Sistema de prevención de lavado de activos Parte I

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Antecedentes

1. El sistema de prevención se originó en la convención de Viena (1988)

pero se ha extendido y consolidado a partir de otros instrumentos

internacionales de las naciones unidas como la convención contra la

delincuencia organizada trasnacional (2000) y la convención contra la

corrupción (2003).

2. en el presente este sistema ha alcanzado un desarrollo derivado que

abarca el plano regional, sub regional e incluso bilateral.

3. involucra tres áreas operativas: el control penal del delito, la

prevención administrativa de operaciones de lavado, y la

implementación proactiva de procedimientos de cooperación judicial

internacional.

4. cuenta con sistemas periódicos de evaluación multilateral que validan

la consistencia de los sistemas anti lavado nacionales.

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La convención de Viena de 1988

“…Reconociendo los vínculos que existen entre el tráfico ilícito yotras actividades delictivas organizadas relacionadas con él, quesocavan las economías lícitas y amenazan la estabilidad, laseguridad y la soberanía de los Estados,

Reconociendo también que el tráfico ilícito es una actividaddelictiva internacional cuya supresión exige urgente atención yla más alta prioridad ,

Conscientes de que el tráfico ilícito genera considerablesrendimientos financieros y grandes fortunas que permiten alas organizaciones delictivas transnacionalesinvadir, contaminar y corromper las estructuras de laadministración pública, las actividades comerciales yfinancieras lícitas y la sociedad a todos sus niveles…”

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Concepto de Lavado de

Activos

• El lavado de activos es un proceso que consiste

en introducir en la estructura económica y

financiera de una sociedad los recursos

provenientes de actividades ilícitas, con la

finalidad de dar apariencia de legalidad al origen

de los mismos.

• Puede ser a través de actos de conversión y

transferencia o actos de ocultamiento y tenencia.

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Concepto de Financiamiento del

Terrorismo

Se señala que el delito de financiamiento del

terrorismo debe abarcar a cualquier persona que

deliberadamente provea o recolecte fondos por el

medio que fuere, directa o indirectamente, con la

intención ilícita de que se utilicen, o a sabiendas de

que serán utilizados, en todo o en parte:

- para cometer un acto o actos de terrorismo;

- por una organización terrorista; o

- por un terrorista

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Comparación entre LA y FT

LAVADO DE ACTIVOS FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO

Su fin es generar riqueza, aunque al principio no importa

perder dinero.Su fin no es generar riqueza

Siempre su fuente de financiamiento es proveniente de

delitos.

Se puede Financiar mediante aportes de empresas

honestas.

El propósito final es transformar dinero sucio en

patrimonio: acciones, bienes inmuebles, muebles,

vehículos, joyas etc.

No es evidente el propósito final de los fondos pues se

pueden financiar actividades no violentas : compra de

vehículos, ropa, alimentos etc.

Generalmente usan los metodos legales para aparentar

formalidad

Buscan operar en efectivo, portando y transfiriendo dinero

en efectivo, transfronterizo etc.

Grandes movimientos de dinero, estructurados o no. No necesita grandes sumas para el logro de sus objetivos.

Ocultan la fuente y propósito de los fondos

Usan Testaferros y constituyen empresas de fachada en diversos países

Dificultan la detección por parte de las autoridades

Usan el sistema bancario y empresas licitas para dificultar la ruta del dinero ilegal

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Causas y consecuencias del Lavado de Activos

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Delitos previos que pueden dar origen al delito

de lavado de activos: TID; Terrorismo; delitos

contra la administración pública; secuestro;

extorsión; proxenetismo; trata de personas;

trafico ilícito de migrantes; defraudación

tributaria; contra el patrimonio en modalidad

agravada; delitos aduaneros; u otros similares

que generen ganancias ilegales…”

Ley Penal contra el Lavado de Activos N 27765 ,

28355 y Decreto Legislativo N 986 del 2007.

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Fases del Lavado de Activos

Colocación

• 1) El criminal introduce fondos ilegales al sector formal. Generalmente los fondos se manipulan en zonas próximas a la actividad criminal

Transformación

• 2) INTERCALACION Una vez introducido el dinero al sistema formal, el lavador efectúa una serie de operaciones con los fondos para alejarlos de su fuente.

Integración

• 3) Al lograr reciclar sus ganancias de origen criminal a través de las dos primeras faces, el lavador las incorpora a actividades económicas legitimas.

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Consecuencias del Lavado de Activos

Fortalecimiento de las organizaciones criminales, mayor inseguridad.

Competencia desleal y Distorsión dela economía.

Riesgos legales para las empresas utilizadas.

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¿Como se involucran las empresas en el sistema?

Dinero Lavado

1 Aceptación de dinero sucio en la venta de bienes

2 Colocación en el sistema financiero y distribución de

utilidades

3 Transferencias bancarias, prestamos a empresas y comercio

4 Inversión en empresas

5 Compra de inmuebles, vehículos, viajes

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Marco Legal

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Marco Legal

LEY N° 27693

Crea la UIF-PERU modificatorias N° 28009 y N° 2830612/04/2002

Decreto Supremo N° 018-2006-JUS

Reglamento de Ley 27693, Ley que creo la UIF-Peru25/07/2006

LEY N° 29038

incorpora la UIF-Peru a la SBS12/06/2007

Resolucion SBS N° 486-2008

Norma para prevencion LAFIT, aplicable a SO bajo supervicion de UIF08/03/2008

Resolucion SBS N° 5765-2008

Modelo de codigo de conducta para SO bajo supervicion de UIF21/08/2008

Resolucion SBS N° 14998-2009

Nuevas dispocisiones ampliadas14/11/2009

Resolucion SBS N° 6115-2011

Modelo de Manual de prevencion21/05/2011

Decreto Legislativo 1106-2012

Otros delitos relacionados a la mineria ilegal y crimen organizado19/04/2012

Resolucion SBS N° 8930-2012

Reglamento de infracciones y sanciones 01/12/2012

Resolucion N° 565-2013

Modificacion de normas aplicables a los Notarios 23/01/2013

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Ley que crea a la UIF-PerúEstablece lo siguiente:

• La UIF-Perú es la entidad encargada del análisis de la

información reportada por todos los sujetos obligados.

• Incorpora nuevos sujetos obligados al sistema de prevención

del sistema financiero y del sector real.

• Las empresas supervisadas por la SBS quedan comprendidas

en el sistema de prevención.

• Establece normas para el Registro de Operaciones (RO) y el

Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS).

• Define las características del sistema de prevención, el

esquema de supervisión y el rol de los oficiales de

cumplimiento, auditores internos y externos.

• Dispone la coordinación de la supervisión entre la SBS y la

UIF-Perú.

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Principales Modificaciones de la Ley 28306

y su nuevo Reglamento

• Se incorpora el financiamiento del terrorismo al sistema de prevención

de los sujetos obligados.

• Se establece que el supervisor (SBS) podrá ampliar, reducir o modificar

la relación de operaciones objeto del Registro de Operaciones prevista

en la Ley, previa opinión favorable de la UIF-Perú.

• Se establece que los supervisores (SBS) ejercerán su función en

coordinación con la UIF-Perú, Ejm: Emisión de normas, autorización de

oficial de cumplimiento a dedicación exclusiva o no.

• Se establece que el supervisor (SBS) podrá invitar a la UIF-Perú a las

visitas de inspección, siempre que no se vulnere el secreto bancario.

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Principales Modificaciones de la Ley 28306

y su nuevo Reglamento

Se otorga la facultad a los supervisores (SBS) de excluir a

determinados sujetos de:

La obligación de llevar Registro de Operaciones y contar con un

Oficial de Cumplimiento a dedicación exclusiva. (Se encuentran

incluidas las sucursales y subsidiarias de bancos extranjeros en

el Perú.)

Se crea la figura del Oficial de Cumplimiento Corporativo.

Se establece la obligación de los Oficiales de Cumplimiento de

emitir informes trimestrales, además de los semestrales.

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Sistema de prevención

• El sistema de prevención está conformado por las

políticas y procedimientos establecidos por los

sujetos obligados de conformidad con los dispuesto

por el marco legal vigente.

• El Directorio y el Gerente General tienen la

responsabilidad de su implementación.

• La aplicación del sistema de prevención es

responsabilidad de todas las áreas, unidades o

departamentos de las empresas supervisadas, de

acuerdo a las funciones que cumplen en la empresa.

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CoordinaComunica

Formaliza

denuncia o

archiva la

investigación

Dinámica del Sistema Anti lavado de activos

Sujetos Obligados

Reportes Coordina la

Investigación

preliminar

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Mecanismos de Prevención

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Mecanismos de prevención

MECANISMOS DE PREVENCION CODIGO DE CONDUCTA Y CAPACITACIÓN

REGISTRO DE TRANSACCIONES

CONOCIMIENTO DE TRABAJADORES

REPORTE DE OPERACIONES

SOSPECHOSAS

CONOCIMIENTO DEL CLIENTE

CONOCIMIENTO DEL MERCADO

CERTIFICACION DE LA CADENA

LOGISTICA

AUDITORIA ESPECIAL DE PREVENCION Y

CONTROL INTERNO.

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Responsabilidades de los sujetos

obligadosDe acuerdo a la Ley, al Reglamento y a la Resolución SBS N 1725-2003, para cumplir con los objetivos del sistema de prevención, lossujetos obligados deben:

• Implementar sistemas de prevención que les permita detectar

operaciones sospechosas e inusuales.

• Tener un Manual de Prevención.

• Mantener un registro de operaciones.

• Reportar las Operaciones Sospechosas a la UIF-Perú.

• Designar a un Oficial de Cumplimiento a nivel gerencial, a

dedicación exclusiva o no, conforme a la normativa vigente.

• Prestar asistencia técnica a la UIF-Perú e información, de

acuerdo a ley.

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Responsabilidad del directorio,

la gerencia y trabajadores

• El Directorio y el Gerente General de los supervisadosserán responsables de implementar el sistema deprevención y de designar a un OC.

• Deben dar facilidades y recursos necesarios al OCpara que ejecute sus funciones.

• Los sujetos obligados, sus trabajadores, directores yotros representantes están exentos deresponsabilidad penal, civil o administrativa, segúncorresponda, por el cumplimiento de la Ley por larevelación de información bajo restricción.

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Registro de operaciones (RO)

• Operaciones únicas > US$ 10,000 y Operaciones múltiples

mensuales > US$ 50,000.

• Sólo para ETF, transferencias > US$ 2,500 y > US$ 10,000

• Registrar identidad de la persona que realiza la operación, por

cuenta de quién se realiza y el beneficiario o destinatario de

fondos.

• Información de la operación

(fecha, lugar, monto, moneda, tipo, cuentas involucradas).

• El formulario deberá contener el origen del efectivo utilizado en la

transacción. (Introducida por la Ley N 28306)

• Mantenimiento de registros (10 años).

• Criterios y procedimientos de exclusión de clientes.

• Se excluyen las operaciones realizadas por cuenta propia entre

los supervisados por la SBS.

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Operaciones objeto de registro

• El artículo 9 de la Ley que crea a la UIF-Perú señala las

operaciones que son objeto del registro de operaciones. (giros y

transferencias en todas sus formas, depósitos en

efectivo, compra-venta de moneda extranjera, etc)

• La citada norma agrega que el supervisor (SBS) podrá por

resolución debidamente motivada ampliar, reducir y/o modificar la

relación de conceptos que pueden ser materia del registro de

operaciones, su contenido con relación con cada operación, etc.

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Reporte de operaciones sospechosas (ROS)

• Los sujetos obligados deben reportar el ROS a la

UIF-Perú, a través de su Oficial de cumplimiento.

• Plazo de 30 días luego de su detección.

• El ROS es un documento de trabajo de la UIF-

Perú, reservado únicamente para uso de dicha

entidad.

• La Resolución SBS N 1725-2003 establece una Guía

de Alerta de Operaciones Inusuales.

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La Obligación alcanza a los clientes del sujeto obligado

Artículo 6° de la Resolución SBS 486-2008

Son clientes todas las personas naturales y jurídicasa las que el sujeto obligado presta algún serviciopropio de su giro o actividad comercial. La Ley, elReglamento y la presente norma son aplicables atodos los clientes del sujeto obligado, sean estoshabituales u ocasionales, nacionales o extranjeros.Para efectos de requerimiento de información yregistro se considerará además del cliente, a surepresentante o mandante.

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Resolución SBS 486-2008

Artículo 8.- Conocimiento del TrabajadorLos sujetos obligados deben asegurarse que sustrabajadores permanentes tengan un alto nivelde integridad, recabando información sobre susantecedentes personales, laborales ypatrimoniales.Los sujetos obligados llevarán un legajo personalde cada trabajador, que estará a disposición dela UIF-Perú cuando lo solicite, y contendrá lainformación mínima…”

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Auditoría interna y externa

Auditor interno• Evaluar el funcionamiento del sistema de prevención.

• Formular un Plan anual de trabajo.

• Revisar diseño y aplicación del sistema sobre la base de

procedimientos de auditoría generalmente aceptados.

• Informe especial anual, que se adjunta al 2ndo. Informe

Semestral del OC.

Sociedades de auditoría externa: Informe Independiente de

Cumplimiento• Contenido establecido en el Reglamento de la Ley N 27693 y

el Reglamento de Auditoría Externa de la SBS, con copia

para la SBS, que podrá ser requerido por la UIF-Perú.

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Funciones relacionadas al LA y FT

• La SBS emite normas complementarias y supervisa el

cumplimiento de las normas por parte de sus supervisados.

• Conduce visitas de inspección para revisar el funcionamiento

del sistema de prevención.

• Sanciona el incumplimiento normativo, de conformidad con la

Ley Nº 26702 y el Reglamento de Sanciones de la SBS vigente.

• Apoya su labor de supervisión en los informes presentados por

los Oficiales de Cumplimiento, Auditores Internos y Auditores

Externos.

• Coopera en investigaciones y procesos referidos al lavado de

activos y financiamiento del terrorismo.

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ASPECTOS PENALES

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•Pena de 10 a 20 años, si el agente utiliza o se sirva de

su condición de funcionario público o de agente del

sector inmobiliario, financiero, bancario o bursátil o el

agente comete el delito en calidad de integrante de una

organización criminal.

•Pena no menor a 25 años cuando este relacionados a

delitos de tráfico ilícito de drogas, terrorismo o

narcoterrorismo.

•Pena no menor de 4 ni mayor a 8 años por la omisión

de comunicación a la UIF de las transacciones

sospechosas

Ley Nº 27765 “Ley penal

contra el lavado de activos”

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MARCO LEGAL

Para poder tipificar los actos y etapas del proceso de lavado de

activos se han configurado cuatro conductas típicas:

1. la conversión que representa a las operaciones de

colocación.

2. la transferencia que representa a las operaciones de

intercalación.

3. el ocultamiento y;

4. la tenencia que representan las operaciones de

integración.

La tipicidad en el código Penal

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Tipologías

• aplicación de métodos de estructuración

(pitufos, remesadoras, tarjetas inteligentes)

• métodos de triangulación de activos (préstamo adosado o

autofinanciamiento)

• métodos bancarios de circulación indirecta (uso de cuentas

corresponsales)

• métodos relacionados con juegos de azar (uso de casinos

de juego, billetes de lotería)

• métodos electrónicos o cibernéticos (transferencias

electrónicas, adquisiciones por internet)

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Casos Prácticos de Detección de LA/FT

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