Sesión 18 Obras Adicionales, Recepción de Obra, Liquidación Del Contrato

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Ing. Marco A. Aguirre Camacho 1 Sesión 18: OBRAS ADICIONALES, RECEPCION DE OBRA, LIQUIDACION DEL CONTRATO.

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  • Ing. Marco A. Aguirre Camacho 1

    Sesin 18:

    OBRAS ADICIONALES, RECEPCION DE OBRA, LIQUIDACION DEL CONTRATO.

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    OBRAS ADICIONALES

    A. OBRAS ADICIONALES POR MONTO MENORES AL 15%:

    Slo proceder la ejecucin de obras adicionales cuando:

    Exista disponibilidad presupuestal y resolucin del Titular (o lamxima autoridad administrativa de la Entidad) y en los casos enque sus montos, por s solos o restndole los presupuestosdeductivos vinculados, sean = o no superen el 15% del monto delcontrato original.

    En contratos a precios unitarios los adicionales se formulan conlos precios contratados o pactados con los gastos generales fijosy variables propios del adicional, sustentados en sus propiosanlisis que debern ser concordantes con los originales y lautilidad ofertada.

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    1) Ppto. Adic. = (Mtdo. Adic. x PU Cont.) + GG (F y V)propio + Util.Cont. + IGV

    2) Ppto. Adic. = (Mtdo. Adic. X PU pactado) + GG (F y V)propio +Util. Cont. + IGV

    Anlisis: En base a los GGF y GGV originales.

    En contratos a suma alzada se usan los previos del VR afectadosdel factor de relacin y/o los precios pactados con los gastosgenerales fijos y variables del VR multiplicados por el FR, ms lautilidad por el FR.

    1) Ppto. Adic. = (Mtdo. Adic. x PU VR x FR) + GG (F y V) del VR x FR+ Util. del VR x FR + IGV

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    2) Ppto. Adic. = (Mtdo. Adic. x PU pactado x FR) + GG (F y V)del VRx FR + Util. del VR x FR + IGV

    La necesidad del adicional se inicia con la anotacin en elcuaderno de obra del contratista o supervisor con 30 das deanticipacin a la ejecucin.

    Dentro de los 10 das siguientes el contratista presentar alsupervisor o inspector el presupuesto adicional, para que loremita a la entidad dentro de los 10 das siguientes. La entidadcuenta con 10 das para emitir su resolucin aprobatoria. Lademora podr ser causal de ampliacin de plazo.

    El pago es mediante valorizaciones adicionales.

    Se debe ampliar las garantas.

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    B. OBRAS ADICIONALES POR MONTO MAYORES AL 15%

    Las obras adicionales cuyos montos por s solos o restndole lospresupuestos deductivos vinculados, superen el quince porciento (15%) del monto del contrato original, luego de seraprobadas por el Titular o la mxima autoridad administrativa dela Entidad, segn corresponda, requieren previamente, para suejecucin y pago, la autorizacin expresa de la ContraloraGeneral de la Repblica.

    La Contralora contar con un plazo mximo de quince (15) dashbiles, bajo responsabilidad, para emitir su pronunciamiento, elcual deber ser motivado en todos los casos.

    Los adicionales no podrn superar el 50% del monto del contratooriginal. Si eso sucediese, el contrato deber resolverse y la obrase continuar mediante un nuevo proceso de seleccin.

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    La decisin de la Entidad o de la Contralora General de laRepblica de aprobar o no la ejecucin de prestacionesadicionales no podr ser sometida a arbitraje.

    Tampoco podr ser sometida a arbitraje las controversiasreferidas a la ejecucin de prestaciones adicionales de obra ymayores prestaciones de supervisin que requieran aprobacinprevia de la CGR.

    C. VALORIZACIN DE OBRAS ADICIONALES:

    Dec. Leg. N 1017/Disposicin Complementaria Modificatoria:Tope Control C.G.R. > 15% MCO.

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    Obra Precios Unitarios:

    Ppto.Adic. = (Metdo.adic. x P.U. Ofert. ) + GGpropio + Utilid.oferta +IGVPpto.Adic. = (Metdo.adic. x P.U. Pactado ) + GGpropio + Utilid.oferta+IGV

    Obra Suma Alzada: EN QU CASOS HAY ADICIONALES EN LASOBRAS A SUMA ALZADA?

    Pto.Adic. = (Mtdo.adic. x P.U. VR x FR ) + GG.VR x FR + Utili.delVR x FR+ IGV

    Pto.Adic. = (Mtdo.adic. x P.U. Pact. x FR) + GG.VR x FR + Utilidad x VRx FR + IGV

    Si la Entidad demora en emitir Resolucin de aprobacin de obraadicional: Ampliacin Plazo.

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    EFECTOS DE LA RESOLUCION DEL CONTRATO DE OBRA

    - La obra se paraliza inmediatamente, salvo razones de seguridad odisposiciones reglamentarias de construccin.

    - Acta de constatacin fsica e inventario de materiales. Se procedea liquidar la obra en base a estos datos.

    - Culminada la constatacin, la obra pasa bajo la responsabilidadde la Entidad. La Entidad debe disponer el reinicio de las obras enel momento adecuado.

    - La obra resuelta se contina por: administracin directa, porconvenio con otra Entidad, se invita a los postores queparticiparon en orden de prelacin o nuevo proceso de seleccindel saldo de obra.

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    RECEPCION DE OBRA:

    - En la fecha de culminacin de la obra, el Residente solicita larecepcin anotando en el cuaderno de obra.

    - El inspector o supervisor en plazo de 5 d.c. informa a la Entidad.

    - La Entidad en un plazo de 7 d.c. designa al Comit de Recepcin.

    - El Comit de Recepcin tiene plazo de hasta 20 d.c. para verificarla obra.

    - De no existir observaciones, se realiza el Acta de Recepcin.

    - De existir observaciones (pliego de observaciones por nica vez),el contratista tiene un plazo de 5 d.c. + 1/10 (plazo de ejecucin)para levantar observaciones.

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    - Levantadas las observaciones, el Residente solicitar va cuadernode obra una nueva recepcin.

    - El Inspector o Supervisor tiene un plazo de 3 d.c. para verificar einformar al Comit de Recepcin.

    - El Comit de Recepcin tiene un plazo de 7 d.c. para verificar laobra.

    - De encontrarse las observaciones subsanadas se realiza el ACTADE RECEPCION DE OBRA.

    LIQUIDACION DEL CONTRATO DE OBRA (tcnica, econmica y legal)

    - Recepcionada la obra, el contratista tiene 60 d.c. 1/10 del plazode ejecucin, el mayor.

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    - La liquidacin debe ser documentada con clculos detallados masdeclaratoria de fbrica o memoria descriptiva valorizada y planospost construccin.

    - La Entidad tiene hasta 60 d.c. para pronunciarse (acepta, observao solicita una nueva liquidacin). No se pronuncia, quedaconsentida.

    - El contratista tiene un plazo de hasta 15 d.c. para pronunciarse.

    - Si el contratista no acoge las observaciones planteadas por laEntidad, lo debe manifestar por escrito (durante los 15 d.c.),adems tiene 15 d.h. para solicitar conciliacin / arbitraje. NOHAY LIQUIDACION MIENTRAS EXISTAN CONTROVERSIASPENDIENTES POR RESOLVER.

    - Si el contratista no presenta la liquidacin, la Entidad la hace concargo al contratista.

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    - Elaborada la liquidacin, la Entidad notifica al contratista, el cualtiene 15 d.c. para pronunciarse, en caso que no se pronuncie, laliquidacin queda consentida.

    - Para la liquidacin econmica se de respetar:

    Obras a precios unitarios:

    - Precios unitarios ofertados.- Gastos generales ofertados.- Utilidad ofertada.

    Obras a suma alzada:

    - Precios unitarios del VR x FR.- Gastos generales del VR x FR.- Utilidad del VR x FR.