SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

42
SISTEMA TRIBUTARIO SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES. LOCALES.

Transcript of SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

Page 1: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

SISTEMA TRIBUTARIO SISTEMA TRIBUTARIO

DE LAS HACIENDAS LOCALES.DE LAS HACIENDAS LOCALES.

IMPUESTOS Y TRIBUTOS IMPUESTOS Y TRIBUTOS

LOCALES.LOCALES.

Page 2: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

CONSIDERACIONES GENERALES CONSIDERACIONES GENERALES

DEL ORDENAMIENTO DEL ORDENAMIENTO

TRIBUTARIO.TRIBUTARIO.

Page 3: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

Derecho Civil

Derecho Administrativo

Derecho Tributario (Local)

El Derecho Tributario es la parte del Derecho

Administrativo que regula las prestaciones

patrimoniales que aportan los administrados a las

Administraciones Públicas (Estado, Comunidades

Autónomas y Entes Locales).

Page 4: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

El Derecho Tributario es un El Derecho Tributario es un derecho de derecho de

obligacionesobligaciones::

Obligación de dar: tributosObligación de dar: tributos

Obligación de hacer: presentación de Obligación de hacer: presentación de

declaraciones, emisión de facturas, necesidad declaraciones, emisión de facturas, necesidad

de llevar registros, de informar, etc.de llevar registros, de informar, etc.

Page 5: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

Se llama Se llama gestión tributariagestión tributaria a la actividad que lleva a a la actividad que lleva a

cabo la Administración con el fin de obtener la cabo la Administración con el fin de obtener la

liquidación de la deuda, comprobar la realidad del hecho liquidación de la deuda, comprobar la realidad del hecho

imponible y finalmente cobrarlo.imponible y finalmente cobrarlo.

El El hecho imponible hecho imponible es el presupuesto jurídico que motiva es el presupuesto jurídico que motiva

el nacimiento de la obligación tributaria. En las leyes de el nacimiento de la obligación tributaria. En las leyes de

cada tributo está definido el hecho imponible, así como cada tributo está definido el hecho imponible, así como

la cuota, el devengo, o las exenciones.la cuota, el devengo, o las exenciones.

El deudor de la obligación de dar se denomina El deudor de la obligación de dar se denomina sujeto sujeto

pasivopasivo. La Ley General Tributaria (LGT) considera sujetos . La Ley General Tributaria (LGT) considera sujetos

pasivos a las personas físicas y a los entes morales con pasivos a las personas físicas y a los entes morales con

personalidad jurídica, aunque también incluye entes sin personalidad jurídica, aunque también incluye entes sin

personalidad, mencionados en su artículo 33.personalidad, mencionados en su artículo 33.

Page 6: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

Las personas que tienen obligaciones de hacer, especialmente Las personas que tienen obligaciones de hacer, especialmente

la de facilitar información a las Administraciones tributarias, se la de facilitar información a las Administraciones tributarias, se

denominan denominan obligados tributariosobligados tributarios..

Junto a los sujetos pasivos, el Derecho Tributario contempla a Junto a los sujetos pasivos, el Derecho Tributario contempla a

los los sujetos responsablessujetos responsables o responsables tributarios. En principio, o responsables tributarios. En principio,

es una responsabilidad subsidiaria (que suple a otra principal). es una responsabilidad subsidiaria (que suple a otra principal).

Los supuestos de responsabilidad subsidiaria según la LGT son:Los supuestos de responsabilidad subsidiaria según la LGT son: Los Administradores de las personas jurídicas que Los Administradores de las personas jurídicas que

cometieran infracciones tributarias, cuando no cumplieran cometieran infracciones tributarias, cuando no cumplieran las actuaciones de su incumbencia o consintieran su las actuaciones de su incumbencia o consintieran su incumplimiento. incumplimiento.

Los Síndicos, Interventores o Liquidadores de quiebras, Los Síndicos, Interventores o Liquidadores de quiebras, concursos, sociedades y entidades en general, cuando se concursos, sociedades y entidades en general, cuando se produzca negligencia o mala fe.produzca negligencia o mala fe.

Page 7: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

Algunos de los supuestos de responsabilidad Algunos de los supuestos de responsabilidad solidaria son: solidaria son: - Personas que colaboren o sean - Personas que colaboren o sean causantes de las causantes de las infracciones tributarias.infracciones tributarias.

- Copartícipes de las entidades sin - Copartícipes de las entidades sin personalidad personalidad jurídica.jurídica.

El El domicilio fiscaldomicilio fiscal de las personas naturales es su de las personas naturales es su residencia oficial. Y el domicilio fiscal de las personas residencia oficial. Y el domicilio fiscal de las personas jurídicas el de su domicilio social, , siempre que en él jurídicas el de su domicilio social, , siempre que en él esté centralizada su gestión administrativa y la dirección esté centralizada su gestión administrativa y la dirección de sus negocios. Si no es así, se atenderá al lugar en el de sus negocios. Si no es así, se atenderá al lugar en el que radique dicha gestión o dirección. que radique dicha gestión o dirección. Existe la obligación de comunicar a la Administración el Existe la obligación de comunicar a la Administración el cambio de domicilio fiscal.cambio de domicilio fiscal.

Page 8: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

La La base imponiblebase imponible designa la cuantía del hecho designa la cuantía del hecho

imponible. Se llaman imponible. Se llaman reduccionesreducciones a lo que se puede a lo que se puede

restar de la base imponible.restar de la base imponible.

El pago de la obligación tributaria debe hacerse en el El pago de la obligación tributaria debe hacerse en el

plazo estipulado. La demora en el cumplimiento del plazo estipulado. La demora en el cumplimiento del

pago lleva consigo el pago lleva consigo el interés de demorainterés de demora..

Page 9: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

SISTEMA TRIBUTARIO SISTEMA TRIBUTARIO

LOCALLOCAL

Page 10: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

SISTEMA TRIBUTARIO LOCALSISTEMA TRIBUTARIO LOCAL

Se llama Se llama Sistema Tributario LocalSistema Tributario Local al conjunto de los al conjunto de los

tributostributos de carácter local, a saber: de carácter local, a saber:

ImpuestosImpuestos

TasasTasas

RecargosRecargos

Contribuciones especialesContribuciones especiales

La La titularidad titularidad de los tributos locales corresponde a de los tributos locales corresponde a

los los AyuntamientosAyuntamientos..

Page 11: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

Normativa de la tributación local Normativa de la tributación local (I)(I)

Textos principales reguladores de las Haciendas Locales:

Constitución Española (arts. 31.1, 133.1 y 2, 137, 142, DT 5ª) Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (Títulos VIII y X) Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público. Ley 18/2001, de 12 de diciembre, General de Estabilidad presupuestaria. Ley 15/2006, de 26 de mayo, de reforma de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, General de Estabilidad Presupuestaria Ley Orgánica 5/2001, de 13 de diciembre, Complementaria a la Ley General de Estabilidad Presupuestaria Ley Orgánica 3/2006, de 26 de mayo, de reforma de la Ley Orgánica 5/2001, de 13 de diciembre, complementaria de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2006. (Normas sobre financiación)

Page 12: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

Normativa de la tributación local (II)Normativa de la tributación local (II)

Leyes complementarias:Leyes complementarias:

Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario. aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.

Ley 15/1987, de 30 de julio, de Tributación de la Compañía Ley 15/1987, de 30 de julio, de Tributación de la Compañía Telefónica Nacional de España. Telefónica Nacional de España.

Real Decreto 705/2002, de 19 de julio, por el que se regula la Real Decreto 705/2002, de 19 de julio, por el que se regula la autorización de las emisiones de deuda pública de las entidades autorización de las emisiones de deuda pública de las entidades locales. locales.

Real Decreto 1438/2001 de 21 de diciembre por el que se Real Decreto 1438/2001 de 21 de diciembre por el que se regula la Central de Riesgos de las Entidades Locales.regula la Central de Riesgos de las Entidades Locales.

Page 13: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

Ámbito de aplicación de la L.G.T.Ámbito de aplicación de la L.G.T.

Los Entes locales carecen de potestad para establecer su sistema tributario. La potestad reglamentaria es competencia exclusiva del Estado, y corresponde a las Corporaciones Locales el ejercicio de dichas potestades conferidas por las leyes respecto al establecimiento o no de los tributos potestativos, de la determinación y modulación de los tipos impositivos; todo ello mediante las correspondientes Ordenanzas fiscales.

“Artículo 4. Potestad tributaria.

1. La potestad originaria para establecer tributos corresponde exclusivamente al Estado, mediante Ley.

2. Las comunidades autónomas y las entidades locales podrán establecer y exigir tributos, de acuerdo con la Constitución y las Leyes.

3. Las demás entidades de derecho público podrán exigir tributos cuando una Ley así lo determine”.

Page 14: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

SISTEMA DE FINANCIACIÓN DE SISTEMA DE FINANCIACIÓN DE

LAS HACIENDAS LOCALESLAS HACIENDAS LOCALES

Page 15: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

SISTEMA DE FINANCIACIÓN DE LAS SISTEMA DE FINANCIACIÓN DE LAS HACIENDAS LOCALESHACIENDAS LOCALES

En el artículo 2 del TRLHL se dice que entre los recursos que En el artículo 2 del TRLHL se dice que entre los recursos que poseen las Haciendas locales se encuentran los recursos de poseen las Haciendas locales se encuentran los recursos de carácter tributario, esto es:carácter tributario, esto es:

a) Recursos propiosa) Recursos propios

- impuestos- impuestos

- tasas- tasas

- contribuciones especiales- contribuciones especiales

b) Recargos exigibles sobre los impuestos de las b) Recargos exigibles sobre los impuestos de las Comunidades Autónomas o de otras Entidades Locales.Comunidades Autónomas o de otras Entidades Locales.

Page 16: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

Impuestos obligatorios Impuestos obligatorios e impuestos potestativose impuestos potestativos

Entre estos recursos tributarios destacan los impuestos. Los Entre estos recursos tributarios destacan los impuestos. Los impuestos pueden ser obligatorios o potestativos:impuestos pueden ser obligatorios o potestativos: Impuestos municipales obligatoriosImpuestos municipales obligatorios:: Impuesto sobre las actividades económicas (IAE)Impuesto sobre las actividades económicas (IAE) Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI)Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica

(IVTM)(IVTM)

Impuestos municipales potestativosImpuestos municipales potestativos:: Impuesto sobre construcciones, obras e Impuesto sobre construcciones, obras e

instalacionesinstalaciones Impuesto sobre el incremento de valor de los Impuesto sobre el incremento de valor de los

terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU).terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU).

Page 17: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

El Impuesto sobre Actividades El Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)Económicas (IAE)

El IAE entró en vigor en el año 1992. Es un tributo directo El IAE entró en vigor en el año 1992. Es un tributo directo de carácter real y obligatorio, cuyo hecho imponible está de carácter real y obligatorio, cuyo hecho imponible está constituido por el ejercicio de actividades empresariales, constituido por el ejercicio de actividades empresariales, profesionales o artísticas en territorio nacional.profesionales o artísticas en territorio nacional.

Para la aplicación de este impuesto no se tendrá en cuenta si Para la aplicación de este impuesto no se tendrá en cuenta si

la actividad se realiza en un local determinado o no, si la la actividad se realiza en un local determinado o no, si la

actividad es o no habitual, del mismo modo que si existe o no actividad es o no habitual, del mismo modo que si existe o no

ánimo de lucro o incluso de beneficio.ánimo de lucro o incluso de beneficio.

Se consideran actividades con carácter empresarial, Se consideran actividades con carácter empresarial, profesional o artístico cuando suponen la ordenación por profesional o artístico cuando suponen la ordenación por cuenta propia de medios de producción y/o de recursos cuenta propia de medios de producción y/o de recursos humanos con el fin de intervenir en la producción o humanos con el fin de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios.distribución de bienes o servicios.

Page 18: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

Sujetos pasivos (IAE)Sujetos pasivos (IAE)

Los sujetos pasivos de este impuesto son las personas Los sujetos pasivos de este impuesto son las personas físicas y jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo físicas y jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la LGT. Para determinar el sujeto pasivo tiene 35.4 de la LGT. Para determinar el sujeto pasivo tiene especial transcendencia el concepto de « titularidad de la especial transcendencia el concepto de « titularidad de la actividad ».actividad ».

No obstante, sólo los sujetos pasivos cuya cifra de negocio No obstante, sólo los sujetos pasivos cuya cifra de negocio supere 1.000.000 de euros.supere 1.000.000 de euros.

Page 19: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

Supuestos de no sujeción (IAE)Supuestos de no sujeción (IAE)

Por un lado, existen algunos supuestos de Por un lado, existen algunos supuestos de no sujeciónno sujeción a este a este impuesto:impuesto:

La enajenación de bienes integrados en el activo fijo de una La enajenación de bienes integrados en el activo fijo de una empresa que conste debidamente en el inventario como empresa que conste debidamente en el inventario como inmovilizado durante más de dos años antes de ser inmovilizado durante más de dos años antes de ser transmitido.transmitido.

La venta de bienes de uso particular y privado.La venta de bienes de uso particular y privado. La venta de productos que se hayan percibido en pago por La venta de productos que se hayan percibido en pago por

trabajos personales o servicios profesionales.trabajos personales o servicios profesionales. La exposición de artículos en el establecimiento con la La exposición de artículos en el establecimiento con la

finalidad exclusiva de decoración o adorno.finalidad exclusiva de decoración o adorno. La realización de un solo acto u operación aislada de venta al La realización de un solo acto u operación aislada de venta al

por menor.por menor.

Page 20: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

Ejemplos IAEEjemplos:Ejemplos:

Empresa que ha realizado de forma ocasional Empresa que ha realizado de forma ocasional distintos trabajos de construcción: está sujeta al distintos trabajos de construcción: está sujeta al impuesto. impuesto.

Venta de maquinaria utilizada por la empresa en su Venta de maquinaria utilizada por la empresa en su actividad, adquirida hace más de cuatro años e actividad, adquirida hace más de cuatro años e inventariada como inmovilizado material: no está inventariada como inmovilizado material: no está sujeta al impuesto. sujeta al impuesto.

Empresa dedicada a la captura de pescados en alta Empresa dedicada a la captura de pescados en alta mar: no está sujeta al impuesto. mar: no está sujeta al impuesto.

Page 21: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

Exenciones IAEExenciones IAE

Por otro lado, están exentos del IAE con carácter Por otro lado, están exentos del IAE con carácter

general, entre otros: los sujetos pasivos que inicien su general, entre otros: los sujetos pasivos que inicien su

actividad en territorio español, durante los dos actividad en territorio español, durante los dos

primeros periodos impositivos; el Estado, las primeros periodos impositivos; el Estado, las

Comunidades Autónomas y las Entidades locales; las Comunidades Autónomas y las Entidades locales; las

Entidades gestoras de la Seguridad Social; los Entidades gestoras de la Seguridad Social; los

organismos públicos de investigación, los organismos públicos de investigación, los

establecimientos de enseñanza en todos sus grados, establecimientos de enseñanza en todos sus grados,

la Cruz Roja española, etc.la Cruz Roja española, etc.

Page 22: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

Devengo y gestión del IAEDevengo y gestión del IAE

El IAE se devenga anualmente. La cuota que se debe El IAE se devenga anualmente. La cuota que se debe satisfacerse se calcula en función de distintos factores: satisfacerse se calcula en función de distintos factores: tipo de actividad, superficie empleada, importe neto de tipo de actividad, superficie empleada, importe neto de la cifra de negocio, etc. En el caso de que el sujeto la cifra de negocio, etc. En el caso de que el sujeto pasivo forme parte de un grupo de sociedades, el pasivo forme parte de un grupo de sociedades, el importe neto de la cifra de negocio se referirá al importe neto de la cifra de negocio se referirá al conjunto de entidades que integren el grupo. conjunto de entidades que integren el grupo.

Para la gestión de este impuesto, los sujetos pasivos Para la gestión de este impuesto, los sujetos pasivos están obligados a presentar las declaraciones de alta y a están obligados a presentar las declaraciones de alta y a comunicar cualquier cambio físico, económico o jurídico comunicar cualquier cambio físico, económico o jurídico que se produzca en el ejercicio de las actividades que se produzca en el ejercicio de las actividades gravadas.gravadas.

Page 23: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

Impuesto sobre Bienes Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)Inmuebles (IBI)

Se trata de un impuesto directo cuyo Se trata de un impuesto directo cuyo hecho imponible hecho imponible está constituido por la propiedad de los bienes inmuebles está constituido por la propiedad de los bienes inmuebles de naturaleza rústica y urbana, sitos en el respectivo de naturaleza rústica y urbana, sitos en el respectivo término municipal, o bien por la titularidad de un derecho término municipal, o bien por la titularidad de un derecho real de usufructo o de superficie.real de usufructo o de superficie.

A efectos de este impuesto, se consideran A efectos de este impuesto, se consideran bienes bienes inmuebles de naturaleza urbanainmuebles de naturaleza urbana, entre otros: el suelo , entre otros: el suelo urbano (urbanizable), las construcciones de naturaleza urbano (urbanizable), las construcciones de naturaleza urbana (edificios, obras de urbanización y de mejora).urbana (edificios, obras de urbanización y de mejora).

Se consideran Se consideran bienes inmuebles de naturaleza bienes inmuebles de naturaleza rústicarústica, entre otros: edificios e instalaciones de carácter , entre otros: edificios e instalaciones de carácter agrario que, situados en terrenos de naturaleza rústica, agrario que, situados en terrenos de naturaleza rústica, sean indispensables para el desarrollo de explotaciones sean indispensables para el desarrollo de explotaciones agrícolas, ganaderas o forestales.agrícolas, ganaderas o forestales.

Page 24: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

Sujetos pasivos del IBISujetos pasivos del IBI

Son sujetos pasivos de este impuesto las personas Son sujetos pasivos de este impuesto las personas físicas y jurídicas, y las Entidades a que se refiere el físicas y jurídicas, y las Entidades a que se refiere el artículo 33 de la LGT, que sean:artículo 33 de la LGT, que sean:

Propietarios de bienes inmuebles sobre los que no Propietarios de bienes inmuebles sobre los que no recaigan derechos reales de usufructo o de recaigan derechos reales de usufructo o de superficie.superficie.

Titulares de un derecho real de usufructo sobre Titulares de un derecho real de usufructo sobre bienes inmuebles.bienes inmuebles.

Titulares de un derecho real de superficie sobre Titulares de un derecho real de superficie sobre bienes inmuebles.bienes inmuebles.

La La base imponiblebase imponible del IBI está constituida por el valor del IBI está constituida por el valor catastral de los bienes inmuebles.catastral de los bienes inmuebles.

Page 25: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

Ejemplo IBIEjemplo IBIEjemplo:Ejemplo:

¿Puede ser el inquilino de un inmueble sujeto pasivo del ¿Puede ser el inquilino de un inmueble sujeto pasivo del IBI por dicho inmueble?IBI por dicho inmueble?

No, ya que si bien la Ley de Arrendamientos Urbanos No, ya que si bien la Ley de Arrendamientos Urbanos permite a los propietarios repercutir la cuota tributaria permite a los propietarios repercutir la cuota tributaria sobre el arrendatario, ello no supone la traslación de la sobre el arrendatario, ello no supone la traslación de la condición de sujeto pasivo, ya que este hecho nada condición de sujeto pasivo, ya que este hecho nada influye en la Administración, para la que el sujeto influye en la Administración, para la que el sujeto pasivo seguirá siendo el propietario y será a éste a pasivo seguirá siendo el propietario y será a éste a quien exija el pago del impuesto.quien exija el pago del impuesto.

Page 26: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

Bienes exentos de IBI (I)Bienes exentos de IBI (I)

Los que sean propiedad del Estado, de las Los que sean propiedad del Estado, de las

Comunidades Autónomas o de las Entidades locales y Comunidades Autónomas o de las Entidades locales y

estén directamente destinados a la defensa nacional, estén directamente destinados a la defensa nacional,

la seguridad ciudadana y los servicios educativos y la seguridad ciudadana y los servicios educativos y

penitenciarios. Además, entre otros, siempre que sean penitenciarios. Además, entre otros, siempre que sean

de aprovechamiento público y gratuito: las carreteras, de aprovechamiento público y gratuito: las carreteras,

los caminos, demás vías terrestres, etc.los caminos, demás vías terrestres, etc.

Los de la Iglesia Católica, en los términos previstos en Los de la Iglesia Católica, en los términos previstos en

el Acuerdo entre el Estado y la Santa Sede.el Acuerdo entre el Estado y la Santa Sede.

Los de las Asociaciones confesionales no católicas Los de las Asociaciones confesionales no católicas

legalmente reconocidas con las que se establezcan los legalmente reconocidas con las que se establezcan los

acuerdos de cooperación correspondientes.acuerdos de cooperación correspondientes.

Page 27: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

Bienes exentos de IBI (II)Bienes exentos de IBI (II)

Los de los gobiernos extranjeros destinados a su Los de los gobiernos extranjeros destinados a su

representación diplomática o consular, o a sus organismos representación diplomática o consular, o a sus organismos

oficiales, conforme a los Convenios Internacionales en oficiales, conforme a los Convenios Internacionales en

vigor.vigor.

Los declarados expresa e individualizadamente monumento Los declarados expresa e individualizadamente monumento

o jardín histórico de interés cultural, mediante decreto.o jardín histórico de interés cultural, mediante decreto.

Los de la Cruz Roja Española.Los de la Cruz Roja Española.

Los centros docentes privados acogidos al régimen de Los centros docentes privados acogidos al régimen de

conciertos educativos, en tanto mantengan su condición de conciertos educativos, en tanto mantengan su condición de

centros total o parcialmente concertados.centros total o parcialmente concertados.

Etc. …Etc. …

Page 28: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

Devengo y gestión del IBIDevengo y gestión del IBIEl IBI se devengará el primer día del periodo El IBI se devengará el primer día del periodo impositivo, que coincide con el año natural.impositivo, que coincide con el año natural.

Los hechos, actos y negocios objeto de declaración Los hechos, actos y negocios objeto de declaración ante el Catastro Inmobiliario tendrán efectividad en ante el Catastro Inmobiliario tendrán efectividad en el devengo posterior al momento en que se el devengo posterior al momento en que se produzcan efectos catastrales.produzcan efectos catastrales.

Ejemplo: Ejemplo: La adquisición de un inmueble a mitad de año no La adquisición de un inmueble a mitad de año no permite atribuir al nuevo propietario la condición de permite atribuir al nuevo propietario la condición de sujeto pasivo en el momento de devengo del sujeto pasivo en el momento de devengo del impuesto (1 de enero de cada año), sino que impuesto (1 de enero de cada año), sino que continuará siendo sujeto pasivo el antiguo propietario. continuará siendo sujeto pasivo el antiguo propietario.

La gestión del IBI es compartida entre la La gestión del IBI es compartida entre la Administración tributaria del Estado: gestión catastral, Administración tributaria del Estado: gestión catastral, y la Administración tributaria local: gestión tributaria.y la Administración tributaria local: gestión tributaria.

Page 29: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

El Impuesto sobre Vehículos El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)de Tracción Mecánica (IVTM)Es un impuesto directo, de titularidad municipal y exacción Es un impuesto directo, de titularidad municipal y exacción obligatoria. obligatoria.

El hecho imponible lo constituye el hecho de poseer la El hecho imponible lo constituye el hecho de poseer la titularidad de un vehículo de tracción mecánica apto para titularidad de un vehículo de tracción mecánica apto para circular por las vías públicas, independientemente de su circular por las vías públicas, independientemente de su clase y categoría.clase y categoría.

Se considera vehículo apto para circular por las vías Se considera vehículo apto para circular por las vías públicas todo el que requiera matriculación en los públicas todo el que requiera matriculación en los registros correspondientesregistros correspondientes . También se consideran . También se consideran aptos, aunque no estén en el Registro, los vehículos aptos, aunque no estén en el Registro, los vehículos provistos de permisos temporales de circulación.provistos de permisos temporales de circulación.

Page 30: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

Sujetos pasivos del IVTMSujetos pasivos del IVTM

Tienen la condición de sujetos pasivos las personas Tienen la condición de sujetos pasivos las personas

físicas o jurídicas y las entidades a las que se refiere el físicas o jurídicas y las entidades a las que se refiere el

artículo 35.4 de la LGT a cuyo nombre figure el vehículo.artículo 35.4 de la LGT a cuyo nombre figure el vehículo. A efectos de este impuesto, el TRLHL establece una A efectos de este impuesto, el TRLHL establece una

identidad absoluta entre el titular del vehículo y el titular identidad absoluta entre el titular del vehículo y el titular

del permiso de circulación de éste.del permiso de circulación de éste.

Ejemplo:Ejemplo:

Si se transmite un turismo el 3 de septiembre de 2007 y la Si se transmite un turismo el 3 de septiembre de 2007 y la

inscripción en el Registro de Vehículos se realiza el 10 de enero inscripción en el Registro de Vehículos se realiza el 10 de enero

de 2008, el transmitente deberá abonar la cuota correspondiente de 2008, el transmitente deberá abonar la cuota correspondiente

al ejercicio 2007 debido a que figura como titular del permiso de al ejercicio 2007 debido a que figura como titular del permiso de

circulación en el Registro. El adquirente del vehículo deberá circulación en el Registro. El adquirente del vehículo deberá

abonar la correspondiente al ejercicio 2008. abonar la correspondiente al ejercicio 2008.

Page 31: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

Exenciones IVTMExenciones IVTMSegún el TRLHL se consideran exentos del IVTM:

Los vehículos oficiales del Estado, de las comunidades autónomas y de las entidades locales adscritos a la defensa nacional o a la seguridad ciudadana.

Los vehículos de representaciones diplomáticas, oficinas consulares, agentes diplomáticos y funcionarios consulares de carrera acreditados en España

Los vehículos de los organismos internacionales con sede u oficina en España

Las ambulancias y demás vehículos directamente destinados a la asistencia sanitaria o al traslado de heridos o enfermos.

Los vehículos para personas de movilidad reducida y los vehículos matriculados a nombre de minusválidos para su uso exclusivo, ya sean conducidos por personas con discapacidad o destinados a su transporte.

Los autobuses, microbuses y demás vehículos destinados o adscritos al servicio de transporte público urbano que excedan de las 9 plazas, incluida la del conductor.

Los tractores, remolques, semirremolques y maquinaria provistos de Cartilla de Inspección Agrícola.

Page 32: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

Devengo y gestión del IVTMDevengo y gestión del IVTM

El IVTM se devenga el primer día del periodo impositivo, es El IVTM se devenga el primer día del periodo impositivo, es decir, el primer día de cada año, o bien el día de la adquisición, decir, el primer día de cada año, o bien el día de la adquisición, en caso de que ésta se realice a lo largo del periodo en caso de que ésta se realice a lo largo del periodo impositivo.impositivo.

En caso de que se realizase un cambio de titularidad del En caso de que se realizase un cambio de titularidad del vehículo, la persona que aparece como titular a fecha del vehículo, la persona que aparece como titular a fecha del devengo aparezca como titular es la responsable del pago devengo aparezca como titular es la responsable del pago del impuesto.del impuesto.

Por tanto, en los casos en los que se haya realizado la Por tanto, en los casos en los que se haya realizado la transmisión material de la titularidad, pero se haya transmisión material de la titularidad, pero se haya realizado formalmente el cambio en el permiso de realizado formalmente el cambio en el permiso de circulación, será aquel cuyo nombre figure en el permiso de circulación, será aquel cuyo nombre figure en el permiso de circulación el que deba pagar el IVTM.circulación el que deba pagar el IVTM.

La gestión, liquidación, inspección y recaudación corresponden La gestión, liquidación, inspección y recaudación corresponden al ayuntamiento del domicilio que conste en el permiso de al ayuntamiento del domicilio que conste en el permiso de circulación.circulación.

Page 33: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

Impuesto sobre Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones Construcciones, Instalaciones

y Obras (ICIO)y Obras (ICIO)Se han planteado algunas cuestiones referidas a su Se han planteado algunas cuestiones referidas a su

configuración jurídica como tributo, es decir, a su configuración jurídica como tributo, es decir, a su

configuración como impuesto en sustitución de una tasa de configuración como impuesto en sustitución de una tasa de

contenido equivalente, y con ello los problemas que esto contenido equivalente, y con ello los problemas que esto

puede ocasionar.puede ocasionar.

La explicación a este conflicto es que, con anterioridad a la La explicación a este conflicto es que, con anterioridad a la

publicación de la L.H.L., los ayuntamientos exigían una publicación de la L.H.L., los ayuntamientos exigían una tasa tasa

por licencias de obra por licencias de obra de acuerdo con unos parámetros de de acuerdo con unos parámetros de

cuantificación proporcionales a los costes de realización de cuantificación proporcionales a los costes de realización de

las obras en cuestión, y de este modo vulneraban los las obras en cuestión, y de este modo vulneraban los

preceptos legales que determinan los criterios para preceptos legales que determinan los criterios para

cuantificar las tasas. Estos ingresos se convirtieron en fuente cuantificar las tasas. Estos ingresos se convirtieron en fuente

fundamental de financiación de las haciendas locales.fundamental de financiación de las haciendas locales.

Page 34: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

La solución dada con la nueva ley fue utilizar los mismos La solución dada con la nueva ley fue utilizar los mismos

elementos esenciales de la tasa y crear un nuevo elementos esenciales de la tasa y crear un nuevo

impuesto. Aún así la tasa siguió manteniéndose, y la impuesto. Aún así la tasa siguió manteniéndose, y la

solución última fue mantener la tasa con las mismas solución última fue mantener la tasa con las mismas

limitaciones legales que hasta entonces y crear este limitaciones legales que hasta entonces y crear este

impuesto de carácter potestativo, lo que permitiría a los impuesto de carácter potestativo, lo que permitiría a los

ayuntamientos obtener nuevos ingresos.ayuntamientos obtener nuevos ingresos.

Actualmente se trata de un Actualmente se trata de un impuestoimpuesto de de

carácter carácter potestativopotestativo cuyo hecho imponible está cuyo hecho imponible está

constituido por la realización de cualquier constituido por la realización de cualquier

construcción, instalación u obra, dentro del término construcción, instalación u obra, dentro del término

municipal, para la que se exija una licencia municipal, para la que se exija una licencia

urbanística.urbanística.

La La base imponiblebase imponible está constituida por un porcentaje fijo está constituida por un porcentaje fijo

al coste individualizado de cada obra.al coste individualizado de cada obra.

Page 35: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

Supuestos de no sujeción

Entre otros: Los movimientos de tierras propios de la actividad

minera y de la extracción de piedra. Las obras de interés público extraordinario. Las construcciones de presas. Subastas para la enajenación de parcelas de

propiedad municipal en la que el adjudicatario queda obligado a edificar de acuerdo con un programa y proyecto de obras previamente elaborado y aprobado por el propio ayuntamiento.

Proyectos de urbanización aprobados por los ayuntamientos.

Page 36: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

Exenciones ICIOExenciones ICIO

El Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales contempla una única exención:

Instalaciones, construcciones u obras que sean propiedad del Estado, las comunidades autónomas o las entidades locales, siempre y cuando sean destinadas, entre otros, a carreteras, ferrocarriles, obras hidráulicas o saneamiento de poblaciones y de sus aguas residuales.

Page 37: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

Devengo y gestión ICIODevengo y gestión ICIO

El devengo se produce en el momento en que se inicia El devengo se produce en el momento en que se inicia la construcción, instalación u obra, la construcción, instalación u obra, independientemente de que se haya obtenido o no la independientemente de que se haya obtenido o no la licencia correspondiente.licencia correspondiente.

La gestión puede realizarse de dos maneras:La gestión puede realizarse de dos maneras: Generalmente mediante liquidación realizada por la Generalmente mediante liquidación realizada por la

Administración.Administración. O, si está estipulado en la ordenanza municipal O, si está estipulado en la ordenanza municipal

correspondiente, mediante autoliquidación correspondiente, mediante autoliquidación realizada por el sujeto pasivo.realizada por el sujeto pasivo.

Page 38: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

El Impuesto sobre el El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Incremento del Valor de los

Terrenos de Naturaleza Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) Urbana (IIVTNU)

Es un impuesto municipal directo, de carácter potestativo.Es un impuesto municipal directo, de carácter potestativo.

El hecho imponible está constituido por el incremento de valor El hecho imponible está constituido por el incremento de valor

que experimentan los terrenos de naturaleza urbana a efectos que experimentan los terrenos de naturaleza urbana a efectos

del IBI a consecuencia de la transmisión de la propiedad de los del IBI a consecuencia de la transmisión de la propiedad de los

mismos.mismos.

La base imponible está constituida por el incremento del valor La base imponible está constituida por el incremento del valor

de los terrenos existente en el momento del devengo. Sobre de los terrenos existente en el momento del devengo. Sobre

este valor del terreno en el momento del devengo, ha de este valor del terreno en el momento del devengo, ha de

aplicarse el porcentajeaplicarse el porcentaje anual que determina cada anual que determina cada

ayuntamiento, siempre sin exceder los límites establecidos.ayuntamiento, siempre sin exceder los límites establecidos.

Es sujeto pasivo el que obtiene para sí la ganancia que supone Es sujeto pasivo el que obtiene para sí la ganancia que supone

el incremento del valor.el incremento del valor.

Page 39: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

Supuestos de no sujeción Supuestos de no sujeción El incremento de valor que experimentan los terrenos considerados El incremento de valor que experimentan los terrenos considerados rústicos a efectos del IBI.rústicos a efectos del IBI.

Ejemplo: Transmisión de un chalé sito en una urbanización no Ejemplo: Transmisión de un chalé sito en una urbanización no legalizada, cuyo terreno aún cuenta con la calificación de rústico en legalizada, cuyo terreno aún cuenta con la calificación de rústico en el catastro y en el padrón correspondientes. A pesar de su el catastro y en el padrón correspondientes. A pesar de su calificación como rústico, estamos ante un supuesto de terreno que calificación como rústico, estamos ante un supuesto de terreno que a efectos del IBI debe ser calificado como urbano, y por tanto sujeto a efectos del IBI debe ser calificado como urbano, y por tanto sujeto al IIVTNU.al IIVTNU.

Aportaciones de bienes y derechos realizadas por los cónyuges Aportaciones de bienes y derechos realizadas por los cónyuges

a la sociedad conyugal, adjudicaciones que a su favor y en pago a la sociedad conyugal, adjudicaciones que a su favor y en pago

de ellas se verifiquen y transmisiones que se hagan a los de ellas se verifiquen y transmisiones que se hagan a los

cónyuges en pago de sus haberes comunes. cónyuges en pago de sus haberes comunes.

Transmisiones de bienes inmuebles entre cónyuges o a favor de los Transmisiones de bienes inmuebles entre cónyuges o a favor de los

hijos, como consecuencia del cumplimiento de sentencias en los casos hijos, como consecuencia del cumplimiento de sentencias en los casos

de nulidad, separación o divorcio matrimonial, sea cual sea el régimen de nulidad, separación o divorcio matrimonial, sea cual sea el régimen

económico matrimonial. económico matrimonial.

Page 40: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

Exenciones Exenciones IIVTNUIIVTNULa constitución y transmisión de cualesquiera derechos La constitución y transmisión de cualesquiera derechos de servidumbre. de servidumbre.

Las transmisiones de bienes situados dentro del Las transmisiones de bienes situados dentro del perímetro estipulado como conjunto histórico-artístico o perímetro estipulado como conjunto histórico-artístico o declarados individualmente de interés cultural.declarados individualmente de interés cultural.

Entre otros, están exentos del impuesto cuando la Entre otros, están exentos del impuesto cuando la obligación de satisfacerlo recaiga sobre:obligación de satisfacerlo recaiga sobre: El Estado, las comunidades autónomas y las El Estado, las comunidades autónomas y las

entidades locales a las que pertenezca el municipio.entidades locales a las que pertenezca el municipio. Las instituciones benéficas o benéfico-docentes. Las instituciones benéficas o benéfico-docentes. Las entidades gestoras de la Seguridad Social y las Las entidades gestoras de la Seguridad Social y las

mutualidades de previsión social. mutualidades de previsión social. La Cruz Roja española. La Cruz Roja española.

Page 41: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

Devengo y gestiónDevengo y gestión ( (IIVTNUIIVTNU))El IIVTNU se devenga:El IIVTNU se devenga:

Si la transmisión de la propiedad es gratuita, ínter vivos Si la transmisión de la propiedad es gratuita, ínter vivos

o mortis causa, en la fecha de la transmisión.o mortis causa, en la fecha de la transmisión. Si se transmite cualquier derecho real de goce limitativo Si se transmite cualquier derecho real de goce limitativo

del dominio, en la fecha en que se realice la transmisión.del dominio, en la fecha en que se realice la transmisión.

Los sujetos pasivos tienen la obligación de presentar la Los sujetos pasivos tienen la obligación de presentar la

declaración correspondiente para aplicar la liquidación declaración correspondiente para aplicar la liquidación

procedente, junto con un documento en el que conste los procedente, junto con un documento en el que conste los

actos o contratos que dan origen a la imposición.actos o contratos que dan origen a la imposición.

__ __ ____ __ __

Page 42: SISTEMA TRIBUTARIO DE LAS HACIENDAS LOCALES. IMPUESTOS Y TRIBUTOS LOCALES.

BIBLIOGRAFÍABIBLIOGRAFÍALos tributos localesLos tributos locales. DIEGO MARÍN-BARNUEVO FABO. Ed. Aranzadi . DIEGO MARÍN-BARNUEVO FABO. Ed. Aranzadi

SA, Navarra, 2005.SA, Navarra, 2005.

Tributos estatales, autonómicos y localesTributos estatales, autonómicos y locales. Manuales de formación . Manuales de formación

continuada. Consejo General del Poder Judicial, Madrid, 2001.continuada. Consejo General del Poder Judicial, Madrid, 2001.

Manual de fiscalidad básica 2008 Manual de fiscalidad básica 2008 [en línea]. Centro de Estudios [en línea]. Centro de Estudios

Financieros (CEF). <http://www.fiscal-impuestos.com/> Financieros (CEF). <http://www.fiscal-impuestos.com/>

[Consulta: 12 de mayo de 2008].[Consulta: 12 de mayo de 2008].

Fiscalidad autonómica y localFiscalidad autonómica y local [en línea]. Agencia Tributaria. [en línea]. Agencia Tributaria.

<http://www.aeat.es/fisterritorial/home.html>. <http://www.aeat.es/fisterritorial/home.html>.

[Consulta 10 de mayo de 2008]. [Consulta 10 de mayo de 2008].

Entidades locales Entidades locales [en línea]. Ministerio de Administraciones Públicas. [en línea]. Ministerio de Administraciones Públicas.

Gobierno de España. <http://www.map.es/enlaces/entidades_locales.html> Gobierno de España. <http://www.map.es/enlaces/entidades_locales.html>

[Consulta 10 de mayo de 2008].[Consulta 10 de mayo de 2008].