Sucesion
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UNIDAD 11 Pto. 10.3 SUCESIONES
Concepto y ClasesOrden Sucesorio
Legítima
PRINCIPIOS GENERALES DE SUCESIÓN: CONCEPTO
La incorporación de un derecho al patrimonio de una persona
1. Originaria: Nace en cabeza del adquirente.
2. Derivada: la incorporación deriva de un titular anterior
Caracteres de ambos modos de ADQUISICIÓN.- Originaria.-1. El derecho es objeto
de un acto de “creación”.-
2. No deriva de ninguna relación preexistente que vincule a dos sujetos
Derivada.-1. El derecho es objeto
de un acto de “transmisión”.-
2. Opera el traspaso de un sujeto a otro en la titularidad.-
Adquisición a título DERIVADODERIVADO.-Mayores precisiones conceptuales
Característ icas: El derecho es objeto de un acto de transmisión.-El derecho es objeto de un acto de transmisión.-
a) Hay identidad y continuidad de los derechos.-
Reemplazo de un sujeto por otro.-Reemplazo de un sujeto por otro.-
a) Sucesión de sus titulares.-b) El sucesor esta en condiciones de ejercer el derecho en nombre propio.-
La transmisión puede provenir de la voluntad del La transmisión puede provenir de la voluntad del sujeto o por disposición legal.-sujeto o por disposición legal.-
Clases de Sucesiones
Por actos entre vivos o “mortis causa”
A título Particular o a título Universal
Transmisión por actos entre vivos o “mortis causa” Transmisión de derechos patrimoniales
puede originarse:- Acto Jurídico “entre vivos”
(Ej. Compraventa Permuta Donación)
Hecho Jurídico “Muerte” de quién se va a suceder en la titularidad de esos derechos.- (“Mortis causa”).-
Transmisión a título Particular o a título Universal La diferencia esta dada por la extensión del
objeto sobre el que recae la sucesión.- A título particular = Cuando la
transmisión comprende uno o varios derechos.-
A título Universal = Cuando la transmisión comprende la totalidad de los derechos o una parte alícuota de la totalidad.-
La sucesión “mortis causa” es el concepto de sucesión que nos interesa.- “ La transmisión de derechos activos y
pasivos que componen la herencia de una persona muerta a una que sobrevive, a la cual la ley o el testador llama a recibirla”
1) Persona fallecida = “de cujus”.-2) Llamado a sucederla por ley o testamento .-3) Conjunto de bienes: objeto material de
transmisión llamado “Herencia”
DISTINTAS CLASES DE SUCESIONES “Mortis causa” La naturaleza de la fuente del llamamiento
puede determinar distintas clases de sucesiones.-
Si el título creador de la vocación tiene origen legal: Sucesión Legítima.-
Si el titulo creador de la vocación surge de un acto jurídico unilateral mediante un testamento: Sucesión Testamentaria
¿Quiénes son llamados a heredar? En la sucesión legítima son llamados
los HEREDEROS FORZOSOS.-1. Son aquellos que por razones e parentesco
no pueden ser privados de los bienes del causante.-
2. Solo excepción ( desheredación o indignidad)
En la sucesión testamentaria, los llamados por el testamento.-
¿Quiénes son los Herederos Forzosos? Descendientes Ascendientes.- Cónyuge.- Nuera Viuda sin hijos 3576 bis. Colaterales.- Fisco, en caso de herencia vacante.-
¿En que orden son llamados?1º Descendientes2º Ascendientes3º Colaterales
Cónyuge: concurre con los descendientes y ascendientes y excluye a los colaterales.-
Dentro de cada línea los parientes más próximos excluyen a los más lejanos
Analicemos cada caso en particular.-
DESTACAREMOS EN CADA CASO1. Ubicación en el Orden sucesorio
2. Porción hereditaria
DescendientesUbicación en el orden
sucesorio:
Excluyen a los ascendientes y colaterales.-
Concurren con el cónyuge en los bienes propios.-
Desplazan al cónyuge en el 50% de los bienes gananciales del causante.-
Porción Hereditaria
Los hijos heredan por cabeza, sean uno o varios.-
Se divide en partes iguales.-
Si hay descendientes de un hijo premuerto, (representación), estos heredan por “estirpe”
AscendientesUbicación en el
orden sucesorio:
Son excluidos por los descendientes y excluyen a los colaterales.-
Concurren con el cónyuge en los bienes propios como en la mitad de los ganaciales
Porción Hereditaria
Concurren entre sí, los más próximos excluyen a los más lejanos
Los de igual grado heredan por cabeza y en parte iguales.-
Concurren con el cónyuge 1) Bs. propios se % mitad para el cónyuge
mitad para los ascendientes que se reparte por cabeza
2) Bs. Gananciales, de la mitad del causante 50% cónyuge y 50% ascendientes.-
Concurren con la Nuera viuda sin hijos, a quine le corresponde un cuarto de lo que le correspondía al hijo.-
CónyugeUbicación en el orden
sucesorio: Hay que diferenciar las clases
de bienes.-
En los propios concurre con los descendientes y los ascendientes y excluye a los colaterales.-
En los gananciales es 1) Es excluido por los
descendientes 2) Concurre con los ascendientes
3) Excluye a los colaterales.-
Porción Hereditaria
Concurrencia con los descendientes:1) Respecto de los Bs. propios
heredan por cabeza, en partes iguales.-
2) Respecto de los gananciales es desplazado por los descendientes.-
Concurrencia con los Ascendientes: 1) Bs. propios se % mitad para el
cónyuge mitad para los ascendientes que se reparte por cabeza
2) Bs. Gananciales, de la mitad del causante 50% cónyuge y 50% ascendientes.-
¿Puede excluirse al cónyuge de la sucesión del esposo fallecido?
Fallecimiento dentro de los 30 días del matrimonio (Art. 3573CC).-
Separación personal decretada judicialmente.-
Divorcio vincular.- Separación de hecho.-
Colaterales Heredan en caso de no haber descendientes,
ascendientes ni cónyuge.- Derecho limitado hasta el cuarto grado.- Los más próximos excluyen a los lejanos,
excepto los descendientes de los hermanos.- Salvo el caso anterior, los descendientes de
los colaterales no tiene representación, Los de igual grado heredan por cabeza.-
¿Colaterales hasta el cuarto grado?
Primer GradoPrimer Grado = Hermanos y ½ Hermanos.- Segundo GradoSegundo Grado = Tíos por tronco común con
los abuelos.- Tercer GradoTercer Grado= Tíos Abuelos por tronco
común con los bis abuelos.- Cuarto GradoCuarto Grado = Tíos bis abuelos por tronco
común con mis tatarabuelos.-
Sucesión del Fisco: Herencia vacante.-( art.3539) Cuando no hay parientes.- No se presentan a recogerla.- La renuncian.-
•Se abre la sucesión.-Se abre la sucesión.-•Se citan por edictos durante 30 días a quién se crea con derecho a Se citan por edictos durante 30 días a quién se crea con derecho a suceder.-suceder.-•Pasa el tiempo o ½ renuncia.-Pasa el tiempo o ½ renuncia.- SUCESIÓN SE REPUTA VACANTESUCESIÓN SE REPUTA VACANTE
Y Y Sucede el fiscoSucede el fisco
¿ Que pasa con la ¿ Que pasa con la SUCESIÓN que se REPUTA SUCESIÓN que se REPUTA VACANTE?VACANTE? Quién tenga derechos contra la
sucesión puede solictar se nombre un curador de la herencia.- (Representante del Consejo de Educación).-
Curador representa la Suc.( mandato) Confecciona un inventario (Escribano y
2 testigos).- Debe también hacer un avalúo.-
¿Qué funciones tiene el curador? Ejerce activa y pasivamente las facultades y
deberes, como si fuera un heredero que ha aceptado una herencia bajo beneficio de inventario.-
Ejemplo: Estar en juicio.- Hacer reparaciones urgentes.- Enajenar o no bienes No puede constituir hipotecas o prendas Responde por faltas graves de administración No puede recibir pagos ni precio de cosas que
vendiere, sin intervención judicial, salvo que sea beneficiosa.-
LA LEGITIMAConsideraciones Generales En el Derecho Romano Antiguo el testador
tenía ilimitados poderes para disponer de sus bienes.-
Ninguna porción legitima era reservada a sus hijos o a su cónjuge.-
Chocante con el sentimiento de justicia.- Justiniano, la legitima adquiere su fisonomía
moderna.-
Concepto de legítima Es la parte del patrimonio del causante
de la cual ciertos parientes próximos no pueden ser privados sin justa causa.-
¿Sobre que bienes recae? En realidad el concepto es más amplio
que el que nos da el Código.- No es sobre los bienes de la herencia.- Recae no solo sobre los bienes dejados
al fallecer sino también sobre los donados en vida.-
¿Que pasa si el heredero ve afectada su legítima, por una donación o por el mismo testamento?
Los herederos pueden atacar testamento y donaciones que afecten la legitima mediante la acción de reducción.-
No todos los herederos pueden ejercer la acción, solo los ascendientes, descendientes y cónyuge.-
¿El testador no puede disponer de sus bienes? Si, pero solo puede disponer
libremente los que se denomina “la porción disponible”.-
Puede repartirla entre los herederos forzosos, en partes iguales, asignarle todo a uno o a un extraño.-
La legitima es inviolable El testador no puede imponer ninguna
limitación al goce de la legítima por los herederos forzosos.-
Se tienen por no escritas.-
La legitima surge de la voluntad de la leysurge de la voluntad de la ley y no de la voluntad del causante sino.-
Limitaciones que puede imponer Solo puede imponer la indivisión de
bienes por no más de 10 años.-
Si hay menores se puede extender hasta su mayoría de edad pero debe recaer sobre un bien determinado, ya no sobre la totalidad.-
¿Cuál es la porción legítima que le corresponde a cada heredero? Descendientes: 4/5 partes.- Ascendientes: 2/3 partes.- Cónyuge: 1) ½ de los gananciales, si no concurre con
los descendientes.-2) En ese caso solo tendrá legítima sobre los
propios.- Nuera: ¼ de lo que le hubiera
correspondido al marido
¿Qué pasa si concurren varios legitimarios? Los herederos que excluyen a los otros los
privan de la legítima.- ( No tienen legitima los ascendientes si ha descendientes)-
Cuando concurren en igual orden (varios
descendientes) o de distinto orden (varios
descendientes con cónyuge) se distribuyen de acuerdo a las siguientes reglas:
1. Las legítimas no se acumulanno se acumulan.-2. La legítima debe salir de la más elevada.-debe salir de la más elevada.-
¿Cómo se calcula la legítima? Sobre la masa patrimonial formada por
los bienes dejados a la muerte + las donaciones.-
Previamente habrá que deducir las deudas, los acreedores deber ser pagados en primer término.-
¿Las deudas se deducen del total de los bienes?(existentes y donados)
NO Las deudas se deducen de la masa
hereditaria pero no de las donaciones.- Las liberalidades no estan alcanzadas.- Las deudas deben probarse
fehacientemente, no basta que sean reconocidas por los herederos.-
Defensa de la legítima.-(Disposiciones, acciones y recursos)
Son herramientas para impedir se lesiones su integridad.-
1. Prohibida cláusula restrinja la propiedad plena de la legítima.-
2. Disposición de la acción de acción de reducción.- reducción.-
ACCIÓN DE REDUCCIÓN Cuando las liberalidades el causante
excedan en conjunto la porción disponible, deben ser reducidas de tal modo que esa porción quede incólume.-
Por vía de acción:Por vía de acción: obtener restitución.-
Por vía de excepciónPor vía de excepción: p/ NO entregar.-
¿Quiénes gozan de la acción? Los herederos forzosos.-1. Deben haber existido al tiempo de la donación.-2. Hijo extramatrimonial, reconocido con posterioridad a
la donación tiene acción.-3. Si existiesen descendientes al momento de la
donación, la acción de reducción también compete a quién nació con posterioridad.-
El donante no puede ejercerla , pues la legitima solo se va a saber si esta afectada hasta su muerte.-
¿Cómo se hace la reducción?
Afecta en primer término a los legados.-
Si todavía queda afectada la legítima, se reducirán las donaciones.-
Legados Si la porción disponible no alcanza a cubrir los
legados, primero se pagan los de cosa cierta.-
Los legados de cantidad serán los primeros alcanzados por la reducción.-
1. Legados de cantidad.-2. Los remuneratorios.-3. Los de cosas cierta.-
En cada categoría la reducción se hace a prorrata art. 3795 CC
Donaciones No se reducen a prorrata.- Se reducen en el orden inverso a sus
fechas.- El heredero deberá atacar primero la
última donación, porque se presume que la primera era oficiosa.-
Las donaciones hechas en forma simultáneas se reducen a prorrata.-