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Derecho Ambiental. Gerson Chávez Miranda. SESION Nº 08 MINISTERIO DEL AMBIENTE Antonio Brack Egg 1 Economía y Sociedad 67, CIES, abril 2008 1. Introducción. El siglo XXI será el siglo de las preocupaciones ambientales. La humanidad entera afronta serios problemas ambientales que comprometen la economía y las sociedades a nivel global. Los indicadores son claros: cambio climático y calentamiento global; pérdida de recursos vivos o de biodiversidad; enorme contaminación del aire y de las aguas; escasez creciente del agua en regiones importantes; urbanización creciente; pérdida de bosques. El Perú no está al margen de estos problemas. Los estudios del Banco Mundial indican que la deficiente gestión del ambiente ocasionó pérdidas cercanas a los 8.200 millones de soles en el año 2003, pérdidas que se repiten año tras año. Los problemas ambientales están a la vista de todos y los percibimos y respiramos: aire cada vez más contaminado en las ciudades, que es causa de enfermedades y de muertes; saneamiento muy deficiente y con una creciente contaminación del agua por falta de tratamiento de los efluentes; un país lleno de basura por una mala disposición de los residuos sólidos; conflictos sociales y ambientales; minería informal e ilegal en todo el territorio nacional; pérdida de bosques y desertización; y un Estado lento en atender los reclamos de los ciudadanos, que tienen una enorme desconfianza en sus instituciones. El gobierno peruano ha tomado la decisión de crear un Ministerio del Ambiente y elevar, así, las decisiones de una buena gestión ambiental al más alto nivel de decisión política. Esto significa poner al Perú a la altura de los tiempos actuales, afrontar la problemática ambiental desde una nueva visión para revertir los procesos ambientales negativos y, así, mejorar nuestra competitividad en los mercados internacionales, aprovechando las nuevas tendencias. Sin embargo, el anuncio de la creación de un Ministerio del Ambiente ha producido diversas reacciones a favor y también en contra. Las opiniones a favor van hacia la necesidad de fortalecer la gestión ambiental, con el fin de proteger y aprovechar mejor nuestros recursos y, tal como lo recomienda la Defensoría del Pueblo, de solucionar los numerosos conflictos sociales con origen ambiental, en especial en el sector minero, debido al temor justificado de que se contaminen las aguas y los suelos. Las opiniones en contra de un Ministerio del Ambiente apuntan a que su creación solo generará más burocracia y mayores gastos al Estado y a los contribuyentes, asumiendo, además, que el Consejo Nacional del Ambiente (Conam) y la estructura actual son suficientes y que funcionan bien. Durante más de 400 años el Perú no ha sabido usar de manera sostenida los innumerables recursos que posee y solo ha basado su desarrollo en el uso de determinados recursos, lo que permitió temporalmente períodos de auge, seguidos de largos períodos de crisis, como consecuencia de una sobreexplotación. Los ejemplos más importantes son el ciclo del guano de las islas, el del salitre, el del caucho y el de la anchoveta. Por otro lado, el sector agroindustrial también tuvo un período de auge que duró más de siete décadas, hasta que finalmente colapsó cuando se introdujo la Reforma Agraria en 1969 que redistribuyó los derechos de propiedad de la tierra. Hasta finales del siglo XX el desarrollo de las actividades económicas y el uso de la tierra ocurrían sin la adopción de salvaguardas ambientales, lo que ocasionaba al país enormes problemas con graves impactos en los recursos naturales y en el bienestar de las poblaciones humanas. Solo a partir de los 1 Nombra el primer ministro del Ambiente en el segundo gobierno del Presidente Alan García Pérez 2006-2011. 1

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Derecho Ambiental.Gerson Chávez Miranda.

SESION Nº 08MINISTERIO DEL AMBIENTE

Antonio Brack Egg1 Economía y Sociedad 67, CIES, abril 2008

1. Introducción.El siglo XXI será el siglo de las preocupaciones ambientales. La humanidad entera afronta serios problemas ambientales que comprometen la economía y las sociedades a nivel global. Los indicadores son claros: cambio climático y calentamiento global; pérdida de recursos vivos o de biodiversidad; enorme contaminación del aire y de las aguas; escasez creciente del agua en regiones importantes; urbanización creciente; pérdida de bosques.

El Perú no está al margen de estos problemas. Los estudios del Banco Mundial indican que la deficiente gestión del ambiente ocasionó pérdidas cercanas a los 8.200 millones de soles en el año 2003, pérdidas que se repiten año tras año. Los problemas ambientales están a la vista de todos y los percibimos y respiramos: aire cada vez más contaminado en las ciudades, que es causa de enfermedades y de muertes; saneamiento muy deficiente y con una creciente contaminación del agua por falta de tratamiento de los efluentes; un país lleno de basura por una mala disposición de los residuos sólidos; conflictos sociales y ambientales; minería informal e ilegal en todo el territorio nacional; pérdida de bosques y desertización; y un Estado lento en atender los reclamos de los ciudadanos, que tienen una enorme desconfianza en sus instituciones.

El gobierno peruano ha tomado la decisión de crear un Ministerio del Ambiente y elevar, así, las decisiones de una buena gestión ambiental al más alto nivel de decisión política. Esto significa poner al Perú a la altura de los tiempos actuales, afrontar la problemática ambiental desde una nueva visión para revertir los procesos ambientales negativos y, así, mejorar nuestra competitividad en los mercados internacionales, aprovechando las nuevas tendencias. Sin embargo, el anuncio de la creación de un Ministerio del Ambiente ha producido diversas reacciones a favor y también en contra.

Las opiniones a favor van hacia la necesidad de fortalecer la gestión ambiental, con el fin de proteger y aprovechar mejor nuestros recursos y, tal como lo recomienda la Defensoría del Pueblo, de solucionar los numerosos conflictos sociales con origen ambiental, en especial en el sector minero, debido al temor justificado de que se contaminen las aguas y los suelos.

Las opiniones en contra de un Ministerio del Ambiente apuntan a que su creación solo generará más burocracia y mayores gastos al Estado y a los contribuyentes, asumiendo, además, que el Consejo Nacional del Ambiente (Conam) y la estructura actual son suficientes y que funcionan bien.

Durante más de 400 años el Perú no ha sabido usar de manera sostenida los innumerables recursos que posee y solo ha basado su desarrollo en el uso de determinados recursos, lo que permitió temporalmente períodos de auge, seguidos de largos períodos de crisis, como consecuencia de una sobreexplotación. Los ejemplos más importantes son el ciclo del guano de las islas, el del salitre, el del caucho y el de la anchoveta. Por otro lado, el sector agroindustrial también tuvo un período de auge que duró más de siete décadas, hasta que finalmente colapsó cuando se introdujo la Reforma Agraria en 1969 que redistribuyó los derechos de propiedad de la tierra.

Hasta finales del siglo XX el desarrollo de las actividades económicas y el uso de la tierra ocurrían sin la adopción de salvaguardas ambientales, lo que ocasionaba al país enormes problemas con graves impactos en los recursos naturales y en el bienestar de las poblaciones humanas. Solo a partir de los 1 Nombra el primer ministro del Ambiente en el segundo gobierno del Presidente Alan García Pérez 2006-2011.

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años noventa comienzan a darse importantes normas ambientales que regulan las actividades extractivas como la minería y ocurren importantes avances en sectores como la industria, la producción y el turismo, gracias a las mejoras en el manejo de los recursos naturales y de la conservación de la rica biodiversidad. Esto como resultado, por una parte, de la ratificación de Convenios y Tratados internacionales y, por otra, de la creciente presión de la opinión pública en estos temas, en especial de las ONG ambientales.

Sin embargo, aunque existen hoy mejoras sustanciales, la gestión ambiental en el Perú aún se encuentra dispersa en diversos sectores, caracterizados por su falta de coordinación y de una visión integral del asunto ambiental.

En el Ministerio de Salud encontramos a la Dirección General de Salud Ambiental (Digesa), encargada de analizar y de controlar las condiciones de salud en el ambiente. Esta entidad, aunque ha logrado ciertos avances en el establecimiento de algunos estándares, estos no han sido suficientes para la reducción de los graves problemas de saneamiento ambiental, aspecto que en la actualidad representa el problema ambiental más importante en el Perú. Por otro lado, como parte del Ministerio de Agricultura, tenemos al Fondo de Promoción del Desarrollo Forestal (Fondebosque) y al Instituto Nacional de Recursos Naturales (Inrena). Este último es responsable de los recursos forestales, de la fauna silvestre, de las Áreas Naturales Protegidas, de los recursos hídricos y de las tierras de producción agropecuaria. Lamentablemente, hoy es bien conocido, por medio de la prensa, que existen una serie de denuncias respecto al mal manejo de los recursos, lo que revela serios problemas técnicos y administrativos en su interior que deben ser enfrentados para asegurar la sostenibilidad de nuestros recursos.

En otros sectores están dispersas instituciones como el Senamhi, el IIAP, el Imarpe, entre muchas otras.

También tenemos, como dependencia de la Presidencia del Consejo de Ministros, al Conam, entidad encargada de coordinar el trabajo de las autoridades ambientales sectoriales a nivel central, local y regional. Aunque esta institución tiene el título de Autoridad Ambiental Nacional, no cuenta con un nivel administrativo de alto nivel.

El avance más notable en materia ambiental está en el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas, que comprende más de 18 millones de hectáreas, y que es apoyado por el Fondo para las Áreas Protegidas por el Estado (Profonanpe), que ha logrado canalizar cerca de 90 millones de dólares de la cooperación internacional para los esfuerzos de conservación.

Debido a este complicado sistema de gestión ambiental, disperso en diversos sectores y que carece de una política ambiental única e integral, aún subsisten graves problemas ambientales, que, por una parte, afectan la salud de las personas y, por otra, conducen a un deterioro creciente de los recursos naturales.

Costos ambientales que preocupan.En el Perú, los problemas de la degradación ambiental, del deterioro de los recursos naturales y de los desastres provocados ocasionan costos que bordean el 3,9% del PBI, esto sin contar lo que se deja de ganar por la paralización de procesos productivos y el alejamiento de las inversiones. Lo peor es que estas pérdidas se repiten año tras año y son un gran obstáculo para superar la pobreza. La falta de una adecuada gestión ambiental le ocasiona al Perú grandes pérdidas económicas, en comparación a otros países con niveles de ingreso similares, y ha ocasionado la vulneración de derechos fundamentales como el derecho a la vida, a la salud y a la paz social. Esto perjudica sobre todo a los más pobres, ya que son ellos quienes están más expuestos a los riesgos ambientales y carecen, además, de los

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recursos para mitigar esos riesgos.

Son muchos los factores que contribuyen al problema de la degradación ambiental en nuestro país. Los primeros en la lista son el mal abastecimiento de agua y la falta de saneamiento e higiene. A estos le siguen la contaminación atmosférica urbana, los desastres provocados por falta de prevención, la exposición de la población al plomo, la contaminación dentro de las mismas casas, sobre todo en zonas rurales, la erosión del suelo, la deforestación y la disposición inadecuada de residuos.

Nuestro país está dotado de importantes recursos hídricos, pero debido a la mala distribución, a la falta de saneamiento e higiene y a su creciente contaminación, la calidad de estos se va deteriorando. Además, son más de 12 millones de peruanos los que no tienen acceso a servicios básicos de saneamiento. De ellos, 5,5 millones pertenecen al área rural. Mientras esto sucede, en otros lugares se desperdicia el agua, como, por ejemplo, en la agricultura con el riego por inundación o gravedad. Las aguas contaminadas, vertidas sin tratamiento alguno al ambiente, producen enfermedades comunes, en especial las diarreicas, responsables del 9 al 13 por ciento de la mortalidad infantil. Peor aún, en las zonas rurales donde se carece de infraestructura.

La contaminación del aire también es un problema muy extendido en los centros urbanos y es originada, sobre todo, por la falta de supervisión del transporte y de las actividades industriales. En el Perú la contaminación del aire es responsable de casi 4 mil muertes por año y aunque se han dado pasos importantes para controlarla, todavía falta mucho por hacer.

Fenómenos intensos, como los terremotos, los huaycos y las sequías, son muy frecuentes y se originan por causas naturales; lo que no es natural son los desastres que estos fenómenos provocan, ya que se deben muchas veces a la falta de prevención de las mismas personas. Viviendas mal construidas y ubicadas en zonas de peligro, tala de bosques que provocan la erosión de la tierra, falta de planificación y de control por parte de las autoridades en el uso de la tierra, son solo algunos de los factores que contribuyen a crear estas condiciones de desastre.

La exposición a emanaciones de plomo tiene también importantes repercusiones, sobre todo en los niños, ya que, además de provocar efectos gastrointestinales y anemia, puede disminuir hasta en 2 puntos su coeficiente intelectual, causando retrasos mentales ligeros en unos 2 mil niños por año. La ciudad de La Oroya es uno de los casos más terribles en nuestro país, donde los menores tienen una concentración de plomo en la sangre cuatro veces superior al permitido, según los estándares de la Organización Mundial de la Salud.

Nuestro país pierde cerca de 300 mil hectáreas de tierras agrícolas al año, a causa de la erosión, lo que se traduce en pérdidas económicas y de oportunidades para los agricultores. Lo peor de todo es que, al perderse la fertilidad de un terreno, se ocupan nuevas zonas para generar el mismo problema y el proceso de erosión no se detiene. Algunas de las causas de este proceso son las malas prácticas agrícolas como el sobrepastoreo y la deforestación, así como la falta de capacitación y de transferencia de nuevas tecnologías.

La deforestación en el Perú alcanza ya las 10 millones de hectáreas, y no contentos con ello, se siguen talando y quemando cada año 150 mil hectáreas adicionales para ampliar la frontera agropecuaria. Esto le ha costado al país al menos 25.000 millones de dólares, ya sea por la quema de maderas aprovechables o por la pérdida de la fertilidad de la tierra y de otros servicios como la calidad del agua. La deforestación, en pleno siglo XXI y en medio del cambio climático, no solo es un crimen para la humanidad, sino que hace que se deje de aprovechar un valioso potencial para la venta de servicios ambientales.

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En el Perú no existe una gestión eficaz de los residuos sólidos y líquidos por parte de las autoridades municipales y de las instituciones encargadas. Los residuos terminan siendo depositados en el ambiente sin el tratamiento previo, lo que se agrava con el crecimiento acelerado y desorganizado de las ciudades.

Los costos sociales y económicos de un mal manejo del ambiente y de los recursos de nuestro país hablan por sí solos. Por eso, afirmar que la mejora de la gestión ambiental es un asunto de más burocracia y de gastos superfluos no tiene ningún sentido cuando vemos que hoy se pierden tantos recursos que pueden ser invertidos en superar nuestros índices de pobreza. Seguir por el camino actual nos costaría, en diez años, 82.000 millones de soles, e invertir en un Ministerio eficiente para revertir procesos y mitigar costos, nos costaría, en ese mismo lapso, cerca de 2.000 millones (200 millones por año). No hay duda de que sería una inversión y no un costo.

Competitividad en los mercados.Los mercados mundiales se vuelven cada vez más exigentes en los asuntos del ambiente y un país en camino a la modernidad como el Perú no puede quedar al margen de estas exigencias, en especial frente a los Tratados de Libre Comercio (TLC) suscritos o en proceso de negociación. Es el caso de las exigencias ambientales que nos impone el TLC suscrito con Estados Unidos, exigencias que debemos cumplir si queremos acceder con nuestros productos a este mercado, que es uno de los más importantes del mundo.

En el campo de la diversidad biológica, en el TLC se acuerda, entre otras cosas, que las partes “se mantienen comprometidas a promover y fomentar la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica y todos sus componentes y niveles, incluyendo plantas, animales y hábitats” y “las Partes reconocen la importancia de respetar y preservar los conocimientos tradicionales y prácticas de sus comunidades indígenas y otras comunidades”. En la actualidad, los Estados Unidos, a través de USAID, aportan importantes sumas de dinero para el establecimiento y la conservación de áreas protegidas, para el manejo de bosques y para otros aspectos relacionados con la diversidad biológica. Con el TLC, esta cooperación puede incrementarse y mejorar el acceso de las áreas protegidas para el ecoturismo en forma eficiente, con la participación de las comunidades locales beneficiarias.

El Perú es también uno de los mayores bancos de recursos genéticos del mundo y debe generar una estrategia para el desarrollo de la biotecnología en base a ellos y, así, poder transformar a nuestro país en un centro de patentes de variedades de cultivos importantes como la papa, el maíz, los granos y tubérculos andinos, los camélidos sudamericanos y muchos otros. Hasta el presente, nuestros recursos genéticos han servido más bien para que otros países y empresas los aprovechen. En el TLC con Estados Unidos no se obliga a nuestro país a aceptar patentes sobre plantas y animales producto de la ingeniería genética y, más bien, se acuerda que se “realizará todos los esfuerzos razonables para otorgar dichaprotección”. Por eso, el Perú deberá estudiar muy claramente esta posibilidad, no solo desde el punto de vista de aceptar patentes externas, sino de poder llegar a tener una posición importante en las patentes de recursos genéticos propios.

También en el campo de la promoción de la innovación y del desarrollo tecnológico, el TLC abre las puertas para la cooperación entre ambos países para el desarrollo de la biotecnología, donde se acuerda que “las Partes buscarán y fomentarán oportunidades para la cooperación en ciencia y tecnología e identificarán áreas para dicha cooperación, y según sea apropiado, realizar proyectos de colaboración de investigación científica”.

Nuestro sector agrario tiene la posibilidad de ofrecer al mercado americano productos de exportación ya desarrollados, entre ellos el espárrago, el banano orgánico, el mango, los cafés especiales y

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orgánicos, el cacao y sus derivados, plantas condimenticias y aromáticas, entre muchos otros. Uno de los rubros más competitivos es el de los productos orgánicos y naturales: se estima que el comercio de estos productos, para el año 2010, superará los 100.000 millones de dólares en el mundo. Esta creciente demanda es una buena oportunidad para mejorar la competitividad de nuestras exportaciones agropecuarias, las que podrían aumentar fácilmente en unos 5.000 millones de dólares en los próximos años si se fomentanestos productos y se conquistan los mercados más exigentes.Problemas ambientales globales y oportunidades para el PerúEl calentamiento global, la disminución de los bosques, el deterioro de los recursos vivos y la crisis del agua son solo algunos de los problemas que amenazan la vida en el planeta. Pero estos problemas globales ofrecen diversas oportunidades para atraer capitales e inversiones para nuestro desarrollo y que contribuyen, además, a la solución de los mismos. El mundo está comenzando a entender el verdadero significado del cuidado del ambiente y el Perú no es la excepción. Ha ratificado Tratados y Convenios internacionales en estas materias y es parte del concierto de naciones que buscan manejar el planeta con mayor responsabilidad.

Con la implementación de una política ambiental única e integral, nuestro país no solo puede convertirse en un país estratégico frente al resto del mundo, por su contribución a la solución de los problemas ambientales globales, sino que tiene la oportunidad también de aprovechar sus ventajas comparativas en la provisión de servicios ambientales, entendidos como servicios que prestan los ecosistemas, como la captura de carbono, la conservación del patrimonio biológico y la protección de cuencas para la producción de agua. El Perú es un país importante en la provisión de servicios ambientales al mundo por su gran extensión de bosques, que son sumideros de carbono, por la provisión de agua atmosférica en la cuenca del Amazonas (la Amazonia cuenta con más del 50% de la biodiversidad del planeta), que es el hábitat de pueblos aborígenes con conocimientos milenarios sobre recursos genéticos y sobre el uso de miles de plantas para diversos fines.

En la Amazonia se ha establecido, además, 12 millones de hectáreas de Áreas Naturales Protegidas y se ha destinado cerca de 15 millones de hectáreas a los pueblos aborígenes y 24,5 millones de hectáreas a Bosques de Producción Permanente, destinados al manejo forestal eficiente. Esto significa que más de 51 millones de hectáreas de la selva permanecerán en forma de bosques y seguirán prestando servicios ambientales globales. También se tiene la posibilidad de reforestar cerca de 10 millones de hectáreas para captura de carbono. Esto nos brinda la posibilidad de ingresar al creciente mercado de bonos de carbono. Con el Protocolo de Kyoto, del que nuestro país es parte, existe la posibilidad real de reducir las emisiones de gases que provocan el calentamiento global. Este compromiso adoptado por el Perú abre la posibilidad de recibir dinero a cambio de la recaptura de CO2 o de la reducción de emisiones gracias a la sustitución del uso de combustibles por sistemas de energía limpia, como el biogás, la energía hidráulica, la eólica, así como también a cambio de la reforestación y del manejo de residuos sólidos.

A la fecha, el Perú ha presentado, a través del Fonam, 72 proyectos para atraer recursos financieros internacionales y algunos ya se están llevando a cabo, como la inversión de “Bosques Amazónicos” en Ucayali, que está reforestando 15.000 hectáreas en tierras degradadas con apoyo del Fondo Forestal Sostenible de Gran Bretaña. Pero existe la posibilidad real de atraer cerca de 3.000 millones de dólares en los próximos años. Con esto no solo podemos asegurar nuestro ingreso a este mercado de servicios ambientales, sino que también podríamos llegar a convertirnos en una potencia forestal, gracias a los 10 millones de hectáreas aptas para plantaciones forestales en la sierra y en la selva, así como a la escasez de maderas y de productos derivados que se va a acentuar en el futuro por la disminución de la superficie forestal a nivel mundial.

Las inversiones en plantaciones forestales no tienen pierde, en especial en la selva alta, donde con una

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inversión de cerca de 2.000 dólares por hectárea en 10 años se logra cosechar, a los 12 años, al menos 30.000 dólares en madera. Las plantaciones forestales a un ritmo de 100.000 hectáreas por año generarían al menos 50.000 empleos y recuperaríamos, además, tierras que hoy se encuentran degradadas e improductivas. Incluso el financiamiento para estas plantaciones forestales pueden venir del exterior, con incentivos adecuados, como lo han hecho Chile, Uruguay y Argentina.

Las Áreas Naturales Protegidas por el Estado, además de su potencial indiscutible para el ecoturismo, pueden recibir apoyo financiero internacional por los servicios que prestan en la conservación de la biodiversidad y de los bosques. Una muestra fehaciente es el Fondo Nacional para las Áreas Protegidas (Profonanpe), que en los últimos 12 años ha logrado captar cerca de 90 millones de dólares para su gestión.

Un Ministerio del Ambiente, moderno y bien gestionado, ofrece la posibilidad de mejorar el manejo de nuestros recursos a nivel interno y nos ofrece la oportunidad de ingresar a los grandes mercados internacionales, atrayendo inversiones en la provisión de servicios ambientales y en los econegocios.

Retos a futuroEl Perú ha realizado en los últimos años esfuerzos importantes para consolidar una estructura organizacional que pueda responder a los desafíos ambientales nacionales e internacionales. Estos esfuerzos han generado considerables dividendos, en especial en la conservación de la biodiversidad y en el manejo de los recursos naturales. Pero son muchos los desafíos para la implementación de una política ambiental eficiente que responda a las necesidades de nuestro país y del resto del mundo.

Aunque son importantes los pasos que hemos dado como país en materia de gestión ambiental, la estructura organizacional actual, que debe velar por el buen uso de nuestro recursos y su cuidado, tiene serias limitaciones que dificultan una respuesta eficiente a los desafíos ambientales, actuales y futuros, en un mundo cada vez más globalizado. Uno de los principales problemas es la falta de un sistema integrado de gestión ambiental, que no permite un trabajo coordinado entre las diversas instituciones responsables, sino que estas dirigen sus esfuerzos a los intereses específicos de sus sectores. La solución de los problemas ambientales requiere un enfoque Integrado y multisectorial.

Otra de las debilidades de nuestro actual sistema de gestión ambiental es su escasa capacidad para la planeación ambiental. Al no contar con una adecuada planeación que determine las estrategias a seguir en el mediano y en el largo plazo, corremos el peligro de ahondar los problemas ambientales y las pérdidas que ocasiona una mala gestión se repetirán año tras año.

La poca inversión en la gestión del ambiente en nuestro país es otro problema que debemos superar. No puede ser que con las inmensas potencialidades que tenemos, gracias a nuestra biodiversidad, terminemos perdiendo más dinero del que invertimos. La inversión en gestión del ambiente llega apenas al 0,01% del PBI y los costos por mal manejo ambiental asciende al 3,9% del PBI.

Por eso, el Estado, a través del Ministerio del Ambiente, debería considerar el establecimiento de prioridades, basado en los impactos de la degradación ambiental sobre las poblaciones más pobres y vulnerables, y en cuáles son las zonas de mayor riesgo y que ocasionan mayores costos, en un análisis de nuevas políticas ambientales que permitan reducir los costos de la degradación ambiental, así como una adecuada toma de decisiones que permita atraer inversiones importantes.

Además, es imprescindible reducir los riesgos para la salud asociados a la contaminación del aire y al inadecuado abastecimiento de agua, de sanidad y de higiene, así como reducir la vulnerabilidad de las personas frente a los desastres, la degradación de los suelos agrícolas y, por último, la pérdida de bosques por deforestación, fomentando los cultivos forestales en tierras degradadas.

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Claro está que un nuevo Ministerio no deberá trabajar solo, sino más bien de manera coordinada con los representantes de base de cada localidad y con la empresa privada. Necesitamos empresas ecoeficientes y un Ministerio del Ambiente que haga cumplir las normas ambientales y que apoye una buena gestión ambiental empresarial.

En el Perú los costos económicos y sociales de una mala gestión del ambiente son demasiado altos. Por eso, la creación de una institución como el Ministerio del Ambiente es una inversión para el cuidado y el buen uso de nuestros recursos, para atraer inversiones nuevas que contribuyan al desarrollo nacional y para mejorar la calidad de vida de la población. Todos los peruanos tenemos derecho a una vida sana en un entorno saludable para nosotros y para las generaciones que vendrán. Para eso debemos superar la falta de información y de datos confiables sobre el estado del ambiente y los recursos naturales, mejorar los estándares ambientales adecuados a nuestra realidad, generar una mayor participación ciudadana en los asuntos ambientales y también vencer la desconfianza en las instituciones encargadas del tema ambiental, así como concertar para superar los conflictos ambientales.

2. Ministerio del Ambiente.

Mediante Decreto Legislativo Nº 1013 se aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente. El presidente de la República, Alan García Pérez, afirmó esta tarde que la creación del Ministerio del Ambiente, que actuará como un ente evaluador y fiscalizador que garantizará nuestra riqueza ambiental, es una demostración de la voluntad del Perú al mundo de su compromiso por preservar el medio ambiente.

Fue al presidir en el Salón Dorado de Palacio de Gobierno la ceremonia de promulgación de la Ley que crea ese organismo del Estado, acto que calificó de histórico y de enorme importancia para el futuro del Perú.

La creación del Ministerio del Ambiente, dijo, es como un homenaje nuestro a los 60 jefes de Gobierno, jefes de Estado y representantes que concurren al Perú para tratar el tema del medio ambiente pero, al mismo tiempo, constituye un compromiso del país con ellos.

“La promulgación de esta Ley no es una casualidad, nos interesa que el mundo sepa que el Perú moderno no es solamente el Perú de las grandes inversiones y el avance que está preocupando a algunos vecinos, sino el Perú de la protección del futuro, de la Pachamama”, dijo.

“Ha coincidido felizmente el que promúlguenos la Ley de Creación del Ministerio del Ambiente con los días en los cuales, de un lado la pobreza y la inclusión, del otro lado la respuesta ambiental al peligro de la degradación”, señaló.

El mandatario enfatizó que por primera vez y de manera orgánica con la creación del Ministerio del Ambiente se incorpora ese tema fundamental en el quehacer político y estatal.

“Esta creación del Ministerio del Ambiente, que tendrá a su cargo la evaluación, la fiscalización, la

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defensa del uso sostenible de los recursos naturales y limitar la degradación del medio ambiente que debe ser el campo de vida y desarrollo de las generaciones futuras de nuestra Patria”, manifestó.

Recordó que en 1987, en el mismo lugar, él suscribió y promulgó la Ley que creó el Ministerio de Defensa del Perú, el cual fue un cambio sustantivo que integró tres ministerios en uno sólo; y al año siguiente, en 1988, promulgó la Ley de creación de la Policía Nacional que unió en una institución a tres.

“Son momentos fundamentales de cambio del Estado y éste, hoy, es uno de esos momentos por el cual más adelante podrá recordarse este día”, dijo.

El nuevo ministerio se crea como un organismo del Poder Ejecutivo rector del sector ambiental, con la función de diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental.

Su objetivo principal es la conservación del ambiente para propiciar y asegurar el uso sostenible y responsable de los recursos naturales y el medio que los sustenta, y deberá asegurar el cumplimiento de la Constitución respecto a su conservación y su uso sostenible, la diversidad biológica y las áreas naturales protegidas, así como el desarrollo de la Amazonía.

Por otro lado, en su estructuración orgánica, el Decreto dispone que el ministerio tenga dos viceministerios, uno de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales y otro de Gestión Ambiental, además de una comisión consultiva y otra multisectorial ambiental.

El Decreto crea dos organismos; el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, y el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado, que se fusionará con la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas del Inrena, y precisa que ambos quedan adscritos al nuevo ministerio.

3. Exposición de motivos. Contexto.El Perú posee una destacada reserva de recursos naturales, que ofrecen oportunidades para generar riqueza y superar la pobreza en el marco de un desarrollo sostenible con crecimiento económico, con responsabilidad social y con un uso cuidadoso de los recursos naturales.

La situación del ambiente y de los recursos naturalesEn el Perú el deterioro del ambiente y de los recursos naturales es de preocupación por la alta contaminación del agua y deterioro de las cuencas; la deficiente disposición de los residuos sólidos y de los efluentes; las ciudades desordenadas y con alta contaminación del aire y baja calidad de vida; el deterioro de los suelos agrícolas por erosión, salinización y pérdida de la fertilidad; la tala y quema de los bosques; las especies de la fauna en peligro de extinción; la pérdida de cultivos nativos y sus variedades; y la contaminación el aire.

Los alarmantes procesos de deterioro del ambiente y de los recursos afectan a los pobres en dos sentidos: (i) reducen los recursos naturales indispensables para sus actividades productivas (suelos, agua, bosques, fauna, pesca, etc.), y (ii) tienen un fuerte impacto sobre su salud y estabilidad social por la contaminación y la emigración hacia las ciudades y otras regiones, como la Amazonía.

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El deterioro de la calidad del agua es uno de los problemas más graves del país y es un impedimento para lograr el uso eficiente del recurso, y compromete el abastecimiento en calidad, en cantidad y en forma sostenida. Las causas principales están en la contaminación industrial, la falta de tratamiento de las aguas servidas, el uso indiscriminado de agroquímicos, la disposición de residuos sólidos en las aguas, y el deterioro de las cuencas de los ríos. No se cuenta con una institución técnica encargada del manejo de las cuencas, con prioridad en las cuencas costeras, para recuperarlas y garantizar el flujo de agua en cantidad y calidad, y en forma sostenible, y controlar riesgos en eventos extraordinarios. Esto implica la reforma institucional para una gestión eficiente de los recursos hídricos en forma integral y transsectorial con enfoque de cuenca. Existe un escaso tratamiento de los vertimientos urbanos e industriales, y escaso fomento del reciclaje de aguas polucionadas, con prioridad en la zona costera.

Los problemas de contaminación del aire están concentrados en las grandes ciudades y en lugares con industrias contaminantes. En las ciudades la causa principal de la contaminación se debe a un rápido incremento del parque automotor, en incremento rápido, constituido en gran parte por vehículos antiguos y sin una regulación adecuada de los mismos como del tráfico. Una contaminación importante y nociva es el alto contenido de azufre en el diesel.

Los suelos de aptitud agropecuaria son el recurso más amenazado por procesos de deterioro, en especial la salinización en la Costa, la erosión paulatina en la Sierra y la pérdida de fertilidad en la Amazonía. Un total de 8 millones de hectáreas están clasificadas como severamente erosionadas y 31 millones de moderadamente erosionadas. El deterioro de los suelos afecta la productividad agrícola y ganadera, por disminuir gradual o, en algunos casos, violentamente (huaycos, aluviones y erosión fluvial), la producción en las zonas rurales, y, como efecto, disminuye la economía de las poblaciones rurales. No existe en el país ninguna institución dedicada directamente al manejo de los escasos suelos agrícolas.

La diversidad biológica, a pesar de su importancia, es afectada en el país por diversos procesos, que van reduciendo la disponibilidad de recursos genéticos, especies y ecosistemas estables. La tala de bosques es un proceso de enormes consecuencias ambientales, económicas y sociales. La degradación de ecosistemas importantes es grave como también la amenaza de extinción de especies de la flora y de la fauna. Las consecuencias sobre las poblaciones rurales son muy diversas, y van desde la reducción de la seguridad alimentaria a mayor empobrecimiento por el agotamiento de recursos.

Los bosques del país han sufrido mermas constantes durante los últimos siglos, pero en especial a partir de la segunda mitad del siglo XX con la política del Estado de colonizar la Amazonía e integrarla a la economía nacional con la construcción de vías de comunicación, y la agricultura migratoria. El país ha realizado esfuerzos importantes para la conservación de los bosques y para lograr su manejo sostenible. El total de bosques asignados a usos definidos asciende a 46 130 784 hectáreas. La superficie restante son tierras del Estado y sin usos asignados.

La minería, como actividad extractiva importante, afronta diversos problemas, entre los que destacan la minería informal, sin estándares ambientales y sociales, y los pasivos ambientales mineros. La minería formal, grande y mediana, ha mejorado los estándares ambientales y, si cumple con las leyes y es supervisada en forma adecuada por el Estado, no debería ya contaminar. Es urgente solucionar el problema de los pasivos ambientales de la actividad minera del pasado cuando no existían normas ambientales específicas. Los pasivos ambientales mineros son un enorme problema de impactos en el ambiente y de preocupación local.

En lo referente a los recursos energéticos los principales retos pendientes se refieren a mejorar la forma de actuar del Estado frente a las comunidades locales, donde existe un descuido de

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información oportuna y transparente, y la deficiente participación de las comunidades en toda la cadena de la actividad hidrocarburífera; y mejorar los estándares ambientales y la transparencia respecto a las comunidades locales. Es importante la participación desde el inicio y la información a las comunidades dueñas del suelo, mas no del subsuelo, antes de licitar un lote.

Para los casos de la sobreposición de lotes con áreas naturales protegidas de uso directo, es necesario establecer estándares ambientales especiales para la exploración y la explotación, con el objetivo mejorar las relaciones con la sociedad civil preocupada por la agresión de espacios de alta biodiversidad, y de innegables repercusiones a nivel mundial. Es un mandato constitucional explícito que el Estado tiene la obligación de promover la conservación de las áreas naturales protegidas y la diversidad biológica (Art. 68).

El interés actual por los biocombustibles es enorme y es necesario tomar previsiones para no permitir la tala de bosques primarios para su cultivo, porque existen enormes extensiones de tierras colonizadas en la selva y degradadas donde es posible hacer este tipo de cultivos. En la Costa planificar el uso del agua e implantar obligatoriamente sistemas eficientes de riego modernos, para no generar conflictos con los productores agrarios. La degradación ambiental, el deterioro de los recursos naturales y los desastres concomitantes provocados, ocasionan costos anuales de al menos 8 200 millones de soles, esto sin contar lo que se deja de ganar por la paralización de procesos productivos y el alejamiento de las inversiones. Los mayores costos están en la mala calidad del agua, la contaminación del aire y en los interiores, que ocasionan costos económicos por al menos 6000 millones de soles anuales.

Una mejor gestión ambiental es imprescindible para la competitividad de los productos peruanos en los mercados internacionales y para atraer inversiones nuevas en el sector productivo. Los problemas ambientales globales (calentamiento global; disminución de los bosques; deterioro de la biodiversidad; la crisis del agua, desertificación) son amenazas, pero también nos ofrecen diversas oportunidades para atraer capitales e inversiones para el desarrollo, contribuyendo además a la solución de los mismos. El Perú ha ratificado Tratados y Convenios Internacionales en estas materias y es parte del concierto de naciones que buscan manejar el planeta con mayor responsabilidad. El Perú ha preparado y presentado 71 proyectos, a través del FONAM, para atraer recursos financieros internacionales y algunos ya se están llevando a cabo con hidroeléctricas, rellenos sanitarios y cultivos forestales. Existe la posibilidad real de atraer capitales importantes en los próximos años.

UNA GESTIÓN AMBIENTAL MODERNA Y EFICIENTE

Mandato constitucional y políticas de Estado

Una gestión ambiental moderna y eficiente debería garantizar a los ciudadanos el cumplimiento del mandato constitucional: toda persona tiene derecho a “gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida” (Art. 2, 22); “el Estado determina la política nacional del ambiente (Art. 67); el Estado “promueve el uso sostenible de sus recursos naturales” (Art. 67); “el Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas” (Art. 68); y “el Estado promueve el desarrollo sostenible de la Amazonía con una legislación adecuada” (Art. 69).

La XIX Política de Estado – Desarrollo sostenible y gestión ambiental, en el marco del Acuerdo Nacional, establece:Con ese objetivo el Estado:

a) fortalecerá la institucionalidad de la gestión ambiental optimizando la coordinación entre la sociedad civil, la autoridad ambiental nacional, las sectoriales y los niveles de gestión

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descentralizada, en el marco de un sistema nacional de gestión ambiental; b) promoverá la participación responsable e informada del sector privado y de la sociedad civil en la toma de decisiones ambientales y en la vigilancia de su cumplimiento, y fomentará una mayor conciencia ambiental; c) promoverá el ordenamiento territorial, el manejo de cuencas, bosques y zonas marino costeras así como la recuperación de ambientes degradados, considerando la vulnerabilidad del territorio;d) impulsará la aplicación de instrumentos de gestión ambiental, privilegiando los de prevención y producción limpias;e) incorporará en las cuentas nacionales la valoración de la oferta de los recursos naturales y ambientales, la degradación ambiental y la internalización de los costos ambientales;f) estimulará la inversión ambiental y la transferencia de tecnología para la generación de actividades industriales, mineras, de transporte, de saneamiento y de energía más limpias y competitivas, así como del aprovechamiento sostenible de los recursos forestales, la biotecnología, el biocomercio y el turismo;g) promoverá y evaluará permanentemente el uso eficiente, la preservación y conservación del suelo, subsuelo, agua y aire, evitando las externalidades ambientales negativas; h) reconocerá y defenderá el conocimiento y la cultura tradicionales indígenas, regulando su protección y registro, el acceso y la distribución de beneficios de los recursos genéticos; i) promoverá el ordenamiento urbano, así como el manejo integrado de residuos urbanos e industriales que estimule su reducción, reuso y reciclaje;j) fortalecerá la educación y la investigación ambiental;k) implementará el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental para asegurar la participación ciudadana, la coordinación multisectorial y el cumplimiento de las empresas de los criterios y condiciones de protección ambiental;l) regulará la eliminación de la contaminación sonora;m) cumplirá los tratados internacionales en materia de gestión ambiental, así como facilitará la participación y el apoyo de la cooperación internacional para recuperar y mantener el equilibrio ecológico; y n) desarrollará la Estrategia Nacional de Comercio y Ambiente.

Si bien son importantes los avances del país en materia de gestión ambiental, la estructura organizacional actual, que debe velar por el buen uso de nuestros recursos y revertir los procesos de deterioro ambiental, tiene serias limitaciones que dificultan una respuesta eficiente a los desafíos ambientales, actuales y futuros, en un mundo cada vez más globalizado. La institucionalidad actual de la gestión ambiental es de nivel político intermedio y sin presencia en el Consejo de Ministros, donde se toman las grandes decisiones de la administración del Estado. Se requiere de una institución con mayor rango político, como un Ministerio del Ambiente. La dispersión y la escasa integración y coordinación es un aspecto a resolverse en la gestión ambiental del país.

ObjetivosLos grandes objetivos de la gestión ambiental moderna y eficiente deberían ser los siguientes:

1. Revertir los procesos ambientales negativos y sus altos costos económicos y sociales. El Perú debe realizar el máximo esfuerzo para conservar los recursos naturales, revertir los procesos de deterioro y recuperar los recursos deteriorados, que afectan a las poblaciones pobres, en especial rurales.

2. Prevenir mayores impactos y costos ambientales y sociales, con gran énfasis en mejorar los Estudios de Impacto Ambiental (EIAs) con la participación de los pobladores y con compromisos

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muy claros por parte de la actividad empresarial; supervisar y monitorear el cumplimiento de los EIAs y los compromisos establecidos; y concertar y establecer los ECAs y los LMP para las actividades productivas y vigilar su cumplimiento estricto.

3. Fomentar las potencialidades económicas ambientales con base en el uso sostenible de los recursos naturales, con una decisiva participación del sector privado, debe ser uno de los objetivos fundamentales del desarrollo económico basado en la sostenibilidad. La variable de la sostenibilidad debe formar parte de la gestión pública y privada en cumplimiento de los Objetivos del Milenio, compromiso asumido por el país. Las principales líneas de desarrollo futuro se deberían orientar hacia el turismo y ecoturismo, la acuicultura, los cultivos forestales, el manejo de bosques, la agricultura diversificada, la ganadería de camélidos, la minería limpia, la hidroenergía y la conservación de suelos.

4. El ordenamiento del territorio para el desarrollo, a través de la zonificación ecológica y económica (ZEE) a nivel nacional, regional y distrital debería ser la base para un uso ordenado de los recursos y la ocupación del espacio. En el país se han hecho muchos mapas de la pobreza, sin embargo no se ha evaluado las potencialidades locales para un desarrollo con base en la generación de riqueza.

Instrumentos y compromisos internacionales

El Perú forma parte del concierto global de la preocupación por el ambiente y ha ratificado compromisos internacionales al respecto. El seguimiento del cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por el país deberá ser parte de una gestión ambiental moderna, en coordinación estrecha con el Ministerio de Relaciones Exteriores y los sectores involucrados. Esto implicará generar capacidades para afrontar este reto internacional.

Uno de los aspectos a considerarse en la gestión ambiental será el desarrollar propuestas para aprovechar las oportunidades que ofrecen determinados compromisos internacionales para lograr el apoyo técnico y financiero internacional. En este sentido, es de alta prioridad la cooperación técnica y financiera internacional para una gestión ambiental eficiente, eficaz y transsectorial; y el fortalecimiento del FONAM, del PROFONANPE y otras instituciones para atraer inversiones, de la conservación de la biodiversidad y las compensaciones por servicios ambientales, como la conservación de bosques (compensaciones tala evitada o no tala) y de certificados de carbono con cultivos forestales.

LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL PROPUESTAEl objetivo del Ministerio del Ambiente es propiciar el equilibrio entre el desarrollo socioeconómico, el uso sostenible y responsable de los recursos naturales y la protección del ambiente, a fin de contribuir al desarrollo integral de la persona humana y garantizar el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida a los ciudadanos.

ANÁLISIS COSTO - BENEFICIO

BeneficiosLos beneficios de contar con un Ministerio del Ambiente son positivos para el país, especialmente en los siguientes aspectos:

1. Implementar los mandatos constitucionales.

2. Modernizar e integrar la gestión ambiental, muy dispersa en la actualidad. A pesar que existen

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numerosas leyes ambientales, la situación del ambiente en el país es de alta preocupación y eroga costos importantes económicos y sociales por la deficiente gestión del ambiente y de los recursos naturales.

3. Adaptar la gestión ambiental a las tendencias mundiales en el siglo XXI. El país ha suscrito diversos convenios internacionales relacionados con la problemática ambiental y es necesario, por una parte, hacer un seguimiento del cumplimiento de los mismos, y, por otra parte, desarrollar las oportunidades que ofrecen para el desarrollo sostenible del país.

4. Mejorar la competitividad del país en los mercados internacionales, donde las exigencias son crecientes en lo referente a la gestión del ambiente, como son el manejo de bosques y los certificados forestales; la producción orgánica; el control de los Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs – Convenio de Estocolmo); y la conservación de la diversidad biológica.

5. Revertir los procesos negativos que afectan al ambiente y la salud de las personas, en especial la calidad del agua y el tratamiento de los efluentes; la disposición adecuada de los residuos sólidos; la contaminación del aire; la degradación de los suelos agrícolas; y la tala de bosques.

6. Prevenir mayores impactos en el ambiente a futuro con el mejoramiento de los Estudios Ambientales Estratégicos, los Estudios de Impacto Ambiental, los estándares de Calidad Ambiental y los Límites Máximos Permisibles.

7. Apoyar a los Gobiernos Regionales y Locales en la mejora continua de la gestión ambiental, y en el ordenamiento ambiental del territorio.

8. Mejorar la fiscalización y el control en los asuntos ambientales.

9. Integrar a la sociedad civil en la gestión ambiental, fomentando la responsabilidad ambiental y la ciudadanía ambiental, y la educación ambiental.

10. Mejorar la gestión de las Áreas Naturales Protegidas por el Estado y contar con un organismo especializado para ello, y que es el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas, que será responsable del manejo de más de 18 millones de hectáreas del territorio nacional.

CostosLa implementación del Ministerio del Ambiente erogará costos al Estado, aunque en forma moderada porque ya existen presupuestos para el CONAM (que será absorbido por el nuevo Ministerio); para la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas (que pasará del INRENA al Ministerio); del SENAMHI (que pasará del Ministerio de Defensa al Ministerio del Ambiente); del Instituto Geofísico del Perú (que pasará del Ministerio de Educación al Ministerio del Ambiente).

La organización de la Alta Dirección del Ministerio y de las oficinas especializadas requerirá de un presupuesto adicional para hacerla funcional. Sin embargo, se debe entender que los costos adicionales de un Ministerio del Ambiente deben verse como una inversión necesaria por parte del Estado para mejorar la calidad ambiental y, en consecuencia, la calidad de vida de los ciudadanos. Asimismo, es necesario entender que el revertir los procesos ambientales negativos tendrá un impacto positivo en la productividad de los recursos naturales y en la competitividad del país en los mercados internacionales.

EFECTOS EN LA LEGISLACIÓN VIGENTE

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El Ministerio del Ambiente sustituye al Consejo Nacional del Ambiente (CONAM) y reformula las funciones y responsabilidades de la Autoridad Nacional del Ambiente, y la presente ley tendrá efectos sobre la legislación vigente, en especial sobre la Ley de creación del CONAM, Ley No. 26410, y la Ley Marco del Sistema de Gestión Ambiental, Ley No. 28245.

4. Ley de Creación.

LEY DE CREACIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL MINISTERIO DELAMBIENTE

TITULO IDISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- Objeto de la Ley.La presente norma crea el Ministerio del Ambiente y establece su ámbito sectorial, y regula la estructura orgánica, competencias y funciones del mismo.

Artículo 2.- Creación del Ministerio del Ambiente2.1 Créase el Ministerio del Ambiente, dentro de la estructura orgánica del Poder Ejecutivo, con la finalidad de cumplir con los mandatos constitucionales de determinar la Política Nacional del Ambiente; promover el uso sostenible de los recursos naturales; conservar la diversidad biológica y las áreas naturales protegidas, con el fin de garantizar el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para la vida.2.2 El Ministerio del Ambiente tiene por objeto diseñar, establecer, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional del ambiente.2.3 El Ministerio del Ambiente cuenta con autonomía funcional, económica, financiera, administrativa y técnica, constituyendo un pliego presupuestal. Su sede está en la ciudad de Lima.

Artículo 3.- Ámbito del Ministerio del Ambiente3.1 El Ministerio del Ambiente es el órgano rector del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, y comprende a los Organismos Públicos, Programas, Proyectos y Comisiones, y cualquier otra entidad relacionada.3.2 El ámbito del Ministerio del Ambiente comprende las acciones técnico-normativas de alcance nacional en materia de regulación ambiental, entendiéndose como tal, al establecimiento de la política, normativa específica, la fiscalización, el control, y la imposición de sanciones por el incumplimiento de la normativa ambiental a su cargo.3.3 Entiéndase como ambiente lo establecido en el Artículo 2º de la Ley General del Ambiente, Ley No. 28611.

Artículo 4.- Objetivos4.1 El objetivo del Ministerio del Ambiente es propiciar el equilibrio entre el desarrollo socioeconómico, el uso sostenible y responsable de los recursos naturales y la protección del ambiente, a fin de contribuir al desarrollo integral de la persona humana y garantizar a las personas y futuras generaciones el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida. 4.2 Son objetivos específicos del Ministerio del Ambiente los siguientes:

a) Implementar el mandato constitucional referido al uso sostenible de los recursos naturales; la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas; y el desarrollo sostenible de la Amazonía.b) Prevenir la degradación del ambiente y de los recursos naturales, y revertir los procesos negativos que les afecten.

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c) Garantizar la participación ciudadana en los procesos de toma de decisiones para el desarrollo sostenible.d) Contribuir a la competitividad del país a través de un desempeño ambiental eficiente.e) Incorporar los principios de desarrollo sostenible en las políticas y programas nacionales.

TÍTULO IIFUNCIONES Y ESTRUCTURA ORGÁNICA

CAPÍTULO IFUNCIONES

Artículo 5.- Funciones5.1 Son funciones generales del Ministerio del Ambiente:a) Formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la Política Nacional del Ambiente aplicable a todos los niveles de gobierno.b) Aprobar las disposiciones normativas de su competencia.c) Garantizar el cumplimiento de las normas ambientales, ejerciendo la potestad fiscalizadora, supervisora, controladora y sancionadora que le corresponda, así como dirigir el Régimen Común de Fiscalización y Control Ambiental, y el Régimen de Incentivos previstos en la Ley General del Ambiente, Ley No. 28611.d) Coordinar la defensa judicial de las entidades de su sector.e) Realizar el seguimiento respecto al desempeño y logros de gestión ambiental alcanzados a nivel nacional, regional y local, y tomar las medidas correspondientes; asimismo, apoyar a los Gobiernos Regionales y Locales en el diseño y aplicación de las políticas ambientales relacionadas con el ámbito de sus competencias.f) Promover y suscribir convenios de colaboración interinstitucional a nivel nacional e internacional, de acuerdo a Ley;g) Las demás que señale la Ley.

5.2 Son funciones exclusivas del Ministerio del Ambiente:a) Ejecutar, en lo que le corresponda, y supervisar la implementación de la Política Nacional del Ambiente.b) Otorgar y reconocer derechos a través de autorizaciones, permisos, licencias y concesiones, de acuerdo con las normas ambientales, cuya competencia no haya sido asignada a otros Sectores, Gobiernos Regionales o Locales.c) Formular, aprobar, ejecutar, coordinar, supervisar y evaluar el Plan y la Agenda Nacional de Acción Ambiental.d) Dictar la normatividad necesaria para la operatividad del Sistema Nacional de Gestión Ambiental y el adecuado funcionamiento de los instrumentos de gestión ambiental.e) Desempeñar funciones de ejecución coactiva.f) Resolver los recursos impugnativos interpuestos contra las resoluciones o actos administrativos relacionados con sus competencias.g) Formular y aprobar planes, programas y proyectos de su sector.h) Establecer la política, criterios, herramientas y procedimientos de carácter general para el Ordenamiento Territorial Ambiental.i) Dirigir el proceso de elaboración y revisión de los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) y Límites Máximos Permisibles (LMP); así como elaborarlos de acuerdo con el Plan de ECAs y LMPs respectivo, y aprobarlos mediante Decreto Supremo.j) Dirigir el Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental y aprobar los Estudios Ambientales Estratégicos y aquellos Estudios de Impacto Ambiental de proyectos de inversión de gran envergadura o que puedan afectar sensiblemente al ambiente, de acuerdo a los criterios de

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protección ambiental, contenidos en la Ley No. 27446, que se establezcan en el Reglamento de la presente Ley.k) Dirigir el Sistema Nacional de Información Ambiental, desarrollando y consolidando la información generada y proporcionada por todo el sector público y el privado.l) Establecer los criterios y procedimientos para la formulación, coordinación y ejecución de los planes de descontaminación y recuperación de ambientes degradados.m) Proponer, supervisar y evaluar la política sobre Áreas Naturales Protegidas, y aprobar el Plan Director del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SINANPE.n) Emitir opinión técnica previa vinculante en aquellos proyectos de inversión que puedan afectar áreas naturales protegidas de administración nacional y su Zona de Amortiguamiento.ñ) Presidir las Comisiones Nacionales relacionadas con la implementación y cumplimiento de los Acuerdos ambientales internacionales.o) Supervisar y sancionar el adecuado cumplimiento de las responsabilidades de los diferentes niveles de gobierno en cuanto a la gestión de todo tipo de residuos sólidos, al control y reuso de los efluentes líquidos, y de la contaminación del aire.5.3 Son funciones compartidas del Ministerio del Ambiente:

Las siguientes funciones serán realizadas en coordinación con los Sectores Público o Privado, niveles de gobierno o entidades, según corresponda:

a) Promover la investigación científica, la innovación tecnológica y la información ambiental.b) Coordinar con los Gobiernos Regionales y Locales la implementación de la Política Nacional del Ambiente y evaluar su cumplimiento.c) Dictar normas y lineamientos técnicos para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, a través de autorizaciones, permisos, licencias y concesiones.d) Prestar apoyo técnico a los Gobiernos Regionales y Locales para el adecuado cumplimiento de las funciones ambientales descentralizadas.e) Promover la participación ciudadana para la construcción de una cultura ambiental nacional y fomentar la educación ambiental.f) Dirigir y ejecutar, en el ámbito de su competencia, el Ordenamiento Territorial Ambiental.g) Conducir la elaboración del Informe sobre el Estado del Ambiente y el de Valoración del Patrimonio Natural de la Nación, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento de la presente Ley.h) Elaborar o revisar las Estrategias Nacionales de Diversidad Biológica, de Cambio Climático, de Lucha contra la Desertificación y la Sequía, de Contaminantes Orgánicos Persistentes, así como de otros Acuerdos Internacionales relacionados a sustancias químicas, y coordinar la elaboración periódica de los informes nacionales sobre la materia.i) Evaluar la eficacia y la eficiencia de los programas de adecuación y manejo ambiental. (¿a quién se encarga la supervisión y monitoreo?)j) Promover el desarrollo y uso de tecnologías, de prácticas y de procesos de producción, comercialización y consumo limpios. k) Formular y proponer políticas y estrategias para la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales.l) Proponer al Consejo de Ministros el establecimiento de las Áreas Naturales Protegidas, identificadas por el ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado, o, en coordinación con éste, por los Gobiernos Regionales, según corresponda y de acuerdo a la legislación sobre la materia.

CAPÍTULO IIESTRUCTURA ORGÁNICA

Artículo 6.- Estructura orgánica del Ministerio del AmbienteLa estructura orgánica del Ministerio del Ambiente es la siguiente:

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1. ALTA DIRECCIÓN1.1 Despacho Ministerial1.2 Despacho Viceministerial de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales1.3 Despacho Viceministerial de Gestión Ambiental1.4 Secretaría General1.5 Comisión Ambiental Transectorial1.6 Consejo de Concertación Ambiental1.7 Tribunal de Solución de Controversias Ambientales

2. Gabinetes: La Alta Dirección cuenta con un gabinete de asesoramiento especializado para la conducción estratégica de las políticas a su cargo y uno para la coordinación con el Poder Legislativo.

3. ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL. Oficina General de Auditoría Interna.

4. ÓRGANOS DE ADMINISTRACION INTERNAOficina General de Planeamiento Estratégico e Información Oficina General de Coordinación Regional y Asuntos Socioambientales.Oficina General de Asesoría JurídicaOficina General de AdministraciónOficina General de Negociación y Cooperación Internacional

6. ÓRGANOS DE LÍNEA

6.1 Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales:1. Dirección General de Diversidad Biológica y Recursos Marino Costeros2. Dirección General de Patrimonio Forestal y de Fauna3. Dirección General Cambio Climático4. Dirección General de Ordenamiento Ambiental Territorial y Suelos

6.2 Viceministerio de Gestión Ambiental:

1. Dirección General de Políticas, Normatividad y Valoración Ambientales2. Dirección General de Instrumentos de Gestión3. Dirección General Ciencia, Tecnología e Innovación Ambiental4. Dirección General Educación, Cultura y Ciudadanía Ambientales5. Dirección General de Calidad Ambiental

7. ENTIDADES PÚBLICAS DEL SECTOR AMBIENTE: Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHIInstituto Geofísico del Perú - IGPOrganismo de Supervisión y Fiscalización Ambiental – OSFAAutoridad Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos y CuencasServicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas – SERNANP

Artículo 7. - De la estructura del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos NaturalesEl Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales cuenta con las siguientes Direcciones Generales:

1. Dirección General de Diversidad Biológica: tiene a su cargo la supervisión de la implementación de la Estrategia Nacional de Diversidad Biológica del Perú, y el desarrollo estratégico de la

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biodiversidad, incluyendo los ecosistemas marinos, con el objetivo de planificar la protección y el aprovechamiento sostenible de los recursos biológicos.2. Dirección General del Patrimonio Forestal y de Fauna: tiene a su cargo el desarrollo estratégico del patrimonio forestal y de la fauna silvestre estableciendo el ordenamiento y los criterios para la protección y la recuperación de los bosques; el manejo de la fauna silvestre; y la conservación de las especies en peligro.3. Dirección General de Cambio Climático: tiene a su cargo la implementación y coordinación de la Estrategia Nacional del Cambio Climático, y la elaboración de las medidas para la adaptación y mitigación.4. Dirección General de Ordenamiento Ambiental Territorial y Suelos: tiene a su cargo la planificación y la coordinación de los procesos sectoriales, regionales y locales del ordenamiento territorial, y del uso y recuperación de los suelos.Artículo 8. - De la estructura del Viceministerio de Gestión AmbientalEl Viceministerio de Gestión Ambiental cuenta con las siguientes Direcciones Generales:

1. Dirección General de Políticas, Normatividad y Valoración Ambiental: tiene a su cargo la coordinación de la elaboración y seguimiento de la implementación de la Política Nacional del Ambiente; las políticas específicas que se establezcan; la normatividad ambiental; y la valoración de los recursos naturales y del ambiente.

2. Dirección General de Evaluación y Estándares Ambientales: tiene a su cargo la revisión de los Estudios Ambientales Estratégicos y la aprobación de aquellos Estudios de Impacto Ambiental de proyectos de inversión de gran envergadura o que puedan afectar sensiblemente al ambiente, de acuerdo a los criterios de protección ambiental, contenidos en la Ley No. 27446, que se establezcan en el Reglamento de la presente Ley; y la elaboración y revisión de los Estándares de Calidad Ambiental y los Límites Máximos Permisibles.3. Dirección General de Ciencia, Tecnología e Innovación Ambiental: tiene a su cargo el desarrollo de capacidades, la promoción y la difusión en tecnologías ambientales innovadoras; y el fomento de las ciencias ambientales.4- Dirección General de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental: tiene a su cargo la coordinación, fomento y promoción de la educación, la cultura y la ciudadanía ambiental. 5. Dirección General de Calidad Ambiental: tiene a su cargo el diseño, la aprobación y la supervisión de la aplicación de los instrumentos de prevención, económicos, de control y de rehabilitación ambiental relacionados a los recursos hídricos, efluentes, residuos sólidos y peligrosos, calidad del aire, sustancias tóxicas y peligrosas y saneamiento, con el objetivo de garantizar una óptima calidad ambiental.

Artículo 9. - Del Consejo de Concertación Ambiental5. El Consejo de Concertación Ambiental es de carácter permanente en el Ministerio del Ambiente, y

su función es promover el diálogo y la concertación en asuntos ambientales entre los gremios empresariales, la sociedad civil y el Estado.9.2 El Consejo de Concertación Ambiental estará integrado por diez (10) miembros:Un representante de los gremios empresariales;Un representante de las ONG que trabajan en el ámbito ambiental;Un representante de las organizaciones de pueblos amazónicos;Un representante de las organizaciones campesinas;Un representante de la Asamblea Nacional de Rectores;Un representante de los Colegios Profesionales;Un representante de los Gobiernos Regionales;Un representante de los Gobiernos Locales;Un representante de los organismos públicos del Sector Ambiente;

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El Ministro del Ambiente, quien lo presidirá.

Cada miembro del Consejo de Concertación Ambiental será electo por su propio sector y/o institución de origen, por un periodo determinado, y de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de la presente Ley, excepto el Ministro del Ambiente.

Artículo 10 - De la Oficina General de Coordinación Regional y Asuntos SocioambientalesLa Oficina General de Coordinación Regional y Asuntos Socioambientales es un Órgano de Administración Interna y tiene a su cargo la coordinación con los Gobiernos Regionales y Locales, y la prevención y manejo de asuntos socioambientales; de acuerdo con la Ley de Bases de la Descentralización, Ley No. 27783, y normas relacionadas.

Artículo 11. - De la Oficina General de Negociación y Cooperación Internacional.La Oficina General de Negociación y Cooperación Internacional es un Órgano de Administración Interna y tiene a su cargo promover sinergias para la aplicación de la política ambiental interna vinculada con los Acuerdos Internacionales ratificados; consolidar la posición nacional de sostenibilidad ambiental en relación con los acuerdos internacionales para fomentar las potencialidades comerciales del país; intervenir, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores y los sectores correspondientes, en la negociación de acuerdos internacionales vinculados con la materia ambiental; y proponer mecanismos que faciliten la inversión, y la cooperación técnica y financiera internacional.

Artículo 12. – De la Oficina General de Planeamiento Estratégico e Información Ambiental.La Oficina General de Planeamiento Estratégico e Información Ambiental es un Órgano de Administración Interna, tiene a su cargo el planeamiento estratégico de la gestión ambiental y de los recursos naturales del país; la dirección del Sistema Nacional de Información Ambiental (SINIA); la coordinación, preparación y difusión de los Informes sobre la Situación del Ambiente.

CAPÍTULO IIIDE LOS ORGANISMOS PÚBLICOS DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE

Artículo 13. - Adscripción del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHIEl Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI - es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio del Ambiente, y que se regirá por su Ley de creación y sus modificatorias. El proceso de adscripción se ejecutará en el plazo máximo de un (1) año a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley e incluirá la transferencia de los recursos, infraestructura y personal correspondientes del Ministerio de Defensa al Ministerio del Ambiente.

Artículo 14. - Adscripción del Instituto Geofísico del PerúEl Instituto Geofísico del Perú – IGP –es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio del Ambiente y que se regirá por su Ley de creación y sus modificatorias. El proceso de adscripción se ejecutará en el plazo máximo de un (1) año a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley e incluirá la transferencia de los recursos correspondientes del Ministerio de Educación al Ministerio del Ambiente.

Artículo 15. - Creación del Organismo de Supervisión y Fiscalización Ambiental15.1 Créase el Organismo de Supervisión y Fiscalización Ambiental – OSFA – como Organismo Técnico Especializado, encargado de la fiscalización, supervisión, control y sanción en materia ambiental que le corresponda.15.2 Son funciones del Organismo de Supervisión y Fiscalización Ambiental las siguientes:a) Dirigir y supervisar la aplicación del Régimen Común de Fiscalización y Control Ambiental, y el

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Régimen de Incentivos previstos en la Ley General del Ambiente, Ley No. 28611; así como fiscalizar y controlar directamente el cumplimiento de aquellas actividades que le correspondan por Ley.b) Fiscalizar los Estudios Ambientales Estratégicos y aquellos Estudios de Impacto Ambiental de proyectos de inversión de gran envergadura o que puedan afectar sensiblemente al ambiente, de acuerdo a los criterios de protección ambiental, contenidos en la Ley No. 27446, que se establezcan en el Reglamento de la presente Ley. c) Sancionar el incumplimiento de las normas ambientales de acuerdo a la legislación vigente.d) Elaborar y aprobar el Plan Anual de Fiscalización Ambiental, así como elaborar el Informe de Resultados de Aplicación del mismo.e) Realizar acciones de fiscalización ambiental especiales.f) Emitir opinión sobre los casos de infracción ambiental que pueda dar inicio a la acción penal por los delitos tipificados en el Código Penal.g) Informar al Ministerio Público de aquellos hechos de naturaleza penal que conozca en el ejercicio de su función,

Artículo 16. - Creación de la Autoridad Nacional de Gestión de Recursos Hídricos y Cuencas16.1 Créase la Autoridad Nacional de Gestión de Recursos Hídricos y Cuencas como Organismo Técnico Especializado para la gestión estratégica de los recursos hídricos y cuencas, y que se constituye en su autoridad técnico-normativa en la materia.16.2 Créase el Sistema Nacional de Gestión de Recursos Hídricos y Cuencas, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la presente Ley. 16.3 Son funciones de la Autoridad Nacional de Gestión de Recursos Hídricos y Cuencas las siguientes:

a) Elaborar, dirigir y supervisar la Política Nacional de Recursos Hídricos y Cuencas, orientada a la gestión sostenible de los recursos hídricos con un enfoque integral de cuenca, garantizando la calidad, cantidad, ahorro y reuso del agua.b) Elaborar y aprobar las normas y disposiciones para el uso y aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos, en el ámbito de su competencia.c) Dirigir el Sistema Nacional de Gestión de Recursos Hídricos y Cuencas.d) Implementar, organizar, dirigir y administrar la información de recursos hídricos, el Registro Nacional de Derechos del Agua, el Registro Nacional de Vertimientos y el Registro Nacional de Organizaciones de Usuarios del Agua.e) Declarar el agotamiento de las fuentes naturales, de las zonas de veda y de las cuencas o subcuencas en estado crítico con necesidad de rehabilitación

Artículo 17. Creación del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado17.1 Créase el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado como Organismo Técnico Especializado para las áreas naturales protegidas. Es el ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE), y se constituye en su autoridad técnico-normativa.17.2 Son funciones generales de la Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas - SERNANP:a) Conducir el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE) y asegurar su funcionamiento como sistema unitario;b) Aprobar las normas y establecer los criterios técnicos y administrativos, así como los procedimientos para el establecimiento y gestión de las Áreas Naturales Protegidas del SINANPE;c) Gestionar las áreas naturales protegidas de administración nacional, sea de forma directa o a través de terceros, bajo las modalidades que establece la legislación en la materia.d) Orientar y apoyar la gestión de las áreas naturales protegidas cuya administración está a cargo de los Gobiernos Regionales, Locales y propietarios de predios reconocidos como Áreas de Conservación Privada;e) Proponer el Plan Director del SINANPE, para su aprobación mediante Decreto Supremo,

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refrendado por el Ministerio del Ambiente.f) Aprobar los instrumentos de gestión y planificación de las áreas naturales protegidas de administración nacional;g) Organizar, dirigir y administrar el catastro oficial de las áreas naturales protegidas; y gestionar la inscripción respectiva en el Registro de Áreas Naturales Protegidas de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos - SUNARP;h) Establecer los mecanismos de fiscalización, control, infracciones y sanciones administrativas correspondientes;i) Ejercer potestad sancionadora en el ámbito de las áreas naturales protegidas de su competencia, aplicando las sanciones de amonestación, multa, comiso, inmovilización, clausura o suspensión, por las infracciones que serán determinadas por Decreto Supremo y de acuerdo al procedimiento que se apruebe para tal efecto.j) Otorgar derechos de uso y aprovechamiento a través de concesiones, autorizaciones y permisos u otros mecanismos para realizar actividades inherentes a los objetivos y funciones de las Áreas Naturales Protegidas de administración nacional en el ámbito de su competencia;k) Promover, otorgar y regular derechos por los servicios ambientales y otros mecanismos similares generados por las áreas naturales protegidas bajo su administración; cuyos beneficios serán destinados a garantizar la gestión del SINANPE;l) Velar por el cumplimiento de la normatividad vigente, los planes aprobados y los contratos y convenios que se suscriban;m) Asegurar la coordinación interinstitucional entre las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que actúan, intervienen o participan, directa o indirectamente, en la gestión de las Áreas Naturales Protegidas;n) Promover la participación ciudadana en la gestión de las Áreas Naturales Protegidas;ñ) Aprobar los criterios técnicos aplicables para la emisión de opiniones previas vinculantes a la autorización de actividades orientadas al aprovechamiento de recursos naturales o habilitación de infraestructura en las Áreas Naturales Protegidas o sus zonas de amortiguamiento. o) Emitir opinión previa vinculante a la autorización de actividades orientadas al aprovechamiento de recursos naturales o habilitación de infraestructura en el caso de las Áreas Naturales Protegidas de administración nacional y privadas.p) Emitir opinión sobre los proyectos normativos referidos a instrumentos de gestión ambiental, considerando las necesidades y objetivos de las Áreas Naturales Protegidas.

17.3 El proceso de transferencia se ejecutará en el plazo máximo de 90 días a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, e incluirá la transferencia de los recursos, infraestructura y personal correspondiente.17.4 Modifíquese el Artículo 2º, Párrafo segundo del Decreto Ley No. 26154 de creación del Fondo Nacional para Áreas Naturales Protegidas por el Estado – PROFONANPE – en los términos siguientes: “El Consejo Directivo del PROFONANPE está integrado por ocho miembros, de los cuales cuatro son representantes del Estado (el Ministro del Ambiente, quien lo preside; el Jefe del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado; un representante del Ministerio de Economía y Finanzas; un representante de los Gobiernos Regionales), y por tres representantes de organizaciones no gubernamentales ambientalistas peruanas de reconocida trayectoria en trabajos referidos al manejo de las Áreas Naturales Protegidas; un representante de una Organización Internacional de Asistencia Técnica o Financiera, invitada a participar por el Ministerio del Ambiente”.17.5 En adelante toda referencia al Ministerio de Agricultura y al Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) en las normas relacionadas con las Áreas Naturales Protegidas se entenderá como referida al Ministerio del Ambiente o al Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado, según corresponda.

CAPÍTULO IVFUSIONES

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Artículo 18.- Fusión del Consejo Nacional del Ambiente – CONAM - en el Ministerio del Ambiente18.1 Apruébese la fusión del Consejo Nacional del Ambiente – CONAM - en el Ministerio del Ambiente, siendo este último el ente incorporante.18.2 El proceso de fusión se ejecutará en el plazo máximo de 90 días a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, e incluirá la transferencia de los recursos, infraestructura y personal correspondiente. 18.3 Toda referencia hecha al Consejo Nacional del Ambiente - CONAM o a las competencias, funciones y atribuciones que éste venía ejerciendo, una vez culminado el proceso de fusión, se entenderá como efectuada al Ministerio del Ambiente.Artículo 19 – De la transferencia de la Dirección General de Salud Ambiental19.1 Confórmese una Comisión encargada de proponer en un plazo máximo de seis (6) meses para determinar las funciones que serán transferidas de la Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud al Ministerio del Ambiente con relación a los recursos hídricos, efluentes, residuos sólidos y peligrosos, calidad del aire, sustancias tóxicas y peligrosas y saneamiento.19.2 La Comisión estará integrada por tres (3) miembros: un representante del Ministerio del Ambiente, un representante del Ministerio de Salud, y un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros.Artículo 20 - Comisión de Transferencia20.1 Constitúyase una Comisión encargada de la transferencia de funciones, bienes, recursos, personal y materiales de las entidades, programas y órganos adscritos, integrada por trece (13) miembros: un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien la presidirá, uno del Ministerio del Ambiente, uno del Ministerio de Economía y Finanzas, uno del CONAM, uno del Ministerio de Defensa, uno del Ministerio de Salud, uno del Ministerio de Educación, uno del Ministerio de Agricultura, uno del Ministerio de Energía y Minas, uno del Ministerio de la Producción, uno del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, uno del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y uno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Estos representantes serán designados mediante Resolución Ministerial del sector correspondiente. La Presidencia de la Comisión la ejercerá el representante del Ministerio del Ambiente.20.2 La Comisión tendrá un plazo de 90 días hábiles para presentar a la Presidencia del Consejo de Ministros el informe detallado del proceso de transferencia. Dicho plazo podrá prorrogarse por una sola vez, por un período similar, mediante Resolución Ministerial del Ministerio del Ambiente.

TITULO IIIDEL REGIMEN ECONOMICO Y FINANCIERO

Artículo 22.- Régimen Económico y FinancieroLos recursos del Ministerio están constituidos por:a) Los montos que se le asigne en el Presupuesto de la República.b) Los asignados por el Tesoro Público.c) Los ingresos propios que genere.d) Las donaciones internas y externas, y legados.e) Los recursos que provengan de la cooperación internacional reembolsable y no reembolsable.f) Los fondos que administre.g) Los intereses que devenguen sus recursos.h) Los demás que le asigne la Ley.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIASPrimera Disposición Complementaria.- De los procedimientos administrativos.Hasta que se apruebe el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio del Ambiente, mantendrán su vigencia los procedimientos aprobados en los TUPAS de las fusionadas o adscritas al Ministerio, así como aquellas funciones transferidas.

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Segunda Disposición Complementaria.-Facúltese al Poder Ejecutivo y al Ministerio del Ambiente, según corresponda, aprobar las disposiciones complementarias que se requieran para la adecuada implementación de la presente norma.Tercera Disposición Complementaria Transitoria.- Del Régimen LaboralEn tanto se elabore y apruebe la nueva Ley General del Empleo Público, el régimen laboral del personal del Ministerio de Ambiente se rige por lo dispuesto en Decreto Legislativo Nº 276 – Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público y normas complementarias y reglamentarias.

El personal transferido al Ministerio del Ambiente mantendrá su régimen laboral Autorícese al Ministerio del Ambiente a aprobar la escala remunerativa de su Sector mediante Decreto Supremo.

Cuarta Disposición Complementaria. – Del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAPEl Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana – IIAP - es un organismo autónomo con personería de derecho público interno; se relaciona con el Gobierno Nacional a través del Ministerio del Ambiente y directamente con los Gobiernos Regionales de su ámbito.

Quinta Disposición Complementaria – De la cooperación del Instituto del Mar del Perú con el Ministerio del Ambiente - IMARPEEl Instituto del Mar del Perú – IMARPE – proporcionará información sobre los recursos marinos al Ministerio del Ambiente, de acuerdo a lo definido en el Reglamento de la presente Ley.

Sexta Disposición Complementaria – De las Comisiones Ambientales Regionales –CARLos Gobiernos Regionales aprueban la creación, ámbito, composición y funciones de las Comisiones Ambientales Regionales – CAR. El Ministerio del Ambiente apoya el cumplimiento de los objetivos de las CAR.

Las Secretarias Ejecutivas Ambientales Regionales son absorbidas por la Oficina General de Coordinación Regional y Asuntos Socioambientales del Ministerio del Ambiente.

Sétima Disposición Complementaria – …..Facúltese al Ministerio del Ambiente para que un plazo no mayor de 90 días, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, formule sus correspondientes Cuadros de Asignación de Personal – CAP, los respectivos Presupuestos Analíticos de Personal –PAP, Reglamento de Organización y Funciones – ROF, así como para dictar las normas complementarias y las acciones de personal necesarias para implementar la estructura orgánica que se aprueba mediante la presente Ley.

Disposición Final.- Del Crédito SuplementarioEn un plazo de 60 días calendario, contados partir de la vigencia de la presente Ley, el Ministerio de Economía y Finanzas propone al Consejo de Ministros la norma que aprueba un crédito suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2008, a favor del Ministerio del Ambiente.

Disposición Derogatoria.- De las derogaciones.Deróguese toda norma o disposición que se oponga a la presente Ley.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los ….. días del mes de ……de dos mil ocho.

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