TABLA DE CONTENIDO - Armada · 2019-05-10 · Efectuar la entrega de la Vivienda Fiscal que ocupa...

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TABLA DE CONTENIDO

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1. Derechos y Deberes de los beneficiarios de personal fallecido en actividad. 3

2. Flujograma procedimientos de retiro por muerte ………………………… 4

3. Preguntas Frecuentes..…………………………………………………………………. 9

4. Lista de chequeo……………………………………….…………………………………… 13

5. Formatos a diligenciar………………………………………………………………….… 15

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1. DERECHOS Y DEBERES DE LOS BENEFICIARIOS DE PERSONALFALLECIDO EN ACTIVIDAD

DERECHOS

1. A que el tesoro público cubra los gastos de inhumación del personal militar y civil fallecidoen actividad.

2. A recibir orientación de manera respetuosa, adecuada y oportuna para adelantar lostramites propios del proceso de retiro de personal que fallece en actividad.

3. Al pago de los haberes que recibía en actividad durante los tres meses de alta. Este pago serealiza a los beneficiarios en orden y proporción definidos en el Estatuto de Carrera

4. Al reconocimiento de Cesantías Definitivas por el tiempo que el Oficial, Suboficial, Infantede Marina Profesional o Civil estuvo vinculado con la Armada Nacional.

5. En el evento que el fallecido haya cumplido requisitos para el pago pensión desobreviviente, tiene derecho al envío de su expediente prestacional al Grupo dePrestaciones Sociales del Ministerio de Defensa Nacional.

6. A que se le efectúe el trámite para el pago del seguro subsidiado ante la Aseguradora conla cual tiene cobertura el Ministerio de Defensa Nacional.

7. Si el retiro por muerte le otorgó derecho a Pensión, los beneficiarios continuarán cobijadoscon los Servicios Médicos del Sistema de Salud de las FFMM.

8. Continuar vinculado a los Centros Recreacionales de las FFMM, en calidad de beneficiario,si así lo desea.

DEBERES

1. Presentar los documentos pertinentes para reconocimientos prestacionales ante la Direcciónde Prestaciones Sociales de la Armada Nacional.

2. Efectuar la entrega de la Vivienda Fiscal que ocupa en los tiempos que establece la RESCA0933-2015

3. Realizar el cambio de estatus del carnet de servicios médicos personal y de su núcleo familiarante la Dirección General de Sanidad Militar.

4. Suministrar como datos de contacto una dirección, teléfono y correo electrónico para efectode notificaciones.

Apreciado beneficiario, no olvide tener en cuenta que:

“TODOS los trámites necesarios para llevar a cabo el retiro de Oficial o Suboficial por fallecimiento enactividad, son GRATUITOS y no requieren de apoderados ni intermediarios. Evitar estas prácticasfortalece los mecanismos de control interno, combaten la corrupción y cuidan su bolsillo”.

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2. FLUJOGRAMA DE RETIRO POR MUERTE

FLUJOGRAMA RESPONSABLE YCONTACTO

DESCRIPCION

El Comandante de la Unidad Táctica, operativao su equivalente debe elaborar el InformeAdministrativo por Muerte el cual reporta: Datos del fallecido Datos de la Unidad Circunstancias de tiempo, modo y lugar en el

que sucedieron los hechos Calificación de las circunstancias conforme

normatividad vigente Firma del Comandante

Este Informe debe ser enviado a la Dirección dePersonal DIPER y a la Dirección de PrestacionesSociales DPSOC

DIRECCIÓN DE PRESTACIONESSOCIALES

[email protected]

Conmutador: 3692000Director Ext 10516Asistente Ext 10517Atención al Usuario Ext 10531Notificador Ext [email protected]

Celular Institucional: 320 420 6553

Dirección Física:Carrera 10 Nro. 27-27Centro Internacional TequendamaEdificio Bachué Piso 5 Bogotá D.C.Línea Anticorrupción 018000 116969

La Dirección de Prestaciones Sociales envía a laAseguradora el reporte semanal mediante“Formato de Siniestros” incluyendo lasnovedades por muerte de personal activo. Seinforma los datos de contacto de losbeneficiarios y la causal de muerte acuerdoInforme Administrativo.

La Dirección de Prestaciones Sociales medianteSeñal y Navagrama solicita a DIPER y a laúltima unidad de traslado del fallecido, ladocumentación pertinente para trámite. (Verlista de Chequeo)

La Dirección de Prestaciones Sociales realiza lapublicación de Edicto en Diario de AmpliaCirculación Nacional, convocando a losbeneficiarios del causante para que concurrana la reclamación de las prestaciones socialescorrespondientes al fallecido.

INICIO

PASO 1. Elaboración InformeAdministrativo por Muerte

PASO 2. Envío Reporte Semanalde Siniestros a la Aseguradora

PASO 3. Solicituddocumentación a DIPER y a laUltima Unidad de traslado delfallecido

PASO 4. Publicación Edicto enDiario de Circulación Nacional

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FLUJOGRAMA RESPONSABLE YCONTACTO

DESCRIPCION

DIRECCION DE PERSONAL

[email protected] Institucional: 313-4337087Conmutador: 369 2000

Control Oficiales: Ext 10139Control Suboficiales: Ext. 10138Control Infantes: Ext. 10081Control Civiles: Ext. 10119Correo electrónico:[email protected]

Dirección física:Carrera 54 Nro. 26-25CAN- Ministerio de DefensaComando Armada NacionalPiso 1 Oficina 121

Esta Dirección gestiona los pasos 1 al11

RETIRO POR MUERTE:La Dirección de Personal – DivisiónAdministrativa de Personal DIAPE- inicia deoficio el trámite de Acto Administrativo deRetiro por Muerte.

Decreto Presidencial: Para Oficiales deInsignia y Generales, Capitanes de Navío yCoroneles de I.M. Firma Señor Presidente dela Republica

Resolución Ministerial: Para Capitanes deFragata, Tenientes Coroneles y demásOficiales. Firma Señor Ministro de DefensaNacional.

Resolución COARC: Para Suboficiales ypersonal civil. Firma Señor ComandanteArmada Nacional.

Orden Administrativa de Personal: ParaInfantes de Marina Profesionales. FirmaSeñor Jefe Desarrollo Humano y Familia ARC.

Una vez firmado DIPER procede con el envío aDPSOC de este Acto Administrativo adjuntandola documentación que repose en la HistoriaLaboral del fallecido.

DIRECCIÓN DE PRESTACIONESSOCIALES

[email protected]

Conmutador: 3692000Director Ext 10516Asistente Ext 10517Atención al Usuario Ext 10531Notificador Ext [email protected] Institucional: 320 420 6553Dirección Física:Carrera 10 Nro. 27-27Centro Internacional TequendamaEdificio Bachué Piso 5 Bogotá D.C.Línea Anticorrupción 018000 116969

La Dirección de Prestaciones Sociales realiza laconformación del expediente prestacional. Elexpediente original continúa trámite internopara la liquidación de Cesantías Definitivas yCompensación por muerte.

Se emite Resolución del Jefe DesarrolloHumano y Familia, la cual se notifica y elbeneficiario cuenta con 10 días para interponerRecurso de Reposición.

Una vez ejecutoriada la Resolución, y enestricto orden de ejecutoria, se asigna turno, seprocede a la inclusión en Nómina y se realizatrámite de pago. Sujeto a disponibilidadpresupuestal y de PAC.

TIEMPO ESTIMADO TRAMITE PRESTACIONAL:Sujeto a documentación o trámites externos einternos:Emisión del Registro Civil de DefunciónActo Administrativo de RetiroProcesos de Filiación y Declaración de UniónMarital de Hecho.

PASO 6. Liquidación Definitivade Cesantías y Compensaciónpor Muerte.

PASO 5. Trámite ActoAdministrativo de Retiro

> Muerte en Combate> Muerte en Misión del Servicio> Muerte simplemente en Actividad

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FLUJOGRAMA RESPONSABLE YCONTACTO

DESCRIPCION

ASEGURADORA SOLIDARIA DECOLOMBIA

Contacto MDN : Soraya SotoCarrera 54 #26-25 Ministerio de

Defensa CAN – Unidad de SegurosPiso 1 – Bloque MDN.

Teléfono Fijo 8051377 - 2860888Conmutador 3150111 Ext 6309

Envío de documentación a la Aseguradora a fin queproceda con el pago de la póliza de seguro de vidaSubsidiado, Voluntario y/o Complementario, a losrespectivos beneficiarios designados por el fallecido.

En caso que no se encuentre el Formulario deDesignación de Beneficiarios, o no esté claro, o tengatachones o enmendaduras, la Dirección dePrestaciones Sociales realiza el Acta de Designaciónde Beneficiarios conforme los términos de ley.

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONALGRUPO DE PRESTACIONES SOCIALESCra 13 No. 27 -00 Local 12 y 13Edificio Bochica -Bogotá [email protected]

Conmutador: 315 0111Atención al Pensionado Ext28401 Ext 28402-28403-28442-28426Línea gratuita 018000954513Notificaciones Ext28436-Ext [email protected]óminas Pensionados Opción 1

Una copia del expediente se remite al Grupo dePrestaciones Sociales del Ministerio de Defensa parael reconocimiento de la Pensión de Sobrevivientes.

La Pensión se reconoce mediante ResoluciónMinisterial, la cual será notificada a los beneficiarios.

CAJA PROMOTORA DE VIVIENDAMILITAR Y DE POLICIA “CAJAHONOR”Cra 54 No. 26-25 CANBogotá D.C.Centro de Contacto al [email protected]: 518 8605Atención al Afiliado 742 4388

742 4389Enlace ARC5188707Sedes: Cali, Barranquilla, Medellín,Bucaramanga, Ibagué, Cartagena,Florencia

Tres días hábiles siguientes a la notificación deResolución Prestacional, los beneficiarios delfallecido, podrán acercarse a Caja Honor, para retirarlos saldos de la cuenta individual de cesantías.

Diligencia Formulario Único de Pago Caja Honor enlos ítems 1. Datos del Afiliado y 4. Devolución deAportes y Otros.

PASO 8. Trámite Expedientepara liquidación de Pensión deSobreviviente al MDN

PASO 7. Envío deDocumentación a laAseguradora.

PASO 9. Cierre Cuenta Individualde Cesantías Personal Afiliado aCaja Promotora de ViviendaMilitar y de Policía “Caja Honor”

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FLUJOGRAMA RESPONSABLE YCONTACTO

DESCRIPCION

DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDADMILITAR

Carrera 10 Nro. 27-51Centro Internacional TequendamaEdificio Residencias TequendamaOficina 318 Bogotá D.C.Conmutador: 323 [email protected]

Consultar las 23 Oficinas Regionalesde Afiliación en el siguiente link:

http://www.sanidadfuerzasmilitares.mil.co/index.php?idcategoria=719

Los beneficiarios, continúan en el Sistema de Saludde las Fuerzas Militares durante los 3 meses alta,posterior a ello, la Dirección General de SanidadMilitar los INACTIVA junto con su grupo familiar.

Para continuar con la cobertura de los servicios desalud, los beneficiarios deben afiliarse nuevamenteen calidad de pensionado ante la DGSM aportandocopia del Acto Administrativo de Retiro. La DGSM asu vez realiza el cruce de nóminas con Ministerio deDefensa para verificar los aportes a salud delpensionado.

Personal sin derecho a asignación de retiro sedesafiliará automáticamente.

DIVISION DE SERVICIOS GENERALESBN6

Batallón de Policía Naval Militar Nro.70Carrera 69 Nro. 51-31 Bogotá D.C.Sección Viviendas Fiscales BN6Conmutador: 369 2000 Ext [email protected]

Bases Navales, Brigadas y BatallonesSecciones de Viviendas Fiscales decada Unidad.

Los beneficiarios del funcionario fallecido deberánefectuar la entrega de la vivienda fiscal que ocupa enlas condiciones y tiempos que establece la RESCA0933-2015 que dice:

Art. 17 a) Por retiro del servicio activo con derecho aasignación de retiro o pensión, se debe entregar elalojamiento militar dentro de los (60) días siguientesa la fecha del acta de entrega del cargo,independientemente que tenga vacaciones pordisfrutar, en caso contrario a partir del día siguiente,se descontará una multa pecuniaria correspondientea (05) días de salario básico mensual por cada día demás que permanezca en el alojamiento militar sinperjuicio de las acciones a que haya lugar. De igualmanera los Señores Oficiales que tengan asignadasCasa de Comando definidas en el artículo 2,Parágrafo 2 de la Resolución, deberán hacer entregade la Casa de Comando dentro de los (30) díascalendario siguientes a la fecha de entrega delcargo, independientemente que tenga vacacionespor disfrutar.

b) Por retiro del servicio activo quien no tienederecho a asignación de retiro o pensión, debeentregar el alojamiento militar dentro de los (30)días siguientes a la entrega del cargo independienteque tenga vacaciones por disfrutar. En caso contrarioa partir del día siguiente, se descontará una multapecuniaria correspondiente a (05) días del salariobásico mensual por cada día más que permanezca enel alojamiento, sin perjuicio de las acciones legales aque haya lugar.

PASO 10. Actualización deCarné de Salud

PASO 11. Entrega de ViviendaFiscal

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FLUJOGRAMA RESPONSABLE YCONTACTO

DESCRIPCION

CLUB MILITAR DE [email protected] 50 Nro. 15-32Bogotá D.C.Conmutador: 290 5077

CIRCULO SUBOFICIALES [email protected] 138 No 55 - 38Bogotá DC. –Teléfono: (571) 593 99 00Carnetización: Ext. 1124 - 1116.

CLUB NAVAL OFICIALES SANTA CRUZDE CASTILLO [email protected]: 316 389 0011Líneas de atención: 665 1017

6651018 – 6653631Cartagena de Indias D.T. y C.

CENTRO RECREACIONAL [email protected] – Carnetización,Teléfonos: 3000322 Ext: 118 BogotáD.C.

CENTRO RECREACIONALSUBOFICIALES NAVALES [email protected]éfonos 656 0482 -666 0249-666 6230-666 4230-656 4959Cartagena de Indias D.T. y C.

Los beneficiarios del fallecido tienen la opción demantenerse afiliado a los siguientes CentrosRecreacionales de las FFMM de manera voluntaria

Centro Recreacional de Oficiales Santa Cruz deCastillo Grande

Club Militar de Oficiales Centro Recreacional de Suboficiales Crespo Circulo de Suboficiales de las Fuerzas Militares

Para hacerlo, debe esperar el término de los tresmeses de alta, estar a paz y salvo en consumos ycuota sostenimiento, y efectuar la solicitud decambio de estatus en calidad a socio efectivo.

En caso de requerir la desafiliación, debe efectuar eltrámite en el Centro Recreacional respectivodiligenciando los Formatos establecidos para tal fin.

El personal de infantes profesionales y personal civilrecibe el beneficio de uso y disfrute de las Cajas deCompensación, hasta el término de los tres mesesde Alta.

PASO 12. Afiliación /Desafiliación a CentrosRecreacionales

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3. PREGUNTAS FRECUENTES

a. A qué prestaciones sociales tiene derecho el Oficial o Suboficial que fallece en actividad?

b. A qué prestaciones sociales tiene derecho el Infante de Marina Profesional que fallece en actividad? A Que el Ministerio de Defensa, cubra los gastos de inhumación, mediante la presentación de la copia del

registro civil de defunción y los comprobantes de los gastos realizados, sin que su cuantía supere ocho (8)veces el salario mínimo legal mensual vigente.

A la liquidación de Cesantías Definitivas Al pago de Pensión de Sobrevivientes a sus beneficiarios en el orden establecido en los términos de ley. Esta

pensión la reconoce y paga el Ministerio de Defensa Nacional –Grupo de Prestaciones Sociales, a partir de lafecha de fallecimiento.

c. A qué prestaciones sociales tiene derecho el Infante de Marina Regular que fallece durante la prestación delservicio militar obligatorio? El Ministerio de Defensa cubrirá los gastos de inhumación, mediante la presentación de la copia del registro

civil de defunción y los comprobantes de los gastos realizados, sin que su cuantía supere ocho (8) veces elsalario mínimo legal mensual vigente.

Al pago de Pensión de Sobrevivientes a sus beneficiarios en el orden establecido en los términos de ley. Estapensión la reconoce y paga el Ministerio de Defensa Nacional –Grupo de Prestaciones Sociales, a partir de lafecha de fallecimiento. La Pensión es vitalicia y equivale a un salario y medio mínimo mensuales vigentes(1 ½ SMLMV).

En el caso que los padres sean los beneficiarios, el requisito para acceder a la pensión, es al momento de sureconocimiento tengan como edad mínima cincuenta (50) años. De no tener esa edad, el ActoAdministrativo del reconocimiento se suspenderá hasta el cumplimiento de esa condición.

d. Como se acredita la calidad de compañera(o) permanente, si no está reconocida(o) ante la Armada Nacionaldentro del núcleo familiar del funcionario fallecido?

Artículo 2o. de la Ley 979 de 2005, que modificó parcialmente la Ley 54 de 1990: La existencia de la unión maritalde hecho entre compañeros permanentes, se declarará por cualquiera de los siguientes mecanismos:1. Por escritura pública ante Notario por mutuo consentimiento de los compañeros permanentes.2. Por Acta de Conciliación suscrita por los compañeros permanentes, en centro legalmente constituido.

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3. Por sentencia judicial, mediante los medios ordinarios de prueba consagrados en el Código de ProcedimientoCivil, con conocimiento de los Jueces de Familia de Primera Instancia.

Si no se tiene ninguna de las anteriores al momento del fallecimiento del funcionario, deberá iniciar un procesode declaratoria de Unión Marital de Hecho y presentar a la Dirección de Prestaciones Sociales el auto admisoriode la demanda a fin de suspender el trámite de reconocimiento prestacional que se encuentra en curso. Paraefectos del pago definitivo se requiere la Sentencia Judicial que así la acredite.

5. Como se acreditan hijos no reconocidos en vida, ante la Armada Nacional para efectos de ser beneficiario delpago de prestaciones sociales?

Para el caso de hijo no reconocido en vida del funcionario, este debe adelantar proceso de filiación establecido enel artículo 386 del Código General del Proceso, ante los despachos judiciales, quienes determinaran la filiaciónentre el exfuncionario y el demandante y servirán de soporte para el reconocimiento del subsidio familiar en lostérminos del art. 161 del Decreto 1211/1990, por parte de la División de Nóminas de la Armada Nacional.

6. Como se reciben y a quien se le cancelan los haberes pendientes de pago del funcionario fallecido y locorrespondiente a los tres meses de alta?

Los haberes pendientes de pago y lo correspondiente a los tres meses de alta serán liquidados por la División deNóminas de acuerdo con las fechas establecidas en la Resolución de Retiro por muerte. Mencionados valoresserán constituidos en la cuenta de acreedores varios por parte de la Tesorería de la última Unidad de traslado delfuncionario al momento de su fallecimiento.

La correspondiente Tesorería procederá con el pago hasta tanto se emita Resolución de Reconocimiento deCesantías Definitivas por parte de la Dirección de Prestaciones Sociales de la Armada Nacional, y los saldos serándistribuidos entre los beneficiarios designados y acuerdo con los porcentajes determinados en dicha Resolución.

7. Que pasa cuando concurren esposa(o) y compañera(o) permanente a reclamar pensión?

El Ministerio de Defensa Nacional procede a verificar la documentación allegada por la(el) esposa(o) y por lacompañera(o) permanente, y mediante Acto administrativo indicará los beneficiarios del fallecido y la asignaciónde porcentajes correspondientes.

8. Que pasa con los descuentos por embargos que afectan prestaciones sociales?

La División de Nóminas, liquida el embargo hasta la fecha de sus últimos haberes, junto a los tres meses de alta,de acuerdo a lo ordenado por los diferentes despachos judiciales.

En los procesos de familia, en los cuales el despacho judicial haya ordenado embargo sobre la prima de navidad,prima de servicio y/o de vacaciones, la División de Nóminas de la Armada Nacional dará cumplimiento almomento de liquidar los valores proporcionales o doceavas partes del ex-funcionario.

En los embargos ejecutivos de alimentos los cuales se liquidan sobre haberes y prestaciones sociales, que seencuentren vigentes al momento del retiro por muerte, la División de Nóminas realizará la liquidación del saldopendiente por descuento, con el fin de remitirla a la Dirección de Prestaciones Sociales para su respectivo trámitey descuento.

La Dirección de Prestaciones Sociales de la Armada Nacional, a su vez aplica los embargos que afectenprestaciones sociales de acuerdo con las órdenes judiciales que se encuentren vigentes.

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9. Que pasa con los descuentos por créditos y libranzas que afectan salarios y primas?Los descuentos de Libranza que vengan operando en la nómina del Funcionario fallecido se cancelan, es decir eldescuento queda cancelado por la condición de Muerte del funcionario que tenía la obligación; todos los créditosdeben ser cobijados por un seguro de muerte que cubre la obligación, por lo cual la entidad financiera deberealizar

Los trámites ante la seguradora para recuperar esa cartera, así mismo es importante que los familiares delfallecido informen a la entidad Financiera con el certificado de Defunción para que esta a su vez realice lasgestiones pertinentes.

10. Como se designan los beneficiarios cuando el Formato de la póliza de seguro subsidiado o voluntario no seencuentra en original, ni copia al carbón, ni copia en papel químico, presenta inconsistencias, tachones,enmendaduras, repizones, uso de correctores o no es legible?

La Dirección de Prestaciones Sociales procede a la elaboración del Acta de Designación de Beneficiarios conformeel Artículo 185 del Decreto 1211 de 1990

“ARTÍCULO 185. ORDEN DE BENEFICIARIOS. Las prestaciones sociales por causa de muerte de Oficiales y Suboficiales enservicio activo o en goce de asignación de retiro o pensión se pagarán según el siguiente orden preferencial:a. La mitad al cónyuge sobreviviente y la otra mitad a los hijos del causante, en concurrencia éstos últimos en las

proporciones de ley.b. Si no hubiere cónyuge sobreviviente, las prestaciones corresponden íntegramente a los hijos en las proporciones de ley.c. Si no hubiere hijos la prestación se divide así:

- El cincuenta por ciento (50%) para el cónyuge.- El cincuenta por ciento (50%) para los padres en partes iguales.

d. Si no hubiere cónyuge sobreviviente ni hijos, la prestación se dividir entre los padres así:- Si el causante es hijo legítimo llevan toda la prestación a los padres.- Si el causante es hijo adoptivo la totalidad de la prestación corresponde a los padres adoptantes en igual

proporción.- Si el causante es hijo extramatrimonial, la prestación se divide en partes iguales entre los padres.- Si el causante es hijo extramatrimonial con adopción, la totalidad de la prestación corresponde a sus padres

adoptivos en igual proporción.- Si no concurriere ninguna de las personas indicadas en este artículo llamadas en el orden preferencial en él

establecido, la prestación se paga, previa comprobación de que el extinto era su único sostén a los hermanosmenores de 18 años.

- Los hermanos carnales recibirán doble porción de los que sean simplemente maternos o paternos.- A falta de descendientes, ascendientes, hijos adoptivos, padres adoptivos, hermanos y cónyuges, la prestación

corresponderá a la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares.”

11. Cómo obtener las Certificaciones en línea, después del retiro.Los certificados de haberes requeridos se entregarán única y exclusivamente a los beneficiarios reconocidos enlos sistemas de información institucionales o mediante la Resolución Prestacional.

Dicha solicitud se debe remitir al correo electrónico [email protected].

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12. Como se calcula la Pensión de Sobreviviente?Su reconocimiento y pago compete al Grupo de Prestaciones Sociales del Ministerio de Defensa. El montodependerá de las condiciones del militar en el momento del fallecimiento así:

Oficiales y Suboficiales:Tiempo mínimo de servicio: 1 añoPartidas Computables Oficiales y Suboficiales:Sueldo básico (De acuerdo al grado)Prima de Actividad (49,5%)Prima de Antigüedad (Acuerdo su tiempo de servicio)Prima de Estado Mayor (Sólo Oficiales de E.M.)Prima de Vuelo (Requisitos acuerdo art. 6 Decreto 4433/2004)Gastos de Representación (Sólo Oficiales Generales y de Insignia)Subsidio Familiar (Porcentaje reconocido al momento del retiro)Duodécima parte de la Prima de Navidad (Doceava haberes percibidos)

Infantes de Marina Profesionales:Tiempo mínimo de servicio: 1 añoPartidas computables:Sueldo Básico (01 SMMLV + 40%)Prima de Antigüedad (Sueldo Básico * 38,5%)Subsidio familiar (70% del subsidio reconocido en actividad)Liquidación=

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4. LISTAS DE CHEQUEO

TRAMITE: LIQUIDACIÓN PRESTACIONAL Y DE PENSIÓN DE SOBREVIVIENTE

Ante qué dependencia se realiza:DIRECCIÓN DE PRESTACIONES SOCIALES ARC DPSOC.Carrera 10 Nro. 27-27 Centro Internacional Tequendama- Edificio Bachué- Piso 5 – Bogotá D.C.Conmutador: 369 2000 Ext 10531 -10526 Celular Institucional: 320 420 6553 correo contacto o peticiones: [email protected]é debe hacer:Verificar documentos requeridos y radicar 2 paquetes (Original para trámite DPSOC, Copia con destino MDN).

ITEM DOCUMENTO REQUERIDO MILITAR ESTADODOCUMENTO

1

Formato n° 4 solicitud Prestaciones Sociales por Muerte y para sustitución pensional, personalfallecido soltero y casado sin hijos óFormato n° 5 solicitud Prestaciones Sociales por muerte y para sustitución pensional personalfallecido soltero y casado con hijos. Dependiendo el caso

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Original Registro Civil de Defunción, fiel copia tomado del original. En caso dedesaparecimiento debe aportar copia de la sentencia de declaración de muerte presunta pordesaparecimiento con constancia de ejecutoria y copia del registro en el que se indique connota marginal la orden judicial que le antecede*

3Registro civil de nacimiento con parte genérica y específica del fallecido. Con nota dereconocimiento paterno, con nota marginal y fecha de expedición no superior a 30 días. Si lospadres son casados, anexar registro civil de matrimonio*

4 Registro civil de matrimonio del fallecido con nota marginal y fecha de expedición no superiora 30 días*

5 Registro civil hijos con parte genérica y especifica*

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En caso de Unión Marital de Hecho, para demostrar tal calidad conforme con lo establecidopor la ley 979 del 26 de julio de 2005, debe aportar una de las siguientes pruebas: Escritura pública notarial en donde se declare la existencia de la u nión

marital de hecho entre compañeros permanentes. Acta de conciliación suscrita por los compañeros permanentes, en centro

legalmente constituido. Sentencia judicial en donde se declare la existencia de unión marital de

hecho entre compañeros permanentes, con constancia de ejecutoria

7Declaración juramentada sin testigos por parte beneficiarios vida marital del fallecido (solterox casado x viudo x unión libre) x descendencia (si dejo hijos reconocidos x por reconocer xadoptivos ) dependencia económica (si dependían económicamente del fallecido)

8 Fotocopia cedula de ciudadanía beneficiarios9 Certificaciones bancarias de cada beneficiario

* Todos los registros deben ser aportados en copia autentica tomada del original que repose en laregistraduría o notaria de origen

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ITEM DOCUMENTOS QUE APORTA LA FUERZA UNIDAD DIPER ESTADODOCUMENTO

Formato contacto beneficiarios debidamente diligenciado acuerdo beneficiariosseguro de vida

X

Original o copia al carbón del formato seguro subsidiado ; de no aparecer se requierecertificación que se agotó el recurso de búsqueda, que no aparece; dicha declaraciónde la Unidad es requisito legal para el reconocimiento y pago de dicho seguro de vida alos beneficiarios, fin dar cumplimiento de los términos ley

X

Original Informe Administrativo por Muerte debidamente calificado XFotocopia cedula de ciudadanía del fallecido XHoja de Servicio firmada por la Dirección de Personal XResolución que le confiere el ascenso póstumo (en caso que aplique) XActo Administrativo de Retiro por Muerte X

TRAMITE: SOLICITUD CIERRE CUENTA INDIVIDUAL DE CESANTIASPERSONAL AFILIADO A CAJA HONOR

Ante qué dependencia se realiza:CAJA PROMOTORA DE VIVIENDA MILITAR Y DE POLICÍA CAJA HONORCarrera 54 Nro. 26-54 Centro Administrativo Nacional – Bogotá D.C. o en cualquier Sede a nivel Nacional.Conmutador: 518 8605 - 742 4388 – 742 4389 correo contacto o peticiones: [email protected]é debe hacer:Presentarse con los documentos exigidos

ITEM DOCUMENTO REQUERIDO MILITAR CIVIL ESTADODOCUMENTO

1 Formulario Único de Pago Caja HonorDiligenciar los ítems 1. Datos del Afiliado y 4. Devolución de Aportes y Otros. X X

2 Copia el Acto Administrativo de Retiro X X

3 Resolución de Liquidación de Cesantías Definitivas(La envía DPSOC por correo electrónico a Caja dentro de los dos días siguientes a su Ejecutoria) X X

4 Copia Cédula de ciudadanía X X5 Certificación bancaria. X X

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5. FORMATOS A DILIGENCIAR

DIRECCIÓN DE PRESTACIONES SOCIALESANEXO 1. Formato N° 4 Solicitud Prestaciones Sociales por Muerte y para sustitución pensional, personalfallecido soltero y casado sin hijosANEXO 2 Formato N° 5 Solicitud Prestaciones Sociales por muerte y para sustitución pensional personalfallecido soltero y casado con hijosANEXO 3 Formato Notificación Resolución de Liquidación Cesantías Definitivas

CAJA PROMOTORA DE VIVIENDA MILITAR Y DE POLICÍA “CAJA HONOR”ANEXO 4. Formulario Único de Pago

DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD MILITARANEXO 5. Formulario de Afiliación al Subsistema de Salud de las Fuerzas MilitaresANEXO 6. Formato Declaratoria de Estado de Salud DGSMANEXO 7. Formato de Dependencia Económica DGSMANEXO 8. Formato Denuncia Pérdida de Carne de Servicios Médicos DGSM (Opcional)

CENTROS RECREACIONALESANEXO 9. Solicitud Desafiliación Club Militar de OficialesANEXO 10. Formato de Afiliación Socios y Autorización Descuentos Directos Club Militar de OficialesANEXO 11. Formulario Único de Afiliación Círculo de SuboficialesANEXO 12. Solicitud de Desvinculación como Usuario Centro Recreacional Club Naval de Oficiales SantaCruz de Castillo Grande – Cartagena de Indias D.T. y C.ANEXO 13. Formato Solicitud de Continuidad Centro Recreacional Club Naval de OficialesANEXO 14. Formato Club Naval de Suboficiales Cartagena

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