas, comedor, aulas, oficinas
administrativas o cualquier otro lugar de la planta física del Colegio.
j) Utilizar herramientas, utensilios, equipo o activos en general de la institución, sin
capacitación previa o permiso por parte de la autoridad responsable.
k) Salir de la institución o del aula durante su jornada lectiva sin la autorización respectiva.
l) Subir, sentarse o saltar mallas, tapias, barandas o pasamanos de la institución.
m) Tirar o dejar basura fuera de los basureros.
n) No asistir a actos cívicos oficiales que sean convocados por la Dirección del COTB.
o) No portar o no mostrar a las autoridades competentes, la Tarjeta de Identificación
de Menores, carnet institucional o el Cuaderno de Comunicaciones al Hogar, en el
momento requerido.
p) Negarse a mostrar el contenido de su maletín, bulto o bolso según los protocolos de
seguridad del MEP.
q) Emplear gestos o vocabulario vulgar o soez, contra cualquier miembro de la
comunidad estudiantil u otras personas ajenas a la institución.
“LA CALIDAD NUNCA ES IMPREVISTA, ES EL RESULTADO DE UN TRABAJO EN EQUIPO“
49
r) Escupir o eructar adrede en zonas de convivencia, pasillos, aulas y en actividades
curriculares debidamente convocadas.
s) Encubrir a miembros de la comunidad estudiantil que hayan incurrido en faltas leves.
t) Dirigirse con sobrenombres o palabras ofensivas a cualquier miembro de la
comunidad estudiantil y docente.
u) Otras faltas que a juicio de la autoridad competente se consideren leves y que no
estén contempladas en este artículo.
Estas disposiciones también podrán ser aplicadas a las faltas leves detectadas por medio
del sistema de monitoreo CCTV.
Cada falta leve implicará las sanciones que establece el Reglamento de Evaluación
vigente de acuerdo con los procedimientos que este establece.
Artículo Nº 34
Faltas Graves
Además de las faltas graves estipuladas en el Reglamento de la Evaluación de los
Aprendizajes, se considerarán como faltas graves las siguientes:
“LA CALIDAD NUNCA ES IMPREVISTA, ES EL RESULTADO DE UN TRABAJO EN EQUIPO“
50
a) La contumacia de una falta leve.
b) Irrespetar los símbolos nacionales.
c) La manifestación o actitud irrespetuosa, utilización de palabras ofensivas u obscenas,
sarcásticas o cínicas, así como la escenificación de actos burlescos, en forma individual o
grupal, de manera verbal, gestual o escrita, contra uno o más miembros de la
comunidad estudiantil, durante la jornada lectiva o actividades oficialmente convocados
por la dirección de la Institución o fuera de la institución mientras porte el uniforme de
esta.
d) Realizar bromas fuertes, zancadillas o juegos que pueden provocar lesiones físicas o
psicológicas.
e) Incurrir en el plagio de trabajos curriculares en cualquier tipo.
f) Lanzar bolsas o cualquier recipiente con agua o líquido, así como objetos
contundentes de cualquier tipo a miembros de la comunidad estudiantil o visitantes, así
como a vehículos, animales, transeúntes, zonas de ornato, equipo, mobiliario,
infraestructura u otros dentro o fuera de la institución.
g) Dañar o utilizar inapropiadamente los alrededores de la institución, vehículos, zonas
de ornato, equipo, mobiliario, infraestructura, servicios sanitarios u otros.
“LA CALIDAD NUNCA ES IMPREVISTA, ES EL RESULTADO DE UN TRABAJO EN EQUIPO“
51
h) Usar las paredes, mesas, pupitres y demás bienes de la institución educativa, para
hacer o colocar dibujos, palabras o letreros.
i) Causar daño a la flora y fauna del medio ambiente institucional o en actividades
oficialmente convocados por la Dirección fuera de la Institución.
j) Utilizar los recursos tecnológicos del COTB para ver o mostrar pornografía o cualquier
otro material que vaya contra la moral y las buenas costumbres.
k) Portar materiales con pornografía o cualquier otro material que vaya contra la moral y
las buenas costumbres, ya sea de manera física o virtual.
l) No acatar órdenes de los profesores, administrativos o funcionarios de la institución
en lo que se refiere al comportamiento personal o acatamiento de deberes.
m) Usar juegos de azar, dispositivos de almacenamiento, películas, libros, folletos,
revistas, fotocopias, páginas de internet o cualquier tipo de material que afecten la moral
y las buenas costumbres.
n) Ingresar y permanecer con el uniforme oficial del Colegio, el de Educación Física, el
de juegos deportivos, así como camisetas o camisas distintivas de clubes o grupos
organizados de la institución, en locales o lugares en donde se llevan a cabo juegos de
azar o consuman drogas lícitas o ilícitas, así como que tengan acceso a la pornografía o
materiales que vayan contra la moral y las buenas costumbres.
“LA CALIDAD NUNCA ES IMPREVISTA, ES EL RESULTADO DE UN TRABAJO EN EQUIPO“
52
o) Maltratar, dañar, ensuciar o destruir paredes, pupitres, escritorios, estructuras y otros
bienes muebles o inmuebles de la institución.
p) Ingresar a la institución en condiciones de evidente consumo de drogas de cualquier
tipo.
q) Uso de las instalaciones, implementos deportivos, implementos musicales, taller,
laboratorios de cómputo, comedor, sin la debida autorización de la autoridad
competente.
r) Encubrir a miembros de la comunidad estudiantil que hayan incurrido en faltas graves.
s) Utilizar durante el desarrollo de la clase y sin autorización previa del docente teléfonos
celulares o aparatos electrónicos que afecten el correcto accionar del proceso enseñanza
– aprendizaje.
t) Utilizar durante la aplicación de una prueba y sin autorización previa de la autoridad
competente teléfonos celulares o aparatos electrónicos que afecten la correcta aplicación
de la misma.
u) Otras faltas que a juicio de la autoridad competente, se consideran graves y que no
estén contempladas en el artículo N. 141, del REA.
“LA CALIDAD NUNCA ES IMPREVISTA, ES EL RESULTADO DE UN TRABAJO EN EQUIPO“
53
Estas disposiciones también podrán ser aplicadas a las faltas graves detectadas por
medio del sistema de monitoreo CCTV.
Cada falta grave implicará las sanciones que establece el Reglamento de Evaluación
vigente, de acuerdo con los procedimientos que éste establece.
Artículo Nº 35
Faltas Muy Graves
Además de las estipuladas en el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes vigente,
se considerarán como faltas muy graves, las siguientes:
a) La contumacia de una falta grave.
b) Portar armas punzo cortantes (cuchillo, cúter, pica hielo, etc.), armas de fuego,
armas de construcción casera, pistolas de balines, pistolas de aire comprimido,
materiales inflamables (encendedores, fósforos, etc.), explosivos de cualquier tipo,
además de cualquier otro objeto que pueda poner en peligro la integridad física de algún
miembro de la comunidad estudiantil o sus pertenencias, salvo aquellos autorizados por
la autoridad competente para fines didácticos.
c) Cualquier tipo de acción discriminatoria por razones de xenofobia, racismo, afinidad
sexual, apariencia física, credo religioso o cualquier otra contraria a la dignidad humana.
d) Intimidar con amenazas a algún miembro de la comunidad educativa o particular.
“LA CALIDAD NUNCA ES IMPREVISTA, ES EL RESULTADO DE UN TRABAJO EN EQUIPO“
54
e) Consumir o portar drogas de cualquier tipo, dentro de la institución, en actividades
convocadas oficialmente, en horario lectivo o mientras porte cualquiera de los uniformes
o distintivos oficiales del COTB.
f) Sustraer o servir de cómplice en la sustracción de bienes o documentos
institucionales o personales.
g) Utilizar más de un Cuaderno de Comunicaciones al Hogar.
h) Incurrir en juegos provocativos o erotismo individual, entre parejas o grupos.
i) Encubrir a cualquier miembro de la comunidad estudiantil que haya incurrido en una
falta muy grave.
j) Portar o utilizar sustancias químicas de cualquier índole (ácidos, gases químicos u
otros) que puedan causar perjuicio a la integridad física de cualquier miembro de la
comunidad estudiantil.
k) Se prohíbe el uso o portación de cualquier artefacto o dispositivo utilizado para el
consumo de sustancias lícitas o ilícitas que atenten contra la integridad, de la persona
estudiante, así como de la comunidad educativa, tales como vapeadores
(vaporizadores), cigarrillos electrónicos, pipas, entre otros.
l) Otras faltas que a juicio de la autoridad competente, se consideren muy graves y
que no estén contempladas en éste artículo.
“LA CALIDAD NUNCA ES IMPREVISTA, ES EL RESULTADO DE UN TRABAJO EN EQUIPO“
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Estas disposiciones también podrán ser aplicadas a las faltas muy graves detectadas por
medio del sistema de monitoreo CCTV.
Cada falta muy grave implicará las sanciones que establece el Reglamento de Evaluación
de los Aprendizajes vigente, de acuerdo con los procedimientos que éste establece.
Artículo Nº 36
Faltas Gravísimas
Además de las estipuladas en el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes vigente,
se consideran como faltas gravísimas, las siguientes:
a) La contumacia de una falta muy grave.
b) Incurrir en usurpación o en falsificación de identidad.
c) Alteración de cualquier documento oficial o información que éste contenga.
d) Inculpar intencionalmente a terceras personas en acciones ilícitas a sabiendas de su
inocencia.
e) Sustraer o alterar el registro de notas, asistencia o cualquier documento de
evaluación para su propio beneficio o el de sus compañeros.
“LA CALIDAD NUNCA ES IMPREVISTA, ES EL RESULTADO DE UN TRABAJO EN EQUIPO“
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f) Alterar o falsificar documentos utilizados o utilizables por los docentes o funcionarios
en el quehacer educativo.
g) Causar daños físicos, psicológicos o morales a cualquier miembro de la comunidad
educativa, dentro o fuera de la institución.
h) Distribuir, inducir o facilitar el uso de cualquier tipo de drogas dentro de la
institución, fuera de la institución en horario lectivo, en actividades convocadas
oficialmente, o mientras porte cualquiera de los uniformes o distintivos oficiales del
Colegio.
i) Realizar cualquier tipo de fraude durante la aplicación de pruebas o trabajos.
j) Encubrir a cualquier miembro de la comunidad estudiantil que haya incurrido en una
falta gravísima.
k) Otras faltas que a juicio de la autoridad competente, se consideren muy graves y que
no estén contempladas en éste artículo.
Estas disposiciones también podrán ser aplicadas a las faltas gravísimas detectadas por
medio del sistema de monitoreo CCTV.
Cada falta gravísima implicará las sanciones que establece el Reglamento de Evaluación
vigente, de acuerdo con los procedimientos que éste establece.
“LA CALIDAD NUNCA ES IMPREVISTA, ES EL RESULTADO DE UN TRABAJO EN EQUIPO“
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Artículo Nº 37
Procedimiento para la aplicación de acciones correctivas.
El procedimiento para la aplicación de acciones correctivas por causa de la comisión de
las faltas estipuladas en esta Normativa Interna, está determinado en el REA vigente y
debe respetar las garantías propias del Debido Proceso.
Transitorio
En el caso de que las acciones o sanciones correspondientes a cada una de las faltas
anteriormente tipificadas varíen en el REA, también varían inmediatamente y de la
misma manera en esta Normativa Interna.
“LA CALIDAD NUNCA ES IMPREVISTA, ES EL RESULTADO DE UN TRABAJO EN EQUIPO“
58
CAPÍTULO VIII
De la Implementación de esta Normativa Interna
La entrada en vigencia de esta normativa, debe darse de la siguiente manera:
Artículo Nº 38
Derogación de la Normativa Interna anterior.
Se deroga la anterior Normativa Interna del COTB.
Artículo Nº 39
Acatamiento de la presente Normativa
El acatamiento de esta Normativa y su observancia es obligatorio, está a cargo de las
autoridades competentes del COTB, de acuerdo con el Reglamento de Evaluación de los
Aprendizajes vigente.
Artículo Nº 40
Divulgación de esta Normativa Interna
Es responsabilidad de la Administración del COTB, establecer los mecanismos necesarios
para poner a disposición de la Comunidad Estudiantil esta Normativa Interna, así como
de informar y asesorar acerca de los alcances e implicaciones de la misma.
“LA CALIDAD NUNCA ES IMPREVISTA, ES EL RESULTADO DE UN TRABAJO EN EQUIPO“
59
Artículo Nº 41
Vigencia de esta Normativa Interna
Esta Normativa Interna del COTB, rige a partir del curso lectivo 2019.
Esta normativa fue aprobada en el consejo de profesores el día 11 del mes de diciembre
del curso lectivo 2018.
______________________________
Geovanny López Mena
Director
“LA CALIDAD NUNCA ES IMPREVISTA, ES EL RESULTADO DE UN TRABAJO EN EQUIPO“
60
GLOSARIO
MEP = Ministerio de Educación Pública
COTB = Colegio de Orientación Tecnológica Barbacoas
REA = Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes
NII = Normativa Interna Institucional
CCTV = Circuito Cerrado de Televisión
CCSS = Caja Costarricense de Seguro Social.
“LA CALIDAD NUNCA ES IMPREVISTA, ES EL RESULTADO DE UN TRABAJO EN EQUIPO“
61
Anexo 1: Descripción distinto 2019
Las mujeres deben vestir de la siguiente manera:
i. Pantalón verde militar, de corte recto, pretina ancha, en tela forway o similar, sin
campana, que no sea tubo o muy ajustado, con bolsas simuladoras traseras y
bolsas en el frente a la altura de las caderas, debe ser holgado en las caderas y
en las piernas, con un ruedo que mida 1,5cm para arriba del tacón del zapato.
No se permiten pantalones con ruedos deshilachados.
ii. La blusa debe ser de color rosado flamingo, tipo polo manga corta, cuello verde
militar con dos línea en el borde color rosado flamingo, la blusa es con los
bordes de adentro en color rosado flamingo, los botones deben ser carey, la
blusa es sin hombreras, con su respectivo escudo bordado en el lado izquierdo
a la altura del pecho y las leyendas: “Generación 2019” al lado derecho inferior
en el borde de la blusa y el nombre de la estudiante en el borde de la manga
derecha, ambas en color verde militar. La misma debe ser holgada y debe de
cubrir como mínimo hasta la parte inferior de la pretina del pantalón, deben ir
con un corte en V a los lados; las faldas de la blusa deben usarse por fuera. La
tela tipo piqué.
iii. Las medias deben ser de color verde militar, no se permiten calcetas.
iv. Los zapatos deben ser completamente café, sencillos, de tacón bajo, tipo mocasín o
de cordón debidamente amarrado y sin adornos. O a su vez tenis
completamente café.
“LA CALIDAD NUNCA ES IMPREVISTA, ES EL RESULTADO DE UN TRABAJO EN EQUIPO“
62
Los hombres deberán vestir de la siguiente forma:
i. El pantalón será largo, a la altura de la cintura, en tela forway o similar, de color
verde militar, de corte recto, con dos bolsas traseras (una a cada lado) no de
parche, que no sea tipo tubo (o muy ajustado), faja de color café, lisa y con
hebilla pequeña. El largo del pantalón debe llegar hasta la parte superior del
zapato. No se permitirán pantalones con ruedos deshilachados, ni que
contradigan estas medidas.
ii. La camisa debe ser rosado flamingo , tipo polo manga corta, cuello verde militar
con dos líneas en el borde color rosado flamingo, la camisa es con los bordes
de adentro en color rosado flamingo , los botones deben ser carey, al lado
izquierdo de la camisa, con su respectivo escudo bordado en el lado izquierdo a
la altura del pecho y las leyendas: “Generación 2019” al lado derecho inferior en
el borde de la camisa y el nombre del estudiante en el borde de la manga
derecha, ambas en color verde militar. La misma debe ser holgada y debe de
cubrir como mínimo hasta la parte inferior de la pretina del pantalón; las faldas
deben usarse por fuera con un corte en V.
iii. Las medias deben ser de color verde militar, no se permiten calcetas.
iv. Los zapatos deben ser completamente café, sencillos, tipo mocasín o de cordón
debidamente amarrados y sin adornos. O a su vez tenis completamente café.