Sujetos del proceso.pptx

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introducción La administración de justicia es una parte fundamental del sistema jurídico. A través de ella se intenta dar solución a los conflictosde relevancia jurídica, mediante la interpretación y aplicación de los criterios y las pautas contenidas en las leyes y demás disposiciones generales . Es el juez quien dicta la en ejercicio de la función jurisd a él está confiadala protección del honor, la vida y los bienes de los ciudadanos. Es el depositario confianza del pueblo.

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introduccinLa administracin de justicia es una parte fundamental del sistema jurdico. A travs de ella se intenta dar solucin a los conflictos de relevancia jurdica, mediante la interpretacin y aplicacin de los criterios y las pautas contenidas en las leyes y dems disposiciones generales.

Es el juez quien dicta la sentencia en ejercicio de la funcin jurisdiccional. a l est confiada la proteccin del honor, la vida y los bienes de los ciudadanos. Es el depositario de la confianza del pueblo.

1Sujetos de las relaciones jurdicas procesalesson los sujetos activos y pasivos del derecho sustancial que debe ventilar en el procesoSujetos del litigioel acreedor y su deudorpropietario o tercer poseedor del bien reivindicadoel hijo extramatrimonial y el supuesto padreEl autor del hecho ilcito y la victima del mismoLos sujetos de relacin jurdica procesalSon personas que intervienen en el proceso como funcionarios encargados de dirigirlo o dirimirlos Jueces y magistrados (como rganos del estado)Demandantes o demandados terceros intervinientes, ministerio publico, sindicado o imputado (Como partes)Jueces y magistrados2dirigir e impulsar sus distintas etapas con la mayor celeridad y sin estancamientosControlar las conductas de las partes para evitar, investigar y sancionar la mala fe ,el fraude procesal y cualquier otro acto contrario a la dignidad de la justicia.Procurar la real igualdad de las partes en el proceso Sancionar con multas a sus empleados pblicos y a los particulares que sin justa causa incumplan sus ordenes y con pena de arresto a quienes les falten el debido respeto Expulsar de la audiencia a quienes perturben su cursoDecretar oficiosamente toda clase de pruebas y las promovidas por las partes de acuerdo con su libre criterio

El juez Es un sujeto principal de las relaciones jurdica procesal, en su condicin de rgano del estado.FUNCIONES3Finalidad es cooperar a la labor que realizan los magistrados, razn por la cual realizan labores auxiliares a la actividad jurisdiccionalAuxiliares de JusticiaSecretarios de JuzgadoSecretarios y Relatores de la Corte Superior Secretarios y Relatores de la Corte SupremaCARRERA AUXILIARRequisitosComunesEspecialesPeruano de nacimientoCiudadano en ejercicioCarecer de antecedentes penalesNo incompatibilidadesPara cada uno de los gradosrequisitos especialesEdadTituloCargo anteriorAbogaca o Docencia universitariaRelator o Secretario de Sala SupremaMayor de 25AbogadoMas de 2 aos como secretario o relator de Sala SupremaMas de 2 aosRelator o Secretario de Sala SuperiorMayor de 23AbogadoMas de 2 aos como secretario de juzgadoMas de 2 aosSecretario de JuzgadoMayor de 24Abogado, por excepcin bachilleres, egresados de Derecho.Auxiliar de JusticiaMayor de 21Estudiante, egresado de Derecho, en su defecto secundaria, en cuyo caso deben ser examinados y aprobados por el Jurado

PERSONAS AUXILIARES DEL PROCESOTambin conocidos como rganos auxiliares, o tambin como personal no juzgadorEN LAS FUNCIONES JURISDICCIONALESEL SECRETARIO, Es un auxiliar jurisdiccional, que es el encargado de recibir todos los instrumentos para el esclarecimiento de un hecho y el que dar a conocer en que estado se encuentra el proceso, siempre que este en concordancia con el juez y sin adelantar opinin, ya que se encuentra impedido y bajo sancin de ley.

, quien tiene participacin importante en el desarrollo del juicio oral.PuntualConfidencialRecibir bajo constancia los procesos que deben ser tramitados durante las horas de despacho, dando cuenta a la sala el mismo da Hacer presente a la Sala, sobre el impedimento de alguno de los vocalesHacer relacin verbal de las causas en el acto de su visitaEscribir las resoluciones que expida la SalaCuidar que ninguna resolucin no se quede sin firmarDevolver los expedientes a secretariaLlevar el libro de audiencias e informes oralesEL RELATOR DE SALAEN LA ACTIVIDAD INVESTIGATORIA Y PROBATORIASe trata de rganos de apoyo, que actan por mandato del juez, entre ellos tenemos a:nombrados por el juez en nmero de dos, Es el especialista conocedor, practico o versado en una ciencia, arte u oficio. fue considerada como un rgano de apoyo y auxilio necesario en la administracin de justicia, actualmente sus funciones son asumidas por la polica nacionalEs aquella persona que por su condicin de intrprete en idiomas o dialecto, se le invoca para aclarecer tal situacin, bajo apercibimiento de ley.son las personas que por haber presenciado la ejecucin de un hecho, pueden narrar lo que han visto u odo y dan fe de ello porque les consta que es cierto.

Peritos

Polica Judicial

el intrprete

los testigos es un presupuesto procesal, al igual que la competencia y los requisitos de la demanda.COMPARECIENCIA AL PROCESOCAPACIDAD MATERIALEs la aptitud para ser titular de los derechos, posibilidades y cargas que se derivan del proceso. CAPACIDAD PROCESAL Es la aptitud para realizar vlidamente actos procesalesEl Estado es representado por los procuradores pblicos en donde es encargado de la defensa de los derechos e intereses del EstadoAlgunos de los privilegios que tiene el Estadoes que est exonerado de las costas y costos en medidas cautelares est libre de ofrecer contra cautela.

EL ESTADO COMO PARTELA REPRESENTACIN PROCESALse puede comparecer al proceso directamente a travs de un representante. el efecta actos procesales en nombre de otra, Los efectos de esos actos procesales recaen en la esfera jurdica del representado.clasese encuentra determinada en el ordenamiento jurdico, como es el caso de la representacin de los menores de edad, de una persona jurdicaEstrictamente se refiere al curador procesal corresponde a lo que antes se denominaba defensores de ausente y herenciatiene como ncleo el poder, el mismo que por naturaleza jurdica es unilateral. Se puede conferir a uno o varios apoderadosLegalJudicial.Voluntaria9PROCURACIN OFICIOSA (artculo 81). Es un supuesto de legitimacin extraordinaria, pues una persona que no teniendo poder, y comparece en nombre de otra, alegando que sta se encuentra impedida de hacerlo por s misma, o estuviera ausenta del pas, o tenga razones de fundado temor o amenaza, o en tal caso se trate de una situacin de emergencia o de inminente peligro o cualquier otra causa anloga y desconociera la existencia de representante con poder suficiente. Los actos procesales que realice el procurador oficioso deben ser ratificados por quien se comparece, dentro de los dos meses siguientes de su participacin. La ratificacin no puede ser parcial o condicionada.Si no se produce la ratificacin, se declarar por concluido el proceso, y se podr condenar a al procurador oficioso al pago de daos y perjuicios, as como a las costas y costos, quedando ello a criterio del juez.LA ACUMULACIN es aquella institucin que estudia las reglas de la pluralidad de pretensiones o personas en un proceso.Clases: Objetiva (pluralidad de pretensiones) subjetiva (pluralidad de personas. Ambas admiten, en cuanto a su fuente, que sea originaria (nace en la demanda) o sucesiva (despus del emplazamiento de la demanda.