Situación del maltrato infantil en Andalucía

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[JORNADAS SOBRE AVANCES EN LOS DERECHOS DE LA INFANCIA: DE LA INVISIBILIDAD DEL MALTRATO A LA PROMOCIÓN DEL BIENESTAR] “Situación del Maltrato infantil en Andalucía ” Francisco Jesús Alaminos Romero Coordinador del Observatorio de la Infancia en Andalucía Cádiz, 11 de julio de 2012

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[JORNADAS SOBRE AVANCES EN LOS DERECHOS DE LA INFANCIA: DE LA INVISIBILIDAD DEL MALTRATO A LA PROMOCIÓN DEL BIENESTAR]

“Situación del Maltrato infantil en Andalucía ”

Francisco Jesús Alaminos Romero Coordinador del Observatorio de la Infancia en Andalucía

Cádiz, 11 de julio de 2012

Competencias en protección de menores

Ley 1/1998, de 20 de abril, de los derechos y la atención al menor (BOJA n.53, de 12.05.98) Competencia exclusiva de la Administración en materia de protección de menores para que en caso de que las personas en principio encargadas de velar por el bienestar del menor (titulares de la patria potestad o tutores) incumplan sus deberes para con el mismo, pueda intervenir por el interés superior de los niños y las niñas

Ley 1/1998, de 20 de abril, de los derechos y la atención al menor

Artículo 2. Protección de derechos

Las Administraciones Públicas de Andalucía velarán para que los menores gocen en el ámbito de la Comunidad Autónoma de todos los derechos y libertades que tienen reconocidos por la Constitución, la Convención de Derechos del Niño y (…), sin discriminación alguna por razón de nacimiento, nacionalidad, etnia, sexo, deficiencia o enfermedad, religión, lengua, cultura, opinión

Ley 1/1998, de 20 de abril, de los derechos y la atención al menor – Derechos

Capítulo II. De la promoción de los derechos de los menores

Derecho a la identificación (art. 5).

Derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen (art. 6).

Derecho a la información y a una publicidad adecuada (art. 7).

Derecho a la prevención de los malos tratos y de la explotación (art. 8).

Derecho a la integración (art. 9).

Derecho a la salud (art. 10).

Derecho a la educación (art. 11).

Derecho a la cultura, ocio, asociacionismo y participación social de la infancia (art. 12).

Derecho al medio ambiente (art. 13).

Derecho a ser oído (art. 14).

Ley 1/1998, de 20 de abril, de los derechos y la atención al menor

Artículo 8. Prevención de malos tratos y de la explotación.

1. Las Administraciones Públicas de Andalucía desarrollarán programas destinados a adoptar medidas preventivas para evitar que se produzcan situaciones de malos tratos físicos, psíquicos o sexuales, uso y tráfico de estupefacientes, drogas tóxicas y sustancias psicotrópicas, mendicidad infantil, explotación laboral, exposición y venta de menores o cualquier otra circunstancia que pueda interpretarse como explotación de los mismos.

2. Para la detección y denuncia de las situaciones señaladas en el apartado anterior, las Administraciones Públicas de Andalucía establecerán los mecanismos de coordinación adecuados, especialmente en los sectores sanitario, educativo y de servicios sociales.

Definiendo el maltrato infantil

Toda violencia, perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, mientras que el niño se encuentre bajo la custodia de sus padres, de un tutor o de cualquiera otra persona que le tenga a su cargo.

Artículo 19. La Convención de los Derechos de los Niños de Naciones Unidas

Definiendo el maltrato infantil

Artículo 3. Definición

”Cualquier acción, omisión o trato negligente, no accidental, por parte de los padres, cuidadores o instituciones, que comprometa la satisfacción de las necesidades básicas del menor e impida o interfiera en su desarrollo físico, psíquico y/o social.”

Decreto 3/2004, de 7 de enero, por el que se establece el sistema de información sobre maltrato infantil en Andalucía

Niveles de actuación

Prevención

Detección

Notificación

Intervención

La medida “real” del maltrato infantil es un objetivo difícilmente alcanzable • Ocurre en entornos privados a los que es difícil acceder • Existe temor a las represalias a raíz de la denuncia • Es necesario poseer un gran conocimiento sobre las tipologías de maltrato • Implica a distintas AAPP que no comparten eficientemente los datos que recogen • Hasta ahora, no se ha extendido el uso de instrumentos de medida estructurados

• Al no usar estos instrumentos, se imponen criterios personales y falsas creencias, prejuzgando los casos y suavizando el diagnóstico de gravedad de las situaciones de maltrato.

• El grado de certeza en la detección del maltrato, y por tanto en la obtención de indicadores, es variable en función de su tipología, los dispositivos que lo detectan y las herramientas para medirlo

Existe mucha variabilidad en las estimaciones sobre el maltrato infantil según las herramientas y las fuentes de información que se han utilizado • En EEUU, en 1975, se obtiene una estimación de la prevalencia del

maltrato (maltrato físico y formas verbales del maltrato emocional) de 140 por mil menores de edad (36x1000 para violencia severa) y en 1986, esta estimación se reduce a 107 (19x1000 para violencia severa) (Strauss, Gelles)

• En EEUU, en 1986 se estimó una tasa de incidencia de 3,4 casos por cada mil menores de edad (a partir de servicios de protección a la infancia) y aumentó hasta 10,5 al considerar la información de otros servicios.

• En Chile, en 2006, se estimó que un 75,3 % de los niños y niñas recibe algún tipo de violencia. Un 25,9 % violencia física grave. (Unicef)

En España, también, se obtienen resultados muy diferentes al medir el fenómeno del maltrato infantil • En Cataluña, en 1988, se estimó una tasa de incidencia de 4 por

cada mil (niños y niñas de 0 a 16 años) (Fuente: Servicios sociales, hospitales, una muestra en educación, médicos pediatras y expedientes de la Dirección General de Atención a la Infancia)

• En 1992, en Zaragoza se obtiene una tasa de incidencia de 16 por cada mil menores de edad (Equipo de investigación sociológica Edis) (Fuentes: diversos servicios de atención a la infancia con fuentes no unificadas) (¿Problemas con la identificación única de casos?)

• En Andalucía, en 1997 y 1998, la prevalencia detectada fue de 0,72 por cada mil menores de edad (Estudio Centro Reina Sofía basado en expedientes de protección del menor)

En Andalucía, el estudio más importante sobre maltrato infantil, realizado en 1995, estimó una incidencia del maltrato de 15 casos por cada mil menores de edad

• Fuentes para la detección de casos: Servicios Sociales Comunitarios, Servicios Educativos: Encuestas a maestros y maestras de primaria, Expedientes de SPM y Servicios Sanitarios (Atención primaria, hospitales, E.S.M.D. y U.S.M.I) (Casos de 1992)

• El maltrato infantil en Andalucía. Junta de Andalucía. Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales. Autores: Jesús Jiménez, Carmen Moreno, Alfredo Oliva, Jesús Palacios y David Saldaña

Algunas características relacionadas con las familias

Fuente: MORENO,MC;JIMÉNEZ, J ; OLIVA,A; PALACIOS,J;SALDAÑA,D (1995). Detección y caracterización del maltrato infantil. Infancia y aprendizaje.

• Progenitores desempleados • Dificultades económicas graves 65-76% • Problemas graves entre los adultos cuidadores • Fuertes conflictos familiares-conyugales + 50% • Malas condiciones en la vivienda • Espacios precarios, hacinamiento 45-50% • Abandono del hogar por parte del padre o la madre • Aislamiento frente a otras familias 35-40% • Madres menores de edad en su primer hijo • Madres que han criado solas a sus hijos desde el

principio 10-20%

Otras características relacionadas con las familias

Fuente: Maltrato infantil en la familia en España. Informe del Centro Reina Sofía. Infancia y aprendizaje. Ministerio de Sanidad, Política Social e igualdad (2011)

Consumo de drogas, ansiolíticos y antidepresivos

Trastornos cognitivos y emocionales

Falta de apoyo social y situaciones de estrés

Modelos educativos negligente y autoritario

Estimaciones sobre las cifras del maltrato infantil.

Suponiendo condiciones similares se podría suponer que unos 24.700 niños y niñas habrían padecido algún tipo de maltrato en 2011

Estimaciones sobre las cifras del maltrato infantil.

No obstante, esta estimación hipotética establecería un máximo para la tasa de maltrato infantil.

Los avances en protección social, políticas y programas, llevados a cabo en las últimas décadas, fundamentalmente desde los ámbitos sanitario, educativo y Servicios Sociales, y en formación de profesionales nos llevan a pensar en una tasa bastante inferior.

¿Se detecta la totalidad del maltrato infantil en Andalucía?

Si no es así, ¿que debemos hacer?

Detectar Maltrato Infantil

Ciudadanía •Familiares

•Vecinos •Amigos

Servicios Sanitarios

•Centros de Salud / Atención primaria

•Hospital •Especialidades

•USMI

Servicios Educativos •Centro educación infantil, primaria, secundaria

•Centro Educación especial

•EOE

Fuerzas y cuerpos de seguridad • Policía nacional • Guardia Civil • Policía Autonómica • Policía local

Corporaciones Locales • Servicios Sociales Comunitarios

• Equipos de tratamiento familiar

Servicios de protección de menores •Unidades tutelares •Centros residenciales

•Entidades colaboradoras

Servicios de prevención y apoyo a la familia • Centros de día • Puntos de encuentro familiar • Tratamiento violencia familiar • Evaluación/tratamiento abusos sexuales

• Otras entidades colaboradoras

Justicia •Órgano judicial •Fiscalía de menores

Notificar el maltrato

• Director/a centro sanitario, facultativo/a especialista, médico/a de familia, pediatra, psiquiatra USMI, psicólogo/a USMI, ATS/DUE, matrona, trabajador/a social, auxiliar enfermería

Salud

• Director/a centro educativo, profesor/a (infantil y primaria, ESO, educación especial), profesional EOE, profesional departamento orientación

Educación

• Policía nacional • Guardia Civil • Policía local

Seguridad del estado

• Fiscal de menores • Juez/a Justicia

• Director/a centro servicios sociales comunitarios • Psicólogo/a, Pedagogo/a, Educadores sociales • Trabajador/a social • Teléfono de atención a la infancia 116 111

Servicios Sociales

No es necesario tener una certeza absoluta, sino que es suficiente tener una sospecha razonable de la existencia del

maltrato

Notificar el maltrato

Usar la hoja de detección y notificación del maltrato infantil

Ejemplar para Servicio o centro notificador

Ejemplar para Delegaciones

Provinciales (Grave) o CCLL (Leve o Moderado)

Ejemplar para Dirección General

Algunas percepciones de los profesionales sobre la detección y notificación de las situaciones de maltrato

“..Valoro positivamente la coordinación de los servicios, es muy importante para encauzar lo mas eficazmente un caso de maltrato, y no dañar más a las víctimas. Respecto a los resultados, tal vez no tenemos toda la información que debiéramos después de notificar los casos”.

Trabajadora Social (Centro de Salud)

Algunas percepciones de los profesionales sobre la detección y notificación de las situaciones de maltrato

“..tenemos las hojas de detección y notificación, así como de la guía de uso y las hojas están accesible a todos los equipos profesionales. La hemos utilizado siendo la dificultad más importante el miedo de los profesionales a equivocarse ante una sospecha de posible maltrato..”

Trabajadora Social (Centro de Salud) “..La he utilizado muchas veces. La dificultad que yo he encontrado, es que resulta muy difícil que el personal médico cumplimente la hoja (de detección y notificación), parece que les da miedo. Hasta ahora he cursado dos por parte de estos equipos.”

Trabajadora Social (Hospital)

Algunas percepciones de los profesionales sobre la detección y notificación de las situaciones de maltrato

“..Valoro los servicios sociales (…), sin estos equipos no podríamos corroborar los datos, ya que en el Hospital es poco tiempo en el que están las/los menores y sus familiares proyectan una imagen de bondad, responsabilidad, cuidado, etc. En algunos casos esta imagen de corrección se muestra para que no detectemos lo que realmente ocurre.” “..Habría que dar más importancia a los equipos profesionales de los Centros de Salud ya que, al igual que en comunitarios, realizan visitas a domicilios y observan, y estudian el caso. “

Trabajadora Social (Hospital)

Algunas percepciones de los profesionales sobre la detección y notificación de las situaciones de maltrato

“..en educación se tiene poca información sobre el proceso de detección. De hecho, en mi caso, que trabajo en centros con familias en situación social desfavorecida, de ambiente desestructurado, se nos dan algunos casos de negligencia en el cuidado del menor que se deben a que la familia está desestructurada..." y entre quienes trabajamos con este alumnado nos llegamos a plantear si se trata realmente de un caso de Maltrato.

(Equipo de Orientación Educativa I.E.S.)

Algunas percepciones de los profesionales sobre la detección y notificación de las situaciones de maltrato

“… lo cierto es que en los centros educativos se necesita formación al respecto, dirigida a al alumnado como supuestas víctimas, así como a los profesionales que trabajan con éstos, no sólo para su detección temprana sino también para una intervención adecuada”

(Equipo de Orientación Educativa I.E.S.)

Algunas percepciones de los profesionales sobre la detección y notificación de las situaciones de maltrato

“Estoy de acuerdo especialmente en la necesidad de formación. En mi ámbito, el educativo, es evidente que no estamos preparados para detectar casos de maltrato. Por otro lado, en mi experiencia personal, nos ha llegado la información por amistades de los alumnos maltratados, es decir, que también se corrobora la cuestión del silencio de las víctimas. ..”

(Jefatura de estudios I.E.S.)

Algunas percepciones de los profesionales sobre la detección y notificación de las situaciones de maltrato

”..es difícil denunciar una situación, y más aún cuando desconoces las consecuencias que te puede generar. De ahí la importancia de contar con una información y formación exhaustiva para éstos profesionales que para los servicios sociales son tan importantes, si ellos no detectan, nosotros no intervenimos…”

(Integrante de un equipo de Tratamiento Familiar)

Recomendaciones para mejorar la detección y la notificación

Formación de profesionales • Una mejor formación de los y las profesionales sobre

el maltrato infantil y sus tipologías, sus causas y sus consecuencias implicará una mayor detección del maltrato

• Plan de Formación en Infancia (OIA) • Utilización del SIMIA (Sectores Salud/Educación/Servicios

Sociales) (650 profesionales) • Instrumentos de evaluación del riesgo social infantil y

capacidades parentales • Detección e Intervención en casos de Abusos Sexual Infantil

• Red SABIA

Recomendaciones para mejorar la detección y la notificación

Mejorar la coordinación • Intersectorial: salud, servicios sociales,

educación • Intrasectorial: Servicios de

protección/prevención de menores vs a CCLL

• Revisar la eficacia de los cauces de derivación actuales: • Protocolos • El modelo de hoja de detección y notificación • El “trámite de audiencia“ a las familias

Recomendaciones para mejorar la detección y la notificación

EL Sistema de información sobre el Maltrato Infantil en Andalucía (S.I.M.I.A) • El sistema integrado de recogida de

información es accesible a todos/as los profesionales que atienden a la infancia y adolescencia

• Accesible por Web • https://www.juntadeandalucia.es/igualdadybiene

starsocial/simia/

Recomendaciones para mejorar la detección y la notificación

Línea de atención a la infancia • Teléfono gratuito de atención al maltrato

infantil disponible las 24 horas del día • Además ofrece información sobre

distintos recursos, programas y actuaciones del sistema de protección a la infancia de la Junta de Andalucía

Recomendaciones para mejorar la detección y la notificación

Programas de educación y sensibilización • Fomentar en las familias el

conocimiento de los estilos educativos más beneficiosos

• Proveer a las familias de herramientas educativas que mejoren las habilidades en la resolución de conflictos con los hijos/as

• Programas de sensibilización de la población general

• Biblioteca Virtual del OIA

Recomendaciones para mejorar la detección y la notificación

Estadísticas, investigación y evaluación • Establecer un registro de maltrato que

incluya todas las fuentes de detección • Generar indicadores de maltrato validos,

consistentes, comparables en el tiempo y entre grupos, accesibles,…

• Elaboración de informes periódicos sobre la situación del maltrato

• Programas de detección temprana (screening )

• Evaluar los programas y acciones desarrolladas por las A.A.P.P.

Con el esfuerzo de todos

Con el esfuerzo de todos