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SITIO DE DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE LA CIUDAD DE SALTA AUDITORÍA AMBIENTAL preparado para el Banco Mundial UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Facultad de Ingeniería Av. Del Valle 5737 B7400JWI Olavarría Argentina Diciembre 2006 E1638 Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized

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SITIO DE DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS

SÓLIDOS URBANOS DE LA CIUDAD DE SALTA

AUDITORÍA AMBIENTAL

preparado para el

Banco Mundial

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Facultad de Ingeniería

Av. Del Valle 5737

B7400JWI Olavarría

Argentina

Diciembre 2006

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TABLA DE CONTENIDOS

PREFACIO

RESUMEN EJECUTIVO

INTRODUCCION

NOMENCLATURA

SECCION 1: CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA CIUDAD DE SALTA Medio bio-físico Medio socioeconómico Problemáticas ambientales de la ciudad de Salta

SECCION 2: CARACTERIZACIÓN DEL SITIO DE DISPOSICIÓN FINAL DE RSU DE LA CIUDAD DE SALTA

Descripción general del sitio

SECCIÓN 3: OPERATORIA DEL SITIO DE DISPOSICIÓN FINAL DE RSU Funcionamiento actual

SECCION 4: MARCO LEGAL. ADECUACIÓN DEL PROYECTO A LA LEGISLACIÓN EXISTENTE Legislación Nacional Legislación Provincial Legislación Municipal

SECCIÓN 5: INTERRELACIÓN ENTRE LA OPERATORIA DEL SDF Y EL PROYECTO DE CAPTURA DE BIOGÁS

SECCION 6: RESULTADOS DE LA REVISIÓN AMBIENTAL Y PROPUESTA DE ACCIONES Y MEJORAS NECESARIAS

ANEXOS

REFERENCIAS

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PREFACIO

Este documento ha sido elaborado en el marco del acuerdo firmado entre el Banco Mundial, representado por el Sr. Axel van Trotsenburg, Director of World Bank Country Management Unit Argentina, y la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires, representada por el Sr. Marcelo A. Spina, Rector, para la realización de las actividades descriptas en los Términos de Referencia que se adjuntan al contrato, y que corresponden al proyecto ID#P101253 Development of Landfill Gas Projects under the Argentina Landfill Gas Recovery Umbrella Project as CDM Project Activities.

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RESUMEN EJECUTIVO

El objetivo de este trabajo es realizar una revisión ambiental de la operación actual del sitio de disposición final (SDF) de la ciudad de Salta, San Javier II, y proponer pautas de manejo ambiental para su clausura y para la construcción y funcionamiento del próximo SDF, San Javier III, que comenzará a funcionar una vez colmatado el San Javier II. Ambos SDF están ubicados en la Finca San Javier, situada al sudeste de la ciudad de Salta, estando la gestión de los residuos sólidos urbanos (RSU) a cargo de la Empresa Agrotécnica Fueguina.

Las condiciones actuales en las que se realiza la disposición final de los RSU presentan ciertas falencias que serán detalladas en este informe, y que han determinado la decisión de denominarlo Sitio de Disposición Final, ya que adolece de algunas características requeridas para ser considerado relleno sanitario.

En líneas generales, pueden destacarse como aspectos positivos de la gestión actual de los RSU de Salta: el control y pesaje del ingreso de residuos, el venteo de los gases generados, la existencia de un cercado perimetral, el control y vigilancia del predio por parte de la empresa Agrotécnica Fueguina y por personal de municipio, y la existencia de un convenio que regula la actividad de las personas que cirujean en el predio.

Además, se destaca la predisposición e impulso por parte del Municipio de la ciudad de Salta, de mejorar la disposición final de los RSU, considerando y evaluando la posibilidad de instalar en el predio actual una planta de captura de biogás.

En cuanto a las deficiencias más importantes, se pueden mencionar: la cercanía del predio a cursos de agua, la presencia de viviendas en las inmediaciones del mismo y la falta de medidas adecuadas de higiene y seguridad para aquellas personas que “cirujean” en el predio, el cese de la compactación y cobertura diaria de los RSU, la falta de tratamiento de lixiviados, y la inexistencia de planes de manejo ambiental, monitoreo y contingencias.

En este sentido, se desarrollan al final de este informe una serie de propuestas tendientes a mejorar la disposición final de los RSU de la ciudad de Salta, entre ellas: la implementación de la compactación y cobertura diaria de los RSU, el tratamiento de lixiviados, la puesta en práctica de medidas de higiene y seguridad para los “cirujas” en el predio, la evaluación de la instalación de una planta de captura de biogás, el monitoreo de las variables ambientales que puedan ser afectadas por el SDF –especialmente suelos, agua subterránea y superficial-, y la clausura del sitio de acuerdo a la los requisitos exigidos por la legislación vigente. Además, se recomienda que las propuestas de mejora para el SDF San Javier II sean tenidas en cuenta en la construcción y funcionamiento del próximo SDF, San Javier III, y que la planificación del mismo se realice de acuerdo a lo exigido para la disposición final de RSU por la legislación nacional, provincial y municipal.

De esta manera, se aspira a que la disposición final de los RSU de la ciudad de Salta se realice de manera que no afecte el medio ambiente circundante, se reduzcan sus

impactos ambientales y se adecúe a la legislación vigente.

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INTRODUCCIÓN

El objetivo de esta Auditoría Ambiental es la revisión ambiental de la disposición final de residuos sólidos urbanos (RSU) de la ciudad de Salta, Argentina.

Este trabajo describe, por un lado, las características generales de la ciudad de Salta -biofísicas y socio-económicas- y, por otro lado, las características y el funcionamiento actual del SDF de dicha ciudad.

Una vez realizado este diagnóstico, se analiza la operación actual del SDF y la adecuación de su funcionamiento a la legislación vigente, y también con vistas a la construcción de la planta de captura de gas de relleno sanitario (GRS).

Considerando los aspectos positivos y las deficiencias de las acciones realizadas en el SDF, se desarrolla a continuación una serie de propuestas tendientes a disminuir los impactos ambientales generados y a adecuar el manejo de los residuos de la ciudad de Salta a la normativa legal vigente y a las buenas prácticas internacionales de gestión de residuos.

En este sentido, es importante destacar que las propuestas de mejora son diseñadas tomando como base la situación actual de a gestión de los RSU, es decir, tomando como punto de partida los impactos actuales producidos por las operaciones del SDF de residuos donde se construirá la planta de captura de gas.

En la Sección 1 se describen las características generales de la ciudad de Salta, su medio físico y socio-económico, y las problemáticas ambientales de la ciudad, específicamente, aquellas asociadas a la gestión de los RSU.

En la Sección 2, se caracteriza el SDF actual, San Javier II, y en la Sección 3 se describe la operación del mismo. Luego, en la Sección 4, se realiza una revisión de la legislación vigente aplicable a la disposición final de los RSU.

En la Sección 5, se relaciona la gestión actual de los RSU con el proyecto de instalación de la planta de captura de biogás y, finalmente, en la Sección 6, se detallan los resultados de la revisión ambiental y la propuesta de acciones y mejoras necesarias para reducir los impactos ambientales de la disposición final de los RSU de Salta, y adecuarla a la legislación relacionada al tema.

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NOMENCLATURA

DGADS: Dirección General de Ambiente y Desarrollo Sustentable.

EIAyS: Estudio de Impacto Ambiental y Social.

Hpa: Hecto pascales

GRS: Gas de Relleno Sanitario.

INDEC: Instituto Nacional de Estadísticas y Censos.

K: coeficiente de permeabilidad.

mm: milímetros.

m.s.n.m: metros sobre el nivel del mar.

N.B.I: Necesidades Básicas Insatisfechas.

RSU: Residuos Sólidos Urbanos.

SDF: Sitio de Disposición Final.

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SECCIÓN 1

CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA CIUDAD DE SALTA

1.1. Introducción

La ciudad de Salta se encuentra localizada en el centro de la provincia de Salta, siendo la capital de dicha provincia.

Su ubicación le concede una serie de ventajas de comunicación y accesibilidad con otras capitales de provincias de Argentina y países limítrofes. La ciudad cuenta con una Terminal aérea de la que parten y llegan vuelos diarios a Buenos Aires, San Salvador de Jujuy, Bolivia y Tucumán. También cuenta con una red de carreteras que la comunican con casi todas las ciudades importantes del país.

Ser la ciudad cabecera de su provincia, le concede un carácter particular a nivel provincial y nacional, aunque también trae aparejada la necesidad de ordenar y gestionar las actividades de una población numéricamente considerable.

El SDF de la ciudad de Salta se encuentra localizado al sudeste de la misma, dentro del departamento Capital, pero próximo al de Cerrillos. Se encuentra a una distancia de 14 Km del centro de la ciudad, siendo su acceso la Ruta Provincial 26.

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Figura 1.1. Provincia de salta; División política-administrativa (Fuente: Secretaría

de Planificación y Desarrollo, Municipalidad de Salta, 2005)

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City of Salta

Río Arenales

Landfill site Finca San Javier

Río Ancho

San Javier I San Javier II

San Javier III

Figura 1.2. Imagen de la ciudad de Salta con ubicación del SDF

(Fuente: Google Earth, 2006)

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1.2. Inventario del medio biofísico y socio-económico

1.2.1. Medio biofísico Los datos del medio biofísico fueron tomados del Estudio de Impacto Ambiental y Social (EIAyS)1 presentado por la empresa Agrotécnica Fueguina previa construcción del predio de disposición final en la finca San Javier.

1.2.1.1. Clima

Teniendo en cuenta la influencia de las condiciones climáticas sobre el adecuado funcionamiento de la actividad que se analiza, en este apartado se detallarán algunas variables relevantes para su consideración.

El clima de la Ciudad de Salta es subtropical serrano con estación seca.

La presencia de serranías que encierran el valle de Lerma le confieren características climáticas particulares. La ciudad de Salta está flanqueada al este por las Sierras de Mojotoro y al oeste por el Cordón de Lesser, ambas actúan conformando barreras orográficas. La presencia de estos cordones montañosos limitando la ciudad por el este actúan como barreras semipermeables a las precipitaciones, entradas de vientos, formación de masas boscosas, produciéndose una fuerte estructuración vertical de la atmósfera durante el verano, con tormentas y lluvias locales.

El valle tiene una pendiente media aproximadamente de 0,5 %, condición que no favorece a su autodepuración, por lo tanto es necesario considerar determinados elementos climáticos que influyen en la dinámica atmosférica de los contaminantes. (Aramayo y Del Valle, 2001)

Vientos Registros en la estación Salta – Aeropuerto, indican que los vientos predominantes en la ciudad de Salta provienen de los cuadrantes noreste y este. El desplazamiento de nubes se ve favorecido por éstos, descargando su humedad por efecto topográfico.

Las velocidades más altas de los vientos se registran a partir del mediodía y en especial desde el mes de agosto, incluida la época de primavera.

Según el EIAyS presentado por la empresa Agrotécnica Fueguina, los promedios de velocidades de los vientos predominantes en la ciudad de Salta son de 11, 14 y 16 km/h, los que según escala empírica corresponden a vientos de intensidades débiles a 1 ARAMAYO, José Fernando y Marcelina DEL VALLE PICÓN MATORRAS (2001) Estudio de Impacto Ambiental y Social. Primera parte: Fase de Obra y Segunda parte: Fase de Funcionamiento. Predio de Disposición Final de Residuos Sólidos Domiciliarios y Asimilables en el Predio de la Finca San Javier. Empresa Agrotécnica Fueguina S.A.C.I.F. Municipalidad de la ciudad de Salta, Salta, Argentina. Enero 2001.

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escasamente moderados, capaces de mover hojas y agitar pequeñas ramas de árboles, por consiguiente capaz de diluir emisiones de contaminantes atmosféricos. (Aramayo y Del Valle, 2001)

El SDF se encuentra en un corredor de vientos, por lo que la intensidad de los mismos influye directamente sobre la operatoria diaria de los residuos en el predio. El corredor es una línea potencial de tornados, que nace en el noreste, específicamente en el Km 13 ruta a Campo Santo, atraviesa la ciudad de noreste a sudoeste y muere en la zona del Aybal. Los Vientos se ven influenciados por la topografía. Los que provienen del este (Anticiclón del Atlántico), son predominantemente húmedos y estivales. Estos vientos son portadores de lluvias, que registran mayores valores en los meses de noviembre a abril. Asimismo, los cordones orientales sirven de barrera a los vientos y el valor de las lluvias decrece hacia el oeste.

Temperatura

Según información obtenida del Servicio Meteorológica Nacional instalado en el Aeropuerto Internacional de Salta, en la ciudad de Salta se registra una temperatura media anual de 16,7 °C, la máxima absoluta es de 36,3 °C y la mínima absoluta es de –5,1 °C.

Según información aportada por las estaciones meteorológicas de la Dirección General Agropecuaria de Salta e Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria, las temperaturas responden al denominado tipo “continental”, con el máximo ubicado en los meses de diciembre y /o enero y el mínimo en junio. Hacia fines del verano, principios del otoño, comienza un sostenido descenso de la temperatura y los niveles de humedad ambiente se mantienen elevados -ocurre la menor amplitud térmica-, mientras que durante el invierno, con bajos contenidos de vapor de agua, se producen las mayores amplitudes o rangos térmicos. La temperatura media anual del suelo a 0,10m de profundidad es de 20.4°. La marcha anual es casi similar a la media del aire, con el máximo ubicado en enero y el mínimo en julio.

Humedad y presión atmosférica La humedad relativa promedio oscila alrededor del 72%, manifestándose en marzo los mayores porcentajes y los menores en septiembre y octubre. La presión atmosférica media anual es de 878,6 HPa.

La humedad relativa mantiene niveles altos aún en invierno evidenciándose por la presencia de neblinas.

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Precipitaciones El registro de precipitación media anual es de 748 mm. Presenta una marcada estacionalidad: la distribución anual de las precipitaciones indica la existencia de dos estaciones claramente definidas: una lluviosa (cae más del 90% del milimetraje anual), entre mediados de octubre a abril, y otra seca, con precipitaciones escasas o nulas, en el resto del año.

En el campo pluviométrico, pueden considerarse tres sectores dentro de el área en estudio: el primero ubicado al norte del río Vaqueros, el segundo entre el arroyo Osma, que se encuentra al sur de Rosario de Lerma y el tercero, al sur del mismo, que ya no entraría en nuestro análisis, pero que es parte de una unidad física que no se puede desconocer. En la zona norte las precipitaciones son del orden superior a 750 mm; en la zona central tienen un piso de 500 mm a sotavento de las sierras del este y se incrementan al oeste sobrepasando en algunas localidades los 1.300 mm. La sección meridional, es la más seca, no superando los 500 mm anuales. Se observa que existe una relación entre el incremento de ocurrencia de precipitaciones y de temperatura -período octubre-abril- (ver Figura 1.2), por lo que las mayores precipitaciones se concentran en verano.

Es necesario destacar que las precipitaciones producen un efecto de limpieza atmosférica, eliminando los contaminantes en suspensión en la misma. (Aramayo y Del valle, 2001)

Figura 1.3. Variación durante el año de lluvias y temperatura.

Balance hídrico Mediante datos de precipitaciones medias mensuales y evapotranspiración potencial de la ciudad de Salta se confeccionó un balance hídrico. Según el mismo y considerando la clasificación climática de Thornthwaite, Salta Capital corresponde a un tipo climático C1, B2’ D a’ (ver Tabla 1.1) y el suelo tiene una capacidad de

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retención de humedad de 300 mm, que es la lámina de agua retenida por el perfil del suelo.

Tabla 1.1. Clasificación climática de Thornthwaite

CARACTERÍSTICA TIPO CLIMÁTICO DESCRIPCIÓN

Eficiencia hídrica C1 Subhúmedo seco

Eficiencia térmica B2’ Mesotermal

Variación estacional de la eficiencia hídrica

D Nulo o pequeño exceso de agua

Concentración estival de la eficiencia térmica

a’ 48%

(Fuente: Estudio de Impacto Ambiental y Social del predio de disposición final San Javier, 2001)

Los meses de recarga de acuíferos según el balance hídrico son noviembre, diciembre, enero, febrero y marzo. El resto de los meses las precipitaciones no cubren la evapotranspiración del suelo, cobrando importancia el uso del agua almacenada en el suelo hasta el mes de noviembre.

Adversidades climáticas Las adversidades climáticas son procesos atmosféricos capaces de perjudicar en forma directa e indirecta la calidad y cantidad de la producción agrícola. Por ejemplo, en cuanto a las heladas, las condiciones térmicas del invierno son benignas en la región, por lo que se considera helada, cuando la temperatura mínima, en abrigo meteorológico a 1,50 m de altura, es igual o inferior a 0°C. El período medio libre de heladas en Cerrillos es de 294 días, departamento que se encuentra aproximadamente a 5 km de la zona del SDF, aquí la frecuencia media anual es de 13 días con heladas, de las cuales 4 corresponden a junio, 6 a julio, 2 en agosto y 0.5 a mayo y septiembre.

En cuanto a granizos, cuyos diámetros varían entre 5 y 50 mm -a veces más-, es grande el riesgo de granizadas, y suceden en sitios vecinos a las serranías más elevadas o las que permiten una mejor confluencia de líneas de corriente del flujo de aire. Se da sobre todo en la serranía occidental más elevada del área. La zona del SDF se encuentra entre estas serranías y las del Este.

Por otra parte, los vientos fuertes, con efecto Zonda, seco y cálido, con combinación de calor, excesiva sequedad, fuertes y con ráfagas, secan el suelo y la vegetación, derriban árboles y crean condiciones para el incendio de pastizales, favoreciendo a la erosión en las partes altas de las cuencas. Esta adversidad ocurre con mayor o menor densidad, entre los meses de mayo y septiembre, y pueden tener una duración de dos o tres días en los meses de julio y agosto.

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1.2.1.2. Recursos hídricos

Hidrología El área de estudio pertenece:

Regionalmente a la macrocuenca del Plata.

Zonalmente a la cuenca Juramento – subcuenca Arenales.

El sistema tiene un régimen asociado a la ya mencionada estacionalidad de las precipitaciones -crecientes entre los meses de enero y marzo, y decrecientes entre los meses de septiembre y noviembre-.

El área de estudio se encuentra próxima a la confluencia de los ríos Arenales – Ancho. Con referencia al primero, en su rumbo norte-sur, el SDF se encuentra al oeste y con respecto al segundo se ubica al norte del mismo. Las características más relevantes de ambos cursos fluviales son las siguientes:

El río Arenales presenta sus nacientes en los cordones orográficos situados al oeste, a una altitud aproximada de 4160 m.s.n.m.. Inicialmente el rumbo de escurrimiento es de sudoeste - noreste, atravesando el valle de Lerma, su diseño es típicamente anastomosado. En la ciudad el río es límite sur de la zona central del emplazamiento urbano, en este sector recibe su principal colector, el río Arias, cuyo caudal incrementa al sumar el del río San Lorenzo. Su caudal es de 8,5 m3/seg.

Al pie de monte del cerro La Floresta (1700 m.s.n.m.), perteneciente al sistema de las Sierras de Mojotoro, el río Arenales cambia su curso con orientación norte – sur, presentando un diseño meandroso. Recibe afluentes menores por su margen oriental, formados a partir de la vertiente occidental de dichas serranías. Mientras que por su margen occidental, recibe al río Ancho, siendo éste sector de confluencia, próximo al ámbito de estudio. En el sur y en la misma margen recibe al río Rosario. El río Arenales desemboca en el Complejo Hidroeléctrico, embalse General Belgrano – Cabra Corral.

Por su parte, el río Ancho es tributario del río Arenales, presenta un rumbo oeste- este. Su cauce fue canalizado en gran parte de su recorrido. No registra datos de caudales. Actualmente se explotan canteras de ripio ubicadas en las márgenes del río en intersección con la ruta Nacional N° 68.

Hidrogeología Según el EIAyS ya mencionado, en el área donde se asienta la ciudad y alrededores, existen acuíferos cuaternarios controlados, al este, por las Sierras de Mojotoro, al oeste, por las Lomas de Medeiros y al noroeste por las Sierras de Vaqueros, cuya dirección de desplazamiento es de norte a sur. El cuaternario tiene un espesor mayor a 100 m., con porosidad efectiva e importantes áreas de recarga contiguas al Cordón de Lesser y Sierra de Vaqueros. La porosidad efectiva representa los intersticio

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interconectados, que en el caso de la litología cuaternaria está dada por la presencia de capas de conglomerados y arenas, limitadas hacia arriba y abajo, por capas confinantes de arcillas para el caso de los acuíferos cuaternarios confinados, y capas de grava y arena en contacto con la atmósfera, para el caso de los acuíferos libres y semiconfinados. (Aramayo y Del Valle, 2001)

Los acuíferos cuaternarios se explotan en el sector urbano, mientras que los acuíferos libres y semiconfinados se explotan en zonas rurales en proximidades a la localidad de Cerrillos.

El principal uso del agua subterránea es con fines de riego en sectores agrícolas siguiéndoles en importancia el uso doméstico, para el abastecimiento de pequeños núcleos familiares o comunidades.

Según lo expresado en el EIAyS, el área de estudio se encuentra en una zona que resulta ser un reservorio de aguas subterráneas, pues representa una depresión tectónica con importantes espesores de depósitos cuaternarios y recientes. Constituye una zona de descarga natural por ser la parte distal de conos aluviales, que se manifiestan por la presencia de manantiales. La zona de descarga tiene una amplitud aproximada de 2 Km desde el río Arenales en su orientación norte – sur, hasta la ruta o camino a la Isla. (Aramayo y Del Valle, 2001)

El desplazamiento del agua subterránea de la zona de descarga, al pie de monte de los cerros Floresta (1700 m.s.n.m.) y la Pedrera (1710 m.s.n.m.), se orienta con rumbo norte – sur al igual que el cauce del río Arenales y del paleocauce del río la Caldera. El caudal del agua subterránea de la región es producto de la infiltración de estos ríos –Arenales, Toro y aportes del paleocauce del río la Caldera-.

En conclusión, los cursos de aguas superficiales más cercanos son los ríos Ancho y Arenales.

A la fecha no se han podido obtener datos actuales sobre las características del agua superficial y su relación con el agua subterránea, mapas equipotenciales del agua subterránea en la zona, ni datos de la calidad del agua del pozo ubicado en la finca Valdivia -indicado en el EIAyS, pág. 16- ni de los pozos de monitoreo situados en la finca San Javier. Sólo se obtuvo información sobre análisis físico-químicos y bacteriológicos de aguas superficiales del Río Arenales, realizados en la localidad La Isla, Departamento Cerrillos (al sur del SDF), con fechas de septiembre y octubre de 1999, respectivamente. El año de realización de estos análisis coincide con el inicio de las actividades en el SDF San Javier II, por lo que no permiten evaluar el impacto de este SDF en la calidad del agua del Río Arenales, pero podrían ser utilizados en la comparación con las características actuales del agua del Río Arenales en caso de realizarse nuevos muestreos.

Tampoco se ha podido contar con estudios que corroboren la profundidad del nivel freático en la zona de estudio. Tal como se detalla en las recomendaciones finales de este informe – ver Sección 6- se recomienda la obtención de esta información, por la importancia que estos datos poseen en la elaboración de medidas de prevención y mitigación de los potenciales impactos ambientales de un relleno sanitario.

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1.2.1.3. Geología – Geomorfología y Edafología

Geología – Geomorfología En el área se presentan depósitos de llanuras aluviales antiguas y actuales. La llanura aluvial antigua se destaca en la zona por constituir una vasta planicie que representaría la parte distal del cono aluvial del río Arenales, desplazado de norte a sur por la migración natural del mismo hasta encausarse en roca firme. Los materiales constituyentes de estos depósitos son clásticos gruesos en su mayoría, del tamaño de bloques. También se observan arcillas y arenas.

Los depósitos de llanuras aluviales actuales, están representados por la faja de meandros del mencionado río desde su desplazamiento norte-sur. Los depósitos característicos están constituidos predominante por materiales finos tipo limos, arcillas y arenas, formando albardones en la parte interna de los meandros.

Edafología El área de estudio se encuentra localizada sobre la Asociación de Suelos Cerrillos conformado por los suelos asociados Cerrillos/La Merced-Talapampa siendo el primer suelo el dominante en el área de estudio. Se ubica al sur de la ciudad de Salta Capital distribuyéndose en forma meridiana desde el río Arenales en el norte hasta el río Rosario en el sur. Su material original deriva de rocas del terciario: areniscas, limolita, arcilitas y rocas de ordovícico: limolitas, lutitas, areniscas. Pertenece a la subcuenca Toro-Arenales, se observan conos aluviales y el relieve es suavemente ondulado.

En la Tabla 1.2 puede observarse la descripción del suelo de Cerrillos, que es el que corresponde al área de estudio. La textura granulométrica predominante en la zona de estudio corresponde al arcilloso.

Tabla 1.2. Características del suelo de Cerrillos pertenecientes a la asociación de suelos Cerrillos

CARACTERÍSTICAS GENERALES SUELO CERRILLOS

Desarrollo Incipiente

Perfil Horizonte A, C

Textura Media

Drenaje Bien drenado

pH Moderada a extremadamente alcalino

Contenido de materia orgánica Bajo

C.I.C. Moderadamente alta

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% de saturación de bases Alto

Pendiente 2 – 6 %

Erosión Moderada

(Fuente: Estudio de Impacto Ambiental y Social del predio de disposición final San Javier, 2001)

La empresa Agrotécnica Fueguina, encargada de la operación del SDF actual San Javier II, construirá una vez colmatado este predio, el SDF San Javier III, adyacente al anterior. Según el Estudio de Suelos de la zona del San Javier III solicitado por la empresa2, los ensayos realizados “hacen presuponer que los valores de “K” –coeficiente de permeabilidad- serían muy bajos, estando comprendidos en la zona de “suelos impermeables”, según la clasificación de A. Casagrande y R.E. Fadum3” (Castro Vidaurre y Naharro, 2005). Sin embargo, en el mismo estudio se recomienda la prosecución de los ensayos y su repetición a distintas profundidades para la verificación de estos datos.

El muestreo de suelos de la zona elegida para el SDF San Javier III4, se realizó mediante la apertura de cuatro calicatas, distribuidas en forma sistemática, de manera de abarcar la totalidad de la superficie (ver Croquis de Ubicación de Calicatas, en Anexo 1), para determinar las posibles unidades de suelos.

Según este muestreo, el relieve sobre el cual se desarrollan los suelos es del tipo plano con pendientes bajas, del orden del 1%. Se llegó a la conclusión de que en el predio se desarrollan 2 tipos de suelos: Calicata I y Calicata II.

El suelo Calicata I es el de mayor distribución areal, aproximadamente ocupa el 96% del predio, cuyas características generales son: presenta secuencias de horizontes Ap-C1-C2-C3, de texturas homogéneas finas del tipo arcillo limosas, imperfectamente drenados, características éstas que le imprimen un alto grado de impermeabilidad.

El suelo calicata II, se localiza en forma muy aislada, ubicándose aproximadamente en la parte media del predio, donde su distribución tiene lugar en forma puntual, ocupando aproximadamente entre un 3 o 4% del total de la superficie. Las características generales que presenta este suelo son: la secuencia de horizontes es del tipo Ap-C1-IIC2-IIIC3, de texturas gruesas que forman una capa que probablemente respondan a una lente en la deposición de los materiales originales del suelo, donde predominan las gravillas y en menor proporción las arenas; esta capa gravillosa se

2 Castro Vidaurre, Emmel y Raúl Marcelo Naharro (2005). Estudio de suelos. Muestreo de suelos en campo. Análisis de propiedades físicas y ensayos de laboratorio. Finca San Javier III, Salta. Solicitante: Agrotécnica Fueguina S.A., Julio 2005. 3 Terzaghi, Karl y Ralph B. Peck. (1975). Tabla de permeabilidad y condiciones de drenajes de los suelos. Mecánica de Suelos en la Ingeniería Práctica. Versión en español por Oreste Moretto. Art:1, Pág. 53. 4 Camacho, Ciro (2005). Descripción de calicatas. Muestreo de suelos y Análisis de propiedades físicas. Vertedero de Finca San Javier III. Solicitante: Agretécnica Fueguina, Julio 2005.

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localiza a una profundidad de 1 metro y tiene un espesor de 2.50 metros, es decir que llega hasta los 3.50 metros desde la superficie del suelo, es sumamente porosa, extremadamente permeable, ligeramente compactada por el peso de los horizontes suprayacentes; se aclara que el espesor y la profundidad de esta capa gravillosa responde al lugar donde se realizó la apertura de la calicata, por lo que ésta situación puede variar de acuerdo a la ubicación de la lente gravillosa, pudiendo ser mayor en la parte más profunda y menor en la menos profunda.

La descripción de los perfiles de los suelos Calicata I y Calicata II se pueden consultar en el Anexo I de este informe.

1.2.1.4. Flora y Fauna5 El predio de disposición final de residuos en el que la empresa Agrotécnica Fueguina S.A.C.I.F. actúa como contratista, se encuentra ubicado en el extremo oriental de la ciudad de Salta, correspondiendo fitogeográficamente al Chaco serrano.

En este sector la masa de humedad atravesó las últimas estribaciones del sistema de la Sierras Subandinas, específicamente las Sierras de Mojotoro, disminuyendo notablemente las precipitaciones hacia las laderas de sotavento y la ciudad instalada en el propio valle. Por esta razón, además de las comunidades serranas típicas se presentan variantes secas.

Según el EIAyS del SDF San Javier, se trata de un ambiente donde se combinan áreas urbanas y áreas rurales, por lo que la vegetación presente en el lugar se encuentra alterada. A su vez, diferentes especies exóticas son empleadas para conformar barreras rompevientos y arbolado de la vía de acceso principal, tales como casuarinas, álamos y moreras. (Aramayo y Del Valle, 2001)

En cuanto a la fauna, el hábitat que conforma el área de estudio, fue calificada como zona rural – urbana, y pertenece zoográficamente a la Región Neotropical. El sector del proyecto se encuentra al sur de la ciudad de Salta donde predominan las actividades agrícolas – ganaderas, por consiguiente el hábitat se caracteriza por ser rural, alternado con hábitats urbanos. (Aramayo y Del Valle, 2001). En conclusión, no se registra una presencia importante de fauna, ya que la zona se encuentra totalmente antropizada.

1.2.1.5. Paisaje

El paisaje del SDF se encuentra muy alterado por las actuaciones del hombre, está conformado por espacios agrícolas-ganaderos, suburbanos, con la presencia de asentamientos -barrios precarios y planes de vivienda (este aspecto será retomado en el siguiente apartado: medio socio-económico)-, y vías de comunicación.

No existen en la zona relieves destacables, debido a que constituye el sector de llanura del valle. Los sistemas orográficos se presentan en el este, siendo éstos los

5 Para información más detallada sobre la flora y la fauna del lugar, ver Anexo II.

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más próximos al área de interés, y al oeste, ambos definen los límites del Valle de Lerma.

1.2.2. Medio socio-económico

Este apartado ofrece una perspectiva general del contexto socio-económico de la ciudad de Salta, lugar donde se encuentra el SDF San Javier.

Según el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC)6, la población de la provincia de Salta representa un 2,98% del total de la población del país, con 1.079.051 habitantes (Figura 1.4), de los que más de 500.000 viven actualmente en la ciudad de Salta.

Salta es una provincia muy urbanizada. Según el INDEC, en el 2001, la población urbana llegaba al 83.42%. La ciudad de Salta es el principal centro urbano. Para el año 2001, el área metropolitana concentraba el 49,93 % del total provincial. (Figura 1.5)

Según el censo de 2001, Salta capital cuenta con 472, 971 habitantes y su densidad es de 274,7 hab./Km2. Si tomamos el área metropolitana total, la población asciende a 538.743 habitantes.

Esta ciudad se encuentra dividida en departamentos: Capital, Cerrillos, La Caldera y Rosario de Lerma. Excepto Rosario de Lerma, que cuenta con su propio SDF de residuos, el resto de los departamentos envían sus residuos al SDF San Javier II (Figura 1.6 y Tabla 1.3)

Salta puede describirse como una de las ciudades de Argentina con mayor número de testimonios del período colonial, lo que se refleja en la edificación urbana. (Figuras 1.8 y 1.9) La convergencia en la ciudad de vías de transporte aéreo, terrestre y ferroviario, sumado a su patrimonio histórico, cultural y natural están transformando a la ciudad en uno de los destinos turísticos del norte del país.

6 Fuente: Censos Nacionales de Población, INDEC, 2001.

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Figura 1.4. Población de la Provincia de Salta (Fuente: Secretaría de Planificación y

Desarrollo de la Municipalidad de Salta. Proyecto “Bases para el Plan de Desarrollo Sustentable del Área Metropolitana de la Ciudad de Salta. CFI. 2006, en

base a datos del INDEC del año 2001 y proyecciones.)

Figura 1.5. Evolución de la población del área metropolitana como porcentaje del

total provincial (Fuente: Secretaría de Planificación y Desarrollo de la Municipalidad de Salta. Proyecto “Bases para el Plan de Desarrollo Sustentable

del Área Metropolitana de la Ciudad de Salta. CFI. 2006, en base a datos del INDEC del año 2001 y proyecciones.)

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Figura 1.6. Participación relativa de los departamentos dentro del área. Año 2001

(Fuente: Secretaría de Planificación y Desarrollo de la Municipalidad de Salta. Proyecto “Bases para el Plan de Desarrollo Sustentable del Área Metropolitana de

la Ciudad de Salta. CFI. 2006, en base a datos del INDEC del año 2001 y proyecciones.)

Tabla 1.3. Población, superficie y densidad por departamento. Años 1991–2001

Año 1991 2001

Superficie Densidad Superficie Densidad

Departamento Población en km2 hab/km2 Población

en km2 Hab/km2

Capital 373.586 1.722 216,9 472.971 1.722 274,7 Cerrillos 20.099 640 31,4 26.320 640 41,1 La Caldera 4.037 867 4,7 5.711 867 6,6 Rosario de Lerma 26.246 5.110 5,1 33.741 5.110 6,6 Total 423.968 8.339 258 538.743 8.339 329

(Fuente: INDEC. Censo Nacional de Población y Vivienda 1991 y Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2001 e Instituto Geográfico Militar)

Departamentos cuyos residuos llegan al sitio de disposición final San Javier II.

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Figura 1.7. Vista aérea. Ciudad de Salta (Fuente: fotografías tomadas durante la

visita a la ciudad de Salta, julio de 2006)

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Figuras 1.8. Cabildo de la ciudad de Salta (Fuente: fotografías tomadas durante la

visita a la ciudad de Salta, septiembre de 2006)

En cuanto a la población con Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI), la provincia de Salta tiene 338.484 habitantes, es decir, un 31,6% de la población total de la provincia se encuentra con NBI. En cuanto al número de hogares con NBI, éste alcanza los 66.434 hogares, es decir, un 27,5% del total provincial.

Por su parte, Salta ciudad posee 121.568 habitantes con NBI, un 23,5% de su población. El total de hogares con NBI asciende a 24.496, es decir, un 20,5% del total.

La distinción de población y hogares con NBI por departamentos y municipios, puede observarse en la Tabla 1.4 y en la Figura 1.9:

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Tabla 1.4. Hogares y Población total y con Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI). Según departamento y municipio. Año 2001

Hogares (1) Población (1) Departamento Municipio

Total Con NBI

(2) % (3) Total Con NBI

(2) % (4)

Total Provincial Total Provincial 241.407 66.434 27,5 1.070.527 338.484 31,6

Total Área Total Área 123.683 24.496 20,5 533.679 121.568 23,5 Capital Salta 107.631 19.892 18,5 460.042 97.774 21,3 San Lorenzo 1.884 421 22,3 8.217 2.140 26,0 Cerrillos Cerrillos 3.740 1.139 30,5 17.533 6.026 34,4 La Merced 1.764 579 32,8 8.660 3.310 38,2 La Caldera La Caldera 528 190 36,0 2.209 835 37,8 Vaqueros 798 215 26,9 3.425 1.014 29,6 Rosario de Lerma Campo Quijano 2.655 828 31,2 12.044 4.127 34,3

Rosario de Lerma 4.683 1.232 26,3 21.549 6.342 29,4 1) Se incluye a los hogares y a la población censados en la calle. (2) Las Necesidades Básicas Insatisfechas fueron definidas según la metodología utilizada en "La pobreza en la Argentina" (Serie Estudios INDEC. N° 1, Buenos Aires, 1984). Los hogares con Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI) son los hogares que presentan al menos uno de los siguientes indicadores de privación:1- Hacinamiento: hogares que tuvieran más de tres personas por cuarto. 2- Vivienda: hogares en una vivienda de tipo inconveniente (pieza de inquilinato, vivienda precaria u otro tipo, lo que excluye casa, departamento y rancho).3- Condiciones sanitarias: hogares que no tuvieran ningún tipo de retrete. 4- Asistencia escolar: hogares que tuvieran algún niño en edad escolar (6 a 12 años) que no asistiera a la escuela. 5- Capacidad de subsistencia: hogares que tuvieran cuatro o más personas por miembro ocupado y, además, cuyo jefe no haya completado tercer grado de escolaridad primaria. (3) Porcentaje de hogares con Necesidades Básicas Insatisfechas sobre el total de hogares de cada municipio. (4) Porcentaje de población en hogares con Necesidades Básicas Insatisfechas sobre el total de población de cada municipio. (Fuente: INDEC. Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2001)

Departamentos cuyos residuos llegan al sitio de disposición final San Javier II.

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Figura 1.9. Evolución de NBI por departamento (Fuente: Secretaría de

Planificación y Desarrollo de la Municipalidad de Salta. Proyecto “Bases para el Plan de Desarrollo Sustentable del Área Metropolitana de la Ciudad de Salta. CFI.

2006, en base a datos del INDEC del año 2001 y proyecciones.)

1.3. Problemáticas ambientales de la ciudad de Salta7

Según el Informe Ambiental 2005 de la Dirección General de Ambiente y Desarrollo Sustentable (DGADS) de la ciudad de Salta, la situación ambiental de la ciudad de Salta no se distancia de la de otras ciudades capitales del país.

Según este informe, algunos de los principales problemas ambientales del Municipio son: la planificación sin considerar variables ambientales; la contaminación de aguas superficiales y subterráneas por vertido de efluentes domiciliarios, industriales y de empresas de servicio; la contaminación del aire por ruidos, humos y gases tóxicos provenientes de automóviles e industrias; entre otros.

En particular, el informe habla de las deficiencias en la gestión de los residuos, mencionando problemas tales como: la presencia de microbasurales, la dispersión y arrojo clandestino de residuos y las deficiencias en el manejo de residuos sólidos domiciliarios e industriales. (DGADS, 2005)

Por otra parte, y tal como se detalla en el Informe Ambiental Anual 2005 de la DGADS, ésta tiene como misión fundamental promover la sustentabilidad de los procesos de desarrollo y crecimiento urbano, con miras a mejorar la calidad de vida 7 La información de este apartado ha sido extraída del Informe Ambiental 2005 de la Dirección General de Ambiente y Desarrollo Sustentable (DGADS), Municipalidad de Salta.

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de sus habitantes, la protección del medio ambiente y la preservación del Patrimonio Natural y Cultural para el disfrute de vecinos y visitantes. Por lo tanto, ejerce el poder de policía en cuanto a las actividades de los vecinos en relación a sus emisiones, las relaciones con los animales, el uso de plaguicidas, las actividades industriales, las condiciones de higiene y seguridad, los servicios públicos de aguas, cloacas, desagües y recolección, tratamiento y disposición final de residuos, así como también controla la prestación de los servicios contratados.

Entre las líneas de acción de la DGAyDS, se encuentra la de garantizar la sanidad e higiene del Municipio. El organismo rige todo lo relacionado con la prestaciones de los servicios de recolección de Residuos Domiciliarios, recolección del Producto de la Limpieza, Recolección de Microbasurales, Disposición de Residuos Sólidos Urbanos, Limpieza de calzadas –manual y mecánica, limpieza de canales, imbornales y espacios verdes, que se ejecutan por contrato con la Empresa Agrotécnica Fueguina y coordina los servicios que se ejecutan por administración. Otra de sus líneas es involucrar a la sociedad civil en la gestión ambiental, considerando la educación como el pilar fundamental en toda actividad que pretende promover y mejorar la calidad de vida de la población. En este sentido se organizan charlas educativas, talleres, campañas, se hace hincapié en la importancia de la integración comunitaria para la gestión de proyectos y la formación de redes para fortalecer el proceso educativo. (DGADS, 2005)

1.3.1. Problemáticas ambientales asociadas a la gestión de Residuos Sólidos Urbanos Según lo mencionado en el Informe Ambiental Anual 2005 de la DGADS, aparecen como principales problemas ambientales relacionados a la gestión de los residuos:

- El viejo basural La Pedrera, que sigue aportando contaminantes por el escurrimiento al Río Arenales. Se trata de un foco de contaminación histórico, y de carácter institucional, que aún emite olores al ambiente (DGADS, 2005). Este basural, también denominado La Angostura, estaba ubicado en cercanías del cerro La Pedrera, al noreste del SDF San Javier –es decir, a 3 Km. hacia el sudeste de la ciudad de Salta-, en un sector destinado a actividades industriales, al que se accede por la ruta provincial Nº 39. Ocupa una superficie de 11 hectáreas y tuvo actividad desde la década del ´60 hasta principios de los ´90. Se emplazó en un terreno excavado, utilizado como cavas para la extracción de arcillas destinadas a la fabricación de cerámicos.

Según información aportada por la Lic. María Francisca Quiroga –perteneciente a la Secretaría de Planificación y Desarrollo de la Municipalidad de Salta-, geomorfológicamente el predio se emplazó en la margen izquierda del río Arenales, en terrenos inundables. El escurrimiento superficial es de tipo mantiforme. Este sistema está vinculado con paleo cauces (ríos antecedentes) que cruzaban la sierra de Mojotoro en el estadio anterior al levantamiento de ésta. El sentido natural de los cursos es nordeste-sudoeste. Actualmente son cursos temporales que adquieren expresión en el período estival y que originan

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anegamientos en la parte media del predio, en sectores deprimidos, también surcos y carcavamientos con profundidades que varían desde los 30 cm. en los taludes del extremo oeste a los 3 metros en los del sur, estos últimos próximos al río. La erosión que provoca el escurrimiento del río Arenales (margen izquierda) expone los residuos depositados (zona inundable) con lo cual se deteriora el aspecto estético, incrementándose en el cauce la carga orgánica, los nutrientes y algas dando lugar a la eutrofización y generación de olores desagradables. La Empresa privada COMINTES realizaba la gestión de los residuos cuando se utilizaba este predio.

- Las plantas de líquidos cloacales, con sus emanaciones a la atmósfera, y las situaciones de anormalidades en el basural San Javier, que cuando no se hace enterramiento y tratamiento sanitario, aportan contaminantes al aire. (DGADS, 2005). Según este informe, los RSU y los efluentes cloacales de pozos ciegos son los principales factores de contaminación siendo los asentamientos los principales responsables en deteriorar suelos y napas.

El Informe Ambiental antes mencionado, hace hincapié en que el problema de la gestión de los RSU tiene dos perspectivas de análisis: una que corresponde a la generación y el tratamiento de los residuos por parte del vecino hasta la disposición de los mismos en las veredas, y otra es la gestión que debe garantizar el Municipio desde la recolección hasta su disposición final en el relleno sanitario. Según lo expresado en este informe, la primera perspectiva muestra una expresión cultural de desinterés o falta de responsabilidad ciudadana que da origen a serios problemas de contaminación de aire, agua y suelo. Estos efectos se evidencian en los numerosos microbasurales en las esquinas y espacios verdes, y en la presencia de basura dispersa por toda la ciudad. (DGADS, 2005)

La segunda perspectiva de análisis es de carácter administrativo: el Municipio, si bien es responsable de la gestión integral de los RSU, transfiere las tareas a una empresa privada. Según el Informe Ambiental Anual 2005, el problema fundamental en este aspecto del circuito de la basura y que tiene una ocurrencia periódica, es la disposición final de los RSU. El relleno sanitario ha presentado a lo largo del 2004 numerosas problemáticas en cuanto a su operatividad teniendo acumulación de basura en todo el predio por problemas con las maquinarias. (DGADS, 2005).

En este sentido, durante la visita efectuada al SDF el 20 de septiembre de 2006, pudo constatarse que efectivamente las maquinarias encargadas de la compactación de los RSU se encontraban fuera de funcionamiento y paradas a un costado de las trincheras (ver Figura 1.10). Además, la falta de compactación y cobertura diaria de residuos también origina problemas como la voladura de bolsas de polietileno en el predio y hacia los alrededores del mismo.

En cuanto a las soluciones propuestas al tratamiento de residuos, se han realizado algunas campañas y proyectos desde el Municipio. Según lo expresado en el Informe Ambiental 2005, a los efectos de dar solución de fondo a la problemática de los RSU el Municipio impulsó la valorización de los RSU como una estrategia para disminuir el volumen de residuos que ingresan al SDF. Esta estrategia se basó en el lanzamiento

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de un concurso de Iniciativas Privadas para la implementación de un Centro Metropolitano de Tratamiento y Disposición Final de Residuos Sólidos Urbanos en la ciudad de Salta. El proceso contó con la presentación de siete propuestas de empresas que trabajan en la materia. Una comisión especial del Municipio evaluó cada una de las propuestas desde el punto de vista técnico, legal y económico. La propuesta ganadora sería la base para la elaboración del pliego de condiciones para la correspondiente licitación del servicio. Sin embargo, la empresa de la propuesta ganadora quebró, por lo tanto no se pudo llevar a cabo la estrategia mencionada, y el proceso no continuó.

Figura 1.10. Residuos al descubierto en el SDF San Javier (Fuente: fotografías

tomadas durante la visita al SDF San Javier, julio de 2006)

Asimismo, en el año 2003 se inició una campaña de erradicación de microbasurales, que cuenta con el seguimiento de la Subsecretaría de Medio Ambiente que depende de la Dirección de Obras Públicas de la Municipalidad de Salta. En la campaña se involucró a la empresa prestataria del servicio de higiene y al personal del Municipio, quienes se encargaban de levantar los montículos de basura que los vecinos disponen en distintos puntos de la ciudad. La labor de los equipos fue complementada por una campaña de prensa y comunicación que incluyó el tratamiento de la temática en distintos programas periodísticos de los medios locales, el pautado de mensajes

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publicitarios y la colocación de carteles en cada uno de los sitios donde se encontraron los microbasurales.

Otra actividad fue la campaña de deschatarrado en los distintos barrios de la ciudad cuyo objetivo fue la eliminación de los focos de reproducción del mosquito que transmite la enfermedad del Dengue. Esta campaña también se inició en el 2003 y se siguen realizando seguimientos desde la Subsecretaría de Medio Ambiente que depende de la Dirección de Obras Públicas de la Municipalidad de Salta.

El componente educativo y de concientización tuvo un amplio desarrollo con la implementación de actividades y campañas en instituciones educativas y vecinales, así como en medios de comunicación. Se destaca que en la renovación del contrato de prestación del Servicio de Higiene Urbana se volvió a incluir un monto para la realización de actividades de concientización sobre la adecuada gestión de los residuos.

Durante el año 2004 se realizaron charlas ambientales en instituciones educativas, en instituciones vecinales y oficiales, además de la coordinación y participación en jornadas y campañas ambientales. La totalidad de los actores participantes en las distintas instancias fue de 17.680 personas. (DGADS, 2005)

1.3.2. Situación socio-económica de la población cercana al SDF San Javier

En las cercanías del área de estudio (SDF) se encuentran emplazados barrios periféricos de la zona sur-este de la ciudad de Salta, cuyos habitantes pertenecen a un nivel socio-económico predominantemente bajo (ver Figura 1.11).

Según lo explicado por el Ing. Torres, el predio de disposición final de residuos ya se encuentra en un área urbana. Los barrios cercanos son Sanidad, Democracia, San Benito y Primera Junta, y se van construyendo nuevos asentamientos sobre el camino de acceso y en las cercanías al predio. También hay fábricas cercanas –de plásticos-, cría de aves, granjas, y escasa actividad agrícola. (Torres, 2006)

En cuanto a la población que vive en las cercanías del predio, especialmente la del Barrio San Benito, en su mayor parte realiza actividades de cirujeo en el SDF San Javier (ver Figura 1.12). Con la finalidad de preservar la salud de estas personas y de organizar los turnos de esta actividad a fin de que no resulte un inconveniente para las tareas de descarga de residuos en las trincheras, se realizó en el año 2001 un convenio entre la Municipalidad de la ciudad de Salta, la población del barrio San Benito y la empresa Agrotécnica Fueguina.

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Figura 1.11. Barrios cercanos al SDF (Fuente: fotografías tomadas durante la visita

al SDF San Javier, septiembre de 2006)

Figura 1.12. Actividades de cirujeo en el predio San Javier (Fuente: fotografías

tomadas durante la visita al SDF San Javier, julio de 2006)

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Es así como, por medio del Decreto 0970/01 del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de la ciudad de Salta8, se aprueba el Convenio de Mutua Colaboración celebrado entre el Municipio, el Grupo san Benito y la Empresa Agrotécnica Fueguina, que establece la prestación de apoyo y colaboración en las tareas que se realizarían en el predio de la Finca San Javier.

Las tareas consisten en la clasificación, apoyo y retiro de residuos de cartón, chatarra, papeles, PET, PVC, trapos y vidrios. Las actuaciones de cada firmante del convenio –Cooperativa, Empresa y Municipio, quedan establecidas en el siguiente esquema:

Tabla 1.5. Actuaciones de los firmantes del Convenio de Mutua Colaboración. RESPONSABLE ACCIÓN/PROCESO TAREAS DE COLABORACIÓN

LA EMPRESA

- Selección y despeje de un lugar para el desarrollo de tareas.

- Capacitación no formal para los operarios.

- Dotación de Insumos.

- Demarcación, cercado y señalización.

- Realización de demostración y prácticas.

- Entrega sin cargo de vestimenta laboral a los operarios

EL GRUPO

- Implementación de procesos de disposición final de residuos de cartón y chatarra.

- Recepción, a través de sus integrantes, capacitación adecuada a los propósitos del Convenio.

- Selección, clasificación, acopio y retiro. Colaboración voluntaria en la recolección domiciliaria de chatarra en vinculación con el Plan de Prevención del Dengue.

- Asistencia obligatoria a las instancias de capacitación.

LA MUNICIPALIDAD

- Trabajo con la organización comunitaria del Barrio San Benito.

- Relevamiento de los recursos.

- Detección de necesidades.

- Diseño de capacitación

Generación de proyectos específicos

(Fuente: Acta Convenio, Decreto N°0979/01, Municipalidad de Salta)

Posteriormente, reiterados desacuerdos internos entre los miembros de la Cooperativa San Benito, provocaron que la Cooperativa San Benito se dividiera, funcionando actualmente dos grupos de trabajo: San Benito I y San Benito II, cada uno con turnos preestablecidos. Por Resolución N°55 de la Municipalidad de la ciudad de Salta9 se estableció el cronograma de trabajo para ambos grupos.

8 Decreto 0971/01. Aprobación del Convenio de Mutua Colaboración. Secretaría de Gobierno, Municipalidad de Salta, 30 de octubre de 2001. 9 Resolución N° 55: Cooperativa San Benito I y Grupo San Benito II-Vertedero San Javier. Jefatura de Gabinete, Municipalidad de la ciudad de Salta, Salta, 20 de agosto de 2004.

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SECCION 2:

CARACTERIZACIÓN DEL SITIO DE DISPOSICIÓN FINAL

DE RSU DE LA CIUDAD DE SALTA

2.1. Ubicación

El SDF de residuos de la ciudad de Salta, está ubicado en la Finca San Javier, Municipio de la ciudad de Salta, Departamento Capital, provincia de Salta.

Según se describe en el Estudio de Impacto Ambiental y Social presentado por Agrotécnica Fueguina, la localización catastral del predio es: Sección P. Lote 3. Parcela M. Catastro 98.342, y su localización geográfica corresponde a las coordenadas S 24° 51´ y W 65° 23´, con una altitud de 1164 m.s.n.m. (Aramayo y Del Valle, 2001)

Se puede acceder al predio por la ruta provincial N° 26. En las cercanías del predio está el Río Arenales, que es el que atraviesa la ciudad, y a 600 metros hacia el sur se encuentra también el Río Ancho, que viene desde el sector sudoeste, y es el límite departamental entre ciudad Capital y Cerillos.

En cuanto al área de incidencia del SDF, se pueden identificar:

• el área de incidencia directa, correspondiente al predio actual del SDF y sus alrededores: Finca San Javier. Municipio de la ciudad de Salta. Departamento Capital.

• el área de incidencia indirecta, conformada por los municipios cuyos residuos son depositados en el relleno: Capital, Vaqueros, San Lorenzo, Cerrillos, La Caldera y La Merced.10

2.2. Antecedentes

En la ciudad de Salta, durante décadas, la disposición de los residuos –inclusive de patológicos- se realizaba en el vertedero habilitado en la Angostura, sector ubicado en proximidades al río Arenales y al actual Parque Industrial. En la zona se acumulaban grandes cantidades de residuos a cielo abierto y sin aplicación de tratamientos, a excepción de las pulverizaciones periódicas de desinfectantes con el objetivo de controlar la proliferación de insectos. (Aramayo y Del Valle, 2001, pág. 1)

El basural la Angostura estaba ubicado en cercanías del cerro La Pedrera, ubicada al noreste del SDF actual, San Javier. Este basural no fue llevado a cabo bajo la metodología de un saneamiento ambiental propiamente dicho, fue un basural a cielo

10 Rosario de Lerma tiene su propio SDF.

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abierto que luego se cubrió con escombros y ripio, a cargo de la empresa COMINTES.11

Posteriormente, los RSU de la ciudad de Salta se depositaron en el predio San Javier I, predio gestionado por la Empresa Medio Ambiente. Consistió en un depósito a cielo abierto con quema, sin ninguna infraestructura adicional, que funcionó, según el EIAyS, desde 1994 a 1999, año en el que se realizó una cobertura de clausura. Durante la época en la que funcionó, no se realizaba tratamiento de residuos especiales, por lo que aparentemente todos se disponían en esa trinchera.12

A principios del año 1999, se habilitó en la finca San Javier el nuevo vertedero, San Javier II –adyacente a San Javier I (ver Imagen 1.3 en la sección I de este informe)- con aplicación de la técnica de enterramiento o relleno sanitario, que consiste básicamente en la habilitación de trincheras, disposición de los residuos, compactación y cobertura con tierra; éstas tres últimas fases ejecutadas en forma alternada. Una vez completa la capacidad de las trincheras, se realizaría cobertura final y tareas de forestación. Sin embargo, en la primera etapa del sitio de disposición de residuos en la finca San Javier, la empresa adjudicataria no aplicó el tratamiento sanitario apropiado. Similar situación se presenta en las trincheras de la segunda etapa donde la cobertura está incompleta. (Aramayo y Del Valle, 2001). Esto ocurrió durante los primeros meses de funcionamiento del San Javier II, estando aún la gestión de los RSU a cargo de la empresa Medio Ambiente. Finalmente, la Empresa Agrotécnica Fueguina se hace cargo de la gestión de los RSU a partir de noviembre de 1999.13

2.3. Sitio de Disposición Final actual: Finca San Javier II

A partir del año 1999 el sistema de tratamiento de los RSU está a cargo de la nueva empresa concesionaria Agrotécnica Fueguina S.A.C.I.F., quien habilitó la planta de tratamiento de residuos especiales: industriales-patológicos, en el Parque Industrial de la ciudad de Salta. Además, esta empresa realizó un convenio con la Municipalidad de la ciudad de Salta y con las personas que se dedican al cirujeo, las que son autorizadas a clasificar y separar parte de los residuos con asistencia logística por parte de la empresa.

En los primeros años de concesión se recolectaban otro tipo de materiales, provenientes de la construcción y de microbasurales. Luego, por medidas económicas del Municipio se restringe la recolección de estos residuos, por lo que resurgieron microbasurales en muchos sectores de la ciudad.

Según el historial de disposición de residuos en San Javier II de la Dirección de Higiene y Seguridad del Municipio de Salta (ver Tabla 2.1), esta ciudad genera un volumen de residuos de aproximadamente 390 toneladas diarias. Sin embargo, según el Ingeniero Torres, en la actualidad se estaría generando un promedio de 500 11 Información aportada por la Secretaría de Planificación y Desarrollo, 2006. 12 Información aportada por la Secretaria de Planificación y Desarrollo, 2006. 13 Información aportada por la Secretaría de Planificación y Desarrollo, 2006.

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toneladas diarias14. Todos los residuos que ingresan tienen características de Residuos Sólidos Urbanos, salvo los patogénicos que llegan al SDF previa inmunización en la Planta (la que cuenta con un autoclave y un horno pirolítico) que la empresa posee en el Parque Industrial de la ciudad.

Tabla 2.1. Historial de disposición de residuos en el SDF en toneladas Año 2001 2002 2003 2004 2005 2006 Total Enero 11.544,9 8.835,2 12.017,9 12.062,7 44.460,7 Febrero 11.014,7 8.741,0 10.384,7 10.660,0 40.800,4 Marzo 11.049,5 9.756,3 11.747,0 32.552,8 Abril 9.999,9 9.938,1 5.313,9 10.997,1 36.249,0 Mayo 9.022,6 9.065,9 10.419,6 11.015,7 39.523,8 Junio 3.935,3 7.295,2 8.879,1 9.407,0 29.516,6 Julio 11.695,0 8.832,2 9.494,8 9.753,3 39.775,3 Agosto 11.443,0 8.341,6 8.900,3 10.708,0 39.392,9 Septiembre 10.229,8 8.101,1 9.948,1 9.245,5 37.524,5 Octubre 11.623,8 9.433,1 10.469,0 9.705,4 41.231,3 Noviembre 11.215,7 9.097,2 9.801,4 10.210,2 40.324,5 Diciembre 12.723,1 9.922,4 12.078,9 12.532,4 47.256,8 TOTAL 72.865,7 113.654,4 115.908,1 22.402,6 87.295,3 56.482,5 468.608,6

OBSERVACIONES: Año 2001: Datos obtenidos desde el 21 de junio, fecha en que la Municipalidad de Salta toma el control de la báscula de pesaje. Año 2002: Durante los días 2 al 6/05 y 22 al 26/08 se produce paro del personal de la Empresa Agrotecnica Fueguina. Año 2004: Desde marzo a diciembre no funciona el lector de peso de la báscula por lo cual no hay registro de pesajes Año 2005: Desde enero hasta el 15 de abril no funciona el lector de peso de la báscula por lo cual no hay registros de pesajes (Fuente: Dirección Higiene Urbana, Municipalidad de Salta)

Según un estudio en el campo realizado por la empresa Agrotécnica Fueguina, el casi 68% de estos residuos es materia orgánica, sobre todo residuos del alimento. Sin embargo, el ingeniero Torres estima que sólo un 25% de los residuos recibidos son orgánicos. (Torres, 2006)

El SDF San Javier II tiene aproximadamente 14 hectáreas. Se encuentra delimitado por un cerco perimetral. Los servicios con los que cuenta son luz y agua. Las trincheras están rodeadas por caminos que permiten el tránsito de vehículos. Sobre las trincheras ya cerradas pueden verse los tubos de venteo de gases (ver Figura 2.1 y 2.4).

De acuerdo a lo expresado por el Ingeniero Torres, la construcción de sus instalaciones se ha dado a lo largo del tiempo y en forma no programada, por lo que se hallan en todo el área 12 trincheras, con un sistema de captación de lixiviados, sin

14 Entrevista con el Ingeniero Torres, perteneciente a la Empresa Agrotécnica Fueguina. Visita al SDF de la ciudad de Salta, 20 de septiembre de 2006. (Grabación de la entrevista disponible en medio magnético)

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planta de tratamiento de los mismos. El diseño de las trincheras no es homogéneo, sino que tienen diferentes formas, profundidades y tamaños. Esto responde a la ya mencionada construcción no planificada del SDF. Las primeras trincheras fueron de de poca dimensión, y las siguientes fueron aumentando sus dimensiones debido a que se fueron unificando las trincheras por falta de terreno, lo que además llevó a sobre-elevar, es decir, se comenzó con la disposición de los residuos sobre el nivel de superficie, manteniendo el sistema de captación de lixiviados. (Torres, 2006)

Figura 2.1. Trinchera y caños de venteo del SDF San Javier II (Fuente: fotografías

tomadas durante la visita al SDF San Javier, septiembre de 2006)

Según el personal de la empresa, la disposición de los residuos sobre el nivel del terreno les permitiría seguir trabajando sobre las trincheras actuales: se pueden construir taludes de contención y continuar el trabajo sobre el nivel de terreno. Sólo habría impedimentos considerando el impacto sobre el paisaje. (Torres, 2006)

En cuanto a la diferencia en las dimensiones de las trincheras, las primeras tienen 60 metros de largo y las posteriores alcanzan los 150 metros. Asimismo, las más pequeñas tienen 2 cámaras de colección de lixiviados, y las más grandes tienen entre 6 y 10 (ver Figura 2.2). Según datos aportados por el Ing. Torres, sobre el nivel de terreno las trincheras han alcanzado aproximadamente una altura media de 5.50-6 m, y bajo el nivel de superficie la profundidad promedio es de 7 metros. (Torres, 2006)

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Según lo comentado por el Ing. Torres, la napa freática se encuentra a 39 metros, y “el tipo de suelos permite la existencia de lentes de agua inclaustradas –no son acuíferos cautivos- en materiales impermeables, de diferentes longitudes, que permiten mantener estas 'burbujas' de agua en diferentes profundidades. En la excavación de las trincheras se han encontrado con algunos de estos lentes (algunos llegaban a ocupar media trinchera), que limitaban la construcción de las trincheras, por lo que se realizó la impermeabilización del lugar correspondiente con el material impermeable presente en el lugar: arcilla”. (Torres, 2006)

Figura 2.2. Croquis de ubicación de trincheras. SDF San Javier (Fuente: Agrotécnica Fueguina)

También se construyó en el SDF una trinchera de seguridad de doble pared de hormigón para colocar pilas (ver Figura 2.3). Según lo comentado por el Ing. Torres y la Lic. María Francisca Quiroga, paralelamente se realizó desde el Municipio un programa de separación y recolección diferenciada de pilas denominado “Ponete la pila”. Este programa consistió en la colocación de cestos para su recolección en

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lugares públicos, pero no contó con el apoyo de la población y no funcionó. Por este motivo, actualmente se están proponiendo desde el Municipio otros proyectos para recolectar pilas una vez al mes y darles una disposición final adecuada, pero que cuenten además con un programa de concientización de la población para que el programa funcione. (Torres, 2006)

Figura 2.3. Trinchera de seguridad para pilas, actualmente abandonada (Fuente:

fotografías tomadas durante la visita al SDF San Javier, septiembre de 2006)

Figura 2.4. Vista del predio San Javier II. Las cubiertas son depositadas al costado

del SDF (Fuente: fotografías tomadas durante la visita al SDF San Javier, septiembre de 2006)

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2.4. Próximo Sitio de Disposición Final: San Javier III

El SDF San Javier II se encuentra en estos momentos en su última etapa de actividad. En vistas a su próxima colmatación operativa, la empresa Agrotécnica Fueguina tiene planificada la construcción del próximo predio de disposición final de RSU, San Javier III (ver Figura 1.2 de la Sección I de este informe).

El SDF San Javier III estará ubicado en la Finca San Javier y ocupará 9 hectáreas –cedidas a la empresa por la Municipalidad- adyacentes al SDF San Javier II, donde ya han comenzado las excavaciones de la primera trinchera (ver Figura 2.5). Esta primera trinchera tendrá una profundidad de 7 metros bajo el nivel de superficie, y su dimensión será de 125 x 160 metros, aproximadamente.

Figura 2.5. Excavación de trinchera del SDF San Javier III (Fuente: fotografías

tomadas durante la visita al SDF San Javier, julio de 2006)

Según el proyecto presentado por Agrotécnica Fueguina15, el predio contará con:

- Provisión de servicios (Agua y Energía Eléctrica)

15 Agrotécnica Fueguina S.A.C.I.F (2005). Presentación del Proyecto Relleno Sanitario San Javier III. Ciudad de Salta.

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- Estación de pesaje

- Oficina de Inspección Municipal

- Oficina contratista

- Obras complementarias (vestuarios, baños, taller de mantenimiento, surtidos de combustible, casilla para personal de vigilancia)

- Cercado e iluminación perimetral

- Red de caminos internos.

- Redes de drenaje de aguas superficiales y drenes de lixiviados

- Trincheras con caños para venteo de gases y cámaras de captación de efluentes.

- Pozos de monitoreo

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SECCIÓN 3:

OPERATORIA DEL SITIO DE DISPOSICIÓN FINAL DE RSU

3.1.Metodología de trabajo

La compactación y cobertura diaria (con 15-20 cm de suelo proveniente de la misma excavación de las trincheras) de los residuos que ingresan al predio debiera ser la metodología de trabajo, que actualmente no se lleva a cabo porque las dos máquinas compactadoras no están en uso. Según el Ing. Torres, “El trabajo sobre nivel de terreno ha empeorado la capacidad de las máquinas que posee la empresa para compactar los residuos y ha contribuido a su deterioro” (Torres, 2006).

Debido a lo antes mencionado, el mayor problema para los barrios cercanos al SDF es la voladura de bolsas de residuos, ya que si bien la metodología planificada por Agrotécnica Fueguina es la compactación y cobertura diaria de los residuos que ingresan, el estado actual de la maquinaria, que se encuentra en reparación, impide cumplir con esta tarea por lo que las bolsas de residuos se esparcen por las cercanías del predio. Como ya fue mencionado en la descripción del medio biofísico, esto se agrava por los vientos presentes en el lugar, ya que el SDF está ubicado justamente en el eje de un corredor de vientos. El corredor es una línea potencial de tornados, que nace en el noreste, específicamente en el Km 13 de la ruta a Campo Santo, atraviesa la ciudad de noreste a sudoeste y muere en la zona del Aybal. Los vientos se ven influenciados por la topografía. Los que provienen del este (Anticiclón del Atlántico), son predominantemente húmedos y estivales. Estos vientos son portadores de lluvias, que registran mayores valores los meses de noviembre a abril. Los cordones orientales sirven de barrera a los vientos y el valor de las lluvias decrece hacia el oeste. Los mayores vientos se registran en agosto y en horas del mediodía. Por otra parte las lluvias concentradas en la época de verano complican las actividades en esa época debido a que la arcilla que se vuelve resbaladiza y se necesita generar caminos alternativos.

Los camiones que transportan los RSU se pesan al ingresar y al salir del predio, y la cantidad de residuos diarios que ingresa se obtiene de la diferencia entre el peso bruto y el peso neto de los camiones (ver Figura 3.1). Actualmente se está trabajando en la última trinchera del San Javier II.

3.2. Venteo de gases

Los caños colocados para el venteo de gases también siguen un diseño caprichoso debido a la desigual dimensión de las trincheras. Algunos se han roto o perdido pero su ubicación es fácilmente identificable por la cuadrícula original de las trincheras. En general, estos caños tienen entre sí una distancia entre 25 y 35 metros, dependiendo de la longitud de cada trinchera. (Torres, 2006)

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Según lo expresado por el Ing. Torres, se estima que la producción de biogás del SDF es regular por la percepción visual -especialmente en las mañanas de invierno- y por el olor generado -principalmente por sulfuros-, que demuestran que se están generando gases a partir de la degradación de los residuos. (Torres, 2006)

Figura 3.1. Pesaje de camiones recolectores de residuos (Fuente: fotografías

tomadas durante la visita al SDF San Javier, septiembre de 2006)

3.3. Captación de lixiviados

El SDF San Javier II cuenta con recirculación de lixiviados, es decir, éstos son colectados desde las cámaras de colección, y posteriormente son reinyectados al interior de las trincheras. Según el Ingeniero Torres, de acuerdo a la época del año y al trabajo de cobertura diaria se producen diferencias de contenidos de humedad, y la inyección del lixiviado busca homogeneizar el contenido de humedad de los diferentes sectores del SDF16.

16 Según el Ing. Torres, “las trincheras tienen capacidad para retener todos los lixiviados, a lo que se suma la retención que permite la impermeabilidad del suelo, casi como la de un hormigón”. (Torres, 2006)

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“En el caso del trabajo sobre el nivel del terreno se generan taludes en el perímetro de las trincheras, y por las características del terreno, se trabaja con talud a 90 grados. Al realizarse las excavaciones de las trincheras, en algunas oportunidades se han encontrado materiales más permeables, por lo que tenemos humedad en algunos sectores, mínima, en ese caso impermeabiliza la zona con material impermeable, es decir, con arcilla” (Torres, 2006)

El material utilizado para la impermeabilización es la arcilla, el suelo natural del lugar. La arcilla es un material muy impermeable17, duro y compacto. Sólo hay impermeabilización extra con membrana en la infraestructura de captación de lixiviados, es decir, en las cámaras de colección. (Torres, 2006)

Se trabaja considerando las pendientes para construir la captación de lixiviados –de 2 a 10 cámaras según la trinchera- y de acuerdo a la longitud de las trincheras se instala una o doble cabecera de captación. Para la construcción de la cámara se excava, se coloca la cámara y en sus alrededores se coloca membrana, material árido y tubos (de PVC) perforados a media caña para la captación de lixiviados. En caso de encontrar materiales más permeables o humedad cercana a las trincheras se realiza impermeabilización con bentonita. (Torres, 2006)

Según el personal de la Dirección General de Ambiente y Desarrollo Sustentable que se encuentra en el SDF realizando tareas de inspección18, se han detectado problemas en la colección y control de lixiviados, ya que en algunos sectores la espuma generada por los lixiviados ha salido por los tubos de venteo de gases.

3.4. Barrera forestal

Según lo expresado por el Ing. Torres, la implantación de una barrera forestal que contribuya a frenar la voladura de bolsas de polietileno de baja densidad19, se ve obstruida por el accionar de la gente que habita en las cercanías del predio, que utiliza estas plantas para leña impidiendo el mantenimiento de la cortina forestal. (Torres, 2006)

3.5. Planes de clausura, de manejo ambiental, de monitoreo y de contingencias

A la fecha de elaboración de este informe no se ha recibido información sobre planes de clausura presentados por la empresa Agrotécnica Fueguina. Como ya fue 17 Los estudios de suelo realizados en el predio del San Javier III, adyacente al San Javier II, estiman un Coeficiente de Permeabilidad (K) de 1 x 10 -7 cm/seg., lo que sitúa a estos suelos, según la clasificación de Terzaghi y Peck (1975), como “suelos prácticamente impermeables”. (Castro Vidaurre y Naharro, 2005) 18 Esta información fue aportada por el personal de la DGADS durante la visita realizada al SDF San Javier II, 20 de septiembre de 2006. Grabación disponible en medio magnético. 19 Las bolsas de polietileno de baja densidad son utilizadas para la disposición de los residuos en los domicilios, previa recolección por parte de los camiones de la empresa Agrotécnica Fueguina.

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mencionado, el Ing. Torres explicó que la construcción del SDF fue realizada de acuerdo a las necesidades y urgencias del momento. (Torres, 2006)

Tampoco se ha recibido información sobre planes de manejo ambiental, de monitoreo y de contingencias, que la empresa Agrotécnica Fueguina haya presentado ante el Municipio. La única referencia en este sentido es la propuesta de medidas protectoras, mitigadoras y compensatorias, y su correspondiente plan de monitoreo, presentada por Aramayo y Del Valle (2001), que forma parte del EIAyS del predio San Javier II (ver Anexo VI).

3.6. Controles

La empresa realiza fumigación diaria para evitar problemas de dengue y otras enfermedades, y coloca sebo para roedores.

Agrotécnica Fueguina presenta ante el Municipio datos de recolección de RSU, y el Municipio confirma o no estos informes. Por este motivo, hay inspectores de Agrotécnica Fueguina y del Municipio (pertenecientes a la DGADS) dentro del predio de disposición final de residuos.

Según lo mencionado por la Lic. María Francisca Quiroga20, los empleados del Municipio solicitan capacitación sobre la adecuada gestión de los residuos.

3.7. Actividades de “cirujeo”

Como ya fue mencionado en la Sección 1 de este informe, actualmente hay dos grupos que realizan actividades de “cirujeo” en el predio: la Cooperativa San Benito I y el Grupo San Benito II22. Igualmente, la empresa tiene dificultades para controlar el ingreso de personas ajenas a estos grupos que realizan actividades de “cirujeo” en el predio. Estas personas, con la finalidad de ingresar al SDF, rompen el alambrado perimetral con una frecuencia casi diaria. Se observa así la presencia en el predio de familias enteras, incluso con perros, separando materiales de los residuos. (Torres, 2006). Por otra parte, el Consejo Deliberante de la ciudad de Salta ha denunciado en junio de 2006 la presencia de menores de edad “cirujeando” en el predio a la par de sus madres o padres, así como también lo hacen personas de todas las edades sin ningún tipo de protección (como guantes, botas, barbijos y mamelucos). Estas condiciones de trabajo fueron constatadas por la presencia de los concejales en el 20 La Lic. Quiroga participó de la visita al SDF San Javier II realizada el 20 de septiembre de 2006, en representación de la Secretaría de Planificación y Desarrollo de la Municipalidad de Salta. 22 La denominación diferenciada de “Cooperativa San Benito I” y “Grupo San Benito II”, se determina en la Resolución Municipal N° 55, del 20 de agosto del 2001, que establece el cronograma con turnos diferenciados de actividades de cirujeo en el predio San Javier para ambos grupos.

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predio, así como también denunciaron la ruptura y falta de mantenimiento del alambrado perimetral. A diciembre de 2006 aún se siguen denunciando las mismas irregularidades, como puede constatarse en las noticias publicadas en el diario local23.

Las personas que forman parte de los grupos de trabajo San Benito I y II están autorizadas a realizar el trabajo de separación de materiales de los residuos dentro del predio y cuentan con la cooperación de la empresa Agrotécnica Fueguina. La empresa provee camiones que los ayudan a recolectar y trasladar los materiales separados: cartón, papel, trapo, PET, etc. Se estima que son aproximadamente 100 familias las que hacen estas tareas de cirujeo en el predio (Torres, 2006). Durante la visita al SDF San Javier realizada el 20 de septiembre de 2006, pudo observarse la presencia de estos grupos separando materiales de los RSU. Estos materiales son enfardados para luego ser llevados por los camiones de Agrotécnica Fueguina hasta el Barrio San Benito (ver Figura 3.2).

En este momento la empresa no está capacitando a quienes forman partes de las cooperativas. Existe una propuesta de capacitación, a través de la Dirección de Cambio Climático y Producción Limpia de la Secretaría de Planificación y Desarrollo - Municipalidad de Salta, a ser llevada a cabo en el primer semestre del año 2007.24

Figura 3.2. Separación de materiales de los RSU en el SDF San Javier II (Fuente:

fotografías tomadas durante la visita al SDF San Javier, septiembre de 2006)

23 Artículo “Vivir de la basura, una dura realidad”. Diario El Tribuno. Salta, 10 de diciembre de 2006. 24 Información proporcionada por la Secretaría de Planificación y Desarrollo, Municipalidad de Salta, 2006.

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SECCION 4:

MARCO LEGAL. ADECUACIÓN DEL PROYECTO A LA LEGISLACIÓN EXISTENTE (NACIONAL, PROVINCIAL Y LOCAL)

En esta sección se detallan las leyes nacionales, provinciales y municipales que regulan la gestión de los RSU y sus impactos en el medio ambiente, a fin de enmarcar las actividades del SDF San Javier en la legislación vigente. De cada ley, decreto y ordenanza, se mencionan los contenidos que pueden tener incumbencia en el tema tratado en este informe. En algunos casos, se han transcripto algunas secciones importantes de estas leyes/decretos/ordenanzas, y se ha anexado el texto completo de las ordenanzas más relevantes. 4.1 Legislación Nacional CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA ARGENTINA. ARTÍCULO 41. Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales.

Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales.

Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos, y de los radiactivos.

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA ARGENTINA. ARTÍCULO 124. Las provincias podrán crear regiones para el desarrollo económico y social y establecer órganos con facultades para el cumplimiento de sus fines y podrán también celebrar convenios internacionales en tanto no sean incompatibles con la política exterior de la Nación y no afecten las facultades delegadas al Gobierno federal o el crédito público de la Nación; con conocimiento del Congreso Nacional. La ciudad de Buenos Aires tendrá el régimen que se establezca a tal efecto. Corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio.

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LEY 25.675. LEY GENERAL DEL AMBIENTE. Establece los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable. Determina los objetivos de la política ambiental nacional, entre ellos, prevenir los efectos nocivos o peligrosos que las actividades antrópicas generan sobre el ambiente para posibilitar la sustentabilidad ecológica, económica y social del desarrollo.

Además, establece los principios de la política ambiental nacional, entre ellos:

Principio de congruencia: La legislación provincial y municipal referida a lo ambiental deberá ser adecuada a los principios y normas fijadas en la presente ley; en caso de que así no fuere, éste prevalecerá sobre toda otra norma que se le oponga.

Principio de responsabilidad: El generador de efectos degradantes del ambiente, actuales o futuros, es responsable de los costos de las acciones preventivas y correctivas de recomposición, sin perjuicio de la vigencia de los sistemas de responsabilidad ambiental que correspondan.

LEY 25.916. RESIDUOS DOMICILIARIOS. PRESUPUESTOS MÍNIMOS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL Establece los presupuestos mínimos de protección ambiental para la gestión integral de los residuos domiciliarios, sean éstos de origen residencial, urbano, comercial, asistencial, sanitario, industrial o institucional, con excepción de aquellos que se encuentren regulados por normas específicas.

Define las etapas de la gestión integral de residuos domiciliarios: generación, disposición inicial, recolección, transferencia, transporte, tratamiento y disposición final. La disposición final comprende al conjunto de operaciones destinadas a lograr el depósito permanente de los residuos domiciliarios, así como de las fracciones de rechazo inevitables resultantes de los métodos de tratamiento adoptados. Asimismo, quedan comprendidas en esta etapa las actividades propias de la clausura y postclausura de los centros de disposición final.

Serán autoridades competentes de la presente ley los organismos que determinen cada una de las jurisdicciones locales. Las autoridades competentes serán responsables de la gestión integral de los residuos domiciliarios producidos en su jurisdicción, y deberán establecer las normas complementarias necesarias para el cumplimiento efectivo de la presente ley. Asimismo, establecerán sistemas de gestión de residuos adaptados a las características y particularidades de su jurisdicción, los que deberán prevenir y minimizar los posibles impactos negativos sobre el ambiente y la calidad de vida de la población.

En el capítulo V, en sus artículos 17 al 21, se detallan cuestiones referidas a los centros de disposición final: Se denomina centros de disposición final a aquellos lugares especialmente acondicionados y habilitados por la autoridad competente para la disposición permanente de los residuos. Las autoridades competentes establecerán los requisitos necesarios para la habilitación de los centros de disposición final, en

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función de las características de los residuos domiciliarios a disponer, de las tecnologías a utilizar, y de las características ambientales locales. Sin perjuicio de ello, la habilitación de estos centros requerirá de la aprobación de una Evaluación de Impacto Ambiental, que contemple la ejecución de un Plan de Monitoreo de las principales variables ambientales durante las fases de operación, clausura y postclausura. Para la operación, clausura y postclausura de los centros de disposición final, las autoridades competentes deberán autorizar métodos y tecnologías que prevengan y minimicen los posibles impactos negativos sobre el ambiente y la calidad de vida de la población. Los centros de disposición final deberán ubicarse en sitios suficientemente alejados de áreas urbanas, de manera tal de no afectar la calidad de vida de la población; y su emplazamiento deberá determinarse considerando la planificación territorial, el uso del suelo y la expansión urbana durante un lapso que incluya el período de postclausura. Asimismo, no podrán establecerse dentro de áreas protegidas o sitios que contengan elementos significativos del patrimonio natural y cultural. Los centros de disposición final deberán ubicarse en sitios que no sean inundables. De no ser ello posible, deberán diseñarse de modo tal de evitar su inundación.

LEY 25.688. RÉGIMEN DE GESTIÓN AMBIENTAL DE LAS AGUAS. LEY DE PRESUPUESTOS MÍNIMOS. Establece los presupuestos mínimos ambientales, para la preservación de las aguas, su aprovechamiento y uso racional.

LEY 24.295. CONVENCIÓN MARCO DE NACIONES UNIDAS SOBRE CAMBIO CLIMÁTICO

Aprueba la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático, adoptada en Nueva York, Estados Unidos, el 9 de mayo de 1992 y abierta a la firma en Río de Janeiro (República Federativa del Brasil) el 4 de junio de 1992. El objetivo de la Convención es lograr la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climático. Ese nivel debería lograrse en un plazo suficiente para permitir que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático, asegurar que la producción de alimentos no se vea amenazada y permitir que el desarrollo económico prosiga de manera sostenible.

LEY 25.438. APROBACIÓN DEL PROTOCOLO DE KIOTO DE LA CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE CAMBIO CLIMÁTICO Aprueba el Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático, adoptado en Kyoto, Japón, el 11 de diciembre de 1997. Entre las políticas y medidas consideradas en el protocolo, se encuentra la investigación, promoción, desarrollo y aumento del uso de formas nuevas y renovables de energía,

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de tecnologías de secuestro del dióxido de carbono y de tecnologías avanzadas y novedosas que sean ecológicamente racionales.

4.2 Legislación provincial de Salta

CONSTITUCIÓN DE LA PROVINCIA DE SALTA. ARTÍCULO 30. PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE. DEFENSA DE LA CALIDAD DE VIDA. Establece que “todos tienen el deber de conservar el medio ambiente equilibrado y armonioso, así como el derecho a disfrutarlo. Los poderes públicos defienden y resguardan el medio ambiente en procura de mejorar la calidad de vida, previenen la contaminación ambiental y sancionan las conductas contrarias”.

CONSTITUCIÓN DE LA PROVINCIA DE SALTA. ARTÍCULO 176. COMPETENCIAS MUNICIPALES.

En el Inc. 15), establece que a los Municipios les compete “La cooperación con la Provincia o la Nación en asistencias sociales, salud pública, preservación del medio ambiente y recursos naturales”;

LEY 7070 - DE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE (2000) y DECRETO REGLAMENTARIO 3097 Declara de orden público provincial todas las acciones, actividades, programas y proyectos destinados a preservar, proteger, defender, mejorar y restaurar el medio ambiente, la biodiversidad, el patrimonio genético, los recursos naturales, el patrimonio cultural y los monumentos naturales en el marco del desarrollo sustentable en la provincia de Salta.

Define Planta de Disposición Final, como los lugares especialmente acondicionados para el depósito permanente de residuos peligrosos u otros residuos, en condiciones exigibles de seguridad ambiental.

Entre sus principios, se encuentra el Principio de Estudio Global de los Efectos Ambientales: en el análisis de las actividades, acciones o proyectos capaces de producir impacto ambiental, se deberá tener en cuenta, además de las previsiones de esta ley, criterios provinciales, regionales y globales de conservación y sustentabilidad. Por otra parte, las normativas dictadas por los Municipios con arreglo a las competencias reconocidas en la Constitución Provincial, se ajustarán a los principios y derechos establecidos en esta Ley. Además, establece que los Municipios, de común acuerdo con la Provincia, concertarán la realización de actividades comunes destinadas a coordinar acciones favorables al medio ambiente y al tratamiento conjunto de cuestiones interjurisdiccionales.

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En su Artículo 25, establece que las emisiones de desechos o residuos, que puedan contaminar el ambiente y que sean una consecuencia inevitable del Proyecto y acción considerados, deberán ser mantenidas al mínimo nivel posible haciendo uso de la mejor tecnología disponible y practicable para el fin.

Además, en el Capítulo II: De los Residuos en General, el Artículo 105º determina que el tratamiento de los residuos y/o sustancias, excluyendo los peligrosos, patológicos y radioactivos, son de competencia de los municipios correspondientes, mientras que los provenientes de la actividad minera se regirán por el Código Minero Nacional.

Por otra parte, en el Artículo 108º, se establece que los rellenos sanitarios deberán establecerse en sitios alejados de ciudades, pueblos o aldeas, conforme lo establecido en las normas de ordenamiento territorial vigentes y sujeto a los Estudios de Impacto Ambiental y Social.

Finalmente, en el Artículo 109º, determina que los proyectos de relleno sanitario, públicos o privados, deberán incluir en su presupuesto de ejecución, planes viables de remodelación y recuperación del terreno. Una vez concluido el relleno, los proyectos deberán constituir garantía o fianza suficiente para cubrir las erogaciones necesarias para su monitoreo y control.

LA LEY 7017 Y DECRETO 2299 "CODIGO DE AGUAS DE LA PROVINCIA DE SALTA"

En el territorio de la provincia de Salta todo lo atinente a la tutela, gobierno, poder de policía, captación, aducción, administración, distribución, conservación, defensa contra los efectos nocivos de las aguas públicas superficiales y subterráneas, sus fuentes, álveos, riberas, obras hidráulicas y las limitaciones al dominio en interés a su uso se regirán por este Código.

En su Capítulo Segundo: Contaminación, el Artículo 160 establece que se entiende por aguas contaminadas las que por cualquier causa son peligrosas para la salud, no aptas para el uso que se les dé, perniciosas para el medio ambiente o la vida que se desarrolla en el agua o álveo o que por su olor, sabor, temperatura o color causen molestias o daños.

Determina que en el caso de depósitos privados de sustancias que puedan generar lixiviados tóxicos, peligrosos o capaces de alterar la calidad de las aguas subterráneas y/o superficiales, se deberán extremar las medidas tendientes a evitar infiltraciones por la base y laterales del depósito. Se deberá implementar también defensas que eviten que el depósito sea inundado por corrientes superficiales o por acción directa de las lluvias, debiéndose en su caso proceder al cubrimiento del mismo. Este tipo de depósitos deberán evitarse en aquellos sitios que la Autoridad de Aplicación considere de alta vulnerabilidad en materia hídrica.

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4.3. Legislación Municipal. Ciudad de Salta

ORDENANZA 11754. POLÍTICA AMBIENTAL DEL MUNICIPIO DE SALTA.

Establece los principios de la Política Ambiental del Municipio de la ciudad de Salta, así como los instrumento de acción que serán utilizados por la Municipalidad para llevar a la práctica los objetivos de la Política Ambiental: planificación, educación, participación e instrumentos técnicos. Estos últimos, son todos aquellos métodos de gestión, Auditoría y control que contribuyan a la protección y manejo adecuado del ambiente. A los efectos de su utilización en la gestión ambiental del Municipio de Salta, se considerará entre los instrumentos técnicos, la figura de la Auditoría Ambiental:

Sistema de Manejo y Auditoria Ambiental (SMA): Herramienta de gestión integral del medio ambiente dentro de las industrias, empresas a instituciones. Un Sistema de Manejo (o Gestión) Ambiental es el marco que se fija una Institución para alcanzar y mantener un comportamiento ambiental adecuado y sustentable, dentro de la dinámica situación social, económica y jurídica que se verifica en la actualidad. Una Auditoría ambiental es una herramienta de gestión empresarial para la evaluación sistemática, documentada, periódica y objetiva de las actividades que realiza una empresa, industria, o institución, con el objeto de salvaguardar el medio ambiente. Facilita el control de las prácticas ambientales de la empresa y permite evaluar el cumplimiento de las leyes y regulaciones que se aplican a la autoridad auditada.

Otros instrumentos son: Programas de Prevención de Desechos y Emisiones (PPDE), Convenios Ambientales, Certificado Ambiental Municipal. Otorgamiento de un Certificado Ambiental Municipal (CAM), Eco-etiquetas, Promoción del Autocontrol Empresario, Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental, Análisis de Ciclo de Vida, Incentivos económicos, Inspecciones ambientales y Promoción Ambiental, Índice de Calidad Ambiental, y la Definición de Estándares de Calidad Ambiental.

Define como Autoridad de Aplicación a la Dirección General de Medio Ambiente de la Municipalidad de la Ciudad de Salta.

ORDENANZA 3276. HIGIENE PÚBLICA Contiene disposiciones tendientes a proteger los recursos naturales, el ambiente humano con todos y cada uno de sus elementos naturales o artificiales constitutivos, la limpieza y estética de la ciudad y sus alrededores, en salva guarda de la salud y bienestar de la población y sus bienes en general y de los trabajadores estatales, privados a independientes en particular (para mayores detalles ver Anexo III).

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ORDENANZA 12219. TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS

Establece el tipo de residuos aptos para la disposición final en el vertedero municipal, las características del sitio de disposición final, las condiciones de clausura del predio así como las posibilidades de uso futuro del mismo.

Establece también los requisitos que deberán cumplir los proyectos de disposición final de residuos, su operación y cierre. (Para consultar la Ordenanza 12.219 completa, ver Anexo IV)

ORDENANZA 5941. CÓDIGO DE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE.

Tiene por objeto establecer los principios rectores para la protección, defensa y mejoramiento del ambiente en el Ejido de la Municipalidad de la Ciudad de Salta, en beneficio de la óptima calidad de vida de sus habitantes. Define Residuo, basura o desecho.

Establece que los particulares e instituciones tanto públicas como privadas cuyas acciones, obras o actividades degraden o sean susceptibles de degradar el ambiente en forma incipiente, corregible o irreversible, quedan obligados a instrumentar todas las medidas necesarias para evitar dicha degradación. Detalla la prohibición de contaminar suelos, aguas, atmósfera, flora y fauna y paisajes.

Determina las autorizaciones para la descarga de efluentes, y normas de calidad del aire (ver Anexo V para mayores detalles).

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SECCIÓN 5:

INTERRELACIÓN ENTRE LA OPERATORIA DEL SDF Y EL PROYECTO DE CAPTURA DE BIOGÁS

5.1. Objetivo del proyecto

El Municipio de la ciudad de Salta tiene proyectado construir una planta de captura de biogás sobre el SDF San Javier II, próximo a colmatarse, y a futuro sobre el próximo SDF de la ciudad de Salta, el san Javier III.

El objetivo principal de este proyecto es ayudar a la Argentina a alcanzar el desarrollo sostenible y a contribuir al último objetivo de la convención reduciendo emisiones de gas de efecto invernadero. Argentina ha firmado el Protocolo de Kyoto en 1997 y lo ha ratificado en el 2001.

El proyecto propone capturar e incinerar el metano generado en el SDF municipal de la ciudad de Salta. Los créditos de la reducción de la emisión generados con la actividad del proyecto ayudarán a que los países del Anexo I puedan resolver sus obligaciones de reducción de la emisión según lo convenido bajo el Protocolo de Kyoto. Parte de los réditos obtenidos con la comercialización de las reducciones de la emisión será utilizada para financiar la construcción y el mantenimiento de un instituto para el estudio y del control de los gases de efecto invernadero y la gestión de residuos sólidos urbanos, que contará con el apoyo de la universidad local y el municipio de Salta.

5.2. Localización y extensión del proyecto

El emplazamiento de la planta de captura de gas se ubica en el actual SDF de la ciudad de Salta, denominado San Javier II, y también funcionará a futuro sobre el próximo SDF, el San Javier III.

El San Javier II se está acercando a su capacidad total, por lo que próximamente las operaciones serán dirigidas al San Javier III, localizado en un predio adyacente a San Javier II. Toda la basura generada en Salta será dispuesta en San Javier III, por lo que este predio también formará parte del proyecto de captura de gas. La tecnología que se empleará en el sistema de la recuperación de GRS - incluyendo sistemas de extracción, incineración y supervisión - va a ser instalada en el SDF sobre las trincheras cerradas y sobre las nuevas trincheras por habilitarse.

5.3. Descripción de la planta de biogás

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La planta para la recuperación de biogás de Salta se basa en una tecnología convencional de captura activa del biogás, representada por cinco sistemas básicos:

• un sistema de extracción y transporte del biogás compuesto por trincheras de extracción, cabezales para medición y control del biogás, tuberías y accesorios;

• un sistema de succión compuesto por ventiladores, válvulas, accesorios y tablero eléctrico;

• un sistema de combustión conformado por la antorcha y sus accesorios; • un sistema de manejo de condensados compuesto por un condensador y

tuberías para la descarga o transporte hasta su destino final, y • un sistema de monitoreo y control para medir el flujo y la composición del

GRS controlando el ingreso de aire al sistema de recolección y optimizando la extracción en los pozos.

El principio de operación básico de esta tecnología consiste en la aplicación de vacío en el relleno sanitario con la finalidad de capturar el gas desde la masa de residuos, a una velocidad lo más cercana posible a la velocidad a la cual se genera dentro del área de influencia del pozo o trinchera con el objetivo es establecer un gradiente continuo de depresión o vacío. El gas capturado será quemado en una antorcha de llama cerrada.

5.4. Beneficios del proyecto

Los beneficios del proyecto resultan múltiples a partir de un análisis desde diferentes perspectivas, ya sea institucional, tecnológica, socio-económica o ambiental.

En el primer lugar, la recuperación e incineración de GRS beneficiará la actual gestión implementada por el municipio de Salta pues se mejorarán aspectos técnicos y organizativos relacionados con el actual manejo del SDF y con la futura planta de recuperación de GRS. Al respecto merece destacarse la importancia de un adecuado manejo de la operación diaria del relleno sanitario sobre la eficiencia del sistema de captura de GRS. Un alto grado de compactación unido a un sistema de cobertura continuo favorecerá la recuperación de un mayor volumen de biogás evitando el ingreso de aire exterior y optimizando las operaciones de succión y combustión. Así mismo, la implementación de procedimientos para las diferentes actividades (operación del SDF, planta de captura de GRS, sistema de monitoreo y control) facilitará los futuros procesos de verificación y la interrelación entre los diferentes actores involucrados (operador del SDF, operador de la planta de biogás, municipio de Salta, desarrollador del proyecto).

Por otra parte, la creación de un centro para el estudio de la gestión de residuos y el cambio climático permitirá la generación de la información técnica y científica necesaria para la puesta en práctica de acciones destinadas a mejorar el tratamiento de

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residuos y reducir las emisiones generadas por gases de efecto invernadero. Estos conocimientos técnicos contribuirán a replicar y reproducir tecnología y capacidades en la región y el país.

Con respecto a la creación de trabajo, emplearán a la mano de obra local durante la fase de la construcción del proyecto así como para la operación y el mantenimiento de la planta de captura de gas, aunque el requisito del personal experto permanente aumentará levemente.

Desde la perspectiva medioambiental, la captura del biogás que actualmente emite el SDF implica una mejora sustancial sobre distintos factores ambientales. En principio, es importante destacar que la composición primaria del GRS está constituida por metano y dióxido de carbono, cantidades pequeñas de nitrógeno, oxígeno e hidrógeno, sulfuro de hidrógeno, menos del 1 % de compuestos orgánicos no metánicos (NMOCs, por sus siglas en inglés) como cloruro de vinilo, benceno, tolueno, tricloroetano, metil mercaptano y etil mercaptano y trazas de compuestos inorgánicos. Algunos han sido encontrados en concentraciones por encima de los valores límites admisibles. Cada uno de estos componentes del GRS tiene características de alta inflamabilidad, toxicidad y corrosividad, las cuales en circunstancias especiales pueden presentar serio peligro para la vida y salud humanas (EPA, 2003). Se han reportado más de 100 compuestos orgánicos volátiles (VOCs, por sus siglas en inglés) diferentes identificados en el GRS los cuales resultan en su mayoría cancerígenos cuando se encuentran en concentraciones altas. La Environment Agency del Reino Unido (2002) ha registrado una totalidad de 557 trazas componentes en el GRS mientras que en la nota técnica del Departamento Militar de EEUU (Department of the Army, 1995) están reportadas 94 especies de NMOCs en GRS. La Tabla 5.1 resume algunos de los componentes más frecuentemente detectados en diversos rellenos evaluados y los TLV de tres países de la UE y de EEUU.

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Tabla 5.1. Principales trazas de componentes detectados en el GRS (Willumsen,

2004) Componente Concentraciones medidas

ppm

TLV

ppm Dinamarca Alemania Inglaterra Cloruro de vinilo* Benceno* Cloroformo* Diclorometano* Tolueno Xilenos Etilbenceno Clorodifluormetano Diclorodifluormetano Tricloroetileno Tetracloroetileno Etanol Propano Butano Disulfuro de carbono Metanotiol Sulfuro de hidrógeno

0.03-44 0.6-32 0.2-2

0.9-490 4-197

2.3-139 3.6-49 6-602 10-486 1.2-116 0.3-110 16-1450 4.1-630 2.3-626 0.5-22

0.1-430 2.8-27.5

1 5 2

50 75 50 50

1000 10 30 30

1000 200 50 5

0.2 10

2 8

10 103 200 101

- - - - - - - - - - -

5 10 10 200 100 105 105

- 670 944 94 - - -

10 - -

• * Indica que el compuesto presenta características cancerígenas • Los compuestos sin asterisco pueden resultar peligrosos para el sistema nervioso central

En términos generales el GRS tiene efectos adversos sobre la salud humana (desplaza el oxígeno disponible en el área creando una atmósfera deficiente en oxígeno y con potencial de toxicidad elevado, contenido de trazas tóxicas y compuestos cancerígenos en concentraciones superiores al límite permitido de exposición), sobre el suelo y la vegetación (el metano generado en los rellenos afecta la vegetación pues desplaza al oxígeno de la zona radicular y de esta manera ahoga a la planta (Department of the Army, 1995), sobre el aire (los olores típicos que emanan del GRS son causados por el amoníaco y los compuestos sulfurados que contiene el gas, además de los efectos molestos provocados en los residentes cercanos, los olores atraen insectos y otros vectores nocivos), riesgo de explosión e incendio (cuando su concentración en el aire se encuentra entre 5 y 16%) y sobre la atmósfera, dado el alto potencial de calentamiento global que tiene uno de sus componentes mayoritarios como es el metano).

En este proyecto, el GRS será capturado y quemado en una antorcha cerrada con combustión controlada. Al respecto es importante destacar que según la EPA, se considera que la combustión del GRS en dispositivos adecuadamente controlados (antorchas, motores de combustión) con mínima generación de dioxinas y furanos es preferible a la emisión descontrolada del GRS. Respecto al proceso de combustión, se deben asegurar los requerimientos mínimos para minimizar las emisiones derivadas de fracciones no quemadas del gas, los

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productos de la combustión completa e incompleta, los contaminantes presentes en el aire utilizado en la combustión y los productos de síntesis y pirólisis generados durante la combustión. Las condiciones técnicas que aseguran una proceso adecuado están vinculadas al suministro de aire en exceso, temperaturas uniformes (temperaturas excesivas favorecen la formación de NOx y temperaturas bajas favorecen la formación de productos parciales de combustión que pueden ser promotores de dioxinas o furanos), optimización de la mezcla gas-aire y tiempo de retención adecuado a la temperatura especificada para destruir las trazas de los componentes del GRS Un análisis comparativo del efecto de las emisiones de GRS crudo y de las emisiones de su combustión se muestra en forma cualitativa en la Tabla 5.2.

Tabla 5.2. Comparación de los impactos potenciales de GRS crudo y las emisiones del sistema de combustión (Environmental Agency, 2002a)

Impacto GRS crudo Combustión incompleta de GRS

Combustión completa de GRS

Riesgo de explosión √√√ √√ 0

Toxicidad y asfixia √√ √√ √

Olores √√√ √√ √

Fitotoxicidad √ √ √

Disminución de la capa de ozono

√√ √ √

Calentamiento global √√√ √√ √

Smog fotoquímico √ √ √ a √√√

Formación de gas ácido

0 √√ √√√

0 Impacto nulo √ Potencial impacto comparativamente bajo √√ Potencial impacto comparativamente moderado √√√ Potencial impacto comparativamente alto

En cuanto al mantenimiento del SDF una vez clausurado, con una planta de captura de biogás en funcionamiento además de los beneficios anteriormente expuestos, disminuye la probabilidad de incendios, reduce el peligro de explosiones y derrumbes, contribuye al mantenimiento y forestación de la zona y puede contribuir a la creación de fuentes de empleo.

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SECCION 6:

RESULTADOS DE LA REVISIÓN AMBIENTAL Y

PROPUESTA DE ACCIONES Y MEJORAS NECESARIAS

En base a la información detallada en las secciones anteriores, la legislación vigente relacionada con el tema, y con vistas a la construcción de la planta de captura de GRS sobre los sitios de disposición final de residuos San Javier II y San Javier III, se desarrollan a continuación los resultados de la revisión ambiental efectuada, así como también las propuestas de acciones y mejoras necesarias.

Como fue mencionado en la introducción de este informe, la finalidad de esta revisión ambiental es, además de describir el funcionamiento actual de la gestión de los residuos en la ciudad de Salta –específicamente su disposición final-, proponer en base a ello acciones tendientes a disminuir los impactos ambientales generados y adecuar el manejo de los residuos de la ciudad de Salta a la normativa legal vigente y a las buenas prácticas de gestión de residuos.

Con el objetivo de ordenar la información y mantener la coherencia entre las diferentes secciones del presente informe, los resultados de la revisión ambiental y las mejoras propuestas se estructuran siguiendo los puntos destacados en las secciones 2, 3 y 4:

6.1. Ubicación

Como aspecto positivo puede destacarse que la existencia del SDF ha permitido que parte de la población cercana pueda proveerse de materiales que separan de los residuos, lo que constituye una actividad que permite la subsistencia de estas personas, y los ha llevado a organizarse en cooperativas y firmar el Convenio de Colaboración con el Municipio y la empresa adjudicataria del manejo del SDF.

En cuanto a las deficiencias de la ubicación del predio, pueden mencionarse:

- cercanía a cursos de agua.

- cercanía al área urbana.

En cuanto al primer punto, el Estudio de Impacto Ambiental y Social presentado por la Empresa Agrotécnica Fueguina para la construcción de San Javier II, recomienda a la Municipalidad de la ciudad de Salta: “el actual predio del relleno sanitario se encuentra ubicado en una zona de confluencia de ríos que se caracteriza por la descarga de sus aguas subterráneas, como consecuencia del cambio de pendiente que experimentan las mismas. Por lo tanto tal situación representa un riesgo ambiental si no se adoptan las medidas necesarias para evitar los impactos ambientales que ello provoca. Si bien la empresa aplicará las medidas necesarias para proteger el medio ambiente, según lo detallado en el Plan de Trabajo presentado por la misma oportunamente ante las autoridades de la Municipalidad de la Ciudad de Salta, se

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recomienda que cuando este predio no resulte funcional por haber colmado la capacidad de sus módulos, se adquiera un terreno adecuado para tal fin y se hagan los estudios técnicos correspondientes para asegurar que el mismo sea apto para realizar un relleno sanitario” (Aramayo y Del Valle, 2001)

Sin embargo, en el análisis realizado por la Municipalidad de Salta de la presentación del proyecto Relleno Sanitario San Javier III por parte de Agrotécnica Fueguina, se detalla: “Al realizar los estudios preliminares se deberá tener en cuenta que la ubicación geográfica del próximo relleno ha estado condicionada a la preexistencia en el mismo emplazamiento de los dos últimos rellenos de la ciudad (San Javier I y San Javier II), factor que ha sido determinante a la hora de decidir la adquisición del predio referido, ya que al concentrar en un solo lugar a los tres rellenos, se logra una economía ambiental, financiera, social y urbana. Estas economías se expresan en la concentración del impacto ambiental que genera de por sí, un relleno sanitario en el entorno, que al encontrarse los tres rellenos en el mismo lugar, el impacto ambiental producido se circunscribe a un solo lugar, no pudiendo afirmar que el mismo no se incremente pero de seguro resulta notablemente menor que el causable si se diseminaran los rellenos en diferentes entornos. La economía financiera se verifica en la existencia de menores costos de monitoreo y control de los rellenos, ya que al estar estos cercanos al relleno operativo de por sí se cuenta con monitoreo intrínseco. A su vez se debe comprender que el poder operar a los rellenos en un mismo lugar genera una no devaluación de otros sectores plausibles de urbanización en el ejido urbano, representando ello la economía urbana citada. Respecto a la economía social, se debe conceptualizar que la zona de emplazamiento opera como zona de relleno sanitario hace más de 10 años, por lo que los asentamientos de viviendas cercanas se han visto restringidos. De darse la situación de requerir el emplazamiento del próximo relleno en otro lugar de la ciudad se estaría en presencia de un nuevo impacto social, que de este modo se evita” (Higiene Urbana. DGADS, 2005)

En cuanto a la cercanía al área urbana, el cumplimiento de la compactación y cobertura diaria reduciría la afectación del SDF a su entorno, minimizando la voladura de materiales livianos hacia los alrededores del predio y barrios cercanos. La barrera forestal también podría contribuir a este objetivo.

En conclusión, se recomienda:

- que la empresa tome los recaudos necesarios a fin de evitar los posibles impactos ambientales mencionados en el EIAyS, entre ellos: la impermeabilización de todos aquellos sectores que por sus características puedan producir contacto entre los RSU y el agua superficial y subterránea, el manejo adecuado de lixiviados y el monitoreo periódico de aguas superficiales y subterráneas a fin de evaluar su calidad a través del tiempo.

- construir nueva infraestructura de manera de mejorar la existente: por ejemplo, unificando aspectos de monitoreo y control, aprovechando los beneficios de contar con los tres rellenos en un mismo predio.

- realizar la compactación y cobertura diaria de los RSU que llegan al predio. Esto reduciría el impacto visual, la voladura de materiales livianos y la generación de olores.

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- revisar el Convenio de Colaboración San Benito - Municipio – Empresa con el fin de emprender actividades tendientes a mejorar las condiciones de trabajo de aquellas personas que “cirujean” en el predio: proveerles elementos de seguridad (mamelucos, guantes adecuados, barbijos, botas), realizar controles de salud y cursos de capacitación y fundamentalmente evaluar la posibilidad de construir una planta de separación de RSU donde los “cirujas” puedan desarrollar adecuadamente sus actividades.

- impedir el “cirujeo” de personas menores de edad en el SDF.

- limitar la construcción de barrios en la zona cercana al SDF.

6.2. Antecedentes

Se observa en la historia de la gestión de los RSU de la ciudad de Salta, que progresivamente se ha ido mejorando la gestión de los residuos. Para continuar con esta tendencia, y teniendo en cuenta que las primeras trincheras no contaron con una adecuada metodología de trabajo, se recomienda, al iniciar las tareas de clausura del SDF:

- realizar las tareas necesarias para acondicionar estas trincheras de manera que no afecten al medio ambiente circundante y permitan una adecuada captura del biogás generados en las mismas.

6.3. SDF actual: San Javier II

En cuanto al SDF actual, se han considerado los siguientes aspectos:

6.3.1. Metodología de trabajo Como aspecto positivo, puede mencionarse el pesaje de residuos a ingresar y salir del predio de disposición final, lo que permite contar con datos de generación de RSU y su variación en el tiempo. Sin embargo, la tabla presentada en este informe sobre el Historial de Disposición de Residuos (Sección 2, Tabla 2.1) elaborada por Dirección de Higiene Urbana de la Municipalidad de Salta, menciona “Año 2005: Desde enero hasta el 15 de abril no funciona el lector de peso de la báscula por lo cual no hay registros de pesajes”. Por lo tanto, se recomienda:

- reparar el lector de pesaje a fin de contar con datos sobre la cantidad de RSU que ingresan al predio. Por otra parte, sería importante -especialmente ante la posible instalación de la planta de captura de biogás- contar con datos de composición de los RSU, por lo que se recomienda realizar muestreos periódicos y análisis de los residuos que ingresan al SDF.

Otras medidas importantes en cuanto a la metodología diaria de trabajo serían:

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- evaluar la mejor alternativa para el tratamiento de las pilas y en función de ello emprender actividades de concientización, educación de la población y capacitación del personal abocado a esta tarea.

- garantizar al personal empleado las condiciones de higiene y seguridad requeridas por este tipo de trabajo en contacto con RSU.

Si bien la metodología planificada por Agrotécnica Fueguina para operar diariamente es la compactación y cobertura diaria de los residuos, según lo expresado en el Informe Ambiental Anual 2005 y en la entrevista realizada al Ing. Torres, actualmente esta tarea no se está llevando a cabo, “teniendo acumulación de basura en todo el predio por problemas con las maquinarias (DGADS, 2005). Esto pudo comprobarse también en la visita realizada al predio el 20 de septiembre de 2006.

En este sentido, se recomienda reparar las máquinas en desuso para volver a cumplir con la metodología de trabajo diaria prevista, y tomar los recaudos necesarios en cuanto a su mantenimiento para evitar interrumpir nuevamente el ritmo y la forma de trabajo adecuada. El mantenimiento de los caminos internos también favorecerá la circulación diaria de camiones y maquinarias.

Según información aportada por la Secretaría de Planificación y Desarrollo de la Municipalidad de Salta, no se han producido hasta el momento incendios en el SDF actual. Para evitar que estos se produzcan a futuro, se recomienda la inspección diaria del predio, monitoreo periódico y plan de contingencias que garantice la extinción inmediata del evento en caso de producirse.

6.3.2. Venteo de gases Actualmente el SDF San Javier II cuenta con tubos de venteo distribuidos de forma irregular en las trincheras. La captación de estos gases que se realizará mediante la construcción de la Planta de Captura de Biogás proyectada, evitará la emisión de los mismos, y con esto los olores y la reducción del efecto invernadero que estos gases provocan.

Por lo tanto, se recomienda la construcción de la Planta de captura de biogás sobre el SDF San Javier II, y la evaluación del aprovechamiento energético del gas capturado.

6.3.3. Captación de lixiviados Como fue mencionado, los lixiviados generados en el SDF, si bien se colectan, son reinyectados al interior de las trincheras. Para garantizar la viabilidad de esta medida, sería necesario contar con análisis de la composición del lixiviado y la cantidad generada, a fin de conocer su potencial de contaminación y evitar que los lixiviados generados superen la capacidad de retención de las trincheras y se descarguen al exterior, contaminando suelo y aguas.

Por lo tanto, se recomienda:

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- realizar estudios de calidad25 y cantidad de lixiviados, e implementar el monitoreo de agua subterránea y superficial. Caracterización de la calidad natural del agua del acuífero, para evaluar la posible afectación.

- control de fugas de lixiviados: control de las instalaciones de recolección de lixiviados.

- de ser necesario, de acuerdo a la cantidad de lixiviado generado, construir una planta de tratamiento de los mismos.

En relación a lo antes mencionado, es necesario también la obtención de información sobre el funcionamiento del acuífero y las direcciones de flujo de agua superficial y subterránea, a fin de prevenir los posibles impactos sobre suelo y agua que pudiera generar la fuga de lixiviados desde las trincheras, y tomar medidas de mitigación y remediación en caso de ser necesario.

En cuanto al drenaje de pluviales, según información aportada por la Secretaría de Planificación y Desarrollo, el San Javier no cuenta con sistema de drenaje, y es por ese motivo que se producen anegamientos y carcavamientos en terrenos que actualmente son ocupados como trincheras.

Por lo tanto, se recomienda:

- captación y conducción de las aguas pluviales y escurrimientos superficiales, y verificación permanentemente de los canales de conducción de agua de lluvia evitando su encharcamiento.

6.3.4. Barrera forestal Se destaca como aspecto positivo el alambrado perimetral existente alrededor del predio. Sin embargo, este alambrado es roto casi diariamente por personas que intentan ingresar al SDF con la finalidad de realizar actividades de cirujeo. Asimismo, mantener una barrera forestal ha sido imposible debido a que la población cercana corta estos árboles para utilizarlos como leña (Torres, 2006).

Sería importante que el municipio realice tareas comunitarias con la población que vive en las cercanías del predio, a fin de mejorar la coexistencia entre estas personas y el SDF de residuos, concientizar a la población de la importancia de una buena gestión de los RSU –especialmente para quienes viven cerca del SDF- y cubrir las necesidades de esta gente que los lleva a realizar las acciones antes mencionadas.

La instalación de cercos verdes y árboles, reducirían el impacto visual del SDF, así como también colaborarían con evitar la voladura de elementos livianos y la propagación de olores.

25 Para la caracterización del lixiviado, se recomienda considerar los siguientes parámetros: pH, DBO5, DQO, fósforo, nitrógeno, alcalinidad, sólidos suspendidos, sólidos totales, metales, temperatura (Rehermann, Guimaraens, González y Robano, 2006)

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6.3.5. Planes de clausura, de manejo ambiental, de monitoreo y de contingencias

Si bien en el EIAyS del San Javier II se menciona la existencia de un Plan de Trabajo presentado por la empresa, al momento de realizar este informe no se ha recibido información sobre planes de trabajo, de clausura, de manejo ambiental, de monitoreo y de contingencias.

Lo único presentado hasta el momento han sido las medidas correctoras y el programa de Vigilancia Ambiental propuesto en el EIAyS presentado por Agrotécnica Fueguina para el SDF San Javier II (ver Aramayo y Del Valle, 2001), muchas de las cuales no se han tenido en cuenta (ver Anexo VI).

Por lo tanto, se recomienda:

- Elaborar un plan de clausura y post-clausura del SDF San Javier II, respetando la normativa legal vigente y las recomendaciones existentes para estos planes (ver Anexo VII).

- Elaborar un plan de monitoreo que permita el seguimiento de la calidad de variables ambientales relevantes: agua superficial26 y subterránea, suelo, aire. Mantener en forma actualizada los datos que se vayan recabando de los muestreos y graficar su evolución en el tiempo y espacio para monitorear los cambios en los parámetros

- La construcción de la planta de captura de gas de relleno sanitario y las modificaciones que ésta ocasione deberán ser incorporadas en el plan de cierre y clausura del SDF.

6.3.6. Controles Un aspecto positivo a destacar es la presencia de vigilancia en el predio, por parte de la empresa Agrotécnica Fueguina y también empleados de la DGADS del Municipio, que realizan actividades de control de la gestión de los RSU.

Por otra parte, otro aspecto positivo es el control de plagas que lleva a cabo la empresa mediante fumigación y sebo para roedores.

Se recomienda:

- la realización de cursos de capacitación para el personal abocado a realizar controles sobre la gestión de los RSU.

- la continuación de las tareas de fumigación y colocación de sebos en el predio.

- la cobertura diaria de los residuos también evitará la presencia de moscas y roedores.

26 Se recomienda un muestreo de agua superficial sistemático y por lo menos tres veces al año (Rehermann, Guimaraens, González y Robano, 2006)

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6.3.7. Actividades de “cirujeo” Se destaca el Convenio de Mutua Colaboración entre el Municipio, la Empresa Agrotécnica Fueguina y los grupos San Benito I y II, lo que ha permitido organizar las actividades de “cirujeo” de manera de que éstas formen parte de las tareas diarias a desarrollarse en el SDF y que no entren en conflicto con las actividades que realiza la empresa.

Se recomienda:

- revisar este Convenio para proveer a las personas que “cirujean” en el predio ropa y elementos adecuados para esta actividad (guantes, calzado, etc.) que aseguren sus condiciones de higiene y seguridad, así como estudios periódicos de su estado de salud y la capacitación periódica, por ejemplo, en cuanto a la comercialización de los materiales separados.

- evaluar la posibilidad de instalar una planta de separación de RSU, que permita mejorar las condiciones laborales de aquellas personas que “cirujean” en el predio.

6.4. Próximo SDF: San Javier III

Las recomendaciones mencionadas previamente para el sitio de de disposición final San Javier II se deben tener en cuenta en la planificación de la construcción y la operación del San Javier III.

Asimismo, se recomienda la generación de los datos de partida considerados en el proyecto de relleno sanitario San Javier III presentado por Agrotécnica Fueguina, que incluyen:

- Vida útil del relleno sanitario.

- Condiciones hidrogeológicas del área.

- Estudios de suelos, que permitan conocer que tipo y que calidad de material de cobertura se encuentra disponible en el área

- Cantidad de residuos a disponer diariamente.

Igualmente, se recomienda respetar durante toda la etapa de funcionamiento del predio los criterios expuestos en dicha presentación del proyecto:

- Satisfacer las condiciones ambientales.

- Cumplir los requisitos legales, técnicos y económicos.

- Realizar una correcta explotación.

- Obtener la aceptación social.

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Por último, se recomienda la adecuación del SDF San Javier III a la legislación vigente (citada en la sección IV de este informe).

6.5. Cumplimiento de la legislación vigente

Teniendo en cuenta la legislación vigente sobre la disposición final de los RSU, específicamente, la Resolución N°12.219 del Municipio de Salta, se pueden realizar las siguientes coclusiones:

- La Ordenanza N°12.219 establece que “Será autoridad de aplicación de la presente, la dependencia del Departamento Ejecutivo Municipal a cargo del medio ambiente”. En este sentido, se observa la presencia del personal de la Dirección General de Ambiente y Desarrollo Sustentable, en el predio San Javier, cumpliendo tareas de supervisión y control de la gestión de los RSU.

- Se cumple con las construcciones edilicias previstas en dicha Ordenanza. (ver Anexo IV) y con el cerco perimetral de alambre tejido.

- La Ordenanza N°12.219 establece que la gestión de los RSU debe hacerse “aplicando el método de relleno sanitario, ocupando la menor superficie posible reduciendo el volumen de las basuras al mínimo practicable, sin ocasionar molestias o peligros para la salud, el medio ambiente, la seguridad publica y preservando los recursos naturales renovables y no renovables.” En este sentido, debe hacerse hincapié en mejorar la metodología diaria de trabajo –compactación y cobertura- y optimizar las condiciones de trabajo de quienes cirujean en el predio, contribuyendo a la reducción de la cantidad de RSU dispuestos finalmente.

Asimismo, la construcción de una planta de separación de RSU está considerada en esta Ordenanza: “La Municipalidad podrá, por administración o por terceros, incorporar al vertedero municipal una planta clasificadora de residuos y desarrollar campañas orientadas a la separación de los mismos desde su origen, adoptando en su caso, los recaudos necesarios para que los materiales recogidos sean destinados a los grupos de trabajos creados a tal fin.”

- La empresa Agrotécnica Fueguina mantiene en condiciones la red de caminos internos, cumpliendo con lo indicado en la legislación.

- La forestación del perímetro del predio no ha podido ser concretada.

- La cobertura de los RSU debería realizarse diariamente o en períodos cortos y regulares.

- La ubicación del SDF no cumple con lo estipulado en cuanto a la distancia a barrios cercanos que establece la Ordenanza N°12.219: “La autoridad competente municipal deberá mantener los centros de disposición final de residuos sólidos urbanos aislados a una distancia no menor de 500 mts. a la redonda de asentamientos familiares, comerciales, industriales u otro tipo de edificación”.

- Ha la fecha de realización de este documento, no se ha recibido información sobre el Plan de Trabajo presentado por la Empresa Agrotécnica Fueguina.

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- Los lixiviados deberían ser controlados y tratados adecuadamente.

- Las trincheras no cuentan con sistema de captación y drenaje de aguas pluviales.

- En cuanto a la clausura del SDF, dicha Ordenanza establece ciertas pautas que deberán considerarse para la clausura del SDF San Javier II:

Los módulos terminados y sellados, a nivel de cota definitiva de terminación según el diseño, deberán ser parquizados en un todo de acuerdo con el proyecto de uso futuro a dar al área que será liberada para su usufructo. En este sentido, la Ley Provincial N°7070 determina la elaboración de planes viables de remodelación y recuperación del terreno.

Las parcelas utilizadas para vertedero sanitario que hayan cumplido su ciclo útil y hayan sido clausuradas, serán integradas al paisaje circundante exclusivamente como parque, área deportiva, camping o área forestal, a partir del 5° año de clausura definitiva del mismo.

La Autoridad de Aplicación implementará un plan de vigilancia, mantenimiento y monitoreo permanente sobre los vertederos sanitarios clausurados a fin de garantizar que el proceso anaeróbico de transformaci6n de los residuos no sea neutralizado por efectos externos. En este sentido, la Ley Nacional N°25.916 establece la necesidad de contar con un Plan de Monitoreo durante la operación, clausura y postclausura de los rellenos sanitarios, y la elaboración de un diseño que evite su inundación.

Asimismo, se recomienda seguir las condiciones solicitadas para la realización de la cobertura final y el mantenimiento de las áreas rellenadas, presentando el Plan de Trabajo requerido.

- Para la construcción del SDF San Javier III, se recomienda cumplir con las pautas establecidas en la Resolución N° 12.219 para la excavación y preparación de trincheras. De acuerdo a los estudios de suelo realizados hasta el momento en el SDF San Javier III, éste cumple con el Coeficiente de Permeabilidad requerido por la Ordenanza (1 x 10 -7 cm/seg).

También se debe tener en cuenta en el cierre del SDF San Javier II y en la construcción y operación del SDF San Javier III, lo requerido por la Ley Provincial N° 7017 en cuanto al monitoreo y control una vez concluido el relleno, a fin de evitar infiltraciones por la base y/o laterales del relleno que puedan contaminar aguas superficiales y/o subteráneas.

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REFERENCIAS

Agrotécnica Fueguina S.A.C.I.F (2005). Presentación del Proyecto Relleno Sanitario San Javier III. Ciudad de Salta.

Aramayo, José Fernando y Marcelina Del Valle Picón Matorras (2001) Estudio de Impacto Ambiental y Social. Primera parte: Fase de Obra y Segunda parte: Fase de Funcionamiento. Predio de Disposición Final de Residuos Sólidos Domiciliarios y Asimilables en el Predio de la Finca San Javier. Empresa Agrotécnica Fueguina S.A.C.I.F. Municipalidad de la ciudad de Salta, Salta, Argentina. Enero 2001.

Camacho, Ciro (2005). Descripción de calicatas. Muestreo de suelos y Análisis de propiedades físicas. Vertedero de Finca San Javier III. Solicitante: Agretécnica Fueguina, Julio 2005.

Castro Vidaurre, Emmel y Raúl Marcelo Naharro (2005). Estudio de suelos. Muestreo de suelos en campo. Análisis de propiedades físicas y ensayos de laboratorio. Finca San Javier III, Salta. Solicitante: Agrotécnica Fueguina S.A., Julio 2005.

Department of the Army (1995). Engineering and Design. Landfill off Gas Collection and Treatment Systems.Technical Letter 1110-1-160, USA.

Dirección General de Ambiente y Desarrollo Sustentable (DGADS) (2005). Informe Ambiental Anual. Gestión 2004-2005. Área de Auditoría y Control Ambiental. Municipalidad de la Ciudad de Salta. Jefatura de Gabinete, Salta, 2005.

Environment Agency. (2002a). Guidance on the Management of Landfill Gas. Rio House, Waterside Drive, Aztec West, Alondsbury, Bristol, BS32 4UD. United Kingdom.

Environmental Protection Agency, EPA. (2003). Frequently Asked Questions About Landfill Gas and How It Affects Public Health, Safety and Environment. Office of Air and Radiation.

Higiene Urbana. Dirección General de Ambiente y Desarrollo Sustentable (DGADS) (2005). Análisis de la propuesta técnico constructiva del Proyecto relleno Sanitario San Javier III presentado por la Empresa Agrotécnica Fueguina. Muncipalidad de Salta, 25 de abril de 2005

Rehermann, Guimaraens, González y Robano (2006). Sitio de disposición final de Montevideo. Estudio de Revisión Ambiental de Felipe Cardoso. Lksur, presentado al Banco Mundial, abril de 2006.

Secretaría de Planificación y Desarrollo de la Municipalidad de Salta. (2006). “Proyecto Bases para el Plan de Desarrollo Sustentable del Área Metropolitana de la Ciudad de Salta”. CFI.

Tchobanoglous, G.; Theisen, H.; y Vigil, S. (1998). Capítulo 16: Clausura de vertederos. Gestión Integral de Residuos Sólidos. Ed. McGRAW-HILL, México.

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Torres (2006). Ingeniero perteneciente a la Empresa Agrotécnica Fueguina, encargado del SDF de la ciudad de Salta. Entrevista realizada durante la visita al SDF de la ciudad de Salta, 20 de septiembre de 2006. Grabación de la entrevista disponible en medio magnético.

Willumsen, H. (2004). Problems with Landfill Gas and Recovery Instalations. Paper presented at World Bank Mission to Argentina and Uruguay. LFG Consult. Dinamarca.

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ORDENANZAS Y RESOLUCIONES

Decreto 0971/01. Aprobación del Convenio de Mutua Colaboración. Secretaría de

Gobierno, Municipalidad de Salta, 30 de octubre de 2001.

Ordenanza N° 3276. Higiene Pública. Ref.: Expte. 81225/80

Ordenanza N° 5941. Código de Protección del Medio Ambiente de la Ciudad de Salta. Ref. Expte. 1623/89.

Ordenanza N° 11754. Política Ambiental del Municipio de la Ciudad de Salta. Ref.: Expte. 135-4697/01.

Ordenanza N° 12.219. Procesamiento y disposición final de los residuos en el ámbito del Municipio de Salta, Ref.: Expte. 135 - 2473/04.

Resolución N°55: Cooperativa San Benito I y Grupo San Benito II-Vertedero San Javier. Jefatura de Gabinete, Municipalidad de la ciudad de Salta, Salta, 20 de agosto de 2004.

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ANEXO I

PERFILES DE SUELO: FINCA SAN JAVIER III. A1.1 Perfil de suelo calicata I: Ap 0 - 20 cm. Pardo rojizo oscuro (5YR 3/2; 5YR 2,5/2) en seco y húmedo respectivamente. Arcillo limoso. Bloques subangulares, medios a fuertes. Muy duro, muy firme, muy plástico, muy adhesivo. Moderada cantidad de raíces. Límite abrupto y suave. C1 20 – 100 cm. Pardo rojizo claro (5YR 6/3) en seco y pardo rojizo (5YR 5/3) en húmedo. Masivo. Arcillo limoso. Duro, firme, muy plástico, muy adhesivo. Límite claro y suave. C2 100 – 250 cm. Pardo rojizo (5YR 4/3) en seco y pardo rojizo oscuro (5YR 3/3) en húmedo. Masivo. Arcillo limoso a franco arcillo limoso. Ligeramente duro, ligeramente firme, muy plástico, muy adhesivo. Límite gradual y suave. C3 250 – 450 cm. Pardo rojizo (5YR 5/3) en húmedo. Arcillo limoso. Masivo. Ligeramente blando, ligeramente firme, muy plástico, muy adhesivo. El horizonte se encuentra húmedo. A1.2. Perfil de suelo calicata II: Ap 0 - 20 cm. Pardo rojizo oscuro (5YR 3/2; 5YR 2,5/2) en seco y húmedo respectivamente. Arcillo limoso. Bloques subangulares, medios a fuertes. Muy duro, muy firme, muy plástico, muy adhesivo. Moderada cantidad de raíces. Límite abrupto y suave. CI 20 – 100 cm. Pardo rojizo claro (5YR 6/3) en seco y pardo rojizo (5YR 5/3) en húmedo. Masivo. Arcillo limoso. Duro, firme, muy plástico, muy adhesivo. Límite claro y suave. IIC2 100 – 350 cm. Capa gravillosa entremezclada con arena de granulometría fina y gruesa, de color pardo oscuro (7,5YR 3/2) en seco. Esta capa se la encuentra a 1 metro de profundidad y llega hasta los 3,50 metros. IIIC3 350 – 450 cm. Pardo rojizo (5YR 4/3) en húmedo. Arcillo limoso. Masivo. Ligeramente blando, ligeramente firme, muy plástico, muy adhesivo. El horizonte se

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encuentra al estado húmedo. Es probable que a mayor profundidad se continúe con los horizontes de texturas finas.

Figura A1.1. Croquis de ubicación de calicatas (Fuente: Camacho, Ciro. Descripción de calicatas. Muestreo de suelos y Análisis de

propiedades físicas. Vertedero de Finca San Javier III. Solicitante: Agrotécnica Fueguina, Julio 2005).

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ANEXO II

FLORA Y FAUNA

La siguiente información Ha sido extraída del EIAyS del predio San Javier presentado por la Empresa Agrotécnica Fueguina

A2.1. Flora Nombres científicos de algunas de las especies vegetales que se encuentran en la zona de estudio:

Anadenanthera macrocarpa Schinopsis lorentzii Prosopis nigra Celtis spinosa Celtio tala Celtis pubescens Ruprechtia triflora Acacia praecox Bromelia sp. Chorisisa insignis Asoidosperma quebracho blenco Acacia furcatispina Mimozygantus carianthus Cereus coryne Peireskia sacarosa Quiabentia pflnzi Jatrophora macrocarpa Jatropharo grossidentata Jatropharo excisa Harrisisa pomanensis Harrisisa bonplandii Cleitocatus amaragdiflorus Opuntia discolosr Opuntia kiscaloro

Entre las gramíneas se pueden mencionar:

Leptochlora virgata Leptochlora filiformis Setaria leiantha Chloris ciliata Diplachne uninervis Gouinia latifolia

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Gouinia paraguayensi Justicia echrgarai Ruelia bahiensis Ruelia lorentziana

A2.2. Fauna En este estudio se ha presentado únicamente las especies de vertebrados, pues resultan ser las más observables y de mayor interés, aunque existe en la zona una gran diversidad de invertebrados sobre todo del grupo de insectos.

El inventario presentado en el EIAyS, se realizó para cada uno de los tipos faunísticos, destacando la fauna habitual al ambiente calificado. Posteriormente se efectúo un chequeo en campo por observaciones directas y confirmaciones de ejemplares frecuentes en el entorno.

Los ejemplares de mamíferos que se encuentran en la zona son representados por zorros (Dusicyon gymnocercus), hurones (Galictis cuya), zorrinos (Conepatus chinga) y comadrejas (Didelphys albiventer) que utilizan las cortinas de viento, colindantes a cultivos, como corredores naturales. En esta zona la biota es nativa, observándose además la presencia en abundancia de cuises o conejos de campo de la especie Galea musteloide.

En el hábitat agrícola la fauna se adapta a la oferta de alimentos de cultivos intensivos como hortalizas, granos frutales, entre otras. Los ejemplares del agrocenosis son los siguientes:

En los cultivos de granos es frecuente la aparición de microroedores del género Calomys.

En los cultivos de hortalizas la especie mas frecuente es la asilvestrada liebre europea (Lepus europea).

En la avifauna se destacan el tero común (Vanellus chilensis), que nidifica en zonas húmedas y la garza bueyera (Bubulcus ibis) que se encuentra en campos de reciente laboreo cultural, puesto que esta especie se alimenta la fauna edáfica. En los cursos fluviales próximos es frecuente la presencia de la garza mora (Ardea cocoi), garza blanca chica (Egretta thula) y vigua (Phalocrocorax bras olivascens). En aves de rapiña se destacan el carancho (Polyborus plancus), el halconcito colorado (Falco sparverius) y el chimango (Milvago chimango).

En las cortinas de viento o en formaciones boscosas son habituales: la torcaza (Zenaida auriculata), torcacita (Columbina picui), pirincho (Guira guira), picaflor común (Chlorostilbon aureuventris), hornero (Furnarius rufus), benteveo común (Pitangunus sulphuratus), suiriri real (Tyrannus melancholicus), calandria real (Mimus triurus), zorzal colorado (Turduds refiventreis), tacuarita azul (Polioptila dumicola), naranjero (Thraupis bonariensis), pepitero de collar (Saltator aurantiirostri), corbatita común (Sporophila caerulescens), corbatita overo (Sporophila lineola), brasita de fuego )Coryphospingus cucullatus), chingolo

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(Zonotrichia capensis), jilguero dorado )Sicalis flaveola), torod renegrido (Molothrus bonariensis), tordo músico (Molothrus badius). En los cultivos de granos es común la presencia del loro barranquero (Cyanoliseus patagonus) y de perdices (Nothura darwinii salvadorii).

Entre los reptiles se destacan genéricamente las culebras, familia colubridae, siendo las especies más comunes Liophis miliaris, philodryas aestivus y waglerophis merremii. Especies ponzoñosas están representadas por la yarará chica (Bothrops neuwiedi) y de la cruz (Bothrops arnmoditoides). En las hondonadas es habitual la presencia del ututo (Gimnodactilus hrridus) y la lagartija (Pantodactilus echreibersi).

Como se había mencionado los cursos fluviales próximos son los ríos Arenales y Ancho, donde se detectan la presencia de peces y anfibios. Entre los primeros se pueden citar las denominadas mojarras Astyalax bimaculatus y Astyanax bimaculatus eigenmaniorum. Mientras que en el segundo tipo faunístico se pueden citar las siguientes especies; Bufo arenarum, Hyla pulchella andina, Leptodactylus chaquensis, Leptodactylus latinasus y Odontophrynus lavillae.

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ANEXO III

ASPECTOS RELEVANTES DE LA ORDENANZA Nº 3276: HIGIENE URBANA

CAPÍTULOS 1 A 3

Capítulo 1.- Eliminación de residuos ARTICULO 3º.- La Municipalidad de la ciudad de Salta por intermedio de las oficinas, de sus dependencias o por contrato con empresas privadas o particulares, hará efectuar la recolección, transporte y disposición final de animales muertos y residuos:

a) a) De viviendas (residuos domiciliarios), comercios (comerciales), industrial (industriales). instituciones (institucionales). etc. que a los fines de la prestación de los servicios y por ser originados en domicilios reales o particulares, comerciales o legales, se considerarán con el nombre genérico de RESIDUOS DOMICILIARIOS, salvo los casos previstos seguidamente.

b) b) Procedentes de cementerios, Hospitales, clínicas, policlínicas, sanatorios, salas de primeros auxilios, consultorios médico, dispensarios, centros de salud, laboratorios de análisis químicos, enfermerías, clínicas veterinarias, centros maternos, infantiles y de otros similares y/o afines.

c) c) De mercados y mataderos (y/o frigoríficos); d) d) Provenientes de la limpieza de calles y de los acumulados en la vía u

otros espacios públicos y en los recipientes subterráneos y aéreos. e) e) Originados por la limpieza de plazas, parques, avenidas y demás

espacios verdes, públicos y privados. ARTICULO 4º.- A los efectos del artículo anterior se considerarán RESIDUOS O BASURA a lo que queda del metabolismos de los organismos vivos y de la utilización o descomposición de los materiales vivos o inertes y de la transformación de energía. En consecuencia se entenderá por basura o residuos a toda sustancia o materia sólida o semisólida. inorgánica u orgánica (excepto las excretas humanas) que es deshecha por el hombre por no resultarla útil y que en determinadas circunstancias puede ocasionarle molestia o peligros a afectar su salud o a sus bienes.

Por extensión se considerarán también como residuos todas aquellas sustancias sólidas, líquidas y gaseosas o estados intermedios y a sus mezclas a la luz, el calor, radiaciones y demás elementos inmateriales y/o energéticos, a los organismos vivos o abióticos macro o microscópicos.

Cuando por su cantidad, composición u otras particularidades los residuos son difícilmente asimilables o integrables a los ciclos o flujos y proceso ecológicos, se lo considerarán CONTAMINANTES. ARTICULO 5º.- Los residuos o basuras se clasificarán de la siguiente manera:

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Desperdicios: toda sustancias orgánicas sólidas o sólidas de origen animal y vegetal, sujeta por lo tanto a putrefacción, proveniente de la manipulación, preparación y consumo de alimentos. Desechos: Los sólidos, líquidos y gases, no putrescibles excepto cenizas - que puede o no sufrir procesos de combustión - Por lo tanto los desechos se subdividirán en desechos combustibles y desechos no combustibles. Cenizas: Sean el resultante de sustancias u objetos que han sufrido el proceso de combustión. Animales muertos: los de cualquier especie que hubieran muerto por enfermedad, accidente u otro motivo. Residuos de calles: O de la limpieza y/o barrido de calles: los esparcidos y/o acumulados en la vía a otros espacios públicos:

Residuos peligrosos: los que por sus características físicas, químicas y/o biológicas pueden lesionar la salud humana o afectar la totalidad o cualesquiera de las partes constitutiva del sistema ecológico (agua, suelo, aire, flora fauna, clima, paisaje, topografía, etc.). comprende por lo tanto a los sólidos, líquidos y gases explosivos o fácilmente inflamables, radioactivas, corrosivos, tóxicos, nocivos, etc., a las aguas negras, compuestos químicos y biológicos, etc.;

Residuos especiales: los que por su peso, tamaño, forma a otra particularidades deben ser considerados como tales. Se incluirá en este grupo a las basuras domiciliarias no consideradas en los incisos anteriores o siguientes, a las basuras de mercado y supermercado, de alimentos, las de mataderos y cementerios en tanto no se consideren patógenas. los automotores abandonados, etc. Residuos hospitalarios: los originados en clínicas, policlínicas, hospitales, sanatorios, salas de puestos de primeros auxilios, consultorios médicos, dispensarios, centros de salud, laboratorios de análisis químicos, casa de inyectables, enfermerías, centros maternos infantiles, clínicas veterinarias y de otros establecimientos similares médicos asistenciales y/o sanatoriales que posean o no habitaciones o ambiente para la internación de enfermos y/o accidentados (personas o animales). Estas basuras se subdividirán en: Patológicas: Cuando sean el resultado de curaciones, intervenciones quirúrgicas, análisis químicos, etc. comprendiendo por lo tanto las vendas, gasas, apósitos. vísceras o sus panes, miembros amputados, caldos de cultivos. reactivos, ampolletas de inyectable y otros envases de medicamentos líquidos, fármacos inservibles. cobayos muertos, etc. De Sala: Las resultantes de la limpieza diaria de los establecimientos. o sean las comunes a toda vivienda tales como desperdicios. desechos, etc. Cuando las basuras

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de sala se hubieran originado en establecimientos en los que se trata enfermedades infecto - contagiosas serán también consideradas como patológicas: Residuos necrológicos: Con las excepciones en el inciso g) de este artículo se considerarán como tales a las basuras propias de cementerios: Residuos de veterinarias: Las provenientes de establecimientos o negocios en , los que se efectúa la curación de animales de cualquier especie, tengan o no celdas o corrales para la permanencia de aquellos; Decomisos: A todos aquellos alimentos. sustancias, objetos, productos, etc. que deban ser retirados de comercios, industrias, mataderos, etc. por personal estatal habilitado para efectuar el procedimiento, por ser de consumo o utilización inadecuada o por contravenir disposiciones vigentes, o por otras causas. Se subdividirán en: Orgánicos: Los animales y vegetales o sus partes destinados al consumo y demás productos alimenticios inaptos para la alimentación. Se incluirá en este grupo a los . productos destinados a la alimentación de animales; Inorgánicos: Tales como ropa de cama, muebles, utensilios, maquinarias, etc. Residuos energéticos: La luz, el calor, las radiaciones y demás desechos inmateriales. Residuos o efluentes gaseosos: Aquellos en los que predominan los residuos o efluentes en estado gaseoso y/o cuando éstos transportan o son acompañados por cantidades menores de materia sólida y/o líquida, o por valor y otros residuos energéticos o forma de energía. Residuos o efluentes líquidos: Aquellos en los que predominan los residuos; o efluentes en estado líquido y/o cuando éstos, transportan o son acompañados por cantidades menores de materia sólida y/o gaseosa o por calor y otros residuos energéticos o formas de energía. Residuos o efluentes sólidos: Aquellos en los que predominan los residuos o efluentes en estado sólido y/o cuando éstos transportan o son acompañados por cantidad, materia líquida y/o gaseosa o por calor y otros residuos energéticos o formal de energía. Residuos o efluentes orgánicos: Aquellos en los predominan la materia orgánica y/o cuando ésta transporta o es acompañada por cantidades menores de materia inorgánica o desecho inmateriales.

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Residuos o efluentes inorgánicos: Aquellos en lo que predomina la materia orgánica y/o cuando ésta transporta o es acompañada por cantidades menores de materia orgánica. o desechos inmateriales. ARTICULO 6°- En base a lo establecido en el articulo anterior se considerarán con el nombre genérico de RESIDUOS PATOGENOS por su similitud, afinidad, composición y/o origen y/o consecuencia derivadas de su manipulación. Inhalación. etc. a los que se detallan a continuación:

a) a) A los residuos mencionados en los incisos h),i), j), y k) del apartado 1 del artículo anterior;

b) b) A los animales muertos; c) c) A los residuos originados en lagunas de estabilización, en estercoleros y

demás decantadores de mataderos y otros establecimientos destinados al faenamiento de animales y/o a la industrialización de productos de origen animal;

d) d) A los residuos sólidos o semisólidos originados en establecimientos depuradores de líquidos cloacales o en cámaras sépticas y/o pozo absorbentes de aguas negras;

e) e) A todos aquellos otros residuos que por las causas indicadas (similitud, consecuencia, etc.). puedan o deban ser considerados como tales o incluirse en esta denominación.

ARTICULO 7º.- La eliminación de las basuras de la ciudad de Salta y sus alrededores se efectuará mediante los servicios que se denominan a continuación: Recolección domiciliaria: Que consistirá en la recolección y transporte hasta el lugar de disposición final, de las basuras originadas en cada uno de los edificios del egido municipal, con las excepciones que se proveen en los artículos o inciso siguientes. Incluye por lo tanto la recolección de las basuras de viviendas, comercios. industrias, clubes, escuelas, instituciones, etc. tanto de estatales como privadas. Limpieza de calles: Mediante este servicio se efectuará el cepillado o barrido manual o mecanizado de las calles pavimentadas, y en determinadas circunstancias y ocasionalmente el desmalezado. desagotamiento a otras tareas tendientes a mantener o preservar la limpieza de las vías de circulación vehicular o peatonal aún cuando no estuvieran pavimentadas. No se incluirá la recolección; Recolección de basuras de calles: Comprenderá la recolección y transporte hasta el lugar de disposición final. de las basuras acumuladas en la vía pública por el personal del servicie de LIMPIEZA de calles. así como de aquellas depositadas en depósitos aéreos subterráneos públicos y de las que infraccionariamente hubieran sido esparcidas. acumuladas, dejadas o depositadas en las calles. pasajes, rutas, caminos, plazas y demás vías o espacios públicos. con las excepciones previstas más adelante. incluso deberán recogerse con este servicio. las ramas y/o árboles caídos circunstancialmente o accidentalmente en la vía pública;

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Rec. de Residuos especiales: Que consistirá en la recolección de las basuras mencionadas en el inciso g) del artículo 5. de las basuras de mercados y supermercados (dada su cantidad y origen). de los decomisos inorgánicos y de las cenizas. se incluirá además la eventual recolección de las basuras de parques de diversión y de circos y de todas aquellas otras que puedan considerarse como especiales tales como ramas y troncos de árboles podados y /o derribados; Rec. de Residuos peligrosos y patógenos: Con este servicio se efectuarán únicamente la recolección y transporte hasta el lugar de disposición final de las basuras mencionadas en el inciso f) del artículo en el artículo 6 respectivamente: Rec. de Residuos de Espacios Verdes: Comprenderán la recolección y transporte de las basuras originadas por limpieza de plazas, parques, avenidas, y; demás espacios verdes públicos, únicamente; no incluirá a la basura acumulada en cestos papeleros a otros recipientes instalados en dichos sitios; Disposición Final de Residuos: Que consistirá en la reducción y/o eliminación de todas las basuras, con o sin recuperación previa de materiales. Las basuras peligrosas, patógenas. especiales y de espacios verdes serán sometidas a un tratamiento diferente al de las restantes, dado su origen y particularidades. ARTICULO 8°.- Los servicios ha que se refiere el artículo anterior se prestarán de acuerdo al siguiente diagrama de trabajo el que podrá ser modificado cuando la circunstancias de las prestaciones así lo requieran o hagan aconsejables:

a) a) Uno o más equipos (vehículos. personal, herramientas, etc.) ESPECIAL Y EXCLUSIVAMENTE afectados a la recolección diaria de lunes a sábado en dos turnos de trabajo de los residuos patógenos y de los peligrosos. Este servicio deberá prestarse incluso en días no laborales, excepto, como va queda establecido en días domingos, salvo circunstancias especiales Para este servicio se utilizarán vehículos auto-propulsantes o remolcables con cajas de cargas intercambiables (contenedores o capachos) o con equipo compactador. Dejase perfectamente establecido que el piso de las cajas de carga deberá mantener un reborde para impedir la caída de los residuos líquidos o semilíquidos y que las intercambiables será totalmente cerradas al igual que las compactadoras.

b) b) Uno o más equipos para la recolección diarios -de lunes a sábado excepto días no laborables que determine la Municipalidad - de los residuos domiciliarios entre los que considerarán y por lo tanto se recolectarán en los menciona dos en los inciso a). b) y c) del artículo siguiente y los pequeños animales muertos siempre que aquellos y éstos estén acondicionados para su recolección conforme se indica en artículos posteriores para la prestación de este servicio se emplearán CAMIONES COMPACTADORES o acoplados compactadores remolcados con tractores, según la zona de trabajo, los que

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obligatoriamente deberán circular por todas las calles y cuadras frente a las que hubieran edificios. En caso de intrasitibilidad los empleados del servicio efectuarán la recolección a pié trasladando los recipientes con los residuos desde los inmuebles hasta el sitio que se encontrare el vehículo;

c) c) Uno o más equipos para la limpieza de calles (barrido, o cepillado, demalezamiento. etc., manual o mecanizado) que se efectuará de lunes a sábado en la zona céntrica y ocasionalmente en días domingo o no laborables (feriados, asuetos, etc.). Mediante este servicio se efectuará también la limpieza periódica de los sectores céntricos de la ciudad y/ o sus alrededores;

d) d) Uno o más equipos para la recolección de las basuras de calle y de las especiales mencionadas en artículos anteriores, tales como decomisos inorgánicos ramas y/o troncos de árboles talados, etc. siempre que éstas no sean recogidos por otros equipos específicos. Asimismo se recogerá con este servicio toda clase de basura que no sea recolectada por cualquiera de las restantes salvo que se trate de basuras patógenas y/o peligrosas; Los trabajos de este equipo estarán supeditados a los de limpieza de calles u otros similares o afines programados por la Municipalidad a los sitios en que se realicen los mismos. Así mismo este servicio estará supeditado a circunstancias imprevistas. Para la realización de las tareas de este equipo se utilizarán vehículos completamente cerrados y/o acondicionados de forma que puedan recogerse cualquier tipo de basura sin que las mismas se esparzan en la vía a otros espacios públicos durante la recolección y/o transporte ni que demanden esfuerzos desmedidos o inapropiados para el personal recolector. La capacidad de carga de éstos vehículos estará acondicionada a la cantidad y tipo de residuo a recolectar de cada zona o establecimiento, al horario de la prestación del servicio, a la densidad del tráfico y a otras circunstancias inherentes al mismo; Asimismo las características constitutivas de los citados vehículos estará supeditada al tipo de residuo;

e) e) Uno o más equipos para la recolección de los residuos orgánicos provenientes de la limpieza de los espacios verdes (camas, hojas, flores, etc.) únicamente;

f) f) La disposición final y eliminación de las basuras se efectuará mediante cualesquiera de os métodos o procedimientos patentados y/o reconocidos en el país o en el extranjero, excepto por el sistema denominado vertedero basural abierto. Respecto a la disposición final de residuos Dispónese:

1. 1. Que todos los vehículos estables, contratados y particulares que

transportaren cualquier tipo de basura, deberán descargar las mismas en los sitios que determine la Municipalidad en donde serán obligatoriamente desinfectados y/o desinfectados antes de retirarse después de cada descarga. Quedan exceptuados de la desinfección o de desinsectación los vehículos que transportaren exclusivamente residuos de espacios verdes;

2. 2. Que las basuras patógenas y las peligrosas serán sometidas a un tratamiento especial y diferenciado de las restantes;

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3. 3. Que por el producto mejorado de suelo resultante de la putrefacción de la materia orgánica recolectada en los espacios verdes, las basuras provenientes de éstos deberán ser descargadas únicamente en el vivero municipal a otros sitios que se destinaren para estos tipos de residuos;

g) g) Dejase perfectamente establecido que la programación y/o distribución de

las tareas de limpieza de recolección se efectuará de modo que las mismas se completen con un periodo no mayor de ocho (8) horas corridas.

h) h) Consecuentemente, las zonas y rutas en los que se ejecutarán las tareas mencionadas. se diagramarán de forma que el trabajo quede completado en cada una de aquellas en el período ya indicado.

i) i) A fin de darse cumplimiento a lo establecido en el inciso g) de este artículo las zonas y rutas de trabajo podrán ser distribuidas o agruparse en los turnos matutinos y vespertinos y/o nocturnos, pero dejase perfectamente aclarado que no deberán subdividirse una o más zonas o rutas para completar el trabajo fuera del horario que se estableciera para cada tino de los turnos indicados o dejarse inconclusa la tarea de una ruta o zona para concluirla en otro horario.

ARTICULO 9°- A los efectos de la prestación de los servicios habituales de recolección de residuos se considerarán inaptos o inadecuados los residuos que se detallan seguidamente:

a) a) Los materiales provenientes de demoliciones y restauración de edificios o de obra viales, así también, los restos de obras menores de albañilería.

b) b) Restos de materiales utilizados en construcciones, edilicias, viales, etc. c) c) Ramas y troncos de árboles o arbustos provenientes del interior de

inmuebles; d) d) Basura originada por la limpieza de terrenos baldíos; e) e) Sustancias a objetos en combustión; f) f) Las excretas humanas (sólidas y líquidas) y otros residuos domiciliarios

líquidos o semilíquidos, salvo que se dispusiese de un servicio especial con vehículos adecuados para el transporte de este tipo de residuo.

g) g) Sustancias, materiales a objetos que por sus características (composición, estado físico, etc.) puedan ocasionar daños o perjuicios a la salud de los empleados recolectores o a los vehículos afectados al servicio;

h) h) Cualquier otro elemento que ha juicio de la Municipalidad resultará inapto o inadecuado para la recolección y /o transporte.

ARTICULO 10º.-La recolección v transporte de los residuos mencionados en el articulo 9 será efectuada por cuenta y bajo la responsabilidad de quienes lo originaron. ARTICULO 11°- Quedan exceptuados de lo dispuesto en el artículo anterior y por consiguiente podrán recolectarse con el servicio domiciliario, los residuos

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mencionados en los incisos a, b y c del artículo 9 siempre y cuando éstos estén acopiados para su recolección en recipientes reglamentarios que no sobrepasen, juntamente con la restante basura domiciliaria ni el peso ni las cantidades mencionadas en los artículos 17 y 29. ARTICULO 12º.- Cuando por motivos de fuerza mayor los residuos mencionados en el artículo 9 deban acoparse en la vereda, calzada a otro espacio o sitio público, el interesado deberá solicitar previamente la autorización de la Dirección General de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad. AI respecto dejase perfectamente establecido que bajo ningún concepto podrán acopiarse en las vías u otros espacios públicos y/o privados no adecuados, los residuos mencionados en el inciso f) del artículo 9. ARTICULO 13°.- La autorización a que se refiere el artículo anterior será otorgada sin cargo para el contribuyente quien. por su parte deberá adoptar las previsiones necesarias para trasladar los residuos hasta el basural, dentro del plazo que le fuera otorgado el que a su vez no sea superior a las cuarenta y ocho (48) horas corridas, salvo situaciones especiales que justifique la otorgación de un plazo. ARTICULO 14º.- Los residuos aptos para la recolección (artículo 2) y los inaptos o inadecuados (artículo 9) deberán descargase obligatoriamente en el basural municipal a otro sitio que indicará la Municipalidad para cada caso, debiéndose los encargados de cargar o hacer cargar y/o transportar las basuras mencionadas evitar la caída y/o esparcimiento de éstas durante la recolección y traslado hasta el lugar de disposición final. ARTICULO 15°.- A partir del 31 (TRIGESIMO PRIMER) día posterior a la fecha de promulgación de ésta Ordenanza con el objeto de facilitar y agilizar la prestación de los servicios de recolección respectivos y a fin de evitar o al menos disminuir el accionar de cirujas y perros vagabundos. la proliferación o concentración de insectos y/o roedores. el desprendimiento de olores. molestias y/o riesgos de cualquier naturaleza a transeúntes, vecinos. personal y/o vehículos recolectores. los residuos aptos para la recolección se acopiarán en los respectivos inmuebles de quienes los produjeran, conforme se indica en incisos siguientes o artículos posteriores:

a) a) Los residuos hospitalarios. los veterinarios y los animales muertos de pequeño porte tales como aves de corral o silvestres, gatos, conejos, etc., en bolsa de polietileno de cincuenta (50) micrones de espesor mínimo o en cajas de cartón corrugado a otros receptáculos de un solo use específicamente fabricados para el acopio de residuos por personas o empresas registradas o reconocidas como fabricantes de este tipo de envase;

b) b) Las características de los recipientes o envases para los restantes residuos patógenos así como los peligrosos y determinados especiales. se establecerá en cada caso mediante Decreto Complementario de ésta Ordenanza;

c) c) Los desperdicios, desechos, cenizas y demás residuos no indicados en los incisos anteriores. a recolectar con los servicios respectivos, se acondicionarán

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en cada domicilio en bolsas de polietileno de cincuenta (50) micrones de espesor mínimo;

d) d) Una vez colmados los receptáculos a que se refieren los incisos anteriores, deberán cerrarse herméticamente con cinta de papel engomado o en su defecto se harán atados de manera que su interior o el contenido sea inaccesible a las moscas y otros insectos;

e) e) Excepcionalmente podrá permitirse que los residuos domiciliarios sean envueltos en papeles acartonados o en plásticos resistentes para evitar su fácil rotura, siempre que se satisfaga la exigencia indicada en el inciso precedente;

f) f) Las ramas resultantes de la poda de plantas de pequeño porte o desarrollo, se acondicionarán en fardos o atados consistentes de aproximadamente 1 (tino) metro de largo por 40 (cuarenta) centímetros de diámetro, a fin de permitir su fácil introducción en las cajas de carga de los vehículos recolectores;

g) g) Las hojas de plantas y demás desechos originados por la limpieza de jardines así como los mencionados en los inciso a), b) y c) del artículo 9, con las salvedades establecidas en el artículo 11, se podrán acopiar para su posterior recolección en cualquier otro tipo del envase reglamentario no desechable;

h) h) Igual sistema de acondicionamiento que el indicado en el inciso anterior podrá utilizarse para todos aquellos desechos sólidos domiciliarios. tales como vidrios. hojalata. plástico. recortes de madera. piezas de automotores. etc.

i) i) En consecuencia. con las excepciones previstas en los incisos a), b) y c) y las salvedades insertas en los incisos g) y h) de este artículo. queda terminantemente prohibido el uso de cajones, “esqueletos o jaulas”, tambores para aceites, grasas, carburos y otros receptáculos similares para depositar directamente en ellos los desperdicios a otros residuos orgánicos putrescibles, residuos patógenos. etc.. salvo que dichos envases sean utilizados únicamente para acopiar bolsas y/o paquetes de tamaño menor que contengan los residuos;

j) j) Cualquier otra situación no prevista será dispuesta mediante Decreto Complementario de la presente Ordenanza.

ARTICULO 16°- Con la excepción prevista en el inciso a) del artículo anterior. los propietarios. cuidadores, etc. de animales o cualquier especie y tamaño que hubieran muerto dentro o fuera de los inmuebles, solicitarán dentro de las 2 (dos) horas de producido el hecho, a la Municipalidad o empresas contratadas por ésta, el retiro de los mismos. ARTICULO 17º.- Los recipientes para el acopio domiciliario (bolsas, paquetes, etc.) a. que se refieren los artículos anteriores más las basuras contenidas. no sobrepasarán los 40 (CUARENTA) kilos de peso y tendrán dimensiones tales que puedan ser manipulados sin esfuerzos por una sola persona, debiendo además reunir las siguientes características:

a) a) Los envases no desechables poseerán suficiente consistencia como para asegurar su manipulación reiterada y la reserva de los residuos:

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b) b) Los envases desechables además de las características ya indicadas en el artículo 15. tendrán también suficiente consistencia para impedir su fácil rotura y el desperdigamiento o caída de su contenido durante la permanencia en la vereda o el desarrollo de las tareas de recolección.

ARTICULO 18º.- A partir de los 30 (TREINT4) días posteriores a la fecha de promulgación de ésta Ordenanza, queda terminantemente prohibido utilizar para el acopio de. residuos tambores o medios tambores metálicos y otros recipientes. , receptáculos, envases metálicos, de plástico, madera u otros materiales. de más de 40 (CUARENTA) litros. de capacidad o volumen equivalente. ARTICULO 19º.- Los recipientes no desechables mencionados en los incisos g) y h) del artículo 15. usados para el acopio domiciliarios deberán mantenerse en perfectas condiciones de limpieza y conservación Y los que no reúnen éstas y las condiciones exigidas en los artículo 17 y 18 de ésta Ordenanza, serán decomisados en el momento de efectuarse la recolección de residuos que estos contengan. Previa verificación del personal de inspección de la Municipalidad, sin perjuicio de la posterior aplicación de las penalidades correspondientes. ARTICULO 20°.- Las basuras acondicionadas conforme a lo indicado en artículos anteriores deberán colocarse diariamente en la vereda frente a los respectivos domicilios de quienes las originaron, salvo en tos casos que se determinan en el siguiente artículo: ARTICULO 21°- Queda prohibido colocar en la vereda los bultos con residuos,

a) a) Cuando de ellos emanen olores que pudieran ocasionar molestia a transeúntes o vecinos;

b) b) Cuando obstaculicen el tránsito vehicular y/o peatonal; c) c) Cuando contengan animales muertos y residuos patógenos, d) d) En días no laborables para el personal de los servicios de recolección; e) e) Antes de las dos (2) horas del horario habitual de circulación de los

vehículos recolectores; Queda asimismo, prohibido mantener injustificadamente en la vereda, los recipientes con o sin residuos, después del paso del camión recolector y/o en horario inhabituales del servicio.

ARTICULO 22º.- A los efectos de los incisos a) y b) del artículo anterior, los responsables comunicarán la situación a la Municipalidad o empresa prestataria del servicio para que de día se disponga el retiro de los recipientes que contengan los residuos desde el interior del inmueble, o en su defecto se deberán colocar aquellos en la vereda en el momento de circulación del vehículo recolector. ARTICULO 23º.- En lo referente al inciso c) del artículo 21, al personal municipal o contratado por la Municipalidad, tendrá la obligación ineludible de retirar los residuos del interior de los establecimientos, por las causas indicadas en el artículo 6.

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ARTICULO 24°- A partir de los 90 (NOVENTA) días posteriores a la fecha de promulgación de ésta Ordenanza, será obligatoria la instalación de máquinas compactadores de residuos en monobloques y casas de departamentos con más de 15 (QUINCE) unidades habitacionales y en edificios comerciales. industriales. institucionales. etc. de más de 500 (QUINIENTOS) metros cuadrados de superficie cubierta. ARTICULO 25º.- Las basuras compactadas en base a lo establecido en el artículo anterior, deberán acondicionarse de acuerdo a lo indicado en ésta Ordenanza a otras disposiciones que rijan sobre el particular. ARTICULO 26º.- Fuera del sector delimitado por calles...incluidas éstas arterias. queda autorizarla la colocación de cestos o recipientes aéreos para la acumulación de los envases con residuos, en el frente del inmueble que poseen más de 1,50 (UN METRO CINCUENTA CENTIMETROS) de ancho. debiendo los interesados solicitar autorización correspondiente a la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad presentando juntamente con la nota de pedido, un croquis detallando las características y medidas de los cestos y sus bases o soportes.

La instalación de los cestos, a que se refiere el párrafo anterior será obligatoria en todos aquellos edificios de departamentos de más de 5 (CINCO) unidades habitacionales cuyas veredas tengan más de 1,50 mts. (UN METRO CINCUENTA CENTIMETROS) de ancho, inclúyanse los departamentos internos con o sin entrada de vehículos. Opcionalmente podrán reemplazarse los cestos fijos por otros rodantes o móviles que cumplan idénticas funciones. ARTICULO 27°- Las características de los cestos a que se refiere el artículo anterior, serán las siguientes:

a) a) El cesto propiamente dicho tendrá una dimensión no superior a los $ 80 (OCHENTA) centímetros de largo. por 40 (CUARENTA) centímetros de ancho por 40 (CUARENTA) centímetros de profundidad, para edificios unifamiliares o pequeños comercios de superficie equivalente;

b) b) Para edificios multifamiliares o comercios o industrias de dimensiones mayores a las determinadas en el inciso anterior. las medidas de los cestos fijos o movibles estará condicionada a la cantidad de basura que se elimine de los mismos.

c) c) Los cestos estarán construidos con chapas de hierro negro con el fondo redondeado y perforado para evitar la acumulación de humedad o en su defecto con alambre acerado No. 12. tejido. con armazón de hierro ángulo o “T” o con hierro liso del 4.2 también con armazón de hierro ángulo o "T”.

d) d) El entretejido del alambre o los hierros del 4.2 f no deberán dejar entre sí una abertura (luz) superior a los 5 (CINCO) centímetros:

e) e) La base o soporte de los cestos a que se refiere en el inciso a) de este articulo y a los que se refiere el segundo párrafo del artículo anterior, estará

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cimentada de manera que el borde externo del cesto que soporta, quede a una distancia mínima de 30 (TREINTA) centímetros del cordón de la calzada;

f) f) Dicha base estará construida con cantos de hierro galvanizado o con hierro ángulo o “T” que no sobrepasarán las dimensiones del cesto propiamente dicho;

g) g) Tanto los cestos fijos como los móviles o rodantes así como sus bases, deberán mantenerse en perfectas condiciones de higiene estética y serán repintados por sus propietarios cada vez que ello sea necesario o a juicio de la Municipalidad.

ARTICULO 28º.- Los restos de la poda de plantas de jardines y de la limpieza de éstos, con las excepciones previstas en los artículos anteriores, se recolectarán únicamente los días Martes y Jueves excepto días no laborables, juntamente con los restantes residuos domiciliarios, siempre que estén acondicionados conforme las características de peso, tamaño y consistencia ya indicadas. ARTICULO 29°- Las cantidades de cajas, bolsas, fardos, bultos en general, a recolectar por edificio, serán las que se determinan a continuación:

a) a) Por vivienda a hogar, hasta 5 (CINCO); b) b) Por comercio o industria, instituciones, etc. Hasta 12 (DOCE). c) c) Dejase aclarado que las cantidades mencionadas en los incisos

precedentes no regirán para los establecimientos que eliminen residuos patógenos, peligrosos o especiales.

ARTICULO 30°- Los bultos o recipientes que excedan las cantidades mencionas en el artículo anterior. deberán ser transportadas por cuenta del responsable hasta el Basural Municipal, con las previsiones indicadas en el Artículo 14. ARTICULO 31°- A los efectos del artículo 29 la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad establecerá las diferentes correspondientes en la Tasa respectiva, según se trate de edificios destinados a viviendas o con fines comerciales. industriales, etc. Asimismo se establecerán las diferencias para aquellos establecimientos que disfruten de un servicio especial. tales como sanatorios. clínicas. mercados. supermercados, vinerías, vidrieras, etc. ARTICULO 32°- Cuando eventualmente se produjeran "cortes" del tránsito vehicular debido a excavaciones, festividades. etc.. los recipientes con residuos deberán colocarse en la vereda conforme a lo indicado en el Artículo 28 (con las excepciones establecidas en los artículos 21 y 23). por cuanto en estos casos los empleados recolectores transportarán los bultos que contengan ras basuras hasta el sitio en que se hubiere estacionado el camión recolector. ARTICULO 33º.- Igual temperamento que, el indicado en el artículo anterior, se adoptarán en aquellos pasajes o calles con una sola esquina denominados pasajes sin salida que no permitan la maniobrabilidad de los camiones recolectores, como así

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también en los pasajes peatonales y siempre que los edificios tengan sus frentes orientado a ellos. ARTICULO 34º.- ciudad y sus alrededores y; evitar la formación de focos infecciosos y/o de proliferación de insectos y roedores que puedan lesionar la salud o afectar el bienestar de la población; disminuir el deterioramiento del pavimento de la calzada y los riesgos de accidentes automovilísticos por la humedad de la calle; evitar y/o disminuir la contaminación del suelo, de las aguas superficiales y/o subterráneas y del aire propenderá la preservación de los recursos naturales renovables y no renovables y mantener el equilibrio ecológico, a partir de la fecha de promulgación de ésta Ordenanza queda terminantemente prohibido:

a) a) Arrojar y/o acumular cualquier tipo de residuo sólido, orgánico o inorgánico en cualquier sitio que no sea el basural municipal o los lugares que determine la Municipalidad para la disposición final de basuras;

b) b) Acumular en calles pavimentadas, junto al, cordón de vereda, materiales áridos o de construcción, aglomerados o conglomerados de madera de "rampa" para facilitar la entrada y salida de vehículos hacia y desde el interior de los inmuebles;

c) c) Esparcir en las vías a otros espacios públicos, arena a otros materiales con la finalidad de facilitar su secado por acción de los rayos solares; o por cualquier otro motivo;

d) d) Acumular en las vías de circulación peatonal o vehicular o en otros espacios públicos, materiales liara la construcción o resultantes de demoliciones o talado de árboles, sin el correspondiente permiso municipal o mantener aquellos por espacios de tiempo superiores al establecido en dichos permisos;

e) e) Dejar vehículos abandonados y/o estacionados de manera cal que impidan o entorpezcan el normal desarrollo de las tareas de limpieza de calles, o de recolección de residuos o limpieza de canales o bocas de tormentas u otros desagües pluviales.

f) f) Evacuar y/o arrojar en los espacios públicos o en cualquier otro sitio que no sea la colectora cloacal o el sistema domiciliario de eliminación de excretas (cámaras sépticas, pozos negros, etc. ).

1. 1. Aguas negras (Sólidos excrementicios y demás líquidos residuales del metabolismo humano y de la higiene personal);

2. 2. Aguas grises (utilizadas en los quehaceres domésticos tales como el lavado de ropa, la cocción de alimentos, etc.).

3. 3. Aguas servidas (usadas en el lavado de vehículos, limpieza de patios, paredes. balcones, veredas, riego (de plantas, las de piscinas, acuarios, etc., con o sin utilización de jabones o detergentes);

4. 4. Cualquier otro líquido utilizado en la actividad comercial. industrial o en vivienda.

g) g) Evacuar. arrojar, descargar y/o inyectar en e) suelo, en las aguas

superficiales o subterráneas y en la atmósfera, cualquier tipo de residuo

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sólido, líquido y gaseoso o sus mezclas o elementos energéticos, sin previo tratamiento de depuración que los convierte en inocua o inofensivos;

h) h) Depositar cualquier tipo de residuos domiciliarios o animales muertos en los recipientes subterráneos o aéreos instalados por la Municipalidad en la vía u otros espacios públicos;

i) i) El lavado de vehículos en la vía pública a otros espacios públicos; j) j) El desperdigamiento de materiales áridos y/o para construcciones durante

las operaciones de carga o transporte, para lo cual los conductores de los vehículos adoptarán las previsiones necesarias tendientes a evitar la anormalidad;

k) k) La dispersión de volantes publicitarios, panfletos, etc. para lo cual los responsables preverán que aquellos sean entregados únicamente en manos de los transeúntes y/o en los inmuebles;

l) l) La fabricación, fraccionamiento, venta, exposición y use de detergentes sólidos o líquidos no biodegradables, o mezclas de estos con jabones a otros productos para limpieza.

m) m) Cualquier otra acción. actividad. obra, etc. que produzca. provoque o propenda con sustancias, materiales, objetos, etc. residuales o no residuales. sólidos. líquidos o gaseosos o estados intermedios o sus mezclas. con ruido. luz. calor. Radiaciones y otros elementos energéticos y/o con organismos vivos o muertos micro y macroscópicos, etc.. de modo directo o indirecto, en forma temporaria. permanente, progresiva o acumulativa, a la degradación de:

1. 1. La limpieza y estética de la ciudad y sus alrededores. 2. 2. El suelo, las aguas subterráneas o superficiales y la atmósfera: 3. 3. La flora, la fauna y demás recursos naturales renovables y no

renovables: 4. 4. El paisaje, la topografía o el clima; 5. 5. Los cultivos en general y las plantaciones florales. ornamentales

y/o forestales pública o privada. en particular: 6. 6. Los bienes y patrimonios públicos y privados; 7. 7. El equilibrio ecológico; 8. 8. El medio ambiente en general y de todos y cada una de las partes

constitutivas. naturales y artificiales: 9. 9. Los ambientes o lugares de trabajo. públicos o privados; 10. 10. La salud y el bienestar de la población en general.

ARTICULO 35°- Se exceptúa de lo establecido en el artículo anterior, a todas aquellas acciones, actividades, obras, etc., que propenden al bien común autorizadas o ejecutadas por los gobiernos Nacional, Provincial y/o Municipal. ARTICULO 36°- Queda asimismo terminantemente prohibido seleccionar, clasificar, o recoger de los basurales, vehículos recolectores o de los recipientes ubicados en la vía pública. residuos de cualquier naturaleza sea ello efectuado o no con fines de lucro debiendo el personal municipal y/o de las empresas contratadas por

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la Municipalidad para la prestación de los servicios de recolección, por su parte, arbitrará los medios necesarios para evitar la anormalidad. ARTICULO 37º.- Por lo expuesto en el artículo anterior y con las excepciones previstas en los artículos 7 inciso g). 8 inciso f) y 39. queda terminantemente prohibido otorgar permisos o concesiones para la explotación de basurales (Recuperación de papeles. plásticos. metales, cartones. etc.). como así la alimentación y/o permanencia de animales de cualquier especie en los mismos v la comercialización de materiales u objetos recuperados en los vertederos de basura y establecimientos de tratamientos de residuos. ARTICULO 38°- Los permisos o concesiones a que se refiere el artículo precedente, que se hubieran otorgado con anterioridad, caducarán indefectiblemente una vez promulgada ésta reglamentación. Capítulo 2.- Servicios privados ARTICULO 39°- Los servicios privados de recolección y/o disposición final de residuos se adjudicarán únicamente mediante Licitación Pública conforme los requisitos contenidos en las Ordenanzas respectivas. ARTICULO 40°- Para obtener la adjudicación del servicio mencionado en el inciso g) del artículo 7, los oferentes deberán presentar los planos del establecimiento, conforme con las normas de construcción vigente y una memoria descriptiva de las particularidades y fases o etapas del procedimiento de eliminación de basuras que se empleará. ARTICULO 41°- En el mismo tema de la disposición final de. basuras, será requisito indispensable que el oferente o al menos uno de los integrantes de la firma oferente, sea profesional especializado en la materia, con título habilitante expedido por Universidades del país o del extranjero pero revalidado por autoridades educacionales de la Argentina. ARTICULO 42°- Será asimismo indispensable que el citado profesional se desempeñe como Director o Jefe de Planta o cargo similar, hasta la finalización del contrato que suscribiera la firma oferente con la Municipalidad o en caso de ser reemplazado, lo será por otro profesional que reúna las condiciones establecidas anteriormente. ARTICULO 43º.- Todo cambio de integrantes de una empresa que prestare cualquiera de los servicios a que se refiere éste capítulo, deberá ser comunicado a la Municipalidad dentro de los 5 (CINCO) días hábiles posteriores a la fecha de producido el hecho.

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ARTICULO 44°- Para la LICITACION PUBLICA, es requisito esencial de los oferentes. su inscripción en el Registro Municipal de Concesionarios y Permisionarios con antelación al acto licitatorio. Capítulo 3.- Combustión de residuos ARTICULO 45°- A los efectos de este capítulo rigen las disposiciones contenidas en los Códigos Protección del Ambiente y Prevención y control de la Contaminación Ambiental y Decretos Complementarios y/o reglamentarias. así como las exigencias de la Ley n 20284/77 y demás Legislación Nacional. Provincial y/o Municipal que disponga y/o reglamente sobre los temas de la cuestión de residuos y de la contaminación ambiental.

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ANEXO IV

ORDENANZA Nº 12.219:

TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE RSU

ORDENANZA N° 12219 C.D.

Ref.: Expte. C° N° 135 - 2473/04.

VISTO

La Ordenanza N° 7597/96 y las modificatorias N° 8075/98 y 8430/98, que establecen normas para el procesamiento y la disposición final de los residuos en el ámbito del Municipio de Salta, y:

CONSIDERANDO

QUE los articulos N° 5° - 6° y 12 de la Ordenanza N° 7597/96 modificados por Ordenanza N° 8430/98, no son aplicables en nuestro municipio, por cuanto la Ley Provincial N° 7.070 en su Articulo 105 establece que los residuos peligrosos, patológicos, radioactivos y los producidos por la actividad minera no son potestad de los municipios;

QUE el articulo 9° de la Ordenanza N° 7597/96 no es claro en la definici6n y puede dar lugar a interpretaciones y/o aplicaciones que no sean las correctas ;

QUE a su vez el concepto de aplicación de los métodos descriptos en el articulo 1° del Anexo I de la Ordenanza mencionada anteriormente resulta incompleto, pues debe incorporarse el procedimiento combinado entre trinchera y área, y modificarse el articulo 2° en lo que respecta a la descripción de aplicación del método de área, por cuanto la ejecución de la metodología de área se ejerce en terrenos relativamente planos donde no es factible la excavación de trincheras;

QUE el Articulo 16 del mismo Anexo, modificado por Ordenanza N° 8.075/98 establece la colocación de una chimenea por módulo, cuando en realidad la cantidad de chimeneas a instalar para la eliminación de gases depende de las dimensiones de la trinchera;

QUE el articulo 3° del Anexo III - Ord. 7597- define la secuencia operativa de una unidad de trabajo, en este contexto, es importante tener presente la existencia de distintos procedimientos de ejecución que técnicamente se ajustan al método de relleno sanitario y deben describirse en un plan de trabajo;

QUE por su parte, el articulo 7° del referido Anexo, ha perdido vigencia en la actualidad por referirse a una situación puntual generada al momento de operarse el primer Vertedero en Finca San Javier,

QUE el articulo 1 ° del Anexo V - Ord. 7597- establece procedimientos como

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por ejemplo: toma de muestra de los residuos, grado de compactación y volumen de las basuras, cuando en realidad la estación de pesaje solamente registra el peso de basuras y como actividad complementaria: procedencia, tipo de residuos y vehículo de transporte;

QUE de lo expresado resulta necesario no sólo modificar los artículos enunciados, sino también introducir nuevos articulados que se ajusten al método constructivo y a las secuencias de operación de relleno sanitario, estableciendo en consecuencia una nueva legislación que regule el tratamiento y disposición final de los residuos sólidos urbanos, en reemplazo de las tres (3) existentes;

Por ello,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA,

EN REUNION, HA ACORDADO, Y

ORDENA: ARTICULO 1°.- La gestión integral del aseo urbano comprende las etapas operativas de: generación, acondicionamiento, recolección, transporte, pesaje, tratamiento y disposición final, regulando la presente Ordenanza las tres ultimas fases de operaci6n.

ARTICULO 2°.- Las actividades enunciadas se consideran servicios públicos y serán ejecutadas aplicando el método de relleno sanitario, ocupando la menor superficie posible reduciendo el volumen de las basuras al mínimo practicable, sin ocasionar molestias o peligros para la salud, el medio ambiente, la seguridad publica y preservando los recursos naturales renovables y no renovables.

ARTICULO 3°.- Será autoridad de aplicación de la presente, la dependencia del Departamento Ejecutivo Municipal a cargo del medio ambiente.

ARTICULO 4°.- Los residuos sujetos a tratamiento y disposición final, serán aquellos provenientes de la recolección domiciliaria, comercial e institucional y todos aquellos que no se encuentren comprendidos dentro de los considerados como peligrosos, patológicos, radioactivos o provenientes de actividades mineras.

ARTICULO 5°.- Prohíbase el ingreso y recepción, para el tratamiento y disposición final de residuos y/o sustancias peligrosas, patológicas, radioactivas y provenientes de la actividad minera, al Vertedero Sanitario Municipal, que no se hayan sometido previamente a procesos adecuados de tratamiento que garanticen su inocuidad. En tal sentido se exigirá al transportista la presentación de la guía correspondiente, que tendrá el caracter de declaración jurada.

ARTICULO 6°.- Denominase Vertedero Sanitario Municipal a aquellos terrenos habilitados por la Municipalidad, cuyo destino exclusivo sea ejecutar el tratamiento y disposición final de residuos sólidos urbanos.

ARTICULO 7°.- La autoridad competente municipal deberá mantener los centros de disposición final de residuos sólidos urbanos aislados a una distancia no menor de 500 mts. a la redonda de asentamientos familiares, comerciales, industriales u otro tipo de edificación, con excepción de la planta de tratamiento cloacal.

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ARTiCULO 8°.- La Autoridad de Aplicación adoptará las previsiones pertinentes para que la vida útil de las facciones de terrenos que se destinen a disposición final de residuos sea coincidente con el tiempo de duración del servicio contratado con ese fin o prestado en igual sentido por administración.

ARTICULO 9°.- Los módulos terminados y sellados, a nivel de cota definitiva de terminación según el diseño, deberán ser parquizados en un todo de acuerdo con el proyecto de uso futuro a dar al área que será liberada para su usufructo.

ARTICULO 10°.- Las parcelas utilizadas para vertedero sanitario que hayan cumplido su ciclo útil y hayan sido clausuradas, serán integradas al paisaje circundante exclusivamente como parque, área deportiva, camping o área forestal, a partir del 5° año de clausura definitiva del mismo.

ARTICULO11°.- La Autoridad de Aplicación implementará un plan de vigilancia, mantenimiento y monitoreo permanente sobre los vertederos sanitarios clausurados a fin de garantizar que el proceso anaeróbico de transformaci6n de los residuos no sea neutralizado por efectos externos.

ARTICULO 12°.- La Municipalidad podrá, por administración o por terceros, incorporar al vertedero municipal una planta clasificadora de residuos y desarrollar campañas orientadas a la separación de los mismos desde su origen, adoptando en su caso, los recaudos necesarios para que los materiales recogidos sean destinados a los grupos de trabajos creados a tal fin.

ARTICULO 13°.- Los proyectos de disposición final de residuos, cualquiera sea su caracter, para ser visados por la autoridad de aplicación deberán ir acompañados de:

a) Relevamiento topográfico.

b) Estudios de suelo y nivel freático.

c) Diseño integral de obra.

d) Accesos primarios y secundarios.

e) Drenaje pluvial interno y externo.

f) Método constructivo del relleno (trinchera, área o combinado entre ambos).

g) Nivel de profundidad de excavación de trincheras.

h) Plan de trabajo especificando cada una de las fases operativas en los frentes de trabajos, parque automotor, dotación de personal, horarios, etc..

i) Construcciones auxiliares (oficina, baño, duchas, vestuarios, báscula, etc.).

j) Servicios públicos (agua, energía eléctrica, etc.).

k) Estudio de Impacto Ambiental.

I) Uso futuro del área rellenada.

ARTICULO14°.- EI Departamento Ejecutivo Municipal por intermedio de la Autoridad de Aplicación deberá reglamentar la presente Ordenanza en un plazo no mayor a los 180 días.

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ARTICULO 15°.- El Anexo I es parte integrante de la presente Ordenanza y tiene caracter de guía de trabajo para los administradores, siendo su cumplimiento obligatorio.

ARTICULO 16°.- Derógase las Ordenanzas N°s. 7597/96, 8075/98 y 8430/98. ARTICULO 17°.- COMUNIQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.

DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CUATRO – SANCIÓN Nº 7255.-

Dra. MARÍA SILVINA ABILES Dr. ALVARO ULLOA DE LA SERNA Secretaria Legislativa Presidente Concejo Deliberante de la Ciudad de Salta Concejo Deliberante de la Ciudad de Salta

ANEXO I

INFRAESTRUCTURAS:

ARTICULO 1°.- ACCESO PRINCIPAL Y CAMINERIAS INTERNAS: Las redes de caminerías deberán ajustarse a las dimensiones (ancho) de los vehículos, ser abovedadas y contar con sistema de escurrimiento. Su mantenimiento será permanente a fin de garantizar una correcta circulación aun en época estival y debiendo ser regadas en estación seca.

ARTICULO 2°.- CERCAS Y FORESTACION: El predio destinado a disposición final de residuos deberá ser cercado en todo su perímetro, preferentemente con alambre tejido, y tendrá una única entrada tanto para vehículos como para peatones, a fin de evitar el ingreso de personas ajenas a la obra y animales, su mantenimiento será permanente.

Una vez cercado el predio deberá ejecutarse la forestación en todo su perímetro, plantándose ejemplares de gran porte y hojas perennes.

ARTICULO 3°.- CONSTRUCCIONES EDILICIAS: Las construcciones edilicias serán las siguientes:

a) un edificio con material cocido, destinado a oficinas, con cocina, baño, duchas, vestuarios, donde operara la oficina de estación de pesaje;

b) Tinglado de resguardo para los equipos viales;

c) Taller;

d) Bascula y casilla para control de ingreso y egreso de vehículo y/o personas.

ARTICULO 4°.- SEÑALIZACIONES: En el acceso al vertedero sanitario se instalará un cartel de presentación de obra y breve descripción del proyecto; también se colocarán letreros que indiquen los distintos sectores de trabajo.

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ARTICULO 5°.- SERVICIOS PUBLICOS: El predio estará dotado de energía eléctrica para alimentar las construcciones edilicias, calles internas y trincheras de operación nocturna y suministro de agua potable para baño, ducha y cocina.

PLAN DE TRABAJO: ARTICULO 6°.- Todas las etapas operativas que comprenden : Relevamiento topográfico, estudio de suelo y nivel freático, diseño integral, método constructivo, vías de accesos, desmontes, obras de infraestructuras, suministro de servicios públicos, excavación de trincheras, operaciones de tratamiento de los residuos, red de drenajes superficiales, use futuro del terreno, equipo mecánico a emplear, dotación de personal, horarios de trabajos, y cualquier otra actividad a fin, estarán contenidas en el Plan de Trabajo.

OPERACION DE TRATAMIENTO Y DISPOSICION FINAL: ARTICULO 7°.- Según las condiciones topográficas, estudios de suelo y nivel freático, pueden presentarse tres (3) procedimientos constructivos para el tratamiento y disposición final de los residuos: método de trinchera, de área o combinado entre ambos.

ARTICULO 8°.- Se adopta el método de trinchera cuando las características del perfil estratigráfico del suelo y el nivel hídrico subterráneo permitan excavaciones a nivel de diseño.

El método de área se adoptará cuando resulte impracticable realizar excavaciones debido a la escasa profundidad del nivel hídrico.

El método combinado se emplea cuando se supera el nivel de coronamiento de la trinchera terminada y sellada.

ARTICULO 9°.- EXCAVACION Y PREPARACION DE LA TRINCHERA: El nivel de profundidad de excavación deberá responder a los estudios de profundidad hídrica. Los taludes serán oblicuos a fin de evitar desmoronamientos. El ingreso a la trinchera será a través de una rampa de suave pendiente, y contará con una red de escurrimiento de aguas superficiales.

La base soporte deberá tener una pendiente adecuada que permita el escurrimiento de líquidos, reunirá condiciones mecánicas en lo que hace a su capacidad portante, será impermeabilizada con suelo arcilloso con un espesor mínimo de 30 cm. y su coeficiente no será inferior a K = 10-9 a 10-7 cm/seg.. Si las propiedades físicas y mecánicas no responden al coeficiente descrito podrán aplicarse otras variables con elementos artificiales.

Preparada la base soporte se instalaran las cañerías de captación y eliminación de lixiviado y de evacuación de gases y por último, en la parte más baja se construirá (bajo nivel) un receptáculo hermético para almacenar el lixiviado, su tapa deberá contener un orificio que permita acunar verticalmente un cano de 15 cm. de diámetro cuya altura será igual o superior a 2,20 m. con relación a la cota de terminación del

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relleno.

ARTICULO 10°.- FRENTES DE TRABAJO: Deberán adoptarse todas las medidas necesarias para evitar cualquier tipo de paralizaciones de actividades, aun en época desfavorables.

ARTICULO11°.- ACONDICIONAMIENTO Y COMPACTACION DE RESIDUOS: Los camiones recolectores deberán ingresar a la trinchera para la descarga de los residuos. Será requisito ineludible acondicionar y compactar por viaje receptado, para lograr la densidad de compactación deseada el equipo compactador debe trabajar en pendientes suaves que no superen los treinta grados (30°) y el espesor de basura no supere los 60 cm.

ARTICULO 12°.- COBERTURAS DIARIAS: Al termino de los servicios de recolección y cuando los residuos hayan sido procesados en su totalidad serán cubiertos con un manto de tierra cuyo espesor oscilará entre 10 y 15 cm..

ARTICULO 13°.- COBERTURA FINAL: La cobertura final o superior de las trincheras tendrá un espesor mínimo de 0,60 m. y máximo de 1 m., esta operación debe ejecutarse por etapas hasta alcanzar los niveles establecidos con mantos de tierra que no superen los 0,20 m. de espesor, se deberá prever que su terminación sea abovedada para permitir el escurrimiento de agua.

ARTICULO 14°.- MANTENIMIENTO DE AREAS RELLENADAS: Se preverá un plan de trabajo para que todas las trincheras terminadas y selladas que sufran hundimientos y/o agrietamientos sean corregidas inmediatamente a los fines de evitar inconvenientes en procesos de metamorfosis de los residuos, el ingreso y egreso de vectores y/o roedores, fuga de gases, etc..

ARTICULO 15°.- CONTROL DE VECTORES Y ROEDORES: Deberá implementarse un racional plan para el control y disminución de la población de vectores y roedores, recomendándose que cada noventa (90) días deben cambiarse los productos químicos y que su acción sea de volteo inmediato y nula acción residual.-

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ANEXO V

ASPECTOS RELEVANTES DE LA ORDENANZA N°5941: CÓDIGO DE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE

ANEXO I. CÓDIGO DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE

TÍTULO I. CAPITULO III.- DEFINICIONES ARTÍCULO 3° 22.- Residuo, basura o desecho: Lo que queda del metabolismo de los organismos vivos y de las transformaciones de energía, cuando por su cantidad, composición o particular naturales es difícilmente integrable a los ciclos, flujos y procesos ecológicos normales, se lo considera un contaminado. 23.- Residuo material: comprende los óxidos de carbono, nitrógeno y azufre, el metano y fluoro carbono y demás propelentes, desechos gaseosos; las aguas negras, las aguas grises, los afluentes industriales líquidos y demás desechos en este estado; las basuras, las partículas precipitadas y en suspensión y demás desecho sólidos y todas sus mezclas, combinaciones y derivados en general cualquiera sea la composición o estado material resultantes.- 24.- Residuo energético: Comprende el calor, el ruido, la luz, la radiación ionizante y demás desechos no materiales.-

TÍTULO IV. CAPITULO II.- DE LOS PROCEDIMIENTOS. ARTICULO 22º.- LOS particulares e Instituciones tanto públicas como privadas, cuyas acciones, actividades u obras sean susceptibles de degradar el ambiente, el suelo, el aire, el agua, la fauna y la flora, sólo podrán desarrollar sus acciones o hacer uso de las localizaciones que fije el Código Urbanístico, previa obtención de la licencia de funcionamiento, expedida por el Órgano de Aplicación del presente Código. ARTICULO 23°.- LA solicitud de Licencia de Funcionamiento a que hace referencia el artículo anterior, tendrá carácter de Declaración Jurada, debiendo el responsable de las acciones, actividades a obras responder en forma escrita y/o gráfica a todos los requerimientos que contenga el Formulario de Solicitud producido por el Órgano de Aplicación. ARTICULO 24º.- QUEDAN comprendidas en los alcances del artículo anterior las siguientes acciones, obras y actividades:

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a.) Las industrias y depósitos; los criaderos de animales y demás establecimiento dedicados a la tenencia, reproducción y comercialización de organismos animales y vegetales; los yacimientos mineros; los reactores nucleares en todos sus tipos, incluidos los experimentales; las usinas térmicas de generación eléctrica cualquiera sea su combustible; los grandes incineradores industriales, patológicos y Municipales; las plantas depuradoras de aguas negras y afines; las plantas captadoras y potabilizadoras de agua; las plantas compostificadoras de residuos sólidos; los aeropuertos y terminales de cualquier otro sistema de transporte, aéreo, terrestre o subterráneo; los planes masivos de viviendas y sus equipamientos; los rellenos sanitarios en todas sus variantes; los cementerios en todos sus tipos; los balnearios naturales y artificiales; los canales, embalses y toda otra gran obra hidráulica; los puentes y arterias de comunicación terrestre; los parques zoológicos, jardines botánicos, centro de investigación y afines; el desmonte y desmantelado, parcial o total de ambientes protegidos especiales, locales y zonales; la fumigación aérea, terrestre y acuática con insecticidas, herbicidas y cualquier otro biocida; los comercios y actividades dedicadas al combate de especies animales declaradas "plagas" o "vectores de enfermedades". ANEXO II. “PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL”

TITULO II.

DISPOSICIONES GENERALES.

CAPITULO I.- DE LAS PROHIBICIONES DE CONTAMINAR EL AMBIENTE.

ARTICULO 3°.- PROHIBESE la emisión o descarga de efluentes residuales materiales y energéticos al ambiente sin previo tratamiento y/o acondicionamiento que los conviertan en inocuos o inofensivos para todos y cada uno de los elementos constitutivos del ambiente, la salud y el bienestar de la población. ARTICULO 4º.- TODO efluente material y/o energético debidamente tratado, depurado o atenuado hasta cumplir las exigencias del artículo anterior solo podrá ser eliminado o descargado a las masas receptoras que esta Ordenanza y sus reglamentos fijen. ARTICULO 5º.- QUEDA prohibido el desagüe de efluentes líquidos residuales tratados o sin tratar a las vías y espacios públicos y a los dominios privados de utilidad pública Municipal. Solo se permitirá la evacuación de las aguas de lluvia inalteradas por los respectivos conductos pluviales. ARTICULO 6º.- QUEDA prohibida la descarga o inyección de efluentes residuales tratados o sin tratar a napas de aguas subterránea como así también el vuelco al

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subsuelo de efluentes residuales sin tratamiento a menos de cinco mil (5.000) metros de balnearios y de tomas de agua para uso humano. ARTICULO 7°.- PROHIBESE la emisión o descarga a la atmósfera de olores ofensivos para el ser humano, cualquiera sea su naturaleza material.- ARTICULO 8°.- QUEDA prohibido arrojar residuos y basuras sólidas a las vías y espacios públicos, a los dominios privados de utilidad pública Municipal y a los terrenos baldíos. Solamente se permitirá la evacuación de los residuos y basura sólida en los recipientes o dispositivos que autorice esta u otras Ordenanzas y sus reglamentos. ARTICULO 9°.- QUEDA prohibido alterar con la emisión de contaminantes aquellas normas de calidad de la atmósfera, del suelo y del agua que fije el reglamento de esta Ordenanza. Si la alteración de tales normas de calidad se produjera por efluentes procedentes de una o más fuentes de contaminación que cumplen las normas de emisión determinadas por la Municipalidad de Salta, dichas fuentes deberán reacondicionar sus emisiones de forma tal que no alteren las normas de calidad antes referidas. CAPITULO II.- DE LAS AUTORIZACIONES PARA DESCARGAR EFLUENTES

Y OTROS ASPECTOS. ARTICULO 10°.- A los fines de esta Ordenanza, cada fuente de contaminación se considerará en forma separada e independiente aunque perteneciera a un mismo establecimiento, obra o actividad. ARTICULO 11º.- LAS autoridades Municipales no podrán extender certificados de terminación de obra u otras autorizaciones, ni aún con carácter precario, cuando las obras bienes o actividades evacuen o puedan evacuar efluentes en contravención con las disposiciones de la presente Ordenanza y sus reglamentos y sin aprobación previa, cuando así corresponda, de los organismos provinciales y/o nacionales competentes. ARTICULO 12°.- LOS permisos de descarga o emisiones residuales al ambiente a concederse a partir de la vigencia de esta Ordenanza, serán de carácter precario y estarán sujetos por su índole a las modificaciones que en cualquier momento exija el Órgano de Aplicación. ARTICULO 13°.- TODA medición o cuantificación de contaminantes, conducida o encargada por la Municipalidad, será costeada por el propietario y/o responsable de las fuentes que lo emitan o descarguen.- ARTICULO 14º.- LOS propietarios y/o responsables de las fuentes contaminantes o susceptibles de contaminar el ambiente deberán planificar, construir o adecuar a su costa todas las instalaciones y/o procedimientos de tratamiento y/o

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acondicionamiento de efluentes residuales, ya sean estas internas o externas y las que fueran necesarias para la conducción de los efluentes al lugar de destino. ARTICULO 15°.- EL Órgano de Aplicación podrá exigir al responsable de toda fuente de contaminación la instalación, habilitación y mantenimiento de:

1.).- Accesos a las fuentes de contaminación.- 2.).- Extensiones para provisión de energía eléctrica. 3.).- Orificios e instalaciones adecuadas para la realización de inspecciones y tomas de muestras. 4.).- Sistemas de medición y/o monitoreo continuo o discontinuo, de emisión de contaminantes y de otras variables relacionadas. 5.).- Registros, libros y/o planillas destinadas al asiento de datos sobre descarga de contaminantes, cronogramas de emisión y otros factores o aspectos relacionados.

ARTICULO 16°.- LOS funcionarios municipales debidamente autorizados quedan facultados para inspeccionar cualquier fuente de contaminación, registros o estadísticas y cronogramas de emisión de contaminantes y efectuar tomas de muestras para la evaluación de la contaminación del ambiente, pudiendo requerir el auxilio de la fuerza pública en caso necesario.- ARTICULO 17º.- LOS residuos estacionados dentro de los establecimientos o actividades a la espera de ser evacuados dentro de los plazos que los organismos competentes establezcan para cada caso, deberán ser acondicionados en forma tal que no provoquen la degradación del ambiente o la de sus elementos constitutivos ni afecten el bienestar y salud de la población, debiendo tales depósitos contar con las autorizaciones que prevea la legislación de fondo en la materia.

TITULO VII.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES.

CAPITULO I.- DISPOSICIONES TRANSITORIAS. ARTICULO 130º.- HASTA tanto la Municipalidad dicta la reglamentación respectiva, se establecen las siguientes normas de calidad del aire. l.) Los siguientes valores de concentración de contaminantes materiales no deben ser sobrepasados en ningún punto o local de muestra de la atmósfera de la Ciudad de Salta: CONTAMINANTE (unidad) NORMA CALIDAD DE AIRE ALERTA ALARMA

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CO (1) (Ppm) 10 ppm - 8 hs 15 ppm - 8hs 30ppm-8hs.

50 ppm - 1 hs 100 ppm - 1 hs 420 ppm-1hs 150 ppm-1hs

NOx (2) (ppm) 0,45 ppm - 1 hs. 0,6 ppm - 1 hs 1,2 ppm - 1 hs 0,15 ppm - 24 hs. 0,3 ppm - 24 hs 0,4ppm-24hs. SO2 (ppm) 0,03 ppm (70 ug/m3) 1 ppm - 1 hs. 5 ppm - 1 hs 10 ppm-1hs

(promedio mensual) 0,3 ppm - 8 hs. 03 (y oxidantes en general) (4)

(ppm) 0,10 ppm - 1 hs 0,15 ppm - 1 hs 0,25ppm-1hs 0,40ppm-1hs

Partículas en suspensión 150 ug/m3 No aplicable No aplicable (mg/m3) (5) (Promedio mensual) Partículas sedimentables 1,0 mg/cm2 (30 días) (6)(mg/cm. 30 días) Idem Idem Idem Con relación a la tome de muestras: 1-1.- El equipo de muestreo no deberá ser desplazado durante la toma de la muestra. 1-2.- La toma de muestra para verificar "Calidad del aire" deberá efectuarse en las condiciones más desfavorables desde el punto de vista de la contaminación atmosférica y en el lugar donde pueda afectar a los organismos vivos en general y a la salud y bienestar de las personas en particular. 1-3.- Los límites contenidos en el cuadro de valores no son aplicables para ambientes de trabajo. 1-4.- Todas las mediciones de estos contaminantes deberán ser corregidas para una temperatura de veinticinco grados Celsius (25º C) y una presión de setecientos sesenta milímetro dé mercurio (760 mm Hg). 2.) La atmósfera no debe contener olores que sean molestos u ofensivos para las personas. A tal efecto, el Órgano de Aplicación considerará “olores molestos” a aquellos evaluados mediante una encuesta de tamaño significativa. 3.) La atmósfera no deberá contener partículas ni radiaciones ionizantes que superen los valores normales de radiación de fondo que el efecto designen los organismos Nacionales competentes. 4.) La atmósfera no deberá contener radiaciones electromagnéticas no ionizantes que superen los umbrales de normalidad.

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5.) La atmósfera no deberá contener vapor de agua (medida en porciento de humedad relativam % h), ni hallarse a temperaturas (medidas en grados centígrados de la escala Celsius, º C) que excedan los máximos absolutos registrados para la época y el sitio de muestreo, debiendo descartarse la influencia de factores microclimáticos y macroclimáticos especiales. 6.) Los siguientes valores de concentración de contaminantes materiales no deben ser sobrepasados en ningún punto o local de muestra localizado en el entorno inmediato a fuentes contaminantes: _____________________________________________________________________ Contaminante Concentración Tiempo de muestreo continuo. mg/m p.p.m3 _____________________________________________________________________ Acético, ácido 0,2 0,08 30 minutos. Acetona 0,35 0,15 20 minutos. Acrilato de Metilo 0,01 0,003 20 minutos. Amoniaco 0,20 0,28 20 minutos. Benceno 1,50 0,50 20 minutos. Calcio, óxido de 0,02 -- 30 minutos. Cloro 0,1 0,033 30 minutos. Etanol 5,0 2,5 20 minutos. Etil acetato 0,1 0,029 20 minutos. Formaldehído 0,07 0,06 30 minutos. Fluoruros (como HF) 0,0013 0,002 30 minutos. Clorhídrico, ácido 0,05 0,04 20 minutos. Sulfhídrico, ácido 0,045 0,03 30 minutos. Tolueno 0,60 0,15 20 minutos. Tricloroetileno 1,00 0,17 20 minutos. Fosfórico, anhídrido 0,05 0,0085 20 minutos. _____________________________________________________________________ Con relación a la toma de muestras: 6-1.- El equipo de muestreo no deberá ser desplazado durante la toma de muestra. 6-2.- La toma de muestra para verificar esta "calidad de aire" especial, deberá efectuarse en las condiciones más desfavorables desde el punto de vista de la contaminación atmosférica y en el lugar donde pueda afectar a los organismos vivos en general y a la salud y bienestar de las personas en particular. 6-3.- Las concentraciones que contiene el cuadro de valores son cifras promediadas durante los correspondientes tiempos de muestreo. 6-4.- Los límites contenidos en el Cuadro de Valores no son aplicables para ambientes de trabajo. 6-5.- Todas las mediciones de estos contaminantes deberán ser corregidas a S.T.P..-

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7.) Los métodos de muestreo, análisis y mediciones en general serán aprobados y/o fijados en cada caso por el Órgano de Aplicación. 8.) Para el establecimiento de normas de calidad sobre contaminantes materiales y energéticos no contenidos en el presente artículo, el Órgano Técnico conducirá los estudios necesarios y fijará, por vía reglamentaria los criterios que de ellos resulten.- ARTICULO 131º.- HASTA tanto la Municipalidad dicte la reglamentación respectiva, establécense las siguientes normas de emisión para contaminantes gaseosos y particulados procedentes de fuentes industriales fijas: 1.) Los efluentes no deberán sobrepasar en el punto de emisión los siguientes limites máximos admisibles de concentración, a S.T.P.: cien (100 P partes por millón (p.p.m. de dióxido de azufre, y cien (100) miligramos por metro cúbico (mg/m3) de partículas sólidas. 2.) Si estas omisiones alteraren las Normas de calidad del aire fijadas en el artículo anterior, las concentraciones en el o los puntos de emisión deberán reducirse hasta que dichas normas de calidad se restablezcan. ARTICULO 132º.- HASTA tanto la Municipalidad dicte la reglamentación respectiva establécense las siguientes normas de emisión de efluentes gaseosos para residuos precedentes de fuentes fijas quemadoras de combustibles no residuales: 1.) HUMOS: no se permitirá la emisión a la atmósfera de humos cuya opacidad sea mayor al 20 % en la escala de Ringelmann. Se admitirá una opacidad del 40 % durante uno o más períodos que no excedan los tres (3) minutos por hora, sin superar el total de los períodos una hora diaria. 2.) PARTÍCULAS VISIBLES: no se permitirá la emisión de partículas lo suficientemente grandes, que sean visibles individualmente. 3.) PARTÍCULAS SÓLIDAS: la concentración máxima permisible de partículas sólidas no deberá sobrepasar los cuatrocientos (400) mg/m3, corregida al 12% en volumen de dióxido de azufre (sin tener en cuenta el proveniente del combustible empleado) a S.T.P..- 4.) Para el establecimiento de normas de emisión sobre contaminantes materiales y energéticos no contenidos en el presente artículo, el Órgano Técnico conducirá los estudios necesarios y fijará por vía reglamentaria los criterios qua resulten de ellos. 5.) Si estas emisiones alteraren las normas de calidad del aire fijadas en el articulo 130º, las concentraciones en el o los puntos de emisión deberán reducirse hasta qua dichas normas de calidad se restablezcan.

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ARTICULO 133º.- HASTA tanto la Municipalidad dicta la reglamentación respectiva establécense las siguientes Normas de Composición de efluentes en tránsito para residuos líquidos producidos en fuentes industriales fijas: 1.) Los siguientes valores y criterios generales no podrán ser sobrepasados.

a.).- Temperatura: no será superior a los 40º C. Tolerancia 5º C. b.).- pH: estará comprendido entre 5,5 y 8 . Tolerancia: en el límite mínimo -0,5 y en el limite máximo + 0,2. c.).- Sólidos sedimentables en 10 minutos: no se admitirán cantidades superiores a los 50 ml/l. Tolerancia: 20%. d.).- Sólidos sedimentables en dos (2) horas: no se admitirá en cantidades superiores a los 150 ml/l. Tolerancia: 20%.- e.).- Oxigeno consumido total: no será superior a los 30 mg/l Tolerancia: 10

%. f.).- Demanda bioquímica de oxigeno: no será superior a 50 mg/l. Tolerancia

10 %. g.).- Los efluentes no podrán contener: sustancias grasas, alquitranes, resinas y similares, solubles en frío al éter etílico, gases tóxicos o malolientes o sustancias capaces de producirlos, sustancias que pueden producir gases inflamables o explosivos, residuos de lana, pelo estopa, trapos fibras o cuerpos gruesos en general; residuos provenientes de la depuración de líquidos, aguas coloreadas o de olor ofensivo, sustancias tóxicas para organismos terrestres y acuáticos, rastros de ácido sulfhídrico, materiales radioactivos, metales pesados; cationes tóxicos al hombre. h.).- No se admitirán sólidos sedimentables de peso específico elevado (mayor

2,5 gr/cm3) .- 2.).- Para el establecimiento de criterios y valores no contenidos en el presente artículo, el Órgano Técnico conducirá los estudios necesarios y fijará por vía reglamentaria los criterios que de ellos resulten.

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ANEXO VI

RESUMEN DE MEDIDAS PROTECTORAS, MITIGADORAS Y COMPENSATORIAS DEL EIAyS27

A6.1. MEDIDAS EN FASE DE OBRA Y DE FUNCIONAMIENTO Algunas medidas propuestas para un factor pueden tener efectos en la protección/mitigación o compensación de otros factores, pero fueron mencionadas sólo en uno de los mismos a fin de evitar repeticiones. A6.1.1. Medidas protectoras

Del factor suelo

- Establecer la restricción de las tareas programadas en época de precipitación para evitar la formación de los procesos erosivos.

- Implementar debajo de cada maquinaria y vehiculo estacionado, bandejas receptoras ubicadas estratégicamente en los dispositivos de la unidad motora.

- Construir un contrapiso en el área de aparcamiento definitivo. - Realizar labores inherentes fuera del predio (a los vehículos y maquinarias),

en talleres mecánicos. - Colocar debajo de la unidad motora del vehículo a reparar plástico

impermeabilizante. - Recoger y asegurar la disposición adecuada de los recipientes de lubricantes y

combustibles una vez finalizada la labor de reparación.

Del factor agua

- Realizar tareas de excavación o armado de taludes en época de estiaje.

Del factor atmósfera - Realizar tareas de excavación o armado de taludes preferentemente en época

estival. 27 Aramayo, José Fernando y Marcelina Del Valle Picón Matorras (2001) Estudio de Impacto Ambiental y Social. Primera parte: Fase de Obra y Segunda parte: Fase de Funcionamiento. Predio de Disposición Final de Residuos Sólidos Domiciliarios y Asimilables en el Predio de la Finca San Javier. Empresa Agrotécnica Fueguina S.A.C.I.F. Municipalidad de la ciudad de Salta, Salta, Argentina. Enero 2001.

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- Realizar control mecánico frecuente de las maquinarias y vehículos, en particular de aquellos que deban realizar trabajos de mayor esfuerzo como excavaciones.

- Instalar catalizadores en las unidades motoras. - Colocar carteles de prevención en el área del predio para evitar posibles

accidentes por ignición y explosión del gas metano.

Del factor fauna - Concienciar al personal para evitar accidentes con vertebrados perturbados por la presencia de maquinarias.

Del factor paisaje

- Incorporar en fase de proyecto el tendido eléctrico subterráneo.

A6.1.2. Medidas mitigadoras

Del factor suelo

- Cubrir la zona de acumulación de material y formación de taludes con restos vegetales o cubierta plástica, según la extensión.

- Determinar en lo posible pendientes no erosivas en la acumulación del material.

- Reducir la altura de caída del material acopiado. - Instalar en la base del montículo parantes de retensión. - Reducir en lo posible las zonas de continuo tránsito de maquinarias y de

vehículos de carga. - Dotar a las maquinarias con cubiertas especiales que posean trama de dibujo

que disminuya la compactación. - Enripiar los sectores más transitables. - Detectar a tiempo pérdidas y vertidos de lubricantes y combustibles. - Reservar recipientes vacíos para contener los vertidos accidentales de

lubricantes o combustibles.

Del factor agua - En caso de ejecutar tareas en época estival, solicitar informes meteorológicos

a fin de prever la ocurrencia de lluvias y tormentas. - Realizar actividades de desmalezamiento y limpieza del terreno en forma

ordenada. - Amontonar los restos de desmalezado y limpieza del terreno en un solo lugar. - Depositar los restos de desmalezado y limpieza del terreno en la celda

funcional que corresponda.

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Del factor atmósfera - Si las excavaciones se realizan en época de estiaje, regar moderadamente el

área a excavar. - Cubrir con polietileno los vehículos que transportan el material excavado. - Humedecer previamente las áreas de terreno para laboreo y los sectores de

mayor tránsito.

De la fauna

- Antes de realizar las tareas de mantenimiento de la parquización revisar si no se encuentran en el área nidos o madrigueras que puedan ser destruidos o alterados accidentalmente por los operarios encargados de desempeñar las mismas.

- En caso de detectar nidos de aves con pichones en árboles y/o arbustos, o madrigueras con crías, extraerlas cuidadosamente y entregarlas al organismo que corresponda para que se haga cargo de las mismas hasta que estén en condiciones de liberarlas en su ambiente natural.

Del factor paisaje

- Dar la terminación final de las infraestructuras construidas o instaladas, con

pintura de color armónico al entorno paisajístico. - Diseñar las señales con material y colores acorde al entorno. - Realizar riego por aspersión en las superficies o montículos de tierra a tratar. - Realizar las labores programadas en horas del día de menor intensidad de

vientos. - Ubicar estratégicamente los montículos de tierra en reparo de los vientos

predominantes. - Elegir las especies acordes al sistema ambiental. - Mantener los plantines y setos plantados.

Del factor aspectos humanos socio-culturales

- Para evitar cualquier daño que pudiera ocurrir en un posible hallazgo

arquelógico, deben cesar inmediatamente las acciones de excavación, consultar a los profesionales que entiendan sobre el tema a fin de obtener una opinión experta que garantice que el mismo es genuino y que defina el correcto traslado al lugar adecuado.

- En cuanto al ambiente laboral, proveer de protectores auditivos a los operarios que realicen el desmalezamiento del terreno y las tareas de excavación o armado de taludes de módulos, en particular; y proveer de barbijos a los operarios que realicen las tareas de excavación o armado de taludes de módulos, movimientos de tierra y acopio –selección de material excavado.

- Exigir a los choferes de camiones que trasladan continuamente los residuos al predio que manejen con precaución particularmente cuando atraviesen áreas

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urbanas, para evitar que se produzcan accidentes como consecuencia del flujo de tránsito de vehículos pesados que se incrementa al realizarse tareas permanentes en el predio del relleno sanitario.

A6.1.3. Medidas compensatorias

Del factor suelo - Excavar el suelo afectado en caso de contaminación por vertidos, y reponerlo.

Del factor agua

- Ante cualquier detección de derrames de aceites de maquinarias en el área de aparcamiento retirar el suelo afectado para detener el percolado hacia las aguas subterráneas y depositarlo en el lugar que corresponda.

Del factor flora

- En fase de abandono de las celdas se aconseja plantar las especies detectadas

como características del ambiente natural afectado. A6.2. PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL EN FASE DE FUNCIONAMIENTO Este programa se basa fundamentalmente en las siguientes pautas:

- seguimiento de las actuaciones para verificar la aplicación de las medidas correctoras correspondientes.

- Habilitación de libro de registros de observaciones. - Emitir un informe especial cuando se presenten circunstancias o sucesos

excepcionales que impliquen deterioros ambientales o situaciones de riesgo. - Control de la aplicación de medidas correctoras y realización de ajustes. - Inspección frecuente del predio - Cumplimiento de normas de seguridad. - Concientización y capacitación del personal.

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ANEXO VII

RECOMENDACIONES PARA PLANES DE CLAUSURA

Y POST-CLAUSURA DE RELLENOS SANITARIOS

A7.1. Clausura de vertederos “Para asegurar el funcionamiento de los controles ambientales durante la clausura y durante un periodo de tiempo después de la clausura, debe desarrollarse previamente un plan de clausura, a menudo en la fase de diseño o durante la preparación de la zona. El objetivo del plan es definir los pasos que hay que adoptar para cerrar el vertedero y los elementos de mantenimiento postclausura requeridos por las leyes”. (Tchobanoglous, Theisen y Vigil, 1998).

También se debe mostrar todas las características del lugar completo e identificar las entidades responsables para implantar la clausura de las instalaciones. Es importante poner al día periódicamente el plan de clausura, y deben identificarse también los usos potenciales de los vertederos agotados.

En un plan de clausura se deben afrontar las cuestiones detalladas en la siguiente tabla:

Tabla A7.1. Elementos típicos de un plan de clausura de vertedero. ELEMENTO ACTIVIDAD TÍPICA

Utilización postclausura del terreno. Diseño final de cubrición Sistema de control de agua superficial y drenaje. Control de gases de vertedero. Control y tratamiento de lixiviados Sistemas de supervisión ambiental

Designación y adopción. Seleccionar la barrera de infiltración, pendientes superficiales finales y vegetación. Calcular las cantidades de aguas pluviales para la escorrentía y seleccionar la localización y tamaños de los canales perimétricos para recoger la escorrentía y prevenir la entrada de aguas superficiales. Seleccionar las localizaciones y frecuencia de la supervisión del gas y fijar el horario operacional para los pozos de extracción del gas y las antorchas, si son necesarias. Fijar el horario operacional para la separación y tratamiento de lixiviados, si es necesario. Seleccionar las localizaciones de muestreo y la frecuencia de la supervisión, así como los constituyentes que se van a medir.

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(Fuente: Tchobanoglous, Theisen, y Vigil, S. Gestión Integral de Residuos Sólidos. Ed. McGRAW-HILL, México, 1998, pág. 871)

Pasaremos a detallar cada uno de los puntos considerados:

A7.1.1. Diseño de la cobertura final La cobertura final es la superficie que se va a colocar sobre un vertedero después de recibir todos los residuos. Su diseño debe satisfacer dos funciones:

asegurar la integridad postclausura a largo plazo del vertedero con respecto a cualquier emisión ambiental.

soportar el crecimiento de la vegetación o soportar otras posibles utilizaciones.

Los parámetros de diseño típicos para la cobertura incluyen:

Configuración del diseño.

Permeabilidad final.

Pendiente superficial

Tratamiento paisajístico.

Método de recuperación tras producirse asentamientos en el vertedero.

Estabilidad de la pendiente bajo cargas estáticas y dinámicas.

Se recomienda que el diseño final se someta a un análisis ingenieril sobre la consolidación del suelo, la estabilidad de la pendiente y las cargas superficiales del lugar. Un programa que describa los procedimientos de instalación y ensayo de suelos, de instalación de las redes de drenaje y de las membranas sintéticas proporcionaría los detalles necesarios sobre la forma en que se va a comprobar y supervisar la cobertura final durante su construcción.

Si van a utilizarse plantas para la revegetación, debe prestarse atención a la selección de las especies que puedan sobrevivir en las condiciones especiales del vertedero clausurado.

La importancia de la red de drenaje está dada por su capacidad de desviar el agua que penetra la capa superior de suelo fuera del vertedero sin que penetre hasta los residuos. Debe pensarse su construcción previniendo la rotura de la línea de flujo o el estancamiento del agua sobre la membrana sintética.

A7.1.2. Sistema de control de aguas superficiales y del drenaje: Cuando las características artificiales y naturales están bien integradas, deben ser eficaces para el control de la entrada de aguas superficiales y de la escorrentía, así como para prevenir que las aguas subterráneas penetren en el recubrimiento del vertedero.

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El diseño del sistema de control debe pensarse en función de la utilización a largo plazo del lugar. Las aguas procedentes de la lluvia han de discurrir sobre la superficie de cubrición final sin que se produzca una erosión excesiva o una infiltración El mayor riesgo es el estancamiento de las aguas superficiales en zonas de asentamiento del terreno. En el diseño de las instalaciones para el control del drenaje deben incluirse:

• Recogida y desviación de las aguas superficiales fuera de la superficie del vertedero, en la menor distancia posible.

• Selección de rutas de canalización y drenaje, que arrastrarán las aguas con velocidades que eviten sedimentación.

• Uso de pendientes superficiales suficientes como para maximizar la desviación de la escorrentía superficial y a la vez minimizar la erosión superficial.

• Especificaciones para los materiales según las características del drenaje, que permitan el arreglo y reemplazo cuando se asiente el vertedero.

A7.1.3. Control de los gases de vertedero: Los gases deben ser controlados durante todo el tiempo que dure su generación. Los sistemas típicos para controlar este gas incluyen: pozos de extracción, tuberías de recogida y transmisión e instalaciones de antorchas y/o incineración. El sistema utilizado para controlar el gas de vertedero durante la explotación también se usa para controlar los gases después de la clausura del vertedero. Los pasos de diseño más importantes son : la selección de materiales y la colocación de chimeneas, la selección y colocación de válvulas de tuberías de recogida en la cobertura final. Los materiales utilizados deben ser flexibles, para soportar los movimientos cuando el terreno se asienta, y suficientemente fuertes para soportar la carga del paso de vehículos sobre la superficie durante el mantenimiento de la vegetación y de las instalaciones para la extracción y recogida del gas.

A7.1.4. Control y tratamiento de lixiviados: La cantidad del lixiviado que se va a controlar y tratar después de la clausura del vertedero está en función del diseño de cobertura final, de los tipos de residuos colocados en el vertedero y del clima de la región, especialmente las precipitaciones. Con una cobertura efectiva, disminuirá la cantidad del lixiviado después de la clausura hasta que se recojan solamente los lixiviados generados por la descomposición de los residuos. Además, durante la maduración del vertedero cerrado, normalmente, disminuye la cantidad del lixiviado generado, así como la concentración de de DBO5 y DQO.

A7.1.5. Sistemas de supervisión ambiental:

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La supervisión ambiental es necesaria para asegurar el mantenimiento de la integridad del vertedero con respecto a la emisión incontrolada de contaminantes al ambiente. Por lo tanto, las instalaciones de supervisión estarán destinadas a seguir el movimiento de las emisiones del vertedero hacia el agua, aire y suelo.

o Agua: Se lleva a cabo la supervisión de la calidad del agua para identificar el escape de los lixiviados fuera del vertedero. Las instalaciones de supervisión se colocan en los suelos, por debajo del recubrimiento del vertedero y en el acuífero superior de las aguas subterráneas. El acuífero de aguas subterráneas se supervisa con pozos.

o Aire: El equipamiento típico para la supervisión de los gases del vertedero incluyen: medidores del gas explosivo, medidores del sulfuro de hidrógeno y equipamiento para la recogida de muestras, y recipientes para las muestras que serán analizadas fuera del vertedero. La supervisión del gas también se utiliza para valorar el grado de actividad biológica del vertedero.

o Cobertura: El material de cubrición es una de los aspectos más importantes de los planes de clausura. Debe colocarse bajo una estricta supervisión de la construcción, y mantenido, después, para prevenir la pérdida de suelos. La supervisión ambiental de los suelos incluye la medición de la consolidación superficial del terreno, el deslizamiento del suelo y la erosión de la superficie del terreno. La inspección de vertederos clausurados requiere una formación y un buen juicio para realizar las observaciones visuales y para la utilización de testigos, con la finalidad de controlar los movimientos de terreno.

A7.2. Mantenimiento postclausura a largo plazo Las instalaciones en un vertedero clausurado deben mantenerse durante el período de tiempo que el vertedero esté generando productos de descomposición. Se recomienda un período de mantenimiento de 20 a 30 años. (Tchobanoglous, Theisen y Vigil, 1998)

El mantenimiento postclausura a largo plazo implica una serie de actividades continuas, empezando en el vertedero con la supervisión de los controles ambientales y terminando con informes escritos. Las cuestiones claves que hay que afrontar en un plan de clausura son las siguientes:

Inspecciones rutinarias.

Mantenimiento de la infraestructura.

Sistemas de supervisión ambiental.

A7.2.1 Inspecciones rutinarias: En la tabla 7.2 se presenta una lista de los asuntos que hay que inspeccionar, la frecuencia sugerida para la inspección y los problemas típicos que puedan surgir. La frecuencia de la inspección sugerida es la normal y pueden esperarse variaciones basadas en condiciones climatológicas locales.

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Tabla A7.2. Puntos de inspección, frecuencia de inspección y problemas potenciales que hay que observar en un vertedero clausurado.

Punto de inspección Frecuencia de inspección Problemas potenciales que hay que observar

Cubrición final Cubrición de vegetación Pendientes finales Drenaje superficial Supervisión de gas Supervisión de aguas subterráneas Gestión de lixiviados

Una vez al año, y después de lluvias sustanciales. Cuatro veces al año. Dos veces al año. Cuatro veces al año y después de cada lluvia sustancial. Continua como exigencia por el plan de mantenimiento y gestión postclausura. Como exigencia por el equipamiento y el plan de mantenimiento y gestión postclausura. Como exigencia por el plan de mantenimiento y gestión postclausura.

Erosión que expone al recubrimiento sintético; derrumbamientos de terreno. Plantas muertas. Estancamiento de agua. Basuras en los drenes; tubería de dren rota. Olores; el equipamiento de compresor y antorcha inoperable; lecturas del gas altas en las sondas de supervisión; tubería rota en los pozos de gas. Pozos dañados, muestreo inoperable. Bombas de lixiviado inoperables; bloques en la tubería de recogida de lixiviados.

(Fuente: Tchobanoglous, Theisen, y Vigil, S. Gestión Integral de Residuos Sólidos. Ed. McGRAW-HILL, México, 1998, pág. 895)

A7.2.2. Mantenimiento de la infraestructura: La infraestructura de los vertederos incluye: restauración y paisajismo, sistemas de control del drenaje, sistemas para gestionar el gas y sistemas para controlar los lixiviados. Esta estructura debe mantenerse sistemáticamente mediante un horario planificado de mantenimiento preventivo para proteger la integridad de la cobertura y prevenir la contaminación del aire, del agua y del ambiente del suelo alrededor del vertedero.

o Restauración y paisajismo: En un vertedero clausurado se producirá un asentamiento importante, que afectará a las superficies del terreno y a las plantas utilizadas en el paisajismo. El gestor responsable debe disponer del

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equipamiento y los fondos necesarios para mantener las pendientes y las plantas requeridas.

Cuando se corrige un asentamiento de terreno en la parte superior de un vertedero clausurado, debe prestarse atención especial a la capa superior del vertedero, y sobre todo a la restauración de la geomembrana.

o Sistemas para controlar el drenaje: Los sistemas de control del drenaje mantenidos serán las instalaciones identificadas e instaladas como parte del plan de clausura. Éstas sufren asentamientos a largo plazo, que provocan problemas sobre la conservación de los sistemas de conducción, por lo que puede ser necesario instalar y operar bombas para aguas pluviales después de muchos años de asentamiento del vertedero. El mantenimiento de los sistemas para controlar el drenaje deben ser coordinados con el mantenimiento de las superficies del terreno y de la revegetación de plantas.

o Sistemas de gestión del gas: La gestión del gas será necesaria en los vertederos clausurados mientras se siga generando. Los pozos de extracción y las tuberías instaladas en los residuos o en la cobertura final sobre los residuos necesitan una alta frecuencia de mantenimiento por el asentamiento de los residuos.

La gestión del gas en un vertedero clausurado se completa cuando se destruyen los gases extraídos y se descargan a la atmósfera, por medio de una antorcha o en un sistema para la recuperación de energía. La unidad de destrucción del gas es una pieza sensible del equipamiento, que requiere un mantenimiento por técnicos formados y con experiencia. El equipamiento se debe probar periódicamente, y su operación es objeto de una revisión anual por las agencias regulatorias.

o Recogida y tratamiento de lixiviados: El mantenimiento de las instalaciones de recogida y tratamiento de lixiviados requiere operarios del sistema preparados para manejar cantidades variables de aguas residuales que cambian en su composición.

A7.2.3. Sistemas de supervisión ambiental

Cada vertedero clausurado tendrá requisitos específicos de supervisión, que se sumarán a los sistemas típicos mantenidos, que incluyen sondas en la zona no aireada, pozos de agua y tapas de pozos, sondas de gas y testigos de asentamientos.

A7.3. Recomendaciones de clausura y pos-clausura de relleno sanitario. Resolución N°1143/02 de la Provincia de Buenos Aires

Esta Resolución de la provincia de Buenos Aires sugiere pautas para la Disposición de Residuos Sólidos Urbanos en Rellenos Sanitarios, entre ellas, para la Clausura y

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Mantenimiento Post clausura, que pueden ser consideradas para el caso del SDF de Salta, anexándolas a la legislación que dicha ciudad posee en este tema (Resolución N°12.219 del Municipio de Salta):

En la Resolución N°1143/02 se establece que el plazo de la etapa de mantenimiento, cuidados y responsabilidad post clausura por parte del municipio es de 30 (treinta) años, contados a partir de la fecha en la cual el relleno sanitario deja de recibir residuos. Durante este período, el responsable del relleno sanitario, deberá efectuar:

- Mantenimiento del relleno sanitario y de todas las instalaciones conexas, útiles durante esta etapa.

- Extracción y tratamiento del lixiviado.

- Tratamiento del gas de relleno sanitario.

- Monitoreo ambiental.

- Vigilancia

También pueden ser de gran utilidad para planificar el Plan de Monitoreo del SDF de Salta, los parámetros de monitoreo establecidos en esta Resolución para aguas subterráneas y superficiales:

- Red de Monitoreo para aguas subterráneas Una vez establecidas las características de las aguas subterráneas, especialmente en lo referente a la cantidad y tipo de acuíferos y sus respectivas direcciones y sentido de escurrimiento, se deberá proceder a la construcción de la red de monitoreo de las aguas subterráneas. La misma estará compuesta por una serie de pozos de monitoreo a los acuíferos del lugar, situados a la máxima distancia posible del eje del terraplén perimetral, sobre el límite del predio (dentro del área perimetral de amortiguación de 80 m), aguas arriba y aguas abajo de la zona en que estará ubicado el relleno Sanitario. Parámetros para la caracterización: Conductividad especifica Color pH Cloruros (Cl- ) Turbidez

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Demanda Química de Oxigeno (DQO) Nitrógeno total Kjeldhal Nitrógeno Amoniacal Sulfatos (SO4= ) Alcalinidad total (expresada como HCO3- o CO3= ) Dureza total (expresada como CaCO3) Calcio (Ca++) Magnesio ( Mg++) Sodio (Na+) Potasio (K+) Fosfatos (PO3º ) Hierro total Cobre (Cu++) Cadmio (Cd++) Zinc (Zn++) Cromo total Manganeso (Mn++) Níquel (Ni++) Plomo (Pb++) Arsénico (As-) Cianuro (CN-) Mercurio (Hg++)

- Red de monitoreo para aguas superficiales Previo al establecimiento de las estaciones de muestreo se deberá delimitar la subcuenca en la que se construirá el relleno sanitario para determinar dónde interceptan los límites de la misma al curso superficial. Una estación deberá situarse en la intersección del límite aguas arriba de la subcuenca con el curso superficial y la otra estación deberá situarse en la intersección del límite aguas abajo de la subcuenca con el curso superficial. Parámetros para su caracterización: Conductividad específica Sólidos en suspensión Sólidos disueltos totales Sólidos sedimentables 10 min. y 2 hs Detergentes Sustancias Fenólicas pH Cloruros (Cl- )

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Sulfuros (S= ) Turbidez Oxigeno disuelto Demanda Química de Oxigeno (DQO) Demanda Bioquímica de Oxigeno (DBO) Nitrógeno total Kjeldhal Nitrógeno Amoniacal Nitrógeno Orgánico Nitratos (NO3= ) Nitritos (NO2= ) Sulfatos (SO4= ) Alcalinidad total (expresada como HCO3- o CO3= ) Fosfatos (PO3º ) Residuo total por evaporación Hierro total Cobre (Cu++) Cadmio (Cd++) Zinc (Zn++) Cromo total Manganeso (Mn++) Níquel (Ni++) Plomo (Pb++) Arsénico (As-) Mercurio (Hg++)

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Auditoría Ambiental Sitio de disposición final de residuos de la ciudad de salta Coordinación Blanco, Gabriel Autores Wagner, Lucrecia Santalla, Estela Blanco, Gabriel

Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires http://www.unicen.edu.ar Av. Del Valle 5737 TE/Fax: 54-2284-451055 B7400JWI Olavarría Provincia de Buenos Aires Argentina Diciembre 2006