Sintesis bases legales profe karen soto seccion 1n

5
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION UNIVERSITARIA INSTITUTO UNIVERSITARIO TECNOLOGICO DEL ESTADO BOLIVAR Síntesis Sobre las Bases Legales Relacionadas con la Informática Profesora:Karen Soto Alumna: Hilda Betancourt

Transcript of Sintesis bases legales profe karen soto seccion 1n

Page 1: Sintesis bases legales profe karen soto seccion 1n

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION

UNIVERSITARIAINSTITUTO UNIVERSITARIO TECNOLOGICO DEL ESTADO

BOLIVAR

Síntesis Sobre las Bases Legales Relacionadas

con la Informática

Profesora:Karen Soto Alumna: Hilda Betancourt

Page 2: Sintesis bases legales profe karen soto seccion 1n

BASES LEGALES RELACIONADAS CON LA INFORMATICA

1-Delitos contra los sistemas que utilizan tecnologías de información.

1.1-Acceso indebido

1.2-Sabotaje o daño a sistemas.

1.3-Sabotaje o daño culposos.

1.4-Acceso indebido o sabotaje a sistemas protegidos.

En ese sentido podemos indicar que, el referido instrumento legal “Tiene por objeto la protección integral de los sistemas que utilicen tecnologías de información, así como la prevención y sanción de los delitos cometidos contra tales sistemas o cualquiera de sus componentes o los cometidos mediante el uso de dichas tecnologías, en los términos previstos en dicha ley.

Page 3: Sintesis bases legales profe karen soto seccion 1n

1.5-Posesión de equipos o prestación de servicios de sabotaje.

1.6-Espionaje informático.

1.7-Falsificación de documentos.

2-Delitos contra la propiedad

2.1. Hurto.

2.2-Fraude.

2.3-Obtención indebida de bienes o servicios.2.4-Manejo fraudulento de tarjetas inteligentes o instrumentos análogos..

para comprender lo expresado anteriormente se hace necesario tener claro el concepto de delito informático, que si bien es cierto no lo establece el texto de la ley, no es menos cierto que para un gran sector de juristas los delitos informáticos se definen latu sensu como “Todas aquellas conductas ilícitas susceptibles de ser sancionadas por el derecho, y que hacen uso indebido de cualquier medio informático.

Page 4: Sintesis bases legales profe karen soto seccion 1n

2.5- Apropiación de tarjetas inteligentes o instrumentos análogos.2.6-Provisión indebida de bienes o servicios.2.7-Posesión de equipo para falsificaciones.3-Delitos contra la privacidad de las personas y de las comunicaciones.3.1-Violación de la privacidad de la data o información de carácter personal.3.2-Violación de la privacidad de las comunicaciones.

Hay variadísimos tipos de virus. Los más comunes, son los llamados gusanos, programas que se transmiten a través de las redes e Internet, y otros, los troyanos, los cuales suelen ejecutar acciones ocultas e indeseables, realizadas en su mayoría de las veces a través del correo electrónico .Actualmente en Venezuela existe la División Nacional contra los Delitos Financieros e Informáticos a cargo del comisario César Alvarado del Cuerpo de Investigaciones Penales, Científicas y Criminalísticas (antigua Policía Técnica Judicial), y la Fiscalía General del Ministerio Público, va a contar con 2 fiscales especializados en el área de los delitos informáticos.

Page 5: Sintesis bases legales profe karen soto seccion 1n

3.3-Revelación indebida de data o información de carácter personal.4-Delitos contra niños y adolescentes.4.1-Difusión o exhibición de material pornográfico.4.2-Exhibición pornográfica de niños o adolescentes.5-Delitos contra el orden económico5.1-Apropiación de propiedad intelectual.5.2-Oferta engañosa.

• Decreto 825 sobre la prioridad de Internet.

• Ley de Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas.

Los correos electrónicos, son una forma de comunicación privada (artículo 48 de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela), éstos sí pueden ser interferidos, revisados o divulgados por terceros (sin autorización de su destinatario, pero siempre y cuando un juez de control así lo autorice), por cuanto como mensaje de datos, ellos tienes la misma eficacia(plena) probatoria que la ley otorga a los documentos escritos. Según los artículos 237 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal (COPP) venezolano.