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Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE-1-1958 Número 151 S u m a r i o Jueves 2 de julio de 2015 DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA: Cuenta general ejercicio 2014 3 Área de Hacienda: Notificaciones incendios 2014 3 Notificaciones incendios 2015 3 Notificaciones CC SS Miraflores 2015 4 ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA: Juzgados de lo Social: Sevilla—Número 1: autos 74/15; número 6: autos 302/11 y 106/12; número 7: autos 988/13, 231/14, 81/15, 91/15 y 802/12; número 8: autos 326/15; número 9: autos 165/12; número 10: autos 236/09 4 Cádiz—Número 2: autos 214/14 10 Madrid—Número 29: autos 527/14 11 Tarragona—Número 1: autos 1009/13 11 Juzgados de Instrucción: Jerez de la Frontera (Cádiz)—Número 3: autos 779/14 11 Juzgados de Primera Instancia: Dos Hermanas—Número 4: autos 251/15 12 Osuna—Número 1: autos 497/14 12 AYUNTAMIENTOS: Sevilla: Gerencia de Urbanismo: Notificaciones 13 Almensilla: Anuncio de licitación 14 Cazalla de la Sierra: Reglamento municipal 15 Dos Hermanas: Nombramiento de personal eventual 23 Guillena: Estudio de detalle 23 Los Palacios y Villafranca: Notificación de expediente de baja de oficio en el Padrón municipal de habitantes 24 La Puebla del Río: Expediente de baja de oficio en el Padrón municipal de habitantes 24 La Roda de Andalucía: Ordenanza fiscal 24 Villamanrique de la Condesa: Registro de bienes e intereses de los miembros de la Corporación año 2013 24 Villaverde del Río: Nombramiento de Tenientes de Alcalde 31 Delegación de competencias 32 Chipiona (Cádiz): Notificación acto administrativo 32

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Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE-1-1958

Número 151

S u m a r i o

Jueves 2 de julio de 2015

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA: Cuenta general ejercicio 2014 3— Área de Hacienda: Notificaciones incendios 2014 3 Notificaciones incendios 2015 3 Notificaciones CC SS Miraflores 2015 4

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA:— Juzgados de lo Social: Sevilla —Número 1: autos 74/15; número 6: autos 302/11 y

106/12; número 7: autos 988/13, 231/14, 81/15, 91/15 y 802/12; número 8: autos 326/15; número 9: autos 165/12; número 10: autos 236/09 4

Cádiz —Número 2: autos 214/14 10 Madrid —Número 29: autos 527/14 11 Tarragona —Número 1: autos 1009/13 11— Juzgados de Instrucción: Jerez de la Frontera (Cádiz) —Número 3: autos 779/14 11— Juzgados de Primera Instancia: Dos Hermanas —Número 4: autos 251/15 12 Osuna —Número 1: autos 497/14 12

AYUNTAMIENTOS:— Sevilla: Gerencia de Urbanismo: Notificaciones 13— Almensilla: Anuncio de licitación 14— Cazalla de la Sierra: Reglamento municipal 15— Dos Hermanas: Nombramiento de personal eventual 23— Guillena: Estudio de detalle 23— Los Palacios y Villafranca: Notificación de expediente de baja

de oficio en el Padrón municipal de habitantes 24— La Puebla del Río: Expediente de baja de oficio en el Padrón

municipal de habitantes 24— La Roda de Andalucía: Ordenanza fiscal 24— Villamanrique de la Condesa: Registro de bienes e intereses de

los miembros de la Corporación año 2013 24— Villaverde del Río: Nombramiento de Tenientes de Alcalde 31 Delegación de competencias 32— Chipiona (Cádiz): Notificación acto administrativo 32

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Jueves 2 de julio de 2015 Número 151

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLARendida por la Presidencia de esta Corporación la Cuenta General de la Diputación Provincial de Sevilla, de sus Organismos

Autónomos y Sociedades Provinciales correspondiente al ejercicio 2014, la Comisión Especial de Cuentas, en su sesión de 8 de junio de 2015, ha emitido su dictamen favorable

De acuerdo con el artículo 212,3 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la Cuentas General junto con el informe de la Comisión Especial de Cuentas será expuesta al público por un plazo de quince (15) días, durante los cuales y ocho más, los interesados podrán presentar reclamaciones, reparos y observaciones

Lo que se hace público a efecto de información pública En Sevilla a 29 de junio de 2015 —El Secretario General P D Resolución n º 2 942/11, Fernando Fernández–Figueroa

Guerrero 8W-7434

Área de Haciendada las notificaciones que se relacionan, practicadas conforme al artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General

Tributaria, y de conformidad con el apartado 2 del citado artículo, se requiere al sujeto pasivo/obligado tributario/interesado en el procedimiento que asimismo se relaciona, para comparecer en las oficinas de la Tesorería de la Diputación Provincial, sita en la ave-nida Menéndez y Pelayo, 32, de Sevilla, en el plazo de quince días naturales, contados desde el día siguiente a la publicación de la presente comunicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, al objeto de practicar la notificación en relación con el procedimiento que se indica

Se le advierte que, de no atender esta comunicación personalmente o por medio de representante debidamente autorizado, la notificación se entenderá producida, a todos los efectos legales, desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para com-parecer

Incendios.—Año 2014

Liquid. Contribuyente    NIF Localidad Provincia Importe€C-429/14 Cano Cano, Rosario 28 431 598-X Fuentes de Andalucía Sevilla 39,37

Sevilla a 24 de junio de 2015 —El Secretario General, Fernando Fernández-Figueroa Guerrero 7W-7341

Intentada las notificaciones que se relacionan, practicadas conforme al artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y de conformidad con el apartado 2 del citado artículo, se requiere a los sujetos pasivos/obligados tributarios/intere-sados en el procedimiento que asimismo se relacionan, para comparecer en las oficinas de la Tesorería de la Diputación Provincial, sita en la avenida Menéndez y Pelayo, 32, de Sevilla, en el plazo de quince días naturales, contados desde el día siguiente a la publicación de la presente comunicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, al objeto de practicar las notificaciones en relación con los proce-dimientos que se indican

Se les advierte que, de no atender esta comunicación personalmente o por medio de representante debidamente autorizado, la notificación se entenderá producida, a todos los efectos legales, desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer

Incendios.—Año 2015

Liquid. Contribuyente    NIF Localidad Provincia Importe€C-028/15 Rodríguez Ruda, Manuel 74910938-F Los Corrales Sevilla 59,08C-236/15 Gentian Zela Y-1985868-Q Marchena Sevilla 36,38C-249/15 Jiménez Puro, Rafael 75309618-M Osuna Sevilla 35,46C-264/15 Medina Delgado, José 28025637-E Osuna Sevilla 35,46

Sevilla a 22 de junio de 2015 —El Secretario General, Fernando Fernández-Figueroa Guerrero 7W-7339

IntentaIntentada las notificaciones que se relacionan, practicadas conforme al artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciem-bre, General Tributaria, y de conformidad con el apartado 2 del citado artículo, se requiere a los sujetos pasivos/obligados tributarios/interesados en el procedimiento que asimismo se relacionan, para comparecer en las oficinas de la Tesorería de la Diputación Provin-cial, sita en la avenida Menéndez y Pelayo, 32, de Sevilla, en el plazo de quince días naturales, contados desde el día siguiente a la publicación de la presente comunicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, al objeto de practicar las notificaciones en relación con los procedimientos que se indican

Se les advierte que, de no atender esta comunicación personalmente o por medio de representante debidamente autorizado, la notificación se entenderá producida, a todos los efectos legales, desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer

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4 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 151 Jueves 2 de julio de 2015

Incendios.—Año 2015

Liquid. Contribuyente    NIF Localidad Provincia Importe€C-257/15 Cortés Cárdenas, Raúl 47 008 402-J Osuna Sevilla 35,46C-267/15 Álvarez González, Antonio Ángel 15 457 922-J Osuna Sevilla 35,46

Sevilla a 23 de junio de 2015 —El Secretario General, Fernando Fernández-Figueroa Guerrero 7W-7342

Intentada las notificaciones que se relacionan, practicadas conforme al artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y de conformidad con el apartado 2 del citado artículo, se requiere a los sujetos pasivos/obligados tributarios/intere-sados en el procedimiento que asimismo se relacionan, para comparecer en las oficinas de la Tesorería de la Diputación Provincial, sita en la avenida Menéndez y Pelayo, 32, de Sevilla, en el plazo de quince días naturales, contados desde el día siguiente a la publicación de la presente comunicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, al objeto de practicar las notificaciones en relación con los proce-dimientos que se indican

Se les advierte que, de no atender esta comunicación personalmente o por medio de representante debidamente autorizado, la no-tificación se entenderá producida, a todos los efectos legales, desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

CC.SS.Miraflores.—Año2015

Liquid. Contribuyente    NIF Localidad Provincia Importe€C-167/15 Flores Cepeda, Claudia 77 583 771-X Sevilla Sevilla 274,43C-1/15 Flores Cepeda, Claudia 77 583 771-X Sevilla Sevilla 178,38

Sevilla a 23 de junio de 2015 —El Secretario General, Fernando Fernández-Figueroa Guerrero 7W-7340

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA————

Juzgados de lo Social————

SEVILLA —JUZGADO NÚM 1

El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número uno de esta capital y su provincia Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue la ejecución número 74/2015, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancia de

don José Manuel Conejero López contra Fábrica de Muebles a Medida, S L , en la que con fecha 20 de mayo de 2015, se ha dictado Decreto, cuyo encabezado y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Decreto número 489/15Secretario Judicial don Reynaldo Carlos Carmona Argüelles En Sevilla a 20 de mayo de 2015

Parte DisPositiva

Acuerdo:Declarar a la ejecutada Fábrica de Muebles a Medida, S L , en situación de insolvencia por importe de 9 143,12 €, insolvencia

que se entenderá a todos los efectos como provisional Hágase entrega de testimonio bastante a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial Archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fogasa Contra esta resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse por escrito en el plazo de tres (3) días hábiles

contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en la cuenta de consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad Banco Santander, Sucursal de calle José Recuerda Rubio número 4, de Sevilla, Cuenta número 4020-0000-64-0074-15, utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código «31» y «Social-Revisión», de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 451, 452 y concordantes LEC y la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banco de Santander con IBAN: ES5500493569920005001274 (en formato electrónico) o IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 (en formato papel), indicando el «beneficiario», Juzgado de lo Social número 1 de Sevilla, y en «concepto» se consignarán, en un solo bloque y éste separado por es-pacios de todo lo demás que se ponga en el campo, los 16 dígitos –antes expresados– de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «31» y «Social-Revisión».

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

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Jueves 2 de julio de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 151 5

el secretario JuDicial»Y para que sirva de notificación en forma a Fábrica de Muebles a Medida, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desco-

nocen, libro el presente edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa

En Sevilla a 20 de mayo de 2015 —El Secretario Judicial (Firma ilegible )8W-6295

SEVILLA —JUZGADO NÚM 6

Procedimiento: Despidos/ceses en general 302/2011 Negociado: K N I G : 4109144S20110003671 De: Doña Mercedes Sevillano Pinta Contra: Previsegur Servicio de Prevención, S L y Servicio de Prevención Alteris, S L Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número seis de esta capital y su provincia Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 302/2011, a instancia de la parte actora doña Mercedes

Sevillano Pinta contra Previsegur Servicio de Prevención, S L y Servicio de Prevención Alteris, S L , sobre despidos/ceses en general se ha dictado resolución de fecha 15 de octubre de 2014 cuya parte dispositiva queda redactada del tenor literal siguiente:

PartedispositivaAcuerdo:Tener como parte en esta ejecución al Fondo de Garantía Salarial Notifíquese la presente resolución Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días

hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida

La Secretaria Judicial Y para que sirva de notificación al demandado Previsegur Servicio de Prevención, S.L. y Servicio de Prevención Alteris, S.L.,

actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia Sevilla, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos

En Sevilla a 15 de octubre de 2014 —La Secretaria Judicial, María de los Ángeles Peche Rubio 6W-12134

SEVILLA —JUZGADO NÚM 6

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 106/2012 Negociado: K N I G : 4109144S20110008424 De: Don Juan Antonio Ruiz Boza Contra: Horus Magnum Hoteles Club, S L Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número seis de esta capital y su provincia Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 106/2012, a instancia de la parte actora don Juan Anto-

nio Ruiz Boza, contra Horus Magnum Hoteles Club, S L , sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución de fecha 2 de octubre de 2014 cuya parte dispositiva queda redactada del tenor literal siguiente:

PartedispositivaDeclaro parte en esta ejecución a Juan Antonio Ruiz Boza por la cuantía no satisfecha por el Fogasa Notifíquese la presente resolución a las partes Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días

hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida

La Secretaria Judicial Y para que sirva de notificación al demandado Horus Magnum Hoteles Club, S.L., actualmente en paradero desconocido,

expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la advertencia de que las siguientes noti-ficaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 2 de octubre de 2014 — La Secretaria Judicial, María de los Ángeles Peche Rubio 6W-11594

SEVILLA —JUZGADO NÚM 7

Doña Concepción Llorens Gómez de las Cortinas, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 7 de los de esta capital y su provincia

Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm 988/2013, sobre Seguridad Social en materia prestacional, a instancia de Antonio Cabello Sánchez contra SAS, Mutua Universal, TGSS, INSS y Sociedad Deportiva de Caza Nazarena, en la que con fecha 12/11/14 se ha dictado Auto cuya parte dispositiva es del tenor litaral siguiente:

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6 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 151 Jueves 2 de julio de 2015

«Se tiene por desistido del recurso de suplicación anunciado contra la Sentencia recaída en las presentes actuaciones al deman-dante D. Antonio Cabello Sánchez y en consecuencia, se declara firme la misma.

Notifíquese a las partes la presente resolución, a las que se les advierte que contra la misma solo cabe recurso de queja ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla (art 494 LEC)

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo. Sr. D. Carlos Mancho Sánchez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número 7 de Sevilla. Doy fe.»

Y para que sirva de notificación en forma a Sociedad Deportiva de Caza Nazarena, cuyo actual domicilio o paradero se desco-nocen, libro el presente Edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa

En Sevilla a 20 de abril de 2015 —La Secretaria Judicial, Concepción Llorens Gómez de las Cortinas 25W-5333

SEVILLA —JUZGADO NÚM 7

El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número 7 de los de esta capital y su provincia Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm 231/2014, sobre Ejecución de títulos judiciales, a instancia

de Isabel Costales Salgado contra Aster Sistemas de Control SL y Fogasa, en la que con fecha 23/04/2015 se ha dictado Decreto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Acuerdo: Declarar a la ejecutada Aster Sistemas de Control S L en situación de insolvencia con carácter provisional por impor-te de 1 533’96 euros de principal, más 306 euros presupuestados para intereses legales y costas del procedimiento

Archivar las actuaciones previa anotación en los Libros de Registro correspondientes de este Juzgado, y sin perjuicio de conti-nuar la ejecución si en lo sucesivo se conocieren bienes del ejecutado sobre los que trabar embargo

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabrá interponer ante S Sª, recurso directo de revisión, sin efecto suspensivo, en el plazo de los 3 días siguientes al de su notificación, debiendo citarse la infracción en que la resolución hubiera incurrido, no admitiéndose el recurso si no se cumplieran ambos requisitos

Así por este Decreto, lo acuerda manda y firma la Sra. Secretaría del Juzgado de lo Social número 7 de Sevilla D.ª María Con-cepción Llorens Gómez de las Cortinas Doy fe

Y para que sirva de notificación en forma a Aster Sistemas de Control SL, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o senten-cias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa

En Sevilla a 23 de abril de 2015 —El Secretario Judicial (Firma ilegible )25W-5459

SEVILLA —JUZGADO NÚM 7

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 81/2015 N I G : 4109144S20110015173 De: Don Iván Suárez Tomar Contra: Jurado Mediación Comercial, S L Doña María Concepción Llorens Gómez de las Cortinas, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número siete de esta

capital y su provincia Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número Ejecución 81/2015 a instancias de la parte actora don

Iván Suárez Tomar, contra Jurado Mediación Comercial, S L , sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado auto de fecha 23/03/15 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«Dispongo: Dar orden general de ejecución contra Simesur, S C A , a instancias de don Mustapha El Assas, por importe de 14 790,60 euros de principal más otros 2 958,12 euros presupuestados provisionalmente y sin perjuicio de ulterior liquidación para intereses y costas

Se autoriza la consulta de las bases de datos de las aplicaciones informáticas instaladas en este Juzgado de la Administración Tributaria, la Dirección General de Tráfico y demás integradas en el Punto Neutro Judicial, a fin de recabar información sobre los bienes que aparezcan como de la titularidad de la ejecutada sobre los que trabar embargo o localización de la misma

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, en el plazo de tres días, conforme a lo establecido en el artículo 239 4 de la LRJS

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Ilmo. señor don Carlos Mancho Sánchez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número siete de Sevilla. Doy fe.»

Igualmente, y con fecha 17/04/15 se ha dictado Decreto, con la siguiente parte dispositiva:«Acuerdo: Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad del deman-

dada Jurado Mediación Comercial, S L por la suma de 3 303,42 euros en concepto de principal, más la de 661 euros calculados para intereses y gastos, por la que se ha despachado esta ejecución en el anterior auto, y al encontrarse el mismo en paradero desconocido requiérase a la parte ejecutante a fin de que en el plazo de 10 días señale bienes, derechos o acciones propiedad de dichas ejecutadas que puedan ser objeto de embargo

Sin perjuicio de lo anterior, habiéndose practicado la averiguación patrimonial se decreta el embargo de los siguientes bienes:-Se decreta el embargo sobre cualquier cantidad que exista en cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos

de inversión, obligaciones, valores en general, o cualquier otros productos bancarios, que la demandada mantenga o pueda contratar

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Jueves 2 de julio de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 151 7

con la entidades bancarias que aparecen en la base de datos instalada en este Juzgado, y concretamente con Ibercaja Banco y Caixa-bank, S A , efectuándose telemáticamente el embargo a través del punto neutro judicial hasta cubrir el principal e intereses y costas

Igualmente, se decreta el embargo de las cantidades que a la ejecutada le deban ser devueltas por Hacienda como consecuencia de la liquidación del Impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro impuesto, debiendo quedar retenidas hasta cubrir las cantidades adeudadas y transferidas a la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, efectuándose este embargo a través de la aplicación telemática correspondiente

Hágase saber a las partes que, de conformidad con lo establecido en el artículo 155 5 de la LEC, si cambiasen su domicilio, número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico o similares siempre que estos últimos esté siendo utilizados como instrumentos de comunicación con la oficina judicial durante la sustanciación del proceso, lo comunicarán inmediatamente a la misma.

Notifíquese esta resolución al/los ejecutado/s, junto con el auto de orden general de ejecución, con entrega de copia de la demanda ejecutiva y de los documentos acompañados, sin citación ni emplazamiento, para que, en cualquier momento pueda/n perso-narse en la ejecución.»

Y para que sirva de notificación al demandado Jurado Mediación Comercial, S.L., actualmente en paradero desconocido, ex-pido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos

En Sevilla a 17 de abril de 2015 —La Secretaria Judicial, María Concepción Llorens Gómez de las Cortinas 2W-5153

SEVILLA —JUZGADO NÚM 7

El/la Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número 7 de Sevilla Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm 91/2015, sobre Ejecución de títulos judiciales, a instancia

de don Juan José López Burrueco contra Esabe Vigilancia, S A , en la que con fecha 18/05/2015, se ha dictado Decreto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Acuerdo: Declarar a la ejecutada Esabe Vigilancia, S L en situación de insolvencia con carácter provisional por importe de 1 982’03 euros de principal, más 396 euros presupuestados para intereses legales y costas del procedimiento

Archivar las actuaciones previa anotación en los Libros de Registro correspondientes de este Juzgado, y sin perjuicio de conti-nuar la ejecución si en lo sucesivo se conocieren bienes del ejecutado sobre los que trabar embargo

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabrá interponer ante S S ª, recurso di-recto de revisión, sin efecto suspensivo, en el plazo de los 3 días siguientes al de su notificación, debiendo citarse la infracción en que la resolución hubiera incurrido, no admitiéndose el recurso si no se cumplieran ambos requisitos

Así por este Decreto, lo acuerda manda y firma la Sra. Secretaria del Juzgado de lo Social número 7 de Sevilla doña María Concepción Llorens Gómez de las Cortinas Doy fe

Y para que sirva de notificación en forma a Esabe Vigilancia, S.A., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa

En Sevilla a 18 de mayo de 2015 —El/la Secretario/a Judicial (Firma ilegible )253F-6481

SEVILLA —JUZGADO NÚM 7

El/la Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número 7 de Sevilla Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm 802/2012, sobre Social Ordinario, a instancia de Fundación

Laboral de la Construcción contra Pinturas y Revestimientos Marlu, S L , en la que con fecha 15/05/15, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por Fundación Laboral de la Construcción, contra Pinturas y Revestimientos Marlu , S.L., debo condenar y condeno a la citada empresa a pagar a la actora 129’89 euros en concepto de aportación a la financiación de la actora correspondiente a 2007

Esta sentencia es firme.Notifíquese esta resolución a las partes con entrega de su copia, advirtiéndole que contra la misma no cabe interponer Recurso

alguno Así por esta mi Sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.Y para que sirva de notificación en forma a Pinturas y Revestimientos Marlu, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desco-

nocen, libro el presente edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa

En Sevilla a 18 de mayo de 2015 —El/la Secretario/a Judicial (Firma ilegible )253W-6678

SEVILLA —JUZGADO NÚM 8

Doña María del Carmen Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número ocho de Sevilla Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 326/2015 a instancia de la parte actora don Carlos Ji-

ménez Lago, contra Fogasa y José Gómez Vera e Hijos, S A , sobre despidos/ceses en general, se ha dictado resolución de fecha del tenor literal siguiente

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8 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 151 Jueves 2 de julio de 2015

Parte dispositiva, dispongo —Admitir esta demanda presentada en materia de despido, sin perjuicio de requerir a la parte actora por plazo de quince días

para que aporte copia sellada original del acta del CMAC en cuanto a la reclamación de cantidad que se formula acumulada, bajo los apercibimientos legales oportunos, señalando para que tengan lugar los actos de conciliación y/o juicio sucesivamente, el primero ante el Secretario en la Secretaría de este Juzgado, sita en la planta 6ª del Edificio Noga, Avda. de la Buhaira núm. 26, el día 8 de julio de 2015, a las 10:25 horas, y el segundo ante la Magistrada-Juez que tendrá lugar en la Sala de Vistas núm 12 sita en la planta 1º del mismo edificio señalado para el mismo día a las 10:40 horas, advirtiéndose a la parte actora que de no comparecer al primero de los actos señalados se le tendrá por desistido de la demanda, y a la demandada que de no efectuarlo, se celebrará el acto sin su presencia

—Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que deberán concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse, así mismo se advierte a las partes que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el Secretario Judicial en el primer caso y el Juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda, y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía

—Advertir a las partes que todas las resoluciones que se dicten se notificarán en el domicilio que consta en la demanda, salvo que por aquellas se designe al Juzgado otro a dicho efecto

—Poner en conocimiento del demandado en el momento de su citación que el actor ha solicitado prueba de su interrogatorio , y que en caso de admitirse esta por el Magistrado-Juez en el acto del juicio, se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en que hubiera intervenido personalmente y le resultaren en todo o en parte perjudiciales, y que en caso de que el interrogatorio no se refiera a hechos personales, se admitirá su respuesta por un tercero que conozca personalmente los hechos, si la parte así lo solicita y acepta la responsabilidad de la declaración (Art 91,2 y 91,4 LRJS)

—Se advierte a las partes que todas las resoluciones que se dicten se notificarán en el domicilio que consta en la demanda, salvo que por aquellas se designe al Juzgado otro a dicho efecto

—Cítese al Fondo de Garantía Salarial, dándosele traslado de la demanda y documentos adjuntos —Dar cuenta a S.S.ª de los (restantes) medios de prueba propuestos por la parte actora en su escrito de demanda, a fin de que

se pronuncie sobre los mismos —Dar cuenta a S S ª del señalamiento efectuado a los efectos del art 182 LEC —Tener por efectuada la manifestación de la parte actora de comparecer al juicio asistida de Letrado —Notifíquese la presente resolución a las partes Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días

hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida

Diligencia —En Sevilla a 31 de marzo de 2015 Para hacer constar que la anterior demanda ha sido registrada al número 326/15 en el Libro de Registro de Demandas de este

Juzgado Doy fe Parte dispositiva S Sª Iltma dijo: Se accede al interrogatorio del representante legal de la empresa demandada con los apercibimientos del artículo 91 2

de la LRJS Se accede a la prueba documental interesada en el segundo otrosí digo, a excecpción del punto e, al no apreciarse la utilidad,

con los apercibimientos del artículo 94.2 de la LRJS., debiendo notificarse esta resolución a las partes. Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se lle-

vará a efecto lo acordado El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado nº 4027 0000 00, abierta en Banco Santander utilizando para ello el modelo oficial y concretando además el nº y año del procedimiento, indicando en el campo “Concepto” que se trata de un recurso seguido del código “30” y “Social-Reposición”, de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L O 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta Banco Santander 0049 3569 92 0005001274, IBAN ES55 0049 3569 92 0005001274, indicando el beneficiario, Juzgado de lo Social nº 8 de Sevilla, y en “Observaciones” se consignarán los 16 dígitos de la cuenta 4027 0000 00 más el nº y el año del procedimiento, indicando después de estos 16 dígitos separados por un espacio el código “30” y “Social-Reposición”

Así por este auto, lo acuerdo mando y firma la Ilma. señora doña Carmen Durán de Porras, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social número ocho de Sevilla Doy fe

Y para que sirva de notificación a José Gómez Vera e Hijos, S.A., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos

En Sevilla a 25 de junio de 2015 —La Secretaria Judicial, María del Carmen Peche Rubio 258-7443

SEVILLA —JUZGADO NÚM 9

N I G : 4109144S20110001368 Procedimiento: 115/11 Ejecución nº: 165/2012 Negociado: 6E

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Jueves 2 de julio de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 151 9

De: Doña María Bernal García Contra: Aurora Gaviño, S L La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número nueve de esta capital y su provincia Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm 165/2012, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancia de

María Bernal García, contra Aurora Gaviño, S L , en la que con fecha 22 de abril de 2014 se ha dictado decreto que sustancialmente dice lo siguiente:

Decreto nº 261/14En Sevilla a 22 de abril de 2014

Antecedentes de hecho Primero — En la presente ejecución núm 165/12, seguida en este Juzgado en materia de cantidad, se dictó Decreto en fecha 20

de junio de 2012 acordando el embargo de bienes y derechos de la parte ejecutada en cuantía suficiente a cubrir el principal de 6.142,27 euros, más 982,76 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación

Segundo — Se ha practicado, sin pleno resultado, diligencia de embargo, desconociéndose, tras las gestiones y averiguaciones oportunas, la existencia de bienes suficientes de la parte demandada sobre los que trabar embargo, habiéndose dado la preceptiva au-diencia al Fondo de Garantía Salarial el 16 de octubre de 2013

Tercero — Consta en las actuaciones habérsele abonado a la parte ejecutante la cantidad de 97,30 euros, quedando reducido el principal a 6 044,97 euros

FundamentosjurídicosÚnico — Disponen los artículos 250 y 276 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Social que de no tenerse conocimiento de

la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo se practicarán las averiguaciones procedentes y, de ser infructuosas, tras oír al Fondo de Garantía Salarial, se dictará Decreto declarando la insolvencia total o parcial del ejecutado, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional, hasta que se conozcan bienes del ejecutado o se realicen los bienes embargados

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación Partedispositiva

S S ª la Secretaria del Juzgado de lo Social nº 9 de Sevilla doña Gracia Bustos Cruz, acuerda:Declarar al ejecutado Aurora Gaviño, S L , en situación de insolvencia con carácter provisional por importe de 6 044,97 euros

de principal, más 982,76 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento y archivar las actuaciones una vez firme la presente resolución, previa anotación en el Registro Mercantil.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición ante la Secretaria Judicial Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infrac-ción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en Grupo Santander nº 4028.0000.69.0115.11, utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo «Concepto» que se trata de un recurso y «Social-Reposición», de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional Decimo-quinta de la L O 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Grupo Santander IBAN ES55 0049 3569 92 0005001274, indicando el beneficiario, Juzgado de lo Social nº 9 de Sevilla, y en «Observaciones» se consignarán 4028.0000.69.0115.11, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «69» y «Social-Reposición».

Así por este Decreto, lo acuerda, manda y firma S.S.ª la Secretaria del Juzgado de lo Social núm. 9 de Sevilla.La Secretaria Judicial Y para que sirva de notificación en forma a Aurora Gaviño, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el pre-

sente edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa

En Sevilla a 2 de septiembre de 2014 —La Secretaria Judicial, Gracia Bustos Cruz 6W-10279

SEVILLA —JUZGADO NÚM 10

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 236/2009 Negociado: J N I G : 4109144S20070007714 De: Don Francisco Luis Hormigo Guerrero Contra: Don Mariano Romero Navarro-Empresa Doña Rosa María Rodríguez Rodríguez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número diez de esta capital y su provincia Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 236/2009, a instancia de la parte actora don Francisco

Luis Hormigo Guerrero contra Mariano Romero Navarro - Empresa sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución de fecha 21 de abril de 2015 del tenor literal siguiente:

Decreto nº 272/15El Secretaria Judicial doña Rosa María Rodríguez Rodríguez En Sevilla a 21 de abril de 2015

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10 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 151 Jueves 2 de julio de 2015

Antecedentes de hechoPrimero — Francisco Luis Hormigo Guerrero ha presentado demanda de ejecución frente a Mariano Romero Navarro - Em-

presa Segundo — Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha 1 de diciembre de 2009 por un total de 37 632,37 en concepto

de principal 7 527 Tercero — No se han encontrado bienes susceptibles de traba y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial Cuarto — El actor ha recibido a cuenta la cantidad de 2 647,74 euros y se ha adjudicado un bien inmueble por 3 062,07 euros,

quedando pendiente de abonar de principal la cantidad de 31 922,56 euros más los 7 527 presupuestados para intereses y costas Fundamentosdederecho

Único.— Disponen los arts. 250 y 276 de la L.R.J.S. que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes y de ser infructuosas, total o parcialmente, el Secretario Judicial de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,Partedispositiva

Acuerdo:Declarar al ejecutado Mariano Romero Navarro - Empresa en situación de insolvencia por importe de 31 922,56 euros, insol-

vencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Remítase edicto para su publicación en el «Boletín Oficial del Registro Mercantil». Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes.

Notifíquese la presente resolución a las partes Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante

lo cual, se llevará a efecto lo acordado El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el si-guiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresar-lo en la cuenta de este Juzgado abierta en Banco Santander nº 4029-0000-64-023609, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código «30» y «Social-Reposición», de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L O 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banco Santander 0049 3569 92 0005001274, IBAN ES55 0049 3569 92 0005001274 debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social nº …indique nº de Juzgado…. de ….indi-que ciudad…, y en «Observaciones» se consignarán los 16 dígitos de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «30» y «Social-Reposición».

La Secretaria Judicial Y para que sirva de notificación al demandado Mariano Romero Navarro -Empresa- actualmente en paradero desconocido,

expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos

En Sevilla a 21 de abril de 2015 —La Secretaria Judicial, Rosa María Rodríguez Rodríguez 6W-5197

CÁDIZ —JUZGADO NÚM 2

Doña Carmen Yolanda Toro Vílchez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de Cádiz Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 214/2014, a instancia de la parte actora doña María José

Begines Troncoso, doña Eugenia Baena Martín y Jesús Ismael Páez Aguilar contra Forhispalis, S L , sobre ejecución de títulos judicia-les se ha dictado decreto insolvencia de fecha 29 de abril de 2015, del tenor literal siguiente:

Parte DisPositiva

Acuerdo:Declarar a la ejecutada Forhispalis, S L , en situación de insolvencia total por importe de 22 309,01 euros, insolvencia que se

entenderá a todos los efectos como provisional. Remítase edicto para su publicación en el «Boletín Oficial» del Registro Mercantil. Archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes

Notifíquese la presente resolución a las partes Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta

la resolución en el plazo de tres (3) días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 L R J S

la secretaria JuDicial

Y para que sirva de notificación al demandado Forhispalis, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos

En Cádiz a 29 de abril de 2015 —La Secretaria Judicial, Carmen Yolanda Toro Vílchez 8W-6128

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Jueves 2 de julio de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 151 11

MADRID —JUZGADO NÚM 29

Cédula de notificaciónDoña Elena Mónica de Celada Pérez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social núm 29 de Madrid Hace saber: Que en el procedimiento 527/2014, de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de don David Domínguez

Gutiérrez frente a Esabe Vigilancia, S A sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución :Que estimando parcialmente la demanda formulada por don David Domínguez Gutiérrez contra la empresa Esabe Vigilancia

S A , debo condenar y condeno a ésta a abonar a aquél la cantidad de quinientos sesenta y seis con ocho euros (566,08 €), más los in-tereses previstos en el artículo 29 3 del Estatuto de los Trabajadores, esto es, un interés legal de demora del diez por ciento anual sobre dicha cantidad, condenando a la demandada a estar y pasar por la presente declaración

De conformidad con los artículos 23 1 y 23 6 de la Ley 36/2011, de diez de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, pón-gase la presente resolución en conocimiento del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) a los efectos oportunos

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.El Juez don Guillermo Solar RodríguezY para que sirva de notificación en legal forma a Esabe Vigilancia, S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su in-

serción en el «Boletín Oficial» de Sevilla y tablón de anuncios del Juzgado.Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina

judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento

En Madrid a 7 de abril de 2015 —La Secretaria Judicial, Elena Mónica de Celada Pérez 253W-5251

TARRAGONA —JUZGADO NÚM 1

Doña Ángela Iribas Cabrera, Secretaria del Juzgado de lo Social número uno de los de esta capital Hace saber: Que en este Juzgado se ha tramitado expediente núm. 1009/2013, instado por don José Andrés Miranda Faba,

contra «Esabe Vigilancia», S.A., y Fogasa, en el cual se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por don José Andrés Miranda Faba, defendido por Letrada, contra la em-

presa «Esabe Vigilancia», S.A., con emplazamiento del Fogasa, condenando a la parte demandada a pagar al trabajador demandante la cantidad de 3 026,51 euros brutos, de conformidad con el fundamento jurídico quinto de esta resolución

Notifíquese la presente resolución a las partes. Esta sentencia es firme, y contra la misma no cabe interponer recurso alguno (art 191 2 g) Ley Reguladora de la Jurisdicción Social)

Así lo acuerdo, mando y firmo juzgando en la primera instancia.

Publicación: Leída y publicada que fue la anterior resolución, en fecha 29/04/2015, estando S.S.ª celebrando audiencia pública en la Sala de su despacho Doy fe

Y para que sirva de notificación a la demandada, «Esabe Vigilancia», S.A., y se inserte en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, expido el presente, dado el ignorado paradero de la misma, haciéndole saber que la copia de la resolución está a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo Social número uno Asimismo, se le advierte que sera de aplicación en cuanto a las ejecuciones lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta de la LRJS, y por ello las sucesivas notificaciones, salvo que revistan forma de auto o sentencia, se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial.

En Tarragona a 29 de abril de 2015 —La Secretaria Judicial, Ángela Iribas Cabrera 7W-5769

Juzgados de Instrucción————

JEREZ DE LA FRONTERA (Cádiz) —JUZGADO NÚM 3

Procedimiento: J Faltas 779/2014 Negociado: CH Número registro general: 3332/2014 NIG: 1102043P20140013365 De: don Rafael Blanco Santiago Contra: Don Javier Ataufo Jiménez, don Luis Jiménez Bustamante, don José Jiménez Bustamante, doña Chari Bustamante, don Luis Moreno Jiménez y doña Fini Moreno Jiménez Doña María de los Santos Bernal Ruiz, Secretaria del Juzgado de Instrucción número tres de Jerez de la Frontera Doy fe y testimonio:Que en el juicio de faltas número 779/2014, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dis-

positiva dice:sentencia

En Jerez de la Frontera a 28 de enero de 2015

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12 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 151 Jueves 2 de julio de 2015

Vistos por la Ilma Sra doña María Aránzazu Guerra Güémez, Magistrada-Juez de Instrucción número tres de los de esta ciudad y su Partido, los presentes autos de juicio de faltas número 779/14, seguidos por una falta de lesiones, apareciendo como partes el Mi-nisterio Fiscal, en representación de la acción pública, como denunciante don Rafael Blanco Santiago y como denunciados don Javier Ataufo Jiménez, don Luis Jiménez Bustamante, don José Jiménez Bustamante, doña Chari Bustamante, don Luis Moreno Jiménez, doña Fini Moreno Jiménez, cuyas demás circunstancias personales constan en autos, y fallo

Que debo condenar y condeno a don Javier Ataufo Jiménez, don Luis Jiménez Bustamante, don José Jiménez Bustamante,doña Chari Bustamante, don Luis Moreno Jiménez, doña Fini Moreno Jiménez, como autores de una falta de lesiones del artículo 617 1 del CP a la pena de un (1) mes de multa con una cuota diaria de cinco (5) euros, lo que hace un total de 150 euros, con responsabilidad personal subsidiaría del artículo 53 del Código Penal en caso de insolvencia Además deberán indemnizar conjunta y solidariamente al perjudicado Rafael Blanco Santiago en la cantidad que se determine en ejecución de sentencia, previo examen del mismo por el médico forense, y a la vista del informe que este emita, con aplicación orientativa del baremo previsto para accidentes de circulación a razón de 35 euros por día no impeditivo de curación y de 50 euros por día impeditivo, con los intereses legales

Con imposición de las costas al condenado Pronúnciese esta Sentencia en audiencia pública y notifíquese a las partes con indicación de que contra ella puede interponerse

recurso de apelación, en el plazo de 5 días, a contar desde el siguiente a su notificación para su resolución por la Audiencia Provincial.Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.Publicación Leída y publicada fue la anterior Sentencia por la Sra Juez que la suscribe celebrando audiencia pública en el día

de su fecha, por ante mí el Secretario de que doy fe Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Javier Ataufo Jiménez, don Luis Jiménez Bustamante, don José

Jiménez Bustamante, doña Chari Bustamante, don Luis Moreno Jiménez y doña Fini Moreno Jiménez, actualmente paradero descono-cido, y su publicación en el «Boletín Oficial» de Sevilla, expido la presente en.

En Jerez de la Frontera a 10 de junio de 2015 —La Secretaria Judicial, María de los Santos Bernal Ruiz 8W-6979

Juzgados de Primera Instancia————

DOS HERMANAS —JUZGADO NÚM 4

Don Antonio Jesús Alcántara Mialdea, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número cuatro de Dos Hermanas Hace saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento expediente de dominio Reanudación tracto sucesivo 251/2015,

a instancia de doña María Dolores Alcocer Jurado, de la siguiente finca:Finca de Dos Hermanas número 11 519: Urbana número 8, piso letra D en planta primera de la casa marcada con la letra

N, en calle Reyes Católicos de la Barriada del Rocío, término de Dos Hermanas Consta de vestíbulo, comedor, tres dormitorios, cocina con terraza-lavadero, cuarto y de aseo y dos terrazas principales, ocupando una superficie construida de cincuenta y nueve metros treinta y tres decímetros cuadrados, y de ellos, cuarenta y seis metros setenta y cuatro decímetros cuadrados útiles Linda: Mirando el edificio desde la calle Reyes Católicos por su frente con esta calle; por la derecha, con el piso letra A de esta planta; por la izquierda, con la calle Virgen de los Desamparados; y por el fondo, con rellano, patio común interior y piso letra C de esta misma planta Le corresponde una cuota de participación de cinco enteros doscientas sesenta y siete milésimas por ciento

Inscripción: Registro de la propiedad de Dos Hermanas, núm 3, al tomo 234, libro 234, folio 120 Por el presente y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pu-

diera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga

En Dos Hermanas a 29 de mayo de 2015 —El Magistrado-Juez, Antonio Jesús Alcántara Mialdea 258-6727-P

OSUNA —JUZGADO NÚM 1

Don Alejandro García Soler, Secretario del Juzgado de Primera Instancia número uno de Osuna Hace saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento expediente de dominio Inmatriculación 497/2014, a instancia

de don Manuel Martín Arias, de la siguiente finca.Finca: Urbana sita en Lantejuela, en Avda. Fuentes de Andalucía núm.21, con una superficie de terreno de 61 metros

cuadrados y 79 metros cuadrados de superficie construida, consta de dos plantas; siendo sus linderos: Al frente Avda. Fuentes de Andalucía; a la izquierda, finca de don Diego Martín Arias; a la derecha, inmueble de don José Mariano Cadenas Vaquero; y al fondo con inmueble de don José Martín Arias, procedente de la finca registral núm. 1, de Lantejuela, inscrita al tomo 7, folio 3, del libro 1 del Registro de la Propiedad de Osuna

Por el presente y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pu-diera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga

Así mismo se cita a María Rosario Cárdenas Fernández Valderrama y caso de haber fallecido a sus herederos inciertos y desconocidos para que dentro del término anteriormente expresado pueda comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga

En Osuna a 24 de marzo de 2015 —El Secretario Judicial, Alejandro García Soler 258-5037-P

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Jueves 2 de julio de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 151 13

AYUNTAMIENTOS————

SEVILLA

GerenciadeUrbanismo

Expte : 10/2010 RMS Con fecha 22 de mayo de 2015 y número de Registro 3 270, el Sr Gerente se ha servido decretar lo siguiente:«Por la Sección técnica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos se emitió informe con fecha 12 de abril de 2013,

relativo a la finca sita en C/ Valencia número 33 de esta ciudad, en el que consta que la misma constituye un solar libre de edificación al menos desde el 12 de abril de 2013

El plazo fijado por el artículo 2.4 la Ordenanza reguladora del registro municipal de solares y edificaciones ruinosas («Boletín Oficial» de la provincia número 72 de 28 de marzo de 2015), para dar cumplimiento al deber de edificar para los solares localizados en zonas no comprendidas en el centro histórico es de dos años desde la fecha en que se encuentren libres de edificación, habiendo vencido el mismo el pasado 12 de abril de 2015, sin que conste el comienzo de las correspondientes obras

La no iniciación de la edificación de las parcelas y solares en el indicado plazo, previa audiencia a las personas propietarias por veinte días, comporta la inclusión de la parcela o solar en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas, de conformidad con el artículo 150 1 de la Ley 7/2002 de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y 3 3 de la citada Ordenanza, por lo que procede iniciar procedimiento para la inclusión de la referida finca en el citado Registro.

Visto el informe emitido por la Sección Técnica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos con fecha 12 de abril de 2013, las disposiciones anteriormente citadas, las facultades conferidas por el artículo 27 de los Estatutos de la Gerencia de Urbanismo, así como la resolución número 3.055 de 29 de julio de 2011, de esta autoridad sobre delegación de firma.

Vengoendisponer:

Primero: Incoar procedimiento administrativo para la inclusión en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas de la finca sita en C/ Valencia número 33 de esta ciudad, por incumplimiento del deber de edificar.

Segundo: Conceder, conforme a lo previsto en el artículo 150 1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urba-nística de Andalucía, y 3.3 de la Ordenanza reguladora del registro municipal de solares y edificaciones ruinosas trámite de audiencia previa, en su caso, a la inclusión en el citado Registro, advirtiéndoles que durante el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente a la notificación de esta resolución, podrán formular las alegaciones y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, a cuyos efectos podrá examinar el expediente en el Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos, ubicado en el Edificio número 5 de la sede de esta Gerencia, sita en el Recinto de la Cartuja, Avda Carlos III de Sevilla

Tercero: Notificar y publicar los presentes acuerdos de conformidad con los artículos 58 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 15 1 b) y c) del Decreto 635/1964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro Municipal de Solares.

Cuarto: En base a la complejidad objetiva de la tramitación del procedimiento (publicación en «Boletines Oficiales», informa-ción registral de las Oficinas del Registro de la Propiedad donde radique el inmueble) así como el volumen de inmuebles afectados por este tipo de procedimiento, ampliar al máximo legal el plazo para su resolución y notificación, es decir tres meses más, de conformidad con lo establecido por el artículo 42 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.»

Lo que se hace público para general conocimiento de conformidad con los artículos 58 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 15 1 b), c) y d) del Decreto 635/1964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro de Solares. Durante el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el «Boletín Oficial» de la provincia, podrán los interesados examinar el expediente y alegar, en dicho plazo, lo que tuvieran por conveniente, aportando o proponiendo las pruebas que consideren necesarias

Sevilla a 26 de mayo de 2015 —El Secretario de la Gerencia, Luis Enrique Flores Domínguez 2W-6710

SEVILLA

GerenciadeUrbanismo

Expte : 35/2013 RMS Con fecha 22 de mayo de 2015 y número 3295 de Registro, el Sr Gerente se ha servido decretar lo siguiente:«Por la Sección técnica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos se emitió informe con fecha 19 de junio de 2013,

relativo a la finca sita en C/ Eduardo Rivas número 9 de esta ciudad, en el que consta que la misma constituye un solar libre de edifica-ción al menos desde el 10 de mayo de 2013

El plazo fijado por el artículo 2.4 la Ordenanza reguladora del registro municipal de solares y edificaciones ruinosas («Boletín Oficial» de la provincia número 72 de 28 de marzo de 2014), para dar cumplimiento al deber de edificar para los solares localizados en zonas no comprendidas en el Centro Histórico es de dos años desde la fecha en que se encuentren libres de edificación, habiendo vencido el mismo el pasado 10 de mayo de 2015, sin que conste el comienzo de las correspondientes obras

La no iniciación de la edificación de las parcelas y solares en el indicado plazo, previa audiencia a las personas propietarias por veinte días, comporta la inclusión de la parcela o solar en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas, de conformidad con el artículo 150 1 de la Ley 7/2002 de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y 3 3 de la citada Ordenanza, por lo que procede iniciar procedimiento para la inclusión de la referida finca en el citado Registro.

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14 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 151 Jueves 2 de julio de 2015

Visto el informe emitido por la Sección Técnica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos con fecha 19 de junio de 2013, las disposiciones anteriormente citadas, las facultades conferidas por el artículo 27 de los Estatutos de la Gerencia de Urbanismo, así como la resolución número 3.055 de 29 de julio de 2011, de esta autoridad sobre delegación de firma.

Vengoendisponer:

Primero: Incoar procedimiento administrativo para la inclusión en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas de la finca sita en C/ Eduardo Rivas número 9 de esta ciudad, por incumplimiento del deber de edificar.

Segundo: Conceder, conforme a lo previsto en el artículo 150 1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urba-nística de Andalucía, y 3.3 de la Ordenanza reguladora del registro municipal de solares y edificaciones ruinosas trámite de audiencia previa, en su caso, a la inclusión en el citado Registro, advirtiéndoles que durante el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente a la notificación de esta resolución, podrán formular las alegaciones y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, a cuyos efectos podrá examinar el expediente en el Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos, ubicado en el edificio número 5 de la sede de esta Gerencia, sita en el Recinto de la Cartuja, Avda Carlos III de Sevilla

Tercero: Notificar y publicar los presentes acuerdos de conformidad con los artículos 58 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 15 1 b) y c) del Decreto 635/1964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro Municipal de Solares.

Cuarto: En base a la complejidad objetiva de la tramitación del procedimiento (publicación en Boletines Oficiales, información registral de las Oficinas del Registro de la Propiedad donde radique el inmueble) así como el volumen de inmuebles afectados por este tipo de procedimiento, ampliar al máximo legal el plazo para su resolución y notificación, es decir tres meses más, de conformidad con lo establecido por el artículo 42 6 de la Ley 30/ 1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común».

Lo que se hace público para general conocimiento de conformidad con los artículos 58 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 15 1 b), c) y d) del Decreto 635/1964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro de Solares. Durante el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el «Boletín Oficial» de la provincia, podrán los interesados examinar el expediente y alegar, en dicho plazo, lo que tuvieran por conveniente, aportando o proponiendo las pruebas que consideren necesarias

Sevilla a 25 de mayo de 2015 —El Secretario de la Gerencia, Luis Enrique Flores Domínguez 2W-6491

ALMENSILLA

De conformidad con la resolución de la Alcaldía de fecha 15 de junio de 2015, por medio del presente anuncio se efectúa con-vocatoria del concurso por procedimiento abierto para la adjudicación de la concesión administrativa de uso privativo del instalación de bar, sito en el local de la Piscina Municipal, calificado como bien de dominio público, conforme a los siguientes datos:

1 Entidadadjudicadora: a) Organismo: Ayuntamiento de Almensilla (Sevilla) b) Número de expediente: D/1272015

2 Objetodelcontrato: a) Descripción del objeto: Explotación bar de la Piscina Municipal b) Lugar de ejecución: Avenida de la Constitución, s/n c) Plazo de concesión: Cinco años

3 Tramitación,procedimientoyformadeadjudicación: a) Tramitación: Ordinaria b) Procedimiento: Concurso c) Base de licitación: 9 000,00 euros anuales, más IVA

4 Garantíaprovisional: 2% valor del dominio (2 824,55 euros)

5 Obtencióndedocumentacióneinformación. a) Entidad: Ayuntamiento de Almensilla (Sevilla)

6 Requisitosespecíficosdelcontratista: a) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional.

7 Presentacióndelasofertasodelassolicitudesdeparticipación: a) Fecha límite de presentación: 15 días, a partir de su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia y perfil del

contratante b) Lugar de presentación: 1. Entidad: Ayuntamiento de Almensilla (Sevilla). 2. Domicilio: Plaza de la Iglesia, 2. 3. Código postal: 41111.

8 Aperturadelasofertas: Séptimo día hábil, tras la finalización del plazo de presentación de proposiciones.

En Almensilla a 15 de junio de 2015 —La Alcaldesa, Agripina Cabello Benítez 7W-7042-P

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Jueves 2 de julio de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 151 15

CAZALLA DE LA SIERRA

En sesión ordinaria celebrada por el Ayuntamiento Pleno de Cazalla de la Sierra, se acordó la aprobación inicial del Reglamento del Mercado Municipal Minorista de Cazalla de la Sierra En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70 2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se procede a su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, a fin de cumplir el debido precepto de exposición pública.

En Cazalla de la Sierra a 21 de abril de 2015 —El Secretario, Fernando José Cano Recio

REGLAMENTO DEL MERCADO MUNICIPAL MINORISTA DE CAZALLA DE LA SIERRA

TÍTULO IDisposicionesgenerales

Artículo 1 El presente Reglamento Municipal tiene por objeto la regulación del funcionamiento del servicio de abastecimiento público en

los mercados municipales minoristas y el establecimiento de su régimen administrativo

Artículo 2 Los mercados municipales minoristas son centros de abastecimiento público de carácter mercantil, de venta al por menor en

régimen de libre competencia de artículos alimenticios principalmente, que persiguen cubrir las necesidades de la población, con esta-blecimientos agrupados en un mismo recinto

TÍTULO IIFuncionamiento,actividadesyobras

Capítulo INormasdefuncionamiento

Artículo 3 1. El Mercado Municipal ostentan la condición de servicio público. El Ayuntamiento de Cazalla de la Sierra ejercerá sobre

ellos la necesaria intervención administrativa y cuantas funciones impliquen ejercicio de autoridad y sean de su competencia, de conformidad con la normativa aplicable y, en especial con la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior

2. La facultad de instalación de un mercado es de exclusiva competencia municipal. 3. Los inmuebles, y en consecuencia los puestos y locales interiores y exteriores, donde se ubican los mercados municipales

son propiedad del Ayuntamiento de Cazalla de la Sierra y por su condición de bienes de dominio público afectos al servicio público devienen inalienables, inembargables e imprescriptibles

Artículo 4 1. En el Mercado Minorista únicamente se realizarán operaciones de venta al por menor de productos contratados por conce-

sionarios de los puestos existentes 2. La introducción de los productos será de cuenta de los detallistas.

Artículo 5 1. El horario de entrada de los géneros en los mercados, el de venta al público, el de limpieza y el de permanencia en los

puestos y locales se fijará por el Ayuntamiento a través del Plan de Usos, que será negociado con representantes de los profesionales sitos en la Plaza de Abastos

Artículo 6 1. Sólo se permitirá la carga y descarga de mercancías en los lugares habilitados y señalizados al efecto. 2. Los transportistas serán responsables de los daños que causaren con motivo del transporte y de la descarga de mercancías

en las instalaciones municipales 3. El transporte de los productos hasta el Mercado y dentro de éste se realizará en las debidas condiciones higiénicas-sanita-

rias y en medios de transporte adecuados a cada tipo de mercancía

Artículo 7 Los días de venta serán los laborales y los festivos que anualmente establezca la Administración competente, sin perjuicio de

las autorizaciones especiales que según la legislación vigente se puedan otorgar

Artículo 8 Queda prohibida la colocación de envases, bultos, enseres o mercancías fuera del perímetro de los puestos o locales fuera de

horas de venta al público, y siempre que éstos puedan interceptar el paso de las calles, que deberán hallarse siempre expeditas y libres de obstáculos que puedan entorpecer el tránsito de los usuarios

Artículo 9 1. La colocación de carteles, rótulos, publicidad y otros medios de difusión estará limitada exclusivamente al interior de los

puestos y siempre que sea acorde con el Plan de Usos del Mercado 2. No se autorizará la colocación de cartelería o publicidad de ningún tipo en las entradas, pasillos o zonas comunes del edi-

ficio del Mercado, excepto la institucional, en su caso.

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16 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 151 Jueves 2 de julio de 2015

Artículo 10 Los titulares de puestos o locales y sus empleados están obligados a cumplir exactamente las órdenes e instrucciones que reciba

de la Delegación de Mercados, del personal adscrito a la gestión del Mercado/Plaza de Abastos o de otros órganos competentes por razón del servicio

Capítulo IIActividades

Artículo 11 En el Mercado Municipal Minorista, la asignación de la actividad a realizar en cada puesto o local, será la que en cada caso y

momento resuelva el órgano municipal competente, previa negociación con los representantes de los profesionales ya sitos en la misma

Artículo 12 1. En cada puesto se podrá ejercer exclusivamente una actividad, que será la autorizada por el Ayuntamiento en la correspon-

diente resolución administrativa 2. Se podrán unir puestos colindantes, del mismo o distinto titular, siempre que de dicha unión resulte un único titular admi-

nistrativo 3. No se podrá variar la actividad que se ejerza en los puestos sin autorización municipal.

Capítulo IIIObras,instalacionesyservicios

Artículo 13 1. Los titulares de puestos o locales podrán ejecutar, a su cargo y previa licencia municipal, las obras e instalaciones que con-

sideren convenientes para la mejor prestación del servicio, siempre que se adecue a las condiciones técnicas de los puestos recogidas en el Anexo II de este Reglamento, o a aquellas vigentes en cada momento

2. Se prohíbe expresamente la apertura de cualquier tipo de hueco, puerta o similar entre puestos de distintos titulares. 3. Será de cuenta de los titulares la adecuación de la zona de ventas y sus instalaciones interiores, siguiendo para ello los

criterios técnicos municipales

Artículo 14 1. Las obras, nuevas instalaciones o servicios, así como la conservación y reparación de puestos y locales, serán sufragadas

por los titulares, quedando a beneficio del Ayuntamiento las obras e instalaciones que estén unidas de modo permanente al piso, paredes y demás elementos integrantes del inmueble del Mercado en el momento de la extinción de la concesión

2. También les corresponderán las obras necesarias para reparar los desperfectos causados por ellos o por el personal a su servicio, tanto a los demás puestos como al resto de las instalaciones

Artículo 15 No obstante lo anterior, en caso de necesidad el Ayuntamiento podrá acordar la ejecución y realización de obras de conserva-

ción que resulten necesarias con sus propios medios, con independencia de reclamar su importe a los titulares en la forma que legal-mente proceda

Artículo 16 1. El Ayuntamiento podrá acordar el traslado de cualquier concesionario, durante el tiempo imprescindible para ello, cuando

exista necesidad de realización de obras de conservación o mejora, de redistribución de espacios orientados a incrementar el rendimien-to comercial, u otras circunstancias análogas que redunden en beneficio de la colectividad.

El traslado se efectuará en lo posible a un puesto de características similares

Artículo 17 Las instalaciones necesarias para el desarrollo de la actividad autorizadas, tales como suministro de agua, gas, electricidad,

teléfono y similares de los puestos y locales, así como los gastos de conservación y mantenimiento de dichas instalaciones correrán de cuenta de los titulares Igualmente les corresponderá el abono de los gastos de su contratación y consumo

TÍTULO IIIRégimendelasconcesiones

Capítulo IDisposicionescomunes

Artículo 18 La explotación de los puestos de los mercados de abastos constituye un uso privativo de bienes de dominio público (servicio

público) conforme a lo previsto en la legislación patrimonial de las Administraciones Públicas aplicable Habida cuenta de la natura-leza del servicio y la limitación del número de puestos, el acceso a los puestos de los mercados se efectuará en régimen de concesión administrativa, garantizándose la transparencia y concurrencia a través del procedimiento de adjudicación mediante pública licitación

Artículo 19 La concesión municipal para la ocupación de los puestos en los mercados de abastos no implica autorización para el ejercicio

del comercio Este derecho habrá de adquirirse por los concesionarios mediante la obtención de las oportunas licencias exigibles con-forme a la normativa vigente en cada momento

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Jueves 2 de julio de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 151 17

Artículo 20 Sólo podrán ser concesionarios de puestos las personas físicas o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, no hayan sido

sancionadas por falta grave según lo establecido en este Reglamento, ni se hallen incursas en ninguna de las causas de incapacidad que determina la legislación vigente reguladora de la contratación administrativa

Artículo 21 La duración de la concesión no podrá ser superior en ningún caso a setenta y cinco años, contados desde la fecha de adjudi-

cación Cumplido este plazo, los detallistas que en dicho momento ostenten la concesión, desalojarán las instalaciones sin derecho a indemnización alguna

Artículo 22 Los derechos por utilización de los puestos y locales se fijarán en las Ordenanzas Fiscales correspondientes, y su abono se

efectuará en la forma que en las mismas se establezca

Artículo 23 La explotación de los puestos de los mercados se hará directamente por el titular de la concesión o mediante personal asalariado

a su cargo

Artículo 24 No se podrá ser titular de más de un puesto de venta de no ser dichos puestos colindantes con destino a ser unidos para formar

uno solo

Artículo 25 1. Los concesionarios de puestos del Mercado Minorista Municipal podrán ser también titulares de concesión administrativa

de locales (almacenes individuales, cámara frigoríficas, salas de elaboración y cualquier otro complementario del puesto principal), debiendo destinarlos al fin propio de sus instalaciones.

2. Las salas de elaboración formarán parte inherente a la titularidad de la actividad que ostente el adjudicatario, de manera que no podrá transmitirse el uno sin el otro Su plazo de concesión será el mismo que tenga en vigor el puesto o puestos que originan el derecho a su disfrute

3. A los procedimientos de adjudicación de los mismos podrán concurrir exclusivamente los ya titulares de concesión sobre puestos de ese Mercado, de modo que el cese de aquella titularidad suponga automáticamente la vacante del local que tuviere adjudi-cado

Capítulo IIAdjudicaciónypermuta

SecciónPrimera. Adjudicacióndepuestosvacantes.

Artículo 26 1. Los puestos vacantes a la entrada en vigor del presente Reglamento y los que queden vacantes en el futuro serán sacados

a pública subasta para su adjudicación 2. En el pliego de condiciones que haya de servir de base de licitación el Ayuntamiento fijará como tipo base aquel que, como

mínimo cubra el coste actualizado de ejecución material del puesto, según informe técnico del profesional competente 3. Se admitirán proposiciones al alza quedando adjudicado al mejor postor, quien vendrá obligado además al pago de la tasa

de ocupación desde el momento en que se haga efectiva la transmisión 4. El pago del precio de adjudicación se efectuará en el plazo máximo de diez días desde la notificación del Acuerdo. Trans-

currido el citado plazo sin haberse efectuado el pago caducarán los derechos del adjudicatario con pérdida de la fianza. 5. En casos excepcionales y de forma debidamente motivada cuando resulte conveniente para la eficaz prestación del servicio

público y la adecuada rentabilidad económica de los puestos, el Ayuntamiento podrá licitar puestos vacantes mediante procedimiento negociado, con idéntica base de licitación

SecciónSegunda. Permuta.Artículo 27 1. Se podrán realizar permutas de puestos cuando ambos titulares estén de acuerdo y sean autorizados expresamente por el

Ayuntamiento, previo pago de una anualidad de la tasa municipal correspondiente a la actividad a ejercer, por cada una de las dos partes 2. Con carácter excepcional, se podrá permutar un puesto cuya titularidad ostente un detallista con aquel que se encuentre

vacante y a disposición municipal, cuando razones de interés público lo hagan aconsejable

Capítulo IIICesiónytraspaso

SecciónPrimera. Cesión.

Artículo 28 1. Se reconoce a los titulares de las concesiones de los puestos y locales de los mercados, el derecho de cesión con sujeción

a las siguientes normas, previa autorización municipal: a) Cesión inter-vivos Podrá efectuarse a favor de las siguientes personas a voluntad del cedente: — Hijos. — Nietos.

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18 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 151 Jueves 2 de julio de 2015

— Ascendientes. — Hermanos. — Sobrinos. — Cónyuge. Cuando el titular cedente desee transmitirlo, lo solicitará al Ayuntamiento, con indicación del número de puesto del que es titu-

lar, fecha de la concesión, persona a cuyo favor quiere efectuar la cesión, con expresión de su parentesco y documentación acreditativa del mismo, y aceptación por esta última de la cesión

b) Las trasmisiones por actos mortis-causa, en virtud de disposición testamentaria o por sucesión intestada a favor de las per-sonas previstas en la letra anterior, deberán ser autorizadas por el Ayuntamiento, previa solicitud del interesado en el plazo de los seis meses siguientes al día del fallecimiento En caso de no existir ninguno de los parientes indicados, la concesión se declarará extinguida, pasando el puesto o local a disposición municipal

Si la sucesión fuere intestada, cuando fueren varios los herederos, podrán comparecer todos conjuntamente ante el Secretario General del Ayuntamiento para designar a uno de ellos como nuevo titular Si no existiere acuerdo al respecto se estará a lo que se establezca en la resolución del ab intestato, sin perjuicio de las atribuciones municipales referidas a los puestos vacantes

2. Para autorizar la cesión, tanto el titular como la persona a cuyo favor se quiere efectuar la cesión deberá encontrarse al corriente de todas las obligaciones tributarias con la Hacienda Municipal

3. El adquirente, previamente a la resolución de la concesión, deberá acreditar documentalmente cumplir todos los requisitos administrativos y sanitarios exigibles para ejercer el comercio de que se trate y cumplir todas las condiciones previstas en este regla-mento para la ocupación del puesto

Artículo 29 1. En el supuesto de cesión inter-vivos, el nuevo titular abonará una anualidad de la tasa municipal establecida al efecto en la

Ordenanza Fiscal correspondiente en el plazo de diez días desde la notificación del acuerdo municipal por el que se autoriza la cesión. 2. En caso de impago en el plazo previsto, la autorización quedará sin efecto y el cesionario moroso no podrá ser beneficiario

de una nueva cesión 3. En caso de incapacidad absoluta o jubilación del titular, debidamente documentada, la cesión quedará exenta del abono de

la tasa establecida

Artículo 30 1. El plazo de duración de la cesión será el restante computado desde la fecha del acuerdo inicial de concesión, entendido

este como aquel en que se inició la explotación del puesto por el particular sin que hubiera mediado extinción por cualquier causa de la misma, rescate o cualquier otra forma de interrupción imputable al Ayuntamiento

2. El titular cesionario deberá dedicar el puesto a la misma actividad que el titular cedente.

SecciónSegunda. Traspaso.

Artículo 31 Los titulares de concesiones podrán solicitar traspasar su derecho cuando lleven al menos tres años de utilización efectiva del

puesto que pretenden traspasar

Artículo 32 1. Cuando el titular de una concesión desee traspasar el mismo, lo solicitará al Ayuntamiento, indicando la cantidad mínima

que desea percibir por el traspaso 2. Conocida la propuesta de traspaso por el Ayuntamiento, podrá éste ejercitar en el plazo de 15 días hábiles el derecho de

tanteo, que llevará a efecto entregando al titular la cantidad manifestada por el traspaso, una vez detraído el importe que corresponde al Ayuntamiento en la cuantía que se fije en este Reglamento.

3. De no hacer uso el Ayuntamiento del derecho de tanteo expresado en el párrafo anterior, una vez conocido el pretendido traspaso, se redactará el pliego de condiciones para sacar a pública subasta el puesto o local objeto de traspaso, en el que se señalarán como condiciones esenciales, el plazo de concesión y el tipo de licitación fijado por el transmitente, admitiéndose proposiciones al alza, y el tiempo que resta de la concesión, quedando adjudicado el puesto o local al mejor postor, quien vendrá obligado al abono previo del precio licitado para poder utilizarlo

4. Aprobada la adjudicación definitiva, el importe total del remate será satisfecho en la Tesorería Municipal dentro del plazo de diez días desde que le sea notificada la adjudicación, detrayéndose por el Ayuntamiento el 40% del total del remate.

5. El Ayuntamiento, en el plazo máximo de cinco días siguientes a la licitación, podrá ejercer el derecho de retracto que-dándose con la titularidad y abonando al cedente la cantidad que le corresponde y liquidando las obligaciones con el transmitente sin efectuar adjudicación definitiva.

6. Todos los gastos originados por la publicación de la licitación en boletines oficiales y demás que pudieran generarse, serán de cuenta del adjudicatario

Artículo 33 No obstante lo anterior, en el caso de quedar dos subastas consecutivas desiertas, el transmitente de la concesión podrá designar

libremente a la persona que vaya a resultar adjudicataria con arreglo a las siguientes condiciones: a) Que el nuevo adjudicatario reúna todos los requisitos que se exijan a los licitadores para tomar parte en la subasta b) Que el precio de transmisión no sea inferior al 75% del precio que sirvió de base de licitación en la segunda subasta c) Que el transmitente se haga cargo de los gastos derivados de los anteriores intentos de transmisión con anterioridad a la

liquidación d) Que por el nuevo titular se constituya la garantía definitiva que corresponda en función del precio de adjudicación.

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Jueves 2 de julio de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 151 19

Artículo 34 1. Obtenida la autorización municipal para el traspaso, el nuevo concesionario se subrogará en todos los derechos y obliga-

ciones del anterior 2. El traspaso no conlleva ni autoriza el cambio de actividad que tenga asignado el puesto o local.3. La duración de la concesión desde la fecha de adjudicación será, en relación con el art. 21, de setenta y cinco años.

Capítulo IVExtincióndelaconcesión

Artículo 35 La resolución o extinción de las concesiones de puestos o locales podrá tener lugar por las siguientes causas:a) Por vencimiento del plazo de la concesión b) Por renuncia voluntaria del titular a seguir ejerciendo la actividad correspondiente, aceptada por el Ayuntamiento, previa

entrega de las llaves del puesto o local c) Por resolución Administrativa donde así se acuerde derivado de expediente sancionador por falta muy grave d) Por no explotarlo el titular directamente por si mismo o mediante personal asalariado e) Por reiteración en altercados graves, que produzcan escándalos dentro del mercado, o el desacato a las órdenes emanadas

de la autoridad municipal f) Por el ejercicio de actividad distinta a la fijada en la concesión administrativa. g) Por no dar cumplimiento a las órdenes recibidas del Ayuntamiento para la realización de obras que a juicio de los técnicos

competentes, previo informe de estos, sean necesarias para la conservación y/o decoro del puesto h) Por fallecimiento del titular, sin que ningún heredero en el plazo de seis meses solicite la transmisión del puesto o local i) Por el incumplimiento de las normas señaladas en este Reglamento para el traspaso o cesión del puesto o local, así como

cualquier tipo de arrendamiento encubierto del mismo

Artículo 36 La resolución de la concesión requerirá la instrucción del oportuno expediente con audiencia al interesado

Artículo 37 1. Decretada la resolución de la concesión, el puesto o local revertirá al Ayuntamiento, causando baja en el padrón fiscal

correspondiente, sin que el titular tenga derecho a solicitar reintegro de cantidad alguna por ningún concepto, debiendo en el plazo de diez días retirar los géneros y enseres de su propiedad y entregar las llaves

2. Transcurrido dicho plazo, sin que se produzca lo establecido en el punto 1 de este artículo, se tramitará el correspondiente expediente de desahucio administrativo

Artículo 38 Una vez caducada o extinguida la concesión, podrá concederse nueva explotación con arreglo a las normas de este Reglamento

Artículo 39 1. Si por cualquiera de las causas previstas en este reglamento hubiere que proceder al desalojo de algún puesto, se concederá

al interesado plazo de diez días para retirar los útiles o enseres de su propiedad no adosados con obra al puesto, y si no lo verificare la administración municipal lo realizará por su cuenta mediante ejecución subsidiaria

2. Producido el desalojo, los útiles y enseres serán depositados en el almacén municipal a disposición del propietario, durante el plazo de seis meses, transcurrido el cual, el Ayuntamiento podrá disponer de los mismos

TÍTULO IVDerechosyobligacionesdelosconcesionarios

Capítulo IDerechos

Artículo 40 Los concesionarios de los puestos del Mercado de Abastos tendrán los siguientes derechos: 1. A usar privativamente el espacio físico constitutivo del puesto en los términos establecidos en el acuerdo de concesión y

en este Reglamento 2. A utilizar los locales, instalaciones, servicios y demás elementos del mercado destinados al uso general del modo apropia-

do, en las condiciones reglamentarias 3 A acceder al mercado con anterioridad a la apertura al público para preparar la mercancía 4. A instalar en los respectivos puestos los elementos necesarios para el ejercicio de la actividad mercantil cuando sean con-

formes al Plan de Usos del mercado y la normativa aplicable a la actividad 5. A todos los derechos que en su favor se recogen en el presente Reglamento.

Capítulo IIObligaciones

Artículo 41. Los concesionarios de los puestos del Mercado de Abastos tendrán las siguientes obligaciones:

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20 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 151 Jueves 2 de julio de 2015

1. Tener acreditada la formación de manipulador de alimentos, así como cualquier otra que resultare exigible, tanto el titular como todos sus dependientes

2. Dar de alta en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social a todo el personal empleado en el puesto. 3. Mantener el puesto abierto al público durante todo el horario de venta, salvo causa justificada. Terminado el horario de

venta al público los puestos se cerrarán adaptando las precauciones necesarias para evitar posibles siniestros Solamente el titular será responsable de la mercancía y enseres que contenga su establecimiento

4. Conservar los puestos y demás instalaciones en buen estado, cuidando que estén limpios, libres de residuos y en perfectas condiciones higiénico-sanitarias, depositando las basuras, embalajes y desperdicios en los lugares señalados para ello dentro del horario establecido

5. Abonar el importe de los daños y perjuicios que el titular, sus familiares, trabajadores o dependientes causaren a los bienes objeto de la concesión, a las instalaciones municipales o a los usuarios del servicio

6. Acreditar, cuando fueren requeridos, el alta de los empleados en la Seguridad Social. 7. Realizar por su cuenta y cargo las obras limitadas o particulares que el Ayuntamiento estime necesarias para que los puestos

se hallen en todo momento en perfecto estado de conservación 8. Abstenerse de realizar instalaciones de gas o calefacción móvil en el interior de los puestos, salvo autorización municipal

expresa 9. Participar en aquellos eventos o actividades relacionados con el Mercado que determine el Ayuntamiento a través de la

Delegación Municipal competente en materia de mercados de minoristas o de abastos En este sentido, deberán participar al menos el 50% de los puestos en servicio

10. Las obligaciones recogidas para los prestadores de servicios en el Capítulo V de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2 006, relativa a los servicios en el mercado interior

11. Antes de proceder a la ocupación del puesto, presentar ante la Delegación Municipal con competencia en la materia los siguientes documentos:

— Alta en el Impuesto de Actividades Económicas — Alta en Seguridad Social, en el régimen correspondiente del personal que vaya a ejercer la venta en el puesto — Autorización sanitaria cuando fuese necesaria — Certificado de la Tesorería General de la Recaudación Ejecutiva Municipal de no ser deudor. — Documento acreditativo de haber adquirido el Libro de Hojas de Reclamaciones, que deben tener a disposición de los

consumidores

TÍTULO VPersonaldelServiciodeMercado

Artículo 42 Las competencias administrativas del Mercado Municipal se encuadran en la Delegación de Mercados o en la que resulte en

cada momento de la organización de la actividad municipal

Artículo 43 El Mercado de Abastos estará inmediatamente gestionado por la Delegación Municipal Competente, quien adscribirá al servi-

cio el personal necesario para su adecuada gestión y organización, que tendrá las siguientes funciones: a) Organizar el personal y los servicios adscritos al Mercado Municipal b) Vigilar la actividad mercantil que se realice en el Mercado, a fin de que discurra por los cauces reglamentarios. c) Velar por el buen orden, policía y limpieza del mercado d) Custodiar la conservación del edificio y sus instalaciones, proponiendo las medidas más adecuadas para el mejor funcio-

namiento del Mercado e) Informar de las obras en los puestos y locales, exigiendo de los titulares el correspondiente permiso o licencia f) Notificar a los titulares las comunicaciones del Ayuntamiento que directamente les afecten. g) Mantener informada a la Delegación de Mercados de todo aquello de relevancia que ocurra en el Mercado de Abastos h) Vigilar el exacto cumplimiento de las disposiciones de este Reglamento y normativa relacionada, poniendo en conoci-

miento de la Delegación las anomalías que advierta, mediante el correspondiente informe que al efecto emita i) Controlar la puntualidad y asistencia del personal adscrito al Mercado y de cuantas circunstancias respecto de los mismos

se produzcan j) Emitir informe escrito de cuantas solicitudes se formulen por los titulares respecto a cambios de actividad, de titularidad o

cualquier otra que se produzca k) Cumplimentar cuantas otras funciones o actividades se deriven de este Reglamento o le fueran encomendadas por la De-

legación de Mercados l) Resolver las cuestiones incidentales y las urgentes, dando cuenta inmediata a la Delegación Municipal de las medidas

adoptadas, así como comunicar sin dilación aquella situaciones que requieran la intervención o decisión de la misma o en su caso, de otros organismos

m) Coordinar al personal que procedente de contratas, empresas de servicios, mantenimiento, etc , lleve a cabo su actividad en el interior de los mercados

n) Formalizar los pedidos de material, efectuando su recepción

Artículo 44 En la Delegación Municipal competente se llevarán los siguientes registros:1) Un Registro de Inventario de los bienes muebles propiedad del municipio y de los utensilios y enseres de uso diario, refle-

jando en el mismo los gastos que ocasionen su mantenimiento y adquisición

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Jueves 2 de julio de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 151 21

2) Un Registro en el que consten los titulares de cada concesión, actividad, fecha de adjudicación y bajas, actividad autoriza-da y cuantos cambios en orden a los mismos se produzcan

3) Un Registro de cuantas comunicaciones reciba y transmita

Artículo 45 1. La forma de prestación del servicio de vigilancia de seguridad del mercado, sus inmuebles e instalaciones será determinada

en cada momento por el Ayuntamiento de conformidad con las formas de gestión recogidas en la legislación aplicable

TÍTULO VIRégimensancionador

Capítulo IInfracciones

Artículo 46 Los titulares serán responsables de las infracciones a las normas contenidas en el presente Reglamento, ya sean cometidas por

ellos personalmente o por asalariados o dependientes

Artículo 47 A los efectos del presente Reglamento, las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves.

Artículo 48 Se consideran infracciones leves:a) El abastecimiento insuficiente o el cierre no autorizado o no justificado de los puestos de venta o locales de 15 a 30 días

consecutivos b) La inobservancia no reiterada de las instrucciones del Personal de la Unidad de Mercados o de la Inspección de Sanidad o

de Consumo c) Adoptar actitudes incorrectas con el público o con los agentes de la autoridad que intervienen en los mercados d) La entrada de mercancías fuera del horario establecido e) No tener expuestos al público el precio o etiquetado de los productos que expende f) La colocación de bultos o mercancías fuera del perímetro de los puestos o locales fuera del horario establecido para ello,

e impidiendo en normal tránsito por las calles del Mercado g) No usar ropa adecuada y de uso exclusivo laboral h) Arrastrar las cajas de mercancías directamente por el suelo i) Mantener cerrada alguna de las barajas del puesto durante las horas de venta j) Falta de aseo personal o de limpieza de los puestos y locales k) No depositar los residuos y basuras en la forma reglamentaria del servicio l) Fumar en el interior del recinto m) Carecer del certificado de formación de manipulador de alimentos de cualquier persona que esté en contacto con los pro-

ductos alimentarios de venta al público n) Obstaculizar las labores de carga y descarga ñ) Incumplir, sin causa justificada, el horario de atención al público. o) Cualquier otro incumplimiento de este Reglamento, no calificado como grave o muy grave.

Artículo 49 Se considerarán infracciones graves: a) Alterar el orden público b) El abastecimiento insuficiente o el cierre no autorizado o no justificado de los puestos de venta o locales de 31 a 60 días

consecutivos c) La atención de los puestos o locales por personas distintas del titular de la licencia, exceptuando los empleados autorizados d) No hallarse incluido el personal empleado que atiende los puestos en el régimen correspondiente de la Seguridad Social,

sin menoscabo de la competencia que corresponda a la Inspección Laboral e) El desacato ostensible o reiterado de las instrucciones del personal del Ayuntamiento adscrito al servicio o de las inspec-

ciones de Sanidad o Consumo f) La reiteración de cualquier falta leve, cuando no hubiere transcurrido un año desde la imposición de la anterior sanción y

así se acuerde por el órgano municipal competente g) La inobservancia de las disposiciones dimanantes del Ayuntamiento h) La preparación, venta o exposición de productos no autorizados o en lugares no permitidos

Artículo 50 Se considerarán infracciones muy graves:a) La venta de productos no aptos para el consumo (sin perjuicio de las acciones legales que se pudieran emprender por po-

sible delito contra la salud pública) b) La reiteración de cualquier falta grave, cuando no hubiere transcurrido un año desde la imposición de la anterior sanción

y así se acuerde por el órgano municipal competente c) La resistencia, coacción, amenaza o agresión física a la autoridad municipal, empleados municipales y agentes de la mis-

ma, en cumplimiento de sus funciones d) Causar por dolo o negligencia daños al edificio, puestos, locales o instalaciones del mercado. e) La venta de artículos no autorizados por la licencia correspondiente f) El abastecimiento insuficiente o el cierre no autorizado o no justificado de los puestos de venta o locales de más de 60 días

consecutivos

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22 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 151 Jueves 2 de julio de 2015

g) La modificación de la estructura e instalaciones de los puestos o locales sin autorización municipal. h) El arrendamiento o subarrendamiento del puesto o la cesión o transmisión del mismo de cualquier modo realizada sin la

observancia de los requisitos exigidos en este Reglamento i) La falta de pago de las tasas municipales derivadas de la concesión del puesto por más de tres meses j) Las defraudaciones en la calidad o cantidad de los productos k) La manipulación de los instrumentos de peso y balanzas l) La obstaculización a la función inspectora

Capítulo IISanciones

Artículo 51 Las sanciones aplicables serán las siguientes:1 Para las faltas leves: a) Apercibimiento, o b) Multa de hasta 300,00 € 2 Para las faltas graves: a) Multas de 300,01 € a 1 000,00 €; y, en su caso, b) Suspensión temporal de la concesión por un período de hasta noventa días 3 Para las faltas muy graves: a) Multas de 1 000,01 € a 2 000,00 €; y, en su caso, b) Suspensión temporal de la concesión por un período de noventa y uno a ciento ochenta días, o c) Extinción de la concesión, sin derecho a indemnización

Artículo 52 Dentro de los límites máximos de cada tramo, la cuantía de las sanciones se determinará de acuerdo con los siguientes criterios

enumerados por el siguiente orden:1 La existencia de intencionalidad o reiteración 2 La naturaleza de los perjuicios causados 3 Trascendencia social de los hechos 4 Perjuicio económico o riesgo sanitario producido 5 La reincidencia por comisión en el término de un año de una infracción de la misma naturaleza cuando así haya sido de-

clarado por resolución firme.

Artículo 53 El procedimiento sancionador se sustanciará conforme a las normas generales vigentes en cada momento reguladoras de dicho

procedimiento

TÍTULO VIIAsociacionesdeComerciantesMinoristasydeConsumidoresyUsuarios

Capítulo IAsociacionesdeComerciantesMinoristas

Artículo 54 1. Podrán constituirse en el mercado minorista municipal, asociaciones de comerciantes minoristas, de acuerdo con lo previs-

to en la Ley Reguladora del Derecho de Asociación, este Reglamento y demás normativa de aplicación al régimen local 2. Con carácter general, y sin perjuicio del derecho de los comerciantes no asociados, serán consideradas como interlocutores

con el Ayuntamiento en todo lo referente al funcionamiento del Mercado Municipal 3. A estos efectos de interlocución, dichas asociaciones deberán figurar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones.

Artículo 55 1. Dichas asociaciones tendrán carácter consultivo y podrán solicitar, informar o sugerir cuantas actuaciones consideren con-

venientes para la buena marcha de los mercados, canalizando las propuestas de los comerciantes sobre el funcionamiento del mercado 2. Podrán llevar a cabo, de acuerdo con el Ayuntamiento, cuantas actuaciones consideren oportunas encaminadas a la pro-

moción de los mercados municipales o de los productos que en ellos se comercialicen, siempre que no interfieran el normal funciona-miento de los mismos

3. Colaborarán con el Ayuntamiento en la vigilancia del cumplimiento, por los titulares, de las disposiciones municipales relativas al servicio de mercado

4. La participación de estas asociaciones en la toma de decisión de los órganos municipales no tendrá carácter decisorio ni vinculante para el Ayuntamiento

Capítulo IIAsociacionesdeConsumidoresyUsuarios

Artículo 56 Las Asociaciones de Consumidores y Usuarios serán consideradas como interlocutores con el Ayuntamiento para temas o cues-

tiones puntuales en materia de consumo que afecten al Mercado Municipal Minorista

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Jueves 2 de julio de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 151 23

TÍTULO VIIIPlandeUsos

Artículo 57 1. El Ayuntamiento, previa negociación con los representantes de los profesionales sitos en la Plaza de Abastos, elaborará un

Plan de Usos propio del Mercado Minorista, cuya finalidad es adecuar el contenido de este Reglamento a las particularidades propias del mismo

2. La competencia para su aprobación y modificación podrá corresponder a la Junta de Gobierno Local por delegación del Pleno.En ese caso, un anuncio comprensivo de la misma aprobación será publicado en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla

y expuesto en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Cazalla de la Sierra y del Mercado afectado, para general conocimiento

DisposiciónfinalEl presente Reglamento del Mercado Minorista Municipal entrará en vigor una vez aprobado definitivamente por el Ayunta-

miento y publicado su texto íntegro en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, y haya transcurrido el plazo que prevé el artículo 65 2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local

7W-4989

DOS HERMANAS

Decreto 26/2015, de 22 junio, por el que se nombra personal eventual Conforme a lo previsto en el art 104 bis 1 f) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, el número de puestos

para personal eventual en el municipio de Dos Hermanas no puede ser superior a veintisiete, esto es, el número de Concejales En la plantilla del vigente Presupuesto solo se prevén dos plazas para funcionarios eventuales, por lo que en la actualidad se cumple sobra-damente con ese límite

Existe la necesidad de continuar contando con una persona que preste las tareas de asesoramiento y colaboración con el Dele-gado de Participación Ciudadana y con los que ostenten competencias en el núcleo de población de Fuente del Rey

Por tanto, en vista de cuanto antecede y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 124.1.4 de la Ley 7/85, y el artícu-lo 41 14 d) del RD 2568/1986, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento, en relación con el art 104 2 de la Ley 7/85, y el artículo 12 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, dispongo:

Primero: Nombrar con efectos desde el día 22 de junio de 2015 a doña María del Carmen Fuentes Medrano, con DNI número 28 884 853-G, con carácter de personal eventual Dicho nombramiento se efectúa al objeto de desarrollar la actividad propia de aseso-ramiento y confianza este puesto en la barriada de Fuente del Rey.

Segundo: El nombramiento finalizará cuando concurran las circunstancias precisas por las que se retire la confianza de la persona nombrada, agotamiento de la partida presupuestaria establecida al efecto o, en todo caso, cuando llegue a término el mandato de la actual Corporación Municipal

Tercero: El presente decreto se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, se comunicará a los departamentos de Recursos Humanos e Intervención, así como a los interesados, y se dará cuenta al Pleno de él en la próxima sesión que se celebre

Dado en Dos Hermanas a 22 de junio de 2015 —El Alcalde, Francisco Toscano Sánchez —Ante mí, El Secretario, Óscar Grau Lobato

7W-7330

GUILLENA

Don Lorenzo J Medina Moya, Alcalde de esta villa Hace saber: Que la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 15 de mayo de 2 015, con relación al expte rfa 23/15,

sobre aprobación del Estudio de Detalle de fincas urbanas sitas en Avda. de Andalucía número 60-58-58A-58B-58C de Guillena, redac-tado por el Arquitecto don Esteban Romero Ledesma, de iniciativa particular (a instancias de doña Dolores Villa Álvarez, don Antonio Vela Villa, don Juan Manuel Vela Villa, doña M ª del Carmen Vela Villa, y don Luis Miguel Vela Villa), adoptó el siguiente acuerdo:

Primero. Aprobar Inicialmente el Estudio de Detalle, de iniciativa particular, de fincas urbanas sitas en Avda. de Andalucía n.º 60-58-58A-58B-58C de Guillena, redactado por el Arquitecto don Esteban Romero Ledesma, a instancias de doña Dolores Villa Álva-rez, don Antonio Vela Villa, don Juan Manuel Vela Villa, doña M ª del Carmen Vela Villa, y don Luis Miguel Vela Villa

Segundo Someter el expediente y, por consiguiente, el documento de estudio de detalle a trámite de información pública por plazo de veinte días, mediante anuncio en el tablón de anuncios, en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, y en uno de los diarios de mayor difusión provincial. Durante dicho período quedará el expediente de manifiesto en horario de atención al público, de lunes a viernes, de 9 00 a 14:00 horas, en el Área de Urbanismo de este Ayuntamiento En dicho plazo, igualmente los interesados podrán formular las alegaciones que tengan por conveniente para la defensa de sus derechos e intereses

Tercero Comunicar personalmente la apertura y duración del trámite de información pública a los propietarios de terrenos comprendidos en el ámbito del Estudio de Detalle. El llamamiento se realizará a cuantos figuren como propietarios en el Registro de la Propiedad y en el Catastro, en exigencia de la regla 2 ª del apartado 1 del art 32 de la LOUA

Cuarto Suspender el otorgamiento de aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas de parcelación de terrenos, de edificación y de demolición, en el área afectada por el estudio de detalle que se tramita (fincas urbanas sitas en Avda. de Andalucía n.º 60-58-58A-58B-58C de Guillena), por cuanto las nuevas determinaciones para ella prevista suponen modificación del régimen urba-nístico vigente La duración de la suspensión comprende un plazo máximo de dos años

Quinto. En ausencia de alegaciones tras el trámite de información pública y audiencia, se procederá a la aprobación definitiva del instrumento de planeamiento por el Pleno Municipal, sin necesidad de aprobación provisional

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24 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 151 Jueves 2 de julio de 2015

Sexto Del presente acuerdo se dará traslado al Área de Urbanismo, a los efectos de seguir la tramitación del expediente En Guillena a 15 de mayo de 2015 —El Alcalde, Lorenzo J Medina Moya

2W-6058-P

LOS PALACIOS Y VILLAFRANCA

Don Juan Manuel Valle Chacón, Alcalde-Presidente del Excmo Ayuntamiento de esta villa Hace saber: Que intentada notificación a las personas que seguidamente se relacionan, con el fin de hacerles saber el inicio

del expediente administrativo incoado para declararles de oficio en situación de baja en el Padrón de Habitantes de este municipio, sin haber conseguido su localización, se anuncia el procedimiento a que hace referencia el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, en consonancia con la Resolución de 9 a abril de 1997, de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, a los efectos contemplados en dichos preceptos legales

- Don José Francisco Campos Bueno A tales efectos, los interesados podrán alegar durante el plazo de quince días, lo que estimen conveniente a su derecho Los Palacios y Villafranca a 29 de mayo de 2015 —El Alcalde-Presidente, Juan Manuel Valle Chacón

253W-6953

LA PUEBLA DEL RÍO

Don Manuel Bejarano Álvarez, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de esta villa Hace saber: Que por el Negociado de Estadística de este Ayuntamiento se ha iniciado por Decreto n.º 306/2015, expediente de

baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 72 del Reglamento de Población y De-marcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, a las personas que a continuación se indican, por no residir habitualmente en este municipio

Nombreyapellidos Fechanacimiento DNI-PASAP.-NIE DomicilioDaniel Cobos Lima 28/12/81 44 606 542-C C/ Esparragueros, 9-AM ª José Padilla Reyes 12/02/80 44 608 405-C C/ Esparragueros, 9-AD C P (menor) 03/07/08 ——— C/ Esparragueros, 9-AC C P (menor) 22/09/10 ——— C/ Esparragueros, 9-A

Habiéndose intentado la notificación, sin que se haya podido practicar por desconocimiento de su domicilio actual, se hace público este anuncio, según lo establecido en el art 59 punto 4 de la Ley 30/92, de 28 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de 10 días hábiles, para su conocimiento y que ma-nifieste su conformidad o no con la baja que se tramita, de manera que, transcurrido el plazo establecido, este Ayuntamiento comunicará al Consejo de Empadronamiento el proceso seguido en el expediente de referencia, mediante certificación de esta Secretaría General, al objeto de que se emita el informe correspondiente

La Puebla del Río a 5 de mayo de 2015 —El Alcalde, Manuel Bejarano Álvarez 7W-6047

LA RODA DE ANDALUCÍA

Don Fidel Romero Ruiz, Alcalde–Presidente del Ayuntamiento de esta villa Hace saber: Que el Ayuntamiento Pleno de esta localidad, en sesión extraordinaria celebrada el día 25 de junio de 2015, acordó

la aprobación provisional de la Ordenanza fiscal reguladora del precio público por la prestación del servicio de ayuda a domicilio.En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el

Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta (30) días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.En La Roda de Andalucía a 25 de junio de 2015 —El Alcalde–Presidente, Fidel Romero Ruiz

8W-7387

VILLAMANRIQUE DE LA CONDESA

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 7 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Lo-cal, se publican las declaraciones de bienes e intereses que han sido presentadas por los miembros de la Corporación, correspondientes a la anualidad 2013

Titulardelcargo.

Nombre: José Apellidos: Solís de la Rosa

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Jueves 2 de julio de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 151 25

Cargopúblicoorigendeladeclaración.

Alcalde

1. Patrimonioinmobiliario.

Clasedefinca Emplazamiento Inscripciónregistral Fechadeadquisición

Rústica (50%) Aznalcázar Pg 24 P 30 9917 04/12/03

3. Cuentasydepósitosbancarios,saldosmediosanuales.

Clase Entidadbancaria Cuantía

Cuenta corriente Caixa 100,00 €Cuenta nómina INGdirect 400,00 €Cuenta naranja INGdirect 50 000,00 €

7. Otrasdeclaracionespreceptivas.

a) Participación en sociedades:1. Denominación:

Tipo.

Participa en otras sociedades: No b) Declaración de liquidación de impuestos

2010

IRPF 7 040,60 €I PatrimonioI Sociedades

8. Modificacionesduranteelmandatoyporcese.

I. Enactividades II. Enbienes I.R.P.F.2011.

7 637,78 €

I. Enactividades II. Enbienes I.R.P.F.2.012.

7 563,66 €

I. Enactividades II. Enbienes I.R.P.F.2.013.

9 377,73 €Registro de Intereses de los miembros de la Corporación

2. Trabajoenlaadministraciónpública,organismos,entidades,empresaspúblicasoprivadas.

Denominacióndelaentidad Cargoocategoría

Diputación de Sevilla Asesor

Titulardelcargo.

Nombre: Susana Apellidos: Garrido Gandullo

Cargopúblicoorigendeladeclaración.

Primera Teniente de Alcalde, Concejala de Presidencia, Gobierno Interior, Policía Local, Turismo y Participación Ciudadana Registro de intereses de los miembros de la Corporación

4. Cuentasydepósitosbancarios,saldosmediosanuales.

Clase Entidadbancaria Cuantía

Corriente INGdirect 1 000,00 €Crédito INGdirect 900,00 €

5. Automóvilesuotrosvehículosdeldeclarante.

Clase Marcamodelo Añomatriculación

Turismo Volkswagen 2006

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26 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 151 Jueves 2 de julio de 2015

7. Otrasdeclaracionespreceptivas.

a) Participación en Sociedades:1. Denominación:

Tipo.

Participa en otras sociedades: No

8. Modificacionesduranteelmandatoyporcese.

I. Enactividades II. Enbienes I.R.P.F.2.011.

2 038,93 €

I. Enactividades II. Enbienes I.R.P.F.2.012.

2 898,86 €

I. Enactividades II. Enbienes I.R.P.F.2.013.

2 600,00 €Registro de intereses de los miembros de la Corporación

1. Supuestosdeposibleincompatibilidad.

«Según informe del Secretario del Excmo Ayuntamiento de Villamanrique, no concurre en mi persona ningún supuesto de incompatibilidad para el ejercicio de mi cargo.»

5 Otras actividades Presidenta de la ONG Enigma positivo

Titulardelcargo..

Nombre: María José Apellidos: Díaz Rojas

Cargopúblicoorigendeladeclaración.

Concejala Registro de Intereses de los miembros de la Corporación

1. Patrimonioinmobiliario.

Clasedefinca Emplazamiento Inscripciónregistral Fechadeadquisición

Urbana (50%) Villamanrique9561205QB329650001QI-Z6516124

mayo 2009

5. Cuentasydepósitosbancarios,saldosmediosanuales.

Clase Entidadbancaria Cuantía

Cta Corriente La Caixa 1 689,26 €Cta Corriente Ibercaja 2 240,37 €

5. Automóvilesuotrosvehículosdeldeclarante.

Clase Marcamodelo Añomatriculación

Turismo Seat León 07/03/07

7. Otrasdeclaracionespreceptivas.

a) Participación en sociedades:1. Denominación:

Tipo.

Participa en otras sociedades: No b) Declaración de liquidación de impuestos

2010

IRPF 215,46I. PatrimonioI. Sociedades

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Jueves 2 de julio de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 151 27

8. Modificacionesduranteelmandatoyporcese.

I. Enactividades II. Enbienes I.R.P.F.2.011.

986,76 €

I. Enactividades II. Enbienes I.R.P.F.2.012.

2 527,38 €

I. Enactividades II. Enbienes I.R.P.F.2.013.

2 601,27 €

Titulardelcargo.

Nombre: Ruperto Apellidos: Capdepont García

Cargopúblicoorigendeladeclaración.

Concejal de Educación Registro de intereses de los miembros de la Corporación

6. Cuentasydepósitosbancarios,saldosmediosanuales.

Clase Entidadbancaria Cuantía

Ahorro ING 20 000,00 €Ahorro ING 35 000,00 €Ahorro Caixa 90,00 €

5. Automóvilesuotrosvehículosdeldeclarante.

Clase Marcamodelo Añomatriculación

Turismo Seat Córdoba 1998Turismo Volkswagen Passat 2006

7. Otrasdeclaracionespreceptivas.

a) Participación en Sociedades:1. Denominación:

Tipo.

Participa en otras sociedades: No b) Declaración de liquidación de impuestos

2010

IRPF 4659,86I PatrimonioI Sociedades

8. Modificacionesduranteelmandatoyporcese.

I. Enactividades II. Enbienes I.R.P.F.2011.

4 775,62 €

I. Enactividades II. Enbienes I.R.P.F.2012.

4 490,85 €

I. Enactividades II. Enbienes I.R.P.F.2013.

4 452,30 €Registro de intereses de los miembros de la Corporación

2. Trabajoenlaadministraciónpública,organismos,entidades,empresaspúblicasoprivadas.

Denominacióndelaentidad Cargoocategoría

Consejería de Educación Maestro

Titulardelcargo..

Nombre: María Victoria Apellidos: Díaz Vázquez

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28 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 151 Jueves 2 de julio de 2015

Cargopúblicoorigendeladeclaración.

Concejala Registro de intereses de los miembros de la Corporación

1. Patrimonioinmobiliario.

Clasedefinca Emplazamiento Inscripciónregistral Fechadeadquisición

Urbano (50%) Villamanrique 8953317QB328550001HP 13/12/93Rústica (50%) Aznalcázar 41012A020000110000TY 02/04/08

7. Cuentasydepósitosbancarios,saldosmediosanuales.

Clase Entidadbancaria Cuantía

Caja Rural 891,00 €Cuenta ahorro Caixa 145,00 €

5. Automóvilesuotrosvehículosdeldeclarante.

Clase Marcamodelo Añomatriculación

Turismo Nissan 27/07/95Turismo Peugeot 306 19/06/02

7. Otrasdeclaracionespreceptivas.

a) Participación en Sociedades:1. Denominación:

Tipo.

Participa en otras sociedades: No

8. Modificacionesduranteelmandatoyporcese.

I. Enactividades II. Enbienes I.R.P.F.2011.

0,00 €

I. Enactividades II. Enbienes I.R.P.F.2012.

0,00 €

I. Enactividades II. Enbienes I.R.P.F.2.013.

0,00 €Registro de intereses de los miembros de la Corporación

3. Trabajoenlaadministraciónpública,organismos,entidades,empresaspúblicasoprivadas.

Denominacióndelaentidad Cargoocategoría

Afrexport Manijera

Titulardelcargo.

Nombre: Juan Apellidos: Charro Bedoya

Cargopúblicoorigendeladeclaración.

Concejal Registro de Intereses de los miembros de la Corporación

2. Patrimonioinmobiliario.

Clasedefinca Emplazamiento Inscripciónregistral Fechadeadquisición

Urbano C/ Rosa, núm 8 11/06/05

3. Cuentasydepósitosbancarios,saldosmediosanuales.

Clase Entidadbancaria Cuantía

Ahorro Plazo Fijo La Caixa 6 000,00 €Cuenta Ahorro La Caixa 5 000,00 €

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Jueves 2 de julio de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 151 29

5. Automóvilesuotrosvehículosdeldeclarante.

Clase Marcamodelo Añomatriculación

Turismo Renault Megane 26/02/99Turismo Seat Ibiza 19/06/02

7. Otrasdeclaracionespreceptivas.

a) Participación en sociedades:1. Denominación:

Tipo.

Participa en otras sociedades: No

8. Modificacionesduranteelmandatoyporcese.

I. Enactividades II. Enbienes I.R.P.F.2.012.

1 664,19 €

I. Enactividades II. Enbienes I.R.P.F.2.013.

0,00 €Registro de intereses de los miembros de la Corporación

2. Trabajoenlaadministraciónpública,organismos,entidades,empresaspúblicasoprivadas.

Denominacióndelaentidad Cargoocategoría

Construcciones y Tuberías Carmonas, S L Peón

Titulardelcargo.

Nombre: Manuel Apellidos: Campos Sánchez

Cargopúblicoorigendeladeclaración.

Concejal Registro de Intereses de los miembros de la Corporación

3. Cuentasydepósitosbancarios,saldosmediosanuales.

Clase Entidadbancaria Cuantía

Cuenta Banco Santander 829,52 €Cuenta Banco Santander 20 892,18 €

5. Automóvilesuotrosvehículosdeldeclarante.

Clase Marcamodelo Añomatriculación

Turismo Mercedes CLA 2014

7. Otrasdeclaracionespreceptivas.

a) Participación en sociedades:1. Denominación:

Tipo.

Participa en otras sociedades: No

8. Modificacionesduranteelmandatoyporcese.

I. Enactividades II. Enbienes I.R.P.F.2.011.

0,00 €

I. Enactividades II. Enbienes I.R.P.F.2.012.

0,00 €

I. Enactividades II. Enbienes I.R.P.F.2.013.

0,00 €

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30 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 151 Jueves 2 de julio de 2015

RegistrodeinteresesdelosmiembrosdelaCorporación.

1 Supuestos de posible incompatibilidad

* Secretario federación ALMA.* Vocal asociación Alma Sevilla.* Tesorero ONG enigma positivo.

Titulardelcargo.

Nombre: Lucía Apellidos: Solís Muñoz

Cargopúblicoorigendeladeclaración.

Concejala Registro de Intereses de los miembros de la Corporación

1. Patrimonioinmobiliario.

Clasedefinca Emplazamiento Inscripciónregistral Fechadeadquisición

Vivienda C/ Lagua Parra, 17 Villamanrique de la Condesa (Sevilla) 8757428QB3285N0001DW-26463024 2006

3. Cuentasydepósitosbancarios,saldosmediosanuales.

Clase Entidadbancaria Cuantía

Cuenta Caixa 1 190,00 €Cuenta Caixa 160,00 €

7. Otrasdeclaracionespreceptivas.

a) Participación en sociedades:1. Denominación:

Tipo.

Participa en otras sociedades: No b) Declaración de liquidación de impuestos.

2012

IRPF 1 243,03 €I PatrimonioI Sociedades

Titulardelcargo.

Nombre: María José Apellidos: Béjar de la Rosa

Cargopúblicoorigendeladeclaración.

Concejala Registro de Intereses de los miembros de la Corporación

8. Cuentasydepósitosbancarios,saldosmediosanuales.

Clase Entidadbancaria Cuantía

Cuenta La Caixa 200,00 €

7. Otrasdeclaracionespreceptivas.

a) Participación en sociedades:1. Denominación:

Tipo.

Participa en otras sociedades: No Registro de Intereses de los Miembros de la Corporación

2. Trabajoenlaadministraciónpública,organismos,entidades,empresaspúblicasoprivadas.

Denominacióndelaentidad Cargoocategoría

Inagro Pilas, S L Arq Técnico

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Jueves 2 de julio de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 151 31

4. Ejerciciodeprofesionesliberales.

N.decolegiado Colegioprofesionalalquepertenece Direccióndeldespacho,estudio,gabinete.

6254 Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Sevilla. C/ Arriba, 33, Villamanrique (Sevilla)

Titulardelcargo.

Nombre: Francisco José Apellidos: González Zurita

Cargopúblicoorigendeladeclaración.

Concejal Registro de Intereses de los miembros de la Corporación

1. Patrimonioinmobiliario.

Clasedefinca Emplazamiento Inscripciónregistral Fechadeadquisición

Vivienda Sevilla 4517019TG34415 1981Vivienda Villamanrique 905700QB3295 N0001FY 2006

9. Cuentasydepósitosbancarios,saldosmediosanuales.

Clase Entidadbancaria Cuantía

C/C Caja Rural 53,75 €C/C La Caixa 1 653,11 €

5. Automóvilesuotrosvehículosdeldeclarante.

Clase Marcamodelo Añomatriculación

Turismo Honda ICTDI 2006

7. Otrasdeclaracionespreceptivas.

a) Participación en Sociedades:1. Denominación: Delzur, Suministros Industriales, S.C.

Tipo.Comercio.

Porcentaje: 50% Participa en otras sociedades: Si b) Declaración de liquidación de impuestos.

2010

IRPF 2 652,00 €I. PatrimonioI. Sociedades

En Villamanrique de la Condesa a 29 de mayo de 2015 —El Alcalde, José Solís de la Rosa 2W-6960

VILLAVERDE DEL RÍO

Don Santiago Jiménez Torres, Alcalde-Presidente del Excmo Ayuntamiento de esta villa Por medio del presente expone: Que habiendo accedido a la Alcaldía el pasado día 13 de junio de conformidad con lo dispuesto

en el artículo 23 de la Ley de Bases de Régimen Local , y del artículo 46 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre

Vengoenresolver:Primero —Nombrar Tenientes de Alcalde a los siguientes Concejales del Ayuntamiento, por este orden: 1 ª Doña Francisca Bejaraño Albalá2 º Don Enrique Casas Rodríguez3 ª Doña Aguas Santas Campos Caballero4 ª Doña Sonia Yáñez PinaSegundo —Nombrar miembros de la Junta de Gobierno a los cuatro Tenientes de Alcalde designados más arriba Tercero —Que corresponderá a la Comisión de Gobierno: La asistencia al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones Las atri-

buciones que el Alcalde u otro órgano municipal le delegue o le atribuyan las Leyes Cuarto.—Dese cuenta al Pleno en la primera sesión que este celebre, a los efectos de su conocimiento y que se notifique per-

sonalmente a los designados y se publique en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente a la fecha de la misma, según se dispone en el art 46 del ROFRJEL

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32 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 151 Jueves 2 de julio de 2015

Diputación Provincial - Imprenta

TASAS CORRESPONDIENTES AL «BOLETÍN OFICIAL» DE LA PROVINCIA DE SEVILLA

Inserción anuncio, línea ordinaria 2,10Inserción anuncio, línea urgente 3,25

Importe mínimo de inserción 18,41Venta de CD’s publicaciones anuales 5,72

Las solicitudes de inserción de anuncios, así como la correspondencia de tipo administrativo y económico, se dirigirán al «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, avenida Menéndez y Pelayo, 32. 41071-Sevilla.

———Dirección del «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla: Ctra. Isla Menor, s/n. (Bellavista), 41014-Sevilla.

Teléfonos: 954 554 133 - 34 - 35 - 39 Faxes: 954 693 857 - 954 680 649 Correo electrónico: bop@dipusevilla es

En Villaverde del Río a 15 de junio de 2015 —El Alcalde-Presidente, Santiago Jiménez Torres —Ante mí la Secretaria, María José Gallardo Velázquez

253W-7046

VILLAVERDE DEL RÍO

Don Santiago Jiménez Torres, Alcalde-Presidente del Excmo Ayuntamiento de esta villa Por medio del presente expone: - Que habiendo accedido a la Alcaldía el pasado sábado día 13 de junio - Que habiéndose dictado el Decreto 226/2015, de fecha de hoy relativo a los nombramientos de Tenientes de Alcalde - Que habiendo presentado el que suscribe baja por enfermedad en el día de hoy - De conformidad a lo dispuesto en el art 47 del ROFRJEL (Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre) Y en virtud de las competencias que atribuye a la Alcaldía el art 21 de la Ley de Bases de Régimen Local Vengoenresolver:Primero —Delegar por razones de enfermedad las competencias de esta Alcaldía a la Primera Teniente de Alcalde de esta Cor-

poración doña Paqui Bejarano Albala con D N I núm 28 484557 H A quien efectivamente le corresponde por su nombramiento de Primer Teniente de Alcalde En virtud y con los efectos de lo establecido en los art 47 1 del R D 2568/86

Y a los efectos de lo dispuesto en el art 44 1 y 2 del mismo cuerpo legal Segundo —Dése cuenta al interesado, publíquese oportunamente y dése cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebreEn Villaverde del Río a 15 de junio de 2015 —El Alcalde-Presidente, Santiago Jiménez Torres

253W-7047

CHIPIONA (Cádiz)

De acuerdo con lo previsto en el art 59 5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, renumerado por el art. 68.2 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, intentada sin efecto la notificación del acto administrativo que se indica, este Ayuntamiento ha acordado la publicación del presente anuncio para que sirva de notificación al interesado, a cuyo fin se comunica que el expediente se encuentra a su disposición en la Unidad de Disciplina Urbanística de este Ayuntamiento, sita en Plaza de Andalucía s/n, donde podrá comparecer para conocimiento del texto íntegro de aquel, durante el plazo que se indica contado desde el día siguiente a la fecha de esta publicación

Notificación: Providencia del Ayuntamiento de Chipiona (Cádiz) de fecha 18 de febrero de 2015 de Incoación de expediente sancionador por infracción urbanística

— Expediente: 13/2014- R 1230 — Interesado: Don Francisco Díaz Rodríguez — DNI: 75 283 714-E — Acto que se notifica: Providencia de incoación.— Infracción: Arts 207 3 a) de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) y 78 3 a) del Reglamento de Discipli-

na Urbanística de Andalucía (RDUA), y sancionada conforme a los arts 219 de la LOUA y 93 del RDUA — Recurso: Acto de trámite, no cabe recurso No obstante puede formular alegaciones plazo 15 días Notificación: Providencia del Ayuntamiento de Chipiona (Cádiz) de fecha 18 de febrero de 2015, de Incoación de expediente

de Protección de la Legalidad Urbanística — Expediente: P L 11/2014 — Interesado: Don Francisco Díaz Rodríguez — D N I : 75 283 714-E — Acto que se notifica: Providencia de Incoación expediente Protección Legalidad.— Legislación aplicable: Arts 181 y 182 de la LOUA y 42 y ss del RDUA — Recurso: Acto de trámite no resolutivo Trámite audiencia quince días para presentación alegaciones y plazo dos meses para

instar la legalización Chipiona a 4 de mayo de 2015 —El Alcalde-Presidente, Antonio Peña Izquierdo

6W-5669