Sistemas de Tesoreria

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ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL ESTADO

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ADMINISTRACIÓN

FINANCIERA DEL

ESTADO

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ADMINISTRACION FINACIERA DEL SECTOR PUBLICO EN EL PERU

La Administración Financiera del Estado se regulada por la Ley Nº 28112 Ley Marco de la Administración Financiera del

Sector Publico, y las Leyes de los sistemas, que lo

conforman. Supletoriamente Procedimiento Administrativo

por la Ley Nº 27444 Ley del General.

Conjunto de derechos y obligaciones titularidad

de contenido

económico financiero cuya corresponde al se Estado. La

enmarca en Administración Financiera del Estado,

los principios de Transparencia, legalidad,

eficiencia y eficacia.

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ADMINISTRACION FINACIERA DEL SECTOR PUBLICO EN EL PERU

NIVEL CENTRAL - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

- VICE MINISTRO DE HACIENDA

•DIRECCION •DIRECCION

•DIRECCION

•DIRECCION

GENERAL DE

GENERAL DE

GENERAL DE

GENERAL DE

PRESUPUESTO PUBLICO ENDEUDAMIENTO Y TESORO PUBLICO

CONTABILIDAD PUBLICA

GESTIÓN DE RECURSOS PUBLICOS

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ADMINISTRACION FINACIERA DEL SECTOR PUBLICO EN EL PERU

NIVEL DESCENTRALIZADO u

- UNIDADES EJECUTORAS

OPERATIVO

Dependencia orgánica con la cual se vincula los Órganos rectores cuenta con un nivel de desconcentración administrativa que:

y

•Estime, determine y recaude ingresos

•* Contrae compromisos, devenga gastos y ordena pagos

•Registra información por las operaciones Realizadas

•* Informa sobre el avance y/o cumplimiento de metas

* Recibe y ejecuta desembolsos de endeudamiento

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ADMINISTRACION FINACIERA DEL SECTOR PUBLICO EN EL PERU

INTEGRACION INTERSISTEMICA

REGISTRO información

UNICO DE INFORMACION: El registro de las es único y de uso obligatorio por parte de

Entidades del Sector Publico, A nivel nacional, regional y local y se

efectúa a través del Sistema Integrado de Administración

Financiera - Sector Publico. SIAF-SP

El SIAF-SP constituye el medio oficial para el registro,

procesamiento Administración

y generación de la información relacionada con la

Financiera del Sector Publico cuyo funcionamiento

y operatividad se desarrolla en el marco de la normatividad

aprobada por los órganos rectores.

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SISTEMA DE TESORERIA

LEY GENERAL Nº 28693

DEFINICION

CONJUNTO DE ÓRGANOS, NORMAS, PROCEDIMIENTOS, TÉCNICAS E INSTRUMENTOS ORIENTADOS

ADMINISTRACION DE FONDOS PÚBLICOS

EN LAS ENTIDADES Y ORGANISMOS DEL SECTOR PÚBLICO

MG. WINSTON R. REAÑO PORTAL

Page 7: Sistemas de Tesoreria

TON R. REAÑO

SISTEMA DE TESORERIA

LEY GENERAL Nº 28693

DEFINICIÓN

El Sistema Nacional de Tesorería, es el conjunto de órganos, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos orientados a la administración de los fondos públicos, en las entidades y organismos del Sector Público, cualquiera que

los sea la fuente de financiamiento y uso de mismos.

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NORMAS GENERALES NGT-01: Unidad de Caja

Se debe centralizar en la Tesorería, o quien haga sus veces, el entidad

manejo de los recursos financieros de la

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NORMAS GENERALES NGT-02: Manejo de Fondos

través de Sub Cuentas del Tesoro Público a

Los recursos asignados por el Tesoro Público se utilizarán exclusivamente a

del través

Tesoro de Sub-

cuentas de la Cuenta Única Público.

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NORMAS GENERALES NGT-03: Facultad para el Manejo de Cuentas y Sub –

cuentas Bancarias movimiento de fondos mediante el manejo de Cuentas y El Sub – cuentas Bancarias debe ser autorizado por el nivel competente de la entidad

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NORMAS GENERALES NGT-04: Apertura de Cuentas y Sub – cuentas Bancarias

La apertura de Cuentas y Sub – cuentas Bancarias se la efectuará bajo la denominación o nombre oficial del

entidad y en el menor número posible de acuerdo a las normas vigentes sobre el particular y en función estricta a sus necesidades.

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NORMAS GENERALES NGT-05: Uso del Fondo para Pagos en Efectivo

Se utilizará el fondo para pagos en efectivo para atender el pago de excepcionalmente jornales.

gastos menudos y urgentes y y viáticos no programables

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NORMAS GENERALES NGT-06: Uso del Fondo Fijo para Caja Chica

Se utilizará el fondo fijo para caja chica para atender el pago de gastos menudos y urgentes y

y excepcionalmente jornales.

viáticos no programables

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NORMAS GENERALES NGT-07: Reposición oportuna del FFPPEEE y

Fondo Fijo para Caja Chica Se repondrá oportunamente el FFPPEE o el Fondo

Fijo para Caja Chica previa documentación sustentatoria debidamente autorizada.

Page 15: Sistemas de Tesoreria

NORMAS GENERALES NGT-08: Arqueos Sorpresivos

Se realizarán arqueos valores,

sorpresivos de los

todos los fondos y además de arqueos habituales de operación

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NORMAS GENERALES NGT-09: Transferencia de Fondos

La transferencia de fondos dentro de la misma entidad a nivel de Oficina o Dependencia será efectuada sin giro de cheques.

.

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NORMAS GENERALES NGT-10: Medidas de Seguridad

de Fondos para el Giro de

Cheques y Traslado Todo

de de

cheque girado así como el traslado de fondos un lugar a otro, demandará la toma de medios

seguridad, ciñéndose a requisitos y condiciones pre-establecidos.

Page 18: Sistemas de Tesoreria

NORMAS GENERALES NGT-11: Cheques a nombre de la Entidad

Sólo se aceptará cheques girados a nombre de la entidad por la recepción de ingresos que no en efectivo.

sean

NGT-12: Cambio de Cheques Personales Se evitará el cambio de cheques personales por

cualquier concepto y circunstancia.

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NORMAS GENERALES NGT-13: Uso del Sello Fechador “Pagado”

Todo documento original que sustente un la desembolso llevará un sello que indique

palabra “PAGADO”

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NORMAS GENERALES NGT-14: Conciliaciones de Sub-cuentas Bancarias

del Tesoro Público

Las entidades que manejan recursos asignados por el Tesoro Público a través de Sub-cuentas de la Cuenta Única del Tesoro Público, elaborarán conciliaciones bancarias periódicamente.

Page 21: Sistemas de Tesoreria

NORMAS GENERALES NGT-15: Fianza de Servidores

El personal encargado de la recepción, control y custodia de recursos públicos financieros debe estar respaldado por una fianza solvente, y suficiente, como requisito indispensable para efectuar la referida función.

La NCI 230-04 puntualiza que a falta de carácter personal, se puede determinar un seguro de deshonestinidad frente

una garantía económica de la conveniencia de contratar a la empresa a favor de la

entidad, que le respalde por los actos ilegales en que podrían incurrir los empleados responsables del manejo custodia de fondos o valores, así como por otros riesgos inherentes a estos activos.

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PRINCIPIOS REGULATORIOS

UNIDAD DE CAJA.- Administración centralizada de los fondos públicos en cada entidad ú órgano, cualquiera sea la fte. de fto. e independientemente de su finalidad.

ECONOMICIDAD.- Manejo y disposición de los fondos públicos viabilizando

seguimiento su óptima

aplicación y permanente, minimizando sus costos.

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PRINCIPIOS REGULATORIOS VERACIDAD.- Las autorizaciones y el

procesamiento de operaciones en el nivel central se realizan presumiendo que la información registrada por la entidad se sustenta documentadamente respecto de los actos y hechos administrativos legalmente autorizados y ejecutados.

OPORTUNIDAD.- Percepción y acreditación de los fondos públicos en los plazos señalados, de forma tal que se encuentren disponibles en el momento y lugar en que se requiera proceder a su utilización.

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PRINCIPIOS REGULATORIOS PROGRAMACION.-Obtención,

presentación del estado y flujos organización y de los ingresos y

gastos públicos identificando probables

con razonable anticipación sus

su magnitudes, de

de el

de

acuerdo con origen y naturaleza, a de

fin ser establecer su adecuada disposición y,

caso, cuantificar y evaluar alternativas financiamiento estacional.

SEGURIDAD.- contingencias

Prevención de riesgos o las los de

en el manejo y registro de operaciones con fondos públicos y conservar elementos que concurren a su ejecución y aquellos que las sustentan.

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SISTEMA DE TESORERIA

LEY GENERAL Nº 28693

EJECUCION FINANCIERA DEL INGRESO Art. 24º.- La determinación del ingreso corresponde

al área, sujeta a Norma

dependencia encargada o facultada y lo siguiente:

se

legal que autoriza su percepción o a. recaudación Identificación del deudor u obligado al pago.

Liquidación del monto por cobrar

b.

c.

Oportunidad y/o periodicidad de la cobranza, d. así como los intereses aplicables. Tratamiento presupuestal aplicable a la e. percepción o recaudación.

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SISTEMA DE TESORERIA

LEY GENERAL Nº 28693

EJECUCION FINANCIERA DEL INGRESO Art. 25º.- La percepción o recaudación se produce

acuerdo a lo siguiente:

de

Emisión y, de ser el caso, notificación del a. documento de la determinación Evidencia de haberse recibido los fondos o de

abono en la

b. haberse acreditado su depósito o cuenta que corresponda.

Art. 27º.- Los Fondos Públicos se depositan en forma íntegra dentro de las 24 horas de su percepción o recaudación, salvo los casos regulados por el Sistema Nacional de Tesorería, procediéndose a su debido registro.

MG. WINSTON R. REAÑO PORTAL

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SISTEMA DE TESORERIA

LEY GENERAL Nº 28693

EJECUCION FINANCIERA DE LOS GASTOS

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SISTEMA DE TESORERIA

LEY GENERAL Nº 28693

EJECUCION FINANCIERA DE LOS GASTOS Art. 28º.- El devengado es el reconocimiento de una

obligación de pago que se registra sobre la base del compromiso previamente formalizado y registrado, sin exceder el límite de la certificación presupuestal. El total del devengado registrado a

el un

total determinado período no debe exceder acumulado del gasto comprometido y registrado a la misma fecha.

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SISTEMA DE TESORERIA

LEY GENERAL Nº 28693

EJECUCION FINANCIERA DE LOS GASTOS Art. 29º.- El devengado, sea en forma parcial o total, se

produce como lo siguiente:

consecuencia de haberse verificado

a. b.

c.

La recepción satisfactoria de los bienes adquiridos; o, La efectiva prestación de los servicios contratados; o,

El cumplimiento de los de

términos contractuales o legales, cuando trate de gastos sin contraprestación inmediata o directa;

d. El registro en el SIAF

y,

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SISTEMA DE TESORERIA

LEY GENERAL Nº 28693

EJECUCION FINANCIERA DE LOS GASTOS Art. 32º.- El Pago

32.1 A través del pago se extingue, en forma parcial o total, una obligación y sólo procede siempre

como que esté debidamente formalizada devengado y registrado en el SIAF

32.2 La Unidad Ejecutora o Entidad debe consignar el número de registro SIAF en la documentación relacionada contractual. de bienes o

con la correspondiente obligación Caso contrario no procede la entrega prestación de los servicios por parte

del proveedor o contratista.

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SISTEMA DE TESORERIA

LEY GENERAL Nº 28693

EJECUCION FINANCIERA DE LOS GASTOS Art. 32º.- El Pago

32.3 Está prohibido el pago de obligaciones que no cumplan los requisitos prescritos en el presente artículo, aun cuando los bienes y/o servicios sean personales o no personales, cuenten con la

o conformidad prestación

respecto de su recepción

32.4 El pago se efectúa de acuerdo con el Presupuesto de Caja.

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DIRECTIVA DE TESORERÍA

R.D. N°002-2007-EF. 77/15 Y Modificatorias

EJECUCION FINANCIERA DE LOS GASTOS 8º Documentación para la fase devengado: Factura, b/v u otro comprobante de pago autorizado por SUNAT

Art. 1.

O/C u O/S en contrataciones o adquisiciones cuantía Valorización de obra más factura

de menor 2.

3. 4. Planilla sueldos, pensiones, RECAS, viáticos,

racionamiento, propinas, dietas, CTS. Relación numerada de servicios públicos Formulario de pago de tributos N/C bancario

5. 6.

7.

8. Resolución de reconocimiento de laboral.

derechos de carácter

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DIRECTIVA DE TESORERÍA

R.D. N°002-2007-EF. 77/15 Y Modificatorias

EJECUCION FINANCIERA DE LOS GASTOS 10. Documento oficial de autoridad competente para

comisión de servicios 11. Resolución de encargos al personal, FPPE, Caja Chica ò

rendición de ctas. Resolución judicial consentida Convenios o Directivas de Encargos. Norma legal que autorice transferencias financieras.

12. 13. 14. 15. Norma legal que autorice subvenciones a personas

naturales 16. Otros que apruebe la DNTP. El código de los mencionados documentos y la numeración

deben registrarse en la fase devengado en el SIAF

Page 34: Sistemas de Tesoreria

CALENDARIO DE PAGOS MENSUAL

En el marco de una gestión eficiente y eficaz en la administración de los

fondos públicos por parte de las instituciones del sector público, se viene

incorporando instrumentos o herramientas que permitan programar los

montos máximos o limites que pueden comprometer o gastar durante un

año fiscal determinado

Para ir a una consolidación de las Tesorerías Gubernamentales, es

necesario incorporar en el proceso de Pagaduría de las Unidades

Ejecutoras y Municipalidades un instrumento que contribuya a optimizar la oportunidad y adecuada atención de las obligaciones de pago, además

dar transparencias las operaciones con fondos públicos

Page 35: Sistemas de Tesoreria

RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 005-2011-EF/52.03

Establecen disposiciones en el proceso de Programación de

Pagos de las Unidades Ejecutoras y Municipalidades para su

registro en el SIAF – SP

Artículo 2º.- De la determinación del Calendario de Pagos

Mensual

2.1 El Calendario de Pagos Mensual es determinado por la

DGETP a partir del procesamiento de la información de la

“Programación Mensual de Pagos” registrada por las Unidades

Ejecutoras y Municipalidades a través del SIAF SP, de acuerdo

con las condiciones establecidas en la presente Resolución

Directoral. Para tal efecto, la actualización de la información

correspondiente es registrada por las citadas entidades hasta

el 25 del mes anterior, o el siguiente día hábil cuando dicha fecha constituya no laborable nacional

25 10 mes mes DGETP

establece Tope UE y GL Remiten

Programación

MES ACTUAL (Setiembre)

MES CALENDARIO (Octubre)

Page 36: Sistemas de Tesoreria

CALENDARIO DE PAGOS MENSUAL

1.- PROGRAMACION

Page 37: Sistemas de Tesoreria

PROCESO DE UPERs

/OGRAMACION DGETP- Tesoro 1 Público Municipalidades

Determina Factores Porcentuales

PCA 2 Recibe Factores

Porcentuales 3

Recibe Programación de Calendario de Pagos

Programación de Calendario de Pagos

4 5

Cierre de Mes de

Programación de Calendario

de Pago 6

Evalúa y Aprueba

Programación de Calendario

de Pago 7

Recibe Calendario Inicial de Pagos 9 8 Envía Calendario Inicial

de Pagos

Realiza Giros 10

Page 38: Sistemas de Tesoreria

CALENDARIO RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 005-2011-EF/52.03

Establecen disposiciones en el proceso de Programación de

Pagos de las Unidades Ejecutoras y Municipalidades para su

registro en el SIAF – SP

DE PAGOS Vamos a revisar lo

que dice la normatividad sobre

los topes porcentuales

Artículo 1.3. El monto límite mensual para elaborar la “Programación

Mensual de Pagos” resulta de la aplicación, por parte de la

DGETP, de un factor porcentual al monto de la PCA con

deducción de los Calendarios de Pagos Mensuales

acumulados. El factor porcentual mensual se transmite a

través del SIAF-SP a las Unidades Ejecutoras y

Municipalidades a nivel de Grupo Genérico de Gasto.

Monto Factor Calendario de Límite = Porcentual x PCA - pago mensual Mensual Límite acumulado

Page 39: Sistemas de Tesoreria

CALENDARIO DE PAGOS RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 005-2011-EF/52.03

Establecen disposiciones en el proceso de Programación de OFICINA DE TESORERIA

Pagos de las Unidades Ejecutoras y Municipalidades registro en el SIAF – SP

para su

Artículo 3.1. Registro de la “Programación Mensual de Pagos”

La información de la “Programación Mensual de Pagos”

registrada en el SIAF-SP debe contener las estimaciones de

compromisos por devengar y/o devengados por girar en el

mes al que corresponda el Calendario de Pagos Mensual, así

como en los meses subsiguientes del respectivo Año Fiscal, a

nivel de Unidad Ejecutora y Municipalidad, fuente de

financiamiento, Rubro, Categoría de Gasto y Grupo Genérico

de Gasto.

. Informació n a Registrar

NOVIEMBRE

DICIEMBRE

MES CALENDARIO

Page 40: Sistemas de Tesoreria

CALENDARIO OFICINA DE TESORERIA

DE PAGOS P L A

N

I L

L

A S

Para programar necesito: 1.- Mes Calendario 2.- PCA 3.- Factores porcentuales 4.- Mis Calendarios de los

meses anteriores aprobados Logística

Importante Necesito información de otras áreas ……Ojala que los pesados de planillas,

O T R O S

logísticas lo envíen rápidamente TRABAJO

EN EQUIPO

Page 41: Sistemas de Tesoreria

OFICINA DE TESORERIA Que bueno ya tengo todos los datos voy programar……. Menos mal que tengo hasta el 25 de este mes para enviar Tesoro

a programación al

Logística

Page 42: Sistemas de Tesoreria

CALENDARIO DE PAGOS

OFICINA DE TESORERIA Ahora me voy a:

hago transmisión

Page 43: Sistemas de Tesoreria

COMPROMISO DEVENGADO GIRADO

PAGO

Carta Orden Física

TIPO DOCUM

Transferencia Electrónica

Cheque

En línea ELAB. Un día o dos Indefinido

Antes de 4pm Después de 4pm Antes de 12 m Después de 12 m CARGO A LA CUT

El mismo día El mismo día Al día siguiente El mismo día Al día siguiente