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Subdirección Comercial Jefatura de Servicios de Comercialización

Presentación para la FSTSE

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Subdirección Comercial Jefatura de Servicios de Comercialización

Antecedentes de la Seguridad Social:

1943

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Art. 123 Apartado A Trabajadores IMSS

Art. 123 Apartado B Trabajadores ISSSTE

1960 1972 1992 1997 2002 2007

Creación del IMSS

Ley del Seguro Social

Sistema de Retiro

Surge el ISSSTE

Se reforma la LSS y se establecen 5 seguros

Se crea el SAR 92 IMSS-INFONAVIT

Y el SAR ISSSTE-FOVISSSTE

Todo trabajador en México puede tener una cuenta

individual

Reforma a la Ley del ISSSTE

Aportación patronal para

vivienda

Se crea el PENSIONISSSTE

LSS aún vigente

Surgen las AFORE y SIEFORES

Sistema de Reparto y Capitalización

Individual

Se ahorra a través de aportaciones obligatorias en una cuenta, durante su vida laboral , para usarse al

momento de su retiro

Sistema de Capitalización Individual o de Contribución

Definida

El trabajador sabe cuanto va a recibir al momento de su retiro

Se le conoce como sistema de beneficio

definido

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Reforma a la Ley del ISSSTE:

Dirección de Comunicación SocialJefatura de Servicios de Programas de Comunicación

• Fortaleció la seguridad social.• Reforzó financieramente las prestaciones, los seguros y servicios.• Incorporó el sistema de capitalización individual, para dar

viabilidad a los seguros de RCV, con• Cuota social• Pensión mínima garantizada de 2 SMDF• Pilar de ahorro solidario

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•Con la Nueva Ley del ISSSTE se crea el Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado, denominado PENSIONISSSTE (Art. 103).

•Es un órgano público desconcentrado del ISSSTE dotado de facultades ejecutivas y sin fines de lucro.

•Su principal función es la administración de las Cuentas Individuales para los trabajadores e invertir los recursos que las integran.

Antecedentes del PENSIONISSSTE:

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Órgano de Gobierno:

La dirección y administración del PENSIONISSSTE está a cargo de una Comisión Ejecutiva integrada por dieciocho miembros como a continuación se indica:

• El Director General del ISSSTE.• El Vocal Ejecutivo del PENSIONISSSTE.• Tres Vocales nombrados por la SHCP.• Dos Vocales nombrados por BANXICO.• Un Vocal de la SFP.• Un Vocal nombrado por la STPS.• Nueve Vocales nombrados por las organizaciones de los

trabajadores.

Lo anterior es adicional a la junta directiva del ISSSTE.

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En qué régimen pensionario me encuentroa) 10° Transitorio.

- Elección libre en el 2008.- Abstención de elegir régimen pensionario.

b) Cuenta Individual.

- Elección libre en el 2008.- No haber elegido régimen pensionario por no estar activo y reingresar a laborar posterior al primero de abril del 2007.- Entrar a laborar por primera vez al gobierno posterior a abril del 2007.

*En ambos casos se respeta el régimen elegido por el Trabajador.

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Trabajador 10° Transitorio- El PENSIONISSSTE ó la Afore solo lleva la administración.- Los recursos están invertidos en Banco de México.- Generan un rendimiento anualizado del 2.5% real.- El rendimiento es por arriba de la inflación.- Se le cobra una comisión del 0.5% sobre el saldo- PENSIONISSSTE ó la Afore enviará 3 estados de cuenta al domicilio que

tenga registrado del Trabajador.- Puede solicitar el traspaso de sus recursos.- El Retiro de sus recursos se hace en el ISSSTE, PENSIONISSSTE, Bansefi ó la

Afore que administra sus recursos.

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Modalidades de Pensión Trabajador 10° Transitorio

Jubilación

Retiro por Edad y Tiempo de Servicios

Cesantía en Edad Avanzada

Invalidez

Riesgo de Trabajo

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Jubilación

• Trabajadores que hayan cotizado 30 años o más y trabajadoras que hayan cotizado 28 años o más.

Años

Edad mínima de JUBILACIÓN

Edad mínima de JUBILACIÓN

Trabajadores Trabajadoras 2010 y 2011 51 492012 y 2013 52 502014 y 2015 53 512016 y 2017 54 522018 y 2019 55 532020 y 2021 56 542022 y 2023 57 552024 y 2025 58 562026 y 2027 59 57

2028 en adelante 60 58

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Retiro por Edad y Tiempo de Servicios • Para los Trabajadores que cumplan 55 años de edad o más y 15 de

cotización o más al Instituto.

15 años de servicio 50%16 años de servicio 52.5%17 años de servicio 55%18 años de servicio 57.5%19 años de servicio 60%20 años de servicio 62.5%21 años de servicio 65%22 años de servicio 67.5%23 años de servicio 70%24 años de servicio 72.5%25 años de servicio 75%26 años de servicio 80%27 años de servicio 85%28 años de servicio 90%29 años de servicio 95%

Año calendario

Edad para pensión por edad y

tiempo de servicios2010 y 2011 562012 y 2013 572014 y 2015 582016 y 2017 592018 en adelante 60

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Cesantía en Edad Avanzada

Edad Porcentaje de pensión

60 40 %

61 42%

62 44%

63 46%

64 48%

65 ó más 50%

•Trabajador que haya cotizado 10 años de servicio y tenga:

Año calendario

Edad para pensión por cesantía

en edad avanzada2010 y 2011 612012 y 2013 622014 y 2015 632016 y 2017 64

2018 en adelante 65

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Invalidez15 años de servicio 50%16 años de servicio 52.5%17 años de servicio 55%18 años de servicio 57.5%19 años de servicio 60%20 años de servicio 62.5%21 años de servicio 65%22 años de servicio 67.5%23 años de servicio 70%24 años de servicio 72.5%25 años de servicio 75%26 años de servicio 80%27 años de servicio 85%28 años de servicio 90%29 años de servicio 95%

•40 días de aguinaldo•Servicio médico•Préstamos personales•Incremento de monto de pensión por actualización anual

Muerte trabajador:

• Reposición de gastos por funeral• 120 días de salario a familiares

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Cuenta Individual

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Estructura de la Cuenta Individual

Subcuentas

Ahorro a Largo Plazo

Aportaciones Voluntarias

Aportaciones Complementarias de Retiro

Ahorro Solidario

Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez

Fondo de la Vivienda

En la cuenta individual se acreditará el monto del Bono de Pensión.

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Estructura de la Cuenta Individual Dependencia Trabajador Gobierno Total

Retiro 2.0% 2.0%

Cesantía y Vejez 3.175% *6.125% 9.3%

Cuota Social **5.5% SM ~ 1.2% SBC 1.2%

Total RCV 5.175% 6.125% 1.2% 12.5%

Ahorro Solidario 6.50% 2% 8.5%

Total RCV con Ahorro Solidario 11.675% 8.125% 1.2% 21.0%

Vivienda 5.0% 5.0%Total 16.68% 8.13% 1.20% 26.0%

*Inicia en el 2008 con 3.5% del Sueldo Básico y se incrementó de manera gradual hasta 6.125% en el 2012.

*Cuota diaria de 5.5% del salario mínimo de la zona A, actualizada trimestralmente conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor. Para el salario básico promedio de 8,000 pesos, esta cuota es equivalente a una aportación de 1.2%.

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Ahorro Solidario• Es una atractiva vía de ahorro para los Trabajadores que están, bajo el

régimen de cuentas individuales y es también una fuente muy importante para incrementar el saldo de la Cuenta Individual, con el cual se puede ahorrar de manera voluntaria y adicional a las contribuciones obligatorias, hasta el 2% del Sueldo Básico, con lo que, aunado a la aportación de la Entidad o Dependencia (hasta 6.5%) dará lugar a un incremento en los recursos destinados a la Cuenta Individual de hasta el equivalente al 8.5% de tu Sueldo Básico.

Pensión

Ahorro

Tranquilidad para tu retiro

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Modalidades de Pensión en Cuenta Individual: Cesantía y Vejez

65

60

64

Cesantía

Vejez

Requisitos 60 a 64 años de edad y 25 años de servicio.

Requisitos 65 años de edad y 25 años de servicio.

1.- ¿Qué pasa si tengo la edad, pero no los años de servicios?2. ¿Qué pasa si mis recursos de la CI no me alcanzan para contratar una Renta Vitalicia, con una compañía aseguradora, pero si cumplí con los requisitos de edad y tiempo de servicio?

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Retiro Anticipado Art. 80°

Con esta modalidad, la Ley permite al trabajador retirarse de manera anticipada, si el saldo de la cuenta individual es suficiente para contratar, con la aseguradora de su elección, una renta vitalicia por un monto que sea superior en más del 30% a la pensión garantizada establecida en la Ley, una vez cubierta la prima del Seguro de Sobrevivencia para sus familiares derechohabientes. En caso de que exista un excedente de recursos generado por la diferencia entre el saldo de la cuenta individual y el costo de la renta vitalicia contratada más el seguro de sobrevivencia, el pensionado podrá retirarlo.

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Retiro Programado

Con esta modalidad, el PENSIONISSSTE entrega al trabajador una pensión mensual, cuyo monto se recalcula cada año considerando el saldo de la cuenta individual y la expectativa de vida del pensionado. El monto de la pensión tiende a ir disminuyendo año con año. Para proteger a los familiares derechohabientes, el pensionado deberá adquirir también un seguro de sobrevivencia con la aseguradora de su elección.

El pensionado por retiros programados en cualquier momento podrá contratar una renta vitalicia, con la condición de que el saldo en la cuenta individual sea suficiente para que dicha renta no sea inferior a la Pensión Garantizada. Con anticipación el PENSIONISSSTE dará aviso al pensionado en cuanto el saldo sea aun suficiente para cambiar de modalidad de pensión.

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Ahorro Voluntario

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Ahorro Voluntario

Cuenta Individual

Aportaciones Voluntarias a Largo Plazo

Aportaciones Voluntarias

Beneficio Fiscal

Si bien no aplica ningún beneficio fiscal ya que los

recursos se pueden retirar a los 2 ó 6 meses (dependiendo de

la AFORE)

Art. 151 Retiro hasta 65 años, 10% de los ingresos

acumulables del contribuyenteen el ejercicio

Art. 185 Retiro cada cinco años con 20% ISR

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Ahorro Voluntario

Beneficio Fiscal

Comparativo Art. 185 y Art. 151Concepto Monto Retiro y Beneficio Tipo de Inversión

Art. 185

Plan de Retiro con Estímulo

Fiscal (PREF 218)

El monto máximo que se podrá disminuir de la base gravable de las personas físicas será de $152,000

Las aportaciones se acumularán a la base gravable del año de retiro después de un

plazo de permanencia de 5 años

Se invierte en instrumentos de

deuda

Art. 151Plan

Personal de Retiro (Plan 176)

El monto máximo que se podrá disminuir de la base gravable de las personas

físicas será de hasta el 10% de ingresos acumulables sin que exceda el monto de 5

veces el SMV

El retiro de las aportaciones será exento si se hace después de los

65 años de edad o en caso de invalidez o

incapacidad

Se invierte en instrumentos de deuda exentos

de ISR.

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Ahorro Voluntario

Beneficio Fiscal

El Trabajador con CI podrá realizar los siguientes retiros:

Subcuenta de Aportaciones Voluntarias

• Si no se utiliza el beneficio fiscal, podrá retirara cada dos o seis meses (dependiendo de la AFORE en la que se encuentre inscrito), contados a partir de la primera aportación o el último retiro. •Si se emplea el beneficio fiscal (Art. 185), sólo podrá retirar cada 5 años con una retención del 20% ISR. •Si se utiliza el beneficio fiscal (Art. 151), no podrá hacer ningún retiro, antes de cumplir los 65 años de edad.

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Ahorro Voluntario

Beneficio Fiscal

Subcuenta de Aportaciones Voluntarias a Largo Plazo

• En términos del Art. 151 de la Ley de Impuestos Sobre la Renta (LISR), a los 65 años, o en los casos de invalidez o incapacidad del trabajador para realizar un trabajo personal remunerado. • En caso de que el Trabajador retire los recursos de esta subcuenta anticipadamente, no gozará de los beneficios fiscales a que se refiere dicho artículo, debiéndose considerar el monto retirado como ingreso acumulable.• En términos del Art. 185 de la LISR, una vez transcurrido un plazo de 5 años contados a partir de la fecha de adquisición de las acciones de la Sociedad de Inversión.

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• ¿Cuál es la comisión que cobra PENSIONISSSTE en las SIEFORES?

• Por Ley, PENSIONISSSTE debe cobrar una comisión menor al promedio de las Afores. (art. 105 ley ISSSTE).

• Desde su inicio de operaciones, PENSIONISSSTE ha cobrado la comisión más baja del mercado (0.99% anual sobre Saldo).

Bajas Comisiones

Altos Rendimientos

Más Pensión

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ComisionesAFORE 2008 2009 2010 2011 2012 2013

  Afirme Bajío 1.7 1.7 1.51 1.51 1.5 1.4  Azteca 1.96 1.955 1.96 1.77 1.52 1.45  Banamex 1.84 1.7725 1.58 1.45 1.28 1.16  Bancomer 1.47 1.47 1.45 1.4 1.28 1.1  Banorte Generali 1.71 1.71 1.58 1.48  Coppel 3.3 2.51 1.81 1.7 1.59 1.49  Inbursa 1.18 1.18 1.18 1.17 1.17 1.17  Invercap 2.48 1.98 1.73 1.72 1.59 1.47  Metlife 2.26 1.92 1.74 1.69 1.54 1.39  PensionISSSTE 1 1 1 1 0.99 0.99  Principal 2.10 1.95 1.79 1.54 1.48 1.36  Profuturo GNP 1.96 1.92 1.7 1.53 1.39 1.27  SURA 1.74 1.74 1.61 1.48 1.31 1.21  XXI Banorte 1.45 1.45 1.42 1.4 1.33 1.14

N / A.- No aplica debido a que la Afore no operaba en ese periodo, sea por fusión con otra administradora o por tratarse de una Afore de reciente creación.

Comisión sobre saldo anual (%)

N/A

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Rendimientos

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Rendimientos

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Atributos de la Cuenta Individual en PENSIONISSSTE

• Conforme al art. 105 de la Ley del ISSSTE, la junta directiva del ISSSTE podrá ordenar que se reinviertan el remanente de operación (utilidades), de las cuentas individuales de los trabajadores, favoreciendo a los de menor ingreso.

• El año pasado PENSIONISSSTE realizó una distribución de remanente de 216 millones de pesos, beneficiando a más de 532 mil trabajadores pertenecientes al régimen de Cuentas Individuales.

• Este beneficio es únicamente para los trabajadores que están inscritos en PENSIONISSSTE y se perderá, si el trabajador se cambia a una Afore.

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Atributos de la Cuenta Individual:

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• La cuenta individual es propiedad del trabajador, por lo que lo acompañará durante toda su vida laboral. Esta cuenta puede mantenerse o transferirse cuando el trabajador cambie de trabajo, inclusive cuando cambie de régimen al cual cotiza (por ejemplo, del ISSSTE al IMSS). Este beneficio se conoce como “portabilidad”.

• El trabajador podrá aportar recursos adicionales a su cuenta individual a través del ahorro solidario, del ahorro complementario de retiro, de las aportaciones voluntarias y del ahorro de largo plazo.

• Si cotiza al ISSSTE con más de un empleo, o de manera simultánea al IMSS, su cuenta individual recibirá las cuotas y aportaciones correspondientes a dichos ambos empleos.

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SIEFORES • Los recursos de los trabajadores bajo el régimen de cuenta individual se

invierten el Siefores dependiendo de la edad del trabajador.

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¿Por qué estoy en una AFORE?• Si el trabajador ya contaba con una AFORE (porque cotiza o cotizó al

IMSS o bien porque eligió una), dichos recursos fueron traspasados de oficio en noviembre de 2007 para consolidarse en su Cuenta Individual.

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Servicios que se pueden tramitar en PENSIONISSSTE y BANSEFI:

1. Emisión de estado de cuenta resumen de saldo.2. Designación de beneficiarios y designación de beneficiarios sustitutos.3. Retiro parcial por desempleo.4. Retiro total por obtener una concesión de pensión.5. Retiro por tener cuando menos 65 años de edad.6. Retiro por incapacidad temporal.7. Retiro por beneficiarios.8. Unificación de cuentas.

Nota: El retiro de SAR para los trabajadores 10° transitorio lo podrán realizar en la ventanilla de pensiones..

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Medios de Atención

• Oficina Matriz• 32 Representaciones en los Estados.• 3 Representaciones en el DF (Buenavista, Parque Lira y Eugenia)• 496 Centros de Atención en Ventanillas de Bansefi• Centro de Atención Telefónica: 50620555 DISTRITO FEDERAL• Interior de la República 01 800 400 1000 y 01 800 400 2000. Horario de

Atención: 9:00 a 18:00 HRS.• Portal de Internet con correo electrónico. www.pensionissste.gob.mx • Correo electrónico de atención: [email protected]

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Oficinas de atención

• Av. Jesús García 140, Planta Baja, Ala A, Col. Buenavista, Delegación Cuauhtémoc, México D.F.

• Av. Parque Lira No. 156, P.B. Col. Observatorio, C.P. 11860. Delegación Miguel Hidalgo, México D.F.

• Eugenia No. 197, P.B. Col. Vertiz Narvarte, C.P. 03020. Delegación Benito Juárez, México D.F. (entre Zempoala y Eje Central)