Síganos: Facturación · CARTA. EDITORIAL. 269. Los Editores. Síganos: IDC, Asesor Jurídico y...

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15/ENERO/2012 269 $149.00 MN EXHIBIRSE HASTA EL 31/01/2012 BOLETÍN QUINCENAL AÑO 25 · 4a ÉPOCA Facturación fiscal 2012 Entérese de los cambios más significativos sobre la factura electrónica y en papel y no arriesgue la deducción de sus gastos Recuento de cambios 0 Requisitos de los 0 comprobantes digitales y en papel Otros medios de 0 comprobación Ejemplos y sanciones 0 por incumplimiento SEGURIDAD SOCIAL ¡Por fin devuelven recursos de vivienda! Vaya a la segura y recupere estos recursos conociendo los pormenores de los cambios a la Ley del Infonavit 5 FISCAL Y CONTABILIDAD FISCAL LABORAL Expectativas laborales 2012 Distinguidos abogados laborales y expertos en recursos humanos vaticinan sobre el ámbito laboral mexicano 2 COMERCIO EXTERIOR Cambios a trámites aduaneros Ventanilla Única de Comercio Exterior como medio de envío electrónico de requerimientos relativos a importación, exportación y tránsito de mercancías 2 Empresas certificadas Se publican los requisitos para su constitución y funcionamiento 7 JURÍDICO CORPORATIVO Y LABORAL Tratamiento de datos personales, reglamentado Respuesta a las preguntas más recurrentes en esta materia IDCONLINE Consulte tarifas de ISR para 2012 Los patrones con problemas para pagar las aportaciones pueden acercarse al Infonavit para buscar una solución” Ingeniero Enrique Ruíz Martínez Garza Titular de la Gerencia de Recaudación y Servicio al Patrón del Infonavit Síganos:

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15/enero/2012269$149.00 MN

EXHIBIRSE HASTAEL 31/01/2012

BOLETÍN QUINCENALAÑO 25 · 4a ÉPOCA

Facturación fiscal 2012Entérese de los cambios más significativos sobre la factura electrónica y en papel y no arriesgue la deducción de sus gastos

Recuento de cambios 0

Requisitos de los 0

comprobantes digitales y en papelOtros medios de 0

comprobaciónEjemplos y sanciones 0

por incumplimiento

SEGURIDAD SOCIAl

¡Por fin devuelven recursos de vivienda!Vaya a la segura y recupere estos recursos conociendo los pormenores de los cambios a la Ley del Infonavit 5

FISCAl Y CONTABIlIDAD FISCAl lABORAl

Expectativas laborales 2012Distinguidos abogados laborales y expertos en recursos humanos vaticinan sobre el ámbito laboral mexicano 2

COMERCIO EXTERIOR

Cambios a trámites aduanerosVentanilla Única de Comercio Exterior como medio de envío electrónico de requerimientos relativos a importación, exportación y tránsito de mercancías 2

Empresas certificadasSe publican los requisitos para su constitución y funcionamiento 7

JURÍDICO CORPORATIVO Y lABORAl

Tratamiento de datos personales, reglamentadoRespuesta a las preguntas más recurrentes en esta materia

IDCONlINE

Consulte tarifas de ISR para 2012

Los patrones con problemas para

pagar las aportaciones

pueden acercarse al

Infonavit para buscar una

solución”

Ingeniero Enrique Ruíz Martínez GarzaTitular de la Gerencia de Recaudación y Servicio al Patrón del Infonavit

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CARTAEDITORIAL

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CARTAEDITORIAL

Los Editores

Síganos:

IDC, Asesor Jurídico y Fiscal, se publica quincenalmente y encierra en su contenido información Fiscal, Laboral, Seguridad Social, Jurídico-Corporativa y de Comercio Exterior. Suscripción anual: $4,190.00 pesos (24 números). Ejemplar suelto: $149.00 pesos. Impreso en Compañia Impresora EL UNIVERSAL, Allende No. 176 Col. Guerrero, Del Cuauhtémoc, México D.F., C.P. 06300, Tel: 5117 0190

2012: ¡Año de retos!

Deseamos a todos nuestros suscriptores que hayan pasado unas felices fiestas, y en el año que inicia desarrollen todos sus pro-yectos cabalmente, y encuentren la prosperidad, tanto en el ám-bito empresarial o laboral como en el personal.

El año que comienza debe verse como uno de oportunidades, aun cuan-do, hay que estar atentos a la situación económica mundial y todos los acontecimientos relacionados con ello, y qué mejor manera si se pueden observar todas las obligaciones a cumplir en el año venidero, a efecto de no ser objeto de sanciones por parte de la autoridad o perder cierta clase de derechos.

Asimismo, es menester no dejarse sorprender con el nuevo esquema de facturación, analizar cuidadosamente en qué supuesto se ubica la em-presa, y reaccionar rápidamente ante las nuevos deberes en la materia, sobre todo de corte administrativo, lo cual se logrará cuidadosamente al leer nuestras páginas.

El hecho de tener presente ciertas disposiciones, y la forma en que se deben aplicar, hacen posible también estar listos para numerosas con-tingencias, tales como documentar una deuda, ver el alcance tributario de ciertas operaciones, así como actualizar los indicadores en el ámbito laboral o de seguridad social.

No nos resta más que agradecerles por acompañarnos el año que transcu-rrió, así como en el venidero, permitiéndonos ser su guía y apoyo frente a los retos legales.

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CAMBIAMOS FECHA

19 de enero de 2012

Protección de datos personales: un desafío empresarial

Objetivo del tema:Obtener una visión práctica de las normas sobre protección de datos personales, con especial atención a las obligaciones que las empresas deben cumplir y la gestión de

prevención de riesgos.

InfOrmes e InscrIpcIOnes: 0 Servicio a Clientes: (55) 91 77 43 420 Fax: (55) 91 77 41 08 0 Llame sin costo al: 01 800 017 84 36

Dirigido a:Abogados, consultores y asesores de empresa. Empresarios, profesionales independientes,

directores y personal de los departamentos de marketing, recursos humanos y administración de cualquier tipo de empresa.

Qué obtendrá el asistente: Conocer el nivel de riesgo que implica el manejo de datos personales, capacitándole para

detectar las contingencias inherentes y ofrecer a su organización las soluciones adecuadas.

TemarioDisposiciones generales

0 Qué es un dato personal0 Diferencias con un dato sensible0 Manifestación del consentimiento0 Derechos ARCO0 Sujetos obligados0 Responsables

Límites y Alcances de la Ley de Datos Personales

0 Obligaciones de las empresas y profesionales

0 Autoridades Supervisoras0 Infracciones, multas y penas de prisión

Conceptos y supuestos que aclara el Reglamento Avisos de privacidad

0 Contenido0 Pautas para su elaboración0 Avisos completos y simplificados0 Errores frecuentes0 Medidas compensatorias

Puntos controvertidos e interrogantes frecuentesGestión de riesgos y acciones a seguir

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CAMBIAMOS FECHA

19 de enero de 2012

DaTOs Del evenTO:0 Sede: Hotel Sevilla Palace0 Fecha: 19 de Enero de 2012 0 Horario: 9:00 a 14:00 hrs.0 Costo al público en general: $2,500.00 +IVA0 Incluye: Desayuno y Coffe Break

Temario y expositores sujetos a cambio sin previo aviso

Protección de datos personales: un desafío empresarial

Doctora Isabel Davara fernández de marcos. Doctora en Derecho, Lic. en Ciencias Económicas y Empresariales; Abogada en ejercicio, perteneciente al Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, Socia del Despacho Davara abogados, especialista en Derecho de las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones, Presidenta del Comité de Comercio Electrónico para Latino América de la Sección de Ciencia y Tecnología de la American Bar Association, Coordinadora y Profesora del Diplomado de Derecho de las TIC en el ITAM.

Ingeniero Juan carlos carrillo D. Herrera, Director de Desarrollo de Negocios de SM4RT Security Services, una empresa altamente especializada en pruebas de penetración, respuesta a incidentes, investigaciones de fraude financiero y consultoría en seguridad de la Información con sede en la Ciudad de México. Egresado de la Universidad del Valle de México, campus Lomas Verdes, posee una maestría en finanzas por la EGADE del Tecnológico de Monterrey, campus Santa Fe.

expositores

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Nuevo esquema de pagos 2012

Objetivo del tema:Conocer el nuevo esquema de pagos que entrará en vigor en el mes de febrero para todas

las personas morales y su determinación del pago provisional del ISR, del IETU y mensuales del IVA

InfOrmes e InscrIpcIOnes: 0 Servicio a Clientes: (55) 91 77 43 420 Fax: (55) 91 77 41 08 0 Llame sin costo al: 01 800 017 84 36

1. Pago provisional del ISR0 Coeficiente de Utilidad para 20120 Ingresos nominales0 Determinación de pago

2. Pago provisional del IETU0 Ingresos nominales cobrados0 Deducciones autorizadas pagadas0 IETU a cargo0 Acreditamientos0 IETU a pagar

3. Pago mensual del IVA0 Acreditamieto de IVA

4. Nuevo servicio de declaraciones y pagos 2012

0 Antecedentes0 Procedimiento del llenado0 Eliminación de obligaciones0 Declaraciones complementarias

Temario

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DaTOs Del evenTO:0 Sede: Hotel Sevilla Palace0 Fecha: 3 de febrero de 2012 0 Horario: 9:00 a 14:00 hrs.0 Costo al público en general: $2,000.00 +IVA0 Incluye: Materiales, constancia de participación y desayuno

Temario y expositores sujetos a cambio sin previo aviso

l.c. francisco Brito márquez. Licenciado en Contaduría, egresado de la Facultad de Contaduría y Administración de la UNAM. Cuenta con un posgrado en contribuciones por la misma institución. Expositor en diversos foros. Actualmente se desempeña como Coordinador del área de Consultoría de IDC Seguridad Jurídico Fiscal del Grupo Editorial Expansión.

lic. lina Berenice chávez Islas. Licenciada en Derecho egresada de la Universidad Tecnológica de México, especialista en materia fiscal con más de 10 años de experiencia; expositora en diversos eventos y actualmente se desempeña como Consultor del Área Fiscal y sub-editor de la publicación IDC, Asesor Jurídico Fiscal .

expositores

Nuevo esquema de pagos 2012

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Año XXV • 4a. Época 15 enero de 2012

269FISCAL

integración de la contabilidad

comprobantes fiscales

facultades de comprobación

06 combata la crisisPara que la cuesta de enero no le imPacte, 0

aPlique adecuadamente las disPosiciones fiscales haciendo frente a los dilemas económicos

Generalidades 1

créditos incobrables 1

reestructuración de deudas 1

operaciones en dólares 1

11 agenda 2012 de obligaciones fiscales

cubra en tiemPo y forma todas sus 0

obliGaciones, evitando molestias y costos innecesarios

mensuales 1

bimestrales 1

Por evento 1

anuales 1

17 otras disposicionessíntesis de lo más relevante en materia 0

fiscal Publicado en el dof del 14 al 29 de diciembre de 2011

idconline¿ya estás listo Para deducir las 0

coleGiaturas?año nuevo, PaGos Provisionales nuevos 0

información de transParencia Por 0

donatariasméxico necesita reformar su sistema 0

fiscal: ocdeProdecon emite recomendación Por 0

incumPlimiento al sat

A partir del 2012 los comprobantes fiscales sufren cambios drásticos que trascienden en su operación y validación, aquí algunas precisiones

Severos cambios en la comprobación

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otras disposicionesRelación de disposiciones en materia fiscal publicadas en el DOF del 14 al 29 de diciembre de 2011.

secretaría de Hacienda y crédito público

Anexos 1, 1-A, 3, 7, 11, 14, 15 y 17 de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMISC) para 2011, publicada el 9 de diciembre de 2011 (15 de diciembre)

Derivado de las modificaciones a la RMISC 2011, y para su debida aplicación se dan a conocer los siguientes Anexos:1 “Formas oficiales”, sufre modificaciones en los siguientes apartados: 0

Formatos, cuestionarios, instructivos y catálogos aprobados (Catálogo de claves de derechos) 1

Listados de información que deberán contener las formas oficiales que publiquen las entidades federativas 1

1-A “Trámites fiscales”, se hacen precisiones a diversas fichas del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Impuesto 0

sobre la Renta3 “Nuevos criterios no vinculativos” 0

19/ISR. Sociedades civiles universales. Ingresos en concepto de alimentos. Se especifica que 1 también será aplicable a las sociedades en nombre colectivo o en comandita simple01/IETU. Pagos de regalías entre partes relacionadas no son objeto del IETU. Se puntualiza que se podrá efectuar la 1

deducción de las erogaciones correspondientes a la recepción de servicios independientes, por las cuales el prestador de dichos servicios deba pagar el IETU. El otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, salvo equipos industriales, comerciales o científicos entre partes relacionadas que den lugar al pago de regalías, no se considera prestación de servicios independientes, ni alguna otra de las actividades cuya realización da lugar a ingresos afectos al pago del IETU. Por lo tanto, se considera una práctica fiscal indebida deducir los pagos de regalías por el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, salvo equipos industriales, comerciales o científicos entre partes relacionadas

7 “Acciones, obligaciones, otros valores, y certificados bursátiles que se consideran colocados entre el gran público 0

inversionista”11 “Catálogo de claves de nombres genéricos de bebidas alcohólicas y marcas de tabacos labrados” 0

14 “Donatarias autorizadas” 0

15 “Código de Claves Vehiculares” 0

17 “Datos de juegos y sorteos” 0

Requisitos que deben cumplir las personas que soliciten ante el SAT autorización como Proveedor de Servicio 1

Especificaciones técnicas del servicio que prestará el Proveedor de Servicio Autorizado, y características técnicas, 1

de seguridad y requerimientos de información que deberán cumplir los sistemas del citado Proveedor del Órgano Verificador

Tasas para el cálculo del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a la enajenación de gasolinas y diesel en el mes de noviembre de 2011(15 de diciembre)

Se dan a conocer las tasas para determinar el impuesto de mérito relativas a noviembre de 2011

RMISC para 2012, así como sus Anexos 1, 1-A, 19 y 20 (28, 29 y 30 de diciembre)

Se publica la RMISC 2012, cuyos cambios relevantes en materia de comprobantes fiscales se indicaron en el tema titulado "Severos cambios en la comprobación", visible en esta sección, y en el tópico denominado "Cómo debe facturar en 2012", apreciable en la sección de Contabilidad Fiscal. En nuestra siguiente edición se abordarán diversos puntos relativos a otros tópicos.Asimismo, se dan a conocer los siguientes anexos:

1 “Formas oficiales” 0

1-A “Trámites fiscales” 0

19 "Cantidades actualizadas establecidas en la Ley Federal de Derechos del año 2012" 0

20 "Medios electrónicos" 0

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Anexos No. 18 al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, que celebran la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y los estados de Sinaloa, Tamaulipas y Baja California, respectivamente (19 de diciembre)

Derivado de la celebración de los Convenios de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 11 y 12 de diciembre de 2008 y 18 de mayo de 2009, los cuales entraron en vigor el 12 y 13 de diciembre de 2008 y 19 de mayo de 2009, respectivamente, entre la SHCP y Sinaloa, Tamaulipas y Baja California, en esos términos acuerdan mediante el Anexo 18 las siguientes especificaciones:

la Entidad Federativa ejercerá las facultades para recuperar créditos fiscales federales, para ello el SAT le proporcionará la 0

información respectivala recuperación abarcará impuestos y derechos federales, incluyendo sus accesorios, así como las multas impuestas por 0

infracciones al CFF, Leyes Aduanera y de Comercio Exteriorlos créditos deberán estar firmes, a cargo de contribuyentes cuyo domicilio fiscal se encuentre dentro de la circunscripción 0

territorial de la Entidad, salvo los que tengan autorizado el pago en especie la suma del monto de la totalidad de los créditos fiscales enviados al Estado no excederá del 5% del importe total de la 0

cartera de los activos que tenga la SHCP el Estado podrá llevar a cabo el procedimiento administrativo de ejecución, para hacer efectivos los adeudos, adjudicar 0

a favor del fisco federal los bienes muebles e inmuebles enajenados dentro o fuera de remate, y asignarlos a favor de la Entidad, así como tramitar y resolver las solicitudes de aclaración presentadas por los contribuyentes relacionadas con los créditosla entidad informará frecuentemente sobre la recuperación de los créditos al SAT si existen excedentes obtenidos por la 0

adjudicación de bienes muebles e inmuebles, y será responsable de entregarlos al contribuyente o responsable solidario el fisco federal en cualquier tiempo ejercerá las atribuciones conferidas al Estado respecto a la cobranza de adeudos 0

Vigente a partir del 20 de diciembre de 2011

secretaría de relaciones exteriores

Decreto por el que se aprueba el Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno del Reino de Bahréin para evitar la Doble Imposición y prevenir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta, firmado en la Ciudad de Washington, D. C., el 10 de octubre de 2010(26 de diciembre)

Se aprueba el Convenio de mérito en cuanto sea publicado su contenido IDC Asesor Jurídico y Fiscal lo dará a conocer

Decreto promulgatorio del Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Hungría para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la renta(26 de diciembre)

Los tributos a los que se aplica el Convenio son, en:Hungría, impuesto sobre la renta: 0

de personas físicas 1

corporativo 1

México, impuesto: 0

sobre la renta federal 1

empresarial a tasa única 1

beneficios empresariales. Los beneficios de una empresa de un Estado Contratante solamente pueden someterse a imposición en ese Estado, a no ser que la empresa realice sus actividades empresariales en el otro por medio de un establecimiento permanente (EP) situado en él. Se permitirá la deducción de los gastos incurridos para la realización de sus fines, incluyendo los de dirección y generales de administración así hechos, tanto si se efectúan en el Estado donde se encuentre el EP como en otra parte. Los gastos permitidos como deducciones incluyen sólo los deducibles de conformidad con la legislación interna de ese Estado.No se atribuirá ningún beneficio a un EP por comprar bienes o mercancías para la empresa.dividendos:

no podrá exceder del 5% del importe bruto de los dividendos si el beneficiario efectivo es una 0

sociedad (distinta a una sociedad de personas que no sea responsable del impuesto), que tenga la propiedad directa de por lo menos el 10% del capital de la sociedad que paga los dividendos15 % del importe bruto de los dividendos en todos los demás casos 0

intereses y regalías. No excederán del 10% del importe bruto

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tribunal federal de Justicia fiscal y administrativa

Acuerdo Específico G/JGA/38/2011 mediante el cual se da a conocer la destrucción de expedientes concluidos hasta el año 2007(20 de diciembre)

Se ordena la depuración, baja y destrucción de los expedientes, así como de las constancias, pruebas y documentos agregados a los mismos, que hubiesen sido del conocimiento de la Sala Superior y de las Salas Regionales del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, que se encuentren concluidos al último día del año 2007, con independencia de la fecha en que se hubiese iniciado su integración

gobierno del df

Decreto por el que se expide la Ley de Ingresos del DF para el ejercicio fiscal 2012(29 de diciembre)

Se contempla como parte de los recursos que recibirá la Entidad el impuesto sobre tenencia o uso de vehículos (ISTUV) , estimándose que se percibirá por tal concepto la cantidad de $1’648,436,317.Se mantiene la tasa de recargos para el pago en plazos de los créditos fiscales, ya sea diferido o en parcialidades (artículo 3o).Las cuotas y tarifas de las contribuciones y multas que estén vigentes en el Código Fiscal del DF en diciembre del 2011, se incrementarán en 3.6%, salvo cuando los ajustes requieran ser distintos debido a la conveniencia o necesidad de redondear cantidades monetarias, asociada a la imposibilidad o dificultad de nominar los pagos en cantidades que resulten prácticas para su pago, a partir de una determinada base (artículo 7o).En vigor a partir del 1o de enero de 2012

Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversasdisposiciones del Código Fiscal del Distrito Federal(30 de diciembre)

Los recargos se causarán hasta por cinco años por cada mes o fracción que transcurra a partir del día siguiente al del vencimiento del plazo en que debió hacerse el pago y hasta que el mismo se efectúe, excepto cuando el contribuyente pague en forma espontánea, los créditos fiscales omitidos, caso en el cual el importe de los recargos no excederá de los causados en los últimos 12 meses (artículo 42).Se precisan las formalidades de identificación de los visitadores, derivado de la posición que ya de tiempo atrás existe en los tribunales (artículo 89).Se modifican las tarifas de los impuestos sobre adquisición de inmuebles y predial, así como las cuotas fijas de este último, y de los derechos por el suministro del agua por la inflación (artículos 113, 130 y 172).Se impone el impuesto de tenencia local a todos los automóviles, tanto para nuevos como usados (Capítulo VI), cuyos puntos relevantes son los siguientes:

en caso de robo o pérdida total por accidente de vehículos matriculados en el Distrito Federal se causará la parte proporcional del 0

impuesto anual hasta el mes en que se reporte su baja conforme a una tabla (artículo 160)se establece que no se pagará este impuesto por: los vehículos eléctricos utilizados para el transporte público; los importados 0

temporalmente; los que tengan para su venta los fabricantes, las plantas ensambladoras, sus distribuidores, y los comerciantes en el ramo de vehículos, siempre que carezcan de placas de circulación; las embarcaciones dedicadas al transporte mercante o a la pesca comercial; los automóviles al servicio de misiones diplomáticas siempre que sea estrictamente para uso oficial y exista reciprocidad; las aeronaves para fumigar; y las aeronaves con capacidad de más de 20 pasajeros, destinadas al aerotransporte al público en general (artículo 161 Bis 3)se determina que las personas físicas y morales sin fines de lucro tenedores o usuarios de vehículos con valor de hasta $350,000.00, 0

gozarán de un subsidio del 100% (artículo vigésimo cuarto transitorio), si:se está al corriente del ISTUV 1

al momento de aplicar el subsidio, cubre los derechos de refrendo por la vigencia anual de placas de matrícula correspondientes al 1

ejercicioel valor del vehículo, incluyendo el impuesto al valor agregado, una vez aplicado el factor de depreciación a vehículos particulares, 1

de carga o servicio público, así como motocicletas, no exceda de $350,000.00los automóviles eléctricos o los híbridos serán subsidiados al 100% en el pago de la tenencia y sin perjuicio de las obligaciones que en su 0

caso correspondan (artículo vigésimo tercero, penúltimo párrafo)los tenedores de vehículos adquiridos después de los primeros tres meses del ejercicio gozarán del subsidio, si además de cumplir con 0

las exigencias indicadas, cubren los derechos de control vehicular dentro de los 15 días hábiles a partir de la fecha en que se causa el impuesto (vigente del 1o de enero al 2o de abril de 2012)los vehículos de modelo anterior a 2002 pagarán la tenencia de acuerdo con el cilindraje del motor como se indica en el Decreto 0

A más tardar el 13 de enero de 2012, el Jefe de Gobierno emitirá el acuerdo correspondiente para la aplicación del subsidio. En vigor a partir del 1o de enero de 2012

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Año XXV • 4a. Época 15 de enero de 2012

26902CONTABILIDAD FISCAL

Importantes cambios en la expedición de comprobantes fiscales para el 2012, conózcalos para no perder la deducción de sus gastos

Cómo debe facturar en 2012

casos prácticos

Tarifas y tablas del ISR 0

INPC 0

TIIE a 28 días 0

Cetes a 28 días 0

Salario mínimo 0

Tasa de inflación anual 0

Tasas de recargos 0

federales, para el DF y Estado de MéxicoTipo de cambio 0

Equivalencia 0

de monedasUdis 0

CPP: de pasivos, en Udis 0

y dólares

Multas actualizadas 0

Tratados para evitar 0

la doble tributación y mucho más

IndIcadores

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Año XXV • 4a. Época 15 de enero de 2012

269LABORAL

06 ¡proteja a los datos de sus trabajadores!

1o compendio de obligaciones laborales 2012

contrato de trabajo

salario

jornada de trabajo

descanso semanal y obligatorio

vacaciones y prima vacacional

aguinaldo

participación de utilidades

capacitación y adiestramiento

seguridad e higiene

conservación de documentos

16 salarios mínimos generales y profesionales 2012

20 otras disposicionessíntesis y comentarios sobre lo más 0

relevante en materia laboral, publicado en el diario oficial de la federación del 14 al 29 de diciembre

convenio de revisión integral de fecha 1

6 de diciembre de 2011, firmado por los representantes de más de las dos terceras partes de los trabajadores sindicalizados y de patrones afectos al contrato ley de la industria textil del ramo de listones, elásticos, encajes, cintas y etiquetas tejidas en telares de tablas Jacquard o agujas de la república mexicana

(Mayor información en el próximo boletín)

idconlinedisminuyen enfermedades y defunciones 0

laboralessecretaría del trabaJo reporta 0

reducción de huelgas

Diversos especialistas en materia laboral, especulan respecto a los retos de empleo, salariales, de negociaciones colectivas y reformas a la LFT para este año

Expectativas laborales para 2012

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salarios mínimos generales y profesionales 2012La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos dio a conocer los incrementos que regirán a partir del 1o de enero de este año.

salarios mínimos generales

Salario Zona de aplicación

Área geográfica “A”$62.33

Baja CaliforniaBaja California SurChihuahua:Mpio. de Guadalupe,Mpio. JuárezMpio. Práxedis G. GuerreroDistrito FederalGuerrero:Mpio. Acapulco de JuárezEstado de México:Mpio. Atizapán de ZaragozaMpio. Coacalco de BerriozábalMpio. CuautitlánMpio. Cuautitlán IzcalliMpio. Ecatepec de MorelosMpio. Naucalpan de JuárezMpio. Tlalnepantla de BazMpio. Tultitlán

Sonora:Mpio. Agua PrietaMpio. CananeaMpio. NacoMpio. NogalesMpio. General Plutarco Elías CallesMpio. Puerto PeñascoMpio. San Luis Río ColoradoMpio. Santa CruzTamaulipas:Mpio. CamargoMpio. GuerreroMpio. Gustavo Díaz OrdazMpio. MatamorosMpio. MierMpio. Miguel AlemánMpio. Nuevo LaredoMpio. ReynosaMpio. Río BravoMpio. San FernandoMpio. Valle Hermoso

Veracruz de Ignacio de la Llave:Mpio. Agua DulceMpio. CoatzacoalcosMpio. CosoleacaqueMpio. Las ChoapasMpio. Ixhuatlán del SuresteMpio. MinatitlánMpio. MoloacánMpio. Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río

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269

Salario Zona de aplicación

Área geográfica “B”$60.57

Jalisco:Mpio. GuadalajaraMpio. El SaltoMpio. Tlajomulco de ZúñigaMpio. TlaquepaqueMpio. TonaláMpio. ZapopanNuevo León:Mpio. ApodacaMpio. San Pedro Garza GarcíaMpio. General EscobedoMpio. GuadalupeMpio. MonterreyMpio. San Nicolás de los GarzaMpio. Santa Catarina

Sonora:Mpio. AltarMpio. AtilMpio. Bácum Mpio. Benito JuárezMpio. Benjamín HillMpio. CaborcaMpio. CajemeMpio. CarbóMpio. La ColoradaMpio. CucurpeMpio. EmpalmeMpio. EtchojoaMpio. GuaymasMpio. HermosilloMpio. HuatabampoMpio. ImurisMpio. MagdalenaMpio. NavojoaMpio. OpodepeMpio. OquitoaMpio. PitiquitoMpio. San Ignacio Río MuertoMpio. San Miguel de Horcasitas Mpio. Santa AnaMpio. SáricMpio. Suaqui GrandeMpio. TrincherasMpio. Tubutama

Tamaulipas:Mpio. AldamaMpio. AltamiraMpio. Antiguo MorelosMpio. Ciudad MaderoMpio. Gómez FaríasMpio. GonzálezMpio. El ManteMpio. Nuevo MorelosMpio. OcampoMpio. TampicoMpio. XicoténcatlVeracruz de Ignacio de la Llave:Mpio. CoatzintlaMpio. Poza Rica de Hidalgo Mpio. Túxpan

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269

Salario Zona de aplicación

Área geográfica “C”$59.08

AguascalientesCampecheChiapasChihuahua:Excepto los señaladosen el área geográfica “A”Coahuila de ZaragozaColimaDurangoEstado de México:Excepto los señalados en el área geográfica “A”GuanajuatoGuerrero:Excepto los señalados en el área geográfica “A”HidalgoJalisco:Excepto los señalados en el áreageográfica “B”Michoacán de OcampoMorelosNayaritNuevo LeónExcepto los señalados en el área geográfica “B”OaxacaPueblaQuerétaro de ArteagaQuintana RooSan Luis Potosí Sinaloa

Sonora:Mpio. Aconchi Mpio. AlamosMpio. ArivechiMpio. ArizpeMpio. BacadéhuachiMpio. BacanoraMpio. BaceracMpio. BacoachiMpio. BanámichiMpio. BaviácoraMpio. BavispeMpio. CumpasMpio. DivisaderosMpio. FronterasMpio. GranadosMpio. HuachineraMpio. HuásabasMpio. HuépacMpio. MazatánMpio. MoctezumaMpio. Nácori ChicoMpio. Nacozari de GarcíaMpio. OnavasMpio. QuiriegoMpio. RayónMpio. RosarioMpio. SahuaripaMpio. San Felipe de JesúsMpio. San JavierMpio. San Pedro de la CuevaMpio. SoyopaMpio. TepacheMpio. UresMpio. Villa HidalgoMpio. Villa PesqueiraMpio. Yécora

TabascoTamaulipas:Mpio. AbasoloMpio. BurgosMpio. BustamanteMpio. CasasMpio. CruillasMpio. GüémezMpio. HidalgoMpio. JaumaveMpio. JiménezMpio. LleraMpio. MaineroMpio. MéndezMpio. MiquihuanaMpio. PadillaMpio. PalmillasMpio. San CarlosMpio. San NicolásMpio. Soto la MarinaMpio. TulaMpio. VictoriaMpio. VillagránTlaxcalaVeracruz de Ignacio de la Llave:Excepto los señaladosen las áreas geográficas “A” y “B”YucatánZacatecas

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269

salarios mínimos profesionales

oficiono.

profesiones, oficios y trabajos especiales Áreas geográficas

a b c

1 Albañilería, oficial de $90.83 $88.49 $86.102 Boticas, farmacias y droguerías, dependiente demostrador en 79.05 76.94 74.993 Buldozer y/o traxcavo, operador de 95.69 92.96 90.544 Cajero(a) de máquina registradora 80.58 78.60 76.615 Cajista de imprenta, oficial 85.77 83.62 81.226 Cantinero preparador de bebidas 82.45 80.21 78.137 Carpintero en fabricación y reparación de muebles, oficial 89.16 86.70 84.388 Cocinero(a), mayor(a) en restaurantes, fondas y demás establecimientos de preparación y venta de

alimentos92.16 89.77 87.26

9 Colchones, oficial en fabricación y reparación de 83.37 81.21 79.1910 Colocador de mosaicos y azulejos, oficial 88.78 86.55 84.1711 Construcción de edificios y casas habitación, yesero en 84.04 82.02 79.6812 Cortador en talleres y fábricas de manufactura de calzado, oficial 81.57 79.55 77.4613 Costurero(a) en confección de ropa en talleres o fábricas 80.44 78.13 76.4014 Costurero(a) en confección de ropa en trabajo a domicilio 82.84 80.73 78.4715 Chofer acomodador de automóviles en estacionamientos 84.69 82.42 80.1416 Chofer de camión de carga en general 92.95 90.56 88.1917 Chofer de camioneta de carga en general 90.02 87.62 85.1718 Chofer operador de vehículos con grúa 86.16 84.09 81.7619 Draga, operador de 96.68 94.24 91.5520 Ebanista en fabricación y reparación de muebles, oficial 90.62 88.22 85.7821 Electricista instalador y reparador de instalaciones eléctricas, oficial 88.78 86.55 84.1722 Electricista en la reparación de automóviles y camiones, oficial 89.76 87.36 84.9123 Electricista reparador de motores y/o generadores en talleres de servicio, oficial 86.16 84.09 81.7624 Empleado de góndola, anaquel o sección en tiendas de autoservicio 78.79 76.73 74.3225 Encargado de bodega y/o almacén 81.98 79.81 77.7226 Enfermería, auxiliar práctico de 84.69 82.42 80.1427 Ferreterías y tlapalerías, dependiente de mostrador en 83.83 81.41 79.3528 Fogonero de calderas de vapor 86.83 84.49 82.1629 Gasolinero, oficial 80.44 78.13 76.4030 Herrería, oficial de 87.50 85.21 82.8231 Hojalatero en la reparación de automóviles y camiones, oficial 89.16 86.70 84.3832 Joyero-platero, oficial 84.69 82.42 80.1433 Joyero-platero en trabajo a domicilio, oficial 88.23 86.09 83.7034 Linotipista, oficial 94.18 91.89 89.4835 Lubricador de automóviles, camiones y otros vehículos de motor 81.17 79.03 76.7736 Maestro en escuelas primarias particulares 96.01 93.57 90.8937 Manejador en granja avícola 77.79 75.86 73.8438 Maquinaria agrícola, operador de 91.35 89.10 86.7339 Máquinas para madera en general, oficial operador de 86.83 84.49 82.1640 Mecánico en reparación de automóviles y camiones, oficial 94.18 91.89 89.4841 Mecánico tornero, oficial 88.23 86.09 83.70

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269

oficiono.

profesiones, oficios y trabajos especiales Áreas geográficas

a b c

42 Moldero en fundición de metales $86.16 $84.09 $81.7643 Montador en talleres y fábricas de calzado, oficial 81.57 79.55 77.4644 Niquelado y cromado de artículos y piezas de metal, oficial de 85.77 83.62 81.2245 Peinador(a) y manicurista 84.69 82.42 80.1446 Perforista con pistola de aire 89.76 87.36 84.9147 Pintor de automóviles y camiones, oficial 87.50 85.21 82.8248 Pintor de casas, edificios y construcciones en general, oficial 86.83 84.49 82.1649 Planchador a máquina en tintorerías, lavanderías y establecimientos similares 80.58 78.60 76.6150 Plomero en instalaciones sanitarias, oficial 87.02 84.89 82.5051 Prensa offset multicolor, operador de 90.83 88.49 86.1052 Prensista, oficial 84.69 82.42 80.1453 Radiotécnico reparador de aparatos eléctricos y electrónicos, oficial 90.62 88.22 85.7854 Recamarero(a) en hoteles, moteles y otros establecimientos de hospedaje 78.79 76.73 74.3255 Refaccionarias de automóviles y camiones, dependiente de mostrador en 81.98 79.81 77.7256 Reparador de aparatos eléctricos para el hogar, oficial 85.77 83.62 81.2257 Reportero(a) en prensa diaria impresa 186.73 182.01 176.7258 Reportero(a) gráfico(a) en prensa diaria impresa 186.73 182.01 176.7259 Repostero o pastelero 90.83 88.49 86.1060 Sastrería en trabajo a domicilio, oficial de 91.35 89.10 89.7361 Secretario(a) auxiliar 93.99 91.35 89.1062 Soldador con soplete o con arco eléctrico 89.76 87.36 84.9163 Tablajero y/o carnicero en mostrador 84.69 82.42 80.1464 Tapicero de vestiduras de automóviles, oficial 86.16 84.09 81.7665 Tapicero en reparación de muebles, oficial 86.16 84.09 81.7666 Trabajo social, técnico(a) en 102.74 99.91 97.3167 Vaquero ordeñador a máquina 78.79 76.73 74.3268 Velador 80.44 78.13 76.4069 Vendedor de piso de aparatos de uso doméstico 82.84 80.73 78.4770 Zapatero en talleres de reparación de calzado, oficial 81.57 79.55 77.46

otras disposiciones1. Acuerdo de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-032-STPS-2008, Seguridad para minas subterráneas de carbón La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), dio a cono-cer los cambios realizados a la NOM de referencia, los cuales se relacionan a las formas que tienen las empresas para com-probar el cumplimiento de esta normatividad, siendo éstas:

contratar los servicios de una unidad de verificación Tipo 0

“A”, encargada de la emisión de un dictamen de evaluación de la conformidadconstituir una unidad de verificación Tipo “B”, integrante 0

del centro de trabajo, con independencia de juicio, integri-

dad en relación con sus actividades y sin conflicto de in-tereses, responsable de verificar el grado de cumplimiento con la presente Norma, y de la emisión de un dictamen, yemplear los servicios de una unidad de verificación Tipo 0

“C”, para realizar de manera independiente la elaboración, ejecución y validación de los requerimientos establecidos en esta Norma y la verificación de su grado de cumplimien-to, por medio de la emisión de un dictamen de evaluación de la conformidad con reporte de servicios.

(STPS, 20 de diciembre).

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Año XXV • 4a. Época 15 de enero de 2012

269SEGURIDAD SOCIALInfonavIt

Requerimientos masivos del InfonavitEn exclusiva el gerente de Recaudación y Servicio al Patrón explica cómo atender las peticiones que últimamente ha notificado el Instituto a un gran número de patrones

05 ¡por fIn devuelven recursos de vIvIenda!

seguro socIal07 oblIgacIones por

outsourcIng en 2012

10 costos y factores de mano de obra 2011

12 factores para cuotas y aportacIones 2012

15 oblIgacIones y multas aplIcables en 2012

s/p otras dIsposIcIonessíntesis y comentarios sobre lo más 0

relevante en materia de seguridad social publicado en el diario oficial de la federación del 13 al 29 de diciembre

disposiciones de carácter general que señalan 1

los días del año 2012 en los que las afore, instituciones públicas que realicen labores similares, siefore y empresas operadoras de la base de datos nacional sar, deberán cerrar sus puertas y suspender operacionesrelación de planes de pensiones 1

registrados ante la consardisposiciones de carácter general en 1

materia de operaciones de los sar(Ver más información en el siguiente número)

IdconlIneHabrá menos comisiones en afore 0

oea apoya a centros del imss para 0

trabajadores discapacitadospensionados por el imss podrán acceder 0

a créditossistema de aHorro para el retiro con 0

rendimiento del 13%

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Año XXV • 4a. Época 15 de enero de 2012

269jurídico corporativo

pagaré cheque endoso

¿títulos de crédito electrónicos?

corolario

07 proteger datos personales, regalo de santa

El nuEvo rEglamEnto propicia una mEjor 0

aplicación dE la lEy dE la matEria

10 a caminar el 2012 cumpliendo

vErifiquE las obligacionEs corporativas 0

a cumplir El año vEnidEro

16 normas oficialesdisposicionEs dictadas por las divErsas 0

sEcrEtarías dE Estado En El pEríodo comprEndido dEl 14 al 29 dE diciEmbrE dE 2011

16 otras disposicionessíntEsis y comEntarios sobrE lo 0

más rElEvantE En matEria jurídico corporativa publicado En El dof, dEl 14 al 29 dE diciEmbrE dE 2011

idconlineaumEntan sancionEs por Emitir publicidad 0

Engañosa concluyE plazo para obtEnEr tarjEta dE 0

circulación con chip condusEf atiEndE a más dE un millón dE 0

mExicanos corrupción siguE impactando En las 0

EmprEsas mExicanas méxico Es lidEr En dEsrEgulación 0

EmprEsarial condusEf promuEvE El ahorro bancario 0

profEco rEcomiEnda no adquirir dEudas En 0

Estas fiEstas ratifican validEz dE vErsión ElEctrónica dEl 0

dof sEcrEtaría dE Economía sancionará a 0

comErciantEs abusivos

Pagaré y cheque son estudiados como instrumentos útiles para extender plazos y administrar los pagos en cada caso

Títulos de crédito permiten operaciones

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269

normas oficialesRelación de disposiciones en materia de Normalización publicadas en el DOF y en la Gaceta Oficial del DF del 14 al 29 de diciembre de 2011.

secretaría de energía

nom y Fecha de publicación campo de aplicaciónnom-018-EnEr-2011, Aislantes térmicos para edificaciones. Características y métodos de prueba(14 de diciembre)

Fija las características y métodos de prueba que deben cumplir los productos, componentes y elementos termoaislantes, para techos, plafones y muros de las edificaciones. Aplica a los productos, componentes y elementos que sean de fabricación nacional o de importación con propiedades de aislante térmico para techos, plafones y muros de las edificaciones, producidos y comercializados con ese fin, sin perjuicio de otros fines. Se excluyen los aislantes térmicos para cimentaciones. En vigor a los 60 días naturales posteriores al 14 de diciembre de 2011

nom-002-sEdE-2010, Requisitos de seguridad y eficiencia energética para transformadores de distribución(15 de diciembre)

Establece los requisitos mínimos de seguridad y eficiencia energética que deben cumplir los transformadores de distribución, así como los métodos de prueba que deben utilizarse para evaluar estos requisitos.Aplica a los transformadores de distribución de fabricación nacional e importados, tipo: poste, subestación, pedestal y sumergible (de acuerdo con las definiciones establecidas en el capítulo 3 de esta Norma), autoenfriados en líquido aislante, destinados al consumidor final, cuando sean comercializados en los México. También cuando el transformador de distribución sea objeto de reparación, reconstrucción o reinstalación con el propósito de comercializarse en territorio nacional.En vigor a los seis meses siguientes al 15 de diciembre

otras disposicionesRelación de disposiciones en materia publicadas en el DOF del 14 al 29 de diciembre de 2011.

secretaría de salud

disposición contenidoDecreto por el que se adiciona el artículo 41 Bis y se reforma el artículo 98 de la Ley General de Salud

Los establecimientos para la atención médica del sector público, social o privado del sistema nacional de salud contarán con un Comité Hospitalario de Bioética y en los casos de establecimientos de atención médica que lleven a cabo actividades de investigación en seres humanos, un Comité de Ética en Investigación.En vigor a partir del 15 de diciembre(14 de diciembre)

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secretaría de economía

disposición contenidoDecreto por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Ley Federal de Protección al Consumidor

La Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) verificará a través de visitas, requerimientos de información o documentación, monitoreos, o por cualquier otro medio el cumplimiento de la ley en la materia y por ello, los proveedores, sus representantes o sus empleados están obligados a permitir al personal acreditado de la Procuraduría el acceso al lugar o lugares objeto de la verificación.Las autoridades, proveedores y consumidores deben proporcionar a la PROFECO en un término no mayor de 15 días, la información o documentación necesaria que les sea requerida para el cumplimiento de sus atribuciones, así como para sustanciar los procedimientos referidos en esta ley y ese plazo podrá ampliarse una sola vez.Se puntualiza que la información o publicidad que compare productos o servicios, sean de una misma marca o de distinta, no podrá ser engañosa o abusiva y se precisan infracciones y en qué casos éstas son especialmente graves (artículos 32, 127, 28, 128 BIS, y 128 TER).En vigor a partir del 16 de diciembre(15 de diciembre)

Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Inversión Extranjera, de la Ley General de Sociedades Mercantiles, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley Federal de Derechos, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y de la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal

Ya no se requiere permiso de la Secretaría de Economía para constituir una sociedad, sino que sólo autorizará el uso de las denominaciones o de las razones sociales (artículos 15 y 16 de la LIE), modificando la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal para ello, y ya no se cobrarán derechos (artículo 25, fracciones I y II de la LFD, derogación). El plazo para resolver la solicitud se disminuye de cinco a dos días hábiles siguientes a su presentación (artículo 16 A de la LIE). Se especifica que la duración de una sociedad puede ser indefinida (artículo 6o, fracción IV de la LGSM). Respecto a las sociedades de responsabilidad limitada ya no hay límite mínimo en el capital social para su constitución y será el que se establezca en el contrato social y las partes sociales se dividirán en múltiplos de un peso (artículo 62 de la LGSM). En la sociedad anónima tampoco se necesitará monto mínimo para su constitución (artículo 89, fracción II de la LGSM). Se dan facultades a la SE para llevar a cabo un procedimiento simplificado de constitución de empresas microindustriales y también se crean los expedientes electrónicos empresariales. En vigor el 1o de enero de 2012 por lo que se refiere a la LGSM, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la LFD y la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal, mientras que las reformas a la LIE y a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, entrarán en vigor en un plazo de seis meses contados a partir del 15 de diciembre de 2011(15 de diciembre)

Reglamento de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares

Se reglamentan las disposiciones de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) y se dan diversas definiciones que precisan la Ley. Se justifica el ámbito objetivo y territorial de aplicación (artículos 3o y 4o).Se delimita el tratamiento derivado de una relación jurídica, y cuáles son las fuentes de acceso público (artículos 6o y 7o) y se detallan los principios de los datos personales (artículos 9o a 11) y se aborda con mayor claridad lo relativo al consentimiento del titular (artículos 13 a 21), así como las características del aviso de privacidad, incluyendo sus elementos, los formatos, y la manera de obtener la información (artículos 24 a 31).Se abordan ampliamente los puntos descritos en la LFPDPPP como:

medidas compensatorias 0

relaciones entre responsable y encargado 0

tratamiento de datos personales sensibles 0

medidas de seguridad en el tratamiento de datos 0

transferencias (nacionales e internacionales) 0

autorregulación, y 0

ejercicio de derechos ARCO 0

Para mayor información consulte el tema Proteger datos personales, regalo de Santa de esta misma secciónEn vigor a partir del 22 de diciembre de 2011(21 de diciembre)

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secretaría de educación pública

Aviso por el que se señalan los días de diciembre de 2011, en los que el Instituto Nacional del Derecho de Autor suspenderá sus servicios de atención al público

Se suspendieron los servicios de atención al público del Instituto Nacional del Derecho de Autor por el segundo período vacacional correspondiente al 2011, comprendido del 19 al 30 de diciembre reanudándose las labores el 2 de enero de 2012, considerándose tales días como inhábiles para todos los efectos a que haya lugar en términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.(15 de diciembre)

secretaría de hacienda y crédito publico

Acuerdo por el que se comunica período vacacional de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores

Con motivo del período vacacional correspondiente y de conformidad con las disposiciones legales respectivas, se suspendieron las labores de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) del 19 de diciembre hasta el 30 de diciembre de 2011, considerándose como inhábiles los días mencionados para efectos de las diligencias o actuaciones de los procedimientos que se tramitan o deban tramitarse en la CNBV, y reanudándose las labores el 2o de enero de 2012(16 de diciembre)

instituto mexicano de la propiedad industrial

Acuerdo por el que se dan a conocer los días del año 2012 en los que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial suspenderá sus labores

El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial suspenderá labores, además de los sábados y domingos, los siguientes días del año 2012: febrero 6, en conmemoración del día 5; marzo 19, en conmemoración del día 21; abril 5 y 6; mayo 1o; noviembre 2 y 19, en conmemoración del 20.Dichos días se entenderán como inhábiles para los efectos de lo dispuesto por la Ley de la Propiedad Industrial y su Reglamento(20 de diciembre)

instituto federal de acceso a la información y protección de datos

Modificación al Reglamento Interior del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos

Se ajusta la organización y las facultades del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos además, se detallan las atribuciones de las Secretarías de Acceso a la Información y de Protección de Datos Personales.En vigor a partir del 23 de diciembre(22 de dciembre)

disposición contenidoAcuerdos mediante los cuales se dan a conocer las Reglas de Operación para el ejercicio fiscal 2012:

del Programa para el Desarrollo de 0

las Industrias de Alta Tecnología (PRODIAT)del Fondo de Apoyo para la Micro, 0

Pequeña y Mediana Empresa (Fondo PYME) para el Desarrollo de la Industria 0

del Software (PROSOFT) para el Otorgamiento de Apoyos 0

del Programa de Competitividad en Logística y Centrales de Abasto (PROLOGYCA)

Se precisan las reglas para ser beneficiario de PRODIAT, Fondo PYME, PROSOFT Y PROLOGYCA en 2012, mismas que se estarán analizando en el próximo número de IDC Asesor Jurídico y Fiscal.(23 de diciembre)

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Año XXV • 4a. Época 15 de enero de 2012

269ComerCio exterior

07 cuarta modificación a las rcgce 2011

Revise los cambios a las Reglas aplicables 0

al nuevo esquema de empResa ceRtificada y otRos que RepeRcutiRán en sus opeRaciones

empresas certificadas ya establecidas 1

neec 1

otros 1

09 memorándum de obligaciones 2012

cumpla en tiempo las diveRsas 0

obligaciones en mateRia aduaneRa y evite multas

por única vez 1

mensuales 1

semestrales 1

anuales 1

12 otras disposicionessíntesis y comentaRios sobRe lo más 0

Relevante publicado en el dof, del 14 al 29 de diciembRe

cuotas compensatorias 1

normas oficiales mexicanas 1

modificación al acuerdo de equivalencias a 1

las nom-041-semaRnat-2006 y nom-047-semaRnat-1999 acuerdos por los que se declara período 1

vacacionalanexo no. 18 al convenio de colaboración 1

administrativa en materia fiscal federaltrigésima modificación a las reglas y 1

criterios de la se

idconlineaumenta el empleo en manufactura immeX 1

balanza comercial mantiene déficit 1

nuevo esquema de empresas certificadas 1

productos chinos ya ingresan a méxico sin 1

cuotas antidumping

Hacer uso de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, implicará no sólo registrar al usuario, sino también a quienes capturarán las solicitudes, ¡prevéngalo!

Se renueva la forma de realizar trámites

09 Com Exterior 269.indd 1 1/3/12 10:41:43 AM

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otras disposiciones1. Cuotas compensatorias

Continúa el procedimiento administrativo de revisión y se modifica la cuota compensatoria de $0.1809 a $1.28 dólares por kg neto para las importaciones de hongos del

género agaricus, mercancía clasificada en la fracción aran-celaria 2003.10.01 originarias de China, provenientes de Calkins Limited, independientemente del país de procedencia (Secretaría de Economía, 16 de diciembre).

09 Com Exterior 269.indd 12 1/3/12 10:41:46 AM

269

2. Normas oficiales mexicanas Se publican, la:NOM-018-ENER-2011, 0 que entrará en vigor a partir del 14 de febrero de 2012, y aplicará a los productos con propie-dades de aislante térmico para techos, plafones y muros, nacionales o de importaciónmodificación a los numerales 2, Apartado 3 Definiciones, 0

4.1.1, 4.1.4, 4.1.6, 4.3.1, 4.3.4, 4.3.9, 4.5.6, 4.6.1, 4.6.2 y 6 de la NOM-004-SCFI-2006, en vigor 60 días naturales posteriores a su publicación en el Diario Oficial de la Federación –DOF– (SENER y SE, 14 y 23 de diciembre)

3. Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se aceptan como equivalentes a la Normas Oficiales Mexica-nas NOM-041-SEMARNAT-2006 y NOM-047-SEMARNAT-1999, las regulaciones que se indican y sus respectivos proce-dimientos de evaluación de la conformidad y se reconocen como válidos para efectos de acreditar su cumplimiento en los puntos de ingreso al país los certificados que se señalan

Se aceptan como equivalentes de dichas NOM´s las regula-ciones técnicas de cualquiera de los estados que conforman los Estados Unidos de América (antes sólo a las de los Estados de Arizona, California, Texas y Nuevo México), y sus respectivos pro-cedimientos para verificar el cumplimiento de sus regulaciones en materia de emisiones de gases contaminantes a la atmósfera.

Reforma en vigor a partir del 16 de diciembre de 2011 (SEMARNAT, 16 de diciembre).

4. Acuerdos por los que se declara período de receso por temporada navideña

Se suspendieron las labores del 19 al 30 de diciembre de 2011, para reanudarse el 2 de enero de 2012, en la SAGARPA y en la Sección Mexicana del Secretariado de los TLC.

Para efectos legales, esos días se considerarán inhábiles (SE y SAGARPA, 16 de diciembre).

5. Anexo No. 18 al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, que celebran la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y diversos Estados

El Gobierno Federal, por conducto de la SHCP, y los Gobier-nos de los Estados de Chihuahua, Baja California Sur, Sinaloa y Tamaulipas, celebraron tal Convenio para ejercer las facultades de recuperación de los créditos fiscales federales.

Para ejercer esa facultad, a través del SAT se otorgará a los Estados la información y la documentación de los citados crédi-tos relativa a los conceptos de: impuestos y derechos federales, incluyendo sus accesorios, así como cuotas compensatorias, exceptuándose los acordados al efecto; y las multas impues-tas por infracciones a las disposiciones fiscales establecidas en el Código Fiscal de la Federación y en las Leyes Aduanera y de Comercio Exterior (SHCP, 16 y 19 de diciembre).

6. Trigésima modificación al Acuerdo por el que la SE emite Reglas y Criterios de Carácter General en Materia de Comercio Exterior

La reforma es para: actualizar la nomenclatura de la NOM-016-ENER-2010 por la 0

NOM-028-ENER-2010 en el Anexo 2.4.1 “Acuerdo de NOM´s”reformar el contenido del criterio para obtener el permiso 0

previo de diversas mercancías, identificadas en las tablas establecidas en los numerales 1 y 2, fracción II y 7, fracción VI, del Anexo 2.2.2disponer que las representaciones de la SE dictamina- 0

rán las prórrogas de los permisos de régimen temporal y definitivo, excepto para los establecidos en la fracción II, numerales 9, 10 y 11 del Anexo 2.2.2., tratándose del régimen de importación definitivaprever que el certificado de origen electrónico para expor- 0

tar a Colombia podrá obtenerse utilizando la Firma Elec-trónica Avanzada (FIEL). Cabe aclarar que para efectuar el trámite se seguirá ingresando a la página de Internet www.siicex.gob.mx o www.economia.gob.mx con el núme-ro de Registro Único de Personas Acreditadas –RUPA– (SE, 21 de diciembre).

7. Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, y el Decreto por el que se establecen diversos Prosec

La reforma es para exentar de arancel a las importaciones de kiwis y cochinillas, enteras o en polvo; crear dos fracciones aran-celarias para las mercancías destinadas al régimen aduanero de recinto fiscalizado estratégico; y modificar diversas fracciones arancelarias de los PROSEC.

Decreto en vigor a partir del 27 de diciembre de 2011 (SE, 26 de diciembre).

8. Prorrogas de vigenciasSe prorroga:hasta el 31 de diciembre de 2012, 0 el Convenio celebrado por la SHCP y el Estado de Sonora para la internación e importación temporal de vehículos, publicado en el DOF el 25 de noviembre de 2005. Este instrumento se prorrogará automáticamente hasta el 31 de diciembre de 2013, cuando a más tardar el 15 de diciembre de 2012, el Gobierno del Estado de Sonora acredite que realizó las transferencias correspondientes al pago que, en su caso, deba efectuar conforme la cláusula segunda, fracción V del citado Conveniodel 1o de enero de 2012 y hasta la entrada en vigor del 0

Acuerdo de Integración Comercial entre México y Perú, la vigencia del Acuerdo de Complementación Económica No. 8 y sus preferencias arancelarias (SHCP y SE, 29 de diciembre)

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Para comentarLas empresas seguirán siendo conservadoras en cuanto a incrementos salariales se refiere. Sin embargo, muchas de ellas han empezado a otorgar compensaciones variables, en las que el pago por resultados sería el componente que podría elevar los ingresos de los trabajadores. Por ello, el reto está en encontrar cómo medir y compensar el incremento en la productividad de los colaboradores

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No olvidarlas empresas de outsourcing deben 0

proporcionar al imss información de los contratos mediante los cuales ponen trabajadores a disposición de sus clientes. el reporte es trimestral y de no presentarlo, se podrían hacer acreedores a una multa de hasta $21,815.50 SS07

el iva y el ietu son contribuciones que se 0

causan por los ingresos efectivamente cobrados. en este sentido, la fluctuación cambiaria no está gravada por dichos impuestos, pero el tipo de cambio a considerar deberá corresponder al del día en que se percibe el ingreso y no al de la fecha de la factura F06

los patrones deben conservar copia 0

de los contratos de trabajo y de los recibos de pago de salarios y prestaciones durante la vigencia de la relación laboral y hasta por un año posterior a su terminación L10

Lo que aprendíLa Administración General de Aduanas 0

puso en marcha la primera fase de la implementación de la Ventanilla Única, cuyos beneficios se verán reflejados en la agrupación de trámites, y en conse-cuencia, en la reducción de tiempos y costos para los operadores del comercio exteriorDe no aparecer el nombre del benefi- 0

ciario, el pagaré es ineficaz como título de crédito. Respecto de las personas que aparecen como aval, se debe designar el monto que cada uno de ellos avala, pues de no establecerlo se entenderá que es por el 100% del monto consigna-do en el título de crédito

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Infonavit, a fin de realizar descuentos por amortizaciones de créditos por los cuales ya se había emitido el aviso de suspensión de descuentos, deberán acudir a la delegación del instituto para efectuar la aclaración respectiva

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