SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS - Gob

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SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS INTENDENCIA NACIONAL DEL SISTEMA DE SEGURO PRIVADO DIRECCION NACIONAL DE ESTUDIOS REPORTE DE CONTRIBUCIONES MANUAL DE ESTRUCTURAS DE INFORMACION Versión 2.3 28 de octubre de 2011

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SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS

INTENDENCIA NACIONAL DEL SISTEMA DE SEGURO PRIVADO

DIRECCION NACIONAL DE ESTUDIOS

REPORTE DE CONTRIBUCIONES

MANUAL DE ESTRUCTURAS DE INFORMACION

Versión 2.3

28 de octubre de 2011

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2 Dirección Nacional de Estudios Unidad de Gestión de Información Manual Reporte Contribuciones

INDICE

INDICE ....................................................................................................................................................... 2

1. RECEPCION Y VALIDACION ....................................................................................................... 3

2. DEFINICION DE ESTRUCTURAS................................................................................................. 4

2.1. RETENCIONES DE LA CONTRIBUCIÓN SBS Y SSC (S16) ..................................................... 4

REGISTRO DE CABECERA ......................................................................................................................... 4 REGISTROS DE DETALLE .......................................................................................................................... 4

2.2. CONTRIBUCIÓN SBS - ASESORES PRODUCTORES DE SEGUROS, INTERMEDIARIOS DE REASEGUROS NACIONALES Y PERITOS DE SEGUROS (INSPECTOR DE RIESGOS Y AJUSTADOR DE SINIESTROS) (S17) ................................................................................................... 6

REGISTRO DE CABECERA ......................................................................................................................... 6 REGISTROS DE DETALLE .......................................................................................................................... 6

2.3. CONTRIBUCIÓN SBS SOBRE ACTIVOS DE LAS EMPRESAS DE SEGUROS Y COMPAÑÍAS DE REASEGUROS (S18)................................................................................................. 8

REGISTRO DE CABECERA ......................................................................................................................... 8 REGISTROS DE DETALLE .......................................................................................................................... 9

2.4. COMPROBANTES DE PAGO DE CONTRIBUCIONES (S19) ................................................. 10

REGISTRO DE CABECERA ....................................................................................................................... 10 REGISTROS DE DETALLE ........................................................................................................................ 10

3. TABLAS DE REFERENCIA .......................................................................................................... 11

TABLA 1 CÓDIGO DE LA ESTRUCTURA ................................................................................ 12

TABLA 2 CODIGOS DE ENTIDADES......................................................................................... 12

TABLA 130 GRUPO DE RAMOS.................................................................................................13

TABLA 152 TIPO DE PRIMA....................................................................................................... 13 TABLA 153 MESES DEL AÑO ..................................................................................................... 14

TABLA 156 TIPO DE CONTRIBUYENTE ................................................................................. 14

TABLA 157 TIPO DE CONTRIBUCION..................................................................................... 14

4. CONTROLES DE VALIDACION ................................................................................................. 15

4.1. RETENCIONES DE LA CONTRIBUCIÓN SBS Y SSC (S16) ................................................... 15

4.2. CONTRIBUCIÓN SBS- ASESORES PRODUCTORES DE SEGUROS, INTERMEDIARIOS DE REASEGUROS NACIONALES Y PERITOS DE SEGUROS (S17)............................................ 21

4.3 CONTRIBUCIÓN SBS SOBRE ACTIVOS DE LAS EMPRESAS DE SEGUROS Y COMPAÑÍAS DE REASEGUROS (S18)............................................................................................... 24

4.4 COMPROBANTES DE PAGO DE CONTRIBUCIONES (S19) ................................................... 26

5. PERIODICIDAD Y PLAZOS DE ENVIO..................................................................................... 30

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1. RECEPCION Y VALIDACION Las estructuras de información de “Reporte de Contribuciones”, serán remitidas por las empresas de seguros y compañías de reaseguros, controladas por la Superintendencia de Bancos y Seguros. La Unidad de Gestión de Información, inmediatamente de recibida la información, a través de sistemas automáticos procederá con la validación de estas estructuras. Seguidamente enviará el diagnóstico de la validación, vía correo electrónico, a las direcciones registradas en la base de contactos actualizada por las entidades controladas. En caso de que el diagnóstico de la validación registre errores, es obligación de las empresas de seguros y compañías de reaseguros, efectuar la corrección de los mismos y retransmitir las estructuras para que estas sean nuevamente validadas en el plazo de 24 horas. Las estructuras que mantengan errores en la validación serán consideradas como información no recibida. En el evento de que esta Superintendencia compruebe al tercer día hábil posterior al plazo de envío, la falta de envío de la información en los plazos y formatos establecidos, ó si está incompleta o adolece de errores de forma que impidan su aceptación o validación, se aplicarán las sanciones previstas en las normas establecidas para el efecto.

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2. DEFINICION DE ESTRUCTURAS

2.1. Retenciones de la contribución SBS y SSC (S16) Corresponde a la información relacionada con las retenciones de la contribución efectuada por las empresas de seguros por las pólizas emitidas y registrada la prima como pagada, en favor de la Superintendencia de Bancos y Seguros (SBS) y del Seguro Social Campesino (SSC). Esta estructura debe contener solamente información del mes que se reporta. El reporte de esta estructura debe ser realizado una vez que se haya efectuado el pago de las contribuciones a la Superintendencia de Bancos y Seguros y al Seguro Social Campesino. Registro de cabecera Campo código de la

estructura código de

entidad fecha de datos número total de

registros Tipo de dato

caracter (3) caracter (4) fecha (dd/mm/aaaa)

numérico(6)

Opción obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio

Tabla tabla 1 tabla 2

• Código de la estructura.- Codificación asignada a la estructura de “Retenciones de

contribución SBS y Seguro Campesino” (S16).

• Código de entidad.- Codificación asignada por la Superintendencia de Bancos y Seguros a cada entidad controlada.

• Fecha de datos.- Fecha de corte de la información enviada en el formato dd/mm/aaaa.

• Número total de registros.- Número de líneas que contiene el archivo incluido el registro

de cabecera.

Registros de detalle

Campo grupo de ramos

código de tipo de prima

valor

Tipo de Dato

caracter (2) caracter (2) numérico (15,2)

Opción obligatorio obligatorio obligatorio

Tabla tabla 130 tabla 152

• Grupo de ramos.- Código que indica el grupo de ramos sobre el cual se reporta la información:

Seguros de Vida: SV Seguros Generales: SG

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• Código de tipo de prima.- Es el código que representa al tipo de prima de acuerdo a la

clasificación de la tabla 152. • Valor.- Es el monto que corresponde al campo código de tipo de prima .

Si el campo grupo de ramos es igual a SG y el campo código de tipo de prima es:”AH” , entonces el campo valor deberá ser igual a 0.00.

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2.2. Contribución SBS - asesores productores de seguros, intermediarios de reaseguros nacionales y peritos de seguros (inspector de riesgos y ajustado r de siniestros) (S17) Esta estructura será remitida por las empresas de seguros y compañías de reaseguros sobre las contribuciones retenidas a los asesores productores de seguros, intermediarios de reaseguros y peritos de seguros a favor de la Superintendencia de Bancos y Seguros. Registro de cabecera Campo código de la

estructura código de

entidad fecha de datos número total de

registros Tipo de dato

caracter (3) caracter (4) fecha (dd/mm/aaaa)

numérico(6)

Opción obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio

Tabla tabla 1 tabla 2

• Código de la estructura.- Codificación asignada a la estructura de “Contribución SBS-

asesores productores de seguros, intermediarios de reaseguros nacionales y peritos de seguros (inspector de riesgos y ajustador de siniestros)”.

• Código de entidad.- Codificación asignada por la Superintendencia de Bancos y Seguros a cada entidad controlada.

• Fecha de datos.- Fecha de corte de la información enviada en el formato dd/mm/aaaa.

• Número total de registros.- Número de líneas que contiene el archivo incluido el registro de cabecera.

Registros de detalle Campo tipo de

contribuyente código de

contribuyente grupo de ramos comisiones u

honorarios contribución

SBS Tipo de dato

caracter (1) caracter (4) caracter (2) numérico(15,2) numérico(15,2)

Opción obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio

Tabla tabla 156 tabla 2 tabla 130

• Tipo de contribuyente.- Código que indica si el contribuyente es una persona natural o

una persona jurídica.

Persona natural: N Persona jurídica: J

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• Código de contribuyente.- Codificación asignada por la Superintendencia de Bancos y Seguros a cada uno de los intermediarios de reaseguros, peritos de seguros o asesores productores de seguros. La entidad podrá utilizar el código 9999 cuando la empresa de seguros registre retención de contribución con una persona natural o jurídica no registrada en la base de la Superintendencia de Bancos y Seguros, previa autorización de este organismo de control.

• Grupo de ramos.- Código que indica el grupo de ramos sobre el cual se reporta la información:

Seguros de Vida: SV Seguros Generales: SG

• Comisiones u honorarios- Corresponde al valor de comisiones u honorarios pagados por la empresa de seguros al intermediario de reaseguros nacional, perito de seguros o asesor productor de seguros, según sea el caso, clasificado por tipo de contribuyente y por grupo de ramos.

• Contribución SBS .- Valor retenido al intermediario de reaseguros nacional, perito de seguros o asesor productor de seguros, para la contribución a la Superintendencia de Bancos y Seguros, clasificado por tipo de contribuyente y por grupo de ramos. Si el contribuyente es una persona natura (N), entonces el campo contribución SBS será igual a: comisiones u honorarios * 2/1000. Si el contribuyente es una persona jurídica (J), entonces el campo contribución SBS será igual a: comisiones u honorarios * 5/1000.

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2.3. Contribución SBS sobre activos de las empresas de seguros y compañías de reaseguros (S18) Esta estructura será remitida por las empresas de seguros y compañías de reaseguros sobre las contribuciones a favor de la Superintendencia de Bancos y Seguros en base a los activos de cada una de ellas. Este reporte será remitido semestralmente:

- Con fecha de corte 31 de diciembre , con información de los meses de julio a diciembre.

- Con fecha de corte 30 de junio , con información de los meses de enero a junio.

Registro de cabecera Campo código de la

estructura código de

entidad fecha de

datos número total de

registros contribución

SBS fecha de pago contribución

SBS Tipo de dato

caracter (3) caracter (4) fecha (dd/mm/aaaa)

numérico(6) numérico(15,2) fecha (dd/mm/aaaa)

Opción obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio Obligatorio

Tabla tabla 1 tabla 2

Campo comprobante

de pago contribución

SBS Tipo de dato

caracter (20)

Opción obligatorio

Tabla

• Código de la estructura.- Codificación asignada a la estructura de “Contribución SBS

sobre activos de las empresas de seguros y compañías de reaseguros”.

• Código de entidad.- Codificación asignada por la Superintendencia de Bancos y Seguros a cada entidad controlada.

• Fecha de datos.- Fecha de corte de la información enviada en el formato dd/mm/aaaa.

• Número total de registros.- Número de líneas que contiene el archivo incluido el registro de cabecera.

• Contribución SBS.- Valor total de la contribución a la Superintendencia de Bancos y Seguros por los activos de la entidad.

• Fecha de pago contribución SBS.- Es la fecha en la cual la empresa de seguros realizó el pago del valor para la contribución a la Superintendencia de Bancos y Seguros por los activos de la entidad.

• Comprobante de pago contribución SBS.- Es el número de comprobante de pago del

valor para la contribución a la Superintendencia de Bancos y Seguros por los activos de la entidad.

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Registros de detalle Campo código de mes total activos

Tipo de Dato

numérico (2) numérico(15,2)

Opción obligatorio obligatorio

Tabla tabla 153

• Código de mes.- Código de cada uno de los meses del año de acuerdo a lo indicado en la

tabla 153.

• Total activos.- Valor total de los activos de la entidad en el mes correspondiente.

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2.4. Comprobantes de pago de contribuciones (S19) Corresponde a la información relacionada con los comprobantes de pago de las contribuciones realizadas a favor de la Superintendencia de Bancos y Seguros y del Seguro Social Campesino, clasificadas por seguros de vida y seguros generales, reportadas en las estructuras S16 y S17. Registro de cabecera Campo código de la

estructura código de

entidad fecha de datos número total de

registros Tipo de dato

caracter (3) caracter (4) fecha (dd/mm/aaaa)

numérico(6)

Opción obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio

Tabla tabla 1 tabla 2

• Código de la estructura.- Codificación asignada a la estructura de “Comprobantes de

pago de contribuciones” (S19).

• Código de entidad.- Codificación asignada por la Superintendencia de Bancos y Seguros a cada entidad controlada.

• Fecha de datos.- Fecha de corte de la información enviada en el formato dd/mm/aaaa.

• Número total de registros.- Número de líneas que contiene el archivo incluido el registro

de cabecera.

Registros de detalle

Campo tipo de contribución

valor de la contribución

fecha de pago de contribución

comprobante de pago de

contribución

tipo de registro

Tipo de Dato

caracter (1) numérico (15,2) fecha (dd/mm/aaaa)

caracter (20) caracter (1)

Opción obligatorio obligatorio obligatorio *obligatorio obligatorio

Tabla tabla 157 tabla 181

• Tipo de contribución.- Código que indica el tipo de contribución efectuada por la entidad controlada de acuerdo a la clasificación de la tabla 157.

• Valor de la contribución.- Valor total de la contribución realizada por la entidad controlada.

• Fecha de pago de contribución.- Es la fecha en la cual la entidad controlada realizó el pago del valor para la contribución.

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Si el campo tipo de registro refiere a un reporte de contribución, entonces el campo fecha de pago de contribución refiere a la fecha en la que se realizó el pago de la contribución. Si el campo tipo de registro refiere a una devolución de contribución, entonces el campo fecha de pago de contribución refiere a la fecha en la que se realizó esta devolución.

• Comprobante de pago de contribución.- Es el número de comprobante de pago del valor para la contribución realizada por la entidad controlada. Debe registrarse un comprobante de pago por cada tipo de contribución. Si el campo tipo de registro refiere a un reporte de contribución, entonces este campo será de uso *obligatorio. Si el campo tipo de registro refiere a una devolución de contribución, entonces este campo será NULO.

• Tipo de registro.- Código que indica el tipo de registro que se está reportando. Si es un registro de reporte de comprobante tendrá el código “C”. Si se trata de una devolución tendrá el código “D”.

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3. TABLAS DE REFERENCIA

TABLA 1 CÓDIGO DE LA ESTRUCTURA

CÓDIGO DESCRIPCION DE LA ESTRUCTURA

CENTRAL DE SINIESTROS Y DEUDORES

S16 RETENCIONES DE LA CONTRIBUCION SBS Y SSC

S17 CONTRIBUCIÓN SBS- ASESORES PRODUCTORES DE SEGUROS, INTERMEDIARIOS DE REASEGUROS Y PERITOS DE SEGUROS.

S18 CONTRIBUCIÓN SBS SOBRE ACTIVOS DE LAS EMPRESAS DE SEGUROS Y COMPAÑÍAS DE REASEGUROS

S19 COMPROBANTES DE PAGO DE CONTRIBUCIONES

TABLA 2 CODIGOS DE ENTIDADES CODIGO ENTIDAD

1077 ACE SEGUROS S.A. 1078 AIG METROPOLITANA CIA. DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. 1079 ALIANZA CIA. DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. 1080 ASEGURADORA DEL SUR C.A. 1081 MAPFRE ATLAS COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. (3495) 1082 BMI DEL ECUADOR COMPAÑÍA DE SEGUROS DE VIDA S.A. 1083 BOLIVAR CIA. DE SEGUROS DEL ECUADOR S.A. 1084 CERVANTES S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS 1085 SEGUROS COLON S.A. 1086 COLONIAL COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. 1087 COMPAÑÍA DE SEGUROS DE VIDA COLVIDA S.A. 1088 COMPAÑÍA DE SEGUROS CONDOR S.A. (BONITA) 1089 CONFIANZA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. 1090 COOPSEGUROS DEL ECUADOR S.A. CIA DE SEGUROS Y REAS. 1092 SEGUROS DEL PICHINCHA S.A. CIA .DE SEGUROS Y REASEG. 1093 COMPAÑÍA DE SEGUROS ECUATORIANO SUIZA S.A. 1095 SEGUROS EQUINOCCIAL S.A. 1096 EQUIVIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. 1098 HISPANA DE SEGUROS S.A. 1100 INTEROCEANICA C.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS 1101 GENERALI ECUADOR COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. 1102 LA UNION COMPAÑÍA NACIONAL DE SEGUROS S.A. (SUL AMERICA) 1103 CONSTITUCION C.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS 1105 SEGUROS ORIENTE S.A. 1107 PANAMERICANA DEL ECUADOR S.A. CIA. DE SEG. Y REASEG. 1108 LONG LIFE SEGUROS LLS EMPRESA DE SEGUROS S.A. (FILANSEGUROS) 1109 PRIMMA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. 1110 PORVENIR CIA. DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. PORVESEGUROS

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CODIGO ENTIDAD 1111 RIO GUAYAS COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. 1112 ROCAFUERTE SEGUROS S.A. 1113 SEGUROS SUCRE S.A. 1114 LATINA VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS C.A. (SUD AMERICA) 1115 LATINA SEGUROS Y REASEGUROS C.A. 1116 SEGUROS UNIDOS S.A. 1177 PAN AMERICAN LIFE INSURANCE COMPANY 1178 COMPAÑÍA REASEGURADORA DEL ECUADOR S.A. 1179 UNIVERSAL COMPAÑÍA DE REASEGUROS S.A. 1430 BUPA ECUADOR S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS (AMEDEX) 2123 VAZ SEGUROS S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS 3444 COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEG.CENTRO SEGUROS CENSEG S.A. 3346 TOPSEG COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. 3453 BALBOA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. 3655 SWEADEN COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. 3733 CAUCIONES S.A. EMPRESA DE SEGUROS 3851 COMPAÑÍA FRANCESA DE SEGUROS PARA COM. EXT. COFACE S.A. SUC ECUADOR 3944 COMPAÑÍA DE SEGUROS GENERALES PRODUSEGUROS S.A.

Los códigos de las empresas de seguros, compañías de reaseguros, intermediarios de reaseguros nacionales, asesores productores de seguros y peritos de seguros actualizados pueden ser consultados en la página Web de la Superintendencia de Bancos y Seguros, sección “Catastro del Sistema financiero y del Sistema de seguros privado” – Información de instituciones controladas. TABLA 130 GRUPO DE RAMOS

CODIGO DESCRIPCION

SV Seguros de Vida

SG Seguros Generales

TABLA 152 TIPO DE PRIMA

CODIGO DESCRIPCION

Operador cálculo

contribución SBS y SSC

ND negocios directos +

AH ahorro -

RA reaseguros aceptados

CA coaseguros aceptados

DP pólizas diferidas posteriores -

DA pólizas diferidas actuales +

ST Subtotal

CH cancelaciones ahorro +

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CODIGO DESCRIPCION

Operador cálculo

contribución SBS y SSC

PA primas anuladas -

PC primas canceladas -

PP participación primas coaseguros cedidos +

TO Total =

TABLA 153 MESES DEL AÑO CODIGO DESCRIPCION

1 Enero

2 Febrero

3 Marzo

4 Abril

5 Mayo

6 Junio

7 Julio

8 Agosto

9 Septiembre

10 Octubre

11 Noviembre

12 Diciembre

TABLA 156 TIPO DE CONTRIBUYENTE CODIGO DESCRIPCION

N Persona Natural

J Persona Jurídica

TABLA 157 TIPO DE CONTRIBUCION CODIGO DESCRIPCION

1 Estructura S16, contribución SBS, seguros de vida

2 Estructura S16, contribución SBS, seguros generales

3 Estructura S16, contribución SSC, seguros de vida

4 Estructura S16, contribución SSC, seguros generales

5 Estructura S17, contribución SBS, personas naturales (2/1000), seguros de vida

6 Estructura S17, contribución SBS, personas naturales (2/1000), seguros generales

7 Estructura S17, contribución SBS, personas jurídicas (5/1000), seguros de vida

8 Estructura S17, contribución SBS, personas jurídicas (5/1000), seguros generales

TABLA 181 TIPO DE REGISTRO CODIGO DESCRIPCION

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15 Dirección Nacional de Estudios Unidad de Gestión de Información Manual Reporte Contribuciones

CODIGO DESCRIPCION

C Registro de reporte de contribución

D Registro de devolución de contribución

4. CONTROLES DE VALIDACION

4.1. Retenciones de la contribución SBS y SSC (S16) • Nombre del archivo

El nombre del archivo de esta estructura debe cumplir estrictamente con el siguiente formato:

S16Mxxxxddmmaaaa.txt Donde: S16: Código de estructura, es fijo M: Código de periodicidad mensual, es fijo xxxx: Código asignado a la empresa de seguros dd: día de reporte mm: mes de reporte aaaa: año de reporte .txt: extensión del archivo tipo texto

• Cabecera

Los campos de la cabecera deben guardar relación con el nombre del archivo. • Formato El archivo de esta estructura debe cumplir estrictamente con el formato diseñado • Validación del balance

Previo a la validación de esta estructura, se verificará que el balance (B31) a la misma fecha de corte haya sido validado satisfactoriamente.

• Validación del mes anterior Se verificará que la información de esta estructura del mes inmediato anterior haya sido enviada y validada satisfactoriamente. Si la entidad no tiene información en un determinado mes, deberá reportar solamente el registro de cabecera.

• Registros duplicados El archivo no debe contener registros duplicados. Se considera un registro duplicado cuando se repiten los siguientes campos:

- grupo de ramos - código de tipo de prima

• Código de tipo de prima

Deben ser reportados todos los códigos de tipo de primas de la tabla 152. En caso de no corresponder, el código de tipo de prima debe registrarse cero (0) en el campo valor.

• Grupo de ramos, código de tipo de prima, valor

Seguros de vida:

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- Si el campo grupo de ramos es igual a “SV” y el campo código de tipo de prima es “ST” , entonces el campo valor de “ST” deberá ser igual a la siguiente sumatoria:

grupo de ramos: “ SV” valor de “ ND”, menos valor de “AH”, menos valor de “DP”, más valor de “DA”.

(negocios directos, menos ahorro, menos pólizas diferidas posteriores, mas pólizas diferidas actuales) .

- Si el campo grupo de ramos es igual a “SV” y el campo código de tipo de prima es “TO” , entonces el campo valor de “TO” deberá ser igual a la siguiente sumatoria:

grupo de ramos: “ SV” valor de “ ST”, más valor de “CH”, menos valor de “PA”, menos valor de “PC”, más valor de “PP”.

(subtotal, más cancelaciones ahorro , menos primas anuladas, menos primas canceladas, más participación primas coaseguro cedido ).

Seguros generales: - Si el campo grupo de ramos es igual a “SG” y el campo código de tipo de prima es

“AH” , entonces el campo valor deberá ser igual a 0.00.

- Si el campo grupo de ramos es igual a “SG” y el campo código de tipo de prima es “ST” , entonces el campo valor de “ST” deberá ser igual a la siguiente sumatoria:

grupo de ramos: “ SG” valor de “ ND”, menos valor de “DP”, más valor de “DA”.

(negocios directos, menos pólizas diferidas posteriores, mas pólizas diferidas actuales) .

- Si el campo grupo de ramos es igual a “SG” y el campo código de tipo de prima es “TO” , entonces el campo valor de “TO” deberá ser igual a la siguiente sumatoria:

grupo de ramos: “ SG” valor de “ ST”, menos valor de “PA”, menos valor de “PC”, más valor de “PP”.

(subtotal, menos primas anuladas, menos primas canceladas, más participación primas coaseguro cedido)

• Cuadre contra balance - La sumatoria del campo valor cuando el campo código de tipo de prima tenga los

valores “ND” , “AH”, “RA” , “CA” , será igual al saldo de la cuenta 51 “Prima pagada” (saldo vida más saldo general ) de la estructura B31 correspondiente a la misma fecha de corte, menos el saldo correspondiente del mes inmediato anterior.

- El campo valor correspondiente al código de tipo de prima “RA”, deberá ser igual al

saldo de la cuenta 5102 “Prima Pagada / de Reaseguros Aceptados” (saldo vida más

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saldo general ) de la estructura B31 correspondiente a la misma fecha de corte, menos el saldo correspondiente del mes inmediato anterior. Este cálculo se realiza también para el saldo vida y saldo general de la estructura B31.

- El campo valor correspondiente al código de tipo de prima “CA”, deberá ser igual al saldo de la cuenta 5103 “Prima Pagada / de Coaseguros Aceptados” (saldo vida más saldo general ) de la estructura B31 correspondiente a la misma fecha de corte, menos el saldo correspondiente del mes inmediato anterior. Este cálculo se realiza también para el saldo vida y saldo general de la estructura B31.

- La sumatoria del campo valor cuando el campo código de tipo de prima tenga los

valores “ND” , “AH”, “RA” , “CA” , del grupo de ramos “SV” ; será igual al saldo de la cuenta 51 “Prima pagada” de la sumatoria de los ramos: 1 vida individual más 2 vida grupo , de la estructura B32 correspondiente a la misma fecha de corte, menos el saldo correspondiente del mes inmediato anterior.

- La sumatoria del campo valor cuando el campo código de tipo de prima tenga los

valores “ND” , “AH”, “RA” , “CA” , del grupo de ramos “SG” ; será igual al saldo de la cuenta 51 “Prima pagada” de la sumatoria de los ramos: 3 Asistencia médica , más 4 Accidentes personales , más 5 Incendio y líneas aliadas , más 6 Lucro cesante a consecuencia de incendio y líneas aliadas , más 7 Vehículos , más 8 Transporte , más 9 Marítimo , más 10 Aviación , más 11 Robo , más 12 Dinero y valores , más 13 Agropecuario , 14 Todo riesgo para contratistas , más 15 Montaje de maquinaria , más 16 Rotura de maquinaria , más 17 Pérdida de beneficio por rotura de maquinaria , más 18 Equipo y maquinaria de contratistas , más 19 Obras civiles terminadas , más 20 Equipo electrónico , más 21 Responsabilidad civil , más 22 Fidelidad , más 23 Seriedad de oferta , más 24 Bancos e instituciones financieras (BBB) , más 26 Riesgos especiales , más 27 Cumplimiento de contrato , más 28 Buen uso de anticipo , más 29 Ejecución de obra y buena calidad de materiales , más 31 Garantías aduaneras , más 33 Otras garantías , más 34 Crédito interno , más 35 Crédito a las exportaciones , más 38 Todo riesgo petrolero , más 39 Otros riesgos técnicos , más 40 Multiriesgo , 41 Riesgos catastróficos , más 42 Lucro cesante a consecuencia de riesgos catastróficos , más 44 Soat , de la estructura B32 correspondiente a la misma fecha de corte, menos el saldo correspondiente del mes inmediato anterior.

- La sumatoria del campo valor cuando el campo código de tipo de prima tenga los valores “PC” , “CH”, del grupo de ramos “SV” ; será igual al saldo de la cuenta 45 “Liquidaciones y rescates” de la sumatoria de los ramos: 1 vida individual más 2 vida grupo , de la estructura B32 correspondiente a la misma fecha de corte, menos el saldo correspondiente del mes inmediato anterior.

- La sumatoria del campo valor cuando el campo código de tipo de prima tenga los

valores “PC” , “CH”, del grupo de ramos “SG” ; será igual al saldo de la cuenta 45 “Liquidaciones y rescates” de la sumatoria de los ramos: 3 Asistencia médica , más 4 Accidentes personales , más 5 Incendio y líneas aliadas , más 6 Lucro cesante a consecuencia de incendio y líneas aliadas , más 7 Vehículos , más 8 Transporte , más 9 Marítimo , más 10 Aviación , más 11 Robo , más 12 Dinero y valores , más 13 Agropecuario , 14 Todo riesgo para contratistas , más 15 Montaje de maquinaria , más 16 Rotura de maquinaria , más 17 Pérdida de beneficio por rotura de maquinaria , más 18 Equipo y maquinaria de contratistas , más 19 Obras civiles terminadas , más 20 Equipo electrónico , más 21 Responsabilidad civil , más 22 Fidelidad , más 23 Seriedad de oferta , más 24 Bancos e instituciones financieras (BBB) , más 26 Riesgos especiales , más 27 Cumplimiento de contrato , más 28 Buen uso de anticipo , más 29 Ejecución de obra y buena calidad de materiales , más 31 Garantías aduaneras , más 33 Otras garantías , más 34 Crédito interno , más

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35 Crédito a las exportaciones , más 38 Todo riesgo petrolero , más 39 Otros riesgos técnicos , más 40 Multiriesgo , 41 Riesgos catastróficos , más 42 Lucro cesante a consecuencia de riesgos catastróficos , más 44 Soat , de la estructura B32 correspondiente a la misma fecha de corte, menos el saldo correspondiente del mes inmediato anterior.

- El campo valor correspondiente al código de tipo de prima “PA”, deberá ser igual al saldo de la cuenta 4501 “Liquidaciones y rescates / por anulaciones” (saldo vida más saldo general ) de la estructura B31 correspondiente a la misma fecha de corte, menos el saldo correspondiente del mes inmediato anterior. Este cálculo se realiza también para el saldo vida y saldo general de la estructura B31.

- El campo valor correspondiente al código de tipo de prima “PC”, más el valor

correspondiente al código de tipo de prima “CH”, deberá ser igual al saldo de la cuenta 4502 “Liquidaciones y rescates / por cancelaciones” (saldo vida más saldo general ) de la estructura B31 correspondiente a la misma fecha de corte, menos el saldo correspondiente del mes inmediato anterior. Este cálculo se realiza también para el saldo vida y saldo general de la estructura B31.

- El campo valor correspondiente al código de tipo de prima “DP”, menos el campo

valor correspondiente al código de tipo de prima “DA”, deberá ser igual al saldo de la cuenta 259006 “Otros pasivos por pagar / primas anticipadas” (saldo vida más saldo general ) de la estructura B31 correspondiente a la misma fecha de corte.

- El campo grupo de ramos es “SG” más “SV” y el campo código de tipo de prima es “TO”, entonces el campo valor multiplicado por el 3.5% será igual al saldo de la cuenta 25010701 “Por primas de seguros”, para la contribución a la Superintendencia de Bancos y Seguros, del campo saldo vida más saldo generales de la estructura B31 correspondiente al mismo mes.

- El campo grupo de ramos es “SG” y “SV” y el campo código de tipo de prima es “TO”, entonces el campo valor multiplicado por el 3.5% deberá ser igual al saldo de la cuenta 51 “Prima Pagada”, menos el saldo de la cuenta 45 “Liquidaciones y Rescates”, de todos los ramos ; disminuido el valor registrado en el ramo Soat tanto para al saldo de la cuenta 51 “Prima Pagada” como para el saldo de la cuenta 45 “Liquidaciones y Rescates”; de la estructura B32 correspondiente al mismo mes.

- El campo grupo de ramo es “SV” y el campo código de tipo de prima es “TO”, entonces el campo valor deberá ser igual al saldo de la cuenta 51 “Prima Pagada”, menos el saldo de la cuenta 45 “Liquidaciones y Rescates”, del ramo de 1 Vida Individual más 2 Vida Grupo ; de la estructura B32 correspondiente al mismo mes.

- El campo grupo de ramo es “SG” y el campo código de tipo de prima es “TO”, entonces el campo valor deberá ser igual al saldo de la cuenta 51 “Prima Pagada”, menos el saldo de la cuenta 45 “Liquidaciones y Rescates”, de todos los ramos de seguros generales; disminuido el valor registrado en el ramo Soat tanto para al saldo de la cuenta 51 “Prima Pagada” como para el saldo de la cuenta 45 “Liquidaciones y Rescates”; de la estructura B32 correspondiente al mismo mes.

- El campo grupo de ramos es “SG” y “SV” y el campo código de tipo de prima es “TO”, entonces el campo valor multiplicado por el 0.5% será igual al saldo de la cuenta 250110 “Retención contribución del Seguro Social Campesino”, del campo saldo vida más saldo generales de la estructura B31 correspondiente al mismo mes.

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- El campo grupo de ramos es “SG” y “SV” y el campo código de tipo de prima es “TO”, entonces el campo valor multiplicado por el 0.5% deberá ser igual al saldo de la cuenta 51 “Prima Pagada”, menos el saldo de la cuenta 45 “Liquidaciones y Rescates”, de todos los ramos ; considerando el valor registrado en el ramo Soat tanto para al saldo de la cuenta 51 “Prima Pagada” como para el saldo de la cuenta 45 “Liquidaciones y Rescates”; de la estructura B32 correspondiente al mismo mes.

- La empresa de seguros realizará el cálculo de la prima neta recibida que resulta de la deducción de los saldos de la cuenta 51 “Prima Pagada”, menos los saldos de la cuenta 45 “Liquidaciones y rescates”.

Para el cálculo de la Contribución de la Superintende ncia de Bancos y Seguros (3,5%) existe la siguiente normativa: Artículo 67 de la Ley General de Seguros dispone que : “Los fondos para atender los gastos de la Superintendencia de Bancos y Seguros se obtendrán de la contribución del tres y medio por ciento (3,5%) sobre el valor de las primas netas de seguros directos, las que podrán aumentarse hasta el cinco por ciento (5%), por resolución de la Junta Bancaria y a petición del Superintendente de Bancos y Seguros, conforme a las atribuciones constantes en la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero para la aprobación del presupuesto del organismo de control. Las empresas de seguros actuarán como agentes de retención de esta contribución los fondos para atender los gastos de la Superintendencia de Bancos y Seguros se obtendrán de la contribución sobre el valor de las primas netas de seguros directos, y las empresas de seguros actuarán como agentes de retención de las mismas.” El cálculo de la contribución de la Superintendencia de Bancos y Seguros (3,5%), debe cuadrar con las cuentas contables de la estructura B32 “Margen de contribución y Costos de Siniestros” en la sumatoria de todos los ramos, disminuido el valor correspondiente cuando el código de seguro sea “44” del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito. Para el cálculo de la Contribución del Seguro Social C ampesino (0,5%) existe la siguiente normativa: Artículo 373 de la Constitución de la República del Ecuador, señala que: “El seguro social campesino, que forma parte del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, será un régimen especial del seguro universal obligatorio para proteger a la población rural y a las personas dedicadas a la pesca artesanal; se financiará con el aporte solidario de las personas aseguradas y empleadoras del sistema nacional de seguridad social, con la aportación diferenciada de las jefas o jefes de las familias protegidas y con las asignaciones fiscales que garanticen su fortalecimiento y desarrollo. El seguro ofrecerá prestaciones de salud y protección contra las contingencias de invalidez, discapacidad, vejez y muerte. Los seguros públicos y privados, sin excepción, contribuirán al financiamiento del seguro social campesino a través del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.” Artículo 216 de la Ley Orgánica de Transporte Terre stre, Transito y Seguridad Vial, señala que: “ El SOAT es de carácter obligatorio, irrevocable, a favor de terceros, de cobertura primaria y universal; no excluye y será compatible con cualquier otro seguro, sea obligatorio o voluntario, que cubra a personas con relación a accidentes de tránsito, salud o medicina prepagada los cuales se aplicarán en exceso a las coberturas del SOAT. El seguro obligatorio de accidentes de tránsito a personas, estará gravado con tarifa cero del impuesto al valor agregado, y exento de los demás tributos que gravan, en general, a los seguros.” Artículo 307 de la Ley de Seguridad Social, señala qu e: “Las compañías de seguros que actúan como agentes de retención de la contribución al funcionamiento de la Superintendencia de Bancos y Seguros, también actuarán como agentes de retención de la contribución del cero punto cinco por ciento (0.5%) sobre el valor de las primas netas de seguros directos que pagarán obligatoriamente los asegurados, para el financiamiento del Seguro Social Campesino. …”

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Artículo 1 de la Resolución No. SBS-2007-0144 dispon e que: “ … las compañías de seguros que actúan como agentes de retención de la contribución para el funcionamiento de la Superintendencia de Bancos y Seguros, efectúen, al mismo tiempo, la retención de la contribución del cero punto cinco por ciento (0.5%) sobre el valor de las primas netas de seguros directos que pagarán obligatoriamente los asegurados, para el financiamiento del Seguro Social Campesino, según lo dispuesto en el artículo 307 de la Ley de Seguridad Social. El cálculo de la contribución al Seguro Social Campesino (0,5%), debe cuadrar con las cuentas contables de la estructura B32 “Margen de contribución y Costos de Siniestros” en la sumatoria de todos los ramos, incluido el valor correspondiente cuando el código de seguro sea “44” del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito. El cuadre contable de las cuentas de ingresos y egr esos será de la siguiente manera: Para el mes de enero se realizará el cuadre con los saldos contables respectivos del mismo mes. Por ejemplo:

- Saldo cuenta 5101 del balance del mes de enero = 5000 - Saldo del movimiento mensual (enero) de la cuenta 5101 en la estructura S16 = 5000

Para los meses de febrero a diciembre se realizará el cuadre de la siguiente manera: El saldo de la cuenta contable del balance del mes actual menos el saldo de la cuenta contable del balance del mes inmediato anterior, debe ser igual al saldo del movimiento mensual de la cuenta respectiva en la estructura S16. Por ejemplo:

- Saldo cuenta 5101 del balance del mes de marzo = 10000 - Saldo cuenta 5101 del balance del mes inmediato anterior (febrero) = 8000 - Saldo del movimiento mensual (marzo) de la cuenta 5101 en la estructura S16 = 2000

Nota: Se presentará como alertas las diferencias de los valores de los campos de la

estructura frente a los saldos de las cuentas del b alance, hasta que la Superintendencia de Bancos y Seguros disponga lo co ntrario.

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4.2. Contribución SBS- asesores productores de seguros, intermediarios de reaseguros nacionales y peritos de seguros (S17)

• Nombre del archivo

El nombre del archivo de esta estructura debe cumplir estrictamente con el siguiente formato:

S17Mxxxxddmmaaaa.txt Donde: S17: Código de estructura, es fijo M: Código de periodicidad mensual, es fijo xxxx: Código asignado a la empresa de seguros dd: día de reporte mm: mes de reporte aaaa: año de reporte .txt: extensión del archivo tipo texto

• Cabecera

Los campos de la cabecera deben guardar relación con el nombre del archivo. • Formato El archivo de esta estructura debe cumplir estrictamente con el formato diseñado • Validación del balance

Previo a la validación de esta estructura, se verificará que el balance (B31) a la misma fecha de corte haya sido validado satisfactoriamente.

• Validación del mes anterior Se verificará que la información de esta estructura del mes inmediato anterior haya sido enviada y validada satisfactoriamente. Si la entidad no tiene información en un determinado mes, deberá reportar solamente el registro de cabecera.

• Registros duplicados El archivo no debe contener registros duplicados. Se considera un registro duplicado cuando se repiten el siguiente campo:

- tipo de contribuyente - código de contribuyente - grupo de ramos

• Cuadre contra balance

- La Superintendencia de Bancos y Seguros verificará el porcentaje de retención (2/1000 para persona natural y 5/1000 para persona jurídica) según corresponda al asesor productor de seguros, intermediario de reaseguros nacional o perito de seguros.

- El reporte de comisiones u honorarios pagados será solamente el movimiento del mes.

- El valor total de las comisiones pagadas al asesor productor de seguros de tipo

personal natural, multiplicado por 2/1000, estará registrado en la cuenta contable

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25010702 “Retenciones y Contribuciones Superintendencia de Bancos y Seguros, por comisiones asesores productores de seguros, persona natural”, del mismo mes.

- El valor total de las comisiones pagadas al asesor productor de seguros de tipo

personal jurídica, multiplicado por 5/1000, estará registrado en la cuenta contable 25010703 “Retenciones y Contribuciones Superintendencia de Bancos y Seguros, por comisiones asesores productores de seguros, persona jurídica”, del mismo mes.

- El valor total de las comisiones pagadas al intermediario de reaseguros nacional,

multiplicado por 5/1000, estará registrado en la cuenta contable 25010704 “Retenciones y Contribuciones Superintendencia de Bancos y Seguros, por comisiones intermediarios de reaseguros nacionales”, del mismo mes.

- El valor total de los honorarios pagados al ajustador de siniestros de tipo persona

natural, multiplicado por 2/1000, estará registrado en la cuenta contable 25010705 “Retenciones y Contribuciones Superintendencia de Bancos y Seguros, por honorarios ajustadores de siniestros, persona natural”, del mismo mes.

- El valor total de los honorarios pagados al ajustador de siniestros de tipo persona

jurídica, multiplicado por 5/1000, estará registrado en la cuenta contable 25010706 “Retenciones y Contribuciones Superintendencia de Bancos y Seguros, por honorarios ajustadores de siniestros, persona jurídica”, del mismo mes.

- El valor total de los honorarios pagados al inspector de riesgos de tipo persona natural,

multiplicado por 2/1000, estará registrado en la cuenta contable 25010707 “Retenciones y Contribuciones Superintendencia de Bancos y Seguros, por honorarios inspectores de riesgos, persona natural”, del mismo mes.

- El valor total de los honorarios pagados al inspector de riesgos de tipo persona jurídica,

multiplicado por 5/1000, estará registrado en la cuenta contable 25010708 “Retenciones y Contribuciones Superintendencia de Bancos y Seguros, por honorarios inspectores de riesgos, persona jurídica”, del mismo mes.

- El valor de la contribución SBS retenido a los asesores productores de seguros, intermediarios de reaseguros nacionales y peritos de seguros será pagado máximo hasta (determina la fecha máximo de pago de acuerdo a la resolución).

Para el cálculo de la Contribución de los Asesores Pr oductores de Seguros, Intermediarios de Reaseguros Nacionales y Peritos de Seguros (2/1000 y 5/1000) existe la siguiente normativa: Artículo 1 de la Resolución No. JB-2001-297 fija la : “…la contribución a los asesores productores de seguros, intermediarios de reaseguros y peritos de seguros, para atender los gastos de la Superintendencia de Bancos, de acuerdo a los siguientes porcentajes: a) Para los asesores productores de seguros, personas naturales, sin relación de dependencia, el porcentaje de la contribución será del dos por mil (2/1000) de las comisiones netas ganadas. b) Para los asesores productores de seguros, personas jurídicas, el porcentaje de contribución será del cinco por mil (5/1000) de las comisiones netas ganadas. c) Para los intermediarios de reaseguros, el porcentaje de contribución será del cinco por mil (5/1000) del total de los ingresos netos percibidos en concepto de comisiones. d) Para los peritos de seguros, personas naturales, el porcentaje de contribución será de dos por mil (2/1000) del total de los honorarios percibidos por el ejercicio de su actividad.

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e) Para los peritos de seguros, personas jurídicas, el porcentaje de contribución será del cinco por mil (5/1000) del total de los honorarios percibidos por el ejercicio de su actividad. Nota: Se presentará como alertas las diferencias de los valores de los campos de la

estructura frente a los saldos de las cuentas del b alance, hasta que la Superintendencia de Bancos y Seguros disponga lo co ntrario.

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4.3 Contribución SBS sobre activos de las empresas de seguros y compañías de reaseguros (S18)

• Nombre del archivo El nombre del archivo de esta estructura debe cumplir estrictamente con el siguiente formato:

S18Sxxxxddmmaaaa.txt Donde: S18: Código de estructura, es fijo S: Código de periodicidad semestral, es fijo xxxx: Código asignado a la empresa de seguros dd: día de reporte mm: mes de reporte aaaa: año de reporte .txt: extensión del archivo tipo texto

• Cabecera

Los campos de la cabecera deben guardar relación con el nombre del archivo. • Formato El archivo de esta estructura debe cumplir estrictamente con el formato diseñado • Validación del balance

Previo a la validación de esta estructura, se verificará que el balance (B31) a la misma fecha de corte haya sido validado satisfactoriamente.

• Validación del mes anterior Se verificará que la información de esta estructura del mes inmediato anterior haya sido enviada y validada satisfactoriamente. Si la entidad no tiene información en un determinado mes, deberá reportar solamente el registro de cabecera.

• Registros duplicados El archivo no debe contener registros duplicados. Se considera un registro duplicado cuando se repiten el siguiente campo:

- código de mes

• Total activos Debe ser igual a la sumatoria de los campos saldo vida y saldo generales de la cuenta 1 “Activos” del balance (estructura B31) del mes correspondiente.

• Contribución SBS Debe ser igual a la sumatoria del campo total activos de cada uno de los meses (código de mes ) dividido entre 6 y multiplicado por el factor designado mediante resolución de Junta Bancaria , (actualmente para el período de julio a diciembre de 2010, el factor es 0.56/1000).

• Fecha de pago contribución SBS Debe ser mayor a la fecha de datos.

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• Cuadre contra balance

- El valor del campo total activos de cada uno de los meses (código de mes ) debe ser igual al saldo de la cuenta 1 “Activos” (saldo vida más saldo general ) de la estructura B31 del mes respectivo.

- En la cuenta contable 25010709 “Retenciones y Contribuciones Superintendencia de

Bancos y Seguros / Por activos” del balance de julio se registrará el valor total por pagar por activos. El valor se pagará hasta el 15 de agosto del mismo año.

- Para el segundo semestre, se suma el valor total de la cuenta contable 1 ACTIVO

desde julio a diciembre, y se divide para 6. El valor promedio se multiplica por el factor señalado en la resolución de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de Junta Bancaria.

- En la cuenta contable 25010709 “Retenciones y Contribuciones Superintendencia de

Bancos y Seguros / Por activos” del balance de enero se registrará el valor total por pagar por activos. El valor se pagará hasta el 15 de febrero del mismo año.

Para el cálculo de la Contribución sobre Activos exi ste la siguiente normativa:

Artículo 1 de la Resolución No. JB-2002-425 estable ce: “… una contribución a las empresas de seguros y compañías de reaseguros para atender los gastos de la Superintendencia de Bancos y Seguros, misma que será fijada anualmente en oportunidad de la aprobación del presupuesto de la institución, en función de los activos reales de tales entidades, atenta su naturaleza jurídica”

Nota: Se presentará como alertas las diferencias de los valores de los campos de la

estructura frente a los saldos de las cuentas del b alance, hasta que la Superintendencia de Bancos y Seguros disponga lo co ntrario.

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4.4 Comprobantes de pago de contribuciones (S19)

• Nombre del archivo El nombre del archivo de esta estructura debe cumplir estrictamente con el siguiente formato:

S19Mxxxxddmmaaaa.txt Donde: S19: Código de estructura, es fijo M: Código de periodicidad mensual, es fijo xxxx: Código asignado a la empresa de seguros dd: día de reporte mm: mes de reporte aaaa: año de reporte .txt: extensión del archivo tipo texto

• Cabecera

Los campos de la cabecera deben guardar relación con el nombre del archivo. • Formato El archivo de esta estructura debe cumplir estrictamente con el formato diseñado • Validación de las estructuras S16 y S17

Previo a la validación de esta estructura, se verificará que las estructuras S16 y S17 hayan sido validadas satisfactoriamente correspondientes a la misma fecha de datos .

• Validación del mes anterior Se verificará que la información de esta estructura del mes inmediato anterior haya sido enviada y validada satisfactoriamente.

• Registros duplicados El archivo no debe contener registros duplicados. Se considera un registro duplicado cuando se repiten el siguiente campo:

- tipo de contribución - tipo de registro

• Comprobante de pago de la contribución Debe registrarse un comprobante de pago por cada tipo de contribución. No puede repetirse este dato en la estructura.

• Valor de la contribución � Si el tipo de registro es “C”:

- Si el campo tipo de contribución es igual a 1, entonces el valor de la contribución de la estructura S19, debe ser igual a:

(Estructura S16): valor de “TO” (cuando grupo de ramos es “SV” ) * 3.5%.

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- Si el campo tipo de contribución es igual a 2, entonces el valor de la contribución de la estructura S19, debe ser igual a:

(Estructura S16): valor de “TO” (cuando grupo de ramos es “SG” ) * 3.5%.

- Si el campo tipo de contribución es igual a 3, entonces el valor de la contribución de la estructura S19, debe ser igual a:

(Estructura S16): valor de “TO” (cuando grupo de ramos es “SV” ) * 0.5%.

- Si el campo tipo de contribución es igual a 4, entonces el valor de la contribución de la estructura S19, debe ser igual a:

(Estructura S16): valor de “TO” (cuando grupo de ramos es “SG” ) * 0.5%. - Si el campo tipo de contribución es igual a 5, entonces el valor de la contribución de la estructura S19, debe ser igual a:

(Estructura S17): sumatoria del campo contribución SBS cuando tipo de contribuyente es “N” y grupo de ramos es “SV”.

- Si el campo tipo de contribución es igual a 6, entonces el valor de la contribución de la estructura S19, debe ser igual a:

(Estructura S17): sumatoria del campo contribución SBS cuando tipo de contribuyente es “N” y grupo de ramos es “SG”.

- Si el campo tipo de contribución es igual a 7, entonces el valor de la contribución de la estructura S19, debe ser igual a:

(Estructura S17): sumatoria del campo contribución SBS cuando tipo de contribuyente es “J” y grupo de ramos es “SV”.

- Si el campo tipo de contribución es igual a 8, entonces el valor de la contribución de la estructura S19, debe ser igual a:

(Estructura S17): sumatoria del campo contribución SBS cuando tipo de contribuyente es “J” y grupo de ramos es “SG”.

� Si el tipo de registro es “D”:

El campo valor de la contribución será negativo.

• Fecha de pago de contribución . Debe ser mayor a la fecha de datos

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• Comprobante de pago de contribución .

Si el campo tipo de registro tiene el código “C” , entonces este campo necesariamente deberá tener un valor. Si el campo tipo de registro tiene el código “D” , entonces este campo será NULO. Para la verificación del pago de la contribución, s e aplicará de acuerdo a la dinámica del Plan de Cuentas para Empresas de Seguros y Comp añías de Reaseguros, que señala lo siguiente:

� Contribución SBS 3,5%: quince días posteriores a la fecha de corte; que corresponde a

los tipos de contribución 1 y 2 de la tabla No. 157. “Tipo de Contribución”.

� Contribución SSC 0,5%: cinco días posteriores a la fecha de corte; que corresponde a los tipos de contribución 3 y 4 de la tabla No. 157. “Tipo de Contribución”.

� Contribución SBS (2x1000 y 5 x 1000): quince días posteriores a la fecha de corte; que corresponde a los tipos de contribución 5, 6, 7 y 8 de la tabla No. 157. “Tipo de Contribución”.

• Cuadre contra balance - Se considerarán los controles de validación señalados en las estructuras S16 y

S17.

- Si el campo tipo de contribución es igual al “1” el valor deberá ser el saldo de la cuenta contable 25010701 “Retenciones y Contribuciones SBS / Por primas de seguros”, del grupo de seguros de vida.

- Si el campo tipo de contribución es igual al “2” deberá ser el saldo de

la cuenta contable 25010701 “Retenciones y Contribuciones SBS / Por primas de seguros”, del grupo de seguros generales.

- Si el campo tipo de contribución es igual al “3”, deberá ser el saldo

de la cuenta contable 250110 “Retención por Contribución Seguro Social Campesino”, del grupo de seguros de vida.

- Si el campo tipo de contribución es igual al “4”, deberá ser el saldo

de la cuenta contable 250110 “Retención por Contribución Seguro Social Campesino”, del grupo de seguros generales.

- Si el campo tipo de contribución es igual al “5”, deberá ser la

sumatoria de los saldos de las cuentas contables: 25010702 “Retenciones y Contribuciones Superintendencia de Bancos y Seguros, por comisiones asesores productores de seguros, persona natural”, más 25010705 “Retenciones y Contribuciones Superintendencia de Bancos y Seguros, por honorarios ajustador de siniestros”, más 25010707 “Retenciones y Contribuciones Superintendencia de Bancos y Seguros, por inspector de riesgos”; del grupo de seguros de vida.

- Si el campo tipo de contribución es igual al “6”, deberá ser la

sumatoria de los saldos de las cuentas contables: 25010702 “Retenciones y Contribuciones Superintendencia de Bancos y Seguros, por comisiones asesores productores de seguros, persona natural”, más 25010705 “Retenciones y Contribuciones Superintendencia de Bancos y Seguros, por honorarios ajustador de siniestros”, más 25010707 “Retenciones y Contribuciones Superintendencia de Bancos y Seguros, por inspector de riesgos”; del grupo de seguros generales.

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- Si el campo tipo de contribución es igual al “7”, deberá ser la

sumatoria de los saldos de las cuentas contables: 25010703 “Retenciones y Contribuciones Superintendencia de Bancos y Seguros, por comisiones asesores productores de seguros, persona jurídica”, más 25010704 “Retenciones y Contribuciones Superintendencia de Bancos y Seguros, por comisiones intermediarios de reaseguros nacionales”, más 25010706 “Retenciones y Contribuciones Superintendencia de Bancos y Seguros, por honorarios ajustador de siniestros, persona jurídica”, más 25010708 “Retenciones y Contribuciones Superintendencia de Bancos y Seguros, por inspector de riesgos, persona jurídica”; del grupo de seguros de vida.

- Si el campo tipo de contribución es igual al “8”, deberá ser la

sumatoria de los saldos de las cuentas contables: 25010703 “Retenciones y Contribuciones Superintendencia de Bancos y Seguros, por comisiones asesores productores de seguros, persona jurídica”, más 25010704 “Retenciones y Contribuciones Superintendencia de Bancos y Seguros, por comisiones intermediarios de reaseguros nacionales”, más 25010706 “Retenciones y Contribuciones Superintendencia de Bancos y Seguros, por honorarios ajustador de siniestros, persona jurídica”, más 25010708 “Retenciones y Contribuciones Superintendencia de Bancos y Seguros, por inspector de riesgos, persona jurídica”, del grupo de seguros generales.

Nota: Se presentará como alertas las diferencias de los valores de los campos de la estructura frente a los saldos de las cuentas del balance, hasta que la Superintendencia de Bancos y Seguros disponga lo co ntrario.

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5. PERIODICIDAD Y PLAZOS DE ENVIO Las empresas de seguros y compañías de reaseguros deberán remitir y validar satisfactoriamente las estructuras correspondientes y con la periodicidad mensual dentro de los 15 días calendario contados a partir de la fecha de corte, de acuerdo al siguiente cuadro:

CODIGO PERIODICIDAD PLAZO DE ENVIO (días calendario)

Empresas de

seguros

Compañías

de reaseguros

S16 mensual 15 si no

S17 mensual 15 si no

S18 semestral 45 si si

S19 mensual 15 si no