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SESION ORDINARIA DEL DIA 28 DE MARZO DE 2011. ALCALDE D. GALDER OLIBARES. CONCEJALES. DÑA. OIHANE GOIOAGA. DÑ. GOTZONE AMURIZA. D. IÑIGO UNDURRAGA. D. JESUS ALCOCEBA. D. GAIZKA ALDEITURRIAGA. DÑA. ANDERE ORTUZAR. D. IÑIGO URIARTE D. KOLDO ATUTXA. DÑA. OLATZ URKIZA SECRETARIA DÑA. PRESENTACION GARMILLA. Siendo las dieciocho horas y treinta minutos del día señalado, se constituyo la Corporación en primera convocatoria bajo la Presidencia del Sr. Alcalde D. Galder Olibares Yurrebaso, en el Salón de Plenos del Ayuntamiento de Igorre, con la asistencia de los Sres. Concejales que al margen se citan, asistidos de la Secretario Dña. Presentación Garmilla. 1.- LECTURA Y APROBACION ACTA ANTERIOR . A continuación se procede a la aprobación del acta anterior la del 14 de marzo de 2011, y la del 28 de marzo de 2011 , las cuales son aprobadas por unanimidad. 2.- SOLICITUD DE SUBVENCIONES No hay ninguna. 3-1.- MODIFICACIÓN DE CREDITOS Nº 4 DEL PRESUESTO DE 2011 DE CRÉDITOS ADICIONALES: PROTECCIÓN Y MEJORA DEL MEDIO AMBIENTE Seguidamente se da cuenta de la Modificación de créditos nº 4, adicionales del presupuesto de 2011. El Sr. Alcalde procede a exponer el desglose del expediente cuyo contenido es el siguiente: 2011KO AURREKONTUKO 4. KREDITU ALDAKETA KREDITU GEHIKUNTZA GASTUEN GEHIKUNTZA 511-60101 Conexión variante zona industrial-Solaguren-casco urbano 50.000,00 511-60102 Urbanización Sabino Arana 200.000,00

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SESION ORDINARIA DEL DIA 28 DE MARZO DE 2011.

ALCALDED. GALDER OLIBARES.CONCEJALES.DÑA. OIHANE GOIOAGA.DÑ. GOTZONE AMURIZA.D. IÑIGO UNDURRAGA.D. JESUS ALCOCEBA.D. GAIZKA ALDEITURRIAGA.DÑA. ANDERE ORTUZAR.D. IÑIGO URIARTED. KOLDO ATUTXA.DÑA. OLATZ URKIZASECRETARIADÑA. PRESENTACION GARMILLA.

Siendo las dieciocho horas y treinta minutos del día señalado, se constituyo laCorporación en primera convocatoria bajo la Presidencia del Sr. Alcalde D. GalderOlibares Yurrebaso, en el Salón de Plenos del Ayuntamiento de Igorre, con la asistenciade los Sres. Concejales que al margen se citan, asistidos de la Secretario Dña.Presentación Garmilla.

1.- LECTURA Y APROBACION ACTA ANTERIOR.

A continuación se procede a la aprobación del acta anterior la del 14 de marzode 2011, y la del 28 de marzo de 2011 , las cuales son aprobadas por unanimidad.

2.- SOLICITUD DE SUBVENCIONES

No hay ninguna.

3-1.- MODIFICACIÓN DE CREDITOS Nº 4 DEL PRESUESTO DE 2011DE CRÉDITOS ADICIONALES: PROTECCIÓN Y MEJORA DEL MEDIOAMBIENTE

Seguidamente se da cuenta de la Modificación de créditos nº 4, adicionales delpresupuesto de 2011.

El Sr. Alcalde procede a exponer el desglose del expediente cuyo contenido es elsiguiente:

2011KO AURREKONTUKO 4. KREDITU ALDAKETA

KREDITU GEHIKUNTZA

GASTUEN GEHIKUNTZA

511-60101 Conexión variante zona industrial-Solaguren-casco urbano 50.000,00 €

511-60102 Urbanización Sabino Arana 200.000,00 €

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432-64301 Investigaciones, estudios y proyectos 50.000,00 €

GUZTIRA 300.000,00 €

FINANTZAKETA

87001 Remanente líquido de tesorería 300.000,00 €

GUZTIRA 300.000,00 €

Por parte de la secretaria-interventora se informa de la tramitación delcorrespondiente expediente:

- Aprobación provisional- Exposición pública por espacio de 15 días, contados a partir de la inserción

del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de Bizkaia.- Aprobación definitiva, resolviendo las alegaciones que se hubieran

presentado, en su caso.- Publicación del resumen en el Boletín Oficial de Bizkaia.

En el supuesto de que no se hubieran presentado reclamaciones se entiende queel expediente de modificación de créditos está definitivamente aprobado, todo ello deconformidad con lo señalado en los art. 15 y 27 de la Norma Foral 10/2003, de 2 dediciembre, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia

La Corporación se da por enterada y tras un amplio debate y por unanimidad, seadopta el siguiente acuerdo:

1.- Aprobar la Modificación de Créditos nº 4 del presupuesto de 2011,conforme se ha expuesto en la parte expositiva del presente acuerdo.

2- Someter a exposición pública por espacio de 15 días contados a partir de lapublicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Bizkaia, señalándose asímismo que en el supuesto de no presentarse reclamaciones se considerarádefinitivamente aprobado el mismo, todo ello de conformidad con lo que señala en losartículos. 15 y 27 de la Norma Foral 10/2003, de 2 de diciembre, Presupuestaria de lasEntidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia.

3.- Certifíquese el presente acuerdo al expediente, y a intervención.3-2.-APROBACION INICIAL DEL PRESUPUESTO DE 2011

Seguidamente se dio cuenta a la Corporación, de conformidad con lo señaladopor el art. 149 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de HaciendasLocales, el proyecto de presupuesto previamente informado por la Comisióncorrespondiente.

El resumen por capítulos de ingresos y gastos es el siguiente:

TOTAL GASTOS TOTAL INGRESOS

TOTAL CAPITULO 1.- 1.143.200,00 TOTAL CAPITULO 1.- 1.005.000,00

TOTAL CAPITULO 2.- 1.994.681,00 TOTAL CAPITULO 2.- 150.000,00

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TOTAL CAPITULO 3.- 35.600,00 TOTAL CAPITULO 3.- 384.900,00

TOTAL CAPITULO 4.- 403.801,52 TOTAL CAPITULO 4.- 2.846.378,00

TOTAL CAPITULO 5.- 19.800,00

TOTAL CAPITULO 6.- 568.658,68 TOTAL CAPITULO 6 25.674,72

TOTAL CAPITULO 7- 51.000,00 TOTAL CAPITULO 7.- 1.600,00

TOTAL CAPITULO 8.- 30.000,00 TOTAL CAPITULO 8.- 30.000,00

TOTAL CAPITULO 9.- 236.411,52 TOTAL CAPITULO 9.- 0,00

TOTAL 4.463.352,72 TOTAL 4.463.352,72

TOTAL GASTOS CORRIENTES (C.1 - C.4) 3.577.282,52

TOTAL INGRESOS CORRIENTES (C.1 - C.5) 4.406.078,00

DIFERENCIA I - G CORRIENTES 828.795,48

Como documento integrante del presupuesto procede asimismo aprobar laPlantilla Orgánica y la relación de puestos de trabajo, que se adjuntan al Acta.

Por parte de la Secretaria se informa el presente acuerdo deberá ser adoptadocon el quórum de mayoría simple .

Seguidamente el Sr. Alcalde procede a exponer las líneas fundamentales delproyecto de presupuestos para el año 2011, e indica que por lo que respecta al capítulo1, su importe se ha reducido debido a que ya en el presupuesto de 2010 no seconsignaron cantidades destinadas a la sustitución de personal y la brigada se hareducido a cuatro personas Por lo que respecta al capítulo 2 destaca el mayor importedestinado a la limpieza derivada de la mayor superficie a limpiar, la reducción en lapartida de obras a realizar por la brigada, al haberse reducido asimismo sus efectivos.Las consignaciones destinadas a Igotrans y Oinesbusa se reducen respecto al añopasado, asi como la partida de Igualdad y Juventud. Las partidas de Ludoteca yUdalekus, la renta de los locales parroquiales y Actividades para la dinamización delsector comercial se amplían. La consignación de 140.000,00 € destinados a actividadesculturales se mantiene, la nueva partida de 5.000,00 € destinadas a actividades paramayores, y el incremento en la partida de mantenimiento de instalaciones deportivasdado que se ha previsto una apertura de 15 días para el polideportivo el presente año.Asimismo indica que en el capítulo VI se consignan 23.000,00 € para expropiaciones.160.000€ para la ejecución del aterpe de las escuelas y 140.000€ para obras varias.

Seguidamente toma la palabra Gotzone Amuriza, en nombre de los concejalesno adscritos, la cual manifiesta la intención de su grupo de votar a favor del proyecto depresupuestos y procede a dar lectura, el cual solicita que conste en acta y cuyocontenido es el siguiente:

Estamos contentos/as ya que los presupuestos se han aprobado por segunda vez porunanimidad. Y al mismo tiempo, con cierta pena, ya que el presupuesto que hemos aprobadoahora se podría haber aprobado en el pleno del 22 de noviembre. Pena de que no hubierahabido en su momento la disposición y capacidad de trabajo que ha habido esta semana.Cada grupo deberá sacar las conclusiones de lo sucedido.

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Aun así, los presupuestos que hemos aprobado no son los que nosotros/as hubiéramosdeseado

Nosotros/as, queremos dejar claras las diferencias entre nuestra propuesta y lo aprobado.

1.-La Brigada Municipal compuesta por 6 personas.

Creemos que en la Brigada debe haber 6 personas. En las pequeñas tareas cotidianas esmucho mas eficaz un grupo de trabajo que conozca bien el pueblo. Además, es lo que sedefiende en los informes técnicos.

2.-Poner en marcha el Plan de Igualdad

Para ayudar a poner en marcha el plan aprobado por unanimidad planteábamos que hubieraun/a dinamizador/a. Creemos que aceptar el plan, exige ponerlo en marcha. Y, aunpensando que ese servicio podría llevarse de una manera distinta, creemos que puede sercompletamente compatible con otro planteamiento de gestión, y que podría aprobarse másadelante.

3.- Juventud: Nuevas propuestas

El esquema existente ha fracasado. En Igorre hay una carencia muy grande a partir de los 12años en cuanto a servicios para jóvenes. Tenemos demasiado jóvenes metidos/as en locales.Somos de la opinión de que hay que proponer nuevas ideas en este ámbito.

4.- Participación: aprender y mejorar la práctica

Creemos que para mejorar el pueblo el trabajo ha de hacerse de abajo para arriba. Losproblemas que nos afectan a todos/as, deben arreglarse entre todos/as. Y eso, se aprende yenseña con voluntad, tiempo y poniendo los medios necesarios, de igual manera que en elpolideportivo se enseña y se aprende a nadar. Nosotros/as creemos que para eso hay queponer dinero.

Aunque hasta ahora no lo hayamos conseguido, tenemos claro que haremos todos losesfuerzos para llegar a un acuerdo con los otros grupos en estos cuatro puntos, de igualmanera que hemos llegado en otros.

Andere Ortúzar, en nombre de EAJ/PNV, indica que su grupo se ha mantenidofirme en la postura mantenida el pasado día 10 de enero de 2011, fecha en quepresentaron el proyecto de presupuestos, en el sentido de que se debía contar con unpresupuesto y luego proceder a tramitar expedientes de modificaciones de créditos, y asíuna vez conocidos los datos del superavit de 2010 y el importe de Udalkutxa con fecha18 de marzo han presentado un nuevo proyecto de presupuestos y se alegra que hayasido posible llegar a un acuerdo entre los tres grupos políticos del Ayuntamiento ya queconsidera que ello supone un beneficio para el pueblo.

Iñigo Undurraga, en nombre de ID, procede a repartir un texto entre el público,texto que solicita que conste en acta y cuyo contenido es el siguiente:

PRESUPUESTOS AYUNTAMIENTO DE IGORRE.

Presupuestoinicialaprobabado en2010

Presupuesto inicial2011 presentado porGalder

Presupuestoinicial 2011presentado porID.

PresupuestoPNV

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GASTOSGASTOS DE PERSONAL(personal delAyuntamiento,alcalde y concejales) 1.205.750,00 € 1.201.200,00 € 1.140.280,00 € 1.143.200,00 €GASTO CORRIENTES(mantenimiento depolideportivo,kultur etxea y espacios públicossuministro eléctrico,calefacción,actividades culturales,ludoteca,seguros,mat. de obras…… 1.847.171,00 € 2.032.500,00 € 1.907.589,00 € 1.994.000,00 €GASTOS FINANCIEROS(intereses préstamo BBK) 35.500,00 € 35.600,00 € 35.600,00 € 35.600,00 €TRASF. CORRIENTES( pago a mancomunidad ysubvenc. culturales,deportivas y de fiestas) 467.680,00 € 444.804,00 € 442.705,00 € 402.302,00 €INVERSIONES REALES(la mayoria inversiones eninfraestructuras) 600.000,00 € 360.070,00 € 548.000,00 € 572.123,00 €TRASF. DE CAPITAL(mayoria subvenciones porascensores) 45.000,00 € 51.000,00 € 51.000,00 € 51.000,00 €ACTIVOS FINANCIEROS(anticipos al personal) 30.000,00 € 30.000,00 € 30.000,00 € 30.000,00 €PASIVOS FINANCIEROS(amortización préstamoBBK) 80.000,00 € 79.200,00 € 79.200,00 € 79.200,00 €

4.311.101,00 € 4.234.374,00 € 4.234.374,00 € 4.307.425,00 €INGRESOSIMPUESTOS DIRECTOS(IBI,IAE,impuesto devehículos y plusvalias) 925.000,00 € 963.000,00 € 963.000,00 € 1.013.000,00 €IMPUESTOS INDIRECTOS(impuesto de constr.Intal. y obras) 180.000,00 € 150.000,00 € 150.000,00 € 150.000,00 €TASAS Y OTROS INGRESOS( alcantarillado ,polidep., kultur etxea, ocupac. suelo, obras..) 370.150,00 € 361.850,00 € 361.850,00 € 384.900,00 €TRANSFERENCIAS CORRIENTES(Udalkutxa yGarbiker fundamentalmente) 2.593.312,00 € 2.707.625,00 € 2.707.625,00 € 2.707.625,00 €INGRESOS PATRIMONIALES(intereses C/C) 17.400,00 € 19.800,00 € 19.800,00 € 19.800,00 €APROVECHAMIENTOS URBANISTICOS(15% delayuntamiento fundamentalmente) 193.840,00 € 500,00 € 500,00 € 500,00 €TRANSFERENCIAS DE CAPITAL(suvenciones deDiputac. , Gob. Vasco y central) 1.400,00 € 1.600,00 € 1.600,00 € 1.600,00 €ACTIVOS FINANCIEROS(reintegros anticipos depersonal) 30.000,00 € 30.000,00 € 30.000,00 € 30.000,00 €

PASIVOS FINANCIEROS - € - €-

€4.311.102,00 € 4.234.375,00 € 4.234.375,00 € 4.307.425,00 €

El SR. Undurraga manifiesta que por una parte está perplejo y por otra estácontento de que se aprueben los presupuestos para 2011, perplejo ya que considera queno existen apenas diferencias entre el presupuesto de 2010, aprobado por unanimidad ensu día, y entre el presentado por el Alcalde en el pleno del 22 de noviembre, elpresentado por ID y EAJ/PNV el 10 de enero, el presentado por EAJ/PNV el 18 demarzo y este que finalmente se va a aprobar. Indica que las modificaciones producidasprovienen exclusivamente de la actualización de los datos producida por mayoresingresos de plusvalía (70.000,00 €) por menor gasto a la mancomunidad (-40.000,00 €),los cuales se han aplicado a gasto corriente (87.000,00 €) y a inversiones (24.000,00 €),y procede a continuación a exponer los datos señalados en el cuadro antedicho.

Toma la palabra el Alcalde Galder Olibares, el cual manifiesta sudisconformidad con lo expuesto por el Sr. Undurraga ya que considera que aun cuandolos números globales puedan ser similares las diferencias fundamentales se encuentran

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en la diferente asignación de partidas, así en el presupuesto del 10 de enero nofiguraban incrementos al alquiler de los locales de la parroquia ni las actividades para latercera edad, ni el Igotrans, ni tampoco existía partida destinada al sector comercial etc.señala que la partida estrella eran los 280.000,00 € destinados a San Juan.

Iñigo Undurraga en nombre de ID, responde que la partida de San Juan no fueuna condición sino solo el importe total y que en tal sentido así lo entendieron losrepresentantes de EAJ/PNV con los que se llegó a un acuerdo.

El Alcalde responde que no está de acuerdo ya que a su grupo se le indicó que eltema de San Juan era inamovible y que en ese proyecto la inversión mayor era San Juancon 280.000,00 € y que en el actual se ha quitado.

Iñigo Uriarte, en nombre de EAJ/PNV, responde que de conformidad con loindicado por Iñigo Undurraga, su grupo entendió que la inversión de San Juan no eraprimordial, que se trataba de dejar una partida abierta. Que en el proyecto que su grupopresentó el 18 de marzo no aparecía esa obra ya que se comentó con ID y se vió que noera posible acometer su ejecución.

El Alcalde manifiesta que desde el pleno de 22 de noviembre de 2010 hasta el10 de enero de 2011 transcurrió mes y medio hasta que ID y EAJ/PNV presentaron suproyecto de presupuestos y que el desbloqueo final se ha producido en tan solo 15 días.

Andere Ortuzar, en nombre de EAJ/PNV, manifiesta que cuando en el anteriorpleno el Alcalde trajo sus propuestas de modificaciones de créditos su grupo votó encontra. Que una vez conocidas las previsiones de Udalkutxa y el superavit de 2010, confecha 18 de marzo de 2011 presentan su propuesta de presupuestos y tras los contactosmantenidos con ID y con el grupo de concejales no adscritos se ha llegado a un acuerdoconjunto y considera que lo positivo de este proceso es que se haya sido capaz de llegara un acuerdo entre los grupos del Ayuntamiento. Que en el tema de los presupuestos esdeterminante ver a que se da prioridad que su grupo otorga prioridad a las actividadesde la tercera edad, a los comerciantes, a la colocación de columpios y a que se sea capazde sacar adelante el tema.

Iñigo Undurraga en nombre de ID, manifiesta que lo que no entiende es quehaya tardado tanto en llegarse a un acuerdo.

El Alcalde responde que los datos de la liquidación se facilitaron a los grupospolíticos el 28 de febrero, en el pleno del 14 de marzo se plantearon las diferentesmodificaciones de créditos que no se aprobaron, con fecha 18 de marzo se presenta porEAJ/PNV un nuevo proyecto de presupuestos basados en la cuarta propuesta que elAlcalde ha presentado a los grupos y hoy 28 de marzo de 2011 se aprueba el proyectoconsensuado. Lo que en noviembre no se pudo hacer en 15 días, en marzo ha podido serel Alcalde entiende que para ello ha sido clave el pleno del día 14 de marzo.

Andere Ortuzar, en nombre de EAJ/PNV manifiesta que la prioridad de su grupoes que se llegase a aprobar por todos, que han preferido ir despacio y conseguir elacuerdo de todos, que una cosa es que su proyecto de presupuestos no se presentase porregistro y otra es que dicho proyecto no existiese y que su grupo es el que ha dado elprimer paso.

El Alcalde responde que está de acuerdo en que es beneficioso para el puebloque se aprueben los presupuestos por unanimidad.

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Iñigo Uriarte manifiesta que se alegra de que para ello el Alcalde hayareconsiderado modificar su postura de mantener la brigada de seis trabajadores y lacontratación de una técnico para el Plan de Igualdad.

El Alcalde responde que siempre ha estado abierto al debate y que todos losgrupos han tenido que renunciar a algún proyecto. Está de acuerdo que ha tenido querenunciar de momento a la brigada de seis y a la técnico de Igualdad que ascendían a75.000€ y que EAJ e ID han tenido querenunciar al proyecto de San Juan y al de Mikele que asciende a más de 750.000€.

La Corporación se da por enterada y tras un breve debate, y por unanimidad,acuerda lo siguiente:

1.- Aprobar íntegramente y con carácter inicial el presupuesto único de 2011 enlas cifras anteriormente citadas.

2.- Aprobar la Plantilla Orgánica del Ayuntamiento y la correspondiente relaciónde puestos de trabajo.

3.-.Exponer al público el expediente por espacio de 15 días hábiles el presupuestoinicialmente aprobado, en cumplimiento del Art. 15.1 de la Norma Foral 10/2003, de 2de diciembre presupuestaria de Entidades Locales del Territorico de Bizkaia ,entendiéndose definitivamente aprobado si no se presentan reclamaciones en el plazoantedicho.

4.- Dar publicidad al acuerdo anterior a través de su inserción en el BoletínOficial de Bizkaia y Tablón de Edictos de la Corporación en cumplimiento del art. 15del citado Texto Legal.

5- Notifíquese el presente acuerdo (junto con el resumen del presupuesto) pormedios telemáticos a los concejales y técnicos del Ayuntamiento.

6- Certifíquese para su constancia en el expediente.

4.- ADJUDICACIÓN COLABORACIÓN EN LA PRESTACIÓN DELSERVICIO Y ASISTENCIA PARA LA INSPECCIÓN DE LOS TRIBUTOS DELAYUNTAMIENTO DE IGORRE

Seguidamente se procede a dar lectura a las ofertas presentadas a la licitaciónconvocada mediante acuerdo de Pleno de 14 de febrero de 2011 relativo a las obras deColaboración en la prestación del servicio y asistencia para la inspección de lostributos del Ayuntamiento de Igorre, obras financiadas con cargo a fondos propiosen la participación municipal.

Se ha procedido a solicitar la correspondiente oferta a la empresa GESMUNPALS.A.

Por el licitador que ha presentado la oferta mas ventajosa dentro del plazo dediez días hábiles señalado en el art. 135-2 de la Ley 30/2007 se ha presentado laacreditación de la constitución de la garantía definitiva por importe de 1.500,00 € €,documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de susobligaciones tributarias y con la Seguridad Social y se ha acreditado la disposiciónefectiva de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecucióndel contrato.

Asimismo el art 135-3 de la Ley 30/2007 indica que el órgano de contratacióndeberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción dela documentación.

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El presente asunto, de conformidad con lo señalado en el art. 21 de la Ley 7/85,de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, es competencia del Alcalde, el cual en esteacto procede a efectuar delegación a favor del pleno para su conocimiento y resolución.

La Corporación se da por enterada y tras un breve debate y por unanimidad,acuerda lo siguiente:

1- Disponer el gasto y adjudicar (art.135-3) el contrato Colaboración en laprestación del servicio y asistencia para la inspección de los tributos delAyuntamiento de Igorre a GESMUNPAL S.A., CIF en la cantidad de :

o 0 €/ expediente inspeccionadoo 60% de las cantidades liquidadas y descubiertas y efectivamente

cobradas (cuotas, intereses más sanciones) incorporación a padrones.o 35% cantidades liquidadas y descubiertas y efectivamente cobradas no

incorporación padrones.

Todo ello con cargo a la partida 121-227.99 al encontrar su oferta más ventajosapara los intereses municipales sobre la base de lo indicado en la parte expositiva delpresente acuerdo, y que sirve de motivación al mismo.

Asimismo indicar que, el presente contrato debe formalizarse en el plazo de 5días naturales a contar desde la recepción del presente requerimiento (art 135-4),todo ello de conformidad con lo indicado en el art. 140.3 de la L 30/2007.

2.-El presente acuerdo de adjudicación se notificará a los licitadores y sepublicará en el perfil de contratante.

3 TERCERO- El plazo de ejecución del objeto de este contrato será de 2años, contados a partir del 1 de abril de 2011, siempre que previamente se hayaprocedido a firmar el correspondiente contrato.

Con el fin de determinar el plazo general del contrato deberá tenerse enconsideración los siguientes plazos:1. ADJUDICACIÓN - .2. Publicación de la adjudicación en el perfil del contratante3. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO ( art 140-3 ) Plazo general: 5 días

naturales a contar desde que se haya recibido el requerimiento.

4.- PROTECCIÓN DE DATOSLa/as empresa adjudicataria/as quedan obligada/s al cumplimiento de lo

dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos deCarácter Personal (y muy especialmente de lo indicado en su artículo 12, firmandoincluso un contrato específico de encargado del tratamiento en su caso si fuera preciso).La/as empresa adjudicataria/as se comprometen explícitamente a formar e informar asu personal en las obligaciones que de tales normas dimanan. Igualmente serán deaplicación las disposiciones de desarrollo de las normas anteriores que se encuentren envigor a la adjudicación de este contrato o que puedan estarlo durante su vigencia, yaquellas normas del Reglamento de Medidas de Seguridad, aprobado por R.D. 994/1999de 11 de junio.

Y expresamente queda obligada a lo indicado en el art 10 de la LOPD, por loque guardarán secreto sobre todas las informaciones, documentos y asuntos a los quetenga acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato , estando obligados a no

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hacer públicos o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión desu ejecución, incluso después de finalizar el plazo contractual.

Para dar cumplimiento a tal fin, los/as licitadores/as aportarán una memoriadescriptiva de las medidas de seguridad que adoptarán para asegurar laconfidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada.Asimismo, La/as empresa adjudicataria/as deberán comunicar a la Administraciónantes de transcurridos siete días de la fecha de comunicación de la adjudicación, lapersona o personas que serán directamente responsables de la puesta en práctica y de lainspección de dichas medidas de seguridad, adjuntando su perfil profesional.

La documentación se entregará a La empresa adjudicataria para el exclusivofin de la realización de las tareas objeto de este contrato, Así todos los datos manejadospor la empresa adjudicataria a causa de la prestación del servicio, estudios ydocumentos elaborados en ejecución del presente contrato, el resultado de las tareasrealizadas, incluyendo los soportes utilizados, (papel, papel, fichas, disquetes, etc) seránpropiedad del Responsable del Fichero, quien podrá reproducirlos, publicarlos ydivulgarlos, total o parcialmente, sin que pueda oponerse a ello La empresaadjudicataria autor de los trabajos.

Quedando prohibida, para La empresa adjudicataria y para el personalencargado de su realización, su reproducción por cualquier medio y la cesión total oparcial a cualquier persona física o jurídica, ni utilizar los mismos, con fin distinto alque figura en el contrato de servicios, estando obligados al cumplimiento de la LeyOrgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal ymuy especialmente en lo indicado en el citado artículo 12.

Incluso La empresa adjudicataria se compromete a no dar información y datosproporcionados por la administración para cualquier otro uso no previsto en el presentePliego. En particular, no proporcionará, sin autorización escrita del Organismo, copia delos documentos o datos a terceras personas.

Específicamente todos los derechos de explotación y titularidad de lasaplicaciones informáticas y programas de ordenador desarrollados al amparo delcontrato resultante de la adjudicación del presente concurso, corresponden únicamenteal Responsable del fichero.

Si la empresa adjudicataria aporta equipos informáticos, una vez finalizadas lastareas el adjudicatario previamente a retirar los equipos informáticos, deberá borrar todainformación utilizada o que se deriva de la ejecución del contrato, mediante formateodel disco duro. La destrucción de la documentación de apoyo si no se consideraraindispensable, se efectuará mediante máquina destructora de papel o cualquier otromedio que garantice la ilegibilidad, realizándose esta operación en el lugar donde serealicen los trabajos.

5 - Notifíquese el presente acuerdo a los licitadores, publíquese en el perfil decontratante, al responsable del contrato y a intervención a los efectos de lo dispuestoen los artículos 40 y siguientes de la Norma Foral 10/2003, de 2 de diciembre,Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia

6- De conformidad con lo señalado en los artículos 135-4 y 138 la Ley 30/2007de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público se procederá a insertar loscorrespondientes anuncios en el perfil del contratante relativos a la adjudicación y a laformalización del contrato, dado que el importe de la adjudicación es superior a18.000,00 € .

7- Una copia del contrato que se otorgue se archivará junto con ladocumentación correspondiente de la Agencia Vasca de Protección de Datos.

8.- Certifíquese para su constancia en el expediente.

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5.- SOLICITUD REDUCCIÓN DE JORNADA EFECTUADA POR LATECNICO DE CULTURA

, técnico de cultura del Ayuntamiento de Igorre, remite escrito en el que solicitauna reducción de jornada del 20%. Dicha reducción duraría desde su incorporación porla baja maternal hasta el 31 de diciembre de 2011, con arreglo a las siguientesdeterminaciones, las cuales ya fueron incorporadas en el acuerdo de pleno de 31 deenero de 2011, mediante el que se aprobó el calendario laboral para el presente año.:

Reducción que se solicita: el 20% de la jornada laboralLa jornada laboral será del 80%

Esta reducción se prolongará hasta el 31 de diciembre del 2011 y se propone elsiguiente horario:

El 100% de la jornada laboral: 1632 horas/año (247 días laborables)Reducción (80%): 1305,6 (247 días laborables)205 días laborables (transcurrida la baja): 1083,59

Horario: de lunes a viernes 9:30-13:45 y 15:15-16:45

*asuntos propios 6 días de 5,75 horas*días vacaciones 24 de 5,75 horas: 138 horas*las horas extras se utilizarán para trabajos diversos en fiestas, navidades y enmomentos puntuales. Siempre se presentarán firmados por algún/a concejal.

Por parte de la secretaria-interventora se informa del contenido del Artículo 48-1-h de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, queestablece un permiso por razones de guarda legal “cuando el funcionario tenga elcuidado directo de algún menor de 12 años…../…..tendrá derecho a la reducción de sujornada de trabajo, con la disminución de sus retribuciones que corresponda”.

Por todo lo cual procedería acceder a la petición formulada.El presente asunto, de conformidad con lo señalado en el art. 21 de la Ley 7/85, de 2 deabril, de Bases de Régimen Local, es competencia del Alcalde, el cual en este actoprocede a efectuar delegación a favor del pleno para su conocimiento y resolución.

La Corporación, tras un breve debate y por unanimidad, acuerda lo siguiente:

1- Acceder a la petición de reducción de jornada del 20% hasta el 31 dediciembre de 2011 sobre la base de lo indicado en el art. 48-1-H, de la Ley7/2007 anteriormente trascrito.

2- Notifíquese el presente acuerdo a la interesada y a intervención a los efectosoportunos.

6.- 400 KV LINEAN AURREAN IGORREKO UDALBATZARENJARRERA

Por parte del Sr. Alcalde se procede a dar lectura a un texto cuyo contenido es elsiguiente:

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El 14 de febrero se registró un escrito en el ayuntamiento de la Subdelegacióndel Gobierno en Bizkaia, Área de Industria y Energía. El escrito informaba del proyectode construcción de la línea eléctrica denominada Güeñes-Itsaso a 400kV, entre lasubestación de Güeñes (Bizkaia) y la subestación de Itxaso (Gipuzkoa) y notificaba quese abría plazo de un mes para presentar alegaciones.

Este ayuntamiento manifiesta que:

1. Utilizará los medios convencionales para difundir información entre losciudadanos/as en torno al proyecto, y que en adelante está dispuesto a dar laayuda necesaria a los ciudadanos/as.

2. El ayuntamiento ha analizado el proyecto de la linea eléctrica a 400 kVdenominada Güeñes-Itsaso entre la subestación de Güeñes (Bizkaia) y Itxaso(Gipuzkoa) y está preparando la alegación.

3. El Ayuntamiento de Igorre está en contra de la ejecución del proyectodenominado Güeñes-Itsaso de la línea eléctrica de 400 kV entre lassubestaciones de Güeñes (Bizkaia) e Itsaso (Gipuzkoa).

La Corporación se da por enterada y tras un breve debate, y por unanimidad,acuerda lo siguiente:

1- Asumir en sus propios términos el contenido de dicho escrito y notificar a laDependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Bizkaia

7.- MOCION CONTRA LA TORTURASeguidamente se procede a dar lugar al texto de la moción cuyo contenido es el

siguiente:El Pleno del Ayuntamiento de Igorre ante la reiteración de denuncias de Tortura

por parte de las personas detenidas en las últimas operaciones policiales ordenadas porla Audiencia Nacional DECIDE:

1.- Pedir tanto al Gobierno español como el Gobierno frances, que den pasospara solucionar el conflicto y cambien su política represiva, pasos concretos hacia unescenario de paz y democracia. Desde hoy mismo hacemos un emplazamiento claro yfirme para que abandonen la política represiva, detenciones con fines meramentepolíticos, aplicaciones de euro ordenes y Tortura.

2.- Seguiremos trabajando en la consecución de un proceso de solucióndemocrático. Y en este camino es necesario acabar con la vía de las detenciones y latortura.

3.- Solicitamos que tanto los Tribunales de justicia competentes como elparlamento de la CAV abran sendas investigaciones para aclarar la veracidad de lostestimonios de Tortura dados a conocer por las personas detenidas e instancias de laAudiencia Nacional; de cara a defender los derechos de las personas detenidas y depurartodas las responsabilidades que se deriven en su caso de la actuación de los funcionariospúblicos.

4.- Solicitamos la implantación de las 10 medidas para la erradicación de laTortura propuestas por el Grupo Contra la Tortura (Torturaren aurkako Taldea), y

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avaladas por diferentes organismos internacionales de defensa de los DerechosHumanos:

1.- Derogación del régimen de Incomunicación y de toda normativa que permitesu aplicación.

2.- Derogación de toda normativa legal que restringe los derechos de laspersonas detenidas. En Particular, derogación de los artículos 520 y 527 de la ley deEnjuiciamiento Criminal.

3.- Desaparición de las competencias de la Audiencia Nacional y garantía deejercicio del derecho a ser juzgado por un juez natural.

4.- Garantía de ejercicio del derecho de toda persona detenida a ser visitada yatendida por un médico de confianza, tanto en la comisaría como en la comisaría comoen el juzgado.

5.- Grabación de todo el período de detención tanto en imagen como en audio, yque esta grabación éste disponible para el abogado defensor de la persona detenida.

6.- Garantía de ejercicio del derecho de toda persona detenida a ser antedichapor un abogado de su confianza, y de la posibilidad de mantener con este unaconversación en privado.

7.- Culminación de todos los procesos judiciales abiertos por casos de Tortura yapertura y juicio de todos aquellos casos de tortura archivados sin investigaciónsuficiente.

8.- Declarar el delito de tortura como delito no prescribible.9.- Anulación de los juicios y las sentencias basadas en declaraciones obtenidas

mediante tortura.10.- Garantía de todas las personas torturadas tienen acceso a asistencia médica,

jurídica y psicológica adecuada.

Sometido a votación se obtiene el siguiente resultado:- Votos a favor: 3, los correspondientes a los concejales no adscritos, Sr. Olibares,

Sra. Amuriza y Sra. Goioaga.- - Votos en contra: 0- Abstenciones 7, 5, correspondientes a los concejales de EAJ/PNV, Sra. Ortuzar,

Sr. Aldeiturriaga, Sra Urkizua, Sr. Uriarte y Sr. Atutxa y 2 correspondientes alos concejales de ID Sr. Undurraga y Sr. Alcoceba.

Así pues por mayoría queda aprobada la presente moción.1- Certifiquese para su constancia en el expediente .

8.- CERTIFICACIÓN Nº 3 DE LAS OBRAS DE LA CONEXIÓN DE LAVARIANTE CON LA ZONA INDUSTRIAL SOLAGUREN, CASCO URBANO YNÚCLEO EGIALDE.

Seguidamente se presenta la Certificación Nº 3 referente a las obras deconexión de la variante con la zona industrial Solaguren, Casco Urbano y NúcleoEgialde y cuyo importe asciende a la cantidad de 57.704,41 € obras financiadas concargo a fondos propios y que fueron adjudicadas a Construcciones GAUZA S.A.mediante acuerdo de pleno de fecha 6 de septiembre de 2010.

Existe la correspondiente consignación presupuestaria, según informe emitidopor el economista municipal,

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El presente asunto, de conformidad con lo señalado en el art. 21 de la Ley 7/85,de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, es competencia del Alcalde, el cual en esteacto procede a efectuar delegación a favor del pleno para su conocimiento y resolución.

La Corporación se da por enterada y tras un breve debate y por unanimidad,acuerda lo siguiente:

1- Reconocer la obligación y en consecuencia aprobar la Certificación Nº 3 delas obras de conexión de la variante con la zona industrial Solaguren, CascoUrbano y Núcleo Egialde por importe de 57.704,41 € , partida 511-601.01.

2- Ordenar el pago y autorizar su negociación por el importe de 57.704,41 € ydeterminar que su vencimiento será de 50 días contados a partir de la fecha de laexpedición de la misma, esto es a partir de 20 de febrero de 2011 a tenor de loseñalado en el art. 200-4 de la Ley 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del SectorPúblico .

3- En cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 dediciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y de la Ley 2/2004 se informaque, los Datos Personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero Pagos,cuya finalidad es la Gestión de los pagos que debe realizar el Ayuntamiento, inscrito enel Registro de la Agencia Vasca de Protección de Datos, No esta prevista ningunacesión de los datos del fichero, excepto a otras Administraciones Públicas que ejerzanlas mismas competencias y las cesiones previstas en la Ley. El órgano responsable delfichero es el Área Económico-Financiera del AYUNTAMIENTO DE IGORRE, y ladirección donde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación,cancelación y oposición ante el mismo es Calle Elexalde, 1 48140 Igorre Bizkaia.

4- Notifíquese el presente acuerdo a la contrata, por medios telemáticos alDirector de la Obra, y a Intervención a los efectos de lo dispuesto en los artículos 40 ysiguientes de la Norma Foral 10/2003 de 2 de diciembre, Presupuestaria de EntidadesLocales del Territorio Histórico.

8-2.- CERTIFICACIÓN Nº 4 DE LAS OBRAS DE LA CONEXIÓN DE LAVARIANTE CON LA ZONA INDUSTRIAL SOLAGUREN, CASCO URBANO YNÚCLEO EGIALDE.

Seguidamente se presenta la Certificación Nº 4 referente a las obras deconexión de la variante con la zona industrial Solaguren, Casco Urbano y NúcleoEgialde y cuyo importe asciende a la cantidad de 83.631,78 € obras financiadas concargo a fondos propios y que fueron adjudicadas a Construcciones GAUZA S.A.mediante acuerdo de pleno de fecha 6 de septiembre de 2010.

Existe la correspondiente consignación presupuestaria, según informe emitidopor el economista municipal.

El presente asunto, de conformidad con lo señalado en el art. 21 de la Ley 7/85,de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, es competencia del Alcalde, el cual en esteacto procede a efectuar delegación a favor del pleno para su conocimiento y resolución.

La Corporación se da por enterada y tras un breve debate y por unanimidad,acuerda lo siguiente:

1- Reconocer la obligación y en consecuencia aprobar la Certificación Nº 4 delas obras de conexión de la variante con la zona industrial Solaguren, CascoUrbano y Núcleo Egialde por importe de 83.631,78 € , partida 511-601.01.

2- Ordenar el pago y autorizar su negociación por el importe de 83.631,78 € ydeterminar que su vencimiento será de 50 días contados a partir de la fecha de laexpedición de la misma, esto es a partir de 9 demarzo de 2011 a tenor de lo señaladoen el art. 200-4 de la Ley 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público .

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3- En cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 dediciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y de la Ley 2/2004 se informaque, los Datos Personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero Pagos,cuya finalidad es la Gestión de los pagos que debe realizar el Ayuntamiento, inscrito enel Registro de la Agencia Vasca de Protección de Datos, No esta prevista ningunacesión de los datos del fichero, excepto a otras Administraciones Públicas que ejerzanlas mismas competencias y las cesiones previstas en la Ley. El órgano responsable delfichero es el Área Económico-Financiera del AYUNTAMIENTO DE IGORRE, y ladirección donde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación,cancelación y oposición ante el mismo es Calle Elexalde, 1 48140 Igorre Bizkaia.

4- Notifíquese el presente acuerdo a la contrata, por medios telemáticos alDirector de la Obra, y a Intervención a los efectos de lo dispuesto en los artículos 40 ysiguientes de la Norma Foral 10/2003 de 2 de diciembre, Presupuestaria de EntidadesLocales del Territorio Histórico.

9.- APROBACIÓN CONSTITUCIÓN JUNTA DE CONCERTACIÓN DELA UNIDAD DE EJECUCIÓN DEL ÁREA INDUSTRIAL Z-13-A.

Seguidamente se informa de la remisión por parte de la secretaria de la Junta deConcertación de la Unidad de Ejecución Área Industrial Z-13-A del certificado relativoa la Asamblea Constituyente de la misma celebrada el pasado día 17 de marzo de 2011.

Procedería pues adoptar acuerdo aprobando la constitución de la citada Junta deConcertación, ratificar la representación municipal en la misma para su posteriorinscripción en el Registro de Entidades Administrativas Colaboradoras.

La Corporación se da por enterada y tras un breve debate, y por unanimidad,acuerda lo siguiente:

1- Aprobar la constitución de la Junta de Concertación Unidad de EjecuciónÁrea Industrial Z-13-A.

2- Ratificar que la representación del Ayuntamiento de Igorre en dicha junta laostenta el Alcalde, Galder Olibares.

3- Notifíquese el presente acuerdo a la Junta de Concertación Unidad deEjecución Área Industrial Z-13-A

4- Notifíquese el presente acuerdo, junto con copia de la escritura deconstitución remitida a este Ayuntamiento al Registro de EntidadesUrbanísticas colaboradoras del Departamento de Transportes y Urbanismode la Diputación Foral de Bizkaia, y archívese una copia en el expediente deconstitución del Ayuntamiento a los efectos oportunos.

10.- SACAR A CONTRATACIÓN LA EJECUCIÓN DEL PROYECTOCOMPLEMENTARIO DE CONEXIÓN DE LA VARIANTE CON LA ZONAINDUSTRIAL SOLAGUREN, CASCO URBANO Y NÚCLEO EGIALDE.

Seguidamente se procede a dar cuenta del proyecto complementario de laconexión de la variante con la zona industrial Solaguren, casco urbano y núcleoEgialde redactado por el Arquitecto municipal, y cuyo importe, a efectos dedeterminación del procedimiento de licitación y publicidad exigible al mismo asciende ala cantidad de 118.897,72 €, ya que conforme a lo señalado en el Art 76-1 de la Ley30/2007, modificada por a Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, elvalor estimado de los contratos vendrá determinado por el importe total, sin incluir elIVA, debiendo tenerse en cuenta cualquier forma de opción eventual y las eventualesprórrogas del contrato. Además si se señala la posibilidad de que el contrato seamodificado, se considerará valor estimado del contrato el importe máximo que estepueda alcanzar, teniendo en cuenta la totalidad de las modificaciones prevista.

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El importe total del contrato de 140.299,31 € (IVA incluido).

Para la ejecución de este proyecto existe la correspondiente consignaciónpresupuestaria en la partida 511-601.01 y cuya financiación se prevé se efectúe concargo a fondos propios todo ello de conformidad con lo indicado en el Art.93-3 de laLey 30/2007 .

Asimismo se ha emitido el preceptivo informe de secretaría señalado en laDisposición Adicional 2 de la Ley 302007, de 30 de octubre, de Contratos del SectorPúblico.

Procedería en consecuencia aprobar dicho proyecto, sacar a contratación suejecución, determinando el procedimiento de adjudicación y aprobandosimultáneamente el pliego de condiciones económico-administrativas.

En el presente supuesto se permite la contratación a través de la modalidad deadjudicación por procedimiento negociado sin publicidad, sobre la base de que setrata de un proyecto complementario de la obra adjudicada definitivamente medianteDecreto de Alcaldía de fecha 27 de septiembre de 2010 a Construcciones Gauza S.A. enla cantidad de 319.698,44 €. La modificación del contrato prevista asciende a lacantidad de 140.299,31.

Todo ello de conformidad con lo establecido en el Art. 155-b de la Ley 30/2007.de 30 de octubre, de contratos del Sector Público, modificada por la disposición Final16ª de la Ley 2/2011, de 4 de marzo de Economía Sostenible relativo a posibilidad deadjudicar por procedimiento negociado).

«b) Cuando se trate de obras complementarias que no figuren en el proyecto ni en elcontrato, o en el proyecto de concesión y su contrato inicial, pero que debido a unacircunstancia que no pudiera haberse previsto por un poder adjudicador diligentepasen a ser necesarias para ejecutar la obra tal y como estaba descrita en el proyecto oen el contrato sin modificarla, y cuya ejecución se confíe al contratista de la obraprincipal o al concesionario de la obra pública de acuerdo con los precios que rijanpara el contrato primitivo o que, en su caso, se fijen contradictoriamente, siempre quelas obras no puedan separarse técnica o económicamente del contrato primitivo sincausar grandes inconvenientes al órgano de contratación o que, aunque resultenseparables, sean estrictamente necesarias para su perfeccionamiento, y que el importeacumulado de las obras complementarias no supere el 50 por ciento del importeprimitivo del contrato.

El presente asunto, de conformidad con lo señalado en el Art. 21 de la Ley 7/85,de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, es competencia del Alcalde, el cual en esteacto procede a efectuar delegación a favor del pleno para su conocimiento y resolución.

La Corporación se da por enterada y tras un breve debate y por unanimidad,acuerda lo siguiente:

1- Aprobar el proyecto complementario de la conexión de la variante con lazona industrial Solaguren, casco urbano y núcleo Egialde redactado por el arquitectomunicipal y cuyo importe asciende a 140.299,31 € (IVA incluido).

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2- Autorizar el gasto y sacar a contratación su ejecución y determinar que, deconformidad con lo establecido en los 153 y siguientes y Art. 161-2 (procedimientonegociado y procedimiento negociado sin publicidad) de la Ley 30/2007, de 30 deoctubre, de Contratos del Sector Público el sistema de adjudicación sea el deprocedimiento negociado sin publicidad.

3- Aprobar el pliego de condiciones económico-administrativas, con arreglo alas siguientes:- Tipo máximo de licitación, IVA incluido: 140.299,31 €- Fianza definitiva al 5% del importe de la adjudicación, excluido el IVA (Art 83 )del importe de la adjudicación- Plazo para presentación de proposiciones: hasta el 6 de abril de 2011 (disposiciónadicional 15 de la Ley 30/2007).

4- Designar como responsable del contrato (Art. 41 l 30/2007) y director de lasobras al técnico redactor del proyecto .

5- Dese publicidad al presente anuncio mediante: la solicitud de lacorrespondiente oferta al adjudicatario de las obras del contrato inicial, ConstruccionesGauza S.A.

6- Certifíquese para su constancia en el expediente y, notifíquese al director delas obras Felipe Plaza, y a Intervención a los efectos de lo señalado en los artículos 40 ysiguientes de la Norma Foral 10/2003, de 2 de diciembre, Presupuestaria de lasEntidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia.

11.- RECLAMACIÓN PRESENTADA POR SEGUROS BILBAO ENREPRESENTACIÓN DE ZUBI S.L.. POR DAÑOS CAUSADOS POR LA OBRADE URBANIZACIÓN DE LA CALLE ELEXALDE

Por parte de Seguros Bilbao en representación de Zubi S.L.. se ha presentadoreclamación en su calidad de aseguradora del local situado en Lehendakari Aguirre nº26 de Igorre, por daños producidos con ocasión de la ejecución de la obra deurbanización de la calle Elexalde.

La mencionada obra fue adjudicada definitivamente a la UTE formada porConstrucciones EDER S.A.-Asfaltos Uribe S.A., según acuerdo de pleno de 20 de abrilde 2009.

Por parte del arquitecto municipal y director de las obras, con fecha 28 defebrero de 2011 se emitió el correspondiente informe, cuyo contenido es el siguiente:“

1.- Según la reclamación presentada el día 12 de marzo de 2010, durante laejecución de la fase de excavaciones correspondientes a las obras de urbanización dela calle Elexalde se produjeron varios cortes de suministro, siendo según la solicitud,picos de tensión que afectaron a las instalaciones y aparatos eléctricos y electrónicosde la empresa ZUBI, S.L.

La valoración de los daños presentada asciende a una cantidad de 3.094,64euros.

2.- Estos cortes se produjeron en la fase de excavaciones de las obras deurbanización. El promotor de las citadas obras era el Ayuntamiento de Igorre y seejecutaron conforme el Proyecto elaborado por la Oficina Técnica Municipal.

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Para la elaboración del citado Proyecto se solicitó a la compañíasuministradora de energía Iberdrola, información sobre el estado actual de las redes,así como las nuevas conducciones que se debían ejecutar para un correctofuncionamiento del servicio de suministro.

El proyecto entre sus determinaciones también incluye un Estudio deSeguridad en el que ya se advierte de la necesidad de extremar las precauciones ymodos de actuación por la presencia de líneas eléctricas.

3.- Durante la ejecución de las obras, la contrata mantuvo reuniones conrepresentantes de la empresa suministradora Iberdrola, a fin de determinar los detallespara la ejecución de las canalizaciones.

No obstante, durante la ejecución de las obras, la línea de suministro se vioafectada provocando su corte. Según conversación mantenida por este técnico con eljefe de obra de la U.T.E. EDER-ASFALTOS URIBE, la avería fue reparada con lamayor celeridad posible por la gran afección que tenía en la calle Elexalde y de hecho,fue instalado un generador de corriente a fin de minimizar los posibles dañosderivados.

Este técnico entiende que la reparación fue asumida y correctamenteejecutada por la contrata.

De igual forma, se entiende que los daños derivados en las instalaciones,aparatos eléctricos y electrónicos de la empresa no pueden atribuirse al Ayuntamiento,dado que los daños no han sido derivados por órdenes incorrectas de la direccióntécnica, ni por defectos de redacción en el proyecto constructivo.

Es lo que tengo el honor de informar, no obstante Ud. decidirá lo másconveniente para los intereses del municipio.

Del referido informe se concluye que “los daños derivados en las instalaciones,aparatos eléctricos y electrónicos de la empresa no pueden atribuirse al Ayuntamientodado que los daños no ha sido derivados por órdenes incorrectas de la direccióntécnica, ni por defectos de redacción en el proyecto constructivo.”

Por parte de la Secretaria-interventora se indica que el Art. 198 de la Ley30/2007 de 30 de octubre de Contratos del Sector Público, establece que :

1- Será obligación del contratista indemnizar todos los daños yperjuicios que se causen a terceros como consecuencia de lasoperaciones que requiera la ejecución del contrato.

2- Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionadoscomo consecuencia inmediata y directa de una orden de laAdministración, será esta responsable dentro de los límites señalados enlas leyes. También será la Administración responsable de los daños quese causen a terceros como consecuencia de los vicios del proyectoelaborado por ella misma en el contrato de obras o en el de suministrode fabricación.

De conformidad con lo señalado en el art. 84 de la Ley 30/92, de 26 denoviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, se concedió un plazo de audiencia de diez días, con el fin deque alegue y presente los documentos y justificaciones que estime pertinentes.

Con fecha 3 de marzo de 2011 fue remitida la correspondiente comunicación a laUTE formada por Construcciones Eder y Asfaltos Uribe, habiendo finalizado dichoplazo el pasado 15 de marzo. Con fecha 4 de marzo fue remitida la comunicación a la

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dirección designada por Seguros Bilbao, habiendo finalizado dicho plazo el 16 de marzode 2011.

Hasta el día de la fecha no se ha recibido alegación alguna ni aportadodocumentación relativa al presente asunto, por lo que procedería resolver sobre lareclamación presentada.

La Corporación se da por enterada y tras un breve debate, y por unanimidad,acuerda lo siguiente:

1- DESESTIMAR la reclamación presentada por Seguros Bilbao S.A. en sucalidad de aseguradora del local situado en Lehendakari Aguirre nº 26 de Igorre, pordaños producidos con ocasión de la ejecución de la obra de urbanización de la calleElexalde por entender que, de conformidad con lo señalado en el informe técnicoanteriormente trascrito y que sirve de fundamento a la presente resolución, los dañosocasionados no entran dentro de los supuestos previstos en el Art. 198-2 de la Ley30/2007 de 30 de octubre de Contratos del Sector Público, correspondiendo alcontratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros comoconsecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato.

2- Notifíquese el presente asunto a UTE formada por Construcciones Eder yAsfaltos Uribe y a Seguros Bilbao S.A., al director de las obras y certifíquese para suinclusión en el expediente.

12.-DEVOLUCIÓN FIANZA DEPOSITADA PARA ASEGURAR LAEJECUCIÓN DEL CONTRATO DE LIMPIEZA DE LAS INSTALACIONES DELA KULTUR ETXEA

Seguidamente se informa del estado en el que se encuentra el presente asunto,como es sabido por parte de Eclat Limpieza S.A. se ha solicitado la fianza definitivaconstituida a la firma del contrato para la limpieza de las instalaciones de la KulturEtxea de Igorre por importe de 1.651,12 €.

El art. 90 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públicomodificada por La Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economia Sostenible, indica que“aprobada la liquidación del contrato y transcurrido el plazo de garantía, si no resultarenresponsabilidades se devolverá la garantía constituida o se cancelará el aval o seguro decaución”.

Por parte del arquitecto técnico municipal, Sr. Unamuno, se ha emitido elsiguiente informe, cuyo contenido es el siguiente:

“Inspeccionados los trabajos de “Limpieza de las instalaciones de la KulturEtxea de Igorre, realizada por la empresa ECLAT LIMPIEZA S.A., durante los años2009 y 2010, se comprueba que en el día de la fecha no se encuentra motivo aparentepara la no devolución de la fianza definitiva constituida a la firma del contrato”.

No habiéndose presentado reclamación alguna procedería efectuar la devoluciónde la fianza solicitada.

El presente asunto, de conformidad con lo señalado en el art. 21 de la Ley 7/85,de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, es competencia del Alcalde, el cual en esteacto procede a efectuar delegación a favor del pleno para su conocimiento y resolución.

La Corporación se da por enterada y tras un breve debate y por unanimidad,acuerda lo siguiente:

1- Devolver la fianza depositada para garantizar la ejecución de la limpieza delas instalaciones de la Kultur Etxea a Eclat Limpieza S.A. por importe de1.651,12€.2- Tómese razón para su abono3- Certifíquese para su constancia en el expediente4- Notifíquese el presente acuerdo a los interesados.

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12-2.- DEVOLUCIÓN FIANZA DEPOSITADA PARA GARANTIZAR LAEJECUCIÓN DEL CONTRATO DE MEJORA DE LA EFICIENCIAENERGETICA DEL ALUMBRADO PUBLICO DE LA CALLE ELEXALDE

Seguidamente se informa del estado en el que se encuentra el presente asunto,como es sabido por parte de INDAR S.L. se ha solicitado devolución de avaldepositada en la contratación de la Mejora de la eficiencia energética del alumbradopúblico de la calle Elexalde de Igorre por importe de 3.113,94 €.

El art. 90 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públicomodificada por La Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economia Sostenible, indica que“aprobada la liquidación del contrato y transcurrido el plazo de garantía, si no resultarenresponsabilidades se devolverá la garantía constituida o se concelará el aval o seguro decaución”.

Por parte del arquitecto municipal, Sr. Plaza, se ha emitido el siguiente informe,cuyo contenido es el siguiente:

“1.- Se solicita la devolución del Aval impuesto en garantía de la correctaejecución del trabajo de Mejora de la eficacia energética del alumbrado público de lacalle Elexalde de Igorre.

2.- Durante la inspección realizada por este técnico se ha podido comprobar queno existe en la instalación del alumbrado público ningún defecto de consideración quepueda implicar la retención de dicho Aval, por lo que como técnico Municipal informoFAVORABLEMENTE a su devolución”.

No habiéndose presentado reclamación alguna procedería efectuar la devoluciónde la fianza solicitada.

El presente asunto, de conformidad con lo señalado en el art. 21 de la Ley 7/85,de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, es competencia del Alcalde, el cual en esteacto procede a efectuar delegación a favor del pleno para su conocimiento y resolución.

La Corporación se da por enterada y tras un breve debate y por unanimidad,acuerda lo siguiente:

1- Devolver la fianza depositada para garantizar la ejecución de mejora de laeficiencia energética del alumbrado público de la calle Elexalde a Indar S.L.por importe de 3.113,94 €.2- Tómese razón para su abono.3- Certifíquese para su constancia en el expediente.4- Notifíquese al /a interesado /a y a la dirección técnica.13-1.- LICENCIA DE OBRAS SOLICITADA POR PARA

ACONDICIONAMIENTO DE COCINA Y BAÑO ENLa antedicha con domicilio en la calle , solicita Licencia de Obras para

acondicionamiento de cocina y baño del domicilio antedicho. A tal efecto presentapresupuesto por importe de 3.294, 00 €.

Según lo indicado en el anexo II de la Ordenanza reguladora del Impuesto deInstalaciones, Construcciones y Obras se toma como base el importe mínimo de 3.704€ .

El informe emitido por el técnico municipal, indica lo siguiente:“La obra a realizar consiste, según el presupuesto que se adjunta, en la reforma

completa de la cocina de la vivienda.Considerando que se trata de una obra de tipo menor y que no afecta al

planeamiento urbanístico, el técnico que suscribe informa favorablemente la concesiónde la obra solicitada con la condición de que los escombros generados durante la obrasean depositados en escombrera legalizada.”

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El presente asunto, de conformidad con lo señalado en el art. 21 de la Ley 7/85,de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, es competencia del Alcalde, el cual en esteacto procede a efectuar delegación a favor del pleno para su conocimiento y resolución.

La Corporación, tras un breve debate y por unanimidad, acuerda lo siguiente:1- Conceder la Licencia de Obras solicitada, indicando expresamente que

deberá de colocarse en lugar visible desde la vía publica el cartel anexo relativo alos datos de la presente licencia de obras.

2- Manifestar que la misma se concede salvo el derecho de propiedad y sinperjuicio de terceros.

3- La vigencia de la misma será de :*** 3 meses para el comienzo de los trabajos y 6 meses para finalizarlos y

presentar en el Registro Municipal toda la documentación precisa para la obtención dela licencia de cambio de uso o de primera utilización (Obras menores, obras detramitación abreviada, obras de reforma, ampliación y consolidación y demás actossujetos).

En el supuesto de no haberse iniciado las obras en los plazos que se indican, ohaber interrumpido estos por un período continuado superior a 180 días se considerarácaducada la licencia, todo ello de conformidad con lo señalado en el art. 215 L 2/2006,de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo.

4- Como condiciones técnicas se imponen las indicadas en el informeanteriormente trascrito.

5- Previamente al inicio de las obras deberá ingresar la cantidad de 148,16 € enconcepto de Impuesto de Instalaciones, Construcciones y Obras, correspondiente al4% del presupuesto anteriormente indicado (excluido IVA en su caso) (BOB 30-11-2004).

6-Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza reguladora deTasas por Prestación de Servicios Públicos y realización de actividadesadministrativas deberá abonar la Tasa de licencia de obras por importe 30,00 € .

o Obras que no precisen proyecto técnico: Mas de 3.000 € 30 € Obrascon proyecto técnico (BOB 18-11-2008)

7- Asimismo deberá abonar 168,00 € (BOB 4-12-2006) en concepto de Tasapor ocupación de terrenos de uso público local con mercancías, materiales deconstrucción, escombros, vallas, puntales, asnillas, andamios, contenedores y otrasinstalaciones análogas, de la Ordenanza reguladora de Tasas por la Utilización Privativao el Aprovechamiento Especial de Dominio Público Municipal.

HERRI-ERABILERAKO LURRAKOKUPATZEAREN TASA HONAKOAKDITUZTELA: MERKANTZIAK,ERAIKUNTZARAKO MATERIALAK,HONDAKINAK, HESIAK, ALDAMIOAK,ZUTABE, EUSTAGAK, EDUKIONTZIAKETA ANTZEKO INSTALAZIOAK

TASA OCUPACION DE TERRENOS DE USOPUBLICO LOCAL CON MERCANCIAS,MATERIALES DE CONSTRUCCION,ESCOMBROS, VALLAS, PUNTALES,ASNILLAS, ANDAMIOS, CONTENEDORESY OTRAS INSTALACIONES ANALOGAS.

Honako tarifa hauek ezarriko dira: Se establecen las siguientes tarifas:

2.- Eskonbroak, lurrak, hondarrak,eraikuntzako materialak, eskonbroedo materiales edukinontziak.Metro karratu edo zatikiko eta

2.- Escombros, tierras, arenas, materialesde construcción, contenedores deescombros o materiales.

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astebete edo zatikiko: 6,00 €. Por metro cuadrado o fracción y semana ofracción: 6,00 €.

8-Cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre,de Protección de Datos de Carácter Personal, y de la Ley 2/2004 se informa que, losDatos Personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero Impto. deinstalaciones, construcciones y obras, cuya finalidad es la gestión del impuesto sobreInstalaciones construcciones y obras, inscrito en el Registro de la Agencia Vasca deProtección de Datos, no esta prevista ninguna cesión de los datos del fichero, excepto aotras Administraciones Públicas que ejerzan las mismas competencias y las cesionesprevistas en la Ley. El órgano responsable del fichero es el Área Económico-Financieradel AYUNTAMIENTO DE IGORRE, y la dirección donde el/a interesado/a podráejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo esCalle Elexalde, 1 48140 Igorre Bizkaia.

9- Cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre,de Protección de Datos de Carácter Personal, y de la Ley 2/2004 se informa que, losDatos Personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero Gestión deLicencias para Obras, cuya finalidad es Gestión y en su caso concesión de las licenciasmunicipales para la realización de obras, inscrito en el Registro de la Agencia Vasca deProtección de Datos, podrán ser cedidos a Diputación Foral de Bizkaia, a otrasAdministraciones Públicas que ejerzan las mismas competencias y las cesionesprevistas en la Ley. El órgano responsable del fichero es el Área de Urbanismo delAYUNTAMIENTO DE IGORRE, y la dirección donde el interesado podrá ejercer losderechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo es CalleElexalde, 1 48140 Igorre Bizkaia.

10-Notifiquese el presente acuerdo a la interesada.13-2 LICENCIA DE OBRAS SOLICITADA POR LA , Y EN SU NOMBRE

PARA SUSTITUCIÓN DE BAJANTES DE LA CUBIERTA DE DICHOINMUEBLE

, actuando en nombre y representación de la con domicilio a efectos denotificación en solicita Licencia de Obras para sustitución de bajantes. A tal efectopresenta presupuesto por importe de 3.058,00 €.

El informe emitido por El técnico municipal, indica lo siguiente:

“La obra a realizar consiste en realizar la sustitución de las actuales bajantesde recogida de agua de la cubierta por nuevas bajantes de PVC.

Junto con la instancia de solicitud de licencia de obras, aportan presupuestodesglosado de las obras a realizar.

Para la ejecución de lo trabajos se procederá al corte temporal del trafico delas calles Elexalde y Luis Iruarrizaga a la altura del nº-20 de la calle Elexalde.

Considerando que se trata de una obra de tipo menor y que no afecta alplaneamiento urbanístico, el técnico que suscribe informa favorablemente la concesiónde la licencia de obra solicitada con las siguientes condiciones:

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En la ejecución de la obra deberán adoptarse cuantas medidas de seguridadsean precisas a fin de evitar peligro de accidentes tanto a vehículos, peatones, cosas yservicios del lugar, así como para el propio personal de la obra, tal a lo especificadoen la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

Considerando que para la ejecución de los trabajos se procederá al cortetemporal del tráfico en las calles Elexalde y Luis Iruarrizaga, entiendo que deberíanotificarse la resolución de esta licencia, a los alguaciles municipales, para suconocimiento y de esta forma poder programar el corte de tráfico de forma coordinadacon la empresa que ejecute las obras. “

El presente asunto, de conformidad con lo señalado en el art. 21 de la Ley 7/85,de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, es competencia del Alcalde, el cual en esteacto procede a efectuar delegación a favor del pleno para su conocimiento y resolución.

La Corporación, tras un breve debate y por unanimidad, acuerda lo siguiente:1- Conceder la Licencia de Obras solicitada, indicando expresamente que

deberá de colocarse en lugar visible desde la vía publica el cartel anexo relativo alos datos de la presente licencia de obras.

2- Manifestar que la misma se concede salvo el derecho de propiedad y sinperjuicio de terceros.

3- La vigencia de la misma será de :*** 3 meses para el comienzo de los trabajos y 6 meses para finalizarlos y

presentar en el Registro Municipal toda la documentación precisa para la obtención dela licencia de cambio de uso o de primera utilización (Obras menores, obras detramitación abreviada, obras de reforma, ampliación y consolidación y demás actossujetos).

En el supuesto de no haberse iniciado las obras en los plazos que se indican, ohaber interrumpido estos por un período continuado superior a 180 días se considerarácaducada la licencia, todo ello de conformidad con lo señalado en el art. 215 L 2/2006,de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo.

4- Como condiciones técnicas se imponen las siguientes: las indicadas en elinforme anteriormente trascrito.

5- Previamente al inicio de las obras deberá ingresar la cantidad de 122,32 € enconcepto de Impuesto de Instalaciones, Construcciones y Obras, correspondiente al4% del presupuesto anteriormente indicado (excluido IVA en su caso) (BOB 30-11-2004)

6-Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza reguladora deTasas por Prestación de Servicios Públicos y realización de actividadesadministrativas deberá abonar la Tasa de licencia de obras por importe 30,00 €Obras que no precisen proyecto técnico: Mas de 3.000 € 30 € (BOB 18-11-2008).

7- Cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre,de Protección de Datos de Carácter Personal, y de la Ley 2/2004 se informa que, losDatos Personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero Impto. deinstalaciones, construcciones y obras, cuya finalidad es la gestión del impuesto sobreInstalaciones construcciones y obras, inscrito en el Registro de la Agencia Vasca deProtección de Datos, no esta prevista ninguna cesión de los datos del fichero, excepto aotras Administraciones Públicas que ejerzan las mismas competencias y las cesionesprevistas en la Ley. El órgano responsable del fichero es el Área Económico-Financieradel AYUNTAMIENTO DE IGORRE, y la dirección donde el/a interesado/a podrá

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ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo esCalle Elexalde, 1 48140 Igorre Bizkaia.

8-Cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre,de Protección de Datos de Carácter Personal, y de la Ley 2/2004 se informa que, losDatos Personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero Gestión deLicencias para Obras, cuya finalidad es Gestión y en su caso concesión de las licenciasmunicipales para la realización de obras, inscrito en el Registro de la Agencia Vasca deProtección de Datos, podrán ser cedidos a Diputación Foral de Bizkaia, a otrasAdministraciones Públicas que ejerzan las mismas competencias y las cesionesprevistas en la Ley. El órgano responsable del fichero es el Área de Urbanismo delAYUNTAMIENTO DE IGORRE, y la dirección donde el interesado podrá ejercer losderechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo es CalleElexalde, 1 48140 Igorre Bizkaia.

9-Notifiquese el presente acuerdo al interesado y notifíquese asimismo a losalguaciles municipales a los efectos de lo indicado respecto de la solicitud de corte detráfico realizada.

14.- DAR CUENTA DE LOS DECRETOS.De conformidad con lo señalado en el art. 22-2ª) de la Ley 7/85, de bases de

Régimen Local, correspondiente al Pleno el control y fiscalización de los órganos degobierno. Y según establece el art. 46 –e) del mismo texto legal, en los plenosordinarios se establecerá específicamente una parte dedicada al control de los demásórganos de la Corporación deberá presentar sustantividad propia y diferenciadora de laparte resolutiva, debiéndose garantizar de forma efectiva en su funcionamiento y, en sucaso, en su regulación, la participación de todos los grupos municipales en laformulación de ruegos y preguntas y mociones.

Por parte del Sr. Alcalde se procede a dar cuenta de los Decretos de Alcaldíaexpedidos de fecha 18 de febrero de 2011 con el número 11 hasta el 11 de Marzo de2011 con el número 26, Decretos cuyo resumen es el siguiente:

Decreto 14 18-2-11 Plan de inspección de tributos “Viviendas Vizcaya”.Decreto 15 18-2-11 Plan de inspección de tributos “Maderas Iruarrizaga”.Decreto 16 18-2-11 Plan de inspección de tributos “Maderas Yurrebaso”.Decreto 17 24-2-11 Petición subvención igualdad entre la mujer y hombre.Decreto 18 25-2-11 Concesión de nicho:Decreto 19 25-2-11 Concesión de nicho:Decreto 20 25-2-11 Contraido de gastos.Decreto 21 4-3-11 Baja inscripción Padrón Habitantes.Decreto 21bis

4-3-11 Sustitución conserje escuelas.

Decreto 22 7-3-11 Reclamación subsanación de errores instalación debulder.

Decreto 22bis

9-3-11 Incorporación de Remanentes.

Decreto 22-2bis

9-3-11 Liquidación presupuesto 2010.

Decreto 23 11-3-11 Tarjeta de EstacionamientoDecreto 24 11-3-11 Tarjeta de EstacionamientoDecreto 25 11-3-11 Caducidad de Inscripción de habitantes.Decreto 26 11-3-11 Concesión de nicho: Titular

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15.- RUEGOS Y PREGUNTAS.De conformidad con lo señalado en el art. 82-4 del Reglamento de OrganizaciónFuncionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, RD 2568/86 de 28 denoviembre, se incluye el punto relativo a los ruegos y preguntas en las SesionesOrdinarias.

Y no habiendo más asuntos de que tratar y siendo las diecinueve horas y treintaminutos del día señalado el Sr. Alcalde ordenó levantar la Sesión de lo que yo laSecretario Certifico.

EL ALCALDE LA SECRETARIA

LOS CONCEJALES