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Documento:2007_08_00SISTEMAS DE PROTECCIÓN PASIVA
CONTRA INCENDIOOctubre - 2007
SISTEMAS DE PROTECCIÓNPASIVA CONTRA INCENDIOS
(Doc. I)
HOJA 1 DE 39EMITIDO
Fernando Fernández Aragüés EXTERIOR
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CONTRA INCENDIOOctubre - 2007
INDICE
1.- INTRODUCCIÓN
2.- LAS EUROCLASES
1.1. Comportamiento ante el fuego de los materiales oproductos (Reacción)
1.2. Comportamiento ante el fuego de los elementos osoluciones constructivas (Resistencia)
3.- NORMATIVA
3.1. Marcado CE3.2. Criterios de diseño (CTE - RD 2267/2004)
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1.- INTRODUCCIÓN
Las Normas que regulan este campo, el de la protección pasiva, y que se encuentran actualmente en vigor, establecen las condiciones que deben de reunir los edificios y las instalaciones industriales frente a los riesgos originados por un incendio, para:
a.- prevenir daños en los edificios o establecimientos industriales próximos al afectado por el incendio.
b.- para facilitar la intervención de los bomberos y equipos de rescate.
Cumplimiento normativa
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equipos de rescate.
Actualmente, en España, existen 2 normas de obligado cumplimiento, según la actividad a la que dicha construcción o edificio esté dirigida:
� CTE (Código Técnico de la Edificación), modificación de Octubre del 2007.
� RSCIEI (Reglamento de Seguridad ContraIncendios en los Establecimientos Industrialess/RD 2267-2004).
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Nuestra empresa, PEFIPRESA,S.A., de acuerdo a la Normativa aplicable y que posteriormente detallaremos, diseña e instala la solución más adecuada para cubrir cualquier necesidad demandada por el sector de la construcción.
Protección de estructuras, sectorización de zonas, aislamiento de bandejas de cables, protección de pasos de cables o tuberías, protección de conductos de climatización, etc., son los diferentes tipos de trabajos de
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diferentes tipos de trabajos de protección pasiva que PEFIPRESA, S.A. realiza habitualmente.
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A) Según la normativa española UNE 23727/1990“Clasificación de los materiales utilizados en la construcción”, la clasificación de la reacción de dichos materiales frente a un fuego queda definida de la siguiente manera:
- Material M0: Incombustible.- Material M1: Combustible no inflamable.- Material M2: Baja inflamabilidad.
2.- LAS EUROCLASES
2.1.- REACCIÓN AL FUEGO
Clases de comportamiento al fuego de los materiales
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- Material M2: Baja inflamabilidad.- Material M3: Inflamabilidad media.- Material M4: Altamente inflamable.
B) Según el RD 312/2005 “Clasificación de los productos de la construcción y de los elementos constructivos en función de sus propiedades de reacción y resistencia al fuego”, que transpone la normativa Europea 2003/629/CE, la reacción de dichos materiales, al igual que el punto anterior, queda definida según los siguientes índices:
- A1: Material no combustible en grado máximo.- A2: Material no combustible en menor grado.- B: Material sin apenas contribución al incendio.- C: Material con escasa contribución al incendio.
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- D: Material con contribución moderada al incendio.- E: Material con contribución al incendio significativa- F: Material sin determinación de propiedades.
Además, para cada material en concreto, es obligatorio la inclusión de los siguientes índices:
- Producción de humos: s1, s2 y s3.- Caída de gotas y partículas inflamadas: d0, d1 y d2.
Por último, indicar que existen también otros subíndices, a los ya nombrados, para caracterizar, si fuese necesario, otras propiedades del material:
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- W: emisión de calor por radiación.- M: impacto mecánico.- C: cierre automático.- S: estanqueidad al paso de humos.- P/HP: continuidad de corriente eléctrica.- o � e / e � o: fuego de exterior a interior o viceversa. - ho / ve: posición adecuada, horizontal o vertical.- a � b / b � a: fuego de arriba o fuego de abajo.
Destacar que no todos estos índices sirven para todos los materiales, pues, por ejemplo, no tiene sentido que en una moqueta se incluya el subíndice o � e (protección para un fuego que viene del exterior); sin embargo, sí tendría sentido para un panel de fibrosilicato, por ejemplo, utilizado para proteger un conducto de ventilación.
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Esta nueva Clasificación permite una Clasificación Eficaz y Detallada de cada material o producto.
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PAREDESY TECHOS
SUELOS CARACTERÍSTICAS
A1 A1FLNO COMBUSTIBLE
SIN CONTRIBUCIÓN AL FUEGO
A2 A2FLNO COMBUSTIBLE
SIN CONTRIBUCIÓN AL FUEGO
B BFL
COMBUSTIBLECONTRIBUCIÓN AL FUEGO MUY
LIMITADA.
En la tabla a continuación detallada queda esquematizado el significado de los índices de los materiales, según la clasificación europea, como ya se ha indicado anteriormente.
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LIMITADA.
C CFLCOMBUSTIBLE
CONTRIBUCIÓN AL FUEGO LIMITADA
D DFLCOMBUSTIBLE CONTRIBUCIÓN AL
FUEGO MEDIA.
E EFLCOMBUSTIBLE CONTRIBUCIÓN AL
FUEGO ALTA.
F FFL
SIN CLASIFICAR COMPORTAMIENTO INDETERMINADO
SIN DETERMINAR PROPIEDADES.
El símbolo FL que aparece junto a la caracterización del material, se refiere a que el material puede ser utilizado para revestimiento o protección del suelo.
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Clase exigida conforme a la
Revestimiento de paredes o techos, aislamientos Productos lineales
CLASES DE REACCIÓN AL FUEGO DE REVESTIMIENTO DE PAREDES Y TECHOS, DE AISLAMIENTOS TÉRMICOS O ACÚSTICOS,
Y DE CONDUCTOSReal Decreto 312/2005 de 18 de Marzo
En las siguientes tablas quedan detalladas las condiciones de reacción al fuego que establece la reglamentación vigente y que se deben cumplir acreditando, para la clase exigida conforme a la norma UNE 23727:1990, las clases determinadas conforme a la norma UNE-EN 13501-1:2002 (RD 312/2005).
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conforme a la norma UNE-23727:1990
techos, aislamientos térmicos (no lineales) o acústicos y conductos
Productos lineales para aislamiento
térmico en tuberías
M0 A1 ó A2 - s1, d0 A1L ó A2L - s1, d0
M1 B - s3, d0 BL - s3, d0
M2 C - s3, d0 (²) CL - s3, d0 (²)
M3 D - s3, d0 DL - s3, d0
(1) Se admite que toda clase cuyos índices sean iguales o más favorables que los índices correspondientes de otra clase satisface las condiciones de esta. Tanto el índice principal (A1, A2, B, C, D ó E) como el de producción de humo (s1, s2 o
s3) y el de caída de gotas/partículas inflamadas (d0, d1 o d2) son más desfavorables en sentido creciente.
(2) Cuando esta clase pertenezca a un material cuyo grosor sea menor de 1,0 mm. y cuya masa sea menor de 1,0 Kg/m2, también será válida para aquellas
aplicaciones para las que se exija clase M1.
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Clase exigida conforme a la norma UNE-23727:1990
Clase que debe acreditarse conforme a la norma
UNE EN 13501-1:2002 (¹)
MO A1FL ó A2FL - s1
M1 A2FL - s2
CLASES DE REACCIÓN AL FUEGO DE REVESTIMIENTOS DE SUELOS
Real Decreto 312/2005 de 18 de Marzo
En esta segunda tabla quedan determinadas dichas condiciones para el caso de los revestimientos de suelos:
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M1 A2FL - s2
M2 BFL - s2
M3 CFL - s2
(1) Se admite que toda clase cuyo índices sean iguales o más favorables que los índices correspondientes de otra clase satisface las condiciones de
esta. Tanto el índice principal (A1FL, 2FL, BFL, CFL, DFL ó EFL), como el de producción de humo (s1 o s2) son más desfavorables en sentido
creciente.
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De acuerdo a la decisión 2003/629/CE de la comisión, las antiguas definiciones aplicables a los elementos constructivos, referidas a su resistencia frente al fuego, quedan modificadas por las siguientes que a continuación se indican:
a) Capacidad portante: Rb) Integridad al paso de llamas y gases calientes: E
Clases de resistencia frente al fuego de las soluciones constructivas
2.- LAS EUROCLASES
2.2.- RESISTENCIA AL FUEGO
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b) Integridad al paso de llamas y gases calientes: Ec) Aislamiento térmico: I
Estos tres supuestos anteriores se consideran equivalentes a los antiguos -RF (cumple a, b c , d), EF (cumple a) y PF (cumple a, b y c)-, que están especificados en la norma española UNE 23093, y que a continuación simplemente se expone:
a) Estabilidad mecánica (o capacidad portante)b) Estanqueidad al paso de llamas o gases calientes.c) No emisión de gases inflamables en la cara no
expuesta al fuego.d) Aislamiento térmico suficiente para impedir que la
cara no expuesta al fuego supere las temperaturas que establece la norma correspondiente.
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Las exigencias de comportamiento ante el fuego de una solución constructiva se definen por los tiempos durante los que dicho elemento debe mantener las condiciones R, E y/o I.
El Real Decreto 312/2005 incluye tablas de equivalencia por sistema de los requerimientos y clasificación antigua, que se puede resumir de la forma siguiente, eso sí, con las reservas oportunas, pues no es una equivalencia exacta:
Sistemas Clasificación antigua
Nueva clasificación
Estructuras y elementos de
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Estructuras y elementos de soporte EF - x R - x
Compartimentación parallamas con cargaMuros de carga, forjados, etc. con función portante sin requerimiento de aislamiento térmico
PF - x RE - x
Compartimentación parallamas sin cargaSistemas de compartimentación sin carga y sin requisito de aislamiento térmico
PF - x E - x
Compartimentación con cargaMuros de carga y forjados con requisito de aislamiento térmico
RF - x REI -x
Compartimentación sin cargaSistemas de compartimentación en general (paredes, forjados, techos, fachadas, conductos, sellados, etc.) con requisito de aislamiento térmico
PF- x EI-x
(x : tiempo en minutos)
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Las condiciones de resistencia al fuego de los elementos constructivos que establece la reglamentación vigente (RSCIEI, CTE…) se deben cumplir acreditando, para cada clase exigida conforme a las normas UNE citadas en dicha reglamentación, la clase que se indica en la tabla de la página siguiente.
No obstante, cuando éstas no estén aún disponibles en el momento de realizar el ensayo de un determinado elemento constructivo, la clase de resistencia al fuego de éste se podrá seguir determinando y acreditando conforme a las normas UNE citadas en dicha reglamentación vigente.
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Asimismo, cuando la clase de resistencia al fuego de un producto, determinada antes de la fecha de entrada en vigor del RD 312/2005, según las normas UNE citadas en la reglamentación vigente, sea admisible para una aplicación determinada, el producto será admisible para esta aplicación hasta el final del periodo de validez del ensayo.
En la tabla que aparece en las siguientes páginas se observan los índices necesarios de cada clase exigida, según el tipo de elemento constructivo.
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Tipos de elementos constructivos
Clase exigida por la reglamentación
vigente
Clase que debe acreditarse conforme al anexo III (1)
Portantes sin función de separación frente al fuego EF-t R t
Portantes con función de separación frente al fuego.
RF-t REI t
PF-t RE t
Particiones con función de separación frente al fuego
RF-t RE t
PF-t E t
Techos con resistencia RF-t EI t
CLASES DE RESISTENCIA AL FUEGO DE LOS ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS
Real Decreto 312/2005 de 18 de Marzo
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Techos con resistencia intrínseca al fuego RF-t EI t
Fachadas (muros-cortina) y muros exteriores (incluidos
elementos de vidrio)
RF-t EI t
PF-t E t
Suelos elevados RF-t REI t - f
Sistema de obturación de penetraciones de cables y
tuberías
RF-t EI t
Puertas y elementos practicables resistentes al fuego y sus dispositivos de
cierre.
RF-t EI2 - C t (2)
PF-t E - C t (2)
Puertas de piso de ascensor PF-t E t (3)
(x : tiempo en minutos)
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Tipos de elementos constructivos
Clase exigida por la reglamentación
vigente
Clase que debe acreditarse conforme al
anexo III (1)
Conductos y patinillos para instalaciones y servicios. RF-t EI t
Sistemas de obturación (sellado) de penetraciones de
cable y tuberíasRF-t EI t
Conductos de ventilación y compuertas resistentes al fuego
(excluidos los utilizados en sistemas de extracción de calor
y humo)
RF-t EI t
CLASES DE RESISTENCIA AL FUEGO DE LOS ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS
Real Decreto 312/2005 de 18 de Marzo
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Conductos y compuertas para control de humo y calor en un
único sector de incendioRF-t ó PF-t E600 t
Conductos y compuertas resistentes al fuego para control de humo y calor en más de un
sector de incendio.
RF-t EI t
Compuertas para control de humo en más de un sector de
incendioRF-t EI t
Extractores mecánicos (ventiladores) de calor y humo.
Funcionamiento durante t minutos a
400 ºCE400 t (4)
(x : tiempo en minutos)
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(1) Véanse, en el anexo III del RD 312/2005, otros parámetros adicionales que pueden figurar en la clasificación de cada tipo de elemento constructivo.
(2) Mientras no está disponible la norma que define el procedimiento de ensayo que permita asignar el parámetro C, indicativo de la cualidad de cierre automático, a la clasificación de las puertas resistentes al fuego, se aceptará la ausencia de dicho parámetro, siempre que las puertas tengan un sistema de cierre automático según se establece en el apartado 5.2.1.
(3) Conforme a la norma UNE EN 81-58:2004 “Reglas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores. Exámenes y ensayos – Parte 58 : Ensayo de resistencia al fuego de las puertas de piso”
(4) Conforme a la norma UNE En 12101-3: 2002, “Sistemas de control de humos y calor. Parte 3. Especificaciones para aireadores extractores de humos y calor mecánicos”.
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3.- NORMATIVA
3.1.- MARCADO CE
EL DITE (de un producto)
- Es el resultado de una evaluación técnica favorable dela idoneidad de un producto o material para el uso quetiene asignado.
- Es un documento particularizado para un/osproducto/os de un fabricante, con su marca comercial.
Documento de Idoneidad Técnica Europeo (DITE) y Marcado CE de los productos de protección pasiva
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producto/os de un fabricante, con su marca comercial.
- Es elaborado por un organismo de DITE autorizado.
- Es la especificación técnica de referencia para elmarcado CE del producto evaluado.
- Será emitido a partir de una Guía DITE (para familiasde productos) o un CUAP (para un productodeterminado), elaboradas por unos Equipos de Trabajodependientes de la correspondiente comisión de la CE.
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A continuación detallamos los pasos relevantes y los documentos necesarios para el proceso de conformidad de un producto con el DITE, así como su Marcado CE:
1.- En primer lugar se elaboran las guías DITE para cada familia de producto, gracias a una serie de Equipos de Trabajo auspiciados por la correspondiente comisión de la CE.
2.- Una vez aprobada la guía DITE correspondiente, el fabricante del producto que pertenece a dicha familia solita al organismo DITE la elaboración del DITE para su producto.
3.- Aprobación del DITE del producto en particular por
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3.- Aprobación del DITE del producto en particular por parte del EOTA (Organización europea que agrupa a los organismos de DITE autorizados), si cumple con la guía correspondiente.
4.- A continuación podría obtener el Certificado CE de conformidad con el DITE, emitido por el organismo de certificación notificado correspondiente.
5.- Por último el fabricante emitiría la Declaración CE de conformidad con el DITE de su producto en particular.
Digamos que esta certificación o Marcado CE emitido del producto o de la solución constructiva (KIT) es un sello de garantía que permite su aplicación sin problema en el ámbito de la construcción.
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Fabricante delproducto X
Fabricante delproducto X
Declaración dela conformidad
con CE
Certificación de la conformidad
con DITE
DITE delproducto
ElaboraciónDITE
GuíaDITE
Organismonotificado
OrganismoDITE
ESQUEMA DEL PROCESO HASTA EL MARCADO CE
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Producto X con Marcado CE
Certificado deConformidad CE
notificado
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��01234
Compañía Ibérica SDFA C/ Escritores S/NSALAMANCA
06
Símbolo CE
Número de identificación del organismo notificado
Nombre o marca del productor y dirección registrada del fabricante
Dos últimos dígitos del año en que se estampó el marcado
A continuación podemos observar un ejemplo general de un producto con el Marcado CE, describiéndose el significado de cada símbolo.
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01234-CPD-00234
DITE Nº XX/XXX
GUÍA 018, Partes 1 y 4
Panel de Protección Contra el Fuego
Tipo X-4 y 5
se estampó el marcado
Número del certificado CE de conformidad
Número del DITE
Número de la Guía de DITE, y partes que son de aplicación
Descripción del producto
Categorías de uso, según condiciones ambientales y según el elemento destinado a ser protegido
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Como ya se ha indicado anteriormente, las dos normativas vigentes actualmente, según sea la actividad a la que dicha construcción o edificio esté dirigido, son:
� CTE (Código Técnico de la Edificación).
� RSCIEI (Reglamento de Seguridad ContraIncendios en Establecimientos Industriales s/ RD2267-2004).
3.- NORMATIVA
3.2.- CRITERIOS DE DISEÑO
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2267-2004).
A continuación pasaremos a resaltar y transcribir los criterios de diseño que han quedado definidos en cada una de las Normas anteriores, en el caso del CTE según la modificación publicada en Octubre del 2007 por el Ministerio de Industria, y que por supuesto afectan al sector de la protección pasiva en edificios y establecimientos industriales.
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El Código Técnico de la Edificación, es el marco normativo por el que se regulan las exigencias básicas de calidad que deben cumplir los edificios, incluidas sus instalaciones, para satisfacer los requisitos básicos de
seguridad y habitabilidad.
Uno de los requisitos básico del CTE, el que obviamente nos afecta para la elaboración de este
Documento Técnico, es el de
Seguridad en caso de incendio (SI)
en el que el objetivo principal es el de reducir a límites
Código Técnico de la Edificación (CTE)
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en el que el objetivo principal es el de reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios de un edificio
sufran daños derivados de un incendio de origen accidental, como consecuencia de las características de
su proyecto, construcción, uso y mantenimiento.
Este requisito se encuentra dividido en 6 exigencias básicas, que a continuación pasamos a enumerar:
- Exigencia básica SI 1: Propagación interior- Exigencia básica SI 2: Propagación exterior- Exigencia básica SI 3: Evacuación de ocupantes- Exigencia básica SI 4: Instalaciones de proteccióncontra incendios
- Exigencia básica SI 5: Intervención de bomberos- Exigencia básica SI 6: Resistencia estructural alincendio
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SI-1: Propagación InteriorCompartimentación en sectores de incendio
La Norma indica que los edificios se deben compartimentar en sectores de incendio según las condiciones que se establecen en la tabla (1.1) del CTE.
Dependiendo del uso previsto y las condiciones, se establecen los criterios para determinar un sector de incendio diferenciado del resto del edificio. En dicha tabla quedan definidas superficies así como resistencia frente al fuego de los elementos separadores de dichos sectores.
Resistencia al fuego
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Resistencia al fuego de las paredes, techos y puertas que delimitan sectores de incendio según su uso.
ElementoPlantas
bajo rasante
Resistencia al fuegoPlantas sobre rasante en edificio
con altura de evacuación
h� 15 m 15 <h� 28 m h> 28 m
Paredes y techos que separan al sector considerado del resto del edificio, siendo su uso previsto:
- Sector de riesgo mínimo enedificio de cualquier uso.
No se admite EI 120 EI 120 EI 120
- Residencial Vivienda, Residencial Público, Docente y Administrativo
EI 120 EI 60 EI 90 EI 120
- Comercial, Pública Concurrencia, Hospitalario. EI 120 EI 90 EI 120 EI 180
- Aparcamiento. EI 120 EI 120 EI 120 EI 120
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Locales y zonas de riesgo especial
Los locales y zonas de riesgo especial se clasifican conforme los grados de riesgo alto, medio y bajo, según las instalaciones que contengan.
Los locales, una vez clasificados, deben cumplir las condiciones que se establecen en la siguiente tabla:
Característica R. bajo R. medio R. alto
Resistencia al fuego de la estructura portante R 90 R 120 R 180
Resistencia al fuego de las paredes y techos que separan la zona del resto del edificio
EI 90 EI 120 EI 180
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Vestíbulo de independencia en cada comunicación de la zona con el resto del edificio
- Si Si
Puertas de comunicación con el resto del edificio EI2 45-C5 2xEI2 30-C5 2xEI2 30-C5
Máximo recorrido de evacuación hasta alguna salida del local � 25 m � 25 m � 25 m
Condiciones de las zonas de riesgo especial integradas en edificios
Espacios ocultos. Pasos de instalaciones
La compartimentación contra incendios debe tener continuidad en los espacios ocultos (patinillos, cámaras, falsos techos…), salvo cuando éstos estén compartimentados respecto de los primeros al menos con la misma resistencia al fuego, pudiéndose reducir ésta a la mitad en los registros para mantenimiento.
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La resistencia al fuego requerida a los elementos de compartimentación de incendios se debe mantener en los puntos en los que dichos elementos son atravesados por elementos de las instalaciones (cables, tuberías, etc.).
• Disponer de un elemento que obture automáticamentela sección de paso -por ejemplo una compuertacortafuegos EI t (o � e)-.
• Elementos pasantes que aporten una resistencia al menos igual a la del elemento atravesado -por ejemplo, conductos de ventilación EI t (o � e)-.
Reacción al fuego de los elementos constructivos,
HOJA 25 DE 39EMITIDO
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Reacción al fuego de los elementos constructivos, decorativos y de mobiliario
Deben cumplir con las condiciones de reacción al fuego que se establecen en la siguiente tabla:
Situación del elementoRevestimientos
De techos y paredes De suelos
Zonas ocupables C-s2, d0 EFL
Pasillos y escaleras protegidos B-s1, d0 CFL-s1
Aparcamientos y recintos de riesgo especial B-s1, d0 BFL-s1
Espacios ocultos no estancos (patinillos, falsos suelos, suelos elevados, etc.) B-s3, d0 BFL-s2
Clases de reacción al fuego de los elementos constructivos
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SI 2: Propagación ExteriorMedianería y fachadas
Las medianeras o muros colindantes con otro edificio deben ser al menos EI 120.
Con el fin de limitar el riesgo de propagación exterior horizontal del incendio a través de las fachadas entre dos sectores de incendio, o entre una zona de riesgo especial alto y otras zonas o hacia una escalera protegida o pasillo protegido desde otras zonas, los puntos de ambas fachadas que no sean al menos EI 60 deben estar separados una distancia d en proyección
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deben estar separados una distancia d en proyección horizontal, en función del ángulo �.
Cuando se trate de edificios diferentes y colindantes, la fachada del edificio considerado cumplirá el 50% de la distancia d hasta la bisectriz del ángulo formado por ambas fachadas.
Las figuras correspondientes se pueden observar en la siguiente página:
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HOJA 27 DE 39EMITIDO
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Con el fin de limitar el riesgo de propagación vertical del incendio por fachada entre dos sectores de incendio, entre una zona de riesgo especial alto y otras zonas más altas del edificio, o bien hacia una escalera o pasillo protegido desde otras zonas, dicha fachada debe ser al menos EI 60 en una franja de 1 m. de altura, como mínimo, medida sobre el plano de fachada.
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La clase de reacción al fuego de los materiales que ocupen más del 10% de la superficie del acabado exterior de las fachadas o de las superficies interiores de las cámaras ventiladas que dichas fachadas puedan tener, será B - s3, d2, hasta una altura de 3,5 m. como mínimo, en aquellas fachadas cuyo arranque inferior sea accesible al público, desde la rasante exterior o desde
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accesible al público, desde la rasante exterior o desde una cubierta, y en toda la altura de la fachada cuando ésta exceda de 18 m. con independencia de donde se encuentre su arranque.
Cubiertas
Con el fin de limitar la propagación exterior de un incendio por la cubierta, ésta tendrá una resistencia al fuego REI 60, como mínimo, en una franja de o´5 m. de anchura medida desde el edificio colindante, así como en una franja de 1 m. de anchura situada sobre el encuentro con la cubierta de todo elemento compartimentador de un sector de incendio.
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Como alternativa a la condición anterior puede optarse por prolongar la medianería o el elemento compartimentador 0´6 m. por encima del acabado de cubierta.
En el encuentro entre una cubierta y una fachada que pertenezcan a sectores de incendio o a edificios diferentes, la altura h sobre la cubierta a la que deberá estar cualquier zona de fachada cuya resistencia al fuego no sea al menos EI 60 será la que se indica a continuación, en función de la distancia d de la fachada, a la que esté cualquier zona de la cubierta cuya resistencia al fuego tampoco alcance dicho valor.
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SI 3: Evacuación de ocupantesPuertas situadas en recorridos de evacuación
Las puertas previstas con una evacuación de más de 50 personas serán abatibles de giro vertical con dispositivo de fácil y rápida apertura. Además deberán disponer de un manilla o pulsador para evacuación de personas familiarizadas con dicha puerta, y barras de empuje o deslizamiento en caso contrario.
Las puertas de apertura automática dispondrán de un sistema tal que, en caso de fallo del mecanismo o del suministro de energía, abra la puerta e impida que ésta se cierre, o bien en caso de ser abatibles que tenga un
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dispositivo de apertura manual.
Control de humos de incendio
En Zonas de uso aparcamiento que no tengan consideración de aparcamiento abierto, en establecimientos de pública concurrencia cuya ocupación exceda de 1000 personas, y en atrios cuya ocupación o previsión de evacuación exceda de más de 500 personas, se debe instalar un sistema de control del humo de incendio capaz de garantizar dicho control durante la evacuación.
El diseño, cálculo, instalación y mantenimiento del sistema pueden realizarse de acuerdo con las normas UNE 23585:2004 y EN 12101-6:2005.
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En el caso de los aparcamientos pueden utilizarse sistemas por extracción mecánica siempre que se cumpla:
• Una extracción mínima de 120l/plaza y activaciónautomática mediante un sistema de detección. El cierretambién debe ser automático mediante compuertas E60090.
• Los ventiladores deben tener una clasificación F400 90.• Los conductos que transcurran por un único sector deincendio deber tener una clasificación E600 90. Los queatraviesen elementos separadores de sectores deincendio deben tener una clasificación EI 90.
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Uso del sector de incendio considerado
Plantas de
sótano
Resistencia al fuegoSector sobre rasante en edificio con altura de
evacuación
<15 m <28 m �28 m
Vivienda Unifamiliar R 30 R 30 -- --
SI 6: Resistencia al fuego de la estructuraResistencia al fuego suficiente de los elementos estructurales
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Residencial Vivienda, Residencial Público, Docente, Administrativo
Comercial, Pública Concurrencia, Hospitalario.
Aparcamiento (edificio de uso exclusivo o situado sobre otro uso)
Aparcamiento (situado bajo un uso distinto)
R 120
R 120
--
--
R 60
R 90
R 90
R 120
R 90
R 120
--
--
R 120
R 180
--
--
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Uso del sector de incendio considerado Resistencia al fuego
Estructura de cubiertas ligeras (1 KN/m2) no previstas para ser utilizadas y a una altura no mayor de 28 m. (cuando su fallo no pueda ocasionar daños graves a edificios próximos, ni comprometer la estabilidad de plantas inferiores
Elementos estructurales secundarios no se les exige resistencia alguna al fuego, excepto cuando su fallo pueda ocasionar daños graves. Su resistencia, en ese caso, será la misma que la del elemento estructural principal.
R 30
---
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principal.
Los elementos estructurales de una escalera protegida o de un pasillo protegido que estén contenidos en el recinto de éstos (cuando se trate de escaleras especialmente protegidas no se exige resistencia al fuego a los elementos estructurales)
R 30
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3.- NORMATIVA
Los establecimientos industriales se tienen que caracterizar por:
Su configuración y ubicación con relación a su entorno.
Su nivel de riesgo intrínseco.
Reglamento de protección contra incendios en establecimientos industriales (RSCIEI)
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Todo establecimiento industrial constituirá al menos un sector de incendio cuando adopte las configuraciones tipo A, tipo B o tipo C, o constituirá un área de incendio cuando adopte las configuraciones tipo D o tipo E.
La máxima superficie construida admisible de cada sector de incendio o área de incendio, será la que se indica en la tabla siguiente. Se observa que dicha superficie depende, tal y como se ha indicado anteriormente, del riesgo intrínseco del sector y de la configuración del establecimiento industrial.
1- Sectorización de los establecimientosindustriales
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Tabla 2.1 Máxima Superficie construida admisible de cada sector de incendio
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Se define por el tiempo en minutos durante el que dicho elemento debe mantener la estabilidad mecánica.
Dicha estabilidad al fuego, puede determinarse:
a. Mediante la adopción de los valores que se establecen en el anexo II (tabla 2.2.)
b. Por procedimientos de cálculo, analítico o numérico, de reconocida solvencia o justificada validez.
La estabilidad al fuego de los elementos estructurales con función portante y escaleras que sean recorrido
4- Estabilidad al fuego de los elementosconstructivos portantes
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con función portante y escaleras que sean recorrido de evacuación, no tendrá un valor inferior al indicado en la tabla 2.2.
Tabla 2.2 Estabilidad al fuego de elementos estructurales portantes.
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Para la resistencia de la estructura principal de las cubiertas ligeras, que son aquellas cuyo peso propio no excede de 100 kg/cm2, y sus soportes, se podrán adoptar los valores siguientes:
Y en el caso de que una nave con cubierta ligera esta cubierta en su totalidad por un sistema automático de extinción por rociadores, los valores a adoptar serán los
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extinción por rociadores, los valores a adoptar serán los siguientes:
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La resistencia al fuego de toda medianería o muro colindante con otro establecimiento será, como mínimo:
5- Resistencia al fuego de los elementosconstructivos de cerramiento
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Los almacenamientos se caracterizan por los sistemas de almacenaje, cuando se realizan en estanterías metálicas. Se clasifican en autoportantes o independientes, que, en ambos casos, podrán ser automáticos y manuales.
Los sistemas de almacenaje en estanterías metálicas con capacidad autoportante deben cumplir que, sean operados manual o automáticamente, su estructura principal deba resistir como mínimo los valores detallados en la tabla siguiente:
8- Almacenamientos
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