Sistema general de pensiones joalecana 7

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SISTEMA GENERAL DE PENSIONES JEIMMY CAROLINA OLAYA PARADA LEIDY JOHANNA VASQUEZ MORENO JENNIFER ALEJANDRA ROBAYO ROA ERIKA NATALIA GONZALEZ MENDEZ

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SISTEMA GENERAL DE PENSIONES

JEIMMY CAROLINA OLAYA PARADA LEIDY JOHANNA VASQUEZ MORENO JENNIFER ALEJANDRA ROBAYO ROA ERIKA NATALIA GONZALEZ MENDEZ

OBJETIVO

• El sistema genera de pensiones tiene por objetivo garantizar a la población el amparo contra las contingencias derivadas de la vejez, invalidez muerte mediante el reconocimiento de las pensiones y prestaciones que se determinan en la presente ley.

CARACTERISTICAS

• La afiliación es obligatoria salvo lo previsto por los trabajadores independientes.

• La selección de cualquiera de los regímenes previstos por el articulo anterior es libre y voluntaria por parte del afiliado. La persona natral o jurídica que desconozca este derecho en cualquier forma se hará acreedor a las sanciones de que trata el inciso.

• Para el reconocimiento de las pensiones se tendrá en cuenta las sumas de las semanas cotizadas con anterioridad a la vigencia de la presente ley.

• Para el reconocimiento de las pensiones y prestaciones contempladas en los dos regímenes se tendrá en cuenta la suma de las semanas cotizadas a las cualesquiera de ellas.

• Existirá un fondo de solidaridad pensional destinado a ampliar la cobertura mediante el subsidio a los grupos de población que por su características y condiciones socioeconómicas no tienen acceso a los sistemas de seguridad social.

• Ningún afiliado podrá recibir simultáneamente pensiones de invalidez y de vejez.

REAJUSTE DE PENSIONES

• Con el objeto de que las pensiones de vejez y jubilación de invalidez y de sustitución en cualquiera de los dos regímenes del sistema general de pensiones mantenga su poder adquisitivo constante se reajusta anualmente de oficio, el primero de enero de cada año según la variación porcentual del índice de precio al consumidor certificado por el DANE.

• No obstante, las pensiones cuyo monto mensual sea igual al salario mínimo legal mensual vigente será reajustadas de oficio cada vez y con el mismo porcentaje en que se incremente dicho salario por el gobierno.

REGIMEN DE PRIMA MEDIA

• Es el sistema de ahorro para la vejez administrado por el estado a través de colpensiones. Este régimen cuenta con beneficiarios predefinidos subsidiados por el estado.

REGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL SOLIDARIO

• Es el Sistema de ahorro para la vejez administrado por fondos de pension privados. La pension depende del esfuerzo el ahorro.

• Los afiliados aportan a un fondo solidario para garantizar la pension a los menos favorecidos.

REQUISITOS PARA PODERSE

PENSIONAR

• Tanto para el RPM y RAIS las mujeres deberían tener 57 años y 62 años los hombres para poder jubilarse.

• En el primero es necesario cotizar durante 1250 semanas, mientras que en el RAIS se obtiene la pensión de acuerdo con el monto ahorrado. Si este no alcanza para un salario mínimo debe acceder al beneficio solidario y para esto necesita haber cotizado almenos 1150 semanas.

PRINCIPALES PROBLEMAS DEL SISTEMA PENSIONAL

• El sistema general de pensiones tiene baja cobertura, es desigual e insostenible socialmente.

• Su baja cobertura corresponde a la informalidad laboral que no permite que los trabajadores cumplan con los requisitos de tiempo y monto. Pero además los trabajadores formales por circunstancias de su vida laboral tampoco lo logran.

• La desigualdad se ve en que solo 1 de cada 10 colombianos llega a pensionarse por falta de opciones y mecanismos de inclusión al sistema.

NUEVO MEDELO DE PROTECCION

PARA LA VEJEZSe propone un sistema estructural que protege a todos los trabajadores basado en tres ejes:

• Mas cobertura

• Mas igualdad

• Y que no quiebre el sistema

• El propósito es que todos los trabajadores formales e informales puedan contar con ingreso al llegar ala edad de jubilación o retiro, bien sea mediante una pensión o un apoyo del estado.

¿QUE PASA CON LAS PERSONAS QUE NO

ALCANZAN A CUMPLIR LA CANTIDAD DE

SEMANAS REQUERIDAS?

Con este nuevo modelo las personas que no tienen la cantidad de tiempo cotizado podrán pensionarse a través de dos nuevos mecanismos propuestos que son:

• La pensión retroactiva

• La pensión familiar

¿QUE ES LA PENSION RETROACTIVA?

• Las personas que lleguen a la edad de jubilación y no hayan cumplido con la cantidad de semanas requeridas, pueden recibir su pensión y a su vez seguir cotizando el tiempo que hace falta.

¿QUE ES LA PENSION FAMILIAR?

• La pensión familiar consiste en que las parejas podrán sumar sus semanas de cotización para completar el tiempo requerido y de esta manera recibir una pensión conjunta.