Sistema Electoral Peruano (1)

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DERECHO CONSTITUCIONAL PERUANO EL SISTEMA ELECTORAL PERUANO SEMANA 15 – SESIÓN 15 DR. ANGEL FERNANDO LA TORRE GUERRERO

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DERECHO CONSTITUCIONAL PERUANO

EL SISTEMA ELECTORAL PERUANO

SEMANA 15 – SESIÓN 15

DR. ANGEL FERNANDO LA TORRE GUERRERO

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DERECHO CONSTITUCIONAL PERUANOTEMARIO

SISTEMA ELECTORAL PERUANO

• El Tratamiento Constitucional del Régimen Electoral en el Perú.

• Jurado Nacional de Elecciones – (JNE).

• Oficina de Procesos Electorales – (ONPE)

• Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – (RENIEC)

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JURADO NACIONAL DE ELECCIONES

J N E

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El Jurado Nacional de Elecciones ha cumplido, este 26 de mayo, 76 años de existencia.Es un organismo constitucional autónomo que está integrado por representantes elegidos en distintas instancias:– El presidente es elegido por la Sala Plena de la Corte

Suprema de Justicia de la República y – Los 4 magistrados son designados por la Junta de

Fiscales Supremos, por el Colegio de Abogados de Lima, por los decanos de las facultades de Derecho de las universidades públicas y por los decanos de las facultades de Derecho de las universidades privadas. Su conformación colegiada propicia su independencia y neutralidad.

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• Este organismo dicta resoluciones de carácter general para reglamentar y normar las disposiciones electorales. Goza de iniciativa legislativa en materia electoral.

• Fiscaliza la legalidad del ejercicio del sufragio, de los procesos electorales, del referéndum y de otras consultas populares, garantizando así el respeto a la voluntad ciudadana, lo que en su momento le permite certificar los resultados electorales y otorgar las credenciales correspondientes al Presidente de la República, congresistas y autoridades regionales y locales.

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• La función de Registro de Organizaciones Políticas ha estado en el JNE desde su creación, como así lo ratifica la Constitución Política del Estado al encargarle su mantenimiento y custodia.

• El JNE revisa en grado de apelación las resoluciones expedidas en primera instancia por los Jurados Electorales Especiales y resuelve en instancia final y definitiva la controversia. También conoce los casos de vacancias declaradas por los Concejos Regionales y Municipales, cuando estas son apeladas y resuelve igualmente en instancia definitiva. Conforme a lo dispuesto por el artículo 181 de la Constitución Política en materias electorales, de referéndum y de otro tipo de consultas populares, sus resoluciones son dictadas en instancia final, definitiva, y no son revisables.

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• Con la finalidad de fomentar la participación democrática de los ciudadanos, el JNE proyecta sus esfuerzos a la comunidad a través de programas de formación de una conciencia cívica para lograr que los ciudadanos emitan un voto informado y consciente. Además, promueve el desarrollo de valores democráticos.

• El máximo organismo electoral propicia paradigmas de trabajo regidos por valores y principios democráticos, ha reafirmado su neutralidad e independencia y el compromiso con el fortalecimiento de la democracia.

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OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES

O N P E

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LA OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES

• La Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE fue creada con la Constitución Política del Perú de 1993. Es en el Capítulo XII de nuestra actual Carta Magna donde se considera por primera vez la conformación del Sistema Electoral Peruano, constituido por tres organismos electorales autónomos: el Jurado Nacional de Elecciones –JNE-, la Oficina Nacional de Procesos Electorales –ONPE- y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil –RENIEC-.

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MISIÓN:

• La ONPE es la autoridad máxima en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otras consultas populares, los que desarrolla con altos estándares de calidad que garantizan la legitimidad y transparencia de sus resultados. Brinda apoyo y asistencia técnica a los partidos políticos, instituciones del Estado y organizaciones de la sociedad civil y es responsable de la verificación y control externo de la actividad económico-financiera de los partidos políticos; contando para ello con profesionales altamente calificados y comprometidos con los valores y principios democráticos.

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VISIÓN:

• Institución líder en la organización y ejecución de procesos electorales, de referéndum y otras consultas populares transparentes y confiables. Reconocida en los ámbitos nacional e internacional, por la excelencia de su desempeño y su contribución a la consolidación democrática del país y al fortalecimiento de un sistema de partidos políticos sólido y representativo de los ciudadanos.

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REGISTRO NACIONAL DE IDENTIDAD Y ESTADO CIVIL

R E N I E C

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RENIEC

• El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil -RENIEC-, se crea mediante Ley Nº 26497, en concordancia con los Artículos 177º y 183º de la Constitución Política del Perú, como un organismo autónomo con personería jurídica de derecho público interno.

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• Conforme a su Ley Orgánica, el RENIEC es la autoridad, con atribuciones exclusivas y excluyentes en materia Registral, Técnica, Administrativa, Económica y Financiera, responsable de organizar y de mantener el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales.

• Adopta mecanismos que garanticen la seguridad de la confección de los documentos de identidad e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil, así como asegurar la confiabilidad de la información que resulta de la inscripción.

• Fue creado por Ley N° 26497 de fecha 12 de julio de 1995.

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• Es el organismo técnico encargado de la identificación de los peruanos, otorga el documento nacional de identidad, registra hechos vitales: nacimientos, matrimonios, defunciones, divorcios y otros que modifican el estado civil.

• Es autónomo por mandato de la Constitución y la ley, razón por la cual no pertenece a ningún sector del poder Ejecutivo, Legislativo ni del Poder Judicial.

• Es un organismo que cuenta con la mejor tecnología informática actualizada, además de personal calificado para desempeñarse con éxito en la actividad de registro e identificación de personas como en la aplicación de normas, procesos y procedimientos que rigen esa actividad.

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• Organiza y mantiene el registro único de identificación de las personas naturales;

• Responde a la necesidad de administrar y dirigir el sistema Registral de los peruanos, que involucra el registro civil, registro de personas y registro de naturalización, lo que constituye el registro único y base de datos de identificación de todos los peruanos.

• Es la Entidad de Certificación Digital en el Sector Público, encargado de emitir los certificados raíz para las Entidades de Certificación para el Estado Peruano que lo soliciten.

• En épocas electorales, la participación del RENIEC es la de proporcionar el padrón electoral inicial al Jurado Nacional de Elecciones, para que éste lo apruebe y a su vez lo remita a la ONPE como padrón electoral oficial a utilizar el día de las elecciones.