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INICIATIVA DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE PAGOS Y VALORES DEL HEMISFERIO OCCIDENTAL BANCO MUNDIAL CENTRO DE ESTUDIOS MONETARIOS LATINOAMERICANOS SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE PAGOS Y VALORES EN COLOMBIA AGOSTO 2001 38836 Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized

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INICIATIVA DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE PAGOSY VALORES DEL HEMISFERIO OCCIDENTAL

BANCO MUNDIALCENTRO DE ESTUDIOS MONETARIOS LATINOAMERICANOS

SISTEMAS DE COMPENSACIÓNY LIQUIDACIÓN

DE PAGOS Y VALORESEN COLOMBIA

AGOSTO 2001

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INICIATIVA DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE PAGOS Y VALORESDEL HEMISFERIO OCCIDENTAL

BANCO MUNDIAL

CENTRO DE ESTUDIOS MONETARIOS LATINOAMERICANOS

SISTEMAS DE COMPENSACIÓNY LIQUIDACIÓN

DE PAGOS Y VALORESEN COLOMBIA

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Primera edición en inglés, 2001Primera edición en español, 2002

Derechos exclusivos en español reservados conforme a la ley

© Centro de Estudios Monetarios Latinoamericanos y Banco Mundial, 2002Durango 54, México, D.F. 06700

ISBN 968-6154-81-7

Printed and made in MexicoImpreso y hecho en México

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Prefacio

En respuesta a la petición de los Ministros de Finanzas del Hemisferio Occidental, el Banco Mundial (BM)lanzó en enero de 1999 la Iniciativa de Compensación y Liquidación de Pagos y Valores del HemisferioOccidental. El BM, en colaboración con el Centro de Estudios Monetarios Latinoamericanos (CEMLA), liderala Iniciativa. Su objetivo es describir y evaluar los sistemas de pagos del Hemisferio Occidental con elpropósito de identificar posibles mejoras en su seguridad, eficiencia e integridad. Para llevar a cabo dichomandato se estableció, en el mes de marzo de 1999, un Consejo Asesor Internacional (CAI), constituido porexpertos en el área de sistemas de pagos pertenecientes a varias instituciones. Además de representantes delBanco Mundial y del CEMLA, este consejo incluye miembros pertenecientes a las siguientes instituciones: laSecretaría del Comité sobre Sistemas de Pagos y Liquidaciones (Committee on Payments and SettlementSystems, CPSS) del Banco de Pagos Internacionales (Bank for International Settlements, BIS), Banco de Italia,Banco de Portugal, Banco de España, Consejo de Reguladores de Valores de las Américas (Council of SecuritiesRegulators of the Americas, COSRA), Banco Central Europeo, Junta de Gobernadores del Sistema de la ReservaFederal de Estados Unidos, Banco de la Reserva Federal de Nueva York, Banco Interamericano de Desarrollo,Fondo Monetario Internacional, Organización Internacional de Comisiones de Valores (InternationalOrganization of Securities Commissions, IOSCO), Comisión Nacional de Valores de España y Comisión deValores y Bolsas de los Estados Unidos (U.S. Securities and Exchange Comission, U.S. SEC).

Para asegurar la calidad y la efectividad, la Iniciativa incluye dos componentes importantes. Primero, losestudios se realizan con la participación activa de funcionarios de los países de la región y la Iniciativa utilizatrabajos ya existentes en los países respectivos. Segundo, la Iniciativa se basa en los conocimientos nacionalese internacionales en la materia, por medio del CAI, para proporcionar una guía, asesoramiento y alternativasa las prácticas actuales.

La Iniciativa ha acometido un buen número de actividades para responder a la petición de los Ministros.Entre ellas, preparar informes públicos que contienen una descripción sistemática y profunda de los sistemasde pagos y de compensación y liquidación de valores de cada país; elaborar recomendaciones confidencialespara las autoridades de los países; organizar reuniones del CAI para revisar los estudios de países y proporcionarideas para trabajos posteriores; constituir talleres de trabajo centrados en temas de particular interés, crearuna página web que presenta los productos de la Iniciativa y otras informaciones de interés en el área de lossistemas de pago; y promover de grupos de trabajo que aseguren la continuidad del proyecto.

El CEMLA actúa como Secretaría Técnica del proyecto, con el objetivo de hacer este trabajo perdurable yextender sus actividades a todos los países del Hemisferio. Con este propósito, la Iniciativa ha contribuido afortalecer al CEMLA con personal capacitado. De esta manera, expertos en compensación y liquidación depagos y valores de algunos países de la región han participado en los estudios elaborados bajo la Iniciativa,mediante la coordinación del CEMLA, contribuyendo a ampliar el conocimiento del tema y a transmitir elestado actual del pensamiento sobre éste. El esfuerzo de los grupos de trabajo, en coordinación con elCEMLA, mantendrá la infraestructura creada bajo la Iniciativa y proporcionará un foro permanente paradebatir, coordinar y continuar el trabajo en el área de los sistemas de pagos en el Hemisferio Occidental.

Este informe “Sistemas de Compensación y Liquidación de Pagos y Valores en Colombia” es uno de losinformes públicos de la serie y fue preparado con la participación activa del Banco de la República y laSuperintendencia de Valores de Colombia. El Banco Central de Italia y la Comisión Nacional del Mercadode Valores de España participaron directamente en su preparación.

Kenneth CoatesDirector General

CEMLA

David de FerrantiVice Presidente, LAC

Banco Mundial

Cesare CalariVice Presidente, Sector Financiero

Banco Mundial

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Reconocimientos

La misión que preparó el presente informe visitó Bogotá en febrero de 2000 y estuvo integrada por dosequipos que trabajaron de manera coordinada en el área de pagos y de compensación y liquidación devalores. La coordinación general del estudio se llevó a cabo por Massimo Cirasino (Banco Mundial), quetambién fue el coordinador del grupo de trabajo pagos, y Mario Guadamillas (Banco Mundial), que tambiénfue el coordinador del grupo de trabajo de valores. Otros miembros del equipo internacional fueron LucaFerrara (Banca D’Italia), Rubén Gattelet (CEMLA), Robert Keppler (Banco Mundial), y José Manuel Portero(CNMV España). El equipo de pagos trabajó en estrecha colaboración con el equipo local formado porfuncionarios del Banco de la República. Joaquín Bernal (Subgerente de Operación Bancaria) coordinó elequipo de pagos local que incluyó a Orlando Márquez (Director Departamento de Fiduciaria y Valores),Carolina Merlano (Directora Departamento de Servicios Electrónicos y Pagos), Bertha Briceño y Luis EduardoArango (Asistente y Asesor de la Subgerencia de Operación Bancaria). El equipo de valores trabajó enestrecha colaboración con el equipo local formado por funcionarios de la Superintendencia de Valores. LuisAlfonso Torres (Superintendente Delegado para Promoción y Seguimiento del Mercado) coordinó el equipode valores local que incluyó a María Inés Ordóñez (Asesora División Desarrollo del Mercado), LeonardoSandoval (Asesor Legal) y Martha Violeta Rojas (Asesora Económica).

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Informe de Colombia Agosto 2001

SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓNDE PAGOS Y VALORES EN COLOMBIA

1 CONTEXTO ECONÓMICO Y DEL MERCADO FINANCIERO .............................................. 11.1 REFORMAS RECIENTES .......................................................................................................... 1

1.2 MACROECONOMÍA ............................................................................................................. 4

1.3 SECTOR FINANCIERO ........................................................................................................... 5

1.3.1 Evolución histórica y estructura del sistema financiero colombiano .................. 51.3.2 Coyuntura reciente del sector financiero ........................................................... 81.3.3 Costos fiscales de la recuperación del sistema financiero ................................ 10

1.4 MERCADO DE CAPITALES .................................................................................................... 11

1.5 PRINCIPALES TENDENCIAS EN LOS SISTEMAS DE PAGOS ............................................................... 15

1.6 PRINCIPALES TENDENCIAS EN LOS SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE VALORES ............... 16

2 ASPECTOS INSTITUCIONALES ........................................................................................... 192.1 MARCO LEGAL GENERAL .................................................................................................... 19

2.1.1 Pagos ............................................................................................................... 202.1.2 Valores mobiliarios .......................................................................................... 212.1.3 Derivados ........................................................................................................ 232.1.4 Asuntos legales sobre compensación y liquidación ......................................... 23

2.1.4.1 Compensación (neteo) ........................................................................ 232.1.4.2 Hora cero ............................................................................................ 242.1.4.3 Documentos y firmas electrónicas ...................................................... 242.1.4.4 Novación ............................................................................................ 25

2.2 PAPEL DE LAS INSTITUCIONES FINANCIERAS: PAGOS ................................................................... 25

2.2.1 El sector bancario ............................................................................................ 252.2.2 Otras instituciones proveedoras de servicios de pagos ..................................... 27

2.3 PAPEL DE LAS INSTITUCIONES FINANCIERAS: VALORES ................................................................ 28

2.3.1 Participantes en los mercado de valores .......................................................... 282.3.2 Mercados de valores ........................................................................................ 292.3.3 Instituciones de compensación y liquidación de valores ................................. 29

2.4 ESTRUCTURA DEL MERCADO Y REGULACIÓN ........................................................................... 29

2.5 PAPEL DEL BANCO CENTRAL ............................................................................................... 31

2.5.1 Política monetaria y otras funciones ................................................................ 312.5.2 Sistema de pagos ............................................................................................. 33

2.6 PAPEL DE LA AUTORIDAD SUPERVISORA BANCARIA .................................................................... 35

2.6.1 Entidades supervisadas .................................................................................... 36

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Informe de Colombia Agosto 2001

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2.6.2 Mecanismos de supervisión ............................................................................. 372.7 MEDIDAS CONTRA EL LAVADO DE DINERO .............................................................................. 38

2.7.1 Acciones internacionales ................................................................................. 392.7.2 Acciones legales .............................................................................................. 402.7.3 Acciones del sistema financiero ....................................................................... 412.7.4 Acciones de las autoridades y agremiaciones .................................................. 422.7.5 Resultados ....................................................................................................... 42

2.8 PAPEL DEL REGULADOR DE VALORES ..................................................................................... 432.9 PAPEL DE OTROS ORGANISMOS DE LOS SECTORES PÚBLICO Y PRIVADO .......................................... 44

2.9.1 El Ministerio de Hacienda y Crédito Público ................................................... 442.9.2 El Ministerio de Desarrollo Económico ........................................................... 452.9.3 Superintendencia de Sociedades ..................................................................... 452.9.4 Superintendencia de Industria y Comercio ...................................................... 462.9.5 Asociación Bancaria y de Entidades Financieras de Colombia

(ASOBANCARIA) ............................................................................................... 46

3 MEDIOS DE PAGO UTILIZADOS POR ENTIDADES NO FINANCIERAS ........................... 473.1 EFECTIVO ....................................................................................................................... 473.2 MEDIOS DE PAGO E INSTRUMENTOS DISTINTOS DEL EFECTIVO ...................................................... 48

3.2.1 Cheques .......................................................................................................... 483.2.2 Débitos y créditos directos .............................................................................. 483.2.3 Tarjetas de pago ............................................................................................... 50

3.2.3.1 Redes de Cajeros y Datáfonos (POS) ................................................. 503.2.3.2 Franquicias de tarjetas ....................................................................... 513.2.3.3 Tarjetas de comercio al detalle y de prepago .................................... 53

3.2.4 Instrumentos postales ...................................................................................... 533.2.5 Otros mecanismos y nuevos desarrollos en materia de pagos .......................... 53

3.2.5.1 Servicios de terminales empresariales (Homebanking) ..................... 533.2.5.2 Servicios audio respuesta .................................................................. 543.2.5.3 Tarjetas inteligentes ........................................................................... 54

3.2.6 Pagos del gobierno en instrumentos distintos del efectivo ............................... 54

4 PAGOS: MECANISMOS DE INTERCAMBIO Y LIQUIDACIÓN DE LAS OPERACIONESINTERBANCARIAS .............................................................................................................. 564.1 EVOLUCIÓN DE LOS PRINCIPALES SISTEMAS DE PAGOS INTERBANCARIOS .......................................... 564.2 SISTEMAS DE PAGOS DE BAJO VALOR...................................................................................... 57

4.2.1 Cámara de compensación de cheques y otros instrumentos de pago .............. 574.2.2 Cámaras de compensación para transferencias electrónicas (ACH) .................. 604.2.3 Cámaras de compensación de redes de cajeros automáticos

y tarjetas débito y crédito ................................................................................ 62

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Informe de Colombia Agosto 2001

4.3 SISTEMAS DE PAGOS DE ALTO VALOR ..................................................................................... 62

4.3.1 Cuentas de depósito del Banco de la República .............................................. 62

4.4 PROVISIÓN DE LIQUIDEZ INTRADÍA AL SISTEMA DE PAGOS .......................................................... 64

4.5 PRINCIPALES PROYECTOS Y POLÍTICAS EN ETAPA DE IMPLEMENTACIÓN ............................................ 66

5 VALORES, ESTRUCTURA DE MERCADO Y NEGOCIACIÓN .............................................. 67

INSTRUMENTOS

5.1 FORMAS DE REPRESENTACIÓN DE LOS VALORES ........................................................................ 67

5.1.1 Valores representados por títulos físicos ........................................................... 67

5.1.2 Valores representados mediante anotaciones en cuenta .................................. 67

5.2 CLASES DE VALORES .......................................................................................................... 67

5.2.1 Acciones y derechos de suscripción ................................................................ 67

5.2.2 Valores de contenido crediticio ....................................................................... 69

5.3 CÓDIGO DE IDENTIFICACIÓN DE VALORES .............................................................................. 70

5.4 TRANSFERENCIA DE LA TITULARIDAD ..................................................................................... 70

5.5 PRENDA DE VALORES COMO FORMA DE GARANTÍA ................................................................... 70

5.6 TRATAMIENTO DE VALORES EXTRAVIADOS, ROBADOS O DESTRUIDOS .............................................. 70

5.7 ASUNTOS LEGALES RELACIONADOS CON LA CUSTODIA .............................................................. 71

5.7.1 Fungibilidad .................................................................................................... 71

5.7.2 Supresión de la entrega física .......................................................................... 71

ESTRUCTURA DE MERCADO Y SISTEMAS DE NEGOCIACIÓN

5.8 CARACTERÍSTICAS GENERALES .............................................................................................. 72

5.9 MERCADO PRIMARIO ........................................................................................................ 74

5.10 MERCADO SECUNDARIO .................................................................................................... 75

5.11 NEGOCIACIÓN EN LA BOLSA DE VALORES ............................................................................... 75

5.11.1 Horario de negociación bursátil ...................................................................... 76

5.11.2 Sistemas de negociación .................................................................................. 76

5.11.3 Tipos de operaciones. ...................................................................................... 76

5.11.4 Requisitos de inscripción ................................................................................. 78

5.12 NEGOCIACIÓN DE DERIVADOS ............................................................................................. 79

5.13 MERCADO MOSTRADOR (OTC) ........................................................................................... 79

5.13.1 Sistema Electrónico de Negociación “SEN”...................................................... 80

5.13.2 Sistema Electrónico Centralizado de Información y Registropara Transacciones “Inverlace” ........................................................................ 81

5.14 TENDENCIAS RECIENTES ..................................................................................................... 81

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6 COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE VALORES DEL GOBIERNOY DEL SECTOR PRIVADO .................................................................................................... 836.1 ORGANIZACIONES E INSTITUCIONES ...................................................................................... 84

6.1.1 Sociedades administradoras de un depósito centralizado de valores ............... 846.1.1.1 Depósito Centralizado de Valores (DCV) ........................................... 846.1.1.2 Depósito Centralizado de Valores de Colombia “DECEVAL S.A.” ....... 86

6.1.2 Cámaras de compensación y liquidación de las bolsas de valores ................... 876.2 PROCEDIMIENTOS DE REGISTRO Y CUSTODIA DE VALORES ........................................................... 87

6.2.1 Ingreso de valores físicos para depósito ........................................................... 88

6.2.2 Depósito de emisiones .................................................................................... 886.2.3 Transferencia de valores ................................................................................... 896.2.4 Registro de embargo de valores depositados ................................................... 89

6.2.5 Registro de prenda de valores depositados ...................................................... 896.2.6 Retiro de valores. ............................................................................................. 90

6.3 ESQUEMAS DE GARANTÍAS .................................................................................................. 90

6.4 PROCESOS DE LIQUIDACIÓN Y COMPENSACIÓN DE VALORES ....................................................... 916.4.1 Mercado bursátil .............................................................................................. 91

6.4.1.1 Compensación .................................................................................. 91

6.4.1.2 Liquidación ....................................................................................... 916.4.2 Mercado mostrador ......................................................................................... 936.4.3 Diagramas de flujo de los procesos de liquidación ......................................... 94

6.4.3.1 Mercado bursátil ............................................................................... 946.4.3.2 Mercado mostrador (operaciones SEN)

7 EL PAPEL DEL BANCO CENTRAL EN LOS SISTEMAS DE COMPENSACIÓNY LIQUIDACIÓN................................................................................................................. 997.1 POLÍTICA DE CONTROL DE RIESGOS ...................................................................................... 99

7.2 LIQUIDACIÓN ............................................................................................................... 1007.3 POLÍTICA MONETARIA Y SISTEMAS DE PAGOS ......................................................................... 101

7.3.1 Mecanismos de intervención en el mercado monetario ................................. 101

7.3.2 Funciones de prestamista de última instancia ................................................ 1037.3.3 Requisitos de encaje en moneda legal ........................................................... 103

7.4 PAPEL DEL BANCO CENTRAL EN LOS PAGOS TRANSFRONTERIZOS ................................................ 105

7.4.1 El mercado de divisas en Colombia ............................................................... 1057.4.2 Mecanismos de liquidación ........................................................................... 1057.4.3 Papel del Banco de la República en el mercado cambiario ........................... 106

7.5 POLÍTICA DE PRECIOS ...................................................................................................... 108

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Informe de Colombia Agosto 2001

8 SUPERVISIÓN DE LOS SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓNDE VALORES ...................................................................................................................... 1098.1 RESPONSABILIDADES SUPERVISORAS Y ESTATUTARIAS DE LA AUTORIDAD REGULADORA DE VALORES ...... 109

8.1.1 Responsabilidad sobre las bolsas de valores .................................................. 1118.1.2 Responsabilidad sobre los Depósitos Centralizados de Valores ..................... 1118.1.3 Responsabilidad sobre los participantes de las bolsas de valores

y los Depósitos Centralizados de Valores ...................................................... 1118.1.4 Obligaciones de información ........................................................................ 111

8.1.4.1 Emisores. ......................................................................................... 1118.1.4.2 Bolsas de valores ............................................................................. 1128.1.4.3 Sistemas centralizados de información para transacciones .............. 1128.1.4.4 Intermediarios ................................................................................. 1128.1.4.5 Inversionistas ................................................................................... 113

8.1.5 Capacidad sancionadora de la Superintendencia de Valores ......................... 1138.2 RESPONSABILIDAD SUPERVISORA Y ESTATUTARIA DE LAS BOLSAS DE VALORES .................................. 1148.3 RESPONSABILIDAD SUPERVISORA Y ESTATUTARIA DE LOS DEPÓSITOS CENTRALIZADOS DE VALORES ....... 1148.4 CAPACIDAD Y SEGURIDAD DEL SISTEMA ............................................................................... 114

APÉNDICE: TABLAS ESTADÍSTICAS....................................................................................... 116

LISTA DE ABREVIATURAS ..................................................................................................... 132

GLOSARIO ............................................................................................................................. 134

RECUADROS EN EL TEXTO:

RECUADRO 1: EL FONDO DE SEGURO DE DEPÓSITOS (FOGAFIN) ..................................................... 37

TABLAS EN EL TEXTO:

TABLA 1: INDICADORES MACROECONÓMICOS .................................................................................. 5TABLA 2: COSTOS NETOS FISCALES DE LA RECUPERACIÓN DEL SISTEMA FINANCIERO ................................. 11TABLA 3: CAPITALIZACIÓN BURSÁTIL ........................................................................................... 75

TABLA 4: TASAS DE INTERVENCIÓN DEL BANCO DE LA REPÚBLICA .................................................... 102

TABLA 5: REMUNERACIÓN DEL ENCAJE ....................................................................................... 105

FIGURAS EN EL TEXTO:

FIGURA 1: ESTRUCTURA DEL SISTEMA FINANCIERO ............................................................................ 8FIGURA 2: ÍNDICE DE CONCENTRACIÓN DEL SISTEMA FINANCIERO ...................................................... 10

FIGURA 3: PRINCIPALES MEDIDAS PARA EL DESARROLLO DEL MERCADO DE CAPITALES ............................... 13

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FIGURA 4: ESTRUCTURA DEL MERCADO Y REGULACIÓN .................................................................... 30FIGURA 5: ORGANIGRAMA DE LA SUPERINTENDENCIA DE VALORES .................................................... 43

FIGURA 6: EVOLUCIÓN DEL VOLUMEN Y VALOR DE LOS CHEQUES EMITIDOS .......................................... 49

FIGURA 7: NÚMERO DE TARJETAS DE DÉBITO ................................................................................. 52

FIGURA 8: NÚMERO DE TARJETAS DE CRÉDITO Y VALOR DE LAS TRANSACCIONES ..................................... 52

FIGURA 9: EVOLUCIÓN MENSUAL DEL VALOR DE LAS OPERACIONES REPO INTRADÍA ................................. 65

FIGURA 10: EL MERCADO PÚBLICO DE VALORES EN 2000 ................................................................. 73

FIGURA 11: VALOR NOMINAL DE LAS OPERACIONES REALIZADAS A TRAVÉS DEL SISTEMA SEN ........................ 81

FIGURA 12: COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE VALORES .................................................................. 83

FIGURA 13: LIQUIDACIÓN DE OPERACIONES EN LAS BOLSAS DE VALORES CON CUMPLIMIENTO FÍSICO ............ 94

FIGURA 14: LIQUIDACIÓN DE OPERACIONES EN LAS BOLSAS DE VALORES CON CUMPLIMIENTO DCV .............. 96

FIGURA 15: LIQUIDACIÓN DE OPERACIONES EN LAS BOLSAS DE VALORES CON CUMPLIMIENTO DECEVAL ....... 97

FIGURA 16: LIQUIDACIÓN DE OPERACIONES EN EL MERCADO MOSTRADOR A TRAVÉS DE SEN ....................... 98

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Informe de Colombia Agosto 2001

1 CONTEXTO ECONÓMICO Y DEL MERCADOFINANCIERO

1.1 REFORMAS RECIENTES

Colombia, al igual que otros países latinoamericanos, vivió un proceso de profundastransformaciones a lo largo de la década de los años noventa. Con el propósito de propender poruna inserción más decidida en la economía internacional y de flexibilizar de los mercados factorialesse aprobaron importantes reformas legislativas en los campos comercial, financiero, laboral ycambiario. En el frente externo, se redujeron el conjunto de aranceles y sobretasas a las importaciones,pasando de un 44.6 por ciento promedio a fines de 1989 a menos del 12 por ciento en 1991. Serecortaron los incentivos a las exportaciones del 19 por ciento en 1990 al 6 por ciento en promedioen 1993. Adicionalmente, a partir de 1991 se iniciaron una serie de modificaciones al régimencambiario entre las cuales destacan las siguientes:

• La descentralización de las operaciones cambiarias hacia los intermediarios financieros.

• El proceso paulatino de eliminación de la intervención cambiaria, que se inició con laadopción de una banda cambiaria (1994) en reemplazo del sistema de devaluación “gota agota” (crawling peg) que había regido por más de 25 años y que culminaría al final de ladécada con la decisión de dejar flotar libremente el peso colombiano (1999).

• La liberalización parcial de la cuenta de capital mediante la eliminación de restricciones ala inversión extranjera, al endeudamiento privado externo y la remoción de los controlespor concepto de servicios, transferencias y otros.

Por otro lado, uno de los hechos con mayores repercusiones en el entorno económico durantelos años 90 fue la reforma constitucional de 1991 que elevó dramáticamente los compromisosfiscales dentro de una agenda de mayor descentralización fiscal (mediante un esquema detransferencias del Gobierno Central Nacional a los Departamentos y Municipios, que pasaron derepresentar el 27 por ciento de los ingresos de la Nación en 1990 a más del 43 por ciento en2000), mayor gasto social (especialmente en educación y seguridad social) y la creación denuevas instituciones publicas (Corte Constitucional, Fiscalía General de la Nación, Defensoríadel Pueblo, Contaduría General, etc.).

Fue también de especial importancia el cambio en la naturaleza jurídica del Banco de la República,al reconocérsele su condición de Banca Central, autónomo e independiente.

El acelerado crecimiento en el gasto público, unido a una tendencia revaluacionista de la tasa decambio real y una fuerte expansión del crédito tanto interno como externo se tradujeron en unrápido crecimiento de la demanda agregada durante el período 1992-1995. En 1993 y 1994 éstasuperó los 10 puntos porcentuales, mientras que el máximo incremento del Producto Interno Bruto(PIB) real estuvo alrededor del 6 por ciento. La expansión de la demanda se tradujo en un auge dela actividad productiva y el crecimiento del consumo y la inversión privados. Sin embargo, este

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auge fue acompañado por un marcado deterioro en los balances macroeconómicos: la cuentacorriente de la balanza de pagos pasó de ser superavitaria en más de 4 por ciento del PIB en 1991a deficitaria en 5.1 por ciento en 1995. A su vez, el ahorro interno pasó de 19 por ciento a cerca de14 por ciento del PIB y el gasto público, financiado cada vez más con endeudamiento externo yventa de activos públicos, pasó de 25 por ciento del PIB al 32 por ciento en el mismo período.Adicionalmente, el exceso de gasto generó un fuerte crecimiento en el precio de los activos queprobó no ser sostenible en el largo plazo. En 1994 se dio un primer intento de ajuste mediante elcontrol de los agregados monetarios, tasas más altas de interés y un compromiso por reducir eldesequilibrio fiscal. Dichas medidas se tradujeron en una importante desaceleración de la demandaagregada a mediados de la década.

A finales de 1997 Colombia, al igual que otras economías emergentes, sufrió el impacto de lallamada crisis Asiática en un entorno caracterizado por persistentes desequilibrios macroeconómicos.El déficit en cuenta corriente alcanzaba niveles de 5.6 por ciento del PIB y llegaría a 6 por cientodel PIB en el primer trimestre de 1998, la deuda externa continuaba aumentando (del 27.4 porciento del PIB en 1994 a 36 por ciento en 1998), con una creciente participación del sector privadosobre la misma (de 34 por ciento a 48 por ciento en el mismo período). A su vez, el gasto del sectorpúblico no financiero llegaba a niveles cercanos al 36 por ciento del PIB, presionando un crecientedéficit fiscal del orden del 3 por ciento del PIB1, al tiempo que el ahorro privado continuaba sutendencia decreciente (del 14 por ciento del PIB en 1990 al 6 por ciento en 1997).

La pérdida de confianza en la viabilidad de la posición externa colombiana derivó en ataquesespeculativos contra el peso, que se tradujeron en una caída de las reservas internacionales y enuna presión alcista sobre la tasa de cambio y la tasa de interés interna. Bajo estas circunstancias, ypara defender la banda cambiaria frente al fuerte aumento de la tasa de cambio y evitar una crisisde confianza, la autoridad monetaria respondió a través de colocaciones de divisas en el mercadocambiario sin neutralizar su impacto sobre la liquidez del sistema con el fin de amortiguar la caídade reservas internacionales. No obstante, ante las persistentes presiones cambiarias se optó pordevaluar mediante desplazamientos de la banda cambiaria, alcanzándose una devaluación real del25 por ciento entre 1998 y 1999.

La defensa de la estabilidad cambiaria condujo a un importante aumento de las tasas de interésreales en 1998, lo cual contribuyó, junto con la crisis internacional, a un fuerte ajuste del gastoprivado con efectos recesivos, lo cual fue uno de los principales detonantes de una crisis en elsector de hipotecas. El deterioro de los términos de intercambio (3.4 por ciento en 1998), el frenode la inversión extranjera, el aumento en los costos de la deuda externa y una creciente dificultadpara obtener recursos externos agudizaron la tendencia deficitaria de la balanza de pagos.

Por su parte, el ajuste de la demanda agregada y las altas tasas de interés condujeron a una reduccióndel ritmo de crecimiento de la cartera del sistema financiero, un abrupto descenso en el precio delos activos fijos, un rápido incremento de la cartera vencida sobre cartera bruta (de 10.8 por cientoen diciembre de 1998 a 14.2 por ciento en diciembre de 1999) y un crecimiento sostenido de los

1 A pesar de numerosas reformas tributarias que tuvieron lugar a lo largo de la década las cuales, el aumentoalcanzado en el recaudo tributario fue modesto, al pasar éste del 9.9 por ciento del PIB en 1993 al 10.6 porciento en 1999, debido en parte a la desaceleración de la actividad económica.

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activos improductivos como proporción de los activos totales (de 1.5 por ciento en enero de 1996a casi 5 por ciento en octubre de 1998). El deterioro paulatino en los indicadores de calidad de losactivos se manifestó en considerables pérdidas ($2.7 billones2 en 1999) y en el debilitamiento de laposición patrimonial y de los indicadores de solvencia del sistema financiero. La conjunción deestos factores llevó en 1999 a una contracción del producto interno en términos reales de cerca del4.3 por ciento y a una tasa de desempleo del 18 por ciento, una situación sin precedentes en lahistoria del país, al menos desde la crisis de los años 30. En septiembre de 1999, ante las dificultadesde sostener el mecanismo de la banda cambiaria, la Junta Directiva del Banco de la Repúblicatomó la decisión de abandonar este sistema y adoptar la libre flotación, aprovechando, por unlado, la recuperación de la cuenta corriente, la cual pasó de un déficit de 5 por ciento del PIB en1998 a un 1.1 por ciento a finales de 1999, y por otro el principio de acuerdo logrado por elGobierno Nacional con el Fondo Monetario Internacional (FMI) sobre el programa de ajuste, elcual garantizaba un mayor compromiso en materia fiscal y mayor acceso a recursos externos.

Dicho acuerdo fue ratificado por el FMI en diciembre de 1999, abarca el período 1999-2002 y seconcentra en tres áreas fundamentales: la disciplina monetaria, la reestructuración del sectorfinanciero y la consolidación fiscal, con las requeridas reformas de carácter estructural. Con relaciónal tema fiscal, se estableció una meta de reducción del déficit del Sector Público No Financiero(SPNF) del 6.3 por ciento del PIB en 1999 al 1.5 por ciento del PIB en el año 2002.3 En el frenteexterno se contempló una reducción en el déficit de cuenta corriente al 3 por ciento del PIB paralos años 2001 y 2002 y un crecimiento del PIB real de 4.8 por ciento para el año 2002. Laconsecución de estas metas ha sido asociada en gran medida al compromiso del gobierno nacionalpara sacar adelante una serie de reformas tanto en materia de ingresos como de egresos fiscales. Enel marco de estos compromisos se aprobó recientemente una nueva reforma tributaria mediante lacual se aumentó la tarifa del gravamen a los movimientos financieros y el impuesto al valor agregado(IVA) al mismo tiempo que se introdujeron mejoras en la administración tributaria y en la equidaddel sistema. El gobierno se comprometió también a tramitar ante el Congreso una reformaconstitucional para modificar el sistema de transferencias hacia las regiones y revisar el marco legalde la Seguridad Social con el objetivo de asegurar su viabilidad financiera.

Durante los últimos años el Gobierno Nacional, el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras(FOGAFIN) y el Congreso de la República adoptaron una serie de medidas tendientes a recuperar lasolidez del sistema financiero y a solucionar problemas de descalce en plazos y tasas.4 Dentro deestas medidas cabe destacar los apoyos financieros a los deudores hipotecarios, el desarrollo deprogramas de recapitalización de bancos privados y públicos y el desmonte de los bancos estatalesque financieramente dejaron de ser viables. En relación con los ajustes normativos sobre la actividadfinanciera se destaca la emisión de las siguientes leyes:

• Ley de Reforma Financiera (Ley 510 de 1999), que elevó los requerimientos de capitalmínimo para la constitución y funcionamiento de las entidades financieras e introduce

2 El símbolo $ representa pesos y USD dólares de los Estados Unidos a lo largo de todo este informe.3 Estas cifras corresponden a la metodología de estimación del déficit fiscal del FMI, la cual difiere ligeramentede la metodología de operaciones efectivas a que se refiere la Tabla 1.4 Ley 546 de 1999.

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nuevos mecanismos para el manejo de situaciones de dificultades en entidadesfinancieras.

• Ley 546 de 1999 que estableció un nuevo marco para la financiación de vivienda.

• Ley de Intervención Económica (Ley 550 de 1999), que tiene como objetivo central lacreación de un marco favorable para la reestructuración empresarial.

1.2 MACROECONOMÍA

Dentro de las causas que originaron la recesión de la economía colombiana en los últimos años seidentificaron las siguientes: i) una fuerte contracción de la demanda agregada, la cual veníaregistrando niveles de crecimiento muy superiores frente a los observados para la producciónnacional; ii) la crisis económica internacional que se expresó en la recesión económica de lospaíses vecinos, en la caída de los términos de intercambio y en el encarecimiento y menordisponibilidad de recursos de crédito externo; y, iii) el aumento de las tasas de interés como reflejode la propia crisis externa y de sus efectos en el mercado cambiario.

El excesivo crecimiento de la demanda agregada que se observó durante gran parte de la décadade los 90 tuvo expresión de varias maneras. En primer lugar, en un deterioro de la cuenta corrientede la balanza de pagos, la cual paso de un superávit de más de cuatro puntos porcentuales delPIB en 1991, a un déficit cercano a cinco puntos del PIB en 1995. En segundo lugar, en laapreciación del tipo de cambio real debido a la financiación del exceso de gasto con flujosinternacionales de capital. En tercer lugar, en el aumento significativo del déficit del sector públicoa partir de 1995. Finalmente, en el aumento del saldo de la deuda interna y externa del sectorprivado.

El exceso de gasto financiado con deuda condujo a partir de 1993 a un fuerte crecimiento delprecio de los activos y a una sobre expansión del sector de la construcción que luego se reflejó enun valor artificialmente alto de los bienes inmuebles. Estos hechos llevaron a un deterioro de lacartera del sistema financiero, especialmente cuando el valor de las garantías hipotecarias retornóa su nivel de equilibrio de largo plazo. El incremento de la cartera vencida se manifestó en eldebilitamiento de la posición patrimonial de los intermediarios, en el resquebrajamiento de susituación de solvencia y en el aumento de la fragilidad del sistema. Como resultado, los intermediarioscomenzaron a restringir el crédito, con lo cual se resintió aun más la economía que ya estabasiendo afectada por la reducción del consumo y la inversión privada. En medio de este panoramase desarrolló la crisis internacional que, como se mencionó antes, trajo como consecuencia unadisminución de los flujos de capital y un deterioro de los términos de intercambio.

Los resultados y expectativas sobre crecimiento económico durante los años 2000 y 2001 sonproducto de los avances logrados en el campo macroeconómico. La inflación ha caído a 8.8 porciento en diciembre de 2000, siendo el nivel mas bajo registrado en los últimos 30 años. Selogró una drástica reducción del déficit de cuenta corriente de la balanza, que pasó de 5.3 porciento del PIB al finalizar 1998 a 0.02 por ciento en 1999. Las tasas de interés se han mantenido

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en niveles históricos bajos. En el futuro próximo, se espera que la tasa de cambio permanezca enniveles competitivos y que la demanda externa, no obstante la pérdida de dinamismo en losmercados internacionales, continúe siendo uno de los factores más importantes de expansión dela actividad productiva. Asimismo, bajo un ambiente macroeconómico más estable se esperauna recuperación del consumo y la inversión privados sobre una senda de crecimiento sostenibleen el largo plazo.

Según el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), el crecimiento económicovolvió a ser positivo desde el primer trimestre de 2000, en contraste con los registros negativos quevenían observándose desde el segundo trimestre de 1998.5 Las cifras preliminares indican que elcrecimiento consolidado del PIB para el año 2000 fue de 2.8 por ciento, liderado por la industriamanufacturera y el comercio, especialmente por la dinámica de sus exportaciones. La meta oficialde crecimiento fijada por las autoridades para 2001 es de 3.8 por ciento, explicado por el incrementoen el consumo familiar y la inversión privada.

1.3 SECTOR FINANCIERO

1.3.1 Evolución histórica y estructura del sistema financiero colombiano

El sistema financiero colombiano se fue conformando desde el siglo pasado como un sistema debanca especializada, pero en los años noventa evolucionó parcialmente hacia un sistema de banca

Tabla 1: Indicadores macroeconómicos

1998 1999 2000

Crecimiento del PIB real 0.6 -4.3 2.8

Cuenta Corriente de la Balanza de Pagos(% del PIB) -5.2 -0.02 -0.07

Déficit fiscal (% del PIB) 5.3 4.6 3.6

Inflación total, IPC variación porcentual anual 16.7 9.2 8.8

Tasa de cambio $/USD (fin de año) 1,542.1 1,873.8 2,229

Tasa de devaluación nominal (fin de año) 19.2 21.5 19

Crecimiento de exportaciones -6.4 6.3 13.4

Crecimiento de importaciones -4.8 -27.2 8.3

Tasa de interés DTF (fin de año) 34.1 15.4 13.3

Tasa de desempleo 15.6 18.0 19.7

Fuente: Banco de la República.

5 Este crecimiento fue liderado por los sectores manufacturero (8.8 por ciento), eléctrico, de gas y agua (4.3por ciento), y de transporte y comunicación (3.2 por ciento). Por el contrario, el sector de la construccióncontinúa decreciendo, casi en un 10 por ciento, al igual que el sector financiero, en un 2.2 por ciento. Lasignificativa recuperación del sector industrial es explicada por el crecimiento de las exportaciones y larecuperación de algunas industrias asociadas al sector de bienes no negociables.

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universal mediante un esquema de “matrices y filiales”. Más concretamente, en la actualidad existeuna separación entre la banca comercial, la banca de inversión y las actividades fiduciaria y deleasing, que deben prestarse por sociedades distintas, y una concentración de los servicios financierosen grupos financieros que prestan dichos servicios. Asimismo, la especialización por tipo de crédito(comercial, hipotecario, consumo) se ha ido desdibujando con la reciente desaparición de lascorporaciones de ahorro y vivienda y de las compañías de financiamiento comercial especializadasen leasing y con la ampliación de la posibilidad de efectuar operaciones pasivas que han recibidodiferentes tipos de instituciones financieras.

En 1923 se expidió una reglamentación integral de los bancos comerciales. Dicha reglamentaciónincluía la posibilidad de conceder préstamos comerciales de corto plazo e hipotecarios y se lesautorizaba realizar operaciones fiduciarias. En la década de los años 50 se organizaron los bancosde inversión, denominados “corporaciones financieras”, especializándolos en el otorgamiento decrédito y captación de ahorro a largo plazo y como únicos autorizados para invertir en empresasdel sector real. A principios de los años 70 se crearon las “corporaciones de ahorro y vivienda”(CAV), entidades especializadas en la intermediación de dinero hacia la financiación de vivienda(construcción y adquisición) y de obras de urbanismo. En la misma década se institucionalizaronlas “compañías de financiamiento comercial” (CFC), como entidades dedicadas a la intermediaciónde dinero hacia el crédito al consumo.

En los años 80 las instituciones financieras estaban comprendidas por aquellas dedicadas a laintermediación del ahorro hacia el crédito (establecimientos de crédito) y por otras que prestabanotros servicios financieros (sociedades fiduciarias y almacenes generales de depósito). Losestablecimientos de crédito, que se especializaban en crédito comercial, de consumo ehipotecario, estaban divididos en establecimientos bancarios, corporaciones financieras, CAVy CFC. Los establecimientos bancarios podían prestar la mayor parte del conjunto de serviciosfinancieros, salvo por la prohibición de hacer banca de inversión6 y con las salvedades sobrefiducia que se señalan más adelante. Las sociedades fiduciarias, reguladas por el Código deComercio de 1971 (actualmente vigente) recibieron la autorización exclusiva para celebrarcontratos de fiducia mercantil (la transferencia de la propiedad fiduciaria de un bien con elencargo de realizar alguna actividad con el mismo, en beneficio del propietario original delbien o de un tercero designado por él). En 1982 el fracaso de numerosas instituciones financierasy el deterioro de los índices de rentabilidad y calidad de cartera dejaron al descubierto unacrisis general del sistema de intermediación. Nuevamente correspondió al Estado el soportede las instituciones financieras7 aplicando diversos esquemas para restablecer la liquidez yafianzar la estructura patrimonial de los intermediarios. En los últimos años de la década lapolítica respecto al sistema financiero se concentró en el saneamiento de los indicadores quemostraban un significativo deterioro.

La reforma financiera (Ley 45) de 1990 reglamentó la transición hacia el sistema de gruposfinancieros. A partir de esta ley se permitió que los establecimientos de crédito puedan ser

6 Actividad autorizada solamente a las corporaciones financieras.7 La ley 117 de 1985 creó el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras.

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propietarios de entidades que desarrollan operaciones de carácter financiero no estrictamentebancarias, facilitando su incursión en nuevas actividades. En particular, la nueva ley los facultópara realizar inversiones en sociedades fiduciarias, en compañías de leasing, en sociedadescomisionistas de bolsa, en almacenes generales de depósito y en sociedades administradoras defondos de pensiones y cesantías. Asimismo, se les autorizó para participar en el capital de lasdenominadas sociedades de servicios técnicos y administrativos necesarios para el giro ordinariode los negocios de los establecimientos de crédito. En Colombia se denominó esta tendenciacomo el “esquema matriz-filial”.

Adicionalmente, se simplificaron las reglas de entrada y salida de intermediarios, se introdujo unaregulación prudencial más estricta, se eliminaron las barreras existentes para la inversión extranjeraen el sector y se desmontó el esquema de crédito de fomento del Banco de la República. La Ley 35de 1993 autorizó a los bancos para invertir en CFC especializadas en leasing. Dado que los bancosya podían otorgar crédito de consumo esto les permitió realizar operaciones de arrendamientofinanciero a través de sociedades especializadas que también pueden captar dinero en el mercado.En ese mismo año se expidió una ley de reforma a la seguridad social en la cual se fortalecieron losfondos de pensiones dándoseles la posibilidad de recibir tanto los ahorros voluntarios como losahorros obligatorios para pensión. Los fondos de pensiones fueron clasificados como sociedadesde servicios financieros. La ley 45 de 1990 prohibió a los establecimientos de crédito prestarservicios fiduciarios con la excepción de operaciones de recaudo y transferencia de fondoscomplementarias o vinculadas a sus actividades o cuando obren como agentes de transferencia yregistro de valores o como depositarios.

El esquema de grupos financieros previsto en la reforma financiera de 1990 fue un primer pasohacia la banca universal en la medida que un mismo grupo de sociedades con una sociedad a lacabeza (establecimiento de crédito), podía llegar a cubrir todo el universo de los serviciosfinancieros. Sin embargo, el esquema actual no corresponde plenamente al de banca universalpues si bien es cierto que durante la década de los años 1990 se ampliaron las autorizacionespara que los diferentes establecimientos de crédito pudieran realizar las operaciones pasivasexclusivamente autorizadas a una o varias categorías de ellos, se ha mantenido algún grado deespecialización en materia de operaciones activas y la universalización la encabezan los gruposfinancieros.

Más recientemente, la Ley 510 de 1999 dispuso la eliminación de la especialización en leasingpara cierto tipo de CFC, así como la conversión de las CAV en bancos comerciales. De hecho,algunas CFC especializadas en leasing ya habían desaparecido voluntariamente en procesosde fusión o por liquidación de las mismas. Asimismo, algunas CAV ya se habían transformadovoluntariamente en bancos. Esto se produjo dentro de un contexto de disminución del tamañodel sistema financiero colombiano, como se verá más adelante. Otro aspecto destacado deesta Ley es que fijó montos de capital y requisitos más estrictos para la entrada al mercado ypermanencia de los intermediarios financieros. Así, la estructura actual del sistema financierocolombiano, mientras termina la transición de conversión de las cooperativas de ahorro yvivienda en bancos comerciales, es la siguiente:

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Figura 1: Estructura del sistema financiero

1.3.2 Coyuntura reciente del sector financiero

El proceso de apertura económica y de liberalización financiera de comienzos de la década de los90 coincidió con una disminución en el uso de las utilidades retenidas por parte de las empresas yuna mayor utilización de recursos de crédito interno y externo. Este fenómeno se vio estimuladopor la afluencia de capitales externos atraídos por las mayores tasas de interés internas frente a lasexternas y por las expectativas positivas sobre el crecimiento de la economía que las reformasmencionadas suscitaron en los agentes económicos. Un comportamiento similar tuvieron los hogares.Estos aumentaron el gasto muy por encima del crecimiento de sus ingresos, financiándolo conrecursos de crédito. Todo esto se manifestó en una disminución en el ahorro privado y en un fuerteaumento del tamaño del sistema bancario.

De esta manera, los depósitos del sistema bancario que a comienzos de la década apenasalcanzaban el 21 por ciento del PIB, en el año 1997 superaban el 32 por ciento. Másrecientemente, a partir de 1998 el sistema financiero experimentó un profundo deterioro en su

-Establecimientosde crédito

-Sociedades de serviciosfinancieros

-Otras institucionesfinancieras con regímenesespeciales

ESCTRUCTURADEL SISTEMAFINANCIERO

* Actualmente sólo existe una entidad cooperativa de grado superior.

-Organismos cooperativos de gradosuperior*-Sociedades de capitalización-Entidades aseguradoras-Intermediarios de seguros y reaseguros

-Establecimientos bancarios-Corporaciones financieras-Corporaciones de ahorro y vivienda-Compañías de financiamiento comercial-Cooperativas financieras

-Sociedades fiduciarias-Almacenes generales de depósitos-Sociedades administradoras de fondos depensiones y cesantías

-FINAGRO (Fondo para el Financiamiento delSector Agropecuario)-FEN (Financiera Energética Nacional)-FINDETER (Financiera del Desarrollo Territorial)-BANCOLDEX (Banco de Comercio Exterior)-FONADE (Fondo Financiero de Proyectos deDesarrollo)

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solidez, solvencia, rentabilidad y en su dinámica de crecimiento, en un contexto de recesiónde la actividad económica y de fuertes presiones en el mercado cambiario, estas últimasasociadas con una caída en los términos de intercambio en 1998, un endurecimiento en lascondiciones de financiamiento para los agentes domésticos en el mercado internacional decapitales y la sustitución de activos internos por activos externos realizada por los distintosagentes del mercado.

Las pérdidas registradas por los bancos en 1998 y 1999 ascendieron a $4.35 billones (equivalentesa USD 2,514 millones o 2.4 por ciento del PIB de 1999), mientras que el patrimonio del sistemafinanciero presentó una disminución de 31.1 por ciento del valor alcanzado a finales de 1997.Al mismo tiempo se produjo una disminución en la labor de intermediación que se reflejó enuna caída de los activos del sistema y una profunda recomposición de los mismos. En un principiolos factores que afectaron la liquidez del sistema incidieron sobre el tamaño y composición dellado pasivo del balance y, posteriormente, el lado activo. Esto llevó a que se presentara unfenómeno típico de “credit crunch”, caracterizado por una reasignación del activo haciainversiones de portafolio, contrayéndose en forma significativa la cartera de créditos. Ladisminución en el tamaño del sistema y la reasignación de sus activos llevó a que se presentarauna contracción en la actividad de intermediación financiera, reduciéndose el PIB del sector en2.5 por ciento y 6.1 por ciento durante 1998 y 1999 así como su participación en el PIB total enun punto porcentual en el mismo período. Simultáneamente, la relación M3/ PIB se redujo del43 por ciento en 1997 al 35.7 por ciento en el año 2000.

El deterioro patrimonial del sistema y la disminución del tamaño del mismo llevaron a una nuevaconfiguración del sistema financiero, producto además de los procesos de fusiones y deliquidaciones de los intermediarios más pequeños. Como consecuencia de lo anterior, el númerode intermediarios financieros8 dentro del sistema financiero disminuyó en cerca del 39 por cientoentre comienzos de 1998 y finales de 2000. Según cifras de la Superintendencia Bancaria, aliniciarse al año de 1998 existían 135 de estas entidades, mientras que un año después su númerohabía bajado a 116, luego a 94 al finalizar 1999 y finalmente a 82 a septiembre de 2000 (véasela tabla B1 del Apéndice Estadístico). Lo anterior ha llevado a una mayor concentración en elsistema financiero, especialmente desde finales de 1998. En la Figura 2 se muestra el índice deconcentración de Herfindahl9 calculado para los depósitos de los bancos. Los problemasfinancieros durante 1998 y 1999 afectaron principalmente a las entidades financieras estatales ya las entidades financieras especializadas en prestamos hipotecarios. Ello ha generado unarecomposición de los depósitos de los bancos públicos hacia los bancos privados, de forma quela participación de estos últimos dentro de los depósitos totales del sistema se ha incrementadoen cerca de 5 por ciento.

8 Incluye establecimientos de crédito (73) e instituciones oficiales especiales (9).9 El índice de Herfindahl es la suma de las participaciones elevadas al cuadrado. Por lo tanto, cuando elmercado es muy concentrado las participaciones individuales tienden a ser altas y el indicador se acerca auno.

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A partir del segundo semestre de 1999 se han reforzado las acciones para recapitalizar el sistemafinanciero y mejorar sus condiciones de funcionamiento. Para ello se ha recurrido al esfuerzo delos propios accionistas, apoyados en buena parte con las líneas de crédito diseñadas para el efectopor el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras (FOGAFIN), entidad encargada de administrarel seguro de depósitos. El gobierno nacional también ha hecho un importante esfuerzo financieropara capitalizar y sanear los bancos públicos. Como resultado de este proceso de recapitalización,el nivel patrimonial del sistema se ha incrementado levemente en el último año y medio. A ello hacontribuido también las menores perdidas del sector en el año 2000.

1.3.3 Costos fiscales de la recuperación del sistema financiero

En la tabla 2 se presentan algunos cálculos sobre el costo estimado de las distintas acciones que hatomado el gobierno nacional tendientes a la resolución de la crisis, los recursos hasta ahorarecuperados de algunas de éstas y el costo neto, todos expresados a valor presente en pesos de1999. Los cálculos muestran que hasta la fecha los recursos desembolsados por el gobierno desde1997 ascienden a $13.63 billones (8.44 por ciento del PIB de 1999). De éstos se han recuperado ala fecha $0.68 billones, por lo que los desembolsos netos de recuperaciones ascienden a $12.95billones (8.03 por ciento del PIB de 1999).

De los costos fiscales de los últimos dos años, cerca del 68 por ciento corresponden a gastosgenerados por la banca pública, de los cuales 48 por ciento se derivan de los diferentes programasde capitalización de estas instituciones y cerca de 20 por ciento se deriva de la liquidación de laCaja Agraria. Otro rubro importante de gastos provino de los subsidios públicos a los deudores devivienda hipotecaria que absorbió el 20 por ciento de los recursos gastados en los últimos dosaños, siendo el rubro más importante el de los fondos empleados en la reliquidación de la carterahipotecaria como producto de las sentencias de la Corte Constitucional. En tercer lugar enimportancia está el apoyo al sector cooperativo que asciende al 8 por ciento y en una medida muyinferior (cerca de 4 por ciento de los gastos) los planes de capitalización de la banca privada.

Figura 2: Índice de concentración del sistema financiero

5.55.35.14.94.74.54.34.13.9

Ene Abr Jul Oct1996

Ene Abr Jul Oct1997

Ene Abr Jul Oct1998

Ene Abr Jul Oct1999

%

Fuente: Banco de la República.

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Tabla 2: Costos netos fiscales de la recuperación del sistema financiero(millones de $ de 1999)

Costos Recuperación Costos netos

I. Apoyo al sector cooperativo 1,114,181 421,998 692,183

II. Apoyo a deudores créditos hipotecarios 757,225 254,130 503,095

III. Capitalización banca pública(Capitalización directa) 645,000 645,000

IV. Capitalización banca pública (Efectivo) 558,096 558,096

V. Capitalización banca pública(Bonos aprobados) 5,278,999 5,278,999

VI. Reliquidación deuda hipotecaria 2,027,254 2,027,254

VII. Capitalización banca privada 503,842 503,842

VIII. Liquidación Caja Agraria 2,750,000 2,750,000

TOTAL 13,634,598 676,128 12,958,469

% PIB 8.44% 0.42% 8.03%

Fuente: Banco de la República.

Es oportuno señalar que no todos estos gastos han sido causados en los últimos dos años. En elcaso de las liquidaciones y pasivos pensionales de la banca pública buena parte de los gastosderivaron de administraciones ineficientes y laxas del pasado. En este sentido, si se tienen encuenta únicamente los costos imputables a la crisis financiera, es decir, deduciendo el pasivopensional de las cuatro entidades financieras públicas que fueron liquidadas y/o fusionadas,10 elcosto fiscal se reduce a $11.44 billones (7.09 por ciento del PIB de 1999).

Ahora bien, estos son los gastos del sector público pero no necesariamente corresponden a sudeterioro patrimonial en la medida en que éste adquiere activos con un valor distinto de cero. Bajodiferentes escenarios de recuperación de los activos aprovisionados en el marco de los planes decapitalización de la banca pública y privada el cálculo de lo que sería el costo neto de la crisis varíadesde $12.95 billones (8.03 por ciento del PIB) en el peor escenario (recuperación del 0 porciento), hasta $4.9 billones (3 por ciento del PIB) en el mejor.

1.4 MERCADO DE CAPITALES

El mercado de capitales colombiano en los noventa se vio favorecido por la presencia de nuevosinversionistas institucionales y por los ajustes a la normatividad que hicieron posible la realizaciónde nuevas operaciones. Así, las reformas laboral y cambiaria y la promulgación de la Ley 35 de1993, Ley financiera que regula sobre la intervención en las actividades financiera, bursátil yaseguradora, crearon grandes expectativas para la inversión en acciones por parte los fondosde pensiones, de cesantías, de capital extranjero y de valores, impulsando el crecimiento delmercado accionario en los años subsiguientes logrando su punto máximo en 1994-95. Además,se regularon nuevas operaciones tales como las ofertas públicas de adquisición, de intercambio

10 Caja Agraria, BCH, Banestado y Bancafé.

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y de democratización. En este sentido, en los dos últimos años se realizaron las ofertas dedemocratización del Grupo Financiero Aval y de la Empresa de Interconexión Eléctrica quepermitieron el acceso de múltiples accionistas minoritarios, la utilización de la infraestructurabancaria para su colocación y la experimentación de un mecanismo idóneo para nuevas operaciones.De esta forma, se han propiciado las condiciones para una mayor liquidez del mercado accionarioy, a la vez, se ha iniciado un proceso de desconcentración de la propiedad accionaria.11

No obstante, la metodología de valoración a precios de mercado y la exigencia de una rentabilidadmínima frenaron la inversión por parte de los fondos de pensiones. La inversión de los fondos deinversión extranjera también se ha reducido después de 1997 como resultado del aumento delriesgo país. El valor de su portafolio en renta variable a finales del 2000 fue de USD 424 millones,suma muy similar a la registrada en 1994. Asimismo, se presentó reducción en el número deempresas cotizantes en bolsa y en el indicador de capitalización bursátil, que para el último añofueron de 132 y USD 9,650 millones, respectivamente. Con lo anterior la profundidad frente al PIBde este mercado medido en relación con el valor de las operaciones con acciones pasó de 3.5 porciento en 1994 a 1.7 por ciento en el 2000, una de las más bajas respecto de otras economíasemergentes.

Se espera que con la reciente reforma tributaria que exenta la enajenación en acciones inscritas enbolsa12, la recuperación de la actividad económica iniciada en el año 2000 y el mejor resultadofinanciero de las empresas emisoras se mejore la demanda de acciones cuyos precios están muypor debajo de su valor patrimonial y se reactive por ende el precario mercado accionario.

Por su parte, los bonos han mostrado un repunte importante en los últimos años gracias al dinamismode las emisiones de las entidades descentralizadas, lo cual ha permitido compensar la desaceleraciónque el mercado de bonos emitidos por el sector financiero enfrenta desde 1997. El sector realcontinuó financiándose principalmente mediante créditos bancarios.

El mercado de deuda pública ha incrementado su profundidad debido a tres factores fundamentales:la organización de los sistemas de transacción de títulos del tesoro (TES), el surgimiento de loscreadores de mercado y la utilización de estos papeles, a partir de 1999, para el manejo de lapolítica monetaria. En el 2000 los TES ocuparon el primer lugar en el valor total de negociación enbolsa y en el mercado mostrador (56.6 y 27.7 por ciento, respectivamente), equivalentes al 81.8por ciento del PIB. El avance de este mercado permitió el diseño de una curva de rendimientos lacual sirve de indicador para la estructuración de nuevas emisiones del sector privado. Es de resaltarque la tasa de colocación de los TES estuvo siempre por encima de las tasas de colocación de losvalores del sector privado.

Como parte de la solución a la crisis del sector financiero, ocasionada, entre otros factores, por lapérdida de calidad de la cartera hipotecaria, se promulgó la Ley de Vivienda 546 de 1999, la cual

11 El índice de concentración GINI entre beneficiarios reales para 1999 fue de 99.8 para el sector financieroy de 99.5 para el sector industrial.12 Ley 633 de 2000 exenciona a un mismo beneficiario real, cuando el monto de acciones negociado nosupera el 10 por ciento de las acciones en circulación del emisor.

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dio el marco de referencia para hacer posible que la financiación de vivienda se haga a través delmercado de valores, ya sea con bonos hipotecarios o con títulos hipotecarios indexados a la inflación.

Dentro del proceso de modernización y profesionalización del sector bursátil las firmas comisionistasde bolsa diversificaron sus actividades y modificaron su estructura de servicios. Se destacan, entreotros, la realización de operaciones por cuenta propia, la administración de portafolios de terceros,la posibilidad de negociar en el mercado cambiario y principalmente la constitución y administraciónde fondos de valores desplazando al contrato de comisión. Los fondos de valores han alcanzado unlugar preponderante en la confianza de los pequeños inversionistas. A 31 de diciembre del 2000 seencontraban en operación 44 fondos de diferentes modalidades (renta variable, escalonados rentafija, dólares, etc.,) que movilizaban un portafolio de USD 295.1 millones.

Los negocios bursátiles se realizan actualmente en tres bolsas de valores,13 Bogotá, Medellín y0ccidente y los del mercado OTC registran sus operaciones en tres sistemascentralizados deoperación.14

13 A partir del 3 de Julio de 2001 las tres bolsas mencionadas se integraron en una sola bolsa: “La Bolsa deColombia.14 Durante el 2000 se negociaron en el mercado bursátil USD 29.541 millones y en el mercado OTCUSD 140,103 millones (incluyendo negociación de títulos y repos).

Figura 3: Principales medidas para el desarrollo del mercado de capitales

Incentiva la financiación por emisión de acciones a través de laeliminación gradual del componente inflacionario deducible de losintereses, la nivelación gradual de la tarifa de renta aplicable a lassociedades anónimas y limitadas y la eliminación de la dobletributación.

Eliminó el impuesto al patrimonio sobre las acciones.

Estableció que la utilidad que se obtiene como producto de lavaloración al vender en bolsa una acción no sea gravada con elimpuesto de renta ni el de ganancia ocasional.

Creó los fondos de cesantías.

Introdujo los fondos privados de pensiones.

Introdujo las acciones preferenciales sin derecho a voto y autorizó lacreación de sociedades administradoras de depósitos centralizadosde valores.

Amplió el tipo de servicios prestados por los intermediarios financieros,a través de compañías leasing, fiduciarias y amplió las operacionesautorizadas a las firmas comisionistas de bolsa. También reguló laparticipación en el mercado de las sociedades calificadoras de riesgo.

Ley 75/1986

Decreto 1321/1989

Ley 49/1990

Ley 50/1990, Reforma laboral

Ley 100/1993, ReformaSeguridad Social

Ley 27/1990

Ley 45/1990, ReformaFinanciera

(continúa)

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Liberalizó la inversión extranjera tanto directa como de portafolio.

Amplió el tipo de servicios prestados por los intermediarios financieros,a través de compañías leasing, fiduciarias y amplió las operacionesautorizadas a las firmas comisionistas de bolsa. También reguló laparticipación en el mercado de las sociedades calificadoras de riesgo.

Corrigió la inequidad en contra de los socios extranjeros eliminandola doble tributación sobre las utilidades retenidas que posteriormenterecuperaban en la venta de las acciones y elevó a rango de normalegal la exención del impuesto de timbre a ciertos documentos yoperaciones.

Estableció, entre otros, que podrán ser accionistas de las bolsas devalores cualquier persona natural o jurídica, salvo que las normas querigen a dichas personas no se lo permitan. Establece que la Sala Generalde la Superintendencia de Valores fijará las normas con sujeción a lascuales se podrá desarrollar la negociación de futuros, opciones y otrosinstrumentos derivados a través de las bolsas de valores, de las bolsasde futuros y opciones y de las bolsas de productos agropecuarios,efectuar la compensación y liquidación de las operacionesmencionadas y desarrollar dicha actividad por parte de las bolsas defuturos y opciones y sus intermediarios.

Creó los bonos y títulos hipotecarios y las sociedades titularizadoras.Establece que la Superintendencia de Valores podrá establecer reglasque permitan el acceso a la negociación por bolsa de bonos o títuloshipotecarios a las compañías de seguros, las sociedades fiduciarias,las sociedades administradoras de fondos de pensiones y de cesantíasy las entidades que administren reservas pensionales del régimen deprima media con prestación definida.

Modificó de forma general las características de los SistemasCentralizados de Operaciones a fin de permitir a través de ellos lanegociación de títulos de renta fija por parte de las entidades vigiladaspor las Superintendencias Bancaria y de Valores, así como de lasentidades de carácter público, de conformidad con su respectivorégimen legal, y que la compensación de las operaciones que seefectúen en éstos se realice a través de los depósitos centralizados devalores mediante el mecanismo de entrega contra pago.

Introdujo sanciones para conductas en contra del mercado.

Estableció impuesto del tres por mil sobre los movimientos financie-ros y adicionó documentos exentos del impuesto de timbre, entre loscuales están: los pagarés que instrumenten cartera hipotecaria, losdocumentos que instrumentan la cesión de activos, pasivos y contratosque suscriban las entidades financieras públicas, la cesión de uno ovarios de los activos, pasivos o contratos conforme a las normas delCódigo de Comercio, los títulos y demás documentos que se origineno deriven directamente de las operaciones de compra de cartera

Ley 9/1991

Reforma al Códigode Comercio. Ley 222de 1995

Reforma tributaria(1995)

Ley 510/1999,Reforma financiera

Ley 546/1999,Ley de vivienda

Resoluciones 782 de 2000 y069 de 2001de la Sala Generalde la Superintendencia deValores

Ley 599 de 2000

Ley 633 de 2000,Reforma tributaria

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1.5 PRINCIPALES TENDENCIAS EN LOS SISTEMAS DE PAGOS

En los últimos años se han realizado importantes esfuerzos para mejorar la seguridad y eficienciade los sistemas de pago en Colombia, tanto de alto valor como de bajo valor.

Por lo que respecta a los sistemas de alto valor, la iniciativa más importante fue el establecimientode un sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real (LBTR) que opera a través de la red interbancarianacional SEBRA (Sistema Electrónico del Banco de la República). A través de la funcionalidad deCuentas de Depósito (CUD) de este sistema se liquidan transacciones tales como operaciones depolítica monetaria, pagos del Tesoro, operaciones del mercado monetario interbancario, liquidaciónde fondos en las operaciones de valores y los saldos de los sistemas de cámara de compensaciónCEDEC y CENIT. Para proveer al sistema de la liquidez necesaria, desde el inicio de su funcionamientose permitió a los bancos movilizar el encaje (reservas requeridas) y más recientemente se hanintroducido operaciones de reporto (repos) intradía. Aunque se ha establecido un sistemaautomatizado para el intercambio de fondos con y sin colateral entre bancos, el sistema SEN, elmercado monetario no está suficientemente desarrollado, fundamentalmente a causa de lasrestricciones en las líneas de crédito que los bancos se conceden entre sí. Los mercados de valorestienen, en este sentido, mayor importancia en Colombia (véase la sección 1.6).

Por lo que respecta al sistema de pagos de bajo valor los instrumentos más utilizados son el efectivoy el cheque. Los pagos electrónicos y las transacciones a través de tarjetas de débito y de créditohan aumentado significativamente en los últimos años, si bien no se han desarrolladosuficientemente. El uso de los medios de pago se ha visto afectado por el impuesto del tres por milpara las transacciones financieras ya que ha causado un importante aumento de las transaccionesen efectivo. Los cheques no sólo son utilizados para transacciones de bajo valor sino que el sectorcorporativo y los intermediarios financieros también los utilizan para pagos de alto valor (si bien,como se observa en el anexo estadístico, predominan las transferencias electrónicas para los pagosde alto valor).

Para mejorar la eficiencia de los sistemas de pagos de bajo valor se han introducido en los añosrecientes diversos procedimientos. Se implementó un sistema electrónico para la presentación decheques. La liquidación de estos instrumentos, sobre una base multilateral neta, se lleva a cabo através del sistema CEDEC. El sistema prevé dos sesiones: la primera, que se lleva a cabo el mismodía de la presentación de los cheques, efectúa una liquidación provisional en las cuentas de losintermediarios en el Banco de la República. La liquidación definitiva se efectúa al día siguiente

hipotecaria, su titularización y la colocación de los títuloscorrespondientes a los que se refiere la Ley 546 de 1999 y las acciones,los bonos, los papeles comerciales con vencimiento inferior a un añoautorizados por la Superintendencia de Valores. Igualmente, establecela exención para las negociación de acciones que efectúe un mismobeneficiario real cuando ésta no supere el 10 por ciento de las accionesen circulación del emisor.

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calculando los saldos teniendo en cuenta el importe de los cheques rechazados. Los cheques seintercambian mayoritariamente a través del sistema CEDEC. Sin embargo, fuera de las grandesciudades, los bancos intercambian los cheques a través de cámaras de compensación locales. 15

Los pagos electrónicos son procesados a través de dos cámaras de compensación electrónicas(automated clearinghouse, ACH). La primera, CENIT, es gestionada por el Banco de la República yse utiliza fundamentalmente para pagos de bajo valor del sector público. La liquidación se realizatres veces al día acreditando y debitando las cuentas en el banco central. La segunda, denominadaACH Colombia, se ha implementado por los intermediarios financieros y se utiliza esencialmentepara pagos entre individuos y empresas. Opera a través de una red privada y liquida los saldosnetos multilaterales en el Banco Central. Por otro lado, en Colombia existen diversos operadoresde tarjetas que no liquidan sus operaciones en el Banco Central.16

1.6 PRINCIPALES TENDENCIAS EN LOS SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN

DE VALORES

En Colombia operan tres bolsas de valores17 (Bolsa de Bogotá, Bolsa de Occidente y Bolsa deMedellín) tanto en valores de renta fija como renta variable. Por otro lado, existe un mercado OTC(mercado mostrador) cuyas operaciones alcanzan un valor total cinco veces superior al de lasoperaciones realizadas a través de las Bolsas. Las operaciones de renta fija representan cerca del 95por ciento del valor total del mercado de valores. En el mercado OTC las operaciones se llevan acabo a través de un sistema electrónico de negociación operado por el Banco de la República, elSistema Electrónico de Negociación (SEN), o bilateralmente entre las partes para luego ser registradasen los sistemas centralizados de información para transacciones INVERLACE o NEXUM (este últimosistema ya no está operando en la actualidad). Al contrario que el sistema SEN, el cual es transaccional,INVERLACE y NEXUM son de registro.

Los valores están representados en forma física, inmovilizados o desmaterializados en los dosdepositarios existentes, Depósito Centralizado de Valores de Colombia, S.A. (DECEVAL) y DepósitoCentral de Valores (DCV). DCV es un depósito operado por el Banco de la República para valoresemitidos, garantizados o administrados por el Banco de la República, actuando principalmentecomo agente del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Todos los valores en DCV se encuentrandesmaterializados. Los participantes directos de DCV son los bancos, corporaciones financieras,sociedades fiduciarias, bolsas de valores, sociedades comisionistas de bolsa, fondos de pensiones,entidades públicas y depósitos centralizados de valores. DECEVAL es una empresa privada propiedadde los bancos, las bolsas de valores, las sociedades fiduciarias, las corporaciones financieras,corporaciones de ahorro y vivienda, la asociación bancaria y las sociedades comisionistas de bolsa.En DECEVAL los valores físicos se depositan en una bóveda de seguridad. Cualquier valor registrado

15 En este informe se referirá a CEDEC como el sistema de compensación de cheques aunque en sentidoestricto es únicamente un componente del proceso de compensación de cheques.16 El Banco Central han ofrecido a los operadores de tarjetas liquidar a través del sistema CUD, pero por elmomento los operadores ha decidido adoptar otras soluciones.17 A partir del 3 de Julio de 2001 las tres bolsas mencionadas se integraron en una sola bolsa: “La Bolsa deColombia”.

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en el Registro Nacional de Valores y de Intermediarios (RNVI) puede ser depositado en custodiaen DECEVAL, aunque fundamentalmente inmoviliza valores privados y algunos valores públicos(por ejemplo, bonos provisionales). Además, DECEVAL tiene una cuenta ómnibus en DCV para losvalores registrados en DCV. De esta manera, los depositantes de DECEVAL pueden mantener valorespúblicos en DCV. La vinculación como depositante directo al DECEVAL está abierta a una ampliagama de entidades como entidades de crédito, bolsas de valores, sociedades comisionistas debolsa, compañías de servicios financieros, compañías de capitalización, compañías de seguros,fondos de pensiones y algunas compañías públicas. La regulación incluye como una de lasfunciones de un depósito la compensación y liquidación de los valores depositados, aunquesólo DCV está en la actualidad ejerciendo esta facultad para las transacciones ejecutada a travésdel SEN y liquidadas a través de las cuentas de títulos del DCV y las cuentas de depósito delBanco de la República. Todos los valores de deuda pública están representados medianteanotaciones en cuenta, ya sea en DCV o en DECEVAL. A febrero de 2000 DECEVAL tenía encustodia el 6 por ciento de los valores emitidos o administrados por el Banco de la República.

El impuesto del tres por mil sobre las operaciones financieras grava el intercambio de títulos físicos.Aunque se exime del pago de este impuesto a la liquidación de operaciones con valores en custodiaen un depósito centralizado de valores el mencionado gravamen afecta algunas operacionesrelacionadas con la liquidación como el pago de dividendos, provisión de liquidez por motivos deliquidación, etc.

Para los valores negociados a través de las bolsas de valores las cámaras de compensación de lasbolsas son responsables de los procesos de compensación y liquidación. Las cámaras decompensación no actúan como contrapartidas centrales en ninguna de las tres bolsas.18 La liquidaciónde los valores y fondos se realiza de una manera separada y por lo tanto no sigue un modelo deEntrega contra Pago (ECP). La liquidación de valores se realiza a través de la entrega del título físicoo a través de anotaciones en cuenta en DECEVAL o DCV, dependiendo del depósito en el que losrespectivos valores se encuentran registrados. Para las operaciones al contado el ciclo de liquidaciónes T+3, aunque existe una extensión del plazo hasta T+6 para solventar problemas en el caso deentrega de títulos físicos. La liquidación de fondos se realiza en la fecha de liquidación sobre unabase multilateral neta por medio de cheque o transferencia electrónica tanto para valores de rentafija como para valores de renta variable. Debido a que las prácticas de liquidación de las Bolsa deValores no están ajustadas para liquidar en forma bruta en el Banco Central es el propio comisionistavendedor quien se conecta a DCV a través del sistema LBTR y genera una prueba del cumplimientode la obligación que es enviada a la bolsa de valores respectiva19. DECEVAL únicamente recibeinformación de los valores a trasladar el día de liquidación.

En el Mercado mostrador (OTC), las transacciones que se llevan a cabo a través del sistema SENse liquidan en tiempo real de manera bruta, ECP modelo 1 de la clasificación del Banco dePagos Internacionales.20 Es decir, los valores y los fondos se liquidan operación por operación.18 A partir del 3 de Julio de 2001 las tres bolsas mencionadas se integraron en una sola bolsa: “La Bolsa deColombia.19 A partir del 26 de abril de 2001 la bolsa de Bogotá, en ese momento, y actualmente la Bolsa de Colombiaestá interconectada con el DCV y la liquidación se efectúa en forma bruta, en tiempo real.20 Delivery-versus-Payment in Securities Settlement Systems, Committee on Payment and Settlement Systemof the Central Banks of the Group of Ten Countries, Banco de Pagos Internacionales, septiembre 1992.

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En el caso de falta de valores o de fondos se mantiene la operación en espera hasta el final deldía. Para las operaciones registradas en los sistemas INVERLACE y NEXUM la liquidación serealiza de manera bilateral, normalmente de manera bruta, entre las contrapartes sin que estéasegurado que la liquidación se produzca en un entorno de ECP. La liquidación de los fondosse hace a través de cheque o transferencia electrónica.

Como resultado de la situación descrita anteriormente los mercados de valores en Colombia seencuentran segmentados y una gran parte de las operaciones no se liquidan en un entorno de ECP.Cuando la liquidación se realiza en una base multilateral neta no existen mecanismos para asegurarel buen fin de las operaciones y en el caso de falta de valores o de fondos se recalculan las posicionesnetas. Las autoridades y participantes del mercado, reconociendo la necesidad de desarrollo delsistema actual y el impacto de la globalización en sus mercados, están en proceso de modernizarlos sistemas de negociación de valores, lo que claramente afectará a los procesos de compensacióny liquidación. De hecho, en la actualidad existen dos proyectos en fase de discusión y uno en etapade implementación:

• En una primera fase, la integración de las operaciones en una sola Bolsa de Valores (Bolsade Colombia) como resultado de la fusión de las tres bolsas existentes en la actualidad.21 Laliquidación de las operaciones se realizaría en un entorno de ECP mediante valoresdepositados en DECEVAL. Los valores se liquidarían en forma bruta y los fondos a través deun neteo multilateral.

• En una segunda fase, se establecería un nuevo sistema de negociación para operaciones derenta fija que sería administrado por la bolsa de valores. El objetivo de este proyecto es el deintegrar, sobre una base voluntaria, toda la negociación de valores de renta fija en un únicosistema denominado Sistema Centralizado de Operaciones (SCO). Esto implicaría un cambioimportante en los procesos de compensación y liquidación. Se buscaría la liquidación en unentorno de ECP en forma bruta para el DCV y neta para DECEVAL. El mecanismo de ECP seimplementaría a través de la obligación de inmovilizar o desmaterializar todos los valoresnegociados en este sistema y a través del acceso que los futuros participantes del sistematendrían al Banco de la República. De hecho, desde mayo de 2001 el Banco de la Repúblicahabilitó a la Bolsa de Bogotá un mecanismo que le permite liquidar sus operaciones confondos del mismo día del banco central sobre una base bruta y de ECP, al menos para lasnegociaciones de títulos de deuda pública. Ya DECEVAL viene utilizando esta facilidad desdeel año anterior. Mediante Resolución 782 de 2000 y 69 de 2001 la Sala General de laSuperintendencia de Valores modificó la regulación de los sistemas centralizados deoperaciones con el fin de establecer este nuevo sistema de negociación para transaccionesde renta fija administrado por la Bolsa de Valores de Colombia.

• DECEVAL está modernizando sus sistemas para permitir la implementación de un mecanismode ECP en la liquidación de valores, operaciones de préstamo de valores y operaciones dereporto. Se introducirá un esquema de garantías basado en márgenes y valuación a preciosde mercado (mark-to-market) de las operaciones en base diaria.

21 La fusión de las bolsas se llevó a cabo con fecha 3 de julio de 2001.

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2 ASPECTOS INSTITUCIONALES

2.1 MARCO LEGAL GENERAL

En la Constitución de 1886 se le otorgaba al Presidente de la República la facultad de ejercer laintervención necesaria en las actividades de personas naturales o jurídicas que tuvieran porobjeto el manejo o aprovechamiento y la inversión de los fondos provenientes del ahorro privado.Dicha facultad fue prevista como “atribución constitucional propia” en la reforma constitucionalde 1968. Hasta ese año, la facultad regulatoria del Presidente provenía de su función administrativacorriente y subordinada que debía cumplirse dentro del marco de la ley expedida por el Congreso.A partir de 1968 hubo un cambio de competencias al trasladar al Ejecutivo una función quenormalmente había venido correspondiendo al Congreso, como era la de legislar en materiabancaria e intervenir en ese aspecto la vida económica, con apoyo en el artículo 32 de laConstitución de 1886 (“el Estado intervendrá en la economía, por mandato de la ley”).

Al ser expedida la Constitución de 1991, la atribución exclusiva en cabeza del Ejecutivo desapareciócomo tal y fue objeto de una figura constitucional diferente: la de las llamadas “leyes marco”.Dentro de este sistema, el Congreso señala en la ley los objetivos y criterios a los cuales debesujetarse el Ejecutivo para expedir su regulación, en este caso la relativa a las actividades financiera,bursátil, aseguradora y cualquiera otra relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversión delos recursos captados del público. La ley marco implica una distribución de poderes y facultadeslegislativas entre el Congreso y el Ejecutivo. El Congreso consagra los preceptos generales y elEjecutivo expide decretos destinados a reglamentar los asuntos a los que se refiere la ley. Dichosdecretos constituyen la intervención del Estado en la actividad financiera.

El Ejecutivo tiene a su cargo, aún antes de la actual Constitución, la supervisión del sistemafinanciero, la cual realiza por conducto de la Superintendencia Bancaria, creada en 1923.Antes de la Constitución de 1991, dadas las amplias facultades del Ejecutivo en materia deregulación del sector financiero la Superintendencia Bancaria abarcaba no sólo la supervisiónsino también la regulación, pues muchas de las instrucciones que emitía tenían el alcance, lafuerza y el contenido de regulaciones. No obstante, a partir del nuevo esquema jerárquico dela regulación previsto en la actual Constitución la Superintendencia se restringió a la supervisión.Eventualmente puede expedir instrucciones, pero éstas se hallan subordinadas y sólo debenprocurar por el cumplimiento de las regulaciones expedidas por el Ejecutivo y por la JuntaDirectiva del Banco de la República.

Por otra parte, la Constitución de 1991 definió al banco central como una entidad estatal denaturaleza única, independiente, y a su junta directiva como la autoridad monetaria, crediticia ycambiaria, la cual tiene la atribución de expedir regulaciones en dichas materias que tienen lamisma jerarquía de los decretos del Ejecutivo.

En relación con el Mercado Público de Valores, la Comisión Nacional de Valores (actualmenteSuperintendencia de Valores) fue creada22 como organismo vinculado al Ministerio de Desarrollo

22 Ley 32 de 1979.

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Económico,23 atendiendo la necesidad de adoptar medidas que contribuyeran con el desarrollodel mercado de capitales mediante la consolidación de la confianza pública en el mismo.

2.1.1 Pagos

En Colombia, la provisión de servicios de pago se realiza a través de una gran variedad de entidades,tipos de instituciones y proveedores de servicios, que a su vez son cobijados por múltiples organismosreguladores.

Actualmente no existen reglamentaciones de carácter general que normalicen la función de provisiónde servicios de pago, independientemente del tipo de entidad que los ofrezca, sino que lanormatividad se ha enfocado hacia tipos de instituciones definidos generalmente sobre la base delos servicios que prestan. Sin embargo, esta función es provista esencialmente por el banco central,los establecimientos de crédito y por sociedades de servicios técnicos y administrativos de lascuales son socios mayoritarios los bancos comerciales. En consecuencia, el marco legal vigentesobre las actividades de servicios de pago involucra varios organismos de control y supervisión(Banco de La República, Superintendencia Bancaria, Superintendencia de Valores, Fondo deGarantías de Instituciones Financieras, Superintendencia de Sociedades).

Entre las diferentes autoridades públicas de control existen mecanismos de coordinación permanentepara el seguimiento del sistema de pagos. Sin embargo, no existe un marco legal estatutario quereglamente la forma como se lleva a cabo esta coordinación. Puesto que el desarrollo normativoformal no ha sido muy extenso ni detallado respecto a la función de vigilancia (oversight) delsistema de pagos, la asignación de competencias se ha ajustado más bien a las funciones tradicionalesde las autoridades que concurren en la supervisión y seguimiento al sector financiero.

Con respecto a los servicios de pago que provee y a los sistemas que administra el Banco de laRepública (BR), su Junta Directiva (JDBR) y el Consejo de Administración fijan la normatividadcorrespondiente. Hoy en día éstos comprenden el servicio de cuentas de depósito, el sistema depagos de alto valor y algunas aplicaciones de pagos de bajo valor (compensación electrónica decheques y cámara de compensación interbancaria automatizada). Adicionalmente, el Banco de laRepública administra el depósito central de valores públicos y el sistema electrónico de negociación“SEN”.

Conforme al artículo 22 de la ley 31 de 1992, el Banco de la República puede abrir cuentascorrientes bancarias o celebrar contratos de depósito con personas jurídicas públicas o privadascuando ello sea necesario para la realización de sus operaciones con el Banco según calificaciónefectuada por la JDBR, a quien corresponde en forma exclusiva dictar las condiciones aplicablesa dichas cuentas y depósitos. Con el objetivo de ejercer dicha atribución, la JDBR expidió laResolución Interna 3 de 1997. Desde entonces, el Banco de la República presta a las Entidadesdel Estado y al Sistema Financiero el servicio de Cuentas de Depósito con el objeto de facilitarlas transacciones financieras. Mediante el asunto 4 de la Circular Reglamentaria Externa UCCP39 de Mayo de 1998, titulado “Cuentas de Depósito en el Banco de la República” se estableció

23 Tutela gubernamental, que en 1987 fue confiada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

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todo lo relacionado a la apertura, manejo, cancelación y retiros para provisión de efectivo de lascuentas de depósito.

Con respecto al sistema de compensación electrónica de cheques (CEDEC) que administra elBanco, su funcionamiento, así como los derechos, obligaciones y responsabilidades de lasentidades participantes en el mismo, se rigen por lo dispuesto en las normas pertinentes delCódigo de Comercio24, el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, la Ley 31 de 1992, elDecreto 2520 de 1993, el Decreto 1207 de 1996, el Reglamento Operativo del Servicio deCompensación Interbancaria aprobado por el Consejo de Administración del BR el 20 de abrilde 1998, con las modificaciones que lleguen a efectuarse, la Circular Reglamentaria ExternaDSEP 37 de agosto12/99 expedida por el BR y las demás normas que las modifiquen o sustituyan,así como los contratos de vinculación respectivos.

Por último, el sistema de cámara de compensación automatizada (ACH) interbancaria (CENIT)administrado por el BR se rige por lo dispuesto en la Ley 31 de 1992, los Decretos 2520 de 1993 y1207 de 1996, el Reglamento Operativo del Servicio de Compensación Interbancaria del Bancode la República aprobado por el Consejo de Administración el 20 de abril de 1998, la CircularReglamentaria Externa DSEP 26 de 22 junio de 1999 y los manuales de operación expedidos por elBanco de la República, así como el respectivo contrato para la vinculación al sistema.

2.1.2 Valores mobiliarios

La Ley 35 de 1993 (adicionada por la Ley 510 de 1999), que es la norma marco vigente para elsector financiero y bursátil, asignó facultades regulatorias a la Sala General de la Superintendenciade Valores y al Superintendente de Valores, en cuyo ejercicio se expidieron las Resoluciones 400 y1200 de 1995.25

La Resolución 400 de 1995 en su parte segunda, título primero, capítulo segundo establece quela liquidación26 de las operaciones bursátiles debe ser efectuada diariamente y en el día fijado24 El cheque en Colombia es un título valor y como tal se rige por las normas generales señaladas para estospapeles en el Código de Comercio (artículos 619 al 821). También se encuentra sujeto a una reglamentaciónespecial (artículos 712 al 751 del Código de Comercio y en el título III, Capitulo I de la Circular UnicaContable de la Superintendencia Bancaria).De conformidad con el Código de Comercio (artículos 1382 al1392) y las normas expedidas sobre el particular por la Superintendencia Bancaria, los contratos de cuentacorriente entre un banco y sus clientes son bilaterales y consensuales, con una serie de obligaciones yderechos tanto del emisor del cheque como del girador. Según la reglamentación vigente, dentro de losestablecimientos de crédito sólo los bancos están autorizados a ofrecer una cuenta corriente a sus clientes y,por ende, a emitir chequeras.25 Los aspectos legales relacionados con la transferencia de valores se desarrollan en las secciones 4 a 8 delcapítulo 5.26 En Colombia se ha venido utilizando los términos compensación y liquidación de manera contraria acomo se utilizan en el contexto internacional. Así, liquidación se ha venido usando como el proceso anterioral descargo de la obligación surgida en una transacción del sistema de pagos y compensación se ha referidoal descargo final de la obligación y que produce el efecto de la transferencia de titularidad del valor financiero(sean fondos o valores) transferido. Está denominación ya ha comenzado a cambiarse. En concreto, en elProyecto de Ley del Mercado de Capitales ya se utiliza la terminología internacional.

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para su cumplimiento. En este sentido, los reglamentos de las bolsas de valores deben indicarlos mecanismos y procedimientos a través de los cuales se efectúa la compensación de lasoperaciones efectuadas por su conducto, así como las medidas que se adoptan en los casos deincumplimiento. Para este efecto, los valores negociados deben ser colocados por parte de lasfirmas comisionistas a disposición de las bolsas para que ellas adelanten ante el emisor lostramites necesarios para el traspaso de la titularidad.

La Resolución 1200 de 1995 en su parte tercera, título noveno, capítulos primero y segundo,establece la definición de certificado y constancia, la clase de información que deben contener,sus usos, la obligatoriedad de su expedición y el deber de información de los emisores para conel depósito centralizado de valores.

La Circular 13 de 1994 de la Superintendencia de Valores establece que los emisores debenefectuar la inscripción en el libro de registro de títulos nominativos con la fecha del día en que sereciba la información de las bolsas de valores o de los depósitos centralizados de valores.Igualmente determina que el emisor cuenta con 10 días hábiles, contados a partir del recibo dela solicitud sobre títulos nominativos, para entregar el nuevo valor a la bolsa de valores o aldepósito centralizado de valores. Asimismo, establece el plazo de 5 días hábiles pararequerimientos sobre valores al portador o a la orden. Esta circular fija un plazo de dos díashábiles, contados a partir del momento del día de la transacción, para que las bolsas de valoresefectúen los trámites pertinentes para el traspaso de la titularidad.

Por otra parte, cada una de las bolsas de valores cuenta con un reglamento para la cámara decompensación y liquidación, aprobado por la Superintendencia de Valores, en el cual se establecenlos procedimientos que deben surtir las sociedades comisionistas para la complementación delas operaciones y el cumplimiento de las mismas.

Hoy en día, respecto de los depósitos centralizados de valores se aplican los artículos 13 a 29de la Ley 27 de 1990, el Decreto 437 de 1992, el Decreto 1936 de 1995 y la Resolución 1200de 1995 expedida por el Superintendente de Valores, artículos 3.9.1.1. a 3.9.2.9. Respecto delas bolsas de valores y las sociedades comisionistas, se aplican la Ley 45 de 1990, la Ley 27 de1990, la Ley 35 de 1993, la Ley 510 de 1999, el Decreto 2969 de 1960, el Decreto 1172 de1980, el Decreto 2739 de 1991, el Decreto 2016 de 1992 (principalmente) y gran parte de lasResoluciones 400 y 1200 de 1995.

La ley 27 de 1990, en los artículos 13 al 29, autorizó la creación de sociedades administradoras dedepósitos centralizados de valores y establece como una de sus funciones la compensación yliquidación de operaciones sobre los valores depositados. Asimismo, regula el funcionamiento delos depósitos centralizados de valores, el contrato de depósito de valores, el objeto que puedetener ese contrato y su ejecución.

El Decreto 2739 de 1991, artículo 3º, en concordancia con la Ley 35 de 1993, artículo 33,inciso 3, establece que corresponde a la Sala General de la Superintendencia de Valores autorizarel funcionamiento de depósitos centralizados de valores, de sistemas de compensación y deinformación centralizada de operaciones o de mecanismos que faciliten el desarrollo del mercado.

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En noviembre de 1992, fue constituida la Sociedad Administradora del Depósito Centralizado deValores de Colombia, DECEVAL S.A., y su funcionamiento fue aprobado mediante Resolución 702de 1993 de la Superintendencia de Valores con el fin de custodiar y administrar valores inscritos enel Registro Nacional de Valores e Intermediarios (RNVI).

Con base en el Decreto 436 de 1990, la Ley 27 de 1990 artículos 13 al 29, la Ley 31 de 1992artículo 21, el Decreto 437 de 1992 y el Decreto 2520 de 1991 artículo 22, el Banco de la Repúblicapuso a disposición del sistema financiero y de los intermediarios del mercado de valores en juniode 1992 una aplicación computarizada denominada Depósito Central de Valores (DCV), para lacustodia y manejo en forma desmaterializada de títulos de deuda pública. La Superintendencia deValores, mediante Resolución No. 235 de abril 23 de 1992, aprobó el Reglamento del DCV.

En los reglamentos operativos de DECEVAL y DCV se establecen las características del sistema deanotación en cuenta, las clases de depositantes, los requerimientos y obligaciones de éstos, losservicios que ofrece el depósito a los participantes del mercado y las obligaciones del depósitofrente a cada una de éstos y las causales de terminación del contrato de depósito. ActualmenteDECEVAL no efectúa compensación y liquidación de las transacciones del mercado público devalores. El DCV efectúa la liquidación automática de las operaciones realizadas en el SEN, para locual incluye dentro del reglamento operativo la obligación por parte de los depositantes directosde tener disponibles los valores y fondos en las cuentas respectivas.

2.1.3 Derivados

El mercado de valores de productos derivados es muy incipiente en Colombia toda vez que aun noexiste un mercado organizado de futuros y opciones. En la Bolsa de Bogotá opera un sistema endonde se han negociado operaciones a plazo de cumplimiento financiero de contratos sobreindicador de tasa de cambio de pesos por dólar de los Estados Unidos de Norteamérica y sobre elindicador de rentabilidad denominado Depósito a Término Fijo (DTF) calculado para un plazo denoventa días. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Decreto 2396 de 2000 medianteel cual autoriza a los establecimientos de crédito para realizar operaciones con derivados y estableceel marco en el cual pueden operar.

No existe un marco legal especial para la compensación y liquidación de derivados. Éstas operacionesactualmente se desarrollan en el mercado y se liquidan y compensan utilizando los mismosprocedimientos establecidos para las operaciones de contado, como se describen en el capitulo6.4 más adelante.

2.1.4 Asuntos legales sobre compensación y liquidación

2.1.4.1 Compensación (neteo)

En la ley colombiana la compensación está prevista como un modo de extinción de lasobligaciones, que consiste en que cuando dos personas son deudoras una de otra se opera entreellas una compensación que extingue ambas deudas. Cuando existen varios y recíprocos

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acreedores y deudores que participan de un mismo sistema de pagos, previo acuerdo entre losmismos y siempre que la ley permita la exigibilidad de tales acuerdos, se puede efectuar unaliquidación global de los créditos y deudas hasta la concurrencia común, con el beneficio deeliminar de ese modo las numerosas operaciones de pago intermedias.

La compensación opera por el solo ministerio de la ley y aún sin conocimiento de los deudores yambas deudas se extinguen recíprocamente hasta la concurrencia de sus valores desde el momentoque una y otra reúnan las siguientes calidades:

• Que ambas deudas sean de dinero o cosas fungibles o indeterminadas de igual género ycalidad.

• Que ambas deudas sean líquidas.

• Que ambas deudas sean actualmente exigibles, es decir, que su plazo esté vencido o que lacondición a la que se hallen sujetas se haya cumplido o haya fallado.

Como se puede apreciar, en Colombia la compensación tiene validez legal y opera sólo envirtud de la ley, sin que se requiera que las partes deudoras y acreedoras recíprocamente debansolicitarla entre sí o a un tercero. Basta con que se den los tres requisitos arriba enunciados paraque ocurra.

La compensación puede ser restringida en algunos casos. Éstos comprenden la renuncia expresa otácita a la misma y la compensación que perjudique derechos de terceros. La renuncia tácita a lacompensación se produce cuando el deudor acepta sin reserva alguna la cesión que el acreedorhaga de sus derechos a un tercero, pues, en tal caso, no podrá ese deudor oponer compensación alcesionario. Otra restricción consiste en que si las deudas que se compensarán entre sí no sonpagaderas en el mismo lugar sólo procede la compensación si ambas deudas son de dinero.

2.1.4.2 Hora cero

La legislación colombiana sobre liquidación de personas jurídicas no contempla, en general, reglasde hora cero. Una vez que se dispone la misma, bien sea voluntariamente o por orden de algunaautoridad, se conforma la masa de la liquidación y todos los acreedores cuyas obligaciones seencontraban pendientes de pago deben esperar al trámite liquidatorio.

No obstante, el artículo 2490 del Código Civil contiene una regla aplicable a los concursos deacreedores, es decir, al trámite de pago de obligaciones de una persona natural que se encuentraen bancarrota. Conforme a dicha regla, los acreedores tienen derecho a pedir por vía judicial larescisión de los negocios jurídicos que el deudor a quien se abre concurso de acreedores hayacelebrado en perjuicio de ellos, para lo cual debe mediar mala fe tanto del deudor como de su co-contratante.

2.1.4.3 Documentos y firmas electrónicas

La ley 527 de 1999 le da a los mensajes de datos la virtud de servir de medio para expresar la ofertay la aceptación en la formación de contratos. Se entiende por mensaje de datos la información

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generada, enviada, recibida, almacenada o comunicada por medios electrónicos, ópticos o similares,como por ejemplo el Intercambio Electrónico de Datos, la Internet y el correo electrónico.

Los mensajes de datos serán admisibles como medios de prueba, en su calidad de documentos. Noobstante, para la valoración de la fuerza probatoria de los mensajes de datos se tienen en cuenta laconfiabilidad en la forma en la que el mensaje se haya generado, archivado o comunicado, laconfiabilidad en la forma en que se haya conservado la integridad de la información y la forma enla que se identifique a su iniciador.

En tal virtud, la firma del mensaje es un elemento que tiene una especial importancia en materia deconfiabilidad del mismo. Para tal fin, cuando el mensaje contiene una firma digital la ley presumeque el suscriptor tiene la intención de acreditar ese mensaje de datos y de ser vinculado con elcontenido del mismo. El uso de la firma digital tiene la misma fuerza y efectos que el uso de lafirma manuscrita si incorpora los siguientes atributos:

• Es única a la persona que la usa.

• Es susceptible de ser verificada.

• Está bajo el control exclusivo de la persona que la usa.

• Está ligada a la información o mensaje de tal manera que si éstos son cambiados la firmadigital es invalidada.

Dentro de este contexto, la ley también regula las entidades de certificación, una de cuyas funcioneses la de emitir certificados en relación con las firmas digitales.

2.1.4.4 Novación

El código civil colombiano, de los artículos 1687 a 1710 reglamenta la figura jurídica de novacióny la define como la sustitución de una nueva obligación a otra anterior, la cual queda, por tanto,extinguida.

2.2 PAPEL DE LAS INSTITUCIONES FINANCIERAS: PAGOS

2.2.1 El sector bancario

El Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, contenido en el decreto 663 de 1993, clasificalos establecimientos bancarios como una categoría dentro de los establecimientos de crédito.Esta misma norma define los establecimientos como instituciones financieras cuya funciónprincipal es la captación de recursos en cuenta corriente bancaria así como también la captaciónde otros depósitos a la vista o a término con el objeto primordial de realizar operacionesactivas de crédito. Dentro de la estructura del sistema financiero los establecimientos bancarioscomprenden los bancos comerciales y los bancos hipotecarios. Los primeros reciben fondos

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en depósito y usan éstos, junto con su propio capital, para efectuar préstamos, comprar odescontar pagarés, giros o letras de cambio. Los segundos prestan dinero garantizado conpropiedades raíces.

La Superintendencia Bancaria, organismo adscrito al Ministerio de Hacienda, se encarga de lasupervisión de los bancos y de todos los intermediarios del sistema en general (véase la Figura 1).

A fines de 2000 el total del sistema financiero contaba con 266 instituciones, de las cuales 73 (27.4por ciento) correspondían a establecimientos de crédito, 9 (3.4 por ciento) a entidades oficialesespeciales y 84 (31.6 por ciento) a intermediarios de seguros y reaseguros. De los establecimientosde crédito 34 correspondían a compañías de financiamiento comercial y 28 a bancos, de loscuales 5 eran bancos hipotecarios. No existen sucursales de bancos extranjeros como tal ya quepor disposición legal los bancos que deseen iniciar negocios dentro del país deben establecercapital y patrimonio propio en Colombia.

Los principales mecanismos de captación de la banca han sido las cuentas corrientes y las deahorro. En años recientes también han tomado una importancia creciente los certificados de depósitoa término (CDTs). Las cuentas corrientes y de ahorro, al igual que otros productos financieros, sehan visto afectados por el Gravamen a los Movimientos Financieros que se aplica al retiro defondos de las cuentas corrientes y de ahorro. Este impuesto se estableció desde noviembre de 1998inicialmente con una tarifa de dos por millar que después, a partir de enero de 2001, se modificóa tres por millar.

El número total de cuentas del sistema financiero ha aumentado de 20 millones en 1996 a cerca de26 millones en 2000, en gran parte debido al incremento en las cuentas de ahorro que pasaron de11 a 22 millones durante el mismo lapso. La relación M3/PIB tuvo una tendencia creciente hasta1997 (43 por ciento) pero en los últimos años ha disminuido, pasando a 39.5 por ciento para finesde 1999 y a 35.7 por ciento al finalizar el año 2000. A fines de 1999 la población con cuentacorriente se estima en el 5 por ciento y con cuenta de ahorro en el 55 por ciento,27 esta últimainducida principalmente por el creciente volumen de pagos (electrónicos) directos de nómina através de los bancos.

Finalmente, los residentes en el país, con contadas excepciones, no están autorizados para abrircuentas bancarias denominadas en moneda extranjera en las entidades financieras que operan enColombia. Las excepciones están contempladas en el artículo 71 (numeral 4) de la resolución 3 de1993 de la JDBR, en el cual se fijan las operaciones autorizadas a los intermediarios del mercadocambiario. Éste señala que estos intermediarios pueden: “Recibir depósitos en moneda extranjerade empresas ubicadas en zonas francas, empresas de transporte internacional, agencias de viaje yturismo, almacenes y depósitos francos, entidades que presten servicios portuarios y aeroportuarios,personas naturales y jurídicas no residentes en el país, misiones diplomáticas y consulares acreditadasante el Gobierno de Colombia y organizaciones multilaterales y los funcionarios de éstas últimas.Estos depósitos no requerirán registro en el Banco de la República. Asimismo, recibir depósitos enmoneda legal colombiana de personas naturales y jurídicas no residentes en el país, los cuales se

27 Publicado el 4 Marzo de 2001 en El Tiempo. Fuente: Asobancaria.

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utilizarán con sujeción a las normas cambiarias”. El número de cuentas en moneda extranjera esmuy reducido: apenas 343, según cifras disponibles al cierre del I trimestre de 2001.

Los residentes en Colombia sí están autorizados desde 1991 para mantener cuentas en monedaextranjera en el exterior. El régimen de cambios establece que las divisas que no tienen obligaciónde reintegro pueden consignarse en tales cuentas y utilizarse para realizar en el exterior inversionesfinancieras y en activos. Los titulares de estas cuentas no están obligados a registrar su apertura anteel Banco de la República ni a remitir información sobre el manejo de las mismas. Cuando lascuentas establecidas en entidades financieras del exterior se utilicen para efectuar operacionessujetas al requisito de obligatoria canalización a través del mercado cambiario deben ser objeto deregistro ante el Banco de la República (bajo el nombre de “cuentas de compensación”) y se debeenviar un reporte mensual consolidado sobre las operaciones de cambio realizadas a través deellas.

2.2.2 Otras instituciones proveedoras de servicios de pagos28

Cámaras de Compensación Automatizadas (ACH)

Desde 1997 inició operaciones una ACH privada, la ACH Colombia, de propiedad de un grupo debancos comerciales y a la cual están vinculados 22 bancos.29 Adicionalmente, en 1999 inicióoperaciones el Sistema de Compensación Electrónica Nacional Interbancaria (ACH CENIT),administrado por el Banco de la República, al cual se encuentran vinculadas 24 entidades financieras.Las dos cámaras de compensación automatizadas para operaciones tipo ACH operan con formatoNACHAM (NACHA adaptado a pesos, véase la sección 4.2.2).

Redes de Cajeros Automáticos (ATMs) y Terminales de Punto de Venta

En la actualidad en Colombia existen tres redes que administran los sistemas de cajeros automáticosy terminales de pago en punto de venta, bien sean de su propiedad o de propiedad deestablecimientos financieros: Redeban-Multicolor, resultado de una fusión realizada a mediadosde 2000; Servibanca, creada en 1985, y ATH, creada en 1991. Redeban-Multicolor se haespecializado en servicios de terminales de punto de venta mientras que Servibanca y ATH se hanconcentrado más en la administración de redes de ATMs. Las redes poseen características deinteroperabilidad.

Operadores de tarjetas de débito y crédito

En lo que concierne a tarjetas crédito, los principales actores del mercado son VISA y Mastercard,con productos débito y crédito, que expiden sus tarjetas a través de los bancos, y Diners, que emitedirectamente tarjetas de crédito únicamente. Los operadores y agentes de compensación de tarjetasde crédito son Ascredibanco (VISA) y Redeban-Multicolor (Mastercard). La tarjeta Diners es

28 Basado en Guía del Sector Financiero 1999 y 2000. Editores Medios & Medios.29 ACH Colombia originalmente comenzó como Sistema Automático de Pagos de Servibanca, creada en1995.

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administrada directamente por un banco comercial que a su vez es el único que expide dichatarjeta (ver sección 4.2.3).

Correo

En Colombia, los mecanismos de pago a través de correo no son comunes ni han sido ampliamentedesarrollados, principalmente por consideraciones de seguridad.

2.3 PAPEL DE LAS INSTITUCIONES FINANCIERAS: VALORES

2.3.1 Participantes en los mercado de valores

Los principales participantes del mercado de valores colombiano son:

Emisores: son sociedades del sector público o privado que tienen sus títulos inscritos en el RegistroNacional de Valores e Intermediarios.

Intermediarios de Valores: son todas aquellas personas naturales o jurídicas que realizan operacionesque tienen como finalidad o efecto el acercamiento de demandantes y oferentes para la adquisicióno enajenación de valores inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios. Entre ellosestán las sociedades comisionistas de bolsa, las sociedades comisionistas independientes,intermediarios vigilados por la Superintendencia Bancaria30 e intermediarios no vigilados.

Sistemas Centralizados de Información para Transacciones. Son sistemas que tienen como objetola prestación de servicios de difusión de ofertas, realización de transacciones y/o registro deoperaciones en el mercado mostrador.

Inversionistas Institucionales. Este grupo de inversionistas está conformado principalmente por losfondos de pensiones y cesantías, los fondos de valores, los fondos de inversión y los fondos fiduciarios.

Sociedades Calificadoras de Valores. Entidades especializadas en el estudio del riesgo que emitenuna opinión sobre la calidad crediticia de una emisión de títulos valores. En Colombia operan doscalificadoras de riesgos autorizadas por la Superintendencia de Valores: Duff & Phelps de ColombiaS.A. y Bankwatch Ratings de Colombia, S.A.

Depósitos Centralizados de Valores. Son entidades especializadas que reciben títulos valores paracustodiarlos y administrarlos mediante un sistema electrónico de anotación en cuenta. Su principalobjetivo es eliminar el riesgo producto del manejo de títulos físicos para los tenedores de losmismos. Adicionalmente agilizan las transacciones en el mercado y facilitan el cobro de capital yrendimientos por intereses. Actualmente operan el Deposito Centralizado de Valores (DCV) y elDepósito Centralizado de Valores de Colombia, S.A. (DECEVAL).

30 Realizan operaciones por cuenta propia, administran carteras colectivas y administran fondos fiduciarios.

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Sistemas centralizados de operaciones. Son sistemas que tienen por objeto la negociación de títulosde renta fija inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios.

2.3.2 Mercados de valores

Son entidades privadas mutualizadas cuyos accionistas son las sociedades comisionistas. Sinembargo, la Ley 510 de 1999, en el artículo 54, establece que cualquier persona natural o jurídicapuede ser accionista de las bolsas de valores, salvo que las normas que rigen a dicha persona no selo permitan. Su objeto principal es la organización y reglamentación de la negociación de todaclase de valores y operaciones susceptibles de realizarse en bolsa por parte de sus sociedadescomisionistas.

Existen en Colombia tres bolsas de valores:31 la Bolsa de Bogotá, la Bolsa de Medellín y la Bolsa deOccidente. Para el año 2000 las operaciones en millones de pesos de cada una de estas en lanegociación de títulos de renta variable fue de: $1,386,184, $1,002,897 y $507,745,respectivamente, y en la negociación de títulos de renta fija de $30,918,641, $22,300,240 y$5,151,083, respectivamente. En términos de participación del total negociado en el mercadobursátil estas cifras representan el 47 por ciento y 52 por ciento para la Bolsa de Bogotá, el 34 porciento y 38 por ciento para la Bolsa de Medellín y el 17 por ciento y 8 por ciento para la Bolsa deOccidente.

2.3.3 Instituciones de compensación y liquidación de valores

Actualmente, la compensación y liquidación de las negociaciones bursátiles se efectúa a través delas bolsas de valores. La cámara de compensación de cada una de las bolsas de valores efectúa laliquidación, realizando la transferencia de títulos en forma física o por medio de DCV o DECEVAL yla entrega de fondos por cheques o transferencia electrónica. Con relación a las operacionesrealizadas en el mercado mostrador el DCV del Banco de la República efectúa la liquidación de lastransacciones realizadas con títulos de deuda pública en el Sistema Electrónico de Negociación(SEN). La compensación y liquidación del resto de transacciones del Mercado Mostrador se realizadirectamente entre las partes que intervienen efectuándose la liquidación mediante la transferenciade los títulos por entrega física o a través de DCV o DECEVAL y con el pago de fondos por cheque otransferencia electrónica.

2.4 ESTRUCTURA DEL MERCADO Y REGULACIÓN

El mercado de capitales se puede clasificar de acuerdo con las instituciones sobre las cuales estáorganizado y con los instrumentos que se utilicen. Se llama mercado de capitales intermediadocuando la transferencia del ahorro a la inversión se hace primordialmente por medio de los bancoso de otros intermediarios tales como corporaciones financieras o fondos mutuos. Por contraste, elmercado puede llamarse desintermediado cuando dicha transferencia se hace a través deinstrumentos financieros como las acciones, los papeles de renta fija o instrumentos derivados, yasea en los mercados bursátiles o en el OTC.

31 A partir del 3 de julio de 2001 se fusionaron las tres bolsas existentes, constituyéndose la Bolsa de Colombia.

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De acuerdo con el artículo 150 de la Constitución Nacional, numeral 19, literal “d”, correspondeal Congreso dictar las normas generales y señalar en ellas los objetivos y criterios a los cualesdebe sujetarse el Gobierno Nacional para regular las actividades financieras, bursátil,aseguradora y cualquiera otra relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversión de losrecursos captados del público. A su vez el artículo 189 numeral 24 de la Constitución Nacionaldetermina que el Presidente de la República, como Jefe del Estado, Jefe del Gobierno y SupremaAutoridad Administrativa ejerce, de acuerdo con la ley, la inspección, vigilancia y control deestas actividades.

La Ley 35 de 1993, en el capítulo II artículo 10 establece que el Presidente de la República, a travésde la Superintendencias Bancarias y de Valores, dentro del ámbito de sus respectivas competencias,ejercerá la inspección, vigilancia y control sobre las personas que realizan las actividadesmencionadas en el inciso anterior.

La Ley 35, capítulo IV, artículo 33, fija que el Gobierno Nacional ejercerá por conducto del Ministeriode Hacienda las facultades de regulación ordinaria asignadas a la Superintendencia Bancaria y que

Figura 4: Estructura del mercado y regulación

Sistema financiero

Mercado monetario Mercado de capitales Mercado cambiario

Mercado decapitales bancario

Mercado de capitalesno bancario

Establecimientosde crédito

Otrosintermediarios

Mercadoacciones

Mercadorenta fija

Mercadoderivados

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adoptará las normas de intervención en el Mercado Público de Valores por conducto de la SalaGeneral de la Superintendencia de Valores y del Superintendente de Valores (ver sección 2.1).

2.5 PAPEL DEL BANCO CENTRAL

2.5.1 Política monetaria y otras funciones

La condición del Banco de la República (BR) como banco central de Colombia está plasmada en laConstitución Política de 1991 y su actividad y la de su Junta Directiva32 (JDBR) se encuentranreguladas en la Ley 31 de 1992.

En cuanto a la estructura organizacional del Banco de la República a su cabeza se encuentran laJDBR y la Gerencia General. De esta última se desprenden las Gerencias Técnicas y Ejecutiva. LaGerencia Técnica comprende las Subgerencias de Estudios Económicos y Monetaria y de Reservas,mientras que la Ejecutiva abarca las Subgerencias de Operación Bancaria, Informática, Industrial,Administrativa, Cultural y de Seguridad y Control Interno, además de cuatro dependencias directas(departamentos Jurídico, de Planeación y Presupuesto y Comunicación Institucional y la Unidadde Control Disciplinario Interno). De las ocho Subgerencias mencionadas se desprenden treinta yseis (36) dependencias más (departamentos y unidades).

A nivel nacional el BR presta toda la gama de sus servicios bancarios y de Tesorería en dieciochosucursales ubicadas en las principales ciudades del país, cuya operación es coordinada desde laOficina Principal ubicada en Bogotá. En otras nueve sucursales se prestaron dichos servicios hastafinales de la década (1999/2000), pero desde entonces se restringieron sus funciones únicamentea las relacionadas con el área cultural (bibliotecas y otros). Actualmente la planta del BR estáconformada por tres mil empleados aproximadamente.

La Constitución prevé como funciones básicas de la banca central las de regular la moneda, loscambios internacionales y el crédito, emitir la moneda legal, administrar las reservas internacionales,ser prestamista de última instancia y banquero de los establecimientos de crédito y servir comoagente fiscal del gobierno. Asimismo la Constitución erige a la JDBR en autoridad monetaria,cambiaria y crediticia.

En lo que concierne al manejo de la liquidez, la ley indica que al Banco de la República lecorresponde estudiar y adoptar las medidas monetarias, crediticias y cambiarias para regular lacirculación monetaria y, en general, la liquidez del mercado financiero y el normal funcionamientode los pagos internos y externos de la economía, velando por la estabilidad del valor de la moneda.

32 La JDBR está conformada por siete miembros con un voto cada uno: el Ministro de Hacienda y CréditoPúblico, cinco miembros de dedicación exclusiva y el Gerente General del Banco nombrado por los anteriores.Los miembros de dedicación exclusiva y el Gerente General tienen períodos fijos de cuatro años, prorrogablespor dos veces más. Dos de los cinco miembros de dedicación exclusiva son reemplazados por el Presidentede la República cada cuatro años una vez transcurrida la mitad del período presidencial. Asimismo, losmiembros de dedicación exclusiva de la Junta reunidos en el Consejo de Administración constituyen elmáximo órgano administrativo del Banco y tienen a su cargo la adopción de las políticas de administracióny la correcta ejecución de las funciones de esta entidad de acuerdo con la Ley y los Estatutos.

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Este objetivo lo cumple mediante, entre otras acciones, la realización de operaciones en el mercadoabierto, el otorgamiento de apoyos transitorios de liquidez a los establecimientos de crédito y laintervención en el mercado de divisas como comprador o vendedor de las mismas.

Las operaciones en el mercado abierto se efectúan mediante la compra o venta, definitiva o transitoria,de bonos de deuda pública (véase la sección 7.3). Las operaciones se celebran entre el BR y losagentes colocadores de operaciones de mercado abierto, categoría a la cual pertenecen losestablecimientos de crédito y los fondos de pensiones. Las operaciones en el mercado abierto serealizan mediante los mecanismos de subasta con cupo limitado (revisado periódicamente por lasautoridades) y de ventanilla (operaciones con cupo ilimitado que se realizan a una tasapreanunciada).

En cuanto a los apoyos transitorios de liquidez que el Banco de la República, por mandatoconstitucional, otorga a los establecimientos de crédito, éstos se otorgan mediante contratos dedescuento o redescuento de títulos valores de contenido crediticio o de otros títulos a los cuales seles apliquen tales reglas, siempre y cuando sean de contenido crediticio.

Respecto a la intervención en el mercado de divisas ésta se realiza con los intermediarios delmercado cambiario.33 El Banco de la República realiza las operaciones de compra y venta dedivisas mediante subastas de venta de opciones de venta (put) de dólares (derecho a vender dólaresal BR) y subastas de venta de opciones de compra (call) de dólares (derecho a comprar dólares alBR). Dichas operaciones se efectúan como mecanismo para acumular reservas internacionales ocomo mecanismo para el control de la volatilidad del tipo de cambio (véase la sección 7.4).

Asimismo, la JDBR tiene funciones de regulación que inciden directa o indirectamente en la liquidez,tales como la reglamentación del encaje bancario y de la posición propia mínima y máxima enmoneda extranjera, la determinación de límites temporales de tasas máximas, tanto activas comopasivas, de intereses remuneratorios de las instituciones financieras, así como de límites temporalesal crecimiento de las operaciones activas de las mismas instituciones, la determinación de lascondiciones financieras de los bonos públicos y la regulación de las operaciones de cambiosinternacionales.

De las anteriores funciones, la única que tiene una conexión directa con dineros manejados por elBanco de la República es el encaje o reserva bancaria al que están obligados todos losestablecimientos de crédito y que consiste en mantener una proporción de sus pasivos en su cuentaen el Banco de la República o en efectivo en caja.34 Desde 1998 el Banco de la República reconoceuna remuneración parcial sobre el encaje obligatorio (véase la sección 7.3.3).

33 Son intermediarios del mercado cambiario los bancos comerciales, los bancos hipotecarios, lascorporaciones financieras, las compañías de financiamiento comercial, la Financiera Energética Nacional(FEN), el Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. (BANCOLDEX), las cooperativas financieras, lassociedades comisionistas de bolsa y las casas de cambio, cada uno de ellos según las operaciones que estánautorizados a realizar de acuerdo a la Sección II de la Resolución Externa 8 de 2000 de la JDBR.34 En la actualidad el porcentaje de encaje mantenido sobre las cuentas corrientes es de 13 por ciento, sobrelas cuentas de ahorro 6 por ciento y sobre los títulos de plazo inferior a 18 meses 2.5 por ciento. Los demásestán exentos. El encaje se calcula con promedios bisemanales de saldos de reserva y pasivos sujetos aencaje.

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En relación con el Gobierno Nacional, el Banco de la República tiene las siguientes atribuciones:i) actuar, a solicitud del Gobierno, como agente fiscal en la contratación de créditos externose internos y en aquellas operaciones que sean compatibles con las finalidades del Banco; ii)otorgar créditos o garantías a favor del Estado en las condiciones previstas en el artículo 373de la Constitución Política35; iii) recibir de la Nación y de las entidades públicas fondos endepósito; iv) servir como agente del Gobierno en la edición, colocación y administración enel mercado de los títulos de deuda pública; v) prestar al Gobierno Nacional y otras entidadespúblicas que la JDBR determine, la asistencia técnica requerida en asuntos afines a la naturalezay funciones del Banco de la República. Estas funciones son cumplidas por el Banco previacelebración de los contratos correspondientes con el Gobierno Nacional o las demás entidadespúblicas.

Finalmente, en cuanto a su función de administración, el Banco de la República administra lasreservas internacionales conforme al interés público, al beneficio de la economía nacional y con elpropósito de facilitar los pagos del país en el exterior. Asimismo, desarrolla con los organismosfinancieros internacionales las relaciones derivadas de sus funciones de banca central o que facilitenlas operaciones internacionales de pago y crédito.

2.5.2 Sistema de pagos

El Banco de la República se encuentra autorizado por ley para desarrollar actividades que serelacionan con el sistema de pagos. Es así como en la actualidad administra un depósito de valores,un sistema electrónico de negociación de valores, el servicio de compensación interbancaria decheques, una ACH y maneja las cuentas de depósito de las entidades autorizadas para realizaroperaciones con el Banco de la República.

Sin perjuicio de lo anterior, es importante anotar que la ley autoriza a los establecimientos decrédito a participar en la organización de cámaras compensadoras de cheques que se constituyancomo sociedades de servicios técnicos y administrativos, sujetas a la supervisión de laSuperintendencia Bancaria. En consecuencia, el servicio de compensación que actualmente prestael Banco de la República puede tener competencia por los particulares. Lo mismo sucede con eldepósito de valores del Banco de la República, que también tiene su contraparte privada. Es decir,en la prestación de servicios de pagos no existe un monopolio por parte del Estado.

Siendo consistente con sus responsabilidades como autoridad monetaria y de contribución a laestabilidad financiera, y como directo administrador del sistema de pagos de alto valor y de lasmencionadas aplicaciones de bajo valor, el Banco de la República efectúa un permanenteseguimiento al funcionamiento de tales sistemas, específicamente analizando la evolución y losriesgos inherentes a los mismos. El seguimiento se concentra en la evaluación de las estadísticas deoperación y a través de diversos mecanismos de intercambio de ideas e inquietudes con los usuariose intermediarios financieros. Con respecto a los servicios en los que actúa como directo administrador

35 “…Las operaciones de financiamiento a favor del Estado requerirán la aprobación unánime de la JuntaDirectiva, a menos que se trate de operaciones de mercado abierto. El legislador, en ningún caso, podráordenar cupos de crédito a favor del Estado o de los particulares.”

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de sistemas, el BR logra sus objetivos de regulación y control mediante la suscripción de contratosbilaterales con todos los usuarios, y por otro lado, mediante la coordinación con el sector privado(“moral suasion”). Mediante los contratos sobre los servicios prestados, se establecen de formaexplícita las obligaciones y responsabilidades de las partes, así como las condiciones de operaciónde cada mecanismo de pago y los regímenes de tarifas y sanciones propios de cada sistemaadministrado por el Banco.

El Banco de la República participa en la provisión de servicios desde comienzos de la década delos noventa con el objetivo de contribuir a la modernización del sistema de pagos en Colombia,específicamente mediante el desarrollo de nuevas y más sofisticadas aplicaciones sistematizadasy la prestación de servicios electrónicos enfocados a facilitar y hacer más seguras, eficientes yeconómicas las operaciones que efectúan los intermediarios financieros y del mercado decapitales. Asimismo, se ha perseguido esencialmente un objetivo de apoyo al sector privado parapromover la eficiencia y la competitividad.

La primera aplicación que se desarrolló fue el Depósito Central de Valores (DCV), que empezó afuncionar desde 1992 y opera bajo el principio entrega contra pago (ECP) desde 1993 y liquidaciónbruta en tiempo real (LBTR) desde 1998, ajustándose actualmente al Modelo 1 referenciado por elCPSS del BIS. El DCV recibe en depósito y administración los títulos que emita, garantice o administreel Banco de la República, así como los valores que constituyen inversiones forzosas o sustitutivas acargo de las entidades sujetas a la supervisión de la Superintendencia Bancaria, distintos de acciones.El DCV ha tenido un profundo impacto en el desarrollo, modernización y profundización del mercadode capitales en Colombia y, en especial, en el mercado de deuda pública.

El servicio de cuentas de depósito en moneda nacional, que constituye el mecanismo detransferencias de alto valor, se presta desde 1992 a personas jurídicas públicas o privadas querequieren realizar operaciones con el BR. Para la apertura de una cuenta de depósito se debesuscribir un contrato de depósito con el BR. Las cuentas son de cobertura nacional, con control desaldo en línea. Desde Julio de 1998 toda operación que cursa por este sistema debe ajustarse alprincipio de liquidación bruta en tiempo real (LBTR), de forma que si la entidad originadora notiene suficientes fondos en su cuenta la orden de pago es rechazada.

Para permitir la conexión en línea y tiempo real de los intermediarios financieros y de valores conel BR se puso en funcionamiento el sistema SEBRA (Servicios Electrónicos del Banco de la República),que es el portal de ingreso remoto a sus aplicaciones electrónicas que permite la comunicacióncon el BR para realizar las operaciones de manera ágil, segura y eficiente, eliminando las instruccionesen papel.

Posteriormente, en1994 se adicionaron al sistema otros servicios. Uno es el módulo de subastaspara las operaciones de mercado abierto, compras y ventas de títulos de deuda pública y operacionesde reporto con el BR. También se adicionó el Sistema Electrónico de Negociación (SEN) en1998,que está interconectado con el DCV para permitir el cumplimiento automático de las operacionesde compra y venta transitoria o definitiva de títulos depositados en éste. En 1999 se instalaron elsistema nacional de compensación electrónica de cheques (CEDEC) y la cámara de compensaciónelectrónica nacional interbancaria automatizada (CENIT).

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En lo que concierne al papel que cumple el Banco de la República en la vigilancia del sistema depagos, como se mencionó anteriormente se efectúa un permanente seguimiento alcomportamiento del sistema de pagos. Sin embargo, ni la Constitución Nacional ni la Ley Orgánicadel Banco de la República tienen precisiones legales específicas sobre la función de vigilanciadel sistema de pagos. El objetivo que se persigue con esta labor de seguimiento es el velar por laestabilidad financiera. La actuación del Banco de la República en los años 90 mediante la provisióndirecta de servicios de pagos ha perseguido esencialmente el objetivo de incrementar la eficienciay competitividad del sector financiero en el marco del sistema de pagos y, en consecuencia, dela actividad económica.

Los principales instrumentos para llevar a cabo esta función son contactos bilaterales y disuasiónmoral. Hasta ahora, el BR no ha ejercido su facultad de regular los sistemas de pagos. Adicionalmente,el BR no efectúa inspecciones in situ ni tampoco aplica sanciones más allá de las previstas en loscontratos bilaterales. El BR recoge estadísticas de los sistemas que administra y cuenta conmecanismos para consultar con los participantes en caso de cambios en la operativa del sistema.Existen mecanismos de cooperación permanente entre las autoridades relevantes del sistemafinanciero (BR, Superintendencia Bancaria, Superintendencia de Valores, FOGAFIN) para elseguimiento del sistema de pagos. Sin embargo, no existe un marco legal formal para estacooperación.

Por otra parte, cabe señalar que el Banco de la República no regula los requisitos y condicionespara otorgar a los intermediarios financieros (u otro agente económico) permisos de proveer serviciosde pago. De hecho, los administradores de los sistemas de tarjeta débito, tarjetas crédito, ACHsprivadas, etc., están vigiladas por la Superintendencia de Sociedades. No hay reglas específicaspara sancionar comportamientos incorrectos de los participantes del sistema. La protección alconsumidor está bajo el control de la Superintendencia de Industria y Comercio.

2.6 PAPEL DE LA AUTORIDAD SUPERVISORA BANCARIA

La Superintendencia Bancaria es un organismo de carácter técnico adscrito al Ministerio de Hacienday Crédito Público que, en su calidad de autoridad de supervisión de la actividad financiera,aseguradora y previsional, tiene a su cargo el cumplimiento de los siguientes objetivos:

• Asegurar la confianza del público en el sistema financiero, asegurador y previsional, y velarporque las instituciones que lo integran mantengan permanente solidez económica ycoeficientes de liquidez apropiados para atender sus obligaciones. Para tal efecto laSuperintendencia Bancaria le da prioridad a la detección temprana de los diferentes riesgos,tanto de carácter financiero como operacionales y del sistema de pagos, con el objeto demantener la estabilidad del sistema financiero y asegurar que las crisis, individuales osistémicas, no impidan al sector cumplir con sus funciones.

• Supervisar de manera integral las actividades de las entidades sometidas a su control yvigilancia no sólo respecto del cumplimiento de las normas y regulaciones de tipo financiero,sino también en relación con las disposiciones de tipo cambiario. En este sentido, la columnavertebral de la Superintendencia Bancaria es el área de inspección a cuyo cargo está elfortalecimiento del esquema de supervisión de las entidades.

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• Supervisar las actividades que desarrollan las entidades sometidas a su control y vigilanciacon el objeto de velar por la adecuada prestación del servicio financiero, asegurador yprevisional. Esto es que su operación se realice en condiciones de seguridad, transparenciay eficacia. Un corolario de lo anterior es que los clientes del sector deben disponer deinformación adecuada sobre precios y calidades de los servicios ofrecidos. La provisión deinformación debe ser oportuna, confiable y precisa por parte tanto de la SuperintendenciaBancaria como de las entidades vigiladas.

• Evitar que las personas no autorizadas conforme a la ley ejerzan actividades exclusivas delas entidades vigiladas.

• Prevenir situaciones que puedan derivar en la pérdida de confianza del público, protegiendoel interés general y, particularmente, el de terceros de buena fe.

• Supervisar en forma comprensiva y consolidada el cumplimiento de los mecanismos desupervisión prudencial que deban operar sobre tales bases, en particular respecto de lasfiliales en el exterior de los establecimientos de crédito.

• Procurar que en el desempeño de las funciones de inspección y vigilancia se dé la atenciónadecuada al control del cumplimiento de las normas que dicte la Junta Directiva delBanco de la República.

• Velar porque las entidades sometidas a su supervisión no incurran en prácticas comercialesrestrictivas del libre mercado y desarrollen su actividad con sujeción a las reglas y prácticasde la buena fe comercial. Asimismo, con el ánimo de asegurar la transparencia y controlarlos conflictos de interés, la Superintendencia establece reglas que propenden por asegurarla confianza del público en el sistema financiero, asegurador y previsional y la igualdad decondiciones entre los intermediarios.

• Fijar reglas de conducta claras que impidan la generación de situaciones en las cuales realo potencialmente resulten afectadas la seguridad, igualdad de oportunidades ycompetitividad que deben primar en el mercado.

• Adoptar políticas de inspección y vigilancia dirigidas a permitir que las instituciones vigiladaspuedan adaptar su actividad a la evolución de sanas prácticas y desarrollos tecnológicosque aseguren un desarrollo adecuado de las mismas.

• Velar por la adecuada protección al Consumidor.

2.6.1 Entidades supervisadas

Le corresponde la vigilancia e inspección de los establecimientos de crédito, las entidadesaseguradoras, los intermediarios de seguros y reaseguros, las sociedades de servicios financieros,

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las entidades administradoras de fondos de pensiones y cesantías, las sociedades de capitalización,los intermediarios del mercado cambiario y las instituciones oficiales especiales36.

2.6.2 Mecanismos de supervisión

La supervisión in situ es el mecanismo a través del cual la Superintendencia logra el cumplimientode sus objetivos. Periódicamente ésta realiza visitas a las entidades vigiladas con el fin de evaluarlos riesgos crediticios, de mercado, operativos y del sistema de pagos que puedan enfrentar con elfin de prevenir crisis sistémicas o individuales. La supervisión extra situ complementa la tarea deinspección realizada por la Superintendencia. A partir de adecuados instrumentos de supervisiónde escritorio (extra situ) se deben establecer alertas que permitan priorizar la labor de supervisióndirectamente en las entidades (in situ).

El Estatuto orgánico del Sistema Financiero recoge como estándares mínimos de comportamientolas recomendaciones que establece el Comité de Basilea, llegando incluso a proponer topes másestrictos en algunos casos. Entre éstos se puede mencionar una relación de solvencia o índice decapitalización del 9 por ciento (relación de activos ponderados por riesgo a patrimonio técnico),superior al 8 por ciento que sugiere el Comité de Basilea.

Recientemente se estableció un sistema de indicadores de comportamiento por medio del cual secaptura con suficiente oportunidad algunas señales anticipadas que ayuden a establecer potencialesdificultades en la evolución, resultados, calidad de activos y calidad de la gestión de losestablecimientos de crédito. Estos indicadores son una herramienta adicional para prevenir eldeterioro de las instituciones y medir los resultados de las correcciones que se imponen a lasvigiladas.

Recuadro 1: El Fondo de Seguro de Depósitos (FOGAFIN)

Fondo de Garantías de Instituciones Financieras

El Fondo de Garantías de Instituciones Financieras (FOGAFIN) creado por el artículo 1º de la Ley117 de 1985, es una persona jurídica autónoma de derecho público y de naturaleza únicasometida a la vigilancia de la Superintendencia Bancaria.

Su objeto general es la protección de la confianza de los depositantes y acreedores en lasinstituciones financieras inscritas preservando el equilibrio y la equidad económica e impidiendoinjustificados beneficios de cualquier naturaleza a los propietarios y administradores causantesde perjuicio al sistema.

Las funciones asignadas a este fondo son las siguientes:

36 Corresponden a esta categoría el BR, el FOGAFIN, el Banco de Comercio Exterior, FONADE, FINDETER, laFEN, FINAGRO, ICETEX, y el Fondo Nacional del Ahorro.

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• Servir de instrumento para el fortalecimiento patrimonial de las instituciones inscritas.

• Participar transitoriamente en el capital de las instituciones inscritas.

• Procurar que las instituciones inscritas tengan medios para otorgar liquidez a los activosfinancieros y a los bienes recibidos en pago.

• Organizar y desarrollar el sistema de seguro de depósito y, como complemento de aquél,el de compra de obligaciones a cargo de las instituciones inscritas en liquidación o el definanciamiento a los ahorradores de las mismas.

• Adelantar los procesos liquidatorios originados en medidas administrativas de liquidaciónadoptadas por la Superintendencia Bancaria, para lo cual se observarán las normas queregulen tales procesos.

• En los casos de toma de posesión, designar a los agentes especiales de institucionesfinancieras.

Deben inscribirse en el FOGAFIN, previa calificación hecha por éste, bancos, corporacionesfinancieras, compañías de financiamiento comercial, corporaciones de ahorro y vivienda,sociedades administradoras de fondos de pensiones y las demás entidades cuya constitución seaautorizada por la Superintendencia Bancaria y respecto de las cuales la Ley establezca la existen-cia de una garantía por parte del FOGAFIN.

El valor máximo asegurado actualmente por concepto de seguro de depósito es de $20millones (aproximadamente USD 8,700 a junio de 2001) por acreencia, cualquiera que seael número de titulares de la misma. El mismo valor se aplica por persona, independiente-mente del número de acreencias de las cuales sea titular. Sobre el valor asegurado quereconozca el fondo se aplica un deducible del 25 por ciento.

Las entidades financieras inscritas en FOGAFIN deben pagar una prima básica por seguro dedepósito del 0.6 por ciento del monto de pasivos a cargo a partir del 1 de enero de 2001, la cualse reducirá a 0.5 por ciento a partir de enero de 2002 y al 0.3 por ciento a partir de enero de2007. La forma de pago es anticipada por trimestre. El Fondo aplica un sistema de devolución deprima y de cobro de prima adicional dependiendo de la calificación que se asigne a cada entidadfinanciera, tomando como referencia un conjunto de indicadores de desempeño de la situaciónfinanciera de cada entidad. Dicha calificación se otorga en un rango de 1 (la más baja) a 5 (lamás alta). La Resolución 5 de 2000 del Fondo estipula las condiciones y la fórmula aplicablepara el porcentaje de devolución o de pago adicional de prima que cada entidad debe pagarrespecto al monto total de primas pagadas durante el año inmediatamente anterior.

2.7 MEDIDAS CONTRA EL LAVADO DE DINERO

Durante la década de los noventa Colombia desarrolló una estrategia de amplio alcance en lossectores público y privado de concientización sobre los efectos perversos del lavado de activos y su

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estrecha relación con el fortalecimiento de organizaciones criminales. Paralelamente se inició laconstrucción de un andamiaje jurídico que llevó al Estado Colombiano a aceptar una serie derecomendaciones internacionales para cumplir con los estándares mínimos adoptados en nacionesdesarrolladas orientados a la prevención y control de este delito. A continuación se describen lasacciones de carácter internacional y legal y las iniciativas del sistema financiero y de las autoridadesmás importantes con relación al tema.

2.7.1 Acciones internacionales

El Estado Colombiano ha formalizado una serie de acciones y recomendaciones a través de acuerdosy convenios internacionales, entre los cuales se destacan los siguientes:

• Adopción de los conceptos involucrados en la Convención de Viena de 1988 y en laDeclaración de Principios contra el Lavado de Activos emitida por el Comité de Basileapara la Supervisión Bancaria ión Bancaria y las Prácticas de Supervisión en diciembre de1988, entre los que se destacan la consagración del lavado de activos como delito autónomo,el diseño de la política de “Conocimiento del Cliente” y el registro y control de lasoperaciones en efectivo.

• Participación de Colombia en la materialización de un proyecto de ley que enmarca lapenalización del lavado de activos, la confiscación y la regulación del sistema financiero(Comisión Interamericana Contra el Abuso de Drogas, CICAD-OEA).

• Acuerdos generales de cooperación vigentes celebrados con Argentina, Brasil, Canadá,Chile, Ecuador, Federación Rusa, Honduras, Jamaica, México, Paraguay, Perú, RepúblicaPopular China, República Dominicana y Venezuela.

• Acuerdos específicos de cooperación con los Estados Unidos para reprimir el tráfico ilícitopor mar y el lavado de activos, con Venezuela para reprimir el lavado de activos y con laUnión Europea, Brasil y Venezuela para reprimir el tráfico y el desvío de sustanciasprecursoras.

• En el marco de la Organización de Estados Americanos (OEA) Colombia propuso en 1995la celebración de una Convención Multilateral contra el lavado de dinero. Desde entoncesColombia ha dejado sentada en cada oportunidad su posición sobre la necesidad de adoptarinstrumentos vinculantes en la materia y mecanismos de evaluación multilaterales efectivosque, entre otros efectos, eviten las calificaciones unilaterales en la materia.

• Colombia solicitó ser admitida como miembro organizador del Grupo de Acción Financierade Sudamérica Contra el Lavado de Activos (GAFISUD). La presidencia de este nuevoorganismo fue ofrecida al país para el período de 2000–2001.

• La Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), que es una Unidad AdministrativaEspecial adscrita al Ministerio de Hacienda de Colombia, ingresó al Grupo Egmont, quereúne diferentes unidades de inteligencia financiera de varios países. Igualmente, la UIAF

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ha firmado acuerdos de cooperación con las unidades de esta naturaleza de España, Francia,Portugal, Venezuela y Brasil.

• Participación de la Asociación Bancaria de Colombia en el IX Período de Sesiones delGrupo de Acción Financiera Internacional, GAFI, celebrado en Bruselas en junio de 1998,en donde se presentó una ponencia sobre el tema.

2.7.2 Acciones legales

El Estado Colombiano ha expedido una serie de normas específicas respecto al control al lavado deactivos las cuales se describen a continuación:

• Decreto 1872 de 1992: la primera norma específicamente orientada a combatir el lavadode activos en la que se establecen los controles dirigidos al sector financiero.

• Decreto 02 de 1993: complementa el decreto anterior.

• Decreto 663 de 1993, Estatuto Orgánico del Sistema Financiero: crea un capítulo sobre la“Prevención de Actividades Delictivas” donde se incorpora el decreto 1872. A partir deeste marco legal la Superintendencia Bancaria ha expedido una serie de normas dirigidas atodas sus entidades vigiladas concernientes a implementar un Sistema Integral de Prevenciónal Lavado de Activos (SIPLA) que contempla los siguientes aspectos: conocimiento del clientey del mercado, segmentación del mercado, diseño de señales de alerta, implementaciónde niveles importantes de desarrollo tecnológico, detección de operaciones inusuales, reportede operaciones sospechosas, registro y control a las transacciones en efectivo y reporte a laSuperintendencia Bancaria, adopción de un código de conducta y designación de un oficialde cumplimiento.

• Circular Externa 061 de 1996 de la Superintendencia Bancaria: se establece un SistemaIntegral de Prevención al Lavado de Activos (SIPLA).

• Ley 190 de 1995, Estatuto Anticorrupción: modifica el delito de “receptación” para queabarque las conductas del lavado de activos y extiende las normas de control a las entidadesvigiladas por la Superintendencia de Valores.

• Ley 365 de 1997: modifica el delito de “receptación” y crea los delitos de Lavado de Activosy de Omisión de Control y aumenta las penas y las sanciones relacionadas con estos delitos.

• Decreto 1890 de 1998: crea la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF).

• Circular Externa 012 de 1999 de la Superintendencia Bancaria: modifica la Circular Externa061 de 1996 en relación con los reportes de operaciones sospechosas y periodos de reportes,entre otros.

• Ley 526 de 1999: reglamenta la creación de la Unidad de Información y Análisis Financiero(UIAF).

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• La Resolución Externa 8 de la Junta Directiva del Banco de la República y la CircularReglamentaria Interna DCIN-31 del Departamento de Cambios Internacionales de la mismaentidad: si bien estas normas no están enfocadas a prevenir y controlar el lavado de activos,refuerzan la seguridad, transparencia y confiabilidad de las operaciones relacionadas conla materia cambiaria.

2.7.3 Acciones del sistema financiero

• La Junta Directiva de la Asociación Bancaria creó y expidió el Código de Conducta uniformede sus miembros para adelantar una efectiva lucha contra las diferentes formas decriminalidad que amenazan a las instituciones financieras y garantizar la existencia de unentorno ético de acuerdo a su función de detección, prevención y represión del movimientoilícito de capitales.

• La Asociación Bancaria creó el Comité de Administración de Riesgo, el cual responde a lanecesidad del sector de tener un tratamiento especializado para enfrentar los diferentesriesgos propios de la actividad financiera de las instituciones en relación con el lavado deactivos.

• Se aprobó la Declaración de Principios y Acciones del Sector Financiero frente al Lavadode Activos, que reitera la posición gremial para prevenir la utilización indebida del sectorfinanciero en el ocultamiento y manejo de los dineros provenientes de actividades ilícitasy se aboga por acciones de autorregulación del comportamiento de las institucionesfinancieras y sus funcionarios.

• La Asociación Bancaria creó el Comité de Oficiales de Cumplimiento en el que se discutenlos temas de actualidad y de interés general en materia de Lavado de Activos y se tomanacciones correspondientes.

• Se aprobó el Acuerdo Interbancario de Capacitación sobre el Lavado de Activos que entróen ejecución a partir de febrero de 1997 y que a la fecha ha cubierto aproximadamente a60,000 empleados del sector.

• Se adoptó el Acuerdo Interbancario de “Conocimiento del Cliente”.

• Con el objeto de asegurar el cumplimiento de los acuerdos interbancarios, y en un esfuerzode autocontrol correspondiente al grado de autorregulación desarrollado al interior delGremio, se creó la Comisión de Seguimiento integrada por cinco miembros de la JuntaDirectiva en representación de cada uno de los tipos de entidades vinculadas a la AsociaciónBancaria de Colombia.

• La Asociación Bancaria, en nombre de las entidades del sector financiero, participó a manerade observador en la reunión de constitución del Grupo de Acción Financiera de SudaméricaContra el Lavado de Activos (GAFISUD) en diciembre de 2000 en Cartagena de Indias,manifestándose el interés del sector financiero colombiano de cooperar en las iniciativas

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gubernamentales de la región que impulsen acciones específicas en contra del lavado deactivos.

2.7.4 Acciones de las autoridades y agremiaciones

• Las autoridades han diseñado e implementado mecanismos ágiles y confiables decolaboración, intercambio y apoyo tendientes a combatir y prevenir el lavado de activos.

• La Fiscalía General de la Nación, mediante Resolución Interna, creó la Unidad Nacionalpara la Extinción de Dominio y contra el Lavado de Activos (UNCLA).

• El Ministerio de Justicia y Derecho creó la Dirección de Políticas de Drogas y Estupefacientes.

• El Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) y la Dirección de la Policía Judicial(DIJIN) iniciaron procedimientos de coordinación ante la UNCLA de la Fiscalía General dela Nación para trabajar conjuntamente y articular actividades de investigación entre estosentes.

• La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha desarrollado estrategias para elcontrol a las casas de cambio y al contrabando.

• Las Superintendencias Bancaria, de Valores, de Sociedades, de Economía Solidaria y Nacionalde Salud han implementado mecanismos de control para evitar que los entes vigiladossean utilizados como instrumento para el lavado de activos.

2.7.5 Resultados

Son muchos los frentes en los que Colombia muestra resultados contundentes en la lucha contralas drogas y el lavado de activos. Respecto a este último, por ejemplo, durante 1999 laSuperintendencia Bancaria realizó 69 visitas de inspección a diversas entidades financieras, incluidaslas casas de cambio, y colaboró en la obtención de información relevante en los procesos deinvestigación de cerca de 2,500 cuentas. Se impusieron cinco multas institucionales porincumplimiento de controles al lavado de activos por valor de USD 32,000. En 2000 visitó otras 68entidades e impuso sanciones a tres instituciones y cuatro personas, por valor de USD 41,000. Porsu parte, la Superintendencia de Sociedades remitió a la Fiscalía General de la Nación 22 procesospor incumplimiento de normas en esta materia.

Otra entidad con competencias por infracciones cambiarias relacionadas con el lavado de activoses la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, la cual tramitó 1,180 expedientes por indebidacanalización de divisas, ingreso o egreso, compra o venta indebida, e impuso sanciones por másde USD 24,000,000 entre abril de 1998 y diciembre de 2000. Adicionalmente, efectuó retencionespor más de USD 7,000,000 de dineros no declarados por los viajeros en los aeropuertos.Finalmente, la Dirección de Estupefacientes remitió a la Fiscalía y los juzgados más de 90 procesos

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de extinción del derecho de dominio, habiéndose decretado 58 resoluciones de procedencia y12 sentencias, que han afectado cerca de 7,600 inmuebles, casi 2,200 bienes muebles y 320sociedades.37

2.8 PAPEL DEL REGULADOR DE VALORES

La Superintendencia de Valores (antiguamente Comisión Nacional de Valores) es un organismogubernamental de carácter técnico adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público que tienecomo fines particulares organizar, regular y promover el mercado público de valores y efectuar elseguimiento y supervisión de los agentes que actúan en dicho mercado. El Decreto 1608 de 2000reestructuró la Superintendencia de Valores y en su artículo 8 estableció el siguiente organigrama(ver figura 5). La Sala General de la Superintendencia de Valores es un cuerpo colegiado encargadode cumplir las funciones de regulación a que se refiere el artículo 33 de la Ley 35 de 1993.

Mediante Decreto 1608 de 2000 se reestructuró la Superintendencia de Valores y se incluyó dentrode las entidades sujetas a su vigilancia e inspección las asignadas mediante la ley 510 de 1999. Eneste sentido, quedaron sujetas a la inspección y vigilancia de la Superintendencia de Valores las

37 Cifras tomadas de Ministerio de Justicia – Dirección Nacional de Estupefacientes, “La lucha de Colombiacontra las drogas ilícitas – Acciones y Resultados 1999-2000.

Figura 5: Organigrama de la Superintendencia de Valores

Sala General

Superintendenciade Valores

Oficina deControl Interno

Oficina Asesorade Planeación

Oficina Asesorade Jurídica

SuperintendenteDelegado para Emisiones

Superintendente Delegado paraPromoción y Desarrollo del Mercado

Superintendente Delegado paraInspección y Vigilancia de Mercado Secretaría General

DivisiónOfertasPúblicas

DivisiónRNVIa

DivisiónEmisiones

DivisiónDesarrolloMercado

DivisiónEstudios

Económicos

DivisiónPromociónMercado

DivisiónIICb

DivisiónBolsasValores

DivisiónAdmitiva.

Finan.

DivisiónRR. HH.

DivisiónSistemasEstadíst.

a RNVI: Registro Nacional de Valores e Intermediarios.b IIC: Instituciones de Inversión Colectiva.

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bolsas de valores, bolsas de futuros y opciones, los intermediarios que actúen en estas últimasbolsas y sociedades que realicen la compensación y liquidación de contratos de futuros, opcionesy otros, los comisionistas de bolsa, los comisionistas independientes de valores, las sociedadesadministradoras de fondos de inversión, las sociedades administradoras de depósitos centralizadosde valores, las sociedades calificadoras de valores, los fondos mutuos de inversión que al 31 dediciembre de cada año registren activos iguales o superiores a cuatro mil salarios mensuales legalesvigentes a la fecha del respectivo corte y los fondos de garantías. Asimismo, el Decreto 1608 de2000 reafirmó la función de control de la Superintendencia de Valores, en desarrollo de la cualdeberá velar por la calidad, oportunidad y suficiencia con que los emisores de valores debensuministrar y presentar información al público y cuidar que quienes participen en el mercadopúblico de valores ajusten sus operaciones a las normas que lo regulan.

En cuanto a la compensación y liquidación de valores (véase el capítulo 8), la Superintendencia deValores fija y supervisa las reglas conforme a las cuales deben enmarcar su funcionamiento losdepósitos centralizados de valores, los sistemas de compensación, los sistemas centralizados deinformación para transacciones, los sistemas centralizados de operaciones y los sistemas electrónicosde negociación de las Bolsas de Valores.38

2.9 PAPEL DE OTROS ORGANISMOS DE LOS SECTORES PÚBLICO Y PRIVADO

2.9.1 El Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Los objetivos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público son formular y desarrollar a nombre delGobierno Nacional las políticas del Estado en materia fiscal, tributaria, aduanera, de crédito público,presupuestal, de ingresos y gastos, de tesorería, cambiaria, monetaria y crediticia, sin perjuicio delas atribuciones conferidas a la Junta Directiva del Banco de la República, y las que correspondana la intervención y regulación del Estado en las actividades financiera, bursátil, aseguradora ycualquier otra relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversión de los recursos captadosdel público, de conformidad con la Constitución Política y la Ley.

Entre las funciones de este Ministerio relacionadas con el sistema de pagos se encuentran lassiguientes:

• Atender el pago de las obligaciones a cargo de la Nación.

• Emitir y administrar títulos valores, bonos, pagarés y demás documentos de deuda pública.

• Custodiar y conservar los títulos administrativos de valores de propiedad de la Nación y lostítulos constituidos a su favor.

• Vender o comprar en el país o en el exterior títulos valores del Gobierno Nacional.

• Fijar las políticas de financiamiento interno y externo de la Nación, de las entidadesterritoriales y de las entidades descentralizadas.

38 Decreto 2739 de 1991, artículo 3, numeral 3.

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• Registrar y controlar su ejecución y servicio y administrar la deuda pública de la Nación.

• Estimular, organizar y regular el mercado público de valores por intermedio de las entidadescompetentes.

• Fijar las políticas que correspondan al Estado en la regulación de las actividades financiera,bursátil, aseguradora y cualquier otra relacionada con el manejo, aprovechamiento einversión de los recursos captados del público. Ejercer la vigilancia e inspección sobre laspersonas que realicen las mencionadas actividades por intermedio de las SuperintendenciasBancaria y de Valores, en la forma que señalen la Constitución Política y la Ley.

Por otra parte, con la Ley 35 de 1993 se creó el Viceministerio Técnico de Hacienda, organismoencargado de asesorar al Ministro de Hacienda y Crédito Público en la formulación de la regulacióne intervención de las actividades financiera, aseguradora, en el mercado público de valores y engeneral de cualquier otra relacionada con el manejo, aprovechamiento o inversión de recursoscaptados del público. Dentro de sus funciones se encuentran además la elaboración de proyectosde decretos en materias económicas, financieras, aseguradoras o en relación con el mercado públicode valores y de proyectos de ley que en materias financieras, aseguradoras y bursátiles hayan de serpresentados por el Gobierno Nacional a consideración del Congreso.

2.9.2 El Ministerio de Desarrollo Económico

El Ministerio de Desarrollo Económico tiene como objetivo formular y adoptar las políticas generalesen materia de desarrollo económico y social del país relacionadas con la competitividad, integracióny desarrollo de los sectores productivos de la industria, la micro, pequeña y mediana empresa, elcomercio interno, el turismo y en materia de desarrollo urbano, particularmente en las áreas devivienda, equipamiento comunitario, planeamiento, ordenamiento, gestión y transporte, agua potabley saneamiento básico.

El Ministerio de Desarrollo Económico, de acuerdo al artículo 59 de la Ley 489 de 1998, debeparticipar en la formulación de la política, los planes y programas de desarrollo económico ysocial y en la formulación de políticas de comercio internacional, tributaria y financiera, de empleoy de integración de la producción nacional en coordinación con los Ministerios de ComercioExterior, Hacienda y Crédito Público, Trabajo y Seguridad Social, Agricultura, Interior y MedioAmbiente, respectivamente.

2.9.3 Superintendencia de Sociedades

La Superintendencia de Sociedades es un organismo de carácter técnico adscrito al Ministerio deDesarrollo Económico cuyo propósito fundamental consiste en contribuir al desarrollo de lacomunidad, brindando certeza en la interpretación y agilidad en la aplicación del régimen legalpropio de los empresarios sujetos a su supervisión, desarrollar mecanismos expeditos de soluciónalternativa de conflictos societarios, desarrollar las funciones jurisdiccionales a su cargo en formaoportuna y altamente especializada y enfrentar la crisis empresarial mediante la efectiva prevencióny atención de procesos concursales.

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2.9.4 Superintendencia de Industria y Comercio

La superintendencia de Industria y Comercio es un organismo de carácter técnico adscrito alMinisterio de Desarrollo Económico cuya actividad está orientada al control, apoyo y promociónde la actividad empresarial y propende por la defensa de los consumidores y usuarios de bienes yservicios.

2.9.5 Asociación Bancaria y de Entidades Financieras de Colombia (ASOBANCARIA)

La ASOBANCARIA es el gremio representativo del sector financiero colombiano y fue creado en1936. Además de ejercer la representación del sector es una empresa que presta serviciosespecializados al sistema financiero y a otros sectores de la economía. Está conformada por todoslos bancos comerciales nacionales y extranjeros, públicos y privados, las más significativascorporaciones financieras e instituciones oficiales especiales y el Banco de la República, este últimocomo miembro honorario. Con relación a los sistemas de pago la ASOBANCARIA ha contribuido através de publicaciones, estudios y foros de discusión a la modernización de la actividad bancariay financiera del país. Específicamente se han desarrollado labores orientadas a la tecnificación delos procesos de canje, creación de cámaras de compensación automatizadas, truncamiento yestandarización de cheques, la utilización de códigos de barras para recaudos y el desarrollo delproceso de intercambio electrónico de datos (Electronic Data Interchange, EDI) para el sectorfinanciero.

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3 MEDIOS DE PAGO UTILIZADOS POR ENTIDADESNO FINANCIERAS

3.1 EFECTIVO

La unidad monetaria en circulación es el peso colombiano. En la Ley 31 de 1992 se estableció alpeso como unidad monetaria y unidad de cuenta de Colombia. El peso es el único medio de pagode curso legal con poder liberatorio ilimitado. En el marco legal colombiano no se da reconocimientoa ninguna moneda extranjera como medio de pago para la extinción de obligaciones entre residentesen el país.

El efectivo es un medio de pago ampliamente utilizado para operaciones de bajo valor (en losanexos estadísticos se provee información sobre la base monetaria, M1 y M3 y la composición pordenominaciones). El total de pesos colombianos en circulación a finales del año 2000 ascendía a$7.3 billones, equivalente al 4.2 por ciento del PIB. La demanda por efectivo ha crecidoaceleradamente en los últimos dos años. En efecto, mientras que en el trienio 1990-92 la relaciónefectivo/PIB fue del 3.5 por ciento, cayendo al 3.4 por ciento en 1993-95 y al 3.3 por ciento en1996-98, aumentó al 4 por ciento en 1999 y al 4.2 por ciento en 2000. Para los mismo períodos larelación efectivo/cuentas corrientes fue de 37 por ciento, 35.6 por ciento, 39 por ciento, 47 porciento y 43.5 por ciento, respectivamente. Este incremento en la demanda por efectivo se explicapor la rápida caída en la tasa de interés nominal en los últimos dos años y, especialmente, por elefecto del “Gravamen a los Movimientos Financieros” que se aplica a partir de Noviembre de 1998a todo débito sobre cuentas corrientes, de ahorros y demás activos financieros, lo cual ha generadoincentivos a que muchos agentes económicos utilicen más el efectivo para evitar la carga delgravamen.

Actualmente más del 95 por ciento del valor del efectivo circulante corresponde a cincodenominaciones de moneda: $50, $100, $200, $500 y $1000, y cinco de billete: $2000, $5000,$10000, $20000 y $50000.

El Banco de la República tiene el carácter de banco de emisión, función en virtud de la cual lecorresponde disponer acerca de las características de los billetes y de la moneda metálica, asícomo su producción, provisión y eventual retiro de circulación. Igualmente, conforme a la Ley,disponer acerca de los establecimientos de crédito autorizados para recibir depósitos en moneda

El Banco de la República se encarga directamente de la producción y distribución del efectivo anivel nacional. La producción se lleva a cabo en la Imprenta de Billetes y en la Casa de la Moneda.Para la distribución y custodia el BR opera bajo el esquema de tesorerías localizadas en las principalesciudades del país, las cuales se encargan de la provisión de efectivo a los bancos comerciales y alpúblico en general. El número de tesorerías regionales se ha venido reduciendo en los últimosaños, pasando de 26 en 1998 a 18 en la actualidad.

Los bancos comerciales deben efectuar la solicitud de dinero en efectivo al BR el día hábilinmediatamente anterior mediante comunicación electrónica vía SEBRA. El BR no les aplica cobros

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por los servicios de distribución y custodia del efectivo. Sin embargo, al momento de realizarretiros el BR exige que la composición del pago se ajuste a una estructura predeterminada dedenominaciones, que de acuerdo con un modelo estadístico de estimación corresponde a lasnecesidades de cada denominación de billetes que debe circular en la economía. Cuando unbanco solicita una composición de denominaciones diferente a la contemplada por el BR debepagar una comisión del 0.16 por ciento sobre el monto que no se ajuste a las participaciones pordenominación usadas por el Banco de la República.

3.2 MEDIOS DE PAGO E INSTRUMENTOS DISTINTOS DEL EFECTIVO

3.2.1 Cheques

Aunque el cheque continúa siendo un instrumento de pago ampliamente utilizado en Colombialas cifras de los últimos años muestran que su uso ha decrecido considerablemente.39 Mientras queen 1996 se emitieron alrededor de 280 millones de cheques por un valor de $644 billones, duranteel año 2000 se emitieron 130 millones de cheques por un monto cercano a los $443 billones. Deéstos 100 millones de cheques (77 por ciento), por un valor cercano a los $340 billones fueroncompensados a través de la cámara interbancaria del BR (la cual tiene una amplia cobertura nacional,como se detalla en la sección 4.3.1), mientras que el resto fue compensado al interior de lasentidades crediticias. Como se observa en la Figura 6, tanto el volumen como el valor de chequesemitidos muestran una tendencia decreciente durante los últimos años.

Cheques are used mainly for low-value transactions. As observed in Figure 6, the average dailycomposition shows that cheques of less than $1 million represent 75.4 percent of the total numberof cheques issued, but only 5.7 percent of the total cleared value, while cheques higher than $1million represent the remaining 24.6 percent, or 94.3 percent of the total cleared value.

For different reasons (imperfections, lack of funds, etc.), in 2000, 5.7 million cheques presented forclearing were rejected (5.7 percent of the total volume), with a value of $9.4 trillion (2.7 percent ofthe total value).

3.2.2 Débitos y créditos directos

La implementación de los servicios de Cámara de Compensación Automatizada ACH en Colombiaha abierto la posibilidad de realizar operaciones electrónicas tanto tipo crédito como débito, dentrode las cuales se encuentran por una parte los pagos de nóminas, pensiones, proveedores y engeneral todo tipo de bienes y servicios, así como el recaudo de tarifas de servicio tales comoenergía, telefonía, medicina prepagada, etc.

En la actualidad operan en Colombia dos entidades que ofrecen este servicio, una cámara decompensación automatizada de carácter privado (ACH Colombia) y la Compensación ElectrónicaNacional Interbancaria (ACH CENIT), administrada por el Banco de la República.

39 Algunos consideran que esta tendencia se explica por efecto del Gravamen a las Transacciones Financieras.

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En el mercado colombiano se identifican dos tipos de débito automático, aunque corresponden almismo modelo, mediante el cual las personas autorizan a debitar sus cuentas periódicamente afavor de terceros para cubrir obligaciones contraídas con ellos: a) el débito automático propio, queocurre al interior de la entidad financiera, y se refiere al servicio de recaudo en el cual un clienteautoriza a pagar conceptos con cargo a su cuenta y abono a otra cuenta en la misma entidad; y, b)el débito automático general que se conoce como domiciliación y ocurre entre diferentes entidadesfinancieras. Este esquema se ha estructurado a través de las cámaras de compensación automatizadasACH Colombia y CENIT.

A Marzo de 2001 el CENIT contaba con un total de 24 entidades vinculadas y 2 en proceso devinculación, es decir, la totalidad de los bancos comerciales y corporaciones de ahorro y vivienda(CAVs) que funcionan en el país. A su vez, la ACH Colombia contaba con 22 entidades vinculadas.De esta manera, la cobertura de este mecanismo de pago abarca el 100 por ciento de los municipiosen donde funciona el sector financiero Colombiano.

Cheques: Composición diariaPromedio* del canje interbancario

Volumen Valor

24.6%

61.6%

13.9%94.3%

3.0% 2.7%

* Períiodo Sep/99 a Feb/00.Fuente: Banco de la República.

> $ 1 m $ 500 mil - $ 1 m. < $ 500 mil

Figura 6: Evolución del volumen y valor de los cheques emitidos

Evolución de cheques en Colombia

300250200150100

500

1,0509007506004503001500

1995 1996 1997 1998 1999 2000

Volumen(millones de unidades)

Valor(billones de pesos)

VolumenValor

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El uso de esta modalidad de pago es aún relativamente modesto. El volumen de operacionesrealizadas en el año 2000 fue cercano a los 3 millones por un valor de $36 billones, las cualescorresponden básicamente a operaciones tipo crédito. Las transacciones tipo débito fueronofrecidas en un principio por la ACH Colombia, pero el nivel de operaciones alcanzado fuemuy bajo, alrededor de 3 mil transacciones por valor de $4,000 millones durante 1998, luegode lo cual ocurrió una interrupción en el proceso de implementación. Durante el segundosemestre del año 2000 el tema fue retomado de manera coordinada por las dos cámaras y lasentidades financieras participantes y se prevé su implementación para el segundo semestre del2001.

3.2.3 Tarjetas de pago

En Colombia, las tarjetas débito fueron ofrecidas en primera instancia por las corporaciones deahorro y vivienda (CAVs) como estrategia para compensar el inconveniente de no poder ofrecerchequeras a sus ahorradores. Funcionan en los puntos de pago cuando al titular, a través de sutarjeta, se le debita automáticamente de su cuenta de ahorro el valor de su compra y, a la vez, setraslada el mismo monto a favor del vendedor. Por esto, las tarjetas débito son ofrecidas hoy en díaúnicamente por las instituciones en las cuales el beneficiario tiene una cuenta corriente o deahorros.

Por otra parte, las tarjetas de crédito pueden ser ofrecidas por todos los establecimientos decrédito independientemente que los beneficiarios tengan o no una cuenta corriente o de ahorroen ellos, aunque en el segundo caso el intermediario corre naturalmente un mayor riesgo. Desdesu inicio el plazo máximo y las tasas de interés del sistema crédito fueron regulados por lasautoridades monetarias (Circular 18 de 1970 de la Superintendencia Bancaria y Resolución 47/1971 de Junta Monetaria). La norma vigente señala que el plazo para cancelar los préstamos detarjetas de crédito es de máximo 24 meses para las compras nacionales y de tres meses para lasinternacionales40 (Decreto 1664 de 1999). Adicionalmente los establecimientos de crédito nopueden modificar la tasa de interés sobre una compra mientras ésta no sea totalmente cancelada(Resolución 19 de 1988 de la Junta Monetaria).

De manera gradual las entidades abandonaron la emisión independiente de tarjetas tanto débitocomo crédito y actualmente el esquema dominante en el país es la emisión de tarjetas con elrespaldo de franquicias internacionales.

3.2.3.1 Redes de Cajeros y Datáfonos (POS)

Las redes de cajeros se crearon al amparo de la Ley 45 de 1990 (Reforma Financiera), que autorizóa las entidades del sector financiero para conformar compañías de servicios técnicos yadministrativos con el fin de realizar funciones en el campo de la sistematización, administración,organización y conexión de redes de cajeros, manejo de información, procesamiento ytransferencia de datos.

40 Hasta la liberalización de las operaciones cambiarias de principios de la presente década con las tarjetasemitidas en Colombia no se podían cancelar compras al exterior.

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Para facilitar y hacer masiva la utilización de las tarjetas tanto los establecimientos de crédito comolos de comercio realizaron inversiones cuantiosas en cajeros automáticos (ATM) y en máquinasubicadas en los puntos de venta (POS), a través de las cuales se puedan efectuar las transaccionesdeseadas. Las terminales ubicados en los almacenes o puntos de venta se conocen como “datáfonos”pues funcionan bajo la tecnología de banda magnética con la transmisión de información víatelefónica. En ellos se pueden realizar operaciones con tarjetas crédito o de débito.

Los esquemas iniciales adoptados por las entidades financieras bajo los cuales mantenían lapropiedad y administración de redes exclusivas de cajeros han sido reemplazadospaulatinamente por modelos de administración delegada a través de firmas especializadas yredes comunes. En la actualidad tres firmas realizan esta actividad en Colombia: Redeban-Multicolor, Servibanca y ATH.

El número de datáfonos se estima alrededor de 48,000 al finalizar el año 2000 y el volumende operaciones cursadas a través de ellos alcanzó los 7.8 millones durante el mes deDiciembre de 2000. Asimismo, se estima que existen poco más de 5,400 cajeros automáticos,diseñados principalmente para la lectura de tarjetas débito de bandas magnéticas y agrupadosen redes. Mientras que en el mes de diciembre de 1998 se realizaron 32.3 millones detransacciones en cajeros automáticos durante diciembre de 2000 esta cifra bajó a 26.5millones de operaciones.

Desde el punto de vista operativo las redes están completamente interconectadas y el poseedor deuna tarjeta de una entidad adscrita a una cierta red puede efectuar sin dificultades operacionesoriginadas en un cajero electrónico o terminal de punto de venta adscrito a otra red. Al final decada jornada cada red calcula las posiciones multilaterales netas de sus afiliados y la posición a sufavor o en contra de otra red, cuya liquidación se rige por acuerdos de pago previamente convenidos(véase la sección 4.2.3).

3.2.3.2 Franquicias de tarjetas

Durante los últimos años, la industria de tarjetas de crédito en Colombia ha experimentado unproceso de consolidación mediante fusiones y adquisiciones alrededor de las mayores franquicias.Los principales operadores en este mercado en la actualidad son VISA y Mastercard, que funcionanbajo el esquema de sistema abierto (emiten a través de los bancos), y Diners bajo el esquemacerrado. Visa está en el país desde octubre de 1971, Mastercard desde 1993 y Diners desde 1962.Actualmente alrededor de 60,000 establecimientos se encuentran afiliados a Visa, 47,000 aMastercard y 52,000 a Diners.

Las franquicias Visa y Mastercard manejan además el mercado de tarjetas débito con sus productosDébito (cuentas corrientes) y Electron (cuentas de ahorro) para la primera y Maestro para lasegunda. De los 8 millones de tarjetas débito que existen actualmente en el mercado Mastercardtiene una participación aproximada del 60 por ciento, mientras que VISA tiene el 40 por cientorestante. La mayoría de las corporaciones de ahorro y vivienda emite sus tarjetas con el respaldoMaestro.

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Figura 7: Número de tarjetas de débito(en millones de unidades)

Durante el año 2000, la industria de tarjetas de débito registró alrededor de $20 billones en retirosy ventas correspondientes a un volumen de aproximadamente 220 millones de operaciones(promedio por operación de aproximadamente $90,000). Con respecto a las tarjetas de crédito sunúmero ha disminuido considerablemente durante los dos últimos años, pues se estima que alrededorde 430,000 unidades fueron devueltas en este período. Se espera que como consecuencia delinicio de la reactivación económica del país esta tendencia de devoluciones se detenga. A enerode 2001 el número de tarjetas de crédito activas se calcula en 1.9 millones, en las cuales Visacuenta con una participación del 48.7 por ciento, Mastercard con el 39.2 por ciento y Diners conel 12.1 por ciento restante. En la Figura 8 se presenta la evolución del mercado de tarjetas decrédito en Colombia durante los últimos años.

10

8

6

4

2

0

1995 1996 1997 1998 1999 2000Fuente: Banco de la República.

Figura 8: Número de tarjetas de crédito y valor de las transacciones

3.02.52.01.51.00.5

0

654

3210

1995 1996 1997 1998 1999 2000

Número de tarjetas(millones de unidades)

Valor transacciones(billones de pesos)

1994

Número de tarjetas Valor transacciones

Fuente: Banco de la República.

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Durante el año 2000 el valor de las transacciones por tarjeta de crédito alcanzó los $5.2 billones,correspondiente a un volumen de aproximadamente 50 millones de transacciones, con un promediopor transacción cercano a los $100 mil. Como se observa en la gráfica, la cantidad de tarjetasactivas ha disminuido en los últimos años pasando de 2.6 millones durante 1997 a 1.9 millonesdurante 2000. Por su parte, en el mismo período el valor total de las transacciones pasó de $4.6billones a $5.2 billones. Sin embargo, a precios constantes de 1997, usando el índice de precios alconsumidor, hubo también una contracción el valor transado por tarjeta de crédito ($5.2 billonesen 1997 a $3.8 billones en 2000).

El costo fijo de administración y manejo de una tarjeta de crédito promedia los $30 mil trimestrales,mientras que a febrero de 2001 el interés por compras y avances en efectivo era del 38 porciento. 41

Por último, aunque la firma internacional American Express no emite sus tarjetas en Colombia sírealiza labores de promoción y mantiene convenios con algunos bancos. A través de ellos contactaclientes potenciales en el país a quienes presta el servicio de recolección de la documentaciónrequerida para la expedición de la tarjeta. Esta documentación es enviada a la oficina de AmericanExpress en Miami (Latin American Division) en donde se analizan los documentos y una vezaprobada la solicitud se emite la tarjeta y se envía a Colombia para ser entregada al nuevotarjetahabiente.

3.2.3.3 Tarjetas de comercio al detalle y de prepago

Algunos establecimientos comerciales como almacenes, restaurantes o cadenas de supermercadosofrecen a sus clientes sistemas de pago a crédito mediante tarjetas de uso exclusivo en susestablecimientos o un conjunto limitado de ellos. Además, en el campo de telefonía existen en elmercado varias marcas de tarjetas prepagadas aunque los esquemas de “monedero electrónico” depropósito múltiple están aún en etapa experimental (véase la sección 3.2.5.3).

3.2.4 Instrumentos postales

Las oficinas de correo no ofrecen en Colombia los servicios de sistemas de pago que son comunesen Argentina, Estados Unidos y Europa.

3.2.5 Otros mecanismos y nuevos desarrollos en materia de pagos

3.2.5.1 Servicios de terminales empresariales (Homebanking)

Un número creciente de entidades financieras ofrece a sus clientes empresariales y de banca oficialun servicio de acceso remoto para conectarse en línea a sus cuentas corrientes y de ahorros.

Recientemente se empieza a observar la tendencia de reemplazar estas terminales exclusivos porportales de Internet que no sólo ofrecen servicios bancarios a clientes corporativos sino a personas

41 Fuente: Ascredibanco Visa, publicado por El Tiempo.

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naturales. Cerca de 20 bancos de los 25 existentes cuentan con portales transaccionales en Internetque permiten realizar diferentes consultas y operaciones.

3.2.5.2 Servicios audio respuesta

Los servicios tipo audio mediante línea telefónica para realizar transacciones bancarias tienen unaespecial importancia. Este servicio está dirigido a clientes no corporativos y permite la realizaciónde operaciones que van desde la consulta de saldos y el traslado electrónico de fondos entrediferentes cuentas de un mismo beneficiario en el mismo establecimiento de crédito hasta el pagode servicios públicos, pago de tarjetas crédito, abonos de la cuenta en efectivo contra cargo de latarjeta crédito y bloqueo de tarjetas electrónicas, entre otros.

3.2.5.3 Tarjetas inteligentes

Los sistemas de tarjetas de crédito, conforme a las tendencias mundiales, han iniciado el procesode cambio de tecnología de la banda magnética tradicional al chip electrónico que permite elalmacenamiento y procesamiento de información de manera descentralizada. Visa y Mastercardhan lanzado en Colombia las tarjetas de dinero electrónico de forma experimental con el fin dedeterminar la viabilidad de la implementación completa de los sistemas. Las tarjetas sonmultifuncionales pues además del chip que sirve de monedero cuentan con la tradicional bandamagnética para uso débito. Los dos productos están en el mercado desde 1996.

Hasta ahora el mayor uso de tarjetas inteligentes se ha dado en el ámbito universitario al serincorporadas en las tarjetas de identificación de estudiantes en nueve universidades de Colombia.El mecanismo está siendo utilizado principalmente para efectuar pagos de bajo valor por serviciosde biblioteca, fotocopias y otros. En algunas ciudades se están empleando en sistemas de transporte.Se estima el uso de alrededor de 100 mil tarjetas en estos experimentos.

3.2.6 Pagos del gobierno en instrumentos distintos del efectivo

El Sector Público, a través de la Dirección del Tesoro Nacional (DTN) del Ministerio de Hacienda yCrédito Público, es uno de los grandes usuarios en Colombia del servicio de pagos electrónicosgenerando en promedio 21,044 pagos mensuales por valor de más de $4 billones, los cuales soncanalizados a los diferentes Bancos y CAVs vinculados al Sistema ACH CENIT del BR.

Desde el punto de vista operacional la DTN envía diariamente los pagos de proveedores que debeefectuar el Gobierno Central al BR, quien actúa como agente financiero del estado. La DTN poseeuna cuenta de depósito en el BR en la cual se reciben los recaudos por concepto de impuestos y sedebitan los pagos efectuados electrónicamente.

Hasta el momento los pagos realizados son de valor relativamente alto dirigidos a entidadesgubernamentales ejecutoras finales del presupuesto nacional que manejan sus recursos en cuantasbancarias en entidades financieras. Se estima, sin embargo, que para el segundo semestre del 2001se incremente el volumen de los pagos de la DTN a través de su Sistema SIIF ya que se canalizarándirectamente los pagos a su beneficiario final.

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Por su parte, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) adscrita también al Ministeriode Hacienda es el organismo recaudador de impuestos en el país. El recaudo de los impuestos seefectúa a través de diferentes mecanismos dependiendo de la clase de contribuyente. Para losgrandes contribuyentes que son del orden de 50,000 se utiliza el mecanismo de declaraciónelectrónica y para los medianos y pequeños contribuyentes, alrededor de 4 millones, se continúautilizando la declaración en papel. En forma general, para el pago se utilizan por parte de loscontribuyentes diferentes mecanismos como el pago en las ventanillas de las Entidades Bancarias,el débito automático o el pago en las seccionales de la DIAN. El número de pagos recibidos por laDIAN ascendió en 1999 a 4,108,734 y el valor recaudado en el año 2000 fue cercano a los $18billones.

Actualmente el BR está trabajando activamente con el Instituto de Seguros Sociales y la DIAN paraque canalicen un número creciente de recaudos y pagos a través de medios electrónicos, en particulara través del sistema ACH-CENIT.

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4 PAGOS: MECANISMOS DE INTERCAMBIO Y LIQUIDACIÓNDE LAS OPERACIONES INTERBANCARIAS

4.1 EVOLUCIÓN DE LOS PRINCIPALES SISTEMAS DE PAGOS INTERBANCARIOS

Como ya se reseñó en la sección 2.5.2, a comienzos de la década de los años 90, el Banco de laRepública (BR) asumió el liderazgo del proceso de modernización y fortalecimiento del sistema depago en los planos operativo, regulatorio e institucional, que hasta ese momento se basaba en elcheque como instrumento para el pago tanto de las operaciones de bajo valor como de lasinterbancarias de alto valor.

Así, en 1992 el BR puso en funcionamiento el Depósito Central de Valores (DCV), sistemacomputarizado para el manejo de títulos valores desmaterializados, que al ser conectado en 1993con el sistema de cuentas de depósito, permitió aplicar el principio de entrega contra pago en laliquidación de las operaciones de títulos valores. En el DCV se manejan exclusivamente títulosvalores emitidos o administrados por el BR.

En 1993, se implementó el Sistema Electrónico del Banco de la República (SEBRA), funcionalidadbásica para la liquidación de las operaciones interbancarias de alto valor y de la liquidación de lastransacciones efectuadas con los títulos valores depositados en el DCV. Mediante este sistema lasentidades afiliadas se encontraron facultadas para ordenar desde terminales remotas el traslado derecursos interbancarios de sus cuentas corrientes en el BR hacia las cuentas corrientes en el BR delas demás entidades adscritas al servicio. Para aquellas entidades bancarias la liquidación de lastransacciones ordenadas a lo largo del día se efectuaba al final de cada día bajo un esquema deneteo diferido, mientras que para las no bancarias se efectuaba un control en tiempo real sobre ladisponibilidad de fondos en la respectiva cuenta corriente para cada operación individual.

En la segunda mitad de la década de los años 90 el Banco de la República inició una segunda etapade modernización en el sistema de pagos cuyas prioridades se fijaron en lograr una mayorprofundización y transparencia en el mercado de la deuda pública, en la modernización del canjede los cheques, en la implementación de sistemas electrónicos para los pagos de bajo valor y en lasoperaciones de cambios internacionales. Es así como a partir de 1998 se pusieron en funcionamientocuatro nuevos sistemas electrónicos administrados por el Banco de la República: i) el SistemaElectrónico de Negociación (SEN), sistema transaccional para la compraventa secundaria de títulosde deuda pública interconectado con el DCV y el sistema de cuentas de depósito del BR para elcumplimiento de las operaciones bajo el principio de entrega contra pago; ii) el Sistema deCompensación Electrónica de Cheques (CEDEC), cámara automatizada para la transmisiónelectrónica de la información del canje, el cual se sigue compensando bajo un esquema deposiciones multilaterales netas y liquidando automáticamente contra las cuentas corrientes de lasentidades bancarias en el BR en la misma fecha valor de la presentación de los documentos alcobro; iii) el Sistema de Compensación Electrónica Nacional Interbancaria (CENIT), cámara decompensación automatizada destinada a compensar bajo un esquema de neteo multilateraltransferencias electrónicas tipo débito y crédito y a liquidarlas en forma automática contra lascuentas corrientes de las entidades autorizadas en el BR; y iv) el Sistema de Operaciones

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Internacionales (SOI), mediante el cual se atiende el trámite de operaciones de conveniosinternacionales, de giros y reintegros y de operaciones con organismos internacionales.42

Además de los anteriores sistemas existen hoy en día en Colombia cuatro cámaras de compensaciónde bajo valor para operaciones con tarjetas débito, crédito y redes de cajeros (Redeban-Multicolor,Ascredibanco, Servibanca y ATH), además de un depósito central de valores para títulos de deudaprivada (DECEVAL) y una ACH privada de propiedad de los bancos (ACH Colombia).

A continuación se describen las principales características operativas y de seguridad de cada unode los sistemas de pago que operan en Colombia.

4.2 SISTEMAS DE PAGOS DE BAJO VALOR

4.2.1 Cámara de compensación de cheques y otros instrumentos de pago

La compensación de cheques es un servicio prestado a nivel nacional en forma única por el BR através del CEDEC y de cámaras de compensación, que son los recintos donde se realiza el intercambiofísico de los documentos. En aquellas sucursales donde no opera el CEDEC las posiciones bilateralesson reportadas por cada entidad en planillas que luego se graban en el sistema electrónico decompensación provisto por el BR. En aquellas plazas en las que existen más de cuatro entidadesbancarias y no tiene presencia el BR opera un sistema de entidades compensadoras delegadas,mediante el cual una de las entidades participantes en el canje calcula las respectivas posicionesmultilaterales netas y las reporta a la sucursal más cercana del BR para ser incluidas allí en elsistema de compensación de cheques.

Se utilizan tres mecanismos para recoger la información de los documentos presentados al cobroen las diferentes plazas por todas las entidades vinculadas al servicio:

a) En las seis principales ciudades del país43

(cerca del 90 por ciento del valor y el volumentotal del canje a nivel nacional) opera desde 1998 el sistema de compensación electrónicade cheques CEDEC, que es una aplicación para la presentación electrónica de los chequesen el cual se graba y transmite electrónicamente al BR la información correspondiente acada uno de los documentos presentados al cobro en la respectiva ciudad (tecnologíaMICR). La automatización que se ha dado con esta aplicación ha permitido una reducciónsustancial en los costos del procesamiento (privados y públicos), al eliminar duplicacionesen la lecto-clasificación, micro-filmación, etc., y al acelerar los procesos operativos,simplificar el visado de cheques, la conciliación y compensación y contribuir a reducirfraudes. El intercambio físico de los documentos se realiza en las cámaras de compensacióndel BR, pero el cálculo de las posiciones netas se efectúa con base en los registros transmitidospor cada entidad al sistema. De igual forma, se procesan electrónicamente a través delCEDEC las devoluciones correspondientes al primer canje de las citadas ciudades, cuya

42 Véase la sección 7.4.43 Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Bucaramanga y Cartagena.

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cuantía ascendió en promedio en el año 2000 al 2.7 por ciento del valor del canje presentadoal cobro y al 5.7 por ciento del volumen de los documentos compensados.

b) En otras 13 plazas donde no opera el CEDEC pero sí el BR, las entidades participantes sehacen presentes en las respectivas cámaras de compensación con los documentos físicos ycon planillas individuales del canje al cobro, las cuales son grabadas en el sistema decompensación del BR que calcula las posiciones multilaterales netas para cada plaza,centralizando y consolidando la información en la ciudad de Bogotá. Igual procedimientose sigue para la compensación y liquidación de las respectivas devoluciones.

c) Finalmente, opera en 31 plazas del país el ya descrito mecanismo de la compensacióndelegada, mediante el cual el agente designado en cada una de ellas transmite a la sucursalmás cercana del BR los resultados netos de la compensación en la respectiva plaza para serincluidos en el sistema nacional de compensación.

Pueden vincularse al servicio de compensación de cheques los bancos y las corporaciones deahorro y vivienda. El BR también participa, como entidad autorizada, en la compensación de loscheques a través del CEDEC.According to the provisions established in the Commercial Code ofColombia, cheques should be paid to the final beneficiaries on the same day of value in whichthere are presented to the financial institution by the customer. For this reason, the first clearingsession takes place at night (8:30 p.m.), and the Banco de la República calculates all multilateralnet positions of the documents presented for clearing at the national level through the mechanismsdescribed above.

De acuerdo con lo establecido en el Código de Comercio de Colombia los cheques deben serpagados a sus cobradores en la misma fecha valor en que son presentados al cobro a través de suconsignación en cualquier establecimiento bancario. Es por esta razón que la primera sesión de lacompensación se realiza en las horas de la noche (20:30 horas) de la misma fecha valor en que sonconsignados, calculándose por parte del BR las respectivas posiciones multilaterales netas de loscheques presentados al cobro a nivel nacional a través de los dos sistemas electrónicos yamencionados.

Al finalizar la compensación se realiza en forma automática un proceso de afectación provisionala las cuentas de depósito mediante el cual se debitan de las cuentas de las entidades conposiciones débito los respectivos recursos y se abonan, con carácter provisional, esto es, conreconocimiento contable pero sin disponibilidad transaccional sobre los fondos abonados, lascuentas de las entidades con posiciones crédito. La segunda sesión de la compensación,correspondiente a las devoluciones sobre el canje recibido al cobro, finaliza a las 12:30 horasdel día T+1, con el ajuste de las posiciones multilaterales netas calculadas en la noche anteriory la liquidación final de los recursos en las cuentas de deposito de las entidades participantes(con fecha valor del día T).

No obstante, dado que constitucionalmente el BR se encuentra impedido para otorgar crédito a losestablecimientos financieros, se cuenta actualmente con los siguientes mecanismos para cubrirposibles faltantes en la cuenta de depósito de las entidades participantes en el sistema de lacompensación de cheques:

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a) Repo Overnight para la Compensación: Se aprobó recientemente por parte de la JuntaDirectiva del Banco de la República (JDBR) la realización de un reporto automáticopara cubrir faltantes al cierre del primer ciclo de la compensación. Dicha operacióntiene como prerrequisitos el que la entidad deficitaria se encuentre dentro del grupode entidades autorizadas como Agentes Colocadores de las operaciones de mercadoabierto de expansión (seleccionados de acuerdo con criterios de solvencia y liquidez),que cuente con el suficiente colateral en el DCV para respaldar la operación (títulosvalores de deuda pública) y que sus repos totales con el BR no superen en el promediode los últimos 15 días un límite definido en el 15 por ciento de sus pasivos para con elpúblico. El valor máximo de los recursos otorgados a una entidad por este mecanismoequivale al valor del faltante más un 10 por ciento de su posición multilateral de débito(para cubrir posibles nuevos faltantes en la segunda sesión de la compensación) y sucosto es equivalente a la tasa lombarda de las operaciones de mercado abierto más unpunto porcentual.

b) En caso de que una entidad con faltantes al cierre de la primera sesión de la compensaciónno pueda o no quiera hacer uso del anterior mecanismo, tiene la posibilidad de conseguirlos respectivos recursos en el mercado interbancario para abonarlos en su cuenta de depósitocon la fecha valor de la primera compensación (T). Este procedimiento debe adelantarseantes del cierre del segundo ciclo de la compensación (T+1).

c) Finalmente, como último mecanismo se define a nivel de la reglamentación del sistema eldeshacer la compensación, excluyendo en forma definitiva a la entidad deficitaria yrecalculando nuevamente las posiciones multilaterales netas de las demás entidades.

Entre 1998 y 2000, la compensación de cheques en cámara interbancaria registró una reduccióndel 47.3 por ciento en su valor, pasando de $647 a $341 billones, y del 48.7 por ciento en suvolumen, pasando de 194.9 a 100 millones de documentos, lo cual está asociado con laintroducción en noviembre de 1998 del gravamen a las transacciones financieras realizadas concargo a recursos depositados en las cuentas corrientes y de ahorro de los establecimientos decrédito.

La anterior situación, aunada a la puesta en servicio del CEDEC, ha inducido una importantesimplificación del proceso del canje de los cheques. Adicionalmente se ha realizado lo siguiente:i) significativas mejoras en los niveles de eficiencia de las áreas operativas de los bancos; ii) reducciónde sus costos por la eliminación de procesos duplicados; iii) mejoras en la calidad y oportunidadde información recibida por los bancos para el cuadre de sus tesorerías dada la opción de monitorearen línea desde las 14:00 horas sus posiciones multilaterales provisionales; y, iv) mayores niveles decontrol y supervisión sobre este mecanismo de pago por parte del BR.

El servicio de la compensación interbancaria de cheques ofrecido por el BR cuenta con altosestándares de seguridad, redundancia y varios niveles de contingencia graduados según la gravedadde posibles imprevistos.

Finalmente, las tarifas cobradas por el servicio de compensación interbancaria de cheques son lassiguientes:

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a) En CEDEC se cobra una tarifa fija por registro transmitido al cobro o en devolución, cuyovalor se incrementa dependiendo de la hora de envío de los archivos al sistema a fin deincentivar el temprano envío de los mismos:

• Al cobro reducida entre las 14:00 y las 18:00 horas del día T. $13

• Al cobro plena desde las 18:01 hasta las 20:30 horas del día T. $15

• En devolución reducida entre las 21:30 horas del día Ty las 8:30 horas del día T+1. $10

• En devolución plena desde las 8:31 horas del día T+1. $15

b) En CEDEC, una tarifa fija mensual por plaza, por entidad participante, de $83,000.

c) Para los cheques compensados por el sistema tradicional (plazas donde no opera CEDEC)una tarifa de $2 por millón compensado.

4.2.2 Cámaras de compensación para transferencias electrónicas (ACH)

Operan actualmente en Colombia dos cámaras de compensación automatizadas paratransacciones tipo ACH con formato NACHAM (NACHA adaptado a pesos). La primera de ellas esACH Colombia, de propiedad de los bancos comerciales, y la segunda es administrada por el BRy se denomina Sistema de Compensación Electrónica Nacional Interbancaria (CENIT). La ACHColombia inició sus operaciones en 1996, realiza actualmente del orden de 300,000 transaccionesmensuales tipo crédito por valor de $1.6 billones y está en proceso de implementación de lasoperaciones tipo débito. Por su parte, la CENIT inició operaciones a finales de 1999 y su volumenactual de operaciones mensuales tipo crédito es del orden de 15,000, por valor aproximado de$2 billones. A pesar del menor volumen de operaciones compensadas y liquidadas por CENIT seregistra un mayor valor de pagos en razón a que la Dirección del Tesoro Nacional (DTN) tramitapagos del Gobierno Central a las entidades descentralizadas, ejecutoras finales del presupuestonacional, a través de la ACH del BR (próximamente la DTN realizará directamente los pagos aterceros a través de CENIT sin pasar por las entidades pagadoras).

La CENIT compensa en tres ciclos diarios las órdenes de pago recibidas de las 24 entidadesautorizadas (bancos, la DTN y próximamente el Instituto de los Seguros Sociales) bajo un esquemade neteo multilateral y al cierre de cada ciclo (13:00, 16:00 y 9:00 horas de T+1 para devoluciones)liquida los saldos netos contra las cuentas de depósito en BR. Tanto las órdenes de pago como lasdevoluciones se liquidan con la misma fecha valor de la transacción y las entidades receptorasde los pagos están reglamentariamente obligadas a abonar los recursos en las cuentas de losbeneficiarios finales con esta misma fecha. Como ya se comentó, el ultimo ciclo para lasdevoluciones se extiende hasta las 9 horas del día T+1 en razón a que muchos bancos corrensus procesos de cuentas corrientes en horas de la noche, pero la respectiva liquidación secontabiliza en el BR con fecha valor del día T.

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Ante faltantes en las cuentas de depósito de las entidades participantes para cubrir los saldos dedébito al cierre de cada ciclo de operación la CENIT maneja un sistema de colas de espera medianteel cual se recalculan las posiciones multilaterales para sacar aquellas operaciones que no alcanzana ser liquidadas, que quedan pendientes en el sistema para ser compensadas y liquidadas en elsiguiente ciclo de operación. Si el faltante se registra en el último ciclo del día las operaciones queno alcancen a ser liquidadas (orden primeras entradas primeras salidas (first in first out, FIFO)) sonautomáticamente rechazadas en forma definitiva.

El BR cobra a los usuarios una tarifa de $63 por cada operación procesada en el sistema. Pese a elloel costo de este tipo de operaciones para un usuario final es cercano a los $1,000, en razón a quelos bancos establecieron en las dos ACH el pago entre ellos de una tarifa interbancaria (el originadoral receptor) destinada a sufragar los costos asociados a la utilización de sus redes bancarias.

Finalmente la aplicación CENIT cuenta con los mismos esquemas de seguridad mencionados en elnumeral anterior para los sistemas de compensación de cheques, además de tener esquemasredundantes de hardware y utilizar también mecanismos de contingencia para la transmisión dearchivos.

Con respecto a ACH Colombia, ésta opera con dos ciclos diarios (11:30 y 16:00 horas), el primeropara órdenes de pago y devoluciones del día anterior y el segundo para sólo ordenes de pago.Sin embargo, se realiza una única liquidación de las posiciones multilaterales netas hacia las17:15 horas, de tal forma que, a diferencia de CENIT, las devoluciones de las operaciones sonliquidadas con fecha valor T+1. Dicha liquidación es efectuada a través del sistema de pagos dealto valor del BR utilizando como puente la cuenta de depósito de ACH Colombia. Para el efecto,ACH Colombia informa a través de su propio sistema las posiciones multilaterales netas a cadaentidad participante para que aquellas con saldo de débito efectúen el traslado electrónico delos recursos a la citada cuenta de depósito de la ACH y ésta a su vez transfiera los fondos a lasentidades con posiciones de crédito. En caso de que alguna de las entidades se demore enefectuar el traslado de los fondos a la ACH ésta le otorga un plazo adicional, al cabo del cualprocede a reprocesar el canje del respectivo día para rechazar las transacciones remitidas por laentidad deficitaria.

El sistema de ACH Colombia opera con enlaces de radio y fibra óptica y cuenta con esquemasredundantes de hardware. A nivel de seguridad la información viaja encriptada y se manejan perfilesde usuarios.

En términos generales la utilización de las transferencias electrónicas como mecanismo de pagosde bajo valor cuenta aún con un bajo nivel de penetración en el mercado colombiano en razónfundamentalmente a su lenta incorporación dentro de la cartera de servicios de las entidadesbancarias que apenas empiezan a desarrollar sus sistemas internos de home banking. A su vez, talsituación se origina en parte en la necesidad de los bancos de amortizar recientes inversiones entecnología alterna para la realización de los pagos de sus clientes tales como los sistemas de audiorespuesta y la adaptación de las redes de ATMs y tarjetas débito, entre otros, los cuales a pesar devenirse constituyendo en importantes sustitutos del cheque son mecanismos de pago intrabancariosque no son suficientemente eficientes para procesar pagos múltiples y recurrentes.

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Tanto CENIT como ACH Colombia se encuentran en proceso de implementación de las operacionestipo débito, bajo el doble esquema de prenotificación y de enrolamiento, con los que se esperaampliar el espectro de utilización de los pagos electrónicos potenciando así los beneficios ofrecidospor este mecanismo de pago.

4.2.3 Cámaras de compensación de redes de cajeros automáticos y tarjetas débitoy crédito

Como ya se comentó en el capítulo II, operan actualmente en Colombia tres redes de tarjetasdébito encargadas de compensar las transacciones efectuadas en puntos de venta (POS) y cajerosautomáticos (ATMs): i) Redeban-Multicolor; ii) ATH; y, iii) Servibanca. Cada una de estas redescompensa en forma individual las operaciones efectuadas con tarjetas débito de sus entidadesafiliadas, existiendo además un convenio ínter redes para que cualquier tarjeta pueda ser usadaen todos los ATMs independientemente de la red a la que esté adscrita la entidad emisora de lamisma (ínter operabilidad). De esta forma, cada red calcula diariamente (en horas de la noche)los saldos netos de la compensación de sus entidades afiliadas así como el valor a cobrar a lasdemás redes, informa a todas las partes al respecto y coordina a través de un banco delegado larespectiva liquidación de los saldos netos a través del sistema de pagos de alto valor del BR(hacia las 10:00 horas del día T+1).

Existen además dos redes de tarjetas crédito: a) Ascredibanco que compensa las operaciones de lastarjetas Visa y b) Redeban-Multicolor, encargada de la compensación de las tarjetas Master Card.Su compensación y liquidación se llevan a cabo en forma similar a las de las anteriores redesutilizando un banco liquidador a través del sistema de pagos de alto valor del BR.

Por último, la franquicia internacional de tarjetas American Express (véase la sección 3.2.3.2)realiza su compensación y liquidación a través de un banco comercial. El banco comercialrecibe los comprobantes de los establecimientos afiliados y efectúa la compensación a partir deéstos. Además, actúa como agente pagador, debitando y acreditando, respectivamente, las cuentasque la franquicia y los establecimientos afiliados poseen en el banco comercial. Lostarjetahabientes, a su vez, pueden efectuar sus pagos en USD o $, en efectivo o por transferencia,en las oficinas de algunos bancos comerciales. La afiliación de establecimientos comerciales enColombia a American Express también se realiza a través del banco comercial liquidador.

4.3 SISTEMAS DE PAGOS DE ALTO VALOR

4.3.1 Cuentas de depósito del Banco de la República

Como ya se ha reseñado, en 1993 el BR automatizó el sistema de cuentas de depósito para queoperara por medios electrónicos a través de las facilidades de conexión remota y en línea que da elSEBRA, a fin de facilitar la liquidación de las operaciones interbancarias de alto valor y de lasoperaciones efectuadas con los títulos valores depositados en el DCV.

Hasta 1998 las ordenes electrónicas de traslado de fondos recibidas de las entidades de créditoeran liquidadas en un proceso de neteo en lote (batch) que se llevaba a cabo al final de cada día,

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por lo que no se ejercía un control de saldos en línea. En caso de faltantes en la liquidación cadaintermediario financiero debía contar con cuentas de respaldo contra las cuales efectuar en formaautomática el respectivo débito, recurriéndose como última medida al rechazo de operacionesindividuales de la entidad deficitaria.

Si bien no se registraron nunca problemas en la operación de este mecanismo, en julio de1998 el BR tomó la decisión de implementar el mecanismo de liquidación bruta en tiemporeal (LBTR) para el pago de todas las operaciones cursadas a través del mismo, controlándoseen línea el saldo disponible en las cuentas de depósito para la liquidación bruta de cadaoperación. Desde entonces son rechazadas en forma inmediata aquellas operaciones en lasque se registra insuficiencia de fondos. Aunque no se cuenta con una facilidad para administrarcolas de operaciones pendientes, las operaciones rechazadas son guardadas en el sistema bajoun estado de “pendiente por activar”, de forma que se puede ordenar en forma electrónica sureproceso cuantas veces sea necesario (proceso conocido como “repique”).

El SEBRA ofrece a los usuarios información por pantalla y en línea de los saldos a lo largo de todoel día operacional (de las 8:00 a las 22:00 horas), pero el detalle de las operaciones sólo esinformado mediante un reporte que debe ser solicitado por cada entidad cuantas veces lo requiera(pantalla e impresión). En el 2000 se realizaron a través de este mecanismo 274 mil operacionesde transferencia de fondos, por valor de $442 billones, con un incremento del 40 por cientofrente al año anterior. Además de ellas, se efectuaron más de 441 mil pagos por operaciones detítulos transferidos a través del DCV (y repos con el BR y la DTN), por valor de $912 billones, conun incremento del 85 por ciento respecto al año pasado ($493 billones). Así, en total el valor delos fondos transferidos por este sistema ascendió a $1,353 billones (alrededor de USD 651 milesde millones44).

Como en el caso de otros servicios prestados por el BR al sistema financiero, se aplica un esquemade tarifas que permita la recuperación de los costos incurridos. De una parte se cobran $2 porcada millón transferido en línea por el SEBRA. De otra, se aplica un cobro fijo mensual a cadaafiliado por aproximadamente $475,000 (un poco mas de USD 210 a enero de 2001).

El sistema SEBRA funciona sobre un servidor Unisys Clear Path y está desarrollado sobreLink-DMS II. A nivel de hardware cuenta con un esquema redundante con discos espejados ylas líneas de comunicación están encriptadas por hardware y software, con emulador de pantallaencriptado. Para su acceso se utilizan tarjetas asincrónicas “SmartCard” y se manejan perfilesde usuario hasta el nivel de campo.

En la segunda mitad de 2001 el BR pondrá en funcionamiento un nuevo Sistema Electrónicode Cuentas de Depósito (CUD), el cual reemplazará completamente el anterior sistema detransferencias SEBRA. Este nuevo sistema permitirá a los intermediarios financieros la consultaen línea de los movimientos efectuados sobre su cuenta de depósito y la consulta de extractospor pantalla y en archivo plano, además de contar con nuevas funcionalidades como el manejo

44 El tipo de cambio utilizado para la conversión fue de $2,078 por USD, tipo de cambio promedio del año2000.

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automático de cuentas de respaldo y el traslado también automático de fondos entre subcuentas.El CUD está desarrollado sobre una plataforma Oracle con filosofía WEB. Los usuarios contaráncon un esquema de doble intervención (captura y aprobación) y, como en el SEBRA, con lafuncionalidad de reactivación de operaciones fallidas (“repique”).

4.4 PROVISIÓN DE LIQUIDEZ INTRADÍA AL SISTEMA DE PAGOS

Cuando el Banco de la República decidió extender, en 1998, la exigencia de que todas lasoperaciones de alto valor que tienen lugar en sus cuentas se ajustaran a un esquema LBTR, dio unpaso decisivo hacia la reducción de los riesgos en la liquidación de las operaciones interbancariasque, de hecho, para ese momento sólo habían dado algunos países desarrollados y apenas unreducido número de países en desarrollo. Como muestran varios informes del Comité de Sistemasde Pago y Liquidaciones (Committee on Payment and Settlement Systems, CPSS) y la experienciainternacional, un sistema LBTR es complejo y exige ciertos requisitos, entre otros el manejo de laliquidez intradía, adecuada secuencia de las operaciones, apropiada interrelación con otros sistemasde compensación y una gestión profesional de las reservas por parte de los participantes.

Teniendo presente lo anterior, el BR ha adoptado las siguientes medidas para optimizar elfuncionamiento de su sistema de LBTR:

a) A fines del II semestre de 1998 la JDBR aprobó el acceso de los agentes colocadores deoperaciones de mercado abierto de expansión a un mecanismo de provisión de liquidezadicional para los intermediarios financieros orientado a facilitar el fluido funcionamientodel sistema de pagos: los repos intradía. Aunque el costo de esta operación inicialmentefue alto (y su utilización muy baja), en mayo de 1999 se revisó la tasa de interés cobradareduciéndose al 0. por ciento. Al respecto es pertinente precisar que el BR no estáautorizado constitucionalmente a realizar operaciones con las entidades financieras sincosto ni cobro de intereses y tampoco puede autorizar sobregiros en cuentas corrientes.Por tal motivo, se requiere establecer algún cobro financiero, así sea mínimo, para larealización de cualquier tipo de repos, incluso los intradía.

b) Hacia mediados de 1999 se revisó la secuencia intradía de pagos y de provisión de liquidezen las operaciones que tienen entre los intermediarios del mercado de capitales y el BR afin de permitir que el sistema financiero pudiese iniciar el día con una mayor disponibilidadde recursos líquidos que permitiera una más fluida realización de operaciones interbancarias.Se destaca, en particular, que el cobro de los vencimientos de repos con el BR (retrocesiónde repos) se desplazó de las 4:00 horas a las 14:30 después de la liberación de los fondosprovenientes de la compensación de cheques (que tiene lugar hacia la 13:00 horas.), yvarias horas después de conocerse los resultados de la subasta de repos (aproximadamentea las 11:30), que son la principal fuente de liquidez de las entidades financieras.

c) A pesar de lo anterior, como se observa en la figura 9, el uso de los repos intradíacontinuó siendo muy bajo hasta finales de 2000. Una de las razones aducidas por losintermediarios para explicar este hecho es que, en la reglamentación vigente hasta

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hace poco, las entidades que hicieran uso de esta facilidad y no la repagaran dentro delmismo día (como límite a las 19:00 horas), perderían el colateral dado en garantía alBR. Teniendo en consideración diversos aspectos de la reorientación de la políticamonetaria y cambiaria en épocas más recientes, en marzo de 2001 la JDBR autorizó laconversión del repo intradía en repo overnight para aquellas entidades que operancomo agentes colocadores de operaciones de mercado abierto de expansión que así losoliciten sin pérdida del colateral. El costo de esta conversión será equivalente a la tasade interés aplicada en la ventanilla lombarda de expansión monetaria más un puntoporcentual. El requisito para su aprobación es que no se sobrepase el límite máximoautorizado para la totalidad de repos y cupos de liquidez con el BR (15 por ciento delos pasivos sujetos a encaje de la respectiva entidad). Esta facilidad está disponible paralos usuarios desde mayo de 2001.

Figura 9: Evolución mensual del valor de las operaciones repo intradía

Evaluación repo intradía(billones de pesos)

d) Además de las operaciones tradicionales de reporto que lleva a cabo el BR, a saber, lasubasta de cupo limitado de la mañana y la ventanilla Lombarda (de cupo ilimitado)del final de la tarde, también recientemente se aprobó el otorgamiento de un repo“overnight” automático a los bancos que presenten un eventual faltante en la primeracompensación de cheques. Esta decisión se adoptó por consideraciones monetarias yaque, ante la dificultad de predecir el valor a cargo que tendrán por efectos de lacompensación interbancaria de cheques, los bancos que creen que van a enfrentarposiciones multilaterales netas deficitarias en dicho proceso generalmente inmovilizanimportantes montos en sus cuentas en el BR con el fin de hacer frente a posiblesnecesidades de liquidez por retiros inesperados de fondos a través de cheques. Loanterior se venía traduciendo en sobre encajes importantes que venían afectando laeficiencia de los instrumentos de política monetaria.

2.01.81.61.41.21.00.80.60.40.20.0

Fuente: Banco de la República.

Ago Oct Dic Feb Abr Jun Ago Oct Dic Feb Abr1999 2000 2001

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Con la aprobación de las medidas señaladas en los puntos anteriores se está dotando al mercadofinanciero de eficientes mecanismos de provisión de liquidez para el fluido funcionamiento delsistema de pagos y suficientes, según los cálculos efectuados, para cubrir el riesgo de faltantes enla compensación y para permitir que próximamente se pueda efectuar la liquidación de lostítulos valores privados transados en el mercado OTC bajo un esquema de entrega contra pago.Cabe también destacar, en la misma figura 9, que desde finales de 2000 el uso de los reposintradía viene alcanzando niveles sin precedentes, lo cual confirma su reconocimiento como unimportante instrumento para la eficiencia operativa del sistema de pagos.

4.5 PRINCIPALES PROYECTOS Y POLÍTICAS EN ETAPA DE IMPLEMENTACIÓN

Los siguientes proyectos y políticas están en proceso de implementación para facilitar el procesode pagos.

a) Vincular a DECEVAL y a las bolsas de valores al sistema de liquidación del BR a efectos degarantizar la liquidación de las operaciones sobre títulos valores privados en el mercadoOTC bajo un esquema de entrega contra pago, tal y como hoy operan el SEN y el DCV.

b) Para el segundo semestre de 2001 se tiene proyectada la puesta en marcha del nuevosistema de pagos de alto valor CUD con claras ventajas en términos de la informaciónsuministrada a los usuarios, en particular proveyéndoles información detallada en tiemporeal sobre la proveniencia y pormenores de los créditos (abonos) recibidos en su cuenta enel BR para facilitar el seguimiento y el manejo de tesorería y la implementación de nuevasfuncionalidades para el manejo de sus recursos en cuenta de depósito.

c) Desarrollar de una versión más moderna y funcional del DCV en línea con los más altosestándares internacionales en la materia (previsto para ser concluido hacia el 2003).

d) Analizar mecanismos que desincentiven la utilización del cheque como instrumento parapagos de alto valor al tiempo que se implementan nuevas operativas que den acceso indirectoal sector privado a los actuales esquemas de liquidación de operaciones de alto valor.

e) Consolidar las transferencias electrónicas tipo ACH como mecanismo eficiente, seguro yconfiable para los pagos de bajo valor. Se adelanta actualmente un proyecto destinado aincorporar los pagos y recaudos de la seguridad social al CENIT y se están estudiando otrosnuevos mecanismos que permitan lograr una mayor uso de esta alternativa de pago entrelas entidades del sector público en general. Para el primer semestre de 2001 se proyectaimplementar las transacciones tipo débito con esquemas de domiciliación.

f) Se ha iniciado un proyecto de evaluación de los riesgos que enfrentan los intermediariosdel mercado cambiario por su forma de operar y liquidar sus operaciones en el mercadocambiario a fin de coordinar mecanismos, conjuntamente con los agentes privados, quepermitan reducir el riesgo en las operaciones de cambio internacional.

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45 Ley 27 de 1990 y Decreto 437 de 1992.46 Artículo 379 Código de Comercio.

5 VALORES, ESTRUCTURA DE MERCADO Y NEGOCIACIÓN

INSTRUMENTOS

5.1 FORMAS DE REPRESENTACIÓN DE LOS VALORES

En el mercado Colombiano la representación de los valores mobiliarios es posible mediante títulosfísicos o anotación en cuenta en un depósito centralizado de valores. Ésta es una decisión voluntariadel emisor y es una condición susceptible de modificarse.45

5.1.1 Valores representados por títulos físicos

En esta clase de títulos el emisor de valores es la persona encargada de emitir sus títulos o valores.Para títulos nominativos existe la obligación de la teneduría del libro de registro. En éste se registranlas transferencias, la garantías, embargos y demás medidas cautelares de cada uno de los títulos ovalores en circulación.

5.1.2 Valores representados mediante anotaciones en cuenta

Las entidades emisoras pueden depositar la totalidad o parte de una emisión en un depósitocentralizado de valores entregando uno o varios títulos que representen la totalidad o una parte dela emisión. La teneduría del libro de registro de títulos nominativos desmaterializados puede serllevado por el depósito centralizado de valores o por el emisor, según decisión de este último. En elMercado Público de Valores Colombiano no es obligación la inscripción de títulos o valores en undepósito centralizado de valores para poder ser negociados.

5.2 CLASES DE VALORES

Existen dos categorías de valores, los títulos de participación tales como acciones y derechos desuscripción y los títulos de contenido crediticio que representan deuda, tales como bonos,aceptaciones, certificados de depósito a término, títulos de tesorería, etc.

5.2.1 Acciones y derechos de suscripción

• Acciones. Título valor nominativo el cual representa un derecho porcentual de participacióndel accionista en el capital de una sociedad anónima. Las acciones pueden ser de lassiguientes clases:

1. Acciones ordinarias:46 Son aquellas que confieren a su propietario los siguientesderechos:

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a. el de participar en las deliberaciones de la asamblea general de accionistas y votaren ella.

b. el de recibir una parte proporcional de los beneficios sociales establecidos por losbalances de fin de ejercicio.

c. el de negociar libremente las acciones, a menos que se estipule el derecho depreferencia a favor de la sociedad o de los accionistas o de ambos.

d. el de inspeccionar libremente los libros y papeles sociales dentro de los quincedías hábiles anteriores a las reuniones de la asamblea general en que se examinenlos balances de fin de ejercicio.

e. el de recibir una parte proporcional de los activos sociales al tiempo de la liquidacióny una vez pagado el pasivo externo de la sociedad.

2. Acciones con dividendo preferencial sin derecho a voto:47 Esta clase de acción da a sutitular el derecho de percibir un dividendo mínimo fijado en el reglamento de suscripcióny se paga de preferencia respecto al que corresponda a las acciones ordinarias, alreembolso preferencial de los aportes una vez pagado el pasivo externo, en caso dedisolución de la sociedad; y a los demás derechos previstos para las acciones ordinarias,salvo el de participar en la asamblea de accionistas y votar en ella. Deben tener igualvalor nominal que las acciones ordinarias y no pueden representar más del 50 porciento del capital suscrito.

3. Acciones privilegiadas48. Son las que además de los derechos otorgados a las accionesordinarias conceden otros adicionales, los cuales por disposición legal expresaúnicamente consisten en ventajas económicas, como las siguientes:

a. un derecho preferencial para su reembolso en caso de liquidación hastaconcurrencia de su valor nominal.

b. un derecho a que de las utilidades se les destine, en primer término, una cuotadeterminada, acumulable o no. La acumulación no podrá extenderse a un períodomayor de cinco años.

• Derecho de preferencia en la suscripción. Los accionistas tienen derecho a suscribirpreferencialmente en toda nueva emisión de acciones, una cantidad proporcional a las queposeen en la fecha en que se apruebe el reglamento.

47 Artículo 63 Código de Comercio.48 Artículo 381 Código de Comercio.

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5.2.2 Valores de contenido crediticio

• Títulos de Tesorería. Son valores a la orden, emitidos por el Gobierno Nacional, con el finde obtener recursos para financiar el Presupuesto de la Nación. Los valores emitidos a tasafija pueden tener plazos de 1, 2, 3 y 5 años y los de tasa variable (IPC) a 5, 7, 10 y 15 años.Pueden ser denominados en moneda extranjera con un plazo de 1, 2 y 3 años y en Unidadesde Valor Real Constante (UVR) con plazos de 5 y 7 años.

• Bonos. Son títulos valores que incorporan una parte alícuota de un crédito colectivoconstituido a cargo de una sociedad o patrimonio autónomo. Pueden ser a la orden onominativos y son emitidos a un plazo igual o superior a un año.

1. Bonos Ordinarios. Tanto el sector privado como el sector público pueden emitirlos. Losrecursos captados con estos bonos se destinan a financiar nuevos proyectos de inversión,ampliación de planta, sustitución de pasivos, atención de necesidades de capital detrabajo, etc.

2. Bonos Obligatoriamente Convertibles en Acciones. Son títulos nominativos, emitidospor las sociedades anónimas, y los cuales, en la fecha de vencimiento, debenobligatoriamente convertirse en acciones de la compañía que los emitió. Devenganhasta la fecha de su vencimiento una tasa de interés, cuya forma de pago y cuantía esdeterminada por la empresa emisora de los mismos en el reglamento correspondientede emisión.

• Aceptación. Es una letra girada a cargo de un comprador de mercancías, generalmentecomerciantes e intermediarios, la cual es avalada por un establecimiento financiero. Elobjetivo de este instrumento es servir como fuente alterna de financiamiento del sectorproductivo. Tiene un plazo de vencimiento no superior a un año y es un título a la orden.

• Papeles comerciales. Son pagarés ofrecidos en el mercado público de valores, emitidosmasivamente o en serie. Los papeles comerciales no pueden tener vencimiento inferior aquince días comunes ni superior a nueve meses contados a partir de la fecha de suscripción.Los recursos obtenidos a través de la colocación de papeles comerciales no podrán destinarsea la realización de actividades propias de los establecimientos de crédito ni a la adquisiciónde acciones o bonos convertibles en acciones y son títulos expedidos a la orden.

• Certificado de depósito a término. Son valores nominativos emitidos por algunas entidadesfinancieras con el fin de captar ahorro del público. El plazo mínimo es de un mes y sonprorrogables por un término igual al pactado inicialmente.

• Certificado de ahorro de valor constante. Son una alternativa de inversión a término queofrecen las corporaciones de ahorro y vivienda para captar recursos que destinan alotorgamiento de préstamos para el fomento de la construcción de vivienda. Estos valorespueden ser nominativos y su plazo mínimo es de un mes. Si no se cancelan al vencimiento

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pactado quedan automáticamente prorrogados por períodos iguales al inicialmenteacordado.

5.3 CÓDIGO DE IDENTIFICACIÓN DE VALORES

Cada entidad emplea su propio sistema de codificación, de forma que cada título o valor cuentacon diferentes códigos asignados por las bolsas de valores, DECEVAL, el DCV del Banco de laRepública, los emisores y el Registro Nacional de Valores e Intermediarios de la Superintendenciade Valores. En la actualidad el DECEVAL adoptó una codificación estandarizada para identificar losvalores que circulan en el mercado a nivel nacional e internacional con base en la norma IZO6166, homologada en Colombia por la norma Icontec número 4064.

5.4 TRANSFERENCIA DE LA TITULARIDAD

La transferencia de un título o valor depende de la ley de circulación del mismo e implica no sólola transferencia del derecho principal incorporado sino también la de los derechos accesorios.49

La transferencia de la titularidad de valores que se encuentran en un depósito centralizado devalores depende igualmente de su ley de circulación y se hace por el simple registro en los librosdel mismo, previa orden escrita del titular de dichos valores o de su mandatario, la cual se puedetransmitir a la sociedad administradora del depósito por cualquier medio fidedigno previsto en elreglamento de la misma.50

Cuando se trata de títulos nominativos, la transferencia se perfecciona por la inscripción en el librode registro de la entidad emisora, para lo cual el depósito centralizado de valores comunica laoperación a dicha entidad.

5.5 PRENDA DE VALORES COMO FORMA DE GARANTÍA

Los diferentes sistemas electrónicos de negociación bursátil así como los sistemas centralizados deinformación para transacciones establecen en sus reglamentos operativos los valores admisiblescomo garantías en las diferentes modalidades de operaciones que se realicen en ellos. Los valoresdados en garantía se entregan físicos o desmaterializados a la bolsa o a la sociedad administradoradel sistema a través del cual se vaya a realizar la transacción y éstas se encargan de la administraciónde las mismas.

5.6 TRATAMIENTO DE VALORES EXTRAVIADOS, ROBADOS O DESTRUIDOS

Los depósitos centralizados de valores y las bolsas de valores reciben de los emisores o de losinversionistas la información sobre títulos r obados o perdidos. Con ella, cada uno alimenta su

49 Artículo 628 del código comercio.50 Artículo 20, ley 27 de 1990 y Artículo 14, Decreto 437 de 1992.

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propia base de datos y efectúa el registro de la misma en forma independiente. Adicionalmente, lasbolsas de valores publican esta información en los boletines diarios e informativos.

5.7 ASUNTOS LEGALES RELACIONADOS CON LA CUSTODIA

La custodia de valores en el Mercado Público de Valores puede ser efectuada por cualquier personanatural o jurídica. Las sociedades comisionistas de bolsa pueden administrar valores de suscomitentes y portafolios de valores de terceros.51 Los depósitos centralizados de valores ofrecen lacustodia de los valores que le son encomendados en forma inmovilizada.52

5.7.1 Fungibilidad

El depósito centralizado de valores puede en cualquier tiempo solicitar a la entidad emisora quesustituya, por uno o varios títulos, todos los valores que se encuentran en el depósito y que poseanlas mismas características financieras.53 Sin perjuicio de lo expuesto, cuando los títulos que seencuentran en depósito no tengan idénticas características financieras la sociedad emisora puedeentregar a la sociedad administradora del depósito centralizado de valores un solo título destinadoa representar la totalidad o parte de cada emisión que se encuentre en el depósito.

Toda entidad emisora está obligada a sustituir los títulos depositados en la forma que le solicite eldepósito centralizado de valores para el adecuado manejo de los mismos o para atender lassolicitudes de retiro de dichos valores.54

Los títulos depositados en el DCV que correspondan a una misma emisión desmaterializada, esdecir, que tengan iguales condiciones financieras (fecha de inicio, vigencia, fecha de vencimiento,tasa, etc.) se agregan pues se consideran fungibles, de tal manera que quien aparezca como titularde un valor lo será de una parte de la emisión sin que se identifiquen individualmente los valores.A partir de enero del año 2001 el depósito de valores privado, DECEVAL, aplicará este mismomecanismo de fungibilidad.

5.7.2 Supresión de la entrega física

Cuando se haya depositado la totalidad o parte de una emisión en un depósito centralizado devalores el emisor debe indicar tal circunstancia en el aviso de oferta pública.55 En este caso laobligación de entregar los títulos emitidos a los suscriptores se cumple con la entrega de la constanciade depósito.56 Cuando el adquirente desea recibir el título físico la entidad emisora expide el

51 Resolución 1200 de 1995, artículo 3.6.1.1.52 Ley 27 de 1990.53 Artículo 13 Decreto 437 de 1992.54 Artículo 21, Ley 27 de 1990.55 Artículo 11, Decreto 437 de 1992.56 Inciso segundo, artículo 22, Ley 27 de 1990.

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respectivo documento y lo comunica al depósito centralizado de valores para que este últimoproceda a hacer la anotación correspondiente.57

En Colombia no existen normas que obliguen a que las negociaciones en el mercado bursátil omercado mostrador se lleven a cabo mediante la entrega de títulos desmaterializados. La sociedadcomisionista vendedora establece, en el proceso de complementación de la operación, el mecanismoa través del cual va a efectuar el cumplimiento del título, pudiendo ser éste físico o desmaterializadoen el DCV o DECEVAL. Sin embargo, los títulos que se negocian en el Sistema Electrónico deNegociación (SEN) administrado por el BR necesariamente deben ser documentos desmaterializadosdepositados en el DCV.

ESTRUCTURA DE MERCADO Y SISTEMAS DE NEGOCIACIÓN

5.8 CARACTERÍSTICAS GENERALES

En Colombia operan tres bolsas de valores (Bolsa de Bogotá, Bolsa de Occidente y Bolsa de Medellín)tanto en valores de renta fija como renta variable.58 El valor de las operaciones realizadas en lasbolsas fue de $62.1 billones en el año 2000. Esta cifra incluye tanto operaciones de mercadoprimario como negociación en el mercado secundario. Las operaciones de renta fija representaroncerca del 95 por ciento del valor total siendo el resto operaciones en renta variable. Por otro lado,existe un mercado OTC cuyas operaciones alcanzaron un valor total de $294.4 billones en 2000,fundamentalmente operaciones de valores de renta fija. Las operaciones registradas a través deINVERLACE y NEXUM en el año 2000 representaron el 78 por ciento y 17 por ciento respectivamentedel valor total de las operaciones realizadas en el mercado mostrador. Las operaciones realizadas através de SEN representaron el restante 5 por ciento. Por tipo de títulos las operaciones en valorespúblicos alcanzaron la cifra de $42.2 billones en las bolsas y $128.2 billones en el mercado OTC.

En el Registro Nacional de Valores e Intermediarios (RNVI) se encontraban inscritos a noviembre de2000 868 títulos de los cuales el 41.7 por ciento correspondían a inscripción normal, el 57.7 porciento a títulos de inscripción automática y el 0.6 por ciento a inscripción temporal.59 Durante el2000 de las 167 acciones inscritas en el RNVI un total de 132, es decir, el 79 por ciento, seencontraban inscritas en alguna de las bolsas de valores del país. Del total de acciones listadas enbolsa el 91.7 por ciento registraron operaciones durante dicho año y el 29.5 por ciento fue clasificadacomo de alta y media bursatilidad.

57 Inciso segundo, artículo 11, Decreto 437 de 1992.58 Desde el 3 de Julio 2001 las tres bolsas de valores se fusionaron en una: La Bolsa de Colombia.59 Inscripción Automática: corresponde a las ofertas públicas autorizadas sobre valores que emitan los fondoscerrados administrados por sociedades fiduciarias y fondos de valores cerrados administrados por sociedadescomisionistas de bolsa en desarrollo de procesos de titularización cuyo reglamento haya sido autorizado porla Superintendencia respectiva y haya sido estructurado sobre títulos de deuda pública, emitidos o garantizadospor la Nación, el Banco de La República y documentos de carácter serial o masivo que emitan losestablecimientos de crédito vigilados por la Superintendencia Bancaria.

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Figura 10: El mercado público de valores en 2000(en billones de $)

BURSÁTILBURSÁTILBURSÁTILBURSÁTILBURSÁTILBURSÁTILBURSÁTILBURSÁTILBURSÁTILBURSÁTILBURSÁTILBURSÁTILBURSÁTILBURSÁTILBURSÁTILBURSÁTILBURSÁTILBURSÁTILBURSÁTILBURSÁTILBURSÁTILBURSÁTILBURSÁTILBURSÁTILBURSÁTILBURSÁTILBURSÁTILBURSÁTIL $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1 $ 62.1

MOSTRADORMOSTRADORMOSTRADORMOSTRADORMOSTRADORMOSTRADORMOSTRADORMOSTRADORMOSTRADORMOSTRADORMOSTRADORMOSTRADORMOSTRADORMOSTRADORMOSTRADORMOSTRADORMOSTRADORMOSTRADORMOSTRADORMOSTRADORMOSTRADORMOSTRADORMOSTRADORMOSTRADORMOSTRADOR $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4 $ 294.4

T I P O D E M E R C A D O

C L A S E D E O P E R A C I Ó N

SECTOR

T I P O D E O P E R A C I O N E S

T I P O D E R E N D I M I E N T O E S P E C I E S

T I P O D E A C T I V I D A D

BOLSA S . C . I . *

CONTADO$60.5 (97.4%)

A PLAZO$1.5 (2.6%)

CONTADO$277.2 (94.1%)

A PLAZO$17.2 (5.9%)

PRIVADO$19.9 (32%)

PÚBLICO$42.2 (68%)

PRIVADO$166.2 (56.5%)

PÚBLICO$128.2 (43.5%)

NORMALES$56.4 (91%)

REPOS$2 (3.3%)

NORMALES$151.5 (51.5%)

REPOS$127.5 (43.3%)

SWAPS$1.9 (3.1%)

CARRUSEL$0.26 (0.4%)

SWAPS$4.1 (1.4%)

CARRUSEL$0.1 (0%)

OPAS + MARTILLOS$1.5 (2.4%)

FORWARD$4.3 (1.5%)

OTRAS$6.9 (2.3%)

RENTA FIJA$59.2 (95.3%)

RENTA VARIABLE$2.9 (4.7%)

BONOS PRIVADOS$4 (1.4%)

B PÚBLICOS$5.6 (1.9%)

TES$106.4 (36.1%)

CDT + CACV$34.5 (11.7%)

OTROS$143.9 (48.9%)

NEXUM$48.4 (16.4%)

SEN$14 (32%)

INVERLACE$232 (78.8%)

POR COMISIÓN$45.7 (73.7%)

CUENTA PROPIA$16.3 (26.3%)

MEDELLÍN$23.6 (38%)

BOGOTÁ$32.7 (52.7%)

OCCIDENTE$5.8 (9.3%)

PRIMARIO$4.3 (7%)

SECUNDARIO$57.8 (93%)

PRIMARIO$29 (9.9%)

SECUNDARIO$265.4 (90.1%)

* S.C.I.: Sistema Centralizado de Información.

Fuente: Superintendencia de Valores.

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Informe de Colombia Agosto 2001

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5.9 MERCADO PRIMARIO

Es el segmento del Mercado Público de Valores en el que las empresas privadas y públicas inscritasen el RNVI colocan, mediante oferta pública60 títulos que se emiten o salen por primera vez almercado con la finalidad de obtener nuevos recursos, ya sea para la constitución o ampliación decapital de las sociedades o como financiación alternativa al sistema bancario. La colocación deestos nuevos valores en el mercado se lleva a cabo por diferentes canales, ya sea en forma directao por medio de un intermediario especializado.

En cuanto a la deuda pública, según la Ley 51 de 1990, artículo 4, el Gobierno Nacional puedeemitir, colocar y mantener en circulación Títulos de Tesorería (TES) para financiar apropiacionespresupuestarias o para reemplazar a su vencimiento los Títulos de Ahorro Nacional y los Títulos deParticipación, que fueron emitidos con anterioridad a 1990. Asimismo, los TES pueden ser utilizadospara operaciones temporales de tesorería en sustitución de los cupos de crédito de la Nación en elBanco de la República. El artículo 5 de la mencionada ley autoriza al Gobierno Nacional parareestructurar, consolidar y sustituir la totalidad de la deuda pública interna de la Nación con elBanco de la República, mediante la sustitución total o parcial por Títulos de Tesorería, los cualespodrán ser utilizados para operaciones de mercado abierto. Igualmente, esta misma ley regula,entre otros aspectos, los relacionados con las características de los títulos de Tesorería y lo pertinentea las emisiones de Títulos de deuda pública emitidos por la Nación, entidades territoriales, losdistritos y sus respectivas entidades y organismos descentralizados. La Ley 628 de 2000 faculta alGobierno Nacional para emitir títulos de Tesorería (TES) clase “B” con base en las facultades de laLey 51 de 1990. La Resolución 001 de 2001 establece el procedimiento de colocación por subastade títulos de Tesorería TES clase “B” en el mercado primario.

La Ley 31 de 1992, en el artículo 53, establece que los títulos que el BR emita por disposición de laJDBR con el objeto de regular el mercado monetario o cambiario tienen el carácter de títulosvalores y se consideran inscritos tanto en la Superintendencia de Valores como en las bolsas devalores y las ofertas públicas correspondientes no requerirán autorización de ninguna otra autoridad.Igualmente indica que tales títulos se regirán por las disposiciones generales que dicte la JDBR y enlos casos no previstos por ella por las contenidas en el Código de Comercio. De la misma manera,dictaminó que a partir del año 1999 las operaciones de mercado abierto en moneda legal serealizarán exclusivamente con títulos de deuda pública.

Durante el 2000 fueron aprobadas 39 ofertas públicas equivalentes a $5.4 billones (USD 2,589millones), cifra que representa una disminución del 29.7 por ciento frente a lo aprobado durante1999. De acuerdo con la información suministrada por los emisores a noviembre de 2000 sehabían colocado el 25 por ciento del total de ofertas autorizadas por resolución61.

60 Oferta Pública es aquella que se dirige a personas no determinadas o a cien o más personas determinadascon el fin de suscribir, enajenar o adquirir documentos emitidos en serie o en masa que otorguen a sustitulares derechos de crédito, de participación y de tradición o representativos de mercancías.61 El total de ofertas autorizadas por resolución a diciembre de 2000 fue de $3.4 billones y la mayoría seencuentra en período de suscripción.

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5.10 MERCADO SECUNDARIO

En éste se realiza el intercambio de los valores adquiridos entre los inversionistas, dotándolos deliquidez. Adopta formas contractuales diversas como son los contratos de mandato o de comisiónpara la compra y venta de valores, el corretaje y la fiducia de inversión mobiliaria, entre otros. Porlo que respecta a la deuda pública la Resolución 2886 de 2000 del Ministerio de Hacienda yCrédito Público reglamenta el programa de creadores de mercado para los títulos de deuda pública.

5.11 NEGOCIACIÓN EN LA BOLSA DE VALORES

Es aquel estructurado y desarrollado sobre valores inscritos en el RNVI, a partir de la actividad delas bolsas de valores, como lugar de reunión de carácter institucional para la realización deoperaciones de compra y venta de títulos por parte de agentes especializados. Está constituido portres bolsas de valores: Bolsa de Bogotá, Bolsa de Medellín y Bolsa de Occidente; cada una de lascuales administra sus propios sistemas de negociación de valores de renta fija, renta variable ydeuda pública. En general estos sistemas se caracterizan por ser ciegos y contar con criterios deadjudicación de operaciones basados en mejor precio o tasa. A igualdad de precio o tasa se tieneen cuenta el orden cronológico de ingreso al sistema.

Durante el año 2000 se realizaron en el mercado bursátil operaciones por valor de $62.1 billones(USD 29,541 millones), cifra que representa un 36.0 por ciento frente al PIB, cinco puntos más quela proporción del año anterior. Sobre valores de renta variable se registraron operaciones por valorde $2.9 billones (USD 1,378 millones), cifra que representa un 4.7 por ciento del total de lasoperaciones bursátiles y una proporción sobre el PIB del 1.7 por ciento, ligeramente inferior a la de1999. El resto de negociaciones correspondieron al mercado de renta fija. Dentro de estasnegociaciones los títulos del sector oficial continuaron siendo los de mayor presencia bursátil conel 68 por ciento del total transado en el 2000.

La evolución de la capitalización bursátil registró una tendencia creciente desde 1991 hasta 1997(véase la tabla 3). En adelante mostró un comportamiento contrario retornando a un nivel endólares similar al observado en la primera parte de 1993. La relación de este indicador frente al PIBdisminuyó en diez puntos porcentuales en los últimos siete años.

Tabla 3: Capitalización bursátil*(en millones de USD)

1991 1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998 1999 2000

4,000 9,000 14,400 18,495 14,833 16,436 19,978 13,461 11,904 10,123

Capitalización bursátil como porcentaje del PIB

8.40 17.01 22.65 22.77 17.35 16.04 20.82 14.69 14.67 13.08

* Valores a diciembre de cada año. Para el año 2000 valor a noviembre.Fuente: Superintendencia de Valores. División Estudios Económicos.

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5.11.1 Horario de negociación bursátil

Las sesiones de las Bolsas de Valores se realizan todos los días hábiles, de lunes a viernes, en elhorario que se describe a continuación:

Renta Variable: De 10:00 a.m. a 12:00 p.m. y los fines de mes hasta las 11:30 a.m.

Renta Fija: De 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

5.11.2 Sistemas de negociación

Sistema de negociación electrónico de renta fija. Es un mecanismo que permite la negociación devalores distintos a acciones, bonos convertibles en acciones, derechos de suscripción de bonosconvertibles en acciones y otros que por sus características se puedan asimilar a los anteriores. Enéste las ofertas, posturas y adjudicaciones se efectúan a través de estaciones de trabajo conectadasal sistema de cómputo de cada bolsa. Las tres bolsas utilizan sistemas de remate en serie, modalidadésta referida a un remate de ofertas de ventas en el cual las ofertas previamente inscritas se difundenen orden cronológico de ingreso, permitiendo la recepción de posturas y adjudicaciones en formaindependiente para cada oferta.

Sistema de negociación electrónica de acciones. La rueda electrónica de acciones es un mecanismode negociación de acciones, derechos de suscripción de acciones, derechos de suscripción debonos convertibles en acciones, en la que las ofertas y demandas previamente ingresadas sonexpuestas al sistema y posteriormente calzadas. Las ofertas, demandas y posturas se efectúan através de las estaciones de trabajo conectadas al sistema de cómputo de la bolsa.

5.11.3 Tipos de operaciones

Las operaciones que se realizan actualmente en las bolsas de valores son las siguientes:

Operaciones de Contado. La compra y venta de valores de renta fija en bolsa se considera decontado cuando el cumplimiento se pacta en la misma fecha en que se celebra la negociación, esdecir, en T+0. Este tipo de operaciones tiene una prórroga para su cumplimiento hasta T+5. En elcaso de renta variable se considera de contado cuando el cumplimiento se pacta en T+3. Tieneuna prórroga para el cumplimiento hasta T+6.

Operaciones a Plazo. La compra y venta de valores en bolsa es a plazo cuando al momento de sercelebrada se pacta que su cumplimiento se realizará en una fecha posterior a T+6 y en todo casocomo máximo 365 días calendario. Estas operaciones a plazo pueden ser de cumplimiento efectivoo de cumplimiento financiero.

Cumplimiento Efectivo. Son aquellas operaciones a plazo en las cuales el vendedor se obliga aentregar los valores vendidos y el comprador se obliga a pagar el precio pactado en la fecha decumplimiento acordada. Las operaciones a plazo de cumplimiento efectivo pueden realizarse sobre

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acciones, bonos convertibles en acciones, títulos de participación emitidos en proceso detitularización y títulos de renta fija.

Cumplimiento Financiero. Son aquellas operaciones a plazo en las cuales el cumplimiento se haceúnicamente con la entrega del diferencial en dinero entre el precio establecido en la operación aplazo y el precio de mercado del valor correspondiente en el día de cumplimiento de la operación.La entrega se hace por parte del vendedor o del comprador según el precio de mercado sea superioro inferior, respectivamente, al fijado en la operación a plazo. Las operaciones a plazo de cumplimientofinanciero sólo pueden realizarse sobre TES, contratos sobre índices bursátiles, índices de divisas oíndices de rentabilidad.

Operaciones de Venta con Pacto de Recompra (repos). Son operaciones de compraventa de valoresen los cuales el comprador se obliga a revender y el vendedor a recomprar en un plazo determinadoy bajo las condiciones convenidas en el negocio. El vendedor inicial ofrece una rentabilidaddeterminada al comprador inicial sobre el título que respalda la operación.

Operación Swap. Comprende el intercambio de títulos valores, su objetivo está dado por la necesidaddel cliente de mejorar la liquidez de su portafolio, rentabilidad o cambio del emisor. Las operacionesswap en Colombia han sido estructuradas en forma y con propósitos diferentes a como se operanen los mercados internacionales ya que en estos últimos son operaciones financieras en las que laspartes contractuales acuerdan intercambiar flujos monetarios en el tiempo buscando mitigar lasoscilaciones de las monedas y los tipos de interés.

Operaciones Carrusel. Son derivados de baja sofisticación. Consisten en el compromiso de variosinversionistas para turnarse la posesión de un título de renta fija de manera que la suma de losperiodos de tenencia del título por parte de cada uno de los participantes sea igual al plazo devencimiento del título. La sociedad comisionista se encarga de estructurar la cadena completa deinversionistas.

Otras. Adicionalmente se realizan dentro de las bolsas de valores otras operaciones tales como:Oferta Pública de Adquisición (OPA), Oferta Pública de Democratización, Oferta Pública deIntercambio (OPI) y Martillos, las cuales requieren autorización previa de la Superintendencia deValores y tienen las siguientes características:

Oferta Pública de Adquisición. Se efectúa cuando una persona o grupo de personas que conformanun mismo beneficiario real, directamente o por interpuesta persona, desean adquirir más del 10por ciento de las acciones ordinarias en circulación de una sociedad que se encuentran inscrita enuna bolsa de valores. Igualmente, cuando siendo beneficiario real del 10 por ciento de las accionesordinarias en circulación desea incrementar su participación en más del 5 por ciento.62 La ofertadebe ser dirigida a todos los titulares de tales acciones.

Oferta Pública de Intercambio. Se efectúa cuando la persona o grupo de personas que conformanun mismo beneficiario real desea realizar una oferta pública de adquisición y ofrece como pago

62 Resolución 400 de 1995, artículo 1.2.5.6 y siguientes.

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acciones, títulos representativos de acciones, títulos de deuda emitidos o garantizados por la Nacióno títulos de deuda de entidad pública o gobierno extranjero.63

Martillo. Se realiza para efectuar el remate público de valores inscritos en el RNVI y debe celebrarsede forma simultánea en las tres bolsas.64

5.11.4 Requisitos de inscripción

Para que un valor pueda ser inscrito en bolsa de valores debe en primer lugar estar inscrito en elRNVI, para lo cual es necesario el cumplimiento de los siguientes requisitos generales:

• que la sociedad emisora pueda ser calificada por su naturaleza en una de las categoríasdefinidas por la Sala General de la Superintendencia de Valores.

• presentar solicitud de inscripción acompañada de los documentos que, según la naturalezadel emisor, exija la Superintendencia de Valores.

En todo caso, la inscripción en el RNVI sólo se efectúa cuando los títulos objeto de la inscripción sepretenden ofrecer públicamente o cuando éstos se van a inscribir para su negociación en una bolsade valores.65

Los documentos de carácter serial o masivo que emitan los establecimientos de crédito vigiladospor la Superintendencia Bancaria, en desarrollo de operaciones pasivas realizadas de manera regularo esporádica, se entenderán como inscritos en el RNVI para todos los efectos legales y pueden serobjeto de oferta pública sin que se requiera autorización de la Superintendencia Bancaria o deValores.

Para la inscripción de un valor en bolsa adicionalmente es necesario adjuntar a la solicitud deinscripción la siguiente documentación:

• Acta del órgano social competente que autorice la inscripción del valor o título en bolsa devalores.

• Certificado de existencia y representación legal y estatutos sociales.

• Estados financieros de los 2 ó 3 últimos años.

• Ejemplar del valor o títulos a inscribir.

• Copia del contrato de depósito y/o administración, si es el caso.

63 Resolución 400, artículo 1.2.5.11 y siguientes.64 Resolución 1200 de 1995, artículo 3.2.3.1 y siguientes.65 Resolución 400 de 1995, parte primera, título primero, capítulo primero.

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• Documentos que acrediten la calificación del título, cuando ésta sea obligatoria.

• Prospecto de emisión y colocación y reglamento aprobado por la Superintendencia deValores, cuando se trate de nuevas emisiones.

• Conceptos y autorización, cuando el emisor es una entidad pública.

5.12 NEGOCIACIÓN DE DERIVADOS

El BR efectúa operaciones a plazo peso-dólar, las cuales han tenido un comportamiento crecientepasando de USD 1,581.5 millones en el mes de noviembre de 2000 a USD 1,878.1 millones endiciembre del mismo año, lo cual representó un incremento del 18.8 por ciento. El promediodiario aumentó de USD 79 millones a USD 94 millones. El número de operaciones pasó de 1,208a 791 y el promedio diario de 60 a 40 operaciones por día.

En el mercado de compra los bancos comerciales realizaron contratos por USD 942 millones, un36.4 por ciento superior al monto del mes anterior (USD 690.5 millones). La participación de losbancos aumentó de 43.7 por ciento en noviembre a 50.2 por ciento en el mes de diciembre. Por suparte, las corporaciones financieras disminuyeron su participación de 8.3 por ciento en noviembrea 4.8 por ciento en diciembre. El sector real disminuyó su participación en el total de compras de48 por ciento en noviembre a 45.1 por ciento en diciembre.

En el mercado de venta los bancos efectuaron operaciones por USD 1,541.4 millones, montosuperior en un 34.6 por ciento al presentado en noviembre (USD 1,145.3 millones). Su participaciónpasó de 72.4 por ciento en noviembre a 82.1 por ciento en diciembre. Por su parte, las corporacionesfinancieras disminuyeron su participación al pasar de 11.6 por ciento a 4.3 por ciento. El sectorreal vendió USD 256.2 millones, monto superior en USD 3.9 millones al del mes anterior (USD252.3 millones). Sin embargo, su participación en el total de ventas pasó de 16 por ciento a 13.6por ciento.

5.13 MERCADO MOSTRADOR (OTC)

Esta conformado por las negociaciones que de manera directa realizan inversionistas eintermediarios por fuera de los mecanismos bursátiles con valores o títulos inscritos en el RNVI.Se caracteriza principalmente por la libertad de acceso y porque cada participante asume losriesgos de cumplimiento. Las firmas comisionistas pueden participar en el mercado mostradortratándose de operaciones por cuenta propia y para inversión de sus propios recursos siempreque las operaciones se efectúen a través de sistemas centralizados de transacciones. En el MercadoMostrador operan los sistemas centralizados de información para transacciones. Actualmenteestán en funcionamiento el Sistema Electrónico de Negociación “SEN”, administrado por el BR,e Inverlace, administrado por la sociedad Inverlace S.A. del cual son socias las tres bolsas devalores del país.

El volumen negociado durante el 2000 en el mercado mostrador fue de $387.4 billones (USD184,320 millones), cifra que representa el 86.2 por ciento del total transado en el Mercado Público

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de Valores Colombiano y el 224.6 por ciento del PIB estimado. Similar al mercado bursátil, lamayor participación por sectores la obtuvo el oficial con una tercera parte del total transado,representado básicamente en Títulos de Tesorería en sus diferentes modalidades. Por su parte laproporción de los repos fue del 33.2 por ciento en este mercado.

5.13.1 Sistema Electrónico de Negociación “SEN”

Es un Sistema Centralizado de Información (S.C.I.) para transacciones, en el cual se realizanoperaciones secundarias con títulos de deuda pública depositados en el DCV.66 El BR es eladministrador del SEN. Actualmente pueden ser depositantes directos del SEN los establecimientosde crédito, las sociedades fiduciarias, las sociedades comisionistas de bolsa, las sociedadescomisionistas independientes de valores, las sociedades administradoras de fondos de pensionesy cesantías, la Dirección del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, elInstituto de Seguros Sociales (ISS), el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras (FOGAFIN),el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario (FINAGRO)67 y el propio BR.

Los usuarios (agentes) pueden actuar directamente o a través de intermediarios de valores quecumplan las condiciones señaladas en el Reglamento de Operación. En la actualidad el sistemacuenta con 32 usuarios de los cuales 17 son bancos, 4 corporaciones financieras, 8 comisionistasde Bolsa, 2 corredores y 1 sociedad administradora de fondos de pensiones. La interfaz con elDCV asegura la liquidación bajo la modalidad de Entrega contra Pago (ECP) de las operacionespactadas con alta seguridad en la liquidación automática de lo pactado y con envíos en lote(batch) apenas cada media hora. Además, el SEN genera información pública para todo el mercadoen tiempo real sobre los montos y precios pactados. Se pueden realizar operaciones de compray venta de contado o a plazo, operaciones de reporto y operaciones simultáneas e interbancarias,estas últimas por las entidades financieras facultadas para ello. El SEN es exclusivamentetransaccional y opera en dos sesiones diarias diferentes que corresponden al primero y segundoescalón.

Primer escalón. Se desarrolla bajo la modalidad ciega y se circunscribe a operaciones efectuadasen nombre propio por los creadores o aspirantes a creadores de mercado designados por el Ministeriode Hacienda y Crédito Público. Los creadores o aspirantes a creadores de mercado sólo pueden serentidades bancarias, corporaciones financieras o comisionistas de bolsa que cumplan con un mínimode patrimonio y de operaciones realizadas.

Segundo escalón. En esta sesión de negociación cualquier entidad vinculada al SEN puede realizarcompra y venta de títulos, repos, operaciones simultáneas y operaciones interbancarias de acuerdocon su régimen legal. Opera bajo la modalidad de operación semi ciega en la cual sólo se identificala contraparte una vez se efectúe el cierre o calce de la operación. También operan en estos dosescalones los corredores de valores especializados en TES, quienes realizan la actividad de corretajede valores.

66 Emitidos o Administrados por el Banco de la República.67 Resolución 28 del 18 de enero de 2001.

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5.13.2 Sistema Electrónico Centralizado de Información y Registro para Transacciones“Inverlace”

A diferencia del SEN este sistema es principalmente de registro, el cual se efectúa en formaposterior a la realización de la operación.69 Igualmente, Inverlace permite el registro de lasoperaciones de captación de recursos que efectúen las entidades vigiladas por la SuperintendenciaBancaria a través de sus respectivas tesorerías, siempre y cuando la entidad afiliada tenga lacalidad de intermediario del mercado público de valores. Asimismo, el sistema cuenta con unmódulo transaccional que permite a sus afiliados celebrar los contratos y las operaciones propiasa su régimen legal sobre valores inscritos en el RNVI. Este módulo es muy poco utilizado en laactualidad.

5.14 TENDENCIAS RECIENTES

El Gobierno Nacional mediante la ley 546 de 1999 determinó que, según las reglas que establezcala Superintendencia de Valores las sociedades fiduciarias, las compañías de seguros, las sociedadesadministradoras de fondos de pensiones y de cesantías y las entidades que administren reservaspensionales del régimen de prima media con prestación definida pueden acceder a los sistemasde negociación de las bolsas de valores que operan en el país y realizar operaciones sobre bonosy títulos hipotecarios. Igualmente, establece que la Superintendencia de Valores puede requeriry regular la integración de dichos mercados.

68 En Octubre de 2001 se alcanzó un nuevo record en el valor de las transacciones de $9.2 billones.69 En este sistema se registran o negocian títulos de renta fija inscritos en el RNVI. La operación es concertadaen forma directa por las partes interesadas en la misma.

Figura 11: Valor nominal de las operaciones realizadasa través del sistema SEN68

Evolución transacciones efectuadas en SEN(Valor nominal transado)

Enero de 2000 - Abril de 2001 (billones de pesos)

Source: Banco de la República.

6

5

4

3

2

1

0Ene

2000 2001Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov Dic Ene Feb Mar Abr

1.45 1.450.87 0.77

1.26 1.36 1.401.15 1.38 1.46 1.45

0.60

1.58

3.28

5.845.57

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En desarrollo de esto se han realizado las siguientes tareas:

1. Centralización del mercado de renta fija.

2. Adaptación de la normativa de los sistemas centralizados de operaciones para permitir elacceso a las tesorerías públicas.

70

3. Desarrollo de la regulación para enmarcar la actuación de los funcionarios de las tesoreríaspúblicas, prevenir y sancionar la corrupción existente en las mismas.

4. Junto con las bolsas de valores, se ha adelantado un proyecto de integración de los mercadosbursátiles que comprende reformas a los sistemas de garantías, cubrimientos de riesgos yunificación de la plataforma de negociación.

5. Se adelanta un programa con DECEVAL y DCV para modernizar los sistemas de compensacióny liquidación y reducir los riesgos con que se opera.

70 Resolución 400 de 1995, parte cuarta, título primero, capítulo primero.

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6 COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE VALORESDEL GOBIERNO Y DEL SECTOR PRIVADO

Para los valores negociados en las bolsas, tanto valores de renta fija (pública y privada) como derenta variable, las cámaras de compensación de las bolsas realizan la labor de compensación yliquidación. Estas cámaras no asumen el riesgo de contraparte. La transferencia de la titularidad delos valores se realiza bien mediante la entrega del título físico o mediante anotaciones en cuentaen los depósitos centralizados de valores DECEVAL, para títulos en su mayoría privados, y DCV, paratítulos exclusivamente públicos. Los fondos se liquidan de manera separada, mediante el mecanismode neteo, con cheque o por medio de transferencia electrónica.

En el mercado mostrador, con un valor de operaciones cinco veces superior al de las bolsas, senegocian valores de renta fija, en su gran parte títulos públicos. Cuando los títulos se negocian através del sistema SEN, el proceso de compensación y liquidación se lleva a cabo a través del DCVsiguiendo el modelo 1 de la clasificación del documento del CPSS del Banco de PagosInternacionales. Es decir, tanto los valores como los fondos se liquidan de manera bruta. El resto deoperaciones del mercado mostrador se llevan a cabo de manera bilateral por las contrapartes y sonregistradas en el sistema INVERLACE.

Figura 12: Compensación y liquidación de valores

MERCADO PÚBLICODE VALORES

MERCADOPRIMARIO

MERCADOSECUNDARIO

Bolsas de valores Mercado Mostrador

BolsaValoresBogotá

CyL

BolsaValores

Medellín

CyL

BolsaValores

Occidente

CyL

INVERLACE SEN

Conexión a través del sistema de información Deceval

DCVDeceval

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6.1 ORGANIZACIONES E INSTITUCIONES

6.1.1 Sociedades administradoras de un depósito centralizado de valores

Actualmente están en actividad dos depósitos centralizados de valores,71 el Depósito Centralizadode Valores (DCV), administrado por el Banco de la República, y el Depósito Centralizado de Valoresde Colombia S.A. (DECEVAL).” Las funciones de los depósitos centralizados de valores son lassiguientes:72

• El depósito de los valores inscritos en el RNVI que les sean entregados.

• La administración de los valores que se le entreguen a solicitud del depositante.

• El registro de la constitución de gravámenes o la transferencia de los valores que el depositantele comunique.

• La compensación y liquidación de operaciones sobre valores depositados.

• La teneduría de los libros de registro de títulos nominativos, a solicitud de las entidadesemisoras.

• La restitución de los valores.

• La inscripción de las medidas cautelares en los registros de la entidad.

Los participantes en los depósitos son de dos clases: depositantes directos e indirectos. Los primerosson las personas jurídicas que tienen acceso directamente al depósito, obrando por cuenta propiao de terceros, según su régimen legal. Los segundos son las personas naturales o jurídicas que porintermedio73 de un depositante directo tienen acceso al depósito.

6.1.1.1 Depósito Centralizado de Valores (DCV)

El DCV,74 que funciona desde 1992, recibe en depósito y administración los títulos emitidos,garantizados o administrados por el BR y los valores que constituyan inversiones forzosas o sustitutivasa cargo de las sociedades sometidas a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Bancaria,distintos de acciones.

El sistema funciona desde 1993 bajo el principio de entrega contra pago (ECP). De hecho, a partirde 1998, con la implantación del sistema de LBTR, se ajusta al Modelo 1 de ECP referido por el

71 Constituidos mediante autorización otorgada por la Ley 27 de 1990, capítulo III.72 Ley 27 de 1990, artículo 15 y Decreto 437 de 1992, artículo 3.73 Entre el depositante directo e indirecto debe haber un contrato de mandato.74 Decreto 436 de 1990.

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CPSS. En noviembre de 1998 el sistema ATLAS-DCV se interconectó con el Sistema Electrónico deNegociación (SEN) para permitir el cumplimiento automático de las operaciones de compra yventa transitoria o definitiva de títulos depositados en el DCV.

La Junta Directiva del Banco de la República es el órgano que establece las personas jurídicasque pueden vincularse al DCV como depositantes directos. Son depositantes directos las entidadesque actúen por cuenta propia para suscribir derechos o depositar títulos físicos en administraciónpara sí mismas o que intermedien la suscripción de derechos o el depósito de títulos físicos enadministración por cuenta de terceros, personas naturales o jurídicas. A este grupo de depositantescorresponden las siguientes entidades: establecimientos de crédito, sociedades de serviciosfinancieros, sociedades comisionistas de bolsa, sociedades de capitalización, entidadesaseguradoras y algunas entidades públicas y con regímenes especiales. Puede ser depositanteindirecto cualquier persona natural y jurídica no contemplada dentro del grupo de depositantesdirectos que adquiera o posea un título valor inscrito en el DCV.

Las operaciones que emisores y depositantes pactan previamente a través de los mecanismosdisponibles de negociación y son compensadas en DCV son las siguientes:

1. Inversión o constitución de derechos en suscripción primaria.

2. Depósito y custodia de títulos físicos (inmovilización).

3. Transferencia de derechos sin compensación.

4. Transferencias de derechos con compensación del valor de compra – venta.

5. Operaciones repo a plazo sin compensación.

6. Operaciones repo a plazo con compensación del valor de compra – venta, con retroventaautomática.

7. Operaciones repo a la vista con compensación del valor de compra – venta.

8. Operaciones repo a plazo con el Banco de la República con compensación y retroventaautomática.

9. Constitución de garantías entre depositantes titulares de cuenta.

10. Liberación de garantías.

11. Constitución de garantías entre depositantes titulares de cuenta y organismos de control yvigilancia.

12. Cancelación anticipada de derechos.

13. Retiro de derechos (materialización).

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14. Cancelación automática de derechos y rendimientos financieros periódicos.

15. Transferencia de fondos (bancos comerciales a depositantes con cuenta de liquidación).

El DCV cuenta en la actualidad con 306 entidades que actúan como depositantes directos (latotalidad de los bancos, corporaciones financieras, corporaciones de ahorro y vivienda, compañíasde financiamiento comercial, comisionistas de bolsa, sociedades fiduciarias, sociedadesadministradoras de fondos de pensiones y cesantías) y alrededor de 150,000 usuarios entre personasnaturales, empresas del sector real y entidades públicas.

6.1.1.2 Depósito Centralizado de Valores de Colombia “DECEVAL S.A.”

Mediante Resolución 702 del 4 de julio de 1993 la Superintendencia de Valores aprobó la entradaen funcionamiento del DECEVAL, el cual inició actividades en abril de 1994. DECEVAL recibe endepósito valores que hayan sido inscritos en el RNVI. En diciembre de 2000, tenían en custodia$13,561 miles de millones pertenecientes a valores de emisiones privadas de los cuales $3,072miles de millones eran títulos de renta variable. Igualmente, en diciembre de 2000 se encontrabanen depósito $8,195 miles millones de valor nominal de emisiones públicas. Estas cifras muestranque el valor en depósito en el DECEVAL frente al mercado es de un 26.5 por ciento.75

El valor en depósito de emisiones desmaterializadas a diciembre de 2000 para valores de entidadespúblicas fue $5,171 miles de millones y para valores del sector privado de $3,219 miles de millones;lo cual corresponde al 39 por ciento del total en depósito en esa fecha.

El reglamento operativo del DECEVAL determina las personas jurídicas que pueden vincularsecomo depositantes directos. En la actualidad son los establecimientos bancarios, cooperativasfinancieras, corporaciones financieras, corporaciones de ahorro y vivienda, sociedades fiduciarias,bolsas de valores, fondos de garantías de las bolsas, sociedades comisionistas de bolsa, sociedadesadministradoras de fondos de pensiones y cesantías, compañías de seguros, sociedades decapitalización, almacenes generales de depósito, compañías de financiamiento comercial,compañías de factoring, compañías de reaseguros, organismos cooperativos de grado superiorde carácter financiero, fondos mutuos de inversión, sociedades administradoras de inversión,entidades públicas, otros depósitos centralizados de valores y los emisores con valores inscritosen el RNVI.

Pueden ser depositantes indirectos todas las personas naturales o jurídicas que no pueden accederdirectamente a los servicios del depósito y que lo hacen a través de un depositante directo.

DECEVAL ofrece los siguientes servicios:

• Custodia física inmovilizada y desmaterializada.

75 Excluye bonos pensionales.

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• Ejercicio de derechos patrimoniales.

• Registro de transferencias, pignoraciones, embargos.

• Administración de emisiones.

• Administración del libro de titulares para valores nominativos.

• Servicios de información.

6.1.2 Cámaras de compensación y liquidación de las bolsas de valores

La compensación y liquidación de las negociaciones bursátiles se efectúan en las bolsas de valoresa través de sus respectivas cámaras. Las principales funciones de las cámaras de compensación yliquidación son las siguientes:

• Registrar, liquidar y compensar las operaciones a plazo o al contado efectuadas en bolsapor los comisionistas con toda clase de títulos inscritos.

• Determinar, diariamente, los saldos a cargo o a favor de cada comisionista resultantes de lacompensación de las operaciones totales que deban cumplirse o efectuarse en esa fecha.

• Recibir y entregar los valores y los dineros correspondientes, de acuerdo con los resultadosarrojados por la liquidación.

• Adelantar los trámites necesarios para atender el traspaso de los títulos nominativosnegociados en bolsa.

6.2 PROCEDIMIENTOS DE REGISTRO Y CUSTODIA DE VALORES

Por medio del Contrato de Depósito de Valores76 una persona jurídica autorizada para ello obrandopor cuenta propia o de un tercero confía títulos77 a una sociedad administradora de un depósitocentralizado de valores, la cual se obliga a custodiarlos, a administrarlos cuando el depositante losolicite y a registrar los gravámenes y enajenaciones que aquel le comunique.

El contrato de depósito de valores se perfecciona por el endoso en administración y la entrega delos títulos a la sociedad que administre un depósito centralizado de valores. El endoso enadministración no transfiere el derecho de dominio, por lo cual la sociedad administradora de undepósito centralizado de valores no adquiere la propiedad de esos títulos.

El sistema de registro electrónico de anotación en cuenta se basa en la metodología de saldos endepósito, agrupando los valores por emisor y por especie, aplicando el principio de fungibilidad.

76 Artículo 4, 5 y 7 sección I, capitulo II del decreto 437 de 1992.77 Valores inscritos en el RNVI.

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Este sistema de registro se asimila al concepto de cuenta corriente. El sistema asigna al depositantedirecto una cuenta de depósito y dentro de ella destina una subcuenta de depósito para cadadepositante indirecto vinculado a éste.

En el DECEVAL la custodia se realiza mediante la inmovilización de los valores físicos en una bóvedade seguridad. Para el depósito de emisiones existe en custodia un macrotítulo físico como respaldode la emisión.

El DCV actualmente efectúa la custodia de valores en forma desmaterializada para los valores queemite o administra el BR.

6.2.1 Ingreso de valores físicos para depósito

Efectuada la apertura de la cuenta de depósito del depositante directo, éste debe digitar y validaren el sistema los datos correspondientes a cada valor según el formato de captura del sistema. Losvalores ingresados electrónicamente serán contabilizados en la cuenta del depositante en un registroprovisional. Una vez efectuado el registro el depositante directo debe remitir al depósito, dentrodel plazo establecido y junto con el formulario de ingreso diseñado para este propósito, los valoresfísicos correspondientes endosados en administración a favor del depósito.

El depósito recibe los valores realizando una verificación inicial en la cual los mismos deberáncoincidir con los datos relacionados en el formulario de ingreso. Posteriormente se efectúa lavalidación definitiva que consiste en la revisión formal de los valores y la confrontación con losdatos digitados por el depositante directo en el sistema. Los valores que cumplan los requisitosexigidos se contabilizan en el sistema como valores disponibles en la cuenta del depositante directo.Esta disponibilidad implica que los valores se encuentran habilitados para ser negociados librementepor el depositante directo.

El día hábil siguiente al ingreso definitivo el depósito informa al emisor, mediante certificado enviadopor correo urbano, el ingreso del valor en depósito con la finalidad de que este último efectúe losregistros pertinentes. Si el emisor está interconectado con el depósito la información es recibidapor éste en tiempo real.

6.2.2 Depósito de emisiones

Una vez suscrito el contrato de depósito de emisión el depósito asigna al emisor una cuenta dedepósito dándole el mismo tratamiento que a un depositante directo. El emisor puede colocar losvalores a través de agentes colocadores siempre y cuando éstos tengan cuentas en el depósito. Enestos casos los saldos de la cuenta de la entidad emisora se trasladan a la cuenta propia del agentecolocador.

El emisor o su agente colocador deben informar oportunamente al depósito las colocaciones queafecten el valor o valores depositados. Con base en esta información el depósito abre subcuentas anombre de los suscriptores de los valores que previamente hayan consentido en el depósito oacreditará los valores en las cuentas ya existentes, según información que suministre el emisor o su

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agente colocador al DECEVAL. Las subcuentas a nombre de los suscriptores se registrarán en lascuentas de los depositantes directos que aquellos autoricen.

Cuando el suscriptor desee recibir el valor físico la obligación de entregar dicho valor se cumplirácon la entrega de la constancia del depósito, expedida por el depositario, previa información delemisor de tal requerimiento.

Asimismo, la sociedad administradora del depósito centralizado de valores, por solicitud de lasentidades emisoras, podrá llevar por cuenta de éstas el libro de registro de valores nominativos.

6.2.3 Transferencia de valores

La transferencia de valores disponibles depositados en la cuenta del depositante directo se efectuarámediante el simple registro contable de la operación en la cuenta de los depositantes directos queintervienen. Para esto se requiere la orden del depositante directo vendedor que será transmitidaelectrónicamente por el sistema y la confirmación del depositante comprador, sin la cual la ordense mantendrá en un registro provisional. Los depositantes directos podrán efectuar transferenciasen su propia cuenta o entre su cuenta y la cuenta de otros depositantes directos.

Cuando se trate de valores en depósito negociados a través de bolsa de valores las órdenes detransferencia deberán ser comunicadas electrónicamente por intermedio de las respectivas bolsasde valores para el caso del DECEVAL y directamente por parte de los depositantes directos en elcaso del DCV.

Tratándose de títulos nominativos en depósito y sobre los cuales no se tenga la teneduría de loslibros de registro de los mismos, el depositario informa al emisor las transferencias realizadas sobresus emisiones.

6.2.4 Registro de embargo de valores depositados

El registro de embargo de valores depositados se perfecciona por la inscripción de dicha medidacautelar en los registros del depósito luego de recibida la orden de embargo por parte de la autoridadcompetente. Para el levantamiento se procede de la misma manera. Si se trata de títulos nominativosel depósito deberá comunicar a la entidad emisora el embargo para que proceda a la anotación enel libro respectivo.

6.2.5 Registro de prenda de valores depositados

En cualquier momento los depositantes podrán constituir garantías reales sobre los valores quetengan depositados mediante solicitud de inscripción del contrato respectivo, el cual deberácelebrarse por escrito entre el deudor y el acreedor prendario. La solicitud de inscripción delcontrato mediante el cual se constituya la garantía deberá ser efectuada por el depositante directotitular o mandatario de los respectivos valores.

La constitución de las garantías será posible siempre y cuando los valores correspondientes seencuentren disponibles en la cuenta del depositante propietario de los mismos. Una vez registrada

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la garantía ni el titular de los valores ni el beneficiario de la misma podrán ordenar operaciónalguna sobre los valores en prenda y ésta sólo podrá ser levantada hasta que se cancele la misma ojudicialmente se ordene su venta.

Cuando se trata de la constitución de garantías sobre valores nominativos en relación con loscuales el depositario no tenga la teneduría de libros de registro, dicho depositario, una vez efectúela inscripción de las mismas, da aviso inmediato de tal circunstancia a la entidad emisora para queésta proceda a realizar la anotación respectiva en sus libros de registro.

6.2.6 Retiro de valores

Como condición previa al retiro de valores depositados, el depositante directo debe iniciar elproceso de retiro mediante orden que digita en el sistema de información electrónica del depósito,según formato de captura del mismo.

Recibida la orden de retiro electrónica el sistema bloquea en la cuenta del depositante directo losvalores objeto de dicha solicitud. El bloqueo se mantendrá hasta la fecha en que los documentosfísicos sean entregados al depositante directo. Cuando se trata de valores nominativos en relacióncon los cuales el depósito no tenga la teneduría de los libros de registro, éste debe comunicar losretiros a la entidad emisora.

6.3 ESQUEMAS DE GARANTÍAS

Para poder ser miembro de bolsa y operar en ella las sociedades comisionistas deben constituirgarantías para cubrir posibles incumplimientos. Estas garantías están representadas por el puestode bolsa, las acciones que posean en la bolsa y las acciones en el fondo de garantías de la bolsa.Las garantías generales respaldan toda clase de compromisos adquiridos por una sociedadcomisionista para con la bolsa o para las operaciones realizadas por intermedio de ella, incluido elriesgo de reposición. Sin embargo, estas garantías no cuentan con suficiente liquidez en el mercado.

Adicionalmente, para cierto tipo de operaciones tales como repos y operaciones a plazo las bolsasde valores exigen garantías especiales, las cuales son valoradas diariamente a precios de mercadopara determinar el adecuado cubrimiento de la operación que les dio origen. Los miembros de lasbolsas tienen la obligación de complementar la garantía cuando la bolsa lo requiera.

Las negociaciones llevadas cabo en el Mercado Mostrador no tienen ningún tipo de garantías pararespaldar la liquidación de las mismas debido a que las operaciones se realizan por cuenta propiay en forma bilateral.

Actualmente la Superintendencia de Valores ha reglamentado una estructura de cubrimiento deriesgos que empezará a regir a partir del 1 de enero de 2002 y a la que deberán sujetarse lassociedades comisionistas de bolsa. Esta estructura permitirá evaluar, mitigar y cubrir los riesgosinherentes a la actividad de éstas en el mercado y se basa en una combinación de mecanismos decontrol interno, pólizas de seguro y fondo de garantías. Las bolsas de valores deberán garantizar eladecuado cumplimiento de la estructura de cubrimiento de riesgos para las operaciones que se

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efectúen en el recinto bursátil. Además, velará para que ésta esté actualizada con respecto a nuevosriesgos que puedan surgir y garantizará que el mercado esté adecuadamente informado sobre ella.

Cada sociedad comisionista de bolsa deberá contar con un sistema de control interno en el cual seestablezca mecanismos para la identificación, medición, evaluación y manejo de los riesgosderivados de la realización de sus actividades. Para ello deberán tener en cuenta su estructura ytamaño y los criterios mínimos que para el efecto establezca la bolsa de valores.

Asimismo, las sociedades comisionistas de bolsa, para obtener y conservar la inscripción en elRNVI, deberán constituir pólizas de seguros que incorporen las coberturas mínimas que establecelas bolsas de valores, así como otorgar las demás garantías que dichas instituciones determinen.

Las bolsas de valores deberán informar a la Superintendencia de Valores y al mercado, con detalle,sobre sus políticas en relación con pólizas de seguros, garantías admisibles, cumplimiento de lasmismas y el alcance de la protección que en cada caso y a cada comisionista dichas pólizas ygarantías proporcionen.

6.4 PROCESOS DE LIQUIDACIÓN Y COMPENSACIÓN DE VALORES

6.4.1 Mercado bursátil

6.4.1.1 Compensación

Se inicia una vez que el sistema electrónico de negociación de las bolsas adjudica la transacciónentre ofertas de venta y compra compatibles.78 Es entonces cuando el sistema determina el valornegociado mediante la vinculación del precio con la cantidad. Posteriormente, cada una de laspartes efectúa el trámite de complementación. El comisionista vendedor digita en el sistema de labolsa el nombre e identificación del comitente vendedor y el plazo de cumplimiento de la operación.Asimismo, informa el mecanismo de cumplimiento, ya sea que se realice con un valor físico, porDECEVAL o por DCV. El comisionista comprador digita el nombre e identificación del comitentecomprador y el valor de la comisión que va a cobrar.

6.4.1.2 Liquidación

La realiza la cámara de compensación de las bolsas de valores, la cual no asume posición decontraparte y desarrolla en forma separada la compensación de valores de la de fondos. La liquidaciónde valores se efectúa mediante la entrega de los valores por parte de la sociedad comisionista debolsa a la cámara de compensación de la bolsa de valores, empleando cumplimiento físico,cumplimiento por DECEVAL o cumplimiento por el DCV, dependiendo de sí el valor es físico odesmaterializado. Los plazos para el cumplimiento de las operaciones de contado son de T+3,prorrogable hasta T+6, para títulos de renta variable, y de T+0, prorrogable hasta T+5, para

78 Una oferta de compra será compatible con las ofertas de venta vigentes en el sistema que tengan igual omenor precio, mientras que una oferta de venta será compatible con las ofertas de compra vigentes en elsistema que tengan igual o mayor precio.

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valores de renta fija. La liquidación de fondos se realiza por el pago, mediante cheque o transferenciaelectrónica, del valor neto de las obligaciones con cumplimiento en el día por parte de la sociedadcomisionista de bolsa a la cámara de compensación de la bolsa de valores.

Cumplimiento físico

El comisionista vendedor digita la planilla electrónica de ventas, imprime el listado de títulosentregados para cumplimiento y los envía a la bolsa junto con los títulos, las cartas de traspaso, loscertificados de retención o enajenación respectivos y demás documentos requeridos, según laclase de valor de que se trate.

El funcionario de la bolsa destinado para tal labor recibe la planilla de ventas junto con los títulosy los demás soportes, verifica el endoso, autorizaciones, todos los documentos y las característicasde los valores contra el sistema y aprueba el cumplimiento.

Puesto que le corresponde a la bolsa de valores adelantar los trámites necesarios para atender eltraspaso de los títulos negociados a través de ella,79 tal entidad debe enviar a las sociedades emisoras,dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha de cumplimiento de la operación, los títulosenajenados con su respectiva carta de traspaso otorgada por el comitente y los demás documentosque sean del caso.

La bolsa realiza una doble verificación, genera la relación de entrega de títulos a los emisores yprepara las cartas de solicitud de traspaso al emisor por rutas, las que luego son firmadas por elfuncionario de la bolsa encargado y entregados a los mensajeros. El emisor recibe los valores yfirma la copia del documento remisorio, el cual es entregado al mensajero.

En las operaciones que se realicen sobre títulos nominativos inscritos en el RNVI los emisorestienen un plazo de diez días hábiles,80 contados a partir de la fecha de recibo de la documentacióncorrespondiente, para poner a disposición de las bolsas los títulos que resulten de las operacionesque les hayan sido informadas. El mismo plazo, contado a partir de la fecha de la suscripción, seaplicará para la entrega de los títulos nominativos colocados en el mercado primario.

Para la expedición y entrega de títulos a la orden81 o al portador correspondientes a colocacionesefectuadas en el mercado primario los emisores tienen un plazo máximo de cinco días hábilescontados a partir de la fecha de suscripción. Los plazos señalados se aplicarán igualmente paraatender las solicitudes de fraccionamiento, unificación o corrección de títulos.

La bolsa genera un listado de control de títulos entregados al emisor y diariamente recoge losvalores que ya cumplieron el plazo de traspaso. El mensajero autorizado de la bolsa recibe yverifica los títulos comparando las características detalladas en la relación de bolsa con los valoresrecibidos. Posteriormente el mensajero los entrega en la bolsa al funcionario encargado de recibirlos

79 Numeral 2, circular externa 13 de 1994.80 Numeral 3.1 y 3.4 circular externa 13 de 1994.81 Numeral 3.2 circular externa 13 de 1994.

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y custodiarlos hasta que son retirados por la firma comisionista compradora. El funcionario de labolsa verifica nuevamente los títulos que le fueron entregados y digita en el sistema el código quepermite a los comisionistas saber que los títulos ya están disponibles para entrega. El mensajeroautorizado de la firma comisionista retira los títulos de la bolsa y en el sistema se reportan comoentregados.

Cumplimiento por DECEVAL

El comisionista vendedor, a través de la opción de venta del sistema de información del DECEVAL,transfiere a la bolsa el valor transado. La bolsa de valores, mediante la opción de compra, confirmala operación y de esta forma el valor pasa de la cartera del comisionista vendedor al de la bolsa.Para esto los datos digitados por el comprador deben coincidir con los digitados por el vendedor.El mismo proceso es empleado por la bolsa para transferir el valor al comisionista comprador.

Cumplimiento por DCV

Teniendo en cuenta que las bolsas no se encuentran conectadas con el DCV del BR, para elcumplimiento de la entrega de los valores que se encuentran en custodia en dicho depósito elcomisionista vendedor transfiere al comisionista comprador los derechos a través del sistema SEBRAdel Banco de la República y genera un polígrafo como respaldo de la transacción que posteriormenteenvía a la Bolsa, por fax, como prueba del cumplimiento. 82

Cumplimiento financiero

Diariamente, las bolsas establecen el valor neto de los fondos que cada firma comisionista debepagar a la bolsa o recibir de la misma teniendo en cuenta el total de operaciones de compra o deventa, al contado o a plazo con cumplimiento en el día. De acuerdo con el valor neto establecidolas firmas comisionistas que tienen un saldo en contra envían a la bolsa un cheque de su propiacuenta a nombre del recinto bursátil o lo consignan en la cuenta de la bolsa. La bolsa gira uncheque a nombre de la firma comisionista que tienen un valor neto a favor u ordena la transferenciaelectrónica de fondos de su cuenta a la de la firma comisionista. Ninguna de las cámaras decompensación de las bolsas de valores efectúa entrega contra pago ya que el cumplimiento con losvalores se hace de manera independiente que el cumplimiento financiero. Asimismo, y como semencionó anteriormente, la cámara de compensación no es contraparte en el proceso de liquidación.

6.4.2 Mercado mostrador

La liquidación de las operaciones realizadas en el Mercado Mostrador asume dos formas generales.La primera es para las operaciones con liquidación que se negocian a través del SEN y que seliquidan por medio del DCV, a través del sistema SEBRA. Este proceso es desarrollado en T+0teniendo en cuenta los principios de calce (matching) y entrega contra pago sobre una base bruta;es decir, operación por operación. En estas transferencias las partes que intervienen deben confirmarla operación y posteriormente el sistema procede a determinar la disponibilidad de valores y de82 A partir del 26 de abril de 2001 las operaciones bursátiles con títulos depositados en el DCV se liquidan enentorno de ECP, en forma bruta, utilizando las cuentas de títulos del DCV y las cuentas de depósito del Bancode la República.

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fondos en las cuentas respectivas de los depositantes directos vendedor y comprador. Si el sistemaencuentra disponibilidad en las cuentas de valores y fondos procede entonces a movilizar lostítulos y los fondos a las cuentas receptoras. Si no existen los valores y recursos en las cuentasrespectivas de los depositantes directos comprador y vendedor el DCV efectuará operaciones derepique hasta el final del horario establecido. Al vencimiento de la hora límite de repique se entenderáque la operación fue incumplida y las consecuencias que se deriven del incumplimiento serán deresponsabilidad de la parte que incumpla.

La segunda la constituyen las operaciones sin liquidación registradas a través de los demás sistemascentralizados. En éstas el inversionista vendedor transfiere los títulos al comprador por entregafísica o por transferencia a través del DECEVAL o del DCV y recibe el pago con cheque o mediantetransferencia electrónica de fondos.

6.4.3 Diagramas de flujo de los procesos de liquidación

6.4.3.1 Mercado bursátil

Cumplimiento físico

Figura 13: Liquidación de operaciones en las bolsas de valorescon cumplimiento físico

Firmacomisionistavendedora

Firmacomisionistacompradora

Sistema denegociación

1. Oferta venta 1. Oferta compra

2. Complementación 2. Complementación

3. Envío de planilla4. Aprobación delcumplimiento

5. Neteo-liquidación fondos 5. Neteo-liquidación fondos

8. Entrega de los títulos

6.7. Traspaso de los títulos

Bolsas de valores

BACK OFFICE

Emisor

4. Aprobación delcumplimiento

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Explicación del diagrama:

1. Las sociedades comisionistas ingresan sus ofertas de compra o de venta al sistema electrónicode negociación de la bolsa de valores. La sociedad comisionista vendedora informa que elcumplimiento se efectuará con título físico.

2. Una vez que la operación es adjudicada la información es transmitida al sistema de registro(back office) de la bolsa de valores. Cada una de las partes que interviene debe efectuar lacomplementación, por medio de la cual el comisionista vendedor registra el nombre eidentificación del comitente vendedor, el plazo de cumplimiento de la operación, teniendoen cuenta que para valores de renta variable el plazo es de T+3 y con aplazamiento hastaT+6 y para títulos de renta fija el cumplimiento está determinado en T+0 con aplazamientohasta T+5. El comisionista comprador registra el nombre e identificación del comitentecomprador y el valor de la comisión.

3. El comisionista vendedor imprime la planilla electrónica de ventas, endosa los títulos y losenvía junto con el listado, las cartas de traspaso en el caso respectivo y demás documentosnecesarios.

4. El funcionario de la bolsa recibe la planilla de ventas junto con los títulos y los demássoportes, verifica y aprueba el cumplimiento.

5. Diariamente la bolsa establece el valor neto de fondos que cada firma comisionista debeentregar o recibir de acuerdo con el total de operaciones de compra o de venta, al contadoo al plazo, con cumplimiento en la fecha. De acuerdo con dicho valor, las firmascomisionistas envían a la bolsa un cheque de su propia cuenta a nombre del recinto bursátilo consignan en la cuenta de la bolsa los fondos que les corresponden pagar. La bolsa giraun cheque a nombre de la firma comisionista u ordena la transferencia electrónica defondos de su cuenta a la de la firma comisionista.

6. La bolsa de valores adelanta los trámites necesarios para atender el traspaso de los títulosnegociados a través de ella, para lo cual envía al emisor, dentro de los dos días hábilessiguientes a la fecha del cumplimiento de la operación, los títulos enajenados con susrespectivas cartas de traspaso y demás documentos necesarios.

7. El emisor cuenta con un plazo de 10 días hábiles para atender las solicitudes sobre títulosnominativos y de cinco días hábiles para títulos a la orden. Estos dos plazos son contadosa partir de la fecha de recibo de la solicitud. Al finalizar estos periodos el emisor entrega ala bolsa los títulos.

8. La bolsa entrega a la firma comisionista los valores comprados.

Nota: Se pueden efectuar correcciones o anulaciones a las operaciones con títulos diferentes deacciones, bonos obligatoriamente convertibles en acciones y derechos de suscripción dentro delos cinco días al registro de la transacción, siempre y cuando no haya sido cumplida o pagada,teniendo en cuenta los límites y parámetros establecidos para cada caso.

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Cumplimiento vía el DCV

Figura 14: Liquidación de operaciones en las bolsas de valorescon cumplimiento DCV

Explicación del diagrama:

1. Las sociedades comisionistas ingresan sus ofertas de compra o de venta al sistema electrónicode negociación de la bolsa de valores. La sociedad comisionista vendedora informa que elcumplimiento se efectuará vía el DCV.

2. Una vez que la operación es adjudicada la información es transmitida al sistema de registro(back office) de la bolsa de valores. Cada una de las partes que intervienen deben efectuarla complementación. El comisionista vendedor registra el nombre e identificación delcomitente vendedor, el plazo de cumplimiento de la operación, teniendo en cuenta quepara valores de renta variable el plazo es de T+3 y con aplazamiento hasta T+6 y paratítulos de renta fija el cumplimiento está determinado en T+0 con aplazamiento hastaT+5. El comisionista comprador registra el nombre e identificación del comitente compradory el valor de la comisión.

3. El comisionista vendedor transfiere por el sistema del DCV los derechos del valor negociadoal comisionista comprador e imprime el polígrafo de la transferencia. El comisionistacomprador confirma la transferencia a través del mismo sistema.

4. El comisionista vendedor envía el polígrafo a la bolsa, por fax, para cumplir con la entregadel título.

5. Diariamente la bolsa establece el valor neto de fondos que cada firma comisionista debeentregar o recibir de acuerdo con el total de operaciones de compra o de venta, al contado

Firmacomisionistavendedora

Firmacomisionistacompradora

Sistema denegociación

1. Oferta venta 1. Oferta compra

2. Complementación 2. Complementación

4. Envío del polígrafo

5. Neteo-liquidación fondos 5. Neteo-liquidación fondos

Bolsas de Valores

BACK OFFICE

3. Transferencia de derechos 3. Confirmación de la transferenciaSistema DCV

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o al plazo, con cumplimiento en la fecha. De acuerdo con dicho valor, las firmascomisionistas envían a la bolsa un cheque de su propia cuenta a nombre del recinto bursátilo consignan en la cuenta de la bolsa los fondos que les corresponden pagar. La bolsa giraun cheque a nombre de la firma comisionista u ordena la transferencia electrónica defondos de su cuenta a la de la firma comisionista.

Cumplimiento vía el DECEVAL

Figura 15: Liquidación de operaciones en las bolsas de valorescon cumplimiento DECEVAL

Explicación del diagrama:

1. Las sociedades comisionistas ingresan sus ofertas de compra o de venta al sistema electrónicode negociación de la bolsa de valores. La sociedad comisionista vendedora informa que elcumplimiento del título se efectuará por DECEVAL.

2. Una vez que la operación es adjudicada la información es transmitida al sistema de registro(back office) de la bolsa de valores. Cada una de las partes que intervienen deben efectuarla complementación. El comisionista vendedor registra el nombre e identificación delcomitente vendedor, el plazo de cumplimiento de la transacción, teniendo en cuenta quepara valores de renta variable el plazo es de T+3 y con aplazamiento hasta T+6 y paratítulos de renta fija el cumplimiento está determinado en T+0 con aplazamiento hastaT+5. El comisionista comprador registra el nombre e identificación del comitente compradory el valor de la comisión.

3. El comisionista vendedor transfiere por el sistema de DECEVAL los derechos del valornegociado a la bolsa de valores, la cual confirma la transferencia por el mismo sistema.

Firmacomisionistavendedora

Firmacomisionistacompradora

Sistema denegociación

1. Oferta venta 1. Oferta compra

2. Complementación 2. Complementación

SistemaDeceval

4. Transferenciay confirmaciónde derechos

5. Neteo-liquidación fondos 5. Neteo-liquidación fondos

Bolsas de valores

BACK OFFICE

3. Transferenciay confirmaciónde derechos

SistemaDeceval

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4. La bolsa transfiere por el sistema DECEVAL los derechos del valor negociado al comisionistacomprador, el cual confirma la transferencia por el mismo sistema.

5. Diariamente la bolsa establece el valor neto de fondos que cada firma comisionista debeentregar o recibir de acuerdo con el total de operaciones de compra o de venta, al contadoo al plazo, con cumplimiento en la fecha. De acuerdo con dicho valor, las firmascomisionistas envían a la bolsa un cheque de su propia cuenta a nombre del recinto bursátilo consignan en la cuenta de la bolsa los fondos que les corresponden pagar. La bolsa giraun cheque a nombre de la firma comisionista u ordena la transferencia electrónica defondos de su cuenta a la de la firma comisionista.

Mercado Mostrador (operaciones SEN)

Figura 16: Liquidación de operaciones en el mercado mostrador a través de SEN

Explicación del diagrama:

1. Los participantes ingresan sus ofertas de compra o de venta al sistema de información paratransacciones SEN.

2. Una vez que la operación es adjudicada la información es transmitida al DCV para suliquidación. El sistema verifica la información con los datos registrados por las partes.

3. El DCV confirma la disponibilidad de valores en la cuenta de títulos del depositante directoVendedor y de fondos en la Cuenta de Depósito o Liquidación del depositante directocomprador. Una vez se comprueba la disponibilidad de fondos y de valores se hace latransferencia automática a las cuentas de títulos y de fondos respectivas.

Firmacomisionistavendedora

Firmacomisionistacompradora

Sistema denegociación

SEN

1. Oferta venta 1. Oferta compra

2. Transmisión dela información

3. Verificación de fondosy valores y liquidación

DCV

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7 EL PAPEL DEL BANCO CENTRAL EN LOS SISTEMASDE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN

7.1 POLÍTICA DE CONTROL DE RIESGOS

Como se vio en capítulos anteriores, el Banco de la República (BR) ha jugado un papel activo en lareducción de los riesgos en el sistema de pagos en años recientes. La medida más importante eneste sentido fue la puesta en operación del sistema de LBTR descrito en el Capítulo 4, el cual hatenido un efecto particularmente importante en la reducción del riesgo de crédito o de contraparte.Para coadyuvar al mejor y más fluido funcionamiento del sistema de LBTR también cabe destacar laadopción en 1998 del mecanismo de provisión de liquidez intradía a través de repos y los sucesivosajustes a las políticas en esta materia que se han adoptado en años posteriores (véase la sección4.4), todo lo cual contribuye a reducir el riesgo de liquidez. No hay en la actualidad facilidades demanejo de colas. Cuando no hay disponibilidad de recursos en cuenta para pagar una orden depago/transferencia la operación es rechazada por el sistema, si bien puede ser activada en momentoposterior sin necesidad de volver a capturar su contenido.

Una amplia gama de establecimientos de crédito, intermediarios del mercado de capitales einversionistas institucionales, así como la Dirección Nacional del Tesoro del Ministerio de Haciendatienen acceso a los servicios electrónicos del BR. Ello permite que prácticamente la totalidad de lasoperaciones del mercado de deuda pública y una proporción importante de las del mercado decapitales se liquiden con fondos del mismo día del BR bajo el principio de entrega contra pago.

Sólo los bancos comerciales e hipotecarios tienen acceso a la compensación interbancaria (chequesy ACH). Pero para poder operar en estos sistemas de pagos del BR tienen que demostrar que cuentancon la capacidad operativa y conocimientos suficientes así como ajustarse a los altos estándaresinformáticos exigidos por el BR. Estas entidades autorizadas pueden utilizar los servicios de otraspersonas jurídicas que posean la capacidad técnica para procesar la información requerida y/oatender operaciones del Servicio de Cámara de Compensación Interbancaria, para lo cual debenremitir al BR la información exigida en los procedimientos operativos. En todo caso la entidadautorizada sigue siendo responsable frente al BR, las demás entidades autorizadas, los usuarios ylas autoridades judiciales o administrativas por el cumplimiento de las obligaciones previstas enlas Normas del Servicio de Compensación Interbancaria.

En lo que concierne a la cámara de compensación de cheques y la ACH-CENIT, no se han adoptadoen Colombia políticas explícitas de garantía en caso de faltantes en la compensación o fondos degarantías. Puesto que la Ley Marco del BR no autoriza que se presenten faltantes o sobregiros en lascuentas de depósito de las entidades autorizadas, ni siquiera transitoriamente, de forma que elsaldo disponible en la cuenta de depósito de una entidad autorizada en ningún caso puede serinferior al valor de las sumas que deban registrarse a su cargo (resultado neto de la compensación),cuando se presenta una posición deficitaria en la compensación que supere el saldo disponible encuenta, el BR le ofrece a los bancos participantes dos opciones: a) les otorga un breve plazo paracubrirlo mediante un préstamo que le otorgue otra entidad financiera u otra fuente de liquidezpropia; o b) el propio BR les da acceso a una facilidad de liquidez (“ventanilla”) en los primeros

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minutos de operación del día hábil siguiente a la sesión de presentación al cobro (que tiene lugaral final de la noche del día hábil anterior, por fuera del horario bancario) bajo la modalidad de repoo redescuento, siempre y cuando cumplan con ciertas condiciones generales fijadas en las políticasde manejo de expansión monetaria. La tasa de interés aplicable a esta facilidad es incluso superiora la tasa lombarda.

Si por algún motivo no es posible cubrir el faltante mediante ninguno de estos mecanismos, el BRdeshace la compensación excluyendo al (los) banco(s) que presente faltantes en su cuenta dedepósito. En el evento señalado en el caso a), la Superintendencia Bancaria exige que se le informeinmediatamente, de forma que ésta entra a indagar las causas del faltante y a prevenir oportunamentela ocurrencia de hechos que pongan en peligro la estabilidad del sistema de pagos y el ahorro delpúblico. El BR también informa a la Superintendencia Bancaria de cualquier otro hecho que amenacecon poner en riesgo la estabilidad del sistema de pagos para que este órgano de control adopte lasmedidas pertinentes.

El BR puede terminar o suspender temporalmente la prestación del Servicio de CompensaciónInterbancaria a las entidades autorizadas, en uno o varios de sus componentes, en cualquiera delos siguientes casos: por solicitud expresa de la Superintendencia Bancaria u otra autoridad judicialo administrativa competente; por incumplimiento de los deberes y obligaciones de aquellasentidades; y, por carencia de fondos para cubrir los instrumentos de pago a su cargo.

En lo que concierne a las políticas adoptadas por otros prestadores de servicios de pago (tarjetasdébito y crédito, ACH Colombia), también prevén que en caso de faltantes de recursos de algúnparticipante para cumplir con las obligaciones derivadas de la compensación de obligaciones, seaplique el mecanismo de deshacer la compensación excluyendo a dicho participante.

7.2 LIQUIDACIÓN

(a) Cuentas de las entidades financieras en el Banco de la República

Los establecimientos de crédito (bancos comerciales e hipotecarios, corporaciones financieras,compañías de financiamiento comercial incluidas leasing y cooperativas financieras), bancos yentidades financieras públicas de redescuento, sociedades fiduciarias, administradoras de fondosde pensiones, agentes del mercado de valores (comisionistas de bolsa, bolsas de valores, corredoresy el depósito central de valores privado), fiduciarias, aseguradoras y capitalizadoras y las “redes”de servicios bancarios compensadoras de operaciones de tarjetas crédito y débito tienen todoscuentas de depósito en pesos en el BR a través de las cuales se liquidan las operaciones sobre unabase de LBTR.

El sistema electrónico de cuentas de depósito (CUD), al igual que las aplicaciones que manejan lascámaras de compensación de cheques, ACH y demás servicios electrónicos del BR (incluyendo elDCV), se acceden a través del portal SEBRA. Las cuentas de depósito son únicas y nacionales porcada entidad. Los saldos no son remunerados, si bien desde 1998 el BR reconoce una remuneraciónparcial sobre el encaje obligatorio (véase la sección 7.3.3).

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(b) Uso del encaje para propósitos del sistema de pagos

La totalidad de la disponibilidad de fondos (incluyendo el encaje legal) puede ser utilizado parapropósitos de pagos intradía. Sólo el saldo de fin de día es tomado en cuenta para el cálculo delrequisito legal de encaje (véase la sección 7.3.3). Éste se calcula como un promedio bisemanal.Para tal efecto también computan las tenencias de efectivo en las bóvedas de los propios bancos.

No se autorizan faltantes/sobregiros en la cuenta de depósito en el BR, ni siquiera en forma transitoria.El BR provee la facilidad de repos intradía como fuente adicional de liquidez al sistema de pagos. Elcoeficiente de rotación intradía (“turnover ratio”) de los saldos de depósitos en cuenta es cercanoa cuatro.

(c) Procedimientos de liquidación

La liquidación de pagos en el BR se hace sobre una base de LBTR. La cámara de compensación decheques, las ACH Colombia y CENIT y las redes de servicios bancarios (tarjetas débito y crédito)operan sobre la base de compensación multilateral neta pero todos liquidan en última instanciacon fondos del banco central, si bien en el caso de las redes se utiliza como agente de pago a unbanco comercial. El BR no se involucra en el proceso de compensación de los servicios provistospor agentes diferentes al propio BR y se limita a prestar su plataforma informática y sus cuentas dedepósito para la liquidación con fondos del mismo día del banco central.

Todos los pagos entre el BR y los intermediarios financieros y de valores se canalizan a través delSEBRA (CUD). El BR sólo afecta (debita) las cuentas de los intermediarios, previa autorización expresade los mismos, por concepto de cubrimiento de obligaciones derivadas de la compensación diariade cámara de compensación para el pago de amortización e intereses de préstamos por apoyos deliquidez y de redescuento, por retrocesiones de repos y por cobros de comisiones por los serviciosbancarios prestados por el BR. Todas las demás instrucciones de pago y transferencia de fondos soniniciadas por los propios intermediarios.

7.3 POLÍTICA MONETARIA Y SISTEMAS DE PAGOS

7.3.1 Mecanismos de intervención en el mercado monetario

El principal mecanismo de intervención del BR en el mercado monetario es la compra y venta,tanto transitoria (con pacto de recompra o reventa) como permanente, de títulos de deuda pública.Estas últimas se realizan cuando se considera necesario realizar una expansión o una contracciónque no se va a revertir en el corto y mediano plazo. Por ejemplo, cuando se presentan incrementosen la demanda por base monetaria debidos a crecimientos de la actividad económica o cambiosperdurables en la demanda de dinero.

Para realizar estas operaciones el BR utiliza dos mecanismos. El que más frecuentemente se utiliza esrealizar subastas de compras (ventas) definitivas de títulos en el mercado secundario. En estas subastasel BR fija el monto que quiere comprar o vender) y las emisiones con que desea realizar la operación.El monto de la intervención depende de objetivos monetarios. La selección de las emisiones, por suparte, depende de consideraciones de mercado de capitales, buscando no desmejorar excesivamente

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la liquidez de ciertas emisiones y no introducir distorsiones a la curva de rendimientos de los títulos.Un segundo mecanismo consiste en realizar compras o ventas a través del sistema de transaccionesdel mercado secundario. Estas transacciones se realizan por intermedio del SEN que es un sistema detransacciones “ciego”, por lo cual el sistema ignora cuando está transando con el BR.

El mecanismo de compra o venta transitoria de títulos mediante repos se utiliza cuando se estimaque los excesos de oferta o demanda de base se van a revertir en el corto o mediano plazo. Asimismo,estas operaciones se utilizan para proveer o retirar liquidez ante choques inesperados de oferta odemanda de base monetaria.

Estas operaciones se realizan a través de un esquema mixto de intervención que trata de afrontarlos choques de demanda u oferta de base monetaria parcialmente por ajustes en cantidades yparcialmente por ajustes en tasas de interés. Operativamente se distinguen cuatro mecanismos deintervención: una subasta de operaciones de expansión con un monto previamente definido y unatasa mínima de corte; una subasta de operaciones de contracción con un monto definido y unatasa máxima de corte; una ventanilla de operaciones de expansión de monto indefinido a una tasafija que es mayor que la tasa mínima de corte de la subasta; y, una ventanilla de operaciones decontracción con un monto indefinido a una tasa fija menor que la tasa máxima de la subasta.

Los cupos de las subastas de expansión y contracción se establecen de acuerdo con el cálculo dela demanda u oferta de base que presente el mercado. La implementación de la política aseguraque, en ausencia de choques inesperados, la tasa de interés de los plazos en que interviene el BResté entre la tasa máxima de corte de la subasta de contracción y la tasa mínima de corte de lasubasta de expansión. Asimismo, el mecanismo garantiza que choques moderados en la demandou oferta de base se equilibrarán a través de incrementos o reducciones en las tasas de interésmientras que choques grandes se equilibraran parcialmente a través de tasas de interés y parcialmentea través de incrementos o reducciones en la oferta de base monetaria. Actualmente el BR realizaeste tipo de operaciones diariamente a plazo de un día y semanalmente con un plazo de 14 días,que es igual al periodo de encaje. Las tasas vigentes a mayo de 2001 se muestran en la tabla 4.

Tabla 4: Tasas de intervención del Banco de la República(Mayo de 2001)

Tasa de intervención del BRTasa ventanilla contracción 8.0%Tasa máxima contracción 10.5%Tasa mínima expansión 11.5%

Tasa ventanilla expansión 15.5%

Las operaciones expansión y contracción se efectúan con los denominados Agentes Colocadoresde operaciones de mercado abierto. Para la expansión transitoria se incluyen en dicha clasificaciónúnicamente a los establecimientos de crédito (véase la sección 1.3.1) y los fondos de pensiones.Para las operaciones de expansión definitiva y de contracción se añaden a los anteriores loscomisionistas de bolsa y las fiduciarias, así como el Instituto del Seguro Social, la DTN, FOGAFIN

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y bancos públicos de redescuento como FEN, FINAGRO y FINDETER. Los repos se ejecutan bajola modalidad de compra con compromiso en firme de reventa de títulos de deuda pública,exclusivamente. Los más utilizados son los TES B (títulos de tesorería expedidos por el Ministeriode Hacienda), los TDA (expedidos por FINAGRO), los bonos de FOGAFIN y algunos otros bonosde deuda pública interna y externa. Todos ellos se reciben a valor presente, aplicando un descuento(“haircut”) sobre su valor facial y, en algunos casos, incorporando también un margen (“spread”)sobre la tasa de mercado de referencia del descuento a valor presente. En el caso de los TES B ylos de deuda externa no se aplican márgenes y el “haircut” es el más bajo, de sólo el 5 porciento. En el otros extremo, los bonos de FOGAFIN tienen un “haircut” del 10 por ciento y para elcálculo del valor presente se añade un margen de 200 puntos básicos sobre la tasa de interés dereferencia.

Finalmente, cabe señalar que la Tesorería General de la Nación mantiene una cuenta no remuneradaen el BR. Dada la magnitud de las operaciones de este agente del sistema de pagos, sus operacionescon frecuencia alteraran la oferta de base monetaria a través de los cambios en el saldo de sucuenta. La secuencia de los ingresos y egresos de fondos a esta cuenta también tiene un impactodeterminante sobre la disponibilidad de liquidez intradía para el sistema de pagos, por lo cual enlos últimos años se han hecho importantes esfuerzos por asegurar que la secuencia del flujo demovimientos de la Tesorería no afecte negativamente la liquidez intradía del resto de intermediariosfinancieros y del mercado de capitales.

7.3.2 Funciones de prestamista de última instancia

El BR ejerce su función de prestamista de última instancia mediante apoyos de liquidez de cortoplazo para el sistema financiero (ventanilla de descuento). Estos apoyos se realizan especialmentecuando se presentan problemas puntuales de liquidez de intermediarios financieros que mantienensu solvencia dentro de los limites establecidos por la entidad reguladora. Dado el carácterimpredecible de la demanda de estos recursos, la utilización de este mecanismo no se tiene encuenta para la programación monetaria. Adicionalmente, hay que tener en cuenta que las tasas deintervención de este tipo de créditos son superiores a las tasas de intervención del mercado monetario,por lo cual se eliminan las posibilidades de arbitraje entre las operaciones de intervención y losrecursos provenientes de la ventanilla de descuento.

Los apoyos de liquidez operan bajo la figura de redescuento de títulos valores provenientes deinversiones financieras y de cartera de créditos comerciales, de consumo e hipotecarios. Para losprimeros se aceptan no sólo títulos de deuda pública sino también inversiones en otras entidadesfinancieras, bonos o titularizaciones, siempre y cuando tengan grado de inversión. Los pagarés decartera admisible también deben tener el más alto grado de calificación de acuerdo con las exigenciasde la Superintendencia Bancaria.

7.3.3 Requisitos de encaje en moneda legal

La demanda de base monetaria se estima calculando la liquidez necesaria para cubrir las necesidadesde efectivo y reservas de acuerdo con los objetivos de crecimiento del PIB, de inflación y loscálculos de cambios de velocidad de circulación de este agregado.

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Para el cálculo del efectivo se utilizan modelos estadísticos que determinan cuál es la demanda deefectivo consistente con los supuestos atrás señalados. En el caso de la reserva, también se tiene encuenta la normatividad acerca del encaje.

En la normatividad actual de encaje se establece un “encaje requerido” que las entidades debentener en la medida en que mantengan depósitos en su balance. Las entidades deben mantener esteencaje en su caja o en sus cuentas en el BR. Los coeficientes de encaje requerido se establecen deacuerdo con la volatilidad de los mismos, para lo cual se han establecidos cuatro clases de depósitos:los depósitos de cuenta corriente y similares con 13 por ciento, los depósitos de ahorro con 6 porciento, los depósitos a termino con plazo inferior a 18 meses con 2.5 por ciento y los demásdepósitos con 0 por ciento de encaje.

El procedimiento para el cumplimiento de la normatividad de encaje es el siguiente: en primerlugar se establecen períodos de cómputo del encaje “requerido”. Estos periodos constan de 14días calendario, iniciándose los días miércoles y terminando los días martes. Una vez establecidoel periodo de encaje “requerido” se procede a establecer cuál debería ser el encaje de cada entidadde acuerdo con el saldo diario de sus distintos depósitos, después de lo cual se procede a calcularun promedio diario de reserva requerida para los 14 días del período de encaje.

Las instituciones financieras deben mantener un nivel promedio de reservas durante períodos de14 días. Para facilitar la gestión de reservas, la JDBR dispuso que el período de cómputo de lareserva efectivamente presentada se iniciaría una semana después de haber concluido el periodode cómputo del promedio requerido.

Así, por ejemplo, el 27 de junio se inicia un periodo de calculo de la reserva requerida. En estecaso se computa cual debería ser el encaje requerido de acuerdo a los depósitos que mantuvo laentidad diariamente entre el 27 de junio y el 10 de julio. De acuerdo con esta información seprocede a establecer el encaje requerido promedio de estas dos semanas realizando un promedioaritmético de los encajes requeridos de cada uno de los días. Las entidades financieras debencumplir con este encaje requerido manteniendo reservas por ese monto durante el periodocomprendido entre el 18 y el 31 de julio. De nuevo se calcula el promedio aritmético de la reservamantenida en cada uno de estos días para determinar si se cumplió con el nivel de requeridopromedio.

Hay dos puntos para resaltar de acuerdo con el mecanismo del encaje. El primero es que tanto enel caso del encaje requerido como en el caso del efectivamente presentado se trata de promediosde 14 días, por lo cual no hay un requerimiento de reserva diaria. El segundo elemento es queexiste un rezago importante entre el cálculo del encaje requerido y el del presentado, por lo cualvariaciones en los depósitos afectan la demanda de reserva con un rezago considerable.

Ahora bien, una vez que se ha cumplido el período en que se tiene que mantener la reserva lasentidades envían la información de depósitos y de reserva a la Superintendencia Bancaria. En elcaso en que se haya cumplido con el encaje requerido, el BR entra a cubrir la remuneración delencaje establecida por la JDBR a las tasas que se muestran a continuación. De lo contrario, laSuperintendencia Bancaria procede a multarlo con un monto de recursos que está en función delmonto del encaje que se ha incumplido (véase la Tabla 5).

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Tabla 5: Remuneración del encaje

Remuneración del encajeCuentas corrientes No se remuneraCuentas ahorro 75% de la meta de inflaciónTítulos de menos de 18 meses 100% de la meta de inflación

Fuente: Banco de la República.

7.4 PAPEL DEL BANCO CENTRAL EN LOS PAGOS TRANSFRONTERIZOS

7.4.1 El mercado de divisas en Colombia

El mercado cambiario colombiano está constituido por la totalidad de las divisas que, de acuerdocon la reglamentación vigente,83 deben ser canalizadas obligatoriamente a través de losintermediarios del mercado cambiario (IMC) o a través de cuentas de compensación en el exteriordeterminadas por la autoridad cambiaria. También forman parte del mercado cambiario las divisasque no obstante estar exentas de esta obligación84 se canalicen voluntariamente a través de dichomercado.

7.4.2 Mecanismos de liquidación

Al finalizar la jornada los intermediarios extraen la información del sistema de negociación85 yverifican las transferencias netas en dólares o pesos que deben realizar a cada entidad. Algunosbancos cuentan con una pantalla en línea con sus bancos corresponsales de manera que puedenrealizar las transferencias directamente, siempre y cuando la contraparte en la negociación cuentecon cupo de crédito. Los pesos son transferidos vía el sistema SEBRA del BR. Normalmente, losrecursos son acreditados antes de las 7:00 p.m.

En consecuencia, las operaciones no se efectúan bajo la modalidad de pago contra pago (PCP).Para moderar el riesgo, cuando los agentes más grandes del mercado efectúan negociacionescon entidades menos activas, sólo imparten sus instrucciones de entrega de pesos cuando tienenevidencia de que la entidad vendedora ha realizado el abono al corresponsal de la compradora

83 De acuerdo con la Resolución 21 de 2000 de la JDBR, las operaciones de cambio que deben canalizarseobligatoriamente a través del mercado cambiario son las siguientes: importación y exportación de bienes;operaciones de endeudamiento externo celebradas por residentes en el país; inversiones de capital delexterior en el país e inversiones de capital colombiano en el exterior; inversiones financieras en títulosemitidos y en activos radicados en el exterior salvo cuando las inversiones se efectúen con divisas provenientesde operaciones que no deban canalizarse a través del mercado cambiario; avales y garantías en monedaextranjera y operaciones de derivados.84 El mercado libre de divisas está constituido por todas aquellas operaciones que no están reglamentadasdentro del mercado cambiario.85 El sistema de negociación de divisas en el mercado de contado, DATATEC, opera diariamente en los díaslaborales de 8:00 a.m. a 1:00 p.m.

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(y lo correspondiente en caso de venta de dólares). Las operaciones que no hayan sido cumplidasa las 4:00 p.m. hora de Nueva York, cuando cierra el ingreso de operaciones al CHIPS, quedananuladas. Existe también la modalidad, aunque no muy utilizada, de pagos con cheques. Enestos casos la entidad o el agente deben contar con un cupo de crédito. En caso contrario, laoperación se efectúa con cheque de gerencia.

El tamaño del mercado cambiario colombiano es relativamente reducido. El volumen diario deoperaciones fluctúa entre USD 130 y USD 200 millones. El mercado está dominado por un númeroreducido de bancos pues alrededor del 50 por ciento de las operaciones son explicadas por apenascuatro participantes. Seis de ellos explican más del 60 por ciento.

7.4.3 Papel del Banco de la República en el mercado cambiario

El BR, en su función de banquero de bancos y de agente fiscal del gobierno, ofrece a los intermediariosdel mercado cambiario y a la Dirección del Tesoro Nacional el manejo de cuentas de depósito enmoneda extranjera a través de las cuales se realizan operaciones de giro al exterior. Adicionalmente,el BR, en su calidad administrador de las reservas internacionales, efectúa operaciones por cuentapropia en los mercados internacionales y maneja los aportes a organismos financierosinternacionales, que constituyen activos de reserva.

Aunque los saldos cuentas en moneda extranjera de los establecimientos de crédito en el BR noson muy elevados (el conjunto de IMC mantuvo un promedio de USD 10 millones en el segundosemestre de 2000), pues estas cuentas no ofrecen ninguna remuneración, de forma que la mayorparte de la posición propia de las entidades financieras se mantiene en depósitos e inversionesremuneradas en bancos comerciales del exterior, aquellos pueden ser utilizados para cumplir diversasobligaciones con el BR derivadas de operaciones de convenios de pagos o para el pago denegociaciones interbancarias y otras. Las entidades imparten instrucciones al BR en relación con ladisposición de tales recursos a través del Sistema de Operaciones Internacionales (SOI). Este sistemapermite procesar las solicitudes por medios electrónicos en tiempo real en la modalidad de LBTR.Cuando la disposición de los fondos disponibles consiste en un giro al exterior a favor de uncorresponsal el BR la cumple a través de la red SWIFT.

Intervención en el mercado cambiario

Desde 1999 el BR tiene una política de flotación del tipo de cambio. Siguiendo esta política, sólose interviene en el mercado con dos objetivos: (i) acumulación de reservas internacionales y (ii)atenuar la volatilidad del tipo de cambio. Las intervenciones del BR se realizan a través del mecanismode subasta de opciones de compra y de venta de dólares que los intermediarios pueden ejercer lasopciones si se cumplen las condiciones impuestas por el BR. En ningún caso esta intervención enel mercado cambiario se realiza teniendo como objetivo mantener o alcanzar un nivelpredeterminado de base monetaria, tasa de cambio o tasa de interés, de donde queda claro que noes un instrumento de política monetaria. Ella tiene por objeto estrictamente la consecución de unnivel deseado de reservas y la estabilización de corto plazo del tipo de cambio.

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Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) y convenio con China

El BR es uno de los países miembros de la ALADI y en este marco suscribió en 1965 un convenio depagos y créditos recíprocos con doce bancos centrales con el objeto de establecer una cooperaciónmonetaria entre los mismos y de reducir al mínimo las transferencias de divisas entre sí, al mismotiempo que pretende facilitar el desarrollo de los pagos y el intercambio comercial. Mediante esteconvenio los miembros ofrecen a sus participantes las garantías de convertibilidad, transferibilidady de reembolso.

Asimismo, con el ánimo de incrementar el intercambio comercial el BR suscribió en 1985 unconvenio de crédito recíproco con el Banco de China acordando similares características a las delconvenio suscrito con la ALADI.

Los bancos participantes de ALADI han creado un sistema de compensación de los saldos acreedoresy deudores de las cuentas en las que se registran las operaciones autorizadas que se efectúen entrepersonas residentes en los diferentes países miembros. Las liquidaciones de los saldos derivados delas operaciones cursadas tienen un carácter multilateral y se realizan cada cuatro meses. En el casodel convenio con el Banco de China, éste tiene carácter bilateral y la compensación se efectúa enforma semestral.

Aunque la canalización de operaciones a través del convenio tiene un carácter voluntario y sólopueden cursarse por él los cobros y pagos derivados del intercambio de mercancías y sus serviciosdirectamente asociados mediante la utilización de los instrumentos previstos en el acuerdo, enColombia el BR ha establecido una reglamentación interna ajustada a los principios generales conla cual no está permitido cursar las siguientes operaciones:

• operaciones de triangulación comercial.

• operaciones de descuento.

• operaciones originadas en Colombia por concepto de pago de servicios a favor de residentesde otro país miembro.

• transferencias personales o de capital.

El manejo de estas operaciones se efectúa de manera automática a través del Sistema de OperacionesInternacionales (SOI).

En el apéndice estadístico se muestra la evolución de las operaciones colombianas durante elperíodo comprendido entre 1992-2000. Las exportaciones y las importaciones hacia o desde paísesmiembros de ALADI cayeron significativamente entre 1996 a 2000. Aunque las exportacionescolombianas que se cursaron a través del convenio de ALADI durante el período 1992-1996mantuvieron un promedio superior al 25 por ciento del total de exportaciones hacia los paísesmiembros de ALADI, a partir de 1997 se registró una sustancial caída, ubicándose en 5.7 por

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ciento para 1997 y alcanzando su punto más bajo, 1.8 por ciento, en el 2000. Las importacionespresentaron un comportamiento similar registrando una participación de 2.9 por ciento para elaño 2000.

7.5 POLÍTICA DE PRECIOS

Entre los principales objetivos del BR como proveedor de servicios de pago de alto y bajo valorestá el de propender por una utilización eficiente de dichos servicios al menor costo posible,haciendo un énfasis muy especial en los aspectos técnicos y de seguridad del sistema. El diseñode su estructura de tarifas propende por la recuperación plena de los costos incurridos en lainversión de cada una de las aplicaciones informáticas (incluyendo costos operativos, inversiónen hardware, software y sistemas de comunicación, así como el costo de oportunidad de lainversión). También incorpora en la definición de sus tarifas elementos que permitan alcanzaruna mayor eficiencia en la utilización del sistema con el fin de explotar al máximo las economíasde escala y economías de alcance (economies of scope) típicas de esta clase de inversión.

Los servicios de pago prestados por el BR están sujetos al cobro de tarifas. Así, en el caso delservicio SEBRA el usuario debe pagar todos los costos de instalación de los implementos necesariospara la conexión y cada mes debe pagar un cargo fijo mensual de $476,000 (aproximadamenteUSD 200). El servicio de cuenta de depósito en el banco central es cobrado a través de dostarifas: un cargo fijo mensual por correspondencia y una comisión de $2 por millón sobre elvalor de cada operación entre participantes. La compensación electrónica de cheques a travésdel sistema CEDEC se tarifa por registro electrónico, correspondiente a cada cheque enviado, enfunción de la hora de llegada. La estructura penaliza la demora en el envío de registros, siendo latarifa mas alta de $15 y la mas baja de $10. Adicionalmente, cada participante en el CEDEC pagaun cargo fijo mensual de $83,000 (aproximadamente USD 36) por cada plaza o sucursal que sevincule al sistema. De otra parte, por cada operación canalizada a través de la ACH-CENIT sepaga una tarifa de $63.

Por su parte, el servicio de fiducia y custodia de títulos valores, del cual forma parte el sistemaelectrónico de depósito de valores DCV, se cubre con dos tarifas. La primera hace referencia a laemisión y administración de los títulos de deuda pública mediante contrato fiduciario suscritoentre el respectivo emisor (Ministerio de Hacienda, FOGAFIN y FINAGRO) y el BR y correspondea un porcentaje que se fija sobre el valor diario en circulación de cada clase de título emitido. Lasegunda tarifa se cobra a los tenedores de títulos en el DCV según el monto y el tiempo duranteel cual permanecen vigentes los derechos en el depósito y su valor decrece con el montodepositado. Las tarifas anuales van desde $0.31 para depósitos hasta los $10,000 millones (USD4.5 millones), a $0.09 para depósitos mayores a $300,000 millones (USD 150 millones). De estastarifas están exentos los depósitos de la mayor parte de los títulos de deuda pública y lastransferencias de títulos son libres de pago.

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Informe de Colombia Agosto 2001

8 SUPERVISIÓN DE LOS SISTEMAS DE COMPENSACIÓNY LIQUIDACIÓN DE VALORES

8.1 RESPONSABILIDADES SUPERVISORAS Y ESTATUTARIAS DE LA AUTORIDAD REGULADORA

DE VALORES

La supervisión y el control que ejerce la Superintendencia de Valores busca que los agentes queparticipan en el mercado ajusten sus operaciones a las normas que lo regulan y a los sanos usosy prácticas del mercado. La supervisión implica la inspección y la vigilancia. Aunque la primeraes ocasional y la segunda permanente ambas son de carácter preventivo. El control supone unalabor de verificación que puede ser previa o posterior y es eminentemente correctivo osancionatorio.

La inspección y vigilancia se ejerce de forma subjetiva sobre los intermediarios y otros agentes,específicamente los siguientes:

• Las bolsas de valores.

• Las sociedades comisionistas de bolsa.

• Las sociedades comisionistas independientes de valores.

• Las sociedades administradoras de fondos de inversión.

• Los fondos de garantías que se constituyan en le mercado de valores.

• Las sociedades administradoras de los depósitos centralizados de valores.

• Las sociedades calificadoras de valores.

• Los fondos mutuos de inversión.

• Las sociedades titulizadoras.

El control se ejerce sobre determinadas actividades, independientemente de quién las ejecute. Porlo tanto, se realiza en forma objetiva. La Superintendencia de Valores ejerce control sobre todos losemisores de valores inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios (RNVI).

La Delegatura para Inspección y Vigilancia del Mercado tiene dentro de las funciones asignadaspor el Decreto 1608 del 2000 las siguientes:

• Proponer y coordinar las políticas que debe formular la Superintendencia de Valores paraun adecuado seguimiento de las operaciones efectuadas en el Mercado Público de Valores.

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• Proponer las políticas que debe formular la Superintendencia de Valores para una mejorsupervisión de las entidades sujetas a su inspección, vigilancia y control, así como de laactividad de los demás intermediarios de valores.

• Coordinar las actividades de supervisión sobre las entidades sujetas a la inspección yvigilancia de la Superintendencia , sobre los demás intermediarios de valores, sobre lossistemas de compensación y de información centralizada de operaciones, así como sobrelos otros mecanismos que se autoricen para facilitar el trámite de las mismas o el desarrollodel mercado.

• Desarrollar las actividades propias de inspección y vigilancia respecto de las entidadessujetas a este régimen.

• Efectuar un control objetivo sobre las operaciones que realicen en el mercado público devalores los intermediarios de valores no sujetos a inspección y vigilancia de estaSuperintendencia.

• Estructurar y mantener un sistema de seguimiento al mercado y evaluar periódicamente laevolución del mismo.

• Realizar seguimiento de las operaciones efectuadas en el mercado.

• Mantenerse informado de cualquier irregularidad en las operaciones realizadas en el mercadode valores o en la conducta de sus agentes.

Por otra parte, la Delegatura para Emisores tiene dentro de las funciones asignadas por el Decreto1608 del 2000, la de verificar en forma permanente que las sociedades emisoras de valoressuministren en forma oportuna y veraz la información que deben proporcionar al mercado. LaDivisión de Seguimiento de Emisores, la cual forma parte de la Delegatura de emisores, debedesarrollar, entre otras, las siguientes funciones:

• Estructurar y mantener un sistema de seguimiento a los emisores de títulos inscritos en elRNVI, a efectos de poder ejercer el control del cumplimiento de las obligaciones contraídaspor dichas entidades.

• Informar al Superintendente Delegado para Emisores cualquier irregularidad en la evoluciónde las entidades emisoras que pueda llegar a originar el incumplimiento de las obligacionescontraídas con el público o cualquier conducta que atente contra la seguridad, estabilidady transparencia del mercado.

• Elaborar los estudios financieros, económicos, jurídicos y contables necesarios para decidirsobre las solicitudes que presenten los emisores de valores sometidos al control exclusivode la Superintendencia de Valores.

• Realizar visitas a las entidades emisoras de valores sometidas al control exclusivo de laSuperintendencia de Valores, en los términos y con las facultades establecidas.

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8.1.1 Responsabilidad sobre las bolsas de valores

Las bolsas de valores requieren para iniciar actividades la previa autorización de laSuperintendencia de Valores, la cual incluye la aprobación de los reglamentos generales, deoperaciones y de los sistemas de negociación. Las reformas estatutarias no requieren de previaautorización por parte de la Superintendencia de Valores. Sin embargo, cuando éstas se realicendeberán ser informadas tan pronto sean aprobadas. La Superintendencia de Valores efectúa elseguimiento permanente de las operaciones que realizan en las bolsas sus miembros. La laborde la Superintendencia de Valores se basa fundamentalmente en la verificación del cumplimientode las normas que regulan su actividad, revisión de estados financieros, evaluación de laadministración de los sistemas electrónicos de negociación, confirmación del suministro deinformación al mercado y del desarrollo de la autorregulación por parte de éstas.

8.1.2 Responsabilidad sobre los Depósitos Centralizados de Valores

La constitución de sociedades con objeto exclusivo de administrar depósitos centrales de valoresdebe ser autorizada por la Superintendencia de Valores. Lo anterior a excepción de la aprobaciónque el gobierno otorgó de manera directa al Banco de la República para administrar depósitoscentralizados de valores, el cual fue creado mediante el Decreto 437 de 1992. Sin embargo, laSuperintendencia de Valores mantiene las facultades de inspección y vigilancia sobre laadministración de dicho depósito. La Superintendencia de Valores aprueba los reglamentos ymodificaciones para el funcionamiento de los depósitos centralizados de valores.86

8.1.3 Responsabilidad sobre los participantes de las bolsas de valores y los DepósitosCentralizados de Valores

En el caso de las sociedades comisionistas de bolsa, la Superintendencia debe realizar lainspección y vigilancia sobre las mismas y velar porque cumplan las normas que les sonaplicables, entre ellas el cumplimiento sobre límites de patrimonio técnico, presentación deestados financieros, manejo de conflictos de intereses, deber de asesoría a sus clientes y eldesarrollo de sus actividades. Lo anterior sin perjuicio de la competencia de autorregulaciónque tienen sobre ellas las bolsas. La responsabilidad en cuanto a los depositantes de valoresestá limitada a la verificación del establecimiento de deberes, derechos y responsabilidadesde éstos en los reglamentos de funcionamiento de los depósitos centralizados de valores y lasnormas del Mercado Público de Valores.

8.1.4 Obligaciones de información

8.1.4.1 Emisores

Los emisores de valores inscritos en el RNVI deben suministrar información al mercado quereúna los requisitos de calidad, oportunidad y suficiencia. Estos deben remitir trimestralmente

86 Decreto 437 de 1992, artículo 6.

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a la Superintendencia de Valores los estados financieros en los formatos que para el efecto éstaha establecido. La información debe presentarse consolidada cuando corresponda.87

Adicionalmente, los emisores deben comunicar a la Superintendencia de Valores y a las bolsasrespectivas, al día siguiente de su ocurrencia o al de su conocimiento, cualquier hecho jurídico,económico o financiero que sea de trascendencia respecto de ellas mismas, de sus negocios o parala determinación del precio o para la circulación en el mercado de los valores que tengan inscritosen el RNVI.88

8.1.4.2 Bolsas de valores

Las bolsas de valores deben transmitir a la Superintendencia de Valores las operaciones registradasdurante el día. Las operaciones efectuadas con acciones y derechos se recibirán hasta las 4:00 p.m.y las demás operaciones se recibirán hasta las 7:00 p.m. Los archivos que transmitan las bolsas devalores a la Superintendencia de Valores deberán acoger las características técnicas que para elefecto haya determinado esta entidad.89

Asimismo, las bolsas de valores y las sociedades comisionistas de bolsa deben comunicar al mercadotoda información eventual que reciban de la manera más amplia y eficiente posible. Como mínimo,la información debe publicarse de manera inmediata en todos los boletines de bolsa y en lossistemas electrónicos de operación.90

Igualmente, las bolsas de valores deben publicar en sus boletines diarios, de manera separada, lasoperaciones de contado y las operaciones a plazo que se realicen, especificando claramente lamodalidad de operación a que corresponde.91

8.1.4.3 Sistemas centralizados de información para transacciones

Estos sistemas deben prever los mecanismos necesarios para remitir a la Superintendencia de Valoresinformación de las operaciones registradas a través de ellos, hasta las 9:00 a.m. del día hábil siguientea la fecha de registro de las transacciones.92 Asimismo, la entidad administradora del sistemacentralizado de información para transacciones debe dar a conocer al público en general estainformación.93

8.1.4.4 Intermediarios

Las personas inscritas como intermediarios de valores en el RNVI por ser corredores de valores opor realizar operaciones habituales de adquisición y enajenación de valores ejecutadas directamente

87 Resolución 400 de 1995, artículo 1.1.3.3. de la Superintendencia de Valores.88 Circular Externa 12 de 1995 de la Superintendencia de Valores.89 Circular Externa 8 de 1994 de la Superintendencia de Valores.90 Circular Externa 12 de 1995 de la Superintendencia de Valores.91 Resolución 1200, artículo 3.2.4.5 de la Superintendencia de Valores.92 Circular Externa 11 de 1997 de la Superintendencia de Valores.93 Resolución 400 de 1995, artículo 4.2.0.6. de la Superintendencia de Valores.

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y por cuenta propia deben remitir quincenalmente la relación de las operaciones diarias deintermediación en el Mercado Público de Valores, en los términos que establezca la Superintendenciade Valores.94

Igualmente, las personas naturales o jurídicas que realicen operaciones de intermediación inscritasen el RNVI en cumplimiento de las Resoluciones 1201 y 1202 del 22 de noviembre de 1996deberán actualizar el mencionado registro durante los tres primeros meses de cada año, diligenciandolos formatos establecidos para el efecto.95

En adición, las personas naturales o jurídicas deben transmitir mensualmente sus estados financieros.

8.1.4.5 Inversionistas

Las sociedades comisionistas de bolsa tienen la obligación de dar cumplimiento a todas lasobligaciones de información contenidas en la Ley, en especial la de informar al cliente acerca decualquier circunstancia sobreviniente que pueda modificar la voluntad contractual del mismo, asícomo cualquier situación de conflicto de interés.

8.1.5 Capacidad sancionadora de la Superintendencia de Valores

La Superintendencia de Valores posee facultad legal sancionatoria en el Mercado Público de Valores,no solamente respecto de las entidades sujetas a su inspección, control y vigilancia, sino sobreaquellas personas que infrinjan las normas legales que rigen e inciden en este mercado. Para ello,la Superintendencia de Valores puede imponer sanciones tales como la amonestación, la suspensióntemporal, multas sucesivas, cancelación de la inscripción en el RNVI o disponer la toma de posesióny la liquidación de una sociedad.96

Según la Ley 510 de 1999, las causales y demás reglas previstas sobre toma de posesión y programasde restablecimiento o adopción de medidas de recuperación previstas en el Estatuto Orgánico delSistema Financiero son aplicables a las entidades vigiladas por la Superintendencia de Valores.Este procedimiento prevé la aprobación del Ministro de Hacienda y Crédito Público para la tomade posesión de las entidades vigiladas.97

La Superintendencia de Valores, por disposición de la Sala General de la misma entidad, podráordenar la liquidación de las personas naturales o jurídicas que sin estar inscritas en el RNVI realicenactividades de intermediación.

Igualmente, la Superintendencia de Valores, previo concepto de la Sala General, puede suspenderla inscripción u ordenar la intervención administrativa del intermediario hasta que desaparezcanlas causas que motivaron la medida.

94 Resolución 400 de 1995, artículo 1.1.6.2. De la Superintendencia de Valores.95 Circular Externa No. 2 de 1997 de la Superintendencia de Valores.96 Ley 27 de 1990.97 Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, artículo 114, inciso primero.

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8.2 RESPONSABILIDAD SUPERVISORA Y ESTATUTARIA DE LAS BOLSAS DE VALORES

Las bolsas están facultadas para expedir normas operativas y disciplinarias y establecer requisitosnecesarios para adquirir la calidad de miembros de las mismas y decidir a quienes acepta o no.98

Corresponde también a las bolsas el mantener el funcionamiento de un mercado bursátildebidamente organizado, que ofrezca condiciones suficientes de igualdad, seguridad,honorabilidad y corrección.99 En este sentido las bolsas de valores tienen la obligación de crearcódigos de conducta a los cuales se deben someter sus funcionarios así como las firmas yprocedimientos de control que le permitan velar por el estricto cumplimiento de las disposicioneslegales y reglamentarias por parte de las firmas comisionistas.100

8.3 RESPONSABILIDAD SUPERVISORA Y ESTATUTARIA DE LOS DEPÓSITOS CENTRALIZADOS

DE VALORES

Los depósitos centralizados de valores deben velar por que sus depositantes cumplan con loestablecido en el reglamento operativo y las normas que regulan el Mercado Público de Valores.Los depósitos centralizados de valores, en el desarrollo de sus actividades y en la prestación desus servicios a los depositantes directos, evalúan el cumplimiento, por parte de éstos, de lasdisposiciones contenidas en sus respectivos reglamentos operativos y demás preceptos establecidospor ellos.

Asimismo, de acuerdo con lo establecido en las circulares 3 de 1997 y 4 de 1998, las sociedadesadministradoras de depósitos centralizados de valores deben adoptar medidas y establecermecanismos apropiados y suficientes para evitar que en la realización de sus operaciones puedanser utilizadas como instrumento para el ocultamiento, manejo, inversión o aprovechamiento encualquier forma de dinero u otros bienes provenientes de actividades delictivas o para darapariencia de legalidad a éstas o a las transacciones y fondos vinculados con las mismas.

8.4 CAPACIDAD Y SEGURIDAD DEL SISTEMA

Como requisito para acceder a los servicios del sistema del DECEVAL los depositantes directosdeben utilizar el sistema de seguridad informático establecido e instalado en la terminal deldepositante directo.

El sistema en línea utiliza un certificado electrónico como elemento principal de identificación delusuario, el cual se almacena en una tarjeta inteligente SmartCard y sólo se puede utilizar con unaclave de acceso de uso exclusivo del usuario. El certificado permite que el registro de las operacioneselectrónicas que realice el cliente tenga las siguientes garantías:

98 Ley 27 de 1990, artículo 1. 99 Decreto 2969 de 1960, artículo 3.100 Resolución 1200 de 1995, artículo 1.1.2.1.

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• Autenticidad del origen al nivel de entidad y usuario autorizado con perfil específico, garantíade la integridad de la información.

• Garantía en la confidencialidad de la información y no repudiabilidad para garantizar laresponsabilidad de que el cliente fue quien originó el registro.

El sistema permite la doble intervención en el registro de las operaciones. En este evento se requiereque en un mismo depositante directo, llamado para estos efectos el operador, registre la operacióny otro, denominado el revisor, la apruebe.

DECEVAL cuenta con un sistema alterno de seguridad, el cual sólo se utiliza en contingencias delsistema principal en línea. Este sistema garantiza la autenticidad del origen de las operaciones y laintegridad de la información contenida en la transacción electrónica mediante una firma digitaldiferente por cada operación y por cada usuario.

Por otro lado, la conexión al DCV del BR la efectúan los depositantes directos a través del sistemaSEBRA. Este sistema garantiza los principios básicos de la seguridad informática relacionados con laintegridad, confidencialidad y control de acceso. A través de un único punto de entrada habilitasolamente a los usuarios que tienen el acceso autorizado. El software del DCV garantiza que quienacceda a la información, pueda realizar únicamente el registro de las operaciones en los montosdefinidos previamente por el depositante directo. Además, permite que el depositante directosegregue las funciones de inclusión, revisión y activación de las transferencias.

La comunicación entre los depositantes directos y el DCV está protegida por encriptación y cifrasde control que garantizan la integridad de los datos.

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APÉNDICE:TABLAS ESTADÍSTICAS

La primera serie de tablas (A) son estadísticas sobre compensación y liquidación de pagos yvalores en Colombia. La segunda serie de tablas (B) presenta estadísticas generales sobre elsector financiero.

SERIE AEstadísticas de y compensación y liquidación de pagos y valores

A1 Datos estadísticos básicos ...................................................................................... 118

A2 Medios de pago utilizados por entidades no bancarias ......................................... 118

A3 Instrumentos de pago utilizados por entidades de depósito .................................. 118

A4 Marco institucional ................................................................................................ 119

A5 Billetes y monedas ................................................................................................. 120

A6 Dispensadores de efectivo, cajeros automáticos y terminales de puntos de venta . 121

A7 Número de tarjetas de pago en circulación ........................................................... 122

A8 Indicadores de utilización de medios de pago distintos del efectivo(volumen de operaciones) ..................................................................................... 122

A9 Indicadores de utilización de medios de pago distintos del efectivo(valor de las operaciones) ...................................................................................... 123

A10 Instrucciones de pagos procesadas por sistemas de transferencia interbancariosseleccionados (volumen de operaciones) .............................................................. 123

A11 Instrucciones de pagos procesadas por sistemas de transferencia interbancariosseleccionados (valor de las operaciones) ............................................................... 123

A12a Participantes en sistemas de liquidación de valores ............................................... 124

A12b Valores y cuentas registradas en los Depositarios Centrales de Valores.................. 124

A13 Tenencias de valores en los Depositarios Centrales de Valores .............................. 125

A14 Instrucciones de transferencia procesadas por sistemas de liquidaciónde valores (volumen de operaciones) .................................................................... 125

A15 Instrucciones de transferencia procesadas por sistemas de liquidaciónde valores (valor de las operaciones) ..................................................................... 125

A16 Participación en SWIFT por parte de las instituciones domésticas .......................... 126

A17 Flujo de mensajes SWIFT hacia/desde usuarios domésticos ................................... 126

SERIE BEstadísticas generales

B1 Número de entidades financieras .......................................................................... 127

B2 Número de cuentas corrientes, de ahorro y de depósito ....................................... 127

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Informe de Colombia Agosto 2001

B3 Activos ................................................................................................................... 127

B4 Depósitos .............................................................................................................. 128

B5 Capital ................................................................................................................... 128

B6 Endeudamiento por capital .................................................................................... 129

B7 Emisiones vigentes en los mercados internacionales de capitales ......................... 130

B8 Colombia-operaciones ALADI ........................................................................................ 131

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Tabla A1: Datos estadísticos básicos1995 1996 1997 1998 1999 2000

Población (en millones) 38.54 39.30 40.06 40.83 41.59 42.32PIB (miles de millones de USD) 92.5 97.1 106.7 99.1 86.5 82.2PIB per cápita (en USD) 2,401 2,472 2,663 2,426 2,079 1,942Tipo de cambio $/USD 912 1,036 1,141 1,427 1,758 2,087Fuente: Banco de la República, DANE.

Tabla A2: Medios de pago utilizados por entidades no bancarias(en miles de millones de $, al final de cada año)

1995 1996 1997 1998 1999 2000Billetes y monedas 2,873 3,240 4,024 4,603 6,049 7,293 de los cuales: Depósitos en Banco Central de Individuos 10 7 10 16 46 38 Depósitos en cuenta corriente 4,844 5,752 6,923 5,923 6,807 9,475 Depósitos de ahorro 9,146 11,262 15,052 14,979 17,510 16,388 Mantenidos en bancos 6,797 8,323 11,348 11,439 13,355 13,043 Mantenidos en CAVs 2,309 2,879 3,528 3,468 4,071 3,259 Mantenidos en instituciones no bancarias 39 59 175 71 83 86 Oferta monetaria restringida (M1)

a7,717 8,992 10,948 10,526 12,856 16,768

Agregado monetario amplio (M3)

b31,900 41,299 52,334 56,456 60,101 61,762

a M1 incluye billetes y monedas, más los depósitos en cuentas corrientes mantenidos en los bancos.

b M3 incluye efectivo y pasivos computables en los requerimientos de reservas tales como depósitos en

cuentas corrientes en banco, cuasi dinero (cuentas de ahorro y a plazo en el sistema financiero) y otros.

Fuente: Banco de la República.

Tabla A3: Instrumentos de pago utilizados por entidades de depósito(en miles de millones de $, al final de cada año)

1995 1996 1997 1998 1999 2000Reservas mantenidas enel Banco Central porBancos y CAVs 3,236 3,126 3,981 2,267 3,542 3,279

de las cuales:Efectivo 617 876 1,255 1,349 1,762 1,781Depósitos en el Banco Central 2,619 2,250 2,726 918 1,780 1,498

Reservas Mantenidas enel Banco Central porEntidades no bancarias 157 260 203 51 145 137

de las cuales:Efectivo 6 5 5 3 10 6Depósitos en el Banco Central 150 255 197 47 135 131

Reservas libres mantenidas enel Banco Central 0 0 151 187 1,000 N.D.

Fuente: Banco de la República.

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Tabla A4: Marco institucional(hacia finales del año 2000)

Número de entidades Número de oficinas

1. Sistema financiero 266 N.D.

1.1 Establecimientos de crédito 73 4,607

a) Establecimientos bancos 30 4,363

i) Bancos comerciales 23 2,693

ii) Bancos hipotecarios 7 1,670

b) Corporaciones financieras 8 65

c) Corporaciones de ahorro y vivienda 5 947

d) Compañías de financiamiento comercial 34 179

e) Cooperativas financieras 1 N.D.

1.2 Sociedades de servicios financieros 54 N.D.

a) Sociedades fiduciarias 33 N.D.

b) Almacenes generales de depósito 8 N.D.

c) Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías

a13 N.D.

1.3 Otras instituciones financieras con régimen especial (BR) 1 N.D.

1.4 Organismos cooperativos de grado superior 1 N.D.

1.5 Sociedades de capitalización 5 N.D.

1.6 Entidades aseguradorasb

48 N.D.

1.7 Intermediarios de seguros y reaseguros c

845 N.D.

2. Entidades del sector público y gobierno nacional central N.D. N.D.

3. Entidades multilaterales N.D. N.D.

4. Instituciones Oficiales Especiales 9 N.D.a 6 Son SAFPC (Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías). 7 Son del Régimen de prima

media.b 25 Seguros generales. 23 Seguros de vida.

c 68 Sociedades Corredorras de Seguros. 2 Cooperativas de seguros. 2 Sociedades reaseguradoras. 12 Reaseguradoras

del exterior.

IOE Bancoldex, Findeter, FEN, Finagro, Icetex, Fonade, Fogafín, Fondo Nacional del Ahorro, Fogacoop.

Fuente: Superintendencia Bancaria (Grupo de Registro. División de Estadística; Informe Trimestral Financiero yEstadístico por Ciudades).

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Tabla A5: Billetes y monedas(en miles de millones de $)

1995 1996 1997 1998 1999 2000Circulante emitidodurante el año 3,568 3,332 3,439 3,294 5,991 7,498

del cual:

Billetes: 3,475 3,228 3,372 3,209 5,991 7,498

50,000 0 0 0 0 0 2,000

20,000 0 552 1,350 1,321 3,433 3,082

10,000 1,822 1,783 1,156 1,324 1,492 1,644

5,000 1,311 424 483 340 742 422

1,000 211 280 316 223 323 350

Monedas: 93 103 67 85 0 0

5,000 0 0 0 0 0 0

1,000 0 60 35 85 0 0

500 45 27 25 0 0 0

200 30 16 7 0 0 0

100 18 0 0 0 0 0

Total circulante emitido 4,844 5,311 6,478 7,662 10,716 13,949

Billetes y monedas en manosde instituciones de crédito 623 881 1,260 1,353 1,772 1,787

Depósitos de individuosen el Banco Central 10 7 10 16 46 38

Billetes y monedas en circulación

(fuera de instituciones de créditoy Banco Central) 2,873 3,240 4,102 4,603 6,049 7,293

Fuente: Banco de la República.

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Informe de Colombia Agosto 2001

Tabla A6: Dispensadores de Efectivo, Cajeros Automáticos y Terminalesde Puntos de Venta (EFTPOS)

1995 1996 1997 1998 1999 20001. Cajeros automáticosy dispensadores de efectivo

i) Número de redes N.D. N.D. N.D. N.D. N.D. 3

ii) Número de máquinas 2,238 3,218 4,483 5,487 5,583 5,520

iii) Volumen de operaciones(en millones) N.D. N.D. N.D. N.D. N.D. 222.12

iv) Valor de las operaciones(en billones de $) N.D. N.D. N.D. N.D. N.D. 19.83

2. Transferencia fondosen puntos de venta

i) Número de puntos de venta N.D. N.D. N.D. N.D. N.D. N.D.

ii) Número de terminales N.D. N.D. N.D. N.D. 44,900 47,978

iii) Volumen de operaciones(en millones)

a6.73 7.91 N.D. N.D. N.D. 7.81

iv) Valor de las operaciones(en billones de $) N.D. N.D. N.D. N.D. N.D. N.D.

3. Operaciones con tarjetasde crédito

i) Volumen de operaciones(en millones) N.D. N.D. N.D. 57.7 45.1 50.2

ii) Valor de las operaciones(en billones de $) N.D. N.D. N.D. 6.2 5.9 6.3

4. Número de máquinasde carga de tarjetas dedinero electrónica N.D. N.D . 31 35 35 35a Número de operaciones durante el mes de diciembre.

Fuente: Infolinks Services Ltd.

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Informe de Colombia Agosto 2001

122

Tabla A7: Número de tarjetas de pago en circulación(en millones de unidades)

1995 1996 1997 1998 1999 2000Tarjetas con función de efectivo 4.83 6.03 8.64 8.22 7.47 8.03

Tarjetas con función crédito/débito 6.87 8.09 10.82 11.02 9.45 9.97

de las cuales:

Tarjetas de débito 4.83 6.03 8.64 8.22 7.47 8.03

Tarjetas de crédito 2.05 2.05 2.18 2.79 1.98 1.94

Tarjetas con función degarantizar cheques N.D. N.D. N.D. N.D. N.D. N.D.

Tarjetas de minoristas N.D. N.D. N.D. N.D. N.D. N.D.

Tarjetas de dinero electrónicoen uso N.D. 0.01 0.03 0.03 0.03 0.04

Fuente: Asobancaria, Davivienda.

Tabla A8: Indicadores de utilización de medios de pago distintos del efectivo(volumen de operaciones, en millones)

1995 1996 1997 1998 1999 2000Cheques Emitidos 280.45 276.23 250.49 225.21 162.41 130.00

Compensados en cámarainterbancaria 215.73 212.49 192.68 173.24 124.93 100.00

Compensados al interiorde la entidad 64.72 63.75 57.81 51.97 37.48 30.00

Transferencias en papel-bajovalor N.D. N.D. N.D. N.D. N.D. N.D.

Transferencias electrónicas-bajo valor 0.03 0.14 0.53 1.33 3.01

de las cuales:

Débito directo 0.003 0.001 0.000

Crédito directo 0.03 0.14 0.53 1.33 3.01

Transferencias interbancarias-alto valor N.D. 0.11 0.16 0.22 0.22 0.27

Fuente: Banco de la República, Asobancaria, ACH Colombia.

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123

Informe de Colombia Agosto 2001

Tabla A9: Indicadores de utilización de medios de pago distintos del efectivo(valor de las operaciones, en billones de $)

1995 1996 1997 1998 1999 2000Cheques Emitidos 644 721 835 892 472 443

Compensados en cámarainterbancaria 495 555 642 686 364 341

Compensados al interiorde la entidad N.D. N.D. N.D. N.D. N.D. N.D.

Transferencias en papel-bajo

valor N.D. N.D. N.D. N.D. N.D. N.D.

Transferencias electrónicas-bajo valor 0.05 0.4 1.75 6.47 36.1

de las cuales:

Débito directo 0.01 0.01 0.01

Crédito directo 0.05 0.4 1.74 6.46 36.09

Transferencias interbancarias-alto valor N.D. 173 370 551 315 441

Fuente: Banco de la República, Asobancaria, ACH Colombia.

Tabla A10: Instrucciones de pago procesadas por sistemas de transferenciainterbancarios seleccionados

(volumen de operaciones, en millones)

1995 1996 1997 1998 1999 2000

SISTEMA ATLAS DCV 215.70 214.61 195.06 173.42 124.52 100.28

Cheques-canje al cobro 215.70 214.50 194.90 173.20 124.30 100.00

Transferencias interbancarias/alto valor N.D. 0.11 0.16 0.22 0.22 0.27

Fuente: Banco de la República (Departamento de Servicios Electrónicos y Pagos).

Tabla A11: Instrucciones de pago procesadas por sistemas de transferenciainterbancarios seleccionados

(valor de las operaciones, en billones de $)

1995 1996 1997 1998 1999 2000

SISTEMA ATLAS DCV 495 728 1.016 1.236 674 782

Cheques-canje al cobro 495 555 647 685 359 340

Transferencias interbancarias

/alto valor N.D. 173 370 551 315 441

Fuente: Banco de la República (Departamento de Servicios Electrónicos y Pagos).

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Informe de Colombia Agosto 2001

124

Tabla A12a: Participantes en sistemas de liquidación de valores(hacia finales del año 2000)

Participantes queNúmero de Número de tenedores liquidan efectivo

participantes que de cuentas a nombre a través de lasliquidan títulos de sus clientes cuentas del BC

SISTEMA 1: DCV 292 128 186

Sociedades Administradoras

de Fondos de Pensiones y Cesantías 7 6

Aseguradoras y capitalizadoras 23 6

Establecimientos bancarios 28 28 28

Bolsas de valores 3 2

Comisionistas

Compañías de financiamiento comercial 33 33

Comisionistas bolsa de Bogotá 34 34 30

Comisionistas bolsa de Medellín 20 20 18

Comisionistas bolsa de Occidente 13 13 8

Corporaciones de ahorro y vivienda 3 3

Corporaciones financieras 10 9

Depósitos de valores 1 1

Entidades multilaterales 2

Entidades públicas e instituciones oficiales 78 5

Fondos mutuos de inversión 1

Redes y cámaras de tarjetas 3 3

Instituciones oficiales especiales 6

Organismos cooperativos 1 1 1

Sociedades fiduciarias 32 32 27

Fuente: Banco de la República.

Tabla A12b: Valores y cuentas registradas en los Depositarios Centrales de Valores(al final de cada año)

1995 1996 1997 1998 1999 2000

DCV

Número de títulos registrados N.D. N.D. N.D. N.D. N.D. N.D.

Número de cuentas 114 148 265 285 290 291

Número de sub-cuentas 123 241 142,826 165,283 254,210 259,816

Número de inversores extranjeros N.D. N.D. N.D. N.D. N.D. N.D.

Fuente: Banco de la República (Departamento de Fiduciaria y Valores, Seccs. de Contratos y Estadística yDesarrollo).

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125

Informe de Colombia Agosto 2001

Tabla A13: Tenencias de valores en los Depositarios Centrales de Valores(en millones de $)

Tenencias de valoresa

1995 1996 1997 1998 1999 2000

TOTAL 5,838,757 9,071,069 12,204,727 17,117,050 27,008,952 38,147,550

DCV 5,427,262 9,173,613 12,299,716 17,676,313 27,052,068 38,022,441

TES 3,864,314 5,897,200 9,614,123 13,856,124 20,100,420 26,772,359

Bonos y títulos FOGAFIN 0 0 0 530,700 3,735,145 5,811,515

Bonos DesarrolloAgropecuario A y B 449,039 938,878 1,294,034 1,822,976 1,930,275 1,693,687

Bonos 4308 96,089 72,278 93,461 133,462 168,854 0

Bonds para la Seguridad 0 0 384,888 402,837 407,980 410,929

Bonds para la Paz 0 0 0 0 197,996 569,327

Bonos de Cesantía 0 0 0 0 44,401 85,229

Bonos Ley 55 145,006 161,377 0 0 0 0

Bonos Forestales 973 3,284 6,811 8,284 8,790 8,917

Bonos Colombia Dec.700 233,536 243,962 298,567 340,859 0 0

Bonos de Valor Constante 0 0 0 0 83,757 90,401

Bonos Agrarios Ley 160/94 0 2,703 27,381 48,124 67,829 76,015

Títulos de participación 147,711 1,265,596 53,440 25,421 0 0

Bonos Pensionales 0 97,741 97,741 139,581 0 0

Títulos de reducción de deuda 0 0 0 0 0 379,337

TES Ley 546 0 0 0 0 0 1,879,428

TES Clase A 490,594 490,594 429,270 367,945 306,621 245,297a Valor nominal al final del año.

Fuente: Banco de la República (Departamento de Fiduciaria y Valores, Sección de Estadística y Desarrollo).

Tabla A14: Instrucciones de transferencia procesadas por sistemasde liquidación de valores(volumen de operaciones)

En el momento de la elaboración de este informe, la informaciónno estaba disponible en este formato.

Tabla A15: Instrucciones de transferencia procesadas por sistemasde liquidación de valores(valor de las operaciones)

En el momento de la elaboración de este informe, la informaciónno estaba disponible en este formato.

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Informe de Colombia Agosto 2001

126

Tabla A16: Participación en SWIFT por parte de las instituciones domésticas

1995 1996 1997 1998 1999 2000

Usuarios de SWIFT 35 37 39 40 35 N.D.

Miembros 29 31 32 31 25 N.D.

Sub-miembros 6 6 6 7 5 N.D.

Participantes 0 0 1 2 5 N.D.

Fuente: Bancoldex.

Tabla A17: Flujo de mensajes SWIFT hacia/desde usuarios domésticos

1995 1996 1997 1998 1999 2000

Total mensajes enviados 533,161 540,391 596,993 594,848 500,551 368,658

de los cuales:

Categoría I 195,889 223,173 262,646 271,873 249,908 277,952

Categoría II 114,135 114,524 127,487 120,659 89,869 90,706

Total mensajes recibidos 591,210 626,569 681,470 680,670 610,395 231,209

de los cuales:

Categoría I 136,727 141,724 159,923 168,823 184,269 211,716

Categoría II 18,538 20,510 21,026 16,165 16,683 19,493

Enviados/recibidos

de/para usuarios domésticos N.D. 9,644 13,514 15,633 15,045 509

Tráfico global SWIFT 603,575,374 687,785,294 812,117,556 937,039,995 1,058,836,425 1,273,912,754

Fuente: Bancoldex.

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Informe de Colombia Agosto 2001

Tabla B1: Número de entidades financierasDic-96 Dic-97 Dic-98 Dic-99 Dic-00

Total sistema financiero 149 136 120 97 83Total bancos, de los cuales: 34 36 34 28 30Bancos públicos 5 5 5 5 4Bancos privados 29 31 29 23 26Bancos nacionales 22 22 20 17 19Bancos de capital extranjero 12 14 14 11 11Sucursales de bancos extranjeros N.D. N.D. N.D. N.D. N.D.Entidades financieras no bancarias 115 100 86 69 53Fuente: Superintendencia Bancaria (Subdirección de Análisis Financiero y Riesgos).

Tabla B2: Número de cuentas corrientes, de ahorro y de depósito(millones)

1996 1997 1998 1999 2000Total sistema financiero 20.00 21.45 23.87 26.02 25.70Total bancos, de los cuales: 9.96 11.57 16.98 19.86 25.44Bancos públicos 3.44 3.63 5.68 6.31 6.85Bancos privados 6.52 7.95 11.30 13.55 18.58Bancos nacionales 8.95 9.32 14.36 16.60 22.15Bancos de capital extranjero 1.01 2.25 2.61 3.26 3.29Entidades financieras no bancarias 10.04 9.87 6.89 6.17 0.26Fuente: Superintendencia Bancaria (Informe financiero trimestral, formato 202 anexo al balance).

Tabla B3: Activos(en millones de $)

Dic-96 Dic-97 Dic-98 Dic-99 Dic-00Total sistemas financiero 58,097,296 74,051,325 79,394,592 80,045,786 80,513,591Total bancos, de los cuales: 45,275,582 60,005,307 65,199,129 67,060,987 67,878,827

Bancos públicos 9,124,414 12,097,050 13,284,133 15,287,495 13,659,106Bancos privados 34,259,537 45,393,493 50,073,177 51,773,492 54,219,721Bancos cooperativos 1,891,630 2,514,765 1,841,819 N.A. N.A.Bancos nacionales 38,232,983 48,332,391 51,061,283 53,389,547 53,444,747Bancos de capital extranjero 7,042,599 11,672,917 14,137,846 13,671,440 14,434,080Sucursales de bancosextranjeros N.D. N.D. N.D. N.D. N.D.Entidades hipotecarias

a18,217,048 23,514,207 25,749,803 26,998,763 26,067,982

Entidades financieras nobancarias 12,821,715 14,046,017 14,195,463 12,984,799 12,634,764CF

b7,252,251 8,911,010 9,050,976 9,110,465 9,175,829

CFC 5,503,432 5,051,481 5,057,597 3,796,824 3,400,927Coopcentral 66,032 83,526 86,890 77,510 58,008

a Incluye antiguas CAVs y el BCH.

bIncluye IFI. No incluye Coopcentral.

Fuente: Superintendencia Bancaria (Estados Financieros vigentes a Febrero 15 de 2001).

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Informe de Colombia Agosto 2001

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Tabla B4: Depósitos(en millones de $)

Dic-96 Dic-97 Dic-98 Dic-99 Dic-00Total sistema financiero 32,954,129 41,275,251 45,839,759 49,355,959 50,507,184Total bancos, de los cuales: 28,123,208 36,612,120 40,312,441 43,864,962 45,072,145Bancos públicos 5,500,173 7,189,199 8,176,638 8,441,798 8,167,265Bancos privados 21,428,158 27,953,529 31,336,912 35,423,165 36,904,880Bancos cooperativos 1,194,877 1,469,392 798,891 N.D. N.D.Bancos nacionales 24,577,221 30,247,627 32,198,536 35,084,623 36,184,484Bancos de capital extranjero 3,545,987 6,364,493 8,113,906 8,780,339 8,887,661Sucursales de bancosextranjeros N.D. N.D. N.D. N.D. N.D.Entidades hipotecarias

a13,091,235 16,031,943 17,427,772 18,113,463 18,787,057

Entidades financierasno bancarias 4,830,921 4,663,131 5,527,317 5,490,996 5,435,039CF

b1,745,803 2,278,796 2,815,069 3,283,765 3,346,794

CFC 3,038,662 2,325,022 2,661,147 2,161,449 2,054,955Coopcentral 46,456 59,314 51,102 45,782 33,290a Incluye antigua CAVs y el BCH.

b Incluye IFI. No incluye Coopcentral.

Fuente: Superintendencia Bancaria (Estados Financieros vigentes a Febrero 15 de 2001).

Tabla B5: Capital(en millones de $)

Dic-96 Dic-97 Dic-98 Dic-99 Dic-00Total sistema financieroTotal bancos, de los cuales: 5,866,824 7,219,408 5,807,842 6,561,127 7,033,458Bancos públicos 689,351 866,340 -2,722 1,200,047 979,400Bancos privados 4,917,446 6,032,064 5,851,626 5,361,079 6,054,059Bancos cooperativos 260,027 321,005 -41,062 N.D. N.D.Bancos nacionales 4,577,952 5,390,390 3,999,492 4,922,238 5,407,907Bancos de capital extranjero 1,288,871 1,829,018 1,808,350 1,638,888 1,625,551Sucursales de bancosextranjeros N.D. N.D. N.D. N.D. N.D.Entidades hipotecarias

a1,620,700 2,083,948 1,731,676 2,070,989 1,976,232

Entidades financierosno bancarias 2,532,862 2,917,307 2,594,175 2,261,765 2,273,243CF

b1,751,886 2,095,157 1,779,011 1,614,571 1,718,355

CFC 773,259 812,572 803,648 639,922 550,517Coopcentral 7,717 9,578 11,516 7,273 4,371a Incluye antiguas CAVs y el BCH.

b Incluye IFI. No incluye Coopcentral.

Fuente: Superintendencia Bancaria (Estados Financieros vigentes a Febrero 15 de 2001).

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129

Informe de Colombia Agosto 2001

Tabla B6: Endeudamiento por capitala

(en millones de $)

Dic-96 Dic-97 Dic-98 Dic-99 Dic-00

Total sector público

no financierob

4,997,561 6,714,492 7,774,601 8,104,523 7,971,260

Moneda legal 3,098,033 4,749,655 5,621,728 5,818,729 6,045,756

Moneda extranjera 1,899,528 1,964,837 2,152,873 2,285,794 1,925,504

Total sector privado

no financiero 37,030,283 45,545,749 50,424,675 48,039,166 43,740,109

Moneda legal 32,565,633 40,623,062 45,164,137 43,819,475 40,581,615

Moneda extranjera 4,464,650 4,922,687 5,260,538 4,219,691 3,158,494

Total sector financieroc

335,697 2,351,296 2,641,324 2,860,020 986,232

Moneda legal 181,618 2,115,762 2,479,779 2,767,864 935,264

Moneda extranjera 154,079 235,534 161,545 92,156 50,968

Total endeudamientod

42,363,541 54,611,537 60,840,600 59,003,709 52,697,601

Moneda legal 35,845,284 47,488,479 53,265,644 52,406,068 47,562,635

Sistema Integral de Riesgos (SIR) - Formato 139 - Mayo de 2001.a Endeudamiento reportado por los establecimientos bancarios, corporaciones financieras, corporaciones de ahorro

y vivienda, compañías de financiamiento comercial, organismos cooperativos de grado superior, Banco CentralHipotecario e Instituciones Oficiales Especiales (IOE).b Corresponde al endeudamiento reportado para los departamentos, municipios y otros entes públicos.

c Se refiere al endeudamiento directo realizado entre las entidades financieras antes mencionadas.

d No incluye los créditos de redescuento otorgados por las IOE y el IFI a las demás entidades financieras mencionadas,

sólo lo otorgado en forma directa.

El IFI (Corporación Financiera) no reportó de forma desagregada los créditos de redescuento durante los años 1997 a1999, mientras que para 1996 y 2000 si lo hizo.

Fuente: Superintendencia Bancaria de Colombia (Delegatura Técnica).

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Tabla B7: Emisiones vigentes en los mercados internacionales de capitales(a diciembre de 2000)

Plazo Monto Spread de emisiónFecha emisión Emisión (años) (en USD) (en puntos básicos)

a

06-oct-94 Colombia 8.75% 99 5 175,000,000 160

08-may-92 Colombia 9.00% 97 5 250,000,000

15-sep-92 Colombia 8.25% 99 7 125,000,000

28-abr-93 Colombia 7.125% 98 5 125,000,000 215

Colombia JPY 6.631% 99 5

10-jun-94 Colombia 8.75% 99 5 175,000,000

15-feb-95 Colombia 9.25% 00 5 110,000,000

20-dic-95 Colombia DEM 7.25% 00 5 86,755,350 239

13-jun-96 Colombia 8.00% 01 5 400,000,000 150

21-nov-96 Colombia DEM L+140/ 01 5 159,051,475 173.9

06-mar-98 Colombia ITL 7.00% 02 4 224,845,419 248

08-jul-95 Colombia JPY 4.10% 02 7 95,313,741 210

12-feb-96 Colombia 7.25% 03 7 200,000,000 187.5

03-may-96 Colombia JPY 4.25% 03 7 238,284,353 194

23-feb-94 Colombia 7.25% 04 10 250,000,000 148

09-mar-99 Colombia 10.875% 04 5 500,000,000 630

13-ago-98 Colombia QAN 05 7 500,000,000

24-feb-97 Colombia 7.625% 07 10 750,000,000 130

11-feb-98 Colombia GBP 9.75% 08 10 163,800,000 348

01-abr-98 Colombia 8.625% 08 10 500,000,000 296

23-abr-99 Colombia 9.75% 09 10 500,000,000 496

12-feb-96 Colombia 8.70% 16 20 200,000,000 260

24-feb-97 Colombia 8.375% 27 30 250,000,000 170

17-nov-99 Colombia 9.75% 09-Put 05 10 500,000,000 550

17-feb-00 Colombia 11.75% 20 20 500,000,000 550

03-mar-00 Colombia 11.75% 20 (reopening) 21 25,000,000 551

08-jun-00 Colombia 11% 03 3 191,200,000 596

15-jun-00 Colombia 11% 03 (reopening) 3 95,500,000 613

21-jul-00 Colombia 11% 03 (reopening) 3 140,475,000 564

05-oct-00 Colombia 11.25% 05 5 260,800,000 638

16-nov-00 Colombia 11.25% 05 (reopening) 5 85,320,000 650a Spread sobre los valores de igual plazo del Tesoro de los Estados Unidos.

Fuente: Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

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Informe de Colombia Agosto 2001

Tabla B8: Colombia – operaciones ALADI(en millones de USD)

1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998 1999 2000

COLOMBIA-Exportacionestotales 6,900.0 7,115.9 8,478.8 10,125.9 10,586.9 11,630.5 10,890.2 11,575.4 13,037.4

Exportaciones a países ALADI

en USD 1,314.6 1,437.1 1,491.5 2,392.6 2,299.0 2,659.4 2,632.5 2,216.2 3,032.4

% de exportaciones totales 19.1% 20.2% 17.6% 23.6% 21.7% 22.9% 24.2% 19.1% 23.3%

Recibidos a través de ALADI 453.5 368.9 394.8 1164.4 445.3 150.6 170.6 76.6 62.8

% de exportaciones a ALADI 34.5% 25.7% 26.5% 48.7% 19.4% 5.7% 6.5% 3.5% 2.1%

% de exportaciones totales 6.6% 5.2% 4.7% 11.5% 4.2% 1.3% 1.6% 0.7% 0.5%

COLOMBIA-Importacionestotales 6,627.3 9,831.4 11,926.6 13,853.1 13,683.6 15,378.0 14,634.5 10,658.0 11,538.5

Importaciones a países ALADI

en USD 1,432.0 2,315.1 2,680.1 3,274.9 3,213.7 3,814.1 3,625.2 1,977.1 3,079.2

% de importaciones totales 21.6% 23.5% 22.5% 23.6% 23.5% 24.8% 24.8% 18.6% 26.7%

Pagos a través de ALADI 703.6 554.3 505.7 770.8 447.2 270.8 114.4 52.8 100.9

% de importaciones a ALADI 49.1% 23.9% 18.9% 23.5% 14.8% 7.1% 3.2% 2.7% 3.3%

% de importaciones totales 10.6% 5.6% 4.2% 5.6% 3.5% 1.8% 0.8% 0.5% 0.9%

Fuente: Banco de la República (Departamento de Cambios Internacionales).

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LISTA DE ABREVIATURAS

ACH: Automated Clearing House

ALADI: Asociación Latinoamericana de Integración

ASOBANCARIA: Asociación Bancaria y de Entidades Financieras de Colombia

ATM: Automated Teller Machine

BANCOLDEX: Banco de Comercio Exterior de Colombia, S.A.

BIS: Bank for International Settlements

BR: Banco de la República

CAI: Consejo Asesor Internacional

CAV: Corporaciones de Ahorro y Vivienda

CNMV: Comisión Nacional del Mercado de Valores de España

CEDEC: Sistema de Compensación Electrónica de Cheques

CEMLA: Centro de Estudios Monetarios Latinoamericanos

CENIT: Sistema de Compensación Electrónica Nacional Interbancaria

CFC: Compañía de Financiamiento Comercial

CICAD-OEA: Comisión Interamericana Contra el Abuso de Drogas

COSRA: Council of Securities Regulators of the Americas

CPSS: Committee on Payment and Settlement Systems

CSD: Central Securities Depository

CUD: Cuentas de Depósito

DANE: Departamento Administrativo Nacional de Estadística

DAS: Departamento Administrativo de Seguridad

DCV: Depósito Central de Valores

DECEVAL: Depósito Centralizado de Valores de Colombia, S.A.

DIJIN: Dirección de la Policía Judicial

DIAN: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

DTF: Depósito a Término Fijo

DTN: Dirección del Tesoro Nacional

ECP: Entrega Contra Pago

EDI: Electronic Data Interchange

FEN: Financiera Energética Nacional

FIFO: First In First Out

FINAGRO: Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario

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FINDETER: Financiera del Desarrollo Territorial

FMI: Fondo Monetario Internacional

FONADE: Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo

FOGAFIN: Fondo de Garantías de Instituciones Financieras

GAFI: Grupo de Acción Financiera Internacional contra el Lavado de Dinero

GAFISUD: Grupo de Acción Financiera de Sudamérica contra el Lavado de Dinero

ICETEX: Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior

IHO: Iniciativa de Compensación y Liquidación de Valores del Hemisferio Occidental

IMC: Intermediarios del Mercado Cambiario

IOSCO: International Organization of Securities Commissions

ISS: Instituto de Seguros Sociales

IVA: Impuesto al Valor Agregado

JDBR: Junta Directiva del Banco de la República

LBTR: Liquidación Bruta en Tiempo Real

MICR: Magnetic Ink Check Recollection

OEA: Organización de Estados Americanos

OPA: Oferta Pública de Democratización

OPI: Oferta Pública de Intercambio

OTC: Over-the-Counter

POS: Puntos de Venta (Points of Sale)

RNVI: Registro Nacional de Valores y Intermediarios

SAP: Sistema Automático de Pagos – Servibanca

SEC: U.S. Securities and Exchange Commission

SCI: Sistema Centralizado de Información

SCO: Sistema Centralizado de Operaciones

SEBRA: Sistema Electrónico del Banco de la República

SEN: Sistema Electrónico de Negociación

SIPLA: Sistema Integral de Prevención al Lavado de Activos

SPNF: Sector Público No Financiero

SWIFT: Society for Worldwide Interbank Funds Transfers

TES: Títulos de Tesorería

UIAF: Unidad de Información y Análisis Financiero

UNCLA: Unidad Nacional para la Extinción de Dominio y contra el Lavado de Activos

UVR: Unidad de Valor Real Constante

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GLOSARIO

En enero de 2001 el Comité de Sistemas de Pagos y Liquidaciones (CPSS) del Banco de PagosInternacionales (Bank for International Settlements, BIS) publicó un glosario incluyendo términosreferentes a la compensación y liquidación de pagos y valores. El glosario se puede consultar en lapágina web del BIS: www.bis.org. La Iniciativa de Compensación y Liquidación de Pagos y Valoresdel Hemisferio Occidental (IHO) decidió no producir un glosario independiente para sus informescon el objetivo de evitar una innecesaria proliferación de términos y se ajusta en la medida de losposible al glosario producido por el CPSS. A continuación se presentan los términos utilizados eneste informe tal y como se definen en el glosario del CPSS. La traducción de los términos al españolse está llevando a cabo por medio de CEMLA, el grupo coordinador de la IHO y el Grupo de Trabajosobre Asuntos de Sistemas de Pago de América Latina y el Caribe (GTSP-ALC) y a la publicación deeste informe se encuentra en versión preliminar. Cuando un término no aparece en el glosario delCPSS, se indica con un asterisco (*). También, en ocasiones, los informes de la IHO presentan unglosario de términos específicos del país en cuestión.

Acuerdo de Recompra: es un contrato para vender y subsecuentemente volver acomprar títulos valores a un precio específico y en una fechaespecífica. También se conoce como RP o pacto deretrocompra.

Adquirente (Acquirer): la entidad o entidades que mantienen cuentas de depósitopara los aceptantes de tarjetas (comerciantes) y a las cualesestos últimos transmiten los datos relacionados con unaoperación. El adquirente es responsable de la recolección dela información de las operaciones y de la liquidación con losaceptantes.

Aforo o Recorte (Haircut): la diferencia entre el valor de mercado de un título valor y suvalor como garantía. Los prestamistas de fondos hacen recortespara proteger al prestamista, de surgir la necesidad de liquidarla garantía, de pérdidas originadas por bajas en el valor demercado del título.

Cajero Automático dispositivo electromecánico que permite a los usuariosautorizados, generalmente utilizando tarjetas de plástico quela máquina puede leer, retirar dinero en efectivo de sus cuentasy / o acceder a otros servicios tales como consultas de saldo,transferencias de fondos o aceptación de depósitos. Los cajerosautomáticos pueden ser operados ya sea en línea, con accesoen tiempo real a una base de datos para efectos de autorización,o fuera de línea.

Cámara Compensadora un sistema de compensación electrónico en el cual las órdenesde pago son intercambiadas entre instituciones financieras,principalmente a través de medios magnéticos o redes de

(Repurchase Agreement, repo)

(Automated Teller Machine, ATM):

Automatizada(Automated Clearinghouse, ACH):

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Valores (Central SecuritiesDepository, CSD):

telecomunicaciones, y son administradas por un centro deprocesamiento de datos. Véase también compensación.

Contraparte Central una entidad que actúa como comprador para todo vendedory como vendedor para todo comprador para una serieespecífica de contratos, por ejemplo, aquellos que se ejecutanen una bolsa o bolsas particulares.

Cheque (Cheque): una orden escrita que va de una parte (el librador) a otra (ellibrado, normalmente un banco) requiriendo al librador pagaruna suma especificada a pedido del librador o de un terceroespecificado por el librador. Los cheques se pueden utilizarpara liquidar deudas y para retirar dinero de los bancos.

Crédito Directo (Direct Credit) (*): transferencia electrónica de fondos iniciada por el pagador alpagado (normalmente un banco) a favor de una tercera parte.Normalmente estos pagos son procesados a través de unacámara compensadora automatizada, especialmente si elpagador y el receptor de los fondos mantienen cuentas eninstituciones diferentes.

Débito Directo (Direct Debit): un débito (cargo) a la cuenta bancaria de un pagador que hasido autorizado en forma previa y que es iniciado por elbeneficiario.

Depositario Central de Títulos un servicio (o institución) para conservar los títulos valoresque permite que las operaciones con los mismos seanprocesadas mediante el sistema de registro en libros. Lostítulos valores físicos pueden estar inmovilizados en eldepositario o pueden estar desmaterializados (es decir, queexisten sólo como registros electrónicos). Además de lafunción de salvaguarda un depositario central de valorespuede incorporar funciones de comparación, compensacióny liquidación.

Deshacer (Unwinding): un procedimiento que siguen algunas cámarascompensadoras y sistemas de liquidación en el cual lastransferencias de títulos valores o de fondos se liquidan sobrebases netas al final del ciclo de procesamiento,manteniéndose todas las transferencias como provisionaleshasta que todos los participantes han cancelado (descargado)sus obligaciones de liquidación. Si un participante incumplecon la liquidación algunas o todas las transferenciasprovisionales que involucran a ese participante se borran delsistema y las obligaciones de liquidación de las transferenciasrestantes son entonces recalculadas. Este procedimiento tieneel efecto de asignar presiones de liquidez y posiblemente

(Central Counterparty):

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pérdidas por el incumplimiento en la liquidación a otrosparticipantes y, posiblemente, en casos extremos, puederesultar en riesgos sistémicos significativos e impredecibles.También se le llama deshacer la liquidación.

Desmaterialización la eliminación de certificados físicos o documentos detitularidad que representan la propiedad de los títulos valoresde modo que los mismos existen solamente como registroscontables.

Entrega contra Pago un vínculo entre un sistema de transferencia de títulos valoresy un sistema de transferencia de fondos que garantiza que laentrega ocurre sí, y sólo sí, el pago ocurre.

Extra Bursátil o “Sobre el Mostrador” un método de negociación que no involucra a una bolsa. Enlos mercados extra bursátiles los participantes negociandirectamente entre sí, por lo general por teléfono o medianteredes de cómputo.

Fecha Valor (Day of Value): día en que un pago se debe acreditar al participante receptoren un sistema de pago. La fecha valor para el cliente delparticipante receptor (esto es, el día en que el participantereceptor acredita al cliente en sus libros) puede o no ser estemismo día, dependiendo de los arreglos específicos o de lasprácticas locales.

Garantía (Collateral): un activo que es entregado por el otorgante de la garantíapara asegurar una obligación a la parte que toma la garantía.Los acuerdos de garantía pueden tomar diversas formas legales;las garantías pueden obtenerse utilizando el método detransferencia de títulos o la pignoración.

Inmovilización (Immobilization): colocación de títulos valores e instrumentos financieroscertificados en un depositario central de valores para facilitarlas transferencias realizadas mediante registro en libros.

Liquidación Bruta en Tiempo Real la liquidación continua (en tiempo real) de transferencias defondos o de títulos valores en forma individual o sobre la basede orden por orden (sin neteo).

Liquidación (Settlement): un acto que cancela obligaciones con respecto a transferenciasde fondos o de títulos valores entre dos o más partes.

Liquidez intra día fondos a los que se puede tener acceso durante la jornadalaboral, generalmente para permitir a las institucionesfinancieras realizar pagos en tiempo real.

Neteo multilateral un acuerdo entre tres o más partes para netear sus obligaciones.Las obligaciones cubiertas por el acuerdo pueden surgir de

(Dematerialization):

(Delivery Versus Payment, DvP):

(Over-the-Counter):

(Real Time Gross Settlement, RTGS):

(Intra-day Liquidity):

(Multilateral netting):

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contratos financieros, transferencias o de ambos. El neteomultilateral de las obligaciones de pago normalmente seproduce en el marco de un sistema de liquidación netamultilateral.

Novación (Novation): cumplimiento y cancelación (descargo) de obligacionescontractuales vigentes reemplazándolas por nuevasobligaciones (cuyo efecto, por ejemplo, es reemplazarobligaciones de pago brutas por netas). Las partes involucradasen las nuevas obligaciones pueden ser las mismas que las delas obligaciones previas o, en el contexto de algunos acuerdode cámaras compensadoras, puede además existir la sustituciónde partes.

Punto de Venta (Point of Sale, POS): término que se refiere al uso de tarjetas de pago enestablecimientos comerciales minoristas (puntos de venta). Lainformación de pago es capturada ya sea en comprobantes(vouchers) de papel o por terminales electrónicas, las que, enalgunos casos, están diseñadas también para transmitir lainformación. Cuando esto último sucede se puede hacerreferencia a este arreglo como “transferencia electrónica defondos en el punto de venta” (electronic funds transfer at thepoint of sale, EFTPOS).

Reconocimiento de Caracteres una técnica que utiliza caracteres RCTM (magnetic ink characterrecognition o MICR) especiales que pueden ser leídos por unamáquina. Por medio de esta técnica las máquinas leen losdocumentos (es decir, cheques, transferencias de crédito,débitos directos) para su procesamiento electrónico.

Regla de Hora Cero (Zero Hour Rule): una cláusula en la ley de quiebras de algunos países mediantela cual las operaciones de una institución clausurada que sehayan celebrado después de la medianoche en la fecha enque se ordena el cierre de la institución pueden ser declaradascomo no válidas en forma retroactiva.

Riesgo de Contraparte riesgo de que una contraparte no liquide una obligación porsu valor completo ya sea al vencimiento o en cualquieroportunidad a partir de ese momento. En los sistemas deintercambio por valor la definición por lo general incluye elriesgo de costo de reemplazo y el riesgo de principal. Tambiénincluye el riesgo de quiebra del banco liquidador.

Riesgo de Liquidez (Liquidity Risk): el riesgo de que una contraparte (o un participante en unsistema de liquidación) no liquide una obligación por el valortotal cuando ésta vence. El riesgo de liquidez no implica queuna contraparte o participante sea insolvente dado que existe

de Tinta Magnética (Magnetic InkCharacter Recognition):

(Credit or Counter-party Risk):

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la posibilidad de que pueda liquidar las obligaciones de débitorequeridas en una fecha futura no determinada.

SWIFT: sociedad para la Telecomunicación Financiera InterbancariaMundial: una entidad de cooperación creada y dirigida porlos bancos que opera una red que facilita el intercambio depagos y otros mensajes financieros entre institucionesfinancieras (incluyendo corredores – mediadores (brokers-dealers) y firmas de valores) alrededor del mundo. Un mensajede pago SWIFT es una instrucción para transferir fondos; elintercambio de fondos (liquidación) se producesubsecuentemente en un sistema de pago o por medio de lasrelaciones de banca corresponsal.

Sistema de Colas (Queuing): un arreglo para la administración del riesgo mediante el cualórdenes de transferencia se mantienen como pendientes porel iniciador / remitente o por el sistema hasta que existasuficiente cobertura en la cuenta de liquidación del iniciador/ remitente o bajo los límites establecidos para ese pagador;en algunos casos la cobertura también puede incluir líneas decrédito no utilizadas o garantías disponibles.

Sistema de Pago (Payment System): un sistema de pago consiste de una serie de instrumentos,procedimientos bancarios y, por lo general, sistemasinterbancarios de transferencia de fondos que aseguran lacirculación del dinero.

Tarjeta de Crédito (Credit Card): una tarjeta que indica que al titular de la misma le ha sidootorgada una línea de crédito. Le permite al titular realizarcompras y / o extraer efectivo hasta un límite previamenteacordado; el crédito otorgado se puede liquidar en su totalidadal finalizar un período determinado o se puede liquidar enforma parcial, tomando el saldo como crédito extendido. Secobran intereses sobre el monto de cualquier crédito extendidoy algunas veces se cobra al titular una tarifa o arancel anual.

Tarjeta de Débito (Debit Card): tarjeta que permite a quien la posee que sus compras seancargadas directamente de los fondos que mantiene en unacuenta en una institución de depósito (a veces puedecombinarse con otra función, por ejemplo, la de una tarjetade efectivo o la de una tarjeta para garantizar cheques).

Tarjetas de Fidelidad tarjetas ofrecidas por uno o más comercios a sus clientes pararealizar pagos en estos comercios o acumular beneficios (porejemplo, puntos para ser utilizados en dichos comercios). Enalgunos casos, las tarjetas de fidelidad se pueden utilizar pararealizar pagos fuera del comercio que las emite.

(Fidelity cards) (*):

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Tarjeta Inteligente (Smart Card): tarjeta de circuito integrado con un microprocesador que escapaz de efectuar cálculos.

Tarjeta Prepaga o Prepagada Tarjeta en la que se almacena valor y por la cual el poseedorha pagado al emisor por adelantado.

Vigilancia de los Sistemas de Pago una tarea del banco central cuyo propósito principal espromover el funcionamiento fluido de los sistemas de pago yproteger al sistema financiero de posibles “efectos dominó”que podrían ocurrir cuando uno o más participantes del sistemade pago incurren en problemas de crédito o de liquidez. Lavigilancia de los sistemas de pago apunta a un sistemadeterminado (por ejemplo, un sistema de transferencia defondos) y no a los participantes individuales.

Términos específicos en el contexto de Colombia:

ALADI: acuerdo de pago y crédito entre 12 bancos centrales deLatinoamérica con el objetivo de promover la cooperaciónmonetaria entre ellos y reducir el flujo de operaciones demoneda extranjera entre ellos y al mismo tiempo incentivar elcomercio internacional. Mediante estos acuerdos los miembrosofrecen a los participantes del sistema una garantía deconvertibilidad, transferabilidad y reembolso de susoperaciones en moneda extranjera.

Compensación y Liquidación: en Colombia el término compensación se ha venido utilizandopara definir el acto de descarga de una obligación y liquidaciónpara definir los procedimientos conducentes a la determinaciónde las obligaciones, es decir, al revés del uso que se da a estostérminos en el contexto internacional. Sin embargo, lasautoridades están cambiando esta terminología en las nuevasleyes y documentos para hacerla consistente con laterminología usada en el contexto internacional. Este informeha seguido la terminología internacional.

Domiciliación: en el Mercado colombiano existen dos tipos de débitos, aunquecorresponden al mismo modelo. En el primer caso, ambos, elpagador y el pagado, tienen una cuenta en la misma institucióny el pagador autoriza el débito automático en su cuenta. En elsegundo caso, conocido como domiciliación, participanentidades financieras diferentes. La domiciliación ha sidodesarrollada por las dos cámaras compensadorasautomatizadas.

Esquema Matriz-Subsidiaria: la Reforma Financiera (Ley 45) de 1990 reguló la transición alsistema de conglomerados financieros. Desde que esta ley entró

(Pre-paid Card):

(oversight of payment systems):

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en vigor se permite a los establecimientos de crédito serpropietarios de entidades no bancarias de servicios financierosfacilitando la provisión de nuevos servicios financieros. Enparticular, la nueva Ley capacitó a los establecimientos decrédito a invertir en sociedades fiduciarias, compañías deleasing, comisionistas de valores, almacenes generales dedepósito, fondos de inversión y administradores de cesantías.De esta manera, los establecimientos de crédito fueronautorizados a participar en el capital de las llamadas“sociedades de servicios técnicos y administrativos” que erannecesarias para el funcionamiento normal de losestablecimientos de crédito. En Colombia esta tendencia fuedenominada “esquema matriz-subsidiaria.”

Fondos de Cesantías: fondos de pensiones.

Leyes Marco: La Reforma Constitucional de 1991 abolió la atribuciónexclusiva al Ejecutivo a través de una nueva figuraconstitucional: las leyes marco. En el nuevo sistema, elCongreso aprueba las leyes marco que determinan losprincipios y criterios que deben guiar al Presidente en laregulación del “sector financiero, bolsa de valores, seguros yotras actividades relacionadas con la gestión e inversión delahorro público.” Así, las leyes marco implican una distribuciónde poderes legislativos entre el Ejecutivo y el Congreso. ElCongreso establece los principios generales y el Presidentetiene la capacidad para emitir decretos que desarrollen elcontenido de las leyes marco y regulen aspectos específicosrelacionados con las actividades antes mencionadas.

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ISBN 968-6154-81-7