SUMARIO · 2008. 1. 17. · contencioso-administrativo n.º 1187/02. La Sala de lo...

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Miércoles, 23 de mayo de 2007 Direc.: C/ Julián Clavería, 11 ISSN: 1579-7252. Depósito Legal: O/2532-82 http://www.princast.es/bopa Núm. 119 SUMARIO I. Principado de Asturias • AUTORIDADES Y PERSONAL CONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA: Corrección de error advertido en la publicación del epígrafe de la Resolución de 26 de abril de 2007, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se convoca, para su provisión por el sis- tema de libre designación el puesto de Responsa- ble de recursos, sentencias, régimen disciplinario e incompatibilidades en la Consejería de Educación y Ciencia (BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias número 107, de 9 de mayo de 2007) .......... 9802 • OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERIA DE ECONOMIA Y ADMINISTRACION PUBLICA: Resolución de 19 de abril de 2007, de la Conseje- ría de Economía y Administración Pública, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en recurso contencioso-administrativo n.º 1187/02 ............................................................. 9802 Resoluciones de 25 de abril de 2007, de la Conse- jería de Economía y Administración Pública, por las que se disponen cumplimientos de sentencias dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en recursos contencioso-administrativos .. 9802 Resolución de 27 de abril de 2007, de la Conseje- ría de Economía y Administración Pública, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Admi- nistrativo número 5 de Oviedo, en el recurso 442/06 .................................................................... 9803 Resolución de 2 de mayo de 2007, de la Conseje- ría de Economía y Administración Pública, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Admi- nistrativo número 5 de Oviedo, en el recurso 598/06 .................................................................... 9803 CONSEJERIA DE SALUD Y SERVICIOS SANITARIOS: Resolución de 21 de marzo de 2007, de la Conse- jería de Salud y Servicios Sanitarios, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dicta- da por el Juzgado Contencioso-Administrativo número 3 de Oviedo, en el recurso interpuesto por Negocios y Gestión de Hostelería, S.A. “Hor- no Robledo”........................................................... 9804 CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACION DEL TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS: Resoluciones de 19 de abril de 2007, de la Con- sejería de Medio Ambiente, Ordenación del Terri- torio e Infraestructuras, por las que se disponen ejecuciones de sentencias dictadas en recursos contencioso-administrativos .................................. 9804 Resoluciones de 25 de abril de 2007, de la Con- sejería de Medio Ambiente, Ordenación del Terri- torio e Infraestructuras, por las que se disponen ejecuciones de sentencias dictadas en recursos contencioso-administrativos .................................. 9805 CONSEJERIA DE MEDIO RURAL Y PESCA: Resolución de 24 de abril de 2007, de la Conseje- ría de Medio Rural y Pesca, por la que se dispone la ejecución de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supe- rior de Justicia de Asturias, en el recurso conten- cioso-administrativo n.º 849/2000 interpuesto por doña Adela Menéndez Menéndez y otros ................. 9807 • ANUNCIOS CONSEJERIA DE CULTURA, COMUNICACION SOCIAL Y TURISMO: Información pública de la expropiación de los bienes afectados por el proyecto del Centro de la Prehistoria de Tito Bustillo .................................... 9808 III. Administración del Estado ................. 9809 IV. Administración Local ......................... 9838 V. Administración de Justicia ................ 9851 Págs. Págs. SUMARIO

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Miércoles, 23 de mayo de 2007Direc.: C/ Julián Clavería, 11ISSN: 1579-7252. Depósito Legal: O/2532-82http://www.princast.es/bopa

Núm. 119

S U M A R I O

I. Principado de Asturias

• AUTORIDADES Y PERSONAL

CONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA:

Corrección de error advertido en la publicacióndel epígrafe de la Resolución de 26 de abril de2007, de la Consejería de Educación y Ciencia,por la que se convoca, para su provisión por el sis-tema de libre designación el puesto de Responsa-ble de recursos, sentencias, régimen disciplinario eincompatibilidades en la Consejería de Educacióny Ciencia (BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias número 107, de 9 de mayo de 2007) .......... 9802

• OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERIA DE ECONOMIA Y ADMINISTRACION PUBLICA:

Resolución de 19 de abril de 2007, de la Conseje-ría de Economía y Administración Pública, por laque se dispone el cumplimiento de la sentenciadictada por el Tribunal Superior de Justicia deAsturias, en recurso contencioso-administrativon.º 1187/02.............................................................9802

Resoluciones de 25 de abril de 2007, de la Conse-jería de Economía y Administración Pública, porlas que se disponen cumplimientos de sentenciasdictadas por el Tribunal Superior de Justicia deAsturias, en recursos contencioso-administrativos.. 9802

Resolución de 27 de abril de 2007, de la Conseje-ría de Economía y Administración Pública, por laque se dispone el cumplimiento de la sentenciadictada por el Juzgado de lo Contencioso-Admi-nistrativo número 5 de Oviedo, en el recurso442/06....................................................................9803

Resolución de 2 de mayo de 2007, de la Conseje-ría de Economía y Administración Pública, por laque se dispone el cumplimiento de la sentenciadictada por el Juzgado de lo Contencioso-Admi-nistrativo número 5 de Oviedo, en el recurso598/06....................................................................9803

CONSEJERIA DE SALUD Y SERVICIOS SANITARIOS:

Resolución de 21 de marzo de 2007, de la Conse-jería de Salud y Servicios Sanitarios, por la quese dispone el cumplimiento de la sentencia dicta-da por el Juzgado Contencioso-Administrativonúmero 3 de Oviedo, en el recurso interpuestopor Negocios y Gestión de Hostelería, S.A. “Hor-no Robledo”...........................................................9804

CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACION

DEL TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS:

Resoluciones de 19 de abril de 2007, de la Con-sejería de Medio Ambiente, Ordenación del Terri-torio e Infraestructuras, por las que se disponenejecuciones de sentencias dictadas en recursoscontencioso-administrativos.................................. 9804

Resoluciones de 25 de abril de 2007, de la Con-sejería de Medio Ambiente, Ordenación del Terri-torio e Infraestructuras, por las que se disponenejecuciones de sentencias dictadas en recursoscontencioso-administrativos.................................. 9805

CONSEJERIA DE MEDIO RURAL Y PESCA:

Resolución de 24 de abril de 2007, de la Conseje-ría de Medio Rural y Pesca, por la que se disponela ejecución de la sentencia dictada por la Sala delo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supe-rior de Justicia de Asturias, en el recurso conten-cioso-administrativo n.º 849/2000 interpuesto pordoña Adela Menéndez Menéndez y otros................. 9807

• ANUNCIOS

CONSEJERIA DE CULTURA, COMUNICACION SOCIAL Y TURISMO:

Información pública de la expropiación de losbienes afectados por el proyecto del Centro de laPrehistoria de Tito Bustillo.................................... 9808

III. Administración del Estado ................. 9809

IV. Administración Local ......................... 9838

V. Administración de Justicia ................ 9851

Págs. Págs.

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• AUTORIDADES Y PERSONAL

CONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA:

CORRECCION de error advertido en la publicacióndel epígrafe de la Resolución de 26 de abril de 2007,de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que seconvoca, para su provisión por el sistema de libredesignación el puesto de Responsable de recursos, sen-tencias, régimen disciplinario e incompatibilidades enla Consejería de Educación y Ciencia (BOLETIN OFI-CIAL del Principado de Asturias número 107, de 9 demayo de 2007).

Advertido error en la publicación del epígrafe de la Resolu-ción de 26 de abril de 2007, de la Consejería de Educación yCiencia, por la que se convoca, para su provisión por el sistemade libre designación el puesto de Responsable de recursos, sen-tencias, régimen disciplinario e incompatibilidades en la Conse-jería de Educación y Ciencia, realizada en el BOLETIN OFI-CIAL del Principado de Asturias número 107, de 9 de mayo de2007, se procede a su corrección en el siguiente sentido:

En la página del sumario, en el epígrafe:

Donde dice:

"Consejería de Industria y Empleo".

Debe decir:

"Consejería de Educación y Ciencia".

Lo que se hace público para general conocimiento.—8.037.

• OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERIA DE ECONOMIA Y ADMINISTRACION PUBLICA:

RESOLUCION de 19 de abril de 2007, de la Conseje-ría de Economía y Administración Pública, por la quese dispone el cumplimiento de la sentencia dictada porel Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en recursocontencioso-administrativo n.º 1187/02.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TribunalSuperior de Justicia de Asturias dictó sentencia de fecha 13 defebrero de 2007, en el recurso 1187/2002, interpuesto por larepresentación procesal de Recreativos Franco, S.A. contra laresolución, de 31 de octubre de 2002, del Consejero de Hacien-da del Principado de Asturias que, confirmó en alzada la san-ción impuesta por la Directora General de Finanzas y Haciendade 25 de julio de 2002, por la que se imponía a la recurrenteuna multa de 72.000 euros.

La referida sentencia ha adquirido firmeza y en orden a suejecución han de seguirse los trámites establecidos en el artícu-lo 26 del Decreto 20/1997, de 20 de marzo, por el que se regulala organización y funcionamiento del Servicio Jurídico delPrincipado de Asturias.

En consecuencia,

R E S U E LV O

Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de lasentencia de referencia, cuya parte dispositiva es del siguientetenor literal:

"Que debemos estimar y estimamos parcialmente el recur-so contencioso-administrativo interpuesto por el procurador delos tribunales, don Francisco Javier Alvarez Riestra, en nombrey representación de Recreativos Franco, S.A., contra la resolu-ción del Consejero de Hacienda del Principado de Asturias de31 de octubre de 2002, que confirmó en recurso de alzada lasanción impuesta por la Directora General de Finanzas yHacienda de 25 de julio de 2002 y por la que se imponía a larecurrente una multa de 72.000 euros. Declarando:

Primero. La disconformidad a Derecho de la resoluciónimpugnada y su anulación respecto a la imposición de la multa,debiendo de imponerse en su grado mínimo 15.025,31 euros.

Segundo. No hacer imposición de las costas devengadas eneste procedimiento a ninguna de las partes litigantes."

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolu-ción en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Oviedo, a 19 de abril de 2007.—El Consejero de Economíay Administración Pública.—7.447.

– • –

RESOLUCIONES de 25 de abril de 2007, de la Conse-jería de Economía y Administración Pública, por lasque se disponen cumplimientos de sentencias dictadaspor el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, enrecursos contencioso-administrativos.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TribunalSuperior de Justicia de Asturias dictó sentencia de fecha 13 defebrero de 2007, en el recurso 701/2002, interpuesto por larepresentación procesal de Asociación Profesional de Adminis-trativos de Minas de Carbón de Asturias, contra la resoluciónde 6 de agosto de 2002 del Principado de Asturias y contra laresolución de 8 de agosto de 2002 de la Delegación del Gobier-no en Asturias, que desestimaban el requerimiento de cesaciónde vía de hecho en relación a la privación de la posesión dedeterminado local.

La referida sentencia ha adquirido firmeza y en orden a suejecución han de seguirse los trámites establecidos en el artícu-lo 26 del Decreto 20/1997, de 20 de marzo, por el que se regulala organización y funcionamiento del Servicio Jurídico delPrincipado de Asturias.

En consecuencia,

R E S U E LV O

Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de lasentencia de referencia, cuya parte dispositiva es del siguientetenor literal:

I. Principado de Asturias

BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 23-V-20079802

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS23-V-2007 9803

"Que debemos estimar y estimamos parcialmente el recursocontencioso administrativo interpuesto por la procuradora delos tribunales señora Lana Alvarez, en nombre y representaciónde "Asociación Profesional de Administrativos de Minas deCarbón de Asturias", contra la resolución de fecha 6 de agostode 2002 dictada por la Consejería de Hacienda del Principadode Asturias, por la que se desestimó el requerimiento de cesa-ción de vía de hecho efectuado por la recurrente, declarando:

Primero. La disconformidad a derecho de las resolucio-nes impugnadas y su anulación.

Segundo. El reconocimiento del derecho a ser indemni-zados en las cantidades que se fijen en ejecución desentencia de acuerdo con lo prevenido en el fundamen-to jurídico cuarto de esta resolución, y desestimando entodo lo demás pretendido frente a la Administración delPrincipado.

Tercero. Desestimar el recurso en relación a la resolu-ción de 8 de agosto de 2002 de la Delegación delGobierno en Asturias.

Cuarto. No hacer imposición de las costas devengadasen este procedimiento a ninguna de las partes litigan-tes."

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolu-ción en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Oviedo, a 25 de abril de 2007.—El Consejero de Economíay Administración Pública.—7.448(1).

– • –

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 deOviedo, ha dictado sentencia de fecha 10 de abril de 2007, enel recurso 39/2007, interpuesto por la representación de doñaMaría Martínez Capín, contra la desestimación presunta de lasolicitud presentada el 6 de septiembre de 2006, por la quereclamaba el abono de las retribuciones inherentes al puesto detrabajo efectivamente desempeñado de jefe de sección, duranteel período comprendido entre el 1 de julio de 2002 y el 23 deenero de 2004.

La referida sentencia ha adquirido firmeza y en orden a suejecución han de seguirse los trámites establecidos en el artícu-lo 26 del Decreto 20/1997, de 20 de marzo, por el que se regulala organización y funcionamiento del Servicio Jurídico delPrincipado de Asturias.

En consecuencia,

R E S U E LV O

Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de lasentencia de referencia, cuya parte dispositiva es del siguientetenor literal:

"El Juzgado acuerda inadmitir el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la letrada doña Natalia Rodrí-guez Arias, en nombre y representación de doña María Martí-nez Capín, contra la desestimación presunta de reclamación,presentada el 6 de septiembre de 2006, ante la Consejería deEconomía y Administración Pública del Principado de Astu-rias, por haberse presentado extemporáneamente contra un actoque es reproducción de otro definitivo y firme. Cada parte car-gará con sus propias costas."

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolu-ción en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Oviedo, a 25 de abril de 2007.—El Consejero de Economíay Administración Pública.—7.448(2).

RESOLUCION de 27 de abril de 2007, de la Conseje-ría de Economía y Administración Pública, por la quese dispone el cumplimiento de la sentencia dictada porel Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5de Oviedo, en el recurso 442/06.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 deOviedo, ha dictado sentencia de fecha 11 de abril de 2007, enel recurso 442/2006 interpuesto por la representación procesalde doña María José Ordiales Costales contra la desestimaciónpresunta del recurso de reposición formulado contra la resolu-ción de 22 de febrero de 2006, de la Consejería de Economía yAdministración Pública del Principado de Asturias, por la quese aprueba la liquidación del complemento de productividadvariable.

La referida sentencia ha adquirido firmeza y en orden a suejecución han de seguirse los trámites establecidos en el artícu-lo 26 del Decreto 20/1997, de 20 de marzo, por el que se regulala organización y funcionamiento del Servicio Jurídico delPrincipado de Asturias.

En consecuencia,

R E S U E LV O

Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de lasentencia de referencia, cuya parte dispositiva es del siguientetenor literal:

"Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuestopor doña María José Ordiales Costales, frente a la desestima-ción presunta del recurso de reposición interpuesto frente a laresolución de 22 de febrero de 2006, por la que se aprobó laliquidación de los complementos de productividad por rendi-mientos individuales y cumplimiento de objetivos en relación aaquélla, a tenor del acuerdo de la mesa sectorial de personal de29 de septiembre de 2005.

Declarar la disconformidad a Derecho del acto impugnadoy reconocer el derecho al abono del complemento de producti-vidad correspondiente a su grupo en el período afectado por laresolución impugnada, sin computar como absentismo el perío-do de baja comprendido entre el 4 de julio y el 21 de octubrede 2005. Sin costas."

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolu-ción en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Oviedo, a 27 de abril de 2007.—El Consejero de Economíay Administración Pública.—7.449.

– • –

RESOLUCION de 2 de mayo de 2007, de la Consejeríade Economía y Administración Pública, por la que sedispone el cumplimiento de la sentencia dictada por elJuzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 deOviedo, en el recurso 598/06.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 deOviedo, dictó sentencia de fecha 11 de abril de 2007, en elrecurso 598/2006, interpuesto por la representación procesal dedon Carlos Granda González, contra resolución del DirectorGeneral de la Función Pública, de 16 de octubre de 2006, porla que se deniega el reconocimiento del grado personal 18.

La referida sentencia ha adquirido firmeza y en orden a suejecución han de seguirse los trámites establecidos en el artícu-lo 26 del Decreto 20/1997, de 20 de marzo, por el que se regulala organización y funcionamiento del Servicio Jurídico delPrincipado de Asturias.

En consecuencia,

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 23-V-20079804

R E S U E LV O

Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de lasentencia de referencia, cuya parte dispositiva es del siguientetenor literal:

"Estimar el recurso contencioso interpuesto por don CarlosGranda González frente a la resolución del Director General dela Función Pública de la Consejería de Economía y Administra-ción Pública del Principado de Asturias, de 16 de octubre de2006 por la que se deniega el reconocimiento del grado personal18.

Declarar el derecho al reconocimiento del nivel 18, con losefectos administrativos y económicos correspondientes. Sincostas."

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolu-ción en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Oviedo, a 2 de mayo de 2007.—El Consejero de Economíay Administración Pública.—7.451.

CONSEJERIA DE SALUD Y SERVICIOS SANITARIOS:

RESOLUCION de 21 de marzo de 2007, de la Conseje-ría de Salud y Servicios Sanitarios, por la que se dis-pone el cumplimiento de la sentencia dictada por elJuzgado Contencioso-Administrativo número 3 deOviedo, en el recurso interpuesto por Negocios y Ges-tión de Hostelería, S.A. “Horno Robledo”.

"Visto el testimonio de la sentencia dictada en fecha 6 demarzo de 2007 por el Juzgado Contencioso-Administrativonúmero 3 de Oviedo, en el recurso contencioso-administrativonúmero de procedimiento abreviado 381/06, interpuesto porNegocios y Gestión de Hostelería, S.A. "Horno Robledo", for-mulado contra la resolución sancionadora de la Consejería deSalud y Servicios Sanitarios del Principado, de 8 de agosto de2006.

Considerando que la mencionada sentencia ha adquiridofirmeza y que, en orden a su ejecución, han de observarse lostrámites previstos en el artículo 26 del Decreto 20/97, de 20 demarzo, por el que se regula la organización y funcionamientodel Servicio Jurídico del Principado de Asturias.

Esta Consejería de Salud y Servicios Sanitarios dispone laejecución en sus propios términos, de la referida sentencia,cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Fallo

“Que debo desestimar y desestimo el recurso contencioso-administrativo n.° 381/06 interpuesto por el procurador donJosé Manuel Tahoces Blanco contra la resolución de 8 de agos-to de 2006 del Consejero de Salud y Servicios Sanitarios delPrincipado de Asturias, por la que se impone a Negocios yGestión de Hostelería, S.A. "Horno Robledo" una sanción enel ámbito de la Ley 25/2005 de 26 de diciembre, por ser el actorecurrido conforme con el ordenamiento jurídico, sin realizarexpresa imposición de las costas causadas en este recurso.

Contra esta sentencia no cabe recurso de apelación, debien-do notificarse a las partes en legal forma y actuar de conformi-dad con el artículo 104 de la LJCA.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimoniopara su unión a los autos, la pronuncio, mando y firmo."

Lo que se publica para general conocimiento y cumpli-miento según lo previsto en los artículos 103 y siguientes de laLey de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa."

Oviedo, a 21 de marzo de 2007.—El Consejero de Salud yServicios Sanitarios.—7.287.

CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIONDEL TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS:

RESOLUCIONES de 19 de abril de 2007, de la Conse-jería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio eInfraestructuras, por las que se disponen ejecucionesde sentencias dictadas en recursos contencioso-admi-nistrativos.

• Expediente finca n.º 106-0 Oviedo-Escamplero.

Visto el testimonio de la sentencia dictada con fecha 21 defebrero de 2007 por el Tribunal Superior de Justicia de Astu-rias, en el recurso contencioso-administrativo número530/2002 interpuesto por el Principado de Asturias, contra elJurado Provincial de Expropiación Forzosa de Asturias y comoparte codemandada Comunidad Hereditaria de don JesúsCadavieco Alvarez, versando el recurso sobre justiprecio definca expropiada con motivo de las obras de reparación de lacarretera AS-232, Oviedo-Escamplero.

R E S U E LV O

Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de lasentencia de referencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

En atención a todo lo expuesto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias,ha decidido:

“Desestimar el presente recurso contencioso-administrativointerpuesto por la letrada del Servicio Jurídico del Principado deAsturias, contra Acuerdo del Jurado Provincial de ExpropiaciónForzosa de Asturias n.º 55/03, de fecha 17 de enero de 2003,que fijó el justiprecio de la finca núm. 106-0, expropiada por laConsejería de Infraestructura y Política Territorial del Principa-do de Asturias, con motivo de las obras de reparación de lacarretera AS-232 Oviedo-Escamplero: Tramo Oviedo–Intersec-ción con la CM a San Claudio, en la cantidad de 19.562,65euros, más el 5% como premio de afección, excepto sobre lasdos últimas partidas e intereses correspondientes, Acuerdo quese confirma, por se ajustado a Derecho. Sin hacer especial pro-nunciamiento sobre costas.”

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolu-ción en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Oviedo, a 19 de abril de 2007.—El Consejero de MedioAmbiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras.—7.291(1).

– • –

• Expediente O-3043-O-2005.

Visto el testimonio de la sentencia dictada con fecha 15 demarzo de 2007 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrati-vo número 2 de Oviedo, en el procedimiento abreviado núme-ro 329/2006, interpuesto por Congelados del Cantábrico, S.L.contra resolución de la Consejería de Medio Ambiente, Orde-nación del Territorio e Infraestructuras relativa a una sanciónen materia de transporte por carretera.

R E S U E LV O

Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de lasentencia de referencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

En atención a todo lo expuesto el Juzgado de lo Contencio-so-Administrativo número 2 ha decidido:

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS23-V-2007 9805

“Desestimar el recurso contencioso-administrativo presen-tado por Congelados del Cantábrico, S.L. contra la resoluciónde la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorioe Infraestructuras del Gobierno del Principado de Asturias, de18 de julio de 2006, desestimatoria del recurso de reposicióninterpuesto contra la dictada en fecha 6 de abril de 2006, por laque se le impone al recurrente una sanción por infracción enmateria de transportes, declarando su conformidad a Derecho,sin hacer especial imposición de costas.”

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolu-ción en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Oviedo, a 19 de abril de 2007.—El Consejero de MedioAmbiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras.—7.291(2).

– • –

• Expediente O-1932-O-2005.

Visto el testimonio de la sentencia dictada con fecha 28 defebrero de 2007 por el Juzgado de lo Contencioso-Administra-tivo número 2 de Oviedo, en el procedimiento abreviadonúmero 333/2006, interpuesto por Asturmóvil, S.L. contraresolución de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenacióndel Territorio e Infraestructuras, relativa a una sanción en mate-ria de transporte por carretera.

R E S U E LV O

Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de lasentencia de referencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

En atención a todo lo expuesto el Juzgado de lo Contencio-so-Administrativo número 2 ha decidido:

"Estimar el recurso contencioso-administrativo presentadopor Asturmóvil, S.A. contra la resolución de la Consejería deMedio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructurasdel Gobierno del Principado de Asturias, de fecha 7 de febrero2006, expediente n.º O-1932-O-2005, la que se anula por no serconforme a Derecho; sin hacer especial imposición de costas”.

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolu-ción en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Oviedo, a 19 de abril de 2007.—El Consejero de MedioAmbiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras.—7.291(3).

– • –

• Expediente finca 121 Cornellana-Puerto de Cerredo.

Visto el testimonio de la sentencia dictada con fecha 21 defebrero de 2007 por el Tribunal Superior de Justicia de Astu-rias, en el recurso contencioso-administrativo número811/2003, interpuesto por don Aurelio Rodríguez Allande con-tra el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa y como partecodemandada el Principado de Asturias, versando el recursosobre justiprecio de finca expropiada con motivo de las obrasdel acondicionamiento de la carretera AS-15.

R E S U E LV O

Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de lasentencia de referencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

En atención a todo lo expuesto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias,ha decidido:

“Estimar en parte el presente recurso contencioso-adminis-trativo interpuesto en nombre de don Aurelio Rodríguez Allan-

de contra el Acuerdo del Jurado Provincial de ExpropiaciónForzosa de Asturias a que el mismo se contrae, en el que hasido parte la Administración demandada, Acuerdo que se anulapor no ser ajustado a Derecho, fijando el justiprecio de la fincaque nos ocupa en la cantidad de 885,62 euros, más los corres-pondientes intereses legales en la forma establecida en el fun-damento de derecho cuarto de esta resolución. Sin hacer espe-cial pronunciamiento sobre costas.”

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolu-ción en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Oviedo, a 19 de abril de 2007.—El Consejero de MedioAmbiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras.—7.291(4).

– • –

RESOLUCIONES de 25 de abril de 2007, de la Conse-jería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio eInfraestructuras, por las que se disponen ejecucionesde sentencias dictadas en recursos contencioso-admi-nistrativos.

• Expediente O-3659-O-2005.

Visto el testimonio de la sentencia dictada con fecha 26 demarzo de 2007 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrati-vo número 1 de Oviedo, en el procedimiento abreviado número391/2006, interpuesto por Condesmo, S.L., contra la Conseje-ría de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraes-tructuras, versando el recurso sobre impugnación de sanciónpor incumplimiento de la normativa reguladora del transporteterrestre.

R E S U E LV O

Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de lasentencia de referencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

En atención a todo lo expuesto el Juzgado de lo Contencio-so-Administrativo número 1 ha decidido:

“Que debo estimar y estimo en parte el recurso contencio-so-administrativo interpuesto por Condesmo, S.L., contra laresolución de Consejero de Medio Ambiente, Ordenación delTerritorio e Infraestructuras del Principado de Asturias, defecha 22 de junio de 2006, en expediente O-3659-O-2005 en laque se imponía al recurrente una sanción de multa de 4.601euros por infracción de la legislación sobre transportes terres-tres, declarando la disconformidad a derecho del acto impugna-do y su anulación acordando en su lugar se imponga al recu-rrente como autor de una falta del art. 141.31 LOTT la sanciónde 1.000 euros de multa tal y como se explicita en el cuerpo deesta resolución. No procede imposición de costas a ninguna delas partes.”

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolu-ción en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Oviedo, a 25 de abril de 2007.—El Consejero de MedioAmbiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras.—7.292(1).

– • –

• Expediente O-631-V-2006.

Visto el testimonio de la sentencia dictada con fecha 27 demarzo de 2007 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrati-vo número 4 de Oviedo, en el procedimiento abreviado número61/2007, interpuesto por Alsa Interprovincial, S.A. contra laConsejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e

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Infraestructuras, relativa a una sanción en materia de transportepor carretera.

R E S U E LV O

Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de lasentencia de referencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

En atención a todo lo expuesto el Juzgado de lo Contencio-so-Administrativo número 4 ha decidido:

“Que debo estimar y estimo parcialmente el recurso con-tencioso-administrativo interpuesto por el letrado don MartínMoreno Fernández en nombre y representación de Alsa Inter-provincial, S.A., contra la resolución de 13 de noviembre de2006, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación delTerritorio e Infraestructuras del Principado de Asturias, por laque se desestimaba el recurso de reposición formulado contrala resolución de 24 de julio de 2006, recaída en el expedienten.° O-631-V-2006, por ser contrarias a Derecho y, en conse-cuencia, nulas, pero únicamente en lo que se refiere a la cuan-tía de la multa que se reduce a 401 euros, debiendo desestimarel recurso en todo lo demás. Cada parte cargará con sus propiascostas.”

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolu-ción en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Oviedo, a 25 de abril de 2007.—El Consejero de MedioAmbiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras.—7.292(2).

– • –

• Expediente O-757-O-2006.

Visto el testimonio de la sentencia dictada con fecha 27 demarzo de 2007 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrati-vo número 4 de Oviedo, en el procedimiento abreviado número41/2007, interpuesto por Automóviles Garrido S.L., contra laConsejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio eInfraestructuras, relativa a una sanción en materia de transportepor carretera.

R E S U E LV O

Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de lasentencia de referencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

En atención a todo lo expuesto el Juzgado de lo Contencio-so-Administrativo número 4 ha decidido:

“Que debo desestimar y desestimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la procuradora doña PatriciaAlvarez Pérez Manso, en nombre y representación de Automó-viles Garrido, S.L., contra la resolución de 15 de noviembre de2006, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación delTerritorio e Infraestructuras del Principado de Asturias, recaídaen el expediente administrativo n.º O-757-O-2006, por ser con-forme a Derecho. Cada parte cargará con sus propias costas.”

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolu-ción en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Oviedo, a 25 de abril de 2007.—El Consejero de MedioAmbiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras.—7.292(3).

– • –

• Expediente O-2102-O-2005.

Visto el testimonio de la sentencia dictada con fecha 20 demarzo de 2007 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrati-vo número 1 de Oviedo, en el procedimiento abreviado número

365/2006, interpuesto por Lurreitxaso, S.A., contra la Conseje-ría de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraes-tructuras, versando el recurso sobre impugnación de sanciónpor incumplimiento de la normativa reguladora del transporteterrestre.

R E S U E LV O

Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de lasentencia de referencia,cuyo tenor literal es el siguiente:

En atención a todo lo expuesto el Juzgado de lo Contencio-so-Administrativo número 1 ha decidido:

“Que debo desestimar y desestimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Lurreitxaso, S.A., contra lasresoluciones de fecha 16 de mayo de 2006 y 17 de febrero de2006 dictadas por el señor Consejero de Medio Ambiente,Ordenación del Territorio e Infraestructuras, recaída en el expe-diente O-2102-O-2005, declarando la conformidad a Derechode las resoluciones impugnadas, sin hacer imposición de cos-tas.”

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolu-ción en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Oviedo, a 25 de abril de 2007.—El Consejero de MedioAmbiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras.—7.292(4).

– • –

• Expediente P-42/2005-A.

Visto el testimonio de la sentencia dictada con fecha 15 demarzo de 2007 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrati-vo número 3 de Oviedo, en el procedimiento abreviado número216/2006, interpuesto por don Eduardo García Rodríguez con-tra resolución de la Consejería de Medio Ambiente, Ordena-ción del Territorio e Infraestructuras, sobre urbanismo.

R E S U E LV O

Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de lasentencia de referencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

En atención a todo lo expuesto el Juzgado de lo Contencio-so-Administrativo número 1 ha decidido:

"Que debo desestimar y desestimo el recurso contencioso-administrativo n.º 216/06, interpuesto por la procuradora doñaRosa López Tuñón, en representación de don Eduardo GarcíaRodríguez, contra resolución del Consejero de Medio Ambien-te, Ordenación del Territorio e Infraestructuras del Gobiernodel Principado de Asturias de 11 de abril de 2006, por ser losactos recurridos conformes con el ordenamiento jurídico, sinhacer expresa imposición de las costas causadas en este recur-so.”

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolu-ción en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Oviedo, a 25 de abril de 2007.—El Consejero de MedioAmbiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras.—7.292(5).

– • –

• Expediente O-3569-O-2005.

Visto el testimonio de la sentencia dictada con fecha 20 demarzo de 2007 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrati-

BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 23-V-20079806

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS23-V-2007 9807

vo número 1 de Oviedo, en el procedimiento abreviado número371/2006, interpuesto por don Jesús Font Matabuena contra laConsejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio eInfraestructuras, versando el recurso sobre impugnación desanción por incumplimiento de la normativa reguladora deltransporte terrestre.

R E S U E LV O

Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de lasentencia de referencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

En atención a todo lo expuesto el Juzgado de lo Contencio-so-Administrativo número 1 ha decidido:

“Que debo estimar y estimo el recurso contencioso-admi-nistrativo interpuesto por el procurador señor Sastre Quirós, enrepresentación de Jesús Font Matabuena, contra la resoluciónde fecha 7 de junio de 2006 dictada por el Consejero de MedioAmbiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras delPrincipado de Asturias, en el expediente administrativo O-3569-O-2005 declarando:

La disconformidad a Derecho de la resolución impugnaday su anulación.

Sin imposición de las costas devengadas a ninguna de laspartes litigantes.

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolu-ción en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Oviedo, a 25 de abril de 2007.—El Consejero de MedioAmbiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras.—7.292(6).

– • –

• Expediente O-1605-O-2006.

Visto el testimonio de la sentencia dictada con fecha 10 deabril de 2007 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativonúmero 4 de Oviedo, en el procedimiento abreviado número139/2007, interpuesto por doña Ana Belén López Santamarinacontra la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Terri-torio e Infraestructuras, relativa a una sanción en materia detransporte por carretera.

R E S U E LV O

Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de lasentencia de referencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

En atención a todo lo expuesto el Juzgado de lo Contencio-so-Administrativo número 4 ha decidido:

“Que debo estimar y estimo parcialmente el recurso con-tencioso-administrativo interpuesto por la procuradora doña MªIsabel Aldecoa Alvarez, en nombre y representación de doñaAna Belén López Santamarina, contra la resolución de 14 dediciembre de 2006, de la Consejería de Medio Ambiente, Orde-nación del Territorio e Infraestructuras del Principado de Astu-rias, recaída en el expediente n.º O-1605-O-2006, por ser con-traria a Derecho y, en consecuencia, nula, pero únicamente enlo que se refiere a la calificación de la infracción administrativaque es grave y respecto de la cuantía de la multa, que se reducea 802 euros, debiendo desestimar el recurso en todo lo demás.Cada parte cargará con sus propias costas.”

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolu-ción en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Oviedo, a 25 de abril de 2007.—El Consejero de MedioAmbiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras.—7.292(7).

• Expediente O-137/2002.

Visto el testimonio de la sentencia dictada con fecha 13 defebrero de 2007, por el Tribunal Superior de Justicia de Astu-rias, en el recurso contencioso-administrativo número 98/2003,interpuesto por don Edelmiro Pereira Suárez y tres más contrala Consejería de Medio Ambiente del Principado de Asturias,versando el recurso sobre sanción en materia de caza.

R E S U E LV O

Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de lasentencia de referencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

En atención a todo lo expuesto, la Sección Primera de laSala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superiorde Justicia de Asturias, ha decidido:

“Desestimar el recurso contencioso-administrativo inter-puesto por la representación legal de don Edelmiro Pereira Suá-rez, don José María Pérez Suárez y don Marco Antonio Fernán-dez González y don Jacobo Fernández González contra elacuerdo del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, de12 de diciembre de 2002, en el que intervino el Principado deAsturias, actuando a través de su representación legal; resolu-ción que se mantiene por ser conforme a Derecho. Sin costas.”

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolu-ción en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Oviedo, a 25 de abril de 2007.—El Consejero de MedioAmbiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras.—7.292(8).

CONSEJERIA DE MEDIO RURAL Y PESCA:

RESOLUCION de 24 de abril de 2007, de la Conseje-ría de Medio Rural y Pesca, por la que se dispone laejecución de la sentencia dictada por la Sala de loContencioso-Administrativo del Tribunal Superior deJusticia de Asturias, en el recurso contencioso-admi-nistrativo n.º 849/2000 interpuesto por doña AdelaMenéndez Menéndez y otros.

Visto el testimonio de la sentencia de fecha 12 de marzo de2007, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo delTribunal Superior de Justicia de Asturias, en el recurso conten-cioso-administrativo n.º 849/2000 interpuesto por doña AdelaMenéndez Menéndez y otros, contra la desestimación presuntapor silencio administrativo negativo, de la solicitud de revisiónde oficio de las resoluciones de fecha 24 de marzo y 21 dejunio, ambas dictadas por el Consejero de Agricultura delGobierno del Principado de Asturias, mediante las que se auto-rizaron la realización de unos cierres a favor de terceros, en elmonte de utilidad pública "Los Acebales", n.º 132 del catálogo.

Considerando que la referida sentencia ha adquirido firme-za, de conformidad con lo dispuesto en el art. 26 del Decreto20/1997, de 20 de marzo, por el que se regula la organización yfuncionamiento del Servicio Jurídico del Principado de Astu-rias, en su virtud,

R E S U E LV O

Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de lasentencia de referencia, cuya parte dispositiva es del siguientetenor literal:

"La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TribunalSuperior de Justicia de Asturias, ha decidido:

Estimar el recurso de esta clase interpuesto por la represen-tación procesal de doña Adela Menéndez Menéndez y doña

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Angeles Martínez Fernández, contra la desestimación presunta,por silencio administrativo negativo, de la solicitud de revisiónde oficio de las resoluciones, de fecha 24 de marzo y 21 dejunio, ambas dictadas por el Consejero de Agricultura delGobierno del Principado de Asturias, mediante las que se auto-rizaron la realización de unos cierres a favor de terceros, quehan comparecido en autos como codemandados, en el monte deutilidad pública "Los Acebales", n.º 132 del catálogo; resolu-ción presunta que se anula y deja sin efecto por ser contraria aDerecho, y en su virtud se declara el derecho a que por laAdministración demandada se inicie el procedimiento de revi-sión de oficio de la solicitud efectuada por los recurrentes porel procedimiento legalmente previsto, resolviendo, en conse-cuencia, con expresa imposición de las costas a la Administra-ción demandada."

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolu-ción en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Oviedo, a 26 de abril de 2007.—La Consejera de MedioRural y Pesca.—7.366.

• ANUNCIOS

CONSEJERIA DE CULTURA, COMUNICACION SOCIALY TURISMO:

INFORMACION pública de la expropiación de los bie-nes afectados por el proyecto del Centro de la Prehisto-ria de Tito Bustillo.

El Decreto 39/2007, de 19 de abril, declaró el interés sociala efectos de expropiación, de determinados inmuebles necesa-rios para la ejecución del Centro de la Prehistoria de Tito Bus-tillo.

Por otra parte, el Consejo de Gobierno del Principado deAsturias en su reunión del día 19 de abril de 2007 adoptóAcuerdo por el que se autorizó la ejecución del referido Pro-yecto, al amparo de lo establecido en el artículo 17 TextoRefundido de las Disposiciones vigentes en materia de Ordena-ción del Territorio y Urbanismo, aprobado por Decreto Legisla-tivo del Principado de Asturias 1/2004, de 22 de abril.

Así las cosas y previo en su caso a la declaración de nece-saria y urgente ocupación, se abre período de informaciónpública, conforme a lo establecido en el artículo 18 de la Leyde Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 y 17 y18 de su Reglamento aprobado por Decreto de 26 de abril de1957, por un plazo de 15 días hábiles, para que todas las perso-nas interesadas puedan formular las alegaciones que estimenoportunas en orden a la rectificación de posibles errores que seaprecien en la relación anexa.

A tal efecto el expediente podrá ser examinado en el Servi-cio de Patrimonio Histórico y Cultural dependiente de la Direc-ción General de Promoción Cultural y Política Lingüística deesta Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo,sito en la Plaza del Sol 8 de Oviedo.

En Oviedo, a 16 de mayo de 2007.—El Secretario GeneralTécnico.—8.039.

BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 23-V-20079808

Anexo

Listado información pública desarrollo proyecto del Centro de la Prehistoria de Tito Bustillo. Ribadesella.

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS23-V-2007 9809

III. Administración del Estado

DELEGACION DEL GOBIERNO EN ASTURIAS

DELEGACION ESPECIAL DE ECONOMIA YHACIENDA DE ASTURIAS

Subgerencia Territorial del Catastro de Gijón

Anuncio

En virtud de lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y habiéndoseintentado la notificación por dos veces sin que haya podidopracticarse por causas no imputables a la Administración, porel presente anuncio se cita los titulares catastrales, obligadostributarios o representantes que a continuación se relacionanpara ser notificados por comparecencia de los actos adminis-

trativos derivados de procedimientos que, igualmente, se espe-cifican.

Los interesados citados o sus representantes deberán com-parecer para ser notificados en el plazo de quince días natura-les, contados desde el siguiente a la publicación de este anun-cio, en horario de nueve a catorce horas, de lunes a viernes,ante la Subgerencia del Catastro de Gijón, como órgano com-petente para la tramitación de los citados procedimientos, sitaen Anselmo Cifuentes 13,3 de Gijón.

Transcurrido dicho plazo sin haber comparecido, la notifi-cación se entenderá producida a todos los efectos legales desdeel día siguiente al del vencimiento de dicho plazo.

En Gijón, a 2 de mayo de 2007.—El Subgerente Territo-rial.—7.715.

Anexo

Municipio: Carreño

Nº Expediente (Documento) Tit. Catastral/Obligado T. NIF/CIF Procedimiento

6056.52/07(356726) BAENA MARCOS JOSE ANGEL 09355368A SOLICITUD-RESOLUCION8877.52/07(356734) CABALLERO GONZALEZ SUSANA 35775167R INSPECTOR-INICIO39318.52/06(351805) CDAD. PROP. URBANIZACION SAN ANTONIO H33725920 RECURSO-RESOLUCION 6436.52/07(357869) FANO RODRIGUEZ BENJAMIN 10661296Z DECLARACION-AUDIENCIA6055.52/07(355711) GARCIA CASAL NOELIA 33995789H SOLICITUD-RESOLUCION8874.52/07(356733) GARCIA FERNANDEZ SANTOS 09361247V INSPECTOR-INICIO10756.52/07(358559) GARCIA GONZALEZ RAFAELA SUBSANACION-INICIO24023.52/06(330057) GONZALEZ VEGA MARCELINO 10776741E DECLARACION-ACUERDO7995.52/07(355658) MENENDEZ ALVAREZ FELIPE DECLARACION-AUDIENCIA41573.52/06(351760) PEREZ RODRIGUEZ HORTENSIA 01900066J RECURSO-AUDIENCIA

Municipio: Colunga

Nº Expediente (Documento) Tit. Catastral/Obligado T. NIF/CIF Procedimiento

32346.52/06(353415) ALVAREZ ROZA M AMOR 09366500A DECLARACION-ACUERDO32346.52/06(353420) ALVAREZ ROZA M AMOR 09366500A DECLARACION-ACUERDO32346.52/06(353490) ARNAIZ COVIAN ANGEL 10430227A DECLARACION-ACUERDO45295.52/06(353220) AROCA TEJEDOR ANA MARIA 27474304E DECLARACION-ACUERDO45295.52/06(353235) AROCA TEJEDOR ANA MARIA 27474304E DECLARACION-ACUERDO4069.52/07(351533) CAPELLAN GARCIA RAFAEL HEREDEROS D DECLARACION-AUDIENCIA4069.52/07(351532) CAPELLAN JOGLAR RAFAEL DECLARACION-AUDIENCIA32346.52/06(353485) CARUS VALLE SERVANDO 10470451T DECLARACION-ACUERDO5316.52/06(351251) CAYADO ALONSO AGUSTIN 10671353C RECURSO-AUDIENCIA3969.52/07(351691) CHICHARRO VILLAR JOSE ANTONIO 10751974A RECURSO-AUDIENCIA35299.52/06(358292) COLLADO CARUS VICENTE 10678554E RECURSO-RESOLUCION45476.52/06(350660) COLLADO S PEDRO EMILIO RECURSO-AUDIENCIA45295.52/06(353225) FENTE GOMEZ MANUEL 00204113B DECLARACION-ACUERDO45295.52/06(353248) FENTE GOMEZ MANUEL 00204113B DECLARACION-ACUERDO45295.52/06(353249) FENTE GOMEZ MANUEL 00204113B DECLARACION-ACUERDO45295.52/06(353265) FENTE GOMEZ MANUEL 00204113B DECLARACION-ACUERDO45295.52/06(353271) FENTE GOMEZ MANUEL 00204113B DECLARACION-ACUERDO45282.52/06(345621) FERNANDEZ GARCIA EVA MARIA 08925968J RECTIFICACION-ACUERD32346.52/06(353471) FERNANDEZ PRESTAMO CARMEN EULALIA 50529757E DECLARACION-ACUERDO1345.52/07(347472) FIDALGO ALONSO PILAR 10176023H RECURSO-RESOLUCION1345.52/07(347473) FIDALGO ALONSO PILAR 10176023H RECURSO-RESOLUCION1345.52/07(347474) FIDALGO ALONSO PILAR 10176023H RECURSO-RESOLUCION1345.52/07(347475) FIDALGO ALONSO PILAR 10176023H RECURSO-RESOLUCION

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 23-V-20079810

Municipio: Gijón

Nº Expediente (Documento) Tit. Catastral/Obligado T. NIF/CIF Procedimiento

Nº Expediente (Documento) Tit. Catastral/Obligado T. NIF/CIF Procedimiento

32346.52/06(353534) GARCIA MONTOTO M ENCARNACION MARTA 10743843Z DECLARACION-ACUERDO32346.52/06(353484) GARRIDO MANRIQUE DE LARA JULIA 00701070F DECLARACION-ACUERDO43359.52/06(350656) GIRIBERT PEREZ ISABEL DECLARACION-AUDIENCIA7052.52/07(354657) ISLA ISLA JESUSA DECLARACION-AUDIENCIA32346.52/06(353462) LLERA VALDES CELSA 10682255C DECLARACION-ACUERDO43529.52/06(351456) MARIN CUBILLO JUAN ANTONIO 00100326T RECURSO-RESOLUCION32346.52/06(353551) MARINA FERNANDEZ VICTOR 10678602R DECLARACION-ACUERDO32346.52/06(353419) MARTINEZ CARUS MERCEDES 10682262G DECLARACION-ACUERDO32346.52/06(353447) MARTINEZ CARUS MERCEDES 10682262G DECLARACION-ACUERDO32346.52/06(353538) MILLAR RUIZ REGINA DECLARACION-ACUERDO45295.52/06(353228) PEREZ LOPEZ JUAN JOSE 14862384Z DECLARACION-ACUERDO45295.52/06(353238) PEREZ LOPEZ JUAN JOSE 14862384Z DECLARACION-ACUERDO45295.52/06(353263) PEREZ LOPEZ JUAN JOSE 14862384Z DECLARACION-ACUERDO6015.52/07(353136) PEREZ PEREZ REMEDIOS 10675562C DECLARACION-AUDIENCIA40331.52/06(352042) PEREZ PUENTE MUÑOZ FRANCISCO JAVIE 02190340G RECURSO-RESOLUCION32346.52/06(353562) PUENTE VALLE MARIA ANTONIETA DECLARACION-ACUERDO32346.52/06(353450) RODRIGUEZ VIGIL JULIA 10678067H DECLARACION-ACUERDO32346.52/06(353504) ROZA CARIDE M SOL 10773491S DECLARACION-ACUERDO40684.52/06(342748) RUIZ SANCHEZ JOSEFA DECLARACION-AUDIENCIA32346.52/06(353437) TOYOS MORAN EUGENIO DECLARACION-ACUERDO7689.52/06(352311) VALLE PIS LAUREANO RECURSO-AUDIENCIA32346.52/06(353476) VALLE VIÑES JOAQUIN 10681093P DECLARACION-ACUERDO41222.52/06(350658) VEGA LLAMES ARGIMIRO RECURSO-AUDIENCIA8943.52/07(358019) VICTORERO CERVANTES FRANCISCO JAVI 90041546L SOLICITUD-RESOLUCION32346.52/06(353418) VIGIL PONTON AMPARO DECLARACION-ACUERDO32346.52/06(353446) VIGIL PONTON AMPARO DECLARACION-ACUERDO32346.52/06(353510) VILLAR HUERRES CARMEN 16681250V DECLARACION-ACUERDO

26532.52/06(331040) AGUERA SIRGO JOSE MANUEL 10742832S SUBSANACION-INICIO39151.52/06(344172) AGUIRRE LOPEZ M VICTORIA 10751448Y DECLARACION-ACUERDO40641.52/06(349790) ALONSO GIGOSOS JUAN MANUEL 15112633T DECLARACION-ACUERDO26410.52/06(341226) ALVAREZ ALVAREZ ROSARIO 10643458R RECURSO-RESOLUCION26295.52/06(330126) ALVAREZ CANAL MARIA LUISA 10779530M DECLARACION-ACUERDO39080.52/06(350337) ALVAREZ GARCIA ESTEBAN 53538730C DECLARACION-ACUERDO39080.52/06(350398) ALVAREZ GARCIA ESTEBAN 53538730C DECLARACION-ACUERDO38577.52/06(337759) ALVAREZ GONZALEZ ROSA MARIA 11360277W DECLARACION-REQUERIMIENTO39080.52/06(350324) ALVAREZ HUERTA FRANCISCO JAVIER 10903089P DECLARACION-ACUERDO39080.52/06(350379) ALVAREZ HUERTA FRANCISCO JAVIER 10903089P DECLARACION-ACUERDO21980.52/06(344471) ALVAREZ PONTIGO JOSE MARIA 10754066W DECLARACION-ACUERDO21980.52/06(344532) ALVAREZ PONTIGO JOSE MARIA 10754066W DECLARACION-ACUERDO4815.52/07(351565) ALVAREZ SOLAR ADOLFO 10631752W DECLARACION-REQUERIMIENTO8104.52/06(339792) ALVAREZ UGARTE LUIS ANTONIO 11363537L DECLARACION-ACUERDO32110.52/06(345844) ARIAS GONZALEZ HELIOS JAVIER 10839887X DECLARACION-REQUERIMIENTO838.52/07(347337) ARMADA BARCAIZTEGUI RAFAELA 02186232J RECURSO-AUDIENCIA36492.52/06(350681) ARREDONDAS PEREZ JOSE LUIS 10884059E DECLARACION-ACUERDO21980.52/06(344470) ASENSIO BENITO ELISA 10582944T DECLARACION-ACUERDO21980.52/06(344521) ASENSIO BENITO ELISA 10582944T DECLARACION-ACUERDO21980.52/06(344522) ASENSIO BENITO ELISA 10582944T DECLARACION-ACUERDO22872.52/06(340689) BALDO GARCIA M JOSEFA 10623580H DECLARACION-ACUERDO22872.52/06(340690) BALDO GARCIA M JOSEFA 10623580H DECLARACION-ACUERDO19818.52/06(345458) BEDIA FERNANDEZ JOSE LUIS 45430307V DECLARACION-ACUERDO19818.52/06(345530) BEDIA FERNANDEZ JOSE LUIS 45430307V DECLARACION-ACUERDO33314.52/06(343114) BERNARDO FERNANDEZ AMADOR 09378085L DECLARACION-ACUERDO35128.52/06(348799) BOUZA DOMINGUEZ RAFAEL 10868408B DECLARACION-ACUERDO39182.52/06(351317) BUSTO SANCHEZ LUIS 10666539J DECLARACION-ACUERDO45556.52/06(351765) CALEFONAZAMISA SL B33790833 DECLARACION-ACUERDO21980.52/06(344437) CALVO RODRIGUEZ VISITACION 10446824V DECLARACION-ACUERDO5936.52/07(353397) CANEL GAYO FABIO 45430588E RECURSO-RESOLUCION 36492.52/06(350691) CANTO ALONSO FERNANDO JOSE 53530712Y DECLARACION-ACUERDO24547.52/06(344935) CARNEIRO DOS SANTOS ALCINO AUGUSTO 11067854R DECLARACION-ACUERDO24547.52/06(344955) CARNEIRO DOS SANTOS ALCINO AUGUSTO 11067854R DECLARACION-ACUERDO39080.52/06(350345) CASADO TEJEDOR OSCAR 10888793H DECLARACION-ACUERDO39080.52/06(350380) CASADO TEJEDOR OSCAR 10888793H DECLARACION-ACUERDO3157.52/07(349474) CASCOS ALONSO FRANCISCO 09617454G RECURSO-RESOLUCION26385.52/06(338699) CASO ROIZ OSCAR 76957054C DECLARACION-ACUERDO26385.52/06(338917) CASO ROIZ OSCAR 76957054C DECLARACION-ACUERDO35128.52/06(348791) CAUSO GARCIA SERGIO 10872986N DECLARACION-ACUERDO29921.52/06(340272) CAÑADA MARTINEZ ALVARO ORLANDO 10832749W DECLARACION-ACUERDO33314.52/06(342469) CDAD PROP DE GARJE CL TORRE BERMEJ H33891201 DECLARACION-ACUERDO

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS23-V-2007 9811

Nº Expediente (Documento) Tit. Catastral/Obligado T. NIF/CIF Procedimiento

33314.52/06(342470) CDAD PROP DE GARJE CL TORRE BERMEJ H33891201 DECLARACION-ACUERDO33314.52/06(342471) CDAD PROP DE GARJE CL TORRE BERMEJ H33891201 DECLARACION-ACUERDO33314.52/06(342472) CDAD PROP DE GARJE CL TORRE BERMEJ H33891201 DECLARACION-ACUERDO19818.52/06(345443) COLLADO MENENDEZ M ELVIRA 10810406S DECLARACION-ACUERDO19818.52/06(345510) COLLADO MENENDEZ M ELVIRA 10810406S DECLARACION-ACUERDO34903.52/06(334315) COLUNGA HIDALGO JUSTO 10523601C RECURSO-RESOLUCION33314.52/06(343419) CORPORALES CANELAS ROBERTO 09800630P DECLARACION-ACUERDO33954.52/06(345155) CORTINA MENENDEZ M SOLEDAD 10648073Q DECLARACION-ACUERDO19818.52/06(345406) CORTIZO MUÑIZ IGNACIO 10727136M DECLARACION-ACUERDO19818.52/06(345492) CORTIZO MUÑIZ IGNACIO 10727136M DECLARACION-ACUERDO3979.52/06(345146) CUERIA GARCIA M CONCEPCION 71624487A DECLARACION-ACUERDO39182.52/06(351318) CUETO-FELGUEROSO FELGUEROSO ALEJAN 10825758A DECLARACION-ACUERDO5091.52/07(352233) DE ABAJO MARTINEZ NICOLAS 10851020B RECURSO-RESOLUCION20981.52/06(331209) DE LA CUESTA MARCOS TOMAS 71405933H RECTIFICACION-ACUERDO5110.52/07(355985) DE LA ROZA VIGIL JOSE LUIS 10536838D SOLICITUD-RESOLUCION24547.52/06(344897) DIAZ FERNANDEZ JOSE MANUEL 10855631E DECLARACION-ACUERDO19818.52/06(345452) DIAZ MURIAS ELVIRA 09411742G DECLARACION-ACUERDO19818.52/06(345534) DIAZ MURIAS ELVIRA 09411742G DECLARACION-ACUERDO24553.52/06(334171) DIEZ SUAREZ JOSE ALBERTO 10771462X DECLARACION-ACUERDO7845.52/07(357537) DOMINGO SIERRA JULIA HENAR 12407409J DECLARACION-REQUERIMIENTO21282.52/06(342663) EDIFICACIONES ATLAS SA A33605429 RECURSO-RESOLUCION27144.52/06(330438) FERNANDEZ ALVAREZ MANUEL 10736155P RECTIFICACION-ACUERDO33314.52/06(343035) FERNANDEZ CARAVIA JOSE MARIA 10855674L DECLARACION-ACUERDO19818.52/06(345487) FERNANDEZ CHAO VANESA 53535018B DECLARACION-ACUERDO19818.52/06(345582) FERNANDEZ CHAO VANESA 53535018B DECLARACION-ACUERDO21980.52/06(344467) FERNANDEZ FERNANDEZ CARLOS 53527415K DECLARACION-ACUERDO21980.52/06(344539) FERNANDEZ FERNANDEZ CARLOS 53527415K DECLARACION-ACUERDO18803.52/06(333859) FERNANDEZ FERNANDEZ MARIA CONCEPC I11383436T DECLARACION-ACUERDO18803.52/06(333891) FERNANDEZ FERNANDEZ MARIA CONCEPC I11383436T DECLARACION-ACUERDO23122.52/06(343659) FERNANDEZ FERNANDEZ RUBEN DARIO 11416234T RECURSO-RESOLUCION38353.52/06(350529) FERNANDEZ MEANA FERNANDO 10885209E DECLARACION-ACUERDO38862.52/06(344854) FERNANDEZ ORO MARIA ANGELES 71626047E DECLARACION-ACUERDO3988.52/06(351474) FERNANDEZ-CASTAÑO MEREDIZ ALVARO 10869689G DECLARACION-ACUERDO35417.52/06(349793) FRANCOS RODRIGUEZ ESTHER 10876460J DECLARACION-ACUERDO38353.52/06(350523) GARCIA DIEZ BASILIO 09680140S DECLARACION-ACUERDO180.52/07(347951) GARCIA FERNANDEZ PIEDAD 10662658L DECLARACION-AUDIENCIA39151.52/06(344173) GARCIA GARCIA JULIO ANGEL 10775604N DECLARACION-ACUERDO29456.52/06(341752) GARCIA GONZALEZ FRANCISCO JOSE 10884623B DECLARACION-ACUERDO33314.52/06(342978) GARCIA RODRIGUEZ JOSE LUIS 10494085J DECLARACION-ACUERDO35595.52/06(350987) GARCIA SOBRINO JESUS MARIA 10518240H SUBSANACION-ACUERDO35595.52/06(350989) GARCIA SOBRINO JESUS MARIA 10518240H SUBSANACION-ACUERDO28200.52/06(329751) GARRIDO GONZALEZ M CONCEPCION 09713519K DECLARACION-REQUERIMIENTO5017.52/07(352229) GARRIDO PELLITERO JOSE RAMON 10899856H RECURSO-RESOLUCION39080.52/06(350479) GOMEZ GONZALEZ MANUEL ANGEL 10862804L DECLARACION-ACUERDO38353.52/06(350525) GOMEZ SANCHEZ MARIANO 29888934C DECLARACION-ACUERDO39080.52/06(350313) GONZALEZ ARIAS MANUEL 10745357X DECLARACION-ACUERDO39080.52/06(350397) GONZALEZ ARIAS MANUEL 10745357X DECLARACION-ACUERDO33314.52/06(342963) GONZALEZ CARRETERO MARIA JOSE 10887229H DECLARACION-ACUERDO41213.52/06(352863) GONZALEZ FERNANDEZ ELEAZAR 10626306F DECLARACION-ACUERDO41211.52/06(352865) GONZALEZ FERNANDEZ ELEAZAR 10626306F DECLARACION-ACUERDO21980.52/06(344449) GONZALEZ FERNANDEZ ETELVINO 10393746T DECLARACION-ACUERDO1932.52/07(356579) GONZALEZ GARCIA NURIA 10855905C DECLARACION-ACUERDO16512.52/06(343775) GONZALEZ IGLESIAS JULIA 71598259H INSPECTOR-ACUERDO39151.52/06(344167) GONZALEZ LLAMAZARES PATRICIA 53533351T DECLARACION-ACUERDO19818.52/06(345411) GONZALEZ SANZ MARIA ROSARIO L5210938N DECLARACION-ACUERDO33314.52/06(343115) GUTIERREZ PEREZ MANUEL 10472195L DECLARACION-ACUERDO33314.52/06(343116) GUTIERREZ PEREZ MANUEL 10472195L DECLARACION-ACUERDO43122.52/06(346884) GUTIERREZ TAMPESTE MARIA JOSEFA 10839012D RECURSO-RESOLUCION1823.52/07(348108) HERNANDEZ PLAZA MARIA CARMEN SOLICITUD-RESOLUCION33314.52/06(343107) HEVIA FERNANDEZ JUAN JOSE 10500544D DECLARACION-ACUERDO11083.52/05(343390) HEVIA TORRE EDELMIRO 11002964V DECLARACION-ACUERDO39080.52/06(350422) IGLESIAS SANZO AURORA 10884855J DECLARACION-ACUERDO35319.52/06(354581) IMEÑA INVERSIONES SL B33868779 RECURSO-RESOLUCION21980.52/06(344440) JUNCO FERNANDEZ MAXIMILIANO 09374198L DECLARACION-ACUERDO21980.52/06(344572) JUNCO FERNANDEZ MAXIMILIANO 09374198L DECLARACION-ACUERDO33314.52/06(342990) LANCHO REBOLLO VICENTE JAVIER 10841051R DECLARACION-ACUERDO31438.52/06(341257) LAVIADA ARGUELLES EDUARDO 10616812N RECURSO-AUDIENCIA33314.52/06(343054) LERA ROCHAM GUMERSINDO 10072519Z DECLARACION-ACUERDO19818.52/06(345450) LLANEZA ALONSO ALEJANDRO JESUS 32878606Z DECLARACION-ACUERDO19818.52/06(345567) LLANEZA ALONSO ALEJANDRO JESUS 32878606Z DECLARACION-ACUERDO4677.52/07(351831) LOPEZ IGLESIAS M DEL PILAR 34576222T RECURSO-RESOLUCION45278.52/06(355689) LOPEZ LIÑEIRA JESUS 10784151A DECLARACION-AUDIENCIA40541.52/06(349781) LOPEZ MARTINO ANDRES 10493251F DECLARACION-ACUERDO33314.52/06(343117) LOPEZ RODRIGUEZ TOMAS 10780925C DECLARACION-ACUERDO

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 23-V-20079812

Nº Expediente (Documento) Tit. Catastral/Obligado T. NIF/CIF Procedimiento

28667.52/06(331412) LORENZO MARTINEZ M DOLORES 10796337E DECLARACION-ACUERDO28667.52/06(331617) LORENZO MARTINEZ M DOLORES 10796337E DECLARACION-ACUERDO21282.52/06(342662) MARTINEZ CECIAS MARIO AGUSTIN 10842438P RECURSO-RESOLUCION33314.52/06(342976) MARTINEZ CORDERO JUAN CARLOS 09679319E DECLARACION-ACUERDO30826.52/06(345907) MARTINEZ QUINTANA MARCOS 10886170V INSPECTOR-ACUERDO30826.52/06(351294) MARTINEZ QUINTANA MARCOS 10886170V INSPECTOR-ACUERDO35595.52/06(350985) MAYOR CASAS ANGEL ANTONIO 10866059P SUBSANACION-ACUERDO21380.52/06(338058) MENENDEZ MENENDEZ M AIDA 10797874H RECURSO-RESOLUCION21380.52/06(338061) MENENDEZ MENENDEZ M AIDA 10797874H RECURSO-RESOLUCION39080.52/06(350322) MIRANDA MARTINEZ MARINO IGNACIO 11366527L DECLARACION-ACUERDO39080.52/06(350362) MIRANDA MARTINEZ MARINO IGNACIO 11366527L DECLARACION-ACUERDO30809.52/06(347822) MONASTERIO MUÑIZ ALBERTO JOSE 10899644J DECLARACION-REQUERIMIENTO33314.52/06(342989) MORA TOMAS FERNANDO 02879577T DECLARACION-ACUERDO19818.52/06(345435) NAREDO CUBILLAS M ROSA 10816653Y DECLARACION-ACUERDO19818.52/06(345542) NAREDO CUBILLAS M ROSA 10816653Y DECLARACION-ACUERDO4730.52/07(352183) NASDA INVERSIONES SL B74139353 SUBSANACION-INICIO33314.52/06(343078) NOVAL FERNANDEZ AVELINO 10331793D DECLARACION-ACUERDO19818.52/06(345413) PALACIO ARCE PELAYO 10886418N DECLARACION-ACUERDO19818.52/06(345518) PALACIO ARCE PELAYO 10886418N DECLARACION-ACUERDO26532.52/06(331041) PALACIO GONZALEZ FRANCISCO 10657975M SUBSANACION-INICIO33314.52/06(342378) PALACIO MEDIO MANUEL 10615447G DECLARACION-ACUERDO33314.52/06(342440) PALACIO MEDIO MANUEL 10615447G DECLARACION-ACUERDO37583.52/06(338176) PALENZUELA CADRECHA MARIA ANGELES 10766315S DECLARACION-AUDIENCIA18045.52/06(345765) PAQUET LOPEZ RAFAEL 10823184M INSPECTOR-ACUERDO3938.52/07(351647) PATAC ARROYO ANA 13745341N DECLARACION-AUDIENCIA3940.52/07(351648) PATAC ARROYO ANA 13745341N DECLARACION-AUDIENCIA35009.52/06(343448) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343449) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343450) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343451) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343452) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343453) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343454) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343455) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343456) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343457) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343458) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343459) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343460) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343461) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343462) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343463) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343464) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343465) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343466) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343467) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343468) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343469) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343470) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343471) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343472) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343473) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343474) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343475) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343476) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343477) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343478) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343479) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343480) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343481) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343482) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343483) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343484) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343485) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343486) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343487) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343488) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343489) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343490) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343491) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343492) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343493) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343494) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343495) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS23-V-2007 9813

Nº Expediente (Documento) Tit. Catastral/Obligado T. NIF/CIF Procedimiento

35009.52/06(343496) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343497) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343498) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343499) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343500) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343501) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO35009.52/06(343502) PEDRO RODRIGUEZ DESARROLLOS URBANO B33853136 DECLARACION-ACUERDO24547.52/06(344869) PEREZ MARTIN MANUEL 71004174T DECLARACION-ACUERDO861.52/07(346878) PEREZ PRENDES MANUEL 10620409K RECURSO-RESOLUCION44826.52/06(345323) PIÑERA CASO BERNARDO 10659187K RECURSO-AUDIENCIA44826.52/06(345325) PIÑERA CASO OLIVA 10640854L RECURSO-AUDIENCIA4427.52/07(351159) PIÑERA PIÑERA PEDRO M 10823281X RECURSO-RESOLUCION4427.52/07(351160) PIÑERA PIÑERA PEDRO M 10823281X RECURSO-RESOLUCION39080.52/06(350319) PIÑO FERNANDEZ JOSE MARIA 10785147X DECLARACION-ACUERDO39080.52/06(350372) PIÑO FERNANDEZ JOSE MARIA 10785147X DECLARACION-ACUERDO17336.52/06(351481) POZUELO HELLIN PEDRO 05608920W DECLARACION-ACUERDO5110.52/07(355983) POZUETA ESCOBOSA JESUS MARIA 15829340G SOLICITUD-RESOLUCION42812.52/06(349269) PRENDES FERNANDEZ MARIA CARMEN 10651592Q RECURSO-AUDIENCIA24547.52/06(344868) PRIETO MARTINEZ JAVIER 53538299A DECLARACION-ACUERDO27430.52/06(356596) PROMOCIONES OPPIDUM NOEGA S L -S - B33900416 DECLARACION-ACUERDO33896.52/05(346734) QUESADA MIER CARMEN 71684126A DECLARACION-ACUERDO19818.52/06(345407) REA CONDE JOSE LUIS 10833810M DECLARACION-ACUERDO19818.52/06(345571) REA CONDE JOSE LUIS 10833810M DECLARACION-ACUERDO19818.52/06(345448) REINARES CALVO DAVID 10892915T DECLARACION-ACUERDO24553.52/06(334170) RIERA FERNANDEZ ANGEL LUIS 10815296Y DECLARACION-ACUERDO45325.52/06(346916) RODRIGUEZ ALVAREZ DAVID 76943677Y RECURSO-RESOLUCION35128.52/06(348762) RODRIGUEZ CASAS MONICA 10891497P DECLARACION-ACUERDO12832.52/06(330340) RODRIGUEZ FERNANDEZ M ANGELES 10597015H DECLARACION-ACUERDO35417.52/06(349792) RODRIGUEZ RODRIGUEZ PILAR 10533888A DECLARACION-ACUERDO25717.52/06(348890) RUBIERA RUISANCHEZ MARIA JULIANA 10826277Q RECURSO-RESOLUCION21980.52/06(344573) RUBIO GARCIA GONZALO 32882943G DECLARACION-ACUERDO39080.52/06(350344) SANCHEZ ALONSO FRANCISCO JOSE 09355327P DECLARACION-ACUERDO39080.52/06(350388) SANCHEZ ALONSO FRANCISCO JOSE 09355327P DECLARACION-ACUERDO21980.52/06(344442) SANCHEZ FERNANDEZ RICARDO 11042723D DECLARACION-ACUERDO21980.52/06(344514) SANCHEZ FERNANDEZ RICARDO 11042723D DECLARACION-ACUERDO29659.52/06(351259) SANCHEZ PEDREGAL MARCOS 71633564H DECLARACION-ACUERDO38353.52/06(350526) SANDE FLORENCIO MACARIO 11352056S DECLARACION-ACUERDO33314.52/06(343103) SIGUENZA ALVAREZ ABELARDO 10864892Z DECLARACION-ACUERDO43845.52/06(352318) SIRGO URIA MANUEL 10634256E SUBSANACION-INICIO32354.52/06(343827) SOMANIEZO SL B82031774 DECLARACION-REQUERIMIENTO43979.52/06(346898) SOMOANO BARCENA AMALITA 10767742Q DECLARACION-REQUERIMIENTO30536.52/06(349213) SOTO MARTIN ISABEL 38506438E TRIBUNALES-ACUERDO39080.52/06(350311) SUAREZ ALVAREZ IGNACIO 10800635L DECLARACION-ACUERDO39080.52/06(350394) SUAREZ ALVAREZ IGNACIO 10800635L DECLARACION-ACUERDO39080.52/06(350334) SUAREZ FERNANDEZ ROCIO 11439826V DECLARACION-ACUERDO39080.52/06(350338) SUAREZ FERNANDEZ ROCIO 11439826V DECLARACION-ACUERDO39080.52/06(350360) SUAREZ FERNANDEZ ROCIO 11439826V DECLARACION-ACUERDO39080.52/06(350363) SUAREZ FERNANDEZ ROCIO 11439826V DECLARACION-ACUERDO8107.52/06(345769) SUAREZ GONZALEZ MARIA CRUZ 10851883T INSPECTOR-ACUERDO26385.52/06(338737) SUAREZ SUAREZ DANIEL 53545201M DECLARACION-ACUERDO26385.52/06(338885) SUAREZ SUAREZ DANIEL 53545201M DECLARACION-ACUERDO22641.52/06(348387) TORRES FERNANDEZ DANIEL 10839709Q RECURSO-RESOLUCION33314.52/06(343420) VALLINA BRAÑA JORGE 10876419H DECLARACION-ACUERDO19818.52/06(345434) VARAS VILLANUEVA MIGUEL ANGEL 10867133R DECLARACION-ACUERDO19818.52/06(345539) VARAS VILLANUEVA MIGUEL ANGEL 10867133R DECLARACION-ACUERDO34213.52/06(344368) VICENTE MESA JUAN JOSE 10866652A DECLARACION-ACUERDO40641.52/06(349791) VIGIL GARCIA M TRINIDAD 10655088Q DECLARACION-ACUERDO37582.52/06(347519) VIGIL PALACIO LUIS DECLARACION-AUDIENCIA35041.52/06(345972) VILLEGAS GARCIA POMAR M PAZ 10892852Y DECLARACION-ACUERDO24547.52/06(344890) YANES RAMIL JOSE LUIS 33767610E DECLARACION-ACUERDO

Nº Expediente (Documento) Tit. Catastral/Obligado T. NIF/CIF Procedimiento

Municipio: Gozón

9313.52/07(357124) ALONSO GARCIA SANTIAGO 11374441K INSPECTOR-INICIO6666.52/07(354490) ALONSO OVIES TERESA 11212254F SUBSANACION-INICIO45583.52/06(353158) ALONSO TRABANCO MAXIMINA 11349102M DECLARACION-ACUERDO45583.52/06(353164) ALONSO TRABANCO MAXIMINA 11349102M DECLARACION-ACUERDO38579.52/06(351844) ALVAREZ ALONSO ELSA RECURSO-AUDIENCIA32656.52/06(353802) ALVAREZ MORAN RAUL 09403871E DECLARACION-ACUERDO32656.52/06(353812) ALVAREZ MORAN RAUL 09403871E DECLARACION-ACUERDO32656.52/06(353886) ALVAREZ MORAN RAUL 09403871E DECLARACION-ACUERDO

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 23-V-20079814

Nº Expediente (Documento) Tit. Catastral/Obligado T. NIF/CIF Procedimiento

Nº Expediente (Documento) Tit. Catastral/Obligado T. NIF/CIF Procedimiento

32656.52/06(353797) BRAVO LOPEZ MANUEL 10776322V DECLARACION-ACUERDO32656.52/06(353822) BRAVO LOPEZ MANUEL 10776322V DECLARACION-ACUERDO32656.52/06(353889) BRAVO LOPEZ MANUEL 10776322V DECLARACION-ACUERDO32656.52/06(353790) BRAÑA ALVAREZ M ANGELES 10818986Q DECLARACION-ACUERDO701.52/07(353073) COUSO PEREZ MARIA ELENA 11406622W DECLARACION-ACUERDO729.52/07(347161) CRUZ ROJA MAR 33850255M RECTIFICACION-INICIO20722.52/05(353360) FERNANDEZ CASCAJARES JOSE LUIS 33870258K SUBSANACION-ACUERDO7098.52/07(354516) FERNANDEZ GRANDA AURELIA 11238184Q SUBSANACION-INICIO26755.52/06(329818) FERNANDEZ MENENDEZ PAULINO 11387527C DECLARACION-ACUERDO35849.52/06(359150) FERNANDEZ SUAREZ ANA 11345551L SUBSANACION-ACUERDO32656.52/06(353801) GARCIA MARTIN SERGIO 11082810F DECLARACION-ACUERDO32656.52/06(353814) GARCIA MARTIN SERGIO 11082810F DECLARACION-ACUERDO37056.52/06(352463) GARCIA RENDUELES TRIGUERO ALEJANDR 10884583V DECLARACION-ACUERDO24135.52/06(353014) GONZALEZ GARCIA MARIA ANTONIA 11373975S DECLARACION-ACUERDO40965.52/06(357978) GUTIERREZ PEREZ CARLOS 11238491R SUBSANACION-INICIO7098.52/07(354511) HERES ALONSO VIRGINIO 71851394S SUBSANACION-INICIO7098.52/07(354514) MENENDEZ FERNANDEZ SERVANDO 11206819T SUBSANACION-INICIO9191.52/07(357981) MENENDEZ MENENDEZ ABEL E 10760867H DECLARACION-REQUERIMIENTO9320.52/07(357099) OVIES HERES IGNACIO 11212864L INSPECTOR-INICIO7098.52/07(354512) PROYECTOS E INVERSIONES SUCA SL B84282276 SUBSANACION-INICIO7098.52/07(354513) PROYECTOS E INVERSIONES SUCA SL B84282276 SUBSANACION-INICIO26755.52/06(329824) RAMIREZ FERNANDEZ MANUEL ALFONSO 10582170P DECLARACION-ACUERDO26755.52/06(329798) RELANCIO ALBERCA JOSE MANUEL 00245153L DECLARACION-ACUERDO26755.52/06(329825) RELANCIO ALBERCA JOSE MANUEL 00245153L DECLARACION-ACUERDO20722.52/05(353358) SANCHEZ ROMERO ANTONIO 11318480L SUBSANACION-ACUERDO6666.52/07(354478) SUAREZ FERNANDEZ PRUDENCIO 11247493X SUBSANACION-INICIO26755.52/06(329800) SUAREZ VIÑA LUIS 11441294J DECLARACION-ACUERDO26755.52/06(329820) SUAREZ VIÑA LUIS 11441294J DECLARACION-ACUERDO45010.52/06(346646) URIA RODRIGUEZ CONSUELO 10645858D DECLARACION-AUDIENCIA947.52/06(355685) VALDES GARCIA ALFREDO HROS 98000341D RECURSO-RESOLUCION947.52/06(355683) VALDES GARCIA MANUEL 98000340P RECURSO-RESOLUCION26755.52/06(329819) VALDES MARTINEZ JOSE FERNANDO 10582948G DECLARACION-ACUERDO1029.52/07(355183) VALLINA VILLAZON M DEL AMOR 10618030B DECLARACION-AUDIENCIA44486.52/06(353206) VARELA MENENDEZ ROSA ANA 11424838W DECLARACION-ACUERDO27467.52/06(347778) VEGA GONZALEZ MANUEL SUBSANACION-REQUERIMIENTO44969.52/06(346628) VIDIGAL PEREZ MARINO 02609103Y RECURSO-RESOLUCION44969.52/06(346662) VIDIGAL PEREZ MARINO 02609103Y RECURSO-RESOLUCION26755.52/06(329801) VIÑA GUTIERREZ MARCOS 11422606R DECLARACION-ACUERDO26755.52/06(329803) VIÑA GUTIERREZ MARCOS 11422606R DECLARACION-ACUERDO26755.52/06(329817) VIÑA GUTIERREZ MARCOS 11422606R DECLARACION-ACUERDO44969.52/06(346621) YANES CARBALLO MARIA ANGELES 43357763A RECURSO-RESOLUCION44969.52/06(346661) YANES CARBALLO MARIA ANGELES 43357763A RECURSO-RESOLUCION

Municipio: Villaviciosa

40145.52/06(353375) AGUIRRE VAZQUEZ RAMON 01213517Z DECLARACION-ACUERDO19770.52/06(345251) ALONSO FERNANDEZ JOSE 10670108V DECLARACION-ACUERDO4.52/07(346112) ALVAREZ FERNANDEZ DANIEL 10278730F DECLARACION-REQUERIMIENTO15497.52/06(356341) ALVAREZ FERNANDEZ FERNANDO 71685820H DECLARACION-ACUERDO25426.52/06(351279) ALVAREZ VAZQUEZ MARINA 11001964Y RECURSO-RESOLUCION8966.52/07(358512) ASTURMENBEL SL B74145608 SOLICITUD-RESOLUCION20759.52/06(345368) BANGO ESCACHO EVARISTO LUIS 10615611F RECURSO-RESOLUCION8956.52/07(358547) BARRO FERNANDEZ JOSE RECURSO-AUDIENCIA26982.52/06(330315) BEITES GOMEZ JOSE 51041349W DECLARACION-ACUERDO3309.52/07(351354) BORGE CUESTA M ADORACION 10828780N RECURSO-RESOLUCION3945.52/07(351369) BORGE CUESTA M ADORACION 10828780N RECURSO-RESOLUCION38019.52/06(352107) CACERES VELASCO IVAN JORGE 52872315F DECLARACION-ACUERDO41272.52/06(356687) CAMPOS CARNEADO JOSE ANTONIO 10782838R DECLARACION-ACUERDO3971.52/07(351699) CARDIN ARENAS BENJAMIN RECURSO-AUDIENCIA43704.52/06(349243) CARRERA CASTRO JOSE MARIA 09935674L DECLARACION-AUDIENCIA28635.52/06(331334) CAÑETE JIMENEZ FRANCISCO JAVIER 10831027M DECLARACION-ACUERDO45312.52/06(354075) COTO RODRIGUEZ COVADONGA 10707359P DECLARACION-REQUERIMIENTO44998.52/06(345617) FERNANDEZ ALVAREZ LUIS 10607016Z RECURSO-RESOLUCION5610.52/07(352676) FERNANDEZ NAREDO JOSE 10669961P RECURSO-AUDIENCIA23495.52/06(353144) FERNANDEZ PARDO MARIA DEL ALBA 22579937D DECLARACION-ACUERDO28002.52/06(330233) FERRERAS CASTILLO AITOR 10893163H DECLARACION-ACUERDO28002.52/06(330234) FERRERAS CASTILLO AITOR 10893163H DECLARACION-ACUERDO27223.52/06(330250) FUENTES BLANCO JUAN FRANCISCO 10775717X DECLARACION-ACUERDO38019.52/06(352136) GALLARDO FRA M VICTORIA 10904227L DECLARACION-ACUERDO35129.52/06(342891) GALVAN FERNANDEZ REBECA 51070841P RECURSO-RESOLUCION

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS23-V-2007 9815

Nº Expediente (Documento) Tit. Catastral/Obligado T. NIF/CIF Procedimiento

7446.52/07(356670) GARCIA BLANCO EVA MARIA 10885586P DECLARACION-ACUERDO23099.52/06(356444) GARCIA LOPEZ JOSE ANGEL 10740707Y DECLARACION-ACUERDO39584.52/06(347226) GARCIA RODRIGUEZ HUGO 53544209W RECURSO-RESOLUCION41251.52/06(349733) GARCIA VILLAZON CESAREO DECLARACION-AUDIENCIA36919.52/06(352421) GONZALEZ BERNALDO DE QUIROS ALFONS 10490764G DECLARACION-ACUERDO38019.52/06(352133) GONZALEZ COBALLES MANUEL 10490843Z DECLARACION-ACUERDO553.52/07(348051) JUAN ALBERTO VILLAR CONSTRUCCIONES B33545500 SOLICITUD-RESOLUCION553.52/07(348052) JUAN ALBERTO VILLAR CONSTRUCCIONES B33545500 SOLICITUD-RESOLUCION553.52/07(348053) JUAN ALBERTO VILLAR CONSTRUCCIONES B33545500 SOLICITUD-RESOLUCION39853.52/06(352095) LLERA COSTALES SILVINO 10772180S RECURSO-AUDIENCIA5497.52/07(352561) LLERA FERNANDEZ VISITACION HNOS DECLARACION-AUDIENCIA36417.52/06(338066) LLERA TOYOS JOSE MANUEL 10743721F DECLARACION-AUDIENCIA7943.52/07(356681) LLORCA CANAL JAIME 10763784Z DECLARACION-ACUERDO7943.52/07(356682) LLORCA CANAL JAIME 10763784Z DECLARACION-ACUERDO7943.52/07(356683) LLORCA CANAL JAIME 10763784Z DECLARACION-ACUERDO40945.52/06(345242) MARCOS GARCIA M ISABEL 10483549B DECLARACION-REQUERIMIENTO38019.52/06(352140) MARTIN RODRIGUEZ JOSE LUIS 10793672W DECLARACION-ACUERDO38019.52/06(352141) MARTIN RODRIGUEZ JOSE LUIS 10793672W DECLARACION-ACUERDO4654.52/07(351722) MARTINEZ ACEBAL M NELIDA 10791658N RECURSO-AUDIENCIA43532.52/06(353590) MINAS DE ESCOBIO SA A33601964 DECLARACION-ACUERDO19770.52/06(345250) MOLINS BEDRIÑANA ALEJANDRO 00367970Q DECLARACION-ACUERDO7195.52/07(355604) MONTES FERNANDEZ ENRIQUE CEFERINO 10774152D DECLARACION-AUDIENCIA25426.52/06(351278) MORIS PIÑERA MARIA RECURSO-RESOLUCION21504.52/06(345254) OBAYA MIYAR MANUEL 10667214K DECLARACION-ACUERDO38019.52/06(352112) OLORY JANVIER BRUNO EUSTACHE X2973950G DECLARACION-ACUERDO3262.52/07(351440) ORTAL PEREZ JOSE LUIS 01390028T RECURSO-RESOLUCION38019.52/06(352129) PALACIO PANDO JUAN RAMON 10904828E DECLARACION-ACUERDO5371.52/07(358516) PEDRAYES TUYA LUIS DECLARACION-AUDIENCIA40945.52/06(353147) PIDAL CESPEDES DANIEL 10638876L DECLARACION-ACUERDO7281.52/07(356677) PIÑERA FANJUL MARIA LUISA 10622569L DECLARACION-ACUERDO36369.52/06(351457) REBOLLAL ALVAREZ LAURA 53535584W DECLARACION-REQUERIMIENTO27223.52/06(330249) RODRIGUEZ FERNANDEZ JORGE 10868807L DECLARACION-ACUERDO32907.52/05(330889) RODRIGUEZ SOMONTE ENRIQUE 10540762T RECURSO-RESOLUCION41272.52/06(356690) ROJO DIEZ PROFIRIO 09487837S DECLARACION-ACUERDO8822.52/06(352246) RUIZ CORNEJO JUAN CARLOS 72112534J DECLARACION-ACUERDO9453.52/07(357555) SALA CAMIN ANDRES AVELINO 10603033X DECLARACION-AUDIENCIA9524.52/07(358054) SANCHEZ CASTRO FAUSTINO DECLARACION-AUDIENCIA7233.52/07(355323) SARIEGO NORIEGA CANDIDA 10672315Q RECURSO-AUDIENCIA43597.52/06(349154) TORRE CAVEDA MAXIMINO DECLARACION-AUDIENCIA11295.52/07(359290) TORRE NORIEGA MODESTO 10680915Z DECLARACION-AUDIENCIA4984.52/07(352181) TOYOS PARRES NEMESIO 10681760P DECLARACION-AUDIENCIA43826.52/06(351377) TUERO SAN FELIX JOSE SUBSANACION-INICIO463.52/07(348133) VEGA SANCHEZ ISOLINA 10688775P RECURSO-AUDIENCIA1581.52/07(349139) VIGIL PERTIERRA JOSE DECLARACION-AUDIENCIA27223.52/06(330247) VILLAPADIERNA SANCHEZ JOSE MARIA 09633022R DECLARACION-ACUERDO27675.52/06(351413) VILLOSLADA HROS MARIA RECURSO-RESOLUCION

– • –

JEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICODE ASTURIAS

Edictos

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común (Boletín Oficial del Estado 285, de 27de noviembre de 1992), se hace pública notificación de la ini-ciación de los expedientes sancionadores que se indican, ins-truidos por la Jefatura Provincial de Tráfico, a las personas oentidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya quehabiéndose intentado la notificación en el último domicilioconocido, ésta no se ha podido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad deSanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico, ante la cual lesasiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa esti-men conveniente, con aportación o proposición de las pruebasque consideren oportunas, dentro del plazo de quince días hábi-

les, contados desde el siguiente al de la publicación del presen-te en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Si en la columna "Requerimiento" aparece el número (1), serequiere del denunciado que se cita, titular del vehículo objetode la denuncia, para que identifique al conductor del mismo enla fecha indicada, haciéndole saber que si incumple la obliga-ción legal de identificación del conductor del vehículo, se ini-ciará expediente sancionador por infracción al artículo 72.3 dela Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor ySeguridad Vial aprobado por Real Decreto Legislativo339/1990, (BOE 63, de 14 de marzo), según redacción dada porla Ley 17/2005 de 19 de julio (BOE 172 de 20 de julio).

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso delderecho para formular alegaciones y/o aportar o proponer prue-bas, se dictarán las oportunas Resoluciones.

En Oviedo, a 30 de marzo de 2007.—El Delegado delGobierno (P.D. Resolución de 29 de junio de 2001, BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias de 5 de julio de 2001. ElJefe Provincial de Tráfico).—6.266.

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Anexo

Art.= Artículo; RDL = Real Decreto Legislativo; RD = Real Decreto; Susp. = Meses de Suspensión; REQ. = Requerimiento;PTOS = Puntos.

EXPEDIENTE DENUNCIADO/A IDENTIF. LOCALIDAD FECHACUANTIA

EUROSPRECEPTOSUSP. ART. PTOS. REQ.

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EXPEDIENTE DENUNCIADO/A IDENTIF. LOCALIDAD FECHACUANTIA

EUROSPRECEPTOSUSP. ART. PTOS. REQ.

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EXPEDIENTE DENUNCIADO/A IDENTIF. LOCALIDAD FECHACUANTIA

EUROSPRECEPTOSUSP. ART. PTOS. REQ.

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EXPEDIENTE DENUNCIADO/A IDENTIF. LOCALIDAD FECHACUANTIA

EUROSPRECEPTOSUSP. ART. PTOS. REQ.

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EXPEDIENTE DENUNCIADO/A IDENTIF. LOCALIDAD FECHACUANTIA

EUROSPRECEPTOSUSP. ART. PTOS. REQ.

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS23-V-2007 9821

EXPEDIENTE DENUNCIADO/A IDENTIF. LOCALIDAD FECHACUANTIA

EUROSPRECEPTOSUSP. ART. PTOS. REQ.

– • –

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común (Boletín Oficial del Estado 285, de 27de noviembre de 1992), se hace pública notificación de la ini-ciación de los expedientes sancionadores que se indican, ins-truidos por la Jefatura Provincial de Tráfico, a las personas oentidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya quehabiéndose intentado la notificación en el último domicilioconocido, ésta no se ha podido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad deSanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico, ante la cual lesasiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa esti-men conveniente, con aportación o proposición de las pruebasque consideren oportunas, dentro del plazo de quince días hábi-les, contados desde el siguiente al de la publicación del presen-te en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Si en la columna "Requerimiento" aparece el número (1), serequiere del denunciado que se cita, titular del vehículo objeto

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EXPEDIENTE DENUNCIADO/A IDENTIF. LOCALIDAD FECHACUANTIA

EUROSPRECEPTOSUSP. ART. PTOS. REQ.

de la denuncia, para que identifique al conductor del mismo enla fecha indicada, haciéndole saber que si incumple la obliga-ción legal de identificación del conductor del vehículo, se ini-ciará expediente sancionador por infracción al artículo 72.3 dela Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor ySeguridad Vial aprobado por Real Decreto Legislativo339/1990, (BOE 63, de 14 de marzo), según redacción dada porla Ley 17/2005 de 19 de julio (BOE 172 de 20 de julio).

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso delderecho para formular alegaciones y/o aportar o proponer prue-bas, se dictarán las oportunas Resoluciones.

En Oviedo, a 13 de abril de 2007.—El Delegado delGobierno (P.D. Resolución de 29 de junio de 2001, BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias de 5 de julio de 2001. ElJefe Provincial de Tráfico).—6.557.

Anexo

Art.= Artículo; RDL = Real Decreto Legislativo; RD = Real Decreto; Susp. = Meses de Suspensión; REQ. = Requerimiento;PTOS = Puntos.

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EXPEDIENTE DENUNCIADO/A IDENTIF. LOCALIDAD FECHACUANTIA

EUROSPRECEPTOSUSP. ART. PTOS. REQ.

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EXPEDIENTE DENUNCIADO/A IDENTIF. LOCALIDAD FECHACUANTIA

EUROSPRECEPTOSUSP. ART. PTOS. REQ.

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EXPEDIENTE DENUNCIADO/A IDENTIF. LOCALIDAD FECHACUANTIA

EUROSPRECEPTOSUSP. ART. PTOS. REQ.

– • –

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común (Boletín Oficial del Estado 285, de 27 denoviembre de 1992), se hace pública notificación de la inicia-ción de los expedientes sancionadores que se indican, instrui-dos por la Jefatura Provincial de Tráfico, a las personas o enti-dades denunciadas que a continuación se relacionan, ya quehabiéndose intentado la notificación en el último domicilioconocido, ésta no se ha podido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad deSanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico, ante la cual lesasiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa esti-men conveniente, con aportación o proposición de las pruebasque consideren oportunas, dentro del plazo de quince díashábiles, contados desde el siguiente al de la publicación delpresente en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Si en la columna "Requerimiento" aparece el número (1),se requiere del denunciado que se cita, titular del vehículoobjeto de la denuncia, para que identifique al conductor delmismo en la fecha indicada, haciéndole saber que si incumplela obligación legal de identificación del conductor del vehícu-lo, se iniciará expediente sancionador por infracción al artículo72.3 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motory Seguridad Vial aprobado por Real Decreto Legislativo339/1990, (BOE 63, de 14 de marzo), según redacción dadapor la Ley 17/2005 de 19 de julio (BOE 172 de 20 de julio).

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso delderecho para formular alegaciones y/o aportar o proponerpruebas, se dictarán las oportunas Resoluciones.

En Oviedo, a 20 de abril de 2007.—El Delegado delGobierno (P.D. Resolución de 29 de junio de 2001, BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias de 5 de julio de 2001. ElJefe Provincial de Tráfico).—7.090.

EXPEDIENTE DENUNCIADO/A IDENTIF. LOCALIDAD FECHACUANTIA

EUROSPRECEPTOSUSP. ART. PTOS. REQ.

Anexo

Art.= Artículo; RDL = Real Decreto Legislativo; RD = Real Decreto; Susp. = Meses de Suspensión; REQ. = Requerimiento;PTOS = Puntos.

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EXPEDIENTE DENUNCIADO/A IDENTIF. LOCALIDAD FECHACUANTIA

EUROSPRECEPTOSUSP. ART. PTOS. REQ.

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EXPEDIENTE DENUNCIADO/A IDENTIF. LOCALIDAD FECHACUANTIA

EUROSPRECEPTOSUSP. ART. PTOS. REQ.

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 23-V-20079828

EXPEDIENTE DENUNCIADO/A IDENTIF. LOCALIDAD FECHACUANTIA

EUROSPRECEPTOSUSP. ART. PTOS. REQ.

– • –

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-

nistrativo Común (BOE 285, de 27 de noviembre de 1992), se

hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los

expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la

Autoridad competente según la Disposición adicional cuarta de

la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funciona-

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS23-V-2007 9829

miento de la Administración General del Estado, a las personaso entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndo-se intentado la notificación en el último domicilio conocido,ésta no se ha podido practicar.

Contra estas resoluciones que no son firmes en vía admi-nistrativa podrá interponerse recurso de alzada dentro del plazode un mes, contado a partir del día siguiente al de la publica-ción del presente en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias correspondiente, ante el Director General de Tráfico,excepto cuando se trate de sanciones de cuantía inferior a60,10 euros recaídas en el ámbito de Comunidades Autónomasque comprendan más de una provincia, en cuyo caso la inter-posición será ante el Delegado del Gobierno en la Comunidad.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso de estederecho, las resoluciones serán firmes y las multas podrán serabonadas en período voluntario dentro de los 15 días siguientesa la firmeza, con la advertencia de que, de no hacerlo, se proce-derá a su exacción por vía ejecutiva, incrementado con elrecargo del 20% de su importe por apremio.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad deSanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico.

En Oviedo, a 27 de abril de 2007.—El Delegado delGobierno (P.D. Resolución de 29 de junio de 2001, BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias de 5 de julio de 2001. ElJefe Provincial de Tráfico).—7.324.

EXPEDIENTE SANCIONADO/A IDENTIF. LOCALIDAD FECHACUANTIA

EUROSPRECEPTOSUSP. ART. PTOS. REQ.

Anexo

Art.= Artículo; RDL = Real Decreto Legislativo; RD = Real Decreto; Susp. = Meses de Suspensión; REQ. = Requerimiento;PTOS = Puntos.

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EXPEDIENTE SANCIONADO/A IDENTIF. LOCALIDAD FECHACUANTIA

EUROSPRECEPTOSUSP. ART. PTOS. REQ.

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EXPEDIENTE SANCIONADO/A IDENTIF. LOCALIDAD FECHACUANTIA

EUROSPRECEPTOSUSP. ART. PTOS. REQ.

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EXPEDIENTE SANCIONADO/A IDENTIF. LOCALIDAD FECHACUANTIA

EUROSPRECEPTOSUSP. ART. PTOS. REQ.

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EXPEDIENTE SANCIONADO/A IDENTIF. LOCALIDAD FECHACUANTIA

EUROSPRECEPTOSUSP. ART. PTOS. REQ.

– • –

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común (Boletín Oficial del Estado 285, de 27 denoviembre de 1992), se hace pública notificación de la inicia-ción de los expedientes sancionadores que se indican, instrui-dos por la Jefatura Provincial de Tráfico, a las personas o enti-dades denunciadas que a continuación se relacionan, ya quehabiéndose intentado la notificación en el último domicilioconocido, ésta no se ha podido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad deSanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico, ante la cual lesasiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa esti-men conveniente, con aportación o proposición de las pruebasque consideren oportunas, dentro del plazo de quince díashábiles, contados desde el siguiente al de la publicación delpresente en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Si en la columna "Requerimiento" aparece el número (1),se requiere del denunciado que se cita, titular del vehículoobjeto de la denuncia, para que identifique al conductor delmismo en la fecha indicada, haciéndole saber que si incumplela obligación legal de identificación del conductor del vehícu-lo, se iniciará expediente sancionador por infracción al artículo72.3 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motory Seguridad Vial aprobado por Real Decreto Legislativo339/1990, (BOE 63, de 14 de marzo), según redacción dadapor la Ley 17/2005 de 19 de julio (BOE 172 de 20 de julio).

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso delderecho para formular alegaciones y/o aportar o proponerpruebas, se dictarán las oportunas Resoluciones.

En Oviedo, a 27 de abril de 2007.—El Delegado delGobierno (P.D. Resolución de 29 de junio de 2001, BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias de 5 de julio de 2001. ElJefe Provincial de Tráfico).—7.323.

Anexo

Art.= Artículo; RDL = Real Decreto Legislativo; RD = Real Decreto; Susp. = Meses de Suspensión; REQ. = Requerimiento;PTOS = Puntos.

EXPEDIENTE DENUNCIADO/A IDENTIF. LOCALIDAD FECHACUANTIA

EUROSPRECEPTOSUSP. ART. PTOS. REQ.

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EXPEDIENTE DENUNCIADO/A IDENTIF. LOCALIDAD FECHACUANTIA

EUROSPRECEPTOSUSP. ART. PTOS. REQ.

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EUROSPRECEPTOSUSP. ART. PTOS. REQ.

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EXPEDIENTE DENUNCIADO/A IDENTIF. LOCALIDAD FECHACUANTIA

EUROSPRECEPTOSUSP. ART. PTOS. REQ.

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AYUNTAMIENTOS

DE ALLANDE

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El Pleno Municipal del Ayuntamiento de Allande, en susesión del día 8 de febrero de 2007, ha acordado la celebraciónde subasta pública para la venta de los siguientes bienes patri-moniales:

—Expediente Ej/01/2007.

Descripción: Urbana, antigua Casa Escuela de Bustantigo,edificio exento cuya parcela se limita al terreno ocupado por laedificación, sito en el pueblo de Bustantigo, concejo de Allan-de, ocupa una superficie de de 89,79 metros cuadrados, y cons-ta de dos plantas, con una superficie construida total de 179,58metros cuadrados. Linda: Frente, carretera, resto de los vientos,con caminos públicos. La referencia catastral es B-318005. Seencuentra en mal estado de conservación.

Pliego de condiciones: El pliego de condiciones de lasubasta se encuentra a disposición de los interesados en laSecretaría del Ayuntamiento de Allande.

Precio tipo de la subasta: La cantidad que servirá de tipopara la venta del local mediante subasta será de diecinueve milciento setenta y ocho euros con veinte céntimos, (19.178,20euros).

Presentación de proposiciones: En el Registro General delAyuntamiento de Allande, calle Donato Fernández n.º 2, dePola de Allande. El plazo de presentación será de 30 días natu-rales, contados a partir del día siguiente al de la publicación deeste anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias, hasta las 14 horas del último día.

Celebración de la subasta: La celebración de la subasta ten-drá lugar en el Ayuntamiento de Allande, a las doce horas deldía hábil siguiente al de la conclusión del plazo de admisión deposturas, salvo que dicho día sea sábado, en cuyo caso se cele-brará el siguiente día hábil.

—Expediente Ej/02/2007.

Descripción: Urbana, antigua Casa Escuela de Bendón,edificio exento cuya parcela se limita al terreno ocupado por laedificación, sito en el pueblo de Bendón, concejo de Allande,ocupa una superficie de 86,48 metros cuadrados. Linda: Frente,camino público, resto de los vientos, con finca propiedad delos herederos de Alvaro Canto Sierra. La referencia catastral esE209008. Se encuentra en mal estado de conservación.

Pliego de condiciones: El pliego de condiciones de lasubasta se encuentra a disposición de los interesados en laSecretaría del Ayuntamiento de Allande.

Precio tipo de la subasta: La cantidad que servirá de tipopara la venta del local mediante subasta será de quince milsetecientos veinte euros con sesenta y ocho céntimos,(15.720,68 euros).

Presentación de proposiciones: En el Registro General delAyuntamiento de Allande, calle Donato Fernández n.º 2, dePola de Allande. El plazo de presentación será de 30 días natu-rales, contados a partir del día siguiente al de la publicación deeste anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias, hasta las 14 horas del último día.

Celebración de la subasta: La celebración de la subasta ten-drá lugar en el Ayuntamiento de Allande, a las doce horas deldía hábil siguiente al de la conclusión del plazo de admisión deposturas, salvo que dicho día sea sábado, en cuyo caso se cele-brará el siguiente día hábil.

Pola de Allande, a 20 de abril de 2007.—El Alcalde.—7.161.

DE BIMENES

Anuncios

Bases para la selección de Juez de Paz Titular de Bimenes

Aceptada la renuncia al cargo de Juez de Paz titular deBimenes, doña Natividad Canto García, por la Sala de Gobier-no del Tribunal Superior de Justicia de Asturias y de conformi-dad con lo previsto en la LOPJ y en el Reglamento 3/95, de 7de junio, el Ayuntamiento de Bimenes va a iniciar los trámitesoportunos para proceder a la elección de Juez de Paz Titular,con arreglo a las siguientes bases:

1.—Requisitos de los aspirantes:

— Ser español.

— Mayor de edad.

— No estar incurso en las siguientes causas de incapaci-dad que establece el artículo 303 de la Ley Orgánicadel Poder Judicial: los impedidos física o psíquicamen-te para la función judicial; los condenados por delitodoloso mientras no hayan obtenido la rehabilitación;los procesados o inculpados por delito doloso en tantono sean absueltos o se dicte auto de sobreseimiento, ylos que no estén en pleno uso de sus derechos civiles.

— No estar incurso en causa de incompatibilidad para elejercicio de acciones judiciales.

2.—Presentación de solicitudes.

Las personas que, reuniendo las condiciones anteriores,estén interesadas en este nombramiento, deberán presentar enel Registro de entrada del Ayuntamiento la correspondientesolicitud, en el plazo de 15 días naturales, contados a partir delsiguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias, acompañada de lasiguiente documentación:

— Certificado de nacimiento o copia compulsada del DNI

— Certificado de antecedentes penales.

— Documentos acreditativos de los méritos o títulos quese aleguen.

IV. Administración Local

BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 23-V-20079838

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS23-V-2007 9839

3.—Elección y nombramiento.

La elección de Juez de Paz titular será efectuada por el Ple-no Corporativo del Ayuntamiento de Bimenes, mediante acuer-do adoptado por el voto favorable de la mayoría absoluta delnúmero legal de miembros de la Corporación, entre las perso-nas que, reuniendo los requisitos legales, así lo hubieran solici-tado. Si no hubiera solicitudes, el Pleno elegirá libremente.

El candidato propuesto por el Ayuntamiento será nombradoJuez de Paz titular por la Sala de Gobierno del Tribunal Supe-rior de Justicia para un período de cuatro años.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Bimenes, a 19 de abril de 2006.—El Alcalde.—6.700.

– • –

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 110.1.f)del Real Decreto 1372/1986, de 26 de noviembre, del Regla-mento de Bienes de las Entidades Locales, y del artículo 86 dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se hace público por plazode veinte días el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha19 de abril de 2007, de cesión gratuita del Edificio Escolar deLa Velía o Castañera, a favor de la Consejería de la Viviendadel Principado de Asturias para destinarlo a 2 Viviendas dePromoción Pública.

Durante el citado periodo los interesados podrán presentarlas alegaciones que estimen pertinentes.

Bimenes, a 23 de abril de 2007.—El Alcalde.—6.910.

DE CARREÑO

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En la sesión ordinaria celebrada por el Ayuntamiento Plenoel día 29 de marzo de 2007, se adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar definitivamente el Estudio de Detallepresentado por Recuperación de Escorias y Aridos, S.L., paraEstudio de Detalle Finca El Cotarón en El Cotarón, Logrezana,en la misma forma y condiciones en que fue aprobado inicial-mente.

Segundo.—Publicar el acuerdo de aprobación definitiva en elBOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias y comunicarlo ala CUOTA así como a los interesados directamente afectados.

Asimismo, y en base al art. 80.1 de la Ley del Principadode Asturias 3/2002, de 19 de abril, de Régimen del Suelo yOrdenación Urbanística, se adjuntan, para su publicación, lasnormas urbanísticas contenidas en el citado estudio.

Lo que le comunico para su conocimiento y efectos, signifi-cándole que frente al presente acto, que pone fin a la vía admi-nistrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativoante el Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturiasen el plazo de dos meses. Los plazos señalados se computaránde fecha a fecha a partir del día siguiente al de esta notificación.En su caso, podrá interponer cualquier otro recurso o acción queconsidere conveniente para la mejor defensa de sus derechos.Todo ello de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común (BoletínOficial del Estado 27 de noviembre de 1992), parcialmentemodificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (Boletín Oficialdel Estado 14 de enero de 1999), y en la Ley 29/1998, de 13 dejulio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa(Boletín Oficial del Estado 14 de julio de 1998).

Candás, a 20 de abril de 2007.—El Alcalde.—6.882.

Estudio de Detalle " El Cotarón", Carreño

Antecedentes

Se redacta el presente documento de Estudio de Detalleuna finca en El Cotarón, Logrezana, en el municipio de Carre-ño, por encargo de Recuperaciones de Escorias y Áridos, S.L.,representada por don Juan José García Rodríguez, propietarioúnico de la citada finca que tiene una extensión de 16.225 m2.

Objeto del Estudio de Detalle

El documento se redacta con el objeto de ordenar y definirla volumetría asignada por el planeamiento dentro de la fincaedificable y adaptarla tanto en las alineaciones como rasantes yalturas.

Todo ello se adapta a los fines contemplados en el art. 70del TROTUAS, así como a lo contenido en el planeamientomunicipal, manteniendo inalterados los parámetros de aprove-chamiento urbanístico.

El estudio se realiza para desarrollar la edificación decarácter industrial en diferentes naves que en su caso podríanser independizables entre sí y a su vez definir los espacioslibres y de circulación rodada y accesos dentro del conjunto.

Ambito

El ámbito del estudio de detalle es la totalidad de la fincacon una superficie de 16.225 m2, esta finca linda en su límitenorte con terrenos propiedad de Asturmasa y otros propietariosparticulares; al sur con la línea de FEVE y más suelo indus-trial; al oeste, con el camino de acceso al polígono y Acerlor; yal este, con FEVE y más terrenos de esta misma propiedad.

Planeamiento

Calificación urbanística del terreno.

Modalidad: Suelo Urbano Consolidado.

Zonificación: Superficie: Edificabilidad: Industrial Tabaza.

Ocupación máxima: Parcela mínima: 16.225 m2.

Características: 1 m2/m2 cons.

Usos permitidos: 70%.

Dotaciones: 400 m2.Edificación con las características propias de la tipolo-gía de la edificación industrial.Dentro de la calificación de suelo industrial cabe esteuso en su categoría limpia y todos aquellos definidos enlas OOMM como compatibles con este que se conside-ra principal.No se impone edificio exclusivo en esta tipología.Deberá dotarse de una plaza de aparcamiento por cada100 m2 de construcción o fracción.

Descripción de la ordenación

La ordenación del terreno propuesta afecta como ya hedicho a una superficie total de 16.225 m2, sobre el que se ocu-pará una superficie total de 7.416 m2, que supone el 45,70% deocupación, el resto de la finca se reserva para espacios libresdestinados a aparcamientos, circulaciones y zonas verdes.

En lo que se refiere a esta ordenación habrá de destacarseque se cumple con la Resolución de 27 de junio de 2005, de laSecretaría de Estado de Infraestructuras y Planificación, por laque se reduce la línea límite de edificación en los tramos de laslíneas de la red ferroviaria de interés general que discurran porzonas urbanas, reduciéndola a veinte metros desde la aristaexterior más próxima a la plataforma. Circunstancia que secumple con la ordenación proyectada.

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Los objetivos marcados por la propiedad y que así se hanintentado recoger, es el de un conjunto de naves industrialesdonde aprovechando la mayor medida posible para la edifica-ción, se compagine con correcta dimensión de viarios de mane-ra que posibilite la circulación de vehículos de transporte, asi-mismo se pretende mantener la circulación rodada con secciónsuficiente para entroncar con los terrenos colindantes bajo eltúnel existente y de futuro desarrollo urbanístico.

Condiciones de la ordenación propuesta

Las características geométricas de la solución propuestaquedan perfectamente definidas en el plano correspondiente,ajustándose su ocupación, altura, retiros, secciones viarias yzonas de estacionamiento de vehículos.

Aprovechamiento

El aprovechamiento máximo señalado por el planeamientosería de 16.225 m2, que posibilitaría la construcción de hastados plantas sobre la superficie de ocupación definida en estedocumento. La solución planteada se ajustaría a los siguientesparámetros:

- Edificabilidad máxima: 16.225,00 m2.

- Altura máxima: 10 m.- Superficie de ocupación de suelo: menor de 11.000 m2.

Parcelación

Los terrenos que constituyen el ámbito en estudio se confi-guran en una única finca, que en todo caso sería factible parce-lar siempre y cuando se cumpla con fincas netas resultantes desuperficie superior a 400 m2.

Condiciones constructivas y estéticas

La calidad constructiva y estética de las edificaciones debe-rá ser uniforme, criterio que ha de mantenerse independiente-mente de las fases de desarrollo del conjunto o de sus posiblesfraccionamientos.

Rasantes

Se entenderá como rasante de referencia de la edificación,la resultante de la explanación de la parcela conforme a losmovimientos de tierras necesarios para la consecución de lascotas definidas en el plano correspondiente de perfil del viarioprincipal y sus correspondientes viarios de servicio ajustados alterreno natural.

Accesos

El acceso de vehículos al conjunto edificatorio se haresuelto desde el viario público de acceso en su frente oeste,planteándose el viario principal desde este punto hasta el túnelbajo la línea de feve que entroncaría con fincas y terrenoscolindantes. Al interior de la parcela se ha dispuesto espaciosuficiente que posibilitarían el acceso y circulación de vehícu-los de los tamaños exigidos para el uso que se pretende.

Adecuación de la parcela

La ordenación prevista dispone una serie de espacios libresperimetrales del conjunto y que se mantendrá en su carácter deprivado.

Al interior, las zonas de comunicación deberán de tener unacabado que posibilite el tránsito de vehículos, siendo de libredisposición el tipo de acabados para el resto del sistema deespacios libres y zonas verdes.

Anexo modificado I

Memoria

Se redacta el presente anexo justificativo con el objeto dedefinir más ampliamente las condiciones de aprovechamiento

previstas para el ámbito, dado que las indicadas en el docu-mento inicial podrían alterar algunos parámetros fijados desdeel planeamiento municipal vigente, particularmente la dotaciónexigida para aparcamientos de vehículos.

La ordenación prevista en el estudio de detalle, fija la zonade ocupación máxima de 7.416 m2, dejando la edificabilidadmáxima establecida en 16.225 m2, que en caso de alcanzarseexigiría una dotación de estacionamiento de 163 plazas, nocontempladas en dicha ordenación.

De esta manera llegamos a la conclusión de limitar másampliamente la edificabilidad permitida y/o contener disposi-ciones que mantengan el cumplimiento de la exigencia de pla-neamiento, por lo que el articulado del Estudio de Detalle refe-rente a aprovechamiento quedaría con el siguiente texto:

Aprovechamiento

Los parámetros fijados en el presente documento serían:

- Edificabilidad máxima según ED*: 8.700 m2.

- Altura máxima: 10 m.

- Superficie de ocupación de suelo: 7.416 m2..

(*)Dado que el aprovechamiento máximo señalado por elplaneamiento sería de 16.225 m2, el estudio de detalle limitadicho aprovechamiento a 8.700 m2, cualquier alteración quesupere dicho parámetro, sin exceder del máximo de 16.225 m2,requerirá la justificación del incremento de plazas de estaciona-miento a razón de 1 plaza/100 m2 de incremento.

Dotaciones

De acuerdo a la edificabilidad máxima establecida la dota-ción mínima de plazas de estacionamiento se fija en 87 unida-des, señaladas en los planos de ordenación.

La ordenación planteada permitiría el incremento de estadotación con la utilización de los espacios libres de edificaciónque se prevén.

– • –

En la sesión ordinaria celebrada por el Ayuntamiento Plenoel día 29 de marzo de 2007, se adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.—Desestimar las alegaciones presentadas.

Segundo.—Aprobar definitivamente el Estudio de Detallepresentado por Viviendas del Principado de Asturias (VIPA-SA), para Estudio Detalle Unidad de Actuación número 2 enBernardo Alfageme Esquina calle Pardiés, de Candás, en lamisma forma y condiciones en que fue aprobado inicialmente.

Tercero.—Publicar el acuerdo de aprobación definitiva enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias y el textocompleto del Estudio de Detalle y comunicarlo a la CUOTA asícomo a los interesados directamente afectados.

Asimismo, y en base al art. 80.1 de la Ley del Principadode Asturias 3/2002, de 19 de abril, de Régimen del Suelo yOrdenación Urbanística, se adjuntan, para su publicación, lasnormas urbanísticas contenidas en el citado Estudio.

Lo que le comunico para su conocimiento y efectos, signi-ficándole que frente al presente acto, que pone fin a la víaadministrativa, podrá interponer recurso contencioso-adminis-trativo ante el Tribunal Superior de Justicia del Principado deAsturias en el plazo de dos meses. Los plazos señalados secomputarán de fecha a fecha a partir del día siguiente al de estanotificación. En su caso, podrá interponer cualquier otro recur-so o acción que considere conveniente para la mejor defensa desus derechos. Todo ello de acuerdo con lo establecido en la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS23-V-2007 9841

Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (Boletín Oficial del Estado 27-11-92), parcialmentemodificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (Boletín Oficialdel Estado 14-1-1999), y en la Ley 29/1998, de 13 de julio,Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa(Boletín Oficial del Estado 14-7-98).

Candás, a 18 de abril de 2007.—El Alcalde.—6.701.

Memoria Estudio Detalle

1.—Antecedentes.

La presente propuesta de ordenación se redacta al amparodel texto de la modificación puntual de planeamiento, aproba-do definitivamente según acuerdo, de 6 de octubre de 2006, porla Permanente de la Comisión de Urbanismo y Ordenación delTerritorio de Asturias (CUOTA) relativo a la modificación pun-tual ámbito de las UA n.º 1 y n.º 2 de Candás-Carreño; Expe-diente CUOTA 664/2006, publicado en BOLETIN OFICIALdel Principado de Asturias, de 11 de noviembre de 2006.

Según el propio texto de la modificación de planeamiento:"La entidad Viviendas del Principado de Asturias, S.A., (VIPA-SA) dentro de sus funciones para la promoción de viviendas deprotección pública, pretende llevar a cabo la construcción deviviendas demandadas por una parte de la población del concejode Carreño, gestionando la coordinación de la AdministraciónLocal y la Autonómica para obtener además, al final del proce-so, un suelo del litoral dedicado a zona verde de uso público".

Siendo objeto de este Estudio de Detalle la Unidad deActuación n.º 2, caracterizada por la discontinuidad física en sudelimitación, la ordenación se circunscribe a la parcela resul-tante calificada según Ordenanza de edificación abierta-bloqueexento con uso residencial.

2.—Datos del emplazamiento.

2.1 Límites y Superficies.

La parcela conforma dos unidades prediales según docu-mentación catastral, con una superficie bruta total de 3.331 m2.Se encuentra en la parte noroeste del núcleo urbano de Candás,y está delimitada por las calles Bernardo Alfageme y Pardiés.

2.2 Características naturales.

Geotécnicas: El terreno es apto para la edificación, como seindica en el Informe Geotécnico realizado.

Topográficas: Presenta una pendiente media del 8% presen-tado una superficie plana en gran parte de su superficie debidoal uso actual como aparcamiento en superficie.

2.3 Usos y edificaciones existentes.

La parcela está usada en la actualidad como aparcamientoen superficie, no existiendo ninguna edificación en su interior.

2.4 Infraestructuras existentes.

Por las calles que limitan el solar discurren todos los Servi-cios Municipales de abastecimiento de agua potable, red dealcantarillado y alumbrado público, además de red de suminis-tro de energía eléctrica de baja tensión y telefonía.

2.5 Propiedades afectadas.

La superficie se corresponde con dos parcelas catastrales,identificadas con los números 6704931TP360S0001QR y6704932TP7360S0001 PR.

3.—Determinaciones del Planeamiento General.

Las Normas Subsidiarias de Planeamiento vigentes enCarreño cuentan con aprobación definitiva por parte de laCUOTA, con prescripciones, de fecha 25-05-1995, encontrán-

dose publicado el texto refundido en el BOLETIN OFICIALdel Principado de Asturias de fecha 18-01-96.

Es objeto del presente Estudio de Detalle la definición delas alineaciones y rasantes y la ordenación de volúmenes sobrela parcela neta resultante de 2.756 m2. Se adapta a la edificabi-lidad establecida en la ficha de la UA, n.º 2, y a las condicionestipológicas de la Ordenanza reguladora de la edificación abier-ta- bloque exento.

4.—Objeto y criterio de la ordenación.

El Estudio de Detalle se redacta con el fin de ordenar volú-menes de edificación residencial para vivienda protegida, laconfiguración de una plaza pública y la creación de aparca-miento subterráneo de carácter público; de acuerdo con lascondiciones de las Normas Subsidiarias de Planeamiento, conlos arts. 65 y 66 del Reglamento de Planeamiento, y en base alo dispuesto en el art. 70 del Decreto Legislativo 1/2004, de 22de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposi-ciones legales vigentes en materia de ordenación del territorioy urbanismo.

Debido al desnivel existente en la parcela, la plaza públicase organiza en dos niveles fundamentales de estancia, permi-tiendo una adecuada accesibilidad y conformando los espaciosde acceso a las viviendas. El acceso al aparcamiento público yprivado de las viviendas se realiza desde la calle principal (Par-diés), permitiendo que el vial que circunda la parcela por suparte oeste mantenga un carácter más privado en relación conel grupo de las viviendas del 1° de mayo.

Con la ordenación de volúmenes se pretende un óptimorendimiento edificatorio de la parcela según la calificaciónurbanística conferida en las NNSS. La resolución formal de losvolúmenes planteados persigue una imagen adecuada para elentorno urbano, manteniendo la calidad formal. Por ello, laimagen, aún manteniendo las características formales de lasconstrucciones tradicionales, utiliza volúmenes acordes con lossistemas constructivos actuales y con otras premisas compositi-vas de edificación. La ubicación de los volúmenes mantieneuna organización compositiva de orden dual, propiciando lacreación de la plaza, espacio puesto además en relación contodo el tejido edificatorio próximo de la trama urbana.

En base a la ficha de la Unidad de Actuación n.º 2, que seadjunta, los volúmenes son el resultado de aplicar sus determi-naciones, de la edificabilidad máxima permitida y de la aplica-ción de los parámetros para la ordenanza reguladora de la edifi-cación abierta-bloque exento.

Según esto, para la parcela de 2.756 m2 se establece con laordenación una ocupación no mayor del 30% y propone unosvolúmenes en cuatro plantas con unas medidas de 28x15 m y20x15 m, que obtendría, con el espacio en bajocubierta previs-to, una superficie total construida menor que el techo máximoedificable.

Comparativamente, tendríamos:

NNSS Estudio de detalle

Parcela mínima neta: 1.000m2 Parcela neta.- 2.756 m2

Ocupación máxima: 40% s/parcela Ocupación: 30% s/ 2.756 m2 =826 m2

Zona verde mínima: 30% 2.756 = 826 m2 Zona verde: = 1.930 m2

Condiciones geométricas de implantación: Condiciones geométricas de implantación:

Longitud máxima: 40 m Longitud máxima: 28 m

Anchura máxima: 15 m Anchura máxima: 15 m

Retranqueos: Retranqueos:

A vial público: 6 m A vial público: el definido en los planos.

Total S. Construida --> 3.457 m2 Total S. Construida --> 3.457 m2

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 23-V-20079842

Basándonos en las ordenanzas de las NNSS, la decisión defijar las alineaciones se realiza en función de lo expresado en elartículo 213, que permite establecer los retranqueos a vial quetengan carácter público en razón de la Unidad de Ejecución ysegún un Estudio de Detalle. En este caso los volúmenes quedanordenados en función del plano n.º 4 y relacionados con los lími-tes propios de la parcela neta. Se consigue de esta manera esta-blecer unos retranqueos según la jerarquía de viario existente.

5.—Justificación de la propuesta.

Conveniencia y procedencia de las soluciones adoptadas.

Como figura de planeamiento, el Estudio de Detalle sirvecomo instrumento eficaz de análisis y conviene siempre comoinstrumento de ordenación en la inevitable unión entre lo urba-no y lo edificatorio, marcando las pautas del diseño urbano yde su relación con la edificación.

El Estudio de Detalle se realiza no sólo con el fin de orde-nar unos volúmenes de edificación, pretendiendo hacer elreparto del techo máximo edificable establecido en la Unidadde Actuación n.º 2, también establece las condiciones para elproyecto de los espacios no edificados (la plaza pública), de lafuncionalidad de los usos no residenciales incluidos (en estecaso aparcamiento público) y todo ello en vistas a obtener lamáxima calidad en la trama y tejido urbano que propugnan lasNormas subsidiarias de planeamiento.

La redacción del Estudio de Detalle es figura obligada porestar así recogido en la ficha de la Unidad de Actuación, y estambién modo común de proceder en todas las unidades deactuación delimitadas por las NNSS del concejo de Carreño.

6.—Documentación.El presente Estudio de Detalle se completa con la ficha de

la UA n.º 2 y los planos justificativos de los extremos sobre losque versa.

7.—Propietarios afectados.

El propietario único es el Principado de Asturias; en situa-ción actual de tramitación de la cesión del suelo a la empresaViviendas del Principado de Asturias, S.A., con domicilio encalle Jesús Sáenz de Miera, s/n, bajo (esquina plaza. de losFF.CC. Económicos de Asturias), Oviedo 33011.

Estudio de detalleUnidad de Actuación número 2 de las normas subsidiarias

de planeamiento de Carreño

DE GRANDAS DE SALIME

Anuncio

El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día19 de abril de 2007, acordó aprobar provisionalmente la impo-

sición del precio público de acceso al Centro de Interpretacióndel Chao San Martín, en Grandas de Salime.

Asimismo, acordó aprobar provisionalmente la ordenanzafiscal reguladora del precio público de acceso al Centro deInterpretación del Chao San Martín, en Grandas de Salime.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 del RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales, se someten a información pública dichosacuerdos provisionales por espacio de 30 días, contados a partirde la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFI-CIAL del Principado de Asturias.

Durante dicho período los interesados podrán examinar elexpediente en la Secretaría del Ayuntamiento y presentar lasreclamaciones que estimen oportunas.

De no producirse reclamaciones, los acuerdos provisiona-les quedarán elevados a definitivos.

Grandas de Salime, a 20 de abril de 2007.—El Alcalde.—6.777.

DE ILLANO

Edicto

Habiéndose solicitado de esta Alcaldía por TelefónicaMóviles España, S.A., licencia municipal para la apertura deEstación Base de Telefonía Móvil, a emplazar en Lombatín-Illano, cumpliendo lo dispuesto por el apartado a), del número2 del art. 30 del Reglamento de Actividades Molestas, Insalu-bres, Nocivas y Peligrosas, de 30 de noviembre de 1961, sesomete a información pública por período de diez días hábiles,a fin de que durante el mismo, que empezará a contarse desdeel día siguiente al de la inserción del presente edicto en elBOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, pueda exami-narse el expediente, en la Secretaría de este Ayuntamiento, porlas personas que de algún modo se consideren afectadas por laactividad que se pretende instalar y formular por escrito lasreclamaciones u observaciones que se estimen oportunas.

Illano, a 23 de abril de 2007.—El Alcalde.—6.914.

DE LENA

Edicto

Por Tantarantán C.B., (expediente número 166/2007), se hasolicitado licencia de apertura para bar-vinoteca con emplaza-miento en calle Corporaciones de Lena, 26, de La Pola.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo preceptuadoen el art. 30 del Reglamento de Actividades Molestas, Insalu-bres, Nocivas y Peligrosas, de 30 de noviembre de 1961, a finde que quienes se consideren afectados de algún modo por laactividad de referencia, puedan formular por escrito que pre-sentarán en la Secretaría del Ayuntamiento, las observacionespertinentes, durante el plazo de diez días hábiles contados apartir del siguiente de la publicación en el BOLETIN OFI-CIAL del Principado de Asturias.

La Pola, a 26 de marzo de 2007.—El Alcalde.—6.638.

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Anuncio

Aprobado inicialmente por Resolución de Alcaldía defecha 27 de abril de 2007, el Plan Parcial que afecta al área

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS23-V-2007 9843

industrial de La Vega de Villallana, por el que se desarrolla elPlan General de Ordenación de Lena (Ficha de Actuación PPIND 05), de conformidad con el artículo 89.2 del DecretoLegislativo 1/2004, de 22 de abril, por el que se aprueba elTexto Refundido de las disposiciones legales vigentes en mate-ria de ordenación del territorio y urbanismo, se somete a infor-mación pública por el plazo de un mes, a contar desde el díasiguiente al de publicación del presente anuncio.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquierinteresado en las dependencias municipales para que se formu-len las alegaciones que se estimen pertinentes.

Lena, a 27 de abril de 2007.—El Alcalde.—7.168.

DE LLANERA

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L y J Auto, S.L., solicita licencia para ampliación y reformade nave industrial destinada a venta y reparación de vehículosen A 26, Asipo-Coruño-Llanera.

Lo que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 30del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas yPeligrosas, y en el artículo 86 de la Ley 30/92, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, se hace público para losque pudieran resultar afectados de algún modo por dicha instala-ción, puedan formular las observaciones pertinentes en el plazode 20 días hábiles, a contar de la inserción de este anuncio en elBOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

La presente publicación cumple los efectos de notificaciónpersonal, para aquellos supuestos en los que ésta no pudierapracticarse personalmente a los interesados (artículo 59.5 de laLey 30/1992, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común).

El expediente se halla de manifiesto y puede consultarsedurante las horas de oficina en la Oficina Técnica de esteAyuntamiento.

Llanera, a 13 de abril de 2007.—El Alcalde.—6.639.

– • –

Francisco García Cofiño, solicita licencia para instalaciónde centro de almacenamiento de GLP (Llagar El Güelu) enPruvia de Abajo, 189, Llanera.

Lo que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 30del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas yPeligrosas, y en el artículo 86 de la Ley 30/92, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, se hace público para losque pudieran resultar afectados de algún modo por dicha instala-ción, puedan formular las observaciones pertinentes en el plazode 20 días hábiles, a contar de la inserción de este anuncio en elBOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

La presente publicación cumple los efectos de notificaciónpersonal, para aquellos supuestos en los que ésta no pudierapracticarse personalmente a los interesados (artículo 59.5 de laLey 30/1992, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común).

El expediente se halla de manifiesto y puede consultarsedurante las horas de oficina en la Oficina Técnica de esteAyuntamiento.

Llanera, a 23 de abril de 2007.—El Alcalde.—6.915.

DE MIERES

Edictos

• Expediente: 5.446/06.

Por Comunidad de Propietarios de Cocheras Edificio "ElCuipu" (rep. don Fermín Ganzo Fernández) se solicita licenciapara apertura de guardería de vehículos, a instalar en La Villa,Plaza Pepa la Lechera, n.º 186-187-200-201, de Mieres,

Lo que en cumplimiento de lo establecido en el art. 30,apartado 2a) del Reglamento de 30 de noviembre de 1961 sehace público para que los que pudieran resultar afectados portal actividad puedan formular las observaciones pertinentes enel plazo de diez días hábiles a contar de la inserción del presen-te edicto en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Mieres, a 29 de marzo de 2007.—El Alcalde.—6.723.

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• Expediente: 5.291/05.

Por Hijos de Costoya, S.L. (rep. don Eloy Costoya Díaz) sesolicita licencia para apertura de almacén y exposición demateriales de construcción, a instalar en Polígono IndustrialFábrica de Mieres, parcela 10, de Mieres.

Lo que en cumplimiento de lo establecido en el art. 30,apartado 2a) del Reglamento de 30 de noviembre de 1961, sehace público para que los que pudieran resultar afectados portal actividad puedan formular las observaciones pertinentes enel plazo de diez días hábiles a contar de la inserción del presen-te edicto en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Mieres, a 30 de marzo de 2007.—El Alcalde.—6.720.

– • –

• Expediente: 5.473/06.

Por Comunidad de Propietarios de Cocheras (rep. don Jai-me Fernández Fernández) se solicita licencia para apertura deguardería de vehículos, a instalar en calle Ramón y Cajal, n.º49-51, de Mieres.

Lo que en cumplimiento de lo establecido en el art. 30,apartado 2a) del Reglamento de 30 de noviembre de 1961, sehace público para que los que pudieran resultar afectados portal actividad puedan formular las observaciones pertinentes enel plazo de diez días hábiles a contar de la inserción del presen-te edicto en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Mieres, a 9 de abril de 2007.—El Alcalde.—6.916.

– • –

• Urbanismo 4075/05 (5132/05) – 21234/05.

Por Decreto de Alcaldía n.º 266/2007, de 29 de marzo, seha resuelto:

1.°—Declarar la caducidad del expediente promovido pordon Alfredo Allende Díaz para apertura de bar, sin músicaamplificada, en calle Reinerio García, n.º 6, bajo (Mieres), conarchivo de las actuaciones, al haber quedado paralizado porcausa del interesado.

2.°.—Ordenar la clausura del establecimiento referido en elpunto anterior y cese inmediato de la actividad, por carecer delas preceptivas autorizaciones municipales.

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 23-V-20079844

Recursos

A) La transcrita resolución agota la vía administrativa, con-forme a lo establecido en los artículos 52 de la Ley de Bases deRégimen Local, 210 del Reglamento de Organización, Funcio-namiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales y109 de la Ley de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

B) Contra la resolución se podrá interponer, potestativa-mente, recurso de reposición, ante el órgano resolutorio, en elplazo de un mes desde esta notificación, y, en todo caso, recur-so contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Conten-cioso-Administrativo de Oviedo, dentro del plazo de dos mesescontados a partir del recibo de esta notificación, de la del recur-so potestativo de reposición; o en el de seis meses desde queéste deba entenderse presuntamente desestimado. Todo ello deconformidad con lo que se dispone en los artículos 107, 116 y117 de la Ley 30/92, y 25 y 46 de la Ley 29/98, Reguladora dela Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

C) La información sobre la recurribilidad procedente seefectúa sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otrorecurso que se estime procedente.

Mieres, a 24 de abril de 2007.—El Alcalde.—7.096.

– • –

• Urbanismo 19041/07-A.

Por Decreto de Alcaldía n.º 333/2007, de 19 de abril, se haresuelto:

Incoar expediente de declaración de ruina del inmueble sitoen Cardeo de Abajo, colindante con el n.º 69, Mieres, por con-currir las causas previstas en el art. 234.1 a) y b) del DecretoLegislativo del Principado de Asturias 1/2004, de 22 de abril.Concediendo al propietario un plazo de diez días, a contar des-de el siguiente a la notificación de la presente resolución, paraque alegue y/o presente los documentos que estime convenien-tes a sus intereses legítimos.

Recursos

El presente acto no agota la vía administrativa, por lo queno es susceptible de recurso administrativo, sin perjuicio decualesquiera otras acciones que pueda ejercer en defensa de suderecho.

Mieres, a 24 de abril de 2007.—El Alcalde.—7.097.

– • –

Anuncio

• Urbanismo 2130/07.

Aprobación inicial del Estudio de Detalle que modifica lasalineaciones y rasantes y reordena los volúmenes en los N.º241 y 243 del Barrio de la Villa de Mieres.

El Alcalde-Presidente, por Decreto n.º 299/2007, de 12 deabril, resolvió aprobar inicialmente el Estudio de Detalle quemodifica las alineaciones y rasantes y reordena los volúmenesen los n.º 241 y 243 del Barrio de la Villa de Mieres, redactadopor el técnico don José María Cachero Alvarez, y presentadoen el Ayuntamiento por "Jaime Fernández, S.L.".

También resolvió suspender el otorgamiento de licencias deparcelación de terrenos, edificación y demolición en todo elámbito territorial del Estudio de Detalle.

Lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 92del Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril, del Principadode Asturias, se somete a información pública por plazo de unmes contado a partir del día siguiente al de la publicación deeste anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias a efectos de la presentación de posibles alegacionespor escrito.

Durante dicho plazo el expediente estará de manifiesto enel Departamento de Urbanismo de este Ayuntamiento.

Recursos

• En cuanto a la aprobación inicial es un acto de mero trá-mite, no decisorio, no siendo susceptible de recurso algu-no; sin perjuicio de la impugnabilidad aplicable a la reso-lución que, en su día, ponga fin al procedimiento.

• En cuanto a la suspensión de licencias es un acto defini-tivo en vía administrativa, en consecuencia se podráinterponer, potestativamente, recurso de reposición, anteel órgano resolutorio, en el plazo de un mes desde estapublicación y, en todo caso, recurso contencioso-admi-nistrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administra-tivo de Oviedo, en el plazo de dos meses, contados a par-tir de esta publicación o de la notificación de la resolu-ción del recurso potestativo de reposición; o en el de seismeses desde que éste deba entenderse presuntamentedesestimado. Todo ello de conformidad con lo que sedispone en los artículos Primero-24, 31 y 32 de la Ley4/1999, de 13 de enero, y 25 y 46 de la Ley 29/98 Regu-ladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

• La información sobre la recurribilidad procedente seefectúa sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquierotro recurso que se estime procedente.

Mieres, a 16 de abril de 2007.—El Alcalde.—6.725.

DE NAVA

Anuncio

Con fecha 26 de abril de 2007, se negoció y suscribió eltexto inicial del "Convenio urbanístico de conversión a metáli-co del aprovechamiento urbanístico correspondiente al Ayunta-miento de Nava en la Unidad de Ejecución 17"; por Providen-cia de Alcaldía de fecha 27 de abril de 2007, se somete a infor-mación pública durante el plazo de un mes, a contar desde lapublicación del presente anuncio en este BOLETIN OFICIALdel Principado de Asturias.

Durante dicho plazo, el texto inicial del Convenio urbanís-tico podrá ser examinado por cualquier interesado en la Secre-taría del Ayuntamiento, para que se formulen las alegacionesque se estimen pertinentes.

Nava, a 27 de abril de 2007.—El Alcalde.—7.169.

DE NAVIA

Edicto

Por Ganadería Berca, S.C. se ha solicitado licencia para laampliación de nave agrícola destinada a establo, en El Vidural(Polavieja). Expediente 445/07.

Según lo dispuesto en el apartado a), del número 2, del artí-culo 30 del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres,Nocivas y Peligrosas, de 30 de noviembre de 1961, y en el artí-culo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS23-V-2007 9845

Jurídico de las Administraciones Públicas, se abre un periodode información pública de veinte días hábiles, que se contarána partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publica-ción del presente edicto en el BOLETIN OFICIAL del Princi-pado de Asturias, para que quienes se consideren afectados dealgún modo por la actividad que se pretende establecer, puedanexaminar el expediente en la Oficina Técnica del Ayuntamientoy hacer las observaciones pertinentes.

Navia, a 9 de abril de 2007.—El Concejal Delegado.—6.779.

– • –

Anuncios

No habiendo podido ser notificada Resolución de Alcaldíade fecha 12 de abril de 2007, que a continuación se transcribe:

"Visto que con fecha 7 de febrero de 2007, doña Mª JoséFreitas López, con DNI 71.873.896-T, domiciliada en calle LaOlga, 11, 3.º B, de Navia, solicita la baja de oficio de don FélixSánchez González, con DNI 45.426.107-A, que no vive en sudomicilio y que figura empadronado en el mismo.

Resultando que por la Secretaría General del Ayuntamientode Navia se ha procedido a solicitar informe a la Policía Local.

Resultando que con fecha 19 de marzo de 2007, N.º deentrada en el Registro General: 1644, el Jefe de la PolicíaLocal emite el Informe que a continuación se transcribe literal-mente:

"Por el presente se le informa a usted que Félix SánchezGonzález, con DNI 45.426.107-A, ya no reside en el domiciliosito en la calle La Olga, n.º 11-3.° B.

Lo cual firmo para los efectos que se consideren oportunos.

Navia, a 19 de marzo de 2007. Fdo. JP.Local."

Considerando, a la vista de lo anterior, la necesidad de pro-ceder a iniciar expediente de baja de oficio respecto a la perso-na identificada al objeto de mantener actualizado el PadrónMunicipal del Ayuntamiento de Navia, de modo que los datoscontenidos en éste, concuerden con la realidad y poder darcumplimiento en este sentido a lo dispuesto en el art.62 delReglamento de Población y Demarcación de las EntidadesLocales.

Considerando que según lo establecido en el art. 54.1 delReglamento de Población y Demarcación Territorial de lasEntidades Locales, toda persona que viva en España está obli-gada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que residahabitualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscri-birse únicamente en el que habite durante más tiempo al año.

Considerando que el artículo 72 del Reglamento de Pobla-ción y Demarcación Territorial de las Entidades Locales deter-mina que el Ayuntamiento dará de baja de oficio, por inscrip-ción indebida, a quienes figuren empadronados incumpliendolos requisitos establecidos en el artículo 54 de este Reglamen-to, una vez comprobada esta circunstancia en el correspondien-te expediente en el que se dará audiencia al interesado. Estedeberá comunicar el municipio o país en el que vive habitual-mente y solicitar por escrito el alta en el Padrón Municipal o enel Registro de Matrícula de la Oficina o Sección Consularcorrespondiente. Dicha solicitud será tramitada por el Ayunta-miento que acuerde la baja de oficio.

Si el interesado no manifiesta expresamente su conformi-dad con la baja, ésta sólo podrá llevarse a cabo con el informefavorable del Consejo de Empadronamiento.

Teniendo en cuenta el artículo 21.1 s) de la Ley 11/1999,de 21 de abril, por la que se modifica la Ley 7/1985, de 2 deabril, reguladora de las Bases de Régimen Local, la competen-cia en este procedimiento corresponde al Alcalde, quien asi-mismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, iniciará el procedimiento de oficio.

Considerando los antecedentes de hecho y los fundamentoslegales expuestos, procede acordar de oficio la apertura delexpediente, con objeto de acreditar los extremos expuestosanteriormente, y proceder en consecuencia con lo establecidoen la Resolución de 1 de abril de 1997, de la Presidenta del Ins-tituto Nacional de Estadística y del Director General de Coope-ración Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas alos Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del Padrón Muni-cipal.

Por todo ello, en uso de las atribuciones que legalmente meestán conferidas, por la presente, he resuelto:

Primero.—Incoar expediente administrativo para procedera la baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes deNavia, por inscripción indebida, al no residir en el domicilio dedoña Mª José Freitas López, a don Félix Sánchez González,con DNI 45.426.107-A.

Segundo.—Contra esta presunción el interesado podrá, enun plazo de quince días hábiles, manifestar si está o no deacuerdo con la baja, pudiendo, en este último caso, alegar ypresentar cuantos documentos y justificaciones estime perti-nentes. Si el interesado manifiesta de forma expresa su confor-midad con la baja se procederá a la misma y comunicará elmunicipio en el que vive habitualmente que se incluirá en elcorrespondiente expediente, solicitando el alta por escrito en elPadrón correspondiente.

Esta solicitud la tramitará el propio Ayuntamiento deNavia, que se encargará de remitirla al correspondiente munici-pio de alta en los diez primeros días del mes siguiente, para sucorrespondiente actualización.

Corresponderá al Presidente del Instituto Nacional de Esta-dística la resolución de las discrepancias que por este motivosurjan entre los Ayuntamientos, Diputaciones Provinciales,Cabildos y Consejos Insulares o entre estos entes y el InstitutoNacional de Estadística, previa propuesta del Consejo deEmpadronamiento, de conformidad con el artículo 74 deReglamento de Población y Demarcación Territorial.

Dado en Navia, a 12 de abril de 2007. El Alcalde. Fdo.:Manuel Bedia Alonso. Ante mí: El Secretario. Fdo.: Mª Cova-donga Domínguez García."

Es necesario, para continuar con la tramitación del presenteprocedimiento, publicar este Anuncio en el BOLETIN OFI-CIAL del Principado de Asturias y en el tablón de edictos delAyuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por laLey 4/1999 de 13 de enero.

Navia, a 12 de abril de 2007.—El Alcalde.—6.780.

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No habiendo podido ser notificada Resolución de Alcaldíade fecha 12 de abril de 2007, que a continuación se transcribe:

"Visto que con fecha 13 de febrero de 2007, doña BrunildaAmparo Rodríguez Vrolijk, con NIE X-03355580-H, domici-liada en calle San Francisco, 21- BJ de Navia, solicita la bajade oficio de doña María Aparecida Santo Moreira Nery, con

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 23-V-20079846

N.º de Pasaporte CS269874, que no vive en su domicilio y quefigura empadronada en el mismo.

Resultando que por la Secretaría General del Ayuntamientode Navia se ha procedido a solicitar informe a la Policía Local.

Resultando que con fecha 26 de marzo de 2007, N.º deentrada en el Registro General: 1780, el Jefe de la PolicíaLocal emite el Informe que a continuación se transcribe literal-mente:

"Por el presente se le informa a usted que María AparecidaSantos Moreira Nery, ya no reside en el domicilio sito en lacalle San Francisco, 21, bajo de la Villa de Navia.

Lo cual firmo para los efectos que se consideren oportunos.

Navia, a 26 de marzo de 2007. Fdo. JP.Local."

Considerando, a la vista de lo anterior, la necesidad de pro-ceder a iniciar expediente de baja de oficio respecto a la perso-na identificada al objeto de mantener actualizado el PadrónMunicipal del Ayuntamiento de Navia, de modo que los datoscontenidos en éste, concuerden con la realidad y poder dar cum-plimiento en este sentido a lo dispuesto en el art.62 del Regla-mento de Población y Demarcación de las Entidades Locales.

Considerando que según lo establecido en el art. 54.1 delReglamento de Población y Demarcación Territorial de lasEntidades Locales, toda persona que viva en España está obli-gada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que residahabitualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscri-birse únicamente en el que habite durante más tiempo al año.

Considerando que el artículo 72 del Reglamento de Pobla-ción y Demarcación Territorial de las Entidades Locales deter-mina que el Ayuntamiento dará de baja de oficio, por inscrip-ción indebida, a quienes figuren empadronados incumpliendolos requisitos establecidos en el artículo 54 de este Reglamen-to, una vez comprobada esta circunstancia en el correspondien-te expediente en el que se dará audiencia al interesado. Estedeberá comunicar el municipio o país en el que vive habitual-mente y solicitar por escrito el alta en el Padrón Municipal o enel Registro de Matrícula de la Oficina o Sección Consularcorrespondiente. Dicha solicitud será tramitada por el Ayunta-miento que acuerde la baja de oficio.

Si el interesado no manifiesta expresamente su conformi-dad con la baja, ésta sólo podrá llevarse a cabo con el informefavorable del Consejo de Empadronamiento.

Teniendo en cuenta el artículo 21.1 s) de la Ley 11/1999,de 21 de abril, por la que se modifica la Ley 7/1985, de 2 deabril, reguladora de las Bases de Régimen Local, la competen-cia en este procedimiento corresponde al Alcalde, quien asi-mismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, iniciará el procedimiento de oficio.

Considerando los antecedentes de hecho y los fundamentoslegales expuestos, procede acordar de oficio la apertura delexpediente, con objeto de acreditar los extremos expuestos ante-riormente, y proceder en consecuencia con lo establecido en laResolución de 1 de abril de 1997, de la Presidenta del InstitutoNacional de Estadística y del Director General de CooperaciónTerritorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a losAyuntamientos sobre la gestión y revisión del Padrón Municipal.

Por todo ello, en uso de las atribuciones que legalmente meestán conferidas, por la presente, he resuelto:

Primero.—Incoar expediente administrativo para procedera la baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes deNavia, por inscripción indebida, al no residir en el domicilio de

doña Brunilda Amparo Rodríguez Vrolijk, a doña María Apare-cida Santos Moreira Nery, con Pasaporte Nº CS269874.

Segundo.—Contra esta presunción el interesado podrá, enun plazo de quince días hábiles, manifestar si está o no deacuerdo con la baja, pudiendo, en este último caso, alegar ypresentar cuantos documentos y justificaciones estime perti-nentes. Si el interesado manifiesta de forma expresa su confor-midad con la baja se procederá a la misma y comunicará elmunicipio en el que vive habitualmente que se incluirá en elcorrespondiente expediente, solicitando el alta por escrito en elPadrón correspondiente.

Esta solicitud la tramitará el propio Ayuntamiento deNavia, que se encargará de remitirla al correspondiente munici-pio de alta en los diez primeros días del mes siguiente, para sucorrespondiente actualización.

Corresponderá al Presidente del Instituto Nacional de Esta-dística la resolución de las discrepancias que por este motivosurjan entre los Ayuntamientos, Diputaciones Provinciales,Cabildos y Consejos Insulares o entre estos entes y el InstitutoNacional de Estadística, previa propuesta del Consejo deEmpadronamiento, de conformidad con el artículo 74 deReglamento de Población y Demarcación Territorial.

Dado en Navia, a 12 de abril de 2007. El Alcalde. Fdo.:Manuel Bedia Alonso. Ante mí: El Secretario. Fdo. Mª Cova-donga Domínguez García."

Es necesario, para continuar con la tramitación del presenteprocedimiento, publicar este anuncio en el BOLETIN OFI-CIAL del Principado de Asturias y en el tablón de edictos delAyuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo59.5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por laLey 4/1999 de 13 de enero.

Navia, a 12 de abril de 2007.—El Alcalde.—6.824.

– • –

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común, se hace pública notificación de denuncia delos expedientes sancionadores que se indican, instruidos por lafuncionaria municipal, doña María Antonia Padilla Padilla ysiendo el señor Alcalde Presidente el competente para dictarresolución definitiva, de conformidad con el art. 68.2 LSV, alas personas físicas titulares y/o conductores de los vehículosdenunciados que se relacionan en el Anexo a este anuncio, yaque habiéndose intentado la notificación en el último domicilioconocido, ésta no se ha podido practicar, y cuyos pagos podránhacerse efectivos con el 30% de bonificación, siempre que seefectúe durante los 30 días naturales siguientes a aquel en quetenga lugar la publicación.

Igualmente, se señala que el titular o arrendatario del vehí-culo tiene el deber, de identificar al conductor responsable dela infracción, advirtiéndole que si incumple esta obligación enel trámite procedimental oportuno sin causa justificada serásancionado pecuniariamente como autor de falta muy grave.

En los mismos términos responderá el titular o arrendatariodel vehículo cuando no sea posible notificar la denuncia al con-ductor que aquél identifique, por causa imputable a ellos. Seentenderá que usted es el conductor del vehículo en el caso deno haber dado cumplimiento al punto anterior en el plazo dequince días hábiles siguientes a la publicación de este anuncio.

Durante un plazo de quince días hábiles, contados desde elsiguiente al de la publicación del presente anuncio en elBOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, se podrá efec-

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS23-V-2007 9847

tuar por escrito ante este Ayuntamiento las alegaciones que a suderecho convenga, con aportación o proposición de las pruebasque considere convenientes. En el escrito de alegaciones sehará constar: nombre, apellidos y domicilio del denunciado, yen su caso, de la persona que lo represente; número de Boletíno Expediente, fecha y lugar de la denuncia; relación del hechodenunciado; alegaciones y propuestas de las pruebas que esti-me oportuna; lugar, fecha y firma.

Si no presenta alegaciones, esta notificación tiene carácterde propuesta de resolución (art. 13.2 del Reglamento del Pro-cedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora. RealDecreto 1398/1993, de 4 de agosto, con los efectos previstosen los artículos 18 y 19 del mismo).

El abono anticipado con la reducción anteriormente señala-da, salvo que proceda imponer además la medida de suspen-

sión del permiso o licencia de conducir, implicará únicamentela renuncia a formular alegaciones y la terminación del proce-dimiento, sin necesidad de dictar resolución expresa, sin perjui-cio de la posibilidad de interponer los recursos correspondien-tes. En el supuesto de que no se proceda al abono de la multa,la presente iniciación será elevada a propuesta de resolución.

Forma y lugar de pago: El pago podrá efectuarse en metáli-co, en la caja municipal, previa presentación del boletín dedenuncia o de copia de este anuncio, así como mediante giropostal o transferencia bancaria a favor del Ayuntamiento deNavia, mediante ingreso en cualquier entidad colaboradora,haciendo constar claramente en el documento el n.º de boletíno de expediente de denuncia y matrícula.

Navia, a 19 de abril de 2007.—El Concejal Delegado.—7.109.

Anexo

Abreviaturas: LSV: Ley de Seguridad Vial; RGC: Reglamento General de Circulación; OMC: Ordenanza Municipal de Circula-ción; L: Leve; G: Grave; MG: Muy Grave.

– • –

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común (Boletín Oficial del Estado número 285, de27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación deresolución de los expedientes sancionadores que se indican enel anexo a este anuncio, instruidos por la funcionaria munici-pal, doña María Antonia Padilla Padilla, ya que habiéndoseintentado la notificación en el último domicilio conocido, éstano se ha podido practicar.

Las sanciones impuestas en dichas resoluciones deberánhacerse efectivas dentro de los quince días hábiles siguientes ala fecha de su firmeza administrativa, transcurridos los cualessin haberse satisfecho, se exigirá por vía ejecutiva según elartículo 21 del Reglamento del Procedimiento Sancionador enMateria de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Segu-ridad Vial, aprobado por Real Decreto 320/1994, de 25 defebrero, incrementada con los recargos y costas a que hubierelugar, estableciéndose como forma y lugar de pago:

En metálico, en la caja municipal, previa presentación delboletín de denuncia o de copia de este anuncio, así comomediante giro postal o transferencia bancaria a favor del Ayun-tamiento de Navia, mediante ingreso en cualquier entidad cola-boradora, haciendo constar claramente en el documento elnúmero de boletín o de expediente de denuncia y matrícula.

En el caso de que la sanción pueda llevar implícita la sus-pensión del permiso o licencia de conducción, se dará trasladopor este Ayuntamiento a la Jefatura de Tráfico de la ResoluciónSancionadora a los efectos de que por la autoridad competentese proceda o no a dicha suspensión, de acuerdo con el artículo98.7 de la OMC.

A tenor de lo establecido en el artículo 121.3 de la OMC,una vez adquieran firmeza las sanciones graves y muy graves,se comunicarán a la Jefatura de Tráfico para su anotación en elRegistro de Conductores e Infractores, en el plazo de quincedías siguientes a su firmeza.

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 23-V-20079848

Lo que se notifica, significando que, contra la presenteresolución, pueden interponer potestativamente recurso dereposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que loha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado delo Contencioso-Administrativo de Oviedo en el plazo de dosmeses, computándose los plazos para recurrir a partir del díasiguiente al de la notificación o publicación del acto y todo ellosin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier

otro recurso que estimen procedente. En el caso de haber inter-puesto recurso de reposición, no se podrá interponer recursocontencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamen-te o se haya producido la desestimación presunta del recursointerpuesto.

Navia, a 20 de abril de 2007.—El Concejal Delegado.—7.111.

Anexo

Abreviaturas: LSV: Ley de Seguridad Vial; RGC: Reglamento General de Circulación; OMC: Ordenanza Municipal de Circula-ción; L: Leve; G: Grave; MG: Muy Grave.

– • –

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (Boletín Oficial del Estado número 285, de 27 denoviembre de 1992), habiéndose intentado la notificación en elúltimo domicilio conocido, sin que se haya podido practicar, sehace pública notificación del inicio del procedimiento sancio-nador a Fontanería Occidente, con CIF E-74164856, comotitular del vehículo matrícula 5051-BNF, al haber procedido aincumplir con la obligación de identificar al conductor del cita-do vehículo, responsable de la infracción de tráfico consistenteen "Estacionar en lugar prohibido reglamentariamente.- Jar-dín", pudiendo incurrir en una infracción calificada como muygrave y sancionada con multa de 1.200 euros, instruido por elPrimer Teniente de Alcalde, don Roberto Santiago Fernández,actuando como Secretario el Municipal doña Mª CovadongaDomínguez García, pudiendo ser ambos objeto de recusación,siendo el órgano competente para resolver, esta Alcaldía.

Se indica al denunciado el derecho que tiene a conocer, encualquier momento del procedimiento, su estado de tramita-ción, a acceder y obtener copias de los documentos constitui-dos en el mismo y a formular con anterioridad al trámite deaudiencia, alegaciones y aportar los documentos que estimepertinentes.

Se concede al denunciado el plazo de quince (15) días paraaportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones esti-me convenientes y en su caso, proponer pruebas concretandolos medios de que pretendan valerse; advirtiéndole, que, de noefectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación delprocedimiento sancionador en dicho plazo, contado a partir delsiguiente a aquél en que tenga lugar la notificación, esta inicia-ción podrá ser considerada propuesta de resolución.

Navia, a 23 de abril de 2007.—El Alcalde.—7.108.

DE PEÑAMELLERA BAJA

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Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de PeñamelleraBaja (art.20.1 b) LRBRL (denominación introducida por laLey 57/2003 de Modernización del Gobierno Local) con fechade 26 de abril de 2007, en virtud del Acuerdo de delegación decompetencias realizado por el Alcalde por Resolución de fecha08 de julio de 2003 publicada en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias de fecha 31 de julio de 2003 y de con-formidad con el art. 211.3 del Decreto Legislativo 1/2004, de22 de abril, se procede a la aprobación inicial de la propuestade convenio de gestión para conversión en metálico del apro-vechamiento urbanístico que corresponde al Ayuntamiento ensuelo urbano no consolidado (52.50 m2 de VU2) a instancia deMª José Caicoya Cousolle en la unidad de actuación UA-LaQuintana.

El expediente citado, que estará de manifiesto en el Ayun-tamiento de Peñamellera Baja se somete a información públicapor el plazo de un mes, a contar desde la publicación de esteanuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Panes, a 27 de abril de 2007.—El Alcalde.—7.114.

DE SIERO

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Don Juan José Corrales Montequín, Alcalde-Presidente delAyuntamiento de Siero, ha dictado la siguiente resolución:

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS23-V-2007 9849

las Administraciones Pública y del Procedimiento Administra-tivo Común, se hace pública la notificación de la resolución delrecurso de reposición recaído en el expediente sancionador n.°232QF0WT que se indica, a la persona que a continuación serelaciona, ya que habiéndose intentado la notificación en elúltimo domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar, con-cediéndose un plazo de 10 días para que comparezcan en lasdependencias municipales a fin de notificarse el correspondien-te recurso de reposición.

Transcurrido dicho plazo sin que hubiere comparecido, seentenderá producida a todos los efectos legales la notifica-ción, siendo la fecha de notificación la del día siguiente al delvencimiento del plazo señalado para comparecer (arts. 105 y124 de la Ley General Tributaria).

Decreto

Desestimar el recurso de reposición interpuesto por AsturLeonesa de Alquiler, S.L., contra resolución de la ConcejalíaDelegada del Area de Organización, Régimen Interior, Recur-sos Humanos y Participación Ciudadana de fecha 27 dediciembre de 2006 confirmando la sanción impuesta en lamisma, por ser conforme a Derecho.

Lo que notifico a usted manifestándole que contra la pre-sente resolución, de conformidad con lo establecido en el art.46 de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, podráinterponer recurso contencioso-administrativo ante el JuzgadoProvincial de lo Contencioso-Administrativo de Oviedo quecorresponda, en el plazo de dos meses a contar desde elsiguiente al recibo de la presente resolución.

La presente resolución es firme en vía administrativa ydeberá hacer efectiva la multa impuesta, en el número decuenta que el Ayuntamiento de Siero tiene abierto en CajasturN.º 2048-0062-53-0420000059 (haciendo constar siempre eln.º de denuncia, fecha y matrícula del denunciado), dentro delos quince días hábiles siguientes, transcurridos los cuales, sinhaber satisfecho la deuda en periodo voluntario, se exigirá envía ejecutiva según el art. 21 del Real Decreto 320/94, de 25de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del procedi-miento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehí-culos a motor y seguridad vial.

Pola de Siero, a 13 de abril de 2007.—El Alcalde.—6.582.

– • –

Don Juan José Corriols Fernández, Concejal Delegado delArea de Organización, Régimen Interior, Recursos Huma-nos y Participación Ciudadana.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común, se hace pública la notificación de las reso-luciones o propuestas de resolución recaídas en los expedien-tes sancionadores que se indican, a las personas o entidadesque a continuación se relacionan, ya que habiéndose intenta-do la notificación en el último domicilio conocido, ésta no seha podido practicar, concediéndose un plazo de 10 días paraque comparezcan en las dependencias municipales a fin denotificarles la correspondiente resolución o propuesta de reso-lución.

Transcurrido dicho plazo sin que hubieren comparecido,se entenderá producida a todos los efectos legales la notifica-ción, siendo la fecha de notificación la del día siguiente al delvencimiento del plazo señalado para comparecer (arts. 105 y124 de la Ley General Tributaria).

"Expediente: 232QF1PM Conductor del vehículo: DonJuan Antonio Cifuentes Crespo. Boletín: 7461/2006. Fecha dela denuncia: 22-7-2006. Hecho denunciado: Estacionar enzona prohibida (zona peatonal) en Plaza Les Campes, de Polade Siero. Datos del vehículo: Marca: Ford Focus. Matrícula:1494-DYY. Precepto infringido: Art. 39.2e) del Texto Articu-lado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos aMotor y Seguridad Vial. Art. 94. 2 e) del Reglamento Generalde Circulación y el art.39. 2 de la Ordenanza Municipal deTráfico. Infracción Leve, Sanción: 60,10 euros".

Contra esta Resolución podrá, en el plazo de un mes des-de el día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFI-CIAL del Principado de Asturias, interponer recurso de repo-sición ante el señor Alcalde, que se entenderá desestimadopor el transcurso de un mes desde la interposición sin que senotifique su resolución. Contra la resolución expresa delrecurso de reposición, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administra-tivo que proceda, en el plazo de dos meses a contar desde eldía siguiente al de publicación y contra la resolución tácita,en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente enque se produzca el acto presunto (art. 108 de la Ley 7/1985,de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local yart. 14.2 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladorade las Haciendas Locales, ambos en su nueva redacción dadapor la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,Administrativas y de Orden Social, art. 107 y DisposiciónAdicional quinta de la Ley 4/1999, de 13 de enero, y arts. 8 y46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de laJurisdicción Contencioso-Administrativa), sin perjuicio deque pueda ejercitar en su caso, cualquier otro recurso queestime procedente.

En caso de no hacer uso del recurso de reposición en elplazo establecido, la resolución será firme y deberá hacerefectiva la multa impuesta dentro de los quince días hábilessiguientes, transcurridos los cuales, sin haber satisfecho ladeuda en periodo voluntario, se exigirá en vía ejecutiva segúnel art. 21 del Real Decreto 320/94, de 25 de febrero, por elque se aprueba el Reglamento del Procedimiento sancionadoren materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor ySeguridad Vial.

Pola de Siero, a 13 de abril de 2007.—El Concejal-Dele-gado del Area de Organización, Régimen Interior, RecursosHumanos y Participación Ciudadana.—6.581.

– • –

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 delReal Decreto 2223/84, de 22 de diciembre, y en la base 9ª.5de las que rigieron la convocatoria de la Oferta de Empleo delaño 2003, se hace público que, como resultado de los proce-sos selectivos convocados al efecto, y a propuesta de los tri-bunales calificadores correspondientes, esta Concejalía-Dele-gada ha decretado los siguientes nombramientos, todos elloscomo auxiliares de Administración General, en calidad defuncionarios de carrera:

- Con fecha 11 de diciembre de 2006, el de don Juan Gar-cía García, DNI 52610044-M.

- Con fecha 9 de marzo de 2007, los de don Antonio Cota-relo Alvarez, DNI 10891692-L; doña Rocío Enríquez Pérez,DNI 71635557-X; doña María Isabel Feliciate Mortera, DNI10833150-N; doña Alejandra López Herrera, DNI 11437003-T; y don Juan Carlos Rosón Hortal, DNI 52617147-R.

Pola de Siero, a 17 de abril de 2007.—El Concejal-Dele-gado de Recursos Humanos.—6.728.

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 23-V-20079850

Por don Pablo de Prado Alvarez (expediente 241-R2021)se solicita de este Ayuntamiento autorización para apertura delocal destinado a taller de reparación de automóviles en Polí-gono Industrial Granda II, calle Los Castaños, 4, Siero (Astu-rias)

Lo que se hace público, para general conocimiento, advir-tiendo a quienes se consideren perjudicados con dicha preten-sión para que puedan formular, por escrito, sus reclamacio-nes, dentro del plazo de diez días, contados desde el siguienteal de la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFI-CIAL del Principado de Asturias.

Pola de Siero, a 19 de abril de 2007.—La Concejala Dele-gada de Urbanismo.—6.922.

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Vista la petición efectuada por doña María Fernanda GilGómez, de fecha 12 de marzo de 2007, solicitando de esteAyuntamiento la baja en el Padrón Municipal de Habitantesde don Fabián Alejandro Mariani Urdaneta, con número depasaporte 1633902, manifestando que el mismo, ya no resideen su domicilio sito en la calle Puerto Pajares, n.º 3-3.º C deLugones.

Resultando que el art. 72 del RD 1690/1986, por el que seaprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territo-rial de las Entidades Locales, en relación con el art. 54 delmismo texto legal, y el desarrollo contenido en la Resoluciónde 9 de abril de 1997, sobre gestión del padrón municipal, losAyuntamientos darán de baja de oficio, por inscripción inde-bida, a quienes figuren empadronados en el domicilio dondeno residen habitualmente, una vez comprobada dicha circuns-tancia en el correspondiente expediente administrativo.

Vista la Resolución de la Concejalía Delegada de Régi-men Interior de fecha 3 de abril de 2007, por la que se iniciaexpediente administrativo de baja de oficio en el PadrónMunicipal de Habitantes de don Fabián Alejandro MarianiUrdaneta, con número de pasaporte 1633902 y, habiéndoseintentado la notificación al interesado en el último domicilioconocido, no habiendo sido posible efectuarla, por medio delpresente anuncio, se le concede un plazo de quince días, acontar desde el día siguiente a esta publicación, para que pue-da presentar cuantos documentos y alegaciones considereoportunas, al objeto de acreditar su residencia en este munici-pio.

Pola de Siero, a 20 de abril de 2007.—El Concejal Dele-gado de Régimen Interior.—7.173.

DE VALDES

Edictos

Por don Manuel Novo Gueimonde, con DNI 71869514B, ydomicilio en calle Eladio Rico, n.º 26, de Trevías (Valdés) seha solicitado licencia municipal para "legalización y adecua-ción de secadero-ahumadero de embutidos" con emplazamien-to en calle Eladio Rico, n.º 26 de Trevías (expediente n.º 5.1.3.00007/2007)

Cumpliendo lo dispuesto por el apartado a), del número 2,del artículo 30 del Reglamento de Actividades Molestas, Insa-lubres, Nocivas y Peligrosas, de 30 de noviembre de 1961, y deconformidad con el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas, se somete a información pública por período de vein-te días hábiles, que empezará a contarse desde el día siguienteal de la inserción del presente edicto en el BOLETIN OFICIALdel Principado de Asturias.

Las personas que de algún modo se consideren afectadaspor la actividad que se pretende establecer, podrán examinar elexpediente en la Oficina Técnica de este Ayuntamiento y for-mular por escrito las reclamaciones u observaciones que seestimen oportunas.

Luarca, a 22 de marzo de 2007.—El Alcalde-Presidente.—6.583.

– • –

Por don Luis Peralta López, se ha solicitado licencia muni-cipal para legalización y adecuación de nave existente, destina-da a estabulación vincula con emplazamiento en La Casona deOtur, Valdés (expediente n.º 5.1.3. 00008/2007).

Cumpliendo lo dispuesto por el apartado a), del número 2,del artículo 30 del Reglamento de Actividades Molestas, Insa-lubres, Nocivas y Peligrosas, de 30 de noviembre de 1961, y deconformidad con el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas, se somete a información pública por período de vein-te días hábiles, que empezará a contarse desde el día siguienteal de la inserción del presente edicto en el BOLETIN OFICIALdel Principado de Asturias.

Las personas que de algún modo se consideren afectadaspor la actividad que se pretende establecer, podrán examinar elexpediente en la Oficina Técnica de este Ayuntamiento y for-mular por escrito las reclamaciones u observaciones que seestimen oportunas.

Luarca, a 2 de abril de 2007.—El Alcalde-Presidente.—6.596.

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS23-V-2007 9851

TRIBUNAL SUPERIOR DEJUSTICIA DE ASTURIAS

SALA DE LO SOCIAL

Edictos

Doña Aurora Algaba Carbonero,Secretaria de la Sala de lo Socialdel Tribunal Superior de Justiciadel Principado de Asturias,

Certifica: Que en el recurso desuplicación nº 0001271/2006 reseñadorecayó la resolución de fecha 13 deabril de 2007, cuyo fallo copiado lite-ralmente dice:

Fallamos

“Desestimando el recurso de supli-cación interpuesto por Mutual Cyclopscontra la sentencia del Juzgado de loSocial número 2 de Oviedo, dictada enlos autos seguidos a su instancia contrael Instituto Nacional de la SeguridadSocial, Tesorería General de la Seguri-dad Social, Servicio de Salud del Princi-pado de Asturias (SESPA), doña AnaBelén González Muñoz y la empresaE.S.C. Servicios Generales, S.L., sobreincapacidad temporal, confirmamosíntegramente la Resolución de instancia,con pérdida del depósito efectuado pararecurrir al que se dará el destino legal.

Conforme a lo dispuesto en el artí-culo 233 de la Ley de ProcedimientoLaboral, se imponen a la recurrente lascostas del presente recurso, entre lasque se incluyen los honorarios delletrado de la parte recurrida e impug-nante en la cuantía de trescientos (300)euros.

Adviértase a las partes que contraesta sentencia, cabe recurso de casa-ción para unificación de doctrina, en elplazo de diez días para ante la Sala delo Social del Tribunal Supremo,debiendo acreditarse al personarse enella haber efectuado el depósito espe-cial de 300,51 euros en la cuenta núme-ro 2410, clave 66, que dicha Sala tieneabierta en el Banco Español de Créditode Madrid, si fuere la mutua recurrentequien lo hiciere, notifíquese a la Fisca-lía del Tribunal Superior de Justicia ylíbrese, para su unión al rollo de surazón, certificación de esta resolución,

incorporándose su original al corres-pondiente libro de sentencias.

Notifíquese a las partes y una vezfirme devuélvase los autos originales alJuzgado de lo Social de procedenciacon certificación de la presente.

Así, por esta nuestra sentencia,definitivamente juzgando, lo pronun-ciamos, mandamos y firmamos."

Y para su publicación en el BOLE-TIN OFICIAL del Principado de Astu-rias y fijación en el tablón de anunciosde esta Sala, a fin de que sirva de noti-ficación en forma a la empresa E.S.C.Servicios Generales, S.L., en ignoradoparadero, expido la presente que firmoy sello.

Oviedo, a 13 de abril de 2007.—LaSecretaria Judicial.—6.784.

– • –

Doña Aurora Algaba Carbonero,Secretaria de la Sala de lo Socialdel Tribunal Superior de Justiciadel Principado de Asturias,

Certifica: Que en el recurso desuplicación 0001503/2006 interpuestocontra la sentencia del Juzgado de loSocial número 5 de Oviedo dictada endemanda 0000610/2005, recayó resolu-ción de fecha 13 de abril de 2007 cuyofallo copiado literalmente dice:

Fallamos

“Que desestimamos el recurso desuplicación interpuesto por don JoséMª Rico Martínez contra la sentenciadictada por el Juzgado de lo Socialnúmero 5 de Oviedo en autos seguidosa su instancia contra Instituto Nacionalde la Seguridad Social, Aljosa, Tesore-ría General de la Seguridad Social yUnión Museba Ibesvico, sobre invali-dez permanente absoluta, y en conse-cuencia debemos confirmar y confir-mamos la resolución impugnada.

Adviértase a las partes que contraesta sentencia cabe recurso de casaciónpara la unificación de doctrina ante laSala de lo Social del Tribunal Supremoen el plazo de diez días.

Incorpórese el original al corres-pondiente libro de sentencias.

Líbrese certificación para su uniónal rollo de su razón.

Notifíquese a las partes y a la Fis-calía del Tribunal Superior de Justiciay una vez firme, devuélvanse los autosoriginales al Juzgado de lo Social deprocedencia, con certificación de lapresente.”

Así, por esta nuestra sentencia,definitivamente juzgando, lo pronun-ciamos, mandamos y firmamos.

Y para su publicación en el BOLE-TIN OFICIAL del Principado de Astu-rias y fijación en el tablón de anunciosde esta Sala, a fin de que sirva de noti-ficación en forma a Aljosa, en ignoradoparadero, expido la presente que firmoy sello.

Oviedo, a 13 de abril de 2007.—LaSecretaria Judicial.—6.785.

– • –

Doña Aurora Algaba Carbonero,Secretaria de la Sala de lo Socialdel Tribunal Superior de Justiciadel Principado de Asturias,

Certifica: Que en el recurso desuplicación 0001696/2006 interpuestocontra la sentencia del Juzgado de loSocial número 1 de Oviedo dictada endemanda 0000617/2005, recayó resolu-ción de fecha 20 de abril de 2007, cuyofallo copiado literalmente dice:

Fallamos

"Que estimamos en parte el recursode suplicación interpuesto por don JoséPalicio García, contra la sentencia delJuzgado de lo Social número 1 deOviedo dictada en los autos seguidos asu instancia sobre invalidez permanen-te total y en consecuencia revocamosdicha resolución declarándole afecto deinvalidez permanente total derivada deenfermedad común, con derecho al per-cibo de una pensión vitalicia del 55%de la base reguladora de 1.688,29 eurosmensuales, con efectos al 26 abril de2005, condenando al Instituto Nacionalde la Seguridad Social, a pasar por estadeclaración y al abono de dicha presta-ción, absolviendo a la Tesorería Gene-ral de la Seguridad Social, a la Mutua

V. Administración de Justicia

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 23-V-20079852

Ibermutuamur y a la empresa Auto Par-ke, S.A. de las peticiones de la deman-da.

Adviértase a las partes que contraesta sentencia, cabe recurso de casa-ción para unificación de doctrina,debiendo presentar en la Secretaría deesta Sala, al preparar el recurso, certifi-cación acreditativa del comienzo deabono de la pensión y que lo prosegui-rá puntualmente durante la tramitacióndel recurso si fuere la entidad condena-da la que lo hiciere, notifíquese a laFiscalía del Tribunal Superior de Justi-cia y líbrese, para su unión al rollo desu razón, certificación de esta resolu-ción, incorpórese su original al corres-pondiente libro de sentencias.

Notifíquese a las partes y una vezfirme devuélvanse los autos originalesal Juzgado de lo Social de procedenciacon certificación de la presente".

Y para su publicación en el BOLE-TIN OFICIAL del Principado de Astu-rias y fijación en el tablón de anunciosde esta Sala, a fin de que sirva de noti-ficación en forma a Autoparke, S.A., enignorado paradero, expido la presenteque firmo y sello.

Oviedo, a 20 de abril de 2007.—LaSecretaria Judicial.—6.786.

– • –

Doña Aurora Algaba Carbonero,Secretaria de la Sala de lo Socialdel Tribunal Superior de Justiciadel Principado de Asturias,

Certifica: Que en el recurso supli-cación 1651/2006 interpuesto contra lasentencia del Juzgado de lo Socialnúmero 4 de Oviedo dictada en deman-da 579/2005, recayó resolución defecha 20 de abril de 2007, cuyo fallocopiado literalmente dice:

Fallamos

“Que desestimamos el recurso desuplicación interpuesto por don ManuelGutiérrez Rodríguez contra la sentenciadictada por el Juzgado de lo Socialnúmero 4 de Oviedo en autos seguidosa su instancia contra el Instituto Nacio-nal de la Seguridad Social, la TesoreríaGeneral de la Seguridad Social, laMutua Ibermutuamur y la empresaTransversales y Obras, S.A., sobre graninvalidez, y en consecuencia debemosconfirmar y confirmamos la resoluciónimpugnada.

Adviértase a las partes que contraesta sentencia cabe recurso de casaciónpara la unificación de doctrina ante laSala de lo Social del Tribunal Supremoen el plazo de diez días.

Incorpórese el original al corres-pondiente libro de sentencias.

Líbrese certificación para su uniónal rollo de su razón.

Notifíquese a las partes y a la Fis-calía del Tribunal Superior de Justiciay una vez firme, devuélvanse los autosoriginales al Juzgado de lo Social deprocedencia, con certificación de lapresente."

Y para su publicación en el BOLE-TIN OFICIAL del Principado de Astu-rias y fijación en el tablón de anunciosde esta Sala, a fin de que sirva de noti-ficación en forma a Transversales yObras, S.A., en ignorado paradero,expido la presente que firmo y sello.

Oviedo, a 20 de abril de 2007.—LaSecretario Judicial.—7.175.

– • –

Doña Aurora Algaba Carbonero,Secretaria de la Sala de lo Socialdel Tribunal Superior de Justiciadel Principado de Asturias,

Certifica: Que en el recurso supli-cación 0001736/2006 interpuesto con-tra la sentencia del Juzgado de loSocial número 2 de Gijón dictada endemanda 0000408/2005, recayó resolu-ción de fecha 13 de abril de 2007, cuyofallo copiado literalmente dice:

Fallamos

“Que, estimando el recurso desuplicación interpuesto por don Fer-nando Laria Antón frente a la sentenciadictada el 24 de enero de 2006 por elJuzgado de lo Social número 2 de losde Gijón, en proceso sustanciado a ins-tancia de aquél contra el InstitutoNacional de la Seguridad Social, debe-mos revocar y revocamos la sentenciaimpugnada.

Declaramos que el demandante estáafecto de incapacidad permanenteabsoluta, derivada de enfermedadcomún y tiene derecho a percibir, desdeel 27 de julio de 2005, una pensiónvitalicia en cuantía equivalente al100% de una base reguladora mensualde 2.029,43 euros, con las mejoras yrevalorizaciones reglamentariamenteaplicables en cada momento.

Condenamos al Instituto Nacionalde la Seguridad Social a cumplir ladeclaración precedente mediante elpago de la pensión.

Adviértase a las partes que contraesta sentencia, cabe recurso de casa-ción para unificación de doctrina,debiendo presentar en la Secretaría de

esta Sala, al preparar el recurso, certifi-cación acreditativa del comienzo deabono de la pensión y que lo prosegui-rá puntualmente durante la tramitacióndel recurso si fuere la entidad condena-da la que lo hiciere, notifíquese a laFiscalía del Tribunal Superior de Justi-cia y líbrese, para su unión al rollo desu razón, certificación de esta resolu-ción, incorpórese su original al corres-pondiente libro de sentencias.

Notifíquese a las partes y una vezfirme devuélvanse los autos originalesal Juzgado de lo Social de procedenciacon certificación de la presente.

Así por esta nuestra sentencia, lopronunciamos, mandamos y firma-mos."

Y para su publicación en el BOLE-TIN OFICIAL del Principado de Astu-rias y fijación en el tablón de anunciosde esta Sala, a fin de que sirva de noti-ficación en forma a Viesgo Generación,S.L., en ignorado paradero, expido lapresente que firmo y sello.

Oviedo, a 26 de abril de 2007.—LaSecretaria Judicial.—7.177.

– • –

Doña Aurora Algaba Carbonero,Secretaria de la Sala de lo Socialdel Tribunal Superior de Justiciadel Principado de Asturias,

Certifica: Que en el recurso supli-cación 0001910/2006 interpuesto con-tra la sentencia del Juzgado de loSocial número 1 de Avilés dictada endemanda 0000010/2006, recayó resolu-ción de fecha 27 de abril de 2007, cuyofallo copiado literalmente dice:

Fallamos

“Que estimando el recurso de supli-cación formulado por Asepeyo, Mutuade Accidentes de Trabajo, frente a lasentencia dictada por el Juzgado de loSocial número 1 de Avilés en los autosseguidos a instancia de dicha recurren-te contra el Instituto Nacional de laSeguridad Social, Tesorería General dela Seguridad Social, la empresa Astu-riana de Morteros, S.L. y don AlfonsoCasado Crespo, revocamos la misma ycon estimación de la demanda, declara-mos que el proceso de incapacidadtemporal iniciado por este último el 31de marzo de 2005 deriva de la contin-gencia de enfermedad común, conde-nando a los demandados a estar y pasarpor tal declaración. Dése al depósitoefectuado para recurrir el destino queordena la Ley.

Adviértase a las partes que contraesta sentencia cabe recurso de casación

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS23-V-2007 9853

para la unificación de doctrina ante laSala de lo Social del Tribunal Supremoen el plazo de diez días.

Incorpórese el original al corres-pondiente libro de sentencias.

Líbrese certificación para su uniónal rollo de su razón.

Notifíquese a las partes y a la Fis-calía del Tribunal Superior de Justiciay una vez firme, devuélvanse los autosoriginales al Juzgado de lo Social deprocedencia, con certificación de lapresente.

Así, por esta nuestra sentencia,definitivamente juzgando, lo pronun-ciamos, mandamos y firmamos."

Y para su publicación en el BOLE-TIN OFICIAL del Principado de Astu-rias y fijación en el tablón de anunciosde esta Sala, a fin de que sirva de noti-ficación en forma a Asturiana de Mor-teros, S.L., en ignorado paradero, expi-do la presente que firmo y sello.

Oviedo, a 27 de abril de 2007.—LaSecretaria Judicial.—7.174.

– • –

Doña Aurora Algaba Carbonero,Secretaria de la Sala de lo Socialdel Tribunal Superior de Justiciadel Principado de Asturias,

Certifica: Que en el recurso supli-cación 0001640/2006 interpuesto con-tra la sentencia del Juzgado de loSocial número 3 de Oviedo dictada endemanda 0000959/2005, recayó resolu-ción de fecha veintisiete de abril de2007, cuyo fallo copiado literalmentedice:

Fallamos

“Estimando el recurso de suplica-ción interpuesto por don José GabrielAldesoro Rodríguez contra la sentenciade fecha 16 de marzo de 2006 revoca-mos la misma y declaramos que JoséGabriel Aldasoro Rodríguez está afectode una incapacidad permanente absolu-ta derivada de enfermedad común, conderecho a percibir del Instituto Nacio-nal de la Seguridad Social y TesoreríaGeneral de la Seguridad Social unaprestación mensual equivalente al100% de una base reguladora de596,40 euros, de los cuales 370,10euros son a cargo de la Entidad Gestoray el resto hasta la cantidad de 596,40euros, responsabilidad exclusiva de laempresa demandada Prourbaviles, S.L.con la correspondiente declaración deanticipo de prestación a cargo de laentidad gestora y efectos desde el 20 dejulio de de 2005.

Condenando a las partes a estar ypasar por esta declaración y al InstitutoNacional de la Seguridad Social yTesorería General de la SeguridadSocial a su abono y correspondienteanticipo.

Adviértase a las partes que contraesta sentencia, cabe recurso de casa-ción para unificación de doctrina,debiendo presentar en la Secretaría deesta Sala, al preparar el recurso, certifi-cación acreditativa del comienzo deabono de la pensión y que lo prosegui-rá puntualmente durante la tramitacióndel recurso si fuere la entidad condena-da la que lo hiciere, notifíquese a laFiscalía del Tribunal Superior de Justi-cia y líbrese, para su unión al rollo desu razón, certificación de esta resolu-ción, incorpórese su original al corres-pondiente libro de sentencias.

Notifíquese a las partes y una vezfirme devuélvanse los autos originalesal Juzgado de lo Social de procedenciacon certificación de la presente.

Así, por esta nuestra sentencia,definitivamente juzgando, lo pronun-ciamos, mandamos y firmamos."

Y para su publicación en el BOLE-TIN OFICIAL del Principado de Astu-rias y fijación en el tablón de anunciosde esta Sala, a fin de que sirva de noti-ficación en forma a Prourbaviles, S.L.,en ignorado paradero, expido la presen-te que firmo y sello.

Oviedo, a 27 de abril de 2007.—LaSecretaria Judicial.—7.176.

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE OVIEDO

SECCION TERCERA

Edicto

Don Ulpiano Rodríguez Díaz, Secreta-rio de la Sección Tercera de laAudiencia Provincial de Oviedo.

Hago saber: Que en el rollo de ape-lación n.º 8/07, dimanante de juiciooral 136/06, procedente del Juzgado delo Penal número 4 de Oviedo, se haacordado notificar al perjudicado: donJuan Carlos Vallina Alvarez, en ignora-do paradero, la sentencia de fecha 18de abril de 2007, dictada en dichorollo, y cuyo fallo es del tenor literalsiguiente:

Fallo

“Que, desestimando los recursos deapelación interpuestos respectivamentepor las representaciones de don Rubén

Mesquita Becerra y don Jonathan Lla-medo Olay contra la sentencia dictadapor el Magistrado del Juzgado de loPenal número 4 de Oviedo, en autos dejuicio oral n.º 136/06, del que dimanael presente rollo, debemos confirmar yconfirmados dicha resolución en todasu extensión, con imposición al apelan-te de las costas de la alzada".

Y para que sirva de notificación enlegal forma a don Juan Carlos VallinaAlvarez , que se encuentra en ignoradoparadero, haciéndole saber que la mis-ma es firme, expido el presente para supublicación en el BOLETIN OFICIALdel Principado de Asturias.

Oviedo, a 20 de abril de 2007.—LaSecretaria.—6.789.

DE OVIEDOSECCION CUARTA

Edictos

Acordado en el rollo de apelacióncivil n.º 0000096/2006, dimanante delos autos de procedimiento ordinario0000347/2004 del Juzgado de PrimeraInstancia e Instrucción número 1 deMieres, se dictó sentencia con el n.º00077/2007, con fecha 28 de octubrede 2005, cuya parte dispositiva diceasí:

Se desestima el recurso de apela-ción interpuesto por Alsi e Hijos, S.L.,contra la sentencia dictada por el Juz-gado de Primera Instancia número unode Mieres, en el juicio ordinario347/04.

Se confirma íntegramente la sen-tencia apelada, imponiendo a la parterecurrente las costas procesales deven-gadas en esta segunda instancia.

Y para que conste y se publique enBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias, y sirva de notificación a Asturde Construcciones y Proyectos, S.L., seexpide y firma el presente.

Oviedo, a 19 de abril de 2007.—LaSecretaria Judicial.—6.730.

– • –

Acordado en el rollo de apelacióncivil n.° 0000031/2007, dimanante delos autos de procedimiento ordinario0000537/2005 del Juzgado de PrimeraInstancia e Instrucción número 2 deLangreo, se dictó sentencia con el n.°00106/2007, con fecha 19 de junio de2006, cuya parte dispositiva dice así:

Estimando el recurso de apelacióninterpuesto por la representación dePontigo y Díaz, S.L. revocamos la sen-

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 23-V-20079854

tencia dictada en fecha 23 de junio de2006 por la señora Juez de Primera Ins-tancia e Instrucción número 2 de Lan-greo y en su lugar declaramos que lacantidad que Pontigo y Díaz, S.L. ha deabonar a Construcciones 01 BYG Can-tabria, S.L. es de 6.820,61 euros másintereses legal desde interposición de lademanda hasta la fecha de la sentenciade instancia devengando desde enton-ces el interés del artículo 576 LEC, sinimposición ni de las costas procesalesde la primera instancia ni de las del trá-mite de apelación.

Y para que conste y se publique enBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias, y sirva de notificación a Pon-tigo y Díaz, S.L., se expide y firma elpresente.

Oviedo, a 23 de abril de 2007.—LaSecretaria Judicial.—6.938.

DE OVIEDOSECCION QUINTA

Cédula de notificación

En virtud a lo acordado en resolu-ción de esta fecha dictada en el rollo deapelación n.º 466/06, dimanante deautos de procedimiento ordinario n.°21/05 seguido entre doña Angeles For-tes García, don Manuel Fortes García,doña Felicidad García García, donBelarmino Boto García, doña MaríaRosa Boto García, don Manuel BotoGarcía, doña Pilar Boto García, donEmilio Boto García, doña Pilar Menén-dez Busto, doña María Menéndez Bus-to, doña Alegría Menéndez Busto, donAngel Menéndez Busto y doña Mª delos Angeles Menéndez Busto contradon Serafín Menéndez Fernández,doña Belarmina Menéndez Fernández,doña Josefa Nieves Menéndez Fernán-dez, don Angel Menéndez Fernández,doña Soledad Menéndez Menéndez ydoña Julia Rosa Fernández García, encuyo rollo de apelación se dictó senten-cia de fecha 23 de abril de 2007, quecontiene el siguiente,

Fallo

Estimar en parte el recurso de ape-lación interpuesto por doña AngelesFortes García, don Manuel Fortes Gar-cía, doña Felicidad García García, donBelarmino Boto García, doña MaríaRosa Boto García, don Manuel BotoGarcía, doña Pilar Boto García, donEmilio Boto García, doña Pilar Menén-dez Busto, doña María Menéndez Bus-to, doña Alegría Menéndez Busto, donAngel Menéndez Busto y doña Mª delos Angeles Menéndez Busto contra lasentencia dictada en fecha veinticincode julio de dos mil seis por la señora

Juez del Juzgado de Primera Instancianúmero 3 de Mieres, en los autos de losque el presente rollo dimana, revocán-dola en el único sentido de dejar sinefecto el pronunciamiento condenatorioen costas, acordando en su lugar su noimposición.

Se confirma en lo demás la recurri-da.

No procede expresa condena en lascostas de la presente alzada.

Por la presente se notifica dichasentencia a las partes incomparecidasen esta alzada, doña Julia Rosa Fernán-dez García, a los fines legales y seexpide la presente.

Oviedo, a 25 de abril de 2007.—La Secretaria.—7.178.

DE GIJONSECCION SEPTIMA

Edicto

Acordado en el rollo de apelacióncivil n.° 602/2005, dimanante de losautos de procedimiento ordinario692/2003 del Juzgado de Primera Ins-tancia número 1 de Gijón, se dictó sen-tencia con fecha 30 de marzo de 2007,cuyo encabezamiento y fallo dice:

"Vistos, por la Sección Séptima deesta Audiencia Provincial los presentesautos de procedimiento ordinario n.º692/03, rollo n.º 602/05, procedentesdel Juzgado de Primera Instancianúmero 1 de Gijón; entre partes, comoapelante doña Dolores Junquera Sán-chez del Río, representada por la pro-curadora doña Carmen Rey-Stolle Cas-tro bajo la dirección letrada de doñaCarolina Serrano Gómez, como apela-dos la entidad Seguros Catalana Occi-dente, S.A., representada por el procu-rador don Juan Ramón Suárez Garcíabajo la dirección letrada de don JulioCésar Galán Cortes, y la entidadEstructuras del Sueve, S.L., previamen-te declarada en situación procesal derebeldía en la instancia e incompareci-da en esta alzada.

Por lo expuesto, este Tribunal deci-de:

“Desestimar el recurso de apelacióninterpuesto por la representación dedoña Dolores Junquera Sánchez delRío, contra la sentencia dictada el 11de marzo de 2005, por el ilustrísimoseñor Magistrado-Juez del Juzgado dePrimera Instancia número 1 de Gijón,en los autos de juicio ordinario n.º692/03, y, en consecuencia, confirmarla citada resolución, con expresa impo-

sición de las costas procesales causadasen ambas instancias a la parte deman-dante-apelante."

Y para que conste y se inserte edictopara su publicación en BOLETIN OFI-CIAL del Principado de Asturias, y sir-va de notificación a Estructuras del Sue-ve, S.L., se expide y firma el presente.

Gijón, a 13 de abril de 2007.—ElSecretario.—6.587.

JUZGADOS DEPRIMERA INSTANCIA

DE GIJON NUMERO 1

Edicto.—Cédula de notificación

En el procedimiento de referenciase ha dictado la resolución del tenorliteral siguiente:

Sentencia n.° 80/07

En la ciudad de Gijón, a 10 de abrilde 2007.

Vistos por mí, Elisa Campo Mén-dez, Juez por sustitución del Juzgado dePrimera Instancia número 1 de los deGijón y su partido, los presentes autosde juicio verbal número 919/06, sobrereclamación de cantidad, seguidos eneste Juzgado, a instancia del procuradorseñor Moliner González, actuando ennombre y representación de la entidadTapia Seguridad, S.L., bajo la direcciónletrada del señor Reina Tartiere, contrala entidad Nuevo Diseño del Comercio,S.L., declarada en situación procesal derebeldía en las presentes actuaciones,en nombre de SM. El Rey, pronuncio lasiguiente sentencia.

Fallo

Que estimando íntegramente lademanda interpuesta por el procuradorseñor Moliner González, en nombre yrepresentación de la entidad TapiaSeguridad, S.L., contra Nuevo Diseñodel Comercio, S.L., debo condenar ycondeno a la entidad demandada a abo-nar a la demandante la cantidad de sete-cientos setenta y dos euros con cuarentay seis céntimos (772,46 euros), con máslos intereses que resulten procedentesdesde la fecha de interposición de lademanda y los resultantes de la aplica-ción del apartado primero del artículo576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil,y todo ello con expresa condena en lascostas del presente procedimiento a lareferida entidad demandada, "NuevoDiseño del Comercio, S.L.".

Notifíquese la presente a las partesen legal forma, haciéndoles saber que

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS23-V-2007 9855

frente a la misma cabe interponerrecurso de apelación para ante la ilus-trísima Audiencia Provincial de Astu-rias, el que se preparará ante este mis-mo Juzgado en el plazo de cinco días.

Llévese el original de esta resolu-ción al libro de sentencias, dejandocopia debidamente testimoniada enautos.

Así por esta mi sentencia, juzgandoen primera instancia, lo pronuncio,mando y firmo.

Y como consecuencia del ignoradoparadero de Nuevo Diseño del Comer-cio, S.L., se extiende la presente paraque sirva de cédula de notificación.

Gijón, a 10 de abril de 2007.—ElSecretario.—6.650.

DE GIJON NUMERO 2

Edicto

Doña Ana Olivares Villegas, Magistra-do-Juez del Juzgado de PrimeraInstancia numero 2 de Gijon,

Hago saber: Que en el procedi-miento ordinario 739/01 se ha dictadola sentencia n.° 253/05, de fecha 17 deoctubre de 2005, que es del tenor literalsiguiente:

Juzgado de Primera Instancianúmero 2 de Gijón.

Procedimiento: Juicio ordinario N.°739/2001.

Partes

Demandante:— Comunidad de Propietarios

Avenida Constitución 94,Gijón.

Procurador: Doña. María LuzdivinaTola García.

Letrado: Doña Angeles MartínezFernández.

Demandado:— Apeuve de Construcciones,

S.A., en reveldía procesal.— Pror, S.A.Procurador: Don Juan Ramón Suá-

rez García. Letrado: Don Carlos Fontenla

Blanco.

— Manuel Angel Peña Balbas.

Procurador: Doña Aurora LaviadaMenéndez.

Letrado: Doña Juan Ferreiro Gar-cía.

Objeto: Reclamación de cantidad(32.777,17 euros).

En Gijón, a 17 de octubre de 2005.

Vistos por el ilustrísimo señor donArturo Merino Gutiérrez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancianúmero 2 de los de esta ciudad y supartido judicial, los presentes autos dejuicio ordinario 739/2001, sobre recla-mación de cantidad, con la interven-ción de las partes señaladas en el enca-bezamiento, teniendo en cuenta losantecedentes de hecho y fundamentosde derecho que se señalan, en nombrede S.M. El Rey, ha dictado la

Sentencia n.° 253/2005

Antecedentes de hecho

Primero.—La parte actora presentóen el Juzgado decano de Gijón el día 5de octubre de 2001 demanda en recla-mación de cantidad, y en su virtud, secondene a los demandados solidaria-mente a que indemnice a la Comunidadde Vecinos en la suma de 32.777,17euros (5.453.663 pesetas) así como alpago íntegro de las costas de este jui-cio.

Segundo.—Admitida a trámite lademanda por auto 23 de octubre de2001, se acordó emplazar a los deman-dados, con traslado de copia de lademanda y de los documentos, paraque la contestaran en el plazo de 20días, emplazamiento que se llevó acaboseguidamente.

Tercero.—Por otra providencia de 9de enero de 2003 se tuvo por persona-do a Pror, S.A. y a don Angel ManuelPeña Balbas y por contestada lademanda en su nombre, declarando ensituación de rebeldía procesal a Apeuvede Construcciones, S.A., convocando alas partes a la audiencia previa el día 3de abril de 2003, a las 10 horas.

Cuarto.—El día previsto se celebróla audiencia previa, proponiéndose laspruebas que se consideraron oportunas,cuya práctica se acordó para la vistadel juicio, que se señaló para el día 14de julio de 2003.

El día del juicio se practicó el inte-rrogatorio del codemandado compare-cido, las testificales propuestas y laspericiales propuestas por la parte actoray por la parte demandada.

Seguidamente, por la parte code-mandada Pror, S.A. se solicitó pruebacomo diligencia final a la que su seño-ría accedió, consistente en la citaciónen calidad de testigo de don JuanMiguel Pérez en calidad de testigo-perito de doña Sara García propuestopor la parte actora y en calidad de peri-to de don Juan José Argüelles propues-to por la codemandada Sr. Peña Balbas,señalándose la práctica de dicha dili-gencia final para el día 11 de diciembre

de 2003, a las 11:00 horas de su maña-na, que después de oír las declaracio-nes, las partes expusieron sus conclu-siones, quedando los autos vistos parasentencia y grabados en la correspon-diente cinta de video.

Quinto.—Hechos probados.

A la vista de la prueba practicada:

1.º—El 20 de octubre de 2003, laComunidad de Propietarios de Avenidade la Constitución, 94 y Apeuve deConstrucciones, S.A., contrataron larealización de las siguientes obras:

a) Instalación total de andamiajetubular que permita la ejecución de lostrabajos con las mínimas molestiasinteriores para los condueños, salvo elacceso desde el andamiaje a las balco-nadas.

b) Demolición y picado de revesti-miento actual en mal estado en la tota-lidad de las fachadas y soportales, eli-minando la carga hasta descubrir latotalidad del cierre del ladrillo, asícomo su limpieza, carga y transporte avertedero.

c) Revestimiento con tratamientoespecial Repois- R Monocapa conespesor medio de aproximadamente 10mm. Será a elección de la Comunidadel color y acabado de los mismos, seaen liso o abujardado.

d) Alicatado según el estado actualde la fachada con plaqueta similar ama-estrada y adherida con cemento cola.

e) Impermeabilización de aleros enplaqueta de betún de color similar o aelegir al de la plaqueta del resto de lafachada, así como asentamiento y colo-cación de albardillas para impedir fil-traciones de agua.

f) Limpieza e impermeabilizaciónde canalones.

El presupuesto de ejecución cerra-do fue de 25.570.000 pesetas más IVAy la ejecución de las obras fue dirigidapor el arquitecto técnico, don ManuelPeña Balbas.

2.º—Las obras descritas fueron eje-cutadas por la contratista, con la inter-vención de Pror, S.A. en los tres prime-ros extremos, no así en el alicatado,impermeabilización de aleros y limpie-za e impermeabilización de canalones,que facturó un total de 18.829.254pesetas IVA incluido.

Sexto.—En el presente procedi-miento se han observado todas las for-malidades previstas en la Ley 1/2000,excepto el plazo para dictar sentenciapor la extraordinaria carga de trabajoque soporta este órgano judicial.

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Fundamentos de derecho

Primero.—La Comunidad de Pro-pietarios demandante solicitó la conde-na solidaria de los demandados al pagode la suma de 32.776,58 euros(5.453.663 pesetas), por considerarlosresponsables de los daños de los pará-metros verticales externos del edificiodescrito en el informe técnico de laarquitecta superior doña Sara GarcíaMartínez, que concreta en:

A) Agrietamientos y roturas endiversas plaquetas de gres en la cornisasuperior del frente de forjado existenteen el bajo del inmueble destinado alocal comercial, concretamente en lafachada latera izquierda.

B) Machón con desprendimiento deun conjunto de plaquetas de gres adhe-ridas al soporte vertical exterior en lafachada a Avenida Constitución en la 4ªplanta del inmueble.

C) Frentes de forjado con acuse dedesprendimiento de hiladas de plaque-tas de gres en dos zonas situadas a laaltura de la 12ª planta, tanto en lafachada principal a Avenida Constitu-ción, como en la fachada lateralizquierda, observando también en estaun machón con desprendimiento de unconjunto de plaquetas de gres (a esamisma altura).

D) Abombamientos del aplacadoexterior vertical de gres en diversaszonas, tanto en la fachada principal aAvenida Constitución, como en lafachada lateral izquierda.

E) Machón con desprendimiento deun conjunto de plaquetas de gres adhe-ridas al soporte vertical exterior en lafachada lateral izquierda, en la llª plan-ta del inmueble.

F) Aparición de humedades y hon-gos en la terraza de la la planta defachada lateral izquierda, Agrietamien-tos y roturas de las piezas cerámicasdel solado de la misma.

Apeuve de Construcciones, S.A.permaneció en rebeldía procesal; Pror,S.A., se eximió de responsabilidad porconsiderar que no intervino en la colec-ción del alicatado; y el señor PeñaBalbas, se eximió de responsabilidadpor considerar que el desprendimientodel alicatado es puntual y no imputablea su dirección de obra para su pocaentidad, sin que, por otra parte, hayaintervenido en la impermeabilizaciónde la terraza de la lª planta.

Segundo.—A la vista de los infor-mes técnicos aportados por la actora yel arquitecto técnico demandado, cabeconcluir que los problemas del edificio

son claramente estructurales motivadospor el escaso recubrimiento de lasarmaduras metálicas, como la Comi-sión Judicial tuvo ocasión de compro-bar en el reconocimiento judicial lleva-do a cabo en su día, que ha provocadola oxidación de aquéllas y, como con-secuencia, la rotura de los hormigonesde las zonas afectadas, y sin que talfenómeno tenga que ver con la actua-ción de los demandados.

En este sentido, la deficiencia seconcentra en la fachadas principal, confrente a la Avenida de la Constitución,y en la lateral izquierda, afectada a laspetos de terrazas de la última planta,parte de terraza de primera planta yotros desconchados puntuales en elentrepaño de la planta 10-11 y despren-dimiento de plaquetas en la cuartaplanta.

Los problemas existentes del edifi-cio ya se dejaron indicados en la cláu-sula 21ª del contrato suscrito en su día,incorporada para salvar la responsabili-dad, al detectarse fisuras tanto lateralescomo frontales cuando se eliminó lacarga existente al comienzo de la obra.

En consecuencia, examinados losautos, cabe concluir, a la vista de laprueba practicada, que el técnico y lacodemandada Pror, S.A, que no constaacreditado que llevarán a cabo lasobras del alicatado, deben ser absuel-tos, porque los defectos puntuales sonatribuibles a la contratatista Apeuve, yaque el técnico indicó expresamente laforma de ejecución del alicatado que,por otra parte, tiene unos muy residua-les problemas de agarre; y no participóen la ejecución del solado de la terrazade la planta primera al que refiere elextremo sexto del informe de la arqui-tecto; debiendo concluir que el resto delos problemas son estructurales y vin-culados a la oxidación de las armadurasmetálicas.

Tercero.—En conclusión, conside-rando los defectos que cabe imputar ala demandada Apeuve por la ejecuciónde las obras de alicatado y la sustitu-ción y revisión de las plaquetas afecta-das, y atendiendo a la necesidad de ins-talación de andamiaje en las partesafectadas para comprobación del restode la fachada, se estima parcialmente ala cantidad de 6.000 euros, a cuyo pagocondenamos a la demandada contratis-ta.

Cuarto.—La estimación parcial dela demanda conlleva que no haya espe-cial pronunciamiento de costas.

Dada las especiales circunstanciasdel supuesto no se imponen las costas ala actora de la traída a autos de los

codemandados absueltos, por conside-rar que dada su intervención, estabajustificada inicialmente su intervenciónen el proceso.

Fallo

Estimo parcialmente la demandaformulada por la Comunidad de Pro-pietarios de Avenida Constitución 94de Gijón, representada por la procura-dora Mª Luzdivina Tola García, asisti-da por la letrada doña Angeles Martí-nez Fernández, frente a Apeuve deConstrucciones, S.A., en rebeldía pro-cesal, Pror, S.A., representado por elprocurador don Juan Ramón SuárezGarcía, asistido por el letrado don Car-los Fontenla Blanco, y don ManuelAngel Peña Balbas, representado por laprocuradora doña Aurora LaviadaMenéndez, asistido por el letrado donJuan Ferreiro García, y en su virtud

1.º—Condeno la codemandadaApeuve de Construcciones, S.A. aindemnizar a la demandante en la can-tidad de 6.000 euros más los interesesdesde el 5 de octubre de 2001.

2.º—Absuelvo a Pror, S.A. y a donManuel Angel Peña Balbas, de la pre-tensión que el demandante pretendía.

3.º—No hago especial imposiciónde las costas causadas en esta litis.

Llévese el original de esta resolu-ción al libro de sentencias y expídasetestimonio literal para los autos de surazón.

Notifíquese la presente resolución alas partes, con el apercibimiento de queno es firme y que contra la misma cabeinterponer recurso de apelación, quedeberá prepararse, con carácter previo,en el plazo de cinco días, por escritodirigido a este Juzgado, de acuerdo conlo previsto en el artículo 457 LECn.

Así por esta mi sentencia, lo mandoy firmo.

Publicación.—La anterior senten-cia, ha sido dada, leída y publicada, porel ilustrísimo señor Magistrado-Juezque la dictó, estando celebrandoaudiencia pública, en el día de sufecha. Doy fe.

Diligencia: Seguidamente se cum-ple lo acordado, y se expide testimoniode la anterior Sentencia para su unión alos autos de su razón; doy fe.

Y como consecuencia del ignoradoparadero de Apeuve Construcciones,S.A., se extiende la presente para quesirva de cédula de notificación.

Gijón, a 31 de enero de 2006.—ElMagistrado-Juez.—6.732.

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS23-V-2007 9857

DE GIJON NUMERO 6

Edicto.—Cédula de notificación

En el procedimiento de referenciase ha dictado la resolución del tenorliteral siguiente:

Recibido el precedente escrito,documentos que se acompañan, podery copias, del Procurador don ManuelFole López incóese el expediente dedominio para la inmatriculación de fin-cas que se insta, en el que se le tendrápor personado en nombre y representa-ción de Eloina Busto González, Anto-nio Suárez Cuervo, entendiéndose conél las sucesivas notificaciones y dili-gencias, en virtud del poder presentadoque, previo testimonio en autos, se ledevolverá.

Dése traslado del escrito presentadoal Ministerio Fiscal entregándole lascopias del escrito y documentos y cíte-se a Ramona Suárez García como per-sonas de quien proceden las fincas, aBlanca Nieves Meana Tuya como due-ña de las fincas colindantes, a fin deque dentro del término de diez díaspuedan comparecer en el expedientealegando lo que a su derecho convenga,citando a aquellos cuyo domicilio sedesconoce por medio de edictos que sefijarán en el tablón de anuncios del Juz-gado y se publicarán en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

Convóquese a las personas ignora-das a quienes pudiera perjudicar la ins-cripción solicitada por medio de edic-tos que se fijarán en los tablones deanuncios del Ayuntamiento y de esteJuzgado y se publicarán en el BOLE-TIN OFICIAL del Principado de Astu-rias, para que dentro del término dediez días puedan comparecer en elexpediente a los efectos expresados.

Descripción de la finca:

Finca o prado y pomarada llamadaEl Controzo del Riestro o del Angel,sita en la parroquia de Prendes, concejode Carreño, mide según el título nueveáreas cincuenta centiáreas y, según elCatastro 3.339 metros cuadrados.

Linda al este, con camino que subeal monte; al sur, con camino públicoque la separa de la Capilla del SantoAngel de la Guarda; al oeste, con bie-nes de don José Suárez Rodríguez ynorte con don José Rodríguez Fernán-dez. Actualmente linda al oeste y alnorte, con parcela de 109 del polígonode Carreño propiedad de doña BlancaNieves Meana Tuya.

Dentro de esta finca existe una casade planta baja y piso que mide unos

setenta metros cuadrados de superficiey la cual linda por todas sus partes conla finca en la que se halla enclavada yde la que forma parte integrante.

Por la presente y en virtud de loacordado en providencia de esta fecha,se convoca a las personas ignoradas aquienes pudiera perjudicar la inscrip-ción solicitada, para que en el términode los diez días siguientes a la publica-ción de este edicto, puedan compareceren el expediente, alegando lo que a suderecho convenga.

Gijón, a 10 de abril de 2007.—ElSecretario.—6.733.

DE GIJON NUMERO 8

Edicto

Sentencia n.° 255

En Gijón, a 18 de abril de 2007.

Vistos por mí, don Angel LuisCampo Izquierdo, Magistrado del Juz-gado de Primera Instancia número 8(Familia) de Gijón y su partido, lospresentes autos de guarda, custodia yalimentos, seguidos ante este Juzgadocon el número 1740/2006, a instanciade doña Noelia Pérez Gladish, repre-sentada por el procurador de los tribu-nales don Pedro Manuel Elías Cabal ybajo la dirección letrada de doña TeresaCamacho Alvarez, frente a don LuisAlfonso García Alba.

Antecedentes de hecho

Primero.—Con fecha de 28 dediciembre de 2005, tuvo entrada en losdecanatos de esta ciudad y siendo tur-nada al presente Juzgado, demandapresentada por el procurador de los tri-bunales don Pedro Manuel Elías Cabalen nombre y representación de doñaNoelia Pérez Gladish. En la misma,previa manifestación de los hechosoportunos y los fundamentos de dere-cho que le eran convenientes, solicitabasu admisión y un pronunciamientofavorable declarando; que se prive par-cialmente de la patria potestad al padre,que se atribuya a la madre, doña Noe-lia, la guarda y custodia de la menor,con el establecimiento de un régimende visitas a favor del padre lo mas res-trictivo posible y que se ejercite demanera tutelada. Del mismo modo, seinteresa la fijación de una pensión dealimentos por importe de 300 eurosmensuales y abonables en la cuentabancaria que a tales efectos se designeen los cinco primeros días de cada mesy actualizable en el mes de enero decada año conforme al índice de preciosal consumo que publique el Instituto

Nacional de Estadística, así como elabono por partes iguales de los gastosextraordinarios que se originen a favorde la menor.

Segundo.—Mediante auto de 8 defebrero de 2006 y examinados todoslos requisitos procesales, se tuvo porpresentado dicho escrito, copias, docu-mentos y poder que se acompañaba;admitiéndose para su tramitación con-forme a lo establecido en el artículo770 de la Ley de Enjuiciamiento Civily dando traslado a la otra parte paraque contestara en el plazo de veintedías con apercibimiento de ser declara-da en rebeldía si así no lo hiciere.

Tercero.—No habiendo contestadaa la demanda en los términos fijados enla resolución anterior, y conforme a lodispuesto en la Ley se procedió adeclarar en rebeldía procesal al deman-dado mediante providencia de 15 demarzo de 2007, citándose a las partes yal Ministerio Fiscal a juicio para el día17 de abril de 2007.

Cuarto.—El juicio se celebró el díaseñalado, compareciendo la demandan-te debidamente representada y elMinisterio Fiscal, no compareciendo eldemandado.

Fundamentos de derecho

Primero.—En particular y a la vistade la petición que acompaña la deman-da, se pretende un pronunciamientosobre la privación al padre de la patriapotestad, la atribución de la guardia ycustodia de los menores a la madre, lafijación de 300 euros en concepto dealimentos de la menor así como el esta-blecimiento de un régimen de visitas. Ala vista de dicha pretensión en proce-dente manifestar con carácter previo losiguiente:

El artículo 170 CC señala que elpadre o la madre podrán ser privadostotal o parcialmente de su potestad porsentencia fundada en el incumplimien-to de los deberes inherentes a la mismao dictada en causa criminal o matrimo-nial. Los tribunales podrán, en benefi-cio e interés del hijo, acordar la recupe-ración de la patria potestad cuandohubiere cesado la causa que motivó laprivación. De otro lado, el artículo 154CC establece: Los hijos no emancipa-dos están bajo la potestad de sus proge-nitores. La patria potestad se ejercerásiempre en beneficio de los hijos, deacuerdo con su personalidad, y com-prende los siguientes deberes y faculta-des:

1.° Velar por ellos, tenerlos en sucompañía, alimentarlos, educarlos yprocurarles una formación integral.

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 23-V-20079858

2.° Representarlos y administrarsus bienes. Si los hijos tuvieren sufi-ciente juicio deberán ser oídos siempreantes de adoptar decisiones que lesafecten. Los padres podrán en el ejerci-cio de su potestad recabar el auxilio dela autoridad. Podrán también corregirrazonable y moderadamente a los hijos.De otro lado y en orden a la obligaciónde guarda y custodia se precisa en elartículo 159 del mismo texto legal,aplicable a todos aquellos supuestoscomo el presente en el que alguno delos progenitores no conviven en com-pañía de los hijos precisa que: Si lospadres viven separados y no decidierende común acuerdo, el Juez decidirá,siempre en beneficio de los hijos, alcuidado de qué progenitor quedarán loshijos menores de edad. El Juez oirá,antes de tomar esta medida, a los hijosque tuvieran suficiente juicio y, en todocaso, a los que fueran mayores de doceaños. Para continuar señalando en elartículo 160; Los progenitores, aunqueno ejerzan la patria potestad, tienen elderecho de relacionarse con sus hijosmenores, excepto con los adoptadospor otro o conforme a lo dispuesto enresolución judicial. Por lo tanto, en losmencionados preceptos se establece elrégimen jurídico de los deberes inhe-rentes a lo que supone, entre otrosaspectos, la patria potestad como rela-ción jurídico-filial que tienen los pro-genitores con sus hijos.

Segundo.—La Ley de Enjuicia-miento Civil 1/2000, establece en elpárrafo segundo del art. 496, que “ladeclaración de rebeldía no será consi-derada como allanamiento, ni comoadmisión de hechos de la demanda, sal-vo en los casos en que la ley expresa-mente disponga lo contrario”.

Esta prescripción legal, estaba yaconsolidada en la Jurisprudencia ante-rior, destacando a este efecto, entreotras, la sentencia del Tribunal Supre-mo de 8 de mayo de 2001, en la que sepone de manifiesto que, si bien, la con-ducta, del demandado rebelde le aca-rrea ciertas consecuencias negativas,como la pérdida de determinadas opor-tunidades de defensa de sus intereses,no obstante, la rebeldía, no implicaallanamiento, ni releva al actor de pro-ceder a la cumplida prueba de sus ale-gaciones, pudiendo ser consideradacomo una oposición tácita a las preten-siones deducidas en la demanda (sen-tencia de 3 de abril de 1987, entremuchas otras).

Tercero.—Pasando ya al análisisdel fondo de la cuestión, ha de indicar-se que el art. 217 de la Ley de Enjui-ciamiento Civil, dispone que corres-ponde al actor, "la carga de probar la

certeza de los hechos de los que ordi-nariamente se desprenda, según lasnormas jurídicas a ellos aplicables, elefecto jurídico correspondiente a laspretensiones de la demanda o de lareconvención" (art. 217.2 LEC), mien-tras que al demandado, de acuerdo conlo establecido en el art. 217.3 LEC, lecorresponde la carga de probar loshechos que impidan, extingan o ener-ven la eficacia jurídica de aquellos, enlos que se fundamente la pretensiónejercitada en la demanda. Llegados aeste punto y en orden a la valoración dela prueba que ha sido practicada en elacto, hay suficientes elementos paraconsiderar lo siguiente:

A la vista de la prueba que ha sidopracticada, y con base a los fundamen-tos manifestados anteriormente, estáplenamente justificado que don LuisAlfonso no se hace cargo del cuidadode la menor Bonnie como también ycomo ha quedado manifestado por laactora, no mantiene relación con lamenor desde hace mucho tiempo, poresta razón y en orden a lo precisado enconcreto en el artículo 92.4 del CódigoCivil cuando dice: Los padres podránacordar en el convenio regulador o elJuez podrá decidir, en beneficio de loshijos, que la patria potestad sea ejerci-da total o parcialmente por unos de loscónyuges. Es procedente acordar unalimitación en cuanto al ejercicio ordi-nario de la misma, respetando la titula-ridad a don Luis Alfonso, pero atribu-yendo a la madre, doña Noelia, todaslas facultades legales e inherentes alejercicio cotidiano y la decisión entodos los asuntos que conciernan a lamenor. Así mismo y en base a lo seña-lado anteriormente es procedente deter-minar la guarda y custodia de la menor,a favor de su madre, ello sin perjuiciode reconocer el derecho que tiene todoprogenitor de relacionarse con su hijo,pero a la vista de la escasa relación conla menor y el total desinterés por lamisma y no habiendo sido oído donLuis Alfonso, se procederá a su defini-tiva fijación una vez oídos en compare-cencia ambos progenitores.

Del mismo modo, se están generan-do una serie de gastos que no puedenser asumidos íntegramente por doñaNoelia, quien percibe unos ingresosaproximados de 800 euros y reconocela ayuda por parte de sus padres en lamanutención de la menor, circunstanciaque es confirmada en la declaración deltestigo propuesto por la actora, donLuis Antonio Pérez, padre de la deman-dante. De otro lado, y en cuanto a lavaloración de los gastos que genera lamenor; en orden a la fijación la cuotaabonable en concepto de alimentos,según declaraciones de la madre, recibe

clases particulares, suponiendo unimporte mensual de 80 euros, a los quehay que añadir el importe mensual de65 euros como gastos de comedorescolar. Teniendo en cuenta que dichosgastos no han sido justificados plena-mente, atendiendo a las necesidades dela hija y todas las circunstancias con-currentes, normales y comunes a meno-res de esta edad, procede acordar fijarla obligación de abonar en concepto decargas 300 euros mensuales que seingresarán en la cuenta bancaria que sedesigne en los cinco primeros días decada mes, siendo dicha cantidad actua-lizable anualmente en enero conformeíndice de precios al consumo quepublique el Instituto Nacional de Esta-dística, y fijándose como primer mesde abono el de mayo; acordándose asímismo que los gastos extraordinariosserán abonables por ambos progenito-res por mitad.

Tercero.—Una vez firme esta reso-lución, y conforme a lo que establece elartículo 755 del la Ley de Enjuicia-miento Civil, procede remitir de oficioal Registro Civil de Gijón, comunica-ción del pronunciamiento de esta reso-lución, a efectos de su inscripción.

Cuarto.—En el presente proceso,no procede hacer especial pronuncia-miento en costas procesales causadasen este pleito, de tal forma que cadaparte abonará las causadas a su instan-cia y las comunes por mitad.

Vistos los artículos citados y degeneral y pertinente aplicación.

Fallo

Que debo declarar y declaro mante-ner la titularidad de patria potestad dela menor Bonnie García Pérez a ambosprogenitores correspondiendo su ejerci-cio ordinario en exclusiva a su madre,doña Noelia Pérez Gladish. Se atribuyela guarda y custodia de la menor Bon-nie García Pérez a su madre doña Noe-lia Pérez Gladis. El padre podrá rela-cionarse con la menor de la forma enque acuerden ambos progenitores sinperjuicio de que el régimen de visitasse concrete a petición de cualquiera deellos a posteriori en el correspondienteprocedimiento. Se fijará la obligaciónde abonar en concepto de cargas 300euros mensuales que se ingresarán enla cuenta bancaria que se designe enlos cinco primeros días de cada mes,siendo dicha cantidad actualizableanualmente en enero conforme índicede precios al consumo que publique elInstituto Nacional de Estadística, yfijándose como el primer mes de abonoel de mayo. Y Los gastos extraordina-rios serán abonables por ambos proge-nitores por mitad.

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS23-V-2007 9859

Una vez firme esta resolución seremitirá de oficio al Registro Civil deGijón comunicándole pronunciamientode la misma a efectos de inscripción.

Esta resolución no es firme y contrala misma las partes podrán imponerrecurso de apelación ante la AudienciaProvincial en el plazo de cinco días.

Así por esta mi sentencia lo pro-nuncio, mando y firmo.

Gijón, a 18 de abril de 2007.—ElSecretario.—6.790.

DE OVIEDO NUMERO 2

Edictos

Magistrado-Juez del Juzgado de Prime-ra Instancia número 2 de Oviedo.

Hago saber: Que en este Juzgado sesigue el procedimiento expediente dedominio, reanudación del tracto136/2007 a instancia de don ManuelAlonso González, expediente de domi-nio para la inmatriculación de lassiguientes fincas:

1.—Rústica: sita en concejo de LasRegueras, finca a labor, cerrada sobresí denominada la Ablanera ocupa unasuperficie aproximada de 28 áreas,según título y de 655 metros cuadradossegún catastro y que actualmente lindaal norte, Benjamín García; sur, JoséRamón González Granda; este, JoséManuel Suárez Paredes y oeste Laude-lino García Rodríguez.

Figura inscrita en el Registro de laPropiedad número 2 de los de Oviedoal tomo 85, libro 794, folio 81, finca4607 a favor de José Manuel AlonsoGonzález casado con Angela PuenteFernández y referencia catastral33054A024001100000RA. Es la parce-la 110 del polígono 24 y se encuentralibre de cargas y arrendamientos u ocu-pantes de cualquier clase.

2.—Rústica: sita en el lugar lasMarinas, concejo de Las Regueras, fin-ca a pasto y castañedo denominada LaTrapa en términos de su nombre ycerrada toda sobre sí de pared menospor uno de sus linderos, que ocupa unasuperficie de 37 áreas, 74 centiáreassegún título y de 2.386 m2 según catas-tro y que actualmente linda norte, Des-cuento Topográfico, polígono 25, par-cela 9009 y sur y este Alicia Bango y aloeste Manuel Alonso Rodríguez yComunales del Ayuntamiento de LasRegueras.

Figura inscrita en el Registro de laPropiedad número dos de los de Ovie-do al tomo 1158, libro 127, folio 108,

finca 9157, a nombre de José GonzálezGarcía. Referencia Catastral33054A035000670000RE. Es la parce-la 67 del polígono 35, se encuentralibre de cargas y arrendamiento u ocu-pantes de cualquier clase.

3.—Rústica, sita en la Parroquia deBiedes en términos del concejo de LasRegueras, finca a labor y prado denomi-nada Montaon que ocupa una superficiede 50 áreas, 32 centiáreas según título yde 5.062 m2 según catastro y que actual-mente linda norte, Comunidad de veci-nos de Las Regueras, sur Ayuntamientode Las Regueras, este Laudelina Alva-rez Alvarez y al oeste Visitación SuárezTamargo, todo ello según se desprendede las certificaciones catastrales des-criptivas y gráficas que se adjuntan,aunque parece ser que hoy en día todaslas fincas colindantes con las que aquíse describe son propiedad de la empresaRebarco, S.L. que viene explotando enaquella zona una cantera.

Inscripción, figura inscrita en elRegistro de la Propiedad número 2 delos de Oviedo al tomo 656, libro 68,folio 128, finca 3362, a nombre deRamón Suárez García y Manuela DíazRodríguez.

Referencia catastral 33054A024000660000RS. Es la parcela 66 delpolígono 24, se encuentra libre de car-gas y arrendamientos u ocupantes decualquier clase.

Por el presente, y en virtud de loacordado en providencia de esta fecha,se convoca a las personas ignoradas aquienes pudiera perjudicar la inscrip-ción solicitada, para que en el términode los diez días siguientes a la publica-ción de este edicto puedan compareceren el expediente alegando lo que a suderecho convenga.

Oviedo, a 11 de abril de 2007.—ElSecretario.—6.734.

– • –

Magistrado-Juez del Juzgado de Prime-ra Instancia número 2 de Oviedo.

Hago saber: Que en este Juzgado sesigue el procedimiento expediente dedominio, inmatriculación 466/2007 ainstancia de Indalecio Rodríguez Flo-res, expediente de dominio para lainmatriculación de las siguientes fin-cas:

1.—Finca rústica a prado llamadaLa Braña de unas 40 áreas y una cen-tiáreas que linda: norte, con el caminovecinal; sur, bienes de Angela Fernán-dez; este, Julia Coto y camino vecinal;oeste, bienes de Amparo Álvarez.

2.—Finca rústica a labor y pradollamada La Terrona de unas 33 áreas y18 centiáreas, que linda: norte, deAndrés Muslera; sur, de Alfredo Fer-nández; este, camino vecinal; y oeste,de doña María del Carmen Pérez y fin-ca Torniellu.

3.—Finca rústica llamada Tornielludestinada a labor, de unas 7 áreas y 71centiáreas que linda: norte, bienes deMª del Carmen Pérez ; sur y oeste, deCándido Flórez y al este, camino veci-nal y la finca Terrona.

Las fincas tienen una referenciacatastral:

—La finca número 1: 33900A008001230000WQ .

—La finca numero 2: 33900A008000200000WH

—La finca número 3: 33900A008000480000WU.

Por el presente, y en virtud de loacordado en providencia de esta fecha,se convoca a las personas ignoradas aquienes pudiera perjudicar la inscrip-ción solicitada, para que en el términode los diez días siguientes a la publica-ción de este edicto puedan compareceren el expediente alegando lo que a suderecho convenga.

Oviedo, a 18 de abril de 2007.—ElSecretario.—6.939.

DE OVIEDO NUMERO 7

Edicto

Doña Montaña Sánchez-ArévaloRodríguez, Secretaria Judicial delJuzgado de Primera Instancianúmero 7 de Oviedo (Familia).

Hace saber: Que en este Juzgado,se ha seguido procedimiento de divor-cio contencioso, con el n.° 1082/06, ainstancia de don José Enrique Menén-dez Vega frente a Sulay del Valle Sala-zar, en el cual ha recaído sentencia,cuyo encabezamiento y fallo son deltenor literal siguiente:

Sentencia n.° 240

En Oviedo, a 27 de marzo de 2007.

La ilustrísima señora doña PiedadLiébana Rodríguez, Magistrado-Juezde Primera Instancia número 7 deOviedo, habiendo visto los autos dedivorcio seguidos en este Juzgado alnúmero 1082/2006 a instancia de donJosé Enrique Menéndez Vega, repre-sentado por el procurador de los tribu-nales señor/a Candanedo Candanedo yasistido del letrado señor/a GarcíaAlonso contra doña Sulay del Valle

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 23-V-20079860

Salazar, declarada en situación derebeldía procesal, recayendo, en nom-bre de S.M. El Rey, el presente

Fallo

“Que debo declarar y declaro, ladisolución del matrimonio contraídoentre José Enrique Menéndez Vega ySulay del Valle Salazar, por concurrircausa legal de divorcio; con todos losefectos legales inherentes a tal pronun-ciamiento, entre ellos, la disolución delrégimen económico del matrimonio.

Sin hacer pronunciamiento conde-natorio en cuanto a las costas procesa-les devengadas en esta primera instan-cia.

Una vez firme la presente resolu-ción, líbrese de oficio-exhorto alRegistro Civil de Oviedo, con testimo-nio de la misma, para su constancia almargen de la inscripción de matrimo-nio de los litigantes.

Contra esta resolución cabe inter-poner recurso de apelación, que seinterpondrá por escrito ante este Juzga-do en término de cinco días.

Así por esta mi sentencia, lo pro-nuncio, mando y firmo. Fdo y publica-do: Magistrado-Juez; Secretario Judi-cial.”

En virtud de lo acordado en losautos de referencia, se expide el pre-sente a fin de proceder a la notificaciónde la sentencia a Sulay del Valle Sala-zar, con domicil io desconocido ydeclarada en rebeldía procesal.

Oviedo, a 10 de abril de 2007.—ElSecretario Judicial.—6.737.

DE OVIEDO NUMERO 8

Edicto

Don Miguel Angel Grima Grima,Secretario del Juzgado de PrimeraInstancia número 8 de los de Ovie-do.

Hago saber: Que en este Juzgado ycon el n.° 693/2006 se sigue a instanciade doña María Josefa Morán Castrillónexpediente para la declaración deausencia de don Abilio Morán Castri-llón, con DNI 10.469.626, natural deOviedo, con domicilio en Bruselascalle Rue Vanderschrick, nacido el día18 de junio de1938, hijo de Abilio y deMaría Josefa, quien se ausentó de suúltimo domicilio no teniéndose noticiasde él/ella desde hace veinticinco añosaproximadamente, ignorándose suparadero.

Lo que se hace público para que losque tengan noticias del/de la desapare-cido/a puedan ponerlas en conocimien-to en el Juzgado.

Oviedo, a 16 de enero de 2007.—ElSecretario.—7.139.

JUZGADOS DE PRIMERAINSTANCIA

E INSTRUCCION

DE AVILES NUMERO 3

Edicto

Doña María Elena Alvarez Rodríguez,Secretaria Judicial del Juzgado dePrimera Instancia número 3 de Avi-lés.

Hago saber: Que en este Juzgado sesigue el procedimiento expediente dedominio n.° 120/2007, promovido ainstancia de doña María del PilarCimadevilla García y doña AmaliaGonzález Nido, sobre reanudación deltracto sucesivo interrumpido de lasiguiente finca:

Casa planta baja y piso alto, con supatio, señalada con el n.° 88 de Miran-da, municipio de Avilés, cuyo suelo tie-ne una superficie de ciento cincuenta ytres metros cuadrados, teniendo la casauna superficie total construida de cien-to noventa y dos metros cuadrados, delos que corresponden noventa y tresmetros cuadrados a la planta baja ynovena y nueve metros cuadrados alpiso alto, y linda al frente este con lacarretera o calle de su situación, fondooeste camino; izquierda entrando, sur,propiedad de los herederos de donFélix López y por la derecha, norte,con camino.

Por el presente y en virtud de loacordado en providencia de esta fechase cita aquellos cuyo domicilio se des-conoce, y a la personas ignoradas aquien pudiera perjudicar la inscripciónsolicitada, para que en el término delos diez días siguientes a la publicaciónde este edicto puedan comparecer en elexpediente alegando lo que a su dere-cho convenga.

Avilés, a 10 de abril de 2007.—LaSecretaria Judicial.—6.588.

DE AVILES NUMERO 5

Edicto

Doña María Rosa Pérez Rodríguez,Secretaria del Juzgado de Instruc-ción número 5 de Avilés.

Doy fe y testimonio: Que en el jui-cio de faltas n.° 98/2007 se ha dictadola presente sentencia, que en su enca-bezamiento y parte dispositiva dice:

Vistos por S.Sª doña Ana LópezPandiella, Magistrado-Juez del Juzgadode Primera Instancia e Instrucciónnúmero 5 de Avilés y su partido judi-cial, los presentes autos de juicio defaltas n.° 98/07 seguidos en este Juzga-do en el que han tenido intervencióncomo partes además del Ministerio Fis-cal en ejercicio de la acción penalpública, como denunciada Eloina Her-nández Hernández.

Fallo

Que debo condenar y condeno aEloina Hernández Hernández comoautora de una falta contra el ordenpúblico ya definida a la pena 40 díasmulta con una cuota diaria de 3 euros ycon un día de arresto sustitutorio porcada dos cuotas diarias no satisfechas eimposición de costas.

Así por esta mi sentencia y definiti-vamente juzgando en primera instancialo pronuncio, mando y firmo.

Contra esta sentencia cabe recursode apelación ante la Audiencia Provin-cial, a formalizar ante este Juzgado enel término de los cinco días siguientesa su notificación.

Y para que conste y sirva de notifi-cación de sentencia a doña Eloina Her-nández Hernández, actualmente enparadero desconocido, y su publicaciónen el BOLETIN OFICIAL del Princi-pado de Asturias, expido la presente.

Avilés, a 18 de abril de 2007.—LaSecretaria.—6.738.

DE CANGAS DEL NARCEA

NUMERO 1

Edicto.—Cédula de notificación yemplazamiento por diez días

En el expediente de dominio porinmatriculación n.° 55/06-S seguido eneste Juzgado respecto de las fincas quea continuación se describen:

1.—Prado conocido como "Roda-bacho", situado en la Ballina de Cigo-diel, de unos 726 m2 de superficie.

Linda al norte camino, pista deBesullo; al sur, este y oeste con doñaMaría Luz Llano Zubizarreta.

Identificada en el Catastro a nom-bre de don Manuel Martínez Rodrí-guez, en el Polígono 37, Parcela 1390.

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS23-V-2007 9861

Referencia Catastral 33011A037013900000KG.

2.—Finca rústica conocida como"La Sienda" de 5.011 m2 de superficie.

Linda: al norte, con finca de Ceferi-no Alvarez Lago; al sur, con finca deDaniel Rodríguez; al este, con Mª LuzLlano Zubizarreta, y al oeste, con JoséMartínez Alonso y Alicia GonzálezAlvarez.

Identificada en el Catastro a nom-bre de don Manuel Martínez Rodríguezen el Polígono 37, Parcela 1402.

Referencia Catastral 33011A037014020000KX.

3.—Finca rústica denominada "Tie-rra en el Cortinal del Riego de Alla",conocida también como "Prado delRiego", de una superficie de 1.105 m2.

Linda: al norte, con Faustino Gar-cía y con Leandro Fernández; al sur,con Faustino Alvarez Alvarez; y al estey oeste, con tierras de Mª Luz LlanoZubizarreta.

Identificada en el Catastro a nom-bre de Manuel Martínez Rodríguez enel Polígono 37, Parcela 1284.

Referencia Catastral 33011A037012840000KU.

4.—Inmueble urbano, casa, sita enBesullo, de dos pisos, de una superficiede 76 m2; dedicada planta baja a cuadray la planta superior a vivienda, por laparte delantera de dicha casa seencuentra un tendejón.

Linda: al norte, con herederos deAlfonso Farfante; al este, con camino;al oeste, con Tomás Martínez y Euse-bio Mesa; y al sur, con Tomás Martí-nez.

Identificado en el Catastro de Can-gas del Narcea a nombre de ManuelMartínez Rodríguez.

Referencia Catastral C30206300PH98C0001JU.

Se han dictado las resoluciones deltenor literal siguiente:

Providencia

Juez, doña María del Carmen SantosRoy.

En Cangas del Narcea, a 6 de juliode 2006.

Recibido el presente escrito, docu-mentos que se acompañan, poder ycopia del procurador José Ramón Sel-gas Martínez se admite a trámite, inco-ándose el expediente de dominio por

inmatriculación que se insta, en el quese tendrá por parte en nombre y repre-sentación de Tomás Martínez Fernán-dez y Josefa Martínez Fernández,entendiéndose con él las sucesivasnotificaciones y diligencias en virtuddel poder "Apud Acta" que figura enautos.

Dése traslado del escrito presentadoal Ministerio Fiscal entregándole lascopias del escrito y documentos.

Atendido el requerimiento efectua-do al promovente en fecha 13 de juniode 2006 para señalar a quien hay quecitar como personas con algún derechoreal sobre la finca, aquel de quien pro-ceden los bienes o sus causahabientes,al que tenga catastrada o amillarada lafinca a su favor, a los titulares de lospredios colindantes y al poseedor dehecho de la finca.

Como titulares de los predios colin-dantes, cítese en sus domicilios a:

• Monte Comunal del Pueblo deBesullo, antiguamente propiedad deherederos de Mª Luz Llano Zubizarre-ta, con domicilio en Besullo "Casa delLlano".

• Ceferino Alvarez Lago, con domi-cilio en Besullo.

• Herederos de Daniel Rodríguez,con domicilio Besullo "Casa Suacón".

• Alicia González Alvarez, condomicilio en Besullo "Casa Manon".

• José Martínez Alonso, con domi-cilio en Besullo "Casa Tole".

• Faustino García García, condomicilio en Besullo "Casa Queima-do".

• Leandro Fernández Fernández,con domicilio en Besullo "Casa Min-gon".

• Faustino Alvarez Alvarez, condomicilio en Besullo "Casa Queima-do".

• Manuel Rodríguez García, condomicilio en Pontones "Casa Mingo".

• Herederos de Eusebio MesaMesa, con domicilio en Besullo "CasaCarnicero".

• Herederos de Alfonso FarfanteLima, con domicilio en Besullo,

para que dentro del término de diezdías puedan comparecer en el expe-diente alegando lo que a su derechoconvenga, citando a aquellos cuyodomicilio se desconoce por medio deedictos que se fijarán en el tablón deanuncios del Juzgado y del Ayunta-

miento y se publicarán en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

Convóquese a las personas ignora-das a quienes pudiera perjudicar la ins-cripción solicitada por medio de edic-tos, que se fijarán en los tablones deanuncios del Ayuntamiento y del Juz-gado y se publicarán en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias,para que dentro del término de diezdías puedan comparecer en el expe-diente a los efectos expresados.

Líbrense los edictos, oficios y cita-ciones necesarios; los edictos para supublicación en el tablón de anunciosdel Ayuntamiento y en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturiasserán entregados a la representaciónprocesal del promovente a fin de queproceda a su diligenciamiento, y verifi-cado lo cual los devuelva debidamentecumplimentados.

Contra esta resolución cabe recursode reposición en el plazo de cinco díasque se interpondrá por escrito ante esteJuzgado.

Lo que así se propone y firma, doyfe.

Conforme El/La Juez, La Secreta-rio.

Providencia

Juez, doña María del Carmen SantosRoy.

En Cangas del Narcea, a 26 deoctubre de 2006.

El escrito del procurador JoséRamón Selgas Martínez únase y tal ycomo solicita modifíquense los edictosen su día librados para añadir la notifi-cación vía edictal de los siguientescolindantes:

• Faustino García García (CasaQueimado).

• Propietarios o comuneros delmonte comunal de Besullo.

• Herederos de Alfonso Farfante deLima.

• Herederos de María de la LuzLlano Zubizarreta.

Modo de impugnación: medianterecurso de reposición ante este Juzga-do, no obstante lo cual, se llevará aefecto lo acordado. El recurso deberáinterponerse por escrito en el plazo decinco días, con expresión de la infrac-ción cometida a juicio del recurrente,sin cuyos requisitos no se admitirá elrecurso (artículos 451 y 452 de laLECn).

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 23-V-20079862

Así lo manda y firma S.S. Doy fe.

La Juez, La Secretario.

Providencia

Juez, don Julio Juan Martínez Zahone-ro.

En Cangas del Narcea, a 19 de abrilde 2007.

Anterior escrito del ProcuradorJosé Ramón Selgas Martínez únase.

A la vista de las manifestacionesque en el mencionado escrito se contie-nen en contestación al escrito delMinisterio Fiscal, de fecha 29 de marzode 2007, procédase a la citación edictalde Antonio Alvarez Llano, María Gon-zález Rodríguez y Doroteo RodríguezCastellano y/o sus herederos.

Modo de impugnación: medianterecurso de reposición ante este Juzga-do, no obstante lo cual, se llevará aefecto lo acordado. El recurso deberáinterponerse por escrito en el plazo decinco días, con expresión de la infrac-ción cometida a juicio del recurrente,sin cuyos requisitos no se admitirá elrecurso (arts. 451 y 452 de la LECn).

Así lo manda y firma S.S. Doy fe.

El Juez, la Secretaria.

Y como consecuencia del ignoradoparadero de Faustino García García(Casa Queimado), Propietarios ocomuneros del monte comunal deBesullo, Herederos de Alfonso Farfantede Lima, Herederos de María de la LuzLlano Zubizarreta, Antonio AlvarezLlano, María González Rodríguez,Doroteo Rodríguez Castellano y/o susherederos, y aquellos cuyos domiciliosse desconozca, y de las personas igno-radas y desconocidas o que se encuen-tren en ignorado paradero a quienespudiera perjudicar la inscripción solici-tada, se extiende la presente para quesirva de cédula de notificación, citacióny emplazamiento.

Cangas del Narcea, a 19 de abril de2007.—La Secretaria.—7.138.

DE CASTROPOL NUMERO 1

Edicto

Juez del Juzgado de Primera Instancianúmero 1 de Castropol.

Hago saber: Que en este Juzgado sesigue el procedimiento expediente dedominio, reanudación del tracto156/2007, a instancia de María AngelesGasalla López, José Antonio GarcíaGonzález, expediente de dominio para

la inmatriculación de las siguientes fin-cas:

Finca n.° 638 del polígono 10, ins-crita en el Registro de la Propiedad deCastropol al tomo 354, libro 42, folio22, finca n.° 9.620, inscripción prime-ra.

Edificio unifamiliar aislado situadoen el lugar de Barres-Castropol, sinnúmero, en estado ruinoso, con más de90 años de antigüedad y compuesto deplanta baja y planta primera, con lasuperficie construida total de 177,92 m2

y útil de 136,02 m2. Linda al norte, estey oeste, la finca 638 del polígono 10 dela concentración parcelaria de Figue-ras-Barres-Piñera, y al sur camino. Edi-ficio que no aparece ni inscrito nicatastrado.

Por el presente, y en virtud de loacordado en providencia de esta fecha,se convoca a las personas ignoradas aquienes pudiera perjudicar la inscrip-ción solicitada, para que en el términode los diez días siguientes a la publica-ción de este edicto puedan compareceren el expediente alegando lo que a suderecho convenga.

Castropol, a 13 de abril de 2007.—El Secretario.—6.731.

DE GRADO NUMERO 2

Edicto

Doña Ana Rosa Pérez González, Secre-taria Judicial del Juzgado de Prime-ra Instancia número 2 de Grado.

Hago saber: Que en este Juzgado sesigue el procedimiento expediente dedominio, inmatriculacion 73/2007, ainstancia de José Ramón FernándezAlvarez, Olivo Jesús Fernández Alva-rez, expediente de dominio para lainmatriculación de las siguientes fin-cas:

Finca rústica destinada a labor sitaen la Vega, Sama de Grado, denomina-da la Fontanina o Huerta de Junto aCasa, ocupa una superficie de 1.731metros cuadrados según el Catastro,dentro de la finca existen las siguientesedificaciones:

1) Vivienda señalada con el n.° 32de la localidad de la Vega, Sama deGrado, que consta de dos plantas y queocupa una superficie según el Castastrode 48 metros cuadrados y 62 metroscuadrados.

2) Edificación destinada a garaje enplanta baja que ocupa una superficie de14 metros cuadrados.

Por el presente, y en virtud de loacordado en providencia de esta fecha,se convoca a las personasm ignoradas aquienes pudiera perjudicar la inscrip-ción solicitada, para que en el términode los diez días siguientes a la publica-ción de este edicto puedan compareceren el expediente alegando lo que a suderecho convenga.

Grado, a 12 de abril de 2007.—LaSecretaria.—6.893.

DE LAVIANA NUMERO 1

Edictos

Don José Alberto Pellitero Blanco,como Secretaria del Juzgado dePrimera Instancia e Instrucciónnúmero 1 de Laviana.

Doy fe: De que en los autos de eje-cución de títulos judiciales n.°371/2005, seguido a instancia de donRufino Vega Nicieza, contra la Comu-nidad Hereditaria de don Epifanio de laMedia Cuesta y doña Oliva CañedoAlvarez, se dictó el auto, cuyos encabe-zamiento, antecedentes de hecho pri-mero y segundo y parte dispositiva sonlos siguientes:

Auto n.° 109/2007

Magistrado-Juez, la ilma. sra. doñaEstrella María González Maroño.

En Laviana, a 16 de abril de 2007.

Antecedentes de hecho

Primero.—Por el procurador donCésar Meana Alonso, actuando ennombre y representación de don RufinoVega Nicieza se formuló demanda deejecución contra la Comunidad Heredi-taria de don Epifanio de la MediaCuesta y doña Oliva Cañedo Alvarez.

Segundo.—Por auto de fecha 31 deoctubre de 2007 se despachó ejecucióncontra los ejecutados expresados porlas siguientes cantidades: 4.193,26euros de principal y 1.250 euros presu-puestados para intereses y costas, noti-ficándoseles esta resolución a medio deedictos, por ser desconocidos lo com-ponente de la comunidad demandada,procediéndose al embargo de lossiguientes bienes de su propiedad:

—Urbana: Número 3: Piso primeroB de un edificio señalado con el núme-ro cuatro de la calle Enrique Granados,en esta ciudad de Oviedo. Destinado avivienda que consta de vestíbulo, pasi-llo, tres dormitorios, comedor, cocina,cuarto de baño y un armario empotra-do; que ocupa una superficie útil de 47metros y 98 decímetros cuadrados,aproximadamente. Linda: al frente o

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS23-V-2007 9863

sur, con la calle Enrique Granados,patio de luces, sobre el que tiene servi-dumbre de luces y vistas y piso prime-ro C; izquierda, patio de luces sobre elque tiene servidumbre de luces y vis-tas, y piso primero A; y fondo, patiosde luces sobre los que tiene servidum-bre de luces y vistas y caja de escalera.Tiene en el valor total de inmueble unaparticipación de dos enteros ochenta ysiete centésimas por ciento.

Inmueble inscrito en el Registro dela Propiedad número 1 de Oviedo, altomo 1.408, libro 779, folio 33, fincan.° 23.908.

Parte dispositiva

Se aprueba la cesión de la adjudica-ción sobre la finca cuya descripciónregistral consta en el segundo antece-dente de hecho de esta resolución, quellevó a cabo el ejecutante a favor dedon José Angel Vázquez Castro, conDNI n.º 71.621.510-Q, quien la adquie-re para la sociedad de gananciales queforma con su esposa, doña Rosa MaríaArgüelles Alvarez, con DNI n.°9.354.018-X.

Contra la presente resolución cabeinterponer recurso de reposición, en elplazo de cinco días a partir del siguien-te al de su notificación.

Así lo manda y firma S.S.; de loque doy fe.

El/La Juez /Magistrado-Juez, elSecretario,"

Y para su publicación en el BOLE-TIN OFICIAL del Principado de Astu-rias y su fijación en el tablón de anun-cios de este Juzgado, a fin de que sirvade notificación a la Comunidad Heredi-taria de don Epifanio de la MediaCuesta y doña Oliva Cañedo Alvarez,se expide el presente.

Laviana, a 16 de abril de 2007.—ElSecretario.—6.589.

– • –

Don José Alberto Pellitero Blanco,Secretario del Juzgado de PrimeraInstancia número 1 de Laviana.

Hago saber: Que en este Juzgado sesigue el procedimiento expediente dedominio, inmatriculación 144/2007-A,a instancia de José Manuel VázquezFuente, expediente de dominio para lainmatriculación de las siguientes fin-cas:

Finca rústica a prado conocidacomo "Llosa Nueva", situada en Villo-ria n.º 52 concejo de Laviana. Tieneuna superficie de doscientos setenta y

siete metros. Dentro de la misma sehalla enclavada una casa en construc-ción compuesta de sótano, planta bajay dos pisos, con una superficie porplanta de unos 110 m2, así como unacuadra con pajar de 30 m2. Linda alnorte y oeste, con camino, y sur y estecon antigua vía de cementos Fradera".

Referencia catastral: Polígono 23,parcela 17282. En el Catastro figurainscrito al nombre del promovente,referencia 33032A0233172820000OR.

Por el presente, y en virtud de loacordado en providencia de esta fecha,se convoca a las personas ignoradas aquienes pudiera perjudicar la inscrip-ción solicitada, para que en el términode los diez días siguientes a la publica-ción de este edicto puedan compareceren el expediente alegando lo que a suderecho convenga.

Laviana a, 17 de abril de 2007.—ElSecretario.—6.652.

– • –

Don José Alberto Pellitero Blanco,Secretario Judicial del Juzgado dePrimera Instancia e Instrucciónnúmero 1 de Laviana.

Doy fe: Que en los autos de divor-cio 428/06-C se dictó la resolucióncuyo encabezamiento y fallo, literal-mente copiados, dicen

Sentencia n.° 40/07

En Pola de Laviana, a 12 de marzode 2007.

Vistos por mí, Luisa María Quinte-la Baizán, Juez sustituta del Juzgado dePrimera Instancia e Instrucción número1 de Laviana, los autos de juicio dedivorcio seguidos con el n.° 428/2006,promovidos por doña Joaquina JosefaGarcía Yparraguirre, representada porla procuradora doña Aurora PalaciosAgüeria y asistida por el letrado donLuis Fernández del Viso Arias, contrael Ministerio Fiscal y contra don LuisAntonio López Villa-Corta, declaradoen rebeldía,

Fallo

Que estimando parcialmente lademanda interpuesta por la procuradoradoña Aurora Palacios Agüeria, en nom-bre y representación de doña JoaquinaJosefa García Yparraguirre, contra donLuis Antonio López Villa-Corta, debodeclarar y declaro la disolución, porcausa de divorcio, del matrimonio for-mado por los anteriormente menciona-dos cónyuges, con todos los efectoslegales inherentes a este pronuncia-miento y con los siguientes efectos:

1.—La guarda y custodia de loshijos menores residentes en EspañaArline Mishell y Christofer LouisLópez García se concede a la madre,habiendo de ser la patria potestad com-partida por ambos progenitores.

2.—El uso y disfrute de la viviendaque fuera conyugal se atribuye a loshijos menores del matrimonio y al cón-yuge que con ellos conviva, que, eneste caso, es la madre.

3.—En cuanto a la pensión alimen-ticia para los hijos menores, el padreabonará a la madre la cantidad equiva-lente al 15% de todos los ingresos quemensualmente perciba por todos losconceptos. Dicha cantidad será ingresa-da por el padre entre los días 1 y 5 decada mes en la cuenta que a tal efectodesigne la madre o bien se solicitaráretención judicial si la madre así lodesea.

4.—En cuanto al régimen de visitasa conceder a favor del padre, será elque los cónyuges libremente acuerden.

En defecto de acuerdo el padre delpadre tendrá derecho a un régimen devisitas consistente en fines de semanaalternos desde el viernes a la salida delcolegio hasta las ocho horas del domin-go haciéndose la entrega y recogida delos menores en el domicilio familiar.

En el supuesto de que el día inme-diatamente posterior o anterior al fin desemana fuera festivo o en caso depuente escolar, los días de vacación seañadirán a los que correspondan al pro-genitor titular de ese fin de semana.

Respecto del periodo vacacional,Semana Santa y navidades, queda ensuspenso el régimen de visitas ordina-rio: las vacaciones se dividirán pormitad, eligiendo en caso de discrepan-cia los años pares la madre y los impa-res el padre

Todo ello sin especial pronuncia-miento en cuanto a las costas.

Firme que sea esta sentencia, remí-tase mediante oficio testimonio de lamisma al señor encargado del RegistroCivil Central.

Contra la presente resolución cabeinterponer recurso de apelación, que sepreparará en el plazo de cinco días anteeste Juzgado.

Así por ésta mi sentencia, la pro-nuncio, mando y firmo."

En virtud de lo acordado en autosreferenciados, de conformidad con lodispuesto en el art. 497.2 LEC, por elpresente se notifica la anterior senten-

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 23-V-20079864

cia al demandado, Luis Antonio LópezVillacorta.

Pola de Laviana, a 17 de abril de2007.—El Secretario Judicial.—6.651.

– • –

Edicto.—Cédula de notificación yrequerimiento

En el procedimiento de referenciase ha dictado la resolución del tenorliteral siguiente:

Se ha dictado providencia en elprocedimiento de ejecución de TítuloJudicial 354/03 con fecha 24 de abrilde 2007, que literalmente dice:

Presentado el precedente escritopor la procuradora señora RevueltaCapellín, únase a los autos de su razóny en vista de su contenido se tiene a lamentada procuradora por parte en nom-bre y representación de Margarita Res-trepo Enríquez, Recaredo Pérez Martí-nez, Jesús Domínguez López, Maríadel Carmen Flórez Suárez y VenerandaVicente Blanco, en virtud del poderapud-acta otorgado, entendiéndose conla señora Revuelta, ésta y las sucesivasdiligencias tal como establece la Ley.

Requiérase a los ejecutados a fin deque lleven a cabo la realización de lasobras, tal y como fue expresado en lasentencia de fecha 26 de febrero de2006 y como prescribía el perito señorBraña, puesto que las realizadas enmodo alguno se adecuan a lo estableci-do, con el fin de llevar a efecto elrequerimiento líbrese oficio a la Admi-

nistración del Principado de Asturias yedicto al BOLETIN OFICIAL del Prin-cipado de Asturias.

Cabe la impugnación de esta reso-lución mediante recurso de reposiciónante este Juzgado, no obstante lo cual,se llevará a efecto lo acordado. Elrecurso deberá interponerse por escritoen el plazo de cinco días, con expresiónde la infracción cometida a juicio delrecurrente, sin cuyos requisitos no seadmitirá el recurso (artículos 451 y 452de la LECn).

Así lo acuerda y firma S. S'. Doyfe.

Al mismo tiempo requiéraseles enlegal forma para que en el plazo de unmes, computado desde la notificaciónde la providencia, se cumpla lo acorda-do.

Y como consecuencia del ignoradoparadero de la entidad ConstructoraMartínez Prada, S.A., José RamónAlonso Díaz y Manuel GutiérrezTorralba, se extiende la presente paraque sirva de cédula de notificación yrequerimiento.

Laviana, a 24 de abril de 2007.—ElSecretario.—6.940.

DE LENA NUMERO 1

Edicto

Doña María del Pilar Morata Escalona,Juez del Juzgado de Primera Ins-tancia número 1 de Lena.

Hago saber: Que en este Juzgado sesigue el procedimiento expediente dedominio, inmatriculación 149/2007 ainstancia de María del Carmen AlvarezDelgado, María Jesús Delgado Pola,expediente de dominio para la inmatri-culación de las siguiente fincas:

Rústica: Finca rústica sita en elmunicipio de Lena (Asturias), en Rios-paso, Paraje Xuan de Menga, Zona 0,Polígono 35, Parcela 597, con unasuperficie total de 3,1381 Ha.

Linda:

—Al norte, con río Huerna.

—Al sur, con camino.

—Al este, con la propiedad de doñaMaría Lourdes Pulgar Delgado y la dedon Jesús Alvarez Alvarez.

—Al oeste, con la propiedad dedon Emilio Rodríguez Delgado.

Referencia catastra1: 33033A035005970000DT.

Por el presente, y en virtud de loacordado en providencia de esta fecha,se convoca a las personas ignoradas aquienes pudiera perjudicar la inscrip-ción solicitada, para que en el términode los diez días siguientes a la publica-ción de este edicto puedan compareceren el expediente alegando lo que a suderecho convenga.

Lena, a 23 de abril de 2007.—LaSecretaria.—6.941.

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