Sistema de Saneamiento Cloacal - AySA · Organizar y conducir la reunión de pre-construcción,...

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Sistema de Saneamiento Cloacal MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y TÉCNICOS AÑO 2008 Es nuestra. Es para todos. Versión definitiva 24/11/08

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Sistema de Saneamiento Cloacal

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

ADMINISTRATIVOS Y TÉCNICOS

AÑO 2008

Es nuestra. Es para todos .

Versión definitiva 24/11/08

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PROCEDIMIENTOS INTERNOS INSPECCIÓN DE OBRAS PROPIAS

1.1 Procedimiento General

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS

PROCESO: 3 SUBPROCESO: 3.3 PÁGINA: 1/5

AySA S O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento General

“Inspección de Obras Contratadas por AySA” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

Proceso: Gestión de Obras Contratadas por AySA Sub-proceso: Inspección de Obras Responsable: Dirección de Contrataciones – Gerencias de Obras I. OBJETIVO Y ALCANCE Establecer el marco general de las funciones y alcance de la responsabilidad de la Inspección en aquellas obras contratadas por AySA, entendiéndose por “Inspección de Obras” al servicio técnico competente con el que cuenta la Gerencia de Obras que corresponda para la supervisión y gestión administrativa de las obras desde la Orden de Inicio hasta la Recepción Definitiva de las mismas. II. ÁREAS INVOLUCRADAS Gerencias de Obras – Direcciones Regionales – Dirección de Aguas y Saneamiento- III. NORMA De acuerdo a lo establecido por la Empresa en el Pliego de Bases y Condiciones Generales, la supervisión de los trabajos por parte de AySA será realizada por intermedio de la Inspección de Obras que ésta designe. IV. PROCEDIMIENTO La Inspección de Obras deberá hacer respetar el cumplimiento por parte de los Contratistas de todas y cada una de las obligaciones asumidas en los Contratos de Obra verificando, en consecuencia, que la ejecución de las obras se realice conforme a la documentación contractual y velando especialmente por el cumplimiento de los resultados de calidad allí identificados. Para ello, se describen a continuación las principales actividades correspondientes a este procedimiento general, discriminadas por campo de acción dentro de la que se encuadran y con indicación de los procedimientos particulares a los que conlleva cada una de ellas. En dichos procedimientos particulares se describen en detalle las acciones propias de cada actividad general y los formularios de registración a ser utilizados.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS

PROCESO: 3 SUBPROCESO: 3.3 PÁGINA: 2/5

AySA S O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento General

“Inspección de Obras Contratadas por AySA” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

a) Gestión Técnico - Administrativa de los Contratos (“GTA”)

Ítem Acción Procedimiento

Particular de referencia

a1)

Organizar y conducir la reunión de pre-construcción, previo al inicio de cada obra, en la que se le solicitarán a los Contratistas todos los documentos necesarios para comenzar con las actividades, tales como pólizas de seguros, programa de trabajo, programa de presentación de la ingeniería constructiva, organigrama, etc.

GTA-001

a2)

Emitir Órdenes de Servicio y mantener un archivo cronológico de las mismas. La primer Orden de Servicio corresponderá a la instrucción de Orden de Inicio para el Contratista, conforme a las directivas recibidas del Responsable de Proyecto.

GTA-002

a3) Recibir Notas de Pedido respondiéndolas, cuando sea necesario, y mantener un archivo cronológico de las mismas. GTA-003

a4) Completar los Partes Diarios de cada obra y mantener un archivo cronológico de los mismos. GTA-004

a5) Revisar y aprobar la ingeniería constructiva, los programas de trabajo elaborados por los Contratistas y demás presentaciones exigidas en la documentación contractual.

GTA-005

a6) Asegurar la existencia en tiempo y forma de todos los permisos requeridos para la ejecución de los trabajos. GTA-006

a7) Organizar y conducir reuniones periódicas con los Contratistas, emitiendo el correspondiente acta de reunión. GTA-007

a8) Elaborar y elevar al Responsable de Proyecto la evaluación y recomendación, con el sustento requerido, para tomar decisión frente a la presentación de eventuales adicionales de obra.

GTA-008

a9) Recomendar las multas por incumplimientos del Contratista, previstas en las Condiciones Generales de Contratación. GTA-009

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AySA S O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento General

“Inspección de Obras Contratadas por AySA” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

Ítem Acción Procedimiento

Particular de referencia

a10) Controlar y aprobar los diagramas de cuadra elaborados por los Contratistas.

a11) Confeccionar y aprobar las Actas de Medición Mensuales.

a12) Recepcionar y revisar los Certificados Mensuales de Pago elevándolos para su procesamiento y pago.

GTA-010

a13) Gestionar y dar seguimiento al control presupuestario de las obras. GTA-011

a14) Revisar y aprobar los documentos conforme a obra elevándolos a la Dirección de AySA que correspondiese. GTA-012

a15) Preparar y suscribir el Acta de Transferencia y/o Constatación con la Dirección de AySA que corresponda en cada caso. GTA-013

a16) Preparar y suscribir el Acta de Recepción Provisoria con el Contratista y el Responsable de Proyecto que corresponda en cada caso.

GTA-014

a17) Preparar y suscribir el Acta de Recepción Definitiva con el Contratista y el Responsable de Proyecto que corresponda en cada caso. GTA-015

a18) Realizar la evaluación de final de obra. GTA-016

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Procedimiento General

“Inspección de Obras Contratadas por AySA” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

b) Gestión de Campo para el Aseguramiento de la Calidad y de los Plazos (“GCP”)

Ítem Acción Procedimiento

Particular de referencia

GCP-001 b1)

Asegurar el cumplimiento de las Especificaciones Técnicas en todas y cada una de las etapas de ejecución de la obra y controlar que los materiales instalados correspondan a la lista de materiales aprobados, rechazando todo material que presente deficiencias o daños.

GCP-002

GCP-003

GCP-004 / 005 b2)

Exigir y aprobar todos los ensayos estipulados en la Especificaciones Técnicas, tendientes a asegurar la calidad técnica requerida para el posterior funcionamiento de las instalaciones, tales como nivelación, prueba hidráulica, limpieza y desinfección de cañerías, ensayo de mandrilado, ensayo de luz, etc. GCP-006

b3) Verificar las principales etapas para la aprobación y liberación de los empalmes, a fin de asegurar la calidad de las instalaciones en conformidad con las Especificaciones Técnicas.

GCP-007

GCP-008 b4)

Examinar las principales etapas para la aprobación y liberación de cámaras en particular y/o estructuras de hormigón en general y/o bocas de registro, a fin de asegurar la calidad de las construcciones en conformidad a las Especificaciones Técnicas y a las reglas del arte.

GCP-009

b5) Asegurar el cumplimiento de las Normas de Higiene y Seguridad en el Trabajo y de la adopción de medidas de mitigación para la Protección y Control Ambiental.

GCP-010

b6)

En todas las actividades previamente enunciadas, identificar y comunicar formalmente a la Empresa Contratista las deficiencias detectadas de cualquier tipo y asegurar que se corrijan en tiempo y forma.

Ref.: GTA-002 GTA-007

b7) Evaluar el avance de la obra e identificar los desvíos con respecto al programa de trabajo aprobado, exigiendo la adopción de las medidas correctivas necesarias.

Ref.: GTA-002 GTA-007

b8) Asegurar que el Contratista mantenga a disposición de la obra, todos los recursos humanos, materiales y de logística, necesarios para cumplir acabadamente con los objetivos comprometidos.

Ref.: GTA-002 GTA-007

b9) Verificar un adecuado nivel final de terminación de los afirmados afectados en cumplimiento de las Especificaciones Técnicas y las Disposiciones Municipales vigentes.

Ref.: GTA-002 GTA-007 GRC-004

b10) Asegurar que se realice la subsanación de cualquier deficiencia detectada durante el período de garantía contractual.

Ref.: GTA-002 GTA-015

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AySA S O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento General

“Inspección de Obras Contratadas por AySA” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

c) Gestión de Relación y Coordinación con otros sectores de AySA y/u organismos

(“GRC”)

Ítem Función Procedimiento

Particular de referencia

c1) Coordinar con la Dirección Regional y/o Distrito correspondiente la disponibilidad del empadronamiento de las conexiones domiciliarias a realizar, si correspondiese.

GRC-001

c2) Coordinar con la Dirección de AySA que correspondiese, tareas tales como empalmes, puesta en servicio de instalaciones, etc., notificándoles con la anticipación prevista y acordada en cada caso.

GRC-002

c3)

Gestionar con otras empresas prestadoras de servicios y/u organismos públicos, la coordinación de las acciones conjuntas necesarias en caso de detección de interferencias de instalaciones existentes que pudieran afectar o verse afectadas con las obras a construir.

GRC-003

c4) Asistir y coordinar con la Dirección Regional y/o Distrito que correspondiese, las recorridas de obra previas a la transferencia de las partes de obra terminadas.

Ref.: GTA-013

c5)

Gestionar y dar curso de acción para solucionar los reclamos interpuestos tanto por parte de vecinos, Municipios, Direcciones Regionales y/u otras reparticiones, organismos o empresas públicas o privadas.

GRC-004

V. ANEXOS Procedimientos Particulares: • Procedimientos “GTA”, correspondientes a la Gestión Técnico Administrativa de los Contratos • Procedimientos “GCP”, correspondientes a la Gestión de Campo para el Aseguramiento de la

Calidad y de los Plazos • Procedimientos “GRC”, correspondientes a la Gestión de Relación y Coordinación con otros

sectores de AYSA y/u otros Organismos

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PROCEDIMIENTOS INTERNOS INSPECCIÓN DE OBRAS PROPIAS

1.2 Gestión Técnico Administrativa

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ACTA DE RECEPCIÓN PARCIAL / TOTAL DEFINITIVA

ACTA N° _______

OBRA:

P3 N°: Inversión N°: Contrato N°:

CONTRATISTA:

En el Partido de __________________, a los _________________ (____) días del mes de ____________________ de 200_, se reúnen el Sr. Responsable de Proyecto _____________________________________ en representación de la Gerencia de Obras que corresponda de AySA, el _______________________________ en representación de la Inspección de Obras y el _______________________________ en representación de la Empresa Contratista __________________________, a los efectos de recibir en forma PARCIAL / TOTAL, y con carácter de DEFINITIVA, las instalaciones correspondientes a _________________________________ _____________________________________________________________________________________

De acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Generales – Parte III - Artículo 99 “Recepción Definitiva”, se labra el presente ACTA DE RECEPCIÓN PARCIAL / TOTAL DEFINITIVA, haciendo constar que:

1º) La obra tuvo Orden de Inicio el día ____/____/____, con un plazo de ejecución de _________________ contados a partir de la misma, siendo recepcionada provisoriamente con el Acta N° ____ de fecha ___/___/___.

2°) Con fecha ____/____/____ ha vencido el plazo de garantía de acuerdo a lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones Generales – Parte III - Artículo 85 “Plazo de Garantía”.

3º) Se ha comprobado el buen estado de las obras así como el correcto funcionamiento de las instalaciones.

4°) Se ha presentado el Acta correspondiente al Expediente N° _____ de fecha ___/___/___, donde consta la Recepción Definitiva de Pavimentos por parte de la Municipalidad de _________________.

5°) En consecuencia se fija como fecha de la presente RECEPCIÓN PARCIAL / TOTAL DEFINITIVA el día ___/___/___.

6º) El Fondo de Reparos será devuelto a la Empresa Contratista en el término y bajo las condiciones estipuladas en el Pliego de Bases y Condiciones Generales – Parte III - Artículo 97 “Retenciones (Fondo de Reparos)”.

En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a

un solo efecto en el lugar y fecha arriba mencionados.

Firma y Sello

Responsable de Proyecto Firma y Sello

Inspección de Obras Firma y Sello

Empresa Contratista

Aprobación Gerente de Obras que corresponda

Firma y Sello Gerente de Obras

IdO 1-023/01-2004

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ACTA DE RECEPCIÓN PARCIAL / TOTAL PROVISORIA

ACTA N° _______

OBRA:

P3 N°: Inversión N°: Contrato N°:

CONTRATISTA:

En el Partido de __________________, a los _________________ (____) días del mes de ____________________ de 200_, se reúnen el Sr. Responsable de Proyecto _____________________________________ en representación de la Gerencia de Obras que corresponda de AySA, el _______________________________ en representación de la Inspección de Obras y el _______________________________ en representación de la Empresa Contratista __________________________, a los efectos de recibir en forma PARCIAL / TOTAL, y con carácter de PROVISORIA, las instalaciones correspondientes a _______________________________________________________________________________.

La obra tuvo Orden de Inicio el día ____/____/____, con un plazo de ejecución de _________________ contados a partir de la misma, por lo que la obra debía terminarse el día ____/____/____.

De acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Generales – Parte III - Artículo 98 “Recepción Provisoria de las Obras”, se labra el presente ACTA DE RECEPCIÓN PARCIAL / TOTAL PROVISORIA, haciendo constar que:

1º) Los trabajos han sido ejecutados conforme a la documentación contractual, habiéndose cumplido satisfactoriamente las pruebas establecidas en las Especificaciones Técnicas.

2º) La recepción es PARCIAL / TOTAL PROVISORIA y se acuerda “ad – referéndum” del Sr. Gerente de Obras de la Gerencia de Obras de A.A.S.A que corresponda., fijándose como fecha el día ___/___/___.

3º) Se han revisado los Planos Conforme a Obra confeccionados por la Empresa Contratista y los mismos han sido aprobados.

4º) A partir de la fecha del presente acta, y para la parte de la obra cuya RECEPCIÓN PROVISORIA se otorga a través de la misma, se computará un PLAZO DE GARANTÍA de doce (12) meses de acuerdo a lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones Generales – Parte III - Artículo 85 “Plazo de Garantía”.

5º) Cumplido el referido plazo de garantía, se efectuará la Recepción Definitiva de la obra correspondiente al presente Acta, previa comprobación del buen estado de las obras y verificación del correcto funcionamiento de las instalaciones, dejándose constancia que la Empresa Contratista deberá presentar el Acta de Recepción Definitiva de los pavimentos afectados por las instalaciones, emitida por la Municipalidad de ________________, y toda otra documentación faltante relacionada con la Obra cuya Recepción Provisoria se efectúa por la presente.

En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha arriba mencionados.

Firma y Sello

Responsable de Proyecto Firma y Sello

Inspección de Obras Firma y Sello

Empresa Contratista

Aprobación Gerente de Obras que corresponda Firma y Sello

Gerente de Obras

IdO 1-022/01-2004

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ACTA DE CONSTATACIÓN / TRANSFERENCIA DE OBRAS E INSTALACIONES TERMINADAS

ACTA N° _______

OBRA:

P3 N°: Inversión N°: Contrato N°:

CONTRATISTA:

DISTRITO: DIRECCIÓN REGIONAL

DIRECCIÓN________________________

En el Partido de __________________, a los _________________ (____) días del mes de ____________________ de 200_, se reúnen el Sr. _____________________________________ en representación de __________________, y el Sr. _______________________________ en representación de la Inspección de Obras, a los efectos de formalizar la Constatación de las terminaciones superficiales / la Transferencia de las obras e instalaciones, correspondientes al proyecto de la referencia.

Las obras han sido recorridas en conjunto por los abajo firmantes, verificando

que las mismas se encuentran terminadas y en condiciones de ser habilitadas al servicio. a) Las obras e instalaciones comprenden:

b) Se han entregado y revisado la documentación conforme a obra, no existiendo

objeciones que formular. A continuación se enuncian los Planos Conforme a Obra entregados:

c) La Transferencia / Constatación se realiza por la totalidad de las obras,

fijándose como fecha efectiva de la misma el día ___/___/___. d) La Gerencia de Obras que corresponda hace constar que los trabajos han sido

ejecutados conforme a la documentación contractual con sus correspondientes modificaciones aprobadas, habiéndose cumplido satisfactoriamente las pruebas establecidas en las Especificaciones Técnicas, rigiendo a partir de la fecha mencionada precedentemente el período de garantía de los trabajos. En prueba de conformidad con lo expuesto, se firman X (_____) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

Firma y Sello __________

Firma y Sello Dirección ________

Firma y Sello Inspección de Obras

IdO 1-021/01-2004

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Obra:N° P3:Contratista:

Curva de Certificación Mensual

$ 0

$ 150.000

$ 300.000

$ 450.000

$ 600.000

$ 750.000

$ 900.000

Ene-

03

Feb-

03

Mar

-03

Abr-

03

May

-03

Jun-

03

Jul-0

3

Ago-

03

Sep-

03

Oct

-03

Nov

-03

Dic

-03

Ene-

04

Feb-

04

Mar

-04

Abr-

04

May

-04

Fechas

Peso

s

ContratoCertificación RealObjetivo

IdO 1-020/01-2004

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Obra: PERIODO INFORMADO: P3:

Avance Acum. c/Objetivo:

UD

part1 caño1 u1part2 caño2 u2part3 caño3 u3part4 caño4 u4part5 caño5 u5

part26 col26 u26part27 col27 u27part28 col28 u28

part34 col34 u34part35 col35 u35part36 col36 u36

part46 caño1 u46part47 caño2 u47part48 caño3 u48part49 caño4 u49part50 caño5 u50

oficina Oficina para Inspección mesparthigi Higiene y Seguridad Gl

adic101 col101 u101adic102 col102 u102adic103 col103 u103

Amp Ampliaciones de obra

Obra: PERIODO INFORMADO: P3:

Avance Acum. c/Objetivo:

PU

part1 caño1part2 caño2part3 caño3part4 caño4part5 caño5

part26 col26part27 col27part28 col28

part34 col34part35 col35part36 col36

part46 caño1part47 caño2part48 caño3part49 caño4part50 caño5

oficina Oficina para Inspecciónparthigi Higiene y Seguridad

adic101 col101adic102 col102adic103 col103

Amp Ampliaciones de obra

ESTIMACIONES DE PM A FUTURO:NUEVO TOTAL

RITMO DE AVANCE:

PRINCIPALES EVENTOS:

Pend

A fin de obra

ANÁLISIS ECONÓMICO PARA EL TOTAL DE LA OBRA

Acumulado

Partida

Ampliaciones

Mes

Cant real

Adicionales

SUBTOTAL AMPLIACIONES

Cantidad prevista

SUBTOTAL CONTRATOSUBTOTAL ADICIONALES

Adicionales

Materiales

Excavación

Levantamiento y Refacción

Otros

TOTAL GENERAL

ANÁLISIS DE CANTIDADES PARA EL TOTAL DE LA OBRA

PartidaMateriales

Excavación

Levantamiento y Refacción

Acarreo y Montaje

Ampliaciones

Otros

Cantidad prevista

Acarreo y Montaje

A fin de obra

Objetivo Cant reestDesvío Cant cert.Desvío Cant cert. Cant real Desvio

Gasto realGasto previsto Certif.DesvioGasto realGasto previsto

HOJA N°1

HOJA N°2

Certif.Desvio PendDesvioCant reestObjetivo

Mes Acumulado

IdO 1-019/01-2004

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LISTADO DE PERSONAL CON APORTES PREVISIONALESCONTRATISTA / SUBCONTRATISTA: PERÍODO:OBRA : N° P3:

N° APELLIDO Y NOMBRE C.U.I.L. N° SUELDO RETENCIONES APORTES CONSTANCIA DE APORTESBRUTO PATRONALES FECHA BANCO

123456789

101112131415161718192021222324252627282930

TOTALES

Firma y Sello Empresa Contratista (*)

(*) La Empresa Contratista firma la presente bajo declaración jurada de veracidad de los datos consignados en la misma

Página 1 de 1 IdO 1-018/01-2004

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OBRA: XXX Hoja

XXX N°

N° Proyecto de Inversión: XXX N° de P3: XXX N° de Contrato: XXX N° O.D.T. : XXXCertificado N°: XXX Medición y Liquidación de las Obras Ejecutadas al: XXX

PARTIDAS CONTRACTUALES CANTIDAD DE OBRA EJECUTADA IMPORTE DE LAS OBRASSegún Correspond. Total Según Correspond. Total

Precio Certificado al Presente hasta la % Certificado al Presente hasta laN° Descripción Unid. Cant. Unitario Total Anterior Certificado Fecha Acumulado Anterior Certificado Fecha(A) (B) (C) (D) (E) (F=DxE) (G) (H) (I=G+H) (J=I/D) (K=ExG) (L=ExH) (M=K+L)

0,00 0,00 0,00 0,00 0,000,00 0,00 0,00 0,00 0,000,00 0,00 0,00 0,00 0,000,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Total Partidas Contractuales Hasta Hoja N° 0 0,00 0,00 0,00 0,00

(N° DE MAIL)

(NOMBRE EMPRESA)(DOMICILIO-LOCAL.Y CP)

(N° DE FAX)

AySA S.A

(N° DE TELEFONO)

IdO 1-017/01-2004

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EMPRESA

AySA S.A.

OBRA: (denominación de la obra)

FIDEICOMISO ( si corresponde )

CONTRATISTA:

(NOMBRE DE LA CONTRATISTA)

CERTIFICADO N°

Correspondiente a trabajos realizados durante: (mes y año)

Fecha de medición : (día, mes y año)

IMPORTE A PAGAR POR EL PRESENTE CERTIFICADO: (total certificadoen el mes en números y entre paréntesis en letras)

Monto del contrato original: (monto en números)

N° PROYECTO DE INVERSIÓN

N° DE P3 N° DE CONTRATO N° O.de T./O. de C.

ORIGINAL - DUPLICADO - TRIPLICADO - CUADRUPLICADO

IdO 1-016/01-2004

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ESTIMACIÓN PROVISORIA

DE CERTIFICACIÓN Mes de

Obra: Nº de Proyecto: Zona: Responsable de Proyecto:

Fecha: Contratista: Referencia:.

N° de Proyecto de Inversión N° P3 N° de O.de T. N° de Contrato

Mes y Año de Proceso Fecha de Medición ____/____/____

Certificado N°

Monto del Contrato Original (*) $ ...............................

Monto del Contrato Revisado (*) $ ...............................

Monto Real Certificado Acumulado al mes anterior (*) $ ...............................

Monto Estimado Provisorio Total del mes en proceso (*) $ ...............................

Monto de Partidas Contractuales (*) $ ...............................

Monto de Partidas Excedidas (*) $ ...............................

Monto de Partidas Adicionales (*) $ ...............................

Monto de Ampliaciones de Obra (*) $ ...............................

Deducciones (*) $ ...............................

% de Avance Físico Estado de la Obra

AI: A Iniciar EE: En ejecución P: Paralizada R: Rescindida T: Terminada RP: Recepción Provisoria RD: Recepción Definitiva

Fecha de Orden de Inicio ____/____/____

Fecha de Terminación de Obra según Contrato Revisado ____/____/____

Fecha Estimada de Firma del Acta de Recepción Provisoria ____/____/____

Plazo de Ejecución según Contrato Revisado (*) Montos sin IVA ni retenciones

Firma y Sello del Inspector Firma y Sello del Jefe de Zona

IdO 1-015/01-2004

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ACTA DE MEDICION Nº Hoja ___ de ___

Obra: Nº de Proyecto: Zona:

Fecha: Contratista: Referencia:

En ____________________ a los ______ días del mes de _____________ de________ se reúnen el _______________________ _____________________en representación de la Inspección de Obras de AySA y el _____________________________________ en representación de la empresa __________________________________, para dejar constancia que desde el cierre del acta anterior y hasta la fecha, se han realizado y se encuentran en condiciones de certificar los siguientes trabajos: PARTIDA OBRA EJECUTADA

N° DESCRIPCION UNIDAD CANTIDAD

Observaciones:

En prueba de conformidad, se firman 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.

Firma Autorizada y Aclaración Firma y Sello

Inspección de Obras Empresa Contratista

IdO 1-014/01-2004

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NºP3: Obra: Zona: Contratista:

Calle: Calle: Calle

NIVEL T.N.Pto.(1) A B C Pto.(3)

CVA Pto.(2)

Vol. Exc.= 2.88x0.90x30.00= -77.76 m3A B C

COTA T.N.COTA INTRADOS

COTA FONDO DE ZANJAPROFUNDIDAD DE EXCAVACION

DISTANCIA PARCIALPROGRESIVA

VOLUMEN -77,76 513,97 m3ANCHO DE ZANJA DN500 0.90 m. (Vol. a deducir)

Firma y Sello Empresa Contratista

VOLUMEN TOTAL

Firma y Sello Inspección de Obras

Diagrama de Cuadra Nº:

Fecha de Medición:

Caño camisa

142,50

381,54

28,5326,3025,652,88

1578,50

RELEVAMIENTO CONFORME A OBRA

(PRIMARIAS - ALTIMETRÍA)

28,5326,3025,652,88

1357,5078,50

210,18

28,4426,0225,373,07

1436,00

AGUA o CLOACA- "Material" DN000 mm -

L.M. L.M. L.M.

49.20171.80

L

IdO 1-013/01-2004

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NºP3: Diagrama de Cuadra Nº:

Obra: Zona: Contratista: Fecha de Medición:

Nºpr prog

CALLE

CALLE prog CALLE Nºpr

PART DESCRIPCION U. CANT PART DESCRIPCION U. CANT REFACCIONES MATERIALESVEREDA PAVIM. H° A° ASFALTO CAÑERIA

Nºprop L L*A L L * A L L * A CONEXION

DIAMETRO mm ANCHO (A) m

Arm.SI / NOSI / NOSI / NOSI / NOSI / NO

COLOC.ANCLAJESPHDESINF.REP. VERREP. PAV

(V) (V1) AP. MUN.

Firma y Sello Empresa Contratista Firma y Sello Inspección de Obras

FECHAS

3)4)5)

Progresiva1)2)

Volumen

RELEVAMIENTO

CONFORME A OBRA(PRIMARIAS - PLANIMETRÍA)

MACIZOS DE ANCLAJE

Tunnel liner

1) C. 0° Macizo: AxBxC

2) Curva 0 Macizo: AxBxC

IdO 1-012/01-2004

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NºP3: Diagrama de Cuadra Nº:

Obra: Zona:

Contratista: Fecha de Medición:

DNBR.S.Inc. cota CALLEBR.L.Inc. CALLE NºprA. Zanja (m.) progLong (e) BRPendiente CALLE

T-151

Longitud (e) BºRº XBR.Nº Distancia (e) LM X BR.NºCOTA TN COTA TNCOTA INV X X X COTA INV

T-153

T-149 X prog Nºpr cota T-152

ITEM DESCRIPCION U. CANT REFACCIONES EXCAVACIONES MATERIALESVeredas Pav. Asf Pav. H°A° PROG. DIST. COTAS F CAÑERÍA .

Nºprop L L*A L L*A L L*A L L*A PARC. TN EXT. ZANJA Z OP CONEXON .

BR . TAPA BR .

COLOC. PH REP. VER REP. PAV AP. MUN. BR

(V) (V1) A HA (L-1.20)

Firma y Sello Empresa Contratista Firma y Sello Inspección de Obras

FECHAS

RELEVAMIENTO

CONFORME A OBRA

(REDES - CLOACA)

IdO 1-011/01-2004

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NºP3: Diagrama de Cuadra Nº:

Obra: Zona:

Contratista: Fecha de Medición:

Nºpr prog

CALLE

CALLE prog CALLE Nºpr

PART DESCRIPCION U. CANT PART DESCRIPCION U. CANT REFACCIONES MATERIALESVEREDA PAVIM. H° A° ASFALTO CAÑERÍA

Nºprop L L*A L L * A L L * A CONEXON

DIAMETRO mm ANCHO Z. (A) m

COLOC.PHDESINF.REP. VERREP. PAVAP. MUN.

Firma y Sello Empresa Contratista Firma y Sello Inspección de Obras

RELEVAMIENTO

CONFORME A OBRA

(REDES - AGUA)

FECHAS

IdO 1-010/01-2004

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ACTA DE ADICIONAL Nº

Obra: Nº de Proyecto: Zona:

Fecha: Contratista: Referencia:.

Motivo del Adicional:

Descripción y Alcance de los Trabajos Comprendidos:

Valoración Económica:

Plazo de Ejecución / Prórrogas Otorgadas:

Documentación de Referencia:

Aprobado el: _____/_____/_____ ............................................................................................. Fecha Firma y Sello Inspección de Obras

Aprobado el: _____/_____/_____ ............................................................................................. Fecha Firma y Sello Responsable de Proyecto

IdO 1-009/01-2004

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ACTA DE REUNIÓN N°_____

Obra: Nº de Proyecto: Zona:

Fecha: Contratista: Referencia:

EMPRESA NOMBRE DE LOS ASISTENTES FIRMAResponsable de Proyecto Jefe de Zona Inspector

Dirección Regional Distrito

AYSA:

EMPRESA

CONTRATISTA: OTROS:

TEMARIO ACCIÓN DE: FECHA: ESTADO:

AVANCE (Programación, Plazos, Recursos, etc.)

Avance del Período: ..................................Avance Acumulado: ...................................... Faltante: ................................% Acumulado: .............

TEMAS TÉCNICOS (Calidad, Seguridad e Higiene, Reclamos, etc.)

TEMAS CONTRACTUALES Y/O ADMINISTRATIVOS (Permisos, Certificación, Incumplimientos, etc.)

PROBLEMAS POTENCIALES (Presentes o futuros)

OTROS

IdO 1-008/01-2004

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CALIFICACIÓN DE

PRESENTACIONES

Obra: Nº de Proyecto: Zona:

Fecha: Contratista: Referencia:.

Documentos presentados por NdP N°: ________, recibida en fecha: _____/_____/_____

Cantidad Original Copias

Descripción Calificación (APC-ACC-NA) Fecha Calificado por Firma

Observaciones y Comentarios:

El presente formulario y sus adjuntos, fueron recibidos por el Ingeniero Revisor en fecha ___/___/___ y

es devuelto a la Inspección de Obras en fecha ____/____/____.

Firma del Ingeniero Revisor

IdO 1-007/01-2004

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LISTADO DE ASISTENCIA DEL PERSONAL CONTRATISTA / SUBCONTRATISTA:OBRA : P3 N°:

N° APELLIDO Y NOMBRE C.U.I.L. N°1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31

123456789

101112131415161718192021222324252627282930

TOTAL

Firma y Sello Empresa Contratista (*)

(*) La Empresa Contratista firma la presente bajo declaración jurada de veracidad de los datos consignados en la misma

MES DE:

IdO 1-006/01-2004

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CONTROL DE ASISTENCIA DEL PERSONAL

Obra: Nº de Proyecto: Zona:

Fecha del Control: Inspector: Referencia:

Empresa: CONTRATISTA SUBCONTRATISTA

N° Apellido Nombre CUIT N° o D.N.I. N° (1) (2)

1 SI NO SI NO

2 SI NO SI NO

3 SI NO SI NO

4 SI NO SI NO

5 SI NO SI NO

6 SI NO SI NO

7 SI NO SI NO

8 SI NO SI NO

9 SI NO SI NO

10 SI NO SI NO

11 SI NO SI NO

12 SI NO SI NO

13 SI NO SI NO

14 SI NO SI NO

15 SI NO SI NO

(1) ¿Esta persona figura en el listado de personal cubierto por la ART entregado en el Certificado correspondiente al mes anterior o ha presentado su cobertura por accidentes personales? (2) ¿Esta persona figura en el listado de asistencia diaria del Contratista en el Obrador?

Observaciones:

Firma Autorizada y Aclaración Firma y Sello

Inspección de Obras Empresa Contratista

IdO 1-005/01-2004

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PARTE DIARIO Nº

Obra: Nº de Proyecto: Zona: Inspector:

Fecha: Contratista: Referencia:

DÍA: Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado TIEMPO: Soleado Nublado LLuvia Humedad: Seco Moderado Húmedo Temp.: 5º 10º 20º 30º Viento: Tranquilo Moderado Fuerte

Plantel y Equipos : Cantidad de Frentes: Contratista/Sub-Contratista

Equipos Operarios

Capataces

Observaciones

Actividades de Construcción:

Condiciones de Seguridad e Higiene :

Eventos Extraordinarios:

Visitas:

Presencia del Responsable de H&S del Contratista SI NO

Firma Autorizada y Aclaración Firma y Sello

Inspección de Obras Empresa Contratista

IdO 1-004/01-2004

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NOTA DE PEDIDO Nº

Obra: Nº de Proyecto: Zona:

Fecha: Contratista: Referencia:

Firma Autorizada y Aclaración Firma y Sello

Inspección de Obras Empresa Contratista

IdO 1-003/01-2004

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ORDEN DE SERVICIO Nº

Obra: Nº de Proyecto: Zona:

Fecha: Contratista: Referencia:.

Firma Autorizada y Aclaración Firma y Sello

Inspección de Obras Empresa Contratista

IdO 1-002/01-2004

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ACTA DE REUNIÓN DE PRECONSTRUCCION

Obra: Nº de Proyecto: Zona:

Fecha: Contratista: Referencia:

EMPRESA NOMBRE DE LOS ASISTENTES FIRMAGerencias de Obras Dirección Regional Distrito

AYSA: EMPRESA

CONTRATISTA:

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PREVIO AL INICIO FÍSICO DE LA OBRA Acción

Documento Fecha de Entrega Contratista AySA

Comentarios

1 Pólizas de Seguros (Constancia Depto. Seguros AySA)

a) Responsabilidad Civil

b) Automotores

c) Todo Riesgo, Construcción y Montaje

d) Accidentes de Trabajo

2 Organigrama y CV’s (Personal Jerárquico y Asistentes)

3 Subcontratistas (Antecedentes)

4 Plan de Trabajos

5 Partición en Zonas o Cuencas

6 Cómputo Detallado (análisis por cuadra)

7 Programa de Cateos

8 Metodologías Constructivas

9 Programa de Presentación de Ingeniería Constructiva

10 Responsables de la elaboración de la Ing. Constructiva

11 Listado de materiales a instalar (Marcas y Proveedores)

12 Programa de Provisión de Suministros

13 Fabricante de Piezas Especiales de Acero

14 Listado de Personal por Frente de Trabajo

15 Localización del Obrador

16 Trámites y Permisos

17 Relevamiento Fotográfico

18 Curva de Inversión

19 Análisis de Precios

20 Programa de Seguridad e Higiene en el Trabajo

21 Programa de Protección Ambiental

22 Plan de Control de Calidad

23 Letreros Identificatorios de la Obra

24 Comunicación por Radio (listado de números)

25 Temas Varios

IdO 1-001/01-2004

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 1/2 AySA S O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-016

“Evaluación Final de Obra” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

Proceso: Gestión de Obras Contratadas por AySA Sub-proceso: Inspección de Obras Procedimiento: “Evaluación Final de Obra” Responsable: Dirección de Contrataciones – Gerencias de Obras I. OBJETIVO Y ALCANCE Establecer los criterios para que la Inspección de Obras proceda a realizar la evaluación integral y final de los principales aspectos del desarrollo de la obra. II. ÁREAS INVOLUCRADAS Gerencias de Obras – Inspección de Obras III. NORMA No Aplicable IV. PERSONAL INTERVINIENTE Inspector Jefe de Zona V. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA Contrato de Locación de Obra Pliego de Bases y Condiciones Generales Pliego de Condiciones Particulares Especificaciones Técnicas Generales Especificaciones Técnicas Particulares

VI. FORMULARIOS A UTILIZAR IdO 1-024/01-2004 VII. PROCEDIMIENTO

18/11/08 6:42 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 2/2 AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-016

“Evaluación Final de Obra” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

ITEM MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER RESPONSABLE

1 Una vez finalizada la ejecución de la obra, la Inspección de Obras completará el Informe de Evaluación a Fin de Obra. Que se deje constancia escrita de la evaluación de la obra finalizada. Inspector

Jefe de Zona

2

Este documento (IdO 024) tiene por objeto dejar identificada de manera clara y sumarizada los principales aspectos del desarrollo de la obra. Los principales rubros a ser evaluados son: Conducción y organización general Subcontratación Ingeniería Constructiva Programación y planificación Frentes de Trabajo y Recursos Asignados Reclamos Documentación Conforme a Obra Sanciones Indices de conformidad

Se incluye además un anexo específico para la evaluación del cumplimiento en materia de H&S.

Que se detallen los principales aspectos relevados para cada rubro preestablecido.

Inspector Jefe de Zona

3 El resultado de este informe será presentado por el Jefe de Zona al Responsable de la Empresa Contratista para informarlo de la evaluación merecida por parte de la Inspección de Obras.

Que la Empresa Contratista tome conocimiento de la evaluación realizada por la Inspección de Obras para tomar acciones correctivas en obras futuras.

Inspector Jefe de Zona

4 El Jefe de Zona enviará copia de este informe al Responsable de Proyecto correspondiente y al Gerente de Obras que corresponda. Que se mantenga informados a los responsables de los proyectos. Jefe de Zona

18/11/08 6:42 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 1/2 AySA S O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-015 “Recepción Definitiva”

VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

Proceso: Gestión de Obras Contratadas por AySA Sub-proceso: Inspección de Obras Procedimiento: “Recepción Definitiva” Responsable: Dirección de Contrataciones – Gerencias de Obras I. OBJETIVO Y ALCANCE Definir los circuitos administrativos para que la Inspección de Obras realice la Recepción Definitiva, una vez transcurrido el plazo de garantía previsto en la documentación contractual. II. ÁREAS INVOLUCRADAS Gerencias de Obras – Inspección de Obras III. NORMA El Pliego de Bases y Condiciones Generales indica que: “Transcurrido el plazo de garantía, tendrá lugar la Recepción Definitiva, que se efectuará con los mismos procedimientos que la Provisoria, previa comprobación del buen estado de las obras y verificación del correcto funcionamiento de las instalaciones”. IV. PERSONAL INTERVINIENTE Inspector Jefe de Zona Responsable de Proyecto Gerente de Obras que corresponda V. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA Contrato de Locación de Obra Pliego de Bases y Condiciones Generales Pliego de Condiciones Particulares Especificaciones Técnicas Generales Especificaciones Técnicas Particulares

VI. FORMULARIOS A UTILIZAR IdO 1-023/01-2004 VII. PROCEDIMIENTO

18/11/08 6:41 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 2/2 AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-015 “Recepción Definitiva”

VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

ITEM MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER RESPONSABLE

1 Una vez transcurrido el plazo de garantía previsto en la documentación contractual, la Inspección de Obras preparará el Acta de Recepción Definitiva.

Que se cumpla con los procedimientos y plazos previstos contractualmente. Jefe de Zona

2

Previamente, la Inspección de Obras asegurará que la Empresa Contratista haya resuelto satisfactoriamente todas las observaciones y/o reclamos surgidos durante el período de garantía. Para asegurarlo, enviará un mail al Distrito y/o Región correspondiente informando el vencimiento del plazo de garantía, y otorgando un plazo perentorio para transmitir objeciones y/o avalar la Recepción.

Que se verifique previamente el buen estado de las obras y su correcto funcionamiento. Jefe de Zona

3 El Acta de Recepción Definitiva se confeccionará en tres ejemplares y será firmada por el Responsable de Proyecto, por la Inspección de Obras y por el Responsable de la Empresa Contratista, manteniendo cada una de las partes un original en su poder.

Que las partes intervinientes manifiesten su conformidad y conserven un ejemplar para su archivo.

Jefe de Zona Responsable de

Proyecto

18/11/08 6:41 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 1/2 AySA S O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-014 “Recepción Provisoria”

VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

Proceso: Gestión de Obras Contratadas por AySA Sub-proceso: Inspección de Obras Procedimiento: “Recepción Provisoria” Responsable: Dirección de Contrataciones – Gerencias de Obras I. OBJETIVO Y ALCANCE Definir los circuitos administrativos para que la Inspección de Obras realice la Recepción Provisoria de la obra terminada. II. ÁREAS INVOLUCRADAS Gerencias de Obras – Inspección de Obras III. NORMA El Pliego de Bases y Condiciones Generales indica que “Si las obras se encontraran terminadas con arreglo al contrato, …, podrá realizarse la Recepción Provisoria, dejándose constancia de tal circunstancia en el Acta, a efectos de la correcta terminación dentro del plazo que se fijará allí”. IV. PERSONAL INTERVINIENTE Inspector Jefe de Zona Responsable de Proyecto Gerente de Obras que corresponda V. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA Contrato de Locación de Obra Pliego de Bases y Condiciones Generales Pliego de Condiciones Particulares Especificaciones Técnicas Generales Especificaciones Técnicas Particulares

VI. FORMULARIOS A UTILIZAR IdO 1-022/01-2004 VII. PROCEDIMIENTO

18/11/08 6:41 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 2/2 AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-014 “Recepción Provisoria”

VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

ITEM MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER RESPONSABLE

1 Una vez firmada el “Acta de Constatación y Transferencia” y previa verificación que se encuentren subsanadas las eventuales observaciones que se hubieran indicado en dicho documento, la Inspección de Obras preparará el Acta de Recepción Provisoria.

Que se verifique previamente el cumplimiento por parte de la Empresa Contratista de las eventuales observaciones que se hubieran detectado.

Inspector Jefe de Zona

2 En dicho Acta se expresará claramente la fecha en la cual se otorga la Recepción Provisoria, a partir de la cual comenzará a regir el plazo de garantía.

Que se establezca claramente la fecha a partir de la cual se contabiliza el plazo de garantía establecido en la documentación contractual.

Inspector Jefe de Zona

3 El Acta de Recepción Provisoria se confeccionará en tres ejemplares y será firmada por el Responsable de Proyecto, por la Inspección de Obras y por el Responsable de la Empresa Contratista.

Que todas las partes intervinientes presten su conformidad. Inspector Jefe de Zona

4 Tal como se expresa en el texto del Acta, la misma se firma ad-referéndum del Gerente de Obras que corresponda. El Responsable de Proyecto correspondiente gestionará la aprobación definitiva requiriendo la firma del Gerente de Obras que corresponda en los tres ejemplares.

Que se obtenga la aprobación definitiva por parte del Gerente de Obras que corresponda.

Responsable de Proyecto

5 Una vez obtenida la aprobación definitiva, el Responsable de Proyecto guardará un ejemplar para su archivo y remitirá los otros dos ejemplares restantes a la Inspección de Obras, quien archivará uno y entregará el restante a la Empresa Contratista.

Que cada parte cuente con un original del acta firmada. Jefe de Zona

Responsable de Proyecto

18/11/08 6:41 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 1/3 AySA S O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-013 “Transferencia / Constatación de Obra

Terminada” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

Proceso: Gestión de Obras Contratadas por AySA Sub-proceso: Inspección de Obras Procedimiento: “Transferencia / Constatación de Obra Terminada” Responsable: Dirección de Contrataciones – Gerencias de Obras I. OBJETIVO Y ALCANCE Establecer los lineamientos para que la Inspección de Obras lleve a cabo la transferencia de la obra terminada al Cliente Interno (Distrito y/o Dirección que corresponda en cada caso). II. ÁREAS INVOLUCRADAS Gerencias de Obras – Inspección de Obras / Distrito – Direcciones Regionales III. NORMA No aplicable IV. PERSONAL INTERVINIENTE Inspector Jefe de Zona V. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA Contrato de Locación de Obra Pliego de Bases y Condiciones Generales Pliego de Condiciones Particulares Especificaciones Técnicas Generales Especificaciones Técnicas Particulares

VI. FORMULARIOS A UTILIZAR IdO 1-021/01-2004 VII. PROCEDIMIENTO

18/11/08 6:41 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 2/3 AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-013

“Transferencia / Constatación de Obra Terminada” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

ITEM MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER RESPONSABLE

1 A la finalización de la ejecución total de la obra, o de las partes de obra previamente definidas cuando se hayan pautado recepciones parciales, la Inspección de Obras realizará una recorrida conjunta con el Cliente Interno (Distrito y/o Dirección que corresponda en cada caso).

Que el Cliente Interno revise la obra terminada previo a la habilitación al servicio.

Inspector Jefe de Zona

2 La Inspección de Obras convocará a esta recorrida al Responsable de la Empresa Contratista.

Que se encuentre presente para comunicarle in-situ las observaciones o comentarios que merezca la revisión de la obra.

Inspector Jefe de Zona

3 El objetivo de esta recorrida es obtener la conformidad del Cliente Interno respecto a la obra o partes de la misma que se encuentren en condiciones de ser transferidas, esto es, que se encuentren en condiciones de ser habilitadas al servicio.

Que el Cliente Interno manifieste su conformidad para que se le transfieran las obras terminadas.

Inspector Jefe de Zona

4 De no mediar observaciones por parte del Cliente Interno, la Inspección de Obras elaborará el Acta de Constatación / Transferencia de la Obra.

Que se deje constancia de la recorrida conjunta realizada y de la transferencia de la obra.

Inspector Jefe de Zona

5

De detectarse observaciones menores que no impliquen consecuencias en la habilitación del servicio, la Inspección de Obras podrá elaborar el Acta de Constatación / Transferencia de la Obra, dejando expresa constancia de las no-conformidades relevadas y comunicará las mismas por Orden de Servicio al Contratista indicando el plazo perentorio para la subsanación correspondiente.

Que se deje constancia de las observaciones menores y que se exija su subsanación, sin inhibir la correspondiente transferencia.

Inspector Jefe de Zona

18/11/08 6:41 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 3/3 AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-013

“Transferencia / Constatación de Obra Terminada” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

ITEM MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER RESPONSABLE

6

De detectarse anomalías que impidan la habilitación del servicio, la Inspección de Obras comunicará las mismas por Orden de Servicio al Contratista indicando el plazo perentorio para la subsanación correspondiente y luego de verificar su efectivo cumplimiento, convocará a una nueva recorrida conjunta con el Cliente Interno.

Que se corrijan todas las deficiencias detectadas previo a la transferencia correspondiente.

Inspector Jefe de Zona

7 El Acta de Constatación / Transferencia servirá a su vez de constancia fehaciente de entrega por parte de la Inspección de Obras de los Planos Conforme a Obra correspondientes, para lo cual indicará expresamente la cantidad y los números de planos que se entregan.

Que se deje constancia de la entrega de la documentación conforme a obra.

Inspector Jefe de Zona

8 En el Acta de Constatación / Transferencia se indicará la fecha a partir de la cual comienza a regir el período de garantía contractual. No se llevará a cabo la recepción si previamente no se encuentra aprobada el Acta de Constatación / Transferencia.

Que se establezca la fecha a partir de la cual la obra entrará en etapa de garantía.

Inspector Jefe de Zona

9

El Acta de Constatación / Transferencia se hará por duplicado o triplicado según corresponda, firmando la Inspección de Obras en representación de la Gerencia de Obras que corresponda y el representante del Cliente Interno (Distrito o Dirección que corresponda en cada caso).

Que las partes establezcan fehacientemente su conformidad. Inspector Jefe de Zona

10 Un ejemplar quedará en poder de la Inspección de Obras (para ser posteriormente adjuntado al Acta de Recepción Provisoriacorrespondiente) y los otros ejemplares serán entregados al Cliente Interno.

Que cada parte interviniente cuente con un documento de constancia del acto realizado.

Inspector Jefe de Zona

18/11/08 6:41 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 1/3 AySA S O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-012

“Planos Conforme a Obra” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

Proceso: Gestión de Obras Contratadas por AySA Sub-proceso: Inspección de Obras Procedimiento: “Planos Conforme a Obra” Responsable: Dirección de Contrataciones – Gerencias de Obras I. OBJETIVO Y ALCANCE Definir los circuitos administrativos y responsabilidades para la revisión y distribución, por parte de la Inspección de Obras, de los Documentos Conforme a Obra elaborados por la Empresa Contratista. II. ÁREAS INVOLUCRADAS Gerencias de Obras – Inspección de Obras III. NORMA En las Especificaciones Técnicas Generales se definen a los Planos Conforme a Obra como los “Planos de Ejecución y Construcción que se actualicen durante la obra para delinear el estado real de la construcción en el momento de la finalización”. IV. PERSONAL INTERVINIENTE Inspector Jefe de Zona Responsable de Proyecto V. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA Contrato de Locación de Obra Pliego de Bases y Condiciones Generales Pliego de Condiciones Particulares Especificaciones Técnicas Generales Especificaciones Técnicas Particulares

VI. FORMULARIOS A UTILIZAR No Aplicable. VII. PROCEDIMIENTO

18/11/08 6:40 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 2/3 AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-012

“Planos Conforme a Obra” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

ITEM MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER RESPONSABLE

1

A la finalización de la ejecución total de la obra, o de las partes de obra previamente definidas cuando se hayan pautado recepciones parciales, la Inspección de Obras exigirá a la Empresa Contratista la presentación de los Planos Conforme a Obra, siendo condición sine qua non para otorgar la Recepción Provisoria.

Que la obra terminada cuente con sus respectivos planos conforme correspondientes.

Inspector Jefe de Zona

2

Los Planos Conforme a Obra deberán ejecutarse de acuerdo al documento “Normas para Producción de Planos por Dibujo Asistido por Computadora – Autocad” y con las normas mínimas de contenido y detalle enunciadas en el artículo 1.3.3 de las Especificaciones Técnicas Generales.

Que se exija el cumplimiento de los requisitos establecidos para este tipo de presentaciones conforme a la documentación contractual.

Inspector Jefe de Zona

3 La Empresa Contratista presentará mediante Nota de Pedido una versión preliminar de los Planos sometiéndola a la aprobación de la Inspección de Obras.

Que la presentación se canalice por el documento de comunicación establecido contractualmente.

Inspector Jefe de Zona

4 La Inspección de Obras revisará y aprobará dichos planos, verificando la exactitud de los datos allí volcados con la realidad del trabajo de campo y basándose para ello en los diagramas de cuadra de ejecución previamente aprobadas.

Que se verifique la veracidad de los datos volcados a los Planos Conforme a Obra.

Inspector Jefe de Zona

5 La Inspección de Obras transmitirá por Orden de Servicio al Contratista la aprobación de los Planos Conforme a Obra en su versión preliminar, y le indicará el número de plano asignado por la Gerencia de Proyectos de AySA.

Que la devolución se canalice por el documento de comunicación establecido contractualmente.

Inspector Jefe de Zona

6 La Empresa Contratista procederá entonces a presentar, mediante Nota de Pedido, la versión definitiva en: a) soporte magnético, b) un juego en film poliéster y c) cuatro copias adicionales. El original y las copias deberán ser firmados por el Representante Técnico de la Empresa.

Que se cuente con la cantidad y tipo de documentos requeridos contractualmente.

Inspector Jefe de Zona

18/11/08 6:40 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 3/3 AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-012

“Planos Conforme a Obra” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

ITEM MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER RESPONSABLE

7 El Jefe de Zona firmará todos los ejemplares de los Planos Conforme a Obra y a su vez le solicitará la firma al Responsable de Proyecto.

Que la Inspección y el Responsable de Proyecto manifiesten su conformidad con la documentación correspondiente.

Inspector Jefe de Zona

8

El Jefe de Zona procederá luego a realizar la siguiente distribución adjunto a un memorándum interno: a) Soporte Magnético y original en poliéster a la Gerencia de

Proyectos. b) Una copia a la Dirección Regional. c) Una copia al Distrito (si correspondiese). d) Una copia al sector de AA que corresponda, tales como DayS,

Grandes Conductos, etc. e) La copia restante queda para archivo en la Inspección de Obras.

Que cada uno de los sectores intervinientes que posteriormente necesitarán acceder a la información de consulta, cuenten con un ejemplar de los documentos.

Inspector Jefe de Zona

18/11/08 6:40 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 1/2 AySA S O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-011

“Control Presupuestario” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

Proceso: Gestión de Obras Contratadas por AySA Sub-proceso: Inspección de Obras Procedimiento: “Control Presupuestario” Responsable: Dirección de Contrataciones – Gerencias de Obras I. OBJETIVO Y ALCANCE Definir los procedimientos de seguimiento y control de los presupuestos de las obras por parte de la Inspección de Obras. II. ÁREAS INVOLUCRADAS Gerencias de Obras – Inspección de Obras III. NORMA No Aplicable IV. PERSONAL INTERVINIENTE Inspector Jefe de Zona Responsable de Proyecto V. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA Contrato de Locación de Obra Pliego de Bases y Condiciones Generales Pliego de Condiciones Particulares Especificaciones Técnicas Generales Especificaciones Técnicas Particulares

VI. FORMULARIOS A UTILIZAR IdO 1-019/1-2004; IdO 1-020/1-2004 VII. PROCEDIMIENTO

18/11/08 6:40 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 2/2 AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-011

“Control Presupuestario” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

ITEM MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER RESPONSABLE

1 En la reunión de pre-construcción la Inspección de Obras le solicitará a la Empresa Contratista el cómputo detallado de la obra a ejecutar el que incluirá un análisis para cada cuadra. Esto permitirá determinar lo que se denomina el partidímetro actualizado y obtener el monto “Objetivo”.

Que se cuente con información detallada de manera de poder obtener el monto esperado a fin de obra y hacer un seguimiento de la evolución del proyecto sobre dicha base.

Inspector Jefe de Zona

2 El Jefe de Zona volcará este desarrollo detallado a una planilla propia de seguimiento y control y trasladará el total para cada partida al formulario IdO 019, tanto en valoración cuantitativa como económica.

Que se centralice la información en un documento único que permita una actualización mensual de manera de poder anticipadamente evaluar una tendencia.

Inspector Jefe de Zona

3 Luego de cada cierre de medición, y una vez aprobadas los correspondientes diagramas de cuadra del mes, el Jefe de Zona actualizará el formulario IdO 019 con la cantidad real y la cantidad certificada para cada partida y para el mes en cuestión.

Que se actualice mensualmente la información con los datos reales de avance de cada mes (tanto en cantidades como en su valoración económica).

Inspector Jefe de Zona

4 El Jefe de Zona reflejará en un gráfico (modelo IdO 020) los valores de monto de contrato y monto objetivo estimados para cada mes de obra y el avance real de la certificación acumulada.

Que se presenten los datos sumarizados y mediante una representación gráfica de rápida y fácil interpretación.

Inspector Jefe de Zona

5 Mensualmente enviará copia de estos documentos al Responsable de Proyecto para su propio seguimiento y control, informándole sobre los principales eventos que pudieran estar comprometiendo los objetivos previstos.

Que se informe mensualmente al Responsable de Proyecto para que se adopten en tiempo y forma las acciones necesarias.

Inspector Jefe de Zona

Responsable de Proyecto

18/11/08 6:40 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 1/7 AySA S O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-010

“Medición y Certificación de las Obras” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

Proceso: Gestión de Obras Contratadas por AySA Sub-proceso: Inspección de Obras Procedimiento: “Medición y Certificación de las Obras” Responsable: Dirección de Contrataciones – Gerencias de Obras I. OBJETIVO Y ALCANCE Definir los circuitos administrativos y responsabilidades para la medición y certificación mensual de los avances de las obras. II. ÁREAS INVOLUCRADAS Gerencias de Obras – Inspección de Obras / Dirección de Administración y Finanzas – Cuentas a Pagar III. NORMA En el Pliego de Bases y Condiciones Generales se define a la medición como “la justificación del avance de los trabajos realizados”, la cual sirve como base para la elaboración del certificado, instrumento mediante el cual se le abona al Contratista por el avance ejecutado. IV. PERSONAL INTERVINIENTE Inspector Jefe de Zona Responsable de Proyecto V. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA Contrato de Locación de Obra Pliego de Bases y Condiciones Generales Pliego de Condiciones Particulares Especificaciones Técnicas Generales Especificaciones Técnicas Particulares

VI. FORMULARIOS A UTILIZAR IdO 1-009/01-2004; IdO 1-010/01-2004; IdO 1-011/01-2004; IdO 1-012/01-2004; IdO 1-013/01-2004; IdO 1-014/01-2004; IdO 1-015/01-2004; IdO 1-016/01-2004; IdO 1-017/01-2004; IdO 1-018/01-2004 VII. PROCEDIMIENTO

18/11/08 6:40 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 2/7 AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-010

“Medición y Certificación de las Obras” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

ITEM MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER RESPONSABLE

MEDICIÓN

1 La medición de avance de los trabajos realizados se efectuará el día 20 (veinte) de cada mes, o el primer día hábil siguiente si éste fuera feriado o no laborable. Será efectuada de manera conjunta entre el Inspector asignado a la obra y el Responsable de la Empresa Contratista.

Que ambas partes intervinientes obtengan una medición consensuada de los trabajos ejecutados. Inspector

2 Para ello, previamente la Inspección de Obras le exigirá a la Empresa Contratista la presentación de los diagramas de cuadra (planchetas) completos, según el modelo que corresponda en cada caso (IdO 010, IdO 011, IdO 012, IdO 013), para que se otorgue conformidad.

Que se cuente con la documentación respaldatoria y detallada de la medición a efectuar. Inspector

3

Las cantidades de obra ejecutada de cada partida reflejadas en el Acta de Medición, corresponden a la sumatoria de los valores reales medidos y reflejados en los diagramas de cuadra, a los que previamente se les aplicó el porcentaje de certificación establecido para cada una de ellas en los Pliegos de Condiciones Particulares.

Que se procesen para certificación los valores correspondientes a la aplicación de las condiciones previstas contractualmente.

Inspector Jefe de Zona

4 El Jefe de Zona elaborará una planilla de sustento de los valores volcados al Acta que resuma las cantidades medidas e indicadas en los correspondientes diagramas de cuadra y a las que se les aplican los porcentajes de certificación correspondientes.

Que se cuente con la información respaldatoria de las cantidades volcadas al Acta de Medición.

Inspector Jefe de Zona

5 Se dejará constancia de la medición en un Acta firmada conjuntamente por el Responsable de la Empresa Contratista y por la Inspección de Obras (el Inspector o Jefe de Zona correspondiente). Para ello se utilizará el formulario IdO 014.

Que se deje constancia fehaciente en un documento firmado por las partes.

Inspector Jefe de Zona

18/11/08 6:40 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 3/7 AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-010

“Medición y Certificación de las Obras” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

ITEM MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER RESPONSABLE

6

En caso de discrepancia, se elaborará el Acta con las cantidades que indique la Inspección, firmando el Contratista en disconformidad y analizándose luego las diferencias. Un certificado intermedio tiene un valor de pago a cuenta o parcial y cualquier error o diferencia puede corregirse en un certificado posterior o en el certificado de cierre.

Que se eviten demoras en la certificación del mes en proceso. Inspector Jefe de Zona

7 El Acta de Medición se completará únicamente cuando haya habido trabajos en condiciones de certificarse desde la última medición, caso contrario no se efectúa Acta alguna.

Que se deje constancia exclusivamente de la ejecución real de los trabajos y se evite documentación superflua.

Inspector Jefe de Zona

8 El Acta de Medición llevará una numeración correlativa y cronológica desde la primera medición. Que se mantenga un registro ordenado. Inspector

Jefe de Zona

9 El Acta de Medición se completará y firmará por duplicado, quedando un ejemplar en poder de la Inspección de Obras y el otro para la Empresa Contratista, la que será adjuntada al certificado correspondiente.

Que cada parte cuente con su ejemplar debidamente firmado por ambos.

Inspector Jefe de Zona

ESTIMACIÓN DE CERTIFICACIÓN

10

Dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores a la firma del Acta de Medición, la Inspección de Obras comunicará al Responsable de Proyecto y a la Gerencia de Control de Gestión la estimación del monto que se espera certificar en función de los trabajos medidos. A tal fin, se utiliza el formulario IdO 015 que será transmitido vía correo electrónico.

Que se puedan estimar anticipadamente las certificaciones a esperar en el mes en proceso. Jefe de Zona

18/11/08 6:40 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 4/7 AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-010

“Medición y Certificación de las Obras” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

ITEM MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER RESPONSABLE

11

Las estimaciones de certificación se elaborarán y enviarán todos los meses a partir de la Orden de Inicio, aún cuando no haya habido trabajos en condiciones de certificarse y en consecuencia no se haya labrado Acta de Medición. En este caso se enviará una estimación con valor cero y número de certificado N/A (No Aplicable).

Que anticipadamente se pueda saber que la obra no certificará en el mes en proceso. Jefe de Zona

CERTIFICADO DE PAGO

12 Dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores al cierre de la medición, el Contratista presentará el correspondiente Certificado de Pago. Que se cumpla con los plazos previstos contractualmente. Inspector

Jefe de Zona

13 Los Certificados de Pago llevarán numeración correlativa desde el primer certificado, iniciando con el N° 1. Que se mantenga un registro ordenado y consecutivo. Inspector

Jefe de Zona

14 La Inspección de Obras exigirá que la Empresa Contratista presente el Certificado de Pago mediante Nota de Pedido. Sobre este documento y en la carátula del certificado indicará claramente la fecha de recepción del mismo.

Que se pueda determinar de manera fehaciente la fecha real a partir de la cual se contabilizarán los plazos previstos para el proceso.

Inspector Jefe de Zona

15

Los Certificados de Pago se encontrarán constituidos por dos partes fundamentales, designadas como: Parte A) Cuerpo Principal (Se deberá presentar un original y tres

copias) Parte B) Anexos (Se presentará sólo un original)

Que se cuente con la cantidad de ejemplares necesarios para su posterior distribución.

Inspector Jefe de Zona

18/11/08 6:40 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 5/7 AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-010

“Medición y Certificación de las Obras” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

ITEM MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER RESPONSABLE

16

El Cuerpo Principal (Parte A) contendrá los siguientes documentos, presentados en el orden que aquí se indica: A1) Carátula del Certificado, según modelo IdO 016 A2) Certificado de Pago propiamente dicho, según modelo IdO 017

(Cabe aclarar que sólo la última hoja de este documento, denominada “Hoja Resumen” debe contener firma original en todos los ejemplares).

A3) Acta de Medición, según modelo IdO 014. A4) Memoria del Certificado, incluyendo los diagramas de cuadra según

el modelo que corresponda en cada caso: IdO 010, IdO 011, IdO 012, IdO 013.

A5) Acta de Adicional, si corresponde, según modelo IdO 009.

Que se cuente con todos los elementos requeridos y de manera ordenada para facilitar su posterior control.

Inspector Jefe de Zona

17

Los Anexos (Parte B) contendrán los siguientes documentos, en conformidad al Artículo 93 del PBCG, presentados en el orden que aquí se indica, separando con carátulas cada anexo. En caso de existir subcontratación, dentro de cada anexo se deberán separar e identificar claramente los documentos Empresa por Empresa. Todas las hojas deben ser firmadas en original por el Responsable de la Empresa Contratista. B1) Listado del personal que haya trabajado en las obras durante el

período comprendido en el certificado presentado, según modelo IdO 018.

B2) Copia de las constancias de pago de las remuneraciones. B3) Copia de los documentos que acrediten el pago al sistema de

seguridad social y al fondo de desempleo. B4) Control de pólizas de seguros, mediante certificado emitido por el

Departamento de Seguros de AySA y copia del recibo de pago actualizado de cada uno de los seguros requeridos.

B5) Constancia emitida por la ART del personal cubierto por el Seguro de Riesgos del Trabajo durante el período.

B6) Constancia bancaria que el Contratista y/o en su caso el Subcontratista autorizado, es titular de una cuenta corriente.

Que se cuente con todos los elementos requeridos y de manera ordenada para facilitar su posterior control.

Inspector Jefe de Zona

18/11/08 6:40 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 6/7 AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-010

“Medición y Certificación de las Obras” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

ITEM MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER RESPONSABLE

18 Cuando la presentación corresponda al último Certificado de Pago de la obra, el Contratista deberá indicar claramente en la carátula y en todos los elementos constitutivos del Cuerpo Principal que corresponda, el N° del Certificado seguido de la palabra “FINAL”.

Que se establezca claramente el cierre final de la certificación. Inspector Jefe de Zona

19 El Inspector y/o el Jefe de Zona controlarán exhaustivamente el Certificado recibido, verificando el cumplimiento de todos los requisitos enunciados precedentemente.

Que se asegure la conformidad de la documentación presentada con los requisitos establecidos.

Inspector Jefe de Zona

20

Si el contenido o la forma de presentación no es la correcta, la Inspección de Obras devolverá el certificado mediante Orden de Servicio indicando claramente las razones. El proceso se reiniciará con una nueva presentación del Contratista mediante Nota de Pedido, modificando previamente las observaciones instruidas.

Que se determine claramente la interrupción de los plazos de procesamiento por incumplimiento del Contratista.

Inspector Jefe de Zona

21

Por el contrario, de no mediar observaciones, el Jefe de Zona dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores a la última fecha de recepción del Certificado, enviará una carta dirigida al Responsable de Proyecto a la cual adjuntará los siguientes documentos: Cuerpo Principal (Parte A): el original y una copia. Anexos (Parte B): el único ejemplar Copia de la Nota de Pedido con que la Empresa Contratista presentó

el Certificado. Asimismo, si hubieran existido rechazos, se adjuntarán las copias de las Órdenes de Servicio emitidas con motivo de las devoluciones y de las Notas de Pedido consecuentes presentadas por el Contratista.

Que el Responsable de Proyecto reciba la documentación necesaria para proseguir con el procesamiento y pago. Jefe de Zona

18/11/08 6:40 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 7/7 AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-010

“Medición y Certificación de las Obras” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

ITEM MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER RESPONSABLE

22 El Jefe de Zona devolverá una copia del certificado a la Empresa Contratista mediante Orden de Servicio y la copia restante la mantendrá para su archivo.

Que se mantenga un archivo ordenado. Jefe de Zona

23

El Responsable de Proyecto controlará la documentación recibida y autorizará el Certificado de Pago a través de su firma. A su vez, lo distribuirá para la firma del Gerente de Obras que corresponda de Expansión, de la Gerencia de Control de Gestión y del Director de Contrataciones. La Gerencia de Obras que corresponda archiva el duplicado del Certificado con su correspondiente documentación anexa.

Que se cuente con todas las firmas requeridas para la liberación del Certificado.

Responsable de Proyecto

24

La Gerencia Control de Gestión, una vez que el certificado se encuentre firmado por el Director de Contrataciones, le enviará un Fax a la Contratista autorizándolo a presentar la factura del certificado en Cuentas a Pagar. Dicha factura deberá ser firmada previamente por el Responsable de Proyecto o por la Gerencia Control de Gestión.

Que se pueda proceder a la facturación previa necesaria para el pago. Control de Gestión

25 Concluido el trámite, se enviará el Certificado a la Dirección de Administración y Finanzas (Cuentas a Pagar) para el efectivo pago al Contratista.

Que se proceda finalmente a la efectivización de pago. Cuentas a Pagar

26 Cuentas a Pagar devolverá a la Gerencia Control de Gestión el original del Certificado para su archivo. Que se mantenga un archivo completo. Control de Gestión

18/11/08 6:40 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 1/2 AySA S O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-009

“Sanciones” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

Proceso: Gestión de Obras Contratadas por AySA Sub-proceso: Inspección de Obras Procedimiento: “Sanciones” Responsable: Dirección de Contrataciones – Gerencias de Obras I. OBJETIVO Y ALCANCE Establecer los lineamientos a seguir para la recomendación y aplicación a las Empresas Contratistas de las sanciones previstas en la documentación contractual. II. ÁREAS INVOLUCRADAS Gerencias de Obras – Inspección de Obras III. NORMA El Pliego de Bases y Condiciones Generales define bajo el término Sanciones a los siguientes casos: a) “Multas por incumplimientos de las obligaciones del Contratista”, b) “Multas por retrasos en la ejecución (ritmo de producción) de las obras” y c) “Multas por retrasos en la terminación de las obras”. IV. PERSONAL INTERVINIENTE Inspector Jefe de Zona Responsable de Proyecto V. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA Contrato de Locación de Obra Pliego de Bases y Condiciones Generales Pliego de Condiciones Particulares Especificaciones Técnicas Generales Especificaciones Técnicas Particulares

VI. FORMULARIO A UTILIZAR No Aplicable VII. PROCEDIMIENTO

18/11/08 6:39 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 2/2 AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-009

“Sanciones” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

ITEM MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER RESPONSABLE

1

El Jefe de Zona elevará al Responsable de Proyecto un informe escrito recomendando la aplicación de las multas previstas contractualmente. Este informe deberá mencionar la o las cláusulas de la documentación contractual en función de las cuales se recomienda la aplicación de la sanción.

Que el Responsable de Proyecto reciba formalmente la recomendación de la Inspección de Obras. Jefe de Zona

2 El informe de recomendación deberá explicitar con el mayor nivel de detalle y claridad posible los motivos que fundamentan la aplicación de la sanción.

Que se fundamente detalladamente la petición. Jefe de Zona

3

A dicho informe se le anexarán copias de todas la Órdenes de Servicio, Actas de Reunión, fotografías y/o todo aquel elemento o documento mediante el cual la Inspección de Obras le haya manifestado a la Empresa Contratista el incumplimiento que motiva la petición de sanción.

Que el Responsable de Proyecto pueda evaluar todos los elementos y/o documentos de sustento de la recomendación.

Inspector Jefe de Zona

4 El Jefe de Zona indicará en el informe de recomendación el valor económico de la sanción peticionada, calculada en función de los parámetros establecidos en la documentación contractual.

Que se apliquen los valores correspondientes a las previsiones contractuales para el tipo de incumplimento en cuestión. Jefe de Zona

5 El Responsable de Proyecto instruirá por escrito a la Inspección de Obras su decisión respecto a la recomendación recibida.

Que la Inspección de Obras tome conocimiento fehaciente de la decisión adoptada por el Responsable de Proyecto.

Responsable de Proyecto

6 En el caso que el Responsable de Proyecto otorgue procedencia a la recomendación, el Jefe de Zona emitirá una Orden de Servicio comunicándole a la Empresa Contratista la aplicación de la sanción y el monto correspondiente de la misma.

Que el Contratista tome conocimiento formal de la decisión adoptada. Inspector Jefe de Zona

18/11/08 6:39 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 1/3 AySA S O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-008

“Adicionales” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

Proceso: Gestión de Obras Contratadas por AySA Sub-proceso: Inspección de Obras Procedimiento: “Adicionales” Responsable: Dirección de Contrataciones – Gerencias de Obras I. OBJETIVO Y ALCANCE Definir los pasos a seguir para el tratamiento y curso de acción respecto a los eventuales adicionales de obra que surgieran durante el desarrollo de los trabajos. II. ÁREAS INVOLUCRADAS Gerencias de Obras – Inspección de Obras III. NORMA El Pliego de Bases y Condiciones Generales define a los Adicionales como aquellos “trabajos no previstos en los proyectos y/o contrato”. IV. PERSONAL INTERVINIENTE Inspector Jefe de Zona Responsable de Proyecto V. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA Contrato de Locación de Obra Pliego de Bases y Condiciones Generales Pliego de Condiciones Particulares Especificaciones Técnicas Generales Especificaciones Técnicas Particulares

VI. FORMULARIO A UTILIZAR IdO 1-009/01-2004 VII. PROCEDIMIENTO

18/11/08 6:39 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 2/3 AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-008

“Adicionales” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

ITEM MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER RESPONSABLE

1 La Empresa Contratista deberá someter a aprobación de la Inspección de Obras los trabajos adicionales que pudieran presentarse o que le hubieran sido solicitados, previo a la ejecución física de los mismos.

Que no se ejecuten trabajos adicionales sin una aprobación previa por parte de la Inspección de Obras.

Inspector Jefe de Zona

2

La Inspección de Obras exigirá que tal presentación sea cursada mediante Nota de Pedido, adjuntando los siguientes elementos acerca del adicional solicitado: a) Justificación técnica, b) Memoria descriptiva de los trabajos, c) Programación de las tareas, d) Valoración económica detallada por concepto.

Que el adicional esté debidamente fundamentado, contándose con toda la información necesaria para su análisis.

Inspector Jefe de Zona

3 El Jefe de Zona evaluará la documentación presentada por la Empresa Contratista y le elevará al Responsable de Proyecto un informe escrito de recomendación utilizando para ello el formulario IdO 009.

Que el Responsable de Proyecto tome conocimiento formal de la recomendación de la Inspección de Obras.

Inspector Jefe de Zona

Responsable de Proyecto

4

En este formulario el Jefe de Zona indicará claramente los siguientes conceptos: Motivo por el cual se produce el adicional. Descripción y alcance de los trabajos necesarios. Valoración económica del adicional tomando en cuenta, siempre

que sea posible, los valores que surgen de los análisis de precios presentados por la Contratista en su Oferta.

Plazo estimado de ejecución con indicación de una eventual derivación en una prórroga en el plazo contractual y en tal caso, de cuántos días.

Mención de la documentación de referencia en la que se basa la recomendación.

Copia de todos los intercambios de comunicaciones entre las partes con respecto a este adicional, así como de cualquier otro documento que se utilice en su análisis.

Que se le brinden al Responsable de Proyecto todos los fundamentos necesarios para el análisis correspondiente.

Inspector Jefe de Zona

5 El Responsable de Proyecto evaluará la documentación recibida y, de considerarla procedente, firmará el formulario recibido que le será remitido a la Inspección de Obras. En caso contrario describirá sobre el mismo documento las observaciones o comentarios que le merezca.

Que el Responsable de Proyecto transmita formalmente su decisión a la Inspección de Obras.

Responsable de Proyecto

18/11/08 6:39 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

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Procedimiento GTA-008

“Adicionales” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

ITEM MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER RESPONSABLE

6 En caso de aprobación del adicional, la Inspección de Obras adjuntará a una Orden de Servicio una copia del formulario de aprobación dando instrucción para que se proceda en consecuencia.

Que se transmita mediante la documentación contractual la procedencia del adicional.

Inspector Jefe de Zona

7 La Inspección de Obras exigirá al Contratista que el formulario de aprobación del adicional sea adjuntado al certificado de pago en el que se incluyan los trabajos adicionales.

Que el certificado cuente con la documentación respaldatoria necesaria para su aprobación, procesamiento y pago.

Inspector Jefe de Zona

18/11/08 6:39 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

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Procedimiento GTA-007 “Reuniones Periódicas”

VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

Proceso: Gestión de Obras Contratadas por AySA Sub-proceso: Inspección de Obras Procedimiento: “Reuniones Periódicas” Responsable: Dirección de Contrataciones – Gerencias de Obras I. OBJETIVO Y ALCANCE Establecer el objetivo, temario y alcance de las reuniones periódicas con la Empresa Contratista durante las cuales se revisan los aspectos relevantes de la ejecución de la obra. II. ÁREAS INVOLUCRADAS Gerencias de Obras – Inspección de Obras III. NORMA No aplicable IV. PERSONAL INTERVINIENTE Inspector Jefe de Zona Responsable de Proyecto V. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA Contrato de Locación de Obra Pliego de Bases y Condiciones Generales Pliego de Condiciones Particulares Especificaciones Técnicas Generales Especificaciones Técnicas Particulares

VI. FORMULARIO A UTILIZAR IdO 1-008/01-2004 VII. PROCEDIMIENTO

18/11/08 6:39 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 2/4 AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-007 “Reuniones Periódicas”

VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

ITEM MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER RESPONSABLE

1

A partir de la Orden de Inicio, el Jefe de Zona convocará a reuniones periódicas con la Empresa Contratista. Las reuniones son independientes para cada obra, aún cuando se trate del mismo Contratista. La frecuencia (semanal o quincenal) será determinada por el Jefe de Zona y comunicada al Contratista y al Responsable de Proyecto.

Que se establezca un contacto formal y periódico con la Empresa Contratista. Jefe de Zona

2

El Jefe de Zona convocará a dichas reuniones a los siguientes participantes: Responsable de la Empresa Contratista, Inspector a cargo, Responsable de Proyecto, Representante de la Dirección Regional y/o Distrito correspondiente. En cada caso decidirá, si es necesario en virtud de los temas a tratar, invitar a otros eventuales participantes.

Que participen todos los interlocutores válidos de las partes intervinientes. Jefe de Zona

3 La convocatoria a la reunión periódica será transmitida por el Jefe de Zona a los participantes mediante un mail enviado con 48 horas hábiles de anticipación y en el que se indicará claramente el día, hora y lugar de la reunión.

Que se comunique con debida antelación la ocasión de realización de la reunión. Jefe de Zona

4 La asistencia de un responsable de la Empresa Contratista es obligatoria en todos las reuniones. De no presentarse a la reunión sin una comunicación previa al Jefe de Zona de los motivos de su ausencia, se le cursará Orden de Servicio manifestando el incumplimiento.

Que se deje traza del eventual incumplimiento si el mismo no fuera debidamente justificado. Jefe de Zona

5 El Jefe de Zona, con la asistencia del Inspector asignado, preparará con anterioridad a esta reunión el temario a tratar en base al formulario de acta de reunión implementado para este fin (IdO 008).

Que se preparen los temas con antelación, identificando previamente los principales aspectos a tratar.

Jefe de Zona Inspector

18/11/08 6:39 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

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Procedimiento GTA-007 “Reuniones Periódicas”

VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

ITEM MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER RESPONSABLE

6

Los principales temas a ser analizados en la reunión son: Avance y Programación: Evaluación del ritmo de ejecución, del avance producido en el

período en cuestión y del avance acumulado a la fecha, en relación al programa de obra aprobado.

Identificación de las causales probables de retraso. Análisis de los medios humanos y materiales puestos a disposición

de la obra, evaluando si la cantidad asignada es suficiente como para garantizar la ejecución de los trabajos en tiempo y forma.

Temas Técnicos: Evaluación de la calidad de la ejecución de los trabajos. Indicación de las no-conformidades detectadas. Identificación de problemas de índole técnica. Análisis de las condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo y

Protección Ambiental. Transmisión y/o determinación del estado de los reclamos recibidos

de la Dirección Regional, Municipalidad, vecinos, etc. Temas Contractuales y/o Administrativos: Evaluación del estado de avance de las Presentaciones. Identificación de los permisos requeridos para las etapas de obra

subsiguientes. Análisis del curso de acción a adoptar frente a eventuales

incumplimientos graves o reiterados del Contratista. Desarrollo de la certificación de la obra. Evaluación de los eventuales desvíos económicos en relación al

monto contractual. Problemas Potenciales: Identificación de los eventuales problemas de cualquier índole,

presentes o futuros, para que se puedan adoptar las acciones correspondientes en tiempo y forma.

Otros: Desarrollo de temas varios que no encuadren estrictamente en

alguno de los ítems anteriores. Adjuntos: Se pueden presentar como adjuntos gráficas que representen el

avance acumulado de la obra frente al estimado previsto.

Que se desarrollen los temas relevantes de la ejecución de la obra con un detalle suficiente para su posterior seguimiento.

Jefe de Zona Inspector

18/11/08 6:39 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

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Procedimiento GTA-007 “Reuniones Periódicas”

VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

ITEM MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER RESPONSABLE

7 El Jefe de Zona tomará nota de los temas tratados durante la reunión y establecerá claramente en cada caso sobre quién recae la acción, para qué fecha se espera la respuesta y cuál es el estado del tema tratado (Abierto / Cerrado).

Que se identifiquen claramente las responsabilidades, acciones y plazos para el cumplimiento.

Inspector Jefe de Zona

8 La minuta correspondiente será firmada al cierre de la reunión por todos los participantes a quienes se les entregará una copia de la misma.

Que todos los intervinientes tomen conocimiento fehaciente de lo tratado en la reunión.

Inspector Jefe de Zona

9 En la Oficina de Zona se archivarán las minutas de reunión consecutiva y cronológicamente. Que se mantenga un archivo ordenado. Inspector

Jefe de Zona

10 Posteriormente, el Jefe de Zona tendrá a cargo el seguimiento del cumplimiento de lo pautado en esta reunión, verificando que cada responsable haya respondido en tiempo y forma a los compromisos asumidos y/o exigiendo las acciones pendientes.

Que se dé cumplimiento a los compromisos asumidos en la reunión. Inspector Jefe de Zona

18/11/08 6:39 y.11./P.11.

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Procedimiento GTA-006

“Seguimiento de Permisos” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

Proceso: Gestión de Obras Contratadas por AySA Sub-proceso: Inspección de Obras Procedimiento: “Seguimiento de Permisos” Responsable: Dirección de Contrataciones – Gerencias de Obras I. OBJETIVO Y ALCANCE Definir los mecanismos de control y seguimiento por parte de la Inspección de Obras y de la disponibilidad en tiempo y forma de los permisos necesarios para la ejecución de las obras. II. ÁREAS INVOLUCRADAS Gerencias de Obras – Inspección de Obras III. NORMA El Pliego de Bases y Condiciones Generales indica que “el Contratista deberá efectuar las gestiones necesarias ante las autoridades que correspondan para la obtención de todos los permisos para llevar a cabo las obras previstas en el Contrato”, y que “AYSA brindará el necesario apoyo al Contratista en las gestiones necesarias para la obtención de los permisos”. IV. PERSONAL INTERVINIENTE Inspector Jefe de Zona Gestor de Permisos V. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA Contrato de Locación de Obra Pliego de Bases y Condiciones Generales Pliego de Condiciones Particulares Especificaciones Técnicas Generales Especificaciones Técnicas Particulares

VI. FORMULARIOS A UTILIZAR No aplicable VII. PROCEDIMIENTO

18/11/08 6:38 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

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Procedimiento GTA-006

“Seguimiento de Permisos” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

ITEM MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER RESPONSABLE

1

La Inspección de Obras analizará y coordinará con la Empresa Contratista en la reunión de preconstrucción el estado de los permisos necesarios para la ejecución de las obras, estableciendo la tipología y fechas en las que los mismos serán requeridos conforme al plan de trabajos.

Que se asegure la identificación de todos los permisos necesarios y se establezcan las fechas necesarias en las que los mismos serán requeridos.

Inspector Jefe de Zona

2 La Inspección de Obras coordinará con el Gestor de Permisos la colaboración que la Empresa Contratista pudiera requerir del Comitente para la obtención de los mismos.

Que se le brinde a la Empresa Contratista la colaboración necesaria para la obtención de los permisos.

Inspector Jefe de Zona

Gestor de Permisos

3 El Gestor de Permisos mantendrá informada a la Inspección de Obras de todas aquellas tramitaciones en las que estuviera brindando colaboración a la Empresa Contratista, con la indicación de las fechas probables en las que los permisos requeridos podrían ser autorizados.

Que la Inspección de Obras se encuentre informada en todo momento de las gestiones que se estén llevando a cabo y que pueda organizar con la Empresa Contratista las actualizaciones de los planes de trabajo para las actividades vinculadas a las mismas.

Inspector Jefe de Zona

Gestor de Permisos

4 La Inspección de Obras exigirá a la Empresa Contratista la presentación mediante Nota de Pedido de todos los permisos otorgados y necesarios para la ejecución de las obras.

Que se mantenga un archivo de los mismos conforme a los medios de comunicación contractuales.

Inspector Jefe de Zona

5 La Inspección de Obras verificará que, en cada etapa de obra que así lo requiera, la Empresa Contratista cuente con el permiso correspondiente y que el mismo sea exhibido.

Que se impida la realización de actividades o tareas para las cuales no se encuentre expedido el permiso correspondiente.

Inspector Jefe de Zona

18/11/08 6:38 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

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Procedimiento GTA-005

“Revisión y Calificación de Presentaciones” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

Proceso: Gestión de Obras Contratadas por AySA Sub-proceso: Inspección de Obras Procedimiento: “Revisión y Calificación de Presentaciones” Responsable: Dirección de Contrataciones – Gerencias de Obras I. OBJETIVO Y ALCANCE Definir los circuitos administrativos y responsabilidades para la revisión y calificación por parte de la Inspección de Obras de cualquier documento que así lo requiera, conforme a lo indicado en las Especificaciones. II. ÁREAS INVOLUCRADAS Gerencias de Obras – Inspección de Obras III. NORMA En las Especificaciones Técnicas Generales se incluye dentro del término Presentaciones a “los Planos de Ejecución, cualquier cálculo y/o ingeniería de detalle, Planos de Taller, Planos de Ejecución en fábrica, Planos conforme a Obra, listas, gráficos, catálogos de materiales y/o equipos, hojas de datos, muestras y técnicas, que el Contratista debe entregar para recibir la aprobación de la Inspección de Obras, sin ser esta enumeración exhaustiva”. IV. PERSONAL INTERVINIENTE Inspector Jefe de Zona Ingeniero Revisor V. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA Contrato de Locación de Obra Pliego de Bases y Condiciones Generales Pliego de Condiciones Particulares Especificaciones Técnicas Generales Especificaciones Técnicas Particulares

VI. FORMULARIOS A UTILIZAR IdO 1-007/01-2004 VII. PROCEDIMIENTO

18/11/08 6:38 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

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Procedimiento GTA-005

“Revisión y Calificación de Presentaciones” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

ITEM MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER RESPONSABLE

1 La Inspección de Obras exigirá que la Empresa Contratista presente mediante Nota de Pedido todo documento que requiera revisión y calificación de su parte, conforme a lo indicado en las Especificaciones Técnicas. Deberá presentar tres ejemplares de cada documento.

Que todas las Presentaciones se canalicen a través del documento contractual de comunicación entre la Empresa Contratista y la Inspección de Obras.

Inspector Jefe de Zona

2 Se debe solicitar al Contratista que en el texto de la Nota de Pedido describa brevemente el tipo de presentación remitida, la instancia de la presentación (1°, 2° o 3°), el N° de documento y revisión de que se trate.

Que se pueda rápidamente asociar la Nota de Pedido con sus documentos adjuntos.

Inspector Jefe de Zona

3 La Inspección de Obras indicará sobre la Nota de Pedido la fecha en que la misma ha sido recepcionada con sus adjuntos correspondientes.

Que se establezca fehacientemente la fecha cierta a partir de la cual se deberán contar los plazos establecidos para devolución de las presentaciones.

Inspector Jefe de Zona

4

La Inspección de Obras remitirá los tres ejemplares del documento al Ingeniero Revisor designado, como adjunto al formulario IdO 007 y dentro de las 48 horas hábiles como máximo posteriores a la fecha de recepción de la Nota de Pedido con la que el documento haya sido recibido.

Que se eviten demoras administrativas, permitiendo un mayor tiempo para la evaluación y calificación por parte del Ingeniero Revisor.

Inspector Jefe de Zona

5

El Ingeniero Revisor evalúa la documentación y le asigna alguna de las siguientes calificaciones definidas en las Especificaciones Técnicas: a) “APROBADO PARA CONSTRUCCIÓN” (APC) b) “APROBADO PARA CONSTRUCCIÓN C/ COMENTARIOS” (ACC) c) “NO APROBADO” (NA) Las dos primeras inscripciones habilitan al Contratista a ejecutar las tareas comprendidas en la Presentación. La inscripción b) significa que el Contratista podrá ejecutar las tareas comprendidas en la presentación con la condición de realizar lo indicado en los comentarios. La inscripción “NO APROBADO” se hará con explicaciones y/u observaciones y no habilita al Contratista a ejecutar las tareas comprendidas en la Presentación, debiendo efectuar las correcciones señaladas y presentando nuevamente los documentos dentro de un plazo máximo de 7 días.

Que se defina claramente la calificación merecida por la presentación en cuestión para que el Contratista pueda actuar en consecuencia. Ingeniero Revisor

18/11/08 6:38 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 3/3 AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-005

“Revisión y Calificación de Presentaciones” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

ITEM MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER RESPONSABLE

5

El Ingeniero Revisor completa y firma en original el formulario IdO 007 y remite el mismo conjuntamente con dos juegos de los documentos calificados a la Inspección de Obras. Se debe tener en cuenta que entre la recepción y posterior devolución de las presentaciones al Contratista no debe mediar un plazo superior a los 14 días corridos.

Que se deje traza de la acción del Ingeniero Revisor y que se cumpla con los plazos establecidos en la documentación contractual. Ingeniero Revisor

6

La Inspección de Obras devuelve al Contratista un juego de las presentaciones calificadas mediante Orden de Servicio, indicando claramente en el texto de la misma la calificación que ha sido obtenida y cuál debe ser el proceder conforme a lo indicado en las Especificaciones Técnicas.

Que la devolución de las presentaciones calificadas se canalice por el documento contractual establecido para la comunicación entre la Inspección de Obras y la Empresa Contratista.

Inspector Jefe de Zona

7 La Inspección de Obras verifica en el campo que el Contratista proceda conforme a la calificación obtenida en sus Presentaciones.

Que se exija el cumplimiento de las acciones correspondientes en función de la calificación obtenida.

Inspector Jefe de Zona

8

De los tres ejemplares recibidos de cada presentación se procede de la siguiente manera: • Un ejemplar queda en poder del Ingeniero Revisor para su archivo • El segundo ejemplar queda en poder de la Inspección de Obras • El tercer ejemplar es devuelto a la Empresa Contratista

Que se mantenga un archivo ordenado de tal modo que la documentación se encuentre accesible en el momento en que se la necesite.

Inspector Jefe de Zona

Ingeniero Revisor

18/11/08 6:38 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

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Procedimiento GTA-004

“Parte Diario” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

Proceso: Gestión de Obras Contratadas por AySA Sub-proceso: Inspección de Obras Procedimiento: “Parte Diario” Responsable: Dirección de Contrataciones – Gerencias de Obras I. OBJETIVO Y ALCANCE Establecer los criterios de redacción, modo de utilización y finalidad del Parte Diario, siendo éste el documento contractual mediante el cual la Inspección de Obras hará constar los hechos relevantes de cada jornada laboral. II. ÁREAS INVOLUCRADAS Gerencias de Obras – Inspección de Obras III. NORMA El Pliego de Bases y Condiciones Generales define al Parte Diario como el “documento mediante el cual se harán constar las novedades técnicas que se produzcan en las obras, en su ritmo, en su grado de avance y de toda circunstancia u ocurrencia que se considere de importancia”. IV. PERSONAL INTERVINIENTE Inspector Jefe de Zona Responsable de Proyecto V. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA Contrato de Locación de Obra Pliego de Bases y Condiciones Generales Pliego de Condiciones Particulares Especificaciones Técnicas Generales Especificaciones Técnicas Particulares

VI. FORMULARIOS A UTILIZAR IdO 1-004/01-2004; IdO 1-005/01-2004; IdO 1-006/01-2004 VII. PROCEDIMIENTO

18/11/08 6:38 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 2/4 AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-004

“Parte Diario” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

ITEM MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER RESPONSABLE

1 El Parte Diario debe ser completado para cada obra de manera independiente. No debe contener información de otra obra, aún cuando se trate del mismo Contratista y/o se utilicen recursos compartidos.

Que cada obra tenga registro de su propia historia. Inspector Jefe de Zona

2 El Parte Diario debe ser confeccionado consecutivamente para cada día en que la obra se encuentre en ejecución incluidos aquellos días en que no hubo actividad tales como domingos o feriados.

Que se mantenga un registro continuo de información. Inspector Jefe de Zona

3 El Parte Diario llevará numeración consecutiva y cronológica iniciando con el N° 1. Que se pueda seguir rápidamente la correlación de los documentos. Inspector

Jefe de Zona

4 El Parte Diario debe ser confeccionado al final de cada jornada de trabajo. En los casos en que no se registre actividad en una jornada determinada, se indicará claramente el motivo (Por ejemplo: feriado, lluvia, ausencia del personal, suspensión de la obra, etc.).

Que se identifiquen claramente cuáles fueron los días reales de actividad y, para los demás, que se puedan conocer específicamente los motivos.

Inspector Jefe de Zona

5 El Parte Diario no debe tener enmiendas y, en caso de ser necesarias, las mismas deberán ser salvadas convenientemente. A su vez, los espacios en blanco deben ser cruzados adecuadamente.

Que la información vertida sea unívoca y que se impidan posteriores modificaciones en su contenido.

Inspector Jefe de Zona

6

El Parte Diario será confeccionado por la Empresa Contratista y el Inspector revisará exhaustivamente su contenido, verificando la verosimilitud de la información e indicando las correcciones que pudieran ser necesarias. Si el Inspector no estuviera presente indicará la leyenda “Sin presencia de la Inspección”.

Que el documento refleje la realidad de los acontecimientos de la obra. Inspector Jefe de Zona

18/11/08 6:38 y.11./P.11.

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Procedimiento GTA-004

“Parte Diario” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

ITEM MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER RESPONSABLE

7

El Parte Diario debe ser firmado, sin excepción, por el Inspector de obra y por el responsable de la Empresa Contratista. En caso de discrepancia en cuanto al contenido, los motivos de la misma deben ser estrictamente enunciados. El original firmado queda en poder del Inspector y una copia es entregada al Contratista.

Que sea un documento consensuado, evitando la controversia o dejándola expresamente aclarada, ya que su contenido puede ser utilizado en el futuro para la evaluación de incumplimientos, adicionales, reclamos, etc.

Inspector Jefe de Zona

8

El Parte Diario debe contener, como mínimo, la siguiente información:

− Condiciones climáticas del día, indicando el impacto de ellas en la obra.

− Personal presente en la obra (supervisores, obreros, etc.). − Nombre de los Contratistas y Subcontratistas que se encuentren

trabajando ese día. − Descripción y cantidad de equipos de construcción presentes en

la obra. − Descripción de las principales actividades desarrolladas durante

el día. − Comentarios sobre las Órdenes de Servicio que fueron emitidas

ese día o respuesta obtenida a instrucciones de días anteriores. − Indicación del tipo y cantidad de materiales recibidos en obra. − Observaciones sobre las condiciones de Higiene y Seguridad en

el Trabajo y Protección Ambiental. − Presencia del Responsable de H&S del Contratista ese día. − Descripción de eventos extraordinarios. − Nombre de las personas que visitan la obra, indicando la

Empresa a la que pertenecen, la hora de llegada y las observaciones realizadas.

− Si ese día no hubo actividad, indicar claramente los motivos. − Todo hecho o información relevante a destacar según el criterio

del Inspector.

Que se cuente con la mayor información posible y detallada sobre los acontecimientos ocurridos en el día.

Inspector Jefe de Zona

9

El Inspector de la obra verificará aleatoriamente en la obra la presencia del personal de la Contratista y/o Subcontratistas mediante el formulario IdO 005. Este documento, debidamente firmado por el Inspector y el responsable de la Contratista, será adjuntado al Parte Diario de la jornada en la que se efectuó el control.

Que se verifique periódicamente la nómina de personal del Contratista. Inspector Jefe de Zona

18/11/08 6:38 y.11./P.11.

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PÁGINA: 4/4 AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-004

“Parte Diario” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

ITEM MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER RESPONSABLE

10 El Inspector adjuntará al último Parte Diario de cada mes el listado correspondiente al formulario IdO 006, debidamente firmado por el responsable de la Contratista, el cual debe ser actualizado diariamente por este último y estar a disposición en el Obrador.

Que se mantenga actualizada la nómina del personal afectado a la obra y que posteriormente se pueda verificar su coherencia con la documentación adjunta a los certificados de pago.

Inspector Jefe de Zona

11 El Inspector de la obra es el responsable primario de los Partes Diarios de la obra a su cargo, de su contenido y archivo conveniente.

Que se asegure el mantenimiento de un histórico de la obra completo, ordenado y al que sea posible acceder en cualquier momento. Inspector

12 El Jefe de Zona debe verificar periódicamente que dichos documentos se encuentren al día y asegurar que su desarrollo y redacción estén en conformidad con lo establecido.

Que se controle y confirme el cumplimiento del procedimiento establecido. Jefe de Zona

18/11/08 6:38 y.11./P.11.

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Procedimiento GTA-003

“Nota de Pedido” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

Proceso: Gestión de Obras Contratadas por AySA Sub-proceso: Inspección de Obras Procedimiento: “Nota de Pedido” Responsable: Dirección de Contrataciones – Gerencias de Obras I. OBJETIVO Y ALCANCE Establecer los criterios de acción respecto a la Nota de Pedido, siendo éste el documento contractual mediante el cual la Empresa Contratista se comunica con la Inspección de Obras sobre todos los temas referentes a la ejecución de las obras, desde la Orden de Inicio hasta la Recepción Definitiva. II. ÁREAS INVOLUCRADAS Gerencias de Obras – Inspección de Obras III. NORMA El Pliego de Bases y Condiciones Generales define la Nota de Pedido como el “documento mediante el cual el Representante Técnico de la Contratista se comunicará con la Inspección de Obras”. IV. PERSONAL INTERVINIENTE Inspector Jefe de Zona Responsable de Proyecto V. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA Contrato de Locación de Obra Pliego de Bases y Condiciones Generales Pliego de Condiciones Particulares Especificaciones Técnicas Generales Especificaciones Técnicas Particulares

VI. FORMULARIO A UTILIZAR IdO 1-003/01-2004 VII. PROCEDIMIENTO

18/11/08 6:38 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 2/3 AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-003

“Nota de Pedido” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

ITEM MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER RESPONSABLE

1 La Nota de Pedido es un documento de aplicación durante toda la ejecución del Contrato, es decir, desde la Orden de Inicio hasta la Recepción Definitiva de la obra.

Que todas las comunicaciones contractuales de la Empresa Contratista con la Inspección de Obras se canalicen exclusivamente por este medio.

Inspector Jefe de Zona

Responsable de Proyecto

2 Se debe exigir que las Notas de Pedido se numeren consecutiva y cronológicamente a partir del N° 1.

Que se mantenga un ordenamiento estricto de los documentos contractuales.

Inspector Jefe de Zona

3 La Nota de Pedido debe ser presentada por duplicado, siendo el original recibido por la Inspección de Obras para su archivo y el duplicado devuelto a la Empresa Contratista. Previamente, ambos ejemplares deben ser firmados por la Inspección de Obras.

Que la Inspección de Obras tome conocimiento de la comunicación recibida de la Empresa Contratista.

Inspector Jefe de Zona

4 El Representante Técnico de la Contratista deberá informar a la Inspección de Obras los nombres de las personas de su Empresa autorizadas para firmar Notas de Pedido en su nombre y representación.

Que se establezcan claramente los interlocutores válidos para las comunicaciones entre las partes.

Inspector Jefe de Zona

5 El Jefe de Zona debe comunicar a sus Inspectores a cargo sobre aquellos temas transmitidos por la Empresa Contratista acerca de los cuales deben informarlo.

Que el Jefe de Zona tenga participación en aquellos aspectos sobre los cuales considere necesaria una intervención directa. Jefe de Zona

18/11/08 6:38 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 3/3 AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-003

“Nota de Pedido” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

ITEM MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER RESPONSABLE

6 La recepción y firma de una Nota de Pedido no implica aceptación en cuanto a su contenido. El Inspector y/o Jefe de Zona decidirá en cada caso sobre la necesidad de dar respuesta mediante una Orden de Servicio.

Que se tome conocimiento de la comunicación y que se evalúe la necesidad o no de una respuesta.

Inspector Jefe de Zona

7 Una Nota de Pedido que implique consecuencias en cuanto a monto o plazo, debe ser comunicada y analizada conjuntamente con el Responsable de Proyecto.

Que se respeten las facultades del Responsable de Proyecto como responsable del manejo de estos aspectos contractuales.

Inspector Jefe de Zona

Responsable de Proyecto

8 El Jefe de Zona decidirá la transmisión al Responsable de Proyecto de aquellas Notas de Pedido sobre las que considere necesaria o conveniente su intervención o conocimiento.

Que el Responsable de Proyecto se mantenga informado de los temas relevantes y/o con consecuencias contractuales sobre los que es necesaria o conveniente su intervención.

Jefe de Zona

9 Las Notas de Pedido pueden incluir adjuntos, para lo cual deberá exigirse que en el texto de la misma se indique claramente cuáles son los adjuntos presentados. Los adjuntos se archivarán junto con la Nota de Pedido correspondiente.

Que se pueda asociar rápida y unívocamente la documentación que se presenta como adjunto a una Nota de Pedido.

Inspector Jefe de Zona

10 La Inspección de Obras no deberá aceptar ningún tipo de documentación o comunicación formal que no se presente mediante Nota de Pedido.

Que todas las comunicaciones formales se canalicen mediante el documento contractual correspondiente.

Inspector Jefe de Zona

18/11/08 6:38 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 1/4 AySA S O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-002

“Orden de Servicio” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

Proceso: Gestión de Obras Contratadas por AySA Sub-proceso: Inspección de Obras Procedimiento: “Orden de Servicio” Responsable: Dirección de Contrataciones – Gerencias de Obras I. OBJETIVO Y ALCANCE Establecer los criterios de redacción, motivos de utilización y finalidad de la Orden de Servicio, siendo éste el documento contractual mediante el cual la Inspección de Obras se comunica con la Empresa Contratista sobre todos los temas referentes a la ejecución de las obras, desde la Orden de Inicio hasta la Recepción Definitiva. II. ÁREAS INVOLUCRADAS Gerencias de Obras – Inspección de Obras III. NORMA El Pliego de Bases y Condiciones Generales define la Orden de Servicio como el “documento mediante el cual la Inspección de Obras se comunicará con el Representante Técnico de la Contratista”. IV. PERSONAL INTERVINIENTE Inspector Jefe de Zona Responsable de Proyecto V. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA Contrato de Locación de Obra Pliego de Bases y Condiciones Generales Pliego de Condiciones Particulares Especificaciones Técnicas Generales Especificaciones Técnicas Particulares

VI. FORMULARIO A UTILIZAR IdO 1-002/01-2004 VII. PROCEDIMIENTO

18/11/08 6:37 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 2/4 AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-002

“Orden de Servicio” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

ITEM MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER RESPONSABLE

1 La Orden de Servicio es un documento de aplicación durante toda la ejecución del Contrato, es decir, desde la Orden de Inicio hasta la Recepción Definitiva de la obra.

Que todas las comunicaciones contractuales de la Inspección de Obras con la Empresa Contratista se canalicen exclusivamente por este medio.

Inspector Jefe de Zona

Responsable de Proyecto

2

La Orden de Servicio N° 1 debe corresponder a la instrucción de Orden de Inicio de la obra, una vez transmitida tal directiva a la Inspección de Obras por parte del Responsable de Proyecto. Se debe indicar expresamente la fecha a partir de la cual se da autorización para iniciar los trabajos.

Que quede formalmente establecido en la documentación contractual la fecha fehaciente en la que se da Orden de Inicio y a partir de la cual se considerará el plazo de obra.

Inspector Jefe de Zona

Responsable de Proyecto

3 Las Órdenes de Servicio se numerarán consecutiva y cronológicamente a partir del N° 1. Una Orden de Servicio anulada será cruzada con tal inscripción, pero no perderá su número de orden consecutivo y se archivará junto con las demás.

Que se mantenga un ordenamiento estricto de los documentos contractuales.

Inspector Jefe de Zona

4 La Orden de Servicio se confeccionará por duplicado siendo el original entregado a la Empresa Contratista y el duplicado archivado en la oficina de Zona. Antes de la entrega y archivo correspondiente, ambos ejemplares deben ser firmados por el responsable de la Contratista.

Que el Contratista tome conocimiento de la instrucción impartida por la Inspección de Obras.

Inspector Jefe de Zona

5 El Jefe de Zona debe comunicar a sus Inspectores a cargo acerca de aquellos temas sobre los cuales deben consultarlo previamente a la emisión de una Orden de Servicio.

Que el Jefe de Zona tenga participación en aquellos aspectos sobre los cuales considere necesaria una intervención directa. Jefe de Zona

18/11/08 6:37 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 3/4 AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-002

“Orden de Servicio” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

ITEM MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER RESPONSABLE

6

La Orden de Servicio puede ser confeccionada a mano alzada o mediante el uso de computadora. El Inspector tiene facultades para emitir directamente en el campo las Órdenes de Servicio que considere oportunas, previa consulta a la oficina de zona del número de orden a utilizar.

Que las instrucciones puedan ser emitidas en tiempo y forma, sin demoras innecesarias por cuestiones administrativas, pero manteniendo las formalidades establecidas.

Inspector Jefe de Zona

7 En caso de realizarse una redacción en forma manuscrita, se debe utilizar letra clara y legible.

Que se obtenga una clara comprensión de la instrucción, evitando interpretaciones erróneas y/o confusas.

Inspector Jefe de Zona

8 El contenido de una Orden de Servicio debe ser ordenado y preciso, evitando enunciar en un mismo documento temas de distinta naturaleza y haciendo referencia en todos los casos a la documentación contractual de referencia.

Que la instrucción impartida sea clara y contundente, con un contenido homogéneo y con sustento contractual explícito.

Inspector Jefe de Zona

9

Para cada instrucción impartida se debe dejar constancia del plazo estimado para su cumplimiento, indicando claramente la fecha o el período en el que se espera su acatamiento. Este plazo debe ser realista y deberá tener en cuenta los períodos que para tal acción pudiesen estar prefijados en los documentos contractuales.

Que se pueda verificar taxativamente el cumplimiento de la instrucción y, de no ser así, se puedan adoptar las acciones consecuentes tales como recomendación de sanciones, suspensión de la actividad, etc.

Inspector Jefe de Zona

10 Por tratarse la Orden de Servicio de un documento contractual, se debe cuidar celosamente su contenido y los términos en los cuales se la emite.

Que no se emita un documento controversial en relación al contrato. Inspector Jefe de Zona

18/11/08 6:37 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 4/4 AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-002

“Orden de Servicio” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

ITEM MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER RESPONSABLE

11 Una Orden de Servicio no debe implicar consecuencias en cuanto a monto o plazo sin un acuerdo previo con el Responsable de Proyecto.

Que se respeten las facultades del Responsable de Proyecto como responsable del manejo de estos aspectos contractuales.

Inspector Jefe de Zona

Responsable de Proyecto

12 El Jefe de Zona decidirá la transmisión al Responsable de Proyecto de aquellas Órdenes de Servicio sobre las que considere necesaria o conveniente su intervención o conocimiento.

Que el Responsable de Proyecto se mantenga informado de los temas relevantes y/o con consecuencias contractuales, sobre los que es necesaria o conveniente su intervención.

Jefe de Zona

18/11/08 6:37 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 1/2 AySA S O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GTA-001

“Reunión de Preconstrucción” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

Proceso: Gestión de Obras Contratadas por AySA Sub-proceso: Inspección de Obras Procedimiento: “Reunión de Preconstrucción” Responsable: Dirección de Contrataciones – Gerencias de Obras I. OBJETIVO Y ALCANCE Establecer el objetivo, temario y alcance de la reunión de preconstrucción, en la cual se le detallan a la Empresa Contratista los requisitos de documentación legal, administrativa y técnica que debe presentar previo al inicio físico de los trabajos de campo. II. ÁREAS INVOLUCRADAS Gerencias de Obras – Inspección de Obras III. NORMA No aplicable IV. PERSONAL INTERVINIENTE Inspector Jefe de Zona Responsable de Proyecto V. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA Contrato de Locación de Obra Pliego de Bases y Condiciones Generales Pliego de Condiciones Particulares Especificaciones Técnicas Generales Especificaciones Técnicas Particulares

VI. FORMULARIO A UTILIZAR IdO 1-001/01-2004 VII. PROCEDIMIENTO

18/11/08 6:37 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3

ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3 PÁGINA: 2/2

AySA Procedimiento GTA-001 “Reunión de Preconstrucción” VERSIÓN: 1 / may-2006

FECHA DE VIGENCIA: ITEM MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER RESPONSABLE

1

Con posterioridad a la adjudicación de la obra, el Jefe de Zona convocará a la reunión de preconstrucción, participando a los responsables de la Contratista (Representante Técnico y/o Jefe de Obra), al Inspector asignado a la obra, y al Responsable de Proyecto correspondiente. En cada caso participará al Distrito, Dirección Regional o área del servicio que correspondiese.

Que se establezca el primer contacto formal entre los interlocutores de cada una de las partes intervinientes. Jefe de Zona

2

El Jefe de Zona, con la asistencia del Inspector asignado, preparará con anterioridad a esta reunión el temario a tratar, en base al formulario de minuta de reunión implementado para este fin (IdO 001), e identificando la documentación que le exigirá al Contratista previo al inicio físico de los trabajos.

Que se preparen los temas con antelación, habiendo hecho previamente un estudio de la obra a desarrollar.

Inspector Jefe de Zona

3 El Jefe de Zona tomará nota de los temas tratados durante la reunión y establecerá claramente en cada caso sobre quién recae la acción y para qué fecha se espera la respuesta.

Que se identifiquen claramente las responsabilidades, acciones y plazos para el cumplimiento.

Inspector Jefe de Zona

4 La minuta correspondiente será firmada por todos los participantes a los cuales se le entregará una copia de la misma.

Que todos los intervinientes tomen conocimiento fehaciente de lo tratado en la reunión.

Inspector Jefe de Zona

5 Posteriormente, el Jefe de Zona tendrá a cargo el seguimiento del cumplimiento de lo pautado en esta reunión, verificando que cada responsable haya respondido en tiempo y forma a los compromisos asumidos y/o exigiendo las acciones pendientes.

Que previo al inicio físico de los trabajos se cuente con toda la documentación necesaria. Jefe de Zona

18/11/08 6:37 y.11./P.11.

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INFORME DE EVALUACIÓN A FIN DE OBRA

Obra: 0 Jefe de Zona: 0N° P3: 0 Inspector: 0Contratista: 0 Responsable de Proyecto: 0

6.- Frentes de Trabajo y Recursos Asignados:

Insuficiente Aceptable SuficienteCantidad de frentesOrganización propia de cada frenteCantidad de personal por frenteCapacidad técnica del personal por frenteCantidad de equipos por frenteCalidad de los equipos por frente

7.- Reclamos durante la Ejecución de la Obra:

Alta Media Baja NulaCantidad de reclamosVelocidad de respuesta

8.- Documentación Conforme a Obra:

Insuficiente Aceptable Suficiente

Calidad de la documentación

Cumplimiento en la entrega

9.- Sanciones solicitadas: SI NO

Motivos principales:

a) Incumplimientos a OdS b) Higiene y Seguridadc) Ritmo de avance d) Atraso de Obrae) Otros (describir)

Monto aproximado de la sanciones aplicadas:

10.- Indices Finales de Conformidad:

Calidad de Ejecución: (Máximo 6)

Seguridad e Higiene / Protección y Control Ambiental: (Máximo 4)

Indice Global (Máximo 10)

Firma y Sello / Jefe de Zona

IdO 1-024/01-2004

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PROCEDIMIENTOS INTERNOS INSPECCIÓN DE OBRAS PROPIAS

1.3 Gestión Calidad Plazos

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 1/5 AySA S O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GCP-010

“Higiene y Seguridad – Protección Ambiental” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

18/11/08 6:49 y.11./P.11.

Proceso: Gestión de Obras Contratadas por AySA Sub-proceso: Inspección de Obras Procedimiento: “Higiene y Seguridad – Protección Ambiental” Responsable: Dirección de Contrataciones – Gerencias de Obras I. OBJETIVO Y ALCANCE Identificar las acciones principales por parte de la Inspección de Obras para asegurar el efectivo cumplimiento del mantenimiento de adecuadas condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo y de Protección y Control Ambiental durante la ejecución de las obras, en conformidad con las Especificaciones Técnicas y la legislación vigente en la materia. II. ÁREAS INVOLUCRADAS Gerencias de Obras – Inspección de Obras III. NORMA De conformidad a las Especificaciones Técnicas Generales los controles a ser realizados por la Inspección de Obras se clasifican en:

AA.. ddee PP.. !

Punto de Control

Se designa como tal a aquellos controles que pueden ser realizados aleatoriamente por la Inspección de Obras, en la cantidad y con la frecuencia que se estime necesaria para asegurar la calidad de las instalaciones.

Autorización de Proceder

Se designa como tal a aquellos controles realizados sin excepción y que requieren una liberación por escrito debidamente firmada por la Inspección de Obras.

PP.. ddee CC..

IV. PERSONAL INTERVINIENTE Inspector / Jefe de Zona V. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA Contrato de Locación de Obra Pliego de Bases y Condiciones Generales Pliego de Condiciones Particulares Especificaciones Técnicas Generales Especificaciones Técnicas Particulares

VI. FORMULARIOS A UTILIZAR Ver detalle en el procedimiento adjunto. VII. PROCEDIMIENTO

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 2/5 AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GCP-010

“Higiene y Seguridad – Protección Ambiental” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

18/11/08 6:49 y.11./P.11.

ITEM ETAPA A CONTROLAR MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER TIPO DE

CONTROL FORMULARIO

HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO (Ver detalle en Anexo “Especificaciones Técnicas Particulares Hgiene y Seguridad en el Trabajo – Protección y Control Ambiental”)

1 Programa de H&S / Protección Ambiental

Verificación de la presentación por parte de la Empresa Contratista de los Programas de Higiene y Seguridad en el Trabajo y Protección y Control Ambiental.

Que se sometan dichos programas a la aprobación de la Inspección de Obras a fin de garantizar el cumplimiento de las normativas vigentes en la materia.

2 Protección de zanjas y pozos

Verificación del vallado o cercado de las áreas de trabajo y de la protección mediante cubiertas sólidas de las aberturas practicadas.

Que se eviten accidentes fundamentalmente a terceras personas que transiten por el área de la obra.

IdO 035 Relevamiento de no-conformidades

3 Señalización de zanjas y pozos

Control de la colocación de los elementos necesarios y suficientes para la adecuada protección y señalización de zanjas y pozos.

Que se eviten accidentes fundamentalmente a terceras personas que transiten por el área de la obra.

IdO 035 Relevamiento de no-conformidades

4 Contención de tierra

Control de la contención completa y eficiente de la tierra resultante y retiro del sobrante, así como el impedimento de la obstrucción de desagües públicos o domiciliarios.

Que se mantenga el orden y la limpieza del sitio y se permita el libre escurrimiento de los líquidos pluviales.

IdO 035 Relevamiento de no-conformidades

5 Entibamiento Verificación de los sistemas de entibamiento o sostenimiento.

Que se asegure un sostenimiento adecuado en conformidad a los estudios de suelos a fin de garantizar la estabilidad de las excavaciones

IdO 035 Relevamiento de no-conformidades

PP.. ddee CC..

PP.. ddee CC..

PP.. ddee CC..

PP.. ddee CC..

AA.. ee PP.. dd!

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 3/5 AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GCP-010

“Higiene y Seguridad – Protección Ambiental” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

18/11/08 6:49 y.11./P.11.

ITEM ETAPA A CONTROLAR MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER TIPO DE

CONTROL FORMULARIO

6 Balizamiento nocturno

Verificación del funcionamiento del sistema de balizamiento nocturno en los puntos de riesgo, utilizándose tensión de seguridad (tensión máxima contra tierra de 24 Voltios).

Que los principales puntos de riesgo, fundamentalmente en obstáculos sobre calzada, puedan ser fácilmente advertidos.

IdO 035 Relevamiento de no-conformidades

7 Carteles de obra y de señalización

Verificación de la ubicación de los carteles de identificación de la obra, en cantidad adecuada a los frentes de trabajo con actividad durante la jornada.

Que cada frente de trabajo pueda ser identificado claramente. IdO 035 Relevamiento de

no-conformidades

8 Utilización de la energía eléctrica

Verificación de la existencia de tableros con las protecciones necesarias y suficientes contra contactos eléctricos directos e indirectos y de la conveniente disposición de las líneas de alimentación hasta cada punto de utilización.

Que se eviten riesgos eléctricos tanto al personal de la empresa Contratista como a terceras personas.

IdO 035 Relevamiento de no-conformidades

9 Pasos peatonales y accesos domiciliarios

Control del mantenimiento de francos pasos peatonales y del respeto de los accesos domiciliarios.

Que se minimicen los inconvenientes a los vecinos y transeúntes. IdO 035 Relevamiento de

no-conformidades

10 Elementos de protección personal

Control de la utilización por parte de todos los obreros de la ropa de trabajo y de los elementos de protección personal necesarios en función de las tareas desarrolladas.

Que todo el personal esté provisto y utilice adecuadamente los elementos necesarios para protegerse de los riesgos inherentes a cada puesto de trabajo.

IdO 035 Relevamiento de no-conformidades

PP.. ddee CC..

PP.. ddee CC..

PP.. ddee CC..

PP.. ddee CC..

PP.. ddee CC..

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 4/5 AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GCP-010

“Higiene y Seguridad – Protección Ambiental” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

18/11/08 6:49 y.11./P.11.

ITEM ETAPA A CONTROLAR MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER TIPO DE

CONTROL FORMULARIO

11 Orden y limpieza Verificación del mantenimiento constante del orden y la limpieza en todos lo frentes de trabajo.

Que se conserve un alto nivel de seguridad y de imagen de obra. IdO 035 Relevamiento de

no-conformidades

12 Baños químicos

Control de la cantidad suficiente de servicios sanitarios de tipo desplazable en función de la cantidad de personal afectado a cada frente de trabajo.

Que se aseguren adecuadas condiciones sanitarias para el personal. IdO 035 Relevamiento de

no-conformidades

PROTECCIÓN Y CONTROL AMBIENTAL (Ver detalle en Anexo “Especificaciones Técnicas Particulares Hgiene y Seguridad en el Trabajo – Protección y Control Ambiental”)

13 Disposición de residuos y efluentes

Verificación de la adecuada disposición y la consecuente recolección y eliminación de residuos sólidos o líquidos.

Que se mantengan en forma limpia y ordenada tanto el sitio de la obra como las demás áreas que se utilicen.

IdO 035 Relevamiento de no-conformidades

14 Niveles de ruido Control de las medidas mitigadoras necesarias para prevenir la contaminación sonora.

Que se asegure la adopción por parte de la Empresa Contratista de las medidas necesarias para cumplir con la legislación vigente sobre control de ruidos.

IdO 035 Relevamiento de no-conformidades

15 Calidad del aire Verificación de la minimización de los impactos en la calidad del aire provenientes de la generación de humos, polvos y olores.

Que se asegure la adopción de medidas mitigadoras para los impactos que producen contaminación ambiental.

IdO 035 Relevamiento de no-conformidades

PP.. ddee CC..

PP.. ddee CC..

PP.. ddee CC..

PP.. ddee CC..

PP.. ddee CC..

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 5/5 AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GCP-010

“Higiene y Seguridad – Protección Ambiental” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

18/11/08 6:49 y.11./P.11.

ITEM ETAPA A CONTROLAR MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER TIPO DE

CONTROL FORMULARIO

16 Perturbación a actividades del área

Control de la minimización de la perturbación a las actividades normales del área,fundamentalmente a sus actividadescomerciales y funcionamiento de los servicios.

Que se adecuen las actividades de la construcción a las actividades del entorno del área a fin de minimizar o controlar el impacto.

IdO 035 Relevamiento de no-conformidades

17 Pérdidas y/o derrames Verificación de la inexistencia de derrames de combustibles y lubricantes debido a ineficiente mantenimiento de máquinas y equipos.

Que se extremen las precauciones para evitar derrames contaminantes y que se asegure el cumplimiento del plan de contingencias si éstos se produjeran.

IdO 035 Relevamiento de no-conformidades

18 Suelos contaminados

Verificación del cese inmediato de actividades ante la detección de cualquier materia, sustancia o suelo que se sospeche perjudicial para la salubridad de las personas.

Que se evite la remoción de las sustancias contaminadas sin la autorización e intervención de la Inspección de Obras.

IdO 035 Relevamiento de no-conformidades

19 Afectación a vegetación y arbolado

Control de la alteración y afectación mínima a la cobertura vegetal y arbolado urbano en el área de las obras.

Que se asegure la adecuada reposición en los casos en que se hayan producido alteraciones. IdO 035 Relevamiento de

no-conformidades

20 Productos químicos

Verificación de la utilización y eliminación de residuos provenientes de productos químicos conforme a las instrucciones del fabricante o proveedor.

Que se asegure el cumplimiento del plan de contingencias ante un vuelco accidental de productos químicos perjudiciales para la salud.

IdO 035 Relevamiento de no-conformidades

PP.. ddee CC..

PP.. ddee CC..

PP.. ddee CC..

PP.. ddee CC..

PP.. ddee CC..

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AySA S O C I E D A D A N Ó N I M A

EXPANSIÓN DEL SERVICIO

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES

HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO

PROTECCIÓN Y CONTROL AMBIENTAL GERENCIAS DE OBRAS

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AySA – GERENCIAS DE OBRAS

SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO –PROTECCIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

ÍNDICE TEMÁTICO

1 MARCO NORMATIVO LEGAL .............................................................................1 1.1 SEGURIDAD Y PROTECCIÓN DEL AMBIENTE............................................1 1.2 OBJETIVOS Y NORMATIVA A OBSERVAR ..................................................2 1.3 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA ............................................................2 1.4 OBLIGACIONES GENERALES DEL RESPONSABLE DE HIGIENE Y SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE DEL CONTRATISTA...................................4 1.5 LEGAJO TÉCNICO Y PROGRAMA DE SEGURIDAD DE OBRA .................6

1.5.1 Legajo Técnico de Obra (Resolución S.R.T. 231/96)................................6 1.5.2 Programa de Seguridad de Obra (Resolución S.R.T. 51/97 - Anexo I).....6

1.6 DISPONIBILIDAD Y ACCESO A DOCUMENTACIÓN ..................................7 2 REQUISITOS INICIALES A CUMPLIR POR EL CONTRATISTA..................8

2.1 PRESENTACIONES.............................................................................................8 2.2 OBRADOR............................................................................................................9

3 SERVICIOS DE OBRAS DE OBRA ......................................................................10 3.1 TRANSPORTES DE PERSONAL, DE CARGAS Y DE MOVIMIENTO DE

MATERIALES. ...................................................................................................10 3.1.1 Transporte de cargas y máquinas para movimientos de materiales.........10

3.2 INSTALACIONES SANITARIAS....................................................................10 3.3 VESTUARIOS Y SERVICIOS AUXILIARES..................................................11 3.4 DESECHOS CLOACALES Y ORGÁNICOS....................................................11 3.5 RESIDUOS PELIGROSOS O ESPECIALES: ...................................................12 3.6 AGUA DE USO Y CONSUMO HUMANO.......................................................12

4 NORMAS GENERALES APLICABLES EN OBRA ...........................................13 4.1 MANIPULACIÓN DE MATERIALES..............................................................13 4.2 ALMACENAMIENTO DE MATERIALES ......................................................13 4.3 ORDEN Y LIMPIEZA EN LA OBRA ...............................................................13 4.4 CIRCULACIÓN..................................................................................................14 4.5 TRABAJOS EN LA VÍA PÚBLICA ..................................................................15 4.6 LETREROS IDENTIFICATORIOS Y CARTELES DE OBRA........................15 4.7 INSTALACIONES ELÉCTRICAS ....................................................................15 4.8 PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS..............................17 4.9 PRESCRIPCIONES GENERALES A SEGUIR ANTE UN ACCIDENTE.......17 4.10 EQUIPOS Y ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL...................18

5 NORMAS DE PREVENCIÓN EN LAS DISTINTAS ETAPAS DE OBRA.......20 5.1 VERIFICACIÓN DE INTERFERENCIAS CON OTRAS REDES DE OBRAS20 5.2 EXCAVACIÓN DE ZANJAS Y POZOS ...........................................................21 5.3 PROTECCIÓN DE ZANJAS Y POZOS ............................................................22 5.4 SEÑALIZACIÓN DE ZANJAS Y POZOS ........................................................23

5.4.1 Carteles de señalización ........................................................................24 5.4.2 Balizamiento nocturno...........................................................................25 5.4.3 Procedimiento para realizar un señalamiento........................................25

5.5 APUNTALAMIENTOS - DERRUMBES ..........................................................27 5.6 ELEMENTOS DE CONTENCIÓN ....................................................................27 5.7 DESAGÜES PÚBLICOS Y DOMICILIARIOS.................................................28 5.8 PASOS PEATONALES Y ACCESOS DOMICILIARIOS................................29 5.9 TRABAJOS CON HORMIGÓN.........................................................................30

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AySA – GERENCIAS DE OBRAS

SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO –PROTECCIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

6 NORMAS DE PREVENCIÓN EN LAS INSTALACIONES Y EQUIPOS DE OBRA..............................................................................................................................33

6.1 HERRAMIENTAS MANUALES Y MECÁNICAS PORTÁTILES .................33 6.2 HERRAMIENTAS NEUMÁTICAS...................................................................33 6.3 HERRAMIENTAS ELÉCTRICAS.....................................................................33 6.4 MÁQUINAS PARA TRABAJAR LA MADERA..............................................34 6.5 MEDIDAS DE SEGURIDAD EN EL USO DE ESCALERAS .........................34 6.6 ANDAMIOS........................................................................................................35 6.7 VEHÍCULOS Y MAQUINARIA AUTOMOTRIZ ............................................35 6.8 CILINDROS CONTENIENDO GASES A PRESIÓN .......................................37 6.9 CABLES, CADENAS, CUERDAS, GANCHOS Y ESLINGAS.......................37

7 NORMAS HIGIÉNICO-AMBIENTALES EN OBRA .........................................39 7.1 PRODUCTOS QUÍMICOS Y EXPLOSIVOS ...................................................39 7.2 DEPÓSITO DE INFLAMABLES.......................................................................40 7.3 CONTROL DE RUIDOS. ...................................................................................40 7.4 ESPACIOS CONFINADOS................................................................................41

8 PROCEDIMIENTOS PARA LA PROTECCION Y CONTROL AMBIENTAL44 8.1 GESTION DE RESIDUOS .................................................................................44

8.1.1 Control de Residuos.................................................................................44 8.1.2 Drenaje y tratamiento de agua .................................................................46 8.1.3 Derrame de combustibles y lubricantes ...................................................47

8.2 CONTROL DEL RUIDO....................................................................................47 8.3 CALIDAD DEL AIRE ........................................................................................48

8.3.1 Control de polvos sueltos, humos y barros ..............................................48 8.3.2 Control de olores......................................................................................49 8.3.3 Control de transporte ...............................................................................49

8.4 EXCAVACIONES – TRANSPORTE – RELLENOS........................................50 8.4.1 Excavaciones ...........................................................................................50 8.4.2 Movimiento de tierra ...............................................................................51 8.4.3 Eliminación del agua de las excavaciones, bombeo y drenajes...............51 8.4.4 Drenaje y tratamiento de agua .................................................................52 8.4.5 Suelos contaminados................................................................................52 8.4.6 Materiales sobrantes de excavaciones y rellenos.....................................53

8.5 DESAGÜES PÚBLICOS Y DOMICILIARIOS.................................................53 8.6 RECURSOS HÍDRICOS.....................................................................................54

8.6.1 Recursos hídricos superficiales................................................................55 8.6.2 Recursos hídricos subterráneos................................................................55

8.7 SUELOS ..............................................................................................................55 8.7.1 Antes de la obra .......................................................................................55 8.7.2 Durante la obra.........................................................................................56

8.8 OBRAS URBANA..............................................................................................56 8.8.1 Servicios...................................................................................................56 8.8.2 Fundaciones .............................................................................................57 8.8.3 Obras urbana: calzadas y veredas ............................................................57

8.9 VEGETACIÓN ...................................................................................................57 8.10 PRODUCTOS QUÍMICOS.............................................................................58

ANEXOS:

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Anexo 1 - ESQUEMAS DE VALLAS, SEÑALIZACION Y BALIZAMIENTO Anexo 2 - MATRIZ DE IDENTIFICACIÓN Y CONTROL DE LOS IMPACTOS

POTENCIALES Y SUS CORRESPONDIENTES MEDIDAS DE MITIGACIÓN

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= POLÍTICA DE AYSA S.A. = ENUNCIADO “AYSA S.A. considera a la Higiene y Seguridad en el Trabajo entre las principales responsabilidades de gestión de la Dirección, de igual forma que lo son la Calidad, Productividad, Satisfacción de los Clientes y Cuidado del Medio Ambiente.” OBJETIVOS Prevenir riesgos y evitar accidentes estableciendo planes de acción para todas las

actividades desarrolladas en la Empresa, en situaciones normales y de emergencia, en busca del cuidado de la salud de todo su personal y la comunidad que lo rodea.

Acompañar a la mejora continua de la actividad, involucrando a cada integrante de la empresa en la gestión de prevención de riesgos y seguridad en el trabajo.

Cumplir con las leyes y reglamentaciones emanadas de la autoridad competente en materia de Higiene y Seguridad en el Trabajo y demás requisitos legales de aplicación.

Difundir esta política a todo el personal, con revisión periódica de la misma.

Proveer los recursos humanos, técnicos, económicos y de capacitación necesarios para llevar a cabo los objetivos proyectados.

DEFINICIONES Todos los accidentes pueden y deben evitarse.

El Orden y la Limpieza son indispensables para reducir riesgos en el trabajo.

La prevención de Riesgos es un factor clave para la Productividad de la Compañía y debe extenderse al personal de Empresas Contratistas y de Servicios involucradas con la misma.

La Higiene y Seguridad en el Trabajo es responsabilidad de todos y exige un estado de conciencia permanente de todos los niveles para cumplimentarlas adecuadamente.

La capacitación es fundamental para alcanzar la Actitud de trabajar en forma segura.

Las Normas y procedimientos de la Empresa son de cumplimiento obligatorio.

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1 MARCO NORMATIVO LEGAL

1.1 SEGURIDAD Y PROTECCIÓN DEL AMBIENTE

El Contratista adoptará las precauciones necesarias para evitar todo tipo de daño a personas o bienes de cualquier naturaleza, incluidas las propiedades frentistas de la traza de la obra, siendo único y exclusivo responsable del resarcimiento de los daños y perjuicios que la obra y/o sus dependientes ocasionen a aquellas. El Contratista será responsable del cumplimiento de las leyes, decretos, disposiciones, ordenanzas y reglamentos de autoridades nacionales, provinciales y municipales, vigentes en el lugar de ejecución de las obras, así como del pago de las multas que pudieran aplicarse por infracciones a las mismas.

El Contratista tendrá a su alcance los expertos y asesores que sean necesarios de tal modo que, durante la ejecución, la terminación de las obras, y la subsanación de posibles defectos de las mismas, se mantenga el más alto nivel de seguridad. El Contratista adoptará durante toda la obra, las medidas tendientes a garantizar:

♦ Seguridad a Terceros:

• Velando por la seguridad de todas las personas con derecho a estar en el área de las obras, y conservando permanentemente el sitio en un estado de orden que evite cualquier peligro.

• Proporcionando y manteniendo a su cargo todas las luces, guardas, vallas, señales de peligro y vigilancia cuando y donde sea necesario y/o requerido por la Inspección de Obras o por cualquier autoridad debidamente constituida, para la protección de las obras o para la seguridad y conveniencia de toda persona.

♦ Seguridad al Personal:

• Brindando adecuadas condiciones de trabajo para todas las personas que realizan tareas en la obra, previniendo, reduciendo, eliminando o aislando los riesgos de los distintos puestos de trabajo.

• Entregando y exigiendo el uso a todos los trabajadores, de los elementos de protección personal necesarios en función de la tarea desarrollada.

♦ Protección del medio ambiente:

• Tomando todas las medidas necesarias para proteger el ambiente, dentro y fuera de la obra, para evitar daños a las personas y/o propiedades como consecuencia de la contaminación, el ruido u otras causas derivadas de sus métodos de trabajo.

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• Reduciendo los efectos ambientales, de tal manera que los efectos adversos se vean minimizados y que para aquellos inevitables se adopten los recaudos necesarios para que tengan la menor incidencia posible.

1.2 OBJETIVOS Y NORMATIVA A OBSERVAR

El Servicio de Prestación de Higiene y Seguridad en el Trabajo, tiene como misión fundamental implementar la política fijada por la Empresa en la materia, tendiente a determinar, promover y mantener adecuadas condiciones ambientales en los lugares de trabajo, y el más alto nivel de seguridad compatible con la naturaleza de las tareas. El objetivo debe estar dirigido a detectar, evaluar, neutralizar, corregir y/o eliminar todo tipo de riesgo. Como directrices básicas, y a efectos de brindar una cobertura en términos legales y operativos durante la ejecución de los proyectos, el Contratista procederá a: • Cumplir con las exigencias de la Ley 19.587/72 que establece las normas

generales básicas sobre Higiene y Seguridad en el Trabajo. • Observar durante el desarrollo de los trabajos el “Reglamento de Higiene y

Seguridad para la Industria de la Construcción” según Decreto 911/96, que normaliza la actividad de la construcción en las distintas etapas y características propias, desde la preparación de las obras hasta la conclusión del proyecto, incluyendo los equipos, medios y elementos de que se sirve.

• Respetar la Ley de Riesgos del Trabajo N° 24.557. • Verificar el cumplimiento de las Disposiciones Municipales vigentes para la

ejecución de trabajos en la vía pública. • Cumplir con todas las leyes, decretos, disposiciones, ordenanzas y

reglamentos vigentes al momento y en el lugar de ejecución de las obras. • Instrumentar la aplicación de estas Especificaciones Técnicas Particulares.

1.3 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

a) Cumplir con las normas vigentes y lo establecido en el Pliego de Condiciones Generales y Particulares, y proporcionar los recursos humanos y materiales para ello.

b) Crear y mantener Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo que

aseguren la protección física, mental y el bienestar de los trabajadores, así como de los terceros que se vieran afectados por los trabajos.

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SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO –PROTECCIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

c) Contar con un Servicio interno o externo de Higiene y Seguridad en el Trabajo, así como de un Servicio de Medicina Laboral, conforme al artículo 13 del Decreto 911/96, y asignarle a dichos servicios la cantidad de horas profesionales mensuales conforme a las normas vigentes.

d) Acordar contractualmente las condiciones en que se desarrollará la

coordinación de la Higiene, Seguridad y Medicina del Trabajo entre éste y el o los Subcontratistas que de él dependan y exigir a éstos últimos el cumplimiento del Programa Único de Seguridad conforme a las Resoluciones 51/97 y 35/98 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.

e) Ser exclusivamente responsable, ante la Inspección de Obras y el

Comitente, de la coordinación con sus Subcontratistas, de las actividades de Higiene y Seguridad y de Medicina del Trabajo, del cumplimiento del Programa de Seguridad y de toda otra normativa vigente.

f) Ser solidariamente responsable de cualquier accidente/incidente

provocados por empresas subcontratistas o que sufra personal de esas empresas, siendo ante AySA S.A. el único responsable de tal situación.

g) Mantener vigente el Contrato de afiliación a una Aseguradora de Riesgos

del Trabajo (ART), que cubra los riesgos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de todos los trabajadores en relación de dependencia, conforme a la Ley N° 24557, adjuntando al mismo la cláusula de no repetición y el listado de personal cubierto, el cual deberá estar actualizado permanentemente. Para ello diariamente le entregará a la Inspección de Obras un listado completo indicando nombre y número de documento o C.U.I.L. de los trabajadores que realizarán tareas durante dicha jornada, tanto para el Contratista Principal así como para cada una de las Empresas Subcontratistas.

h) Asegurar que todo su personal que, aún sin mantener relación de

dependencia con la Empresa Contratista, desempeñe actividades que conlleven la necesidad de recorrer la obra o sus dependencias esté cubierto por: • Póliza vigente de accidentes personales para trabajadores autónomos • Póliza vigente de accidentes personales o contrato de afiliación a una

ART para trabajadores autónomos monotributistas. i) Establecer e implementar todas las medidas necesarias para reducir la

siniestralidad laboral en lo inherente a organización del trabajo, servicios de infraestructura de obra, maquinarias, equipos y otros.

j) Mantener disponible el registro de visitas o inspecciones efectuadas por su

A.R.T., así como también el informe de las mismas.

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SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO –PROTECCIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

k) Proveer obligatoriamente a los trabajadores de todos los elementos de protección colectivos e individuales, incluyendo la ropa de trabajo, según la naturaleza del trabajo, su riesgo emergente y las condiciones climáticas, con instrucciones para sus respectivos usos. Exigir a los trabajadores el uso de los mismos.

l) Notificar fehacientemente a la ART respectiva el inicio de cada obra, al

menos con 5 días de anticipación, conforme a la Resolución 51/97, y exigir el cumplimiento de esta misma obligación para cada una de sus Empresas Subcontratistas.

m) Avisar inmediatamente a la Inspección de Obras, y en un plazo no mayor a

las 24 horas, de todo incidente y/o accidente ocurrido en el área de las obras, ya sea a personal de la misma como a terceros.

1.4 OBLIGACIONES GENERALES DEL RESPONSABLE DE HIGIENE Y SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE DEL CONTRATISTA a) Elaborar el Programa Único de Seguridad para cada obra y mantener

actualizado el Legajo Técnico. b) Asegurar que dicho Programa Único sea aprobado por la ART

correspondiente. c) Verificar que los Programas de Seguridad de los distintos Subcontratistas

estén presentados y aprobados por las ART respectivas, y coordinar los mismos con el Programa Único.

d) Cumplir con las horas profesionales mensuales asignadas según

Resolución S.R.T. 231/96, además de estar presente en obra cuando la Inspección de Obras lo solicite y/o en función de los riesgos inherentes a las tareas que se realicen, debiendo llevar sus registros en un libro foliado para cada obra, donde anotará las observaciones.

e) Mantener actualizada y firmada una planilla de asistencia y visitas a obra

en función del ítem anterior, donde se indique fecha y horas profesionales dedicadas.

f) Establecer la cantidad de técnicos necesarios y la asignación de horas

profesionales, atendiendo a la complejidad de la obra, frentes abiertos, cantidad de personal expuesto al riesgo, cuando la cantidad de trabajadores exceda las 50 personas.

g) Elaborar, conjuntamente con la ART respectiva, el plan de actuación en

caso de emergencias y/o contingencias, incluyendo un programa de capacitación específica.

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SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO –PROTECCIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

h) Confeccionar Normas de Procedimiento específicas para la realización de todos y cada uno de los trabajos que se realizarán en obra, y asegurar que todos los trabajadores las conozcan y las cumplan.

i) Arbitrar todos los medios para reducir la siniestralidad laboral a través de

la prevención de los riesgos derivados del trabajo y de la capacitación específica.

j) Brindar capacitación a todos los trabajadores en materia de Seguridad e

Higiene y en la prevención de enfermedades y accidentes del trabajo, de acuerdo a las características y riesgos propios, generales y específicos de las tareas que cada uno desempeña.

k) Llevar actualizado un registro de todas las capacitaciones brindadas y

mantener constancia de recepción por parte de los trabajadores involucrados.

l) Mantener actualizado un registro de entrega de elementos de protección

personal. m) Denunciar a la ART respectiva todos los accidentes ocurridos en la obra.

Asimismo deberá presentar a la Inspección de Obras, dentro de los siete corridos posteriores al accidente, una investigación detallada del mismo. Deberá incluir como mínimo una relación circunstanciada de los hechos, datos personales del o los damnificados, las causas que lo originaron, la identificación de acciones correctivas o preventivas, las normas o procedimientos específicos a implementar para evitar la reiteración de hechos similares.

n) Presentar a la Inspección de Obras del día 1 al 5 de cada mes las

estadísticas de accidentes para cada obra correspondientes al mes inmediato anterior.

o) Preparar el Programa de Control Ambiental y Reducción de los Efectos

Ambientales para cada obra, incluyendo la matriz de identificación de impactos potenciales para cada actividad y sus correspondiente medidas de mitigación

Esta lista de obligaciones generales es presentada a título meramente indicativo, debiendo respetarse y cumplirse todas las normativas emanadas de la legislación vigente al momento de realización de las obras. El Profesional a cargo del Servicio de Higiene y Seguridad del Contratista Principal es el responsable de exigir y verificar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones indicadas precedentemente por parte de todos los Subcontratistas que tuvieran participación en la obra.

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SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO –PROTECCIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

1.5 LEGAJO TÉCNICO Y PROGRAMA DE SEGURIDAD DE OBRA

El Responsable de Higiene y Seguridad del Contratista deberá confeccionar y mantener actualizado un Programa Único de Seguridad de Obra, el que llevará su rúbrica, y estará a disposición del Comitente, de la Inspección y/o de la Autoridad Competente a su requerimiento. Estará constituido por la documentación generada por la Prestación de Higiene y Seguridad para el control efectivo de los riesgos emergentes en el desarrollo de la obra. Contendrá información suficiente de acuerdo a las características, volumen y condiciones bajo las cuales se desarrollarán los trabajos, para determinar los riesgos más significativos en cada etapa de los mismos. Deberá actualizarse incorporando las modificaciones que se introduzcan en la programación de las tareas que signifiquen alteraciones en el nivel o características de los riesgos para la seguridad del personal.

Conforme a la Resolución 231/96 de la S.R.T. el Legajo Técnico y Programa de Seguridad, según Resoluciones 51/97 y 35/98 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo de obra deberá completarse con lo siguiente:

1.5.1 Legajo Técnico de Obra (Resolución S.R.T. 231/96)

a) Memoria descriptiva de la obra. b) Programa de prevención de accidentes y enfermedades

profesionales de acuerdo a los riesgos previstos en cada etapa de obra. (se lo complementará con planos o esquemas si fuera necesario)

c) Programa de capacitación al personal en materia de Higiene y Seguridad.

d) Registro de evaluaciones efectuadas por el servicio de Higiene y Seguridad, donde se asentarán las visitas, y las mediciones de contaminantes si correspondiera.

e) Organigrama del Servicio de Higiene y Seguridad. f) Plano o esquema del obrador y servicios auxiliares.

Deber estar rubricado por el Responsable de Higiene y Seguridad de la obra.

1.5.2 Programa de Seguridad de Obra (Resolución S.R.T. 51/97 - Anexo I)

a) Se confeccionará un Programa de Seguridad Único por obra emprendimiento por parte del Contratista principal, según lo establecido en el artículo 6 del anexo del Decreto Reglamentario 911/96.

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b) Contendrá la nómina del personal que trabajará en obra y será actualizado en forma inmediata, en caso de altas y bajas.

c) Contendrá identificación de la Empresa, del Establecimiento y de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo.

d) Fecha de confección del Programa de Seguridad. e) Descripción de la obra y sus etapas constructivas con fechas

probables de ejecución. f) Enumeración de los riesgos generales y específicos, previstos por

etapas. g) Deberá contemplar cada etapa de obra e indicar las medidas de

seguridad a adoptar, para controlar los riesgos previstos.

Será firmado por el Empleador, el Director de Obra y el profesional responsable en Higiene y Seguridad en el Trabajo de la obra y será aprobado por un profesional en Higiene y Seguridad de la A.R.T.

Asimismo para dar cumplimiento a la Resolución S.R.T. 35/98 (si correspondiere), cada Empresa Subcontratista deberá confeccionar su propio Programa de Seguridad, cumpliendo el Programa Unico de Seguridad de la Obra.

1.6 DISPONIBILIDAD Y ACCESO A DOCUMENTACIÓN

En cada obrador y para cada obra, se deberá mantener copia de toda la documentación y registros mencionados en los artículos 1.3, 1.4 y 1.5 precedentes, a fin de que la misma pueda estar disponible para ser inspeccionada por parte de la Inspección de Obras, AySA y/o por la Autoridad de Aplicación a su requerimiento. Esta exigencia no exime la formal presentación de los documentos a través de las vías contractuales de comunicación entre las Partes.

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2 REQUISITOS INICIALES A CUMPLIR POR EL CONTRATISTA

2.1 PRESENTACIONES

a) Previamente a la Licitación de las Obras, el Oferente entregará a la Gerencia de Abastecimiento de AySA por única vez y para ser adjuntados a la documentación pertinente que lo incluye en el Registro de Proveedores, los siguientes documentos de carácter general:

• Política de la Empresa en materia de Higiene y Seguridad en el Trabajo y Protección y Control Ambiental.

• Programa General de Higiene y Seguridad en el Trabajo de la Empresa. • Programa General de Control Ambiental de la Empresa.

b) Previo a la firma del Contrato correspondiente, el Oferente que haya

resultado Adjudicatario presentará a la Gerencia de Obras de AySA que corresponda, los siguientes documentos específicos para la obra adjudicada:

• Programa Único de Seguridad, conforme al Decreto 911/96 y a las

Resoluciones 51/97 y 35/98 de la S.R.T. • Programa y Procedimientos para la Protección y Control Ambiental.

c) Dentro de los 10 (diez) días corridos de notificado el inicio de los trabajos,

el Contratista presentará a la Inspección de Obras mediante Nota de Pedido, lo siguiente:

• Programa Único de Seguridad, conforme al Decreto 911/96 y a las Resoluciones 51/97 y 35/98 de la S.R.T, aprobado por su ART. Este Programa debe incluir el análisis de los riesgos, las medidas de seguridad específicas y los recursos previstos, para todas aquellas etapas o características singulares o relevantes de la obra a ejecutar. Asimismo deberá contener el Programa detallado de capacitación a todos los niveles de la Empresa, con indicación de su frecuencia y periodicidad, e indicando los temas a desarrollar por nivel jerárquico.

• Organigrama del Servicio de Medicina e Higiene y Seguridad en el Trabajo, indicando en cada caso los datos de los responsables. Los datos del Profesional propuesto como Responsable del Servicio de Higiene y Seguridad del Contratista deberán incluir copia de su matrícula profesional habilitante.

• Notificación fehaciente a la ART del inicio de los trabajos. • Programa detallado para el Control Ambiental, incluyendo la matriz de

identificación de impactos potenciales por etapa de obra categorizados en función de las características propias y sitio de implantación de la obra ofertada, indicando expresamente las medidas de mitigación específicas.

• Programa específico para la mitigación de los efectos ambientales, cuando exista Estudio de Impacto Ambiental para la obra.

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• Plan para las Instalaciones - Servicios Provisorios para la Construcción conforme a las Especificaciones Técnicas del Pliego.

• Constancia de la cobertura prevista para Riesgos de Trabajo, en los términos de la Ley 24 557.

2.2 OBRADOR

El Contratista proveerá a partir de la fecha de comienzo y hasta la finalización del Contrato, un Obrador que contará con un área adecuada y suficiente para acomodar todas las necesidades de la administración, depósito de materiales y todas las actividades que se desarrollen acorde al tamaño y complejidad de las obras a realizar. Dentro del mismo se deberán tener en cuenta las circulaciones peatonales y vehiculares. Las circulaciones peatonales deberán ser establecidas en los sitios de menor riesgo. Dichas vías deben estar perfectamente demarcadas y libres de obstáculos. Se indicarán de manera inequívoca los caminos de evacuación en caso de peligro, así como todas las salidas normales de emergencia. Deberán disponer de carteles indicadores de velocidad máxima para la circulación de vehículos y carteles de entrada y salida de vehículos en sus portones. Se asegurará un correcto estado permanente de accesibilidad y transitabilidad de las vías de egreso e ingreso de vehículos al obrador. Dentro del obrador existirá una cantidad suficiente de elementos portátiles de extinción de incendios, según la carga de fuego existente en el lugar. El obrador contará con un cerco perimetral de altura y tipo previamente aprobado por la Inspección de Obras y los accesos serán controlados por vigilancia.

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3 SERVICIOS DE OBRAS DE OBRA

3.1 TRANSPORTES DE PERSONAL, DE CARGAS Y DE MOVIMIENTO DE MATERIALES.

Deberán ser inspeccionados ocularmente por el responsable de Higiene y Seguridad de la Empresa Contratista. Asimismo el Contratista serán responsable de corroborar que tanto los vehículos como los conductores que trabajen para la obra tengan toda la documentación legalmente en orden.

3.1.1 TRANSPORTE DE CARGAS Y MÁQUINAS PARA MOVIMIENTOS DE MATERIALES.

Se debe realizar un estricto mantenimiento preventivo de los camiones, máquinas, vehículos en general que se utilizan para traslado de materiales y equipos.

Las cajas de los camiones que se destinen al transporte de tierra u otro tipo de material, tal como arena, cemento, etc., deben ser tapadas por medio de lonas o cubiertas plásticas de forma tal que impida la propagación de partículas al ambiente durante su recorrido.

• Preveer lugares de estacionamiento para la construcción, a fin de minimizar

interferencias con la normal circulación del tránsito. • Minimizar la obstrucción de carriles para tránsito de paso. • Proveer una persona para dirigir el tránsito, a fin de facilitar el paso de los

vehículos y evitar los congestionamientos. • Programar las operaciones que deban realizarse en lugares de tránsito

vehicular fuera del horario pico.

3.2 INSTALACIONES SANITARIAS

Todos los ámbitos de trabajo: frentes de obra, talleres, oficinas, campamentos y otras instalaciones, dispondrán de servicios sanitarios adecuados en cantidad suficiente y proporcionales al número de personas que trabajan en ella. En los frentes de obra móviles, el Contratista proveerá obligatoriamente de la cantidad suficiente de servicios sanitarios de tipo desplazable provistos de desinfectantes (baños químicos), en función de la cantidad de personal afectado en cada frente, los cuales se conservarán en apropiadas condiciones mediante limpieza diaria, desinfección periódica y restantes medidas que impidan la

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proliferación de enfermedades infecto-contagiosas y transmisibles por vía dérmica.

3.3 VESTUARIOS Y SERVICIOS AUXILIARES En los obradores se dispondrán de vestuarios equipados con duchas de agua fría y caliente en cantidad suficiente según la cantidad de personal. En caso de utilizarse energía eléctrica para calentar el agua para proveer a las duchas, la instalación deberá reunir las condiciones mínimas de seguridad. En los obradores se dispondrá de cofres para guardar los elementos y efectos personales de los trabajadores. Queda expresamente prohibido el cambio de ropa, preparación de alimentos e ingesta de los mismos por parte del personal en zona de obra y en la vía pública.

3.4 DESECHOS CLOACALES Y ORGÁNICOS El Contratista asegurará que la evacuación y disposición de desechos cloacales y aguas servidas se efectúe a redes de colección de bocas de registro y restantes instalaciones apropiadas, debiendo evitarse:

• la contaminación del suelo. • la contaminación de las fuentes de abastecimiento de agua. • el contacto directo con las excretas.

Para el tratamiento de los residuos sólidos hasta su disposición final, el Contratista deberá respetar las siguientes etapas:

• almacenamiento en el lugar donde se produjo el residuo. • recolección y transporte. • eliminación y disposición final.

A tal fin deberá proveer recipientes adecuados, con tapa, resistentes a la corrosión, fáciles de llenar, vaciar y tapar, ubicándose en lugares accesibles, despejados y de fácil limpieza. La recolección deberá realizarse por lo menos una vez al día y en horario regular. Estará terminantemente prohibida la incineración de desperdicios. Se debe realizar una recolección sistemática o en su defecto su remisión a un Centro de Disposición Final de relleno Sanitario Autorizado.

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3.5 RESIDUOS PELIGROSOS O ESPECIALES:

En caso de generar, transportar o manipular Residuos Peligrosos (Ley Nacional N º 24.051) o Residuos Especiales (Ley de la Provincia de Buenos Aires 11.720), el Contratista deberá estar inscripto en la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente Humano de la Nación o en la Secretaría de Política Ambiental de la Provincia de Buenos Aires, según corresponda y disponer de los residuos conforme a leyes vigentes.

3.6 AGUA DE USO Y CONSUMO HUMANO

Se entiende por agua para uso y consumo humano la que se emplea para beber, higienizarse y preparar alimentos. El Contratista deberá asegurar en forma permanente el suministro de agua potable a todos los trabajadores, cualquiera sea el lugar de sus tareas, en condiciones, ubicación y temperatura adecuadas, debiendo verificar mediante estudios periódicos el estado del agua, realizando un análisis bacteriológico semestral y un análisis físico-químico anual. El agua para uso industrial debe ser claramente identificada para evitar su ingesta.

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4 NORMAS GENERALES APLICABLES EN OBRA

4.1 MANIPULACIÓN DE MATERIALES

El Contratista deberá capacitar a todos los trabajadores encargados de manipular cargas o materiales, entrenándolos en el modo de levantarlas y transportarlas para no comprometer su salud y seguridad.

4.2 ALMACENAMIENTO DE MATERIALES

El Contratista evaluará que el área elegida para el almacenamiento de los materiales sea apropiada y conveniente según la constitución, forma y naturaleza de los mismos. En las áreas afectadas deberá observarse limpieza y orden, de manera que se proteja la seguridad de los trabajadores y de terceros. Los materiales a acopiar se dispondrán de modo tal de evitar su deslizamiento o caída. Las operaciones de retiro de materiales de las estibas no deberán comprometer la estabilidad de las mismas. Los caños que se estiben deberán afirmarse mediante cuñas o puntales. Las barras de hierro deberán sujetarse firmemente para evitar que rueden o se desmoronen. Cuando se estiben materiales en hileras, se deberá dejar una circulación entre ellas, cuyo ancho mínimo sea de 0,60 m. No se permitirá el uso de la vía pública como lugar de acopio de materiales, más allá de lo estrictamente necesario para el trabajo del día, debiendo retirarse todo elemento no utilizado al fin de la jornada de trabajo. Cuando se almacena material suelto como tierra, grava, arena, etc., no deberá afectar al tránsito del personal, ni de terceros, debiendo estar el material perfectamente encajonado y señalizado.

4.3 ORDEN Y LIMPIEZA EN LA OBRA

Son conceptos fundamentales de seguridad, su ausencia constituye existencia de condiciones inseguras. El Contratista mantendrá permanentemente el control del orden y la limpieza en toda la obra. No se permitirá la acumulación de escombros, ni material de deshecho de ningún tipo en los lugares de trabajo, más que los producidos durante la jornada y que serán retirados por lo menos una vez por día.

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No deberán quedar dispersos por la obra los elementos de trabajo, para los cuales el Contratista les asignará un lugar apropiado para su acopio, disponiéndolos de tal modo que no obstruyan los lugares de trabajo y de paso. Se deberá verificar además que sean eliminados o protegidos todos aquellos elementos punzo-cortantes como hierros, clavos, etc., a fin de evitar lesiones y heridas. El material sobrante de las excavaciones deberá ser retirado al mismo ritmo que el de ejecución de las obras. En todo momento deberá evitarse la acumulación de tierra en los cordones, que impidan el normal escurrimiento del agua a lo largo de éstos. Durante la ejecución de los trabajos, el Contratista mantendrá el sitio de las obras libre de toda obstrucción innecesaria, y almacenará o se deshará de la maquinaria y materiales sobrantes, retirando los escombros, basuras u obras provisionales que no hayan de utilizarse. En todo momento se mantendrán libres, seguros y en buenas condiciones los accesos a las propiedades frentistas, tomándose además las medidas necesarias para el libre acceso de los vehículos a los garages existentes en dichas propiedades. Al finalizar la obra, el Contratista hará limpiar y reacondicionar por su cuenta los lugares donde se ejecutaron los trabajos y sus alrededores, retirando las construcciones auxiliares y estructura del obrador, la maquinaria, restos de materiales, piedras, escombros, tierra, maderas y cualquier otro elemento resultante de dichos trabajos.

4.4 CIRCULACIÓN

En la planificación de la obra, el Contratista deberá tener presente el derecho de acceso al público, teniendo en cuenta circulaciones peatonales y vehiculares en lo que hace a su trazado y delimitación, estableciendo las primeras en los sitios de menor riesgo. Dichas vías deben estar perfectamente demarcadas y libres de obstáculos. Obligatoriamente el Contratista deberá proveer medios seguros de acceso y salidas en todos y cada uno de los lugares de trabajo, siendo obligatorio el uso de los mismos en todos los casos. La construcción de las obras por parte del Contratista no deberá causar inconvenientes innecesarios a la población. A menos que la Inspección de Obras indique lo contrario, el tránsito peatonal y de vehículos será permitido durante la ejecución de las obras. En algunos casos el Contratista tendrá que proveer un desvío o ruta alterna previamente aprobada por las autoridades municipales correspondientes.

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4.5 TRABAJOS EN LA VÍA PÚBLICA

El Contratista deberá señalizar, vallar y/o cercar las áreas de trabajo para evitar que se vea afectada la seguridad de los trabajadores por el tránsito de peatones y vehículos, y a su vez garantizar la seguridad de éstos últimos a causa de las tareas en la vía pública. El Contratista garantizará, en todo momento, que las señalizaciones, vallados y cercos existentes en la obra se encuentren en buenas condiciones de uso y en los lugares preestablecidos.

4.6 LETREROS IDENTIFICATORIOS Y CARTELES DE OBRA

El Contratista colocará letreros identificatorios de obra. Éstos serán de aproximadamente 90 x 60 cm adheridos a una base con pie. Contendrán los siguientes datos: logotipo de AYSA S.A., identificación de la obra, nombre, dirección y teléfono del Contratista. Se colocará un letrero por frente de trabajo y cada 100 metros a lo largo de las zanjas abiertas. Además el Contratista colocará carteles de obra en cada proyecto, y previo al inicio de la obra física, en los lugares indicados por la Inspección, según el modelo aprobado y entregado oportunamente por la Gerencia de Obras de AySA que corresponda. Cada cartel de obra tendrá medidas aproximadas de 3m de ancho por 2 m de alto.

4.7 INSTALACIONES ELÉCTRICAS

Para cada obra, el Contratista proporcionará toda la energía eléctrica requerida para la realización de los trabajos. En caso de no haber red pública, el Contratista suministrará y mantendrá toda la energía eléctrica temporaria y permanente mediante grupos electrógenos. Estos se instalarán en un sitio que resulte inaccesible para personas no especializadas ni autorizadas para su manejo y se asegurará que se mantengan debidamente protegidos y señalizados. Todo el sistema de balizamiento nocturno que implique el uso de la energía eléctrica, estará alimentado con una tensión máxima contra tierra de 24 Voltios, es decir tensión de seguridad. El Contratista colocará los transformadores necesarios a tal fin. El Contratista observará que la ejecución de trabajos con tensión se efectúe:

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• Cumpliendo con las normativas establecidas por las Empresas prestatarias del servicio.

• Con métodos de trabajo específicos, siguiendo las normas técnicas que se establecen en las instrucciones para estos tipos de trabajo.

• Con material de seguridad, equipo de trabajo y herramientas adecuadas. • Con autorización especial del responsable de la obra, quien detallará

expresamente el procedimiento a seguir en el trabajo. • Con personal que esté capacitado para tal fin. Deberá exhibir constancia de

la capacitación periódica brindada por el Responsable de Higiene y Seguridad del Contratista.

• Bajo el control constante del responsable de la tarea. Las instalaciones eléctricas deberán ser revisadas periódicamente por el Contratista, quien es el responsable de que sean mantenidas en buen estado. El Contratista tendrá terminantemente prohibido el uso de la energía eléctrica, tomándola directamente de las líneas de distribución sin interposición de los correspondientes tableros. A tal fin, el Contratista utilizará tableros que posean todas las protecciones necesarias y suficientes contra contactos eléctricos directos e indirectos, los cuales se instalarán inmediatamente a continuación del punto de toma de la línea de distribución. El Contratista irá desplazando estos tableros conjuntamente con el avance de las obras. El Contratista asegurará que se cumplan los siguientes requerimientos: • El tablero deberá estar constituido por material no higroscópico, es decir que

no absorba humedad. • Como interruptor general se utilizará un interruptor automático por corriente

diferencial de fuga (disyuntor diferencial). • Por cada una de las líneas derivadas se colocará un interruptor automático

con apertura por sobrecarga y cortocircuito (llave termomagnética). • Todo tablero deberá estar puesto a tierra en su borne correspondiente, de

éstos se derivarán las tierras a todos los lugares de consumo a través de un conductor de protección.

• Los cables que atraviesen pasos peatonales deberán estar elevados por lo menos 2,40 metros, y 4 metros si atraviesan zonas de tránsito vehicular.

• Los cables eléctricos estarán en perfecto estado, conservando en todo momento su cobertura de protección.

• Los empalmes se realizarán exclusivamente mediante enchufes normalizados, prohibiéndose las uniones provisorias.

• Los cables eléctricos estarán protegidos a fin de que no sean pisados por peatones o vehículos.

• Todos los trabajos que impliquen riesgo eléctrico serán únicamente realizados por las personas autorizadas para tal fin. Dicho personal debe estar calificado y debe estar capacitado por la empresa Contratista para el buen desempeño de su función, informándosele sobre los riesgos a que estará expuesto, y sobre la manera segura de trabajar.

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4.8 PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS El Contratista instalará matafuegos en cantidad tipo adecuado, en condiciones óptimas para su uso en:

• Los obradores. • Todos los lugares donde se almacenen materiales combustibles e

inflamables. • Los lugares donde se efectúen trabajos de soldadura o de oxicorte u

otros que generen o puedan generar riesgos de incendio. • En cada frente de obra donde exista riesgo potencial de incendio. • En todo vehículo o maquinaria afectada a la obra.

Asimismo controlará que los equipos e instalaciones de extinción de incendio se mantengan libres de obstáculos y estén accesibles en todo momento. Deberán estar señalizados y su ubicación será tal que resulten fácilmente visibles.

El Contratista colocará avisos visibles que indiquen los números de teléfono y direcciones de los puestos de ayuda más próximos (bomberos, policía y otros), junto a los aparatos telefónicos y áreas de salida en obradores.

4.9 PRESCRIPCIONES GENERALES A SEGUIR ANTE UN ACCIDENTE

Las siguientes son algunas recomendaciones que permitirán actuar con rapidez y eficacia, para el caso de que ocurra alguna emergencia en la obra: ♦ Todo el personal de la Contratista debe estar informado del nombre,

domicilio y teléfono de los Servicios Médicos de la misma, y del número de emergencia de la ART respectiva.

♦ En el obrador, en lugar bien visible, se debe colocar una lista con dichas direcciones y teléfonos.

♦ El Jefe de Obra y cada uno de los capataces debe tener un idéntico listado en una tarjeta plastificada, que portarán en su bolsillo durante toda la jornada de trabajo.

♦ Se debe dar aviso de inmediato al Servicio de Higiene y Seguridad y al Servicio Médico.

Cada Jefe de Obra tendrá disponible por lo menos un botiquín con los elementos necesarios para brindar primeros auxilios. Los elementos a contener dentro del botiquín lo determinará el Servicio Médico conforme a los riesgos emergentes de la obra. Es de cumplimiento obligatorio por parte del Contratista, el informar inmediatamente a la Inspección de Obras, sobre cualquier accidente ocurrido, y

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en un plazo no mayor a las 24 hs, comunicar la denuncia de accidente a la ART respectiva.

4.10 EQUIPOS Y ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL

El Contratista es responsable de que los equipos y elementos de protección personal sean entregados a los trabajadores y utilizados obligatoriamente por éstos. El Contratista asegurará que los trabajadores utilicen los equipos y elementos de protección personal, de acuerdo al tipo de tarea que deban realizar, y a los riesgos emergentes de la misma. La determinación de la necesidad de uso de equipos y elementos de protección personal, condiciones de utilización y vida útil, estará a cargo del responsable de Higiene y Seguridad del Contratista, con la participación del Servicio de Medicina del Trabajo en lo que se refiere a su área de competencia. El Contratista deberá capacitar a los trabajadores, entrenándolos en el uso y conservación de los elementos y equipos de protección personal. Fundamentalmente en este tipo de obras, los elementos básicos a utilizar por los obreros en este tipo de obra son:

• Ropa de trabajo. • Casco de protección. • Botines de seguridad, con puntera reforzada. • Botas de goma con puntera reforzada, para trabajos en presencia de

agua. • Capa de lluvia. • Chalecos reflectantes cuando se trabaje en arterias con mucho tránsito,

tanto en horarios diurnos como nocturnos. • Guantes adecuados a la tarea. • Protectores auditivos, por ejemplo para el caso de rompepavimentos,

martillo neumático, siempre que el NSCE supere los 85db (A). • Anteojos de seguridad, para aquellos trabajos en los que exista riesgo

de proyección de partículas. • Equipo de soldador completo: protector facial, delantal, polainas,

guantes y manguito de cuero para el trabajador que realice tareas de soldadura.

• Cinturón o arnés de seguridad según corresponda para trabajos en altura ( más de 2,00 metros respecto del nivel del piso).

• Máscaras de protección respiratoria. • Equipo de respiración autónomo, para trabajos en espacios

confinados.

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Esta lista no es taxativa, sino que se deberá adecuar a los riesgos de las distintas tareas de obra. Todo elemento de protección personal se ajustará a las Normas I.R.A.M. que regulan en general la fabricación de los equipos y elementos, como así también suministra certificado de calidad del producto. En oportunidad de la entrega de cada elemento el trabajador recibirá capacitación sobre la forma de uso del elemento y firmará una constancia de recepción, la cual quedará junto con el Programa de Seguridad de Obra y Legajo Técnico a disposición de toda inspección que se realice. Todo personal del Contratista que no utilice los E.P.P. básicos y/o específicos de la tarea a realizar, deberá retirarse de la obra.

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5 NORMAS DE PREVENCIÓN EN LAS DISTINTAS ETAPAS DE OBRA

5.1 VERIFICACIÓN DE INTERFERENCIAS CON OTRAS REDES DE OBRAS

Los requisitos enunciados a continuación son concordantes y/o complementarios de lo dispuesto en las Especificaciones Técnicas Generales – Artículo 3.1.3 “Redes ajenas – Excavaciones Exploratorias”, el que aquí se da por reproducido. Previamente al inicio de las excavaciones el Contratista revisará cuidadosamente los planos de interferencias de otros servicios de infraestructura tales como gas, energía eléctrica, teléfono, etc. El Contratista junto con su Profesional Responsable en Higiene y Seguridad elaborará un Plan de Contingencia para el caso de rotura de cañerías de otros servicios. Este Plan deberá confeccionarse en un todo de acuerdo a las indicaciones de la Empresa prestataria de otros servicios: gas, energía eléctrica, etc. Asimismo el capataz a cargo de los grupos de trabajo estará en pleno conocimiento del mencionado Plan. El Contratista realizará excavaciones exploratorias de sondeo para verificar o comprobar las ubicaciones reales y el tamaño de las instalaciones existentes y las condiciones subterráneas en cada área en la que deban realizarse trabajos de excavación. Las interferencias de instalaciones subterráneas de electricidad y de gas, son las causantes de la mayoría de los accidentes que ocurren en este tipo de obra. En la realización de trabajos cercanos a líneas de servicios de infraestructura, tales como electricidad, gas, etc., el Contratista deberá adoptar todas las medidas que garanticen la seguridad de los trabajadores. En los casos en que dichos trabajos impliquen un alto riesgo, tales como gasoducto de alta presión, líneas de media y alta tensión, etc., el Contratista asegurará que la supervisión de los trabajos sea efectuada por el responsable de la tarea en forma directa. Durante el proceso de excavación, al notarse la presencia de instalaciones enterradas, se procederá a su despeje con herramientas manuales livianas y con suma precaución. Si es necesario despejar totalmente un accesorio o una canalización de gas o de electricidad por una longitud superior a 1,00 m, se deben pedir instrucciones a los servicios locales correspondientes. El Contratista conservará con todo esmero las instalaciones y obras subterráneas que quedaren al descubierto al practicar las excavaciones, siendo el único

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responsable de los deterioros que por cualquier causa en ellas se produjeran, corriendo por su cuenta el pago de las reparaciones u otros gastos que por este motivo tuvieran lugar. El Contratista no deberá interrumpir la prestación de los servicios provistos por las instalaciones existentes, como tampoco alterará el soporte, tal como anclaje y cama de apoyo, de ninguna instalación sin previa autorización de la Inspección de Obras. Todas las válvulas, interruptores, cajas de control y medidores pertenecientes a dicha instalación deberán quedar accesibles a todo el personal autorizado por los prestadores de los servicios, para tener control sobre ellos en situaciones de emergencia.

5.2 EXCAVACIÓN DE ZANJAS Y POZOS En cada frente de trabajo la excavación no podrá aventajar en más de 150 metros a la cañería colocada y tapada con la zanja totalmente llena en cada frente de trabajo.

El Contratista adoptará sistemas de excavación que aseguren la estabilidad de las paredes excavadas, debidamente fundados en los estudios de suelos correspondientes y en las recomendaciones de su especialista en mecánica de los suelos, a través de un informe de evaluación firmado por este último. El Contratista interpretará y se referirá a estos estudios para determinar la necesidad de entibamientos o tablestacados, apuntalamientos, arriostramientos, desagotes, depresión de napa y cualquier otra medida necesaria para la protección de los trabajadores, estructuras adyacentes, instalaciones, calzadas, etc., que garanticen la ausencia de los peligros de derrumbamiento y hundimiento de suelo durante la excavación, colocación de los caños y relleno. Para ello el Contratista presentará a la Inspección de Obras, previo al inicio de los trabajos correspondientes, las memorias de cálculo necesarias, preparadas y firmadas por un Ingeniero Civil matriculado. La Inspección de Obras no autorizará el inicio y/o podrá ordenar la suspensión de las obras total o parcialmente hasta que el Contratista haya entregado la documentación requerida y/o haya dispuesto en obra de todos los elementos necesarios.

Cuando, por cualquier causa, exista riesgo de desprendimiento, las paredes de la excavación serán protegidas mediante tablestacas, entibado u otro medio eficaz, teniendo en cuenta que mientras exista personal trabajando dentro de las excavaciones, la distancia entre el fondo de la misma y el borde inferior del entibado no debe sobrepasar nunca 1,20 metros. El Contratista deberá tener en cuenta la resistencia del suelo en los bordes de la excavación, cuando éstos se utilicen para acomodar materiales, desplazar cargas o efectuar cualquier tipo de instalación, tomándose además las medidas adecuadas para evitar la caída de material, equipo, herramientas, etc. a la excavación. En zanjas o pozos apuntalados, el material extraído se colocará a una distancia no menor de 1,00 metro del borde de la excavación. En zanjas sin

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apuntalar, el material excavado se colocará a una distancia no menor de la mitad de la profundidad de la zanja medida desde el borde de la misma, a fin de evitar deslizamientos del terreno por sobrecarga. El Contratista adoptará todas las medidas necesarias para evitar deterioros de canalizaciones o instalaciones de otros servicios de infraestructura que afecten el trazado de las obras, siendo responsable por los apuntalamientos y sostenes que sea necesario realizar a ese fin y los deterioros que pudieran producirse en aquellas. No se permitirá la permanencia de trabajadores en el fondo de pozos y zanjas cuando se utilicen para la profundización medios mecánicos de excavación, a menos que éstos se encuentren a una distancia como mínimo igual a 2 veces el largo del brazo de la máquina. Cuando la profundidad de la excavación exceda de un metro, se instalarán escaleras para acceder al fondo de la misma, las cuales tendrán una longitud de travesaños longitudinales tal que se sobrepase un metro el borde de la excavación. Para este caso el Profesional Responsable de Higiene y Seguridad en el Trabajo del Contratista elaborará un Plan de Contingencia, capacitará a su personal expuesto a la tarea y pondrá en lugar visible los pasos a seguir ante una emergencia dentro de la misma, con expresa indicación de la asignación de responsabilidades. El Plan mencionado contendrá como mínimo los siguientes pasos a seguir hasta la llegada del personal especializado para el rescate: • Mantener la calma • Llamar por teléfono al Servicio de Emergencias. • Retirar de la zanja o pozo al personal que no estuviese atrapado. • No mover las herramientas de la víctima del lugar de trabajo. • Registrar la hora del accidente. • Registrar la cantidad de personas que estaban trabajando en el lugar • Registrar medidas de la zanja o pozo. • Registrar proximidad a cañerías de otros servicios: energía eléctrica, gas, etc. • Apagar las maquinarias: retroexcavadoras, bobcat, etc. • Detener el tránsito. • Prender las bombas, si las hubiera. • Retirar a todas las personas a 15 metros de distancia de la zanja.

5.3 PROTECCIÓN DE ZANJAS Y POZOS

El Contratista deberá vallar o cercar las áreas de trabajo para evitar que se vea afectada tanto la seguridad de los trabajadores, como el tránsito de peatones y vehículos.

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En el Anexo 1 se indican los modelos de vallas a utilizar. No se permitirá el uso de mallas plásticas troqueladas en ningún caso. Es obligatoria la identificación y señalización de todos los lugares que presenten riesgos de caída de personas y la instalación de adecuadas protecciones. Para prevenir el riesgo de caída de personas en aberturas practicadas en el piso, el Contratista procederá a: • Proteger mediante cubiertas sólidas que permitan transitar sobre ellas y, en

su caso que soporten el paso de vehículos. No deberán constituir un obstáculo para la circulación debiendo sujetarse con dispositivos eficaces que impidan cualquier desplazamiento accidental. El espacio entre las barras de las cubiertas construidas en forma de reja no superará los 5 cm.

• Proteger mediante vallas de suficiente estabilidad y resistencia en todos los

lados expuestos y sin solución de continuidad. Dichas vallas serán de 1 metro de altura, con travesaños intermedios y zócalos de 15 cm de altura, provistas de elementos que impidan la visión hacia la obra y que eviten la proyección de objetos desde y/o hacia el interior de la obra. según modelo previamente establecido por la Gerencia de Obras que corresponda.

• Proteger con un cerco firme y estructuralmente resistente, de no menos de

1,80 m de altura y sin salientes en la cara exterior, todas aquellas excavaciones puntuales profundas o que deben estar largo tiempo abiertas. Este cerco podrá ser realizado en madera fenólica, chapa ciega o similar en todo su perímetro, pintadas adecuadamente y su modelo será previamente aprobado por la Inspección de Obras.

De todo lo expuesto anteriormente se desprende que todas las excavaciones y pozos deben quedar vallados, tapados y convenientemente señalizados.

5.4 SEÑALIZACIÓN DE ZANJAS Y POZOS

El Contratista asegurará que toda zanja o pozo, y/o cualquier otro punto de riesgo, quede perfectamente señalizado tanto durante el día como durante la noche.

A tal fin, el Contratista señalizará con letreros adecuados todos los obstáculos e interrupciones que existan en la zona de tránsito tanto de vehículos como de personas. Además durante la noche balizará con luces y/o señales reflectantes.

Las excavaciones se podrán demarcar mediante cintas plásticas de seguridad, de color rojo y blanco, siendo éste solamente un elemento de señalización y no de protección, por lo cual no puede sustituir de manera alguna el uso de los efectivos elementos de protección.

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El Contratista colocará carteles de señalización que adviertan el peligro de zanja abierta, o la presencia de hombres o máquinas trabajando. Estos carteles deberán ser fácilmente visibles, y ubicados de frente al sentido de circulación, de manera que puedan ser rápidamente advertidos y con suficiente antelación por parte de los peatones o conductores.

5.4.1 CARTELES DE SEÑALIZACIÓN

Cuando sea necesario interrumpir el tránsito en las calles que afecten a las obras, y previa autorización de las autoridades correspondientes, el Contratista colocará letreros indicadores en los que se inscribirá bajo el título “AYSA S.A.”, el nombre y domicilio del Contratista y la designación de la obra. El Contratista señalizará con toda claridad los desvíos para canalizar el recorrido vehicular con señales diurnas y nocturnas, y con carteles de orientación que indiquen en forma inequívoca el camino a seguir. Además controlará que estén señalizados adecuadamente todos los puntos de peligro, tales como zanjas, pozos, zonas de acción de una máquina, etc. Las señales visuales deberán ser fácilmente visibles a distancia, y en las condiciones y ubicación en que se pretenda sean observadas. Llevarán una leyenda en letras contrastantes con el fondo y pictogramas u ideogramas de tal manera que no ofrezcan dudas en cuanto a su interpretación. Los zanjados en calzadas deberán contar con tantas señalizaciones luminosas como sentidos de circulación vehicular haya en el lugar y los pozos deberán ser vallados en su totalidad desde el inicio de la obra hasta la habilitación al tránsito y los cajones deberán ser colocados dentro del perímetro vallado. En caso de reducción de calzada o corte de calle, la anomalía será indicada con una antelación no menor a los 100 m, siempre y cuando el Municipio no dicte otra normativa; se utilizará leyenda “Calzada Reducida…m” o “Cerrado al tránsito”. Además se colocarán carteles de seguridad tales como “Hombres Trabajando”. “Velocidad máxima…k/h”. “Desvío”. Se utilizarán colores de seguridad para identificar personas, lugares y objetos físicos y asignarles un significado relativo a la seguridad. Los colores a utilizar serán los establecido por las Normas I.R.A.M. 10.005, 2507 y Def. 10-54.

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5.4.2 BALIZAMIENTO NOCTURNO

El Contratista colocará balizas para señalamiento nocturno en todos los puntos de riesgo y en todos los obstáculos e interrupciones en la zona de tránsito vehicular o de personas. Sólo se permitirá el uso de balizas con batería propia o alimentadas por energía eléctrica, quedando prohibidas las que utilizan líquidos combustibles y fuego. En caso de utilizarse balizas alimentadas por energía eléctrica, la misma deberá operar con una tensión máxima contra tierra de 24 Voltios, por lo cual son indispensables los transformadores correspondientes. Es inaceptable el uso directo de tensión de 220 voltios.

Además del balizamiento se colocarán en las vallas bandas reflectivas o pintura reflectiva, las cuales alcanzarán a todo el sitio de trabajo y/o instalaciones conexas cualquiera sea su ubicación, así como también a complementos, equipos, y/o maquinarias transitoriamente depositados en las inmediaciones y en la vía pública.

♦ Balizamiento de la obra en calzada:

Se deberá instalar como mínimo lo siguiente: a) Por los menos dos balizas bien orientadas por sentido vehicular. b) Balizas con buena potencia lumínica y ubicadas bien a la vista. c) En calzadas de alto tránsito vehicular (avenidas, rutas

provinciales o nacionales, etc.) se deben emplear además, semáforos y mayor cantidad de carteles de prevención que los habituales.

d) El balizamiento debe mantenerse hasta la finalización de la obra y debe mantenerse en la calzada hasta la habilitación al tránsito.

e) El Contratista es responsable del buen estado del balizamiento y de su mantenimiento durante todo el tiempo en que el mismo sea necesario.

5.4.3 PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR UN SEÑALAMIENTO

I. Planificación del Trabajo

• Notificación a las autoridades sobre la afectación o corte de la calle.

• Interiorizar al personal sobre la ejecución de las tareas. • Contar con los elementos de señalización y protección

adecuados.

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II. Procedimientos básicos en el lugar de los trabajos

• Estudiar la zona de trabajo y planear la distribución en relación

con:

− Velocidad y movimiento de vehículos y peatones. − Condiciones climáticas y la hora del día. − Longitud de señalización necesaria. − Carril que puede quedar abierto y cuál será cerrado al

tránsito. − Proximidad de las escuelas o establecimiento comerciales

importantes. − Necesidad de ayuda de las autoridades policiales o

municipales para el control del tránsito. − Estacionar vehículos en lugar seguro. − La ubicación de señales o carteles indicadores con suficiente

antelación para prevenir al conductor. • Procedimientos previos a la iniciación de los trabajos:

− Delimitar con cintas y vallas una zona de seguridad

conforme a la gravedad y riesgo del problema y la necesidad de espacio para herramientas, equipos y tierra extraída. Las vallas deben poseer una lona o elemento que impida la visibilidad hacia la zona de obra y los extremos de las mismas pintadas o con un elemento reflectivo para ser identificadas en horario nocturno.

− Conformar y posicionar los encajonamientos para el suelo extraído dentro del perímetro vallado.

− Prever los elementos de balizamiento para horas nocturnas. − No se permitirá el inicio de los trabajos si la zona no está

convenientemente vallada y señalizada. • Procedimientos durante los trabajos:

− Ir modificando las protecciones y señales de acuerdo al

progreso de la obra. − Ampliar la zona de seguridad de acuerdo a las

características del trabajo, cantidad de material extraído, etc.

− En calles angostas, evitar el estacionamiento en las zonas opuestas al trabajo.

− En horas nocturnas instalar los elementos de balizamiento en la dirección del tránsito.

− El personal actuante utilizará chalecos reflectivos de día y de noche cuando se trabaje sobre las calzadas.

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− Sobre las excavaciones en vereda, colocar rejillas protectoras sobre toda la superficie excavada.

• Procedimientos al finalizar los trabajos:

− Restituir a las condiciones de transitabilidad las

excavaciones realizadas. − Retirar todos los elementos de señalización − Notificar a las autoridades la finalización de los trabajos.

En Anexo se presentan los siguientes esquemas orientativos a los cuales los Contratistas deberán ajustarse según el caso que correspondiere, introduciendo las modificaciones necesarias para cumplir acabadamente con el fin previsto, previa consulta a la Inspección de Obras: Figura 1 – Obras en vereda Figura 2 – Obras con afectación “parcial” de calzada – Corte parcial de

tránsito – Circulación doble mano Figura 3 – Obras con afectación “parcial” de calzada – Corte parcial de

tránsito – Circulación mano única Figura 4 - Obras con afectación “parcial” de calzada en ambas manos–

Reducción de tránsito – Circulación doble mano Figura 5 – Obras con afectación “total” de calzada – Corte total de

tránsito – Circulación mano única Figura 6 – Trabajo puntual en calzada En todos los casos se deberá dar prioridad y adecuar la solución conforme a las reglamentaciones dictadas por la Dirección de Tránsito de la Municipalidad que corresponda.

5.5 APUNTALAMIENTOS - DERRUMBES

El Contratista proveerá los elementos y mano de obra necesarios para realizar apuntalamientos y evitar o controlar derrumbes de acuerdo con la documentación contractual. Cuando se deban practicar excavaciones en lugares próximos a la línea de edificación o a cualquier construcción existente y hubiese peligro inmediato o remoto de ocasionar perjuicios o producir derrumbes, el Contratista efectuará el apuntalamiento prolijo y conveniente de la construcción cuya estabilidad pueda peligrar.

5.6 ELEMENTOS DE CONTENCIÓN

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SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO –PROTECCIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

En todos los casos, tanto el suelo extraído de las excavaciones, la arena o grava para lecho de apoyo o relleno, el suelo de aporte, y/o cualquier otro material a granel debe ser contenido por algún método eficaz. El material sobrante de las excavaciones practicadas en la vía pública dentro de cada municipio y luego de efectuados los rellenos, será transportado por el Contratista, a los lugares que indique la Municipalidad correspondiente. La carga, transporte, descarga y disposición del material sobrante será responsabilidad del Contratista cualquiera sea la distancia de transporte. En el caso que la Municipalidad lo permita, mientras se ejecutan los trabajos, el material proveniente del levantamiento de solados y el suelo excavado, se podrá depositar provisoriamente en la vía pública. La tierra o material extraído de las excavaciones que deban emplearse en posteriores rellenos, se podrá depositar provisoriamente en los sitios más próximos a ellas en que sea posible hacerlo y siempre que con ello no se ocasionen entorpecimientos al tránsito, como así tampoco al libre escurrimiento de las aguas superficiales, ni se produzca cualquier otra clase de inconvenientes que pudiera evitarse. Toda la tierra resultante de la excavación deberá quedar encajonada y dentro del perímetro vallado. A tal fin se podrá utilizar la colocación de maderas de contención compuestas por tablones ubicados entre bretes metálicos, y de una altura suficiente como para sostener el volumen de suelo excavado y siempre de una altura no inferior a los 60 cm. Los elementos de contención deberán quedar correctamente alineados. También se podrá contener la tierra resultante, ya sea en cajones de madera perfectamente estancos o en otro elemento de contención autorizado previamente por Inspección, siempre colocados dentro del perímetro vallado.

Si por cualquier causa no fuera factible la utilización de métodos efectivos de contención, el suelo deberá ser íntegramente retirado del sitio de las excavaciones, y aportado nuevamente al momento de efectuar los correspondientes rellenos.

Si la Municipalidad correspondiente, en sus Normas para la Ejecución de Trabajos en la Vía Pública, fija criterios en cuanto a la contención de la tierra, y disposición final de la misma, el Contratista observará su cumplimiento como prioritario frente a cualquier otra alternativa.

El Contratista asegurará que el material sobrante de las excavaciones deberá ser retirado al mismo ritmo que el de la ejecución de las obras, de manera que en ningún momento se produzcan acumulaciones injustificadas.

5.7 DESAGÜES PÚBLICOS Y DOMICILIARIOS

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El Contratista deberá proveer los elementos y mano de obra necesarios para mantener y proteger los desagües públicos y domiciliarios. Toda vez que con motivo de las obras se modifique o impida el desagüe de los albañales u otras canalizaciones, el Contratista adoptará las medidas necesarias para evitar perjuicios al vecindario. Inmediatamente de terminadas las partes de las obras que afectaban dichos desagües, el Contratista los restablecerá en su forma primitiva. El Contratista adoptará todas las precauciones necesarias para proteger los canales, drenajes y charcos de agua contra la contaminación y programará sus operaciones de forma tal que pueda minimizar la creación de barro y sedimentos en dichas instalaciones. El control de la contaminación de agua deberá consistir en la construcción de aquellas instalaciones que puedan ser requeridas para prevenir, controlar y suprimir la contaminación del agua. El Contratista mantendrá un sistema de drenaje dentro y a través del sitio o lugar de trabajo. No utilizará represas hechas con tierra en áreas asfaltadas pavimentadas. En cambio si podrá aceptar la colocación de represas temporales hechas con bolsas de arena, concreto asfáltico u otro material permitido para proteger el área de trabajo cuando sea necesario, siempre que su uso no cree una situación peligrosa o de fastidio al público. En todas las bocas de registro y/o cámaras ejecutadas en calzada, deberá colocar y mantener hasta el momento de la instalación de la tapa definitiva, un murete constituido de al menos dos hileras de ladrillos alrededor del perímetro de las mismas. Es obligatoria la remoción de dichas represas del sitio una vez que no sean necesarias. El Contratista verificará que no se interrumpa el transporte y eliminación de aguas servidas. En el caso de que el Contratista interrumpa las instalaciones cloacales existentes transportará el flujo cloacal en conductos cerrados, y se eliminarán mediante un sistema de cloacas con condiciones sanitarias adecuadas. No se permitirá la conducción de residuo cloacal hacia el interior de zanjas, ni su cobertura posterior con relleno.

5.8 PASOS PEATONALES Y ACCESOS DOMICILIARIOS

La construcción de las obras por parte del Contratista no deberá causar inconvenientes innecesarios al público. El Contratista, durante la planificación de las obras, privilegiará el derecho de acceso del público. Siempre que sea factible, el tráfico peatonal y de vehículos será permitido durante la ejecución de las obras. En los casos en que el Contratista tenga que proveer un desvío o ruta alternativa, la misma deberá ser previamente aprobada por las autoridades municipales correspondientes.

El Contratista proveerá y mantendrá permanentemente un acceso seguro y adecuado para peatones y vehículos, principalmente cuando con las obras pasen

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por delante de hidrantes, colegios, iglesias, puertas cocheras de garajes públicos o particulares, galpones, depósitos, fábricas, talleres y establecimientos de naturaleza similar.

El Contratista instalará puentes o planchadas provisorios resistentes, conformes a las cargas que soportarán. El acceso deberá ser continuo y sin obstrucciones. El acceso de vehículos a los domicilios particulares deberá mantenerse libre, excepto cuando el progreso de la construcción lo impida, y siempre y cuando sea por un período de tiempo razonable, en cuyo caso se avisará previamente a los vecinos afectados. Para facilitar el tránsito de peatones, en los casos en que el acceso a sus domicilios se hallara obstruido por las construcciones, el Contratista colocará cada 50 metros como máximo, pasarelas provisorias de 1,20 m de ancho libre y de la longitud que se requiera, con pasamanos, rodapiés y barandas.

El Contratista cooperará con las diferentes entidades encargadas en el reparto del correo, recoger la basura, y demás servicios de tal forma que se puedan mantener los horarios existentes para su prestación.

El ancho de vereda determinará la posibilidad de acopiar en uno o los dos lados de la excavación, estando esta situación también condicionada a permitir la normal circulación de los peatones y el ingreso a las propiedades.

Para las zanjas que se abran sobre las veredas, el Contratista dejará un ancho mínimo libre del orden de 80 cm desde a línea de edificación, de manera de ofrecer un paso cómodo para los peatones, debiendo quedar en todo momento libre de obstáculos y correctamente señalizado y balizado. Cuando esto no sea posible, establecerá pasos peatonales alternativos sobre las calzadas, los cuales deberán permanecer perfectamente delimitados mediante vallas y correctamente señalizados.

5.9 TRABAJOS CON HORMIGÓN

El Contratista asegurará que los materiales utilizados en los encofrados sean de buena calidad, exentos de defectos visibles y de resistencia adecuada a los esfuerzos que deban soportar.

Luego de montar la estructura básica se verificará que todas y cada una de las partes componentes se encuentren en condiciones de seguridad hasta el momento de su remoción o sustitución por la estructura permanente.

Durante el período constructivo no se deberán acumular sobre las estructuras cargas, materiales o equipos que resulten peligrosos para la estabilidad de aquellas, incluso para estructuras recientemente desencofradas.

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En el caso de utilizar apuntalamientos de madera empalmados, éstos deberán estar distribuidos y cada puntal no deberá poseer más de un empalme. Los empalmes deben ser reforzados par impedir la deformación. Durante la soldadura de la armadura, deben prevenirse los riesgos de incendio de los encofrados combustibles. Previo al ingreso a obra de aquellas sustancias utilizadas como aditivos, auxiliares o similares, se verificará que los envases vengan rotulados con especificación de: • Forma de uso • Riesgos derivados de su manipulación • Indicación de primeros auxilios ante situaciones de emergencia. A su vez se deberá contar con la Hoja de Seguridad del producto, la cual se incorporará al Registro de Evaluaciones llevado por el Responsable de Higiene y Seguridad de la Contratista. Los baldes y recipientes en general, que transporten hormigón en forma aérea no deberán tener partes salientes donde pueda acumularse el hormigón y caer del mismo. El movimiento de los baldes se dirigirá por medio de señales previamente convenidas. Está totalmente prohibido trasladar personas en los baldes transportadores de hormigón. La remoción de apuntalamientos, elementos de sostén y equipamiento sólo podrán realizarse cuando la Jefatura de obra haya dado las instrucciones necesarias para el comienzo de los trabajos, los que deben ser programados y supervisados por el responsable de la tarea. Los andamios o estructuras que sostengan una tubería para hormigón bombeado deben ser calculados en función del peso de la tubería llena de hormigón y de los trabajadores que puedan encontrarse encima del andamio con un coeficiente de seguridad igual a 4. Las tuberías para el transporte de hormigón bombeado deben estar: a) Sólidamente amarradas en sus extremos y codos b) Provistas de válvulas de escape de aire cerca de su parte superior c) Firmemente fijadas a la tobera de la bomba mediante un dispositivo eficaz de

seguridad Cuando se proceda a limpiar tuberías para el transporte de hormigón bombeado, sus elementos componentes no deben ser acoplados ni desmontados mientras dure la purga de la misma, debiendo establecerse una distancia de seguridad.

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Se debe verificar el estado de los equipos mecánicos e instrumentos de bombeo al comienzo de cada turno de trabajo.

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6 NORMAS DE PREVENCIÓN EN LAS INSTALACIONES Y EQUIPOS DE OBRA

El profesional responsable en Higiene y Seguridad del Contratista deberá inspeccionar todos los equipos y herramientas que ingresan a obra llevando un registro de las inspecciones realizadas y el estado de funcionamiento y uso de los mismos.

6.1 HERRAMIENTAS MANUALES Y MECÁNICAS PORTÁTILES

El Contratista deberá asegurar que las herramientas de mano sean seguras, adecuadas a las operaciones a realizar, y que no presenten defectos ni desgastes que dificulten su correcta utilización. Las herramientas deberán ser depositadas antes y después de su utilización, en lugares apropiados que eviten riesgos de accidentes por caída de las mismas, o que entorpezcan las circulaciones. Las herramientas portátiles deberán tener sus elementos cortantes, punzantes o lacerantes, dotados de resguardos que no entorpezcan las operaciones a realizar y eviten accidentes.

Las herramientas accionadas a gatillo, deberán poseer seguros a efectos de impedir su accionamiento accidental.

6.2 HERRAMIENTAS NEUMÁTICAS

El Contratista deberá asegurar que las instalaciones y equipos que suministren aire comprimido a las herramientas deben ser revisados por su Responsable de Higiene y Seguridad. En caso de presentar equipos sometidos a presión, los mismos deberán estar habilitados y haberse realizado las pruebas hidráulicas correspondientes. De acuerdo al marco regulatorio establecido en la provincia de Buenos Aires por las Resoluciones 231/96, 129/97 y 529/98. En Capital Federal se exigirá el cumplimiento de esta normativa a pesar de carecer de un marco regulatorio.

6.3 HERRAMIENTAS ELÉCTRICAS

El Contratista verificará que los equipos y herramientas eléctricas portátiles tengan las partes metálicas accesibles a la mano, unidas a un conductor de puesta a tierra.

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Los cables de alimentación serán del tipo doble aislación, suficientemente resistentes para evitar deterioros por roce o esfuerzos mecánicos normales de uso, y se limitará su extensión, empleando tomacorrientes cercanos.

6.4 MÁQUINAS PARA TRABAJAR LA MADERA

Las máquinas y restantes equipos de trabajo de madera, deberán estar dotados de las protecciones que garanticen la seguridad de los trabajadores. Deberán estar provistos de mecanismos de accionamiento al alcance del operario en posición normal de trabajo. Mientras las máquinas no estén en funcionamiento se deberán cubrir los sectores de corte. La sierra circular debe estar provista de resguardos que cubran la parte expuesta al corte de la sierra, por encima de la mesa, tanto cuando la sierra gire en vacío como cuando esté trabajando. Estos resguardos deberán ser fácilmente regulables, protegiendo al trabajador contra todo contacto accidental con la hoja en movimiento, proyecciones de astillas, rotura total o parcial de la hoja. además se debe proteger la parte inferior de la sierra.

6.5 MEDIDAS DE SEGURIDAD EN EL USO DE ESCALERAS

Siempre que la profundidad de la zanja o pozo sea superior a 1 metro, el Contratista exigirá que los trabajadores accedan al mismo por medio de escaleras. El apoyo inferior de las mismas deberá ser siempre firme, sólido y nivelado. Si el terreno sobre el que se ha de trabajar no tiene suficiente firmeza y el peso del empleado determinase que los apoyos vencieran el plano sobre el que descansan, se solicitará formar un asentamiento mediante una plancha rígida y resistente.

Se asegurará la inclinación adecuada de las escaleras, siendo aquella en que la distancia entre el apoyo inferior y la vertical del superior es ¼ de la longitud de la escalera. Toda escalera de mano usada como medio de circulación debe sobrepasar en 1 metro el lugar más alto al que deba acceder o prolongarse por uno de los largueros hasta la altura indicada par que sirva de pasamanos a la llegada.

Se verificará que las escaleras de madera estén constituidas por largueros de un solo tramo, con peldaños ensamblados.

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Se exigirá que sean retiradas del uso todas aquellas escaleras que presenten defectos. Para poder detectar y visualizar las imperfecciones se solicitará que estas escaleras no se pinten, salvo con recubrimiento transparente.

6.6 ANDAMIOS Los andamios como conjunto y cada uno de sus elementos componentes deberán estar diseñados y construidos de manera que garanticen la seguridad de los trabajadores. Todos los andamios que superen los seis metros de altura deben ser dimensionados en base a cálculos. Las plataformas situadas a más de dos metros de altura respecto del plano horizontal inferior más próximo, deberán contar en todo su perímetro que de al vacío, con una baranda superior ubicada a un metro de altura, una baranda intermedia a cincuenta centímetros de altura y un zócalo en contacto con la plataforma. Las barandas y zócalos de madera se fijarán del lado interior de los montantes.

La plataforma de trabajo deberá tener un ancho mínimo de 60 cm y no presentarán discontinuidades que signifiquen riesgo para la seguridad de los trabajadores. La continuidad de una plataforma se obtendrá por tablones empalmados a tope, unidos entre sí mediante un sistema eficaz, o sobrepuestos entre sí 50 cm como mínimo. Los empalmes y superposiciones deben realizarse obligatoriamente sobre los apoyos. Los tablones que conformen la plataforma deberán estar trabados y amarrados sólidamente a la estructura del andamio, de modo tal que no puedan separarse transversalmente, ni de sus puntos de apoyo, ni deslizarse accidentalmente. Ningún tablón que forme parte de una plataforma deberá sobrepasar su soporte extremos en más de 20 cm.

El espacio máximo entre el muro y la plataforma deberá ser de 20 cm, caso contrario será obligatoria la colocación de una baranda conforme a lo expresado precedentemente. Los montantes de los andamios deber ser verticales o estar ligeramente inclinados hacia el edificio, con una separación máxima entre sí de 3 metros, y estar sólidamente empotrados en el suelo o bien sustentados sobre calces apropiados que eviten el deslizamiento accidental.

6.7 VEHÍCULOS Y MAQUINARIA AUTOMOTRIZ

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El siguiente es un listado de algunas de las medidas de seguridad que el Contratista deberá cumplir durante la utilización de vehículos y maquinarias de obra. ♦ Todas las maquinarias y camiones deberán llevar un rótulo visible con

indicación de la carga máxima que soportan. ♦ La carga no deberá sobrepasar su capacidad, ni el peso estipulado. ♦ Únicamente serán conducidos por trabajadores seleccionados para tal fin,

que reúnan las condiciones de aptitud, y los cuales deben estar provistos de una credencial de identificación. El personal afectado a operaciones con maquinarias y vehículos deberá ser adecuadamente capacitado y adiestrado.

♦ Queda prohibido transportar personas conjuntamente con las cargas, a menos que los vehículos sean o estén adaptados a tal fin.

♦ Durante el desplazamiento de un vehículo no se debe permitir que una persona vaya de pie, o sentada sobre el techo, remolque, barras de enganche, guardabarros, estribos o carga del mismo.

♦ Se debe exigir que ninguna persona baje o suba a un vehículo en movimiento.

♦ Los vehículos y maquinaria automotriz estarán provistos de asiento para el conductor y medios seguros para ascender y descender de ellos. En tal sentido los peldaños y pasarelas que posean deben mantenerse libres de grasa, barro o cualquier otra sustancia resbaladiza.

♦ Deberán tener en perfecto funcionamiento todos los mecanismos y dispositivos de seguridad, tales como señales fono-luminosas que adviertan de los desplazamientos, luces de indicación de marcha atrás.

♦ Todas las maquinarias y camiones deberán estar provistos de extintores de incendio, de acuerdo a la carga de fuego a la que estén expuestos.

♦ Las cargas que sobresalen de la parte trasera de un vehículo deberán ser señalizadas y estarán aseguradas de tal manera que no tengan movimiento alguno.

♦ Todos los vehículos y maquinarias llevarán obligatoriamente cinturón de seguridad combinado inercial (bandolera y cinturón), y éstos serán usados en forma permanente por sus usuarios.

♦ Las máquinas que posean cabina deben estar provistos de un espejo retrovisor a cada lado y señales de dirección.

♦ Cuando vehículos y máquinas de obra deban trabajar avanzando o retrocediendo ocupando parcial o totalmente la vía pública se deben designar señaleros para advertir al tránsito.

♦ Las grúas y equipos equivalentes deberán poseer como mínimo en servicio los dispositivos y enclavamientos originales, más aquellos que se agreguen a fin de posibilitar la detención de todos los movimientos en forma segura y el accionamiento de los límites de carrera de izado y traslación.

♦ Todo equipo o elemento que se utilice para izamiento de cargas deberá poseer placa identificatoria de carga máxima a levantar, la cual no deberá sobrepasarse bajo ninguna circunstancia.

♦ Las grúas deberán presentar, antes del comienzo de los trabajos, una certificación de ensayo de cargas y una certificación de eslingas, firmada

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por un Profesional con incumbencias en el tema y matriculado en su Colegio o Consejo Profesional respectivo.

♦ Diariamente al inicio de la jornada se realizará una inspección ocular de cada uno de los elementos del izaje: cadenas, fajas, sogas, etc. Si el período de utilización lo requiere, la inspección ocular se hará con mayor frecuencia, debiendo quedar asentadas las mencionadas inspecciones.

Téngase en cuenta que éstas no son todas las disposiciones sino sólo algunas de las más importantes, debiendo el Contratista respetar en todo momento las indicaciones al respecto del Decreto 911/96 en el capítulo correspondiente, así como la Ley Nacional de Transporte.

6.8 CILINDROS CONTENIENDO GASES A PRESIÓN Los cilindros y otros envases que contengan gases a presión deberán contar con certificado habilitante, deberán tener claramente indicado el contenido del cilindro en el cabezal y capuchón con letras y códigos de acuerdo a las normas internacionalmente reconocidas, y estarán provistos de válvulas, manómetros, mangueras, reguladores y dispositivos de descarga en buenas condiciones de mantenimiento y uso.

En el almacenaje se observarán rigurosamente las combinaciones permitidas y prohibidas, y se utilizarán los colores convencionales para la identificación de los envases.

Deberá evitarse toda posibilidad de golpes, en el almacenamiento se mantendrán separados los cilindros vacíos de los llenos y también los de distintos tipos de gases, debiendo estar en posición vertical, amarrados en dicha posición. Aquellos cilindros que no se estén utilizando deberán poseer su correspondiente capuchón de seguridad colocado. Los cilindros que estén en servicio estarán amarrados en el carro portatubos. Los cilindros se protegerán de las variaciones de temperatura y descargas eléctricas. No se admitirán tubos de acetileno y oxígeno en equipos de soldadura sin válvulas antirretroceso de llamas, las cuales estarán colocadas en el soplete y en el regulador para cada gas. Las conexiones de mangueras estarán aseguradas con abrazaderas, prohibiéndose la sujeción mediante el uso de elementos improvisados, por ejemplo: alambre.

6.9 CABLES, CADENAS, CUERDAS, GANCHOS Y ESLINGAS Todos estos elementos deberán tener identificada la carga máxima admisible que soporten, la cual debe ser estrictamente respetada en cada operación.

Todo elemento defectuoso deberá ser reemplazado, no admitiéndose ningún tipo de tratamiento, reparación o modificación.

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Los cables metálicos de uso general serán de acero, de una sola pieza, no aceptándose uniones longitudinales. No tendrán fallas visibles. En cuanto a las cuerdas de fibra, se deberán reemplazar inmediatamente todas aquellas que presenten desgaste por frotamiento, deshilachamiento, aplastamiento, decoloración o cualquier otro signo de deterioro. Las cadenas deberán ser de acero forjado, así como todos los elementos tales como anillos, ganchos, argollas de los extremos, que participen directamente del esfuerzo del conjunto.

Cuando se utilicen dos o más eslingas colgadas de un mismo gancho o soporte, se verificará que cada una de ellas esté tomada en forma individual del referido elemento, no admitiéndose que se tome una eslinga a otra. En la operación, las eslingas deberán ser protegidas en aquellos puntos donde la carga presente ángulos vivos. Los ganchos, anillos, grilletes y demás accesorios que se utilicen en eslingas, deberán tener una resistencia mínima de 1,5 veces la resistencia de la eslinga. Los ganchos deberán ser de acero aleado forjado y poseerán un pestillo de seguridad que evite la caída accidental de las cargas. Las eslingas de faja de tejido de fibras sintéticas tendrán un ancho y espesor uniforme, no presentar deshilachados y no estar cortadas de una faja más ancha.

Las eslingas de faja metálica deberán ser de acero al carbono o de acero inoxidable. Periódicamente se realizará una inspección ocular, por parte del profesional responsable en Higiene y Seguridad del estado de los mencionados elementos, llevando un registro que se anexará al Programa de Seguridad de Obra. Esta inspección es independiente de la inspección diaria del supervisor a cargo de la cuadrilla que realizará el trabajo.

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7 NORMAS HIGIÉNICO-AMBIENTALES EN OBRA

7.1 PRODUCTOS QUÍMICOS Y EXPLOSIVOS Todos los productos químicos empleados durante la construcción del proyecto o suministrados para la operación del mismo, ya sea desfoliadores, esterilizadores de suelos, herbicidas, pesticidas, desinfectantes, polímeros, reactivos, o de cualquier otra clase, deberán verificar las disposiciones de la Ley 19.587, Decreto 351/79, Capítulo 9 Anexo III, Resolución 444 MTSS. El uso de dichos productos químicos y la eliminación de sus residuos, deberá efectuarse estrictamente de acuerdo con las instrucciones impresas del fabricante y a leyes vigentes.

A su vez se deberá contar con la Hoja de Seguridad del producto, la cual se incorporará al Registro de Evaluaciones llevado por el Responsable de Higiene y Seguridad de la Contratista.

Cuando se realicen trabajos con sustancias tóxicas, irritantes o infectantes, los trabajadores expuestos a la misma serán provistos de vestimenta, equipo y elementos de protección personal adecuados al tipo de riesgo y a las reglamentaciones vigentes. En caso de trabajar con productos químicos se proveerá de un lavaojos o ducha-lavaojos de campaña, según corresponda. Los productos químicos a utilizar en obra deberán cumplir requisitos en cuanto a: • Etiquetado: Los envases que contienen productos químicos deben poseer

etiquetas sin roturas que exprese claramente en idioma castellano el contenido del envase.

• Almacenamiento: Deben almacenarse conforme las instrucciones del

fabricante o distribuidor. Respetando exposición o no a fuentes de calor, cercanía o no a otros productos en cuanto a sus incompatibilidades.

• Manipulación y primeros auxilios: Deberá darse capacitación al personal en

cuanto a las normas de manejo y primeros auxilios de los productos que se utilicen en obra. Asimismo deberá proveerse de la hoja de seguridad del producto, la cual debe estar en poder del capataz o responsable del sector de obra.

No se permitirá el uso de explosivos para realizar detonaciones en la obra, salvo expresa autorización de AYSA S.A.

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7.2 DEPÓSITO DE INFLAMABLES

Si se debieran almacenar líquidos inflamables, se controlará que éstos se acopien separadamente del resto de los materiales, preferentemente en lugares con acceso restringido y a nivel de piso. El lugar destinado a tal fin debe estar ventilado y se tendrá especial cuidado de evitar la radiación solar directa sobre ellos. Los envases deben estar herméticamente cerrados y llevarán una etiqueta que indique claramente su contenido. Los bidones para combustibles deberán ser de seguridad (con aprobación NFPA) con válvula de alivio de presión tanto en los de transporte de combustibles como en los de almacenamiento. El depósito de inflamables debe presentar un sistema de contención de derrames adecuado al volumen almacenado.

7.3 CONTROL DE RUIDOS. El Contratista deberá tomar las medidas necesarias para cumplir con la legislación vigente sobre control de ruidos y los requerimientos de las autoridades competentes, debiéndose dar cumplimiento a los requisitos más estrictos para prevenir la contaminación sonora, por ejemplo: • Utilización de equipos de construcción de baja generación de ruido. • Empleo de sordinas y equipos auxiliares para amortiguar el ruido.

• Utilización de colocadores de pilotes por vibración, y otras técnicas que

produzcan menos ruido que los colocadores de pilotes por impacto.

• Programación de las actividades que producen más ruido para los períodos menos sensibles.

• Programación de las rutas del tránsito de camiones relacionado con la

construcción por lugares alejados de las áreas sensibles al ruido.

• Utilización por parte del personal de protectores auditivos adecuados y normalizados en la realización de las tareas que lo requieran.

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7.4 ESPACIOS CONFINADOS

Los espacios confinados pueden dividirse en:

1.- Espacios confinados comunes:

a) Las cámaras "de agua" que contiene válvulas, grandes medidores u otros accesorios instalados sobre la red de agua.

b) Las bocas de registro de acceso vertical simple de la red cloacal. c) Excavaciones profundas. d) Zonas de rejas de Estaciones de bombeo cloacal (cuando no sean

espacios abiertos) o cámaras de bombas cuando está expuesto el líquido cloacal y se trabaja bajo el nivel de calle.

e) Cámaras tipo cojinete en viviendas.

2.- Espacios confinados especiales:

a) Cisternas: de plantas potabilizadoras, estaciones elevadoras de agua, otras.

b) Ríos subterráneos. c) Conductos y cañerías (agua o cloaca). d) Tanques y recipientes: de agua, ácidos, cal, combustibles, hipoclorito,

camiones cisterna en general, etc. (agua, sulfato, atmosféricos, etc.) e) Cámaras reguladoras pluviocloacales. f) Cámaras de agua o cloaca de acceso no lineal, de red o de estación de

bombeo. g) Sótanos pequeños sin ventilación (natural o forzada). h) Todo otro espacio cerrado, con poca o nula ventilación, con uno o más

accesos que puedan dificultar las acciones de un eventual rescate de personas en su interior.

El Profesional de Higiene y Seguridad del Contratista es el responsable de asesorar a la línea de mando operativa, en cuanto a la evaluación de los riesgos ambientales y desarrollar los procedimientos y normas específicas. A su vez es responsable de auditar el cumplimiento estricto de las mismas, y de verificar la inexistencia de condiciones ambientales peligrosas. El Contratista contará con todos los equipos de medición de contaminantes necesarios, los cuales están regulados conforme a los límites de exposición permisibles internacionales publicados por instituciones gubernamentales de U.S.A. y C.E.E, y por sobre los cuales indicarán alarma.

Dichos límites son: • Gases o vapores inflamables: L.E.L. nivel inferior de explosividad 10%. • Oxígeno, deficiencia ≤ a 19,5 %. • Oxígeno, exceso ≥ a 23,5 %. • Monóxido de carbono ≥ 35 p.p.m.

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• Gas de ácido sulfhídrico o sulfuro de hidrógeno SH2 ≥ 10 p.p.m. • Gas de ácido cianhídrico o cianuro de hidrógeno CHN 4,5 p.p.m. Para este tipo de trabajo se deberán tener en cuenta las siguientes premisas básicas: 1.- Espacios confinados comunes:

• Antes de dirigirse al lugar de operaciones, el Contratista deberá:

− Evaluar la zona y el tipo de tareas que se van a realizar − Chequear los equipos, materiales, y otros, que serán necesarios. − Chequear estado y cantidad de señales de tránsito necesarios. − Verificar el equipo de medición de gases. − Chequear el equipo de protección respiratoria: máscaras, cartuchos, carga

de cilindros, etc. − Chequear el trípode, arneses, cuerdas y cabos de vida. − Evaluar el tipo de iluminación necesaria (linterna de mano o para casco,

lámparas o reflectores con tensión de seguridad. El sistema de iluminación será en todos los casos antiexplosiva).

− Verificar carga de matafuego (estado y vencimiento). − Verificar el contenido necesario del botiquín y elementos de

higienización. − Colocar todos los elementos de protección personal y de prevención

dentro del vehículo afectado al operativo. − Verificar el equipo de comunicación.

• Antes de ingresar, procederá a:

− Señalizar la zona. − Calibrar el equipo de medición en zona con aire libre de contaminantes. − Efectuar las mediciones ambientales del espacio confinado. − Mantener la ventilación o renovación de aire (forzada o natural). − Autorizar el ingreso con los elementos de protección respiratoria

adecuados: máscara con filtros o con provisión de aire exterior o autónomo, en función de los valores obtenidos (sin alarma del equipo).

− Exigir la utilización de los elementos de protección personal. − Visualizar y evaluar la zona de descenso, iluminar adecuadamente. − Verificar el correcto funcionamiento de los equipos de comunicación. − Enganchar los mecanismos de rescate: arnés paracaidista, cabo con

mosquetón, trípode con malacate, cabo de vida independiente, haya o no escalera.

− Evaluar continuamente el ambiente durante toda la tarea. − Asignar personal de vigilancia "continua" en superficie. − Asignar funciones específicas al personal en caso de emergencias.

• Durante la tarea dentro del espacio confinado deberá:

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− Monitorear constantemente el ambiente y ante la detección de alarmas ordenar el inmediato abandono del espacio confinado.

− Mantener la ventilación. − Mantener la vigilancia desde superficie en forma ininterrumpida. − Mantener colocados todos los E.P.P. − Mantener la comunicación, voluntaria e involuntaria.

• Al salir del espacio confinado:

− Colocar la tapa o cierre de acceso.

2.- Espacios confinados especiales:

Todas las intervenciones que deban realizarse en este tipo de espacios se llevarán a cabo con la asistencia permanente del Responsable o Técnico en Higiene y Seguridad en el Trabajo del Contratista, mientras dura la permanencia de personal en el mismo.

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8 PROCEDIMIENTOS PARA LA PROTECCION Y CONTROL AMBIENTAL

El Contratista deberá presentar un Programa para la Protección y Control Ambiental. Deberá adjuntar al mismo una Matriz de Identificación y Control de los Impactos Potenciales y sus correspondientes Medidas de Mitigación, similar a la que se encuentra como ejemplo en el Anexo 2. El Programa para la Protección y Control Ambiental deberá contemplar el desarrollo de las acciones a seguir para identificar y mitigar los impactos potenciales sobre el ambiente del entorno de las obras, que puedan ser producidos por algunos de los siguientes factores:

8.1 GESTION DE RESIDUOS

Los obradores y sitios de obra pueden generar sus propios residuos y efluentes en términos de: residuos sólidos de carácter doméstico, residuos de materiales de construcción y desechos de maquinarias, suelos contaminados, efluentes cloacales, efluentes provenientes del lavado de vehículos y máquinas. Una mala disposición de los mismos puede generar contaminación de recursos superficiales y subterráneos así como también del suelo urbano.

8.1.1 Control de Residuos

Durante todas las etapas de la construcción, incluso las suspensiones de tareas, hasta la Recepción Provisoria de la Obra, el Contratista mantendrá el lugar de la obra y demás áreas que utilice, en forma limpia y ordenada, libre de cualquier acumulación de residuos o escombros. El Contratista eliminará todos los residuos y desechos producidos en la obra, de cualquier clase que sea, a excepción de suelos contaminados detectados luego de iniciadas las obras, y dispondrá la recolección y eliminación de dichos materiales y residuos. El tratamiento de los residuos sólidos hasta su disposición final deberá respetar lo siguiente: − el almacenamiento en el lugar donde se produjo el residuo. − la recolección y el transporte. − la eliminación y disposición final en lugares habilitados para tal fin.

Se debe proveer de recipientes adecuados, con tapa, resistentes a la corrosión, fáciles de llenar, vaciar y limpiar. El lugar donde se ubiquen los recipientes debe ser accesible, despejado y de fácil limpieza. La

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recolección se debe hacer, por lo menos, una vez al día y en horario regular. El Contratista también mantendrá sus rutas de transporte de cargas libres de suciedad, residuos y obstrucciones innecesarias que resulten de las operaciones. Se adoptarán los cuidados debidos para evitar derrames sobre las rutas de transporte. Todo derrame será inmediatamente eliminado, limpiándose el área. La eliminación de residuos y materiales excedentes deberá realizarse fuera de la obra de construcción, en un todo de acuerdo con los códigos y ordenanzas locales que rijan los lugares y métodos de eliminación, y con todas las normas vigentes en la materia. • Residuos sólidos domiciliarios.

Se debe realizar su recolección sistemática o en su defecto su remisión a un centro de disposición final de Relleno Sanitario autorizado.

• Aguas servidas.

Se debe realizar la conexión directa a la red cloacal donde ello sea posible.

• Lavado de vehículos, camiones y máquinas.

Se debe realizar en lugares y/o con procedimientos tales que las aguas de enjuague no contaminen los suelos o bien desagüen en cuerpos receptores hídricos.

• Residuos Peligrosos o Especiales.

En caso de generar, transportar o manipular Residuos Peligrosos (Ley Nacional N º 24.051) o Residuos Especiales (Ley de la Provincia de Buenos Aires 11.720), el Contratista deberá estar inscripto en la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente Humano de la Nación o en la Secretaría de Política Ambiental de la Provincia de Buenos Aires, según corresponda y disponer de los residuos conforme a leyes vigentes. Los residuos peligrosos o especiales encontrados durante la ejecución de las obras deberán eliminarse de acuerdo con lo dispuesto en las condiciones de contratación y la legislación vigente. No se deben remover dichos residuos encontrados sin la autorización de la Inspección de Obra.

• Suelos Contaminados.

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Cuando exista presunción de presencia de suelos contaminados, a los parámetros indicados en las Especificaciones Técnicas, se deberá agregar un análisis de lixiviado del suelo (metales pesados, hidrocarburos totales) para su posterior caracterización.

• Eliminación de desechos.

Respecto a la eliminación de desechos, el Contratista deberá: − Colocar fuera de la zona de Obra y utilizando un sistema

autorizado, todos los escombros y desechos generados por la excavación de obra.

− No enterrar desechos o materiales de desecho de la zona. − No volcar materiales de desecho o materiales volátiles en

cursos de agua o cloaca. − No incinerar desperdicios. − Evacuar los suelos y materiales contaminados según normativa

vigente.

8.1.2 Drenaje y tratamiento de agua

Se deben proporcionar los drenajes y bombeos temporarios que resulten de necesidad para mantener la zona y las excavaciones libres de acumulaciones de líquidos. Dirigir los cursos de líquidos que surjan del bombeo hacia las áreas de retención o de absorción, según se requiera. Después de practicar el tratamiento adecuado y obtener los permisos requeridos, dirigir todas las descargas de drenaje hacia el sistema pluvial o cloacal. Se deben proporcionar las instalaciones de tratamiento de agua necesarias para remover los sólidos suspendidos y otros contaminantes del agua antes de descargar en el sistema pluvial o cloacal.

Todas las descargas deberán ajustarse a normativa vigente. Se deben proporcionar instalaciones temporarias separadas de tratamiento de agua para el desagote del túnel y para el drenaje de excavaciones a cielo abierto. Mantener las instalaciones de tratamiento de agua en buenas condiciones. Remover periódicamente todos los sedimentos depositados y retirarlos del lugar con la aprobación del Ingeniero y de acuerdo con los requerimientos de las autoridades competentes.

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Proporcionar todos los accesos que resulten necesarios y colaborar con el Ingeniero para permitir los muestreos y pruebas de las descargas que se produzcan en la zona.

8.1.3 Derrame de combustibles y lubricantes

Se deben extremar las precauciones para evitar derrames. Las cargas de combustibles en las máquinas y equipos se deben efectuar en lugares predeterminados en zonas de los obradores. Los equipos y máquinas no deben presentar pérdidas de lubricantes, de existir éstas, deben ser reparadas inmediatamente. El Contratista debe tener un Plan de Contingencia escrito ante vuelco de productos y ante la eventualidad proceder conforme a este Plan.

8.2 CONTROL DEL RUIDO

El Contratista deberá tomar las medidas necesarias para cumplir con la legislación vigente sobre control de ruidos y los requerimientos de las autoridades competentes. La circulación de camiones deberá operarse a través de rutas autorizadas a tal efecto, ajustándose a las reglamentaciones municipales vigentes. Se debe dar cumplimiento de los requisitos más estrictos que dispongan las ordenanzas vigentes para prevenir la contaminación sonora, por ejemplo:

− Utilización de equipos de construcción de baja generación de ruido. − Empleo de sordinas y equipos auxiliares para amortiguar el ruido.

− Utilización de colocadores de pilotes por vibración, y otras técnicas que

produzcan menos ruido que los colocadores de pilotes por impacto. − Programación de las actividades que producen más ruido para los períodos

menos sensibles. − Programar las rutas del tránsito de camiones relacionado con la construcción

por lugares alejados de las áreas sensibles al ruido. − Reducción de velocidad de los vehículos afectados a la construcción.

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8.3 CALIDAD DEL AIRE

El principal impacto en la calidad del aire proviene de la generación de humos, polvos y olores, fundamentalmente producidos por las emanaciones de los vehículos y maquinarias, así como de la manipulación y transporte de materiales pulverulentos.

En todo lugar de trabajo en el que se efectúen operaciones y procesos que produzcan la contaminación del ambiente con gases, vapores, humos, niebla, polvos, fibras, aerosoles y emanación de cualquier tipo, líquidos o sólidos, el Contratista debe disponer de medidas de precaución y control destinadas a evitar que dichos contaminantes alcancen niveles de circulación que puedan afectar la salud de los trabajadores y de los vecinos. Se debe cumplir con las medidas sobre control de emisiones dispuestas por la autoridad competente para minimizar las emisiones producidas por las tareas de construcción, por ejemplo:

− Reducir las emisiones de los equipos de construcción, apagando todo equipo

que no esté efectivamente utilizado. − Reducir las congestiones de tránsito relacionadas con la construcción. − Afinar y mantener adecuadamente los equipos de construcción. − Emplear combustibles con bajo contenido de azufre y nitrógeno para los

equipos de construcción, si hubiera disponibles.

8.3.1 Control de polvos sueltos, humos y barros

El Contratista no emitirá a la atmósfera humo, polvo u otros elementos contaminantes del aire, en cantidades que configuren una infracción a las reglamentaciones establecidas por la autoridad competente. Se debe controlar las emisiones de los equipos según los requerimientos de las autoridades competentes. Asimismo el Contratista proporcionará toda la mano de obra, equipos y elementos que se requieran, y tomará medidas eficaces para evitar que su operación produzca polvo o humo en cantidades que causen perjuicios a terceros y/o de los bienes materiales de AySA S.A., vegetales cultivados o animales domésticos, u ocasionen molestias, según las defina la Inspección de Obras. El Contratista será responsable por cualquier daño producido por polvo o humo originado en sus operaciones. No se permitirá el uso de agua que produzca barro en las calles, veredas o caminos, como medio sustituto del barrido u otros sistemas de control del polvo.

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El Contratista será responsable por la suciedad y el barro que se transporta hacia los caminos y áreas de estacionamiento a través de los vehículos que ingresan y salen de la zona. La Inspección de Obras deberá dar las indicaciones necesarias para proceder a la limpieza de las zonas afectadas. Si la Inspección de Obras considera que el Contratista no removerá o no podrá remover el barro del camino, tomará las medidas necesarias para que se proceda con la operación de limpieza, siendo los costos a cargo del Contratista.

El Contratista deberá:

− Medir periódicamente a pedido de la Inspección de Obras la

emisión de polvo a fin de asegurarse que se encuentra dentro de los límites permisibles.

− Proporcionar cobertores o humedecer los materiales y áreas secas

para evitar la dispersión de polvos y escombros. − Proporcionar los demás medios que resulten necesarios para dar

cumplimiento a lo especificado. − Cuando resulte necesario acudir a la aserradura o molido del

hormigón, se podrán utilizar sierras y moledoras de tipo húmedo con agua suficiente para prevenir la dispersión del polvo.

8.3.2 Control de olores

El Contratista proporcionará toda la mano de obra, materiales y equipos que se requieran, y adoptará las medidas eficaces en los lugares y con la frecuencia que sea necesaria, para evitar la descarga a la atmósfera de olores molestos originados por su operación.

El Contratista notificará a la Inspección de Obras durante la construcción, con una anticipación mínima de 48 horas, cuando se prevea la construcción de obras que potencialmente puedan originar olores molestos.

8.3.3 Control de transporte

Las cajas de camiones que se destinen al transporte de tierra u otro tipo de material, tal como arena, cemento, etc., deben ser tapadas por medio de lonas o cubiertas plásticas de forma tal que se impida la propagación al ambiente durante su recorrido. El Contratista deberá:

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− Prever lugares de estacionamiento para la construcción, a fin de

minimizar interferencias con el tránsito. − Minimizar la obstrucción de carriles para tránsito de paso. − Proveer una persona para dirigir el tránsito, a fin de facilitar el paso

del tránsito y evitar los congestionamientos. − Programar las operaciones que deban realizarse en lugares de

tránsito vehicular fuera del horario pico.

8.4 EXCAVACIONES – TRANSPORTE – RELLENOS

El Contratista deberá tomar las precauciones necesarias para prevenir inconvenientes que puedan ser causados por sus actividades. Deberá suministrar en la obra los equipos de excavación, movimiento, transporte y colocación de materiales asegurando la ejecución de los objetivos de las excavaciones.

El Contratista debe gestionar los permisos, depósitos de garantía y derechos municipales para realizar depósitos en la vía pública. Durante el desarrollo de los trabajos se debe verificar su vigencia y alcance. Si la Autoridad correspondiente, en sus Normas para la Ejecución de Trabajos en la Vía Pública, fija criterios en cuanto a la contención de tierra y disposición final de la misma, se exigirá su cumplimiento como prioritario frente a cualquier otra alternativa.

En el caso que la autoridad correspondiente lo permita, se aceptará durante la ejecución de los trabajos depositar provisoriamente en la vía pública, el material proveniente del levantamiento de pavimentos, veredas y el suelo excavado. Cuando no fuera posible efectuar los depósitos en vía pública, se deberá instrumentar la locación de terrenos y locales para depositarlos. El material sobrante de las excavaciones debe ser retirado al mismo ritmo que el de la ejecución de las obras, de manera que en ningún momento se produzcan acumulaciones injustificadas.

8.4.1 Excavaciones

El Contratista deberá remover cualquier material encontrado en la obra y/o cualquier obstrucción encontrada que interfiera con la ejecución y finalización de la obra. El terreno deberá estar limpio de vegetación y deshechos y estos materiales se deberán remover del terreno, previo a comenzar las excavaciones. Se debe depositar la tierra o material extraído de las excavaciones, que deban emplearse en posteriores rellenos, en los sitios más próximos sin

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ocasionar entorpecimientos al tránsito, interrupciones al libre escurrimiento de las aguas superficiales, ni cualquier otra clase de inconvenientes que pudiera evitarse y en in todo de acuerdo con la normativa vigente.

Se debe realizar un correcto almacenamiento y protección de las tierras extraídas, a fin de evitar las molestias derivadas de las voladuras de tierra en las zonas de acopio, así como de impedir que las aguas de lluvia se lleven parte de los suelos que luego serían utilizados para relleno. El Contratista deberá realizar una inspección de los edificios existentes, árboles y plantas, tierras, vallados, postes de servicios, cables, puentes y pavimentos, puntos de referencia y monumentos que podrían resultar afectados por los trabajos. Asimismo deberá proteger los edificios y las instalaciones de superficie que podrían resultar afectadas, de los daños eventuales y asentamientos que pudieran producirse durante la ejecución de los trabajos y proceder, de ser necesario, a la reparación de los mismos.

8.4.2 Movimiento de tierra

El Contratista deberá someter a la Inspección de Obras las rutas a utilizar para acceder a los puntos de descarga autorizados y los horarios en que se realizarán dichas tareas. Asimismo deberá utilizar para los camiones las rutas específicamente autorizadas. Llevará un registro fechado de identificación de todos los camiones que ingresan o salen del lugar de las obras y transportan materiales de la excavación. El Contratista también mantendrá sus rutas de transporte de cargas libres de suciedad, residuos y obstrucciones innecesarias que resulten de sus operaciones. Se adoptarán los cuidados debidos para evitar derrames sobre las rutas de transporte. Todo derrame será inmediatamente eliminado, limpiándose el área. La eliminación de residuos y materiales excedentes deberá realizarse fuera de la obra de construcción, en un todo de acuerdo con los códigos y ordenanzas locales que rijan los lugares y métodos de eliminación, y con todas las normas vigentes en materia de seguridad, y las que rigen la seguridad e higiene del trabajo.

8.4.3 Eliminación del agua de las excavaciones, bombeo y drenajes

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El terreno deberá ser acondicionado de manera que facilite el escurrimiento de agua en forma natural o asistida. El escurrimiento de agua superficial deberá ser desviado de las excavaciones. El agua de escurrimiento que afecte las excavaciones deberá ser colectada, drenada a sumideros y bombeada fuera de la excavación. El agua y escombros se deberán disponer en una manera adecuada y sin causar ningún daño a las estructuras adyacentes. El agua no deberá ser drenada a estructuras existentes o a obras en construcción. Las aguas evacuadas no deberán afectar en ningún caso intereses de terceros. El Contratista deberá hacer los arreglos necesarios para las conexiones a los sumideros y pluviales con la empresa de servicios públicos que corresponda y hacerse cargo de los gastos de instalación, mantenimiento y servicio.

8.4.4 Drenaje y tratamiento de agua El Contratista deberá proporcionar los drenajes y bombeos temporarios que resulten necesarios para mantener la zona y las excavaciones libres de acumulaciones de líquidos. Se dirigirán los cursos de líquidos que surjan del bombeo hacia las áreas de retención o de absorción, según se requiera. Después de practicar el tratamiento adecuado y obtener los permisos requeridos, se deberán dirigir todas las descargas de drenaje hacia el sistema pluvial o cloacal. Todas las descargas deberán ajustarse a las normas que rigen las descargas pluviales o cloacales y a lo dispuesto por las autoridades y/o concesionarias competentes. Se proporcionarán todos los accesos que resulten necesarios y colaborar con la Inspección de Obras para permitir los muestreos y pruebas para las descargas que se produzcan en la zona.

8.4.5 Suelos contaminados Si el Contratista encontrase en el sitio de la obra, alguna materia, sustancia o suelo que sospeche que resultara sospechoso para la salubridad de las personas, debe de cesar el trabajo en el área afectada, acordonar la misma y notificar inmediatamente a la Inspección de Obras.

El Contratista no deberá remover dicha materia, sustancia o suelo contaminado sin la autorización de la Inspección de Obra.

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Los suelos contaminados encontrados en el sitio de la obra deberán eliminarse de acuerdo con lo dispuesto en las condiciones de contratación y la legislación vigente.

8.4.6 Materiales sobrantes de excavaciones y rellenos El Contratista será responsable y tomará las medidas necesarias para proceder al traslado y descarga fuera de la zona de obra de todo el material de excavaciones sobrantes. Si en el lugar de los trabajos se produjeran acumulaciones injustificadas del material proveniente de las excavaciones, la Inspección de Obras fijará los plazos para su alejamiento. En caso de incumplimiento, el Contratista se hará pasible de la aplicación de una multa por cada día de atraso, conforme el Art. “Multas por incumplimiento de obligaciones del Contratista” de las Condiciones de Contratación, sin perjuicio del derecho de AySA S.A. de disponer el retiro de dicho material por cuenta del Contratista.

Se deberá mantener la vía pública libre de escombros o tierra, a satisfacción de la Inspección de Obras y de las autoridades locales. El Contratista deberá someter a la Inspección de Obras las rutas a utilizar para acceder a los puntos de descarga autorizados y los horarios en que se realizarán dichas tareas. El Contratista deberá utilizar para los camiones las rutas específicamente autorizadas.

8.5 DESAGÜES PÚBLICOS Y DOMICILIARIOS

El Contratista proveerá los elementos y mano de obra necesarias para mantener y proteger los desagües públicos y domiciliarios completos de conformidad con la documentación contractual. Toda vez que con motivo de las obras se modifique o impida el desagüe de los albañales u otras canalizaciones, el Contratista adoptará las medidas necesarias para evitar perjuicios al vecindario. Inmediatamente de terminadas las partes de las obras que afectaban dichos desagües, el Contratista deberá restablecerlos en la forma primitiva. No deberá interrumpirse el transporte y eliminación de aguas servidas. En el caso de que el Contratista interrumpa las instalaciones cloacales existentes, deberá transportarse el flujo cloacal en conductos cerrados, y eliminarse mediante un sistema de cloacas con condiciones sanitarias adecuadas. No se permitirá la conducción de residuo cloacal hacia el interior de zanjas, ni su cobertura posterior con relleno.

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Todos los ámbitos de trabajo dispondrán de servicios sanitarios adecuados, en cantidad suficiente y proporcionales al número de personas que trabajen en ella, con las características indicadas en la legislación vigente. Cuando los frentes de obra no resultaran fijos debe proveerse obligatoriamente, servicios sanitarios de tipo desplazable, provistos de desinfectantes adecuados. El Contratista establecerá un programa regular de recolección de todos los residuos sanitarios y orgánicos. Todos los residuos y desechos de instalaciones sanitarias proporcionadas por el Contratista, o los residuos de material orgánico de cualquier otra fuente, relacionados con las operaciones del Contratista serán eliminados fuera de la obra a satisfacción de la Inspección de Obras y de acuerdo con todas las normas y reglamentos en la materia. La eliminación de todos dichos residuos correrá por cuenta del Contratista. En la evacuación y disposición de desechos cloacales y aguas servidas debe evitarse: − La contaminación del suelo. − La contaminación de las fuentes de abastecimiento de agua. − El contacto directo con las excretas. La evacuación de los líquidos cloacales debe hacerse por medio de redes de colección con sus correspondientes bocas de registro. El Contratista no podrá hacer trabajo alguno en instalaciones existentes de Agua Argentinas S.A. a través de la Inspección de Obras. Deberá coordinar los trabajos a los efectos de no provocar inconvenientes en la prestación de los servicios. El Contratista deberá mantener un sistema de drenaje dentro y a través del sitio o lugar de trabajo. No se permitirán represas hechas con tierra en áreas asfaltadas pavimentadas. Represas temporales hechas con bolsas de arena, concreto asfáltico u otro material permitido para proteger el área de trabajo cuando sea necesario, siempre que su uso no cree una situación peligrosa o de fastidio al público. Dichas represas se removerán del sitio una vez que no sean necesarias.

8.6 RECURSOS HÍDRICOS

El Contratista ejercitará todas las precauciones razonables para proteger los recursos hídricos contra la contaminación y deberá programar sus operaciones de tal forma que pueda minimizar la creación de barro y sedimentos.

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El control de la contaminación de agua deberá consistir en la construcción de aquellas instalaciones que puedan ser requeridas para prevenir, controlar y suprimir la contaminación del agua.

8.6.1 Recursos hídricos superficiales

Durante la ejecución de las obras no se deben operar equipos de construcción en los cursos de agua, salvo que no exista alternativa. No se deben utilizar los lechos de los cauces de agua para obtener el material exportado para rellenos. No se debe verter material de excavación, material de desecho o escombros en los cursos de agua. Todo el material debe ser almacenado y las áreas de aprovisionamiento de combustible se deben ubicar en lugares de los cursos de agua.

8.6.2 Recursos hídricos subterráneos Cuando se deben desarrollar actividades de depresión de la napa freática, durante las excavaciones, se debe realizar el monitoreo de los niveles y la calidad del agua de la napa freática durante el período de duración de las obras, con el objeto de contar con información sobre el comportamiento de los acuíferos frente a las actividades de extracción de agua. El agua proveniente de la depresión de napas debe ser conducida y canalizada hacia sumideros existentes en la zona, evitando enlagunamientos y otro tipo de estancamiento previa autorización de la autoridad competente.

8.7 SUELOS

8.7.1 Antes de la obra

Cuando exista presunción de presencia de suelos contaminados, a los parámetros indicados en las Especificaciones Técnicas se deberá agregar un análisis de lixiviado del suelo (metales pesados, hidrocarburos totales) para su posterior caracterización. Dicha información se considerará únicamente como referencia adicional para el uso del Contratista, pero de ninguna manera implica una toma de responsabilidad por parte de AySA S.A., por errores o

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incoherencia entre la información y las condiciones encontradas durante la obra. La responsabilidad última en la obtención de información sobre las condiciones del subsuelo radica en la Contratista. Antes de comenzar cualquier trabajo que pueda ocasionar erosión y/o sedimentación, se deberá presentar a la Inspección de Obras los detalles aprobados correspondientes al programa propuesto de control de erosión y sedimentación en concordancia con la reglamentación vigente.

8.7.2 Durante la obra Durante la ejecución de los trabajos se deben mantener encajonados los suelos provenientes de excavaciones hasta su recolección en la zanja o retiro de la zona de obra.

Si el Contratista encontrase en el sitio de la obra, alguna materia, sustancia o suelo que sospeche que resultará peligroso para la salubridad de personas, debe de cesar el trabajo en el área afectada, acordonar la misma y notificar inmediatamente a la inspección de obras. El Contratista no deberá remover dicha materia, sustancia o suelo contaminado sin la autorización de la inspección de obra. Los suelos contaminados encontrados en el sitio de la obra deberán eliminarse de acuerdo con lo dispuesto en las condiciones de contratación y la legislación vigente.

La acción inmediata frente a un vuelco de hidrocarburos es atender inmediatamente el accidente para minimizar el vuelco. En este sentido la acción prioritaria será interrumpir el vuelco evitando su propagación. Una vez contenidos, deberá aplicarse sobre los líquidos derramados material absorbente especial para hidrocarburos (hidrófugo), el residuo debe disponerse de acuerdo a la normativa vigente.

8.8 OBRAS URBANA

8.8.1 Servicios

El desarrollo de las obras puede interceptar las redes de los servicios de distribución de agua y recolección cloacal existentes, ríos subterráneos, los desagües pluviales, así como las redes de otras empresas de servicios y entidades estatales.

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El Contratista debe conocer la distribución real de las distintas estructuras subterráneas existentes previo al diseño de la traza de las obras a realizar, a los efectos de tomar todas las medidas necesarias para evitar daños a la infraestructura presente.

8.8.2 Fundaciones

Cuando se deban practicar excavaciones en lugares próximos a la línea de edificación o cualquier construcción existente y hubiese peligro inmediato o remoto de ocasionar perjuicios o producir derrumbes el Contratista efectuará el apuntalamiento prolijo y conveniente de la construcción cuya estabilidad pueda peligrar.

8.8.3 Obras urbana: calzadas y veredas

Se debe reparar en su totalidad las veredas y calzadas rotas durante las obras, dejándolas como mínimo en las condiciones en las que fueron encontradas.

8.9 VEGETACIÓN

De acuerdo a la magnitud de la obra a realizar se producirán distinto tipo de afectaciones a la cobertura vegetal y al arbolado urbano de las zonas implicadas en las tareas. Durante la ejecución de las obras se deberá alterar lo estrictamente necesario para la ejecución de las obras los espacios verdes, césped y arbolado de veredas, bulevares y plazas públicas. Se debe evitar el diseño de trazas que impliquen una mayor intervención de plazas públicas con ejemplares arbóreos. Se debe preservar la integridad de las plantas y los árboles: Desplazar los árboles que puedan ser desplazados, replantarlos y cortar los otros. Envolver con cañamazo los árboles y arbustos adyacentes a la zona de construcción, a las zonas de depósito y de paso de camiones y protegerlos con estructuras de madera hasta 2 metros de altura.

Proteger las raíces de los árboles durante las excavaciones y el relleno para evitar alteraciones y daños. Evitar el tránsito innecesario, las descargas y el almacenamiento de materiales en la zona en donde se encuentran las raíces.

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Restringir la remoción de árboles a las áreas indicadas o designadas por la Inspección de Obras. Cuando el arbolado urbano interfiera necesariamente con el diseño de la traza se deben desplazar y replantar aquellos árboles que puedan ser desplazados, y sólo cortar aquellos que no resistirán el trasplante. Estabilizar a la brevedad y según lo especificado, los nuevos declives después de completar la explanación. Cuando resulte conveniente o cuando lo disponga la Inspección de Obras, se reacondicionará el lugar a la brevedad, una vez finalizados los trabajos, dejándolo en las mismas o mejores condiciones en que se encontraba antes de iniciar las tareas de construcción. Replantar una cantidad de árboles por lo menos igual a los que han sido cortados. Minimizar la remoción de la capa vegetal superior y de la vegetación. Se debe prever el almacenamiento de la misma para restituir el lugar en condiciones iguales o mejores a las existentes. Se deben construir en su totalidad los espacios verdes afectados reponiendo los sitios con césped y especies arbóreas y arbustivas adecuadas, coordinando dichas actividades con las áreas municipales correspondientes.

8.10 PRODUCTOS QUÍMICOS

Todos los productos químicos empleados durante la construcción del proyecto o suministrados para la operación del mismo, ya sean exfoliadores, esterilizadores de suelos, herbicidas, pesticidas, desinfectantes, polímeros, reactivos, o de cualquier otra clase, deberán verificar las disposiciones de la Ley 19.587 Decreto Reglamentario 351/79, Cap. 9 Anexo III- Resolución 444 MTSS. El uso de dichos productos químicos, y la eliminación de sus residuos, deberá efectuarse estrictamente de acuerdo con las instrucciones impresas del fabricante o distribuidor. El Contratista elaborará un plan de Contingencia ante un vuelco accidental de productos y debiendo ajustarse al mismo ante un incidente.

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ANEXOS

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ANEXO 1

ESQUEMAS DE VALLAS, SEÑALIZACIÓN Y BALIZAMIENTO

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SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO –PROTECCIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

MODELO DE VALLA A (Ancho aproximado 1,20 m)

5 cm

1,20 m.1.

00m

.0,

20m

.

95 cm Letrero de obra

MARCO PARA COLOCAR EL CARTEL DE OBRA (Letras sobre fondo reflectivo) Dimensiones: 90 x 40 cm aproximadamente

CERRAMIENTO INFERIOR (Placa Metálica, Plástica, Policarbonato o Lona vinílica)

SISTEMA DE ENCASTRE (Macho – Hembra)

Parantes y travesaños con pintura reflectiva) Material: Caño metálico o madera Dimensiones: 1” x 2 “ aproximadamente

m.

1,20

Observación: Croquis sin escala

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SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO –PROTECCIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

MODELO DE VALLA B (Ancho aproximado 2,00 m)

5 cm.

MARCO PARA COLOCAR EL CARTEL DE OBRA (Letras sobre fondo reflectivo)

SISTEMA DE ENCASTRE (Macho – Hembra)

Observación: Croquis sin escala

CERRAMIENTO INFERIOR (Placa Metálica, Plástica, Policarbonato o Lona vinílica)

1,00

m.

0,20

m.

2,00 m.

95 cm

Letrero de señalización

o advertencia

Letrero de obra

m.

1,20

Parantes y travesaños con pintura reflectiva) Material: Caño metálico o madera Dimensiones: 1” x 2 “ aproximadamente

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SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO –PROTECCIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

MODELO DE VALLA C (Placa de Hormigón)

Letras sobre fondo reflectivo Dimensiones: 90 x 40 cm aproximadamente

20 cm

10 cm

15 cm

25 cm

10 cm

Pintura reflectiva

Ganchos de izaje

Letrero de señalización

o advertencia

Letrero de obra

Banda de 10 cm con pintura reflectiva

0,40 cm2,10 m

1,00 m

75 cm

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OBRA EN VEREDA

Figura 1 – Obra en vereda

L.M.

Zona de cruce peatonal

Ancho mínimo libre 1,20 m

Zona de paso peatonal

Ancho mínimo

libre 0,80 m

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SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO –PROTECCIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

Figura 2 – Obra con afectación “parcial” de calzada Corte parcial de tránsito – Circulación doble mano

CIRCULACION DOBLE MANO CORTE PARCIAL DE CALZADA

A 100 MTS. CERRADO AL TRANSITO

CIRCULACION MANO UNICA CORTE PARCIAL DE CALZADA

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Figura 3 – Obra con afectación “parcial” de calzada Corte parcial de tránsito – Circulación mano única

A 100 y 200 m advertir “Calzada Reducida”

CIRCULACION DOBLE MANO REDUCCIÓN PARCIAL DE

CALZADA

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Figura 4 – Obra con afectación “parcial” de calzada en ambas manos Reducción de tránsito – Circulación doble mano

CIRCULACION MANO UNICA CORTE TOTAL DE CALZADA

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Figura 5 – Obra con afectación “total” de calzada Corte total de tránsito – Circulación mano única

TRABAJO PUNTUAL EN

CALZADA

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Figura 6 – Trabajo puntual en calzada

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ANEXO 2

MODELO DE MATRIZ DE IDENTIFICACIÓN Y CONTROL DE LOS IMPACTOS POTENCIALES

Y SUS CORRESPONDIENTES MEDIDAS DE MITIGACIÓN

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ANEXO 2 MATRIZ DE IDENTIFICACIÓN Y CONTROL DE LOS IMPACTOS POTENCIALES Y SUS CORRESPONDIENTES MEDIDAS DE MITIGACIÓN

Nombre de la Obra: N° de P3: Contratista: Fecha:

CONTRATISTA IdO / AA EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS

Carácter Intensidad Cumplimiento y Eficacia

de las Medidas de Mitigación

(1) (2)

ACCIONES DEL PROYECTO

(Etapas de Obra)

FACTORES DEL AMBIENTE IMPACTOS POTENCIALES

Sign

o

D /

I

R /

IR

T /

P

A

M

B MEDIDAS DE MITIGACIÓN

SI NO SI NO Calidad de Vida y

Salud de la Población / Economía

1 Alteración de actividades habituales del área

• Adecuación de las metodologías de trabajo, de tal manera de permanecer el menor tiempo posible en la misma cuadra

Colocación de cercos y vallados

Economía 2 Perturbación sobre las actividades comerciales y servicios de la zona

• Relevamiento previo de los principales comercios y/o servicios a ser afectados

• Previsión de alternativas para alterar lo menos posible a dichas actividades

• Especial énfasis en medidas de seguridad al pasar frente a hospitales, escuelas o edificios públicos

Calidad de Vida y Salud de la Población / Economía

3 Alteración de las rutas habituales de los servicios de transporte público

EX

CA

VA

CIO

N

Desvíos de tránsito

Calidad de Vida y Salud de la Población

4 Alteración de las vías de circulación vehicular habituales

• Programación anticipada de los desvíos vehiculares

• Coordinación con las autoridades municipales correspondientes

• Adecuada señalización de dichos desvíos

• Carteles de advertencia con antelación suficiente y en todos los posibles sentidos de circulación

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SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO –PROTECCIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

CONTRATISTA IdO / AA EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS

Carácter Intensidad Cumplimiento y Eficacia

de las Medidas de Mitigación

(1) (2)

ACCIONES DEL PROYECTO

(Etapas de Obra)

FACTORES DEL AMBIENTE IMPACTOS POTENCIALES

Sign

o

D /

I

R /

IR

T /

P

A

M

B MEDIDAS DE MITIGACIÓN

SI NO SI NO

5

Aumento del riesgo de exposición a ruidos y vibraciones molestas por el uso de herramientas de rotura y/o corte

• Programación de dichos trabajos en los horarios menos sensibles

6 Acopio transitorio de los materiales extraídos

• Acopio ordenado de los mismos • Contención respetando pasos

peatonales • Separación de estos materiales de

aquellos que se reutilizarán para el posterior relleno

• Retiro inmediato del sitio de aquellos elementos que no serán reutilizados

Roturas de calzadas y veredas

Calidad de Vida y Salud de la

Población / Obras existente

7 Afectación de la infraestructura urbana existente

• Refacción programada de las calzadas y veredas afectadas

• Reconstitución de las mismas a condiciones por lo menos iguales a las encontradas

Medio Natural 8 Alteración de las condiciones de la napa freática

EX

CA

VA

CIO

N

Depresión de napa

Calidad de Vida y Salud de la Población

9 Acumulaciones de líquidos en el entorno de las excavaciones

• Adaptación de las metodologías de trabajo para permanecer el menor tiempo posible deprimiendo en el mismo sitio

• Encauce del agua resultante de la depresión a los conductos cloacales o pluviales, previo filtrado si fuera necesario

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SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO –PROTECCIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

CONTRATISTA IdO / AA EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS

Carácter Intensidad Cumplimiento y Eficacia

de las Medidas de Mitigación

(1) (2)

ACCIONES DEL PROYECTO

(Etapas de Obra)

FACTORES DEL AMBIENTE IMPACTOS POTENCIALES

Sign

o

D /

I

R /

IR

T /

P

A

M

B MEDIDAS DE MITIGACIÓN

SI NO SI NO

Calidad de Vida y Salud de la Población

10 Alteración a los accesos públicos y domiciliarios

• Planificación de pasos peatonales y accesos alternativos

• Colocación de planchadas metálicas y pasarelas provisorias

• Señalización adecuada de las vías de circulación

Calidad de Vida y Salud de la Población

11

Aumento del riesgo de exposición a ruidos y vibraciones molestas por la utilización de maquinaria y vehículos

• Programación de los trabajos en los horarios menos sensibles

• Insonorización en los casos que sea posible

• Selección previa de las rutas a utilizar por los camiones hacia los puntos de descarga del material

Movimiento de tierras

Calidad de Vida y Salud de la Población

12

Aumento del riesgo de exposición a humos, polvos y otras emisiones por la utilización de maquinaria y vehículos

• Adecuada afinación de los motores de vehículos y maquinarias

• Control de los escapes • Mantenimiento apagado de los

motores cuando no se estén utilizando

• Cubierta con lonas de las cajas de los camiones que transportan tierras

EX

CA

VA

CIÓ

N

Acopio transitorio de materiales extraídos

Calidad de Vida y Salud de la Población

13 Alteración y desvíos en la circulación peatonal y vehicular

• Programación de los desvíos • Adecuada señalización de dichos

desvíos • Pasos peatonales sobre las veredas

afectadas • Corredores peatonales alternativos

sobre las calzadas

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AySA – GERENCIAS DE OBRAS

SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO –PROTECCIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

CONTRATISTA IdO / AA EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS

Carácter Intensidad Cumplimiento y Eficacia

de las Medidas de Mitigación

(1) (2)

ACCIONES DEL PROYECTO

(Etapas de Obra)

FACTORES DEL AMBIENTE IMPACTOS POTENCIALES

Sign

o

D /

I

R /

IR

T /

P

A

M

B MEDIDAS DE MITIGACIÓN

SI NO SI NO

Calidad de Vida y Salud de la Población

14 Ocupación parcial de veredas y/o calzadas afectadas

• Efectiva contención de los materiales extraídos en cajones de madera

• Señalización adecuada • Retiro inmediato del sitio de aquel

material que no será reutilizado • Impedir acumulaciones

injustificadas

Acopio transitorio de materiales extraídos

Obras y Servicios Existentes 15 Alteración del escurrimiento del

agua superficial

• Contención del material extraído • Mantenimiento libre de

obstrucciones de las alcantarillas y desagües domiciliarios

Obras y Servicios Existentes 16

Aumento del riesgo de roturas accidentales de cañerías y conductos

• Relevamiento de planos conforme a obra de servicios existentes

• Consultación a las empresas prestatarias de servicios de infraestructura subterráneos

• Sondeos previos • Despeje de conductos existentes

mediante herramientas manuales livianas

• Disposición permanente en obra de los teléfonos de emergencia de las empresas prestatarias de servicios

EX

CA

VA

CIO

N

Trabajos a cielo abierto

Obras y Servicios Existentes 17 Riesgo de cortes por

interferencias en los servicios

• Programación anticipada de los trabajos de empalme a cañerías existentes

• Comunicación previa a los usuarios afectados

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SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO –PROTECCIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

CONTRATISTA IdO / AA EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS

Carácter Intensidad Cumplimiento y Eficacia

de las Medidas de Mitigación

(1) (2)

ACCIONES DEL PROYECTO

(Etapas de Obra)

FACTORES DEL AMBIENTE IMPACTOS POTENCIALES

Sign

o

D /

I

R /

IR

T /

P

A

M

B MEDIDAS DE MITIGACIÓN

SI NO SI NO

Obras y Servicios Existentes 18

Aumento de la probabilidad de afectación a desagües públicos y domiciliarios

• Contención del material extraído, dejando libres los desagües

• Mantenimiento libre obstrucciones de las alcantarillas y desagües, y limpieza de los mismos

de

Calidad de Vida y Salud de la Población

19 Aumento de riesgos de accidentes por zanjas y excavaciones

• Vallados • Señalización • Protección de pozos y zanjas • Balizamiento nocturno

Medio Natural 20 Aumento del riesgo de pérdida de estabilidad del suelo urbano • Evaluación de los estudios de suelo

• Entibamiento adecuado

Obras y Servicios Existentes 21 Aumento del riesgo de afectación

a fundaciones • Implementación de adecuadas medidas de apuntalamiento

Medio Natural 22 Alteración de la compactación natural del terreno • Recompactación conforme a las

Especificaciones Técnicas

EX

CA

VA

CIÓ

N

Trabajos a cielo abierto

Medio Natural 23 Afectación de la vegetación y arbolado urbano

• Afectación mínima a los espacios verdes, césped y arbolado urbano

• Protección de árboles, evitando daños a raíces y ramas

• Remoción y conservación de los paños de césped afectados para su posterior reconstitución

• Evitar acopiar materiales de excavación sobre paños de césped

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SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO –PROTECCIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

CONTRATISTA IdO / AA EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS

Carácter Intensidad Cumplimiento y Eficacia

de las Medidas de Mitigación

(1) (2)

ACCIONES DEL PROYECTO

(Etapas de Obra)

FACTORES DEL AMBIENTE IMPACTOS POTENCIALES

Sign

o

D /

I

R /

IR

T /

P

A

M

B MEDIDAS DE MITIGACIÓN

SI NO SI NO

Calidad de Vida y Salud de la Población

24 Alteración y desvíos en la circulación peatonal y vehicular

• Programación anticipada de los desvíos vehiculares

• Adecuada señalización de dichos desvíos

• Pasos peatonales de ancho suficiente sobre las veredas afectadas

• Corredores peatonales alternativos sobre las calzadas

Obras existente 25 Ocupación parcial de veredas y/o calzadas afectadas

• Efectiva contención de los materiales para el lecho de apoyo

• Señalización adecuada • Retiro inmediato del sitio del

material sobrante • Impedir acumulaciones

injustificadas

Obras existente 26 Alteración del escurrimiento del agua superficial

• Contención del material para el lecho

• Mantenimiento libre obstrucciones de las alcantarillas y desagües domiciliarios

de

LE

CH

O D

E A

POY

O

Acopio transitorio de los materiales para el lecho de apoyo

Calidad de Vida y Salud de la Población

27

Aumento del riesgo de alteración de la calidad del aire del área por voladura de material pulverulento acopiado

• Cobertura de la superficie libre de los acopios cuando estos queden en la vía pública

• Humedecimiento de los mismos para evitar voladuras

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AySA – GERENCIAS DE OBRAS

SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO –PROTECCIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

CONTRATISTA IdO / AA EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS

Carácter Intensidad Cumplimiento y Eficacia

de las Medidas de Mitigación

(1) (2)

ACCIONES DEL PROYECTO

(Etapas de Obra)

FACTORES DEL AMBIENTE IMPACTOS POTENCIALES

Sign

o

D /

I

R /

IR

T /

P

A

M

B MEDIDAS DE MITIGACIÓN

SI NO SI NO

LE

CH

O D

E

APO

YO

Transporte de materiales para el lecho de apoyo

Calidad de Vida y Salud de la Población

28

Aumento del riesgo de alteración de la calidad del aire del área por voladura de material pulverulento transportado

• Protección de las cajas de los camiones con lonas o cubiertas plásticas de manera de impedir propagación de partículas alambiente durante su recorrido

Descarga y acopio de materiales e insumos

Calidad de Vida y Salud de la Población

29 Disminución de la calidad perceptual del entorno vecinal de la obra

• Evitar acopios anticipados de materiales e insumos en la vía pública

• Ordenada disposición de los acopios en la vía pública

CO

LO

CA

CIO

N

Montaje de cañerías de gran diámetro

Calidad de Vida y Salud de la Población

30 Aumento de riesgos por utilización de grúas maquinarias de gran porte

y

• Restricciones de los movimientos estrictamente a las áreas utilizadas

• Control de los desplazamientos de

las plumas de las grúas y baldes de las retroexcavadoras

• Utilización en los horarios menos sensibles

Calidad de Vida y Salud de la Población

31 Aumento de molestias y riesgos por movimiento de camiones y maquinarias

• Control de velocidades máximas de

vehículos afectados a las obras • Señaleros y/o banderilleros

RE

LL

EN

O Y

C

OM

PAC

TA

CIÓ

N

Transporte y acopio de material de aporte para los rellenos

Obras y Servicios Existentes 32 Ocupación parcial de veredas y/o

calzadas afectadas

• Efectiva contención de los materiales extraídos en cajones de madera

• Señalización adecuada

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AySA – GERENCIAS DE OBRAS

SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO –PROTECCIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

CONTRATISTA IdO / AA EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS

Carácter Intensidad Cumplimiento y Eficacia

de las Medidas de Mitigación

(1) (2)

ACCIONES DEL PROYECTO

(Etapas de Obra)

FACTORES DEL AMBIENTE IMPACTOS POTENCIALES

Sign

o

D /

I

R /

IR

T /

P

A

M

B MEDIDAS DE MITIGACIÓN

SI NO SI NO

Transporte y acopio de material de aporte para los rellenos

Obras y Servicios Existentes 33 Alteración del escurrimiento del

agua superficial

• Contención del material extraído • Mantenimiento libre de

obstrucciones de las alcantarillas y desagües domiciliarios

RE

LL

EN

O Y

C

OM

PAC

TA

CIÓ

N

Actividad de losequipos decompactación

Calidad de Vida y Salud de la Población

34 Aumento del riesgo de exposición a ruidos y vibraciones molestas

• Programación de los trabajos en los horarios menos sensibles

USO

DE

EN

ER

GÍA

EL

ÉC

TR

ICA

Instalaciones eléctricas provisorias

Calidad de Vida y Salud de la Población

35 Incremento del riesgo eléctrico para el personal y para terceros

• Prohibición de enganches clandestinos a la línea de distribución

• Instalaciones eléctricas adecuadas • Protecciones necesarias y

suficientes contra contactos eléctricos directos e indirectos

• Tableros adecuados con material no higroscópico

• Balizamiento nocturno con tensión de seguridad

• Protecciones en máquinas y herramientas eléctricas

MV

E

AQ

. E

HIC

UL

OS

Y

QU

IPO

S

Movimiento y utilización de maquinarias, equipos y vehículos

Calidad de Vida y Salud de la Población

36 Aumento del riesgo de exposición a humos, polvos y otras emisiones

• Mantenimiento preventivo y adecuada afinación de los motores

• Control de los escapes • Mantenimiento apagado de los

motores cuando no se estén utilizando

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AySA – GERENCIAS DE OBRAS

SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO –PROTECCIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

CONTRATISTA IdO / AA EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS

Carácter Intensidad Cumplimiento y Eficacia

de las Medidas de Mitigación

(1) (2)

ACCIONES DEL PROYECTO

(Etapas de Obra)

FACTORES DEL AMBIENTE IMPACTOS POTENCIALES

Sign

o

D /

I

R /

IR

T /

P

A

M

B MEDIDAS DE MITIGACIÓN

SI NO SI NO

Calidad de Vida y Salud de la Población

37 Aumento del riesgo de exposición a ruidos molestos

• Programación de los trabajos en los horarios menos sensibles

• Insonorización de equipos en los casos que sea posible

Calidad de Vida y Salud de la Población

38 Congestionamientos e interferencia en el tránsito vehicular del área

• Señaleros y/o banderilleros • Encauce del tránsito vehicular

mediante conos de goma • Señalización adecuada en todos los

posibles sentidos de circulación

Movimiento y utilización de maquinarias, equipos y vehículos

Calidad de Vida y Salud de la Población

39 Molestias e incremento de riesgos para el movimiento de peatones en el área

• Señaleros y/o banderilleros • Control de las velocidades máximas • Alarmas sonoras en los vehículos

que adviertan los desplazamientos

Lavado de maquinarias y vehículos

Calidad de Vida y Salud de la

Población / Medio Natural

40 Aumento del riesgo de contaminación de los suelos

• Efectuar los lavados en un lugar destinado a tal efecto en los obradores

• Evitar que las aguas de enjuague contaminen directamente los suelos o descarguen en cuerpos receptores hídricos M

AQ

. VE

HIC

UL

OS

Y E

QU

IPO

S

Pérdidas y/o derrames de combustibles y/o lubricantes

Calidad de Vida y Salud de la Población

41 Aumento del riesgo de contaminación por hidrocarburos

• Verificar la ausencia de pérdidas de combustibles y /o lubricantes en todos los vehículos y maquinarias

• Evitar que los posibles derrames accidentales alcancen las alcantarillas o desagües

• Prever medidas de emergencia para contener adecuadamente los derrames accidentales

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AySA – GERENCIAS DE OBRAS

SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO –PROTECCIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

CONTRATISTA IdO / AA EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS

Carácter Intensidad Cumplimiento y Eficacia

de las Medidas de Mitigación

(1) (2)

ACCIONES DEL PROYECTO

(Etapas de Obra)

FACTORES DEL AMBIENTE IMPACTOS POTENCIALES

Sign

o

D /

I

R /

IR

T /

P

A

M

B MEDIDAS DE MITIGACIÓN

SI NO SI NO

Generación de residuos asimilables adomésticos

Calidad de Vida y Salud de la

Población / Medio Natural

42

Desmejoramiento del orden y la limpieza del sitio Favorecimiento de la presencia de insectos y roedores

• Almacenamiento temporario en recipientes con tapa

• Eliminación y recolección diaria de los residuos

• Evitar acumulaciones injustificadas • Adecuada disposición final • Mantenimiento permanente del

orden y la limpieza del área

Acumulación dedesechos de materiales de construcción

Calidad de Vida y Salud de la

Población / Medio Natural

43

Desmejoramiento del orden y la limpieza del sitio Favorecimiento de la presencia de insectos y roedores

• Almacenamiento transitorio en contenedores apropiados

• Retiro programado y sistemático de los mismos

• Evitar acumulaciones injustificadas • Adecuada disposición final

Generación de efluentes líquidos por prueba hidráulica y/o lavado y desinfección de cañerías

Calidad de Vida y Salud de la

Población / Medio Natural

44 Acumulaciones de agua en el entorno de las obras

• Encauce y conducción del agua a las alcantarillas o desagües más próximos

• Eliminación gradual del agua contenida en el interior de las cañerías

RE

SID

UO

S Y

EFL

UE

NT

ES

RE

SID

UO

S Y

EFL

UE

NT

ES

Generación de efluentes cloacales

Calidad de Vida y Salud de la

Población / Medio Natural

45 Contaminación de recursos superficiales y subterráneos

• Utilización de baños químicos • Instalación de servicios sanitarios

con conexión a la red de recolección cloacal

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AySA – GERENCIAS DE OBRAS

SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO –PROTECCIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

CONTRATISTA IdO / AA EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS

Carácter Intensidad Cumplimiento y Eficacia

de las Medidas de Mitigación

(1) (2)

ACCIONES DEL PROYECTO

(Etapas de Obra)

FACTORES DEL AMBIENTE IMPACTOS POTENCIALES

Sign

o

D /

I

R /

IR

T /

P

A

M

B MEDIDAS DE MITIGACIÓN

SI NO SI NO

RE

SID

UO

S Y

E

FLU

EN

TE

S

Generación de residuos especiales / peligrosos

Calidad de Vida y Salud de la

Población / Medio Natural

46 Aumento del riesgo de contaminación por su disposición final

• Almacenamiento adecuado e independiente de residuos de otro tipo

• Envío a empresas homologadas de recolección para su disposición final conforme a la normativa vigente

Referencias:

A ser completado por el Contratista A ser completado por la Inspección de Obras o AySA Signo: Positivo (+) / Negativo (-) (1) ¿Cumple el Contratista con la medida de mitigación prevista? Característica: Directos (D) / Indirectos (I) (2) ¿Es efectiva la medida de mitigación prevista? Reversibles (R) / Irreversibles (IR) Transitorios (T) / Permanentes (P) Intensidad: Alta (A) / Media (M) / Baja (B)

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PROCEDIMIENTOS INTERNOS INSPECCIÓN DE OBRAS PROPIAS

1.4 Relación con otros Sectores

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 1/2 AySA S O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GRC-003

“Coordinación con otros Entes” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

Proceso: Gestión de Obras Contratadas por AySA Sub-proceso: Inspección de Obras Procedimiento: “Coordinación con Otros Entes” Responsable: Dirección de Contrataciones – Gerencias de Obras

I. OBJETIVO Y ALCANCE Establecer el alcance y la responsabilidad de la Inspección de Obras como coordinadora entre la Empresa Contratista y otros Entes Públicos o Privados que interrelacionen con la obra. II. ÁREAS INVOLUCRADAS Gerencias de Obras – Inspección de Obras III. NORMA No aplicable IV. PERSONAL INTERVINIENTE Inspector Jefe de Zona V. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA Contrato de Locación de Obra Pliego de Bases y Condiciones Generales Pliego de Condiciones Particulares Especificaciones Técnicas Generales Especificaciones Técnicas Particulares

VI. FORMULARIO A UTILIZAR No Aplicable VII. PROCEDIMIENTO

18/11/08 6:52 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 2/2 AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GRC-003

“Coordinación con otros Entes” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

ITEM MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER RESPONSABLE

1 La Inspección de Obras funcionará como nexo coordinador entre la Empresa Contratista y otros entes públicos o privados y/o empresas prestatarias de otros servicios de infraestructura que pudieran interrelacionar con motivo de la obra en ejecución.

Que se formalice adecuadamente la coordinación y/o asistencia necesaria.

Inspector Jefe de Zona

2 La Empresa Contratista será responsable de determinar si existen interferencias o cruces en el área de los trabajos y la real situación de los mismos, informando consecuentemente a la Inspección de Obras.

Que se exija el cumplimiento de las obligaciones asumidas por la Empresa Contratista en la documentación contractual.

Inspector Jefe de Zona

3

La Empresa Contratista deberá solicitar a la Inspección de Obras, dentro de los 30 (treinta) días de la iniciación de los trabajos, la realización de las gestiones pertinentes ante las reparticiones y/o empresas de servicios públicos, cuando sea necesario que éstas deban modificar y/o remover instalaciones propias que obstaculicen la realización de las obras.

Que se solicite con la suficiente antelación la necesidad de gestiones de coordinación.

Inspector Jefe de Zona

4 La Inspección de Obras mantendrá para su verificación, seguimiento y archivo toda la documentación emitida por parte de los organismos intervinientes, respecto de las instrucciones y/o de la aprobación para las acciones que sea necesario realizar.

Que se cuente con la documentación respaldatoria necesaria y suficiente para la ejecución de las tareas necesarias.

Inspector Jefe de Zona

5

La Inspección de Obras asegurará que la Empresa Contratista proteja, relocalice o remueva todas las interferencias ajenas que encuentre durante la ejecución de las obras, conforme a las indicaciones y operaciones aprobadas por el Propietario o responsable de la instalación.

Que se verifique y exija el cumplimiento de todas las responsablidades y obligaciones asumidas por la Empresa Contratista.

Inspector Jefe de Zona

18/11/08 6:52 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 1/2 AySA S O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GRC-002

“Coordinación con otros Sectores de AySA” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

Proceso: Gestión de Obras Contratadas por AySA Sub-proceso: Inspección de Obras Procedimiento: “Coordinación con Otros Sectores de AySA” Responsable: Dirección de Contrataciones – Gerencias de Obras

I. OBJETIVO Y ALCANCE Establecer la coordinación e interrelación entre la Inspección de Obras y otras Direcciones de AySA para tareas de obra tales como empalmes, regulación, puestas en servicio, etc. II. ÁREAS INVOLUCRADAS Gerencias de Obras – Inspección de Obras / Otras Direcciones III. NORMA No aplicable IV. PERSONAL INTERVINIENTE Inspector Jefe de Zona V. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA Contrato de Locación de Obra Pliego de Bases y Condiciones Generales Pliego de Condiciones Particulares Especificaciones Técnicas Generales Especificaciones Técnicas Particulares

VI. FORMULARIO A UTILIZAR No Aplicable VII. PROCEDIMIENTO

18/11/08 6:52 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 2/2 AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GRC-002

“Coordinación con otros Sectores de AySA” VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

ITEM MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER RESPONSABLE

1 Conforme al plan de trabajos aprobado, y a la real evolución de los trabajos objeto del contrato, la Inspección de Obras evaluará con la suficiente antelación todas aquellas tareas que requieran dar participación y/o aviso a otras áreas de la Empresa.

Que se prevean con suficiente antelación todas aquellas actividades que requerirán participación y/o acción externa a la Inspección de Obras.

Inspector Jefe de Zona

2 La Inspección de Obras evaluará y confirmará en cada reunión periódica, conjuntamente con la Empresa Contratista, las tareas para las que se necesitará intervención y/o participación de otros sectores de AySA.

Que tales previsiones se ratifiquen o rectifiquen conforme a la evolución de los trabajos.

Inspector Jefe de Zona

3 La Inspección de Obras dará aviso a la Dirección o Sector de AySA que corresponda con la anticipación acordada para cada una de las actividades en las que se requiera intervención.

Que se comuniquen en tiempo y forma las necesidades de apoyo, de tal manera que los demás sectores puedan coordinar y confirmar su disponibilidad.

Inspector Jefe de Zona

4 La Inspección de Obras comunicará tales necesidades mediante memorándum interno o vía mail con acuse de recepción. Que se deje traza de la coordinación necesaria. Inspector

Jefe de Zona

5 La Inspección de Obras verificará previamente la efectiva ejecución de todas las acciones o provisiones que, necesariamente, deben ser realizadas por la Empresa Contratista para que se pueda llevar a cabo la intervención por parte de los sectores a los que se le solicita apoyo.

Que se verifique el cumplimiento de todas las responsablidades de la Empresa Contratista a fin de evitar fracasos o dilaciones en las intervenciones solicitadas.

Inspector Jefe de Zona

18/11/08 6:52 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 1/2 AySA S O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GRC-004 “Gestión de Reclamos”

VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

Proceso: Gestión de Obras Contratadas por AySA Sub-proceso: Inspección de Obras Procedimiento: “Gestión de Reclamos” Responsable: Dirección de Contrataciones – Gerencias de Obras

I. OBJETIVO Y ALCANCE Establecer los mecanismos de coordinación y gestión de reclamos interpuestos por vecinos, Municipios, Direcciones Regionales, Distritos, Entes públicos o privados, etc., a fin de instruir a la Empresa Contratista para su solución en tiempo y forma. II. ÁREAS INVOLUCRADAS Gerencias de Obras – Inspección de Obras III. NORMA No aplicable IV. PERSONAL INTERVINIENTE Inspector Jefe de Zona V. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA Contrato de Locación de Obra Pliego de Bases y Condiciones Generales Pliego de Condiciones Particulares Especificaciones Técnicas Generales Especificaciones Técnicas Particulares

VI. FORMULARIO A UTILIZAR No Aplicable VII. PROCEDIMIENTO

18/11/08 6:52 y.11./P.11.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO: 3 ADMINISTRATIVOS y TÉCNICOS SUBPROCESO: 3.3

PÁGINA: 2/2 AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A

Procedimiento GRC-004 “Gestión de Reclamos”

VERSIÓN: 1 / may-2006 FECHA DE VIGENCIA:

ITEM MODO OPERATIVO RESULTADO A OBTENER RESPONSABLE

1 La Inspección de Obras llevará una base de datos en la que ingresará todos los reclamos de los que le hagan tomar conocimiento a través de los Distritos, Direcciones Regionales, Municipio, etc.

Que se registren adecuadamente los reclamos recibidos para efectuar un efectivo seguimiento posterior.

Inspector Jefe de Zona

2 Inmediatamente recibida la notificación acerca de un reclamo, la Inspección de Obras lo trasladará a la Empresa Contratista mediante Orden de Servicio indicando un plazo intimatorio para su resolución.

Que se ponga en conocimiento a la Empresa Contratista con un plazo establecido para darle solución.

Inspector Jefe de Zona

3 La Inspección de Obras verificará in-situ, una vez cumplido ese plazo y comunicada la resolución por parte de la Empresa Contratista mediante Nota de Pedido, que efectivamente se haya solucionado la deficiencia objeto del reclamo.

Que se verifique el cumplimiento a satisfacción del reclamo interpuesto. Inspector Jefe de Zona

4 Una vez verificada tal situación y si la solución es satisfactoria para la Inspección de Obras, esta última comunicará al reclamante acerca de la liberación del reclamo.

Que se notifique el cumplimiento para dar liberación al reclamo. Inspector Jefe de Zona

5 La Inspección de Obras asentará en su base de datos la fecha de solución del reclamo. Esta base de datos permitirá obtener estadísticas de cantidad y velocidad de respuesta, las que serán consideradas como parte de su Informe de Fin de Obra.

Que se deje traza de la cantidad, tipología y velocidad de respuesta frente a la presencia de reclamos de obra.

Inspector Jefe de Zona

18/11/08 6:52 y.11./P.11.

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PROCEDIMIENTOS INTERNOS

OTROS

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Proceso: Licitaciones y Contratos Dirección de Obras

Gerencia de Licitaciones y Contratos Manual de Procedimientos

Administrativos

Sub-Proceso: Conformación de los Legajos

Pagina 1/6 Versión: 1

Procedimiento interno para la

conformación de legajos para la gestión de concursos para contrataciones de

obras, bienes y servicios Fecha de Vigencia: 11-Feb-08

Proceso: Licitaciones y Contratos Sub-proceso: Conformación de los Legajos Responsable: Dirección de Obras – Gerencia de Licitaciones y Contratos

Conformación de los Legajos 1. Pliegos Generales y Circulares

1.1. Pliego de Bases y Condiciones Generales para Concursos de Precios para Contratación y

Ejecución de Obras.

1.2. Pliego de Especificaciones Técnicas Generales

1.3. Normativa de Higiene y Seguridad.

1.4. Aclaratoria del 05/07/07 y Declaración Jurada sobre condición a cumplir por los oferentes en sus ofertas en relación a los documentos indicados en 2.1, 2.2 y 2.3 (Anexo I).

1.5. Incorporar Circular Aclaratoria, de acuerdo al modelo Anexo XVIII, para los casos donde se

modifican y/o agregan requerimientos que cambian las condiciones originales del Pliego.

1.6. Incorporar la Circular Aclaratoria referente a los Fondos de Reparo (Anexo XXIV) 2. Pliego de Condiciones Particulares y Presupuesto Oficial, firmado por el Director de Planificación o

Director competente con la aprobación del Director de Infraestructura y Desarrollo Tecnológico.

3. Formulario de Requerimiento de Compra (Anexo II). Este requerimiento deberá ser firmado de acuerdo a los montos previstos en el Art.IV.2 del Manual de Procedimientos y según los siguientes lineamientos: 3.1. Para obras de Expansión en general u otras que se originen en la Dirección de Planificación,

firma el Gerente de Licitaciones y Contratos y aprueba el Director de Obras. 3.2. Para obras de RyR, firma el Gerente de esa área y aprueba el Director competente. 3.3. Para otras obras en general, firma el Gerente Responsable del Servicio y aprueba el Director

respectivo, según se establece en el Manual.

Confeccionó: Revisión: Febrero/2008

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Proceso: Licitaciones y Contratos Dirección de Obras

Gerencia de Licitaciones y Contratos Manual de Procedimientos

Administrativos

Sub-Proceso: Conformación de los Legajos

Pagina 2/6 Versión: 1

Procedimiento interno para la

conformación de legajos para la gestión de concursos para contrataciones de

obras, bienes y servicios Fecha de Vigencia: 11-Feb-08

4. Nota de aprobación del llamado (Determinando el tipo de Procedimiento de Selección: si es

Contratación Directa (Anexo III [1]), Concurso Privado (Anexo III [2]) ó Concurso Público (Anexo III [3]) (si el monto es = ò < $150.000 aprueba el Gerente de Licitaciones y Contrato, si es > $150.000 iniciala el Gerente de Licitaciones y Contratos y firma el Director de Obras), dando “Denominación y Numeración al Concurso” .

5. Agregar nota disponiendo la convocatoria a formular ofertas (Anexo IV [1] – si es Concurso Privado) o (Anexo IV [2] – si es Concurso Público).

6. Invitaciones o Publicaciones

- En caso de Concurso Público, Constancia de Publicación y fotocopia de los Avisos del Llamado a Concurso (Anexo V).

- En caso de Concurso Privado, Nota de invitación a concursar (Anexo VI) debidamente

recepcionada e indicando el destinatario. 7. Incorporar Recibo de Venta de Pliego y Recibo de Entrega de la documentación del llamado (Anexo

VII).

8. Nota de solicitud de consultas de quien/es retiraron pliego y la correspondiente respuesta, comunicándola a los mismos (conforme requisitos del Art.8 del Pliego de Condiciones Generales)

9. Si las hubiere, las aclaraciones emitidas por AySA conforme Art.8 del Pliego de Condiciones Generales. Se deben foliar hasta aquí todas las fojas a efectos de agregar cronológicamente la documentación que se indica a continuación.

10. Concurso de Un Solo Sobre 10.1. Apertura de las ofertas

- En la fecha y hora establecida se procede a la apertura de las ofertas. - Todas las ofertas son abiertas y acorde al orden de apertura se van numerando.

Confeccionó: Revisión: Febrero/2008

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Proceso: Licitaciones y Contratos Dirección de Obras

Gerencia de Licitaciones y Contratos Manual de Procedimientos

Administrativos

Sub-Proceso: Conformación de los Legajos

Pagina 3/6 Versión: 1

Procedimiento interno para la

conformación de legajos para la gestión de concursos para contrataciones de

obras, bienes y servicios Fecha de Vigencia: 11-Feb-08

- Abiertas las ofertas se procede a confeccionar el Acta de Apertura, la que será rubricada por el personal designado de AySA y por los oferentes presentes que así lo deseen (Anexo VIII).

- Realizada la apertura se procederá a foliar las ofertas y el Acta de Apertura y se

incorporan al Legajo.

10.2. Evaluación de las Ofertas

- Designación de Comisión de Preadjudicación (monto > $500.000) (Anexo IX). - Planilla de Evaluación de las ofertas (Anexo X o Anexo X [1] o Anexo X [2] según

corresponda) y Planilla de Evaluación Económica de las ofertas (Anexo XI). - Verificación respecto al Presupuesto de la Obra.

- Acta de Recomendación de Preadjudicación. - Se incorpora el dictamen / informe legal. - Se confecciona la preadjudicación de la oferta ganadora (Anexo XII), firmada por el

Director de Obras si el monto es = ó < $5.000.000; por el Director de Infraestructura y Desarrollo Tecnológico y Presidente si es > $5.000.000 e = ó < $10.000.000; y por el Directorio previa intervención del Presidente si es > $10.000.000.

10.3. Notificaciones

- Se procede a notificar en forma fehaciente a los oferentes del resultado de la Preadjudicación y se le comunica al ganador del Concurso que deberá presentar la documentación requerida en el Art. 23 del Pliego de Bases y Condiciones Generales (Anexo XIII) - Firma el Gerente de Licitaciones y Contratos-.

- A los no ganadores se les comunica esta situación y que pueden retirar la Garantía de

Oferta (Anexo XIV). - Cumplido el Art. 23 del Pliego General, se firma el Contrato y se agrega al Legajo.

11. Concurso de Dos Sobres 11.1. Apertura del Sobre Nº 1 de Precalificación de las ofertas

Confeccionó: Revisión: Febrero/2008

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Proceso: Licitaciones y Contratos Dirección de Obras

Gerencia de Licitaciones y Contratos Manual de Procedimientos

Administrativos

Sub-Proceso: Conformación de los Legajos

Pagina 4/6 Versión: 1

Procedimiento interno para la

conformación de legajos para la gestión de concursos para contrataciones de

obras, bienes y servicios Fecha de Vigencia: 11-Feb-08

- En la fecha y hora establecidas se procede a la apertura del Sobre Nº 1 de Capacidad Técnica y Empresaria de las ofertas presentadas y acorde al orden de apertura se van numerando.

- Abiertos los sobres Nº 1, se procede a confeccionar el Acta de Apertura , la que será

rubricada por el personal designado de AySA y por los oferentes presentes que así lo deseen (Anexo VIII [1]).

- Realizada la apertura se procederá a foliar las ofertas y Acta de Apertura y se

incorporan al Legajo.

11.2. Evaluación de las Ofertas

- Designación de la Comisión de Preadjudicación (monto > $500.000) (Anexo IX [1]). - Verificada que la documentación requerida (en el Pliego de Condiciones Generales,

Particulares, Aclaraciones, etc.) esta en orden y sin faltantes, se procede a analizar si los oferentes están en condiciones de precalificar para la apertura del Sobre Nº 2 (Oferta Económica) (Anexo X o Anexo X [1] o Anexo X [2] según corresponda).

- Efectuada la evaluación para la precalificación de ofertas, se agrega una nota firmada

por el Director de Obras, en la que se establece que efectuado el análisis de los Sobres Nº 1, dispone que se realice la apertura del correspondiente Sobre Nº 2 fijando fecha y hora para el Acto de Apertura (Anexo XV).

- Se procede a comunicar a los oferentes que precalificaron y a los que no

precalificaron (Firma el Gerente de Licitaciones y Contratos). - A los que precalificaron, se les comunica de ésta situación y la fecha y hora en que se

procederá a la apertura del Sobre Nº 2 (Anexo XVI). - A los que no precalificaron se les comunica de esta situación y se les informa que

pueden pasar a retirar los Sobres Nº 2 los que no serán abiertos y la Póliza de Garantía de Oferta (Anexo XVII).

- Solicitud de disponibilidad de fondos (Anexo XXIII)

11.3. Apertura del Sobre Nº 2 Oferta Económica

- En la fecha y hora establecida se procede a la apertura del Sobre Nº 2 (Oferta

Económica).

Confeccionó: Revisión: Febrero/2008

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Proceso: Licitaciones y Contratos Dirección de Obras

Gerencia de Licitaciones y Contratos Manual de Procedimientos

Administrativos

Sub-Proceso: Conformación de los Legajos

Pagina 5/6 Versión: 1

Procedimiento interno para la

conformación de legajos para la gestión de concursos para contrataciones de

obras, bienes y servicios Fecha de Vigencia: 11-Feb-08

- Abiertas las ofertas económicas se procede a confeccionar el Acta de Apertura, la que será rubricada por el personal designado de AySA y por los oferentes presentes que así lo deseen (Anexo VIII [2]).

- Realizada la apertura se procederá a foliar las ofertas y Acta de Apertura y se

incorporan al Legajo, en el orden de número de oferente ya establecido.

11.4. Evaluación de las Ofertas Económicas

- Planilla de Evaluación Económica de las ofertas (Anexo XI). - Verificación respecto al Presupuesto de la Obra. - Acta de Recomendación de Preadjudicación. - Dictamen / Informe legal según sea Concurso Público o Privado. - Preadjudicación de la oferta ganadora (Anexo XII), firmada por: el Director de Obras

si el monto es = ó < $5.000.000; por el Director de Infraestructura y Desarrollo Tecnológico y Presidente si es > $5.000.000 e = ó < $10.000.000; y por el Directorio previa intervención del Presidente si es > $10.000.000.

11.5. Notificaciones

- Se procede a notificar en forma fehaciente a los oferentes del resultado de la Preadjudicación y se le comunica al ganador del Concurso que deberá presentar la documentación requerida en el Art. 23 del Pliego de Bases y Condiciones Generales (Anexo XIII). (Firma el Gerente de Licitaciones y Contratos).

- A los no ganadores se les comunica esta situación y que pueden pasar a retirar la

Garantía de Oferta (Anexo XIV). - Cumplido el Art.23 del Pliego General, se firma el Contrato y se agrega al Legajo.

12. Aprobación Prorroga de Fecha de Apertura

12.1. Para el caso donde la prorroga es promovida por AySA S.A. (Anexo XX) 12.2. Para el caso donde la prorroga son por presentaciones de empresas (Anexo XXI) 12.3. Comunicación de Postergación a las empresas (Anexo XXII)

Confeccionó: Revisión: Febrero/2008

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Proceso: Licitaciones y Contratos Dirección de Obras

Gerencia de Licitaciones y Contratos Manual de Procedimientos

Administrativos

Sub-Proceso: Conformación de los Legajos

Pagina 6/6 Versión: 1

Procedimiento interno para la

conformación de legajos para la gestión de concursos para contrataciones de

obras, bienes y servicios Fecha de Vigencia: 11-Feb-08

13. Planilla de Contenido del Legajo de Contratación

Se agrega planilla de seguimiento de contenido de los Legajos de Contratación, que resume en forma sintética los pasos indicados en el presente procedimiento (Anexo XIX) y que será utilizado como herramienta administrativa que contribuye al control interno en el armado de los Legajos.

Aprobó

Dirección de Obras Dirección de

Infrastructura y Desarrollo

Tecnológico

Fecha

Confeccionó: Revisión: Febrero/2008

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Instructivo Ingreso en Oracle de los Requerimientos y Ordenes de compra por Contrato.

I- Proceso: Ingreso en el Sistema Oracle de Requerimientos de Compra y Ordenes de Compra para cada contrato participando de las cadenas de aprobación presupuestaria. II- Objetivo y Alcance: Establecer el procedimiento para la Carga de Requerimientos de compra y su posterior aprobación y para la confección de Ordenes de Compra y su correspondiente aprobación. III- Areas Involucradas: Este procedimiento tiene alcance a:

• Dirección Infraestructura y Desarrollo Tecnologico • Dirección Económico Financiera • Dirección de Obras

o Gerencia de Control de Gestión o Gerencia de Licitaciones y Contratos o Inspección de Obra

IV- Norma: los procedimientos de inversiones emitidos por la DEF, establecen que esa Dirección participara en el proceso de aprobación de requerimientos de compra y ordenes de compra.

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Instructivo Ingreso en Oracle de los Requerimientos y Ordenes de compra por Contrato.

Descripción de la Tarea Area Responsable Confección de requerimiento de compra papel indicando monto estimado de contratación, firmado por los niveles de autorización establecidos en procedimiento de gestión de contrataciones de obra, bienes y servicios, tabla de niveles de aprobación de requerimientos (pag. 3).

Gerencia Licitaciones y Contratos

Asignación al Requerimiento de Compra de la imputación contable que le corresponda según presupuestos aprobados.

Gerencia de Control de Gestión Control de Inversiones

En caso que aún no se haya elaborado, confección de la Ficha de Apertura del PI según los montos estimados a la fecha, y envío de la misma a la Dirección Económico Financiera para su aprobación.

Gerencia de Control de Gestión Control de Inversiones

Gestionar la aprobación de la Ficha de Inversión por la Dirección de Infraestructura y Desarrollo Tecnologico.

Dirección Economico Financiera Control de Inversiones

Informar a la Gerencia de Control de Gestión la aprobación y habilitación en Oracle del correspondiente PI, enviando fotocopia firmada por la Dirección de Infraestructura y Desarrollo Tecnologico.

Dirección Economico Financiera Control de Inversiones

Cargar en Oracle el requerimiento de compra, global en una linea, una vez aprobado y habilitado en Oracle el PI.

Gerencia de Control de Gestión PO operador de requerimientos

Aprobar en oracle el requerimiento de compra

Gerencia de Control de Gestión PO Jefe INF

Realizar el control de las partidas presupuestarias asignadas a cada Proyecto de Inversión .

Dirección Economico Financiera Control de Inversiones

Informar a la Gerencia de Licitaciones y Contratos la aprobación del requerimiento, haciendo una impresión en pantalla de Oracle, que se remitirá para ser agregada al legajo de obra.

Gerencia de Control de Gestión

Continuar con los procesos de contratación.

Gerencia Licitaciones y Contratos

Enviar copia del proyecto de preadjudicación a Control de gestión.

Gerencia Licitaciones y Contratos

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Instructivo Ingreso en Oracle de los Requerimientos y Ordenes de compra por Contrato.

Descripción de la Tarea Area Responsable Generar la Oc standard global en una linea en base a la información obrante en el modelo de nota de recomendación, dejando constancia en la misma del N° de contrato a la cual está asociada.

Gerencia de Control de Gestión PO Comprador

Aprobar la Orden de compra Gerencia de Control de Gestión PO Jefe de Obras

Realizar el control de las partidas presupuestarias asignadas a cada Proyecto de Inversión.

Dirección Economico Financiera Control de Inversiones

Informar a la Gerencia de Licitaciones y Contratos sobre la aprobación de la OC, haciendo una impresión en pantalla de Oracle, que se remitirá para ser agregada al legajo de obra.

Gerencia Control de Gestión

Continuar con los procesos de contratación. Gerencia de Licitaciones y Contratos Informar a Control de Gestión de manera anticipada todos los cambios en las precisiones de certificación tanto a fin de año como a fin de obra, en lo que respecta a partidas excedidas, ampliación de obra y adicionales, para poder asi solicitar los cambios en los PI que permitan ampliar las OC hasta el monto autorizado.

Jefe de obra

Enviar a la Dirección Economico Financiera las modificaciones de los PI de la Dirección actualizando los montos estimados finales de obra.

Gerencia de Control de Gestión

Aprobar las modificaciones presupuestarias. Dirección Economico Financiera Comunicar a los Gerentes respectivos la aprobación de las nuevas partidas que habilitan los trabajos en demasia.

Gerencia de Control de Gestión

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Control presupuestario

Continuación trámite de Concurso

Generación requerimiento de compra papel

Aprobación requerimiento compra papel

Imputación

PI aprobado

Se tramita PI

Aprobación PI

Copia del proyecto de Preadjudicación

Continuación trámite de Concurso

NO SI

Inicio trámite de Concurso

Aprobación requerimiento en oracle

Generación requerimiento en oracle

Devolución requerimiento aprobado

Generación OC en oracle

Aprobación OC en oracle

Control presupuestario

Proceso de aprobación de requerimientos y órdenes de compraLi

cita

cion

es

y C

ontr

atos

Con

trol

de

Ges

tión

Econ

ómic

o Fi

naci

era

Generación requerimiento de compra papel

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DIRECCIÓN DE OBRAS GERENCIA DE CONTROL DE GESTIÓN

REUNIONES DE LANZAMIENTO

Instructivo

Versión 2.0 Contenido: 1. Definición 2. Objetivo 3. Alcance 4. Plazo orientativo 5. Participantes 6. Información a suministrar

6.1. Gráficos y Planillas 6.2. Comentarios

6.2.1. DATOS DE LA OBRA 6.2.2. INFORMACIÓN RELEVANTE 6.2.3. ACTUALIZACIÓN PARTIDÍMETRO CONTRACTUAL

7. Resultado de la Reunión ANEXO: - MODELO DE MINUTA DE REUNIÓN

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REUNIONES DE LANZAMIENTO - Instructivo V2 2 de 6 23/05/2008

1. Definición La Reunión de Lanzamiento es un acto formal, en el proceso de ejecución de una obra, que permite inferir, con mayor ajuste y fielmente a la realidad, los parámetros físicos y económicos previstos propios del proyecto. 2. Objetivo La Reunión de Lanzamiento (RL) constituye a su vez una oportunidad de conocer la obra en toda su magnitud, con un mayor grado de acercamiento por parte de la Inspección de Obras, que no tenía en el momento de la firma del Contrato. La RL es el momento en el cual la Inspección de Obras formulará una reestimación del costo total de la obra, como así también el ajuste de plazos previstos originalmente, el avance físico mes a mes, y otros detalles tales como: otros costos (Otras Direcciones, Seguros y Sellados, Materiales AASA, Permisos, etc.), aspectos relevantes y descripción de aspectos salientes, eventuales cambios, etc. Las definiciones aquí establecidas permiten fijar nuevos objetivos tanto de duración como de monto de obra, los cuales pasarán a constituir el compromiso de la Inspección a fin de obra. El seguimiento posterior de la obra se realizará contra este Objetivo fijado. 3. Alcance Las RL se justifican en tanto la duración de la obra, medida en meses, así lo amerite. Actualmente, se toma como referencia para considerar necesaria una RL, una duración de obra mayor a 3 (tres) meses. No hay un mínimo ó piso en relación al monto de la obra. A su vez, no se realizarán RL si la naturaleza de la obra no lo hace necesario. Ej.: Obras por Ajuste Alzado, Obras sin modificación posible, etc. 4. Plazo orientativo El momento adecuado para realizar la RL es cuando se ha iniciado la obra propiamente dicha, y la Inspección puede hacer una estimación lo suficientemente afinada de la misma, ya sea en lo relativo a la certificación mes a mes, como en su Avance Físico mensual. Control de Gestión hace un relevamiento de todas las obras de duración mayor a 3 meses, a partir de los 30 (treinta) días de la fecha de inicio real de la obra (dicha fecha está contenida en la Orden de Inicio de la misma). En esa instancia, se consulta a los Jefes de Inspección de Obras y se consensúa la fecha de la RL. En casos particulares, por caso obras de mayor complejidad ó gran duración, ó con dificultades operativas por motivos que el Jefe de Inspección habrá de comentar, se considerará la postergación de la RL para permitir que el ritmo de obra esperado se defina, procurando en la medida de lo posible, que la RL finalmente se realice antes de que el avance físico de obra alcance el 50% de la misma.

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REUNIONES DE LANZAMIENTO - Instructivo V2 3 de 6 23/05/2008

5. Participantes En la RL intervienen en principio, dos partes: - La Gerencia de Obras, por parte del Jefe de Inspección / Jefe de Obra / Jefe de Zona a cargo de la obra, quien además será el expositor de la misma. - La Gerencia de Control de Gestión, quien recibe toda la info suministrada por la Inspección de Obras. 6. Información a suministrar 6.1 Gráficos y planillas En la RL, el Jefe de Inspección entregará a Control de Gestión la siguiente información:

- Curva de Contrato Acumulado - Curva de Objetivo, Acumulado (con reestimación de faltante a la fecha) - Partidímetro Contractual Actualizado - Plan de Obra Ajustado:

o Avance Físico Porcentual Objetivo, Acumulado o Avance Físico Porcentual Real, Acumulado a la fecha

NOTA: - el tramo de la Curva Objetivo acumulada a la fecha de la RL, deberá coincidir con la

Curva de Certificación Real acumulada a dicha fecha. - para los futuros Contratos a ser firmados, el Avance Físico Porcentual Objetivo será el

contractual. Para los Contratos vigentes actuales, el Plan de Obra, al igual que la Curva de Objetivo, será un único Avance Físico: real a la fecha, y reestimado a fin de obra.

6.2 Comentarios 6.2.1 DATOS DE LA OBRA El Jefe de Inspección confirmará toda la info con que cuenta Control de Gestión respecto de la obra, a saber:

- Fecha de firma del Contrato - Fecha de Inicio Real - Plazo de obra - Monto del Contrato - Tipo de Obra - Plazo de Pago - Anticipo

6.2.2 INFORMACIÓN RELEVANTE El Jefe de Inspección informará toda otra situación relevante, como ser: características de índole operativa de la Contratista, problemática propia del proyecto, cambios que se hayan dispuesto en el mismo (de traza, de dimensiones, etc.), interrelación con el municipio donde se realiza la obra, etc.

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REUNIONES DE LANZAMIENTO - Instructivo V2 4 de 6 23/05/2008

6.2.3 ACTUALIZACIÓN PARTIDÍMETRO CONTRACTUAL El Jefe de Inspección informará, como consecuencia de contar con la Curva Objetivo Acumulada, el monto final de Certificación de la Obra. Según lo explicado en los puntos anteriores, el mismo podrá coincidir ó no con el Monto de Contrato. También indicará otros costos adicionales a incluir a futuro, como ser: costos de otras Direcciones ó Gerencias (por ej., mano de obra de Grandes Conductos, ó de una de las Regiones), Seguros y Sellados, Permisos, Materiales suministrados por AySA, etc. 7. Resultado de la reunión Como resultado de la RL, Control de Gestión prepara una minuta donde constan los ítems anteriores, es decir, los Datos de la Obra, la Información Relevante, Monto Objetivo, duración reestimada, etc., y como anexo, se adjunta la documentación presentada por el Jefe de inspección. Esta minuta se distribuye al Gerente de Obras, Inspecciones de Obras y Dirección de Planificación.

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REUNIONES DE LANZAMIENTO - Instructivo V2 5 de 6 23/05/2008

ANEXO: - MODELO DE MINUTA DE REUNIÓN

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REUNIONES DE LANZAMIENTO - Instructivo V2 6 de 6 23/05/2008

REUNIÓN DE LANZAMIENTO

-- / -- / --

PROYECTO: (nombre) // (Partido) (P3) – (PI) – (Contrato) – (OdT) – Insp: (Nombre)

Contratista: (Nombre)

1. DATOS DE LA OBRA

Fecha de Contrato : -- / -- / --

Fecha de Inicio: -- / -- / --

Plazo: (X) meses

Valor del Contrato: $ --- ---.--

Plazo de Pago: (x) días

Anticipo: x % ($ --- ---.--)

Tipo de Obra:

2. INFORMACIÓN RELEVANTE Aspectos relevantes de la ejecución de obra:

3. ACTUALIZACIÓN PARTIDÍMETRO CONTRACTUAL Reestimación del Partidímetro Contractual:

Cód C.G.I. Descripción Gasto Incurrido

Gasto Prev a Futuro

GASTO TOTAL

360 - Costos otras Direcciones / Gerencias:

410 - Seguros y Sellados: Otros:

420 - Permisos:

430 - Materiales Provistos por AASA:

Asistentes: • Inspección – • Control de Gestión – • Otros –

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MMAANNUUAALL DDEE PPRROOCCEEDDIIMMIIEENNTTOOSS

DDEE GGEESSTTIIÓÓNN DDEE

CCOONNTTRRAATTAACCIIOONNEESS DDEE OOBBRRAASS,, BBIIEENNEESS YY

SSEERRVVIICCIIOOSS Versión: DIRECTORIO (27/09/2007) Fecha vigencia: 01/10/2007

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INDICE

PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN DE CONTRATACIONES DE OBRAS, BIENES Y SERVICIOS

I. OBJETIVO............................................................................................................ 1

II. AREAS INVOLUCRADAS ................................................................................... 1

III. NORMAS GENERALES ............................................................................................. 1

IV. PROCEDIMIENTO – ETAPAS .................................................................................. 21. Evaluación de la Necesidad de Compra ................................................................. 22. Emisión del Requerimiento ..................................................................................... 23. Recepción del Requerimiento de Compras ............................................................ 34. Procedimiento de Selección de Proveedores .......................................................... 4

4.1 Licitación / Concurso Público ............................................................................ 44.2 Licitación / Concurso Privado ............................................................................. 44.3 Impugnaciones Valor Pliegos .............................................................................. 44.4 Selección de Proveedores ($ sin IVA) (Modificación aprobada en Reunión de

Directorio del 14/03/2008)...........................................................................................5

4.5 Contrataciones Directas (Modificación aprobada en Reunión de Directorio del 30/12/2007) .......................................................................................................................

6

5. Precio Testigo ............................................................................................................ 76. Recepción de las Ofertas .......................................................................................... 77. Apertura de Ofertas ................................................................................................. 78. Evaluación de Ofertas .............................................................................................. 8

Comisión de Preadjudicación ................................................................................ 8 Dictamen Legal ..................................................................................................... 9

9. Modificación del Requerimiento de Compra ......................................................... 910. Emisión y Autorización de la Orden de Compra .................................................. 10

Tipos de Orden de Compra ................................................................................... 1111. Impedimento de Emisión/Revisión de Orden recompra por Monto Habilitado .. 1112. Revisión de una Orden de Compra ........................................................................ 1113. Ejecución del Contrato ............................................................................................ 11

14. Garantías....................................................................................................................... 12

V. ANEXOS ........................................................................................................................... 12Anexo 1: Requerimiento de compra. Anexo 2: Tabla de Nivel de Autorización de Ordenes de Compra Anexo 3: Acta de Apertura de Ofertas Anexo 4: Planillas Comparativas de Ofertas (Compras – Obras) Anexo 5: Listado de bienes y servicios con gestión de compras centralizada Anexo 6: Condiciones Generales de Compra Anexo 7 : Declaración Jurada sobre Inhabilidades Anexo 8: Convenio de Asistencia Técnica para la determinación de Precios Testigo

(SIGEN/AySA) (Modificación del 30/11/2007)

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INDICE

Anexo 9: Instructivo de Tolerancias

Anexo 10: Tabla de Tolerancias.

Anexo 11: Régimen de Iniciativa de Terceros.

Anexo 12: Pliego de Bases y Condiciones Generales para Licitaciones y Concursos de Precios para la Contratación y Ejecución de Obras.

Anexo 13: Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Servicios

Anexo 14: Sistema y Procedimientos de Registro de Proveedores.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN DE CONTRATACIONES DE

OBRAS, BIENES Y SERVICIOS

VERSIÓN: DIRECTORIO (27/09/2007) FECHA VIGENCIA: 01/10/2007 PÁGINA: 1/12

I. OBJETIVO Establecer la operatoria para la contratación de bienes, obras y servicios, desde la confección del requerimiento hasta la emisión de la Orden de Compra y/o Contrato. II. AREAS INVOLUCRADAS • Presidencia • Dirección de Infraestructura y Desarrollo Tecnológico. • Dirección de Administración • Dirección de Operaciones • Dirección de Obras • Dirección de Logística • Dirección de Agua • Dirección de Saneamiento • Dirección de Sistemas • Direcciones Regionales • Dirección de Mantenimiento • Otras Direcciones • Gerencia de Compras • Gerencia de Grandes Conductos • Gerencia Técnica y de Desarrollo Tecnológico • Jefaturas de Administración y Control de Gestión III. NORMAS GENERALES La Dirección de Sistemas es responsable de otorgar la aprobación técnica de todos los Requerimientos para equipos informáticos y/o software (programas), como así también, efectuar cuando considere necesario, el control de calidad de dichos bienes. La Dirección de Operaciones (Área responsable) es responsable de homologar técnicamente los materiales de línea, como así también de efectuar - cuando considere o sea detectada la necesidad por otra área - , el control de calidad de dicho bien. La Gerencia de Compras es responsable de gestionar las contrataciones relativas a materiales de línea, productos químicos y equipos informáticos / software (programas); como así también todos los bienes y servicios detallados en el Anexo 5 y las adquisiciones que deban efectuarse en el exterior (importaciones), de manera exclusiva.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN DE CONTRATACIONES DE

OBRAS, BIENES Y SERVICIOS

VERSIÓN: DIRECTORIO (27/09/2007) FECHA VIGENCIA: 01/10/2007 PÁGINA: 2/12

Los materiales de línea, (todos aquellos destinados a redes de agua y cloaca) sólo podrán ser adquiridos si cuentan con la homologación de la Dirección competente. Las operaciones de compra efectuadas a través de Contrataciones Directas o Caja Chica, se realizarán según lo definido en los procedimientos correspondientes. Sólo se podrán emitir Ordenes de Compra a Proveedores que se encuentren habilitados en el Registro de Proveedores activos de la Empresa. En los procesos de consulta de precios, podrán intervenir Proveedores del mercado no incluidos en el Registro de proveedores activos de la Empresa. Las revisiones sucesivas de las Ordenes de Compra se gestionarán, con los mismos niveles de autorización como si se tratase de una nueva Orden de Compra, cualquiera sea la naturaleza de su modificación. Sólo se podrán efectuar ampliaciones de Orden de compra que se encuentren respaldadas por el correspondiente requerimiento. Las ampliaciones de monto de las Ordenes de Compra, serán permitidas hasta el límite establecido en Anexo 9 – Instructivo “Tolerancias” del monto de la Orden de Compra original. En el caso de superarse el límite permitido, será necesaria una nueva consulta de precios, a excepción de Ordenes de Compra cuyo monto original no supere los $ 150.000, en cuyo caso podrán ser ampliadas dentro de los límites autorizados, con la aprobación del nivel superior que corresponda. IV. PROCEDIMIENTO - ETAPAS

1. Evaluación de la Necesidad de Compra

Dirección Solicitante Detecta la necesidad, analiza y evalúa el tipo de operación posible, de acuerdo a la naturaleza del material o servicio necesario, según las disposiciones definidas en la Tabla del proceso de Contrataciones de Bienes y Servicios y los límites de las operaciones según Tabla de Selección de Proveedores punto 4.4. y anexos 2 y 5. 2. Emisión del Requerimiento Definido el tipo de contratación en los casos que corresponda, se emite el Requerimiento, teniendo en cuenta que deberá confeccionarse por separado, las contrataciones que afecten a Gastos de Explotación de las asignadas a Proyectos de Inversión. El Requerimiento debe incluir la imputación a la Cuenta Contable, Centro Responsabilidad Estructural, Centro Responsabilidad Funcional o Proyecto de Inversión según corresponda y debe incluir todas las informaciones / documentaciones necesarias para la gestión , que permita definir las características técnicas del bien / servicio que se necesite.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN DE CONTRATACIONES DE

OBRAS, BIENES Y SERVICIOS

VERSIÓN: DIRECTORIO (27/09/2007) FECHA VIGENCIA: 01/10/2007 PÁGINA: 3/12

El control presupuestario de los Requerimientos imputados a Proyectos de Gastos y/o Inversión cuya gestión se lleve en forma centralizada, será efectuado por el área central competente. En el caso de realizarse en alguna Dirección, será efectuado por la Jefatura de Administración y Control de Gestión de la Dirección solicitante. Verificación por parte de la Oficina de Compras: En todos los casos se verificará que el requerimiento se encuentre incluido en el Plan Anual de Compras, y para aquellos supuestos que no esté incluido en el Plan Anual de Compras se solicitará al sector requirente que justifique la necesidad de la compra y su no inclusión en dicho Plan, con el nivel de autorización correspondiente. Como anexo 1 al presente figura el modelo de requerimiento del compra que forma parte integrante del presente Manual. Los Requerimientos se emitirán con los siguientes niveles de aprobación:

Aprobación de Requerimiento Montos estimados menores a $ 150.000

Presidencia Directores Gerentes Jefes de Distrito Jefes de Planta

Montos estimados mayores a $ 150.000

Presidencia Directores

Estimación del precio de los bienes / servicios requeridos La Dirección solicitante, registra en el Requerimiento, la valorización estimada (sin IVA) de cada uno de los bienes solicitados, tomando los recaudos necesarios a efectos que la misma se ajuste a los precios de mercado existentes para los bienes y servicios demandados. 3. Recepción del Requerimiento de Compras La Gerencia de Compras o las áreas descentralizadas de Compras a través de las Jefaturas de Administración y Control de Gestión, recibirán del Sector solicitante, los Requerimientos, con todos los datos necesarios, debidamente completados en los campos que correspondan; dichos datos serán los que identifican al bien o servicio y aquellos que sirven para otros fines, como la imputación contable, información adicional que haga a la compra (especificaciones técnicas / condiciones particulares aprobadas).

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN DE CONTRATACIONES DE

OBRAS, BIENES Y SERVICIOS

VERSIÓN: DIRECTORIO (27/09/2007) FECHA VIGENCIA: 01/10/2007 PÁGINA: 4/12

Las áreas de Compras realizarán la verificación de los datos suministrados por el Sector Solicitante en el Requerimiento antes de proceder a dar inicio a la gestión.

Asimismo, los Requerimientos con faltantes de datos, errores en la definición o descripción de los bienes o faltante de documentación técnica u otros motivos fundados que imposibiliten el inicio de la gestión del proceso de Consulta de precios, se deberán “Rechazar”, al Sector solicitante (dejando expresado los motivos fundados) , permitiendo a este último completar o corregir el contenido del requerimiento para su reemisión. 4. Procedimiento de Selección de Proveedores 4.1. Licitación / Concurso Público: La licitación o el concurso serán públicos cuando el llamado a participar esté dirigido a una cantidad indeterminada de posibles oferentes con capacidad para obligarse y será aplicable cuando el monto estimado de la contratación supere el mínimo que a tal efecto determine la Tabla de Selección de Proveedores, sin perjuicio del cumplimiento de los demás requisitos que exijan los pliegos. Las Licitaciones o Concursos Públicos serán publicados en dos oportunidades en dos diarios de circulación masiva y uno local cuando ello sea posible ello sea posible, con antelación mínima de 20 días corridos a la fecha de presentación de las ofertas. 4.2. Licitación / Concurso Privado: La licitación o el concurso serán privados, cuando el llamado a participar esté dirigido a proveedores que se hayan inscriptos en el Registro de la empresa u otros por actividad y antecedentes, en el número mínimo que establece el procedimiento, salvo que por razones de actividad o antecedentes n o pudiera alcanzarse tal cantidad, de lo que se deberá dejar constancia; y serán aplicables cuando el monto estimado de la contratación no supere los niveles establecidos en la Tabla de Selección de Proveedores. 4.3. En general para los concursos / licitaciones, los Pliegos de Condiciones Particulares determinarán plazos, montos y mecanismos de impugnaciones, pudiendo asimismo incluir criterios de adjudicación fundados en capacidad técnica, antecedentes específicos, científicos o propuestas y proyectos a evaluarse. La Empresa podrá establecer precios para la venta de pliegos licitatorios / concursales, presumiéndose que son gratis si no se establece un valor en forma expresa. La consulta de Precios se efectuará teniendo en cuenta una cantidad mínima de proveedores, según lo establece la Tabla de Selección de Proveedores que se adjunta a continuación:

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN DE CONTRATACIONES DE

OBRAS, BIENES Y SERVICIOS

VERSIÓN: DIRECTORIO (27/09/2007) FECHA VIGENCIA: 01/10/2007 PÁGINA: 5/12

4.4. Selección de Proveedores ($ Pesos sin IVA) (Modificación aprobada en Reunión Directorio del 14/03/2008) Para Contrataciones Hasta 5.000 Compras o gastos excepcionales, sin emisión de Orden de Compra. Sin

consulta de precios, con aprobación de un Director.

De 5.001 a 15.000 Sin emisión de Orden de Compra. Con dos presupuestos comparativos, como mínimo. Autorizaciones según (3).

De 15.001 a 20.000 Con pedido y recepción de dos cotizaciones, como mínimo.

De 20.001 a 100.000 Con consulta de precios por escrito (Formulario de Pedido de Precios) a no menos de 3 (tres) Proveedores. (1) - (2)

De 100.001 a 3.000.000 Con consulta de precios por escrito (Formulario de Pedido de Precios) a no menos de 5 (cinco) Proveedores con respuesta por sobre cerrado. Apertura simultanea. Para contratación de obras, hasta 5.000.000. (1) - (2)

Más de 3.000.000 Licitación / Concurso Público. Para contratación de obras, más de 5.000.000. (2)

(1) En los casos de no encontrar la cantidad de proveedores en condiciones de responder a la consulta de precios, se deberá dejar expresa

constancia.

(2) En los casos en que por la característica de la adquisición se debiera difundir o publicar la consulta de precios o tramitar la obtención del CDV (Ley de Compre Argentino, o por el monto de la operación), se aplicará también el procedimiento previsto a tal efecto, sin perjuicio de la aplicación del presente.

(3) Escala de autorizaciones: aprobación de Director de 1ra línea hasta $ 10.000 y de Director General/Presidente/Miembro del Directorio hasta $ 15.000.

Las invitaciones de proveedores para participar, se podrán determinar a través de: • Registro de proveedores • Estudio de Mercado • Fundamentos Técnicos Específicos • Evaluación de desempeño de los proveedores correspondientes Se confeccionará el Pedido de Precios, de acuerdo a la Tabla de Modalidad de Consulta de Precios (Punto 4.4), incluyendo, según corresponda: • Formulario de Pedido de Precios • Condiciones Generales del Pedido de Precios • Condiciones Particulares del Pedido de Precios (1)

• Condiciones Generales de Compra • Condiciones Generales de Contratación (Obras – Servicios) • Especificaciones técnicas (1)

• Planilla de cotización (1)

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN DE CONTRATACIONES DE

OBRAS, BIENES Y SERVICIOS

VERSIÓN: DIRECTORIO (27/09/2007) FECHA VIGENCIA: 01/10/2007 PÁGINA: 6/12

(1) Documentos específicos y / o particulares a confeccionar según cada Consulta de Precios. 4.5. Contrataciones Directas (Modificación aprobada en Reunión de Directorio del 30/12/2007) Se realizará una Contratación Directa, a través de la emisión de una Orden de Compra por sistema, generada por la Gerencia de Compras - y/o a través de las Áreas de Compras descentralizadas, cuando se produzcan razones de emergencia en el servicio, exclusividad o se trate de provisiones o servicios de carácter estratégico y que por fundadas circunstancias del servicio no pudiera contratarse a través de otro procedimiento. En todos los casos de contrataciones directas, deberán dejarse expresados los motivos y circunstancias que las justifican o impiden la aplicación de otros procedimientos en tiempo oportuno, por parte de un funcionario competente. En particular también se aplicarán a los siguientes supuestos: a) Cuando una licitación o concurso hayan resultado desiertos o fracasados. b) La realización o adquisición de obras científicas técnicas o artísticas, o locación de obras o servicios,

cuya ejecución deba confiarse a empresas, artistas o especialistas en la materia, fundándose en la necesidad de requerir específicamente los servicios de las personas físicas o jurídicas respectivas, justificando la inexistencia de sustitutos convenientes.

c) Cuando se trate de reparaciones de maquinarias, vehículos, equipos o motores cuyo desarme,

traslado o examen previo sea imprescindible para determinar las reparaciones necesarias y resultare más oneroso en caso de adoptar otro procedimiento de contratación.

d) Cuando se trate de repuestos o reparación de equipos y maquinarias con características

particulares y/o de especialización. e) Cuando se trate de bienes cuyos fabricantes o representantes sean exclusivos, presentándose la

documentación que así lo compruebe. f) Cuando se presenten situaciones de emergencia en las cuales sea necesario evitar la interrupción o

restituir la prestación del servicio, y se verifique para la empresa un riesgo significativo en aspectos humanos, económicos o políticos. Así también procede la contratación directa cuando se verifiquen circunstancias imprevisibles y urgentes, donde por razones de tiempo no pueda esperarse la realización de otro procedimiento de selección.

g) Cuando se celebren acuerdos de colaboración empresaria con personas jurídicas públicas o

privadas, motivados por especiales razones estratégicas de conveniencia, que justifiquen la aplicación de este tipo de contrataciones y no de otros procedimientos. En este caso se requerirá decisión debidamente fundada por el Director competente.

h) Cuando se efectúen contrataciones con organismos o entidades del Estado Nacional, Provincial,

Municipal, Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, o con empresas con participación igualitaria o mayoritaria del Estado, o con Universidades o Instituciones educativas.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN DE CONTRATACIONES DE

OBRAS, BIENES Y SERVICIOS

VERSIÓN: DIRECTORIO (27/09/2007) FECHA VIGENCIA: 01/10/2007 PÁGINA: 7/12

i) Cuando se trate de locación y adquisición de inmuebles, debiéndose cumplimentar como mínimo los

requisitos que se detallan a continuación:

1. Un informe técnico de las áreas competentes, indicando las características del bien a adquirir o locar, de acuerdo a los fines a los cuales será.

2. Tres tasaciones de firmas reconocidas en el mercado inmobiliario. j) Cuando se trate de obras complementarias indispensables en una obra en curso de ejecución que

no hubiera podido ser prevista en el proyecto ni en el contrato respectivo. Cuando se utilice la contratación directa, se deberá solicitar un mínimo de tres cotizaciones o presupuestos a empresas o firmas del rubro, siempre que las condiciones del mercado o las causales que la origine lo permita, debiendo dejar constancia del pedido y/o la imposibilidad en el legajo.

5 . Precio Testigo Para las Licitaciones o Concursos superiores a $ 500.000 se deberá consultar a la Oficina de Precios testigo dependiente de la SIGEN, en los casos en que corresponda conforme el convenio suscripto con la misma que figura como adjunto como Anexo 8.

Los Derechos y obligaciones de AySA S.A en cuanto a la Asistencia Técnica de Precio testigo estarán circunscriptas y dentro de los límites del Convenio que se encuentre vigente al momento de la contratación entre el Organismo de Control y la Empresa. Es facultativo para la Empresa celebrar o no el Convenio con Precio Testigo dependiente de la Sindicatura General de la Nación. Todo ello sin perjuicio de coordinar oportunamente, las cláusulas correspondientes a fin de obtener un mejor resultado en el Procedimientos de Compras y Contrataciones de acuerdo a las Sugerencias de dicho Organismo de Control y dentro de las facultades de AySA S.A.

6. Recepción de las Ofertas Las ofertas serán recibidas en el lugar, fecha y hasta la hora fijada en la invitación. En su caso, las ofertas presentadas fuera de término se devolverán sin abrir. 7. Apertura de Ofertas De todo acto de apertura de sobres se labrará un acta que deberá ser firmada al menos por tres integrantes de la empresa con funciones o poder para ello. También lo harán los cotizantes que deseen hacerlo. En los casos de Licitaciones o Concursos superiores a $ 150.000, además asistirá un representante o integrante de la Dirección de Asuntos Jurídicos de AySA. El Acta de Apertura (Anexo 3) indicará: las ofertas recibidas, montos ofertados, cantidad de folios presentados por el oferente y cualquier circunstancia que se considere necesaria o conveniente. También se indicarán aquellas empresas invitadas que no hubieren cotizado.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN DE CONTRATACIONES DE

OBRAS, BIENES Y SERVICIOS

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8. Evaluación de Ofertas

AySA procederá al análisis y a la evaluación de todas las ofertas presentadas, para lo cual tendrán, de corresponder, lo expuesto en el punto 21 del Anexo 6 (Condiciones Generales de las Ordenes de Compras), así como la documentación requerida y explicitada en los puntos 14 y 17 que figuran como elementos constitutivos de la Propuesta de Bases y Condiciones Generales de la Contratación de Servicios y puntos 17 y 18 de las Bases y Condiciones Generales de la Contratación de Obras y Ejecución de Obras. Al efectuar el informe de admisibilidad en licitaciones y concursos públicos, tendrá en cuenta la presentación del certificado fiscal extendido por la AFIP. Cuando fuere necesaria una previa evaluación de oferta técnica, se requerirá la presentación en 2 (dos) sobres cerrados, uno Nº 1 con la indicada oferta técnica y el otro Nº 2 con la económica, debidamente identificados. Sólo se procederá a la apertura de las ofertas económicas precalificadas técnicamente, devolviéndose sin abrir los sobres económicos de las no precalificadas. Dicha precalificación deberá contar con un informe técnico aprobado por el nivel que hubiere autorizado el requerimiento de compra. Efectuado el estudio comparativo de ofertas, se seleccionará la oferta admisible mas conveniente teniendo en cuenta el menor precio, la razonabilidad, la calidad y las demás condiciones de la oferta. La propuesta de adjudicación será conformada previamente por el área pertinente para el caso de adjudicaciones que, por su criticidad, sea justificada. En el documento resumen de las cotizaciones (Planilla Comparativa) se deberá dejar asentado las pautas y razones de la propuesta de adjudicación. En las licitaciones o concursos se procederá a adjudicar la oferta admisible mas conveniente teniendo en cuenta el menor precio, la razonabilidad, la calidad y demás condiciones de la oferta, sin que ello obligue a concretar la contratación, ya que por causas justificadas se podrá anular el proceso sin que ello genere derecho alguno a los oferentes en concepto de gastos - incurridos con motivo del contrato - lucro cesante o por intereses de capitales requeridos para su financiación. Comisión de Preadjudicación Para las propuestas de adjudicación superiores a $ 500.000 se requerirá un acta de evaluación suscripta por una comisión conformada por representantes del sector solicitante, Gerencia de Compras y Asuntos Jurídicos. Cuando se trate de contrataciones para cuya apreciación se requieran conocimientos técnicos o especializados, se designará un funcionario competente en la materia.

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La Comisión Evaluadora emitirá el dictamen, el cual tendrá carácter de no vinculante, que proporcionará a la autoridad competente para adjudicar los fundamentos para el dictado del acto decisorio. Serán contenidos mínimos del mencionado dictamen: a) Examen de aspectos formales:

Evaluación del cumplimiento de los requisitos exigidos por la Ley, este Reglamento y los respectivos pliegos.

b) Calidades de los oferentes:

Deberá consultar por el Registro de Proveedores si los oferentes son hábiles para contratar con la Empresa.

Cuando alguno de los oferentes no sea hábil para contratar con la Empresa, deberán explicitarse los motivos de su exclusión.

c) Evaluación de las ofertas:

Deberá tomar en consideración en forma objetiva todos los requisitos exigidos para la admisibilidad de las ofertas. Si existieren ofertas inadmisibles, se explicitarán los motivos, fundándolos en las disposiciones pertinentes. Si hubiera ofertas manifiestamente inconvenientes, deberá explicitar los fundamentos para excluirlas del orden de mérito.

Deberá determinar el orden de mérito. En caso de considerarlo necesario se analizarán los antecedentes económicos financieros de los oferentes.

d) Recomendación sobre la resolución a adoptar para concluir el procedimiento. Para los casos en que no corresponda la intervención de la Comisión de Preadjudicación (contrataciones de montos inferiores a $ 500.000) la evaluación de las ofertas, admisibilidad y conveniencia, será justificada por las áreas competentes a los efectos de proporcionar los fundamentos para la adjudicación. Dictamen Legal Se requerirá dictamen legal para todas las contrataciones que respondan a procedimientos de licitación o concurso público en los términos del punto 4.4. Selección de Proveedores, o que por su complejidad o importancia requieran dicho dictamen. 9. Modificación del requerimiento de Compra La Gerencia de Compras y/o áreas de compras descentralizadas, para la emisión de una Orden de Compra podrán modificar del requerimiento de Compras alguno de sus campos, siempre que sea previamente consensuado con el área solicitante. • Descripción • Precio: (hasta tolerancia autorizada)

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• Cantidad: siempre que sea menor a la cantidad requerida. • Fecha de entrega / Plazo: si difiere de la fecha original indicada en el requerimiento. • Monto global: si éste no supera la tolerancia permitida, según lo descripto en el Anexo 10 -

Instructivo” Tolerancias”.

10. Emisión y autorización de la Orden de Compra Se confeccionará el legajo numerado para cada Orden de Compra, formado como mínimo por: - Requerimiento de Compras (en todos los casos) - Condiciones Generales, Particulares y Especificaciones técnicas - Ofertas - Acta de apertura de corresponder - Planilla Comparativa/fundamentos de adjudicación - Información adicional ( correspondencia interna - externa y todos los informes que se hubieran

emitido en relación con aspectos de la contratación suscriptos por los responsables) - Orden de Compra - Acuse de recibo o constancia de las invitaciones realizadas

En el caso de corresponder adjuntar: - Pedido de cotización / Constancia de publicaciones - Acuse de recibo del pedido de cotización - Acta de evaluación suscripta por comisión integrada por sector solicitante, Gerencia de Compras

y Asuntos Jurídicos (para compras > a $ 500.000). - Estrategia de Compras - Curva / Evolución de precios históricos - Estudio de mercado En los casos en que parte de los documentos mencionados anteriormente deban archivarse por separado del legajo principal se incluirá en el legajo las constancias de desglose correspondientes. Cumplido estos pasos la Orden de Compra estará en condiciones de ser emitida, y autorizada en forma expresa (firma de la Orden de Compra y aprobación de la misma por sistema) según la Tabla de Niveles de Autorización (Anexo 2) y se deberá comunicar a los siguientes sectores: - Proveedor adjudicado (a través del envío de la OC) - Sector solicitante (a través del Sistema) - Cuentas a Pagar (a través del Sistema) - Tesorería (a través del Sistema)

En el caso de no adjudicarse a la mejor propuesta admisible mas conveniente, se dejará constancia en forma explícita la(s) razón(es) de la toma de decisión.

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Tipos de Orden de Compra. Los tipos de Ordenes de Compra posibles son las siguientes: - Orden de Compra Estándar: Para todas aquellas Compras Regulares con cantidades, precios

y plazos definidos en la misma. - Orden de Compra Abierta: Son aquellas Compras Regulares en las cuales se establecen los

precios unitarios, plazos y un monto global de Contratación (las cantidades son estimadas). Esta modalidad permite solicitar al proveedor la entrega de cualquiera de los ítems establecidos en la O/C hasta agotar el monto contratado dentro de los plazos establecidos.

- Orden de Compra Global: Son aquellas Compras Regulares en que dada la diversidad de

ítems a contratar resulta difícil detallar la totalidad de los mismos en una O/C Abierta, por tanto, luego de realizado el Pedido de Precios, en base a los ítems más representativos, se realiza la emisión de una O/C Estándar, con unidad de medida global y plazo de vigencia determinado, adjuntando como Anexo a la Orden de Compra el Detalle de Precios Unitarios de los ítems arriba referidos.

11. Impedimento de Emisión/Revisión de Orden de Compra por Monto Habilitado En los casos en que un Área de Compras Descentralizada, una vez realizado el Pedido de Precios, el monto a adjudicar supere el nivel autorizado (ver Anexo 2), deberá enviar a la Gerencia de Compras y Logística todo el legajo con una nota de Solicitud de Emitir OC firmada por el Director del Area. En estos casos, la Gerencia de Compras y Logística no reiniciará el proceso sino que simplemente emitirá la Orden de Compra solicitada. Igual tratamiento será aplicable para las Revisiones por Ampliación en Monto que superen el límite autorizado. 12. Revisión de una Orden de Compra Sólo se podrán efectuar Revisiones de Orden de Compra que se encuentren respaldadas por el correspondiente Requerimiento de Compras conforme a lo mencionado en las Normas Generales del presente. Podrán establecerse cláusulas de prórroga a opción de la Empresa, por hasta un plazo igual al original, siempre y cuando se verifique el cumplimiento del contrato por parte del proveedor. 13. Ejecución del Contrato. Serán de aplicación las disposiciones de las Condiciones Generales de Compra (anexo 6) y, en su caso, el Pliego de Bases y Condiciones Generales para Licitaciones y Concursos de Precio para

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Contratación y Ejecución de Obras o el de Bases y Condiciones Generales para la Contratación y Ejecución de Servicios. 14. Garantías: Las garantías de mantenimiento de oferta y de cumplimiento de contrato deberán ser constituidas por los montos y las formalidades establecidas en el respectivo pliego de bases y condiciones generales o en el pliego de bases y condiciones particulares. Corresponderá requerir contra garantía por el equivalente de los montos que reciba el adjudicatario como adelanto de fondos, en las contrataciones que así se estableciera. No será necesario presentar garantías en las contrataciones de avisos publicitarios, adquisiciones de publicaciones periódicas, contrataciones con organismos o entidades del Estado Nacional, Provincial, Municipal, Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Empresas con Participación Mayoritaria del Estado Nacional, Universidades o Instituciones Educativas, contrataciones de artistas o profesionales y, en general en las contrataciones directas, salvo que a juicio de la empresa se estime conveniente. Las garantías de mantenimiento de oferta serán devueltas a los oferentes que no resultan adjudicatarios, a los que resulten adjudicatarios y hayan presentado garantía de cumplimiento del contrato y a los que no resulten precalificados en aperturas con doble sobre. Las garantías de cumplimiento del contrato serán devueltas una vez que haya sido cumplido el mismo a entera satisfacción de AySA S.A. La falta de retiro de las garantías por parte de los interesados dentro de los tres meses de producido el requisito para su devolución, implicará la renuncia tácita de los mismos a favor de AySA S.A. Ello sin perjuicio de lo establecido en el punto 18 del Anexo 6. Los Anexos que se detallan a continuación forman parte integrante del presente Manual. V – ANEXOS - Anexo 1: Modelo de Requerimiento de Compra. - Anexo 2: Tabla de Nivel de Autorización de Ordenes de Compra - Anexo 3: Acta de Apertura de Ofertas - Anexo 4: Planillas Comparativas de Ofertas (Compras – Obras) - Anexo 5: Listado de bienes y servicios con gestión de compras centralizada - Anexo 6: Condiciones Generales de Compra. - Anexo 7: Declaración jurada. - Anexo 8: Convenio de Asistencia Técnica para la determinación de Precios Testigo (SIGEN/

AySA) Vigente (Modificación del 30/11/07) - Anexo 9: Instructivo de Tolerancias. - Anexo 10: Tabla de Tolerancias. - Anexo 11: Régimen de Iniciativa de Terceros. - Anexo 12: Pliego y licitación y concurso de Precios para Contratación y Ejecución de Obras - Anexo 13: Pliegos de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Servicios. - Anexo 14: Sistema y Procedimientos de Registro de Proveedores

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ANEXO 1

REQUERIMIENTO DE COMPRA (Ver archivo aparte: Anexo 1 Requerimiento de Compra.pdf)

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ANEXO 2

Tabla Niveles de Adjudicación ($ Pesos sin IVA)

Directorio

Presidente y Director Administración /

Operaciones / Infraestructura y Desarrollo

Tecnológico (firma conjunta) (1)

Direcciones de Administración, Operaciones, e

Infraestructura y Desarrollo Tecnológico

Direcciones de Logística y Obras

Gerencia de

Compras

Dirección de

Mantenimiento

Direcciones Regionales / DA / DS

Gerencias de Laboratorio Central

y de Grandes Conductos

Más de

10.000.000

Hasta

10.000.000

Hasta

5.000.000

Hasta

5.000.000

Hasta

750.000

Hasta

150.000

Hasta

150.000

Hasta

70.000

Nota (1): Sólo para adjudicaciones de contrataciones previstas en planes y presupuestos aprobados por el Directorio

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ANEXO 3

Hoja de

ACTA DE APERTURA DE SOBRES (indicar si los sobres son TÉCNICOS ó ECONÓMICOS)

PRESENTADOS AL (indicar el tipo de concurso, licitación, etc.) PARA LA ADQUISICIÓN DE:

(Ingresar tipo de contratación) – XXXX-AYSA-2006

PRESUPUESTO: $ XXXXXX

En Buenos Aires, a los XX días del mes de XXXX de 2006 siendo las..............horas y en presencia de .......................................................................................................................... ............................................................................................................................................................................................................................................................................................ se procede a la apertura de los sobres presentados, dando lectura a las ofertas correspondientes a las siguientes empresas:

No habiéndose presentado otras empresas interesadas dentro del plazo acordado, se dispone que a partir del día de hoy dé comienzo el análisis y evaluación de la documentación presentada.

Se adjunta Planilla de Cotización SI NO Se adjunta Oferta de los Oferentes SI NO

Siendo las.............horas se da por finalizado el presente acto de apertura, firmándose la presente en prueba de conformidad.

Presentes Firma Sector / Empresa

----------------------------- ---------------------------- ----------------------- ----------------------------- ---------------------------- ----------------------- ----------------------------- ---------------------------- ----------------------- ----------------------------- ---------------------------- ---------------------

EMPRESA FOLIOS

Presenta Oferta

Económica (Sobre N° 2)

Garantía

Monto Ofertado

OBSERVACIONES

1

SI NO

2

SI NO

3

SI NO

4

SI NO

5

SI NO

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ANEXO 4

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P. Unit. P. Total P. Unit. P. Total P. Unit. P. Total P. Unit. P. Total P. Unit. P. TotalU Cant.

ANEXO 4

PLANILLA COMPARATIVA DE OFERTAS PARA CONCURSO O LICITACION DE OBRAS

Nombre de la obra e identificación del proyecto

AySA S.A.Designación y Especificación

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ANEXO 5

Listado de bienes y servicios con gestión de contratación centralizada, a excepción de casos puntuales y no recurrentes y

debidamente justificada por el Director del área • Ropa y elementos de seguridad de trabajo y uniformes. • Suministros de oficina • Papelería • Consumibles informáticos • Alquiler de fotocopiadoras • Equipamiento y servicio de telecomunicaciones • Vehículos • Instalación y lectura de medidores • Mantenimiento y reparación de vehículos • Promoción / Comunicación • Servicio de limpieza • Servicio de vigilancia • Mantenimiento de jardines • Servicio de distribución de facturas • Vales de Almuerzo, Consumo y Combustible

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Agua y Saneamientos Argentinos S.A. CONDICIONES GENERALES DE LA ORDEN DE COMPRA

ANEXO 6

1 Precio: El precio de la Orden de Compra es fijo e invariable. 2 Plazos: Los plazos indicados en la Orden de Compra y en las presentes Condiciones, se contarán en días corridos, salvo especificación en contrario dispuesta por las partes o por la normativa legal, conforme lo determinado por los arts. 28 y 29 del Código Civil. 3 Entrada en vigencia de la Orden de Compra: La orden de compra se considerará en vigencia a partir de la notificación fehaciente al proveedor que resulte adjudicatario. En caso de falta de presentación de garantía de cumplimiento esto dará lugar a la rescisión del Contrato. Las reservas que el Proveedor pudiera oponer a la Orden de Compra, deberán ser interpuestas dentro de las 24 horas de haber recepcionado la misma, en cuyo caso se suspenderá su entrada en vigencia. La aceptación por parte del Proveedor implica su renuncia a cualquier condición general y/o particular de venta del mismo y, consecuentemente, dichas condiciones no podrán ser invocadas como de aplicación en la Orden de Compra. Cualquier variante, aun cuando hubiere sido pactada verbalmente, será nula hasta que no haya sido instrumentada mediante la correspondiente revisión de Orden de Compra. Agua y Saneamientos Argentinos S.A. se reserva el derecho de anular la Orden de Compra en caso que el proveedor no cumpliere con los plazos y condiciones establecidos que le fueran notificados para dar entrada en vigencia de la correspondiente Orden de Compra. 4 Cumplimiento del suministro: Salvo disposición en contrario, el cumplimiento y/o la entrega del suministro se efectuará libre de todo gasto para Agua y Saneamientos Argentinos S.A., en los lugares establecidos en la Orden de Compra, estando la descarga incluida en el precio. El Proveedor estará obligado a presentar conjuntamente con la entrega del material un Remito por cuadruplicado en el que consten taxativamente: N° de Orden de Compra, nombre y N° de Registro del Proveedor, N° de ítem y descripción de la mercadería, cantidad, fecha de despacho y número de precintos -si correspondiere-. Dos copias de dicho Remito le serán reintegradas al Proveedor debidamente firmadas y selladas como constancia de entrega del suministro, en condición "a revisar". El Remito deberá consignar el domicilio legal y social del Proveedor y sus condiciones de inscripción ante la A.F.I.P. Salvo disposición en contrario, la recepción provisional sólo será acordada mediante el correspondiente Informe de Recepción. El Proveedor no entregará mayor cantidad del suministro objeto de la Orden de Compra que la por ésta autorizada, salvo indicación en contrario por parte de Agua y Saneamientos Argentinos S.A., instrumentada con la correspondiente revisión de Orden de Compra. Para aquellos ítems cuyas unidades de medida difieran del N° (kg, m, l, etc.) se admitirá una tolerancia de ± 10% sobre las cantidades ordenadas. Idéntico criterio se adoptará cuando se tratare de impresos. En tales casos, el precio definitivo de la Orden de Compra será calculado por unidad de medida, sobre la base de las cantidades realmente entregadas por el Proveedor. Agua y Saneamientos Argentinos S.A. rechazará total o parcialmente los materiales, elementos, equipos o servicios provistos que no se ajustaren a las exigencias previstas o que excedieren la cantidad autorizada en la Orden de Compra. En tal caso el Proveedor estará obligado a retirar lo rechazado por su cuenta y cargo, dentro de los 5 días de notificado; caso contrario Agua y Saneamientos Argentinos S.A. podrá efectuar su devolución, corriendo por cuenta del Proveedor los gastos que resultaren de embalaje, transporte y/u otros que las devoluciones ocasionaren, o considerar lo entregado como rezago, sin responsabilidad de su parte, y disponer lo que considerare procedente. La recepción total o parcial tendrá carácter provisional hasta tanto se haya cumplido el plazo de garantía fijado en la Orden de Compra. 5 Condiciones de facturación: El 100% de cada entrega correspondiente a la Orden de Compra deberá ser facturado por el Proveedor dentro de las 48 hs. hábiles de efectuada la recepción provisional de los materiales, equipos, elementos, bienes (remito/os firmado/os), o de la fecha de aprobación del certificado de obra provisoria y/o servicio. Asimismo la fecha de presentación de la factura ante Agua y Saneamientos Argentinos S.A. no deberá superar las 48 hs hábiles de la fecha de emisión de la misma, en caso contrario será rechazada solicitándose su reemisión. 6 Facturación: La facturación que correspondiere a la Orden de Compra deberá atenerse estrictamente a las siguientes condiciones: a) la o las facturas deberán presentarse, salvo indicación en contrario, en el Departamento Cuentas a Pagar, Tucumán 752 - 1° Subsuelo, Capital Federal, en los días y horario indicados en la Orden de Compra, a nombre de:

Agua y Saneamientos Argentinos S.A. - C.U.I.T.: 30-70956507-5 b) las facturas deberán contener taxativamente las siguientes indicaciones: - número y fecha de la Orden de Compra y número de Registro de Proveedor; - N°s de Remitos amparados por las facturas, certificados; - cantidad, descripción, precios unitarios y total de cada ítem e importe total bruto; - tipo, porcentaje e importe de los eventuales descuentos y/o bonificaciones; - impuestos internos, importe y porcentaje del I.V.A., cuando correspondieren, e importe total neto; - Condición de pago y leyenda indicando que la operación se cancelará mediante la entrega, por parte de Agua y Saneamientos Argentinos S.A., de cheque de pago diferido dentro de los 30 días de la fecha de emisión de la factura. y adjuntar la siguiente documentación, debidamente aprobada por Agua y Saneamientos Argentinos S.A., que permita verificar el origen y la procedencia de la factura presentada: - Acta de Inspección relativas al Suministro y/o parte del mismo que se factura. - Certificado de Avance del Suministro del período facturado. - Remito donde conste fehacientemente la recepción del suministro facturado. - Domicilio legal y social del Proveedor. - Condiciones de inscripción ante el A.F.I.P. c) En los casos en que la Orden de Compra indicare más de un lugar de facturación, el Proveedor deberá facturar separadamente el suministro, en función de las entregas que realizare en los diferentes lugares o destinos. Se considerarán como no recibidas por parte de Agua y Saneamientos Argentinos S.A., a todos los efectos de la Orden de Compra, todas aquellas facturas que no cumplimentaren cualesquiera de los puntos anteriormente citados y consecuentemente no se dará curso a su pago hasta que sean presentadas observando la totalidad de dichos puntos. d) La o las facturas deberán presentarse dentro de las 48 hs. hábiles posteriores a la recepción de la mercadería, prestación del servicio (remito firmado), o de la fecha de aprobación del certificado de obra definitivo. 7 Cesiones, Prendas, Fideicomisos: Agua y Saneamientos Argentinos S.A. no admitirá la operatoria de constitución de fideicomisos, prendas, cesión de créditos, derechos o facturas por parte de sus Proveedores a favor de terceros, bajo ningún concepto y circunstancia; salvo autorización expresa en contrario. En el eventual supuesto de violación de esta disposición el Proveedor se obliga a mantener indemne a Agua y Saneamientos Argentinos S.A. de cualquier reclamo de terceros, respondiendo por los eventuales daños y perjuicios que se ocasionaren a Agua y Saneamientos Argentinos S.A. 8 Requisitos para los pagos: Salvo excepción acordada entre las partes, los pagos de las facturas debidamente aprobadas se realizarán mediante la emisión de cheque de pago diferido, por parte de AySA o del Banco que ésta designe, dentro de los treinta días de la fecha de confección de la factura. Por tal motivo y de acuerdo a lo establecido en la Ley 24.760 y en los Decretos 1002/02 y 363/02, no corresponderá la emisión y aceptación de la factura de crédito. En el caso de pactarse en moneda extranjera, el pago se efectuará según cotización del Banco Nación, tipo vendedor, al cierre del día hábil anterior al de su efectivización. - Requisitos de entrega de cheques tanto en Bancos como en Tesorería de Agua y Saneamientos Argentinos S.A. (todos los cheques se emitirán con cláusula “No a la Orden” y cruzados). a) Personas físicas: El titular podrá retirar el cheque con: recibo, documento original y con una fotocopia del mismo, si el retiro lo realiza una persona que no es el titular, deberá realizarlo con recibo y autorización por escrito firmada por el titular con certificación de firma, puede ser por (policía, banco o escribano). La persona estará autorizada hasta que el proveedor no revoque por escrito el poder otorgado. b) Personas Jurídicas: Será obligatoria la presentación del poder, emitido por escribano público, y documento de identidad del autorizado, en ambos casos se deberá entregar fotocopias de dichos documentos, en todos los casos los poderes serán presentados por única vez (rige por igual para retiro de cheque en los Bancos como en Tesorería de Agua y Saneamientos Argentinos S.A.). En los casos que el pago a proveedores se efectúe en Tesorería de Agua y Saneamientos Argentinos S.A. se aplica lo definido en los puntos a y b) según corresponda. 9 Pagos anticipados: En aquellos casos en que la Orden de Compra previere anticipos, éstos deberán ser afianzados por el Proveedor mediante seguro de caución (con firmas certificadas por ante Escribano Público y Colegio de Escribanos) o fianza bancaria por los montos recibidos. En los casos de anticipos menores a $ 5.000,00, el Proveedor podrá presentar, alternativamente, un pagaré a la vista con cláusula “sin protesto”, con firma certificada. La fianza mencionada deberá ser presentada, conjuntamente con la factura por el anticipo en el lugar indicado de facturación y será reintegrada contra la recepción provisional del suministro. Para el caso de la Fianza presentada en Tucumán 752, 1° subsuelo, Departamento Cuentas a Pagar, la misma será reintegrada contra pago

de la última factura de la correspondiente Orden de Compra, en el mismo lugar y horarios de la presentación de la misma. 10 Tratamiento Fiscal: Todos los impuestos, tributos, gravámenes, derechos, tasas, sellados y contribuciones que graven la presente Orden de Compra y/o su objeto y/o su cumplimiento y que se generen hasta el momento de la recepción definitiva por Agua y Saneamientos Argentinos S.A., estarán a cargo del Proveedor. Impuesto al valor agregado: El precio de la Orden de Compra no incluye el I.V.A., el que deberá ser facturado a la alícuota a la que esté gravada la operación, debiendo consignarse el número de CUIT de Agua y Saneamientos Argentinos S.A. y su condición de Responsable Inscripto en este impuesto, en un todo de acuerdo con las normas de emisión de comprobantes establecidas por la Resolución General 1415 de la AFIP y sus Anexos, resoluciones complementarias y modificatorias, o las que la Autoridad de Aplicación dictare en su reemplazo. Si el Proveedor revistiere como Monotributo, No Responsable o Exento, frente al I.V.A. no podrá facturar suma alguna en concepto de impuesto al valor agregado. 11 Controles y pruebas: La aceptación de la Orden de Compra por parte del Proveedor, importará la autorización irrevocable para que Agua y Saneamientos Argentinos S.A. efectúe, durante la ejecución del suministro, las inspecciones que considerare necesarias en sus instalaciones o en las de sus Proveedores y/o subcontratistas, para verificar materiales y/o procesos relativos al suministro. También queda comprendida en esta autorización la de realizar todos los controles y pruebas necesarios para verificar la calidad, cantidad y precio de lo adquirido. Las prestaciones del personal del Proveedor, la provisión del instrumental, aparatos, energía, etc. y de todo lo necesario para su realización serán por su cuenta y cargo. 12 Vicios: El Proveedor responderá plenamente por los vicios ocultos que se verificaren en los materiales, elementos y equipos entregados y deberá subsanarlos, por su exclusiva cuenta y cargo, y a entera satisfacción de Agua y Saneamientos Argentinos S.A., en el plazo que ésta indicare. Asimismo será responsable por todos los daños y perjuicios que Agua y Saneamientos Argentinos S.A. sufriere como consecuencia del vicio oculto verificado. En los casos que corresponda, responderá por los vicios previstos en los artículos 1646 y 1647 bis del Código Civil. 13 Licencias y patentes: Cuando para el cumplimiento de la prestación a su cargo el Proveedor hiciere uso de marcas, patentes, licencias o propiedad intelectual de terceros se obliga a tomar por su cuenta y cargo todas las autorizaciones que ello implicare. El Proveedor responderá por todos los gastos, daños y perjuicios, indemnizaciones, costas, etc., que resultaren para Agua y Saneamientos Argentinos S.A. como consecuencia de reclamos y acciones de terceros respecto de la violación de marcas, patentes, licencias o propiedad intelectual de terceros originadas por la ejecución de la Orden de Compra. 14 Cesión: El Proveedor no podrá subcontratar y/o confiar a terceros y/o ceder el objeto de la Orden de Compra, ya sea total o parcialmente, salvo que mediare autorización previa y expresa de Agua y Saneamientos Argentinos S.A., la que podrá ser requerida cuando se tratare de suministros y/o trabajos de carácter especial que no se incluyan en la gama de producción o actividad habitual del Proveedor. El incumplimiento por parte del Proveedor producirá la inmediata rescisión del contrato por su exclusiva culpa. 15 Incumplimientos - Penalidades: Vencidos los plazos previstos para el cumplimiento de las obligaciones a cargo del Proveedor sin que las mismas fueren cumplidas a satisfacción de Agua y Saneamientos Argentinos S.A., ésta -a su sola opción- podrá: a) rescindir en forma total o parcial (por la parte no cumplida) la Orden de Compra sin derecho a indemnización por parte del proveedor b) aplicar una penalidad (multa) diaria del 0,33% del monto correspondiente a la parte no cumplida. El hecho que Agua y Saneamientos Argentinos S.A opte por imponer la multa no implica renuncia a su derecho de dar por rescindida la Orden de Compra, por lo cual de continuar el incumplimiento y/o que se produzcan futuros incumplimientos por parte del Proveedor, Agua y Saneamientos Argentinos S.A. podrá optar por rescindir la Orden de Compra. En cualquier caso que Agua y Saneamientos Argentinos S.A. haga uso de la opción de rescisión -sea en forma total o parcial- esta será ejercida de pleno derecho sin obligación por parte de Agua y Saneamientos Argentinos S.A. de interpelación y/o intimación alguna, con la sola obligación de notificar a El Proveedor de tal decisión. En caso de rescisión el Proveedor perderá la garantía de fiel cumplimiento (en el caso que se hubiere constituido) en proporción a la parte rescindida, sin perjuicio de la aplicación de las penalidades que se le hubieren aplicado y/o que eventualmente estableciere la Orden de Compra. El total de las multas acumuladas, bajo cualquier concepto, no podrá superar el 15% del monto total de la Orden de Compra. 16 Caso fortuito o de fuerza mayor: Las partes no responderán, recíprocamente, por cualquier incumplimiento causado por caso fortuito o fuerza mayor. No se considerarán tales a la falta de materiales, de mano de obra y/o eventuales defectos ocultos en el material suministrado. La parte que invocare dichas causas como justificativas del incumplimiento deberá hacerlo dentro de los tres días de conocido el hecho, acreditando la razón invocada; con las limitaciones que prevee el art. 513 del Código Civil. 17 Compensación de créditos: Agua y Saneamientos Argentinos S.A. queda facultada a compensar créditos a cobrar por el Proveedor, con sumas que por cualquier concepto éste le adeudare en virtud de la Orden de Compra o de otros contratos existentes. 18 Garantía de fiel cumplimiento / Por Anticipo: En los casos que le fuera requerido por AySA, el Proveedor deberá constituir una garantía de fiel cumplimiento, equivalente al 10% del monto de la Orden de Compra, mediante un seguro de caución (con firma certificada por ante Escribano Público y Colegio de Escribanos), a entera satisfacción de Agua y Saneamientos Argentinos S.A., como condición previa e inexcusable para la entrada en vigencia de la Orden de Compra. Esta garantía será restituida cuando se hubiere producido la recepción definitiva del suministro y se hubieren verificado el cumplimiento a satisfacción de Agua y Saneamientos Argentinos S.A. de todas las obligaciones contractuales asumidas por el Proveedor, y/o la cancelación de los montos que por daños y perjuicios, penalidades y/o cualquier otro concepto le hubieren sido impuestos al proveedor, y/o Agua y Saneamientos Argentinos S.A. por las obligaciones asumidas por la presente. En los casos en que Agua y Saneamientos Argentinos SA otorgue un anticipo financiero, previo a su percepción, el Proveedor deberá presentar póliza de Seguro de Caución a entera satisfacción de Agua y Saneamientos Argentinos S.A. Dicho anticipo será descontado -en igual porcentaje que el otorgado- sobre el importe de cada factura y/o certificación que presente el Proveedor, hasta cubrir el total del mismo. 19 Continuidad: De producirse por cualquier causa la extinción de la prestación de los servicios de agua y desagües cloacales a cargo de Agua y Saneamientos Argentinos S.A., la Orden de Compra, de encontrarse vigente, deberá ser proseguida, en idénticas condiciones contractuales, por quien asuma legalmente la prestación de tales servicios, en caso de optar estos últimos por la continuidad de la Orden de Compra. 20 Legislación, solución de divergencias y jurisdicción: Se deja establecido que todo lo relacionado con la aplicación, ejecución e interpretación de la Orden de Compra, se regirá por legislación, doctrina y jurisprudencia argentina. En relación a las cuestiones, diferencias y/o controversias que se susciten las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Capital Federal de la República Argentina, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que en razón de las personas o las cosas pudieren corresponderle. 21 Inhabilidades para contratar con AySA: No podrán ser oferentes o contratistas de AySA las personas físicas o jurídicas que encuadren en una o más de las siguientes situaciones o circunstancias: a) Hayan registrado incumplimientos anteriores, se encuentren en mora o proceso de rescisión de

contratos u órdenes de compra por su culpa o hayan sido suspendidos o dados de baja en el registro de AySA.

b) Sean deudores fiscales de la Nación, o provisionales de la Nación, o de la Pcia. de Buenos Aires o del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, o de los servicios de AySA.

c) Se encuentren inhibidos, en estado de cesación de pagos, con pedido de quiebra en trámite, quiebra decretada o en concurso preventivo de acreedores en trámite.

d) No hubieren asumido su responsabilidad frente a reclamos judiciales o extrajudiciales en los que AySA hubiera sido condenada o requerida con motivos o en ocasión de cualquier obligación contractual mantenida con ella.

e) Se encontraren en juicio o arbitraje como demandante frente a AySA o existiere sentencia o laudo definitivo rechazado parcial o totalmente la acción.

f) Sean demandantes del Estado Nacional ante Tribunales u organismos nacionales o internacionales, o integrar el grupo económico que se encuentre en esta situación.

g) Se encuentren las personas físicas o jurídicas, inhabilitadas civil, comercial o penalmente. h) Se encuentren las personas físicas o jurídicas alcanzados por una condena penal vigente,

basada en autoridad de Cosa Juzgada. (DIRECTORIO 27/09/2007)

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ANEXO 7

DECLARACIÓN JURADA SOBRE INHABILIDADES

A LA EMPRESA AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A.

El/Los Señor(es) ___________________________________________________________ En representación de _______________________________________________________ Con domicilio en __________________________________________________________

DECLARAN BAJO JURAMENTO que la empresa que representan y sus directores no se encuentran alcanzados y/o encuadrados en o por ninguna de las inhabilidades para contratar con AySA detalladas en el Punto 21 de las CONDICIONES GENERALES DE LAS ORDENES DE COMPRA (Anexo 6).

Lugar y Fecha: Empresa: Firma: Aclaración:

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ANEXO 8 (Modificación del 30/11/2007)

(SIGEN – Ver en archivo aparte Anexo 8)

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ANEXO 9

I. Instructivo de Tolerancias 1. Si el precio de la Obra, Bien o Servicio a adjudicar, tuviera una diferencia en más o en menos del 30% respecto del importe presupuestado o de la estimación de costos de los bienes o servicios licitados, se notificará a la Dirección/Gerencia solicitante de lo acontecido. En el primero de los casos (diferencia mayor al 30%) se devolverá el requerimiento al área antes referida para adecuar la respectiva previsión presupuestaria, en caso de entenderlo pertinente, y remitir el requerimiento nuevamente al Sector correspondiente para continuar con el trámite de compra La empresa podrá disminuir o aumentar el total adjudicado hasta un 30% en las condiciones y precios pactados y con adecuación de los plazos respectivos. Dicha disminución o aumento podrá incidir en uno o en varios renglones de los ítems de la orden de compra o contrato, siempre y cuando el total resultante no exceda el porcentaje previsto. En ningún caso, se aceptarán diferencias entre la Orden de Compra y la Factura, que no hayan sido autorizadas expresamente. 1.1 - Variación de precio entre Requerimiento de compra y Orden de Compra Es el porcentaje por el cual el precio de la línea de la Orden de Compra no puede exceder el precio de la línea de la solicitud de compra, según lo establece la Tabla de Tolerancias (Anexo 10). Cuando se detecte esta diferencia (hasta el límite establecido según Tabla de Tolerancias) entre la línea del requerimiento de compras y el precio/monto de la línea de la Orden de Compra, la Gerencia de Compras y /o las áreas de compras descentralizadas informarán a la Gerencia del área solicitante y/o Jefatura Administración Control de Gestión, para que autorice dicha diferencia. Sin esta autorización escrita no se podrá continuar con la gestión de compra (adjudicación – emisión de la Orden de Compra). Cuando se detecte una diferencia mayor al límite establecido en la Tabla de Tolerancias, se deberá devolver la línea del requerimiento al área solicitante, la cual deberá reveer el importe, modificar la línea del requerimiento, reiniciar y gestionar su autorización y reenviar el mismo al área de compras correspondiente.

1. 2 - Variación de cantidad entre la recepción (remito) y la cantidad de la OC Es el porcentaje sobre la cantidad expresada en la línea de la Orden de Compra que puede recibirse por encima de dicha cantidad. Se establece que la tolerancia de recepción es nula para todos los artículos/catálogos habilitados.

1. 3 – Variación entre Facturas y Ordenes de compra

a) - Tolerancia en precio Es el porcentaje por el cual el precio de la línea facturada no puede exceder el precio de la línea de la Orden de Compra, según lo establece la Tabla de Tolerancias. b) – Tolerancia en cantidad Es el porcentaje por el cual la cantidad de la línea facturada no puede exceder la cantidad de la línea de la Orden de Compra, según lo establece la Tabla de Tolerancias.

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ANEXO 10

Tabla de Tolerancias

Nivel general

Tolerancia entre: Caso Cantidad Precio Unitario Monto Total

RQ vs. OC 1 0% ≤ 30% ≤ 30%

2 0% > 30% > 30%

OC / remito 0%

Remito / factura 0%

Ampliación de la OC ≤ 30%

Caso 1:

La Gerencia de Compras y /o las áreas de compras descentralizadas informarán a través de la Jefatura Control de Gestión a la Gerencia del área solicitante, para que autorice dicha diferencia. Sin esta autorización no se podrá continuar con la gestión de compra (adjudicación – emisión de la Orden de Compra).

Caso 2:

Cuando se detecte una diferencia mayor a la establecida, se deberá devolver el requerimiento al área solicitante, la cual deberá reveer el importe, modificar el requerimiento, reiniciar y gestionar su autorización y reenviar el mismo al área de compras correspondiente.

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ANEXO 11

Régimen de Iniciativa de Terceros Siendo necesaria la incorporación de todos los adelantos tecnológicos que puedan ser aportados a partir de la Iniciativa de Terceros, sean estos empresas Nacionales o Internacionales, tanto Privadas como Públicas, ya que el plan de Saneamiento de AySA requiere la incorporación de Tecnología e Inversiones que permitan aumentar la capacidad y calidad del servicio; que esos terceros pueden tener derechos sobre las ideas, procesos, materiales o equipamientos contenidos en las propuestas; que es necesario que esos derechos de terceros no se tornen oneroso o inciertos para AySA; que eventualmente podría existir otras propuestas que sean similares a las que hayan sido presentadas originariamente y que en tal caso se hace necesario que todas las propuestas puedan participar en igualdad de condiciones en una futura compulsa de precios; es que se establece el presente:

REGIMEN DE INICIATIVA DE TERCEROS

ARTICULO 1° — La presentación de proyectos bajo el Régimen de Iniciativa de Terceros quedará sujeta al presente régimen.

ARTICULO 2° — La presentación de proyectos bajo el Régimen de Iniciativa de Terceros deberá contener como mínimo los siguientes requisitos de admisibilidad:

a) Identificación del proyecto y su naturaleza;

b) Las bases de su factibilidad económica y técnica;

c) Monto estimado de la inversión;

d) Los antecedentes completos del autor de la iniciativa;

e) La fuente de recursos y de financiamiento.

ARTICULO 3° — La presentación de proyectos bajo el Régimen de Iniciativa de Terceros deberá incluir una Garantía de Mantenimiento de la Iniciativa sobre el monto estimado de la inversión, en la forma prevista por los Procedimientos Administrativos para la Emisión de Ordenes de Compra y/o Contratos para las Ofertas de Obras. Esta garantía será ejecutable en caso de no presentación de la oferta, sin necesidad de requerimiento alguno.

ARTICULO 4° — Constitúyese la COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y DESAROLLO DE INICIATIVAS DE TERCEROS, la que tendrá a su cargo la recepción y evaluación de los proyectos de Iniciativa de Terceros presentados por los interesados conforme el presente régimen.

ARTICULO 5° — La COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y DESARROLLO DE INICIATIVA DE TERCEROS estará integrado por al menos: representantes de las Direcciones de Asuntos Jurídicos, Obras y/o Logística y Areas Técnicas competentes en la materia sobre la cual trate el proyecto. La Comisión deberá evaluar la propuesta en un plazo de hasta 90 días a partir de la presentación de la misma, prorrogables por otros 90 días, elevando al Directorio un informe circunstanciando la elegibilidad de la misma.

El Directorio, decidirá la Declaración de Interés de la Iniciativa y la inclusión en el presente Régimen de la propuesta considerando las siguientes pautas básicas: 1) Que el Proyecto esté relacionado con la actividad principal de la Empresa o bien con sus habilidades técnicas; 2) Que se trate de propuestas destinadas a mejorar la calidad del servicio prestado o bien la capacidad de su prestación, es decir, que en cualquier caso redunde en un beneficio para los usuarios y la sociedad en su conjunto; 3) Que el monto del proyecto esté dentro de las previsiones presupuestarias del ejercicio y de las proyectadas para los próximos, y por lo tanto no comprometa el equilibrio de la empresa ni a corto ni a largo plazo.

En caso que la Iniciativa de interés para la empresa comprometa el equilibrio financiero o afecte significativamente los bienes públicos, el Directorio elevará la propuesta al MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

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ANEXO 11

ARTICULO 6° - Decidida la calificación de Interés para AySA de la Iniciativa de la propuesta, AySA llamará a concurso público cumpliendo los siguientes requisitos:

a) Convocatoria

b) Confección del respectivo Pliego de Bases y Condiciones conteniendo los lineamientos generales del contrato con identificación de la obra o proyecto a construir y las bases técnicas y económicas.

c) Constancia de las publicaciones realizadas conforme al art. 4.1 del Manual de Procedimientos de Gestión de Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios;

d) La fecha de presentación de las ofertas será establecida entre los 30 y los 90 días contados desde la última publicación;

e) La aplicación del Manual de Procedimientos en lo pertinente.

ARTICULO 7° — En caso de desestimarse el proyecto, cualquiera fuere la causa, el autor de la iniciativa no tendrá derecho a percibir ningún tipo de compensación por gastos, honorarios u otros conceptos.

ARTICULO 8° — Considerase que en todos los casos en que las ofertas presentadas fueran de equivalente conveniencia, será preferida la de quien hubiera presentado la iniciativa, entendiéndose que existe equivalencia de ofertas cuando la diferencia entre la oferta del autor de la iniciativa y la oferta mejor calificada, no supere el CINCO POR CIENTO (5%) de esta última.

La prerrogativa precedente se aplicará cualquiera sea la modalidad de selección adoptada.

ARTICULO 9° — Si la diferencia entre la oferta mejor calificada y la del iniciador, fuese superior a la indicada precedentemente, hasta en un VEINTE POR CIENTO (20%), el oferente mejor calificado y el autor de la iniciativa serán invitados a mejorar sus ofertas, en forma simultánea y en sobre cerrado, no siendo de aplicación en este extremo la fórmula de equivalencia de ofertas del artículo anterior.

ARTICULO 10. — El autor de la Iniciativa de Terceros, en el supuesto de no ser seleccionado, tendrá derecho a percibir de quien resultare adjudicatario, en calidad de honorarios y gastos reembolsables, un porcentaje del UNO POR CIENTO (1%) del monto que resulte aprobada la Contratación.

AySA, en ningún caso, estará obligada a reembolsar gastos ni honorarios al autor del proyecto por su calidad de tal.

ARTICULO 11. — Los derechos del autor de la iniciativa tendrán una vigencia de DOS (2) años, a partir de su presentación, aún en el caso de no ser declarada de interés la misma.

Si fuese declarada de Interés la Iniciativa y luego la Licitación Pública o el Concurso de Proyectos Integrales, fuese declarado desierto, no se presentaren ofertas admisibles, o el llamado fuera dejado sin efecto, cualquiera fuera la causa, el autor de la iniciativa conservará los derechos previstos en el presente régimen por el plazo máximo de DOS (2) años a partir del primer llamado, siempre y cuando el nuevo llamado se realice utilizando los mismos estudios y el mismo proyecto.

ARTICULO 12. — El régimen aquí establecido no obsta la aplicación de lo dispuesto en los Procedimientos Administrativos para la Emisión de Ordenes de Compra y/o Contratos, del que forma parte como Anexo 11, debiendo fijar los respectivos Pliegos de Bases y Condiciones y/ o los Términos de Referencia, los extremos requeridos por las normas aquí mencionadas.

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ANEXO 12

(Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Contratación y Ejecución de Obras)

Ver en archivo aparte:

Carátula

Indice

Pliego de Contrataciones y Ejecución de Obras + Anexos:

- Anexo 7 Res 52.pdf - Anexo 8 Acta COPAR.pdf

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ANEXO 13

(Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Servicios) Ver en archivo aparte:

Carátula

Indice

Bases y CG Servicios – Rev.2 Nov2006_28Dic06 + Anexos:

- Anexo 1 Bases Servicios AySA.doc - Anexo 2 Bases Servicios AySA.doc - Anexo 3 Bases Servicios AySA.doc

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ANEXO 14

(REGISTRO DE PROVEEDORES)

Ver en archivo aparte, Anexo 14:

Carátula Registro Proveedores

Índice Registro Proveedores_AC17Oct07

Anexo 14 Registro de Proveedores_AC17Oct07

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PrecioUnitario

RRE + CRFó Nº Proy. Inv.

Cantidad PrecioTotal

Descripción

Servicio Solicitante: Teléfono:

Dirección de Envío:

Plazo de Entrega:

Observaciones:

Notas al Comprador:

Proveedor Sugerido:

Dirección: Teléfono:

Fecha de Solicitud:

Fecha de Recepción:

Unidadde medida

Item CuentaContable

Emitió:

Apellido Firma

Autorizó:

Apellido Firma

Requerimiento de Compra

a0200772
ANEXO 1
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ANEXO 8 (Modificación del 30/11/07)
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ANEXO 8 (Modificación del 30/11/07)
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ANEXO 8 (Modificación del 30/11/07)
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ANEXO 8 (Modificación del 30/11/07)
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ANEXO 8 (Modificación del 30/11/07)
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ANEXO 8 (Modificación del 30/11/07)
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ANEXO 12

PPLLIIEEGGOO DDEE BBAASSEESS YY CCOONNDDIICCIIOONNEESS GGEENNEERRAALLEESS

PPAARRAA LLIICCIITTAACCIIOONNEESS YY CCOONNCCUURRSSOOSS DDEE PPRREECCIIOO

PPAARRAA CCOONNTTRRAATTAACCIIÓÓNN YY

EEJJEECCUUCCIIÓÓNN DDEE OOBBRRAASS

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ANEXO 12

ÍNDICE

PARTE I - DISPOSICIONES PRELIMINARES

1. Objeto del Pliego ............................................................................................................. 1

2. Terminología .................................................................................................................. 1

3. Títulos y Notas Marginales .............................................................................................. 1

4. Singular y Plural ................................................................................................................. 1

5. Idioma y Legislación .......................................................................................................... 1

6. Documentos del Concurso ................................................................................................. 1

7. Normas de Interpretación .................................................................................................. 1

8. Aclaraciones y Consultas ................................................................................................... 2

9. Definiciones ....................................................................................................................... 2 PARTE II - BASES DEL CONCURSO CAPÍTULO 1 - SISTEMA DE CONTRATACIÓN ......................................................................... . 4

10. Unidad de Medida ........................................................................................................... 4 11. Ajuste Alzado ................................................................................................................... 4

12. Coste y Costas ................................................................................................................... 4

CAPÍTULO 2 - LA OFERTA

13. Extensión de la Propuesta ................................................................................................. 4 14. Alcance de los Precios Cotizados .....................................................................................5

15. Suficiencia de la Oferta .................................................................................................... 6 16. Garantía de la Oferta ......................................................................................................... 6

17. Elementos Constitutivos de la Propuesta .......................................................................... 7

18. Forma de la Propuesta ....................................................................................................... 8 19. Presentación de las Propuestas .........................................................................................9

CAPÍTULO 3 - EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS – PREADJUDICACIÓN DE LAS OBRAS

20. Evaluación de las Ofertas .................................................................................................. 9 21. Preadjudicación de las Obras ............................................................................................ 9

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ANEXO 12

22. Notificación de la Preadjudicación ................................................................................... 9

23. Documentación Requerida ................................................................................................ 10

24. Auditoría Previa ............................................................................................................... 10

CAPÍTULO 4 - FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

25. Firma del Contrato o “Contrata” ....................................................................................... 10 26. Sellado del Contrato ......................................................................................................... 11

27. Documentos del Contrato ................................................................................................ 11

28. Confidencialidad .............................................................................................................. 11

PARTE III - CONDICIONES GENERALES

CAPÍTULO 1 - REPRESENTANTES DEL COMITENTE Y DEL CONTRATISTA 29. Responsable del Proyecto ................................................................................................ 12 30. La Inspección de Obras ................................................................................................... 12 31. El Representante Técnico ................................................................................................ 12 32. Comunicaciones entre el Comitente y el Contratista ....................................................... 12

CAPÍTULO 2 - DOCUMENTOS CONTRACTUALES Y SU PRELACIÓN 33. Prelación ...........................................................................................................................13 34. Custodia de Documentos ..................................................................................................14

35. Planos de Construcción .................................................................................................... 14 36. Comunicaciones, Acuerdos, Aprobaciones, Certificaciones y Decisiones ....................... 14

CAPÍTULO 3 - OBLIGACIONES DE AySA 37. De Colaboración y Cooperación ....................................................................................... 14 38. De Abonar el Precio Pactado ........................................................................................... 14

39. De Verificación y Recepción ........................................................................................... 14

40. De Abstención .................................................................................................................. 14

41. Realización de Trabajos por el Comitente ....................................................................... 15

42. Aranceles Nacionales, Provinciales o Municipales ......................................................... 15

CAPÍTULO 4 - OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

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ANEXO 12

43. Responsabilidades Generales del Contratista .................................................................. 15 44. Representación Técnica ................................................................................................... 16

45. Cesión del Contrato ......................................................................................................... 16

46. Subcontratación ............................................................................................................... 16 47. Conformidad de la Obra con el Contrato ......................................................................... 16

48. Empleados del Contratista ............................................................................................... 17

49. Capacidad del Personal .................................................................................................... 18

50. Seguridad y Protección del Ambiente ............................................................................. 18

51. Cuidado de las Obras ....................................................................................................... 19

52. Propiedad de las Obras ..................................................................................................... 19

53. Responsabilidad por Pérdidas o Daños.............................................................................. 19

54. Seguros ............................................................................................................................. 19

55. Accidentes en las Obras ................................................................................................... 22

56. Cumplimiento de Leyes y Normas Reglamentarias ........................................................ . 23

57. Derecho de Patentes ......................................................................................................... 24

58. Interferencia con el Tráfico y Propiedades Colindantes ................................................. 24

59. Evitación de Daños a Carreteras ...................................................................................... 24

60. Transporte de la Maquinaria del Contratista u Obras Provisionales que éste exija .........25

61. Facilidades a otros Contratistas ...................................................................................... 25

62. El Contratista Mantendrá Despejado el Sitio de la Obra ................................................ 25

63. Condiciones del Sitio a la Terminación ......................................................................... . 25

64. Deber del Contratista de actuar durante las emergencias ................................................ 25

65. Notificación de substancias peligrosas ............................................................................ 26

66. Letreros............................................................................................................................... 26

67. Obras a ejecutar en Vía Pública o en Terrenos de otras Jurisdicciones .......................... 26

68. Interferencias con Instalaciones de Otras Reparticiones y/o Empresas de Servicios Públicos 26

69. Entrega de las Obras ........................................................................................................ 27

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ANEXO 12

CAPÍTULO 5 - CALIDAD DE LOS MATERIALES E INSTALACIONES

70. Calidad de los Materiales e Instalaciones ........................................................................ 27 71. Coste de las Muestras ...................................................................................................... 28

72. Coste de los Ensayos........................................................................................................... 28

73. Inspección de las Operaciones ......................................................................................... 28

74. Inspección y Ensayos ....................................................................................................... 28

75. Fechas de la Inspección y Ensayos .................................................................................. 28

76. Rechazos .......................................................................................................................... 28

77. Examen previo de las Obras ............................................................................................ 29

78. Remoción de Obras Inadecuadas, Materiales o Instalaciones ......................................... 29

CAPÍTULO 6 - PLAZOS

79. Orden de Inicio de las Obras ............................................................................................ 29 80. Inicio de los Trabajos ....................................................................................................... 30 81. Prórroga del Plazo de Terminación.................................................................................... 30 82. Restricciones en las Horas de Trabajo................................................................................ 31 83. Ritmo de las Obras.............................................................................................................. 31 84. Suspensión de la Obra ...................................................................................................... 31

CAPÍTULO 7 - GARANTÍAS 85. Plazo de Garantía ............................................................................................................. 31 86. Terminación de Acabados y Reparación de Defectos ..................................................... 32

87. Incumplimiento de Instrucciones por el Contratista ........................................................ 32

88. Causas de Defectos .......................................................................................................... 32

CAPÍTULO 8 - MODIFICACIONES AL CONTRATO

89. Adicionales al Proyecto ................................................................................................... 32 90. Modificaciones al Proyecto .............................................................................................. 32

91. Instrucciones para los Adicionales o las Modificaciones ................................................ 33

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ANEXO 12

92. Revisión de los Precios Contractuales ............................................................................. 33

CAPÍTULO 9 - CERTIFICACIONES Y PAGOS 93. Certificaciones Mensuales ............................................................................................... 34 94. Aprobación de los Certificados ........................................................................................ 35

95. Pago de Facturas correspondientes a Certificados ........................................................... 35

96. Deducciones ..................................................................................................................... 35

97. Retenciones (Fondos de Reparo) ..................................................................................... 36

98. Recepción Provisoria de las Obras .................................................................................. 36

99. Recepción Definitiva ....................................................................................................... 36

100. Certificación Final de Obra .............................................................................................. 37

101. Carácter liberatorio de la Recepción Definitiva ...............................................................37

102. Auditoría y Acceso a Constancias ................................................................................... 37

CAPÍTULO 10 - SANCIONES Y RESCISIÓN DEL CONTRATO 103. Agrupamiento de Empresas ............................................................................................. 38 104. Multas por Incumplimientos de Obligaciones del Contratista ......................................... 38

105. Multas por Retrasos en la ejecución (ritmo de producción) de las Obras......................... 38

106. Multas por Retrasos en la Terminación de las Obras ...................................................... 38

107. Modificación de Sanciones ............................................................................................. 39

108. Rescisión del Contrato ..................................................................................................... 39

109. Valoración a la fecha de Rescisión .................................................................................. 40

110. Asignación de Beneficio Acordado.................................................................................... 40

111. Caso Fortuito o Fuerza Mayor ......................................................................................... 40 112. Entrega de las Obras Rescindidas....................................................................................... 40

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ANEXO 12 ANEXOS: ANEXO 1 “FORMULARIO DE LA OFERTA” ANEXO 2 “FORMULARIO PRINCIPALES TRABAJOS DE LOS ÚLTIMOS 3 AÑOS” ANEXO 3 “FORMULARIO EQUIPOS Y HERRAMIENTAS” ANEXO 4 “MODELO DE CONTRATO” ANEXO 5 “LEY 25.551 (COMPRE TRABAJO ARGENTINO), DECRETO

REGLAMENTARIO 1600/02 Y MODELO DECLARACION JURADA” ANEXO 6 “INHABILIDADES PARA CONTRATAR CON AYSA” Y MODELO DE

DECLARACIÓN JURADA” ANEXO 7 “RESOLUCIÓN S.S.R.L. N° 52/06 DEL MINISTERIO DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL” ANEXO 8 “ACTA COPAR DEL 2/06/2006 HOMOLOGADA POR RESOLUCIÓN

S.S.R.L. N° 67/06 DEL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

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ANEXO 12

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA LICITACIONES Y CONCURSOS DE PRECIO PARA

CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE OBRAS

VERSIÓN: DIRECTORIO (27/09/2007) FECHA VIGENCIA: 01/10/2007 PÁGINA: 1 / 71

PARTE I - DISPOSICIONES PRELIMINARES 1. Objeto del Pliego El objeto del presente Pliego de Bases y Condiciones Generales es el de reglar las licitaciones y los concursos de

precios, las contrataciones y las ejecuciones de las locaciones de obras que realiza la Empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. (AySA), en su carácter de sociedad prestataria del servicio de provisión de agua potable y desagües cloacales en el área de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los partidos de Almirante Brown, Avellaneda, Esteban Echeverría, La Matanza, Lanús, Lomas de Zamora, Morón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Martín, Tres de Febrero, Tigre, Vicente López y Ezeiza; de agua potable en los partidos de Hurlingham e Ituzaingó; y de recepción de efluentes cloacales en los partidos de Berazategui y Florencio Varela; en la República Argentina.

2. Terminología A los efectos de la interpretación y aplicación de las disposiciones del presente Pliego y de todo otro documento

contractual, se deberán tener en cuenta las definiciones indicadas en el Artículo 9 de este Pliego. 3. Títulos y Notas Marginales Los títulos, organización numérica y ordenamiento de los artículos que figuran en el Pliego de Licitación no

deberán considerarse parte del mismo ni deberán tenerse en cuenta para la interpretación del mismo. Las referencias en los artículos a otros artículos de este Pliego son para facilitar la lectura del mismo. Los

oferentes tienen la obligación de comprender la totalidad de los documentos del pliego y la relación que tienen entre sí los artículos, aun cuando las referencias entre estos no hayan sido expresamente dadas.

4. Singular y Plural Las Palabras en singular incluyen también el plural, y viceversa, cuando el contexto lo requiera. 5. Idioma y Legislación El idioma oficial del concurso, contratación y ejecución de las obras será el castellano y el total de la

documentación e información requerida deberá estar redactada en dicho idioma. Todo documento redactado en otro idioma deberá ser acompañado con la correspondiente traducción, realizada por traductor público matriculado y su firma debidamente legalizada por autoridad competente.

La legislación aplicable será la vigente en la República Argentina. 6. Documentos del Concurso Los documentos del concurso serán: 6.1 El presente Pliego de Bases y Condiciones Generales. 6.2 El Pliego de Condiciones Particulares y el de Especificaciones Técnicas y los documentos que se

indiquen en el mismo. 7. Normas de Interpretación En caso de discrepancia, la documentación del concurso deberá ser interpretada en el siguiente orden de

prelación:

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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA LICITACIONES Y CONCURSOS DE PRECIO PARA

CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE OBRAS

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7.1 Las aclaraciones, modificaciones o instrucciones efectuadas y comunicadas por escrito a los interesados por AySA, durante el concurso de precios.

7.2 Las Planillas para la Cotización de Precios. 7.3 El Pliego de Condiciones Particulares y el de Especificaciones Técnicas. 7.4 Los Planos de Proyecto.

7.5 El presente Pliego de Bases y Condiciones Generales. 8. Aclaraciones y Consultas Hasta cinco (5) días corridos antes de la fecha prevista para la presentación de las ofertas, AySA comunicará las

modificaciones, aclaraciones o instrucciones que estime correspondan, como así también las respuestas a las consultas formuladas por los interesados. Dichas consultas podrán efectuarse hasta diez (10) días corridos anteriores a la fecha prevista para la presentación de las propuestas.

Las consultas se aceptarán solo por escrito cuando estén dirigidas a AySA y recepcionadas fehacientemente en

su área comitente. AySA responderá a dichas consultas también por escrito y hará entrega de las consultas y respuestas a todos los que participan en el concurso.

9. Definiciones A los efectos de la interpretación y aplicación del presente Pliego y de cualquier otro documento contractual, las

palabras y expresiones expuestas a continuación tendrán los siguientes significados: AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. y/o AySA: es la sociedad prestataria del servicio de

provisión de agua potable y desagües cloacales en el área de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los partidos de Almirante Brown, Avellaneda, Esteban Echeverría, La Matanza, Lanús, Lomas de Zamora, Morón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Martín, Tres de Febrero, Tigre, Vicente López y Ezeiza; de agua potable en los partidos de Hurlingham e Ituzaingó; y de recepción de efluentes cloacales en los partidos de Berazategui y Florencio Varela; en la República Argentina.

Comitente: es AySA. según la definición anterior Contrato: significa el documento escrito y firmado entre AySA y el Contratista, conforme modelo del Anexo 2

de este pliego y toda la documentación que en el mismo se indique, todo lo cual reglará los derechos y obligaciones de las partes.

Contratista: significa la persona o empresa con quien AySA ha celebrado el Contrato para la ejecución de las

obras. Escrito: significa cualquier comunicación manuscrita, mecanografiada o impresa, incluyendo e-mail, telegrama,

carta documento, o Fax. Especificaciones Técnicas significa las prescripciones técnicas de los documentos incluidos en el Contrato y

cualquier modificación o adición a las mismas. Responsable del Proyecto: Profesional que AySA designe con autoridad suficiente para actuar en su nombre

para el gerenciamiento de las obras, desde el llamado a concurso y hasta la total terminación de las mismas. Inspección de Obras: el servicio técnico competente designado por AySA para la supervisión de las obras. Interesado: significa la persona o empresa interesada en participar en el concurso de precios.

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CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE OBRAS

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Nación: significa la República Argentina. Obras: tiene el significado que se infiere en el contexto de la redacción donde se usa. Además cuando el

contexto lo permite el significado del singular o plural de obra será intercambiable por el de proyecto/s. Obras Permanentes: significa las obras, incluyendo las instalaciones, a realizar por el Contratista, de

conformidad con el contrato y a entregar a AySA. Obras Provisorias: significa todas las obras temporales ejecutadas por el Contratista (distintas de la maquinaria

del Contratista) que sean necesarias para la ejecución de las obras descriptas en la definición anterior y la subsanación de cualquier defecto de las mismas.

Oferta: significa el total de la documentación y la cotización de los precios que efectúa el proponente a AySA

para la ejecución de las Obras y la subsanación de cualesquiera defectos de las mismas, de acuerdo con los alcances, las normas y las disposiciones que regulan el Concurso de Precios.

Plazos: significa tiempo, que se computará en días corridos calendarios, salvo disposición expresa en contrario. Preadjudicatario: Oferente a quién AySA. ha preadjudicado las obras concursadas. Proponente u oferente: Persona o empresa que participa del concurso y presenta oferta. Representante Técnico: El profesional designado por el Contratista como tal para la supervisión y

responsabilidad de la Obra y todos sus trabajos, con autoridad total para actuar en su nombre en todos los aspectos vinculados con el Contrato y matriculado de acuerdo a la legislación vigente.

Subcontratista: Persona o Empresa autorizada como tal, expresamente y por escrito, por AySA

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CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE OBRAS

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PARTE II - BASES DEL CONCURSO CAPÍTULO 1 SISTEMA DE CONTRATACIÓN En el Pliego de Condiciones Particulares se determina el sistema de contratación a utilizar para la obra. Podrán incluir criterios de adjudicación fundados en capacidad técnica, antecedentes específicos, científicos o propuestas y proyectos que deban evaluarse como parte de la contratación. Los procedimientos podrán instrumentarse en una sola etapa (un sobre) o en etapas sucesivas (oferta de capacidad, proyectos a seleccionar, tecnología a aplicar, antecedentes a ser analizados) con un sobre para cada etapa, concluyendo con un sobre que deberá contener las condiciones económicas y precios. Los sistemas de contratación serán algunos de los siguientes, o combinación de ellos, a saber: 10. Unidad de Medida El Contratista se compromete a ejecutar los trabajos de acuerdo a los precios unitarios correspondientes a las

diversas partidas de la planilla para la cotización de precios. El monto del contrato será el que resulte de aplicar a todas y a cada una de las cantidades consignadas en la planilla mencionada, los precios unitarios de la oferta aceptada. Las cantidades de obra que figuran en cada partida de dicha planilla servirán para determinar el monto del contrato, pero podrán variar en más o en menos durante la ejecución de los trabajos. Los precios unitarios contractuales se utilizarán para liquidar los certificados. Dentro de los precios contractuales se entenderá incluido cualquier trabajo o material que sin tener partida expresa sea imprescindible ejecutar o proveer para dejar las obras totalmente concluidas con arreglo al contrato y de acuerdo a su fin.

11. Ajuste Alzado El Contratista se compromete a ejecutar los trabajos por la suma única y global que haya establecido en su oferta

para la obra. Por lo tanto, los precios unitarios e importes parciales consignados por el oferente en su propuesta, sólo tendrán por objeto permitir efectuar las certificaciones y pagos parciales de la obra ejecutada.

12. Coste y Costas El Contratista se compromete a ejecutar los trabajos al valor de costo de los materiales y la mano de obra que

aporte y con más los gastos indirectos que correspondan. CAPÍTULO 2 LA OFERTA 13. Extensión de la Propuesta La oferta de cada proponente deberá comprender el total de las obras objeto del respectivo concurso de precios. Los oferentes cotizarán obligatoriamente la obra con las características descriptas en la documentación del

concurso, lo que se considerará “Oferta Básica”. En los casos que el Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas lo permita, el proponente

podrá presentar una oferta alternativa, en forma totalmente separada de la “oferta básica”, que incluya cambios en el diseño, los materiales, o los procedimientos especificados, la que será evaluada en un mismo pié de igualdad con la básica.

14. Alcance de los Precios Cotizados

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Se considerarán incluidos en los precios ofertados, todo trabajo y/o servicio detallado en la documentación del Contrato o que, sin estar expresamente indicado en ella, resulta implícitamente necesario efectuar para que las obras en su totalidad, queden total y correctamente terminadas de acuerdo con su fin y con las reglas del arte de construir, incluyendo pero no limitado a: la preparación de la ingeniería de detalle, la provisión, transporte y colocación y/o montaje de todos los materiales y equipos; la mano de obra y todo el personal directo e indirecto que resulte necesario para la realización correcta y completa de la obra; la provisión de los implementos, planteles y equipos para la ejecución de las obras; el alejamiento del material sobrante de las excavaciones y su disposición final y rellenos, y cualquier otra provisión necesaria para la terminación de las obras y la subsanación de los posibles defectos de los mismos; así como los gastos directos e indirectos, los riesgos y contingencias y las ganancias esperadas.

Asimismo, se considerará incluido en el precio ofertado, en concepto de montaje y/o ejecución de cada partida, la instalación, pintura, ensayos y habilitación a fin que AySA pueda efectuar las recepciones provisorias y definitivas sin inconvenientes de ninguna naturaleza.

Todos los trabajos indicados en los Pliegos de Especificaciones Técnicas y Particulares deberán ser cotizados por los oferentes en alguna de las partidas previstas en las Planillas de Cotización de Precios Unitarios y Globales. Se entenderá que el monto ofertado comprende todos los trabajos antes mencionados.

El Contratista, mediante los precios ofertados, tendrá la obligación de ejecutar el resultado de la locación de obra contratada, asumiendo la totalidad de los riesgos técnicos y económicos que se deriven de la ejecución de las obras y de la protección del medio ambiente.

A título meramente indicativo y a efectos de que el oferente pueda evaluar la magnitud del compromiso requerido, se detallan a continuación los trabajos y/o servicios y/o las contingencias que deberá asumir el Contratista, quedando expresamente entendido que se trata de una enumeración que no tiene carácter limitativo sino meramente enunciativo: - La ejecución de la Obra y la correspondiente responsabilidad profesional.

- La ejecución de la Ingeniería de Detalle y la correspondiente responsabilidad profesional. - El método constructivo.

- La obtención en los tiempos necesarios para cumplir con el plazo del contrato, de las autorizaciones

municipales, nacionales, provinciales y de propietarios particulares, que sean requeridas para ejecutar las obras.

- Los suelos contaminados con sustancias denominadas peligrosas por la legislación vigente.

- Cualquier tipo de obstrucción durante la ejecución de las obras.

- La explosión.

- El incendio. - La protección de las fuentes de agua.

- La naturaleza, características, composición y estructura del subsuelo.

- La entrada de agua en la obra, en especial en los zanjeos o túneles que se ejecuten.

- Las fisuras y/o daños y/o derrumbe y/o ruina de los edificios lindantes a las obras como consecuencia de los

trabajos realizados.

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- Los materiales defectuosos. - La gestión de residuos.

- La conservación del medio ambiente.

- La seguridad de las obras y de las personas.

- Los movimientos del terreno.

Las excepciones a lo precedentemente dispuesto, serán previstas expresamente en el Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas.

15. Suficiencia de la oferta

La presentación de la oferta significará que el oferente se ha asegurado la corrección y suficiencia de la misma y que los precios unitarios y globales ofertados cubren todas sus obligaciones, definidas en los documentos del concurso, así como todos los aspectos y elementos necesarios para la adecuada ejecución y terminación de las obras y la subsanación de los posibles defectos de las mismas. Por el solo hecho de presentar su propuesta, el Oferente acepta estar en conocimiento de todas las condiciones y características de la obra y del terreno donde esta deberá ser realizada, como así también de las tramitaciones que deba efectuar o permisos que deba obtener, ante cualquier autoridad nacional, provincial, municipal o privada en su nombre o a nombre de su Comitente. Asimismo reconoce que ha examinado y recorrido el sitio de las obras, obtenido toda la información disponible en relación con las mismas y realizado los ensayos, sondeos, estudios, análisis y demás medios que estime necesarios para lograr un conocimiento pleno de los trabajos a realizar y de la real naturaleza del suelo, subsuelo, del comportamiento del agua subterránea y de su agresividad, antes de presentar su oferta, renunciando al planteo de reclamaciones sobre la interpretación y alcance de lo siguiente:

A. la estructura y naturaleza del sitio de las obras y sus alrededores,

B. la naturaleza, composición y características del suelo y subsuelo donde se realizarán las obras, tipos de materiales a excavar y condiciones físicas en que se encuentran, estabilidad de los suelos, asentamientos posibles, presencia de texturas y estructuras geológicas locales, presencia de bloques de suelos más compactos, comportamiento del agua subterránea y su grado de agresividad.

C. las condiciones hidrológicas y climatológicas, D. los medios de acceso a la obra, lugares de depósitos provisorios y el alojamiento que pueda necesitar,

. Y en general, que ha obtenido toda la información necesaria relativa a lo dicho anteriormente, en cuanto a los riesgos, contingencias y demás circunstancias que puedan influir o afectar su Oferta.

Si AySA hubiere aportado datos, estudios, trabajos o antecedentes a los oferentes sobre condiciones hidrológicas y del subsuelo, deberá entenderse que lo fue a título meramente indicativo, no garantizando su exactitud, integridad y uso, siendo responsabilidad de los Oferentes la interpretación que hagan de los mismos.

16. Garantía de la Oferta Cada oferta será garantizada por una suma igual al 1% (uno por ciento) de su monto y obligatoriamente

mantenida por un plazo de 90 (noventa) días, o más allá y hasta la firma del contrato en caso de resultar preadjudicada, por alguno de los medios que se indican a continuación:

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16.1 Dinero en efectivo que será depositado en el banco y cuenta que oportunamente se indicará.

16.2 Fianza Bancaria

16.3 Póliza de Seguro de Caución

16.4 Pagaré sin protesto en ofertas menores a $ 150.000

Los documentos citados en 16.2 y 16.3 deberán ser emitidos por instituciones de reconocida solvencia, a criterio exclusivo de AySA.

La garantía será devuelta a todos los proponentes que no resulten adjudicatarios de las obras.

AySA podrá disponer la realización de licitaciones y concursos en los cuales no sea de aplicación la presente cláusula.

17. Elementos constitutivos de la Propuesta

Las propuestas de ofertas deberán contener:

17.1 Carta de presentación del proponente, constituyendo domicilio especial a los fines de la licitación en la Cuidad de Buenos Aires, Capital de la República Argentina.

17.2 Formulario de la oferta para la obra, de acuerdo con el modelo del Anexo 1 del presente pliego de

condiciones, único documento con valor para determinar el precio final ofertado.

17.3 Documentación autenticada que acredite la personería y/o representación del firmante o firmantes de la oferta.

Los poderes conferidos fuera de la República Argentina serán otorgados según las formas del lugar de emisión y contaran con las condiciones de autenticidad exigidas por la legislación Argentina. En caso de países adheridos será suficiente la legalización mediante la “Apostille” de la Convención de La Haya.

En caso que una propuesta sea presentada por varios oferentes, (a través de agrupamientos de empresas, Unión Transitoria de Empresas (U.T.E.), etc.) éstos deberán asumir el total de sus obligaciones en forma mancomunada y solidaria frente a AySA y a terceros, durante la vigencia del término de mantenimiento de la oferta, así como hasta la finalización del contrato en caso de resultar adjudicatarios de las obras.

17.4 Copia autenticada del contrato social o estatuto del proponente, si éste es una sociedad. Si la autenticación se realizare fuera de la República Argentina, se procederá en la misma forma indicada en el segundo párrafo del inciso anterior.

17.5 Copia de los estados contables de los últimos 2 ejercicios anuales y el último balance trimestral publicado por el oferente que esté obligado a hacerlo, con los respectivos informes del auditor.

17.6 No se requerirá la documentación indicada en 17.3, y/o 17.4 y/o 17.5, cuando el proponente se

encuentre inscripto en el Registro de Proveedores de AySA y dicha documentación haya sido acompañada para tal Registro y se encuentre actualizada.

17.7 Antecedentes que demuestren la capacidad técnica del Oferente y listado de los trabajos realizados en los 3 (tres) últimos años. (ANEXO 2)

17.8 Nómina de equipos a afectar a la obra, con indicación de marca, características, estado de conservación, si son propios o alquilados. (ANEXO 3)

17.9 Planilla con la cotización de precios.

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17.10 Memoria descriptiva, exponiendo en forma detallada la metodología de los trabajos a desarrollar.

17.11 Plan de trabajos realizado mediante representación gráfica de barras horizontales (y opcionalmente por camino crítico), en concordancia con la propuesta formulada y que refleje racionalmente un normal desarrollo de la obra.

17.12 Programa detallado del Sistema que se propone utilizar para el Control de la calidad de los trabajos a

desarrollar.

17.13 Programa a adoptar en materia de seguridad, higiene, conservación del medio ambiente y todo aquello que pueda afectar el modo de vida de los vecinos frentistas a las obras, en concordancia con las normas legales y contractuales vigentes, así como con las medidas mitigadoras especificadas en los estudios de impacto ambiental, cuando estos fueren incluidos en los pliegos licitatorios.

17.14 Memoria de definición de la producción media para los distintos tipos de trabajo.

17.15 Curva de certificaciones acumuladas para el total de la obra.

17.16 Planilla de características y datos garantizados que se solicitaren en el Pliego de Condiciones

Particulares y Especificaciones Técnicas. 17.17 Nómina de profesionales propuestos como Representante Técnico y asistentes, con sus respectivos

curriculum vitae. 17.18 Garantía de mantenimiento de la oferta. 17.19 Declaración Jurada Compre Trabajo Argentino, conforme modelo del Anexo 5. 17.20 Declaración jurada detallando nomina de todos los juicios y mediaciones pendientes de resolución,

tanto en materia Civil, Comercial y Laboral, en los que se encuentre demandado o citado a la fecha de presentación de la Propuesta; así como que no mantiene situaciones de conflicto laboral con los trabajadores afectados a las tareas a contratar.

17.21 Declaración jurada manifestando que no se encuentra alcanzado y/o encuadrado en ninguna de las

inhabilidades para contratar con AySA detalladas en el Anexo 4, conforme modelo de dicho anexo. 17.22 Copia de los documentos indicados en el Artículo 6 de este Pliego, con las aclaraciones,

modificaciones o instrucciones efectuadas por AySA durante el llamado a concurso de precios. 17.23 Eventual documentación complementaria que pudiera exigirse en el Pliego de Condiciones

Particulares y Especificaciones Técnicas. 18. Forma de la Propuesta Las cotizaciones se formularán en PESOS, con I.V.A. discriminado, a menos que en el Pliego de Condiciones

Particulares y Especificaciones Técnicas se dispusiera otra forma. La omisión de los documentos mencionados en los Artículos 17.1 al 17.24 o de su foliatura, sellado y firma,

podrá determinar el rechazo de la oferta, siendo discrecional para AySA evaluar la existencia de omisiones menores que podrán ser salvadas con posterioridad a la apertura de las ofertas, así como de aquellos que por la naturaleza del contrato no sean exigibles por AySA.

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En todo concurso o licitación en que se requiera la presentación de la oferta en sobre cerrado, la misma se presentará con el total de sus hojas foliadas, selladas y firmadas, en original y una copia que llevará un rótulo en el que conste la denominación del concurso que se trata y el nombre del oferente.

19. Presentación de las Propuestas

La documentación que compone la propuesta será presentada en el lugar y hasta el día y hora que se indique en la invitación o llamado a concurso.

Las ofertas presentadas vencido el plazo, serán devueltas a los presentantes. CAPÍTULO 3 EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS - PREADJUDICACIÓN DE LAS OBRAS 20. Evaluación de las Ofertas

20.1 AySA procederá al análisis y evaluación técnica de todas las ofertas presentadas, para lo cual tendrá en cuenta de acuerdo a lo indicado en el art. 17.23 y 2° párrafo del art. 18, entre otros, los siguientes factores, cuya enumeración no significa orden de prelación ni limitación:

- Organización y metodología en la realización de las diversas tareas reflejadas en el plan de

trabajos presentados. - Confiabilidad de los métodos constructivos propuestos y de cumplimiento del plazo

estipulado para la ejecución de las obras. - Nómina y calidad de los equipos ofrecidos al servicio de la realización de los trabajos. - Confiabilidad del sistema propuesto para el control de la calidad de los trabajos. - Confiabilidad del Programa de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente propuesto. - Para el análisis de las ofertas, AySA podrá requerir de los oferentes todas las aclaraciones

que considere necesarias, así como los documentos omitidos con la propuesta y que a su criterio exclusivo puedan ser agregados.

20.2 Asimismo se realizará un análisis económico de las ofertas, y jurídico en los casos en que

corresponda. 21. Preadjudicación de las Obras

En las licitaciones o concursos se procederá a preadjudicar a la oferta admisible de menor valor, que asegure el cumplimiento de los objetivos de calidad y eficiencia perseguida, sin que ello obligue a concretar la contratación, ya que por causas justificadas se podrá anular el proceso y efectuarse o no nuevamente, incluyendo la modificación de las bases del llamado, sin que tal determinación reconozca algún derecho a los cotizantes.

Independientemente de la forma en que se realice el concurso o de su resultado, AySA no será responsable en ningún caso de los gastos en que pudieran haber incurrido los oferentes para la preparación de las ofertas.

22. Notificación de la Preadjudicación AySA notificará por escrito la preadjudicación, condicionando la adjudicación definitiva al cumplimiento de los

requerimientos indicados en el Artículo 23 y al resultado de la eventual auditoría previa, en los términos del Artículo 24 de este Pliego.

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CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE OBRAS

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23. Documentación Requerida Dentro de los 10 (diez) días de notificada la preadjudicación, el preadjudicatario deberá presentar: 23.1 Una garantía de fiel cumplimiento del Contrato por un monto equivalente al 5% (cinco por ciento) del

monto contractual, ello mediante algunos de los instrumentos especificados en el Artículo 16 de este Pliego.

23.2 De corresponder, la documentación que acredite la conformación de la Agrupación de Colaboración

Empresaria o Unión Transitoria de Empresas, en los términos de los artículos 367 al 383 de la ley 19.550 y sus modificatorias, y que en el caso de la UTE deberá siempre contener:

a) Que el objeto de la U.T.E. sea exclusivamente la realización de las obras preadjudicadas. b) Que sus componentes sean responsables en forma solidaria y mancomunada frente a AySA

y/o a terceros, por los actos y operaciones que desarrollen o ejecuten y obligaciones de todo tipo que contraigan.

23.3 De corresponder, fotocopia del Certificado de Inscripción en el Instituto de Estadística y Registro

Nacional de la Industria de la Construcción (I.E.R.I.C.), correspondiente al año del requerimiento (Ley 22250) y Dec. 1309/ 96.

23.4 Constancia bancaria de que es titular de una cuenta corriente 23.5 Nombre y Matrícula del o de los profesionales a designar como Representación Técnica.

23.6 Certificado Fiscal para contratar, en los casos de preadjudicación en licitación o concurso público.

. 23.7 Dos copias de la oferta presentada El incumplimiento por parte del preadjudicatario de lo establecido en este artículo será suficiente para anular la preadjudicación y ejecutar la garantía de la oferta.

24. Auditoría Previa

AySA podrá, hasta la oportunidad de la firma del Contrato, auditar la veracidad de la información y documentación acompañada por el adjudicatario en su oferta, o en cumplimiento del requerimiento indicado en el Artículo 23 de este Pliego, para lo cual éste último permitirá el examen de toda la documentación que se le solicitase. En el supuesto de que dicha auditoría arrojase un resultado negativo, quedará anulada la preadjudicación y se ejecutará la garantía de la oferta.

CAPÍTULO 4 FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 25. Firma del Contrato o “Contrata” Cumplidos satisfactoriamente los requisitos solicitados al Preadjudicatario y, en su caso, realizada la auditoría

previa con resultado positivo, ello conforme los Artículos 23 y 24 de este Pliego, se procederá a la firma del contrato, según modelo del Anexo 2 de este pliego, documento con el que quedarán adjudicadas las obras.

26. Sellado del Contrato

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ANEXO 12

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CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE OBRAS

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El impuesto de sellos se rige por la ley del lugar en que se ejecuten las obras. El mismo será afrontado en partes iguales por AySA y el adjudicatario. De abonar el total del mismo AySA, descontará el importe correspondiente al adjudicatario del primer pago que por cualquier concepto realice al mismo.

27. Documentos del Contrato Integrarán el Contrato que se firme conforme al Artículo 25 de este Pliego, la siguiente documentación: 27.1 Las aclaraciones, modificaciones o instrucciones efectuadas y comunicadas por escrito a los interesados

por AySA, durante el concurso. 27.2 El Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Pliego de Condiciones Particulares y el Pliego de

Especificaciones Técnicas y los documentos que se indique en los mismos. 27.3 La Oferta. 27.4 La Garantía de fiel cumplimiento del Contrato y, en su caso, la documentación que acredite la

conformación de la Unión Transitoria de Empresas, en los términos de los Artículos 23.1 y 23.2 de este Pliego.

27.5 Todo otro documento que se haya referido específicamente en cualquiera de los documentos

mencionados aquí. La prelación en la interpretación de las disposiciones de los distintos documentos que integran el

contrato es la que se establece en el artículo 33 de este Pliego. 28. Confidencialidad El Contratista deberá guardar la más rigurosa confidencialidad frente a terceros respecto de toda la información

y documentación relacionada con las obras contratadas y con su ejecución, teniendo en cuenta que se trata de obras que AySA lleva adelante en su carácter de prestataria de un servicio público del Estado Nacional, por lo que no podrá dar a conocer la misma sin autorización previa y por escrito de AySA. También deberá requerir dicha autorización previa para todo tipo de publicidad que realice de las obras.

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PARTE III - CONDICIONES GENERALES CAPÍTULO 1 REPRESENTANTES DEL COMITENTE Y DEL CONTRATISTA 29. Responsable del Proyecto AySA designará una persona con autoridad suficiente para actuar en su nombre en todos los aspectos vinculados

con el Contrato. 30. La Inspección de Obras La supervisión de los trabajos por parte de AySA será realizada por intermedio de la Inspección de Obras que

AySA designe, quien será el servicio técnico competente para ello, desde el momento en que se disponga el inicio de los trabajos y hasta la total terminación y recepción de los mismos y a quién el Contratista deberá facilitar ampliamente su contralor.

31. El Representante Técnico El Contratista designara con el cargo de Representante Técnico, a un profesional matriculado de conformidad

con la legislación vigente, de orientación acorde con la naturaleza de los trabajos a realizar según el Contrato, con autoridad suficiente para actuar en su nombre en todos los aspectos vinculados a la ejecución de las obras. El Representante Técnico tendrá un conocimiento del Idioma Castellano acorde a su profesión, educación y nivel de responsabilidad. El Representante Técnico deberá contar, además, con la asistencia de profesionales con título habilitante para cada una de las restantes especialidades que incluyan las obras. Dicha asistencia deberá ser suficiente para que provea la adecuada supervisión de todos los trabajos que puedan estarse ejecutando simultáneamente.

Durante la ejecución de las obras y durante el tiempo posterior que la Inspección de Obras estime necesario, el

Contratista proporcionará la supervisión necesaria para el debido cumplimiento de las obligaciones contractuales. El Representante Técnico aprobado por AySA, deberá dedicar todo su tiempo a la supervisión de las obras. El mismo recibirá, en representación del Contratista, órdenes e instrucciones de AySA y/o su Inspección de Obras, siendo la persona autorizada por el Contratista para emitir la Documentación indicada en el Artículo 32 de este Pliego.

Todos los profesionales mencionados, que deberán ser propuestos por el Contratista, tendrán que contar con la

aceptación de AySA, quien podrá en cualquier momento exigir que sean reemplazados. Toda la documentación que presente el Contratista a la Inspección de Obras deberá estar firmada por el Representante Técnico.

El Representante Técnico, o su asistente, deberá estar permanentemente en el lugar de las obras durante la

ejecución de los trabajos y, cuando éstos no sean de su especialidad, también será obligatoria la presencia del profesional con competencia para los mismos. En casos de ausencias justificadas, los mismos deberán ser reemplazados con profesionales autorizados por AySA.

La ausencia injustificada en las obras del Representante Técnico, de los restantes profesionales o de sus

reemplazantes, cuando su presencia corresponda, podrá hacer pasible al Contratista de la aplicación de la multa prevista en el Artículo 104 de este Pliego, por cada día de ausencia, sin perjuicio de rescindir el Contrato por culpa del Contratista si aquellas fueran reiteradas y superaran los diez (10) días.

El equipo de supervisión del Contratista debe tener un conocimiento suficiente del Idioma Castellano, o el

Contratista deberá disponer en todo momento en la Obra de un número suficiente de intérpretes capacitados para asegurar la transmisión adecuada de instrucciones e informaciones entre el Contratista y la Inspección de Obras.

32. Comunicaciones entre el Comitente y el Contratista

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A partir de la orden de inicio de los trabajos, las comunicaciones referentes a la ejecución de las obras se realizarán entre el Comitente y la Contratista a través de los siguientes documentos:

* Ordenes de Servicio: documento mediante el cual la Inspección de Obras se comunicará con el

Representante Técnico de la Contratista. * Notas de Pedidos: documento mediante el cual el Representante Técnico de la Contratista se

comunicará con la Inspección de Obras. * Actas: documento en que ambas partes dejarán constancia del acaecimiento de los hechos que según

el pliego licitatorio tuvieren dicha formalidad o por su naturaleza correspondiere la misma. * Partes Periódicos: documento mediante el cual se harán constar las novedades técnicas que se

produzcan en las obras, en su ritmo, en su grado de avance y de toda circunstancia u ocurrencia que se considere de importancia.

Las Ordenes de Servicio se emitirán por duplicado, con numeración correlativa, con la firma de la Inspección de

Obras y la constancia de la recepción del original por el Representante Técnico de la Contratista. Los Registros de Notas de Pedido se emitirán por duplicado, con numeración correlativa, con la firma del

Representante Técnico y la constancia de la recepción del original por la Inspección de Obras. Las Actas se emitirán por duplicado, con las firmas de la Inspección de Obras, del Representante Técnico y del

representante del servicio cuanto según el pliego licitatorio corresponda. El registro de partes periódicos (diario - semanal - mensual) se emitirá por duplicado, con numeración

correlativa, con la firma de la Inspección de Obras y/o el Representante Técnico de la Contratista. CAPÍTULO 2 DOCUMENTOS CONTRACTUALES Y SU PRELACIÓN 33. Prelación En caso de discrepancia, la documentación contractual deberá ser interpretada en el siguiente orden de prelación: 33.1 El Contrato propiamente dicho según el artículo 25 de este pliego y sus modificaciones 33.2 Las aclaraciones, modificaciones o instrucciones a los Pliegos Licitatorios efectuadas y comunicadas

por escrito a los interesados por AySA, durante el concurso de precios. 33.3 El Texto de las partidas de la planilla para la Cotización de Precios Unitarios 33.4 El Pliego de Condiciones Particulares y el de Especificaciones Técnicas y su documentación Anexa. 33.5 El Pliego de Bases y Condiciones Generales 33.6 La Oferta del Contratista donde 33.1 tiene la prioridad más alta para la interpretación de los documentos contractuales y 33.6 la más baja. Si en la interpretación del contrato bajo su faz técnica surgieran divergencias, estas serán resueltas por AySA,

cuyas decisiones serán definitivas respecto al tipo y calidad de los materiales a incorporar a la obra, la solidez y eficiente ejecución de las estructuras, la interpretación de las normas de medición y otras de símil tenor. En caso de conflictos en la información contenida en cualesquiera de los documentos del contrato se considerará como obligatoria la más favorable a AySA.

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34. Custodia de Documentos Una copia del contrato y sus documentos conforme el Artículo 33 de este Pliego, quedarán bajo la exclusiva

custodia de la Inspección de Obras. El Contratista deberá realizar a su costa cualquier copia adicional que necesite. A no ser que sea estrictamente necesario para los fines del contrato, los Planos de Proyecto y cualquier documento del Pliego de Licitación aportados por AySA, no podrán ser utilizados o comunicados por el Contratista a un tercero sin el consentimiento de AySA. Contra la emisión del Acta de Recepción Definitiva, el Contratista devolverá a la Inspección de Obras todos los planos, especificaciones técnicas y otros documentos que hayan sido aportados con arreglo al Contrato.

El Contratista deberá proporcionar dos (2) copias y un (1) original de cada documentación técnica que requiera

la Inspección de Obras en conformidad con las Especificaciones Técnicas, junto con una copia reproducible de cualquier material que no pueda ser reproducido en una calidad similar mediante fotocopia. El Contratista deberá proporcionar tantas copias adicionales de dicha documentación como requiera la Inspección de Obras por escrito, para su utilización por AySA, la que deberá pagar el coste correspondiente.

35. Planos de Construcción El Contratista deberá conservar en el sitio de las obras los Planos de Construcción, aportados por éste y los

mismos deberán estar disponibles en cualquier momento razonable, para su inspección y uso por la Inspección de Obras o por cualquier otra persona autorizada por escrito por AySA.

36. Comunicaciones, Acuerdos, Aprobaciones, Certificaciones y Decisiones Siempre que en el Contrato exista una disposición acerca del otorgamiento o emisión de cualquier

comunicación, acuerdo, aprobación, certificación o decisión por parte de cualquier persona, salvo que se especifique lo contrario, tal comunicación, acuerdo, aprobación, certificación o decisión se hará por escrito en original y duplicado para constancia y prueba de su recepción y los términos comunicar, certificar o decidir deberán interpretarse de esta forma. Ninguno de tales comunicaciones, acuerdos, aprobaciones, certificaciones o decisiones serán retenidos o demorados sin justificación.

CAPÍTULO 3 OBLIGACIONES DE AYSA 37. De colaboración y Cooperación AySA colaborará y cooperará con el Contratista y pondrá a disposición del mismo todo aquello que resulte

necesario y a lo cual se encuentre obligado conforme las disposiciones del Contrato, para que el mismo pueda cumplir en tiempo y forma con los trabajos contratados.

38. De Abonar el Precio Pactado AySA se obliga a pagar, dentro de los plazos convenidos, todas las certificaciones de obra que se encuentren

aprobadas conforme las disposiciones de este Pliego o del Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas.

39. De Verificación y Recepción AySA verificará la correcta marcha de los trabajos y en su oportunidad y de corresponder, aceptará y recibirá

provisoria o definitivamente, las obras. 40. De Abstención

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AySA se abstendrá de realizar cualquier acto que pueda perjudicar la normal marcha de los trabajos, salvo que el mismo se encontrare debidamente justificado, o fuere alguno de los previstos en este Pliego o en el de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas.

41. Realización de Trabajos por el Comitente Si AySA, conforme los Artículos 78 y/u 87 de este Pliego tiene que realizar trabajos en las obras con sus propios

obreros, deberá, en relación con dicho trabajo: 41.1 velar por la seguridad de las personas autorizadas para estar en las obras y 41.2 mantener las obras en un estado de orden que permita evitar peligros a tales personas. Si, conforme los Artículos 78 y/u 87 de este Pliego, tiene que emplear otros Contratistas en las obras, deberá

requerirles que observen la misma atención a la seguridad para evitar cualquier peligro. 42. Aranceles Nacionales, Provinciales o Municipales Quedarán a cargo de AySA los pagos que en concepto de tasas, derechos, aranceles y garantías se deban abonar

a la Nación, las provincias o las municipalidades con motivo de la ejecución de las obras salvo disposición en contrario. Aquellos que correspondieren por el uso u ocupación de la vía pública o de propiedades públicas o privadas para el depósito de materiales y/o de vehículos y/o de maquinarias y/o de casillas y/o de trailers de la Contratista, o los correspondientes al cumplimiento de normas laborales, de conservación del medio ambiente, o de seguridad e higiene, que serán a cargo de esta última.

CAPÍTULO 4 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 43. Responsabilidades Generales del Contratista El Contratista deberá, con el cuidado y la diligencia debidos, ejecutar y terminar las obras y subsanar cualquier

defecto de las mismas, de acuerdo con las estipulaciones del Contrato. El Contratista deberá aportar toda la supervisión, mano de obra, materiales, maquinaria y cualquier otra cosa, de naturaleza temporal o permanente, que sean requeridos para dichas obras, su ejecución, terminación y subsanación de defectos, en la medida en que la necesidad de la aportación de las mismas esté especificada o se deduzca razonablemente del Contrato.

Garantizará la buena calidad de los materiales y responderá por los vicios, defectos, degradaciones y averías que

pudieren experimentar las obras, aún por efecto de la intemperie, quedando a su exclusivo cargo el reparo de todos los desperfectos hasta la recepción definitiva de las obras, ello sin perjuicio de la responsabilidad prevista en el Art. 1646 del Código Civil.

Ejecutará los trabajos de tal suerte que resulten enteros, completos, encuadrados en las reglas del arte y

adecuados a su fin, en la forma que se infiere de los planos, las especificaciones técnicas y demás documentos del contrato, aunque en los planos no figuren o las especificaciones técnicas no mencionen todos los detalles necesarios al efecto.

El Contratista será responsable de la correcta interpretación de los distintos documentos técnicos y responderá

de los defectos que puedan producirse durante la ejecución y conservación de las obras hasta su recepción final. Deberá comunicar a la Inspección, antes de iniciar el trabajo, cualquier diferencia o error del proyecto que haya comprobado en el curso de la Obra. En caso de divergencias técnicas se tendrá en cuenta lo previsto en el último párrafo de la cláusula 33 de este Pliego.

Las omisiones en los Planos (de cualquier tipo) y en las Especificaciones Técnicas, no eximirán al Contratista de

su responsabilidad de suministrar, elaborar y/o instalar a su costa todo lo que usualmente se suministra, elabora

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y/o instala en los proyectos del alcance y carácter indicado en los Planos de Proyecto y Especificaciones Técnicas y lo que exigen las reglas del arte, las normas y reglamentaciones vigentes.

Los Planos representarán las condiciones en el sitio de las obras y serán basados en la información disponible al

momento del diseño de los mismos. Es obligación del Contratista verificar las condiciones reales e informar a la Inspección de Obras de toda diferencia que exista o detecte fehacientemente.

El Contratista no podrá suspender los trabajos, ni aún parcialmente, con el pretexto de que existen divergencias

pendientes, bajo pena de aplicación de las sanciones previstas en los Artículos 105 y 106 de este Pliego. 44. Representación Técnica

El Contratista deberá ejercer la Representación Técnica de la Obra asumiendo las correspondientes responsabilidades profesionales y estando a su cargo y costo la tramitación y pago de las autorizaciones y visados que para ello fueren requeridos por las autoridades nacionales, provinciales, municipales y colegios profesionales y cajas previsionales respectivas.

45. Cesión del Contrato El Contratista no podrá, sin previo consentimiento de AySA dado por escrito, ceder el Contrato o parte del

mismo, o cualquier beneficio o participación en el mismo, o derivado del mismo, o certificación o facturación correspondiente al mismo, a excepción de:

45.1 a entidades comprendidas en la ley 21526 (entidades financieras) (conf. Resol. AFIP 151/98) de

cualquier importe devengado o a devengar en virtud del Contrato, o 45.2 la cesión a los aseguradores del Contratista (en los casos en que los aseguradores hayan resarcido la

pérdida u obligación del Contratista) del derecho del Contratista a obtener indemnización de cualquier otra parte responsable.

46. Subcontratación El Contratista no podrá subcontratar parte alguna de las Obras sin previo consentimiento, expreso y por escrito,

de AySA. Tal consentimiento no eximirá al Contratista de responsabilidad u obligación contractual alguna, siendo responsable de los actos, incumplimientos o negligencias de cualquier Subcontratista, sus agentes, colaboradores o trabajadores, como si fueran los actos, incumplimientos y negligencias del propio Contratista, sus agentes, colaboradores o trabajadores.

En el caso de subcontratación autorizada, el Contratista deberá requerir del Subcontratista el cumplimiento de

todas las obligaciones impuestas a aquél por el contrato, ello mediante nota con firmada certificada por escribano público, en la que asuma dichas obligaciones y en especial que conoce y acepta el total de la documentación que conforma el contrato entre AySA y El contratista, en especial el Pliego de Bases y Condiciones Generales que integra tal documentación. Dicha nota deberá ser entregada a la Inspección de Obra, como condición previa para que esta autorice al subcontratista a realizar trabajos en la obra.

Ningún subcontrato eximirá al Contratista del cumplimento de las obligaciones asumidas por él en el contrato y

la responsabilidad derivada de las obras subcontratadas le corresponderá como si las hubiera realizado directamente.

La violación o el incumplimiento, por parte del Contratista o, en su caso, del Subcontratista autorizado, de

cualquiera de las obligaciones previstas en este artículo, será causal de rescisión del contrato. 47. Conformidad de la Obra con el Contrato

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El Contratista ejecutará y terminará las Obras y subsanará los posibles defectos de las mismas, con estricta conformidad al Contrato y a satisfacción de AySA. El Contratista deberá cumplir y ajustarse estrictamente a las instrucciones de la Inspección de Obras en cualquier cuestión concerniente a las obras, aún cuando no esté expresamente mencionada en el Contrato.

48. Empleados del Contratista El Contratista será el único responsable y titular de los contratos de trabajo que correspondan al personal que

emplee, de tal modo que no habrá relación ni vinculación directa ni indirecta entre AySA y ese personal. El Contratista, a requerimiento de la Inspección de Obras, le entregará un informe detallado en la forma y con la

frecuencia que establezca AySA o su Inspección de Obras, sobre el personal y el número de trabajadores de cada categoría que tenga empleados en ese momento en la Obra, así como toda otra información o documentación que se le pudiese requerir relativa a su personal.

En consecuencia, correrá por cuenta exclusiva de El Contratista el cumplimiento y observancia de todas las

leyes, decretos, convenios colectivos y demás disposiciones presentes o futuras emanadas de autoridades públicas nacionales y/o provinciales que rigen o rijan en lo sucesivo en materia profesional, laboral, de seguridad e higiene en el trabajo, fiscal y/o de previsión social, y que se relacionen con la prestación de estos servicios, de corresponder el Acta COPAR de fecha 2/6/06, homologada mediante resolución SSRL N° 67/06, obligándose a asegurar contra accidentes de trabajo al personal que emplee. Asumirá en forma exclusiva y total la responsabilidad que pueda sobrevenir por la eventual inobservancia de lo que establezcan cualquiera de las disposiciones indicadas y quedará a su cargo el pago de todas las indemnizaciones por cualquier concepto y por accidente de trabajo o enfermedad profesional, muerte o incapacidad. Incluso se hará cargo de las indemnizaciones que la Justicia Laboral pudiera establecer por acciones que sus empleados pudieran efectuar a AySA fundadas en la reparación integral del Código Civil (art. 1109 y 1113), que pudiere corresponderle al personal que utilice en la prestación de las tareas, o a sus derechohabientes.

Las obligaciones arriba referidas se mantendrán más allá de la fecha de finalización del contrato respecto de todos los juicios y/o reclamos laborales, ya en trámite o que lo fueren en el futuro.

A tal fin, el Contratista deberá indicar en cualquier momento que se le solicite la nómina del personal a su cargo,

Nº de C.U.I.L., Obra Social a la que pertenece, Seguro que lo cubre, los depósitos de los Aportes Previsionales y de la Seguridad Social y todo otro requisito que sean exigidos por las Leyes y Reglamentaciones.

Deberá mantener al día el pago del personal que emplee, abonándole una remuneración no inferior al jornal

mínimo que establecen las leyes de trabajo y los convenios colectivos de aplicación. Deberá entregar el primer día hábil de cada mes un listado del personal que trabajará durante ese periodo en las

obras, sin perjuicio de informar dentro de las 24 horas toda alta o baja que se produzca durante dicho periodo. AySA podrá auditar, cuando lo considere necesario, los libros y demás documentación del Contratista, para

constatar el cumplimiento de todas las obligaciones laborales y de la seguridad social descriptas anteriormente.

El Contratista asumirá la responsabilidad de confeccionar, coordinar y ejecutar el Programa de Seguridad (el cual abarcará todos los trabajos que fueren a realizarse por parte de su personal y de sus subcontratistas, conforme las normas legales en la materia (Leyes 19.587 y 24.557 y sus Decretos Reglamentarios, Decreto 911/96, Resoluciones de la Secretaría de Riesgos del Trabajo 231/96, 051/97, 035/98 y 319/99, así como toda otra norma dictada o que se dicte en el futuro en la materia), y la “ Normativa de Higiene y Seguridad a cumplimentar por Empresas Contratistas que realicen obras, trabajos y/o Servicios para Agua y Saneamientos Argentinos S.A. El Contratista que utilice mano de obra para mantener, reparar, reacondicionar, rehabilitar o reemplazar instalaciones o equipos del servicio, presentarán declaraciones juradas respecto de que no mantiene ni tiene situaciones de conflicto laboral con los empleados afectados a tales tareas.

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CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE OBRAS

VERSIÓN: DIRECTORIO (27/09/2007) FECHA VIGENCIA: 01/10/2007 PÁGINA: 18 / 71

En todo caso, AySA tendrá derecho de reclamar garantías adicionales, retener pagos, presentarse ante las autoridades competentes, o iniciar acciones de cualquier índole que permitan reestablecer cualquier situación conflictiva, sin que ello genere derecho alguno de parte de el Contratista alcanzado por estas medidas.

Toda infracción o incumplimiento a las obligaciones descriptas en este artículo es causal especial de rescisión del contrato por culpa del Contratista, el que deberá resarcir y mantener indemne a AySA por todas las consecuencias que ello le origine.

49. Capacidad del personal El personal del Contratista deberá poseer la debida capacidad, especialización y experiencia para la realización

de los trabajos que se le encomienden. También podrá AySA, cada vez que lo considere conveniente, examinar a través de personal profesional

especializado, la capacidad, especialización y experiencia que requieran los trabajos que realicen, así como exigir cuando lo considere necesario la capacitación de dicho personal, o el retiro de las obras de aquél que a su criterio no posea la competencia mínima necesaria para realizar tareas del tipo de las que el Contratista le haya encomendado. Podrá igualmente requerir el retiro del personal que demuestre mala conducta o sea negligente en el correcto desempeño de las tareas asignadas o cuya presencia en la obra sea considerada de alguna manera indeseable.

Cualquier persona que por estas razones haya sido retirada de las obras, deberá ser reemplazada lo antes posible

y como máximo dentro de las 48 horas de producida la notificación.

50. Seguridad y Protección del Ambiente El Contratista deberá tomar todas las precauciones necesarias para evitar todo tipo de daño a personas o bienes

de cualquier naturaleza, incluidas las propiedades frentistas de la traza de la obra, siendo único y exclusivo responsable del resarcimiento de los daños y perjuicios que la obra y/o sus dependientes ocasionen a aquellas.

Previo al inicio de los trabajos, constatará en forma fehaciente y con intervención de Escribano Público, en los

casos en que AySA lo requiera, el estado de la traza o lugar de la obra, condiciones del terreno, estado de los pavimentos, aceras y propiedades frentistas y/o lindantes.

Será responsable del incumplimiento de las leyes, decretos, disposiciones, ordenanzas y reglamentos de autoridades nacionales, provinciales y municipales, vigentes en el lugar de ejecución de las obras, así como del pago de las multas que pudieran aplicarse por infracciones a las mismas. El Contratista deberá tener a su alcance los expertos que sean necesarios para que durante la ejecución y la terminación de las obras y la subsanación de posibles defectos de las mismas, pueda:

50.1 velar por la seguridad de todas las personas con derecho a estar en las obras y conservar las mismas en

un estado de orden que evite cualquier peligro a tales personas,

50.2 proporcionar y mantener a su cargo todas las luces, guardas, vallas, señales de peligro y vigilancia cuando y donde sea necesario y/o requerido por la Inspección de Obras o por cualquier autoridad debidamente constituida, para la protección de las obras o para la seguridad y conveniencia de toda persona,

50.3 tomar todas las medidas necesarias para cumplir con los Procedimientos para la Protección y Control

Ambiental, que como Anexo I forman parte del Pliego de Especificaciones Técnicas, protegiendo el ambiente, dentro y fuera de la obra, evitando daños a las personas y/o propiedades como consecuencia de la contaminación, el ruido u otras causas derivadas de sus métodos de trabajo,

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ANEXO 12

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CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE OBRAS

VERSIÓN: DIRECTORIO (27/09/2007) FECHA VIGENCIA: 01/10/2007 PÁGINA: 19 / 71

50.4 en caso de existir Estudio de Impacto Ambiental para la obra, deberá desarrollar todas las medidas de mitigación identificadas en el mismo.

50.5 adoptar todas las precauciones necesarias para evitar que se produzcan incendios en las obras o sus

alrededores, debiendo observar y cumplir con todas las leyes, reglamentos, ordenanzas o normas de autoridad competente, en materia de incendios.

50.6 tomar todas las precauciones necesarias cuando utilice explosivos, empleando únicamente personal

altamente calificado y experimentado en su manejo, cumpliendo en todo momento con las leyes, reglamentos, ordenanzas o normas de autoridad competente en la materia. El Contratista no podrá utilizar explosivos en las obras sin la previa autorización por escrito de AySA.

En todos los casos el Contratista deberá reducir los efectos ambientales adversos relacionados con las Obras. El

Contratista mantendrá indemne a AySA S.A. por todos los daños y/o perjuicios y/o multas que tuviere que afrontar como consecuencia de la violación de cualquier medida o condiciones de autorización establecidas para reducir los efectos ambientales, que tenga su origen en cualquier incumplimiento por parte del Contratista y/o sus subcontratistas de las medidas para la reducción de efectos ambientales previstas en las Normas de Protección Ambiental del Anexo I del Pliego de Especificaciones Técnicas

51. Cuidado de las Obras El Contratista asumirá la plena responsabilidad en cuanto a la guarda y cuidado de las Obras y de los materiales

e instalaciones que se incorporen a las misma, desde la Fecha de Comienzo hasta la Fecha del Acta de Recepción Provisoria de la totalidad de las Obras, momento en que la responsabilidad por este cuidado pasará a AySA.

No obstante, cuando se firme el Acta de Recepción Parcial de una sección o parte de las obras permanentes, el

Contratista dejará de ser responsable del cuidado de esta sección o parte, desde la fecha de dicho acta, momento en el que la responsabilidad de guarda y cuidado de dicha sección o parte pasa a AySA.

Asimismo, el Contratista asumirá la plena responsabilidad en la guarda y cuidado de cualquier obra y material e

instalaciones que deban incorporarse a la misma durante el Plazo de Garantía y hasta que tal obra pendiente sea concluida y recibida de conformidad por AySA.

52. Propiedad de las Obras Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, la propiedad de todos los equipos y materiales se considerará

como de AySA a partir del momento que los mismos sean incorporados en forma directa a la obra (adherencia física).

Con respecto al acopio de materiales por parte del Contratista, cuando ello esté expresamente reconocido y

autorizado por AySA, cualquiera sea el lugar de dicho acopio, los mismos serán considerados como de propiedad de AySA desde el momento en que fueren computados en los certificados de obra pagados al Contratista. En este caso y hasta tanto sean incorporados a la obra, AySA podrá exigir la constitución de una garantía a su favor por el costo de los referidos materiales, para el supuesto de que por cualquier causa (incluido el concurso y/o la quiebra del Contratista) los mismos no fueren oportunamente incorporados a la obra.

53. Responsabilidad por Pérdidas o Daños Si las Obras o una parte de las mismas, o materiales o instalaciones que deban incorporarse a ellas, sufren un

daño o pérdida durante el período en que el Contratista sea responsable de éstas, deberá repararlas o reponerlas a su costa.

54. Seguros

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ANEXO 12

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA LICITACIONES Y CONCURSOS DE PRECIO PARA

CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE OBRAS

VERSIÓN: DIRECTORIO (27/09/2007) FECHA VIGENCIA: 01/10/2007 PÁGINA: 20 / 71

54.1 Generalidades El Contratista deberá contratar y mantener vigentes los seguros indicados en estas Condiciones de

Contratación, atendiéndose asimismo a las condiciones establecidas por AySA en la materia a la fecha de formalización del contrato y a cualquier modificación posterior.

Las pólizas de seguros deberán contratarse en compañías aseguradoras legalmente habilitadas en la

República Argentina y a satisfacción de AySA. Las pólizas deberán tener una vigencia temporal igual a la duración del contrato, cuando éste no fuera

mayor a un año. En caso de contratos de una duración superior al año, las pólizas podrán ser anuales, debiendo, en tal caso, contener una cláusula de renovación automática.

El día de inicio de la Obra o de la relación contractual, el Contratista deberá presentar a AySA las

pólizas y los recibos de pagos en original y copia, indicando si los pagos se realizan en forma total o en cuotas, o en su defecto, certificados de cobertura originales, donde se indique la compañía aseguradora, el riesgo cubierto, vigencia, límites y alcances de la cobertura, como así también las sumas aseguradas. Posteriormente, y siempre antes de presentar el primer certificado de obra o factura, se deberán entregar las pólizas definitivas.

La Inspección de Obras no aprobará los certificados de obra en el supuesto que el Contratista no haya

presentado las pólizas correspondientes. Será obligación del Contratista notificar a los aseguradores de cualesquiera de los seguros requeridos,

cualquier cuestión o suceso para el cual fuese necesaria dicha denuncia, de acuerdo con las cláusulas de las pólizas correspondientes. El Contratista será responsable por todas las pérdidas, reclamos, demandas, actuaciones judiciales y las costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento por su parte de los requerimientos de este Artículo, ya sea como resultado de la anulación de cualquiera de dichos seguros o por cualquier otro motivo.

El régimen de seguros impuesto por AySA al Contratista, no limita ninguna responsabilidad,

contractual o extracontractual, u obligación de éste hacia terceros o hacia AySA. En consecuencia el Contratista se hará cargo de cualquier franquicia o descubierto obligatorio que sus seguros contengan, así como de cualquier suma exigible en exceso de las sumas aseguradas mínimas solicitadas para cada riesgo, o por cualquier riesgo no cubierto por las pólizas solicitadas.

En todos los supuestos, AySA no será responsable por suma alguna que el Contratista se viera obligado

a pagar a terceros con motivo de su responsabilidad o por incumplimiento del régimen de seguros. Las pólizas deberán contener las siguientes cláusulas: a) No podrán ser modificadas o anuladas sin autorización de AySA. b) La compañía aseguradora deberá comprometerse a notificar a AySA cualquier omisión de

pago y otro hecho de cualquier naturaleza en que incurriere el asegurado principal y que resulte causal de suspensión de cobertura, caducidad de derechos, rescisión del contrato o pérdida de vigencia de la póliza en forma total o parcial, con una antelación mínima de quince (15) días respecto de la fecha en que dicha omisión pudiere determinar las consecuencias apuntadas.

Mientras no se cumpla lo indicado precedentemente, no se producirá la suspensión de cobertura, caducidad, rescisión o pérdida de vigencia de la póliza, en forma total o parcial, hasta tanto transcurra el plazo fijado a partir de la fecha de la notificación a AySA.

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CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE OBRAS

VERSIÓN: DIRECTORIO (27/09/2007) FECHA VIGENCIA: 01/10/2007 PÁGINA: 21 / 71

AySA se reserva el derecho de recabar información ante las compañías aseguradoras, respecto de las condiciones de contratación de los seguros, así como las vigencias y estados de deuda.

El régimen de seguros detallado implica la contratación de seguros por expresa disposición de AySA y

aquellos que son de cumplimiento obligatorio por leyes o decretos. En caso que durante la vigencia del Contrato se establezca la obligatoriedad de contratación de algún otro seguro, o modificación de los convenios colectivos de trabajo y otros no indicados a la fecha de formalización del contrato, el Contratista deberá considerar incorporado ese requisito legal al régimen de seguros de AySA, regularizando su situación dentro de los 30 (treinta) días de exigibilidad legal que originó el nuevo seguro o la modificación.

Si el Contratista dejase de contratar a su costo y mantener en vigencia los seguros previstos, o cualquier

otra cobertura que le pudiere ser exigida, AySA podrá en tales casos contratar y mantener en vigencia dichos seguros, pagar los premios necesarios para estos fines, deduciendo oportunamente los montos abonados de las sumas devengadas o a devengar a favor del Contratista, o bien recuperar los mismos como deuda del mismo. También podrá AySA ejecutar la rescisión del Contrato por causa de este incumplimiento.

No se admitirá en ningún caso el autoseguro. 54.2 Pólizas a Contratar El Contratista deberá cumplir como mínimo con los diversos tipos de seguros que se detallan a

continuación: a) DE RESPONSABILIDAD CIVIL, (en forma conjunta) a nombre del Contratista y/o

Subcontratistas y/o AySA S.A., de manera tal que la indemnización resultante sea la misma que si se tratase de pólizas por separado, por cualquier daño, pérdida o lesión que pudiera sobrevenir a cualquier bien, o cualquier otra persona, en la ejecución o a causa de la ejecución de las obras o en el cumplimiento del contrato.

Las pólizas deberán indicar claramente que AySA S.A. será considerada como tercero en

aquellos casos en los que el Contratista ocasionara daños a bienes o al personal de la empresa.

El seguro podrá ser contratado en forma anual, o por cada obra específicamente debiendo la

suma asegurada ser: 1) equivalente al 20 % del monto del contrato sin I.V.A. con un mínimo de $ 100.000 en el

caso de obras a realizarse dentro de instalaciones y/o predios dependientes de AySA S.A.

2) equivalente al 20 % del monto del contrato sin I.V.A. con un mínimo de $ 500.000 en el

caso de obras a realizarse en la vía pública. En los contratos cuyo monto no supere los $ 1.000.000 y con plazo de vigencia de hasta 2 meses, el Contratista cumplirá con la obligación referida en este apartado a), mediante su adhesión al Contrato de Seguro de Responsabilidad Civil tomado por AySA, abonando el costo que por su participación le corresponda.

b) DE AUTOMOTORES: Para los automóviles que utilice este seguro debe cubrir la

Responsabilidad Civil Ilimitada hacia terceras personas transportadas y no transportadas y daños a bienes de terceros, incluyendo la responsabilidad por la carga transportada.

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CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE OBRAS

VERSIÓN: DIRECTORIO (27/09/2007) FECHA VIGENCIA: 01/10/2007 PÁGINA: 22 / 71

c) DE TODO RIESGO, CONSTRUCCIÓN Y MONTAJE: Para obras con montos contractuales superiores a $ 3.500.000, a nombre del Contratista y/o Subcontratistas y/o AySA S.A., que cubra contra toda pérdida o daño originado por cualquier causa, de forma tal que el Comitente, el Contratista y los Subcontratistas queden amparados durante el período de construcción y de mantenimiento de las obras hasta la recepción definitiva de las mismas.

d) DE ACCIDENTES DE TRABAJO - LEY 24557

El Contratista, previo a la iniciación de la obra, deberá presentar la póliza y/o el comprobante de afiliación correspondiente en alguna de las ART/Cías de Seguro, aceptadas por AySA S.A. a su entera satisfacción, o autorización correspondiente para operar como Cía. autoasegurada; como así también los comprobantes que certifiquen el pago de dicha póliza, caso contrario AySA S.A. no aprobará certificado alguno hasta tanto le diere cumplimiento. Por otra parte adjunto a cada factura, el Contratista deberá presentar a la Inspección de Obra copias certificadas, o en su defecto copias con exhibición de los originales, de los comprobantes de depósitos de los premios correspondientes al mes en curso y el listado de personal amparado.

Asimismo deberán incorporar a la póliza, la siguiente cláusula adicional:

“... ART renuncia en forma expresa a iniciar toda acción de repetición o de regreso contra AySA S.A., sus funcionarios, empleados y obreros, la Inspección y/o Dirección de Obra, bien sea con fundamento en el art. 39.5 de la Ley 24.557 o cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dineraria que se vea obligada a otorgar o abonar al personal dependiente o ex dependiente de (empresa contratista) alcanzados por la cobertura de la presente póliza, por accidentes en ocasión del trabajo o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo.

“... ART se compromete a notificar fehacientemente a AySA S.A., toda omisión de pago y/u

otro hecho de cualquier naturaleza en que incurriere el Asegurado principal y que causare: suspensión de cobertura, caducidad de derechos, rescisión o pérdida de vigencia, total o parcial, de la póliza, con una anticipación mínima de 15 días corridos, respecto de la fecha en que pudieren verificarse tales circunstancias.”

e) DE ACCIDENTES PERSONALES: “La Contratista”, por el personal que contrate sin relación de dependencia, previo a la iniciación de los trabajos deberá presentar, para cada uno de ellos, póliza a Accidentes Personales, con cobertura completa, por un monto de $180.000.-

55. Accidentes en las Obras De producirse accidentes en las obras, el Contratista deberá adoptar los siguientes recaudos: 55.1 Tratándose de Accidentes de Trabajo, comunicarlo en forma inmediata a la Inspección de Obras y

dentro de las 12 (doce) horas de ocurrido el accidente una relación circunstanciada de los hechos, los datos personales del accidentado y las posibles lesiones sufridas.

Dentro de los 7 (siete) días de ocurrido el accidente, el Contratista presentará a la Inspección de Obras 2

(dos) copias de la denuncia respectiva enviada a la compañía aseguradora, así como copia de la denuncia policial en caso de corresponder.

55.2 Todo otro accidente ocurrido en la obra, será comunicado a la Inspección de Obras en un parte mensual

que incluya los acaecidos en tal período, acompañando 2 (dos) copias de las respectivas denuncias enviadas a la compañía aseguradora y a la autoridad policial de corresponder.

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VERSIÓN: DIRECTORIO (27/09/2007) FECHA VIGENCIA: 01/10/2007 PÁGINA: 23 / 71

56. Cumplimiento de Leyes y Normas Reglamentarias 56.1 Cumplimiento El Contratista ejecutará las obras de acuerdo con las leyes, reglamentos, ordenanzas, y normas, de

cualquier autoridad nacional, provincial, municipal, Colegio Profesional, o Caja Previsional, relacionadas con la ejecución de las obras, así como las normas técnicas establecidas en las Especificaciones Técnicas del presente pliego, debiendo tramitar y obtener todos los permisos que dichas autoridades requieran, debiendo presentar todos los planos y documentos que se le requieran, firmados por los profesionales que en cada caso corresponda.

Es responsabilidad del Contratista verificar que los documentos del contrato estén de acuerdo a dichas

disposiciones y de notificar por escrito cualquier contradicción que exista entre ellos. Si el Contratista obra con conocimiento de tales contradicciones y sin notificarlas, asumirá total responsabilidad por las consecuencias que surjan.

El Contratista mantendrá indemne a AySA contra toda clase de multas y responsabilidades por infracción de cualquiera de dichas disposiciones. No obstante, AySA será responsable de la obtención de cualquier permiso de planeamiento o zonificación urbana o similar, exigido para proseguir las obras.

Asimismo, el Contratista deberá dar estricto cumplimiento a las reglamentaciones vigentes relativas al

ejercicio profesional de la ingeniería y/o de cualquier otra profesión que por la ejecución del contrato corresponda aplicar, nombrando los responsables técnicos que dichas reglamentaciones prevean, estando a su cargo y costo el pago de todos los aranceles, matriculaciones, aportes, etc., que por el ejercicio profesional y/o la firma profesional, permisos, planos o cualquier otra documentación, exijan las autoridades nacionales, provinciales, municipales, los Colegios Profesionales y las Cajas Previsionales respectivas. Los convenios que se suscriban con estos profesionales deberán ser visados por el Colegio Profesional y/o Caja Previsional que corresponda, estando a cargo y costo del Contratista el pago de los aranceles y/o aportes exigidos.

56.2 Disposiciones Municipales El Contratista deberá dar estricto cumplimiento a las reglamentaciones municipales vigentes respecto a

trabajos en la vía pública, al cierre total o parcial de calles o cruces de calles, a la señalización, vallado y balizamiento de las obras, a la ocupación y/o uso y/o conservación y/o apertura de la vía pública, a la construcción y/o reparación de pavimentos y veredas, al encajonamiento y/o retiro de tierra y/o materiales, a cruces de vías férreas o rutas nacionales o provinciales, a las normas sobre preservación del medio ambiente y de seguridad e higiene, etc., abonando los derechos y/o tasas y/o aranceles y/o garantías que por dichos conceptos estuvieren a su cargo conforme el Artículo 42 de este Pliego.

Cuando se deba interrumpir el tránsito en las arterias que afectan las obras, se deberá señalizar con toda

claridad los desvíos para canalizar el recorrido vehicular con señales diurnas y nocturnas. A los fines anteriormente indicados se deberán efectuar las averiguaciones del caso, dado que

posteriormente no se reconocerá adicional alguno por este motivo. El Contratista no tendrá derechos a reclamos ni indemnización alguna por parte de AySA, en concepto de daños y perjuicios producidos por el tránsito público en el área de trabajo, siendo aquel el único responsable de los accidentes que resulten atribuibles al estado del desvío o deficiencias, sustracción o roturas de señalamiento o de medidas de protección. El Contratista deberá realizar inspecciones diarias durante la duración de las obras para verificar el buen estado de las protecciones y señalizaciones. La señalización y colocación de luces de peligro y utilización de vallas con bandas reflectivas, alcanzará a todo el sitio de trabajo y/o instalaciones conexas cualquiera sea su ubicación, así como

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VERSIÓN: DIRECTORIO (27/09/2007) FECHA VIGENCIA: 01/10/2007 PÁGINA: 24 / 71

también a complementos, equipos y/o maquinarias transitoriamente depositados en las inmediaciones y en la vía pública. En las zonas de trabajo, el Contratista deberá impedir que el público pueda transitar por tramos de calzada o vereda que presenten cortes, obstáculos peligrosos, o etapas constructivas no terminadas, que puedan ser motivo de accidentes. Para ello proveerá pasarelas provisorias de barandas que mantendrá en perfectas condiciones durante su uso. Todos los pozos deberán protegerse horizontalmente con rejillas en toda su extensión dentro del propio vallado para prevenir caídas; los zanjados en calzadas deberán contar con tantas señalizaciones luminosas como sentidos de circulación vehicular haya en el lugar y los pozos deberán ser vallados en su totalidad desde el inicio de la obra hasta la habilitación al tránsito y los cajones deberán ser colocados dentro del perímetro vallado. El Contratista colocará y mantendrá durante toda la obra los documentos municipales requeridos tales como: carteles, permisos de obra, ordenamientos de tránsito, etc. La magnitud de los cortes de tránsito no superará a lo aprobado por el Municipio correspondiente, e indicado en el ordenamiento de tránsito correspondiente. AySA podrá descontar preventivamente de los certificados de obra, por cada acta de infracción que se labre con motivo de la obra, un importe de $500,00, valor promedio estimado de la multa posible a ser aplicada. Será obligación del contratista presentarse ante la autoridad que hubiere labrado la actuación correspondiente al acta, a fin de efectuar los descargos que considere pertinentes. Una vez conocida y firme la resolución o fallo definitivo de cada actuación, AySA procederá a la devolución al Contratista del excedente sobre los $500,00 si se hubiere aplicado una multa inferior, o al descuento sobre cualquier certificado pendiente de pago, o fondo de reparo, o cualquier importe que por cualquier concepto se le debiera al mismo, cuando la multa fuere superior. Si no se hubiere aplicado multa alguna y con debida acreditación de ello, devolverá el importe retenido preventivamente. Las sumas retenidas preventivamente no devengarán interés alguno.

57. Derecho de Patentes El Contratista mantendrá indemne a AySA contra toda reclamación y procedimiento como consecuencia de

cualquier infracción sobre patentes, marcas registradas de diseño, nombre u otros derechos protegidos, en relación con maquinarias, materiales e instalaciones utilizadas para las obras, o relacionadas con ellas y contra todo daño, coste, cargos y gastos de cualquier naturaleza resultante de ello.

58. Interferencia con el Tráfico y Propiedades Colindantes Todas las operaciones necesarias para la ejecución y terminación de las Obras y la subsanación de posibles

defectos de las mismas serán llevadas a cabo, de forma que no se interfiera innecesaria o indebidamente con: 58.1 La conveniencia del público o, 58.2 El acceso, utilización y ocupación de carreteras y caminos y sendas públicas o privadas que conduzcan

o sean parte de propiedades. El Contratista mantendrá indemne a AySA contra toda reclamación, procedimiento, daño, coste, cargas o gastos

de cualquier naturaleza resultante de ello. 59. Evitación de Daños a Carreteras

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VERSIÓN: DIRECTORIO (27/09/2007) FECHA VIGENCIA: 01/10/2007 PÁGINA: 25 / 71

El Contratista utilizará todos los medios a su alcance para evitar daños o perjuicios provocados por el tráfico del

Contratista o de alguno de sus Subcontratistas, a carreteras o puentes que comuniquen o estén en la ruta hacia la obra y seleccionará rutas, elegirá y utilizará vehículos y restringirá y distribuirá las cargas de forma que se limite el tráfico extraordinario que inevitablemente se derive del movimiento de materiales, instalaciones y maquinaria, desde y hacia la obra, de tal manera que no se ocasionen molestias, daños o perjuicios innecesarios a dichas carreteras y puentes.

60. Transporte de la Maquinaria del Contratista u Obras Provisionales que éste exija El Contratista será responsable y soportará el coste de reforzar puentes o de alterar o reformar carreteras que

comuniquen o estén en la ruta hacia la Obra, para facilitar el movimiento de su maquinaria o materiales y mantendrá indemne a AySA contra toda reclamación por daños a tales carreteras o puentes, provocados por dicho movimiento.

61. Facilidades a otros Contratistas El Contratista deberá coordinar su trabajo en el sitio de las obras con:

61.1 cualesquiera otro Contratista empleado por AySA

61.2 los trabajadores de AySA, y 61.3 los trabajadores de autoridades debidamente constituidas que pudieran estar ocupados en la ejecución

de trabajos no incluidos en el Contrato. 62. El Contratista Mantendrá Despejado el Sitio de la Obra Durante la ejecución de las Obras, el Contratista mantendrá el sitio de las obras libre de toda obstrucción

innecesaria, y almacenará o se deshará de la maquinaria y materiales sobrantes, retirando los escombros, basuras u obras provisionales que no hayan de utilizarse.

En todo momento deberá mantener libres, seguros y en buenas condiciones los accesos a las propiedades

frentistas, tomando además las medidas necesarias para el libre acceso de los vehículos a los guardacoches existentes en dichas propiedades.

Cuando el lugar de la obra no se mantuviese en las condiciones indicadas, la Inspección de Obras impondrá términos para efectuarla. Si el Contratista no diera cumplimiento a las órdenes recibidas, no se efectuará certificación de trabajos, sin perjuicio del derecho de AySA de disponer la realización por terceros de los trabajos que correspondiesen con cargo al Contratista.

63. Condiciones del Sitio a la Terminación Al finalizar la obra, el Contratista hará limpiar y reacondicionar por su cuenta los lugares donde se ejecutaron

los trabajos y sus alrededores, retirando todas las construcciones auxiliares y estructuras del obrador, la maquinaria, restos de materiales, piedras, escombros, tierra, maderas, o cualquier otro elemento resultante de dichos trabajos, debiendo cumplir las órdenes que en tal sentido le imparta la Inspección de Obras. Sin este requisito no se considerará terminada la obra y no se procederá a la Recepción Provisoria. Igual criterio se seguirá respecto de la Recepción Definitiva si, durante el período de garantía, se hubiesen desarrollado trabajos.

No obstante, el Contratista tendrá derecho a mantener en las obras los materiales, maquinaria y obras

provisionales que sean necesarias para el cumplimiento de sus obligaciones durante el período de Garantía. 64. Deber del Contratista de actuar durante emergencias

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VERSIÓN: DIRECTORIO (27/09/2007) FECHA VIGENCIA: 01/10/2007 PÁGINA: 26 / 71

En casos de emergencias con motivo y en ocasión de las obras, que amenacen o que puedan causar daños a

personas o daños a propiedades de AySA o de terceros, el Contratista tiene el deber de actuar inmediatamente en salvaguarda de tales daños.

65. Notificación de substancias peligrosas Si el Contratista encontrase en el sitio de la obra alguna materia o substancia que sospeche que resultará

peligrosa para la salubridad de personas, debe de cesar el trabajo en el área afectada, vallar la misma y notificar inmediatamente a la Inspección de Obras. Si las substancias resultaran ser peligrosas, el traslado y disposición final de ellas será realizado con cargo de AySA.

66. Letreros El Contratista deberá colocar letreros en el lugar de las obras al iniciar las mismas, con las características y texto

que se indique en el Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y en la ubicación que fije la Inspección de Obras. El Contratista removerá los letreros en la oportunidad que se lo indique la Inspección de Obras.

67. Obras a Ejecutar en Vía Pública o en Terrenos de Otras Jurisdicciones El Contratista deberá coordinar la realización de las obras con la autoridad comunal, provincial o nacional,

según corresponda, a los efectos de su ajuste con obras o tareas proyectadas o en ejecución por otros organismos nacionales, provinciales, municipales y/o privados, con el objeto de reducir al mínimo los inconvenientes a causar a la población, cumpliendo con las normas y ordenanzas vigentes, así como con convenios que tenga firmados AySA con dichos organismos.

Para las obras a construir en terrenos que estén en jurisdicción de reparticiones y/o empresas públicas

nacionales, provinciales, municipales o privadas, tales como cruces de vías férreas, rutas o canales, apertura de veredas y calzadas, el proyecto respectivo deberá ser aprobado por aquéllas, como requisito previo e inmediato a la aprobación por parte de AySA de la correspondiente documentación contractual. El Contratista deberá efectuar las gestiones necesarias ante las autoridades que correspondan para la obtención de todos los permisos para llevar a cabo las obras previstas en el Contrato.

La obtención de estos permisos no eximirá al Contratista de sus responsabilidades de coordinar la construcción

con las entidades privadas o públicas y de cumplir con los reglamentos y condiciones dadas en los permisos por dichas entidades.

AySA brindará el necesario apoyo al Contratista en las gestiones necesarias para la obtención de los permisos. Los entorpecimientos o atrasos de obra, que pudieren producirse por la demora del Contratista en solicitar la

realización de las gestiones mencionadas, no serán tenidos en cuenta como causal para el otorgamiento de prórrogas del plazo de obra.

Todas las sanciones, multas o indemnizaciones que pudieren corresponder por la ejecución deficiente o antirreglamentaria de tales trabajos serán soportadas por el Contratista.

El Contratista no tendrá derecho a remuneración adicional alguna por parte de AySA por cualquier perjuicio

producido por dichos trabajos simultáneos, correlativos y esenciales. Las tareas de coordinación del Contratista comprenderán la reubicación de sus recursos de trabajo en otras partes de la obra.

68. Interferencias con Instalaciones de Otras Reparticiones y/o Empresas de Servicios Públicos Para las obras a construir en la vía pública, el Contratista deberá solicitar a AySA, dentro de los 30 (treinta) días

de la iniciación de los trabajos, la realización de las gestiones pertinentes ante las reparticiones y/o empresas de

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servicios públicos, cuando sea necesario que éstas deban modificar y/o remover instalaciones propias que obstaculicen la realización de las obras. AySA efectuará dichas gestiones, corriendo con todos los gastos de la tramitación.

A efectos de ser tenido en cuenta en el plan de trabajos, debe estimarse un plazo de duración de la gestión, a

partir de su inicio, de 90 (noventa) días. Los entorpecimientos o atrasos de obra que pudieran producirse por la demora del Contratista en solicitar la

realización de las gestiones mencionadas, no serán tenidos en cuenta como causales para el otorgamiento de prórrogas del plazo contractual.

En caso que debieran abonarse a dichas reparticiones, empresas o al Contratista los trabajos de modificación y/o

remoción a efectuar, su importe estará a cargo de AySA siempre que, a juicio de ésta, dichos trabajos fueren indispensables para ejecutar las obras objeto del contrato, y no deriven de errores o imprevisiones del Contratista. En caso de que el Contratista se haga cargo de la remoción esto será pagado como adicional respetando los precios unitarios que sean aplicables de la Planilla para la Cotización de Precios. En igual forma y con el mismo criterio se procederá cuando las instalaciones que se juzgare necesario modificar o remover fuesen de pertenencia de AySA.

Las instalaciones y obras subterráneas que quedaren al descubierto al practicar las excavaciones, deberán ser

conservadas con todo esmero por el Contratista, quien será el único responsable de los deterioros que por cualquier causa en ellas se produjeran, corriendo por su cuenta el pago de las reparaciones u otros gastos que por este motivo tuvieran lugar.

De producirse cualquier accidente relacionado con las interferencias de otras instalaciones, El Contratista deberá

avisar inmediatamente a AySA de la situación y medidas correctivas desarrolladas con la empresa o entidad propietaria de las instalaciones. El Contratista será el único responsable de todos los perjuicios ocasionados y se hará cargo de todos los costos correspondientes a AySA, a los propietarios de las instalaciones, y terceros que resultaren afectados por el accidente.

69. Entrega de las Obras En razón de las especiales características de las obras que concursa y adjudica AySA, destinadas a proveer el

servicio de agua potable y/o desagües cloacales a habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Conurbano Bonaerense, ante la simple solicitud de AySA el Contratista hará entrega de las obras que se le indiquen y en el estado en que se encuentren, esté vigente el contrato, o suspendido, o rescindido por cualquiera de las partes, labrándose el acta correspondiente y renunciando el Contratista en forma expresa a ejercer el derecho de retención de las obras previsto en el Artículo 3939 del Código Civil, aún cuando existieren divergencias, reclamos o pagos de cualquier tipo pendientes entre las partes, sin perjuicio de continuarse al respecto las tramitaciones que correspondan.

CAPÍTULO 5 CALIDAD DE LOS MATERIALES E INSTALACIONES 70. Calidad de los Materiales e Instalaciones. Todos los materiales, piezas de repuesto, equipos e instalaciones suministrados por el Contratista serán: 70.1 nuevos, de alta calidad y libre de defectos, de conformidad con las Especificaciones Técnicas, 70.2 del tipo descrito en el contrato y acordes con las instrucciones de la Inspección de Obras y, 70.3 sometidos a aquellos ensayos requeridos por las Especificaciones Técnicas y/o los que la Inspección de

Obras oportunamente disponga, en el lugar de preparación o fabricación, o en las obras.

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El Contratista proporcionará la ayuda, mano de obra, electricidad, combustibles, almacenes, aparatos e

instrumentos que se necesiten habitualmente para examinar, medir y ensayar cualquier material o instalaciones y proporcionará muestras de los materiales antes de su incorporación a las obras, así como muestras de aquellos que seleccione la Inspección de Obras para que sean sometidos a los ensayos que determine.

Cuando la Inspección de Obras determine que los materiales o instalaciones son defectuosos o de cualquier

modo no están de acuerdo con el Contrato, podrá rechazarlos, notificando inmediatamente por escrito al Contratista con una lista de las objeciones. El Contratista corregirá inmediatamente los defectos, consiguiendo que los materiales e instalaciones rechazadas cumplan con el Contrato, sufragando todo coste que esto le ocasione. Si la Inspección de Obras así lo requiere, se harán o repetirán los ensayos de los materiales e instalaciones rechazados, en los mismos términos y condiciones en que antes se hicieran.

71. Coste de las Muestras Todas las muestras serán efectuadas por el Contratista, a su cargo. 72. Coste de los Ensayos El Contratista correrá con el coste de la realización de cualquier ensayo cuando éstos estén estipulados o

claramente implícitos en las Especificaciones Técnicas. 73. Inspección de las Operaciones La Inspección de Obras y cualquier persona autorizada por ella, tendrán acceso a los talleres y lugares donde se

estén elaborando, fabricando, o preparando materiales. El Contratista proporcionará todos los medios y la asistencia necesaria para hacer posible dicho acceso.

74. Inspección y Ensayos La Inspección de Obras tendrá derecho a inspeccionar y ensayar los materiales e instalaciones, cuyo suministro

esté previsto en el Contrato, durante su elaboración, fabricación o preparación. Si la elaboración, fabricación o preparación de dichos materiales o instalaciones se realizase en talleres o lugares distintos de los del Contratista, éste obtendrá autorización para que la Inspección de Obras lleve a cabo la inspección y ensayos en dichos talleres o lugares. Dicha inspección o ensayo no eximirá al Contratista de ninguna de sus obligaciones contractuales.

75. Fechas de la Inspección y Ensayos El Contratista, de acuerdo con lo establecido en el Contrato, acordará con la Inspección de Obras el momento y

lugar para la inspección o ensayo de materiales o Instalaciones. La inspección de Obras avisará al Contratista de su intención de llevar a cabo la inspección o de asistir a los ensayos, con una antelación mínima de 24 horas. Si la Inspección de Obras no se presentase en el momento acordado, el Contratista podrá llevar a cabo los ensayos, salvo que la Inspección de Obras ordenase otra cosa, y se considerará como si los mismos se hubiesen realizado en presencia de la Inspección de Obras. El Contratista enviará seguidamente a la Inspección de Obras copias debidamente certificadas de los resultados de los ensayos. Si la Inspección de Obras no ha asistido a los ensayos, deberá aceptar como ciertos dichos resultados.

76. Rechazos Cuando los materiales o instalaciones no estén listos para su inspección y ensayo en la fecha, hora y lugar

acordados según el Artículo anterior, o cuando como resultado de la inspección y ensayo a que se refiere ese Artículo, la Inspección de Obras determine que los materiales o instalaciones son defectuosos o de cualquier modo no están de acuerdo con el Contrato, podrá rechazar los materiales o instalaciones, notificándolo

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inmediatamente al Contratista. Esta notificación deberá incluir las objeciones de la Inspección de Obras. El Contratista corregirá inmediatamente el defecto y obtendrá que los materiales o instalaciones rechazados cumplan con las Especificaciones Técnicas. Si la Inspección de Obras así lo requiere, se repetirán los ensayos de los materiales e instalaciones rechazados en los mismos términos y condiciones en que antes se hicieran. Todos los costes en que haya incurrido AySA por la repetición de los ensayos deberán ser cuantificados y podrán ser deducidos por AySA de las cantidades devengadas o a devengar por el Contratista.

77. Examen previo de las Obras Ninguna parte de la obra será cubierta u ocultada sin la aprobación de la Inspección de Obras, y el Contratista

habrá de dar toda clase de facilidades a la misma para examinar y hacer mediciones de cualquier parte de la obra que vaya a ser cubierta u ocultada, así como para examinar las cimentaciones, antes de construir sobre ellas. El Contratista notificará a la Inspección de Obras cuando una parte de la obra o de las cimentaciones estén listas, o próximas a estarlo, para su examen.

La Inspección de Obras podrá ordenar al Contratista que descubra cualquier porción de la obra con el propósito de examinar el trabajo. Si dicha obra resulta inadecuada, el Contratista, sufragando todo costo que esto le ocasione, corregirá inmediatamente lo que la Inspección de Obras encontró inadecuado y lo ajustará a lo establecido en los Planos de Ejecución y Especificaciones. Si la obra después de examinada resulta estar en conformidad con dichos planos y especificaciones, AySA pagará por el trabajo adicional rigiéndose por los precios unitarios de la oferta.

78. Remoción de Obras Inadecuadas, Materiales o Instalaciones La Inspección de Obras tendrá facultades para dar instrucciones, cuando lo considere oportuno para: 78.1 Retirar del sitio en el período o períodos que se hayan especificado, cualquier material o instalación

que, en su opinión, no esté de acuerdo con el Contrato. 78.2 La substitución por materiales o instalaciones apropiados y adecuados. En el caso de incumplimiento por el Contratista de dichas instrucciones en el tiempo especificado, AySA tiene

derecho a emplear y pagar a otras personas para ejecutarlas. Los costes que resulten de dicha ejecución serán determinados por AySA y podrá deducirlos de cualquier cantidad devengada o a devengar por el Contratista.

CAPÍTULO 6 PLAZOS 79. Orden de Inicio de las obras Una vez formalizada la firma del contrato, AySA dará la orden de inicio de las obras fijando la fecha de manera

fehaciente. Dentro de los 5 días corridos de esa fecha el Contratista deberá presentar:

79.1 las pólizas de seguros y recibos de pago requeridas en el Pliego. 79.2 un listado bajo declaración jurada, del personal a ser afectado a las obras, con indicación del número de

C.U.I.L., y antigüedad en la empresa. 79.3 constancia de la cobertura prevista por la Ley de Riesgos de Trabajo. Y dentro de los 10 días corridos de esa fecha el Contratista deberá presentar:

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79.4 el programa detallado para el Control Ambiental y sus medidas de mitigación, conforme los Procedimientos para la Protección y Control Ambiental, que como Anexo I integran el Pliego de Especificaciones Técnicas.

79.5 el programa específico para la mitigación de los efectos ambientales, cuando corresponda Estudio de

Impacto Ambiental para la obra. 79.6 Los Requerimientos de Higiene y Seguridad Obligatorios para Empresas Contratistas, que integran la “

Normativa de Higiene y Seguridad a cumplimentar por Empresas Contratistas que realicen obras, trabajos y/o Servicios para Agua y Saneamientos Argentinos S.A. “, conforme las normas legales en la materia (Leyes 19.587 y 24.557 y sus Decretos Reglamentarios, Decreto 911/96, Resoluciones de la Secretaría de Riesgos del Trabajo 231/96, 051/97, 035/98 y 319/99, así como toda otra norma dictada o que se dicte en el futuro en la materia).

79.7 el Plan para las Instalaciones-Servicios Provisorios para la Construcción conforme lo estipulado en las

Especificaciones Técnicas

79.8 el Programa de Construcción y los Planos de Ejecución, conforme lo estipulado en las Especificaciones Técnicas.

Y con anterioridad a la fecha prevista en el Programa de Construcción referido en el artículo 80 para el comienzo efectivo de las obras: 79.9 Copia del o de los Contratos profesionales por la Representación Técnica, debidamente visados por el

Colegio Profesional correspondiente, así como de los comprobantes de pago de los aportes exigidos. 80. Inicio de los Trabajos En el plazo que surja del programa de construcción que apruebe AySA, el Contratista deberá dar comienzo

efectivo de las obras. El Programa de Construcción se deberá preparar de conformidad con las Especificaciones Técnicas y no podrá ser modificado por el Contratista durante la ejecución de las tareas contratadas, debiendo respetar y cumplir las condiciones y especificaciones técnicas y planos que componen el Proyecto. No obstante ello, si el Contratista considerara conveniente incrementar el ritmo de obra, solicitará la autorización correspondiente. Si ésta fuera concedida, se modificará en consecuencia el Programa de Construcción y la documentación conexa, de conformidad con las Especificaciones Técnicas.

Los trabajos deberán ser ejecutados de manera continua, manteniendo un criterio lógico de avance de los

trabajos, de manera que, si así lo considera AySA, las obras puedan ser habilitadas parcialmente. Tal coordinación y continuidad en el avance de los trabajos deberá ser plasmada en el respectivo programa de

construcción, el que deberá ser estrictamente respetado durante la ejecución de los trabajos por el Contratista, de modo de mantener un avance armónico de la obra.

En consecuencia, los frentes de trabajo deberán programarse para tal fin. En ningún caso se admitirá interrupciones en la continuidad física, salvo que las mismas estuvieren

determinadas específicamente en las Especificaciones Técnicas, o por autorización expresa de AySA. 81. Prórroga del Plazo de Terminación El Contratista podrá solicitar que se le consideren prórrogas de plazos por razones de fuerza mayor o

imprevisibles. A tal fin, será condición indispensable para su consideración que presente el pedido con todos los elementos justificativos del evento y sus consecuencias, dentro de las 72 (setenta y dos) horas de acaecidos los hechos, sin perjuicio de las que AySA pueda disponer de oficio.

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No se considerarán prórrogas de plazos por razones climáticas, salvo las de características excepcionalmente adversas que excedan los valores promedios de máximos y mínimos (temperatura, lluvias y vientos) de los últimos 50 años del Servicio Meteorológico Nacional.

En el caso que por la cantidad o naturaleza de los trabajos complementarios o suplementarios, o por cualquier

causa de retraso mencionada en estas Condiciones de Contratación, o por condiciones climáticas excepcionalmente adversas, se otorgasen prórroga de los plazos, el Contratista deberá presentar dentro del mes siguiente a la prórroga un Programa de Construcción modificatorio de conformidad con las Especificaciones Técnicas y su correspondiente plan de certificaciones, en el que se considerará el total de las prórrogas concedidas.

En ningún caso las prórrogas de plazos darán derecho alguno al Contratista, a reclamar mayores costos, o

cualquier otro concepto.

“ El nuevo Plan de Trabajo y certificaciones debidamente aprobado, servirá de elemento de control de los avances de obra, al solo efecto del cálculo de las multas que pudieran corresponder por retrasos parciales y/o en la finalización de las obras”.

82. Restricciones en las Horas de Trabajo

Ningún trabajo en las Obras podrá ejecutarse durante la noche o en días reconocidos localmente como feriados,

sin el consentimiento de AySA, excepto cuando el trabajo sea indispensable para el salvamento de vidas o de bienes o para la seguridad de las Obras, en cuyo caso el Contratista avisará inmediatamente a la Inspección de Obras.

83. Ritmo de las Obras Si por cualquier razón, que no dé derecho al Contratista a solicitar una prórroga, el ritmo de las obras en su

conjunto o en alguna de sus secciones, fuera a criterio de la Inspección de Obras demasiado lento para cumplir el

plazo de terminación, ésta lo comunicará al Contratista, quien deberá inmediatamente dar los pasos necesarios, para acelerar el ritmo de los trabajos, de forma que pueda cumplirse el plazo de terminación. En tal caso el Contratista no será acreedor a ningún pago adicional por haber tomado dichas medidas, aun en el supuesto de haber sido autorizado por AySA a trabajar de noche o en días feriados reconocidos. No obstante, si las medidas que tome el Contratista para cumplir las obligaciones de este Artículo, obligasen a AySA a incurrir en gastos de supervisión adicionales, éstos serán recuperados del Contratista por AySA quien podrá deducirlos de cualquier cantidad devengada o a devengar por el Contratista. La Inspección de Obras notificará todo ello al Contratista.

84. Suspensión de la Obra El Contratista habrá de suspender la ejecución de la Obra o de cualquiera de sus partes o disminuir el ritmo de

dicha ejecución cuando AySA lo considere necesario y, durante dicha suspensión, protegerá y asegurará la Obra, o la parte de ella suspendida, debiendo reubicar sus recursos de trabajo (maquinarias, mano de obra, etc.) en otras partes o frentes de obra. Por ello se reconocerán los costos reales que pudieran ocasionarse al Contratista con motivo de las suspensiones y mientras duren estas, pero no por conceptos como daños y perjuicios, lucro cesante o daño emergente.

CAPÍTULO 7 GARANTÍAS 85. Plazo de Garantía

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El plazo de garantía convencional será de un (1) año a partir de la recepción provisoria de la obra y durante el mismo el Contratista será responsable de efectuar todas las reparaciones necesarias con motivo de defectos, desperfectos o vicios provenientes de la construcción, del suelo, de la mala calidad de los materiales que haya aportado, o de la ejecución deficiente de los trabajos. Dicho plazo se contará a partir de:

85.1 la fecha de la Recepción Provisoria de la Obra por parte de AySA. 85.2 la fecha de la recepción parcial provisoria de la obra por AySA, respecto a las obras de dicha recepción

parcial. 86. Terminación de Acabados y Reparación de Defectos Con objeto de que la Obra pueda ser entregada a AySA, en las condiciones exigidas por el Contrato, lo antes

posible después de que expire el Plazo de Garantía, el Contratista deberá realizar todos los trabajos de corrección, reconstrucción y reparación de defectos cuya ejecución sea exigida al Contratista por la Inspección de Obras (dentro del Plazo de Garantía o dentro de los 15 (quince) días corridos después de su expiración) como consecuencia de alguna inspección realizada antes de su expiración por la Inspección de Obras.

Los trabajos a que se refiere el párrafo anterior deberán ser realizados por el Contratista a su cargo. Cualquier defecto que se descubra después de la terminación de la obra y expiración de las garantías, y que en la

opinión de AySA haya sido causado por culpa exclusiva del Contratista, tendrá que ser reparado, reemplazado o puesto de conformidad a los Planos y/o Especificaciones por el Contratista. Los costes de dicho reemplazo o puesta de conformidad a Planos y Especificaciones serán sufragados por el Contratista.

87. Incumplimiento de Instrucciones por el Contratista En el caso de que el Contratista no ejecute los trabajos indicados en el Artículo anterior dentro de un plazo

razonable, AySA tendrá derecho a emplear y pagar a otras personas para realizar dichos trabajos. El importe de dichos trabajos será recuperable del Contratista por AySA y podrá ser deducido de cualquier cantidad devengada o a devengar por aquel.

88. Causas de Defectos Si apareciera cualquier defecto, desperfecto o vicio en la construcción o funcionamiento de la Obra en cualquier

momento anterior al final del Plazo de Garantía, la Inspección de Obras deberá instruir al Contratista para buscar sus causas, bajo la dirección de la Inspección de Obras y proceder a su coste a ejecutar las reparaciones correspondientes.

CAPÍTULO 8 MODIFICACIONES AL CONTRATO 89. Adicionales al Proyecto Si en el transcurso de ejecución de las obras se detectaren necesidades de ejecutar trabajos no previstos en los

proyectos y/o contrato, AySA solicitará al Contratista la cotización correspondiente, debiendo esta última presentar un estudio analítico y detallado de las partidas que la componen, respetando los precios unitarios que pudieran haber sido ofertados para tales fines, todo ello para su evaluación y aprobación por AySA.

Una vez aprobada la ejecución del adicional, el Contratista deberá presentar, en un plazo no mayor de 10 (diez)

días, un plan de trabajos y certificaciones ajustados a la nueva situación. 90. Modificaciones al Proyecto

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AySA podrá introducir cualquier modificación que estime necesaria o conveniente, en la forma o cantidad de los Proyectos o de cualquiera de sus partes, con lo cual podrá:

90.1 aumentar o disminuir la cantidad de cualquier trabajo incluido en el Contrato 90.2 suprimir determinado trabajo 90.3 cambiar las cotas, alineaciones, posiciones y dimensiones de cualquier parte de las obras 90.4 cambiar el orden o programa de construcción previsto para cualquier parte de las obras Si con motivo de las modificaciones, las cantidades de una o más partidas contractuales variaren, las mismas

deberán ser obligatoriamente ejecutadas por el Contratista y serán certificadas al precio cotizado para esa o esas partidas en la oferta, a menos que los montos por tales cantidades superasen en más o menos el 20% (veinte por ciento) del monto total del contrato (no el 20% de la o las partidas), en cuyo caso tanto AySA como el Contratista podrán solicitar la fijación de un nuevo precio, exclusivamente para la o las partidas en cuestión, mediante la presentación de un estudio analítico y detallado de los nuevos valores propuestos. Si las cantidades de la partida contractual que variaron con motivo de las modificaciones aumentaron, los nuevos valores se aplicarán exclusivamente a las cantidades en exceso respecto de las contractuales. En caso de no arribarse a un acuerdo en la fijación de los nuevos valores, las partes aceptarán el que a pedido de cualquiera de ellas fije la Cámara Argentina de la Construcción. El Contratista deberá ejecutar en tiempo oportuno y dentro de la programación de obra cualquier modificación que disponga AySA y si al momento de certificar todavía no hubiese sido acordado o fijado el nuevo precio, realizará tal certificación en forma provisoria para las partidas que correspondan y con los precios contractuales de las mismas.

91. Instrucciones para los Adicionales o las Modificaciones El Contratista no ejecutará ningún adicional o modificación sin una previa orden escrita dada por AySA. No será certificado ningún trabajo adicional o modificatorio que hubiere sido ejecutado sin previa autorización

de AySA y su ejecución será a exclusivo riesgo del Contratista. 92. Revisión de los Precios Contractuales

92.1 Los precios de los contratos solo podrán ser motivo de análisis y estudio por las partes del Contrato, en el caso que se produzca una variación superior al 10 % en el promedio ponderado de los índices correspondientes a las obras de saneamiento y agua potable que han sido considerados por el Decreto N° 1295/02 en su anexo – art. 15, entre el mes de la presentación de la oferta y el mes de la solicitud de adecuación de precios. En tal caso de habilitará una revisión extraordinaria. Para una nueva revisión de los precios contractuales por haberse producido nuevamente la variación antes referida, se aplicarán los índices correspondientes al mes de la última revisión de precios aprobada y los del mes del nuevo pedido de revisión.

92.2 Una vez establecida la correspondencia de la revisión, las partes constituirán una mesa de estudio de los

precios contractuales conforme los análisis de precios unitarios de la oferta, cuya variación se pidiere, la que deberá expedirse dentro de los 30 días corridos.

La parte solicitante deberá aportar todos los elementos de prueba necesarios que reflejen la variación de

los precios que manifiesta deben ser revisados.

Para el análisis de la solicitud AySA tendrá en cuenta los precios referenciales de mercado del mes a aquel en que se hubiere producido la variación que habilitó el estudio de los mismos, así como cualquier documentación que hubiere presentado la Contratista en oportunidad de las certificaciones de obra.

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d)

e)

En caso de haberse otorgado anticipo financiero, la actualización no se aplicará sobre una fracción equivalente al porcentaje del anticipo respecto al monto contractual.

Si del estudio que se realice surgiera la procedencia de efectuar una modificación en los precios

contractuales, la misma será acordada entre las partes y tendrá vigencia a partir del mes en que se hubiere producido la variación que habilitó el estudio de los mismos. La modificación de dichos precios nunca podrá superar lo que pudiera resultar si se aplicara el procedimiento previsto en el Decreto N° 1295/02.

Los precios así modificados se aplicarán a las unidades físicas a ejecutar de esa fecha en adelante, según la planificación de la curva de inversión de oferta.

CAPÍTULO 9 CERTIFICACIONES Y PAGOS 93. Certificaciones Mensuales A efectos de certificar las obras ejecutadas, la medición o justificación de avance de los trabajos realizados se

efectuará el día veinte (20) de cada mes o el primer día hábil siguiente si éste fuera feriado o no laborable. Al efectuarse las mediciones, se dejará constancia de las mismas en un acta firmada por El Representante

Técnico del Contratista y por la Inspección de Obras. El Contratista, en función de la medición, los cómputos efectuados y los precios contractuales, elaborará por

cuadruplicado el correspondiente certificado, la memoria del cómputo métrico de cada medición, los planos y/o croquis de la obra en correspondencia con las zonas de avance medidas, todo lo cual será presentado mediante Registro de Pedidos, ante la Inspección de Obras, dentro de los 5 (cinco) días de efectuada la medición.

En forma conjunta con el certificado y como requisito para su recepción, deberá presentar, por el período de

tiempo correspondiente al certificado de obra anterior: 1) Bajo declaración jurada de veracidad, un listado del personal que haya trabajado en las obras y que

contendrá: a) nombre y apellido. b) número de C.U.I.L. c) remuneración abonada

total de las remuneraciones y retenciones del personal

total discriminado de los aportes al sistema de seguridad social

2) Respecto al mismo personal:

a ) constancia de pago de las remuneraciones; b) copia firmada de los comprobantes de pago mensuales al sistema de seguridad social (copia

planilla personal AFIP y Formulario AFIP N° 931) c) control pólizas de seguros (riesgos de trabajo, responsabilidad civil, automotores y de todo

riesgo, construcción y montaje), mediante certificado emitido por AySA;

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d) constancia emitida por la aseguradora del personal amparado por el seguro de accidentes de trabajo durante el período;

3) a) constancia bancaria de que el Contratista y, en su caso el subcontratista autorizado, es titular de una

cuenta corriente bancaria.

b) constancia de pago a las cajas de previsión por los contratos profesionales de Representación Técnica de Obra.

94. Aprobación de los Certificados Dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la recepción del certificado y del total de la documentación

indicada en el artículo anterior, la Inspección de Obras revisará la documentación presentada y, de no existir observaciones y no habiéndose detectado incumplimiento a las obligaciones del Contratista previstas en los Artículos 48 y 54 de este Pliego, conformará dicho certificado y lo elevará a AySA para su aprobación.

En caso que la certificación no se ajustase a la medición y cómputos efectuados, o contuviere fallas de

presentación, o se detectaren incumplimientos a las obligaciones antes indicadas, será devuelta por Orden de Servicio, indicándose claramente las razones de ello y para que el Contratista proceda a su corrección o cumplimiento.

Una vez que el Contratista presente nuevamente el certificado, se reiniciará el procedimiento indicado en esta

Cláusula y contándose los plazos para su aprobación y pago a partir de la fecha de esta nueva presentación. 95. Pago de Facturas correspondientes a Certificados Durante el régimen transitorio instituido por el decreto del P.E.N. Nº 377/97, el pago de los certificados será

efectuado por AySA mediante la emisión de cheque de pago diferido con vencimiento a los 60 (sesenta) días a partir de la fecha de su presentación, siempre y cuando que entre dicha fecha y la de pago no se hubiere detectado algún incumplimiento de las obligaciones del Contratista, en cuyo caso se suspenderá dicho pago y cualquier otro pendiente o futuro, hasta que el Contratista acredite fehacientemente su cumplimiento. Atento la modalidad de pago instituido (cheque de pago diferido), en ningún caso el Contratista deberá enviar a AySA facturas de crédito conforme a las disposiciones del Capítulo XV del Título X del Libro II del Código de Comercio (Ley 24.760) y sus decretos complementario y reglamentario.

Asimismo, cuando AySA fuera demandada o codemandada por terceros damnificados con motivo o en ocasión

del contrato y cuando el total de los montos reclamados judicialmente supere el monto mínimo asegurado por Cobertura de Responsabilidad Civil, AySA podrá retener de los certificados a pagar el 70 % de la diferencia entre la referida suma mínima asegurada y el referido total de los reclamos judiciales. Esta retención será practicada hasta tanto finalicen los juicios y sean abonados por el contratista y/o su compañía de seguros, el total de las condenas impuestas y sus costas.

96. Deducciones AySA podrá deducir de los certificados las sumas que por cualquier motivo le adeude el Contratista con relación

al Contrato de la obra y/o a la obra misma, cualquiera sea su concepto, incluso los importes correspondientes a multas que se le hubieran aplicado, o reclamos que hubiere tenido que afrontar, o condenas judiciales que hubiera soportado, así como pagos reclamados por proveedores y/o personal del Contratista.

Asimismo AySA podrá compensar y deducir de los certificados, importes que por cualquier concepto le adeude el Contratista con motivo o en ocasión de otros contratos entre las partes. También y de acuerdo a lo dispuesto por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación mediante Resoluciones S.T. N° 167/04, M.T.E. y S.S. N° 466/04, S.s.R.L. N° 51/06 y S.s.R.L. N° 52/06, AySA retendrá de cada certificado o factura el 0,50 % para su depósito en cuenta a nombre del Sindicato Gran Buenos

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Aires de Trabajadores de Obras Sanitarias, aporte destinado al desarrollo por parte de dicha entidad gremial a programas de asistencia social para afiliados, formación, capacitación, entrenamiento, actualización y/o especialización del personal de empresas proveedoras o de construcción, así como a afiliados, promociones, becas o entrenamiento para hijos de afiliados.

97. Retenciones (Fondos de Reparos) Del importe de cada certificado se deducirá el 5% (cinco por ciento) para constituir el Fondo de Reparos en

garantía de la responsabilidad del Contratista prevista en el Capítulo 7 de este Pliego, así como de cualquiera de las obligaciones previstas en el Contrato, en especial aquellas indicadas en el Capítulo 4 de este Pliego, fondo que se devolverá dentro de los 30 (treinta) días contados a partir de la Recepción Definitiva de las Obras, una vez satisfecha o deducida cualquier deuda, multa impaga o indemnización a cargo del Contratista, así como de cualquier importe que adeude a AySA con motivo o en ocasión de otros contratos entre las partes.

En el supuesto de reclamos o acciones judiciales pendientes en que AySA fuera reclamada o demandada o co-

demandada con motivo o en ocasión del Contrato, o de cualquier otra relación contractual con el Contratista, el Fondo de Reparos se retendrá hasta tanto se resuelvan los reclamos o finalicen los juicios y se abonen por el Contratista el total de las condenas impuestas y sus costas, o se deduzcan del Fondo las que hubiera tenido que afrontar AySA. Igual procedimiento de retención se implementará en el supuesto de conflictos laborales que estuviere afrontando el contratista o sus subcontratistas.

El importe a retener por este concepto no podrá substituirse por póliza de seguro de caución o fianza bancaria,

salvo expresa autorización de AySA en sentido contrario. En caso de recepciones parciales definitivas, el Contratista tendrá derecho a que se le libere o devuelva la parte

proporcional del Fondo de Reparos. 98. Recepción Provisoria de las Obras La recepción provisoria de las Obras será en todos los casos efectuada por AySA en concordancia con la unidad

operativa de Servicio correspondiente. Dicha recepción quedará formalizada mediante un Acta a firmar con el Contratista, momento a partir del cual correrá el Plazo de Garantía previsto en el Artículo 85 de este Pliego. Las obras serán recibidas provisoriamente cuando se encuentren terminadas con arreglo al contrato y se hayan cumplido satisfactoriamente las pruebas establecidas en las Especificaciones Técnicas.

Si las obras se encontraran terminadas con arreglo al contrato, aunque faltare subsanar ligeras deficiencias o

completar detalles, que no afectaran a la habilitación de las mismas a juicio de AySA, podrá realizarse la Recepción Provisoria, dejándose constancia de tal circunstancia en el Acta, a efectos de la correcta terminación dentro del plazo que se fijará allí.

Podrán disponerse recepciones provisorias parciales, en los casos en que AySA lo considere conveniente a fin

de realizar habilitaciones parciales del servicio.

Con la recepción provisoria o provisoria parcial, deberá el Contratista entregar los “Planos Conforme a Obra” en la forma y modo indicados en las Especificaciones Técnicas.

Cumplidos los plazos de garantía se practicarán, también fraccionadamente, las recepciones parciales definitivas. 99. Recepción Definitiva

Transcurrido el plazo de garantía, tendrá lugar la Recepción Definitiva, que se efectuará con los mismos procedimientos que la Provisoria, previa comprobación del buen estado de las obras y verificación del correcto funcionamiento de las instalaciones, a cuyo efecto se realizarán las pruebas que AySA estime necesarias,

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ANEXO 12

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA LICITACIONES Y CONCURSOS DE PRECIO PARA

CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE OBRAS

VERSIÓN: DIRECTORIO (27/09/2007) FECHA VIGENCIA: 01/10/2007 PÁGINA: 37 / 71

pudiéndose repetir parcial o totalmente las establecidas para la Recepción Provisoria. En este ultimo caso el costo de las pruebas serán a cargo de AySA si las mismas no determinasen anomalías y/o defectos y/o mal funcionamiento en instalaciones de las obras.

La Recepción Definitiva de las obras no afectará las responsabilidades del Contratista en materia de destrucción

total o parcial y vicios ocultos.

Para dicha Recepción Definitiva se labrará un Acta estableciendo la fecha en que el Contratista ha terminado sus obligaciones de ejecutar y terminar la obra y subsanar cualquier defecto de la misma, a satisfacción de AySA.

100. Certificación Final de Obra Previo a la recepción definitiva de los trabajos, el Contratista deberá presentar el estado final de cuenta, el que

consistirá en un certificado final de obra que contendrá: 100.1 los valores básicos de obra, I.V.A. y de cualquier otra naturaleza, con carácter definitivo, los que no

podrán ser objeto de reajustes futuros de ninguna naturaleza; 100.2 los volúmenes de obra definitivos, los que no podrán ser objeto de reajustes futuros de ninguna

naturaleza; 100.3 los importes que el Contratista haya percibido, deducido o abonado por cualquier concepto, tales como:

adicionales o deductivos de obra, reconocimiento de intereses por mora en el pago de certificados, multas, cargos por falta de devolución de materiales o por cualquier otra contingencia contractual.

La tramitación de dicho certificado tendrá las mismas características que las correspondientes a los certificados

de obra, y en consecuencia puede ser objeto de las mismas observaciones. Para el caso que hubiere una contingencia contractual pendiente de resolución al momento de la formulación de

la liquidación final de obra, y que resultare independiente de aspectos técnicos de la misma, la certificación podrá ser realizada adquiriendo el carácter de provisoria. Una vez resuelta dicha contingencia, el Contratista deberá adecuar la misma para que adquiera el carácter de final.

Para el supuesto mencionado precedentemente, es decir de una contingencia contractual pendiente de resolución,

e independiente de aspectos técnicos de la obra, el Contratista podrá solicitar la recepción definitiva de los trabajos.

101. Carácter liberatorio de la Recepción Definitiva La firma del Acta de Recepción Definitiva por parte del Contratista libera a AySA, a la Inspección de Obras, y a

cualquiera de sus funcionarios, representantes, agentes o dependientes que actúen en representación de AySA, de todo reclamo futuro por parte del Contratista con motivo o en ocasión del Contrato de la Obra.

102. Auditoría y Acceso a Constancias El Contratista llevará los libros, registros, documentos y demás constancias directamente relacionadas con el

cumplimiento de los trabajos realizados en virtud del presente Contrato, de acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados y prácticas aplicadas con criterio uniforme. El Contratista también llevará la información y datos empleados para preparar o respaldar las presentaciones de costos exigidos por el presente Contrato, o de cualquier Modificación o reclamo, y copia del análisis de costos presentada a AySA.

AySA tendrán acceso en todo momento, en horario hábil normal, a dichos libros, registros, documentos y demás constancias a los efectos de realizar exámenes, auditorías y copias. El Contratista proporcionará instalaciones adecuadas para dicho acceso y exámenes.

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Las constancias previstas en este artículo deberán conservarse y ponerse a disposición de AySA durante la vigencia del presente Contrato y hasta la terminación de toda disputa, reclamo o juicio originado con motivo del mismo.

El derecho de acceso previsto en el presente artículo rige para todos los registros contables relacionados con el

presente contrato y con toda modificación efectuada al mismo. CAPÍTULO 10 SANCIONES Y RESCISIÓN DEL CONTRATO 103. Agrupamiento de Empresas Desde el momento de la presentación de las ofertas y de resultar adjudicatarios durante la vigencia del contrato,

los agrupamientos de empresas, Uniones Transitorias de Empresas, o cualquier otro tipo de asociación de empresas, no podrán modificar en forma alguna su constitución sin la expresa autorización de AySA. Su incumplimiento será causa de rescisión del Contrato.

104. Multas por Incumplimientos de Obligaciones del Contratista Por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones previstas en el contrato, así como de las instrucciones u

órdenes impartidas por AySA, el Contratista podrá ser sancionado con una multa equivalente de hasta el 0,10% (cero coma diez por ciento) del monto contractual, por cada incumplimiento, salvo en los supuestos que en el presente Pliego o en el Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas se establecieren otras sanciones para determinados incumplimientos, en cuyo caso serán de aplicación éstas últimas.

En cualquier momento, a partir de aquél en que el monto acumulado de las multas aplicadas por aplicación de

este artículo, hayan superado el 10 % (diez por ciento) del monto del contrato, AySA podrá optar por la rescisión del mismo por culpa del Contratista.

105. Multas por Retrasos en la ejecución (ritmo de producción) de las Obras Si las obras no se ejecutaren en los términos y plazos previstos en el plan de trabajos, el Contratista será

sancionado con una multa mensual de hasta el 50 % del monto de retraso entre la certificación acumulada y la curva de inversiones del Contrato, o la que estuviera aprobada al momento de la aplicación de la sanción.

En cualquier momento, a partir de aquél en que el monto acumulado de las multas aplicadas por retrasos en la

ejecución de las obras, hayan superado el 10 % (diez por ciento) del monto del contrato, AySA podrá optar por la rescisión del mismo por culpa del Contratista.

Si el Contratista hubiere recuperado un ritmo de producción satisfactorio que permita cumplir con los plazos

contractuales, a criterio exclusivo de AySA podrán reintegrarse los montos correspondientes a las multas aplicadas por el retraso en la ejecución de las obras.

106. Multas por Retrasos en la Terminación de las Obras Si las obras no se terminaran dentro del o de los plazos establecidos en el Pliego de Condiciones Particulares, el

Contratista será sancionado con una multa del 0,10% del monto del contrato por cada día de atraso durante los primeros quince días, del 0,20% durante los siguientes quince días y del 0,30% a partir del día 31 y hasta la terminación de las obras.

En caso que se hayan efectuado recepciones parciales, no se computará el monto contractual de la obra recibida

a los efectos de la aplicación de las multas establecidas en el presente artículo.

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En cualquier momento, a partir de aquél en que el monto acumulado de las multas aplicadas por retrasos en la terminación de las obras, hayan superado el 10 % (diez por ciento) del monto del contrato, AySA podrá optar por la rescisión del mismo por culpa del Contratista.

107. Modificación de Sanciones

En el Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas se podrá establecer un régimen de multas diferentes para cualquiera de los supuestos mencionados en las tres cláusulas anteriores, en cuyo caso se aplicarán aquellas.

108. Rescisión del Contrato El Contrato quedará rescindido de pleno derecho por culpa del Contratista, con pérdida de las garantías

constituidas y sin necesidad de intimación previa alguna, en los casos expresamente previstos en el Contrato, o cuando aquél:

108.1 se presente en concurso de acreedores, sea declarada su quiebra, o por cualquier motivo se disponga su

liquidación o disolución.

108.2 manifieste su insolvencia al no atender sus deudas a su vencimiento.

108.3 llegue a un acuerdo privado con sus acreedores o realice una cesión en favor de los mismos, o acuerde cumplir sus obligaciones bajo la inspección de un comité de acreedores, o se le nombre un administrador síndico o liquidador de alguna parte de sus bienes.

108.4 se le inicie algún procedimiento legal para la reorganización, arreglo o reajuste de sus deudas. 108.5 se le adopte cualquier medida para establecer una garantía sobre sus activos. 108.6 se realice algún acto u ocurra algún hecho, en relación al Contratista o sus activos, que legalmente tenga

un efecto similar a alguno de los actos o acontecimientos señalados anteriormente. 108.7 reciba una orden de ejecución de alguno o todos sus bienes. 108.8 haya infligido los Artículos 45 y 46 de este Pliego. 108.9 haya incumplido alguna de las obligaciones previstas en el Artículo 28 de este Pliego. 108.10 haya incumplido alguna de las obligaciones previstas en los Artículos 48 y/o 54 de este Pliego.

108.11 haya incumplido alguna de las obligaciones previstas en el Artículo 79 de este Pliego. 108.12 no diere comienzo a las obras en el término estipulado.

108.13 abandonare las obras luego de comenzadas.

108.14 se diere alguno de los supuestos de rescisión indicados en los Artículos 104, 105 y 106.

108.15 la acumulación de las multas aplicadas conforme los Artículos 104, 105 y 106 superare el 15% (quince

por ciento) del monto del contrato.

108.16 no abonare en término las multas que se le impusieren.

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109.2

108.17 se haya negado de manera persistente o flagrante a cumplir sus obligaciones contractuales, a pesar de las advertencias y/o intimaciones que le formule y/o multas que le aplique AySA y/o la Inspección de Obras.

En cualquiera de estos casos, AySA, o el Contratista que AySA contrate, podrá utilizar la maquinaria y

materiales del Contratista en las obras, en la medida que estime conveniente para la terminación de las mismas y siempre que las normas legales aplicables al caso así lo permitan.

109. Valoración a la Fecha de Rescisión AySA, tan pronto como sea posible después de la rescisión, tomará posesión de las Obras y fijará y certificará: 109.1 la cantidad, en su caso, que el Contratista razonablemente ha devengado o le corresponda o haya

acumulado por los trabajos realmente ejecutados hasta ese momento, dentro del Contrato, y

el valor de los materiales no utilizados o parcialmente utilizados. 110. Asignación de Beneficio Acordado El Contratista, si AySA así se lo ha ordenado en el plazo de 15 días desde la toma de posesión y terminación de

su actuación, deberá asignar a AySA el beneficio de cualquier acuerdo que el Contratista haya suscrito relacionado con el Contrato, para el suministro de bienes o materiales o servicios y para la ejecución de cualquier trabajo.

111. Caso Fortuito o Fuerza Mayor Cualquiera de las partes tendrá el derecho de rescindir este Contrato cuando, por caso fortuito o fuerza mayor,

resultare imposible el cumplimiento de alguna de las obligaciones esenciales convenidas. En tal caso, la parte afectada deberá comunicar y acreditar plenamente el acaecimiento del hecho y sus consecuencias dentro de los cinco (5) días de acontecido o conocido el mismo. Si no se notificare su voluntad rescisoria, dentro de los treinta (30) días siguientes, se perderá el derecho a rescindirlo en los términos de este artículo.

Cualquiera de las partes podrá ofrecer una renegociación del Contrato en la que se asuman equitativamente las

consecuencias del caso fortuito o fuerza mayor. La otra parte podrá no aceptar dicha propuesta ni ninguna otra, por razones justificadas, manteniendo su voluntad rescisoria.

Se considera caso fortuito aquél que no ha podido preverse, o que previsto, no ha podido evitarse, como ser los

producidos por la naturaleza, como los terremotos, temblores de tierra, incendios, pestes, pero no aquellos producidos por la naturaleza cuando por su intensidad no salgan del orden común, es decir los que resultan del curso ordinario y regular de la naturaleza, como la lluvia, el viento, la creciente ordinaria de los ríos.

Fuerza mayor son los hechos del hombre, como la guerra, invasión, rebelión, revolución, insurrección, el hecho

del soberano o fuerza del príncipe, es decir los actos emanados de autoridad, tendiente a disminuir los derechos de los ciudadanos, de manera especial aquellas disposiciones de autoridad administrativa, legislativa o judicial, que eliminen, disminuyan o modifiquen los derechos de AySA en su carácter de concesionaria de los servicios de provisión de agua potable y recolección de líquidos cloacales.

112. Entrega de las Obras Rescindidas En todos los casos en que AySA dispusiera la rescisión del contrato por aplicación de cualquiera de las

disposiciones de este Pliego, el Contratista deberá hacer entrega inmediata de las obras a AySA, labrándose un Acta a tal efecto y renunciando el Contratista en forma expresa a ejercer el derecho de retención del Artículo Nº

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ANEXO 12

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CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE OBRAS

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3939 del Código Civil, aún en el supuesto de pagos pendientes o cuestiones controvertidas entre las partes, todo ello en razón de las especiales características de salubridad de las obras que encara AySA destinadas a proveer el servicio de agua potable y/o desagües cloacales en el área en que presta servicios.

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ANEXO 1

AySA FORMULARIO DE LA OFERTA PARA LA OBRA: _______________________________________________________________________________________________ A LA EMPRESA AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A.

El) Los) Señor(es) __________________________________________________________________________

en representación de ______________________________________________________________________________

con domicilio en _________________________________________________________________________________ quien/es se presenta/n y asume/n el total de las obligaciones en forma mancomunada y solidaria, y: DESPUES de estudiar cuidadosamente los documentos del concurso y luego de recoger en el sitio en el que se ejecutará la obra las informaciones relativas a las condiciones locales que puedan influir sobre la duración de la misma o sobre la determinación de los precios; estando en total conocimiento de la naturaleza, características, composición y estructuras del suelo y subsuelo donde se realizarán las obras, de los tipos de materiales a excavar y condiciones físicas en que se encuentran, de la estabilidad de los suelos, de los asentamientos posibles, de la presencia de texturas y estructuras geológicas locales, de la presencia de bloques de suelos más compactos, del comportamiento del agua subterránea y su grado de agresividad; y no quedando duda acerca de la interpretación de los documentos del concurso y sus condiciones; PROPONE/N ejecutar las obras y trabajos que en ellos se especifican, proveer e incorporar a las obras todos los materiales necesarios y los elementos de labor que se requieran para efectuar los trabajos, de acuerdo con el verdadero objeto y significado de la documentación y con la finalidad que deberán cumplir las obras una vez construidas, por los precios unitarios y la suma total respectivamente, indicados en las planillas que se acompañan debidamente firmadas, y cumplir con toda la legislación laboral, previsional, de protección al medio ambiente y de higiene y seguridad vigente o que se dicte en el futuro, en los términos y condiciones fijados en los Pliegos de Condiciones que integran el concurso, - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - POR EL IMPORTE DE LA PRESENTE PROPUESTA QUE ASCIENDE A LA SUMA DE PESOS________________________________________________________________________________________ ($_________________________) con más la de $ _________________en concepto de I.V.A.

Buenos Aires, _______ de ______________ del 200__

Firma: Aclaración: Teléfono: Fax:

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ANEXO 2

PRINCIPALES TRABAJOS DE LOS ÚLTIMOS 3 AÑOS

N° DESCRIPCION DE LA OBRA O

SERVICIO

UBICACION

LOCALIDAD

PROVINCIA

PAIS CLIENTE CONTRATO N°

MONTO $

FECHA INICIO

FECHA FINAL.

% PARTICIPACIO

N

RUBRO

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

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ANEXO 3

EQUIPOS Y HERRAMIENTAS

N° DESCRIPCIÓN MODELO MARCA CANTIDAD

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

13

14

15

16

17

18

19

20

21

22

23

24

25

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ANEXO 4

AySA

MODELO DE CONTRATO

Entre AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., representada por ________________, con domicilio en Tucumán 752 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante “AySA” por una parte, y por la otra ________________________, representada por ______________ con domicilio en _______________, en adelante “La Contratista”, convienen en celebrar el siguiente CONTRATO DE LOCACIÓN DE OBRA POR AJUSTE ALZADO, POR UNIDAD DE MEDIDA, POR COSTE Y COSTAS, conforme las siguientes cláusulas: Artículo 1º): “La Contratista” se compromete a efectuar los trabajos de ______________________, en un todo de acuerdo con el Pliego de Bases y Condiciones Generales para Concursos de Precios para Contratación y Ejecución de Obras, el Pliego de Especificaciones Técnicas y la Normativa de Higiene y Seguridad a cumplimentar por Empresas Contratistas que realicen obras, trabajos y/o Servicios para Agua y Saneamientos Argentinos S.A., que "la Contratista" declara conocer y aceptar, tener en su poder un ejemplar de ellos y haber rubricado con anterioridad otros para constancia de “AySA”; con el Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y su documentación anexa; con la propuesta presentada por “La Contratista” con fecha ________, con las correspondientes planillas de cotización de precios, memoria descriptiva y plan de trabajos, en cuanto la misma se ajuste a los documentos licitatorios referidos, sin tenerse en cuenta y careciendo de todo valor cualquier agregado y/o modificación y/o condicionamiento a dichos documentos, salvo los que por este contrato “AySA” haya aceptado en forma expresa y por escrito; documentación que en su conjunto y complementada en lo que sea pertinente por las disposiciones legales vigentes aplicables, regirán los derechos y obligaciones de las partes y las responsabilidades de estas frente a terceros. Artículo 2º): “AySA” abonará a “La Contratista” en pago de los trabajos encomendados en el presente contrato el monto cotizado en su oferta y que asciende a la cantidad de PESOS __________________________ ($_______), con más el Impuesto al Valor Agregado. Artículo 3º: El plazo de ejecución de los trabajos es de -- (--) meses, contados a partir de la orden de inicio de los mismos, quedando expresamente convenido que la fecha indicada en dicha orden para el inicio de las obras, y/o su ritmo de avance programado, y/o las fechas o plazos de las recepciones parciales y/o habilitaciones parciales convenidas, y/o la fecha o plazo de terminación de las mismas, constituyen cada una de ellas condición esencial de este contrato, por lo que el incumplimiento por parte del Contratista producirá en forma automática su mora, sin necesidad de interpelación o notificación alguna. Artículo 4º): En garantía del fiel cumplimiento del contrato, “La Contratista” presenta ______________ __________________________________________________________________________________________por la suma de $ _____________, cantidad esta que representa el 5 % del monto del presente contrato. Artículo 5º): Ambas partes convienen expresamente que, al producirse por cualquier causa la extinción de la concesión de la prestación de los servicios de agua y cloaca otorgada a AySA, el presente contrato, de encontrarse vigente, deberá ser proseguido, en idénticas condiciones contractuales, por el Contratista con el continuador de la concesión o con quién asuma legalmente la prestación de tales servicios, en caso de optar éste último por la prosecución de este contrato.- Artículo 6º): Para toda controversia que se suscite entre las partes con relación a este contrato, su existencia, validez, calificación, interpretación, alcance, cumplimento o rescisión, las mismas acuerdan someterse a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Capital Federal de la República Argentina, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que pueda corresponder en razón de las personas o las cosas. A los fines del presente contrato las partes constituyen domicilios en los indicados en el encabezamiento de este contrato, donde serán válidas todas las notificaciones o citaciones que se cursen.. Artículo 6º): En prueba de conformidad se firman DOS (2) ejemplares del presente contrato, en un mismo tenor y a un solo efecto, en Buenos Aires, a los __________ días del mes de _________________ del 200__.

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ANEXO 5 COMPRE TRABAJO ARGENTINO Ley 25.551 Régimen de compras del Estado Nacional y concesionarios de Servicios Públicos. Alcances. Sancionada: Noviembre 28 de 2001. Promulgada de Hecho: Diciembre 27 de 2001. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: REGIMEN DE COMPRAS DEL ESTADO NACIONAL Y CONCESIONARIOS DE SERVICIOS PUBLICOS "Compre Trabajo Argentino" ARTICULO 1° — La administración pública nacional, sus dependencias, reparticiones y entidades autárquicas y descentralizadas, las empresas del Estado y las sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarias y permisionarias de obras y de servicios públicos, en la contratación de provisiones y obras y servicios públicos y los respectivos subcontratantes directos otorgarán preferencia a la adquisición o locación de bienes de origen nacional, en los términos de lo dispuesto por esta ley. ARTICULO 2° — Se entiende que un bien es de origen nacional, cuando ha sido producido o extraído en la Nación Argentina, siempre que el costo de las materias primas, insumos o materiales importados nacionalizados no supere el cuarenta por ciento (40%) de su valor bruto de producción. ARTICULO 3° — Se otorgará la preferencia establecida en el artículo 1° a las ofertas de bienes de origen nacional cuando en las mismas para idénticas o similares prestaciones, en condiciones de pago contado, su precio sea igual o inferior al de los bienes ofrecidos que no sean de origen nacional, incrementados en un siete por ciento (7%), cuando dichas ofertas sean realizadas para sociedades calificadas como pymes, y del cinco por ciento (5%) para las realizadas por otras empresas. Cuando se trate de adquisiciones de insumos, materiales, materias primas o bienes de capital que se utilicen en la producción de bienes o en la prestación de servicios, que se vendan o presten en mercados desregulados en competencia con empresas no obligadas por el presente régimen, se otorgará la preferencia establecida en el artículo 1° a los bienes de origen nacional, cuando en ofertas similares, para idénticas prestaciones, en condiciones de pago contado sin gastos o cargas financieras, su precio sea igual o inferior al de los bienes ofrecidos que no sean de origen nacional. La preferencia establecida en el segundo párrafo de este artículo se aplicará a los bienes que se incorporen a las obras, se utilicen para su construcción o para la prestación de tales servicios públicos. En todos los casos, a los efectos de la comparación, el precio de los bienes de origen no nacional deberá contener, entre otros, los derechos de importación vigentes y todos los impuestos y gastos que le demande su nacionalización a un importador particular no privilegiado, de acuerdo a como lo fije la reglamentación correspondiente. ARTICULO 4° — Cuando se adquieran bienes que no sean de origen nacional en competencia con bienes de origen nacional, los primeros deberán haber sido nacionalizados o garantizar el oferente su nacionalización. Se entregarán en el mismo lugar que corresponda a los bienes de origen nacional y su pago se hará en moneda local, en las mismas condiciones que correspondan a los bienes de origen nacional y deberán cumplir todas las normas exigidas del mercado nacional. La Secretaría de Industria y Comercio entregará dentro de las 96 horas de solicitado, un certificado donde se verifique el valor de los bienes no nacionales a adquirir. ARTICULO 5° — Los sujetos contratantes deberán anunciar sus concursos de precios o licitaciones en el Boletín Oficial de la forma en que lo determine la reglamentación, sin perjuicio de cumplir otras normas vigentes en la materia, de modo de facilitar a todos los posibles oferentes el acceso oportuno a la información que permita su participación en las mismas. Los pliegos de condiciones generales, particulares y técnicas de la requisitoria no podrán tener un valor para su adquisición superior al cinco por mil (5‰) del valor del presupuesto de dicha adquisición. ARTICULO 6° — Los proyectos para cuya materialización sea necesario realizar cualquiera de las contrataciones a que se alude en la presente ley, se elaborarán adoptando las alternativas técnicamente viables que permitan respetar la preferencia establecida a favor de los bienes de origen nacional. Se considera alternativa viable aquella que cumpla la función deseada en un nivel tecnológico adecuado y en condiciones satisfactorias en cuanto a su prestación. ARTICULO 7° — Las operaciones financiadas por agencias gubernamentales de otros países y organismos internacionales, que estén condicionadas a la reducción del margen de protección o de preferencia para la industria nacional, por debajo de lo que establece el correspondiente derecho de importación o el presente régimen, se orientarán al cumplimiento de los siguientes requisitos: a) El proyecto deberá fraccionarse con la finalidad de aplicar el préstamo gestionado para cubrir exclusivamente la adquisición de aquella parte de bienes que no se producen en el país; b) En ningún caso se aplicarán las condiciones del acuerdo de financiación a las compras no cubiertas por el monto de la misma. En el caso de haber contradicción entre las previsiones expuestas en los incisos a) y b) y las que surgieren de los convenios de financiación, prevalecerán estas últimas. Cuando la oferta de bienes de origen no nacional se acompañe por algún tipo de plan de pagos o financiamiento, los oferentes de bienes de origen nacional podrán recurrir al BICE a fin de obtener el financiamiento necesario para equiparar las condiciones financieras ofrecidas.

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ARTICULO 8° — Quienes aleguen un derecho subjetivo, un interés legítimo, o un interés difuso o un derecho colectivo, podrán recurrir contra los actos que reputen violatorios de lo establecido en la presente ley, dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde que tomaron o hubiesen podido tomar conocimiento del acto presuntamente lesivo. Cuando el agravio del recurrente consista en la restricción a su participación en las tratativas precontractuales o de selección del proveedor o contratista deberá reiterar o realizar una oferta en firme de venta o locación para la contratación de que se trate, juntamente con el recurso, aportando la correspondiente garantía de oferta. El recurso se presentará ante el mismo comitente que formuló la requisitoria de contratación, el que podrá hacer lugar a lo peticionado o, en su defecto, deberá remitirlo juntamente con todas las actuaciones correspondientes dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde su interposición, cualquiera fuere su jerarquía dentro de la administración pública o su naturaleza jurídica a la Secretaría de Industria, Comercio y Minería que será el órgano competente para su sustanciación y resolución y que deberá expedirse dentro de los treinta (30) días corridos, contados desde su recepción. La resolución del Secretario de Industria, Comercio y Minería establecerá el rechazo del recurso interpuesto o, en su caso, la anulación del procedimiento o de la contratación de que se trate y agotará la vía administrativa. ARTICULO 9° — El recurso previsto en el artículo anterior tendrá efectos suspensivos respecto de la contratación de que se trate, hasta su resolución por la Secretaría de Industria, Comercio y Minería, únicamente en los siguientes casos: a) Cuando el recurrente constituya una garantía adicional a favor del comitente que formuló la requisitoria de contratación del tres por ciento (3%) del valor de su oferta, en aval bancario o seguro de caución, que perderá en caso de decisión firme y definitiva que desestime su reclamo; b) Cuando se acredite la existencia de una declaración administrativa por la que se haya dispuesto la apertura de la investigación antidumping previstas en el Código Aduanero, o por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, respecto a los bienes que hubieren estado en trámite de adjudicación y/o contratación o haber sido favorecidos por la decisión impugnada. Cuando la Secretaría de Industria y Comercio Exterior hiciere lugar al recurso, quedará sin efecto el trámite, procedimiento o acto recurrido, se devolverá al recurrente la garantía adicional y se remitirán las actuaciones al comitente que elevó las actuaciones al citado organismo. Cuando no se hiciere lugar al recurso, se remitirán las actuaciones al comitente que formuló la requisitoria de contratación para que continúe con el trámite en curso, sin perjuicio de la responsabilidad del recurrente por los daños y perjuicios que le fueren imputables. ARTICULO 10. — Cuando se compruebe que en un contrato celebrado por sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarios o permisionarias de obras y de servicios públicos o sus subcontratantes directos obligados por la presente ley, hayan violado sus disposiciones, el ministerio en cuya jurisdicción actúe la persona contratante deberá disponer que ningún otro contrato, concesión, permiso o licencia, le sea adjudicado por parte de la administración pública nacional, sus dependencias, reparticiones y entidades autárquicas y descentralizadas y las empresas del Estado por un lapso de tres (3) a diez (10) años según la gravedad del caso. El acto administrativo que aplique dicha sanción será comunicado a los registros nacionales y provinciales correspondientes. ARTICULO 11. — La Sindicatura General de la Nación y los entes reguladores serán los encargados del control del cumplimiento de la presente y propondrán las sanciones previstas precedentemente. ARTICULO 12. — La preferencia del 7% establecida en el artículo 3° de la presente ley será aplicable a las contrataciones que realicen los organismos de seguridad en la medida que no se trate de materiales, insumos o bienes de capital estratégicos cuya adquisición deba permanecer en secreto, a juicio del Poder Ejecutivo nacional. ARTICULO 13. — El texto de la presente ley deberá formar parte integrante de los pliegos de condiciones o de los instrumentos de las respectivas compras o contrataciones alcanzadas por sus disposiciones, a los que deberá adjuntarse copia del mismo. ARTICULO 14. — Se considerarán incursos en el artículo 249 del Código Penal, si no concurriere otro delito reprimido con una pena mayor, los funcionarios públicos y los administradores y empleados, cualquiera sea su jerarquía y función, de las entidades mencionadas en el artículo 1° sujetas a la presente ley o a las leyes similares que dicten las provincias, en cuanto omitieren o hicieren omitir, rehusaren cumplir, no cumplieran debidamente las normas declaradas obligatorias por la presente ley, su reglamentación o las normas concordantes dictadas en el ámbito provincial. ARTICULO 15. — El que por informes falsos o reticentes, declaraciones incorrectas, documentación fraguada, maquinaciones de toda clase o cualquier otra forma de engaño, obtuviere indebidamente o hiciere obtener a otro, o de cualquier modo, aun sin ánimo de lucro, facilitare a alguien la obtención indebida de los beneficios establecidos en la presente ley o en las normas concordantes que dicten las provincias y/o el Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires incurrirá en la sanción establecida en el artículo 172 del Código Penal. ARTICULO 16. — El Poder Ejecutivo invitará a los gobiernos de las provincias y al Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, a efectos de que adopten las medidas legales apropiadas en sus jurisdicciones, regímenes similares al contenido en esta ley. ARTICULO 17. — Las disposiciones precedentes se aplicarán a las licitaciones y contrataciones cuya tramitación se inicie con posterioridad a la vigencia de la presente ley y, en la medida que sea factible, en aquellas en que por no haber todavía situaciones firmes fuera posible aplicar total o parcialmente aspectos contemplados en el nuevo régimen. ARTICULO 18. — Dése por vencida la suspensión de la aplicación y vigencia del decreto ley 5340/63 y ley 18.875, prevista en el artículo 23 de la ley 23.697, que no se opongan a la presente ley, y de aplicación a las relaciones jurídicas

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en vigencia con las sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarias y permisionarias de obras y de servicios públicos, y los respectivos subcontratantes directos. ARTICULO 19. — Quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan a la presente. ARTICULO 20. — Las denominaciones "Compre Argentino, Compre Nacional y Contrate Nacional" se han de tener como equivalentes en las normas que así lo mencionen y se asimilarán a la presente. ARTICULO 21. — Serán aplicables al presente las leyes 24.493, de mano de obra nacional y 25.300, de pymes, y sus decretos reglamentarios. ARTICULO 22. — El Poder Ejecutivo nacional reglamentará la presente ley dentro del término de sesenta (60) días de su promulgación. ARTICULO 23. — Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL UNO. — REGISTRADA BAJO EL N° 25.551 — RAFAEL PASCUAL. — MARIO A. LOSADA. — Guillermo Aramburu. — Juan C. Oyarzún.

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COMPRE TRABAJO ARGENTINO Decreto 1600/2002 Apruébase la reglamentación de la Ley Nº 25.551. Bs. As., 28/8/2002 VISTO el Expediente Nº S01:0166388/2002 del Registro del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, y CONSIDERANDO: Que por el Decreto-Ley Nº 5340 de fecha 1º de julio de 1963 y por la Ley Nº 18.875, se establecieron los regímenes de "Compre Argentino" y de "Contrate Nacional", siendo su principal objetivo canalizar el poder de compra del Estado y de los Concesionarios de Servicios Públicos a favor de la Industria Local. Que el artículo 23 de la Ley Nº 23.697 dispuso la suspensión de los regímenes establecidos por el Decreto-Ley Nº 5340/63 y por la Ley Nº 18.875, y facultó al PODER EJECUTIVO NACIONAL a establecer los porcentajes de preferencia aplicables para las contrataciones de obras y servicios nacionales. Que, en ejercicio de estas facultades, el PODER EJECUTIVO NACIONAL dictó el Decreto Nº 1224 de fecha 9 de noviembre de 1989, mediante el cual se reglamentó el artículo 23 de la Ley Nº 23.697 y se estableció un régimen de preferencias a favor de la Industria Local. Que con posterioridad, por los Decretos Nros. 2284 de fecha 31 de octubre de 1991 y 909 de fecha 12 de octubre de 2000, se modificó el Decreto Nº 1224/89. Que en este contexto, con fecha 28 de noviembre de 2001, se sanciona la Ley Nº 25.551, mediante la cual se establece el Régimen de Compras del Estado Nacional y Concesionarios de Servicios Públicos, denominado "Compre Trabajo Argentino", en adelante el "Régimen". Que el objeto de estos regímenes ha sido y es, canalizar el poder de compra estatal a favor de la Industria Local. Que, en términos generales, puede afirmarse que en el contexto internacional la mayoría de los Estados orientan su gasto gubernamental hacia su Industria Local. Que es consecuente con lo señalado en el considerando precedente, la política de compras gubernamentales implementada por los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA plasmada en el Buy American Act, muchas de cuyas prescripciones son ejemplificadoras en esta materia. Que dentro del concepto "compras gubernamentales" o "estatales" quedan comprendidas aquellas realizadas por los sujetos públicos o privados que, por pertenecer al Estado, utilizan recursos públicos, como así también aquellas que efectúan los sujetos de derecho privado que, por la vinculación económica que tienen con el Estado, ejercen indirectamente el poder de compra estatal. Que el artículo 18 de la Ley Nº 25.551, expresamente, establece: "Dése por vencida la suspensión de la aplicación y vigencia del decreto ley 5340/63 y ley 18.875, prevista en el artículo 23 de la ley 23.697, que no se opongan a la presente ley, y de aplicación a las relaciones jurídicas en vigencia con las sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarias y permisionarias de obras y de servicios públicos, y los respectivos subcontratantes directos". Que, en consecuencia, al aplicar la preferencia que la Ley Nº 25.551 establece a favor de la Industria Local corresponde integrar las prescripciones de las normas cuya suspensión ha vencido, conforme lo señalado en el considerando precedente. Que, en tal sentido, debe tomarse en cuenta que la Ley Nº 25.551, al establecer las preferencias que habrán de aplicarse en las adquisiciones y/o locaciones que se realicen, en materia de bienes de origen nacional, y al fijar las pautas para hacer jugar las mismas, introduce innovaciones con relación al Decreto-Ley Nº 5340/63; en tanto que, respecto de los criterios para otorgar preferencias en materia de obras y/o servicios, no se introducen modificaciones con relación a lo estatuido por la Ley Nº 18.875. Que, por tal motivo, en las contrataciones de bienes comprendidas por el "Régimen", por aplicación del artículo 1º del Decreto-Ley Nº 5340/63, rige la obligación de adquirir materiales, mercaderías y productos de origen nacional, siempre que el "precio sea razonable". Que, en atención a las prescripciones que en materia de preferencias a favor de los bienes de origen nacional establece la Ley Nº 25.551, corresponde precisar el alcance del concepto de "precio razonable" al que alude el artículo 1º del Decreto-Ley Nº 5340/63. Que, entre otros aspectos a reglamentar, se destaca lo atinente al "valor bruto de producción", ya que el mismo tiene incidencia fundamental en la definición del bien de origen nacional a favor del cual se establecen las referidas preferencias. Que la Ley Nº 25.551, en su artículo 5º, estableció que los sujetos contratantes deberán anunciar sus concursos de precios o licitaciones en el Boletín Oficial de la forma en que lo determine la reglamentación, por lo cual corresponde reglar el procedimiento para garantizar el acceso oportuno a la información por parte de los posibles oferentes locales, dando así efectivo cumplimiento a lo dispuesto en el mencionado artículo. Que una de las formas de garantizar tal acceso oportuno es a través de la publicación y difusión de los Programas de Inversión, Planes y/o Proyectos de Inversión en los cuales se prevean tales contrataciones. Que, a tal efecto, debe tomarse en consideración que el Decreto Nº 436 de fecha 30 de mayo de 2000 y el Decreto Nº 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 —"Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional" —, regulan —entre otros aspectos— el sistema de publicidad y difusión al que deberán ceñirse los procedimientos de contratación de la Administración Central y los organismos descentralizados, comprendiendo, entre estos últimos, a las instituciones de seguridad social.

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Que, con relación a lo señalado precedentemente, las pautas que en materia de publicidad y difusión establezca la presente reglamentación, sólo serán aplicables a las contrataciones no incluidas en el citado Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria, pero alcanzadas por el "Régimen". Que a fin de evitar que la oferta local quede excluida frente a la adopción de alternativas técnicas u otros condicionamientos de imposible cumplimiento para el mercado local, corresponde regular lo atinente a las condiciones que deben cumplirse en los pliegos de especificaciones técnicas para permitir la utilización de materiales y productos que puedan ser abastecidos por la Industria Local. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete, en virtud de lo dispuesto por la Resolución de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION Nº 7 de fecha 4 de febrero de 2002. Que el presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 99, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1º — Apruébase la reglamentación de la Ley Nº 25.551, que como Anexo I forma parte integrante del presente decreto. Art. 2º — La Autoridad de Aplicación del Régimen de Compre Trabajo Argentino será la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA dependiente del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, la que queda facultada a dictar las normas aclaratorias e interpretativas que sean necesarias para su aplicación, modificar los montos establecidos y fijar las pautas de publicación y difusión determinadas en la Reglamentación del "Régimen de Compre Trabajo Argentino" que, como Anexo I, forma parte integrante del presente decreto. Estas facultades no inciden sobre las facultades que, como órgano rector en materia de contrataciones del Estado Nacional, posee la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC) dependiente de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y, en particular, con relación a las facultades exclusivas que respecto de las contrataciones comprendidas en el Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional instituido por el Decreto Nº 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 y normativa complementaria y/o modificatoria, posee la citada oficina. Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DUHALDE. — Alfredo N. Atanasof. — Roberto Lavagna. ANEXO I REGLAMENTACION DEL "REGIMEN DE COMPRE TRABAJO ARGENTINO" ARTICULO 1º — Reglaméntase el artículo 1º de la Ley Nº 25.551, en los siguientes términos: a) Las preferencias establecidas en el "Régimen", serán aplicables, cuando se cumplan los recaudos instituidos por la Ley Nº 25.551, conforme se describe a continuación: I) En materia de bienes: a favor de las ofertas integradas por bienes de origen nacional, según se los define en el artículo 2º de dicha norma. Para la determinación del origen del bien, no debe tomarse en consideración la calidad de local o no del sujeto que lo produce o extrae, sino el carácter objetivo del bien, esto es que la preferencia que el "Régimen" instituye, alcanza tanto a bienes provistos por empresas de capital interno como de capital externo, en tanto se reúnan los requisitos de fabricación local enunciados por la Ley Nº 25.551. II) En materia de servicios: a favor de las ofertas presentadas por una empresa o consultor local en los términos establecidos por la Ley Nº 18.875. III) En materia de obras: a favor de las ofertas que, en lo referido a la provisión de los materiales de obra, cumplan con el requisito de origen nacional y, en cuanto a los servicios de proyecto, dirección y construcción de obra, cumplan con lo establecido en el apartado precedente. Los supuestos contemplados en los apartados I), II) y III) del presente inciso, configuran, a los efectos de la presente reglamentación, oferta nacional. b) Por oferta extranjera debe entenderse toda aquella que no reúna las características establecidas en el inciso precedente. ARTICULO 2º — Reglaméntase el artículo 2º de la Ley Nº 25.551, en los siguientes términos: a) Se considerará que las piezas o partes y conjuntoso subconjuntos incorporados a un bien están incluidos dentro del término insumos. b) Se entiende por valor bruto de producción —del bien de origen nacional— a la sumatoria de: I) Los costos de las materias primas, insumos o materiales nacionales o importados necesarios para su producción sin impuestos. II) Sus costos de conversión (mano de obra, servicios y otras cargas; excluido el Impuesto al Valor Agregado —IVA—) en que incurriese la empresa para producir o comercializar el bien. III) Los costos financieros, definidos como los intereses (explícitos o implícitos), actualizaciones monetarias, diferencias de cambio, premios por seguros de cambio o similares, derivados de la utilización de capital ajeno, netos, en su caso, de los correspondientes resultados derivados del cambio en el poder adquisitivo de la moneda. IV) El prorrateo de los costos fijos. V) El margen o ganancia por unidad de la empresa.

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c) Los costos de las materias primas, insumos o materiales a que se refiere el apartado I) del inciso precedente comprenden: I) En el caso de aquellos adquiridos localmente por el productor local: el costo de adquisición, incluyendo el costo de transporte al lugar de su transformación o incorporación al bien final. II) En el caso de aquellos importados por el productor local: el valor de costo, seguro y flete (CIF) puerto argentino más todos los tributos que gravan la nacionalización de un bien —excepto el lVA—, que debieran ser satisfechos para su importación por un importador no privilegiado, más el costo de transporte al lugar de su transformación o incorporación al bien final. III) En el caso de aquellos manufacturados por el productor local: todos los costos asociados con su producción, incluyendo los costos de transporte al lugar de su transformación o incorporación al bien final. d) Para el cómputo del origen nacional definido en el artículo 2º de la Ley Nº 25.551, se entenderá como: I) Partes o piezas nacionales: aquellas producidas integralmente a partir de materias de origen nacional o las que se elaboren en el país a partir de materias primas importadas, siempre que estas últimas experimenten en el proceso de elaboración o fabricación una transformación en su composición, forma o estructura original. Las partes o piezas que no están comprendidas en las definiciones precedentes, no serán consideradas nacionales, aunque hayan sido adquiridas en el país. II) Subconjunto o conjunto nacional: 1) Se considerará totalmente nacional, cuando el valor de las piezas importadas incorporadas representen, como máximo, el CUARENTA POR CIENTO (40%) del valor de venta sin IVA. 2) Cuando el conjunto o subconjunto resulte de una transformación sustancial en el país de las piezas importadas, que implique que la partida arancelaria en la Nomenclatura del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) del conjunto o subconjunto, es diferente a la partida arancelaria de las piezas importadas incorporadas al mismo. e) Para definir cuando un bien es de origen nacional en los términos del artículo 2º de la Ley Nº 25.551, se utilizará la siguiente fórmula: MP +I + M = X VBP

MP = Costo de las materias primas importadas nacionalizadas I = Costo de los insumos importados nacionalizados (incluye conjuntos y subconjuntos) M = Costo de materiales importados nacionalizados VBP = Valor Bruto de la producción de un bien Un bien es de origen nacional cuando X es menor o igual a 0,4. ARTICULO 3º — Reglaméntase el artículo 3º de la Ley Nº 25.551, en los siguientes términos: a) En aquellos procesos de contratación en los cuales se presenten ofertas de bienes de origen nacional y de bienes que no revisten tal carácter, la obligación de adquirir materiales, mercaderías y productos de origen nacional está supeditada a que el precio de tales bienes sea razonable. b) Por precio razonable deberá entenderse aquél que —en condiciones de pago contado— sea hasta un CINCO POR CIENTO (5%) o SIETE POR CIENTO (7%) superior al precio del bien de origen no nacional, según corresponda. El SIETE POR CIENTO (7%) se aplica cuando los bienes de origen nacional son ofrecidos por sociedades calificadas como Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y el CINCO POR CIENTO (5%) cuando sean ofrecidos por otras empresas. En caso de mercados desregulados, por precio razonable debe entenderse aquél que sea igual o inferior al precio del bien de origen no nacional que se ofrezca. c) Por idéntica o similar prestación debe entenderse toda aquella que cumpla con los requerimientos establecidos en los documentos de contratación en los cuales se solicite, y sea apta para la función deseada. d) Cuando en un proceso de selección se realicen observaciones que susciten dudas con relación a sí los bienes de origen nacional contenidos en una oferta son aptos para idénticas o similares prestaciones a las que brindan los bienes que no sean de origen nacional contenidos en otra oferta, se deberá solicitar la intervención vinculante de la Autoridad de Aplicación, la que, para resolver tal cuestión, podrá contar con el asesoramiento del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (I.N.T.I.), Organismo Descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, u otro ente técnico acreditado por el ORGANISMO ARGENTINO DE ACREDITACION (O.A.A.) Asociación Civil sin fines de lucro. Los costos que pudieran demandar dichas intervenciones, estarán a cargo de quien haya realizado la observación si ésta resultare infundada o a cargo de quien haya realizado la oferta, si la observación resultare fundada. e) Por mercado desregulado o en competencia, debe entenderse aquél en el cual no se dé alguna de las siguientes condiciones: fijación y control de tarifas, control de la prestación, y autorización y/o control de inversiones por el Estado Nacional a través de sus Entes Reguladores o jurisdicción que corresponda. f) En los casos de mercados desregulados, la preferencia adicional del artículo 3º de la Ley Nº 25.551 no es aplicable y sólo subsiste en caso de igualdad. g) Para la calificación de Micro, Pequeña y Mediana Empresa se estará a lo establecido en la Resolución Nº 24 de la ex SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA de fecha 15 de febrero de 2001 y normas modificatorias. h) En las contrataciones alcanzadas por el "Régimen", la comparación de precios prevista en el último párrafo del artículo 3º de la Ley Nº 25.551, deberá realizarse sobre la base del precio final de los bienes en moneda nacional, puesto en el lugar de entrega establecido en los documentos de la contratación.

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i) Por importador particular no privilegiado, debe entenderse aquél que no se encuentra alcanzado por alguna exención o beneficio respecto del régimen general arancelario e impositivo. ARTICULO 4º — Reglaméntase el artículo 4º de la Ley Nº 25.551, en los siguientes términos: a) En aquellos casos en los cuales un oferente proponga proveer bienes que no sean de origen nacional y de los que él no tenga "stock" propio en el país, deberá garantizar la nacionalización de los bienes importados a que se refiere el artículo 4º de la Ley Nº 25.551, mediante la entrega de una caución, a favor del sujeto contratante, conforme lo establezca la Autoridad de Aplicación. b) El certificado al que se refiere el artículo 4º de la Ley Nº 25.551, mediante el cual se verifique el valor de los bienes no nacionales a adquirir —en adelante Certificado de Verificación (CDV)— , será utilizado por la Autoridad de Aplicación y por los sujetos enumerados en el artículo 11 de la Ley Nº 25.551, para ejercer el control de las obligaciones emergentes de la misma en el marco de una contratación sujeta al "Régimen". c) A los efectos de la emisión del certificado a que se refiere el inciso precedente, se deberán tomar en consideración las siguientes pautas: I) El Certificado de Verificación (CDV) debe ser solicitado a la Autoridad de Aplicación por el sujeto contratante a cuyo favor será emitido. II) La oportunidad en la cual el sujeto contratante debe requerir la emisión del CDV, varía según la contratación de que se trate, conforme se detalla a continuación: 1) Contrataciones comprendidas en el Régimen del Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria: el CDV debe solicitarse antes de la adjudicación. 2) Contrataciones no comprendidas por el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria, pero sí alcanzadas por el "Régimen": el CDV debe solicitarse antes de que se perfeccione la contratación. III) Para su obtención deberá presentar una declaración jurada manifestando: 1) Haber cumplido con las obligaciones emergentes del "Régimen". 2) El precio o valor final del bien de origen no nacional ofertado. 3) Que el precio o valor declarado, conforme al numeral precedente, es inferior al de los bienes de origen nacional ofertados, respecto de los cuales se aplicó la preferencia establecida en el "Régimen", o que no se presentaron ofertas de bienes de origen nacional. d) El precio o valor declarado será consignado en el CDV y será tenido en cuenta como el precio final máximo a pagar con relación al bien no nacional que se quiere adquirir. Si la Autoridad de Aplicación o los entes encargados del control del "Régimen", con posterioridad al perfeccionamiento del contrato, verificasen que éste se suscribió por un precio o valor superior al consignado en la declaración jurada referida en el inciso c) precedente, deberán iniciar las acciones pertinentes para la aplicación de las sanciones establecidas en los artículos 14 y/o 15 de la Ley Nº 25.551, según corresponda. e) El requirente deberá mantener a disposición de la Autoridad de Aplicación toda la documentación de respaldo a los fines de que ésta, de entenderlo pertinente, pueda requerir su presentación a los efectos de ejercer las facultades de control que, como tal, le competen. f) El plazo de NOVENTA Y SEIS (96) horas, establecido en el artículo 4º de la Ley Nº 25.551, será equivalente a CUATRO (4) días hábiles administrativos, y comenzará a computarse a partir de que el requirente haya presentado a la Autoridad de Aplicación la documentación de respaldo completa y en correcta forma. ARTICULO 5º — Reglaméntase el artículo 5º de la Ley Nº 25.551, en los siguientes términos: a) A los fines de garantizar el acceso oportuno a la información sobre los procesos de contratación alcanzados por el "Régimen" y no comprendidos en el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria, los sujetos contratantes deberán dar a conocer tales procesos y realizar una planificación, por lo menos anual, de las contrataciones que prevean realizar. b) A los efectos de la aplicación del "Régimen", esta planificación será considerada como un Programa de Inversión y podrá estar integrada por uno o más Proyectos o Planes de Inversión. Las expresiones Proyectos de Inversión o Planes de Inversión se utilizan indistintamente y tienen idéntico alcance. c) Las contrataciones alcanzadas por el "Régimen" y, asimismo, comprendidas en el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria, se deberán anunciar y/o difundir de conformidad con las pautas establecidas en el referido decreto y normativa complementaria y/o modificatoria. d) En el resto de las contrataciones alcanzadas por el "Régimen" y no comprendidas en el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria, sus procesos de selección se deberán anunciar y/o difundir según las pautas que se establecen en esta reglamentación, las que podrán ser complementadas e integradas por normas que dicte la Autoridad de Aplicación, a saber: I) Las contrataciones de bienes, obras y/o servicios cuyo importe no supere los PESOS DIEZ MIL ($ 10.000), serán consideradas como gastos de caja chica o fondo fijo y estarán exentas de la obligación de publicación y/o difusión. II) Las contrataciones de bienes, obras y/o servicios cuyo importe supere los PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) hasta el monto de PESOS CIEN MIL ($ 100.000), en las que se prevea la participación de ofertas compuestas por bienes no nacionales, deberán ser difundidas en la página de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC) dependiente de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS por el término de DOS (2) días, con una antelación nunca inferior a CINCO (5) días hábiles con relación a la fecha límite de recepción de ofertas de la contratación de que se trate. III) Las contrataciones de bienes, obras y/o servicios cuyo importe supere el monto de PESOS CIEN MIL ($ 100.000), en las que se prevea la participación de oferta de bienes no nacionales, deberán ser difundidas en la página de Internet

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de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC) y simultáneamente publicadas en el Boletín Oficial y en, por lo menos, UN (1) periódico de circulación nacional masiva, por el término de DOS (2) días, con un mínimo de VEINTE (20) días corridos de antelación a la fecha límite de recepción de ofertas, computados a partir del día siguiente a la última publicación. IV) El contenido del aviso del proceso de selección respectivo, a publicarse en un periódico de circulación nacional masiva, podrá limitarse a consignar una remisión al sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC), en cuyo sitio deberá estipularse el contenido de todos los datos del proceso de selección pertinente. V) El contenido del anuncio de la convocatoria que se remita para su difusión en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC), deberá contener los datos que esta oficina, por sí o a través de la Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 25.551, determine. e) Los sujetos que realicen contrataciones alcanzadas por el "Régimen" y no comprendidas en el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria, deberán dar a conocer los Programas de Inversión, como así también los Proyectos y/o Planes de Inversión. Estos deberán ser publicados por el término de DOS (2) días en el Boletín Oficial y por UN (1) día en, por lo menos, UN (1) periódico de circulación nacional masiva. Asimismo, deberán ser difundidos en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC) en forma simultánea desde el día en que se le comience a dar publicidad en dichos medios. f) Para la publicación y difusión de los Programas de Inversión y/o Proyectos o Planes de Inversión deberán tomarse en consideración las siguientes pautas: I) Los Programas de Inversión y/o Proyectos o Planes de Inversión cuyos montos sean inferiores a PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000), deberán ser difundidos y publicados con una antelación nunca inferior a los TREINTA (30) días hábiles previos a la apertura de ofertas. II) Los Programas de Inversión y/o Proyectos o Planes de Inversión cuyos montos sean iguales o superiores a PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000) y hasta PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000), deberán ser difundidos y publicados con una antelación nunca inferior a los CUARENTA Y CINCO (45) días hábiles previos a la apertura de ofertas. III) Los Programas de Inversión y/o Proyectos o Planes de Inversión cuyos montos sean superiores a PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000), deberán ser difundidos y publicados con una antelación nunca inferior a los SESENTA (60) días hábiles previos a la apertura de ofertas. IV) En los casos en los cuales el sujeto contratante cuente con un Programa de Inversiones, integrado por DOS (2) o más Proyectos o Planes de Inversión, podrá optar por realizar una única publicación y difusión del Programa de Inversión, antes del 30 de noviembre del año anterior al de su implementación. V) En aquellos supuestos en que se ejerza la opción establecida en el apartado IV) del presente inciso, si en los Proyectos o Planes de Inversión que integran el respectivo Programa se prevén procedimientos mediante los cuales se posibilite la participación de oferta extranjera y se supere el monto de PESOS CIEN MIL ($ 100.000), la decisión de contratación específica que así lo prevea deberá publicarse y difundirse conforme lo prescripto en el apartado III) del inciso d) del presente artículo. VI) El contenido del aviso a través del cual se publicite el Programa de Inversión y/o Proyecto o Plan de Inversión, podrá limitarse a consignar una remisión a la página de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC), en la cual deberá estipularse el contenido del mismo, en los términos de lo establecido en los apartados IV) y V) del inciso d) del presente artículo. VII) Los Programas y/o Proyectos o Planes de Inversión que deben anunciarse deberán establecer, con claridad, la definición de los bienes u objetos de la inversión y contener como mínimo las Especificaciones Técnicas y los servicios conexos asociados a la instalación y puesta en marcha del equipamiento y/u obra según corresponda, los plazos estimados de ejecución de los mismos y el procedimiento probable de contratación que se utilizará en cada caso. VIII) En el caso de optarse por la presentación de UN (1) único Programa de Inversión, integrado por los distintos Proyectos o Planes de Inversión previstos para el lapso de UN (1) año calendario, se deberá consignar cuáles de estos Proyectos o Planes de Inversión integran el Programa y el plazo estimado de implementación de los mismos. Los Planes o Proyectos de Inversión que integran el Programa, deberán contener idénticas especificaciones que las referidas en el apartado precedente y determinar las fechas estimadas de realización de cada inversión en particular. g) La publicación y/o difusión de los Proyectos o Planes de Inversión y/o Programas de Inversión, en su caso, no generará derechos a favor de terceros y los datos de las contrataciones consignados en las mismas podrán ser modificados; pero toda modificación que implique un apartamiento sustancial de las Especificaciones Técnicas, deberá ser publicada conforme lo establecido en el inciso 9 del presente artículo. h) La OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC) llevará una Base de Datos de todos los Programas de Inversión y/o Proyectos o Planes de Inversión y de las contrataciones superiores a PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) que se realicen en el marco del "Régimen", debiendo efectuar la difusión sin cargo de las mismas. i) Las contrataciones no alcanzadas por lo establecido en el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria, pero sí comprendidas en el "Régimen", podrán efectuarse mediante cualquier procedimiento de selección del contratista, pero el sujeto contratante deberá tomar en consideración que: I) Si no se prevé la participación de ofertas de bienes no nacionales y la contratación fuera superior a PESOS DIEZ MIL ($ 10.000), no rige la obligación de publicación y/o difusión establecida en el inciso d), apartados II) y III) del presente artículo. Pero, de presentarse en el proceso de selección una oferta de bienes no nacionales, su participación en el proceso de que, se trate, queda supeditada a que el ente convocante publique una nueva convocatoria con los

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anuncios establecidos por esta norma y realice un nuevo procedimiento de contratación conforme lo marca la presente normativa para el caso de participación de oferta de bienes no nacionales. II) Si se prevé la participación de oferta de bienes no nacionales, las comparaciones de precios deberán realizarse luego de recibidas todas las ofertas. En los casos que se requiera mejora de oferta, ésta deberá ser solicitada a todos los participantes y la comparación realizarse luego de recibida la última mejora. j) En las contrataciones comprendidas en el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria, para difundir las etapas del procedimiento que correspondieren, deberán observarse las pautas establecidas en el referido decreto y normativa complementaria y/o modificatoria. k) En el resto de las contrataciones regidas por el "Régimen" que sean superiores a PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) y en las que se hubiera previsto participación de ofertas integradas por bienes no nacionales, el sujeto contratante deberá efectuar en la página de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC) con anterioridad a la efectiva suscripción o celebración del contrato, según corresponda, las siguientes difusiones de ofertas y adjudicaciones: I) La nómina de ofertas recibidas y el monto de las mismas. En los supuestos en que se hayan solicitado y brindado mejoramiento de ofertas, estas últimas también deberán ser difundidas con carácter previo a la adjudicación y/o dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas contadas a partir de la perfección del contrato, a opción del sujeto contratante. II) El nombre de quién resultó adjudicatario y/o con quién va a suscribir el contrato. l) En aquellos casos excepcionales en los cuales se acredite fehacientemente que no se pueda cumplir con las exigencias de anunciar y/o difundir las contrataciones establecidas por la presente reglamentación, sea por encontrarse comprometida la normal prestación de un servicio publico o por existir razones que no han podido preverse o que previstas no han podido evitarse, la Autoridad de Aplicación podrá, mediante resolución fundada, exceptuar de su cumplimiento al obligado. ARTICULO 6º — Reglaméntase el artículo 6º de la Ley Nº 25.551, en los siguientes términos: a) En todas las contrataciones alcanzadas por el "Régimen" se deben adecuar las especificaciones técnicas a las prescripciones establecidas en el artículo 6º de la Ley Nº 25.551 y en los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 18.875, en cuanto resulten aplicables. Asimismo, es de aplicación lo prescripto en el artículo 46 del Decreto Nº 436 de fecha 30 de mayo de 2000 y modificatorios que, en lo referido a la precisión en la descripción del producto, se rige por el Sistema de Identificación de Bienes y Servicios de Utilización Común creado por la Decisión Administrativa Nº 344 de fecha 11 de junio de 1997. b) A los efectos de cumplir con la adopción de alternativas técnicamente viables para la Industria Local, se deberán establecer las especificaciones técnicas en base a normas del INSTITUTO ARGENTINO DE NORMALIZACION (lRAM) Asociación Civil sin fines de lucro y, de no existir las mismas para un determinado producto, a las normas del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) y, en su defecto, a las internacionales correspondientes. Cuando por razones técnicas verificables se requieran productos para los cuales no existan normas, deberán definirse las especificaciones técnicas de los mismos. c) Las obligaciones emergentes del "Régimen", en ningún caso, disminuyen o liberan de responsabilidad por el cumplimiento de las obligaciones que en materia de calidad corresponden a los sujetos obligados por el mismo. ARTICULO 7º — Sin Reglamentación. ARTICULO 8º — Reglaméntase el artículo 8º de la Ley Nº 25.551, en los siguientes términos: La presentación de los recursos administrativos deberá ajustarse a las formalidades y recaudos previstos en el Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O. 1991, en lo que fuere pertinente, indicándose de manera concreta, la conducta o acto que el recurrente estimare como lesiva para sus derechos o intereses, así como el daño causado. Advertida alguna deficiencia la formal, el recurrente será intimado a subsanarla dentro del término perentorio de CINCO (5) días hábiles administrativos, bajo apercibimiento de desestimarse el recurso. ARTICULO 9º — Sin Reglamentación. ARTICULO 10. — Sin Reglamentación. ARTICULO 11. — Reglaméntase el artículo 11 de la Ley Nº 25.551, en los siguientes términos: a) La SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y los entes reguladores serán los encargados del control del cumplimiento de la Ley Nº 25.551, así como de la presente reglamentación. b) A fin de garantizar el efectivo cumplimiento del "Régimen", se establece que: I) Toda oferta nacional deberá ser acompañada por una declaración jurada mediante la cual se acredite el cumplimiento de las condiciones requeridas para ser considerada como tal. II) La falta de presentación configurará una presunción, que admite prueba en contrario, de no cumplimiento de las prescripciones vigentes con relación a la calificación de oferta nacional. III) Las sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarias y permisionarias de obras y/o de servicios deberán, periódicamente, presentar al ente regulador sendas declaraciones juradas en las cuales manifiesten que en las contrataciones realizadas durante ese período han cumplido con las obligaciones que el "Régimen" pone a su cargo. En igual sentido, los subcontratistas directos deberán, a su vez, presentar sendas declaraciones juradas a las sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarias y permisionarias de obras y/o de servicios, quienes periódicamente informarán sobre estas presentaciones al ente regulador. La falta de presentación o la consignación de información inexacta dará lugar a las acciones que el ente regulador determine. c) Con relación a las declaraciones juradas y a las denuncias de violación al "Régimen", se establece que: I) La Autoridad de Aplicación, por sí o por el ente que a tal efecto designe, podrá verificar de oficio la veracidad del contenido de las declaraciones juradas, y realizar el pertinente control ex post. En los casos en los cuales para la

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verificación se requiera la participación del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (I.N.T.I) u otro instituto técnico, los costos que demande tal intervención estarán a cargo de la empresa que es objeto de la misma sólo si la información consignada resultara falsa. II) El ejercicio de la facultad de verificar, establecida en el inciso anterior, también podrá ser motivado por una denuncia de violación al "Régimen" promovida ante la Autoridad de Aplicación. III) La denuncia, a que se refiere el inciso precedente, deberá ser acompañada de las pruebas documentales que tenga el denunciante o de la indicación de su ubicación, a fin de acreditar razonablemente la verosimilitud de la misma. IV) Si de la investigación resultante de la denuncia realizada deviniera que la información contenida en la declaración jurada es falsa, de suscribirse el contrato, el contratista será pasible de las sanciones contenidas en los artículos 14 y/o 15 de la Ley Nº 25.551, según corresponda, sin perjuicio de las demás sanciones civiles o penales que pudieran corresponder. V) Sin perjuicio de las sanciones civiles y/o penales que pudieran corresponder, el nombre o razón social de la persona que fraguare la información sobre el contenido local de los bienes o que, mediante cualquier engaño o ardid, indujera a error a la Autoridad de Aplicación y/o a los sujetos contratantes, será difundido en la página de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC), conforme lo establezca la Autoridad de Aplicación, previo acuerdo con la citada OFICINA NACIONAL. VI) Si de la investigación resultante de la denuncia realizada deviniera que la información contenida en la declaración jurada es veraz, el ente contratante continuará con la contratación respectiva. VII) En los casos en que la participación del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (I.N.T.I.) o instituto técnico designado tenga origen en la investigación de una denuncia, los costos que la misma implique estarán a cargo del denunciante, si la denuncia fuere falsa, o de quien hubiere presentado la declaración jurada, de confirmarse la inexactitud de los datos en ella consignados. VIII) A los efectos de cubrir los costos operativos que demande la investigación, presentada la denuncia, la Autoridad de Aplicación solicitará, tanto al denunciante como a quien haya presentado la declaración jurada cuyo contenido se cuestiona, una garantía líquida cuyo monto no superará los costos de participación del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (I.N.T.I) o instituto técnico designado. Luego de obtenida la resolución del instituto interviniente, la que deberá emitirse dentro del plazo que fije la Autoridad de Aplicación, ésta procederá, previa intimación fehaciente, a la aplicación o ejecución de la garantía presentada por quien resulte obligado al pago y a la devolución de la caución a quien corresponda. Lo prescripto es sin perjuicio de la responsabilidad que por falsa denuncia o declaración inexacta pudiera corresponderle a quien incurriera en ellos. d) La Autoridad de Aplicación deberá acordar con la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC): I) La modalidad a través de la cual se irán incorporando a la base de datos del SISTEMA DE INFORMACION DE PROVEEDORES —SIPRO— administrado por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC), los proveedores de los sujetos que realicen contrataciones alcanzadas por el "Régimen" y no comprendidos en el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria. d) La modalidad a través de la cual se implementarán las obligaciones de difusión a cargo de los sujetos contratantes que realicen contrataciones alcanzadas por el "Régimen" y no comprendidos en el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria. III) Todas aquellas cuestiones operativas que sean necesarias para la efectiva y transparente implementación del sistema de publicidad y difusión establecido en la presente norma. ARTICULO 12. — Sin Reglamentación. ARTICULO 13. — Sin Reglamentación. ARTICULO 14. — Sin Reglamentación. ARTICULO 15. — Sin Reglamentación. ARTICULO 16. — Sin Reglamentación. ARTICULO 17. — Sin Reglamentación. ARTICULO 18. — Sin Reglamentación. ARTICULO 19. — Sin Reglamentación. ARTICULO 20. — Sin Reglamentación. ARTICULO 21. — Sin Reglamentación. ARTICULO 22. — Sin Reglamentación. ARTICULO 23. — Sin Reglamentación.

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DECLARACIÓN JURADA

Oferta para la Obra:............................................................................................. .................................. Conforme dispone el art. 11° inc. B), ap.I) del Decreto 1600/02, reglamentario de la ley 25.551, DECLARO BAJO JURAMENTO que la oferta que presento cumple con las condiciones requeridas por dichas normas legales para ser considerada oferta nacional. Lugar y fecha: .............................................................. Empresa: ........................................................................ Firma: ........................................................................... Aclaración: ...................................................................

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ANEXO 6

Inhabilidades para contratar con AySA:

No podrán ser oferentes o contratistas de AySA las personas físicas o jurídicas que encuadren en una o

más de las siguientes situaciones o circunstancias:

a) Hayan sido suspendidos o inhabilitados en el registro de la Empresa.

b) Sean deudores fiscales de la Nación, o previsionales de la Nación, o de la Pcia. de Buenos Aires o

del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, o de los servicios de AySA.

c) Se encuentran inhibidos, en estado de cesación de pagos, con pedido de quiebra en trámite, quiebra

decretada o en concurso preventivo de acreedores en trámite.

d) No hubieren asumido su responsabilidad frente a reclamos judiciales o extrajudiciales en los que

AySA hubiera sido condenada o requerida con motivos o en ocasión de cualquier obligación

contractual mantenida con ella.

e) Se encontraren en juicio o arbitraje como demandante frente a AySA o existiere sentencia o laudo

definitivo rechazado parcial o totalmente la acción.

f) Sean demandantes del Estado Nacional ante tribunales u organismos nacionales o internacionales, o

integrar el grupo económico que se encuentre en esta situación.

g) No encontrarse las personas físicas o jurídicas, inhabilitadas civil, comercial o penalmente. De

igual manera aquellos que estén alcanzados por una condena penal vigente, pasada en autoridad de

Cosa Juzgada.

h) No mantener situaciones de conflicto laboral con los empleados afectados a las tareas a ejecutar.

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DECLARACIÓN JURADA Art. 17.21

A LA EMPRESA AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A.

El/ Los Señores(es)_________________________________________________________________________

en representación de ________________________________________________________________________ con domicilio en ___________________________________________________________________________

DECLARAN BAJO JURAMENTO que la empresa que representan y sus directores no se encuentran alcanzados y/o encuadrados en o por ninguna de las inhabilidades para contratar con AySA detalladas en el Anexo 6 del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA LICITACIONES Y CONCURSOS DE PRECIO PARA CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE OBRAS

Lugar y Fecha .......

Empresa.......

Firma.....

Aclaración.....

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ANEXO 7

Resolución S.S.R.L. N° 52/06 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

(págs.60 a 64 - Adjuntar, está en archivo aparte)

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ANEXO 8

Acta Copar del 02/06/2006 homologada por Resolución S.S.E.L. N° 67/06 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

(págs.65a 71 - Adjuntar, está en archivo aparte)

113.

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ANEXO 7
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ANEXO 7
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ANEXO 7
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ANEXO 8
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ANEXO 13

PPLLIIEEGGOO DDEE BBAASSEESS YY CCOONNDDIICCIIOONNEESS

GGEENNEERRAALLEESS PPAARRAA LLAA CCOONNTTRRAATTAACCIIÓÓNN

DDEE SSEERRVVIICCIIOOSS

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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES

PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS

ANEXO 13

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Índice

PARTE I - DISPOSICIONES PRELIMINARES 4

1 Objeto del Pliego ...............................................................................................................................................4

2 Terminología ......................................................................................................................................................4

3 Títulos y Notas Marginales ...............................................................................................................................4

4 Singular y Plural.................................................................................................................................................4

5 Idioma y Legislación .........................................................................................................................................4

6 Documentos del Concurso................................................................................................................................4

7 Normas de Interpretación ................................................................................................................................4

8 Aclaraciones y Consultas. .................................................................................................................................5

9 Definiciones. .......................................................................................................................................................5

PARTE II - BASES DEL CONCURSO 7

CAPÍTULO I LA OFERTA 7

10 Extensión de la Propuesta................................................................................................................................7

11 Alcance de los Precios Cotizados. ...................................................................................................................7

12 Suficiencia de la oferta. ....................................................................................................................................7

13 Garantía de la Oferta. .......................................................................................................................................7

14 Elementos constitutivos de la Propuesta. ......................................................................................................8

15 Forma de la Propuesta. ....................................................................................................................................9

16 Presentación de las Propuestas.......................................................................................................................9

CAPÍTULO II EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 9

17 Análisis y Evaluación de las Ofertas. ..............................................................................................................9

18 Adjudicación de los servicios ...........................................................................................................................9

19 Auditoria Previa. ................................................................................................................................................10

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ANEXO 13

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20 Confidencialidad. ...............................................................................................................................................10

PARTE III - CONDICIONES GENERALES 11

CAPÍTULO III - REPRESENTANTES DEL COMITENTE Y DEL PRESTADOR 11

21 Control de los trabajos......................................................................................................................................11

22 Representante del Prestador ...........................................................................................................................11

CAPÍTULO IV DOCUMENTOS CONTRACTUALES Y SU PRELACIÓN 11

23 Prelación. ............................................................................................................................................................11

24 Comunicaciones, Acuerdos, Aprobaciones, Certificaciones y Decisiones. .................................................12

CAPÍTULO V OBLIGACIONES DE AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. 12

25 De colaboración y cooperación. ......................................................................................................................12

26 De abonar el precio pactado............................................................................................................................12

27 De verificación y recepción. .............................................................................................................................12

28 De abstención. ...................................................................................................................................................12

CAPÍTULO VI OBLIGACIONES DEL PRESTADOR 12

29 Responsabilidades Generales del Prestador. .................................................................................................12

30 Subcontratación.................................................................................................................................................12

31 Empleados del Prestador..................................................................................................................................13

32 Capacidad del personal.....................................................................................................................................14

33 Seguros. ..............................................................................................................................................................14

34 Accidentes. .........................................................................................................................................................17

35 Cumplimiento de Leyes y Normas Reglamentarias. .....................................................................................17

36 Deber del Prestador de actuar durante emergencias. .................................................................................19

37 Notificación de substancias peligrosas. ..........................................................................................................19

38 Trabajos a Ejecutar en Vía Pública o en Terrenos bajo Otras Jurisdicciones. ..........................................19

CAPÍTULO VII PLAZOS 19

39 Orden de Inicio de los servicios. .....................................................................................................................19

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40 Inicio de los servicios........................................................................................................................................20

41 Prórroga del Plazo de Terminación. ................................................................................................................20

CAPÍTULO VIII CERTIFICACIONES Y PAGOS 21

42 Certificaciones Mensuales. ...............................................................................................................................21

43 Aprobación de los Certificados. .......................................................................................................................21

44 Facturación de los trabajos efectuados..........................................................................................................22

45 Requisitos para los pagos.................................................................................................................................22

46 Deducciones .......................................................................................................................................................22

47 Fondo de responsabilidad ................................................................................................................................22

48 Auditoria y Acceso a Constancias....................................................................................................................23

CAPÍTULO IX SANCIONES Y RESCISIÓN DEL CONTRATO 23

49 Agrupamiento de Empresas .............................................................................................................................23

50 Multas por Incumplimientos de obligaciones del Prestador ........................................................................23

51 Modificación de Sanciones. ..............................................................................................................................23

52 Rescisión del Contrato ......................................................................................................................................23

ANEXOS ANEXO I – FORMULARIO DE LA OFERTA ( 1 HOJA)

ANEXO II – INHABILIDADES PARA CONTRATAR CON AYSA Y MODELO DE DECLARACION

JURADA (2 HOJAS) ANEXO III – LEY 25.551 (COMPRE TRABAJO ARGENTINO), DECRETO REGLAMENTARIO

1600/02 Y MODELO DECLARACIÓN JURADA

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ANEXO 13

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PARTE I - DISPOSICIONES PRELIMINARES

1 Objeto del Pliego El objeto del presente Pliego de Bases y Condiciones Generales es el de reglar los concursos de precios para la prestación de servicios, sus contrataciones y ejecuciones, que realiza la Empresa AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A.

2 Terminología A los efectos de la interpretación y aplicación de las disposiciones del presente Pliego y de todo otro documento contractual, se deberán tener en cuenta las definiciones indicadas en el Artículo 9 de este Pliego.

3 Títulos y Notas Marginales Los títulos, organización numérica y ordenamiento de los artículos que figuran en el Pliego de Licitación no deberán considerarse parte del mismo ni deberán tenerse en cuenta para la interpretación del mismo. Las referencias en los artículos a otros artículos de este Pliego son para facilitar la lectura del mismo. Los oferentes tienen la obligación de comprender la totalidad de los documentos del pliego y la relación que tienen entre sí los artículos, aun cuando las referencias entre estos no hayan sido expresamente dadas.

4 Singular y Plural Las Palabras en singular incluyen también el plural, y viceversa, cuando el contexto lo requiera.

5 Idioma y Legislación El idioma oficial del concurso, contratación y ejecución de servicios será el castellano y el total de la documentación e información requerida deberá estar redactada en dicho idioma. Todo documento redactado en otro idioma deberá ser acompañado con la correspondiente traducción, realizada por traductor público matriculado y su firma debidamente legalizada por autoridad competente. La legislación aplicable será la vigente en la República Argentina.

6 Documentos del Concurso Los documentos del concurso serán:

6.1 El presente Pliego de Bases y Condiciones Generales y las Condiciones Generales de la

Orden de Compra 6.2 El Pliego de Condiciones Particulares y los documentos que se indiquen en el mismo 6.3 Especificaciones Técnicas y los documentos que se indiquen en el mismo

7 Normas de Interpretación En caso de discrepancia, la documentación del concurso deberá ser interpretada en el siguiente orden de prelación:

7.1 Las aclaraciones, modificaciones o instrucciones efectuadas y comunicadas por escrito a los interesados por AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., durante el concurso de precios.

7.2 Las Planillas para la Cotización de Precios. 7.3 El Pliego de Condiciones Particulares y los documentos que se indiquen en el mismo 7.4 Especificaciones Técnicas y los documentos que se indiquen en el mismo 7.5 El presente Pliego de Bases y Condiciones Generales. 7.6 Condiciones Generales de la Orden de Compra

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ANEXO 13

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8 Aclaraciones y Consultas. Hasta tres (3) días corridos antes de la fecha prevista para la presentación de las ofertas, AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. comunicará las modificaciones, aclaraciones o instrucciones que estime correspondan, como así también las respuestas a las consultas formuladas por los interesados. Dichas consultas podrán efectuarse hasta cinco (5) días corridos anteriores a la fecha prevista para la presentación de las propuestas. Las consultas se aceptarán solo por escrito cuando estén dirigidas a AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. y entregadas fehacientemente en su área comitente. AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. responderá a dichas consultas también por escrito y hará entrega de las consultas y respuestas a todos los que participan en el concurso.

9 Definiciones. A los efectos de la interpretación y aplicación del presente Pliego y de cualquier otro documento contractual, las palabras y expresiones expuestas a continuación tendrán los siguientes significados:

AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. y/o AySA: es la sociedad prestataria del servicio de provisión de agua potable y desagues cloacales en el área de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los partidos de Almirante Brown, Avellaneda, Esteban Echeverría, La Matanza, Lanús, Lomas de Zamora, Morón, Quilmas, San Fernando, San Isidro, San Martín, Tres de Febrero, Tigre, Vicente López y Ezeiza; de agua potable en los partidos de Hurlingham e Ituzaingó; y de recepción de efluentes cloacales en los partidos de Berazategui y Florencio Varela; en la República Argentina. Comitente: es AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. según la definición anterior Contrato u Orden de Compra: significa el documento escrito y firmado entre AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. y el Prestador, y toda la documentación que en el mismo se indique, todo lo cual reglará los derechos y obligaciones de las partes. Prestador: significa la persona o empresa con quien AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. ha celebrado el Contrato para la ejecución de los servicios. Escrito: significa cualquier comunicación manuscrita, mecanografiada o impresa, incluyendo telex, telegrama o Fax. Especificaciones Técnicas significa las prescripciones técnicas de los documentos incluidos en el Contrato y cualquier modificación o adición a las mismas. Supervisión: el Personal designado por AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. para el Control de los servicios. Nación: significa la República Argentina. Servicios: tiene el significado que se infiere en el contexto de la redacción donde se usa. Oferta: significa el total de la documentación y la cotización de los precios que efectúa el proponente a AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. para la ejecución de los servicios y la subsanación de cualesquiera defectos de las mismas, de acuerdo con los alcances, las normas y las disposiciones que regulan el Concurso de Precios.

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ANEXO 13

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Plazos: significa tiempo, que se computará en días corridos calendarios, salvo disposición expresa en contrario. Proponente u oferente: Persona o empresa que participa del concurso y presenta oferta. Representante del Prestador: La persona designada por el Prestador como responsable de la prestación del servicio, con autoridad total para actuar en su nombre en todos los aspectos vinculados con el Contrato. Subcontratista: Persona o Empresa autorizada como tal, expresamente y por escrito, por AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A.

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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES

PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS

ANEXO 13

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PARTE II - BASES DEL CONCURSO CAPÍTULO I LA OFERTA

10 Extensión de la Propuesta. La oferta de cada proponente deberá comprender el total de los servicios objeto del respectivo concurso de precios. Los oferentes cotizarán obligatoriamente los servicios con las características descriptas en la documentación del concurso, lo que se considerará “Oferta Básica”. En los casos que el Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas lo permita, el proponente podrá presentar una oferta alternativa, en forma totalmente separada de la “oferta básica”, la que será evaluada en un mismo pié de igualdad con la básica.

11 Alcance de los Precios Cotizados. Se considerarán incluidos en los precios ofertados, todo servicio detallado en la documentación del Contrato o que, sin estar expresamente indicado en ella, resulta implícitamente necesario para prestar el servicio, incluyendo pero no limitado a todos los materiales y equipos; la mano de obra y todo el personal directo e indirecto que resulte necesario para la realización correcta y completa de los servicios; así como los gastos directos e indirectos, los riesgos y contingencias y las ganancias esperadas. Todos los servicios indicados en los Pliegos de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares deberán ser cotizados por los oferentes en alguna de las partidas previstas en las Planillas de Cotización de Precios Unitarios y Globales. Se entenderá que el monto ofertado comprende todos los servicios antes mencionados.

12 Suficiencia de la oferta. La presentación de la oferta significará que el oferente se ha asegurado la corrección y suficiencia de la misma y que los precios unitarios y globales ofertados cubren todas sus obligaciones, definidas en los documentos del concurso, así como todos los aspectos y elementos necesarios para la adecuada prestación del servicio. Por el solo hecho de presentar su propuesta, el Oferente acepta estar en conocimiento de todas las condiciones y características del lugar donde se deberá prestar el servicio, como así también de las tramitaciones que deba efectuar o permisos que deba obtener, ante cualquier autoridad nacional, provincial, municipal o privada en su nombre o a nombre de su Comitente.

13 Garantía de la Oferta.

Cada oferta será garantizada por una suma igual al 1% (uno por ciento) de su monto y obligatoriamente mantenida por un plazo de 90 (noventa) días, o más allá y hasta la firma del contrato en caso de resultar preadjudicada, por alguno de los medios que se indican a continuación:

13.1 Dinero en efectivo que será depositado en el banco y cuenta que oportunamente se indicará. 13.2 Fianza bancaria 13.3 Póliza de Seguro de Caución 13.4 Pagaré sin protesto en ofertas menores a $ 150.000

Los documentos citados en 13.2 y 13.3 deberán ser emitidos por instituciones de reconocida solvencia, a criterio exclusivo de AySA. La garantía será devuelta a todos los proponentes que no resulten adjudicatarios de los servicios.

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ANEXO 13

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AySA podrá disponer la realización de licitaciones y concursos en los cuales no sea de aplicación la presente cláusula.

14 Elementos constitutivos de la Propuesta. Las propuestas de ofertas deberán contener:

14.1 Formulario de la oferta para los servicios, de acuerdo con el modelo agregado como Anexo de

este Pliego. 14.2 Documentación autenticada que acredite la personería y/o representación del firmante o

firmantes de la oferta. Los poderes conferidos fuera de la República Argentina serán otorgados según las formas

del lugar de emisión y contaran con las condiciones de autenticidad exigidas por la legislación Argentina. En caso de países adheridos será suficiente la legalización mediante la “Apostille” de la Convención de La Haya.

En caso que una propuesta sea presentada por varios oferentes, (a través de agrupamientos de empresas, Unión Transitoria de Empresas (U.T.E.), etc.) éstos deberán asumir el total de sus obligaciones en forma mancomunada y solidaria frente a AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. y a terceros, durante la vigencia del término de mantenimiento de la oferta, así como hasta la finalización del contrato en caso de resultar adjudicatarios de las obras.

14.3 Copia autenticada del contrato social o estatuto del proponente, si éste es una sociedad. Si la autenticación se realizare fuera de la República Argentina, se procederá en la misma forma indicada en el segundo párrafo del inciso anterior.

14.4 Copia de los estados contables de los últimos 2 ejercicios anuales y el último balance trimestral publicado por el oferente que esté obligado a hacerlo, con los respectivos informes del auditor.

14.5 Antecedentes que demuestren la capacidad técnica del Oferente 14.6 Constancia bancaria de que es titular de una cuenta corriente. 14.7 Planilla con la cotización de precios 14.1 De corresponder, programa detallado del Sistema que propone utilizar para el Control de calidad

de los trabajos a desarrollar. 14.9 De corresponder, programa a adoptar en materia de seguridad, higiene, conservación del medio

ambiente, en concordancia con las normas legales y contractuales vigentes. 14.10 Garantía de mantenimiento de la oferta 14.11 Declaración jurada Compre Trabajo Argentino, conforme modelo del Anexo III. 14.12 Declaración jurada detallando nomina de todos los juicios y mediaciones pendientes de

resolución, tanto en materia Civil, Comercial y Laboral, en los que se encuentre demandado o citado a la fecha de presentación de la Propuesta; así como que no mantiene situaciones de conflicto laboral con los trabajadores afectados a las tareas a contratar.

14.13 Declaración jurada manifestando que no se encuentra alcanzado y/o encuadrado en ninguna de las inhabilidades para contratar con AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. detalladas en el Anexo II, conforme modelo de dicho anexo.

14.14 Copia de los documentos indicados en el Artículo 6 de este Pliego, con las aclaraciones, modificaciones o instrucciones efectuadas por AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. durante el llamado a concurso de precios.

14.15 Eventual documentación complementaria que pudiera exigirse en el Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas.

IMPORTANTE: Quedan exceptuados de presentar la documentación requerida en los puntos 14.2; 14.3;

14.4 y 14.5 aquellos oferentes que ya lo hubieren efectuado en presentaciones anteriores (en cuyo caso se deberá indicar el número de Pedido de Precios u Orden de Compra correspondiente), salvo en los casos en que se hayan producido modificaciones en las mismas en cuyo caso deberán actualizarla.

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15 Forma de la Propuesta. Las cotizaciones se formularán en PESOS, con I.V.A. discriminado, a menos que en el Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas se dispusiera otra forma. La omisión de los documentos mencionados en los Artículos 14.1 al 14.15 o de su foliatura, sellado y firma, podrá determinar el rechazo de la oferta, siendo discrecional para AySA evaluar la existencia de omisiones menores que podrán ser salvadas con posterioridad a la apertura de las ofertas, así como de aquellos que por la naturaleza del contrato no sean exigibles por AySA. En todo concurso o licitación en que se requiera la presentación de la oferta en sobre cerrado, la misma se presentará con el total de sus hojas foliadas, selladas y firmadas, en original y una copia que llevará un rótulo en el que conste la denominación del concurso que se trata y el nombre del oferente.

16 Presentación de las Propuestas. La documentación que compone la propuesta será presentada en el lugar y hasta el día y hora que se indique en la invitación o llamado a concurso. Las ofertas presentadas vencido el plazo, serán devueltas a los presentantes.

CAPÍTULO II EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

17 Análisis y Evaluación de las Ofertas. AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. procederá al análisis y evaluación de todas las ofertas presentadas, para lo cual tendrá en cuenta entre otros, los siguientes factores, cuya enumeración no significa orden de prelación ni limitación:

17.1 Calidad técnica de la oferta en general y en especial, para los servicios del tipo que se concursen. 17.2 Organización y metodología en la realización de las diversas tareas reflejadas en la oferta. 17.3 Confiabilidad de los métodos propuestos y de cumplimiento del plazo estipulado para la ejecución

de los servicios.

Sin perjuicio de los factores de evaluación mencionados, en las Condiciones Particulares se detallarán otros criterios a evaluar y requisitos que tendrán que cumplimentar los oferentes para ser considerados adjudicatarios. Para el análisis de las ofertas, AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. podrá requerir de los oferentes todas las aclaraciones que considere necesarias, así como los documentos omitidos con la propuesta y que a su criterio exclusivo puedan ser agregados.

18 Adjudicación de los servicios En las licitaciones o concursos se procederá a adjudicar a la oferta admisible de menor valor, que asegure el cumplimiento de los objetivos de calidad y eficiencia perseguida, sin que ello obligue a concretar la contratación, ya que por causas justificadas se podrá anular el proceso y efectuarse o no nuevamente, incluyendo la modificación de las bases del llamado, sin que tal determinación reconozca algún derecho a los cotizantes. Dentro de los 5 (cinco) días de notificada la adjudicación, el adjudicatario deberá presentar una garantía de fiel cumplimiento del contrato por un monto equivalente al 5 %(cinco por ciento) del monto contractual, ello mediante alguno de los instrumentos especificados en el Artículo 13.

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AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. a su sola opción podrá adjudicar los servicios licitados a más de un Prestador. Independientemente de la forma en que se realice el concurso o de su resultado, AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. no será responsable en ningún caso de los gastos en que pudieran haber incurrido los oferentes para la preparación de las ofertas.

19 Auditoria Previa. AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. podrá, hasta la oportunidad de la firma del Contrato u Orden de Compra, auditar la veracidad de la información y documentación acompañada por el adjudicatario en su oferta, para lo cual éste último permitirá el examen de toda la documentación que se le solicitase. En el supuesto de que dicha auditoria arrojase un resultado negativo, quedará descartada la oferta.

20 Confidencialidad. El Prestador deberá guardar la más rigurosa confidencialidad frente a terceros respecto de toda la información y documentación relacionada con los servicios contratados y con su ejecución, teniendo en cuenta que se trata de servicios que AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. lleva adelante en su carácter de concesionaria de un servicio público del Estado Nacional, por lo que no podrá dar a conocer la misma sin autorización previa y por escrito de AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. También deberá requerir dicha autorización previa para todo tipo de publicidad que realice de los servicios.

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PARTE III - CONDICIONES GENERALES CAPÍTULO III - REPRESENTANTES DEL COMITENTE Y DEL PRESTADOR

21 Control de los trabajos El Control de los trabajos por parte de AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. será realizada por intermedio de la Supervisión que esta designe, quien será el servicio competente para ello, desde el momento en que se disponga el inicio de los servicios y hasta la total terminación y recepción de los mismos y a quién el Prestador deberá facilitar ampliamente su contralor.

22 Representante del Prestador El Prestador designará con el cargo de Representante de orientación acorde con la naturaleza de los servicios a realizar según el Contrato, con autoridad suficiente para actuar en su nombre en todos los aspectos vinculados a la ejecución de los servicios. Durante la ejecución de los servicios y durante el tiempo posterior que la Supervisión estime necesario, el Prestador proporcionará la supervisión necesaria para el debido cumplimiento de las obligaciones contractuales. Dicho representante recibirá, en representación del Prestador, ordenes e instrucciones de AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. y/o su Supervisión, siendo la persona autorizada por el Prestador para emitir la Documentación indicada en el Artículo 24 de este Pliego.

CAPÍTULO IV DOCUMENTOS CONTRACTUALES Y SU PRELACIÓN

23 Prelación. En caso de discrepancia, la documentación contractual deberá ser interpretada en el siguiente orden de prelación:

23.1 El Contrato u Orden Compra propiamente dicho y sus modificaciones 23.2 Las aclaraciones, modificaciones o instrucciones a los Pliegos Licitatorios efectuadas y

comunicadas por escrito a los interesados por AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., durante el concurso de precios.

23.3 El Texto de las partidas de la planilla para la Cotización de Precios Unitarios 23.4 El Pliego de Condiciones Particulares y su documentación Anexa 23.5 Especificaciones Técnicas y su documentación Anexa. 23.6 El Pliego de Bases y Condiciones Generales 23.7 Condiciones Generales de la Orden de Compra 23.8 La Oferta del Prestador

donde 23.1 tiene la prioridad más alta para la interpretación de los documentos contractuales y 23.8 la más baja.

Si en la interpretación del contrato bajo su faz técnica surgieran divergencias, estas serán resueltas por AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., cuyas decisiones serán definitivas respecto al tipo y calidad de los materiales a utilizar. En caso de conflictos en la información contenida en cualesquiera de los documentos del contrato se considerará como obligatoria la más favorable a AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A..

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ANEXO 13

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24 Comunicaciones, Acuerdos, Aprobaciones, Certificaciones y Decisiones. Siempre que en el Contrato exista una disposición acerca del otorgamiento o emisión de cualquier comunicación, acuerdo, aprobación, certificación o decisión por parte de cualquier persona, salvo que se especifique lo contrario, tal comunicación, acuerdo, aprobación, certificación o decisión se hará por escrito en original y duplicado para constancia y prueba de su recepción y los términos comunicar, certificar o decidir deberán interpretarse de esta forma. Ninguno de tales comunicaciones, acuerdos, aprobaciones, certificaciones o decisiones serán retenidos o demorados sin justificación.

CAPÍTULO V OBLIGACIONES DE AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A.

25 De colaboración y cooperación. AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. colaborará y cooperará con el Prestador y pondrá a disposición del mismo todo aquello que resulte necesario y a lo cual se encuentre obligado conforme las disposiciones del Contrato, para que el mismo pueda cumplir en tiempo y forma con los servicios contratados.

26 De abonar el precio pactado. AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. se obliga a pagar, dentro de los plazos convenidos, todas las certificaciones que se encuentren aprobadas conforme las disposiciones de este Pliego, del Pliego de Bases, del Pliego de Condiciones Particulares, de las Especificaciones Técnicas y/o de las Condiciones Generales de Compra.

27 De verificación y recepción. AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. verificará la correcta marcha de los servicios y en su oportunidad y de corresponder, aceptará y recibirá provisoria o definitivamente, los servicios ejecutados.

28 De abstención. AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. se abstendrá de realizar cualquier acto que pueda perjudicar la normal marcha de los servicios, salvo que el mismo se encontrare debidamente justificado, o fuere alguno de los previstos en los Documentos del Contrato.

CAPÍTULO VI OBLIGACIONES DEL PRESTADOR

29 Responsabilidades Generales del Prestador. El Prestador deberá, con el cuidado y la diligencia debidos, prestar los servicios de acuerdo con las estipulaciones del Contrato. El Prestador deberá aportar toda la supervisión, mano de obra, materiales, maquinaria y cualquier otra cosa, de naturaleza temporal o permanente, que sean requeridos para dichos servicios, en la medida en que la necesidad de la aportación de las mismas esté especificada o se deduzca razonablemente del Contrato. El Prestador será responsable de la correcta interpretación de los distintos documentos técnicos. En caso de divergencias técnicas se tendrá en cuenta lo previsto en el último párrafo de la cláusula 23 de este Pliego. El Prestador no podrá suspender los servicios, ni aún parcialmente, con el pretexto de que existen divergencias pendientes, bajo pena de aplicación de las sanciones previstas en las Condiciones Generales de la Orden de Compra.

30 Subcontratación. El Prestador no podrá subcontratar parte alguna de los servicios sin previo consentimiento, expreso y por escrito, de AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A.

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Tal consentimiento no eximirá al Prestador de responsabilidad u obligación contractual alguna, siendo responsable de los actos, incumplimientos o negligencias de cualquier Sub-Contratista, sus agentes, colaboradores o trabajadores, como si fueran los actos, incumplimientos y negligencias del propio Prestador, sus agentes, colaboradores o trabajadores. En el caso de subcontratación autorizada, el Prestador deberá requerir del Sub-Contratista el cumplimiento de todas las obligaciones impuestas a aquél por el contrato, ello mediante nota con firmada certificada por escribano público, en la que asuma dichas obligaciones y en especial que conoce y acepta el total de la documentación que conforma el contrato entre AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. y El Prestador, en especial el Pliego de Bases y Condiciones Generales que integra tal documentación. Dicha nota deberá ser entregada al área comitente, como condición previa para que ésta la autorice. Ningún subcontrato eximirá al Prestador del cumplimento de las obligaciones asumidas por él en el contrato y la responsabilidad derivada de los servicios subcontratados le corresponderá como si las hubiera realizado directamente. La violación o el incumplimiento, por parte del Prestador o, en su caso, del Subcontratista autorizado, de cualquiera de las obligaciones previstas en este artículo, será causal de rescisión del contrato.

31 Empleados del Prestador. El Prestador será el único responsable y titular de los contratos de trabajo que correspondan al personal que emplee, de tal modo que no habrá relación ni vinculación directa ni indirecta entre AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. y ese personal. El Prestador, a requerimiento de la Supervisión, le entregará un informe detallado en la forma y con la frecuencia que establezca AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. o su Supervisión, sobre el personal y el número de trabajadores de cada categoría que tenga empleados en ese momento en la prestación del servicio, así como toda otra información o documentación que se le pudiese requerir relativa a su personal. En consecuencia, correrá por cuenta exclusiva del Prestador el cumplimiento y observancia de todas las leyes, decretos, convenios colectivos y demás disposiciones presentes o futuras emanadas de autoridades públicas nacionales y/o provinciales que rigen o rijan en lo sucesivo en materia profesional, laboral, de seguridad e higiene en el trabajo, fiscal y/o de previsión social, y que se relacionen con la prestación de estos servicios, obligándose a asegurar contra accidentes de trabajo al personal que emplee. Asumirá en forma exclusiva y total la responsabilidad que pueda sobrevenir por la eventual inobservancia de lo que establezcan cualquiera de las disposiciones indicadas y quedará a su cargo el pago de todas las indemnizaciones por cualquier concepto y por accidente de trabajo, muerte o incapacidad, que pudiere corresponderle al personal que utilice en la prestación de las tareas motivo del presente convenio, o a sus derechohabientes. A tal fin, el Prestador deberá indicar en cualquier momento que se le solicite la nómina del personal a su cargo, Nº de C.U.I.L., Obra Social a la que pertenece, Seguro que lo cubre, los depósitos de los Aportes Previsionales y de la Seguridad Social y todo otro requisito que sean exigidos por las Leyes y Reglamentaciones. Deberá mantener al día el pago del personal que emplee, abonándole una remuneración no inferior al jornal mínimo que establecen las leyes de trabajo y los convenios colectivos de aplicación. Deberá entregar el primer día hábil de cada mes un listado del personal que trabajará durante ese periodo en las obras, sin perjuicio de informar dentro de las 24 horas toda alta o baja que se produzca durante dicho periodo. AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. podrá auditar, cuando lo considere necesario, los libros y demás documentación del Prestador, para constatar el cumplimiento de todas las obligaciones laborales y de la seguridad social descriptas anteriormente. El Prestador asumirá la responsabilidad de implementar el Servicio de Higiene y Seguridad para la coordinación de las acciones de prevención durante todo el tiempo que dure el servicio, debiendo cumplimentar las normas legales en la materia y los Requerimientos de Higiene y Seguridad para Empresas Contratistas. El Contratista que utilice mano de obra para mantener, reparar, reacondicionar, rehabilitar o reemplazar instalaciones o equipos del servicio, presentarán declaraciones juradas y garantías respecto de que no mantiene ni tiene situaciones de conflicto laboral con los empleados afectados a tales tareas.

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ANEXO 13

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En todo caso, AySA tendrá derecho de reclamar garantías adicionales, retener pagos, presentarse ante las autoridades competentes, o iniciar acciones de cualquier índole que permitan reestablecer cualquier situación conflictiva, sin que ello genere derecho alguno de parte de el Contratista alcanzado por estas medidas. Toda infracción o incumplimiento a las obligaciones descriptas en este artículo es causal especial de rescisión del contrato por culpa del Prestador, el que deberá resarcir y mantener indemne a AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. por todas las consecuencias que ello le origine.

32 Capacidad del personal El personal del Prestador deberá poseer la debida capacidad, especialización y experiencia para la realización de los trabajos que se le encomienden. AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. se reserva el derecho de efectuar una evaluación previa de todo personal. También podrá AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., cada vez que lo considere conveniente, examinar a través de personal profesional especializado, la capacidad, especialización y experiencia que requieran los trabajos que realicen, así como exigir cuando lo considere necesario la capacitación de dicho personal, o el retiro de aquél que a su criterio no posea la competencia mínima necesaria para realizar tareas del tipo de las que el Prestador le haya encomendado. Podrá igualmente requerir el retiro del personal que demuestre mala conducta o sea negligente en el correcto desempeño de las tareas asignadas o cuya presencia sea considerada de alguna manera indeseable. Cualquier persona que por estas razones haya sido retirada, deberá ser reemplazada lo antes posible y como máximo dentro de las 48 horas de producida la notificación.

33 Seguros. 33.1 Generalidades El Prestador deberá contratar y mantener vigentes los seguros indicados en estas Condiciones de

Contratación, atendiéndose asimismo a las condiciones establecidas por AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. en la materia a la fecha de formalización del contrato y a cualquier modificación posterior.

Las pólizas de seguros deberán contratarse en compañías aseguradoras legalmente habilitadas en la

República Argentina y a satisfacción de AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. Las pólizas deberán tener una vigencia temporal igual a la duración del contrato, cuando éste no

fuera mayor a un año. En caso de contratos de una duración superior al año, las pólizas podrán ser anuales, debiendo, en tal caso, contener una cláusula de renovación automática.

El día de inicio de los servicios o de la relación contractual, el Prestador deberá presentar a AGUA y

SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. las pólizas y los recibos de pagos en original y copia, indicando si los pagos se realizan en forma total o en cuotas, o en su defecto, certificados de cobertura originales, donde se indique la compañía aseguradora, el riesgo cubierto, vigencia, límites y alcances de la cobertura, como así también las sumas aseguradas. Posteriormente, y siempre antes de presentar el primer certificado o factura, se deberán entregar las pólizas definitivas.

La Supervisión no aprobará los certificados en el supuesto que el Prestador no haya presentado las

pólizas correspondientes. Será obligación de el Prestador notificar a los aseguradores de cualesquiera de los seguros

requeridos, cualquier cuestión o suceso para el cual fuese necesaria dicha denuncia, de acuerdo con las cláusulas de las pólizas correspondientes. El Prestador será responsable por todas las pérdidas,

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reclamos, demandas, actuaciones judiciales y las costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento por su parte de los requerimientos de este Artículo, ya sea como resultado de la anulación de cualquiera de dichos seguros o por cualquier otro motivo.

El régimen de seguros impuesto por AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. al Prestador, no

limita ninguna responsabilidad, contractual o extracontractual, u obligación de éste hacia terceros o hacia AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. En consecuencia el Prestador se hará cargo de cualquier franquicia o descubierto obligatorio que sus seguros contengan, así como de cualquier suma exigible en exceso de las sumas aseguradas mínimas solicitadas para cada riesgo, o por cualquier riesgo no cubierto por las pólizas solicitadas.

En todos los supuestos, AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. no será responsable por suma

alguna que el Prestador se viera obligado a pagar a terceros con motivo de su responsabilidad o por incumplimiento del régimen de seguros.

Las pólizas deberán contener las siguientes cláusulas:

a) No podrán ser modificadas o anuladas sin autorización de AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A.

b) La compañía aseguradora deberá comprometerse a notificar a AGUA y SANEAMIENTOS

ARGENTINOS S.A. cualquier omisión de pago y otro hecho de cualquier naturaleza en que incurriere el asegurado principal y que resulte causal de suspensión de cobertura, caducidad de derechos, rescisión del contrato o pérdida de vigencia de la póliza en forma total o parcial, con una antelación mínima de quince (15) días respecto de la fecha en que dicha omisión pudiere determinar las consecuencias apuntadas.

Mientras no se cumpla lo indicado precedentemente, no se producirá la suspensión de cobertura, caducidad, rescisión o pérdida de vigencia de la póliza, en forma total o parcial, hasta tanto transcurra el plazo fijado a partir de la fecha de la notificación a AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A.

AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. se reserva el derecho de recabar información ante las compañías aseguradoras, respecto de las condiciones de contratación de los seguros, así como las vigencias y estados de deuda.

El régimen de seguros detallado implica la contratación de seguros por expresa disposición de AGUA

y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. y aquellos que son de cumplimiento obligatorio por leyes o decretos. En caso que durante la vigencia del Contrato se establezca la obligatoriedad de contratación de algún otro seguro, o modificación de los convenios colectivos de trabajo y otros no indicados a la fecha de formalización del contrato, el Prestador deberá considerar incorporado ese requisito legal al régimen de seguros de AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., regularizando su situación dentro de los 30 (treinta) días de exigibilidad legal que originó el nuevo seguro o la modificación.

Si el Prestador dejase de contratar a su costo y mantener en vigencia los seguros previstos, o

cualquier otra cobertura que le pudiere ser exigida, AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. podrá en tales casos contratar y mantener en vigencia dichos seguros, pagar los premios necesarios para estos fines, deduciendo oportunamente los montos abonados de las sumas devengadas o a devengar a favor de el Prestador, o bien recuperar los mismos como deuda del mismo. También

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ANEXO 13

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podrá AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. ejecutar la rescisión del Contrato por causa de este incumplimiento.

No se admitirá en ningún caso el autoseguro. 33.2 Pólizas a Contratar El Prestador deberá cumplir como mínimo con los diversos tipos de seguros que se detallan a

continuación: a) De RESPONSABILIDAD CIVIL, (en forma conjunta) a nombre del Prestador y/o Subcontratistas

y/o AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., de manera tal que la indemnización resultante sea la misma que si se tratase de pólizas por separado, por cualquier daño, pérdida o lesión que pudiera sobrevenir a cualquier bien, o cualquier otra persona, en la ejecución o a causa de la ejecución de las obras o en el cumplimiento del contrato.

Las pólizas deberán indicar claramente que AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. será

considerada como tercero en aquellos casos en los que el Prestador ocasionara daños a bienes o al personal de la empresa.

El seguro podrá ser contratado en forma anual, o por cada obra específicamente debiendo la

suma asegurada ser: 1) equivalente al 20 % del monto del contrato sin I.V.A. con un mínimo de $ 100.000 en

el caso de servicios a realizarse dentro de instalaciones y/o predios dependientes de AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A.

2) equivalente al 20 % del monto del contrato sin I.V.A. con un mínimo de $ 500.000 en

el caso de servicios a realizarse en la vía pública. b) De AUTOMOTORES: Para los automóviles que utilice este seguro debe cubrir la Responsabilidad

Civil Ilimitada hacia terceras personas transportadas y no transportadas y daños a bienes de terceros, incluyendo la responsabilidad por la carga transportada.

c) DE ACCIDENTES DE TRABAJO - LEY 24557

El Prestador, previo a la iniciación de los servicios, deberá presentar la póliza y/o el comprobante de afiliación correspondiente en alguna de las ART/Cías de Seguro, aceptadas por AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. a su entera satisfacción, o autorización correspondiente para operar como Cía. autoasegurada; como así también los comprobantes que certifiquen el pago de dicha póliza, caso contrario AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. no aprobará certificado alguno hasta tanto le diere cumplimiento. Por otra parte adjunto a cada Factura, el Prestador deberá presentar copias certificadas, o en su defecto copias con exhibición de los originales, de los comprobantes de depósitos de los premios correspondientes al mes en curso y el listado de personal amparado.

Asimismo deberán incorporar a la póliza, la siguiente cláusula adicional:

“... ART renuncia en forma expresa a iniciar toda acción de repetición o de regreso contra AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., sus funcionarios, empleados y obreros, bien sea con fundamento en el art. 39.5 de la Ley 24.557 o cualquier otra norma jurídica, con motivo de

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las prestaciones en especie o dineraria que se vea obligada a otorgar o abonar al personal dependiente o ex dependiente de (empresa Prestador) alcanzados por la cobertura de la presente póliza, por accidentes en ocasión del trabajo o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo.

“... ART se compromete a notificar fehacientemente a AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., toda omisión de pago y/u otro hecho de cualquier naturaleza en que incurriere el Asegurado principal y que causare: suspensión de cobertura, caducidad de derechos, rescisión o pérdida de vigencia, total o parcial, de la póliza, con una anticipación mínima de 15 días corridos, respecto de la fecha en que pudieren verificarse tales circunstancias.”

d) De ACCIDENTES PERSONALES: “El Prestador”, por el personal que contrate sin relación de dependencia, previo a la iniciación de los servicios deberá presentar, para cada uno de ellos, póliza a Accidentes Personales, con cobertura completa, por un monto de $180.000,00

34 Accidentes. De producirse accidentes en el lugar de prestación de los servicios, el Prestador deberá adoptar los

siguientes recaudos: 34.1 Tratándose de Accidentes de Trabajo, comunicarlo en forma inmediata a la Supervisión y dentro de

las 12 (doce) horas de ocurrido el accidente una relación circunstanciada de los hechos, los datos personales del accidentado y las posibles lesiones sufridas.

Dentro de los 7 (siete) días de ocurrido el accidente, el Contratista presentará a la Supervisión, 2

(dos) copias de la denuncia respectiva enviada a la compañía aseguradora, así como copia de la denuncia policial en caso de corresponder.

34.2 Todo otro accidente ocurrido, será comunicado a la Supervisión en un parte mensual que incluya

los acaecidos en tal período, acompañando 2 (dos) copias de las respectivas denuncias enviadas a la compañía aseguradora y a la autoridad policial de corresponder.

35 Cumplimiento de Leyes y Normas Reglamentarias. 35.1 Cumplimiento El Contratista ejecutará los servicios de acuerdo con las leyes, reglamentos, ordenanzas, y normas,

de cualquier autoridad nacional, provincial, municipal, Colegio Profesional, o Caja Previsional, relacionadas con la ejecución de los servicios, así como las normas de Higiene y Seguridad Internas de AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. y normas técnicas establecidas en las Especificaciones Técnicas del presente pliego, debiendo tramitar y obtener todos los permisos que dichas autoridades requieran, debiendo presentar todos los planos y documentos que se le requieran, firmados por los profesionales que en cada caso corresponda.

Es responsabilidad del Prestador verificar que los documentos del contrato estén de acuerdo a

dichas disposiciones y de notificar por escrito cualquier contradicción que exista entre ellos. Si el Prestador obra con conocimiento de tales contradicciones y sin notificarlas, asumirá total responsabilidad por las consecuencias que surjan.

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El Prestador mantendrá indemne a AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. contra toda clase de multas y responsabilidades por infracción de cualquiera de dichas disposiciones. No obstante, AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. será responsable de la obtención de cualquier permiso de planeamiento o zonificación urbana o similar, exigido para proseguir los servicios.

Asimismo, el Prestador deberá dar estricto cumplimiento a las reglamentaciones vigentes relativas

al ejercicio profesional de la ingeniería y/o de cualquier otra profesión que por la ejecución del contrato corresponda aplicar, nombrando los responsables técnicos que dichas reglamentaciones prevean, estando a su cargo y costo el pago de todos los aranceles, matriculaciones, aportes, etc., que por el ejercicio profesional y/o la firma profesional de permisos, planos o cualquier otra documentación, exijan las autoridades nacionales, provinciales, municipales, los Colegios Profesionales y las Cajas Previsionales respectivas. Los convenios que se suscriban con estos profesionales deberán ser visados por el Colegio Profesional y/o Caja Previsional que corresponda, estando a cargo y costo del Prestador el pago de los aranceles y/o aportes exigidos.

35.2 Disposiciones Municipales El Prestador deberá dar estricto cumplimiento a las reglamentaciones municipales vigentes respecto

a trabajos en la vía pública, al cierre total o parcial de calles o cruces de calles, a la señalización, vallado y balizamiento de obras, a la ocupación y/o uso y/o conservación y/o apertura de la vía pública, a la construcción y/o reparación de pavimentos y veredas, al encajamiento y/o retiro de tierra y/o materiales, a cruces de vías férreas o rutas nacionales o provinciales, a las normas sobre preservación del medio ambiente y de seguridad e higiene, etc., abonando los derechos y/o tasas y/o aranceles y/o garantías que correspondan por dichos conceptos.

Cuando se deba interrumpir el tránsito en las arterias que afectan obras, se deberá señalizar con

toda claridad los desvíos para canalizar el recorrido vehicular con señales diurnas y nocturnas. A los fines anteriormente indicados se deberán efectuar las averiguaciones del caso, dado que

posteriormente no se reconocerá adicional alguno por este motivo. El Prestador no tendrá derechos a reclamos ni indemnización alguna por parte de AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., en concepto de daños y perjuicios producidos por el tránsito público en el área de trabajo, siendo aquel el único responsable de los accidentes que resulten atribuibles al estado del desvío o deficiencias, sustracción o roturas de señalamiento o de medidas de protección. El Prestador deberá realizar inspecciones diarias durante la duración de los trabajos para verificar el buen estado de las protecciones y señalizaciones. La señalización y colocación de luces de peligro y utilización de vallas con bandas reflectivas, alcanzará a todo el sitio de trabajo y/o instalaciones conexas cualquiera sea su ubicación, así como también a complementos, equipos y/o maquinarias transitoriamente depositados en las inmediaciones y en la vía pública. En las zonas de trabajo, el Prestador deberá impedir que el público pueda transitar por tramos de calzada o vereda que presenten cortes, obstáculos peligrosos, o etapas constructivas no terminadas, que puedan ser motivo de accidentes. Para ello proveerá pasarelas provisorias de barandas que mantendrá en perfectas condiciones durante su uso. Todos los pozos deberán protegerse horizontalmente con rejillas en toda su extensión dentro del propio vallado para prevenir caídas; los zanjados en calzadas deberán contar con tantas señalizaciones luminosas como sentidos de circulación vehicular haya en el lugar y los pozos

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deberán ser vallados en su totalidad desde el inicio de la obra hasta la habilitación al tránsito y los cajones deberán ser colocados dentro del perímetro vallado. El Prestador colocará y mantendrá durante todos los trabajos los documentos municipales requeridos tales como: carteles, permisos, ordenamientos de tránsito, etc. La magnitud de los cortes de tránsito no superará a lo aprobado por el Municipio correspondiente, e indicado en el ordenamiento de tránsito correspondiente. AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., descontará preventivamente de los certificados, por cada acta de infracción que se labre con motivo de los trabajos, un importe de $ 500, valor promedio estimado de la multa posible a ser aplicada. Será obligación del Prestador presentarse ante la autoridad que hubiere labrado la actuación correspondiente al acta, a fin de efectuar los descargos que considere pertinentes. Una vez conocida y firme la resolución o fallo definitivo de cada actuación, AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., procederá a la devolución al Prestador del excedente sobre los $ 500,00 si se hubiere aplicado una multa inferior, o al descuento sobre cualquier certificado pendiente de pago, o fondo de reparo, o cualquier importe que por cualquier otro concepto se le debiera al mismo, cuando la multa fuere superior. Si no se hubiere aplicado multa alguna y con debida acreditación de ello, devolverá el importe retenido preventivamente.

36 Deber del Prestador de actuar durante emergencias. En casos de emergencias con motivo y en ocasión de los trabajos, que amenacen o que puedan causar daños a personas o daños a propiedades de AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. o de terceros, el Prestador tiene el deber de actuar inmediatamente en salvaguarda de tales daños.

37 Notificación de substancias peligrosas. Si el Prestador encontrase en el sitio de la ejecución del servicio alguna materia o substancia que sospeche que resultará peligrosa para la salubridad de personas, debe de cesar el trabajo en el área afectada, acordonar la misma y notificar inmediatamente a la Supervisión. Si las substancias resultaran ser peligrosas, el traslado y disposición final de ellas será realizado con cargo de AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A..

38 Trabajos a Ejecutar en Vía Pública o en Terrenos bajo Otras Jurisdicciones. El Prestador deberá reducir al mínimo los inconvenientes a causar a la población, cumpliendo con las normas y ordenanzas vigentes, así como con convenios que tenga firmados AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. con autoridades comunales, provinciales o nacionales Todas las sanciones, multas o indemnizaciones que pudieren corresponder por la ejecución deficiente o antirreglamentaria de tales trabajos serán soportados por el Prestador.

CAPÍTULO VII PLAZOS

39 Orden de Inicio de los servicios. Una vez formalizada la firma del Contrato el Prestador deberá presentar:

Dentro de los 5 días corridos de esa fecha:

39.1 las pólizas de seguros y recibos de pago requeridas en el Pliego.

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39.2 un listado bajo declaración jurada, del personal a ser afectado al servicio, con indicación del número de C.U.I.L., y antigüedad en la empresa.

39.3 constancia de la cobertura prevista por la Ley de Riesgos de Trabajo. Y de corresponder dentro de los 10 días corridos de esa fecha:

39.4 el programa detallado para el Control Ambiental y sus medidas de mitigación, conforme los

Procedimientos para la Protección y Control Ambiental. 39.5 el programa específico para la mitigación de los efectos ambientales, cuando exista Estudio de

Impacto Ambiental para la obra. 39.6 el programa de prevención de accidentes y enfermedades profesionales de acuerdo a los riesgos

previstos en cada etapa de obra; el programa de capacitación al personal en materia de Higiene y Seguridad, y; el organigrama del Servicio de Higiene y Seguridad y Medicina del Trabajo; todo ello de conformidad con la Ley N° 19587, Decreto Reglamentario N° 911/96 y Resoluciones de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo Nos 231/96, 51/97 y 35/98, o de cualquier otra norma legal o reglamentaria que se dicte en el futuro.

39.7 Deberán presentar , para su aprobación en el Dpto. de Higiene y Seguridad de AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., la siguiente documentación, de acuerdo a la Ley 19.587 (Nacional de Higiene y Seguridad) y su Decreto reglamentario 351/79 :

• Constancia de poseer un Servicio de Higiene y Seguridad y Medicina del Trabajo, los

cuales podrán ser internos o externos y con carga horaria profesional de acuerdo a lo establecido en el Decreto 1338. Firmada por el Director de la Empresa y los Profesionales de Higiene y Seguridad y Medicina del Trabajo a Cargo de tales Servicios.

• Se indicará Responsable del Servicio de Higiene y Seguridad y su Matricula habilitante, indicando el cumplimiento de las horas – profesionales mensuales en función del número de trabajadores equivalentes y de los riesgos de la actividad, definida según obligación de cumplimiento de los distintos Capítulos del Anexo I del Decreto 351/79.

• Aseguradora de Riesgos del trabajo que cubra al personal. • Nomina del personal comprendido. • Entregará el análisis de riesgos de los trabajos que deba realizar y las medidas tendientes

a neutralizar los mismos. Estará firmado por el representante de la Empresa y el Responsable de Higiene y Seguridad.

• Constancias de entrega de ropa de trabajo y elementos de protección personal acordes a los riesgos de las tareas a desarrollar.

• Constancias de capacitación en temas acordes a las tareas a desarrollar, firmadas por el personal y el Profesional de Higiene y Seguridad.

• Constancias de entrega de Normas de Seguridad relacionadas a los trabajos que se ejecutarán, firmadas por el personal y el profesional de Higiene y Seguridad.

Una vez cumplidos los requisitos indicados en 39.1 al 39.7, AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., dará la Orden de Inicio, fijando la fecha de manera fehaciente.

40 Inicio de los servicios. Los servicios deberán comenzar en la fecha que se establezca en el Pliego de Condiciones Particulares u Orden de Compra, y una vez cumplimentados todos los requisitos establecidos en el Art. 39

41 Prórroga del Plazo de Terminación. El Prestador podrá solicitar que se le consideren prórrogas de plazos por razones de fuerza mayor o imprevisibles. A tal fin, será condición indispensable para su consideración que presente el pedido con todos los elementos justificativos del evento y sus consecuencias, dentro de las 72 (setenta y dos) horas de

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acaecidos los hechos, sin perjuicio de las que AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. pueda disponer de oficio. En ningún caso las prórrogas de plazos darán derecho alguno al Prestador, a reclamar mayores costos, o cualquier otro concepto.

CAPÍTULO VIII CERTIFICACIONES Y PAGOS

42 Certificaciones Mensuales. A efectos de certificar los servicios ejecutados, la medición o justificación de avance de los servicios realizados se efectuará el último día hábil de cada mes. Al efectuarse las mediciones, se dejará constancia de las mismas en un acta firmada por el Representante del Prestador y por la Supervisión. El Prestador, en función de la medición, los cómputos efectuados y los precios contractuales, elaborará por triplicado el correspondiente certificado, acompañado de la documentación que en cada caso corresponda, todo lo cual será presentado, ante la Supervisión, dentro de los 5 (cinco) días de efectuada la medición.

En forma conjunta con el certificado y como requisito para su recepción, deberá presentar:

42.1 Bajo declaración jurada de veracidad, un listado del personal que haya trabajado durante el período de tiempo correspondiente al certificado de obra anterior y que contendrá:

a) nombre y apellido. b) número de C.U.I.L. c) remuneración abonada d) total de las remuneraciones y retenciones del personal e) total discriminado de los aportes al sistema de seguridad social 42.2 Respecto al mismo personal y por el período indicado en el Artículo 42.1: a) constancia de pago de las remuneraciones (fotocopia del recibo de sueldo firmada por el beneficiario); b) copia firmada de los comprobantes de pago mensuales al sistema de seguridad social; c) copia del recibo de pago de los seguros requeridos en este pliego (accidentes de trabajo,

responsabilidad civil, automotores y de todo riesgo, construcción y montaje); d) constancia emitida por la aseguradora del personal amparado por el seguro de accidentes de

trabajo durante el período; e) constancia bancaria de que El Prestador y, en su caso el sub-Contratista autorizado, es titular de

una cuenta corriente

43 Aprobación de los Certificados. Dentro de los 7 (siete) días siguientes a la recepción del certificado y del total de la documentación indicada en el artículo anterior, la Supervisión revisará la documentación presentada y, de no existir observaciones y no habiéndose detectado incumplimiento a las obligaciones del Prestador previstas en los Artículos 31 y 33 de este Pliego, conformará dicho certificado y lo elevará para su aprobación. En caso que la certificación no se ajustase a la medición y cómputos efectuados, o contuviere fallas de presentación, o se detectaren incumplimientos a las obligaciones antes indicadas, será devuelta, indicándose claramente las razones de ello y para que el Prestador proceda a su corrección o cumplimiento. Una vez que el Prestador presente nuevamente el certificado, se reiniciará el procedimiento indicado en esta Cláusula y contándose los plazos para su aprobación y pago a partir de la fecha de esta nueva presentación.

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44 Facturación de los trabajos efectuados Con las cifras contenidas en el Certificado Aprobado por AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., el Prestador emitirá la factura y, si corresponde, la nota de crédito por las penalidades por trabajos realizados ese mes, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 5 y 6 de las Condiciones Generales de la Orden de Compra. Para el cálculo de los montos que se incluirán en la Nota de Crédito que descontará AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., se considerarán los casos correspondientes al mes informados por AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. al Prestador hasta 24 horas hábiles antes de la fecha de comunicación de la aprobación del certificado. La Nota de Crédito deberá emitirse libre de impuestos. La factura no será recepcionada si no se presenta acompañada por la copia del certificado aprobado y por la nota de crédito por aplicación de penalidades, si corresponde.

45 Requisitos para los pagos Durante el régimen transitorio instituido por el decreto del P.E.N. Nº 377/97, el pago de las facturas será efectuado por AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. mediante la emisión de cheque de pago diferido con vencimiento a los 60 (sesenta) días a partir de la fecha de presentación la factura en forma, siempre y cuando que entre dicha fecha y la de pago no se hubiere detectado algún incumplimiento de las obligaciones del Prestador, en cuyo caso se suspenderá dicho pago y cualquier otro pendiente o futuro, hasta que el Prestador acredite fehacientemente su cumplimiento. Atento la modalidad de pago instituido (cheque de pago diferido), en ningún caso el Prestador deberá enviar a AySA facturas de crédito conforme a las disposiciones del Capítulo XV del Título X del Libro II del Código de Comercio (Ley 24.760) y sus decretos complementario y reglamentario. Asimismo, cuando AySA fuera demandada o codemandada por terceros damnificados con motivo o en ocasión del contrato y cuando el total de montos reclamados judicialmente supere el monto mínimo asegurado por Cobertura de Responsabilidad Civil, AySA podrá retener de los certificados a pagar el 70% de la diferencia entre la referida suma mínima asegurada y el referido total de los reclamos judiciales. Esta retención será practicada hasta tanto finalicen los juicios y sean abonados por el prestador y/o su compañía de seguros, el total de las condenas impuestas y sus cosas.

46 Deducciones AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. podrá deducir de los certificados las sumas que por cualquier motivo le adeude el Prestador con relación al Contrato, cualquiera sea su concepto, incluso los importes correspondientes a multas que se le hubieran aplicado, reclamos o condenas judiciales que hubiera soportado, así como pagos reclamados por proveedores del Prestador. Asimismo AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. podrá compensar y deducir de los certificados, importes que por cualquier concepto le adeude el Prestador con motivo o en ocasión de otros contratos entre las partes.

47 Fondo de responsabilidad Del importe de cada certificado se deducirá el 5 % (cinco por ciento) en efectivo para constituir un Fondo de Responsabilidad que afianzará cualquiera de las obligaciones previstas en la Orden de Compra, fondo que se devolverá dentro de los 12 meses de finalizada la Orden de Compra. Esta devolución se hará efectiva una vez satisfecha o deducida cualquier deuda, multa impaga o indemnización a cargo de la empresa Prestadora del Servicio, así como de cualquier importe que adeude a Agua y Saneamientos Argentinos S.A. con motivo o en ocasión de otros contratos entre las partes.

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En el supuesto de acciones judiciales pendientes en que Agua y Saneamientos Argentinos S.A. fuera demandada o co-demandada con motivo o en ocasión de la Orden de Compra, o de cualquier otra relación contractual con la empresa Prestadora del Servicio, el Fondo de Responsabilidad se retendrá hasta tanto finalicen los juicios y se abonen por la empresa Prestadora del Servicio el total de las condenas impuestas y sus costas, o se deduzcan del Fondo las que hubiera tenido que afrontar Agua y Saneamientos Argentinos S.A.

48 Auditoria y Acceso a Constancias. El Prestador llevará los libros, registros, documentos y demás constancias directamente relacionadas con el cumplimiento de los servicios realizados en virtud del presente Contrato, de acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados y prácticas aplicadas con criterio uniforme. AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. tendrán acceso en todo momento, en horario hábil normal, a dichos libros, registros, documentos y demás constancias a los efectos de realizar exámenes, auditorias y copias. El Prestador proporcionará instalaciones adecuadas para dicho acceso y exámenes. Las constancias previstas en este artículo deberán conservarse y ponerse a disposición de AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. durante la vigencia del presente Contrato y hasta la terminación de toda disputa, reclamo o juicio originado con motivo del mismo. El derecho de acceso previsto en el presente artículo rige para todos los registros contables relacionados con el presente contrato y con toda modificación efectuada al mismo.

CAPÍTULO IX SANCIONES Y RESCISIÓN DEL CONTRATO

49 Agrupamiento de Empresas Desde el momento de la presentación de las ofertas y de resultar adjudicatarios durante la vigencia del contrato, los agrupamientos de empresas, Uniones Transitorias de Empresas, o cualquier otro tipo de asociación de empresas, no podrán modificar en forma alguna su constitución sin la expresa autorización de AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. Su incumplimiento será causa de rescisión del Contrato.

50 Multas por Incumplimientos de obligaciones del Prestador Serán de aplicación las establecidas en las Condiciones Generales de la Orden de Compra.

51 Modificación de Sanciones. En el Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas se podrá establecer un régimen de multas diferentes, en cuyo caso se aplicarán aquellas.

52 Rescisión del Contrato El Contrato quedará rescindido de pleno derecho por culpa del Prestador, con pérdida de las garantías constituidas y sin necesidad de intimación previa alguna, en los casos expresamente previstos en el Contrato, o cuando aquél:

52.1 se presente en concurso de acreedores, sea declarada su quiebra, o por cualquier motivo se

disponga su liquidación o disolución. 52.2 manifieste su insolvencia al no atender sus deudas a su vencimiento. 52.3 llegue a un acuerdo privado con sus acreedores o realice una cesión en favor de los mismos, o

acuerde cumplir sus obligaciones bajo la Supervisión de un comité de acreedores, o se le nombre un administrador síndico o liquidador de alguna parte de sus bienes.

52.4 se le inicie algún procedimiento legal para la reorganización, arreglo o reajuste de sus deudas. 52.5 se le adopte cualquier medida para establecer una garantía sobre sus activos.

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52.6 se realice algún acto u ocurra algún hecho, en relación al Prestador o sus activos, que legalmente tenga un efecto similar a alguno de los actos o acontecimientos señalados anteriormente.

52.7 reciba una orden de ejecución de alguno o todos sus bienes. 52.8 haya infligido los Artículos Cesiones de las CGOC y 30 de este Pliego. 52.9 haya incumplido alguna de las obligaciones previstas en el Artículo 20 de este Pliego. 52.10 haya incumplido alguna de las obligaciones previstas en los Artículos 31 y/o 33 de este Pliego. 52.11 no diere comienzo a los servicios en el término estipulado. 52.12 abandonare los servicios luego de comenzados. 52.13 no abonare en término las multas que se le impusieren. 52.14 se haya negado de manera persistente o flagrante a cumplir sus obligaciones contractuales, a

pesar de las advertencias y/o intimaciones que le formule y/o multas que le aplique AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. y/o la Supervisión.

En cualquiera de estos casos, AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., o el Prestador que AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. contrate, podrá utilizar la maquinaria y materiales del Prestador en los trabajos, en la medida que estime conveniente para la terminación de las mismas y siempre que las normas legales aplicables al caso así lo permitan.

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ANEXO 13

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(Anexo I) FORMULARIO DE LA OFERTA: _____________________________________________________________________________________________ SEÑORES EMPRESA AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A.

El) Los) Señor(es) ____________________________________________________________________

en representación de ______________________________________________________________________

con domicilio en ___________________________________________________________________________

quien/es se presenta/n y asume/n el total de las obligaciones en forma mancomunada y solidaria, y: DESPUES de estudiar cuidadosamente los documentos del concurso y luego de recoger en el sitio en el que se ejecutará los servicios las informaciones relativas a las condiciones locales que puedan influir sobre los mismos o sobre la determinación de los precios; y no quedando duda acerca de la interpretación de los documentos del concurso y sus condiciones; PROPONE/N ejecutar los servicios que en ellos se especifican, y proveer los elementos de labor que se requieran para efectuar los trabajos, de acuerdo con el verdadero objeto y significado de la documentación y con la finalidad que deberán cumplir los mismos, por los precios unitarios, indicados en las planillas que se acompañan debidamente firmadas, y cumplir con toda la legislación laboral, previsional, de protección al medio ambiente y de higiene y seguridad vigente o que se dicte en el futuro, en los términos y condiciones fijados en los Pliegos de Condiciones que integran el concurso.

Buenos Aires, _______ de ______________ del 200__

Firma: Aclaración: Teléfono: Fax:

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ANEXO 13

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PÁGINA: 1 / 2

(Anexo II)

Inhabilidades para contratar con AySA:

No podrán ser oferentes o contratistas de AySA las personas físicas o jurídicas que encuadren en una o más

de las siguientes situaciones o circunstancias:

a) Hayan registrado incumplimientos anteriores, se encuentren en mora o proceso de rescisión de contratos u

órdenes de compra por su culpa o hayan sido suspendidos o dados de baja en el registro de AySA.

b) Sean deudores fiscales de la Nación, o previsionales de la Nación, o de la Pcia. de Buenos Aires o del

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, o de los servicios de AySA.

c) Se encuentran inhibidos, en estado de cesación de pagos, con pedido de quiebra en trámite, quiebra

decretada o en concurso preventivo de acreedores en trámite.

d) No hubieren asumido su responsabilidad frente a reclamos judiciales o extrajudiciales en los que AySA

hubiera sido condenada o requerida con motivos o en ocasión de cualquier obligación contractual

mantenida con ella.

e) Se encontraren en juicio o arbitraje como demandante frente a AySA o existiere sentencia o laudo

definitivo rechazado parcial o totalmente la acción.

f) Sean demandantes del Estado Nacional ante tribunales u organismos nacionales o internacionales, o

integrar el grupo económico que se encuentre en esta situación.

g) Se encuentren las personas físicas o jurídicas, inhabilitadas civil, comercial o penalmente.

h) Se encuentren las personas físicas o jurídicas alcanzados por una condena penal vigente, pasada en

autoridad de Cosa Juzgada.

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AySA S O C I E D A D A N Ó N I M A

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES

PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS

ANEXO 13

VERSIÓN: DIRECTORIO (27/09/2007) FECHA VIGENCIA: 01/10/2007

PÁGINA: 2 / 2

(Anexo II)

DECLARACIÓN JURADA - Art. 13.17

A LA EMPRESA AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A.

El/Los Señores(es)__________________________________________________________________

En representación de _________________________________________________________________

con domicilio en _____________________________________________________________________

DECLARAN BAJO JURAMENTO que la empresa que representan y sus directores no se encuentran alcanzados y/o encuadrados en o por ninguna de las inhabilidades para contratar con AySA detalladas en el Anexo II del PLIEGO BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA CONCURSO DE PRECIOS PARA CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE SERVICIOS

Lugar y Fecha:

Empresa:

Firma:

Aclaración:

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ANEXO III COMPRE TRABAJO ARGENTINO Ley 25.551 Régimen de compras del Estado Nacional y concesionarios de Servicios Públicos. Alcances. Sancionada: Noviembre 28 de 2001. Promulgada de Hecho: Diciembre 27 de 2001. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: REGIMEN DE COMPRAS DEL ESTADO NACIONAL Y CONCESIONARIOS DE SERVICIOS PUBLICOS "Compre Trabajo Argentino" ARTICULO 1° — La administración pública nacional, sus dependencias, reparticiones y entidades autárquicas y descentralizadas, las empresas del Estado y las sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarias y permisionarias de obras y de servicios públicos, en la contratación de provisiones y obras y servicios públicos y los respectivos subcontratantes directos otorgarán preferencia a la adquisición o locación de bienes de origen nacional, en los términos de lo dispuesto por esta ley. ARTICULO 2° — Se entiende que un bien es de origen nacional, cuando ha sido producido o extraído en la Nación Argentina, siempre que el costo de las materias primas, insumos o materiales importados nacionalizados no supere el cuarenta por ciento (40%) de su valor bruto de producción. ARTICULO 3° — Se otorgará la preferencia establecida en el artículo 1° a las ofertas de bienes de origen nacional cuando en las mismas para idénticas o similares prestaciones, en condiciones de pago contado, su precio sea igual o inferior al de los bienes ofrecidos que no sean de origen nacional, incrementados en un siete por ciento (7%), cuando dichas ofertas sean realizadas para sociedades calificadas como pymes, y del cinco por ciento (5%) para las realizadas por otras empresas. Cuando se trate de adquisiciones de insumos, materiales, materias primas o bienes de capital que se utilicen en la producción de bienes o en la prestación de servicios, que se vendan o presten en mercados desregulados en competencia con empresas no obligadas por el presente régimen, se otorgará la preferencia establecida en el artículo 1° a los bienes de origen nacional, cuando en ofertas similares, para idénticas prestaciones, en condiciones de pago contado sin gastos o cargas financieras, su precio sea igual o inferior al de los bienes ofrecidos que no sean de origen nacional. La preferencia establecida en el segundo párrafo de este artículo se aplicará a los bienes que se incorporen a las obras, se utilicen para su construcción o para la prestación de tales servicios públicos. En todos los casos, a los efectos de la comparación, el precio de los bienes de origen no nacional deberá contener, entre otros, los derechos de importación vigentes y todos los impuestos y gastos que le demande su nacionalización a un importador particular no privilegiado, de acuerdo a como lo fije la reglamentación correspondiente. ARTICULO 4° — Cuando se adquieran bienes que no sean de origen nacional en competencia con bienes de origen nacional, los primeros deberán haber sido nacionalizados o garantizar el oferente su nacionalización. Se entregarán en el mismo lugar que corresponda a los bienes de origen nacional y su pago se hará en moneda local, en las mismas condiciones que correspondan a los bienes de origen nacional y deberán cumplir todas las normas exigidas del mercado nacional. La Secretaría de Industria y Comercio entregará dentro de las 96 horas de solicitado, un certificado donde se verifique el valor de los bienes no nacionales a adquirir. ARTICULO 5° — Los sujetos contratantes deberán anunciar sus concursos de precios o licitaciones en el Boletín Oficial de la forma en que lo determine la reglamentación, sin perjuicio de cumplir otras normas vigentes en la materia, de modo de facilitar a todos los posibles oferentes el acceso oportuno a la información que permita su participación en las mismas. Los pliegos de condiciones generales, particulares y técnicas de la requisitoria no podrán tener un valor para su adquisición superior al cinco por mil (5‰) del valor del presupuesto de dicha adquisición. ARTICULO 6° — Los proyectos para cuya materialización sea necesario realizar cualquiera de las contrataciones a que se alude en la presente ley, se elaborarán adoptando las alternativas técnicamente viables que permitan respetar la preferencia establecida a favor de los bienes de origen nacional. Se considera alternativa viable aquella que cumpla la función deseada en un nivel tecnológico adecuado y en condiciones satisfactorias en cuanto a su prestación. ARTICULO 7° — Las operaciones financiadas por agencias gubernamentales de otros países y organismos internacionales, que estén condicionadas a la reducción del margen de protección o de preferencia para la industria nacional, por debajo de lo que establece el correspondiente derecho de importación o el presente régimen, se orientarán al cumplimiento de los siguientes requisitos:

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a) El proyecto deberá fraccionarse con la finalidad de aplicar el préstamo gestionado para cubrir exclusivamente la adquisición de aquella parte de bienes que no se producen en el país; b) En ningún caso se aplicarán las condiciones del acuerdo de financiación a las compras no cubiertas por el monto de la misma. En el caso de haber contradicción entre las previsiones expuestas en los incisos a) y b) y las que surgieren de los convenios de financiación, prevalecerán estas últimas. Cuando la oferta de bienes de origen no nacional se acompañe por algún tipo de plan de pagos o financiamiento, los oferentes de bienes de origen nacional podrán recurrir al BICE a fin de obtener el financiamiento necesario para equiparar las condiciones financieras ofrecidas. ARTICULO 8° — Quienes aleguen un derecho subjetivo, un interés legítimo, o un interés difuso o un derecho colectivo, podrán recurrir contra los actos que reputen violatorios de lo establecido en la presente ley, dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde que tomaron o hubiesen podido tomar conocimiento del acto presuntamente lesivo. Cuando el agravio del recurrente consista en la restricción a su participación en las tratativas precontractuales o de selección del proveedor o contratista deberá reiterar o realizar una oferta en firme de venta o locación para la contratación de que se trate, juntamente con el recurso, aportando la correspondiente garantía de oferta. El recurso se presentará ante el mismo comitente que formuló la requisitoria de contratación, el que podrá hacer lugar a lo peticionado o, en su defecto, deberá remitirlo juntamente con todas las actuaciones correspondientes dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde su interposición, cualquiera fuere su jerarquía dentro de la administración pública o su naturaleza jurídica a la Secretaría de Industria, Comercio y Minería que será el órgano competente para su sustanciación y resolución y que deberá expedirse dentro de los treinta (30) días corridos, contados desde su recepción. La resolución del Secretario de Industria, Comercio y Minería establecerá el rechazo del recurso interpuesto o, en su caso, la anulación del procedimiento o de la contratación de que se trate y agotará la vía administrativa. ARTICULO 9° — El recurso previsto en el artículo anterior tendrá efectos suspensivos respecto de la contratación de que se trate, hasta su resolución por la Secretaría de Industria, Comercio y Minería, únicamente en los siguientes casos: a) Cuando el recurrente constituya una garantía adicional a favor del comitente que formuló la requisitoria de contratación del tres por ciento (3%) del valor de su oferta, en aval bancario o seguro de caución, que perderá en caso de decisión firme y definitiva que desestime su reclamo; b) Cuando se acredite la existencia de una declaración administrativa por la que se haya dispuesto la apertura de la investigación antidumping previstas en el Código Aduanero, o por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, respecto a los bienes que hubieren estado en trámite de adjudicación y/o contratación o haber sido favorecidos por la decisión impugnada. Cuando la Secretaría de Industria y Comercio Exterior hiciere lugar al recurso, quedará sin efecto el trámite, procedimiento o acto recurrido, se devolverá al recurrente la garantía adicional y se remitirán las actuaciones al comitente que elevó las actuaciones al citado organismo. Cuando no se hiciere lugar al recurso, se remitirán las actuaciones al comitente que formuló la requisitoria de contratación para que continúe con el trámite en curso, sin perjuicio de la responsabilidad del recurrente por los daños y perjuicios que le fueren imputables. ARTICULO 10. — Cuando se compruebe que en un contrato celebrado por sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarios o permisionarias de obras y de servicios públicos o sus subcontratantes directos obligados por la presente ley, hayan violado sus disposiciones, el ministerio en cuya jurisdicción actúe la persona contratante deberá disponer que ningún otro contrato, concesión, permiso o licencia, le sea adjudicado por parte de la administración pública nacional, sus dependencias, reparticiones y entidades autárquicas y descentralizadas y las empresas del Estado por un lapso de tres (3) a diez (10) años según la gravedad del caso. El acto administrativo que aplique dicha sanción será comunicado a los registros nacionales y provinciales correspondientes. ARTICULO 11. — La Sindicatura General de la Nación y los entes reguladores serán los encargados del control del cumplimiento de la presente y propondrán las sanciones previstas precedentemente. ARTICULO 12. — La preferencia del 7% establecida en el artículo 3° de la presente ley será aplicable a las contrataciones que realicen los organismos de seguridad en la medida que no se trate de materiales, insumos o bienes de capital estratégicos cuya adquisición deba permanecer en secreto, a juicio del Poder Ejecutivo nacional. ARTICULO 13. — El texto de la presente ley deberá formar parte integrante de los pliegos de condiciones o de los instrumentos de las respectivas compras o contrataciones alcanzadas por sus disposiciones, a los que deberá adjuntarse copia del mismo.

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ARTICULO 14. — Se considerarán incursos en el artículo 249 del Código Penal, si no concurriere otro delito reprimido con una pena mayor, los funcionarios públicos y los administradores y empleados, cualquiera sea su jerarquía y función, de las entidades mencionadas en el artículo 1° sujetas a la presente ley o a las leyes similares que dicten las provincias, en cuanto omitieren o hicieren omitir, rehusaren cumplir, no cumplieran debidamente las normas declaradas obligatorias por la presente ley, su reglamentación o las normas concordantes dictadas en el ámbito provincial. ARTICULO 15. — El que por informes falsos o reticentes, declaraciones incorrectas, documentación fraguada, maquinaciones de toda clase o cualquier otra forma de engaño, obtuviere indebidamente o hiciere obtener a otro, o de cualquier modo, aun sin ánimo de lucro, facilitare a alguien la obtención indebida de los beneficios establecidos en la presente ley o en las normas concordantes que dicten las provincias y/o el Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires incurrirá en la sanción establecida en el artículo 172 del Código Penal. ARTICULO 16. — El Poder Ejecutivo invitará a los gobiernos de las provincias y al Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, a efectos de que adopten las medidas legales apropiadas en sus jurisdicciones, regímenes similares al contenido en esta ley. ARTICULO 17. — Las disposiciones precedentes se aplicarán a las licitaciones y contrataciones cuya tramitación se inicie con posterioridad a la vigencia de la presente ley y, en la medida que sea factible, en aquellas en que por no haber todavía situaciones firmes fuera posible aplicar total o parcialmente aspectos contemplados en el nuevo régimen. ARTICULO 18. — Dése por vencida la suspensión de la aplicación y vigencia del decreto ley 5340/63 y ley 18.875, prevista en el artículo 23 de la ley 23.697, que no se opongan a la presente ley, y de aplicación a las relaciones jurídicas en vigencia con las sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarias y permisionarias de obras y de servicios públicos, y los respectivos subcontratantes directos. ARTICULO 19. — Quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan a la presente. ARTICULO 20. — Las denominaciones "Compre Argentino, Compre Nacional y Contrate Nacional" se han de tener como equivalentes en las normas que así lo mencionen y se asimilarán a la presente. ARTICULO 21. — Serán aplicables al presente las leyes 24.493, de mano de obra nacional y 25.300, de pymes, y sus decretos reglamentarios. ARTICULO 22. — El Poder Ejecutivo nacional reglamentará la presente ley dentro del término de sesenta (60) días de su promulgación. ARTICULO 23. — Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL UNO. — REGISTRADA BAJO EL N° 25.551 — RAFAEL PASCUAL. — MARIO A. LOSADA. — Guillermo Aramburu. — Juan C. Oyarzún.

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COMPRE TRABAJO ARGENTINO Decreto 1600/2002 Apruébase la reglamentación de la Ley Nº 25.551. Bs. As., 28/8/2002 VISTO el Expediente Nº S01:0166388/2002 del Registro del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, y CONSIDERANDO: Que por el Decreto-Ley Nº 5340 de fecha 1º de julio de 1963 y por la Ley Nº 18.875, se establecieron los regímenes de "Compre Argentino" y de "Contrate Nacional", siendo su principal objetivo canalizar el poder de compra del Estado y de los Concesionarios de Servicios Públicos a favor de la Industria Local. Que el artículo 23 de la Ley Nº 23.697 dispuso la suspensión de los regímenes establecidos por el Decreto-Ley Nº 5340/63 y por la Ley Nº 18.875, y facultó al PODER EJECUTIVO NACIONAL a establecer los porcentajes de preferencia aplicables para las contrataciones de obras y servicios nacionales. Que, en ejercicio de estas facultades, el PODER EJECUTIVO NACIONAL dictó el Decreto Nº 1224 de fecha 9 de noviembre de 1989, mediante el cual se reglamentó el artículo 23 de la Ley Nº 23.697 y se estableció un régimen de preferencias a favor de la Industria Local. Que con posterioridad, por los Decretos Nros. 2284 de fecha 31 de octubre de 1991 y 909 de fecha 12 de octubre de 2000, se modificó el Decreto Nº 1224/89. Que en este contexto, con fecha 28 de noviembre de 2001, se sanciona la Ley Nº 25.551, mediante la cual se establece el Régimen de Compras del Estado Nacional y Concesionarios de Servicios Públicos, denominado "Compre Trabajo Argentino", en adelante el "Régimen". Que el objeto de estos regímenes ha sido y es, canalizar el poder de compra estatal a favor de la Industria Local. Que, en términos generales, puede afirmarse que en el contexto internacional la mayoría de los Estados orientan su gasto gubernamental hacia su Industria Local. Que es consecuente con lo señalado en el considerando precedente, la política de compras gubernamentales implementada por los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA plasmada en el Buy American Act, muchas de cuyas prescripciones son ejemplificadoras en esta materia. Que dentro del concepto "compras gubernamentales" o "estatales" quedan comprendidas aquellas realizadas por los sujetos públicos o privados que, por pertenecer al Estado, utilizan recursos públicos, como así también aquellas que efectúan los sujetos de derecho privado que, por la vinculación económica que tienen con el Estado, ejercen indirectamente el poder de compra estatal. Que el artículo 18 de la Ley Nº 25.551, expresamente, establece: "Dése por vencida la suspensión de la aplicación y vigencia del decreto ley 5340/63 y ley 18.875, prevista en el artículo 23 de la ley 23.697, que no se opongan a la presente ley, y de aplicación a las relaciones jurídicas en vigencia con las sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarias y permisionarias de obras y de servicios públicos, y los respectivos subcontratantes directos". Que, en consecuencia, al aplicar la preferencia que la Ley Nº 25.551 establece a favor de la Industria Local corresponde integrar las prescripciones de las normas cuya suspensión ha vencido, conforme lo señalado en el considerando precedente. Que, en tal sentido, debe tomarse en cuenta que la Ley Nº 25.551, al establecer las preferencias que habrán de aplicarse en las adquisiciones y/o locaciones que se realicen, en materia de bienes de origen nacional, y al fijar las pautas para hacer jugar las mismas, introduce innovaciones con relación al Decreto-Ley Nº 5340/63; en tanto que, respecto de los criterios para otorgar preferencias en materia de obras y/o servicios, no se introducen modificaciones con relación a lo estatuido por la Ley Nº 18.875. Que, por tal motivo, en las contrataciones de bienes comprendidas por el "Régimen", por aplicación del artículo 1º del Decreto-Ley Nº 5340/63, rige la obligación de adquirir materiales, mercaderías y productos de origen nacional, siempre que el "precio sea razonable". Que, en atención a las prescripciones que en materia de preferencias a favor de los bienes de origen nacional establece la Ley Nº 25.551, corresponde precisar el alcance del concepto de "precio razonable" al que alude el artículo 1º del Decreto-Ley Nº 5340/63. Que, entre otros aspectos a reglamentar, se destaca lo atinente al "valor bruto de producción", ya que el mismo tiene incidencia fundamental en la definición del bien de origen nacional a favor del cual se establecen las referidas preferencias. Que la Ley Nº 25.551, en su artículo 5º, estableció que los sujetos contratantes deberán anunciar sus concursos de precios o licitaciones en el Boletín Oficial de la forma en que lo determine la reglamentación, por lo cual corresponde reglar el procedimiento para garantizar el acceso oportuno a la información por parte de los posibles oferentes locales, dando así efectivo cumplimiento a lo dispuesto en el mencionado artículo.

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Que una de las formas de garantizar tal acceso oportuno es a través de la publicación y difusión de los Programas de Inversión, Planes y/o Proyectos de Inversión en los cuales se prevean tales contrataciones. Que, a tal efecto, debe tomarse en consideración que el Decreto Nº 436 de fecha 30 de mayo de 2000 y el Decreto Nº 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 —"Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional" —, regulan —entre otros aspectos— el sistema de publicidad y difusión al que deberán ceñirse los procedimientos de contratación de la Administración Central y los organismos descentralizados, comprendiendo, entre estos últimos, a las instituciones de seguridad social. Que, con relación a lo señalado precedentemente, las pautas que en materia de publicidad y difusión establezca la presente reglamentación, sólo serán aplicables a las contrataciones no incluidas en el citado Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria, pero alcanzadas por el "Régimen". Que a fin de evitar que la oferta local quede excluida frente a la adopción de alternativas técnicas u otros condicionamientos de imposible cumplimiento para el mercado local, corresponde regular lo atinente a las condiciones que deben cumplirse en los pliegos de especificaciones técnicas para permitir la utilización de materiales y productos que puedan ser abastecidos por la Industria Local. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete, en virtud de lo dispuesto por la Resolución de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION Nº 7 de fecha 4 de febrero de 2002. Que el presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 99, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1º — Apruébase la reglamentación de la Ley Nº 25.551, que como Anexo I forma parte integrante del presente decreto. Art. 2º — La Autoridad de Aplicación del Régimen de Compre Trabajo Argentino será la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA dependiente del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, la que queda facultada a dictar las normas aclaratorias e interpretativas que sean necesarias para su aplicación, modificar los montos establecidos y fijar las pautas de publicación y difusión determinadas en la Reglamentación del "Régimen de Compre Trabajo Argentino" que, como Anexo I, forma parte integrante del presente decreto. Estas facultades no inciden sobre las facultades que, como órgano rector en materia de contrataciones del Estado Nacional, posee la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC) dependiente de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y, en particular, con relación a las facultades exclusivas que respecto de las contrataciones comprendidas en el Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional instituido por el Decreto Nº 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 y normativa complementaria y/o modificatoria, posee la citada oficina. Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DUHALDE. — Alfredo N. Atanasof. — Roberto Lavagna. ANEXO I REGLAMENTACION DEL "REGIMEN DE COMPRE TRABAJO ARGENTINO" ARTICULO 1º — Reglaméntase el artículo 1º de la Ley Nº 25.551, en los siguientes términos: a) Las preferencias establecidas en el "Régimen", serán aplicables, cuando se cumplan los recaudos instituidos por la Ley Nº 25.551, conforme se describe a continuación: I) En materia de bienes: a favor de las ofertas integradas por bienes de origen nacional, según se los define en el artículo 2º de dicha norma. Para la determinación del origen del bien, no debe tomarse en consideración la calidad de local o no del sujeto que lo produce o extrae, sino el carácter objetivo del bien, esto es que la preferencia que el "Régimen" instituye, alcanza tanto a bienes provistos por empresas de capital interno como de capital externo, en tanto se reúnan los requisitos de fabricación local enunciados por la Ley Nº 25.551. II) En materia de servicios: a favor de las ofertas presentadas por una empresa o consultor local en los términos establecidos por la Ley Nº 18.875. III) En materia de obras: a favor de las ofertas que, en lo referido a la provisión de los materiales de obra, cumplan con el requisito de origen nacional y, en cuanto a los servicios de proyecto, dirección y construcción de obra, cumplan con lo establecido en el apartado precedente. Los supuestos contemplados en los apartados I), II) y III) del presente inciso, configuran, a los efectos de la presente reglamentación, oferta nacional. b) Por oferta extranjera debe entenderse toda aquella que no reúna las características establecidas en el inciso precedente. ARTICULO 2º — Reglaméntase el artículo 2º de la Ley Nº 25.551, en los siguientes términos:

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a) Se considerará que las piezas o partes y conjuntoso subconjuntos incorporados a un bien están incluidos dentro del término insumos. b) Se entiende por valor bruto de producción —del bien de origen nacional— a la sumatoria de: I) Los costos de las materias primas, insumos o materiales nacionales o importados necesarios para su producción sin impuestos. II) Sus costos de conversión (mano de obra, servicios y otras cargas; excluido el Impuesto al Valor Agregado —IVA—) en que incurriese la empresa para producir o comercializar el bien. III) Los costos financieros, definidos como los intereses (explícitos o implícitos), actualizaciones monetarias, diferencias de cambio, premios por seguros de cambio o similares, derivados de la utilización de capital ajeno, netos, en su caso, de los correspondientes resultados derivados del cambio en el poder adquisitivo de la moneda. IV) El prorrateo de los costos fijos. V) El margen o ganancia por unidad de la empresa. c) Los costos de las materias primas, insumos o materiales a que se refiere el apartado I) del inciso precedente comprenden: I) En el caso de aquellos adquiridos localmente por el productor local: el costo de adquisición, incluyendo el costo de transporte al lugar de su transformación o incorporación al bien final. II) En el caso de aquellos importados por el productor local: el valor de costo, seguro y flete (CIF) puerto argentino más todos los tributos que gravan la nacionalización de un bien —excepto el lVA—, que debieran ser satisfechos para su importación por un importador no privilegiado, más el costo de transporte al lugar de su transformación o incorporación al bien final. III) En el caso de aquellos manufacturados por el productor local: todos los costos asociados con su producción, incluyendo los costos de transporte al lugar de su transformación o incorporación al bien final. d) Para el cómputo del origen nacional definido en el artículo 2º de la Ley Nº 25.551, se entenderá como: I) Partes o piezas nacionales: aquellas producidas integralmente a partir de materias de origen nacional o las que se elaboren en el país a partir de materias primas importadas, siempre que estas últimas experimenten en el proceso de elaboración o fabricación una transformación en su composición, forma o estructura original. Las partes o piezas que no están comprendidas en las definiciones precedentes, no serán consideradas nacionales, aunque hayan sido adquiridas en el país. II) Subconjunto o conjunto nacional: 1) Se considerará totalmente nacional, cuando el valor de las piezas importadas incorporadas representen, como máximo, el CUARENTA POR CIENTO (40%) del valor de venta sin IVA. 2) Cuando el conjunto o subconjunto resulte de una transformación sustancial en el país de las piezas importadas, que implique que la partida arancelaria en la Nomenclatura del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) del conjunto o subconjunto, es diferente a la partida arancelaria de las piezas importadas incorporadas al mismo. e) Para definir cuando un bien es de origen nacional en los términos del artículo 2º de la Ley Nº 25.551, se utilizará la siguiente fórmula: MP +I + M = X VBP

MP = Costo de las materias primas importadas nacionalizadas I = Costo de los insumos importados nacionalizados (incluye conjuntos y subconjuntos) M = Costo de materiales importados nacionalizados VBP = Valor Bruto de la producción de un bien Un bien es de origen nacional cuando X es menor o igual a 0,4. ARTICULO 3º — Reglaméntase el artículo 3º de la Ley Nº 25.551, en los siguientes términos: a) En aquellos procesos de contratación en los cuales se presenten ofertas de bienes de origen nacional y de bienes que no revisten tal carácter, la obligación de adquirir materiales, mercaderías y productos de origen nacional está supeditada a que el precio de tales bienes sea razonable. b) Por precio razonable deberá entenderse aquél que —en condiciones de pago contado— sea hasta un CINCO POR CIENTO (5%) o SIETE POR CIENTO (7%) superior al precio del bien de origen no nacional, según corresponda. El SIETE POR CIENTO (7%) se aplica cuando los bienes de origen nacional son ofrecidos por sociedades calificadas como Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y el CINCO POR CIENTO (5%) cuando sean ofrecidos por otras empresas. En caso de mercados desregulados, por precio razonable debe entenderse aquél que sea igual o inferior al precio del bien de origen no nacional que se ofrezca. c) Por idéntica o similar prestación debe entenderse toda aquella que cumpla con los requerimientos establecidos en los documentos de contratación en los cuales se solicite, y sea apta para la función deseada.

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d) Cuando en un proceso de selección se realicen observaciones que susciten dudas con relación a sí los bienes de origen nacional contenidos en una oferta son aptos para idénticas o similares prestaciones a las que brindan los bienes que no sean de origen nacional contenidos en otra oferta, se deberá solicitar la intervención vinculante de la Autoridad de Aplicación, la que, para resolver tal cuestión, podrá contar con el asesoramiento del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (I.N.T.I.), Organismo Descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, u otro ente técnico acreditado por el ORGANISMO ARGENTINO DE ACREDITACION (O.A.A.) Asociación Civil sin fines de lucro. Los costos que pudieran demandar dichas intervenciones, estarán a cargo de quien haya realizado la observación si ésta resultare infundada o a cargo de quien haya realizado la oferta, si la observación resultare fundada. e) Por mercado desregulado o en competencia, debe entenderse aquél en el cual no se dé alguna de las siguientes condiciones: fijación y control de tarifas, control de la prestación, y autorización y/o control de inversiones por el Estado Nacional a través de sus Entes Reguladores o jurisdicción que corresponda. f) En los casos de mercados desregulados, la preferencia adicional del artículo 3º de la Ley Nº 25.551 no es aplicable y sólo subsiste en caso de igualdad. g) Para la calificación de Micro, Pequeña y Mediana Empresa se estará a lo establecido en la Resolución Nº 24 de la ex SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA de fecha 15 de febrero de 2001 y normas modificatorias. h) En las contrataciones alcanzadas por el "Régimen", la comparación de precios prevista en el último párrafo del artículo 3º de la Ley Nº 25.551, deberá realizarse sobre la base del precio final de los bienes en moneda nacional, puesto en el lugar de entrega establecido en los documentos de la contratación. i) Por importador particular no privilegiado, debe entenderse aquél que no se encuentra alcanzado por alguna exención o beneficio respecto del régimen general arancelario e impositivo. ARTICULO 4º — Reglaméntase el artículo 4º de la Ley Nº 25.551, en los siguientes términos: a) En aquellos casos en los cuales un oferente proponga proveer bienes que no sean de origen nacional y de los que él no tenga "stock" propio en el país, deberá garantizar la nacionalización de los bienes importados a que se refiere el artículo 4º de la Ley Nº 25.551, mediante la entrega de una caución, a favor del sujeto contratante, conforme lo establezca la Autoridad de Aplicación. b) El certificado al que se refiere el artículo 4º de la Ley Nº 25.551, mediante el cual se verifique el valor de los bienes no nacionales a adquirir —en adelante Certificado de Verificación (CDV)— , será utilizado por la Autoridad de Aplicación y por los sujetos enumerados en el artículo 11 de la Ley Nº 25.551, para ejercer el control de las obligaciones emergentes de la misma en el marco de una contratación sujeta al "Régimen". c) A los efectos de la emisión del certificado a que se refiere el inciso precedente, se deberán tomar en consideración las siguientes pautas: I) El Certificado de Verificación (CDV) debe ser solicitado a la Autoridad de Aplicación por el sujeto contratante a cuyo favor será emitido. II) La oportunidad en la cual el sujeto contratante debe requerir la emisión del CDV, varía según la contratación de que se trate, conforme se detalla a continuación: 1) Contrataciones comprendidas en el Régimen del Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria: el CDV debe solicitarse antes de la adjudicación. 2) Contrataciones no comprendidas por el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria, pero sí alcanzadas por el "Régimen": el CDV debe solicitarse antes de que se perfeccione la contratación. III) Para su obtención deberá presentar una declaración jurada manifestando: 1) Haber cumplido con las obligaciones emergentes del "Régimen". 2) El precio o valor final del bien de origen no nacional ofertado. 3) Que el precio o valor declarado, conforme al numeral precedente, es inferior al de los bienes de origen nacional ofertados, respecto de los cuales se aplicó la preferencia establecida en el "Régimen", o que no se presentaron ofertas de bienes de origen nacional. d) El precio o valor declarado será consignado en el CDV y será tenido en cuenta como el precio final máximo a pagar con relación al bien no nacional que se quiere adquirir. Si la Autoridad de Aplicación o los entes encargados del control del "Régimen", con posterioridad al perfeccionamiento del contrato, verificasen que éste se suscribió por un precio o valor superior al consignado en la declaración jurada referida en el inciso c) precedente, deberán iniciar las acciones pertinentes para la aplicación de las sanciones establecidas en los artículos 14 y/o 15 de la Ley Nº 25.551, según corresponda. e) El requirente deberá mantener a disposición de la Autoridad de Aplicación toda la documentación de respaldo a los fines de que ésta, de entenderlo pertinente, pueda requerir su presentación a los efectos de ejercer las facultades de control que, como tal, le competen.

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f) El plazo de NOVENTA Y SEIS (96) horas, establecido en el artículo 4º de la Ley Nº 25.551, será equivalente a CUATRO (4) días hábiles administrativos, y comenzará a computarse a partir de que el requirente haya presentado a la Autoridad de Aplicación la documentación de respaldo completa y en correcta forma. ARTICULO 5º — Reglaméntase el artículo 5º de la Ley Nº 25.551, en los siguientes términos: a) A los fines de garantizar el acceso oportuno a la información sobre los procesos de contratación alcanzados por el "Régimen" y no comprendidos en el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria, los sujetos contratantes deberán dar a conocer tales procesos y realizar una planificación, por lo menos anual, de las contrataciones que prevean realizar. b) A los efectos de la aplicación del "Régimen", esta planificación será considerada como un Programa de Inversión y podrá estar integrada por uno o más Proyectos o Planes de Inversión. Las expresiones Proyectos de Inversión o Planes de Inversión se utilizan indistintamente y tienen idéntico alcance. c) Las contrataciones alcanzadas por el "Régimen" y, asimismo, comprendidas en el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria, se deberán anunciar y/o difundir de conformidad con las pautas establecidas en el referido decreto y normativa complementaria y/o modificatoria. d) En el resto de las contrataciones alcanzadas por el "Régimen" y no comprendidas en el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria, sus procesos de selección se deberán anunciar y/o difundir según las pautas que se establecen en esta reglamentación, las que podrán ser complementadas e integradas por normas que dicte la Autoridad de Aplicación, a saber: I) Las contrataciones de bienes, obras y/o servicios cuyo importe no supere los PESOS DIEZ MIL ($ 10.000), serán consideradas como gastos de caja chica o fondo fijo y estarán exentas de la obligación de publicación y/o difusión. II) Las contrataciones de bienes, obras y/o servicios cuyo importe supere los PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) hasta el monto de PESOS CIEN MIL ($ 100.000), en las que se prevea la participación de ofertas compuestas por bienes no nacionales, deberán ser difundidas en la página de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC) dependiente de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS por el término de DOS (2) días, con una antelación nunca inferior a CINCO (5) días hábiles con relación a la fecha límite de recepción de ofertas de la contratación de que se trate. III) Las contrataciones de bienes, obras y/o servicios cuyo importe supere el monto de PESOS CIEN MIL ($ 100.000), en las que se prevea la participación de oferta de bienes no nacionales, deberán ser difundidas en la página de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC) y simultáneamente publicadas en el Boletín Oficial y en, por lo menos, UN (1) periódico de circulación nacional masiva, por el término de DOS (2) días, con un mínimo de VEINTE (20) días corridos de antelación a la fecha límite de recepción de ofertas, computados a partir del día siguiente a la última publicación. IV) El contenido del aviso del proceso de selección respectivo, a publicarse en un periódico de circulación nacional masiva, podrá limitarse a consignar una remisión al sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC), en cuyo sitio deberá estipularse el contenido de todos los datos del proceso de selección pertinente. V) El contenido del anuncio de la convocatoria que se remita para su difusión en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC), deberá contener los datos que esta oficina, por sí o a través de la Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 25.551, determine. e) Los sujetos que realicen contrataciones alcanzadas por el "Régimen" y no comprendidas en el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria, deberán dar a conocer los Programas de Inversión, como así también los Proyectos y/o Planes de Inversión. Estos deberán ser publicados por el término de DOS (2) días en el Boletín Oficial y por UN (1) día en, por lo menos, UN (1) periódico de circulación nacional masiva. Asimismo, deberán ser difundidos en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC) en forma simultánea desde el día en que se le comience a dar publicidad en dichos medios. f) Para la publicación y difusión de los Programas de Inversión y/o Proyectos o Planes de Inversión deberán tomarse en consideración las siguientes pautas: I) Los Programas de Inversión y/o Proyectos o Planes de Inversión cuyos montos sean inferiores a PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000), deberán ser difundidos y publicados con una antelación nunca inferior a los TREINTA (30) días hábiles previos a la apertura de ofertas. II) Los Programas de Inversión y/o Proyectos o Planes de Inversión cuyos montos sean iguales o superiores a PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000) y hasta PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000), deberán ser difundidos y publicados con una antelación nunca inferior a los CUARENTA Y CINCO (45) días hábiles previos a la apertura de ofertas.

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III) Los Programas de Inversión y/o Proyectos o Planes de Inversión cuyos montos sean superiores a PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000), deberán ser difundidos y publicados con una antelación nunca inferior a los SESENTA (60) días hábiles previos a la apertura de ofertas. IV) En los casos en los cuales el sujeto contratante cuente con un Programa de Inversiones, integrado por DOS (2) o más Proyectos o Planes de Inversión, podrá optar por realizar una única publicación y difusión del Programa de Inversión, antes del 30 de noviembre del año anterior al de su implementación. V) En aquellos supuestos en que se ejerza la opción establecida en el apartado IV) del presente inciso, si en los Proyectos o Planes de Inversión que integran el respectivo Programa se prevén procedimientos mediante los cuales se posibilite la participación de oferta extranjera y se supere el monto de PESOS CIEN MIL ($ 100.000), la decisión de contratación específica que así lo prevea deberá publicarse y difundirse conforme lo prescripto en el apartado III) del inciso d) del presente artículo. VI) El contenido del aviso a través del cual se publicite el Programa de Inversión y/o Proyecto o Plan de Inversión, podrá limitarse a consignar una remisión a la página de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC), en la cual deberá estipularse el contenido del mismo, en los términos de lo establecido en los apartados IV) y V) del inciso d) del presente artículo. VII) Los Programas y/o Proyectos o Planes de Inversión que deben anunciarse deberán establecer, con claridad, la definición de los bienes u objetos de la inversión y contener como mínimo las Especificaciones Técnicas y los servicios conexos asociados a la instalación y puesta en marcha del equipamiento y/u obra según corresponda, los plazos estimados de ejecución de los mismos y el procedimiento probable de contratación que se utilizará en cada caso. VIII) En el caso de optarse por la presentación de UN (1) único Programa de Inversión, integrado por los distintos Proyectos o Planes de Inversión previstos para el lapso de UN (1) año calendario, se deberá consignar cuáles de estos Proyectos o Planes de Inversión integran el Programa y el plazo estimado de implementación de los mismos. Los Planes o Proyectos de Inversión que integran el Programa, deberán contener idénticas especificaciones que las referidas en el apartado precedente y determinar las fechas estimadas de realización de cada inversión en particular. g) La publicación y/o difusión de los Proyectos o Planes de Inversión y/o Programas de Inversión, en su caso, no generará derechos a favor de terceros y los datos de las contrataciones consignados en las mismas podrán ser modificados; pero toda modificación que implique un apartamiento sustancial de las Especificaciones Técnicas, deberá ser publicada conforme lo establecido en el inciso 9 del presente artículo. h) La OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC) llevará una Base de Datos de todos los Programas de Inversión y/o Proyectos o Planes de Inversión y de las contrataciones superiores a PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) que se realicen en el marco del "Régimen", debiendo efectuar la difusión sin cargo de las mismas. i) Las contrataciones no alcanzadas por lo establecido en el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria, pero sí comprendidas en el "Régimen", podrán efectuarse mediante cualquier procedimiento de selección del contratista, pero el sujeto contratante deberá tomar en consideración que: I) Si no se prevé la participación de ofertas de bienes no nacionales y la contratación fuera superior a PESOS DIEZ MIL ($ 10.000), no rige la obligación de publicación y/o difusión establecida en el inciso d), apartados II) y III) del presente artículo. Pero, de presentarse en el proceso de selección una oferta de bienes no nacionales, su participación en el proceso de que, se trate, queda supeditada a que el ente convocante publique una nueva convocatoria con los anuncios establecidos por esta norma y realice un nuevo procedimiento de contratación conforme lo marca la presente normativa para el caso de participación de oferta de bienes no nacionales. II) Si se prevé la participación de oferta de bienes no nacionales, las comparaciones de precios deberán realizarse luego de recibidas todas las ofertas. En los casos que se requiera mejora de oferta, ésta deberá ser solicitada a todos los participantes y la comparación realizarse luego de recibida la última mejora. j) En las contrataciones comprendidas en el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria, para difundir las etapas del procedimiento que correspondieren, deberán observarse las pautas establecidas en el referido decreto y normativa complementaria y/o modificatoria. k) En el resto de las contrataciones regidas por el "Régimen" que sean superiores a PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) y en las que se hubiera previsto participación de ofertas integradas por bienes no nacionales, el sujeto contratante deberá efectuar en la página de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC) con anterioridad a la efectiva suscripción o celebración del contrato, según corresponda, las siguientes difusiones de ofertas y adjudicaciones: I) La nómina de ofertas recibidas y el monto de las mismas. En los supuestos en que se hayan solicitado y brindado mejoramiento de ofertas, estas últimas también deberán ser difundidas con carácter previo a la

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adjudicación y/o dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas contadas a partir de la perfección del contrato, a opción del sujeto contratante. II) El nombre de quién resultó adjudicatario y/o con quién va a suscribir el contrato. l) En aquellos casos excepcionales en los cuales se acredite fehacientemente que no se pueda cumplir con las exigencias de anunciar y/o difundir las contrataciones establecidas por la presente reglamentación, sea por encontrarse comprometida la normal prestación de un servicio publico o por existir razones que no han podido preverse o que previstas no han podido evitarse, la Autoridad de Aplicación podrá, mediante resolución fundada, exceptuar de su cumplimiento al obligado. ARTICULO 6º — Reglaméntase el artículo 6º de la Ley Nº 25.551, en los siguientes términos: a) En todas las contrataciones alcanzadas por el "Régimen" se deben adecuar las especificaciones técnicas a las prescripciones establecidas en el artículo 6º de la Ley Nº 25.551 y en los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 18.875, en cuanto resulten aplicables. Asimismo, es de aplicación lo prescripto en el artículo 46 del Decreto Nº 436 de fecha 30 de mayo de 2000 y modificatorios que, en lo referido a la precisión en la descripción del producto, se rige por el Sistema de Identificación de Bienes y Servicios de Utilización Común creado por la Decisión Administrativa Nº 344 de fecha 11 de junio de 1997. b) A los efectos de cumplir con la adopción de alternativas técnicamente viables para la Industria Local, se deberán establecer las especificaciones técnicas en base a normas del INSTITUTO ARGENTINO DE NORMALIZACION (lRAM) Asociación Civil sin fines de lucro y, de no existir las mismas para un determinado producto, a las normas del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) y, en su defecto, a las internacionales correspondientes. Cuando por razones técnicas verificables se requieran productos para los cuales no existan normas, deberán definirse las especificaciones técnicas de los mismos. c) Las obligaciones emergentes del "Régimen", en ningún caso, disminuyen o liberan de responsabilidad por el cumplimiento de las obligaciones que en materia de calidad corresponden a los sujetos obligados por el mismo. ARTICULO 7º — Sin Reglamentación. ARTICULO 8º — Reglaméntase el artículo 8º de la Ley Nº 25.551, en los siguientes términos: La presentación de los recursos administrativos deberá ajustarse a las formalidades y recaudos previstos en el Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O. 1991, en lo que fuere pertinente, indicándose de manera concreta, la conducta o acto que el recurrente estimare como lesiva para sus derechos o intereses, así como el daño causado. Advertida alguna deficiencia la formal, el recurrente será intimado a subsanarla dentro del término perentorio de CINCO (5) días hábiles administrativos, bajo apercibimiento de desestimarse el recurso. ARTICULO 9º — Sin Reglamentación. ARTICULO 10. — Sin Reglamentación. ARTICULO 11. — Reglaméntase el artículo 11 de la Ley Nº 25.551, en los siguientes términos: a) La SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y los entes reguladores serán los encargados del control del cumplimiento de la Ley Nº 25.551, así como de la presente reglamentación. b) A fin de garantizar el efectivo cumplimiento del "Régimen", se establece que: I) Toda oferta nacional deberá ser acompañada por una declaración jurada mediante la cual se acredite el cumplimiento de las condiciones requeridas para ser considerada como tal. II) La falta de presentación configurará una presunción, que admite prueba en contrario, de no cumplimiento de las prescripciones vigentes con relación a la calificación de oferta nacional. III) Las sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarias y permisionarias de obras y/o de servicios deberán, periódicamente, presentar al ente regulador sendas declaraciones juradas en las cuales manifiesten que en las contrataciones realizadas durante ese período han cumplido con las obligaciones que el "Régimen" pone a su cargo. En igual sentido, los subcontratistas directos deberán, a su vez, presentar sendas declaraciones juradas a las sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarias y permisionarias de obras y/o de servicios, quienes periódicamente informarán sobre estas presentaciones al ente regulador. La falta de presentación o la consignación de información inexacta dará lugar a las acciones que el ente regulador determine. c) Con relación a las declaraciones juradas y a las denuncias de violación al "Régimen", se establece que: I) La Autoridad de Aplicación, por sí o por el ente que a tal efecto designe, podrá verificar de oficio la veracidad del contenido de las declaraciones juradas, y realizar el pertinente control ex post. En los casos en los cuales para la verificación se requiera la participación del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (I.N.T.I) u otro instituto técnico, los costos que demande tal intervención estarán a cargo de la empresa que es objeto de la misma sólo si la información consignada resultara falsa. II) El ejercicio de la facultad de verificar, establecida en el inciso anterior, también podrá ser motivado por una denuncia de violación al "Régimen" promovida ante la Autoridad de Aplicación.

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III) La denuncia, a que se refiere el inciso precedente, deberá ser acompañada de las pruebas documentales que tenga el denunciante o de la indicación de su ubicación, a fin de acreditar razonablemente la verosimilitud de la misma. IV) Si de la investigación resultante de la denuncia realizada deviniera que la información contenida en la declaración jurada es falsa, de suscribirse el contrato, el contratista será pasible de las sanciones contenidas en los artículos 14 y/o 15 de la Ley Nº 25.551, según corresponda, sin perjuicio de las demás sanciones civiles o penales que pudieran corresponder. V) Sin perjuicio de las sanciones civiles y/o penales que pudieran corresponder, el nombre o razón social de la persona que fraguare la información sobre el contenido local de los bienes o que, mediante cualquier engaño o ardid, indujera a error a la Autoridad de Aplicación y/o a los sujetos contratantes, será difundido en la página de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC), conforme lo establezca la Autoridad de Aplicación, previo acuerdo con la citada OFICINA NACIONAL. VI) Si de la investigación resultante de la denuncia realizada deviniera que la información contenida en la declaración jurada es veraz, el ente contratante continuará con la contratación respectiva. VII) En los casos en que la participación del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (I.N.T.I.) o instituto técnico designado tenga origen en la investigación de una denuncia, los costos que la misma implique estarán a cargo del denunciante, si la denuncia fuere falsa, o de quien hubiere presentado la declaración jurada, de confirmarse la inexactitud de los datos en ella consignados. VIII) A los efectos de cubrir los costos operativos que demande la investigación, presentada la denuncia, la Autoridad de Aplicación solicitará, tanto al denunciante como a quien haya presentado la declaración jurada cuyo contenido se cuestiona, una garantía líquida cuyo monto no superará los costos de participación del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (I.N.T.I) o instituto técnico designado. Luego de obtenida la resolución del instituto interviniente, la que deberá emitirse dentro del plazo que fije la Autoridad de Aplicación, ésta procederá, previa intimación fehaciente, a la aplicación o ejecución de la garantía presentada por quien resulte obligado al pago y a la devolución de la caución a quien corresponda. Lo prescripto es sin perjuicio de la responsabilidad que por falsa denuncia o declaración inexacta pudiera corresponderle a quien incurriera en ellos. d) La Autoridad de Aplicación deberá acordar con la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC): I) La modalidad a través de la cual se irán incorporando a la base de datos del SISTEMA DE INFORMACION DE PROVEEDORES —SIPRO— administrado por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC), los proveedores de los sujetos que realicen contrataciones alcanzadas por el "Régimen" y no comprendidos en el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria. d) La modalidad a través de la cual se implementarán las obligaciones de difusión a cargo de los sujetos contratantes que realicen contrataciones alcanzadas por el "Régimen" y no comprendidos en el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria. III) Todas aquellas cuestiones operativas que sean necesarias para la efectiva y transparente implementación del sistema de publicidad y difusión establecido en la presente norma. ARTICULO 12. — Sin Reglamentación. ARTICULO 13. — Sin Reglamentación. ARTICULO 14. — Sin Reglamentación. ARTICULO 15. — Sin Reglamentación. ARTICULO 16. — Sin Reglamentación. ARTICULO 17. — Sin Reglamentación. ARTICULO 18. — Sin Reglamentación. ARTICULO 19. — Sin Reglamentación. ARTICULO 20. — Sin Reglamentación. ARTICULO 21. — Sin Reglamentación. ARTICULO 22. — Sin Reglamentación.

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ARTICULO 23. — Sin Reglamentación.

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DECLARACIÓN JURADA

Oferta para la Obra:............................................................................................. .................................. Conforme dispone el art. 11° inc. B), ap.I) del Decreto 1600/02, reglamentario de la ley 25.551, DECLARO BAJO JURAMENTO que la oferta que presento cumple con las condiciones requeridas por dichas normas legales para ser considerada oferta nacional. Lugar y fecha: .............................................................. Empresa: ........................................................................ Firma: ........................................................................... Aclaración: ...................................................................

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ANEXO 14

SSIISSTTEEMMAA YY

PPRROOCCEEDDIIMMIIEENNTTOOSS DDEE RREEGGIISSTTRROO DDEE PPRROOVVEEEEDDOORREESS

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ANEXO 14

INDICE

SISTEMA Y PROCEDIMIENTOS

DE REGISTRO DE PROVEEDORES

I. OBJETIVO............................................................................................................ 1

II. AREAS INVOLUCRADAS ................................................................................... 1

III. NORMA ......................................................................................................................... 1

IV. PROCEDIMIENTO .................................................................................................... 2

I. Incorporación de Proveedores al Registro ............................................................. Sector Registro de Proveedores ......................................................................... Jefaturas de Administración y Control de Gestión (áreas descentralizadas) /

Gerencias Centrales ..................................................................................... Sector Registro de Proveedores ..........................................................................

II. Actualización de Datos ............................................................................................. Jefaturas de Administración y Control de Gestión / Gerencias Centrales ............ Sector Registro de Proveedores ..........................................................................

III. Inhabilitación del Proveedor .......................................................................... Jefaturas de Administración y Control de Gestión / Gerencias Centrales .......... Dirección de Contrataciones ............................................................................... Sector Registro de Proveedores ..........................................................................

22

23

444

4455

V. ANEXOS ........................................................................................................................ 5 Solicitud: Requisitos para Inscripción de Proveedores ................................... Formulario: Alta-Inhabilitación-Modificatoria .................................................

67

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AySA S O C I E D A D A N Ó N I M A

ANEXO 14

SISTEMA Y PROCEDIMIENTOS DE REGISTRO DE PROVEEDORES

VERSIÓN: DIRECTORIO (27/09/2007) FECHA VIGENCIA: 01/10/2007 PÁGINA: 1 / 7

Responsable: Dirección de Contrataciones - Gerencia Control de Gestión – Jefatura Control de Gestión (Sector Registro de proveedores) I. OBJETIVO

Establecer la operatoria para efectuar altas, modificaciones, inhabilitaciones y mantener el Registro de Proveedores para operar con AYSA., clasificados de acuerdo a los rubros que provean. II. AREAS INVOLUCRADAS • Gerencias de Compras / Obras • Gerencia de Planificación y Administración Tributaria • Sector Registro de Proveedores • Gerencias Centrales / Departamentos • Jefaturas de Administración y Control de Gestión III. NORMA Se define como Registro de Proveedores de AYSA., al conjunto de información que referencia una determinada cantidad de Proveedores de bienes, obras o servicios que han acreditado el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes y las expresamente solicitadas por la Empresa, encontrándose habilitados para participar en operaciones de compra, contratación o prestación de servicios. Se denomina alta a la incorporación de un proveedor al Registro de Proveedores de AYSA Se denomina modificación a la actualización de datos del proveedor en el Registro de Proveedores de AYSA Se denomina inhabilitación al estado que se puede presentar al decidir que un determinado proveedor no esté en condiciones (apto) para participar en operaciones comerciales con la Empresa. La inhabilitación podrá ser temporal o definitiva según corresponda. Es facultad exclusiva de la Dirección de Contrataciones, la decisión sobre este status. .

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AySA S O C I E D A D A N Ó N I M A

ANEXO 14

SISTEMA Y PROCEDIMIENTOS DE REGISTRO DE PROVEEDORES

VERSIÓN: DIRECTORIO (27/09/2007) FECHA VIGENCIA: 01/10/2007 PÁGINA: 2 / 7

IV. PROCEDIMIENTO Se define en el procedimiento adjunto la operatoria para la incorporación de Proveedores al Registro, desde su aprobación e inclusión hasta su posible inhabilitación y toda actualización de datos necesaria, estableciendo responsabilidades, controles y tratamiento de la documentación involucrada.

I. Incorporación de Proveedores al Registro

Sector Registro de Proveedores: 1.1 Incorporar a quienes se presenten directamente al Sector, cumplimentando la información mas abajo detallada en los puntos 1.4 y 1.5. Jefaturas de Administración y Control de Gestión (áreas descentralizadas) / Gerencias Centrales: 1.2 Detectada la necesidad de incorporar un proveedor al registro, el solicitante deberá confeccionar el formulario de Alta – Inhabilitación - Modificatoria (ver Anexo) fundamentando la misma. 1.3 Aprobada la solicitud se encargará de solicitar al proveedor el envío de la información y documentación detallada en los puntos 1.4 y 1.5 1.4 Requiere tanto para proveedores de Materiales y/o Servicios la presentación de la siguiente información junto a la documentación de respaldo correspondiente: Información básica y obligatoria: (sin esta información no se podrá habilitar un Proveedor) • Carta de presentación. • Razón Social. • Constancia actualizada de inscripción ante AFIP • Constancia de inscripción frente al Impuesto de Ingresos Brutos o Convenio Multilateral. • Condiciones especiales ante el I.V.A.- Ganancias - Ing. Brutos (Capital Federal y Pcia de Buenos

Aires) • Constancia de inscripción ante el ente previsional pertinente. • Para empresas constructoras solicita la constancia de inscripción en IERIC. • Dirección, teléfono, fax, e-mail para recepción de P.P y O.C. Información Complementaria:

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AySA S O C I E D A D A N Ó N I M A

ANEXO 14

SISTEMA Y PROCEDIMIENTOS DE REGISTRO DE PROVEEDORES

VERSIÓN: DIRECTORIO (27/09/2007) FECHA VIGENCIA: 01/10/2007 PÁGINA: 3 / 7

• Ultimo comprobante de pago a AYSA (en el caso que el domicilio del proveedor se encuentre en el

radio servido de AYSA • Contacto/s: Nombre, puesto, teléfono, e-mail comercial. • Página Web. 1.5 Adicionalmente en el caso de Proveedores de Bienes, Obras o Servicios (Sociedades Comerciales, Anónimas, de Responsabilidad Limitada, etc.) solicita la presentación de la siguiente información y su documentación de respaldo: • Contrato Social, estatuto y última acta de distribución de cargos. • Último balance emitido y aprobado por los socios, con dictamen, debidamente legalizado, que no podrá tener una antigüedad mayor a dieciocho (18) meses. • Referencias Comerciales (Antecedentes de trabajos anteriores). • Referencias Bancarias. • Para contratos mayores gestionados con la intervención de la Gerencia de Obras, los balances requeridos serán los últimos dos (2) emitidos y antecedentes de trabajos realizados deberán estar referidos a los últimos dos (2) años. 1.6 Verifica que la totalidad de la información “básica” y “complementaria” sea entregada, controlando que la documentación de carácter impositivo cumpla con las características que fueran establecidas expresamente por el Dpto. Impuestos. 1.7 Efectuado el control respectivo, remite por sobre a través del correo interno al Sector Registro de Proveedores, la información “básica” y la documentación “complementaria”, junto con el formulario Alta-Inhabilitación-Modificatoria firmado por el Jefe de Administración y Control de Gestión / Gerente del Área, a fin de efectuarse el alta. Sector Registro de Proveedores 1.8 Recibe la información junto a la documentación de respaldo, procediendo a verificar y controlar su contenido. 1.9 Independientemente de la aplicación de los puntos 1.4 y 1.5 del presente procedimiento, podrá requerir información adicional, que estime necesaria. 1.10 Asimismo, deberá efectuar la actualización de las condiciones impositivas transitorias de los Proveedores (informadas por los mismos).

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AySA S O C I E D A D A N Ó N I M A

ANEXO 14

SISTEMA Y PROCEDIMIENTOS DE REGISTRO DE PROVEEDORES

VERSIÓN: DIRECTORIO (27/09/2007) FECHA VIGENCIA: 01/10/2007 PÁGINA: 4 / 7

1.11 Obtenida la información básica y verificada la documentación de respaldo, observa que la documentación de carácter impositivo, cumpla con las condiciones impartidas por el Dpto. Impuestos 1.12 Deberá dar de Alta al proveedor ingresándolo al maestro de proveedores a través del sistema. 1.13 Comunica al área solicitante el número interno otorgado al proveedor, generando un archivo por cada Proveedor, donde incluye la información recopilada. II. Actualización de Datos. Jefaturas de Administración y Control de Gestión / Gerencias Centrales 2.1 En caso de solicitar la actualización de datos de un Proveedor en el Registro de Proveedores de AYSA, se canalizará a través del Formulario Alta-Inhabilitación- Modificatoria en forma directa al Sector Registro de Proveedores. Sector Registro de Proveedores 2.2 Recibe por parte del Proveedor o de las áreas enunciadas en el punto anterior, la documentación que respalda la actualización de datos requerida, registrando la misma en el Sistema. 2.3 Una vez al año, solicita a los Proveedores del registro (con facturación realizada en los últimos 12 meses), la actualización de los datos existentes en el Registro de Proveedores, mediante el envió de un reporte obtenido del Sistema, donde figuren los datos actualmente vigentes. 2.4 Actualiza el legajo del Proveedor, archivando la documentación que respalde toda modificación producida en el Registro.

III. Inhabilitación del Proveedor Jefaturas de Administración y Control de Gestión / Gerencias Centrales

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AySA S O C I E D A D A N Ó N I M A

ANEXO 14

SISTEMA Y PROCEDIMIENTOS DE REGISTRO DE PROVEEDORES

VERSIÓN: DIRECTORIO (27/09/2007) FECHA VIGENCIA: 01/10/2007 PÁGINA: 5 / 7

3.1 Cuando se solicite requerir la inhabilitación de un proveedor en el Registro, deberá informar dicho pedido a la Dirección de Contrataciones, remitiéndole la documentación de respaldo correspondiente (Formulario Alta-Inhabilitación-Modificatoria). Dirección de Contrataciones 3.2 Recibe por parte de las áreas enunciadas en el punto anterior, la documentación que respalde el pedido de inhabilitación 3.3 Cuando por distintos motivos decida la inhabilitación de un Proveedor del Registro, deberá comunicar expresamente su decisión al Sector Registro de Proveedores, aprobando el formulario Alta-Inhabilitación-Modificatoria, quien procederá en consecuencia. Sector Registro de Proveedores 3.4 Recibe el formulario de la Dirección de Contrataciones para efectuar la inhabilitación del Proveedor, procediendo a la inhabilitación en el Sistema. Gerencia de Planificación y Administración Tributaria Es responsable de comunicar expresamente al Sector Registro de Proveedores y a las Jefaturas Administración y Control de Gestión / Gerencias Centrales, las pautas de control aplicables sobre la documentación impositiva recibida del Proveedor. IV. ANEXOS Solicitud: Requisitos para inscripción de proveedores. Formulario: Alta-Inhabilitación-Modificatoria

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REQUISITOS PARA INSCRIPCIÓN DE PROVEEDORES

Buenos Aires,

Señores: .......................................................... ....................................................................... Solicitamos la siguiente documentación para inscribirse como proveedor: • Carta de presentación • Razón Social • Numero de C.U.I.T. – Constancia de inscripción ante AFIP. (F:576) • Dirección, teléfono, fax, email para recepción de P.P y O.C. • Contacto: Nombre, puesto, teléfono, e-mail comercial. • Constancia de inscripción frente al Impuesto de Ingresos Brutos o Convenio Multilateral. • Constancia de inscripción ante el ente provisional pertinente • Último comprobante de pago de AYSA. (en el caso que el domicilio se encuentre en el radio servido de AYSA.) • Condiciones especiales ante el I.V.A.- Ganancias - Ing. Brutos (Cap Fed – Pcia Bs As) • Contrato Social, estatuto y ultima acta de distribución de cargos. • Último balance emitido y aprobado por los socios, con dictamen de Contador Publico independiente, debidamente legalizado, que no podrá tener una antigüedad mayor a dieciocho (18) meses. • Referencias Comerciales (Antecedentes de trabajos anteriores). • Referencias Bancarias. • Para empresas constructoras solicita la constancia de inscripción en IERIC. • Para contratos mayores gestionados con la intervención de la Gerencia de Infraestructura, los balances requeridos serán los últimos dos (2) emitidos y antecedentes de trabajos realizados deberán estar referidos a los últimos dos (2) años. Se deberá remitir la documentación a ..... Por cualquier consulta, comunicarse con el Sr. .... al teléfono ........ Agradeciendo desde ya su colaboración, saludamos a Ud. Atentamente.

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FORMULARIO ALTAS – INHABILITACIÓN – MODIFICATORIA

ALTA (1) INHABILITACIÓN (2) MODIFICATORIA

REGISTRO DE PROVEEDORES

REGISTRO PARA PEDIDOS DE COTIZACIÓN

Fecha:

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Base de Datos a modificar

DATOS DEL PROVEEDOR

Razón Social:

N° Proveedor:

N° CUIT:

Domicilio: Código Postal: _ Localidad: Teléfono: _

e-mail:

Rubro:

Contacto/s

Nombre: Cargo: _ Teléfono: e-mail: _

Motivo de la solicitud / comentarios

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Solicitante Gerente de Área Dirección de Contrataciones (solo para inhabilitaciones) Area Registro de Proveedores

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