Solicitud de Emisión de Crédito Documentario

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1496964 11/16 Page 1 of 4 6808_ECUADOR Rev 11/25/2016 Solicitud de Emisión de Crédito Documentario Citibank N.A. Sucursal Ecuador Av. República de El Salvador N36-230 y Naciones Unidas | Edificio CITIPLAZA, Planta Baja | Quito — Ecuador Fecha _________________________________________________________________ Referencia del Cliente _______________________________________________________ Ordenante: Beneficiario:* Dirección:* Dirección:* País:* País:* Contacto: Teléfono: Contacto: Teléfono: Banco Avisador: Fecha de Vencimiento: Lugar de Vencimiento:* Dirección: Monto: Moneda:* En letras: Tolerancia: Monto: + / País: Cantidad: + / Esta aplicación es para la emisión de un Crédito Documentario (el “crédito”) regido y sujeto a los términos y condiciones de (seleccionar uno): Acuerdo de Crédito Documentario anexo Acuerdo contínuo de Crédito Documentario de fecha: ___________________________________________________________ . 1 1 De existir un acuerdo contínuo, favor presentar solamente esta aplicación con la firma del cliente y la aprobación del Gerente de Relación que aparece en la página 2 de esta forma: Tipo de Crédito:* Irrevocable Transferible ALADI Instrucción de confirmación: Confirmada Puede añadir la confirmación Banco Confirmador: _________________________________________________________________________________ Sujeto a los siguiente términos y condiciones, favor emitir el siguiente Crédito Documentario el cual está disponible por (seleccionar uno): Negociación Pago Aceptación Pago Diferido 2 Del giro/letra de cambio del beneficiario 2 si esta disponible por PAGO DIFERIDO el giro/letra de cambio no es requerido Girado a:* Vista Plazo Días: _________ Términos: ____________________________________________ Otro: _____________________________________________________________________ Girado contra:* Citibank N.A. Sucursal Ecuador por: % del valor de la factura comercial * por: % del valor de la factura comercial *(Nombre y dirección del banco aceptante si aplica) Condiciones de Embarque: Lugar de Recibo:* Lugar de Entrega:* Puerto de Embarque/Aeropuerto de Salida:* Puerto de Descarga/Aeropuerto de Destino:* Ultima Fecha de Embarque:* Plazo para presentar documentos: # Días:_________ Fecha de embarque Otro documento: ______________ 21 días a menos se indique otro dato Incoterms: De acuerdo a los Incoterms 2010 a menos que se indique lo contrario FOB CFR CIF Otro: Embarques Parciales: Permitidos Prohibidos Transbordos: Permitidos Prohibidos Seguro será cubierto por: Ordenante Póliza #: ______________________________________________ Compañía: Beneficiario Otro: Este crédito documentario cubre la siguiente mercancía: (favor indicar de forma precisa y concisa):

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1496964 11/16 Page 1 of 4 6808_ECUADOR Rev 11/25/2016

Solicitud de Emisión de Crédito Documentario Citibank N.A. Sucursal EcuadorAv. República de El Salvador N36-230 y Naciones Unidas | Edificio CITIPLAZA, Planta Baja | Quito — Ecuador

Fecha _________________________________________________________________ Referencia del Cliente _______________________________________________________Ordenante: Beneficiario:*

Dirección:* Dirección:*

País:* País:*

Contacto: Teléfono: Contacto: Teléfono:

Banco Avisador: Fecha de Vencimiento: Lugar de Vencimiento:*

Dirección: Monto: Moneda:*

En letras:

Tolerancia: Monto: + / —

País: Cantidad: + / —

Esta aplicación es para la emisión de un Crédito Documentario (el “crédito”) regido y sujeto a los términos y condiciones de (seleccionar uno): � Acuerdo de Crédito Documentario anexo � Acuerdo contínuo de Crédito Documentario de fecha: ___________________________________________________________ .1

1 De existir un acuerdo contínuo, favor presentar solamente esta aplicación con la firma del cliente y la aprobación del Gerente de Relación que aparece en la página 2 de esta forma:

Tipo de Crédito:* � Irrevocable � Transferible � ALADI

Instrucción de confirmación: � Confirmada � Puede añadir la confirmación Banco Confirmador: _________________________________________________________________________________

Sujeto a los siguiente términos y condiciones, favor emitir el siguiente Crédito Documentario el cual está disponible por (seleccionar uno): � Negociación � Pago � Aceptación � Pago Diferido2 Del giro/letra de cambio del beneficiario 2 si esta disponible por PAGO DIFERIDO el giro/letra de cambio no es requerido

Girado a:* � Vista � Plazo Días: _________ Términos: ____________________________________________ � Otro: _____________________________________________________________________

Girado contra:*� Citibank N.A. Sucursal Ecuador por: % del valor de la factura comercial

� * por: % del valor de la factura comercial

*(Nombre y dirección del banco aceptante si aplica)

Condiciones de Embarque:Lugar de Recibo:* Lugar de Entrega:*

Puerto de Embarque/Aeropuerto de Salida:* Puerto de Descarga/Aeropuerto de Destino:*

Ultima Fecha de Embarque:* Plazo para presentar documentos: # Días:_________ � Fecha de embarque� Otro documento: ______________

21 días a menos se indique otro dato

Incoterms: De acuerdo a los Incoterms 2010 a menos que se indique lo contrario

� FOB � CFR � CIF � Otro:

Embarques Parciales: � Permitidos � Prohibidos Transbordos: � Permitidos � Prohibidos

Seguro será cubierto por: � Ordenante Póliza #: ______________________________________________ Compañía:

� Beneficiario � Otro:

Este crédito documentario cubre la siguiente mercancía: (favor indicar de forma precisa y concisa):

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Acompañada de los siguientes documentos:Aplica Original Copias Descripción del Documento:

� Factura Comercial

� Juego completo del Conocimiento de embarque Marítimo “ Limpio a Bordo” consignado a LA ORDEN y endosado en blanco y notificando al ordenante

� Juego completo del documento de transporte multimodal o combinado (conocimientos de embarque) consignado a LA ORDEN y endosado en blanco y notificando al ordenante

� Documento de Transporte Aéreo consignado a Citibank N.A. Sucursal Ecuador y notificar al Ordenante

� Lista de Empaque

� Certificado de Origen

� Póliza o Certificado de Seguro endosado en blanco por el 110% del valor CIF/CIP en la misma moneda que los créditos, cubriendo Cláusula Instituto Cargo A, del Instituto de Guerra, Huelgas Cláusulas del Instituto y conmociones civiles Cláusulas, El robo, el hurto y las cláusulas de no entrega y Transbordo riesgos si el transbordo se efectúa.

Otros Documentos:Aplica Original Copias Descripción del Documento:

� Todos los gastos fuera de __________________, son por cuenta de: � Ordenante � Beneficiario

� Costo de Confirmación (si hubiese) es por cuenta de: � Ordenante � Beneficiario

Términos y condiciones adicionales:

Carga Financiera: Comisión apertura: _________ por año Comisión confirmación: __________ por trimestre o fracción

Comisión negociación: _________ flat Comisión aceptación: __________ por año

Portes: $30 Cable/swift: $50 Enmienda: $80 Aviso de Discrepancias: $80 Anulación de Operación: $80

Los gastos y comisiones se debitarán de la cuenta No. ___________________________________________________________________________________________________________________

El valor del crédito se debitará de la cuenta No. ___________________________________________________________________________________________________________________

Referencia del importador: _____________________________________________________________________________________________________________________________________________________

He (mos) contratado localmente el respectivo SEGURO para la mercancía, con: _________________________________________________________________________________________________

_______________________________________________________________________________________________________________________________________ (Razón social de la compañía aseguradora)

cubriendo los riesgos usuales y los exigidos por ustedes, incluyendo su permanencia en locales aduaneros por _________ días. Adjunto (amos) el (los) documento (s) correspondiente (s) de tal SEGURO, debida y legalmente endosado (s) o cedido (s) a favor de ustedes.

A ESTA SOLICITUD ESTOY (ESTAMOS) ADJUNTANDO LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:

� Original de la Póliza del Seguro No. ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

� Original (es) del (de los) Endoso (s) a la orden de Citibank N.A. Sucursal Ecuador / ___________________________________________________________________________________________

� Otros especificar _____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

Este crédito debe ser emitido sujeto a las reglas y Usos Uniformes Relativos a los Créditos Documentarios, Revisión 2007, Folleto 600, o al que se encontrara vigente al momento de su emisión y hasta su cancelación. Asimismo, nos sometemos a las condiciones que aparecen en el documento suscrito con fecha denominado CONDICIONES GENERALES PARA LA APERTURA DE CREDITO DOCUMENTARIO COMERCIAL DE IMPORTACION, cuyo contenido se considerará parte integrante del crédito motivo de esta solicitud. Cualquier modificación podrá basarse en cualquier comunicación verbal, telefónica, telegráfica, facsimilar, electrónica, escrita o de cualquier otro tipo, que de buena fe considere fue autorizada por el solicitante, ya sea que haya sido suscrita o no por una persona autorizada.

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ConvenioEn mérito de la apertura del Créedito antes mencionado, substancialmente de acuerdo con la SOLICITUD precedente, me (nos) obligo (amos), incondicional e irrevocablemente, conjunta y solidariamente, ante el CITIBANK N.A. Sucursal Ecuador, al que en adelante se llamará el “Banco”, a lo siguiente:

1. A requerimiento del Banco, a pagar al Banco cualquier cantidad o cantidades de dinero, en moneda nacional o extranjera, utilizadas bajo un Crédito, en cualquier manera, mediante anticipos, aceptaciones de letras de cambio, etc., etc.; también, pero a opción del Banco en cualquier caso, en el supuesto de letras a plazo, a suscribir, por la ejecución del Crédito, uno o más pagarés a la orden del Banco, por el importe de tal letra o letras, con vencimiento un día hábil anterior al vencimiento de esa letra o letras.

Igualmente me (nos) comprometo (emos) a pagar al Banco cualquier gasto o desembolso en que el Banco incurra por razón o como consecuencia del Crédito.

Haré (mos) al Banco todos los pagos en la misma moneda de circulación legal y sin descuento alguno en que el Crédito fue abierto. Dejo (amos) expresa constancia, además, que si por cualquier circunstancia hiciera (éramos) el pago en dólares o en una moneda diferente de la del Crédito, tales dólares o tal moneda diferente han de ser convertidos a la moneda en que el Crédito fue abierto, al tipo de cambio que rija al momento de tal conversión, comprometiéndome (nos), desde luego, a pagar al Banco la diferencia cambiaria a que hubiera lugar y, en general, todos los costos y gastos que se le ocasionen o en que incurra como consecuencia de la venta de divisas por parte del Banco Central del Ecuador para atender el pago del “Crédito” o por cualquier otro motivo relacionado con el Crédito, a cuyo efecto será suficiente la liquidación que el Banco formule.

2. En caso de que se me (nos) otorgaran ACEPTACIONES a cargo del BANCO o a cargo de cualquier otro banco para financiar el pago de mis (nuestras) obligaciones o responsabilidades, constantes en este Convenio, me (nos) obligo (amos), a pagar a al BANCO en la dirección que nos indique, o en la de tal otro banco, por intermedio del Banco, a solicitud del BANCO o de tal otro banco, pero en ningún caso más tarde del día hábil anterior al fijado para el vencimiento de esas ACEPTACIONES, el valor total de esas ACEPTACIONES, incluyendo, sin limitación alguna, cualquier diferencia en cambio, los interes y comisiones que fueren aplicables y, en fin, cualquier gasto o desembolso en que incurriere tal CITIBANK, N.A. o tal otro banco por razón y como consecuencia de estas ACEPTACIONES, desde la fecha en que tal CITIBANK, N.A. o tal otro banco pague las ACEPTACIONES hasta la fecha en que, efectivamente, se reembolse tal valor, en la plaza de pago, con los fondos que le(s) provea (amos) para tal efecto. El producto del descuento de las ACEPTACIONES indicadas, que también solicito (tamos), servirá, justamente, para los efectos de financiar el pago de mis (nuestras) obligaciones antes aludidas. Declaro (amos) que para la (las) importación (ciones), evidenciada (ciadas) en la(s) SOLICITUD(ES) que presente(ten), no ha existido financiamiento previo. En caso de que, por cualquier circunstancia, hiciere (n) el pago en dólares y no en la misma moneda de las ACEPTACIONES, tales dólares serán convertidos a la moneda que corresponda, al tipo de cambio que rija en el mercado al momento de hacer tal conversión; renuncio (ciamos), expresa e irrevocablemente, a cualquier estipulación en contrario.

Ni el pago del valor de la liquidación, ni de las comisiones, ni el de los intereses pactados podrá hacerse por partes, ni aún por mis (nuestros) herederos, sucesores o cesionarios.

Autorizo (zamos), al Banco, irrevocablemente, a debitar mi (nuestra) Cuenta Corriente, sin previo aviso, cuando fuere necesario, por el valor total (o por los parciales) que correspondan, constante en la referida liquidación y por el valor de los intereses y comisiones que adeude (mos).

3. A pagar al Banco las comisiones aplicables según la solicitud de apertura de crédito documentario, como son la de apertura, confirmación, negociación y aceptación. Si en la solicitud de apertura de crédito documentario se ha dejado en blanco los valores de las comisiones de apertura confirmación, negociación y aceptación, se entenderá que el valor aceptado es igual al consignado en el tarifario del Banco vigente.

Pagaré (emos) también los gastos de cable, timbres y las comisiones y gastos de sus corresponsales. En caso de mora, estos es si luego del pago realizado por el Banco el cliente no pagará el mismo valor desembolsado por este el mismo día del pago, o su cuenta no tuviere fondos suficientes para cubrir este pago, pagaré (emos) al Banco la tasa máxima permitida en concepto de mora. Para todos estos efectos autorizo (zamos) expresamente al Banco a que cargue los pertinentes valores en mi (nuestra) cuenta corriente.

4. Cláusula Roja: En caso de que este Convenio comprenda la inclusión en el “Crédito” de cualquier estipulación para conceder anticipos al beneficiario, el Banco podrá consignar en el “Crédito” esa estipulación en la forma que estime adecuada, de acuerdo con la cual, cualquier banco con derecho a negociar letras bajo el “Crédito”, actuando a solicitud y recibo por escrito del beneficiario, podrá conceder uno o más anticipos en cualquier momento anterior a la fecha en que las letras de cambio deban ser negociadas bajo el “Crédito”. El importe total de tal (es) anticipo(s) no será en ningún caso mayor que el importe especificado en la SOLICITUD para anticipos y en ningún caso podrá exceder del saldo disponible para anticipos bajo el “Crédito”. Aunque estimo (amos) que esos anticipos serán devueltos por el beneficiario de cualquier letra o letras libradas bajo el “Crédito”, al Banco o bancos que realicen dichos anticipos, en el caso de que cualquiera de estos anticipos no sean devueltos me (nos) obligo (amos) a pagar, a solicitud del Banco, el importe correspondiente tal y como si esos anticipos estuvieran representados por letras utilizadas bajo el “Crédito” al mismo tiempo con los intereses sobre cada una de las cantidades por el período que el anticipo haya estado vigente y al tipo de interés que rija al momento en que se me (nos) requiera el pago. Queda entendido que ni el Banco ni ningún otro banco o bancos que realicen esos anticipos estarán obligados a investigar el uso que se haga de esos fondos por el beneficiario y que el Banco o cualquier otro banco quedará liberado de responsabilidad por cualquier uso indebido que el beneficiario pueda efectuar con dichos fondos.

5. Queda convenido que, a menos que el Banco reciba expresas instrucciones por escrito mías (nuestras) en contrario y con anterioridad a la apertura del Crédito: a) el Banco o cualquiera de sus corresponsales podrán recibir y aceptar como “Conocimientos de Embarque” referentes al “Crédito” cualquier documento expedido o que haya obligación de expedir por o a nombre de cualquier transportador que reconozca haber recibido mercancía para su transporte, cualesquiera que sean las disposiciones específicas de tales documentos; la fecha del Conocimiento de Embarque o la fecha de cualquier otro documento que acredite el embarque o la expedición o el recibido para expedición o incluso la fecha indicada en el sello de recepción o mediante anotación en cualquiera de dichos documentos, será considerada, en cada caso, como la fecha de embarque o de expedición o del recibido para expedición de las mercancías y cualquiera de esos Conocimientos de Embarque, expedidos por un transportador marítimo o por otra persona a nombre de un transportador marítimo, podrán ser aceptados por el Banco como Conocimiento de Embarque Marítimo, aunque la totalidad del transporte no se haya hecho enteramente por agua; b) Podrán efectuarse embarques parciales y/o embarques en exceso de la cantidad determinada en el Crédito y el Banco podrá abonar las correspondientes letras, pero la responsabilidad mía (nuestra) por razón de pagos hechos u obligaciones incurridas con motivo de las letras giradas, quedará limitada al importe del “Crédito”; c) Si el “Crédito” especifica embarques parciales dentro de los períodos determinados y el embarcador dejare de realizar los embarques en las fechas fijadas, los embarques posteriores podrán, sin embargo, llevarse a cabo en sus respectivas fechas y el Banco podrá abonar las correspondientes letras; d) El Banco o cualquiera de sus corresponsales podrán recibir y aceptar como prueba de un seguro bajo el “Crédito”, tanto pólizas de seguro como certificados de seguro que no tendrán que ser por cantidad mayor que el importe pagado por el Banco por razón del “Crédito”; e) El Banco o cualquiera de sus corresponsales podrán recibir, aceptar, o pagar, como cumplimiento de las condiciones del “Crédito”, cualquier letra u otro documento que esté firmado por el librado a favor de cualquier administrador, albacea o representante legal de la persona a cuyo nombre dicha letra o documento debía haber sido girada o librada de acuerdo con el “Crédito”.

6. Por medio del presente CONVENIO, yo (nosotros) reconozco (cemos) y admito (imos) que todos los documentos relacionados con el “Crédito”, sean consignados a favor del BANCO quien se encuentra facultado para proceder a todo trámite, declaración o despacho aduanero, relacionado con la mercadería objeto del “Crédito”; de igual manera, si el Banco lo creyere necesario y conveniente, la mercadería puede ser entregada a cualquier Almacén General de Depósito, debiendo ser consignada a la orden del Banco. Los gastos que se produjeren en todo lo aquí estipulado, podrán ser debitados de mi (nuestra) Cuenta Corriente, mantenida en el Banco, en sus Sucursales o Agencias.

7. Como garantía del cumplimiento de todas las obligaciones o responsabilidades mías (nuestras), en relación con este CONVENIO, autorizo (amos) al Banco para que, en cualquier momento y cuando lo estime conveniente, aplique sobre tales obligaciones o responsabilidades, o sobre cualquiera de ellas, estén o no vencidas entonces, todas las sumas de dinero que actualmente o de hoy en adelante tuviere (éremos) en el Banco, como depósito o de cualquier otra manera, para la cancelación total de las obligaciones o responsabilidades referidas en este CONVENIO.

8. Seguro. Me (nos) comprometo (emos) a entregar al Banco, la correspondiente póliza o aplicación del seguro de la mercancía, endosada a favor del Banco, por un valor igual o superior al de la Carta de Crédito. El seguro curbrirá al menos la pérdida ocasionada por la péridida o deterioro de la mercadería. Las consecuencias de cualquier reclamación sobre cambio o salida de la mercancía de su país de procedencia, o manipulación de la mercancía en el lugar de trasbordo, o introducción de la misma al país, son de cargo y riesgo exclusivos míos (nuestros) y en nada afectarán o demorarán el reembolso al Banco.

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9. Ni el Banco, ni ninguno de sus corresponsales, asumen ninguna obligación ni responsabilidad en los casos siguientes: a) Por la existencia, descripción, carácter, calidad, cantidad, estado, embalaje, valor y entrega de la mercancía supuestamente representada por los documentos; b) por ninguna diferencia en el carácter, calidad, cantidad, estado o valor de la mercancía, distinta a la expresada en los documentos; por la forma, suficiencia, exactitud, autenticidad, falsificación, veracidad, o valor legal de documento alguno, ni en cuanto a las condiciones generales o particulares, estipuladas en los documentos o sobre-añadidas a los mismos; c) por embarques parciales o incompletos, comisiones del embarque de cualquier parte o toda la mercancía, demora, incumplimiento o fraude producido por el embarcador o cualquier otra persona en relación con la mercancía o el embarque; d) demora en la llegada o por no llegar la mercancía, demora o pérdida que pudieran surgir en su transmisión, cualesquiera despachos, cartas o documentos, ni en cuanto al retraso, mutilación u otros errores que se puedan producir en la tramisión de cables, telegramas o télexes; e) por el hecho de que cualquier letra no haga referencia o haga una referencia inadecuada al “Crédito” o por dejarse de acompañar documentos a cualquier letra al momento de la negociación, o por no entregar cualquier persona o no hacerse cargo del “Crédito”, por no enviar los documentos, además de las letras, en la forma requerida por el “Crédito”; cualquiera de las cuales estipulaciones, si están contenidas en el “Crédito”, podrán ser renunciadas por el Banco; f) en cuanto a los errores de traducción o de interpretación de términos técnicos el Banco se reservará el derecho de transmitir los términos de los Créditos sin traducirlos. El Banco no será responsable por ningún acto, error, negligencia o incumplimiento, omisión, insolvencia, suspensión de pagos o quiebra de ninguno de sus corresponsales y, por lo tanto, la ocurrencia de alguna, varias, o de todas las contingencias mencionadas no afectará, perjudicará, ni impedirá el ejercicio de ninguno de los derechos ni las facultades del Banco bajo el “Crédito”. En adición y como extensión y nunca como limitación de las disposiciones específicas anteriormente consignadas, queda convenido que cualquiera acción u omisión, realizada o sufrida por el Banco o por sus corresponsales en relación con el “Crédito” o con las letras, documentos o mercancías, siempre que sean de buena fe y de acuerdo con las leyes, costumbres o disposiciones nacionales o extranjeras que el Banco o sus corresponsales estimen aplicables, me (nos) obligarán y no serán imputables al Banco ni a ninguno de sus corresponsales, quedando el Banco y sus corresponsales liberados de toda responsabilidad.

10. La palabra “mercancía” para efectos de este documento se entenderá que incluye, además de la mercancía propiamente dicha, los efectos, valores, fondos y cualquiera otra clase de bienes, así como cualquier derecho o interés mío (nuestro) sobre los mismos.

11. En caso de incumplimiento de las promesas de pago convenidas aquí o de incumplimiento de todas las demás obligaciones o responsabilidades también aquí estipuladas, otorgo (amos) al Banco poderes y facultades, para hacer vender las mercancías si lo creyere conveniente en venta pública o privada o por intermedio de un corredor, sin solicitud, propaganda o notificación de ninguna clase. En caso de venta u otra disposición que se haga de la mercancía y luego de deducir los costos o gastos por custodia, cobro, venta, entrega u otro procedimiento, el Banco podrá aplicar el resto del producto de la venta o de otra disposición de los bienes al pago total o parcial de mis (nuestras) obligaciones o responsabilidades, estén o no vencidas, dejando un margen adecuado para intereses sobre tales obligaciones o responsabilidades que entonces no estén vencidas y a devolverme (nos) el saldo, si lo hubiere, todo esto sin perjuicio de los derechos del Banco, en contra mía (nuestra) con respecto a las cantidades que entonces permanecieren impagas sobre tales obligaciones o responsabilidades. Además de lo indicado, autorizo (zamos) al Banco a que, en caso de venta u otra disposición de los bienes, pueda aplicar el producto de tal venta, o disposición al pago de honorarios de abogados, gastos legales y otros costos y gastos que se requieran para la venta de la mercancía, venta que se habrá hecho en una forma comercial razonable, conforme a las costumbres comerciales de otros bancos que pudieren disponer de bienes similares; pero en todo caso el Banco podrá vender a su elección, en los términos que a bien tuviere, sin asumir riegos de crédito y sin ninguna obligación de hacer propaganda.

12. A pesar de cualquier cambio o modificación que se efectúe, por enmiendas a la Carta de Crédito, o aceptación de discrepancias, respecto a lo siguiente: extensión de la fecha de embarque o negociación, cambio en el puerto de embarque o de destino; aumento del valor, cambio de la descripción de la mercancía; solicitud de algún documento adicional, etc., este CONVENIO continuará siendo obligatorio para mi (nosotros) en todas sus partes y tal como haya quedado modificado o cambiado, inclusive con respecto a cualquier acción tomada por el Banco o cualquiera de sus corresponsales.

13. Acepto (amos) que la ejecución, los derechos y actos que se deriven o sean consecuencia del “Crédito”, queden sometidos a lo que dispongan las leyes y costumbres de la República del Ecuador, así como a lo establecido en los Costumbres y Prácticas Uniformes para Créditos Documentarios, Revisión de 2007, Publicación N° 600 de la Cámara de Comercio Internacional (“UCP”) y a las modificaciones que, en el futuro, se introduzcan a tales leyes, costumbres y Usos y Reglas.

14. En caso de que por disposiciones de autoridad debamos consignar en el Banco Central del Ecuador dólares de los Estados Unidos de América o divisas extranjeras, para que el Banco Central del Ecuador me (nos) venda tales divisas y pueda (podamos) atender los pagos originados en la importación descrita en mi (nuestra) SOLICITUD de carta comercial de crédito, antes referida declaro (ramos) que en mi (nuestra) voluntad, hasta que tal hecho suceda, prendar, como en efecto prendo (damos), íntegramente, a favor del CITIBANK, N.A. Sucursal Ecuador tal valor en dólares en garantía del pago de mis (nuestras) obligaciones a su favor, relacionadas con el presente CONVENIO en los mismos términos y condiciones de su numeral 7. Se deberá notificar estos particulares al Banco Central del Ecuador, para los fines pertinentes.

15. En caso de falta de instrucción de pago del Crédito o, de que ésta difiera de aquella acordada en la(s) solicitud (es) de Apertura de Cartas de Crédito Documentarias, me (nos) comprometo (emos) a enviarles una comunicación por escrito y, acepto (amos) que el Banco, a su exclusivo criterio, podrá verificar las órdenes recibidas, en mi (nuestro) nombre, por el medio seleccionado por el Banco, dentro de los límites establecidos por él mismo. El Banco cumplirá la verificación llamando a una cualquiera de la(s) persona(s) autorizada(s) a girar sobre mi (mis) por nuestra(s) cuenta(s) corriente(s), según “Tarjeta de Firmas” en su poder o a una cualquiera de la(s) persona(s) autorizada(s) por mi (nosotros) para el efecto, al (a los) número(s) de teléfono(s) público(s) mío(s) por nuestro(s), constante(s) en la guía telefónica o documento similar o, exclusivamente, a aquellos indicados al BANCO, si fuere el caso. Las conversaciones telefónicas podrán ser grabadas por el Banco y conservadas en sus archivos.

16. A mayor abundamiento, en caso de controversias o de la necesidad de hacer efectivo este convenio renuncio (amos) domicilio en general y me (nos) someto (temos) a los jueces competentes de la ciudad de __________________________ y al trámite del juicio ejecutivo o verbal sumario, a elección del Banco y al pago de todos los gastos judiciales o extrajudiciales que se hicieren para hacer efectivo este CONVENIO.

f) ____________________________________________________________________________________________ f) ____________________________________________________________________________________________(Nombre o razón social) (Nombre o razón social)

C.I. No. ____________________________________________________________________________________ C.I. No. ____________________________________________________________________________________

R.U.C. No. _________________________________________________________________________________ R.U.C. No. _________________________________________________________________________________

Garantizo (amos) solidariamente el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones contraídas por ______________________________________________________________ en los documentos que anteceden, incluyendo el pago de los gastos judiciales o extrajudiciales que se hicieren para hacer-los efectivos.

Renunciando domicilio en general, quedo (amos) también sometido(s) a los jueces de esta ciudad y al tramite del juicio ejecutivo o verbal sumario, a elección del Banco.

_____________________________________________ de _____________________________________________ Ciudad (Fecha)

f) ____________________________________________________________________________________________(Nombre o razón social)

C.I. No. ____________________________________________________________________________________

R.U.C. No. _________________________________________________________________________________