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. i .".... '" REPÚBLICA DE COLOMBIA libertad VOrden ! MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO . :".,; U \.i O'l n l. ¡( ... l" DECRETO NUMERO DE 2016 - ./,1 U t;_:ll :,' C'l\ [O" ([t ( 1, .11- '1 1 , " .:J ¡;r , "' ,' )j' il i ' M""'" lb i"'J ·· ./ J l Wi Por el cual se adiciona un Capítulo al Título 1 de la Parte 2 del libro 2 del Decreto 1069 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, y se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 1709 de 2014 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 189 numeral 11 de la Constitución Política y 104 de la Ley 1709 de 2014, y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto 4150 de 2011 se escindieron del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) las funciones administrativas y de ejecución de actividades de soporte, las cuales fueron asignadas a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios. (USPEC) Que según el mismo decreto, el objeto de la Unidad Especial de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) es gestionar y operar el suministro de bienes y la prestación de los servicios, la infraestructura y brindar el apoyo logístico y administrativo requeridos para el adecuado funcionamiento de los servicios penitenciarios y carcelarios a cargo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC. Que, por su parte, de conformidad con el Decreto 4151 de 2011, el INPEC tiene por objeto ejercer la vigilancia y custodia, atención y tratamiento de las personas privadas de la libertad, vigilancia y seguimiento del mecanismo de seguridad electrónica y de la ejecución del trabajo social entre otros. Que la Ley 1709 de 2014 asignó competencias compartidas entre la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), con el fin de garantizar gradualmente condiciones dignas de reclusión y la efectiva resocialización de los internos. Que el artículo 104 de la Ley 1709 de 2014 dispone que el Gobierno Nacional debe determinar las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la misma. Que es necesario armonizar las funciones de la USPEC y ellNPEC previstas en la Ley 1709 de 2014, con las previstas en los respectivos actos de creación, estructura y funcionamiento de dichas entidades, con el fin de determinar las competencias de cada entidad.

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REPUacuteBLICA DE COLOMBIA

libertad VOrden

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO

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DECRETO NUMERO DE 2016 shy

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Por el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y se definen las

competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el cumplimiento de las obligaciones derivadas

de la Ley 1709 de 2014

EL PRESIDENTE DE LA REPUacuteBLICA DE COLOMBIA

en uso de las facultades constitucionales y legales en especial las conferidas por los artiacuteculos 189 numeral 11 de la Constitucioacuten Poliacutetica y 104 de la Ley 1709 de 2014 y

CONSIDERANDO

Que mediante Decreto 4150 de 2011 se escindieron del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) las funciones administrativas y de ejecucioacuten de actividades de soporte las cuales fueron asignadas a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC)

Que seguacuten el mismo decreto el objeto de la Unidad Especial de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) es gestionar y operar el suministro de bienes y la prestacioacuten de los servicios la infraestructura y brindar el apoyo logiacutestico y administrativo requeridos para el adecuado funcionamiento de los servicios penitenciarios y carcelarios a cargo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC

Que por su parte de conformidad con el Decreto 4151 de 2011 el INPEC tiene por objeto ejercer la vigilancia y custodia atencioacuten y tratamiento de las personas privadas de la libertad vigilancia y seguimiento del mecanismo de seguridad electroacutenica y de la ejecucioacuten del trabajo social entre otros

Que la Ley 1709 de 2014 asignoacute competencias compartidas entre la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) con el fin de garantizar gradualmente condiciones dignas de reclusioacuten y la efectiva resocializacioacuten de los internos

Que el artiacuteculo 104 de la Ley 1709 de 2014 dispone que el Gobierno Nacional debe determinar las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la misma

Que es necesario armonizar las funciones de la USPEC y ellNPEC previstas en la Ley 1709 de 2014 con las previstas en los respectivos actos de creacioacuten estructura y funcionamiento de dichas entidades con el fin de determinar las competencias de cada entidad

DECRETO NUacuteMEROII 0 ~J - O 2 O t Paacutegina 2 de 9

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 1709 de 2014

Que en meacuterito de lo expuesto

DECRETA

Artiacuteculo 1 El Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho tendraacute un nuevo capiacutetulo con el siguiente texto

CAPiacuteTULO 12 COMPETENCIAS DE lA UNIDAD DE SERVICIOS PENITENCIARIOS Y CARCELARIOS

(USPEC) y El INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Y CARCELARIO (INPEC)

Seccioacuten 1 Disposiciones generales

Artiacuteculo 2211211 Objeto y aacutembito de aplicacioacuten El presente capiacutetulo tiene por objeto definir las competencias asignadas por la Ley 1709 de 2014 a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el adecuado funcionamiento de los servicios penitenciarios y carcelarios

Artiacuteculo 2211212 Principio de coordinacioacuten La Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) coordinaraacuten todas sus actuaciones en el marco de $US respectivas competencias de tal forma que se garantice el adecuado cumplimiento de los objetivos para los cuales fueron creadas y se materialicen los principios que orientan la administracioacuten puacuteblica en general y el sistema penitenciario y carcelario en particular

Artiacuteculo 2211213 Principio de eficiencia La Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) emplearaacuten en la ejecucioacuten de sus competencias los medios maacutes adecuados para el cumplimiento de sus objetivos de manera que se garantice el goce efectivo de los derechos de las personas privadas de la libertad

Artiacuteculo 2211214 Principio de progresividad Las acciones conjuntas de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) suponen el compromiso con los derechos fundamentales de las personas privadas de la libertad reconociendo unos contenidos miacutenimos de satisfaccioacuten de esos derechos y la obligacioacuten de acrecentarlos paulatinamente de tal forma que se asegure la sostenibilidad fiscal y observando el marco fiscal de mediano plazo

Artiacuteculo 221121 5 Infraestructura Para los efectos del presente capiacutetulo entieacutendase por infraestructura las instalaciones y los elementos fiacutesicos y teacutecnicos necesarios para el funcionamiento de los servicios penitenciarios y carcelarios

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Continuacioacuten del Oecreto Por el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 1709 de 2014

Seccioacuten 2 Defini~ioacuten de competencias

Artiacuteculo 2211221 Bloqueo e inhibicioacuten de dispositivos de comunicacOn no autorizados a personas privadas de la libertad Para efectos de lo dispuesto en el artiacuteculo 16A de la Ley 65 de 1993 adicionado por el artiacuteculo 9deg de la Ley 1709 de 2014 se observaraacute lo siguiente

El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) realizaraacute los estudios necesarios para determinar las medidas requeridas para controlar yo impedir las comunicaciones no autorizadas en los establecimientos de reclusioacuten existentes y por construir del paiacutes

Para efectos de lo dispuesto en el inciso segundo del artiacuteculo 16A de la Ley 65 de 1993 la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) tendraacute en cuenta en lo que corresponda los estudios del INPEC de que trata el inciso anterior para el disentildeo y construccioacuten de los nuevos establecimientos de reclusioacuten asiacute como para la adecuacioacuten de los existentes

Artiacuteculo 2211222 Criterios de prtortzaclon para la adecuacioacuten de locaciones y dotacioacuten de elementos tecnoloacutegicos necesarios para la realizacioacuten de audiencias virtuales De manera preferencial la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y el Consejo Superior de la Judicatura o quien haga sus veces deberaacuten implementar el sistema de audiencias virtuales en aquellos establecimientos penitenciarios del paiacutes ubicados en zonas de alto riesgo previa solicitud del Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC)

Agotada la implementacioacuten preferencial de que trata el inciso anterior el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) valoraraacute y tendraacute en cuenta los siguientes criterios de priorizacioacuten para requerir a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) la construccioacuten yo adecuacioacuten de locaciones y dotacioacuten de elementos tecnoloacutegicos necesarios para la realizacioacuten de audiencias virtuales

1 El nuacutemero de personas privadas de la libertad en los correspondientes establecimientos de reclusioacuten

2 La relacioacuten entre el nuacutemero de guardias por nuacutemero de internos 3 La distancia entre los establecimientos de reclusioacuten y los despachos judiciales 4 La existencia de locaciones y de elementos tecnoloacutegicos necesarios para la realizacioacuten de

audiencias virtuales en los respectivos distritos judiciales

Lo anterior sin perjuicio de la obligacioacuten de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) de garantizar en todos los establecimientos de reclusioacuten las locaciones y elementos tecnoloacutegicos para la realizacioacuten de audiencias virtuales

Paraacutegrafo 1 La Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) a peticioacuten de las autoridades territoriales podraacute prestar asesoriacutea para la construccioacuten yo adecuacioacuten de locaciones y elementos tecnoloacutegicos para la celebracioacuten de audiencias virtuales en los establecimientos de reclusioacuten administrados por las entidades territoriales Para este efecto podraacute realizar convenios interadministrativos con los entes territoriales

DECRETO NUacuteMfB)u~) U O 2 O 4 Paacutegina 4 de 9

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y se definen las competencias de la l)nidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 1709 de 2014

Paraacutegrafo 2 Las locaciones y elementos tecnoloacutegicos de que trata el presente artiacuteculo tambieacuten podraacuten utilizarse con el propoacutesito de facilitar la comunicacioacuten de los internos con su nJcleo familiar y social en el marco del proceso de resocializacioacuten seguacuten el reglamento general del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y el reglamento interno de cada centro de reclusioacuten El director del establecimiento de reclusioacuten seraacute responsable del buen uso de los mismos

Paraacutegrafo 3 Conforme a lo dispuesto en el artiacuteculo 30A de la Ley 65 de 1993 adicionado por el artiacuteculo 33 de la Ley 1709 de 2014 el Consejo Superior de la Judicatura o quien haga sus veces tendraacute en cuenta para la implementacioacuten del sistema de audiencias virtuales en los centros judiciales la priorizacioacuten realizada por el INPEC yo la USPEC

Artiacuteculo 2211223 Locaciones fisicas para audiencias judiciales y diligencias de oacuterganos de control dentro de los establecimientos de reclusioacuten La Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) construiraacute adecuaraacute y mantendraacute los espacios requeridos por el INPEC para la realizacioacuten directa y presencial de audiencias judiciales y diligencias de los organismos de control Este espacio podraacute coincidir con aquel destinado a la realizacioacuten de audiencias virtuales

Para tal efecto el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) valoraraacute las condiciones de cada establecimiento de reclusioacuten determinaraacute sus necesidades concretas y requeriraacute a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) para lo de su competencia de conformidad con lo establecido en el numeral 16 del artiacuteculo 2 del Decreto 4151 de 2011

Suministrados dichos espacios por parte del USPEC el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) administraraacute su uso efectivo alternaacutendolo seguacuten se requiera para la realizacioacuten de diligencias con las autoridades judiciales organismos de control audiencias virtuales y comunicacioacuten de los internos con su nuacutecleo familiar y social

Las entidades que conforman el Sistema Nacional Penitenciario y Carcelario a peticioacuten de las autoridades territoriales podraacuten apoyar teacutecnicamente las gestiones necesarias para la adecuacioacuten de locaciones fiacutesicas para audiencias judiciales dentro de las caacuterceles

Artiacuteculo 2211224 Preferencia por audiencias virtuales Las autoridades judiciales preferiraacuten la celebracioacuten de audiencias virtuales a las presenciales por lo cual deberaacuten justificar la negacioacuten de las primeras cuando el centro de reclusioacuten cuente con salas virtuales disponibles

Artiacuteculo 2211225 Gestiones para el acceso al Sistema de Informacioacuten de Sistematizacioacuten Integral del Sistema Penitenciario y Carcelario (SISIPEC)EI Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) solicitaraacute el acompantildeamiento del Ministerio de las Tecnologiacuteas de la Informacioacuten y las Comunicaciones con el fin de permitir el acceso a la ciudadaniacutea y a las instituciones del Estado de la informacioacuten del SISIPEC que no esteacute sometida a reserva legal por razones de seguridad o para proteccioacuten de la intimidad de las personas privadas de la libertad sin perjuicio de lo dispuesto en las Leyes 1581 de 2012 y 1712 de 2014

El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) presentaraacute a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) los requerimientos teacutecnicos y funcionales para el desarrollo y puesta en marcha de las estrategias de acceso a dicha informacioacuten Los requerimientos incluiraacuten entre otros el disentildeo y plan de implementacioacuten del acceso a la informacioacuten a traveacutes de centros de consulta habilitados en los complejos judiciales y en internet

Seguacuten disponibilidad presupuestal la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) adelantaraacute la adquisicioacuten suministro implementacioacuten y sostenimiento de la infraestructura

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Continuacioacuten del u middotPor el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de Decreto del Sector Justicia y del y se definen las competencias de la Unidad de Servicios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

Imrllimiento de las derivadas de la 1709 de 2014

judiciales con el fin de garantizar el manejo e de informacioacuten en liacutenea y en tiempo real

En todo caso el dominio la administracioacuten y la exclusivamente del Instituto Nacional Penitenciario y

del sistema estaraacuten en (INPEC)

Paraacutegrafo 1 Instituto Nacional Penitenciario y (INPEC) deberaacute gestionar teacutecnicamente sea posible la interoperabiliacutedad con los sistemas de informacioacuten las instituciones que conforman el Sistema Nacional Penitenciario y Carcelario asiacute como con sistema judicial y los de las autoridades que administran la informacioacuten de anteceuro~de

miacutenimos establecidos Gobierno en Liacutenea Ministerio la Informacioacuten y las fl(I(Y~ para el intercambio de la Informacioacuten

confidencialidad y reserva

sistemas de informacioacuten en

Artiacuteculo 1226 Infraestructura penitenciarios y carcelarios La infraestructura la vigilancia inv

tratamiento las personas privadas de la libertad compuesta entre otros por puestos y mecanismos electroacutenicos de control y vigilancia los espacios trabajo el y la ensentildeanza como administrativas reclusioacuten a cargo de la Unidad de Penitenciarios y Carcelarios

Paraacutegrafo La lista de los elementos mencionados en el presente artiacuteculo es ilustrativa y no excluye bienes y servicios que se requieran para el funcionamiento del penitenciario y carcelario de acuerdo a competencias de cada entidad

1227 Dotacioacuten de elementos para la atencioacuten rehabilitacioacuten y tratamiento La dotacioacuten de los y equipos necesarios para la

y tratamiento de los internos como elementos de trabajo productos de asiacute como las unidades terapeacuteuticas y

y vocacionales instrumentos deportivos de recreacioacuten y y en relacionados con las funciones en los artiacuteculos 2 numeral 12 y 18 del

larrol 4151 de 2011 estaraacute a cargo Instituto Nacional Penitenciario y

caso los lineamientos en infraestructura requerida y tratamiento de los ser definidos

Servicios Penitenciarios y y el Instituto Nacional (INPEC) en el Comiteacute de Coordinacioacuten de funciones y

penitenciaria y carcelaria de que trata el capiacutetulo

1 Para los efectos de lo dispuesto en el presente artiacuteculo baacutesico el conjunto de y las condiciones necesarias

y dentro de los de reclusioacuten no relacionados con los propios del sistema de salud y carcelario

Paraacutegrafo 2 La lista de los elementos mencionados en el presente artiacuteculo es meramente y no excluye bienes y se requieran para el funcionamiento sistema

penitenciario y carcelario de acuerdo a de cada entidad

Artiacuteculo 2211228 Dotacioacuten para la funcioacuten de custodia y vigilancia dotacioacuten de los elementos necesarios el cumplimiento de la funcioacuten y

DECRETO NUacutelllliRGgtU U O 2 O 4 Paacutegina 6 de 9

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 1709 de 2014

vigilancia tales como camarotes elementos de cama chalecos armas municiones y casilleros para uso del personal de guardia asiacute como los vehiacuteculos destinados al transporte y vigilancia y custodia de internos el mantenimiento perioacutedico de estos y los repuestos requeridos los equipos de seguridad electroacutenica como caacutemaras sillas y arcos scanner rayos X entre otros corresponde a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC)

Paraacutegrafo La lista de los elementos mencionados en el presente artiacuteculo es meramente ilustrativa y no excluye bienes y servicios que se requieran para el funcionamiento del sistema penitenciario y carcelario de acuerdo a las competencias de cada entidad

Artiacuteculo 2211229 Operacioacuten y mantenimiento de bienes La operacioacuten de los bienes dotados por la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y de los bienes adquiridos por eacuteste con anterioridad a la expedicioacuten del Decreto 4150 de 2011 corresponde al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) Se exceptuacutea la operacioacuten de la dotacioacuten estructural tal como plantas de tratamiento de agua residual (PTAR) plantas de tratamiento de agua potable (PTAP) subestaciones y plantas de energiacutea eleacutectrica equipos hidroneumaacuteticos y de bombeo pozos profundos y demaacutes acciones propias del objeto misional de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC)

Salvo lo dispuesto en el artiacuteculo 22112210 el mantenimiento de los bienes enunciados en el inciso anterior corresponde a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) previo requerimiento del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) en los teacuterminos del numeral 16 del artiacuteculo 2deg del Decreto 4151 de 2011

Paraacutegrafo El titular de los derechos reales de dominio de los bienes inmuebles deberaacute tramitar a su favor las licencias permisos o concesiones necesarias para el funcionamiento de los servicios penitenciarios asiacute como la cesioacuten de las existentes en que a la fecha no sea titular

Artiacuteculo 22112210 Servicio de telefoniacutea fija El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) garantizaraacute la prestacioacuten del servicio de telefoniacutea fija en los establecimientos de reclusioacuten para la comunicacioacuten de los internos con su nuacutecleo social y familiar

La operacioacuten seguimiento y monitoreo de este servicIO corresponderaacute al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) en concordancia con el artiacuteculo 111 de la Ley 65 de 1993 modificado por el artiacuteculo 72 de la Ley 1709 de 2014

Paraacutegrafo Lo dispuesto en este artiacuteculo no impediraacute la estructuracioacuten de mecanismos contractuales que permitan la adquisicioacuten de bienes o servicios mediante la explotacioacuten econoacutemica del servicio de telefoniacutea fija

Artiacuteculo 22112211 Mantenimiento y dotacioacuten de aacutereas administrativas del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) incluiraacute dentro de sus gastos de funcionamiento las partidas requeridas para la dotacioacuten y mantenimiento de las aacutereas administrativas distintas de la gestioacuten penitenciaria y carcelaria tales como la sede central de la Direccioacuten General las direcciones regionales la Escuela Penitenciaria Nacional los centros de instruccioacuten las zonas de parqueo almacenamiento y bodegas Casa Libertad los lugares ecumeacutenicos los predios de propiedad del INPEC destinados a labores administrativas los lotes de terreno de propiedad del INPEC etc

Seccioacuten 3 Coordinacioacuten y seguimiento interinstitucional

y competencias en el Comiteacute de Coordinacioacuten de Funciones y Competencias

las competencias las dificultades en el

de mejoramiento y definir acciones conjuntas para el fundamentales de la

de

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~i( u - 02 Is Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capitulo al Tiacutetulo 1 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de Decreto Reglamentario del Sector Justicia y del se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios y del Instituto Nacional y Carcelario (lNPEC) para el

cumplimiento de las derivadas de la 1709 de 2014

Artiacuteculo 1231 Seguimiento a las funciones penitenciaria y carcelaria

encargado de verificar el estado de la ejecucioacuten sus funciones y reglamentarias

cumplimiento las mismas crear buen funcionamiento del y la de los privada la libertad

Artiacuteculo 2211232 Integracioacuten del Comiteacute Competencias INPEC-USPEC Comiteacute de Coordinacioacuten I estaraacute integrado por los siguientes funcionarios

1 Viceministro de Poliacutetica Criminal y Justicia Restaurativa del Ministerio de Justicia y del o su delegado quien lo presidiraacute

2 Instituto Penitenciario y Carcelario (INPEC) o su delegado 3 de la Unidad Penitenciarios y (USPEC) o su delegado

Los miembros de Coordinacioacuten y Competencias I solo podraacuten delegar su representacioacuten en funcionarios puacuteblicos del nivel

asesor en los teacuterminos del artiacuteculo 9 la Ley 489 de 1988

Artiacuteculo 2211233 Secretaria Teacutecnica del Comiteacute Coordinacioacuten de runCiexclr0l11eS

nelrmcilLlt INPEC-USPEC secretariacutea teacutecnica del la ejerceraacuten de manera la Oficina Asesora Juriacutedica del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y la Oficina

Juriacutedica de la Unidad Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) por periacuteodos un (1) cada una y a su cargo las

1 Convocar cada Levantar el acta y remitirla a demaacutes miembros dentro dos (2) semanas siguientes a cada sesioacuten

3 el interlocutor institucional comiteacute para todos 4 Hacer seguimiento al cumplimiento de los compromisos adquiridos en cada sesioacuten 5 Preparar informes para los integrantes y custodiar documentos que soportan las

del comiteacute Rendir informe trimestral a partir de la primera del Comiteacute al Vicemiacuteniacutestro de Poliacutetica Criminal y Restaurativa con el fin de adelantar el al cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley de 1993 y demaacutes normas que la modifiquen sustituyan y la complementen

Comiteacute se reuniraacute ordinariamente una ve4 cada (4) meses o de manera extraordinaria sea requerido a cualquiera sus Los tendraacuten el

acompantildeamiento de sus equipos directivos yo asesores seguacuten los por en sesioacuten

Artiacuteculo 2211234 Funciones del Comiteacute Coordinacioacuten de Funciones y Competencias INPEC-USPEC Comiteacute de Coordinacioacuten de Funciones y Competencias INPEC-USPEC tendraacute siguientes funciones

de actividades conjuntas reguladas en el capiacutetulo y las demaacutes que se del marco rige el sistema penitenciario y carcelario

1 Disentildear el

DECRETO NUacuteM~llaquogtu Umiddotmiddotmiddotmiddot O2 O~ Paacutegina 8 de 9

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 1709 de 2014

2 Armonizar la planeacioacuten de cada institucioacuten para asegurar la ejecucioacuten coordinada de funciones

3 Hacer seguimiento a la ejecucioacuten de actividades conjuntas establecidas en el programa general del que trata el numeral 1 del presente artiacuteculo asiacute como a los compromisos adquiridos por cada institucioacuten integrante en cada sesioacuten

4 Recomendar los lineamientos metodoloacutegicos y los contenidos baacutesicos de los planes de necesidades anuales que ellNPEC entregaraacute a la USPEC en cada vigencia fiscal

5 Procurar los mecanismos para dar solucioacuten a las necesidades cotidianas e inmediatas de los establecimientos de reclusioacuten

6 Orientar las decisiones de priorizacioacuten de acciones que surgen del plan de necesidades de INPEC

Las decisiones del comiteacute seraacuten adoptadas en consenso En caso de presentarse disenso eacuteste seraacute dirimido por el Viceministro de Poliacutetica Criminal del Ministerio de Justicia y del Derecho quien podraacute proponer foacutermulas alternativas

Paraacutegrafo El programa general de actividades del que trata el numeral 1 del presente artiacuteculo contendraacute actividades especiacuteficas indicadores de gestioacuten y demaacutes elementos necesarios para asegurar un correcto seguimiento al cumplimiento del mismo

Seccioacuten 4 Disposiciones finales

Artiacuteculo 2211241 Priorizacioacuten de obras bienes y servicios De conformidad con el plan de necesidades remitido por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para la elaboracioacuten del anteproyecto de presupuesto de la siguiente vigencia fiscal la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) formularaacute los proyectos respectivos y definiraacute el alcance de la intervencioacuten de acuerdo con el presupuesto asignado y aprobado a la entidad

Artiacuteculo 2211242 Entrega de obras bienes y servicios al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) Finalizados los contratos celebrados por la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y recibidas a satisfaccioacuten las obras bienes o servicios de que se trate por parte del supervisor yo interventor del respectivo contrato la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) formalizaraacute su entrega al director del establecimiento de reclusioacuten correspondiente mediante acta la cual se firmaraacute por el representante de dicha institucioacuten el supervisor o interventor seguacuten el caso el contratista y el director del establecimiento de reclusioacuten

En el evento en que este uacuteltimo se negare a suscribir el acta de ello se dejaraacute constancia y la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) procederaacute a dejar la obra o el bien a disposicioacuten del establecimiento de reclusioacuten sin perjuicio de las observaciones o manifestaciones de no conformidad que la direccioacuten del respectivo establecimiento yo la Direccioacuten General del el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) puedan formular o comunicar a la Unidad

En todo caso los directores de los establecimientos de reclusioacuten y los funcionarios a su cargo prestaraacuten toda la colaboracioacuten necesaria para la ejecucioacuten de las obras de infraestructura contratadas por la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y deberaacuten brindar el acompantildeamiento y apoyo que requieran los contratistas y su personal para el ingreso a los establecimientos y la ejecucioacuten de las mismas

DECRETO NUumlMERO~h) 02D~ Paacutegina 9 de 9

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 1709 de 2014

Artiacuteculo 2 Vigencia y derogatorias El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten y deroga las disposiciones que le sean contrarias

PUBLiacuteaUESE y CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a

I

MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO

Page 2: ([t lb Wi - Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios...Carcelarios (USPEC) y el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) emplearán en la ejecución de sus competencias

DECRETO NUacuteMEROII 0 ~J - O 2 O t Paacutegina 2 de 9

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 1709 de 2014

Que en meacuterito de lo expuesto

DECRETA

Artiacuteculo 1 El Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho tendraacute un nuevo capiacutetulo con el siguiente texto

CAPiacuteTULO 12 COMPETENCIAS DE lA UNIDAD DE SERVICIOS PENITENCIARIOS Y CARCELARIOS

(USPEC) y El INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Y CARCELARIO (INPEC)

Seccioacuten 1 Disposiciones generales

Artiacuteculo 2211211 Objeto y aacutembito de aplicacioacuten El presente capiacutetulo tiene por objeto definir las competencias asignadas por la Ley 1709 de 2014 a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el adecuado funcionamiento de los servicios penitenciarios y carcelarios

Artiacuteculo 2211212 Principio de coordinacioacuten La Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) coordinaraacuten todas sus actuaciones en el marco de $US respectivas competencias de tal forma que se garantice el adecuado cumplimiento de los objetivos para los cuales fueron creadas y se materialicen los principios que orientan la administracioacuten puacuteblica en general y el sistema penitenciario y carcelario en particular

Artiacuteculo 2211213 Principio de eficiencia La Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) emplearaacuten en la ejecucioacuten de sus competencias los medios maacutes adecuados para el cumplimiento de sus objetivos de manera que se garantice el goce efectivo de los derechos de las personas privadas de la libertad

Artiacuteculo 2211214 Principio de progresividad Las acciones conjuntas de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) suponen el compromiso con los derechos fundamentales de las personas privadas de la libertad reconociendo unos contenidos miacutenimos de satisfaccioacuten de esos derechos y la obligacioacuten de acrecentarlos paulatinamente de tal forma que se asegure la sostenibilidad fiscal y observando el marco fiscal de mediano plazo

Artiacuteculo 221121 5 Infraestructura Para los efectos del presente capiacutetulo entieacutendase por infraestructura las instalaciones y los elementos fiacutesicos y teacutecnicos necesarios para el funcionamiento de los servicios penitenciarios y carcelarios

DECRETO NUacuteME~ ~i O 2 O 4 Paacutegina 3 de 9

Continuacioacuten del Oecreto Por el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 1709 de 2014

Seccioacuten 2 Defini~ioacuten de competencias

Artiacuteculo 2211221 Bloqueo e inhibicioacuten de dispositivos de comunicacOn no autorizados a personas privadas de la libertad Para efectos de lo dispuesto en el artiacuteculo 16A de la Ley 65 de 1993 adicionado por el artiacuteculo 9deg de la Ley 1709 de 2014 se observaraacute lo siguiente

El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) realizaraacute los estudios necesarios para determinar las medidas requeridas para controlar yo impedir las comunicaciones no autorizadas en los establecimientos de reclusioacuten existentes y por construir del paiacutes

Para efectos de lo dispuesto en el inciso segundo del artiacuteculo 16A de la Ley 65 de 1993 la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) tendraacute en cuenta en lo que corresponda los estudios del INPEC de que trata el inciso anterior para el disentildeo y construccioacuten de los nuevos establecimientos de reclusioacuten asiacute como para la adecuacioacuten de los existentes

Artiacuteculo 2211222 Criterios de prtortzaclon para la adecuacioacuten de locaciones y dotacioacuten de elementos tecnoloacutegicos necesarios para la realizacioacuten de audiencias virtuales De manera preferencial la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y el Consejo Superior de la Judicatura o quien haga sus veces deberaacuten implementar el sistema de audiencias virtuales en aquellos establecimientos penitenciarios del paiacutes ubicados en zonas de alto riesgo previa solicitud del Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC)

Agotada la implementacioacuten preferencial de que trata el inciso anterior el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) valoraraacute y tendraacute en cuenta los siguientes criterios de priorizacioacuten para requerir a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) la construccioacuten yo adecuacioacuten de locaciones y dotacioacuten de elementos tecnoloacutegicos necesarios para la realizacioacuten de audiencias virtuales

1 El nuacutemero de personas privadas de la libertad en los correspondientes establecimientos de reclusioacuten

2 La relacioacuten entre el nuacutemero de guardias por nuacutemero de internos 3 La distancia entre los establecimientos de reclusioacuten y los despachos judiciales 4 La existencia de locaciones y de elementos tecnoloacutegicos necesarios para la realizacioacuten de

audiencias virtuales en los respectivos distritos judiciales

Lo anterior sin perjuicio de la obligacioacuten de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) de garantizar en todos los establecimientos de reclusioacuten las locaciones y elementos tecnoloacutegicos para la realizacioacuten de audiencias virtuales

Paraacutegrafo 1 La Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) a peticioacuten de las autoridades territoriales podraacute prestar asesoriacutea para la construccioacuten yo adecuacioacuten de locaciones y elementos tecnoloacutegicos para la celebracioacuten de audiencias virtuales en los establecimientos de reclusioacuten administrados por las entidades territoriales Para este efecto podraacute realizar convenios interadministrativos con los entes territoriales

DECRETO NUacuteMfB)u~) U O 2 O 4 Paacutegina 4 de 9

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y se definen las competencias de la l)nidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 1709 de 2014

Paraacutegrafo 2 Las locaciones y elementos tecnoloacutegicos de que trata el presente artiacuteculo tambieacuten podraacuten utilizarse con el propoacutesito de facilitar la comunicacioacuten de los internos con su nJcleo familiar y social en el marco del proceso de resocializacioacuten seguacuten el reglamento general del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y el reglamento interno de cada centro de reclusioacuten El director del establecimiento de reclusioacuten seraacute responsable del buen uso de los mismos

Paraacutegrafo 3 Conforme a lo dispuesto en el artiacuteculo 30A de la Ley 65 de 1993 adicionado por el artiacuteculo 33 de la Ley 1709 de 2014 el Consejo Superior de la Judicatura o quien haga sus veces tendraacute en cuenta para la implementacioacuten del sistema de audiencias virtuales en los centros judiciales la priorizacioacuten realizada por el INPEC yo la USPEC

Artiacuteculo 2211223 Locaciones fisicas para audiencias judiciales y diligencias de oacuterganos de control dentro de los establecimientos de reclusioacuten La Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) construiraacute adecuaraacute y mantendraacute los espacios requeridos por el INPEC para la realizacioacuten directa y presencial de audiencias judiciales y diligencias de los organismos de control Este espacio podraacute coincidir con aquel destinado a la realizacioacuten de audiencias virtuales

Para tal efecto el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) valoraraacute las condiciones de cada establecimiento de reclusioacuten determinaraacute sus necesidades concretas y requeriraacute a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) para lo de su competencia de conformidad con lo establecido en el numeral 16 del artiacuteculo 2 del Decreto 4151 de 2011

Suministrados dichos espacios por parte del USPEC el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) administraraacute su uso efectivo alternaacutendolo seguacuten se requiera para la realizacioacuten de diligencias con las autoridades judiciales organismos de control audiencias virtuales y comunicacioacuten de los internos con su nuacutecleo familiar y social

Las entidades que conforman el Sistema Nacional Penitenciario y Carcelario a peticioacuten de las autoridades territoriales podraacuten apoyar teacutecnicamente las gestiones necesarias para la adecuacioacuten de locaciones fiacutesicas para audiencias judiciales dentro de las caacuterceles

Artiacuteculo 2211224 Preferencia por audiencias virtuales Las autoridades judiciales preferiraacuten la celebracioacuten de audiencias virtuales a las presenciales por lo cual deberaacuten justificar la negacioacuten de las primeras cuando el centro de reclusioacuten cuente con salas virtuales disponibles

Artiacuteculo 2211225 Gestiones para el acceso al Sistema de Informacioacuten de Sistematizacioacuten Integral del Sistema Penitenciario y Carcelario (SISIPEC)EI Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) solicitaraacute el acompantildeamiento del Ministerio de las Tecnologiacuteas de la Informacioacuten y las Comunicaciones con el fin de permitir el acceso a la ciudadaniacutea y a las instituciones del Estado de la informacioacuten del SISIPEC que no esteacute sometida a reserva legal por razones de seguridad o para proteccioacuten de la intimidad de las personas privadas de la libertad sin perjuicio de lo dispuesto en las Leyes 1581 de 2012 y 1712 de 2014

El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) presentaraacute a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) los requerimientos teacutecnicos y funcionales para el desarrollo y puesta en marcha de las estrategias de acceso a dicha informacioacuten Los requerimientos incluiraacuten entre otros el disentildeo y plan de implementacioacuten del acceso a la informacioacuten a traveacutes de centros de consulta habilitados en los complejos judiciales y en internet

Seguacuten disponibilidad presupuestal la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) adelantaraacute la adquisicioacuten suministro implementacioacuten y sostenimiento de la infraestructura

DECRETO NUacuteME-ROJ O 2 O t Paacutegina 5 de 9

Continuacioacuten del u middotPor el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de Decreto del Sector Justicia y del y se definen las competencias de la Unidad de Servicios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

Imrllimiento de las derivadas de la 1709 de 2014

judiciales con el fin de garantizar el manejo e de informacioacuten en liacutenea y en tiempo real

En todo caso el dominio la administracioacuten y la exclusivamente del Instituto Nacional Penitenciario y

del sistema estaraacuten en (INPEC)

Paraacutegrafo 1 Instituto Nacional Penitenciario y (INPEC) deberaacute gestionar teacutecnicamente sea posible la interoperabiliacutedad con los sistemas de informacioacuten las instituciones que conforman el Sistema Nacional Penitenciario y Carcelario asiacute como con sistema judicial y los de las autoridades que administran la informacioacuten de anteceuro~de

miacutenimos establecidos Gobierno en Liacutenea Ministerio la Informacioacuten y las fl(I(Y~ para el intercambio de la Informacioacuten

confidencialidad y reserva

sistemas de informacioacuten en

Artiacuteculo 1226 Infraestructura penitenciarios y carcelarios La infraestructura la vigilancia inv

tratamiento las personas privadas de la libertad compuesta entre otros por puestos y mecanismos electroacutenicos de control y vigilancia los espacios trabajo el y la ensentildeanza como administrativas reclusioacuten a cargo de la Unidad de Penitenciarios y Carcelarios

Paraacutegrafo La lista de los elementos mencionados en el presente artiacuteculo es ilustrativa y no excluye bienes y servicios que se requieran para el funcionamiento del penitenciario y carcelario de acuerdo a competencias de cada entidad

1227 Dotacioacuten de elementos para la atencioacuten rehabilitacioacuten y tratamiento La dotacioacuten de los y equipos necesarios para la

y tratamiento de los internos como elementos de trabajo productos de asiacute como las unidades terapeacuteuticas y

y vocacionales instrumentos deportivos de recreacioacuten y y en relacionados con las funciones en los artiacuteculos 2 numeral 12 y 18 del

larrol 4151 de 2011 estaraacute a cargo Instituto Nacional Penitenciario y

caso los lineamientos en infraestructura requerida y tratamiento de los ser definidos

Servicios Penitenciarios y y el Instituto Nacional (INPEC) en el Comiteacute de Coordinacioacuten de funciones y

penitenciaria y carcelaria de que trata el capiacutetulo

1 Para los efectos de lo dispuesto en el presente artiacuteculo baacutesico el conjunto de y las condiciones necesarias

y dentro de los de reclusioacuten no relacionados con los propios del sistema de salud y carcelario

Paraacutegrafo 2 La lista de los elementos mencionados en el presente artiacuteculo es meramente y no excluye bienes y se requieran para el funcionamiento sistema

penitenciario y carcelario de acuerdo a de cada entidad

Artiacuteculo 2211228 Dotacioacuten para la funcioacuten de custodia y vigilancia dotacioacuten de los elementos necesarios el cumplimiento de la funcioacuten y

DECRETO NUacutelllliRGgtU U O 2 O 4 Paacutegina 6 de 9

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 1709 de 2014

vigilancia tales como camarotes elementos de cama chalecos armas municiones y casilleros para uso del personal de guardia asiacute como los vehiacuteculos destinados al transporte y vigilancia y custodia de internos el mantenimiento perioacutedico de estos y los repuestos requeridos los equipos de seguridad electroacutenica como caacutemaras sillas y arcos scanner rayos X entre otros corresponde a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC)

Paraacutegrafo La lista de los elementos mencionados en el presente artiacuteculo es meramente ilustrativa y no excluye bienes y servicios que se requieran para el funcionamiento del sistema penitenciario y carcelario de acuerdo a las competencias de cada entidad

Artiacuteculo 2211229 Operacioacuten y mantenimiento de bienes La operacioacuten de los bienes dotados por la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y de los bienes adquiridos por eacuteste con anterioridad a la expedicioacuten del Decreto 4150 de 2011 corresponde al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) Se exceptuacutea la operacioacuten de la dotacioacuten estructural tal como plantas de tratamiento de agua residual (PTAR) plantas de tratamiento de agua potable (PTAP) subestaciones y plantas de energiacutea eleacutectrica equipos hidroneumaacuteticos y de bombeo pozos profundos y demaacutes acciones propias del objeto misional de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC)

Salvo lo dispuesto en el artiacuteculo 22112210 el mantenimiento de los bienes enunciados en el inciso anterior corresponde a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) previo requerimiento del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) en los teacuterminos del numeral 16 del artiacuteculo 2deg del Decreto 4151 de 2011

Paraacutegrafo El titular de los derechos reales de dominio de los bienes inmuebles deberaacute tramitar a su favor las licencias permisos o concesiones necesarias para el funcionamiento de los servicios penitenciarios asiacute como la cesioacuten de las existentes en que a la fecha no sea titular

Artiacuteculo 22112210 Servicio de telefoniacutea fija El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) garantizaraacute la prestacioacuten del servicio de telefoniacutea fija en los establecimientos de reclusioacuten para la comunicacioacuten de los internos con su nuacutecleo social y familiar

La operacioacuten seguimiento y monitoreo de este servicIO corresponderaacute al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) en concordancia con el artiacuteculo 111 de la Ley 65 de 1993 modificado por el artiacuteculo 72 de la Ley 1709 de 2014

Paraacutegrafo Lo dispuesto en este artiacuteculo no impediraacute la estructuracioacuten de mecanismos contractuales que permitan la adquisicioacuten de bienes o servicios mediante la explotacioacuten econoacutemica del servicio de telefoniacutea fija

Artiacuteculo 22112211 Mantenimiento y dotacioacuten de aacutereas administrativas del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) incluiraacute dentro de sus gastos de funcionamiento las partidas requeridas para la dotacioacuten y mantenimiento de las aacutereas administrativas distintas de la gestioacuten penitenciaria y carcelaria tales como la sede central de la Direccioacuten General las direcciones regionales la Escuela Penitenciaria Nacional los centros de instruccioacuten las zonas de parqueo almacenamiento y bodegas Casa Libertad los lugares ecumeacutenicos los predios de propiedad del INPEC destinados a labores administrativas los lotes de terreno de propiedad del INPEC etc

Seccioacuten 3 Coordinacioacuten y seguimiento interinstitucional

y competencias en el Comiteacute de Coordinacioacuten de Funciones y Competencias

las competencias las dificultades en el

de mejoramiento y definir acciones conjuntas para el fundamentales de la

de

NUacuteMERO Paacutegina 7 de 9 iexcl f

~i( u - 02 Is Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capitulo al Tiacutetulo 1 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de Decreto Reglamentario del Sector Justicia y del se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios y del Instituto Nacional y Carcelario (lNPEC) para el

cumplimiento de las derivadas de la 1709 de 2014

Artiacuteculo 1231 Seguimiento a las funciones penitenciaria y carcelaria

encargado de verificar el estado de la ejecucioacuten sus funciones y reglamentarias

cumplimiento las mismas crear buen funcionamiento del y la de los privada la libertad

Artiacuteculo 2211232 Integracioacuten del Comiteacute Competencias INPEC-USPEC Comiteacute de Coordinacioacuten I estaraacute integrado por los siguientes funcionarios

1 Viceministro de Poliacutetica Criminal y Justicia Restaurativa del Ministerio de Justicia y del o su delegado quien lo presidiraacute

2 Instituto Penitenciario y Carcelario (INPEC) o su delegado 3 de la Unidad Penitenciarios y (USPEC) o su delegado

Los miembros de Coordinacioacuten y Competencias I solo podraacuten delegar su representacioacuten en funcionarios puacuteblicos del nivel

asesor en los teacuterminos del artiacuteculo 9 la Ley 489 de 1988

Artiacuteculo 2211233 Secretaria Teacutecnica del Comiteacute Coordinacioacuten de runCiexclr0l11eS

nelrmcilLlt INPEC-USPEC secretariacutea teacutecnica del la ejerceraacuten de manera la Oficina Asesora Juriacutedica del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y la Oficina

Juriacutedica de la Unidad Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) por periacuteodos un (1) cada una y a su cargo las

1 Convocar cada Levantar el acta y remitirla a demaacutes miembros dentro dos (2) semanas siguientes a cada sesioacuten

3 el interlocutor institucional comiteacute para todos 4 Hacer seguimiento al cumplimiento de los compromisos adquiridos en cada sesioacuten 5 Preparar informes para los integrantes y custodiar documentos que soportan las

del comiteacute Rendir informe trimestral a partir de la primera del Comiteacute al Vicemiacuteniacutestro de Poliacutetica Criminal y Restaurativa con el fin de adelantar el al cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley de 1993 y demaacutes normas que la modifiquen sustituyan y la complementen

Comiteacute se reuniraacute ordinariamente una ve4 cada (4) meses o de manera extraordinaria sea requerido a cualquiera sus Los tendraacuten el

acompantildeamiento de sus equipos directivos yo asesores seguacuten los por en sesioacuten

Artiacuteculo 2211234 Funciones del Comiteacute Coordinacioacuten de Funciones y Competencias INPEC-USPEC Comiteacute de Coordinacioacuten de Funciones y Competencias INPEC-USPEC tendraacute siguientes funciones

de actividades conjuntas reguladas en el capiacutetulo y las demaacutes que se del marco rige el sistema penitenciario y carcelario

1 Disentildear el

DECRETO NUacuteM~llaquogtu Umiddotmiddotmiddotmiddot O2 O~ Paacutegina 8 de 9

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 1709 de 2014

2 Armonizar la planeacioacuten de cada institucioacuten para asegurar la ejecucioacuten coordinada de funciones

3 Hacer seguimiento a la ejecucioacuten de actividades conjuntas establecidas en el programa general del que trata el numeral 1 del presente artiacuteculo asiacute como a los compromisos adquiridos por cada institucioacuten integrante en cada sesioacuten

4 Recomendar los lineamientos metodoloacutegicos y los contenidos baacutesicos de los planes de necesidades anuales que ellNPEC entregaraacute a la USPEC en cada vigencia fiscal

5 Procurar los mecanismos para dar solucioacuten a las necesidades cotidianas e inmediatas de los establecimientos de reclusioacuten

6 Orientar las decisiones de priorizacioacuten de acciones que surgen del plan de necesidades de INPEC

Las decisiones del comiteacute seraacuten adoptadas en consenso En caso de presentarse disenso eacuteste seraacute dirimido por el Viceministro de Poliacutetica Criminal del Ministerio de Justicia y del Derecho quien podraacute proponer foacutermulas alternativas

Paraacutegrafo El programa general de actividades del que trata el numeral 1 del presente artiacuteculo contendraacute actividades especiacuteficas indicadores de gestioacuten y demaacutes elementos necesarios para asegurar un correcto seguimiento al cumplimiento del mismo

Seccioacuten 4 Disposiciones finales

Artiacuteculo 2211241 Priorizacioacuten de obras bienes y servicios De conformidad con el plan de necesidades remitido por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para la elaboracioacuten del anteproyecto de presupuesto de la siguiente vigencia fiscal la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) formularaacute los proyectos respectivos y definiraacute el alcance de la intervencioacuten de acuerdo con el presupuesto asignado y aprobado a la entidad

Artiacuteculo 2211242 Entrega de obras bienes y servicios al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) Finalizados los contratos celebrados por la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y recibidas a satisfaccioacuten las obras bienes o servicios de que se trate por parte del supervisor yo interventor del respectivo contrato la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) formalizaraacute su entrega al director del establecimiento de reclusioacuten correspondiente mediante acta la cual se firmaraacute por el representante de dicha institucioacuten el supervisor o interventor seguacuten el caso el contratista y el director del establecimiento de reclusioacuten

En el evento en que este uacuteltimo se negare a suscribir el acta de ello se dejaraacute constancia y la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) procederaacute a dejar la obra o el bien a disposicioacuten del establecimiento de reclusioacuten sin perjuicio de las observaciones o manifestaciones de no conformidad que la direccioacuten del respectivo establecimiento yo la Direccioacuten General del el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) puedan formular o comunicar a la Unidad

En todo caso los directores de los establecimientos de reclusioacuten y los funcionarios a su cargo prestaraacuten toda la colaboracioacuten necesaria para la ejecucioacuten de las obras de infraestructura contratadas por la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y deberaacuten brindar el acompantildeamiento y apoyo que requieran los contratistas y su personal para el ingreso a los establecimientos y la ejecucioacuten de las mismas

DECRETO NUumlMERO~h) 02D~ Paacutegina 9 de 9

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 1709 de 2014

Artiacuteculo 2 Vigencia y derogatorias El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten y deroga las disposiciones que le sean contrarias

PUBLiacuteaUESE y CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a

I

MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO

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DECRETO NUacuteME~ ~i O 2 O 4 Paacutegina 3 de 9

Continuacioacuten del Oecreto Por el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 1709 de 2014

Seccioacuten 2 Defini~ioacuten de competencias

Artiacuteculo 2211221 Bloqueo e inhibicioacuten de dispositivos de comunicacOn no autorizados a personas privadas de la libertad Para efectos de lo dispuesto en el artiacuteculo 16A de la Ley 65 de 1993 adicionado por el artiacuteculo 9deg de la Ley 1709 de 2014 se observaraacute lo siguiente

El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) realizaraacute los estudios necesarios para determinar las medidas requeridas para controlar yo impedir las comunicaciones no autorizadas en los establecimientos de reclusioacuten existentes y por construir del paiacutes

Para efectos de lo dispuesto en el inciso segundo del artiacuteculo 16A de la Ley 65 de 1993 la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) tendraacute en cuenta en lo que corresponda los estudios del INPEC de que trata el inciso anterior para el disentildeo y construccioacuten de los nuevos establecimientos de reclusioacuten asiacute como para la adecuacioacuten de los existentes

Artiacuteculo 2211222 Criterios de prtortzaclon para la adecuacioacuten de locaciones y dotacioacuten de elementos tecnoloacutegicos necesarios para la realizacioacuten de audiencias virtuales De manera preferencial la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y el Consejo Superior de la Judicatura o quien haga sus veces deberaacuten implementar el sistema de audiencias virtuales en aquellos establecimientos penitenciarios del paiacutes ubicados en zonas de alto riesgo previa solicitud del Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC)

Agotada la implementacioacuten preferencial de que trata el inciso anterior el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) valoraraacute y tendraacute en cuenta los siguientes criterios de priorizacioacuten para requerir a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) la construccioacuten yo adecuacioacuten de locaciones y dotacioacuten de elementos tecnoloacutegicos necesarios para la realizacioacuten de audiencias virtuales

1 El nuacutemero de personas privadas de la libertad en los correspondientes establecimientos de reclusioacuten

2 La relacioacuten entre el nuacutemero de guardias por nuacutemero de internos 3 La distancia entre los establecimientos de reclusioacuten y los despachos judiciales 4 La existencia de locaciones y de elementos tecnoloacutegicos necesarios para la realizacioacuten de

audiencias virtuales en los respectivos distritos judiciales

Lo anterior sin perjuicio de la obligacioacuten de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) de garantizar en todos los establecimientos de reclusioacuten las locaciones y elementos tecnoloacutegicos para la realizacioacuten de audiencias virtuales

Paraacutegrafo 1 La Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) a peticioacuten de las autoridades territoriales podraacute prestar asesoriacutea para la construccioacuten yo adecuacioacuten de locaciones y elementos tecnoloacutegicos para la celebracioacuten de audiencias virtuales en los establecimientos de reclusioacuten administrados por las entidades territoriales Para este efecto podraacute realizar convenios interadministrativos con los entes territoriales

DECRETO NUacuteMfB)u~) U O 2 O 4 Paacutegina 4 de 9

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y se definen las competencias de la l)nidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 1709 de 2014

Paraacutegrafo 2 Las locaciones y elementos tecnoloacutegicos de que trata el presente artiacuteculo tambieacuten podraacuten utilizarse con el propoacutesito de facilitar la comunicacioacuten de los internos con su nJcleo familiar y social en el marco del proceso de resocializacioacuten seguacuten el reglamento general del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y el reglamento interno de cada centro de reclusioacuten El director del establecimiento de reclusioacuten seraacute responsable del buen uso de los mismos

Paraacutegrafo 3 Conforme a lo dispuesto en el artiacuteculo 30A de la Ley 65 de 1993 adicionado por el artiacuteculo 33 de la Ley 1709 de 2014 el Consejo Superior de la Judicatura o quien haga sus veces tendraacute en cuenta para la implementacioacuten del sistema de audiencias virtuales en los centros judiciales la priorizacioacuten realizada por el INPEC yo la USPEC

Artiacuteculo 2211223 Locaciones fisicas para audiencias judiciales y diligencias de oacuterganos de control dentro de los establecimientos de reclusioacuten La Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) construiraacute adecuaraacute y mantendraacute los espacios requeridos por el INPEC para la realizacioacuten directa y presencial de audiencias judiciales y diligencias de los organismos de control Este espacio podraacute coincidir con aquel destinado a la realizacioacuten de audiencias virtuales

Para tal efecto el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) valoraraacute las condiciones de cada establecimiento de reclusioacuten determinaraacute sus necesidades concretas y requeriraacute a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) para lo de su competencia de conformidad con lo establecido en el numeral 16 del artiacuteculo 2 del Decreto 4151 de 2011

Suministrados dichos espacios por parte del USPEC el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) administraraacute su uso efectivo alternaacutendolo seguacuten se requiera para la realizacioacuten de diligencias con las autoridades judiciales organismos de control audiencias virtuales y comunicacioacuten de los internos con su nuacutecleo familiar y social

Las entidades que conforman el Sistema Nacional Penitenciario y Carcelario a peticioacuten de las autoridades territoriales podraacuten apoyar teacutecnicamente las gestiones necesarias para la adecuacioacuten de locaciones fiacutesicas para audiencias judiciales dentro de las caacuterceles

Artiacuteculo 2211224 Preferencia por audiencias virtuales Las autoridades judiciales preferiraacuten la celebracioacuten de audiencias virtuales a las presenciales por lo cual deberaacuten justificar la negacioacuten de las primeras cuando el centro de reclusioacuten cuente con salas virtuales disponibles

Artiacuteculo 2211225 Gestiones para el acceso al Sistema de Informacioacuten de Sistematizacioacuten Integral del Sistema Penitenciario y Carcelario (SISIPEC)EI Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) solicitaraacute el acompantildeamiento del Ministerio de las Tecnologiacuteas de la Informacioacuten y las Comunicaciones con el fin de permitir el acceso a la ciudadaniacutea y a las instituciones del Estado de la informacioacuten del SISIPEC que no esteacute sometida a reserva legal por razones de seguridad o para proteccioacuten de la intimidad de las personas privadas de la libertad sin perjuicio de lo dispuesto en las Leyes 1581 de 2012 y 1712 de 2014

El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) presentaraacute a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) los requerimientos teacutecnicos y funcionales para el desarrollo y puesta en marcha de las estrategias de acceso a dicha informacioacuten Los requerimientos incluiraacuten entre otros el disentildeo y plan de implementacioacuten del acceso a la informacioacuten a traveacutes de centros de consulta habilitados en los complejos judiciales y en internet

Seguacuten disponibilidad presupuestal la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) adelantaraacute la adquisicioacuten suministro implementacioacuten y sostenimiento de la infraestructura

DECRETO NUacuteME-ROJ O 2 O t Paacutegina 5 de 9

Continuacioacuten del u middotPor el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de Decreto del Sector Justicia y del y se definen las competencias de la Unidad de Servicios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

Imrllimiento de las derivadas de la 1709 de 2014

judiciales con el fin de garantizar el manejo e de informacioacuten en liacutenea y en tiempo real

En todo caso el dominio la administracioacuten y la exclusivamente del Instituto Nacional Penitenciario y

del sistema estaraacuten en (INPEC)

Paraacutegrafo 1 Instituto Nacional Penitenciario y (INPEC) deberaacute gestionar teacutecnicamente sea posible la interoperabiliacutedad con los sistemas de informacioacuten las instituciones que conforman el Sistema Nacional Penitenciario y Carcelario asiacute como con sistema judicial y los de las autoridades que administran la informacioacuten de anteceuro~de

miacutenimos establecidos Gobierno en Liacutenea Ministerio la Informacioacuten y las fl(I(Y~ para el intercambio de la Informacioacuten

confidencialidad y reserva

sistemas de informacioacuten en

Artiacuteculo 1226 Infraestructura penitenciarios y carcelarios La infraestructura la vigilancia inv

tratamiento las personas privadas de la libertad compuesta entre otros por puestos y mecanismos electroacutenicos de control y vigilancia los espacios trabajo el y la ensentildeanza como administrativas reclusioacuten a cargo de la Unidad de Penitenciarios y Carcelarios

Paraacutegrafo La lista de los elementos mencionados en el presente artiacuteculo es ilustrativa y no excluye bienes y servicios que se requieran para el funcionamiento del penitenciario y carcelario de acuerdo a competencias de cada entidad

1227 Dotacioacuten de elementos para la atencioacuten rehabilitacioacuten y tratamiento La dotacioacuten de los y equipos necesarios para la

y tratamiento de los internos como elementos de trabajo productos de asiacute como las unidades terapeacuteuticas y

y vocacionales instrumentos deportivos de recreacioacuten y y en relacionados con las funciones en los artiacuteculos 2 numeral 12 y 18 del

larrol 4151 de 2011 estaraacute a cargo Instituto Nacional Penitenciario y

caso los lineamientos en infraestructura requerida y tratamiento de los ser definidos

Servicios Penitenciarios y y el Instituto Nacional (INPEC) en el Comiteacute de Coordinacioacuten de funciones y

penitenciaria y carcelaria de que trata el capiacutetulo

1 Para los efectos de lo dispuesto en el presente artiacuteculo baacutesico el conjunto de y las condiciones necesarias

y dentro de los de reclusioacuten no relacionados con los propios del sistema de salud y carcelario

Paraacutegrafo 2 La lista de los elementos mencionados en el presente artiacuteculo es meramente y no excluye bienes y se requieran para el funcionamiento sistema

penitenciario y carcelario de acuerdo a de cada entidad

Artiacuteculo 2211228 Dotacioacuten para la funcioacuten de custodia y vigilancia dotacioacuten de los elementos necesarios el cumplimiento de la funcioacuten y

DECRETO NUacutelllliRGgtU U O 2 O 4 Paacutegina 6 de 9

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 1709 de 2014

vigilancia tales como camarotes elementos de cama chalecos armas municiones y casilleros para uso del personal de guardia asiacute como los vehiacuteculos destinados al transporte y vigilancia y custodia de internos el mantenimiento perioacutedico de estos y los repuestos requeridos los equipos de seguridad electroacutenica como caacutemaras sillas y arcos scanner rayos X entre otros corresponde a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC)

Paraacutegrafo La lista de los elementos mencionados en el presente artiacuteculo es meramente ilustrativa y no excluye bienes y servicios que se requieran para el funcionamiento del sistema penitenciario y carcelario de acuerdo a las competencias de cada entidad

Artiacuteculo 2211229 Operacioacuten y mantenimiento de bienes La operacioacuten de los bienes dotados por la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y de los bienes adquiridos por eacuteste con anterioridad a la expedicioacuten del Decreto 4150 de 2011 corresponde al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) Se exceptuacutea la operacioacuten de la dotacioacuten estructural tal como plantas de tratamiento de agua residual (PTAR) plantas de tratamiento de agua potable (PTAP) subestaciones y plantas de energiacutea eleacutectrica equipos hidroneumaacuteticos y de bombeo pozos profundos y demaacutes acciones propias del objeto misional de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC)

Salvo lo dispuesto en el artiacuteculo 22112210 el mantenimiento de los bienes enunciados en el inciso anterior corresponde a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) previo requerimiento del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) en los teacuterminos del numeral 16 del artiacuteculo 2deg del Decreto 4151 de 2011

Paraacutegrafo El titular de los derechos reales de dominio de los bienes inmuebles deberaacute tramitar a su favor las licencias permisos o concesiones necesarias para el funcionamiento de los servicios penitenciarios asiacute como la cesioacuten de las existentes en que a la fecha no sea titular

Artiacuteculo 22112210 Servicio de telefoniacutea fija El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) garantizaraacute la prestacioacuten del servicio de telefoniacutea fija en los establecimientos de reclusioacuten para la comunicacioacuten de los internos con su nuacutecleo social y familiar

La operacioacuten seguimiento y monitoreo de este servicIO corresponderaacute al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) en concordancia con el artiacuteculo 111 de la Ley 65 de 1993 modificado por el artiacuteculo 72 de la Ley 1709 de 2014

Paraacutegrafo Lo dispuesto en este artiacuteculo no impediraacute la estructuracioacuten de mecanismos contractuales que permitan la adquisicioacuten de bienes o servicios mediante la explotacioacuten econoacutemica del servicio de telefoniacutea fija

Artiacuteculo 22112211 Mantenimiento y dotacioacuten de aacutereas administrativas del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) incluiraacute dentro de sus gastos de funcionamiento las partidas requeridas para la dotacioacuten y mantenimiento de las aacutereas administrativas distintas de la gestioacuten penitenciaria y carcelaria tales como la sede central de la Direccioacuten General las direcciones regionales la Escuela Penitenciaria Nacional los centros de instruccioacuten las zonas de parqueo almacenamiento y bodegas Casa Libertad los lugares ecumeacutenicos los predios de propiedad del INPEC destinados a labores administrativas los lotes de terreno de propiedad del INPEC etc

Seccioacuten 3 Coordinacioacuten y seguimiento interinstitucional

y competencias en el Comiteacute de Coordinacioacuten de Funciones y Competencias

las competencias las dificultades en el

de mejoramiento y definir acciones conjuntas para el fundamentales de la

de

NUacuteMERO Paacutegina 7 de 9 iexcl f

~i( u - 02 Is Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capitulo al Tiacutetulo 1 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de Decreto Reglamentario del Sector Justicia y del se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios y del Instituto Nacional y Carcelario (lNPEC) para el

cumplimiento de las derivadas de la 1709 de 2014

Artiacuteculo 1231 Seguimiento a las funciones penitenciaria y carcelaria

encargado de verificar el estado de la ejecucioacuten sus funciones y reglamentarias

cumplimiento las mismas crear buen funcionamiento del y la de los privada la libertad

Artiacuteculo 2211232 Integracioacuten del Comiteacute Competencias INPEC-USPEC Comiteacute de Coordinacioacuten I estaraacute integrado por los siguientes funcionarios

1 Viceministro de Poliacutetica Criminal y Justicia Restaurativa del Ministerio de Justicia y del o su delegado quien lo presidiraacute

2 Instituto Penitenciario y Carcelario (INPEC) o su delegado 3 de la Unidad Penitenciarios y (USPEC) o su delegado

Los miembros de Coordinacioacuten y Competencias I solo podraacuten delegar su representacioacuten en funcionarios puacuteblicos del nivel

asesor en los teacuterminos del artiacuteculo 9 la Ley 489 de 1988

Artiacuteculo 2211233 Secretaria Teacutecnica del Comiteacute Coordinacioacuten de runCiexclr0l11eS

nelrmcilLlt INPEC-USPEC secretariacutea teacutecnica del la ejerceraacuten de manera la Oficina Asesora Juriacutedica del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y la Oficina

Juriacutedica de la Unidad Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) por periacuteodos un (1) cada una y a su cargo las

1 Convocar cada Levantar el acta y remitirla a demaacutes miembros dentro dos (2) semanas siguientes a cada sesioacuten

3 el interlocutor institucional comiteacute para todos 4 Hacer seguimiento al cumplimiento de los compromisos adquiridos en cada sesioacuten 5 Preparar informes para los integrantes y custodiar documentos que soportan las

del comiteacute Rendir informe trimestral a partir de la primera del Comiteacute al Vicemiacuteniacutestro de Poliacutetica Criminal y Restaurativa con el fin de adelantar el al cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley de 1993 y demaacutes normas que la modifiquen sustituyan y la complementen

Comiteacute se reuniraacute ordinariamente una ve4 cada (4) meses o de manera extraordinaria sea requerido a cualquiera sus Los tendraacuten el

acompantildeamiento de sus equipos directivos yo asesores seguacuten los por en sesioacuten

Artiacuteculo 2211234 Funciones del Comiteacute Coordinacioacuten de Funciones y Competencias INPEC-USPEC Comiteacute de Coordinacioacuten de Funciones y Competencias INPEC-USPEC tendraacute siguientes funciones

de actividades conjuntas reguladas en el capiacutetulo y las demaacutes que se del marco rige el sistema penitenciario y carcelario

1 Disentildear el

DECRETO NUacuteM~llaquogtu Umiddotmiddotmiddotmiddot O2 O~ Paacutegina 8 de 9

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 1709 de 2014

2 Armonizar la planeacioacuten de cada institucioacuten para asegurar la ejecucioacuten coordinada de funciones

3 Hacer seguimiento a la ejecucioacuten de actividades conjuntas establecidas en el programa general del que trata el numeral 1 del presente artiacuteculo asiacute como a los compromisos adquiridos por cada institucioacuten integrante en cada sesioacuten

4 Recomendar los lineamientos metodoloacutegicos y los contenidos baacutesicos de los planes de necesidades anuales que ellNPEC entregaraacute a la USPEC en cada vigencia fiscal

5 Procurar los mecanismos para dar solucioacuten a las necesidades cotidianas e inmediatas de los establecimientos de reclusioacuten

6 Orientar las decisiones de priorizacioacuten de acciones que surgen del plan de necesidades de INPEC

Las decisiones del comiteacute seraacuten adoptadas en consenso En caso de presentarse disenso eacuteste seraacute dirimido por el Viceministro de Poliacutetica Criminal del Ministerio de Justicia y del Derecho quien podraacute proponer foacutermulas alternativas

Paraacutegrafo El programa general de actividades del que trata el numeral 1 del presente artiacuteculo contendraacute actividades especiacuteficas indicadores de gestioacuten y demaacutes elementos necesarios para asegurar un correcto seguimiento al cumplimiento del mismo

Seccioacuten 4 Disposiciones finales

Artiacuteculo 2211241 Priorizacioacuten de obras bienes y servicios De conformidad con el plan de necesidades remitido por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para la elaboracioacuten del anteproyecto de presupuesto de la siguiente vigencia fiscal la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) formularaacute los proyectos respectivos y definiraacute el alcance de la intervencioacuten de acuerdo con el presupuesto asignado y aprobado a la entidad

Artiacuteculo 2211242 Entrega de obras bienes y servicios al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) Finalizados los contratos celebrados por la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y recibidas a satisfaccioacuten las obras bienes o servicios de que se trate por parte del supervisor yo interventor del respectivo contrato la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) formalizaraacute su entrega al director del establecimiento de reclusioacuten correspondiente mediante acta la cual se firmaraacute por el representante de dicha institucioacuten el supervisor o interventor seguacuten el caso el contratista y el director del establecimiento de reclusioacuten

En el evento en que este uacuteltimo se negare a suscribir el acta de ello se dejaraacute constancia y la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) procederaacute a dejar la obra o el bien a disposicioacuten del establecimiento de reclusioacuten sin perjuicio de las observaciones o manifestaciones de no conformidad que la direccioacuten del respectivo establecimiento yo la Direccioacuten General del el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) puedan formular o comunicar a la Unidad

En todo caso los directores de los establecimientos de reclusioacuten y los funcionarios a su cargo prestaraacuten toda la colaboracioacuten necesaria para la ejecucioacuten de las obras de infraestructura contratadas por la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y deberaacuten brindar el acompantildeamiento y apoyo que requieran los contratistas y su personal para el ingreso a los establecimientos y la ejecucioacuten de las mismas

DECRETO NUumlMERO~h) 02D~ Paacutegina 9 de 9

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 1709 de 2014

Artiacuteculo 2 Vigencia y derogatorias El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten y deroga las disposiciones que le sean contrarias

PUBLiacuteaUESE y CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a

I

MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO

Page 4: ([t lb Wi - Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios...Carcelarios (USPEC) y el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) emplearán en la ejecución de sus competencias

DECRETO NUacuteMfB)u~) U O 2 O 4 Paacutegina 4 de 9

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y se definen las competencias de la l)nidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 1709 de 2014

Paraacutegrafo 2 Las locaciones y elementos tecnoloacutegicos de que trata el presente artiacuteculo tambieacuten podraacuten utilizarse con el propoacutesito de facilitar la comunicacioacuten de los internos con su nJcleo familiar y social en el marco del proceso de resocializacioacuten seguacuten el reglamento general del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y el reglamento interno de cada centro de reclusioacuten El director del establecimiento de reclusioacuten seraacute responsable del buen uso de los mismos

Paraacutegrafo 3 Conforme a lo dispuesto en el artiacuteculo 30A de la Ley 65 de 1993 adicionado por el artiacuteculo 33 de la Ley 1709 de 2014 el Consejo Superior de la Judicatura o quien haga sus veces tendraacute en cuenta para la implementacioacuten del sistema de audiencias virtuales en los centros judiciales la priorizacioacuten realizada por el INPEC yo la USPEC

Artiacuteculo 2211223 Locaciones fisicas para audiencias judiciales y diligencias de oacuterganos de control dentro de los establecimientos de reclusioacuten La Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) construiraacute adecuaraacute y mantendraacute los espacios requeridos por el INPEC para la realizacioacuten directa y presencial de audiencias judiciales y diligencias de los organismos de control Este espacio podraacute coincidir con aquel destinado a la realizacioacuten de audiencias virtuales

Para tal efecto el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) valoraraacute las condiciones de cada establecimiento de reclusioacuten determinaraacute sus necesidades concretas y requeriraacute a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) para lo de su competencia de conformidad con lo establecido en el numeral 16 del artiacuteculo 2 del Decreto 4151 de 2011

Suministrados dichos espacios por parte del USPEC el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) administraraacute su uso efectivo alternaacutendolo seguacuten se requiera para la realizacioacuten de diligencias con las autoridades judiciales organismos de control audiencias virtuales y comunicacioacuten de los internos con su nuacutecleo familiar y social

Las entidades que conforman el Sistema Nacional Penitenciario y Carcelario a peticioacuten de las autoridades territoriales podraacuten apoyar teacutecnicamente las gestiones necesarias para la adecuacioacuten de locaciones fiacutesicas para audiencias judiciales dentro de las caacuterceles

Artiacuteculo 2211224 Preferencia por audiencias virtuales Las autoridades judiciales preferiraacuten la celebracioacuten de audiencias virtuales a las presenciales por lo cual deberaacuten justificar la negacioacuten de las primeras cuando el centro de reclusioacuten cuente con salas virtuales disponibles

Artiacuteculo 2211225 Gestiones para el acceso al Sistema de Informacioacuten de Sistematizacioacuten Integral del Sistema Penitenciario y Carcelario (SISIPEC)EI Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) solicitaraacute el acompantildeamiento del Ministerio de las Tecnologiacuteas de la Informacioacuten y las Comunicaciones con el fin de permitir el acceso a la ciudadaniacutea y a las instituciones del Estado de la informacioacuten del SISIPEC que no esteacute sometida a reserva legal por razones de seguridad o para proteccioacuten de la intimidad de las personas privadas de la libertad sin perjuicio de lo dispuesto en las Leyes 1581 de 2012 y 1712 de 2014

El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) presentaraacute a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) los requerimientos teacutecnicos y funcionales para el desarrollo y puesta en marcha de las estrategias de acceso a dicha informacioacuten Los requerimientos incluiraacuten entre otros el disentildeo y plan de implementacioacuten del acceso a la informacioacuten a traveacutes de centros de consulta habilitados en los complejos judiciales y en internet

Seguacuten disponibilidad presupuestal la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) adelantaraacute la adquisicioacuten suministro implementacioacuten y sostenimiento de la infraestructura

DECRETO NUacuteME-ROJ O 2 O t Paacutegina 5 de 9

Continuacioacuten del u middotPor el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de Decreto del Sector Justicia y del y se definen las competencias de la Unidad de Servicios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

Imrllimiento de las derivadas de la 1709 de 2014

judiciales con el fin de garantizar el manejo e de informacioacuten en liacutenea y en tiempo real

En todo caso el dominio la administracioacuten y la exclusivamente del Instituto Nacional Penitenciario y

del sistema estaraacuten en (INPEC)

Paraacutegrafo 1 Instituto Nacional Penitenciario y (INPEC) deberaacute gestionar teacutecnicamente sea posible la interoperabiliacutedad con los sistemas de informacioacuten las instituciones que conforman el Sistema Nacional Penitenciario y Carcelario asiacute como con sistema judicial y los de las autoridades que administran la informacioacuten de anteceuro~de

miacutenimos establecidos Gobierno en Liacutenea Ministerio la Informacioacuten y las fl(I(Y~ para el intercambio de la Informacioacuten

confidencialidad y reserva

sistemas de informacioacuten en

Artiacuteculo 1226 Infraestructura penitenciarios y carcelarios La infraestructura la vigilancia inv

tratamiento las personas privadas de la libertad compuesta entre otros por puestos y mecanismos electroacutenicos de control y vigilancia los espacios trabajo el y la ensentildeanza como administrativas reclusioacuten a cargo de la Unidad de Penitenciarios y Carcelarios

Paraacutegrafo La lista de los elementos mencionados en el presente artiacuteculo es ilustrativa y no excluye bienes y servicios que se requieran para el funcionamiento del penitenciario y carcelario de acuerdo a competencias de cada entidad

1227 Dotacioacuten de elementos para la atencioacuten rehabilitacioacuten y tratamiento La dotacioacuten de los y equipos necesarios para la

y tratamiento de los internos como elementos de trabajo productos de asiacute como las unidades terapeacuteuticas y

y vocacionales instrumentos deportivos de recreacioacuten y y en relacionados con las funciones en los artiacuteculos 2 numeral 12 y 18 del

larrol 4151 de 2011 estaraacute a cargo Instituto Nacional Penitenciario y

caso los lineamientos en infraestructura requerida y tratamiento de los ser definidos

Servicios Penitenciarios y y el Instituto Nacional (INPEC) en el Comiteacute de Coordinacioacuten de funciones y

penitenciaria y carcelaria de que trata el capiacutetulo

1 Para los efectos de lo dispuesto en el presente artiacuteculo baacutesico el conjunto de y las condiciones necesarias

y dentro de los de reclusioacuten no relacionados con los propios del sistema de salud y carcelario

Paraacutegrafo 2 La lista de los elementos mencionados en el presente artiacuteculo es meramente y no excluye bienes y se requieran para el funcionamiento sistema

penitenciario y carcelario de acuerdo a de cada entidad

Artiacuteculo 2211228 Dotacioacuten para la funcioacuten de custodia y vigilancia dotacioacuten de los elementos necesarios el cumplimiento de la funcioacuten y

DECRETO NUacutelllliRGgtU U O 2 O 4 Paacutegina 6 de 9

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 1709 de 2014

vigilancia tales como camarotes elementos de cama chalecos armas municiones y casilleros para uso del personal de guardia asiacute como los vehiacuteculos destinados al transporte y vigilancia y custodia de internos el mantenimiento perioacutedico de estos y los repuestos requeridos los equipos de seguridad electroacutenica como caacutemaras sillas y arcos scanner rayos X entre otros corresponde a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC)

Paraacutegrafo La lista de los elementos mencionados en el presente artiacuteculo es meramente ilustrativa y no excluye bienes y servicios que se requieran para el funcionamiento del sistema penitenciario y carcelario de acuerdo a las competencias de cada entidad

Artiacuteculo 2211229 Operacioacuten y mantenimiento de bienes La operacioacuten de los bienes dotados por la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y de los bienes adquiridos por eacuteste con anterioridad a la expedicioacuten del Decreto 4150 de 2011 corresponde al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) Se exceptuacutea la operacioacuten de la dotacioacuten estructural tal como plantas de tratamiento de agua residual (PTAR) plantas de tratamiento de agua potable (PTAP) subestaciones y plantas de energiacutea eleacutectrica equipos hidroneumaacuteticos y de bombeo pozos profundos y demaacutes acciones propias del objeto misional de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC)

Salvo lo dispuesto en el artiacuteculo 22112210 el mantenimiento de los bienes enunciados en el inciso anterior corresponde a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) previo requerimiento del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) en los teacuterminos del numeral 16 del artiacuteculo 2deg del Decreto 4151 de 2011

Paraacutegrafo El titular de los derechos reales de dominio de los bienes inmuebles deberaacute tramitar a su favor las licencias permisos o concesiones necesarias para el funcionamiento de los servicios penitenciarios asiacute como la cesioacuten de las existentes en que a la fecha no sea titular

Artiacuteculo 22112210 Servicio de telefoniacutea fija El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) garantizaraacute la prestacioacuten del servicio de telefoniacutea fija en los establecimientos de reclusioacuten para la comunicacioacuten de los internos con su nuacutecleo social y familiar

La operacioacuten seguimiento y monitoreo de este servicIO corresponderaacute al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) en concordancia con el artiacuteculo 111 de la Ley 65 de 1993 modificado por el artiacuteculo 72 de la Ley 1709 de 2014

Paraacutegrafo Lo dispuesto en este artiacuteculo no impediraacute la estructuracioacuten de mecanismos contractuales que permitan la adquisicioacuten de bienes o servicios mediante la explotacioacuten econoacutemica del servicio de telefoniacutea fija

Artiacuteculo 22112211 Mantenimiento y dotacioacuten de aacutereas administrativas del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) incluiraacute dentro de sus gastos de funcionamiento las partidas requeridas para la dotacioacuten y mantenimiento de las aacutereas administrativas distintas de la gestioacuten penitenciaria y carcelaria tales como la sede central de la Direccioacuten General las direcciones regionales la Escuela Penitenciaria Nacional los centros de instruccioacuten las zonas de parqueo almacenamiento y bodegas Casa Libertad los lugares ecumeacutenicos los predios de propiedad del INPEC destinados a labores administrativas los lotes de terreno de propiedad del INPEC etc

Seccioacuten 3 Coordinacioacuten y seguimiento interinstitucional

y competencias en el Comiteacute de Coordinacioacuten de Funciones y Competencias

las competencias las dificultades en el

de mejoramiento y definir acciones conjuntas para el fundamentales de la

de

NUacuteMERO Paacutegina 7 de 9 iexcl f

~i( u - 02 Is Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capitulo al Tiacutetulo 1 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de Decreto Reglamentario del Sector Justicia y del se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios y del Instituto Nacional y Carcelario (lNPEC) para el

cumplimiento de las derivadas de la 1709 de 2014

Artiacuteculo 1231 Seguimiento a las funciones penitenciaria y carcelaria

encargado de verificar el estado de la ejecucioacuten sus funciones y reglamentarias

cumplimiento las mismas crear buen funcionamiento del y la de los privada la libertad

Artiacuteculo 2211232 Integracioacuten del Comiteacute Competencias INPEC-USPEC Comiteacute de Coordinacioacuten I estaraacute integrado por los siguientes funcionarios

1 Viceministro de Poliacutetica Criminal y Justicia Restaurativa del Ministerio de Justicia y del o su delegado quien lo presidiraacute

2 Instituto Penitenciario y Carcelario (INPEC) o su delegado 3 de la Unidad Penitenciarios y (USPEC) o su delegado

Los miembros de Coordinacioacuten y Competencias I solo podraacuten delegar su representacioacuten en funcionarios puacuteblicos del nivel

asesor en los teacuterminos del artiacuteculo 9 la Ley 489 de 1988

Artiacuteculo 2211233 Secretaria Teacutecnica del Comiteacute Coordinacioacuten de runCiexclr0l11eS

nelrmcilLlt INPEC-USPEC secretariacutea teacutecnica del la ejerceraacuten de manera la Oficina Asesora Juriacutedica del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y la Oficina

Juriacutedica de la Unidad Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) por periacuteodos un (1) cada una y a su cargo las

1 Convocar cada Levantar el acta y remitirla a demaacutes miembros dentro dos (2) semanas siguientes a cada sesioacuten

3 el interlocutor institucional comiteacute para todos 4 Hacer seguimiento al cumplimiento de los compromisos adquiridos en cada sesioacuten 5 Preparar informes para los integrantes y custodiar documentos que soportan las

del comiteacute Rendir informe trimestral a partir de la primera del Comiteacute al Vicemiacuteniacutestro de Poliacutetica Criminal y Restaurativa con el fin de adelantar el al cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley de 1993 y demaacutes normas que la modifiquen sustituyan y la complementen

Comiteacute se reuniraacute ordinariamente una ve4 cada (4) meses o de manera extraordinaria sea requerido a cualquiera sus Los tendraacuten el

acompantildeamiento de sus equipos directivos yo asesores seguacuten los por en sesioacuten

Artiacuteculo 2211234 Funciones del Comiteacute Coordinacioacuten de Funciones y Competencias INPEC-USPEC Comiteacute de Coordinacioacuten de Funciones y Competencias INPEC-USPEC tendraacute siguientes funciones

de actividades conjuntas reguladas en el capiacutetulo y las demaacutes que se del marco rige el sistema penitenciario y carcelario

1 Disentildear el

DECRETO NUacuteM~llaquogtu Umiddotmiddotmiddotmiddot O2 O~ Paacutegina 8 de 9

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 1709 de 2014

2 Armonizar la planeacioacuten de cada institucioacuten para asegurar la ejecucioacuten coordinada de funciones

3 Hacer seguimiento a la ejecucioacuten de actividades conjuntas establecidas en el programa general del que trata el numeral 1 del presente artiacuteculo asiacute como a los compromisos adquiridos por cada institucioacuten integrante en cada sesioacuten

4 Recomendar los lineamientos metodoloacutegicos y los contenidos baacutesicos de los planes de necesidades anuales que ellNPEC entregaraacute a la USPEC en cada vigencia fiscal

5 Procurar los mecanismos para dar solucioacuten a las necesidades cotidianas e inmediatas de los establecimientos de reclusioacuten

6 Orientar las decisiones de priorizacioacuten de acciones que surgen del plan de necesidades de INPEC

Las decisiones del comiteacute seraacuten adoptadas en consenso En caso de presentarse disenso eacuteste seraacute dirimido por el Viceministro de Poliacutetica Criminal del Ministerio de Justicia y del Derecho quien podraacute proponer foacutermulas alternativas

Paraacutegrafo El programa general de actividades del que trata el numeral 1 del presente artiacuteculo contendraacute actividades especiacuteficas indicadores de gestioacuten y demaacutes elementos necesarios para asegurar un correcto seguimiento al cumplimiento del mismo

Seccioacuten 4 Disposiciones finales

Artiacuteculo 2211241 Priorizacioacuten de obras bienes y servicios De conformidad con el plan de necesidades remitido por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para la elaboracioacuten del anteproyecto de presupuesto de la siguiente vigencia fiscal la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) formularaacute los proyectos respectivos y definiraacute el alcance de la intervencioacuten de acuerdo con el presupuesto asignado y aprobado a la entidad

Artiacuteculo 2211242 Entrega de obras bienes y servicios al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) Finalizados los contratos celebrados por la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y recibidas a satisfaccioacuten las obras bienes o servicios de que se trate por parte del supervisor yo interventor del respectivo contrato la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) formalizaraacute su entrega al director del establecimiento de reclusioacuten correspondiente mediante acta la cual se firmaraacute por el representante de dicha institucioacuten el supervisor o interventor seguacuten el caso el contratista y el director del establecimiento de reclusioacuten

En el evento en que este uacuteltimo se negare a suscribir el acta de ello se dejaraacute constancia y la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) procederaacute a dejar la obra o el bien a disposicioacuten del establecimiento de reclusioacuten sin perjuicio de las observaciones o manifestaciones de no conformidad que la direccioacuten del respectivo establecimiento yo la Direccioacuten General del el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) puedan formular o comunicar a la Unidad

En todo caso los directores de los establecimientos de reclusioacuten y los funcionarios a su cargo prestaraacuten toda la colaboracioacuten necesaria para la ejecucioacuten de las obras de infraestructura contratadas por la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y deberaacuten brindar el acompantildeamiento y apoyo que requieran los contratistas y su personal para el ingreso a los establecimientos y la ejecucioacuten de las mismas

DECRETO NUumlMERO~h) 02D~ Paacutegina 9 de 9

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 1709 de 2014

Artiacuteculo 2 Vigencia y derogatorias El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten y deroga las disposiciones que le sean contrarias

PUBLiacuteaUESE y CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a

I

MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO

Page 5: ([t lb Wi - Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios...Carcelarios (USPEC) y el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) emplearán en la ejecución de sus competencias

DECRETO NUacuteME-ROJ O 2 O t Paacutegina 5 de 9

Continuacioacuten del u middotPor el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de Decreto del Sector Justicia y del y se definen las competencias de la Unidad de Servicios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

Imrllimiento de las derivadas de la 1709 de 2014

judiciales con el fin de garantizar el manejo e de informacioacuten en liacutenea y en tiempo real

En todo caso el dominio la administracioacuten y la exclusivamente del Instituto Nacional Penitenciario y

del sistema estaraacuten en (INPEC)

Paraacutegrafo 1 Instituto Nacional Penitenciario y (INPEC) deberaacute gestionar teacutecnicamente sea posible la interoperabiliacutedad con los sistemas de informacioacuten las instituciones que conforman el Sistema Nacional Penitenciario y Carcelario asiacute como con sistema judicial y los de las autoridades que administran la informacioacuten de anteceuro~de

miacutenimos establecidos Gobierno en Liacutenea Ministerio la Informacioacuten y las fl(I(Y~ para el intercambio de la Informacioacuten

confidencialidad y reserva

sistemas de informacioacuten en

Artiacuteculo 1226 Infraestructura penitenciarios y carcelarios La infraestructura la vigilancia inv

tratamiento las personas privadas de la libertad compuesta entre otros por puestos y mecanismos electroacutenicos de control y vigilancia los espacios trabajo el y la ensentildeanza como administrativas reclusioacuten a cargo de la Unidad de Penitenciarios y Carcelarios

Paraacutegrafo La lista de los elementos mencionados en el presente artiacuteculo es ilustrativa y no excluye bienes y servicios que se requieran para el funcionamiento del penitenciario y carcelario de acuerdo a competencias de cada entidad

1227 Dotacioacuten de elementos para la atencioacuten rehabilitacioacuten y tratamiento La dotacioacuten de los y equipos necesarios para la

y tratamiento de los internos como elementos de trabajo productos de asiacute como las unidades terapeacuteuticas y

y vocacionales instrumentos deportivos de recreacioacuten y y en relacionados con las funciones en los artiacuteculos 2 numeral 12 y 18 del

larrol 4151 de 2011 estaraacute a cargo Instituto Nacional Penitenciario y

caso los lineamientos en infraestructura requerida y tratamiento de los ser definidos

Servicios Penitenciarios y y el Instituto Nacional (INPEC) en el Comiteacute de Coordinacioacuten de funciones y

penitenciaria y carcelaria de que trata el capiacutetulo

1 Para los efectos de lo dispuesto en el presente artiacuteculo baacutesico el conjunto de y las condiciones necesarias

y dentro de los de reclusioacuten no relacionados con los propios del sistema de salud y carcelario

Paraacutegrafo 2 La lista de los elementos mencionados en el presente artiacuteculo es meramente y no excluye bienes y se requieran para el funcionamiento sistema

penitenciario y carcelario de acuerdo a de cada entidad

Artiacuteculo 2211228 Dotacioacuten para la funcioacuten de custodia y vigilancia dotacioacuten de los elementos necesarios el cumplimiento de la funcioacuten y

DECRETO NUacutelllliRGgtU U O 2 O 4 Paacutegina 6 de 9

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 1709 de 2014

vigilancia tales como camarotes elementos de cama chalecos armas municiones y casilleros para uso del personal de guardia asiacute como los vehiacuteculos destinados al transporte y vigilancia y custodia de internos el mantenimiento perioacutedico de estos y los repuestos requeridos los equipos de seguridad electroacutenica como caacutemaras sillas y arcos scanner rayos X entre otros corresponde a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC)

Paraacutegrafo La lista de los elementos mencionados en el presente artiacuteculo es meramente ilustrativa y no excluye bienes y servicios que se requieran para el funcionamiento del sistema penitenciario y carcelario de acuerdo a las competencias de cada entidad

Artiacuteculo 2211229 Operacioacuten y mantenimiento de bienes La operacioacuten de los bienes dotados por la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y de los bienes adquiridos por eacuteste con anterioridad a la expedicioacuten del Decreto 4150 de 2011 corresponde al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) Se exceptuacutea la operacioacuten de la dotacioacuten estructural tal como plantas de tratamiento de agua residual (PTAR) plantas de tratamiento de agua potable (PTAP) subestaciones y plantas de energiacutea eleacutectrica equipos hidroneumaacuteticos y de bombeo pozos profundos y demaacutes acciones propias del objeto misional de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC)

Salvo lo dispuesto en el artiacuteculo 22112210 el mantenimiento de los bienes enunciados en el inciso anterior corresponde a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) previo requerimiento del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) en los teacuterminos del numeral 16 del artiacuteculo 2deg del Decreto 4151 de 2011

Paraacutegrafo El titular de los derechos reales de dominio de los bienes inmuebles deberaacute tramitar a su favor las licencias permisos o concesiones necesarias para el funcionamiento de los servicios penitenciarios asiacute como la cesioacuten de las existentes en que a la fecha no sea titular

Artiacuteculo 22112210 Servicio de telefoniacutea fija El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) garantizaraacute la prestacioacuten del servicio de telefoniacutea fija en los establecimientos de reclusioacuten para la comunicacioacuten de los internos con su nuacutecleo social y familiar

La operacioacuten seguimiento y monitoreo de este servicIO corresponderaacute al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) en concordancia con el artiacuteculo 111 de la Ley 65 de 1993 modificado por el artiacuteculo 72 de la Ley 1709 de 2014

Paraacutegrafo Lo dispuesto en este artiacuteculo no impediraacute la estructuracioacuten de mecanismos contractuales que permitan la adquisicioacuten de bienes o servicios mediante la explotacioacuten econoacutemica del servicio de telefoniacutea fija

Artiacuteculo 22112211 Mantenimiento y dotacioacuten de aacutereas administrativas del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) incluiraacute dentro de sus gastos de funcionamiento las partidas requeridas para la dotacioacuten y mantenimiento de las aacutereas administrativas distintas de la gestioacuten penitenciaria y carcelaria tales como la sede central de la Direccioacuten General las direcciones regionales la Escuela Penitenciaria Nacional los centros de instruccioacuten las zonas de parqueo almacenamiento y bodegas Casa Libertad los lugares ecumeacutenicos los predios de propiedad del INPEC destinados a labores administrativas los lotes de terreno de propiedad del INPEC etc

Seccioacuten 3 Coordinacioacuten y seguimiento interinstitucional

y competencias en el Comiteacute de Coordinacioacuten de Funciones y Competencias

las competencias las dificultades en el

de mejoramiento y definir acciones conjuntas para el fundamentales de la

de

NUacuteMERO Paacutegina 7 de 9 iexcl f

~i( u - 02 Is Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capitulo al Tiacutetulo 1 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de Decreto Reglamentario del Sector Justicia y del se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios y del Instituto Nacional y Carcelario (lNPEC) para el

cumplimiento de las derivadas de la 1709 de 2014

Artiacuteculo 1231 Seguimiento a las funciones penitenciaria y carcelaria

encargado de verificar el estado de la ejecucioacuten sus funciones y reglamentarias

cumplimiento las mismas crear buen funcionamiento del y la de los privada la libertad

Artiacuteculo 2211232 Integracioacuten del Comiteacute Competencias INPEC-USPEC Comiteacute de Coordinacioacuten I estaraacute integrado por los siguientes funcionarios

1 Viceministro de Poliacutetica Criminal y Justicia Restaurativa del Ministerio de Justicia y del o su delegado quien lo presidiraacute

2 Instituto Penitenciario y Carcelario (INPEC) o su delegado 3 de la Unidad Penitenciarios y (USPEC) o su delegado

Los miembros de Coordinacioacuten y Competencias I solo podraacuten delegar su representacioacuten en funcionarios puacuteblicos del nivel

asesor en los teacuterminos del artiacuteculo 9 la Ley 489 de 1988

Artiacuteculo 2211233 Secretaria Teacutecnica del Comiteacute Coordinacioacuten de runCiexclr0l11eS

nelrmcilLlt INPEC-USPEC secretariacutea teacutecnica del la ejerceraacuten de manera la Oficina Asesora Juriacutedica del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y la Oficina

Juriacutedica de la Unidad Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) por periacuteodos un (1) cada una y a su cargo las

1 Convocar cada Levantar el acta y remitirla a demaacutes miembros dentro dos (2) semanas siguientes a cada sesioacuten

3 el interlocutor institucional comiteacute para todos 4 Hacer seguimiento al cumplimiento de los compromisos adquiridos en cada sesioacuten 5 Preparar informes para los integrantes y custodiar documentos que soportan las

del comiteacute Rendir informe trimestral a partir de la primera del Comiteacute al Vicemiacuteniacutestro de Poliacutetica Criminal y Restaurativa con el fin de adelantar el al cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley de 1993 y demaacutes normas que la modifiquen sustituyan y la complementen

Comiteacute se reuniraacute ordinariamente una ve4 cada (4) meses o de manera extraordinaria sea requerido a cualquiera sus Los tendraacuten el

acompantildeamiento de sus equipos directivos yo asesores seguacuten los por en sesioacuten

Artiacuteculo 2211234 Funciones del Comiteacute Coordinacioacuten de Funciones y Competencias INPEC-USPEC Comiteacute de Coordinacioacuten de Funciones y Competencias INPEC-USPEC tendraacute siguientes funciones

de actividades conjuntas reguladas en el capiacutetulo y las demaacutes que se del marco rige el sistema penitenciario y carcelario

1 Disentildear el

DECRETO NUacuteM~llaquogtu Umiddotmiddotmiddotmiddot O2 O~ Paacutegina 8 de 9

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 1709 de 2014

2 Armonizar la planeacioacuten de cada institucioacuten para asegurar la ejecucioacuten coordinada de funciones

3 Hacer seguimiento a la ejecucioacuten de actividades conjuntas establecidas en el programa general del que trata el numeral 1 del presente artiacuteculo asiacute como a los compromisos adquiridos por cada institucioacuten integrante en cada sesioacuten

4 Recomendar los lineamientos metodoloacutegicos y los contenidos baacutesicos de los planes de necesidades anuales que ellNPEC entregaraacute a la USPEC en cada vigencia fiscal

5 Procurar los mecanismos para dar solucioacuten a las necesidades cotidianas e inmediatas de los establecimientos de reclusioacuten

6 Orientar las decisiones de priorizacioacuten de acciones que surgen del plan de necesidades de INPEC

Las decisiones del comiteacute seraacuten adoptadas en consenso En caso de presentarse disenso eacuteste seraacute dirimido por el Viceministro de Poliacutetica Criminal del Ministerio de Justicia y del Derecho quien podraacute proponer foacutermulas alternativas

Paraacutegrafo El programa general de actividades del que trata el numeral 1 del presente artiacuteculo contendraacute actividades especiacuteficas indicadores de gestioacuten y demaacutes elementos necesarios para asegurar un correcto seguimiento al cumplimiento del mismo

Seccioacuten 4 Disposiciones finales

Artiacuteculo 2211241 Priorizacioacuten de obras bienes y servicios De conformidad con el plan de necesidades remitido por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para la elaboracioacuten del anteproyecto de presupuesto de la siguiente vigencia fiscal la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) formularaacute los proyectos respectivos y definiraacute el alcance de la intervencioacuten de acuerdo con el presupuesto asignado y aprobado a la entidad

Artiacuteculo 2211242 Entrega de obras bienes y servicios al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) Finalizados los contratos celebrados por la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y recibidas a satisfaccioacuten las obras bienes o servicios de que se trate por parte del supervisor yo interventor del respectivo contrato la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) formalizaraacute su entrega al director del establecimiento de reclusioacuten correspondiente mediante acta la cual se firmaraacute por el representante de dicha institucioacuten el supervisor o interventor seguacuten el caso el contratista y el director del establecimiento de reclusioacuten

En el evento en que este uacuteltimo se negare a suscribir el acta de ello se dejaraacute constancia y la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) procederaacute a dejar la obra o el bien a disposicioacuten del establecimiento de reclusioacuten sin perjuicio de las observaciones o manifestaciones de no conformidad que la direccioacuten del respectivo establecimiento yo la Direccioacuten General del el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) puedan formular o comunicar a la Unidad

En todo caso los directores de los establecimientos de reclusioacuten y los funcionarios a su cargo prestaraacuten toda la colaboracioacuten necesaria para la ejecucioacuten de las obras de infraestructura contratadas por la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y deberaacuten brindar el acompantildeamiento y apoyo que requieran los contratistas y su personal para el ingreso a los establecimientos y la ejecucioacuten de las mismas

DECRETO NUumlMERO~h) 02D~ Paacutegina 9 de 9

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 1709 de 2014

Artiacuteculo 2 Vigencia y derogatorias El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten y deroga las disposiciones que le sean contrarias

PUBLiacuteaUESE y CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a

I

MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO

Page 6: ([t lb Wi - Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios...Carcelarios (USPEC) y el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) emplearán en la ejecución de sus competencias

DECRETO NUacutelllliRGgtU U O 2 O 4 Paacutegina 6 de 9

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 1709 de 2014

vigilancia tales como camarotes elementos de cama chalecos armas municiones y casilleros para uso del personal de guardia asiacute como los vehiacuteculos destinados al transporte y vigilancia y custodia de internos el mantenimiento perioacutedico de estos y los repuestos requeridos los equipos de seguridad electroacutenica como caacutemaras sillas y arcos scanner rayos X entre otros corresponde a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC)

Paraacutegrafo La lista de los elementos mencionados en el presente artiacuteculo es meramente ilustrativa y no excluye bienes y servicios que se requieran para el funcionamiento del sistema penitenciario y carcelario de acuerdo a las competencias de cada entidad

Artiacuteculo 2211229 Operacioacuten y mantenimiento de bienes La operacioacuten de los bienes dotados por la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y de los bienes adquiridos por eacuteste con anterioridad a la expedicioacuten del Decreto 4150 de 2011 corresponde al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) Se exceptuacutea la operacioacuten de la dotacioacuten estructural tal como plantas de tratamiento de agua residual (PTAR) plantas de tratamiento de agua potable (PTAP) subestaciones y plantas de energiacutea eleacutectrica equipos hidroneumaacuteticos y de bombeo pozos profundos y demaacutes acciones propias del objeto misional de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC)

Salvo lo dispuesto en el artiacuteculo 22112210 el mantenimiento de los bienes enunciados en el inciso anterior corresponde a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) previo requerimiento del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) en los teacuterminos del numeral 16 del artiacuteculo 2deg del Decreto 4151 de 2011

Paraacutegrafo El titular de los derechos reales de dominio de los bienes inmuebles deberaacute tramitar a su favor las licencias permisos o concesiones necesarias para el funcionamiento de los servicios penitenciarios asiacute como la cesioacuten de las existentes en que a la fecha no sea titular

Artiacuteculo 22112210 Servicio de telefoniacutea fija El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) garantizaraacute la prestacioacuten del servicio de telefoniacutea fija en los establecimientos de reclusioacuten para la comunicacioacuten de los internos con su nuacutecleo social y familiar

La operacioacuten seguimiento y monitoreo de este servicIO corresponderaacute al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) en concordancia con el artiacuteculo 111 de la Ley 65 de 1993 modificado por el artiacuteculo 72 de la Ley 1709 de 2014

Paraacutegrafo Lo dispuesto en este artiacuteculo no impediraacute la estructuracioacuten de mecanismos contractuales que permitan la adquisicioacuten de bienes o servicios mediante la explotacioacuten econoacutemica del servicio de telefoniacutea fija

Artiacuteculo 22112211 Mantenimiento y dotacioacuten de aacutereas administrativas del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) incluiraacute dentro de sus gastos de funcionamiento las partidas requeridas para la dotacioacuten y mantenimiento de las aacutereas administrativas distintas de la gestioacuten penitenciaria y carcelaria tales como la sede central de la Direccioacuten General las direcciones regionales la Escuela Penitenciaria Nacional los centros de instruccioacuten las zonas de parqueo almacenamiento y bodegas Casa Libertad los lugares ecumeacutenicos los predios de propiedad del INPEC destinados a labores administrativas los lotes de terreno de propiedad del INPEC etc

Seccioacuten 3 Coordinacioacuten y seguimiento interinstitucional

y competencias en el Comiteacute de Coordinacioacuten de Funciones y Competencias

las competencias las dificultades en el

de mejoramiento y definir acciones conjuntas para el fundamentales de la

de

NUacuteMERO Paacutegina 7 de 9 iexcl f

~i( u - 02 Is Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capitulo al Tiacutetulo 1 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de Decreto Reglamentario del Sector Justicia y del se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios y del Instituto Nacional y Carcelario (lNPEC) para el

cumplimiento de las derivadas de la 1709 de 2014

Artiacuteculo 1231 Seguimiento a las funciones penitenciaria y carcelaria

encargado de verificar el estado de la ejecucioacuten sus funciones y reglamentarias

cumplimiento las mismas crear buen funcionamiento del y la de los privada la libertad

Artiacuteculo 2211232 Integracioacuten del Comiteacute Competencias INPEC-USPEC Comiteacute de Coordinacioacuten I estaraacute integrado por los siguientes funcionarios

1 Viceministro de Poliacutetica Criminal y Justicia Restaurativa del Ministerio de Justicia y del o su delegado quien lo presidiraacute

2 Instituto Penitenciario y Carcelario (INPEC) o su delegado 3 de la Unidad Penitenciarios y (USPEC) o su delegado

Los miembros de Coordinacioacuten y Competencias I solo podraacuten delegar su representacioacuten en funcionarios puacuteblicos del nivel

asesor en los teacuterminos del artiacuteculo 9 la Ley 489 de 1988

Artiacuteculo 2211233 Secretaria Teacutecnica del Comiteacute Coordinacioacuten de runCiexclr0l11eS

nelrmcilLlt INPEC-USPEC secretariacutea teacutecnica del la ejerceraacuten de manera la Oficina Asesora Juriacutedica del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y la Oficina

Juriacutedica de la Unidad Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) por periacuteodos un (1) cada una y a su cargo las

1 Convocar cada Levantar el acta y remitirla a demaacutes miembros dentro dos (2) semanas siguientes a cada sesioacuten

3 el interlocutor institucional comiteacute para todos 4 Hacer seguimiento al cumplimiento de los compromisos adquiridos en cada sesioacuten 5 Preparar informes para los integrantes y custodiar documentos que soportan las

del comiteacute Rendir informe trimestral a partir de la primera del Comiteacute al Vicemiacuteniacutestro de Poliacutetica Criminal y Restaurativa con el fin de adelantar el al cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley de 1993 y demaacutes normas que la modifiquen sustituyan y la complementen

Comiteacute se reuniraacute ordinariamente una ve4 cada (4) meses o de manera extraordinaria sea requerido a cualquiera sus Los tendraacuten el

acompantildeamiento de sus equipos directivos yo asesores seguacuten los por en sesioacuten

Artiacuteculo 2211234 Funciones del Comiteacute Coordinacioacuten de Funciones y Competencias INPEC-USPEC Comiteacute de Coordinacioacuten de Funciones y Competencias INPEC-USPEC tendraacute siguientes funciones

de actividades conjuntas reguladas en el capiacutetulo y las demaacutes que se del marco rige el sistema penitenciario y carcelario

1 Disentildear el

DECRETO NUacuteM~llaquogtu Umiddotmiddotmiddotmiddot O2 O~ Paacutegina 8 de 9

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 1709 de 2014

2 Armonizar la planeacioacuten de cada institucioacuten para asegurar la ejecucioacuten coordinada de funciones

3 Hacer seguimiento a la ejecucioacuten de actividades conjuntas establecidas en el programa general del que trata el numeral 1 del presente artiacuteculo asiacute como a los compromisos adquiridos por cada institucioacuten integrante en cada sesioacuten

4 Recomendar los lineamientos metodoloacutegicos y los contenidos baacutesicos de los planes de necesidades anuales que ellNPEC entregaraacute a la USPEC en cada vigencia fiscal

5 Procurar los mecanismos para dar solucioacuten a las necesidades cotidianas e inmediatas de los establecimientos de reclusioacuten

6 Orientar las decisiones de priorizacioacuten de acciones que surgen del plan de necesidades de INPEC

Las decisiones del comiteacute seraacuten adoptadas en consenso En caso de presentarse disenso eacuteste seraacute dirimido por el Viceministro de Poliacutetica Criminal del Ministerio de Justicia y del Derecho quien podraacute proponer foacutermulas alternativas

Paraacutegrafo El programa general de actividades del que trata el numeral 1 del presente artiacuteculo contendraacute actividades especiacuteficas indicadores de gestioacuten y demaacutes elementos necesarios para asegurar un correcto seguimiento al cumplimiento del mismo

Seccioacuten 4 Disposiciones finales

Artiacuteculo 2211241 Priorizacioacuten de obras bienes y servicios De conformidad con el plan de necesidades remitido por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para la elaboracioacuten del anteproyecto de presupuesto de la siguiente vigencia fiscal la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) formularaacute los proyectos respectivos y definiraacute el alcance de la intervencioacuten de acuerdo con el presupuesto asignado y aprobado a la entidad

Artiacuteculo 2211242 Entrega de obras bienes y servicios al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) Finalizados los contratos celebrados por la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y recibidas a satisfaccioacuten las obras bienes o servicios de que se trate por parte del supervisor yo interventor del respectivo contrato la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) formalizaraacute su entrega al director del establecimiento de reclusioacuten correspondiente mediante acta la cual se firmaraacute por el representante de dicha institucioacuten el supervisor o interventor seguacuten el caso el contratista y el director del establecimiento de reclusioacuten

En el evento en que este uacuteltimo se negare a suscribir el acta de ello se dejaraacute constancia y la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) procederaacute a dejar la obra o el bien a disposicioacuten del establecimiento de reclusioacuten sin perjuicio de las observaciones o manifestaciones de no conformidad que la direccioacuten del respectivo establecimiento yo la Direccioacuten General del el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) puedan formular o comunicar a la Unidad

En todo caso los directores de los establecimientos de reclusioacuten y los funcionarios a su cargo prestaraacuten toda la colaboracioacuten necesaria para la ejecucioacuten de las obras de infraestructura contratadas por la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y deberaacuten brindar el acompantildeamiento y apoyo que requieran los contratistas y su personal para el ingreso a los establecimientos y la ejecucioacuten de las mismas

DECRETO NUumlMERO~h) 02D~ Paacutegina 9 de 9

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 1709 de 2014

Artiacuteculo 2 Vigencia y derogatorias El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten y deroga las disposiciones que le sean contrarias

PUBLiacuteaUESE y CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a

I

MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO

Page 7: ([t lb Wi - Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios...Carcelarios (USPEC) y el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) emplearán en la ejecución de sus competencias

y competencias en el Comiteacute de Coordinacioacuten de Funciones y Competencias

las competencias las dificultades en el

de mejoramiento y definir acciones conjuntas para el fundamentales de la

de

NUacuteMERO Paacutegina 7 de 9 iexcl f

~i( u - 02 Is Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capitulo al Tiacutetulo 1 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de Decreto Reglamentario del Sector Justicia y del se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios y del Instituto Nacional y Carcelario (lNPEC) para el

cumplimiento de las derivadas de la 1709 de 2014

Artiacuteculo 1231 Seguimiento a las funciones penitenciaria y carcelaria

encargado de verificar el estado de la ejecucioacuten sus funciones y reglamentarias

cumplimiento las mismas crear buen funcionamiento del y la de los privada la libertad

Artiacuteculo 2211232 Integracioacuten del Comiteacute Competencias INPEC-USPEC Comiteacute de Coordinacioacuten I estaraacute integrado por los siguientes funcionarios

1 Viceministro de Poliacutetica Criminal y Justicia Restaurativa del Ministerio de Justicia y del o su delegado quien lo presidiraacute

2 Instituto Penitenciario y Carcelario (INPEC) o su delegado 3 de la Unidad Penitenciarios y (USPEC) o su delegado

Los miembros de Coordinacioacuten y Competencias I solo podraacuten delegar su representacioacuten en funcionarios puacuteblicos del nivel

asesor en los teacuterminos del artiacuteculo 9 la Ley 489 de 1988

Artiacuteculo 2211233 Secretaria Teacutecnica del Comiteacute Coordinacioacuten de runCiexclr0l11eS

nelrmcilLlt INPEC-USPEC secretariacutea teacutecnica del la ejerceraacuten de manera la Oficina Asesora Juriacutedica del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y la Oficina

Juriacutedica de la Unidad Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) por periacuteodos un (1) cada una y a su cargo las

1 Convocar cada Levantar el acta y remitirla a demaacutes miembros dentro dos (2) semanas siguientes a cada sesioacuten

3 el interlocutor institucional comiteacute para todos 4 Hacer seguimiento al cumplimiento de los compromisos adquiridos en cada sesioacuten 5 Preparar informes para los integrantes y custodiar documentos que soportan las

del comiteacute Rendir informe trimestral a partir de la primera del Comiteacute al Vicemiacuteniacutestro de Poliacutetica Criminal y Restaurativa con el fin de adelantar el al cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley de 1993 y demaacutes normas que la modifiquen sustituyan y la complementen

Comiteacute se reuniraacute ordinariamente una ve4 cada (4) meses o de manera extraordinaria sea requerido a cualquiera sus Los tendraacuten el

acompantildeamiento de sus equipos directivos yo asesores seguacuten los por en sesioacuten

Artiacuteculo 2211234 Funciones del Comiteacute Coordinacioacuten de Funciones y Competencias INPEC-USPEC Comiteacute de Coordinacioacuten de Funciones y Competencias INPEC-USPEC tendraacute siguientes funciones

de actividades conjuntas reguladas en el capiacutetulo y las demaacutes que se del marco rige el sistema penitenciario y carcelario

1 Disentildear el

DECRETO NUacuteM~llaquogtu Umiddotmiddotmiddotmiddot O2 O~ Paacutegina 8 de 9

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 1709 de 2014

2 Armonizar la planeacioacuten de cada institucioacuten para asegurar la ejecucioacuten coordinada de funciones

3 Hacer seguimiento a la ejecucioacuten de actividades conjuntas establecidas en el programa general del que trata el numeral 1 del presente artiacuteculo asiacute como a los compromisos adquiridos por cada institucioacuten integrante en cada sesioacuten

4 Recomendar los lineamientos metodoloacutegicos y los contenidos baacutesicos de los planes de necesidades anuales que ellNPEC entregaraacute a la USPEC en cada vigencia fiscal

5 Procurar los mecanismos para dar solucioacuten a las necesidades cotidianas e inmediatas de los establecimientos de reclusioacuten

6 Orientar las decisiones de priorizacioacuten de acciones que surgen del plan de necesidades de INPEC

Las decisiones del comiteacute seraacuten adoptadas en consenso En caso de presentarse disenso eacuteste seraacute dirimido por el Viceministro de Poliacutetica Criminal del Ministerio de Justicia y del Derecho quien podraacute proponer foacutermulas alternativas

Paraacutegrafo El programa general de actividades del que trata el numeral 1 del presente artiacuteculo contendraacute actividades especiacuteficas indicadores de gestioacuten y demaacutes elementos necesarios para asegurar un correcto seguimiento al cumplimiento del mismo

Seccioacuten 4 Disposiciones finales

Artiacuteculo 2211241 Priorizacioacuten de obras bienes y servicios De conformidad con el plan de necesidades remitido por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para la elaboracioacuten del anteproyecto de presupuesto de la siguiente vigencia fiscal la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) formularaacute los proyectos respectivos y definiraacute el alcance de la intervencioacuten de acuerdo con el presupuesto asignado y aprobado a la entidad

Artiacuteculo 2211242 Entrega de obras bienes y servicios al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) Finalizados los contratos celebrados por la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y recibidas a satisfaccioacuten las obras bienes o servicios de que se trate por parte del supervisor yo interventor del respectivo contrato la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) formalizaraacute su entrega al director del establecimiento de reclusioacuten correspondiente mediante acta la cual se firmaraacute por el representante de dicha institucioacuten el supervisor o interventor seguacuten el caso el contratista y el director del establecimiento de reclusioacuten

En el evento en que este uacuteltimo se negare a suscribir el acta de ello se dejaraacute constancia y la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) procederaacute a dejar la obra o el bien a disposicioacuten del establecimiento de reclusioacuten sin perjuicio de las observaciones o manifestaciones de no conformidad que la direccioacuten del respectivo establecimiento yo la Direccioacuten General del el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) puedan formular o comunicar a la Unidad

En todo caso los directores de los establecimientos de reclusioacuten y los funcionarios a su cargo prestaraacuten toda la colaboracioacuten necesaria para la ejecucioacuten de las obras de infraestructura contratadas por la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y deberaacuten brindar el acompantildeamiento y apoyo que requieran los contratistas y su personal para el ingreso a los establecimientos y la ejecucioacuten de las mismas

DECRETO NUumlMERO~h) 02D~ Paacutegina 9 de 9

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 1709 de 2014

Artiacuteculo 2 Vigencia y derogatorias El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten y deroga las disposiciones que le sean contrarias

PUBLiacuteaUESE y CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a

I

MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO

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DECRETO NUacuteM~llaquogtu Umiddotmiddotmiddotmiddot O2 O~ Paacutegina 8 de 9

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 1709 de 2014

2 Armonizar la planeacioacuten de cada institucioacuten para asegurar la ejecucioacuten coordinada de funciones

3 Hacer seguimiento a la ejecucioacuten de actividades conjuntas establecidas en el programa general del que trata el numeral 1 del presente artiacuteculo asiacute como a los compromisos adquiridos por cada institucioacuten integrante en cada sesioacuten

4 Recomendar los lineamientos metodoloacutegicos y los contenidos baacutesicos de los planes de necesidades anuales que ellNPEC entregaraacute a la USPEC en cada vigencia fiscal

5 Procurar los mecanismos para dar solucioacuten a las necesidades cotidianas e inmediatas de los establecimientos de reclusioacuten

6 Orientar las decisiones de priorizacioacuten de acciones que surgen del plan de necesidades de INPEC

Las decisiones del comiteacute seraacuten adoptadas en consenso En caso de presentarse disenso eacuteste seraacute dirimido por el Viceministro de Poliacutetica Criminal del Ministerio de Justicia y del Derecho quien podraacute proponer foacutermulas alternativas

Paraacutegrafo El programa general de actividades del que trata el numeral 1 del presente artiacuteculo contendraacute actividades especiacuteficas indicadores de gestioacuten y demaacutes elementos necesarios para asegurar un correcto seguimiento al cumplimiento del mismo

Seccioacuten 4 Disposiciones finales

Artiacuteculo 2211241 Priorizacioacuten de obras bienes y servicios De conformidad con el plan de necesidades remitido por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para la elaboracioacuten del anteproyecto de presupuesto de la siguiente vigencia fiscal la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) formularaacute los proyectos respectivos y definiraacute el alcance de la intervencioacuten de acuerdo con el presupuesto asignado y aprobado a la entidad

Artiacuteculo 2211242 Entrega de obras bienes y servicios al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) Finalizados los contratos celebrados por la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y recibidas a satisfaccioacuten las obras bienes o servicios de que se trate por parte del supervisor yo interventor del respectivo contrato la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) formalizaraacute su entrega al director del establecimiento de reclusioacuten correspondiente mediante acta la cual se firmaraacute por el representante de dicha institucioacuten el supervisor o interventor seguacuten el caso el contratista y el director del establecimiento de reclusioacuten

En el evento en que este uacuteltimo se negare a suscribir el acta de ello se dejaraacute constancia y la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) procederaacute a dejar la obra o el bien a disposicioacuten del establecimiento de reclusioacuten sin perjuicio de las observaciones o manifestaciones de no conformidad que la direccioacuten del respectivo establecimiento yo la Direccioacuten General del el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) puedan formular o comunicar a la Unidad

En todo caso los directores de los establecimientos de reclusioacuten y los funcionarios a su cargo prestaraacuten toda la colaboracioacuten necesaria para la ejecucioacuten de las obras de infraestructura contratadas por la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y deberaacuten brindar el acompantildeamiento y apoyo que requieran los contratistas y su personal para el ingreso a los establecimientos y la ejecucioacuten de las mismas

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Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 1709 de 2014

Artiacuteculo 2 Vigencia y derogatorias El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten y deroga las disposiciones que le sean contrarias

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Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona un Capiacutetulo al Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y se definen las competencias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para el

cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 1709 de 2014

Artiacuteculo 2 Vigencia y derogatorias El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten y deroga las disposiciones que le sean contrarias

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MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO