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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 0

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

SERVICIOS DE SALUD DE NAYARIT

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Unidad Administrativa Responsable de su Elaboración

DIRECCION DE PLANEACION

Fecha de Actualización

30 Agosto 2011

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C O N T E N I D O PAG.

I. INTRODUCCION 4

II. OBJETIVO DEL MANUAL 5

III. ANTECEDENTES HISTORICOS 5

IV. MARCO JURIDICO 9

V. ATRIBUCIONES 16

VI. MISION, VISION Y VALORES 18

VII. ESTRUCTURA ORGANICA 19

VIII. ORGANIGRAMA 21

IX. OBJETIVOS Y FUNCIONES:

DIRECCIÓN GENERAL 22

SECRETARIA PARTICULAR 24

UNIDAD DE ASUNTOS JURIDICOS 25

DIRECCIÓN PLANEACION. 27

SUBDIRECCIÓN DE PLANEACIÓN 30

DEPARTAMENTO DE ESTADÍSTICA Y EVALUACIÓN 32

DEPARTAMENTO DES. ORGANIZACIONAL E INFRAESTRUCTURA

34

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO INFORMATICO 36

DIRECCIÓN DE ATENCIÓN MÉDICA. 38

SUBDIRECCIÓN DE ATENCIÓN MÉDICA 40

DEPARTAMENTO DE PRIMER NIVEL DE 1ATENCIÓN MEDICA 42

UNIDAD DE ENSEÑANZA 44

DIRECCIÓN DE ATENCIÓN HOSPITALARIA 46

DEPARTAMENTO DE SEGUNDO NIVEL DE 1TENCIÓN MEDICA 50

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HOSPITAL GENERAL 51

HOSPITAL INTEGRAL 53

ADMINISTRACION DE HOSPITALES 55

CENTRO ESTATAL DE CANCEROLOGÍA 57

UNIDAD DE CIRUGÍA AMBULATORIA 59 DEPARTAMENTO DE PROYECTOS ESTRATEGICOS

60

DIRECCIÓN DE ENFERMERÍA 62

DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE SALUD. 64

SUBDIRECCIÓN DE EPIDEMIOLOGÍA Y MEDICINA PREVENTIVA 67

DEPARTAMENTO DE MEDICINA PREVENTIVA 73

DEPARTAMENTO DE EPIDEMIOLOGIA 75

DEPARTAMENTO DE PROMOCION DE LA SALUD 77

SUBDIRECCIÓN DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES 79

DEPARTAMENTO DE SALUD REPRODUCTIVA 80

DEPARTAMENTO DE CANCER C. U. Y C. M. 82

DEPARTAMENTO DE VECTORES Y ZOONOSIS 84

DEPARTAMENTO DE SALUD MENTAL 86

JURISDICCIÓN SANITARIA 88

COORDINACIONES MUNICIPALES DE SALUD 90

DIRECCIÓN DE REGULACIÓN SANITARIA 92

SUBDIRECCIÓN DE REGULACIÓN SANITARIA 93

DEPARTAMENTO DE SALUD AMBIENTAL 95

DEPARTAMENTO DE CALIDAD SANITARIA DE BIENES Y SERVICIOS 97

DEPARTAMENTO DE REGULACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD 99

DEPARTAMENTO DE INSUMOS PARA LA SALUD 101

CENTRO ESTATAL DE TRANSFUSIÓN SANGUÍNEA 102

LABORATORIO ESTATAL DE SALUD PUBLICA 104

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN 105 SUBDIRECCIÓN DE REC. HUMANOS, CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO 107

DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS 109

DEPARTAMENTO DE NOMINA Y PAGO 111

DEPARTAMENTO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO 112

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SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS, MATERIALES Y

SERVICIOS GENERALES. 113

DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS 115

DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES 117

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS EXTERNOS Y CENTRALIZADOS 118

DEPARTAMENTO DE CONTROL PRESUPUESTAL 119

DIRECCIÓN DEL RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD 120 SUBDIRECCIÓN DE AFILIACIÓN Y OPERACIÓN

124 DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DEL PADRÓN

126 DEPARTAMENTO DE PROMOCIÓN Y AFILIACIÓN

128 COORDINACIÓN DE OPERACIÓN E INTEGRACIÓN DEL PADRÓN

130 SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN

131 DEPARTAMENTO DE GARANTÍA DE ATENCIÓN AL BENEFICIARIO

133 DEPARTAMENTO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO HUMANO OPORTUNIDADES 135 DEPARTAMENTO DE GASTOS CATASTRÓFICOS

139 COORDINACIÓN DE EVALUACIÓN Y GESTORÍA DE SERVICIOS DE SALUD

140 SUBDIRECCIÓN DE FINANCIAMIENTO

142 DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN DE SERVICIOS

144 DEPARTAMENTO DE CONTROL FINANCIERO Y CRÉDITO

146 DEPARTAMENTO DE CÁLCULO Y ANÁLISIS PRESUPUESTAL

148 COORDINACIÓN DE PLANEACIÓN, DES. ORGANIZACIONAL E INFORMÁTICA 150 SUBDIRECCIÓN JURÍDICA DE NORMATIVIDAD Y EVALUACIÓN

152 DEPARTAMENTO JURÍDICO

155 COORDINACIÓN DE EVALUACIÓN Y SUPERVISIÓN

156 COORDINACIÓN DE TRANSPLANTE DE ÓRGANOS

158 GLOSARIO DE TERMINOS

158 FIRMAS DE APROBACION

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I. INTRODUCCIÓN

El Manual General de Organización de los Servicios de Salud de Nayarit, constituye un instrumento formal para la administración de los recursos y conducción de las acciones de los servicios de salud para población sin seguridad social. Este documento es de observancia general como instrumento de información y consulta y tiene como finalidad dar a conocer al personal actual y al de nuevo ingreso, las instancias que conforman la estructura y las funciones a desarrollar en los diferentes niveles administrativos, así como las líneas de mando y comunicación en este organismo. A fin de propiciar la mayor comprensión, el presente manual se ha dividido en once apartados: el primero, es introducción; el segundo, es el objetivo del manual; el tercero, corresponde a los antecedentes, donde se describe en forma breve la historia de este organismo y las principales modificaciones a la estructura; el cuarto, se refiere al marco jurídico, en el cual se citan los ordenamientos jurídico– administrativos que fundamentan su existencia; el quinto, describe las atribuciones y funciones del organismo; el sexto, corresponde a la misión y visión de los Servicios de Salud de Nayarit; el séptimo, la estructura orgánica, que identifica los niveles jerárquicos de la administración; el octavo, el organigrama, que refleja la imagen de los diferentes órganos de la estructura, niveles jerárquicos, líneas de mando y tramos de control; en el noveno, se describen los objetivos y funciones de cada uno de los órganos de la estructura; en el décimo, el glosario de términos, que permite de alguna manera comprender el significado de algunas siglas o palabras técnicas incluidas en el manual; y el décimo primero contiene las firmas de aprobación por su elaboración o actualización. Su consulta permite evitar la duplicidad de funciones; promover la adecuada selección del personal y proporcionar los elementos para alcanzar la excelencia en el desarrollo de sus actividades.

Por ser un documento de consulta frecuente, el manual deberá permanecer actualizado, lo que hace necesario que cada una de las áreas que integran este organismo, aporten la información necesaria para este propósito, manteniendo actualizados los cambios en las funciones y organización que se generen, y las modificaciones que tenga la normatividad aplicable en materia de salud, siendo la Dirección de Planeación el área responsable de llevarla a cabo.

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II. OBJETIVO DEL MANUAL

Fortalecer la actuación de las áreas sustantivas y de apoyo de los Servicios de Salud de Nayarit, mejorando la comunicación interna y los mecanismos de coordinación; a fin de evitar omisiones y duplicidad de esfuerzos, coadyuvando en la operación de las unidades de atención médica, delimitando las funciones y fortaleciendo el apoyo logístico y normativo.

III. ANTECEDENTES HISTÓRICOS

Nayarit adquiere su soberanía como estado libre en el año de 1917, responsabilizándose de la Salubridad el Consejo Superior de Salubridad, a través de las Juntas de Salubridad y de Sanidad en Puertos Marítimos. El primero de enero de 1936, se firmó el convenio entre el Gobierno Federal y Estatal para establecer los Servicios Coordinados. En el año de 1969, los Servicios Coordinados en la entidad estaban estructurados en cuatro departamentos y en ellos recaían las acciones normativas, estos eran: Departamento Técnico, de Obras Rurales por Cooperación, Control Sanitario y Administrativo. Para 1976, desaparece el Departamento de Obras Rurales por Cooperación y se crea además de los ya existentes los de Promoción de la Salud y Planeación y Evaluación. Es para 1978, cuando se reestructura la organización de los servicios considerando las necesidades para esa época, en los departamentos siguientes: Atención Preventiva, Atención Curativa, Materno Infantil y Planificación Familiar, Mejoramiento del Ambiente, Control Sanitario, Promoción de Salud, Administrativo y Planeación y Evaluación. Considerando la existencia de ocho departamentos, que desde 1978 integraban la estructura orgánica y que se encontraban desarticulados, hubo necesidad de efectuar una reestructuración tomando en cuenta las necesidades; es para 1980, cuando algunos de estos departamentos se transforman en oficinas y solo quedan los de Atención a la Salud; Control Sanitario, Administración y Promoción de la Salud; así como la Unidad de Integración Programática. Para 1983, se consideran tres subjefaturas; Atención al Hombre, Atención al Medio y Administrativa; así como la Unidad de Integración Programática y Evaluación, el C.I.D.A.P.E., y el Departamento de Asuntos Jurídicos.

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En 1984, la estructura de los Servicios Coordinados se integraba por el Consejo Interno de Administración, la Comisión Interna de Administración y Programación Estatal (C.I.D.A.P.E.) como órgano de apoyo a la Jefatura, las tres Subjefaturas: Servicios de Salud, Regulación Sanitaria y Administración con cinco, dos y tres departamentos respectivamente. Asimismo, y a nivel de subdirección la Unidad de Planeación, conformada por dos departamentos. Dependiendo directamente de la Jefatura de los Servicios Coordinados, dos departamentos, dos Hospitales Generales, así como nueve jurisdicciones sanitarias. El 1ro. de abril de 1989, se modifica la estructura orgánica de los Servicios Coordinados, en donde se elimina la Unidad de Planeación como subdirección conformándose en dos departamentos, denominados Planeación Información y Evaluación, y Programación y Organización, ambos con dependencia del Titular, además desaparece el Departamento de Auditoría y Control, y se agrega el Departamento de Epidemiología, dependiendo también del Titular. Bajo la Dirección de Servicios de Salud, prevalece el Departamento de Medicina Preventiva, y desaparecen los Servicios de Salud del Primer y Segundo Nivel, y el de Control de Enfermedades Transmisibles por Vector, se crean los de Planificación Familiar y Salud Materno Infantil y Regulación de los Servicios de Salud. Dentro de la Subdirección Administrativa se modifica la nomenclatura del Departamento de Contabilidad, por el de Recursos Financieros. El 12 de mayo de 1989, la estructura de los Servicios Coordinado sufre modificación al desaparecer el Departamento de Epidemiología con dependencia directa de la Jefatura, fusionándose al Departamento de Medicina Preventiva; denominándose así: Epidemiología y Medicina Preventiva, y reaparece el Departamento de Control de Enfermedades Transmisibles por Vector, dependiendo ambos de la Dirección de Servicios de Salud. El 16 de agosto de 1989, se incrementa el Departamento de Sistematización del Pago dependiendo de la Subdirección de Administración. En febrero de 1990, se fortalece la estructura orgánica de los Servicios Coordinados con la creación del Departamento para el Centro de Hemoterapia. Con fecha 25 de enero de 1991, se nos da a conocer la estructura orgánica de los Servicios Coordinados de Salud Pública autorizada por la Secretaría de Programación y Presupuesto, misma que presenta modificaciones en la denominación de los departamentos con dependencia directa de Jefatura, Planeación, Información y Evaluación, por Información y Evaluación y el de Programación y Organización, por Planeación y Desarrollo.

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Dentro de la Subdirección Administrativa, el Departamento de Recursos Materiales, Conservación y Mantenimiento y Servicios Generales se divide en dos departamentos: Recursos Materiales y Servicios Generales, y el de Conservación y Mantenimiento que atenderá las funciones de Construcción, Conservación, Mantenimiento y Desarrollo de la Infraestructura Hospitalaria. Cambió de denominación el Departamento de Recursos Financieros por Programación y Presupuesto. Como producto del proceso de descentralización y fortalecimiento de los Sistemas Locales de Salud, se crea la Jurisdicción Sanitaria Tipo, en cuyo redimensionamiento, absorbe a la antigua jurisdicción de San Blas; reduciéndose de esta manera a 8 jurisdicciones sanitarias en el Estado. En agosto de 1991, los Servicios Coordinados de Salud Pública se encuentran estructurados por: la Jefatura de los Servicios Coordinados, tres subjefaturas: las de Servicios de Salud, Regulación Sanitaria y Administración las cuales se integran, con cinco, tres y cinco Departamentos respectivamente. En dependencia directa de la jefatura: cuatro departamentos, dos hospitales generales y ocho jurisdicciones sanitarias. En octubre de 1992, se crea a nivel de departamento la Contraloría Interna. En junio de 1993, se pone en operación la regionalización operativa; quedando de ocho jurisdicciones solo tres, la número uno Tepic, número dos Compostela y número tres Tuxpan. El 20 de agosto de 1996, se celebra el acuerdo de coordinación para la descentralización integral de los Servicios de Salud del Estado; el 31 del mismo mes y año, se pública el decreto No. 7979 en el Periódico Oficial, órgano de información del Gobierno del Estado, por el que se crea el Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud de Nayarit. En 1998, fue necesario modificar la estructura orgánica acorde al nuevo organismo, quedando como sigue: Una Dirección General; seis Direcciones de Área; nueve Subdirecciones, (incluye en estas a la Administración de la Beneficencia Pública); diecinueve Departamentos; un Secretario Particular; tres Jurisdicciones; cuatro Direcciones de Hospitales; cinco Coordinaciones Municipales; tres Administraciones Jurisdiccionales y dos Administraciones de Hospitales; haciendo un total de 51 plazas de mandos medios y superiores. Mediante decreto número 8014 del Periódico Oficial Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit fechado el 12 de febrero de 1997, se reformo el artículo 22 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado adicionándole una fracción más para incorporar al gabinete la Secretaria de Salud, agregándole además el artículo 30 bis que señala las atribuciones de esta dependencia; sin embargo, con excepción de la

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figura del Secretario de Salud, carece de la estructura y recursos para el desempeño de sus atribuciones. El 16 de Diciembre de 2004 en Trigésimatercera Sesión Ordinaria de la Junta de Gobierno del OPD “Servicios de Salud de Nayarit” y publicada en el Periódico Oficial el 2 de Abril de 2005, que reforma y adiciona el artículo 23 y deroga las fracciones I, II, XXVI Y XXVII del Artículo 24 del Reglamento Interior de los Servicios de Salud de Nayarit para que la Unidad de Enseñanza tenga dependencia de la Dirección de Atención Médica. En el 2005 a las Direcciones de Servicios de Salud, Regulación Sanitaria, Administración, Atención Médica y Planeación se incorporo al Régimen Estatal de Protección Social en Salud (REPSS) como una Unidad. El 12 de Noviembre de 2007 en la Quincuagésima Sesión Ordinaria de la Junta de Gobierno del OPD “Servicios de Salud de Nayarit” se aprobó la incorporación a su estructura de las Direcciones de Enfermería y de Atención Hospitalaria la primera sin estructura orgánica y la segunda con dos departamentos “Primer Nivel de Atención Médica y Proyectos Estratégicos” los cuales pertenecían a la Dirección de Atención Medica. El 9 de junio del 2009, fue aprobada por la Quincuagésima Séptima Sesión Ordinaria de la Junta de Gobierno de los Servicios de Salud de Nayarit, la incorporación a la estructura organizacional el Régimen Estatal de Protección Social en Salud como una Dirección de Área y Transplante de Órganos como una Coordinación Estatal. La estructura orgánica actual consta de una Dirección General, ocho Direcciones de Área, catorce Subdirecciones, treinta y cinco Departamentos, cinco Direcciones de Hospitales, cinco Administradores de Hospitales, tres Jurisdicciones Sanitarias, tres Administradores de Jurisdicciones, ocho Coordinadores Municipales de Salud, una Coordinación de Trasplantes de Órganos, tres Coordinaciones Estatales del Régimen Estatal de Protección Social en Salud y una Secretaría Particular.

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III. MARCO JURÍDICO Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. D.O.F. 5/II/1917 reforma 27/IX/04.

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit. P.O. 5/II/1918, reformada D.O.F. 28/X/06.

LEYES

Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit. Periódico Oficial 21/XII/00. Ley Federal del Trabajo D.O.F. 01IV/1970.

Ley de Planeación para el Estado de Nayarit P.O. 30/VII/1997. Ley de Salud para el Estado de Nayarit P.O. 30/IV/1994. Ley del Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Almacenes del Estado de Nayarit P.O. 04/VI/2003. Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nayarit 18/XII/2007. Ley de Responsabilidad de los Servicios Públicos del Estado de Nayarit P.O. 01/II/1984.

REGLAMENTOS Reglamento Interior de los Servicios de Salud de Nayarit P.O. 13/XII/2003. reformado el 06-12-2008. Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública del Estado de Nayarit P.O. 30/IV/2008.

DECRETOS

Decreto No. 7979, Creación de un Organismo Público Descentralizado Denominado “Servicios de Salud de Nayarit”. Periódico Oficial del 31/VIII/1996. CONVENIOS

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Convenio Único de Desarrollo que suscriben el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo Estatal. D.O.F. 1/II/1984. Convenio para el establecimiento de las actividades de apoyo logístico a los Servicios Estatales de Salud. D.O.F. 7/III/1986.

Convenio de coordinación en materia de enseñanza y capacitación de recursos humanos para la salud. D.O.F. 7/II/1986.

ACUERDOS

Acuerdo de Coordinación para la Descentralización, Integración de los Servicios de Salud en los Estados. P.O. 09/X/1996. Acuerdo de Coordinación que celebran el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo Estatal para transferir la realización de obras de unidades médicas en la entidad. D.O.F. 9/III/1987. Acuerdo en el que se crea el Comité de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios de los Servicios de Salud de Nayarit P.O. 23/VIII/2003.

Acuerdo de Coordinación que celebra la Secretaría de Salud y el Estado, para la ejecución del Programa de Calidad, Equidad y Desarrollo en Salud (PROCEDES) en la entidad D.O.F. 01/IX/2004. Acuerdo en el cual se reforma el Reglamento Interior de los Servicios de Salud de Nayarit P.O. 06/XII/2008.

NORMAS OFICIALES MEXICANAS Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento sanitario. SSA1. Norma Oficial Mexicana NOM-001-SSA2-1993, Que establece los requisitos arquitectónicos para facilitar el acceso, tránsito y permanencia de los discapacitados a los establecimientos de atención médica del sistema nacional de salud. D.O.F. 06-XII-1994. Norma Oficial Mexicana NOM-002-SSA2-1993, Para la organización, funcionamiento e ingeniería sanitaria del servicio de radioterapia. D.O.F. 11-X-1994. Norma Oficial Mexicana NOM-003-SSA2-1993, Para la disposición de sangre humana y sus componentes con fines terapéuticos. D.O.F. 18-VII-1994. F.E. D.O.F. 23-II-1996. Aclaración D.O.F. 08-IX-1994. Norma Oficial Mexicana NOM-014-SSA1-1993, Procedimientos sanitarios para el muestreo de agua para uso y consumo humano en sistemas de abastecimiento de agua públicos y privados. D.O.F. 12-VIII-1994. Norma Oficial Mexicana NOM-015-SSA1-1993, Que establece las especificaciones sanitarias de los equipos para transfusión con filtro sin aguja. D.O.F. 07-XI-1994.

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Norma Oficial Mexicana NOM-020-SSA1-1993, Salud Ambiental. Criterio para evaluar la calidad del aire ambiente con respecto al ozono (O2). Valor normado para la concentración de ozono (O2) en el aire ambiente como medida de protección a la salud de la población. D.O.F. 23-XII-1994. Proyecto de Modificación: D.O.F. 31-VII-2000. Norma Oficial Mexicana NOM-020-SSA2-1994, Para la prestación de servicios de atención médica en unidades móviles tipo ambulancia. D.O.F. 11-IV-2000. Norma Oficial Mexicana NOM-021-SSA1-1993, Salud Ambiental criterio para evaluar la calidad del aire ambiente con respecto al monóxido de carbono (CO). Valor permisible para la concentración de monóxido de carbono (CO) en el aire ambiente como medida de protección a la salud de la población. D.O.F. 23-XII-1994. Norma Oficial Mexicana NOM-022-SSA1-1993, Salud Ambiental criterio para evaluar la calidad del aire ambiente con respecto al bióxido de azufre (SO2). Valor normado para la concentración de bióxido de azufre (SO2) en el aire ambiente como medida de protección a la salud de la población. D.O.F. 23-XII-1994. Norma Oficial Mexicana NOM-025-SSA1-1993, Salud Ambiental criterio para evaluar la calidad del aire ambiente con respecto a partículas menores de 10 micras (Pm10). Valor permisible para la concentración de partículas menores de 10 micras (Pm10) en el aire ambiente como medida de protección a la salud de la población. D.O.F. 23-XII-1994. Norma Oficial Mexicana NOM-044-SSA1-1993, Envase y embalaje. Requisitos para contener plaguicidas. D.O.F. 23-VII-1995. Norma Oficial Mexicana NOM-045-SSA1-1993, Plaguicidas. Producto para uso agrícola, forestal, pecuario, de jardinería, urbano e industrial. Etiquetado. D.O.F. 20-X-1995. Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA1-1993, Plaguicidas. Productos para uso doméstico. Etiquetado. D.O.F. 13-X-1995. Norma Oficial Mexicana NOM-048-SSA1-1993, Que establece el método normalizado para la evaluación de riesgos a la salud como consecuencia de agentes ambientales. D.O.F. 09-I-1996. Norma Oficial Mexicana NOM-051-SSA1-1993, Que establece las especificaciones sanitarias de las jeringas estériles desechables de plástico. D.O.F. 16-I-1995. F.E. D.O.F. 31-I-1996. Aclaración: D.O.F. 24-I-1996. Norma Oficial Mexicana NOM-052-SSA1-1993, Que establece las especificaciones sanitarias de las sondas para drenaje urinario de hule natural estéril modelo Foley. D.O.F. 16-I-1995. F.E. D.O.F. 02-II-1996. Norma Oficial Mexicana NOM-053-SSA1-1993, Que establece las medidas sanitarias del proceso y uso del metanol (alcohol metílico). D.O.F. 05-III-1996. Norma Oficial Mexicana NOM-056-SSA1-1993, Requisitos sanitarios del equipo de protección personal. D.O.F. 10-I-1996. Norma Oficial Mexicana NOM-59-SSA1-1993, Buenas prácticas de fabricación para establecimientos de la industria químico farmacéutica dedicados a la fabricación de medicamentos. D.O.F. 31-VII-1998. Aclaración: D.O.F. 01-II-1999. Norma Oficial Mexicana NOM-062-SSA1-1993, Que establece las especificaciones sanitarias de los marcapasos (generador de pulso). D.O.F. 28-VI-1995.

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DE NAYARIT

Norma Oficial Mexicana NOM-063-SSA1-1993, Que establece las especificaciones sanitarias de las válvulas cardiacas. D.O.F. 22-II-1995. Norma Oficial Mexicana NOM-064-SSA1-1993, Que establece las especificaciones sanitarias de los equipos de reactivos utilizados para diagnóstico. D.O.F. 24-II-1995. Norma Oficial Mexicana NOM-065-SSA1-1993, Que establece las especificaciones sanitarias de los medios de cultivo. Generalidades. D.O.F. 27-II-1995. Norma Oficial Mexicana NOM-066-SSA1-1993, Que establece las especificaciones sanitarias de las incubadoras para recién nacidos. D.O.F. 25-VII-1995. Norma Oficial Mexicana NOM-067-SSA1-1993, Que establece las especificaciones sanitarias (suturas quirúrgicas. D.O.F. 25-V-1995.) Norma Oficial Mexicana NOM-068-SSA1-1993, Que establece las especificaciones sanitarias de los instrumentos quirúrgicos, materiales metálicos de acero inoxidable. D.O.F. 26-V-1995. Norma Oficial Mexicana NOM-072-SSA1-1993, Etiquetado de medicamentos. D.O.F. 10-IV-2000. Norma Oficial Mexicana NOM-073-SSA1-1993, Estabilidad de medicamentos. D.O.F. 08-III-1996. Aclaración D.O.F. 08-VII-1996. Norma Oficial Mexicana NOM-076-SSA1-1993, Que establece los requisitos sanitarios del proceso y uso del etanol (alcohol etílico). D.O.F. 25-IV-1996. Aclaración D.O.F. 05-VII-1996. Norma Oficial Mexicana NOM-077-SSA1-1994, Que establece las especificaciones sanitarias de los materiales de control (en general) para laboratorios de análisis clínicos. D.O.F. 01-VII-1996. Norma Oficial Mexicana NOM-078-SSA1-1994, Que establece las especificaciones sanitarias de los estándares de calibración utilizados en las mediciones realizadas en los laboratorios de patología clínica. D.O.F. 01-VII-1996. Norma Oficial Mexicana NOM-079-SSA1-1994, Que establece las especificaciones sanitarias de las sondas para drenaje biliar en forma de "t" modelo Keher, estériles y no estériles. D.O.F. 20-V-1996. Norma Oficial Mexicana NOM-080-SSA1-1994, Que establece las especificaciones sanitarias de los estuches de diagnóstico para otorrinolaringología. D.O.F. 21-V-1996. Norma Oficial Mexicana NOM-081-SSA1-1994, Que establece las especificaciones sanitarias de los catéteres para embolectomía modelo Fogarty. D.O.F. 28-VIII-1996. Norma Oficial Mexicana NOM-082-SSA1-1994, Que establece las especificaciones sanitarias de las sondas para drenaje biliar en forma de "t" modelo Catell, estériles y no estériles. D.O.F. 02-VIII- 1996. Norma Oficial Mexicana NOM-083-SSA1-1994, Que establece las especificaciones sanitarias de los estetoscopios. D.O.F. 01-VII-1996. Norma Oficial Mexicana NOM-084-SSA1-1994, Que establece las especificaciones sanitarias de los tubos de hule látex natural para canalización tipo Pen-rose. D.O.F. 14-VIII-1996. Norma Oficial Mexicana NOM-085-SSA1-1994, Que establece las especificaciones sanitarias de los guantes de hule látex natural para cirugía y exploración en presentación estéril y no estéril. D.O.F.29-VIII-1996.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 13

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

Norma Oficial Mexicana NOM-088-SSA1-1994, Bienes y Servicios, contaminación por radionúclidos en alimentos de consumo masivo importados, límites máximos permisibles. D.O.F. 28-VI-1995. Norma Oficial Mexicana NOM-090-SSA1-1994, Para la organización y funcionamiento de residencias médicas. D.O.F. 22-IX-1994.Página 29 de 82I 01/04/2005 http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/nom/compi/manorgssa.html Norma Oficial Mexicana NOM-095-SSA1-1994, Que establece las especificaciones sanitarias del dispositivo intrauterino "T" de cobre modelo 380 a. D.O.F. 28-V-1996. Norma Oficial Mexicana NOM-110-SSA1-1994, Bienes y Servicios. Preparación y dilusión de muestras de alimentos para su análisis microbiológico. D.O.F. 16-X-1995. Norma Oficial Mexicana NOM-111-SSA1-1994, Bienes y Servicios. Método para la cuenta de mohos y levaduras en alimentos. D.O.F. 13-IX-1995. Norma Oficial Mexicana NOM-112-SSA1-1994, Bienes y Servicios. Determinación de bacterias coliformes. Técnica de número más probable. D.O.F. 19-X-1995. Norma Oficial Mexicana NOM-113-SSA1-1994, Bienes y Servicios. Método para la cuenta de microorganismos coliformes totales en placa. D.O.F. 25-VIII-1995. Norma Oficial Mexicana NOM-114-SSA1-1994, Bienes y Servicios. Método para la determinación de salmonela en alimentos. D.O.F. 22-IX-1995. Norma Oficial Mexicana NOM-115-SSA1-1994, Bienes y Servicios. Método para la determinación de staphylococcus aureus en alimentos. D.O.F. 25-IX-1995. Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994, Salud Ambiental, agua para uso y consumo humano. Límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización. D.O.F. 18-I-1996. Modificación D.O.F. 22-XI-2000. Norma Oficial Mexicana NOM-131-SSA1-1995, Bienes y Servicios. Alimento para lactantes y niños de corta edad. Disposiciones y especificaciones sanitarias y nutrimentales. D.O.F. 17-XII-1997 Norma Oficial Mexicana NOM-138-SSA1-1995, Que establece las especificaciones sanitarias del alcohol desnaturalizado, antiséptico y germicida (utilizado como material de curación), así como para el alcohol etílico de 96° g.l. sin desnaturalizar y las especificaciones de los laboratorios o plantas envasadores de alcohol. D.O.F. 10-I-1997. Norma Oficial Mexicana NOM-139-SSA1-1995, Que establece las especificaciones sanitarias de las bolsas para recolectar sangre. D.O.F. 30-X-1998. Norma Oficial Mexicana NOM-140-SSA1-1995, Que establece las especificaciones sanitarias de las bolsas para fraccionar sangre. D.O.F. 25-XI-1998. Norma Oficial Mexicana NOM-146-SSA1-1996, Salud Ambiental. Responsabilidades sanitarias en establecimientos de diagnóstico médico con rayos x. Norma Oficial Mexicana NOM-148-SSA1-1996, Que establece las especificaciones sanitarias de las agujas para biopsia desechables y estériles tipo Tru-cut. D.O.F. 15-II-2000. Norma Oficial Mexicana NOM-149-SSA1-1996, Que establece las especificaciones sanitarias de las sondas para alimentación. D.O.F. 08-III-2000. Norma Oficial Mexicana NOM-150-SSA1-1996, Que establece las especificaciones sanitarias del equipo para hemodiálisis de inserción subclavia adulto e infantil. D.O.F. 29-IX-2000.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 14

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

Norma Oficial Mexicana NOM-152-SSA1-1996, Que establece las especificaciones sanitarias de los catéteres rígidos para diálisis peritoneal infantil y adulto. D.O.F. 03-X-2000. Norma Oficial Mexicana NOM-153-SSA1-1996, Que establece las especificaciones sanitarias de los implantes metálicos de acero inoxidable para cirugía ósea. Norma Oficial Mexicana NOM-156-SSA1-1996, Salud Ambiental. Requisitos técnicos para las instalaciones en establecimiento de diagnóstico médico con rayos x. D.O.F. 26-IX-1997. Norma Oficial Mexicana NOM-157-SSA1-1996, Salud Ambiental. Protección y seguridad radiológica de diagnóstico médico con rayos X. D.O.F. 29-IX-1997. Norma Oficial Mexicana NOM-166-SSA1-1997, Para la organización y funcionamiento de los laboratorios clínicos. D.O.F. 13-I-2000. Norma Oficial Mexicana NOM-168-SSA1-1998, Del expediente clínico. D.O.F. 30-IX-1999. Norma Oficial Mexicana NOM-169-SSA1-1998, Para la asistencia social alimentaria a grupos de riesgo. D.O.F. 19-XI-1999. Norma Oficial Mexicana NOM-170-SSA1-1998, Para la práctica de anestesiología. D.O.F. 10-I-2000. Norma Oficial Mexicana NOM-171-SSA1-1998, Para la práctica de la hemodiálisis D.O.F. 29-IX-1999. Norma Oficial Mexicana NOM-173-SSA1-1998, Para la atención integral a personas con discapacidad. D.O.F. 19-XI-1999. Norma Oficial Mexicana NOM-174-SSA1-1998, Para el manejo integral de la obesidad. D.O.F. 12-IV-2000. Norma Oficial Mexicana NOM-178-SSA1-1998, Que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de establecimientos para la atención médica de pacientes ambulatorios. D.O.F. 29-X-1999. Norma Oficial Mexicana NOM-190-SSA1-1999, Prestación de servicios de salud. Norma Oficial Mexicana NOM-005-SSA2-1993, De los servicios de planificación familiar. D.O.F. 30-V-1994. Norma Oficial Mexicana NOM-006-SSA2-1993, Para la prevención y control de la tuberculosis en la atención primaria a la salud. D.O.F. 26-I-1995. Modificación D.O.F. 31-X-2000. Norma Oficial Mexicana NOM-007-SSA2-1993, Atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio y del recién nacido. Criterios y procedimientos para la prestación del servicio. D.O.F. 06-I-1995. Norma Oficial Mexicana NOM-010-SSA2-1993, Para la prevención y el control de la infección por virus de la inmunodeficiencia humana. D.O.F. 17-I-1995; Proyecto de Modificación D.O.F. 22-IX-1999; Modificación a la Norma D.O.F. 21-VI-2000. Norma Oficial Mexicana NOM-013-SSA2-1994, Para la prevención y control de las enfermedades bucales. D.O.F. 06-I-1995. Modificación: D.O.F. 21-I-1999. Norma Oficial Mexicana NOM-014-SSA2-1994, Para la prevención, tratamiento y control de cáncer del cuello del útero y de la mama en la atención primaria. D.O.F. 16-I-1995. Modificación a la Norma: D.O.F. 06-III-1998. Norma Oficial Mexicana NOM-015-SSA2-1994, Para la prevención, tratamiento y control de la diabetes en la atención primaria. D.O.F. 08-XII-1994. Proyecto de

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 15

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

Modificación D.O.F. 07-IV-2000. Respuesta al Proyecto de Modificación: D.O.F. 28-XI-2000. Modificación D.O.F. 18-I-2001. Aclaración a la modificación: D.O.F. 27-III-2001. Norma Oficial Mexicana NOM-016-SSA2-1994, Para la vigilancia, prevención, control, manejo y tratamiento del cólera. D.O.F. 05-X-2000. Norma Oficial Mexicana NOM-017-SSA2-1994, Para la vigilancia epidemiológica. D.O.F. 11-X-1999. Página 34 de 82I 01/04/2005 http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/nom/compi/manorgssa.html Norma Oficial Mexicana NOM-021-SSA2-1994, Para la vigilancia, prevención y control del complejo teniasis/cisticercosis en el primer nivel de atención médica. Norma Oficial Mexicana NOM-022-SSA2-1994, Para la prevención y control de la brucelosis en el hombre en el primer nivel de atención. D.O.F. 30-XI-95. Proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-026-SSA2-1998, para la vigilancia epidemiológica, prevención y control de las infecciones nosocomiales. D.O.F. 26-I-2001. Norma Oficial Mexicana NOM-027-SSA2-1999, Para la prevención, control y eliminación de la lepra. D.O.F. 17-I-2001 Norma Oficial Mexicana NOM-028-SSA2-1999, Para la prevención, tratamiento y control de las adicciones. D.O.F. 15-IX-2000. Norma Oficial Mexicana NOM-029-SSA2, Para la vigilancia epidemiológica, prevención y control de la leptospirosis en el humano. D.O.F. 02-II-2001. Norma Oficial Mexicana NOM-030-SSA2-1999, Para la prevención, tratamiento y control de la hipertensión arterial. D.O.F. 17-I-2001. Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño. D.O.F. 09-II-2001. Manual de Procedimientos Jurídico Administrativos en Materia Laboral. Manual del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios. Manual de Operación del Fondo de Fomento a la Enseñanza. Políticas, Bases y Lineamientos Generales en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios. Políticas del Gasto con Cuotas de Recuperación.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 16

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

IV. ATRIBUCIONES

De acuerdo al Decreto de creación No. 7979 del Gobierno del Estado de Nayarit, publicado en el Periódico Oficial con fecha Sábado 31 de Agosto de 1996, en su artículo 3° señala:

Artículo 3°.- Son atribuciones y funciones del organismo:

I. Organizar y operar en el Estado de Nayarit, los servicios de salud a población abierta en materia de salubridad general y de regulación y control sanitarios conforme a lo que establece el Acuerdo de Coordinación;

II. Organizar el Sistema Estatal de Salud, en términos de la Ley General de Salud y la Ley de Salud del Estado en vigor;

III. Realizar todas aquellas acciones tendientes a garantizar el derecho a la protección de la salud de los habitantes del Estado;

IV. Proponer y fortalecer la participación de la comunidad en los servicios de salud.

V. Conocer y aplicar la normatividad general en materia de salud, tanto nacional como internacional, a fin de proponer adecuaciones a la normatividad Estatal y esquemas que logren su correcto funcionamiento;

VI. Realizar todas aquellas acciones que sean necesarias para mejorar la calidad en la prestación de los servicios de salud;

VII. Promover la ampliación de la cobertura en la prestación de los servicios apoyando los programas que para tal efecto elabore la Secretaría de Salud del Gobierno Federal;

VIII. Promover, apoyar y llevar a cabo la capacitación en la materia, de los

profesionales, especialistas y técnicos;

IX. Integrar un acervo de información y documentación que facilite a las autoridades e instituciones competentes, la investigación, estudio y análisis de ramas y aspectos específicos en materia de salud;

X. Difundir a las autoridades correspondientes y a la población en general, a través de publicaciones y actos académicos, los resultados de los trabajos de investigación, estudio, análisis y de recopilación de información, documentación e intercambio que realiza;

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 17

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

XI. Administrar los recursos que le sean asignados, así como las aportaciones que reciba de otras personas o instituciones, y

XII. Las demás que este decreto y otras disposiciones le confieran para el

cumplimiento de su objeto.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 18

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

VI. MISIÓN Y VISIÓN

MISIÓN Mejorar al máximo las condiciones de salud, atendiendo de manera preferencial las necesidades de los más desprotegidos, respondiendo a las expectativas de vida saludable de la población, creando mecanismos que garanticen un financiamiento justo, evitando con ello, que la atención de la enfermedad empobrezca a las familias.

VISIÓN

Ser un órgano que contribuya a conformar un sistema estatal de salud: universal, equitativo, solidario, plural, participativo, anticipatorio, eficiente, de alta calidad, desconcentrado; identificado con la misión y vinculado al desarrollo del estado.

VALORES

Respeto a la vida Calidad

Humanismo Calidez

Honestidad Corresponsabilidad social

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 19

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

VII. ESTRUCTURA ORGANICA

CLAVE UNIDAD

2BSSN0000 Dirección General de los Servicios de Salud de Nayarit.

2BSSN0000/10 Secretaria Particular.

2BSSN0000/20 Unidad de Asuntos Jurídicos.

2BSSN0000/30 Coordinación Estatal de Cirugías Extramuros.

2BSSN0100 Dirección de Planeación.

2BSSN0100/10 Subdirección de Planeación.

2BSSN0100/10/1 Departamento de Estadística y Evaluación.

2BSSN0100/10/2 Departamento de Desarrollo Organizacional e Infraestructura.

2BSSN0100/10/3 Departamento de Desarrollo Informático.

2BSSN0200 Dirección de Atención Médica.

2BSSN0200/10 Subdirección de Atención Médica.

2BSSN0200/10/1 Departamento de Primer Nivel de Atención Médica.

2BSSN0200/20 Unidad de Enseñanza.

2BSSN0300 Dirección de Atención Hospitalaria

2BSSN0300/10 Departamento de Proyectos Estratégicos.

2BSSN0300/20 Departamento de Segundo Nivel de Atención Médica.

2BSSN0300/20/1 Hospital Civil Dr. Antonio González Guevara

2BSSN0300/20/1/1 Administración del Hospital

2BSSN0300/20/2 Hospital General de Rosamorada.

2BSSN0300/20/2/1 Administración del Hospital

2BSSN0300/20/3 Hospital General de San Francisco

2BSSN0300/20/3/1 Administración del Hospital

2BSSN0300/20/4 Hospital General de Jesús María

2BSSN0300/20/4/1 Administración del Hospital.

2BSSN0300/20/5 Hospital General de Santiago, Ixc.

2BSSN0300/20/5/1 Administración del Hospital.

2BSSN0400 Dirección de Enfermería

2BSSN0500 Dirección de Servicios de Salud.

2BSSN0500/10 Subdirección de Epidemiología y Medicina Preventiva.

2BSSN0500/10/1 Departamento de Medicina Preventiva.

2BSSN0500/10/2 Departamento de Epidemiología.

2BSSN0500/10/3 Departamento de Promoción a la Salud.

2BSSN0500/20 Subdirección de Prevención y Control de Enfermedades.

2BSSN0500/20/1 Departamento de Salud Reproductiva.

2BSSN0500/20/2 Departamento de Cáncer C. U. y C. M.

2BSSN0500/20/3 Departamento de Vectores y Zoonosis.

2BSSN0500/20/4 Departamento de Salud Mental.

2BSSN0500/30 Jurisdicción Sanitaria Tepic.

2BSSN0500/30/1 Administración.

2BSSN0500/30/2 Coordinación Municipal.

2BSSN0500/40 Jurisdicción Sanitaria Compostela.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 20

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

CLAVE UNIDAD 2BSSN0500/40/1 Administración.

2BSSN0500/40/2 Coordinación Municipal.

2BSSN0500/50 Jurisdicción Sanitaria Tuxpan.

2BSSN0500/50/1 Administración.

2BSSN0500/50/2 Coordinación Municipal.

2BSSN0600 Dirección de Regulación Sanitaria.

2BSSN0600/10 Subdirección de Regulación Sanitaria.

2BSSN0600/10/1 Departamento de Salud Ambiental.

2BSSN0600/10/2 Departamento de Calidad Sanitaria de Bienes y Servicios.

2BSSN0600/10/3 Departamento de Regulación de los Servicios de Salud.

2BSSN0600/10/4 Departamento de Insumos para la Salud.

2BSSN0600/10/5 Centro Estatal de Transfusión Sanguínea.

2BSSN0600/10/6 Laboratorio Estatal de Salud Pública.

2BSSN0700 Dirección de Administración.

2BSSN0700/10 Subdirección de Recursos Humanos, Conservación y Mantenimiento.

2BSSN0700/10/1 Departamento de Recursos Humanos.

2BSSN0700/10/2 Departamento de Nomina y Pago.

2BSSN0700/10/3 Departamento de Conservación y Mantenimiento.

2BSSN0700/20 Subdirección de Recursos Financieros, Mat. y Servicios Generales.

2BSSN0700/20/2 Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales.

2BSSN0700/20/1 Departamento de Recursos Financieros.

2BSSN0700/20/3 Departamento de Administración de Recursos Externos y Centralizados.

2BSSN0700/30 Departamento de Control Presupuestal.

2BSSN0800 Régimen Estatal de Protección Social en Salud.

2BSSN0800/10 Subdirección de Afiliación y Operación

2BSSN0800/10/1 Departamento de Administración del Padrón

2BSSN0800/10/2 Departamento de Promoción y Afiliación

2BSSN0800/10/3 Coordinación de Operación e Integración del Padrón

2BSSN0800/20 Subdirección de Gestión

2BSSN0800/20/1 Departamento de Garantía de Atención al Beneficiario

2BSSN0800/20/2 Departamento del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades

2BSSN0820/3 Departamento de Gastos Catastróficos

2BSSN0800/20/4 Coordinación de Evaluación y Gestoría de Servicios de Salud

2BSSN0800/30 Subdirección de Financiamiento

2BSSN0800/30/1 Departamento de Control Financiero y Crédito

2BSSN0800/30/2 Departamento de Acreditación de Servicios

2BSSN0800/30/3 Departamento de Cálculo y Análisis Presupuestal

2BSSN0800/30/4 Coordinación de Planeación, Des. Organizacional e Informática

2BSSN0800/40 Subdirección Jurídica de Normatividad y Evaluación

2BSSN0800/40/1 Departamento Jurídico

2BSSN0800/40/2 Coordinación de Evaluación y Supervisión

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 21

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

SIGLAS SIGNIFICADO

D.G. DIRECCIÓN GENERAL

D.A. DIRECCIÓN DE ÁREA

S.D.A. SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

D. DEPARTAMENTO

C. COORDINACIÓN

Dirección de Atención Médica

Subdirección de Atención

Médica

Unidad de Enseñanza

Departamento de 1er. Nivel de Atención

Médica

Dirección de Planeación

Subdirección de Planeación

Departamento de Estadística y Evaluación

Departamento de

Desarrollo Organizacional e Infraestructura

Departamento de Desarrollo Informático

Dirección de Atención

Hospitalaria

Departamento de Proyectos

Estratégicos

Hospitales Generales (5)

Administración de Hospitales

(5)

Departamento de 2o. Nivel de

Atención Médica

Junta de Gobierno

Unidad de Asuntos Jurídicos

Secretaría Particular

Dirección General de los Servicios de Salud

Unidad de Contraloría Interna

Dirección de Enfermería

Dirección de Servicios de

Salud

Subdirección de Prevención y Control

de Enfermedades

Departamento de Salud

Reproductiva

Departamento de Cáncer C.U. Y

C.M. Departamento de

Vectores y Zoonosis

Departamento de

Salud Mental

Subdirección de Epidemiología

y Medicina Preventiva

Departamento de Medicina

Preventiva

Departamento de Epidemiología

Departamento de Promoción a la

Salud

Coordinaciones Municipales

(6)

Jurisdicciones Sanitarias

(3)

Administraciones Jurisdiccionales

(3)

Subdirección de Regulación

Sanitaria

Departamento de Salud Ambiental

Departamento de Calidad Sanitaria

de Bienes y Servicios

Departamento de Regulación de los

Servicios de Salud

Departamento de Control Sanitario,

Insumos y servicios

Centro Estatal de Transfusión Sanguínea

Laboratorio Estatal de Salud Pública

Dirección de Regulación

Sanitaria

Dirección de Administración

Subdirección de Recursos Financieros, Materiales y Servicios

Generales

Subdirección de Recursos Humanos,

Conservación y

Mantenimiento

Departamento de Recursos

Financieros

Departamento de Recursos Materiales

y Servicios Generales

Departamento de Administración de

Recursos Externos y Centralizados

Departamento de Recursos Humanos

Departamento de Nómina y Pago

Departamento de Conservación y Mantenimiento

Departamento de Control Presupuestal

Dirección del Régimen Estatal de Protección Social

en Salud

Subdirección de Financiamiento

Subdirección de Afiliación y

Operación

Departamento de Garantía de

Atención al

Beneficiario

Departamento de Control

Financiero y Crédito

Departamento

de Acreditación de Servicios

Departamento del Programa de Desarrollo

Humano Oportunidades

Departamento

de Gastos Catastróficos

Departamento de Administración

del Padrón

Departamento de Promoción y

Afiliación

Coordinación de Afiliación; Operación

e Integración del Padrón

Coordinación y evaluación de

Gestoría de Servicios de

Salud

Subdirección Jurídica de

normatividad y

evaluación

Coordinación de Planeación, Desarrollo

Organizacional e Informática

Departamento de Cálculo y

Análisis Presupuestal

Departamento Jurídico

Coordinación de Evaluación y Supervisión

Subdirección

de Gestión

Jurisdicción I Tepic Jurisdicción II Compostela

Jurisdicción III Tuxpan

Coordinación Municipal de San Blas Coordinación Municipal de Ixtlán del Rió Coordinación Municipal de Amatlán de Cañas Coordinación Municipal de Santiago Ixc Coordinación Municipal de Acaponeta Coordinación Municipal de Tecuala Coordinación Municipal de Bahía de Banderas Coordinación Municipal de Huajicori

Administradora de la Jurisdicción I Tepic Administradora de la Jurisdicción II Compostela

Administrador de la Jurisdicción III Tuxpan

Hospital Civil Dr. Antonio González Guevara Hospital General de San Francisco Hospital Mixto Jesús María Hospital General de Rosamorada Hospital General de Santiago Ixcuintla

Administrador del Hospital Civil Dr. Antonio González Guevara Administrador del Hospital General de San Francisco Administrador del Hospital Mixto Jesús María Administrador del Hospital General Rosamorada Administrador del Hospital General Santiago Ixcuintla

D. A.

S. D. A.

D. G.

S. D. A.

S. D. A.

D.

C.

D.

Publicación periódico oficial del Estado de Nayarit 8 de abril 2011

S. D. A.

Coordinación Estatal de

Transplante de Órganos

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 22

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

IX. OBJETIVOS Y FUNCIONES

DIRECCION GENERAL

Objetivo

Cumplir con lo establecido en la Ley Estatal de Salud, en materia de atención médica, salud pública y regulación sanitaria; a través de la conducción de los programas que llevan a cabo los Servicios de Salud de Nayarit, a fin de satisfacer la demanda de la población y cumplir con el derecho universal de protección a la salud.

Funciones

1. Asistir y atender los asuntos de carácter legal de los Servicios de Salud de Nayarit, ante toda clase de autoridades, organismos públicos, privados y personas físicas; y otorgar poderes generales para actos de administración, o revocarlos cuando así lo juzgue conveniente.

2. Supervisar, conducir y evaluar los programas de los Servicios de Salud de Nayarit, en materia de atención médica, salud pública, regulación y fomento sanitario y todas las demás de fomento a la salud y apoyo administrativo.

3. Conducir la coordinación sectorial para avanzar en la consolidación del sistema estatal de salud que de respuesta a las demandas de la población abierta.

4. Establecer las normas de crecimiento de la infraestructura de los Servicios de Salud de Nayarit, a fin de lograr un desarrollo equilibrado, acorde al crecimiento demográfico y las necesidades de salud de la población.

5. Promover la coordinación de los sectores público, social y privado en materia de salud, para el desarrollo de acciones preventivas, curativas y de rehabilitación.

6. Coadyuvar al funcionamiento del Subcomité de Salud y Seguridad Social, del COPLADE e impulsar las acciones de los programas de salud.

7. Fomentar la celebración de convenios de coordinación de los Servicios de Salud con organismos y dependencias de los sectores público, social y privado, así como con los ayuntamientos.

8. Vigilar la correcta aplicación de las normas vigentes a fin de salvaguardar el

patrimonio de los Servicios de Salud y su aplicación.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 23

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

9. Supervisar la aplicación estricta de las normas y políticas del gasto, en la recuperación de cuotas por los servicios prestados, donaciones, así como en la aplicación de estos recursos.

10. Inducir a la integración y ejecución de los proyectos y programas de conservación

y mantenimiento de inmuebles equipo médico y de apoyo. 11. Coordinar la elaboración del programa de inversión en materia de obra pública,

equipamiento, gestionar recursos, vigilar su ejecución y presentarlo ante la Junta de Gobierno para su autorización.

12. Presentar a la Junta de Gobierno, un informe sobre los estados financieros, así

como las actividades realizadas y recomendaciones al respecto. 13. Supervisar el cumplimiento de los acuerdos y resoluciones que emita la Junta de

Gobierno. 14. Presentar para su aprobación ante la Junta de Gobierno el anteproyecto del

programa operativo anual de los Servicios de Salud de Nayarit. 15. Revisar los sistemas y procedimientos que permitan el mejor desarrollo de los

programas y aplicación de los recursos.

16. Dirigir la planeación estatal en materia de salud, en el seno del Subcomité de Salud y Seguridad Social del Comité Estatal de Planeación para el Desarrollo, ajustándose al programa de reforma del sector salud y los lineamientos que dicte el Ejecutivo Estatal.

17. Conducir el programa de descentralización de funciones, facultades y recursos;

en su circunscripción territorial y administrativa de la entidad federativa, de acuerdo a las disposiciones que dicte el Ejecutivo Estatal.

18. Establecer las funciones de autoridad sanitaria que le corresponde, conforme a la

Ley Estatal de Salud y el Acuerdo de Coordinación para la Descentralización, integración de los servicios de salud en los estados, y las que en su caso delegue el Ejecutivo Estatal.

19. Vigilar el cumplimiento de las normas y lineamientos que emita la Secretaría de

la Contraloría General para regular el funcionamiento de las actividades de control, de auditoria y de trámite para la atención de quejas y denuncias.

20. Las demás que le encomiende la Junta de Gobierno o su superior jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 24

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

SECRETARIA PARTICULAR

Objetivo

Fortalecer la actuación del director general, atendiendo a las personas que soliciten audiencia, clasificando, priorizando y canalizando los asuntos que se presenten; con el fin de dar cumplimiento oportuno de los compromisos y funciones propias del titular y de las áreas de los servicios.

Funciones

1. Apoyar los trámites oportunos que son competencia exclusiva del titular y dar seguimiento a los asuntos derivados a otras áreas de los servicios.

2. Atender a las personas que soliciten entrevista con el titular y comunicarlos de inmediato cuando el caso lo requiera ó canalizarlos a las áreas correspondientes para su atención.

3. Atender en tiempo y forma todos aquellos asuntos que le confiera el titular, e informar oportunamente sobre la resolución respectiva.

4. Registrar y dar seguimiento a la correspondencia recibida para el titular; así como de los compromisos contraídos con otras instituciones y personal de los servicios.

5. Apoyar en la integración y entrega oportuna de la información que deben rendir los subalternos a la Dirección General.

6. Mantener ordenada y actualizada la agenda del titular y el formato de asuntos prioritarios o más próximos y notificarlos al despacho del Secretario Particular del C. Gobernador para su conocimiento.

7. Actualizar el directorio de funcionarios federales, estatales y municipales para su eficiente consulta.

8. Conocer (vía Internet) la agenda del C. Gobernador Constitucional del Estado, identificar los eventos en los que se requiere la presencia del c. Director General, para agendarlos y notificarlo.

9. Las demás que le asigne el director general.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 25

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

UNIDAD DE ASUNTOS JURIDICOS

Objetivo

Favorecer el buen funcionamiento administrativo y legal de los Servicios de Salud de Nayarit; a través de la asesoría jurídica y legal a los responsables de áreas y unidades; a fin de eficientar su actuación en esta materia.

Funciones 1. Coadyuvar en la elaboración de los anteproyectos de leyes, reglamentos,

decretos, contratos, convenios, acuerdos y órdenes relativas a los asuntos de la competencia de los Servicios de Salud de Nayarit autorizados por la Junta de Gobierno; así como opinar sobre los que formulen las Instituciones agrupadas administrativamente al sector.

2. Revisar y actualizar los documentos de los Servicios de Salud de Nayarit, que vayan a ser publicados en el Periódico Oficial órgano informativo de Gobierno del Estado.

3. Integrar y analizar leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, normas oficiales mexicanas y las reformas en tales ordenamientos; así como las disposiciones internas de los propios Servicios de Salud, que normen las actividades de sus unidades administrativas.

4. Asesorar las actividades inherentes sobre políticas, bases y lineamientos generales en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios, con apoyo en lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones y Obras Publicas y su reglamento.

5. Elaborar la convocatoria para la celebración trimestral de la Junta de Gobierno de los Servicios de Salud y redactar las actas que se lleven a cabo con sus acuerdos respectivos.

6. Coadyuvar con la Procuraduría de Justicia del Estado, en la integración de las averiguaciones previas y en el trámite de los proyectos y procesos que afecten a los Servicios de Salud.

7. Intervenir en los procesos de entrega-recepción de las unidades administrativas de la entidad y de las denuncias que se interpongan en contra de los servidores públicos que hayan incurrido en responsabilidades.

8. Proporcionar asesoría a las diversas áreas de los Servicios de Salud de Nayarit

cuando los asuntos impliquen cuestiones jurídicas.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 26

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

9. Difundir las actualizaciones o modificaciones relacionada con el marco jurídico

de actuación de los servicios de Salud de Nayarit para cumplir y hacer cumplir la normatividad jurídica administrativa aplicable a la operación del organismo.

10. Preparar los documentos o las copias para certificar que existan en los archivos

de organismo y pasarlas a firmas del Director General de los Servicios de Salud para su firma para todas aquellas personas que tengan interés legítimo o jurídico en ello.

11. Las demás que le confiera de manera expresa el Director General de los

Servicios de Salud de Nayarit.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 27

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN

Objetivo

Consolidar la actuación de los Servicios de Salud de Nayarit, a través de la planeación, organización, evaluación y desarrollo informático; con el fin de que la operación de la entidad sea acorde con los propósitos del Plan Estatal de Desarrollo.

Funciones

1. Coordinar la integración del Programa Estatal de Salud, de mediano plazo, con apego a la normatividad y políticas vigentes en el Estado, así como dar seguimiento e informar a las áreas los avances y resultados de los mismos.

2. Proponer a la Dirección General las políticas, estrategias, normas, criterios,

lineamientos, reglas útiles y controles administrativos para el manejo y aprovechamiento de recursos financieros en la atención médica a los usuarios, procurando ser efectivos, óptimos en beneficio de la población.

3. Dirigir y supervisar la elaboración y actualización, del estudio de Regionalización

Operativa y el Plan Maestro de Infraestructura en Salud, vigilando que se realice la evaluación sistemática de los avances alcanzados en cada programa.

4. Conducir la integración, actualización y difusión de los manuales de

organización, de procedimientos y otros documentos administrativos de los Servicios de Salud, de las jurisdicciones sanitarias, hospitales y de las unidades médicas de primer nivel.

5. Coordinar estudios necesarios que le permita proponer al Director General

modificaciones a las estructuras orgánico-funcionales de los Servicios de Salud, congruentes a las necesidades de operación.

6. Establecer, coordinar y evaluar la difusión interna o dirigida a la ciudadanía de

los servicios ofrecidos, programas ejecutados y estadísticas del organismo, conforme a los lineamientos y normas que emita la Secretaría de Salud Federal, para la elaboración y actualización de la información.

7. Dirigir e impulsar la realización del diseño y operación del desarrollo e

implantación de los programas de informática conforme a los lineamientos y normas, así como vigilar el buen funcionamiento de los mismos.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 28

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

8. Establecer en coordinación con las áreas sustantivas, los indicadores de

desempeño, a fin de evaluar el rendimiento y calidad de los recursos humanos y servicios proporcionados en la atención médica.

9. Analizar y autorizar los programas de capacitación en informática y redes a fin

de fortalecer el aprovechamiento de la tecnología, para mejorar la productividad y calidad de los servicios de salud que se proporcionan en coordinación con la Unidad de Enseñanza.

10. Autorizar la compra en coordinación con la Dirección de Administración de

accesorios y licencias de determinados programas a fin de que los equipos que se encuentran dentro del organismo, se encuentren en las mejores condiciones para su función.

11. Coordinar con la Dirección de Administración y la Unidad de Asuntos Jurídicos el

destino de bienes inmuebles para construcción de obras, en el ámbito de su competencia, así como su regularización ante las autoridades correspondientes y hacer la propuesta a Junta de Gobierno para su autorización.

12. Asegurar el funcionamiento de la codificación de enfermedades, así como

promover y vigilar el adecuado uso de la Clasificación Internacional de Enfermedades.

13. Autorizar la solicitud a nivel federal de los certificados de defunción y muerte

fetal, así como controlar en colaboración con las instituciones que forman el sector, el manejo de los mismos.

14. Validar y proponer métodos que simplifiquen el análisis de la información

generada en las unidades administrativas del organismo y en las demás dependencias y entidades del sector salud.

15. Analizar la información estadística generada por el organismo, el sector salud y

los establecimientos que presten servicios de atención médica privados, para elevar la calidad, confiabilidad y oportunidad del Sistema de Información en Salud, lo valida con los responsables de programas para ser enviados a nivel federal.

17. Coordinar la elaboración de nuevos modelos de organización y estudio de otras

modalidades de financiamiento, integración de redes de prestación de servicios y fórmulas de gestión para la reforma y modernización del organismo, en coordinación con las unidades administrativas responsables de su ejecución para proponerlas al Director General.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 29

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

18. Coordinar la organización de reuniones del Subcomité de Salud y Seguridad

Social del COPLADENAY, así como participar en el seguimiento de los acuerdos emanados de las mismas.

19. Asesorar técnicamente a sus superiores y a las demás unidades administrativas

del organismo cuando sea solicitado. 20. Proporcionar previa autorización del Director General la información y datos

complementarios que le sean requeridos de manera intra e interinstitucional y colaborar en el diseño e implementación del sistema de retroinformación de resultados operativos e impacto de los programas y servicios de salud del organismo.

21. Coordinar sus actividades con los titulares de otras unidades administrativas y

en su caso, con las instituciones y organizaciones de los sectores público, social y privado, relacionadas en la materia que le corresponda.

22. Promover la profesionalización del personal a su cargo, en coordinación con la

Dirección de Administración y la Unidad de Enseñanza, para mejorar la productividad de las unidades administrativas.

23. Proponer a la Dirección de Administración las promociones, licencias y

remociones del personal adscrito a la unidad a su cargo. 24. Asegurar que se apliquen los criterios que difunda la unidad de Asuntos

Jurídicos, así como consultarla cuando los asuntos impliquen cuestiones jurídicas y proporcionarle la información que le solicite.

25. Coordinar y dirigir con la Dirección de Administración la elaboración e

integración de anteproyectos del Programa Operativo Anual y Presupuesto de los Servicios de Salud de Nayarit y ponerlos a consideración del Director General.

26. Rendir informes al Director General del avance de los actividades, así como de

las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

27. Las demás inherentes a su cargo y las que de manera expresa le encomiende el Director General.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 30

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

SUBDIRECCIÓN DE PLANEACIÓN

Objetivo.

Favorecer el desarrollo de la actuación de los servicios de salud, mediante la planeación, organización, evaluación, desarrollo informático y la infraestructura; a fin de satisfacer la demanda de atención a la población.

Funciones.

1. Coordinar con personal de COPLADENAY las reuniones del Subcomité de Salud y Seguridad Social, para apoyar el fortalecimiento de las acciones de los programas de salud y las inversiones en infraestructura física sobre el particular.

2. Brindar asesoría, apoyo técnico, evaluación y seguimiento de procesos para la

integración de información de las unidades administrativas, jurisdicciones sanitarias y unidades hospitalarias, para la planeación, programación y evaluación de los servicios de salud, de acuerdo con los lineamientos establecidos.

3. Retroalimentar a la Coordinación de Servicios Médicos sobre la problemática

institucional, con el fin de corregir las desviaciones detectadas. 4. Participar en la dictaminación, planeación y programación de las obras

realizadas en los Servicios de Salud, en coordinación con el Departamento de Desarrollo Organizacional e Infraestructura, actualizando también el Plan Maestro de Infraestructura Física en Salud para Población no Asegurada.

5. Coordinar con base a las políticas y criterios del gobierno del Estado, de la

Secretaría de Planeación y de las Instituciones que conforman el sector la integración del Programa Estatal de Salud.

8. Participar permanentemente en el proceso de consolidación de la

descentralización de los Servicios de Salud, en el ámbito de su competencia. 9. Coordinar la actualización permanente del Diagnóstico Estatal de Salud de los

distintos niveles de la estructura administrativa del organismo.

10. Coordinar la actualización de Estudio de Regionalización Operativa de los servicios de salud.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 31

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

11. Analizar y evaluar las propuestas de modificaciones al sistema de información y presenta Director de Planeación cuando proceda para su aprobación al Consejo Interno.

12. Ponderar al Departamento de Estadística y Evaluación los valores de los

indicadores de evaluación del desempeño e impacto de los servicios de salud. 13. Integrar con las direcciones el Programa Operativo Anual de los Servicios de

Salud de Nayarit y entregarlo al Director General para su presentación a la Junta de Gobierno para su aprobación.

14. Presentar al Consejo Interno a través de su jefe inmediato, los proyectos de

sistemas de cómputo que contribuyan a la modernización administrativa. 15. Coordinar la integración del programa estatal de desarrollo informático y

turnarlo al Director de Planeación para su análisis. 16. Rendir informes al Director de Planeación del avance de los programas así

como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia. 17. Las demás inherentes a su cargo y las que de manera expresa le encomiende

el Director de Planeación.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 32

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DEPARTAMENTO DE ESTADÍSTICA Y EVALUACIÓN

Objetivo

Lograr que los procesos de información y evaluación sustenten las acciones de planeación, a través de la capacitación del personal y supervisión de los procesos, para consolidar la actuación de los servicios acorde a las necesidades de la población.

Funciones

1. Dar seguimiento el desarrollo de programas de modernización administrativa, a efecto de establecer los criterios uniformes de funcionamiento que den respuesta a las necesidades sociales.

1. Proporcionar asesoría y apoyo técnico a las unidades operativas, para la mejor

realización del proceso de las estadísticas y evaluación.

2. Supervisar a través de un proceso logístico el registro y flujo de datos relacionados con la salud, elaborando informes sobre morbilidad, egresos hospitalarios, urgencias y consulta externa, así como el control logístico la distribución de folios y el procesamiento de los certificados de defunción y muerte fetal.

3. Coordinar la integración de la información general estadística, así como verificar el cumplimiento de la normatividad al respecto y la presentación a las autoridades correspondientes.

4. Supervisar, dar seguimiento, y actualizar el Registro Nacional de Infraestructura para la Salud e informar a las autoridades competentes de los resultados.

5. Revisar a través de la medición del avance físico de cada una de las variables utilizando como instrumento el corte del sistema de información en salud el cumplimiento del Programa Operativo Anual de Salud, con base en los criterios establecidos en los mismos.

6. Elaborar y presentar informes periódicos a las instancias superiores, sobre los resultados de evaluación, a través de los formatos establecidos en el Sistema de Información en salud.

7. Enviar trimestralmente a la Unidad de Enlace y Acceso a la Información el

Padrón de Partos Gratuitos atendidos por Servicios de Salud de Nayarit.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 33

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

8. Supervisar a través de confrontas de información trimestral a lo largo del año la operación de los procesos de evaluación y autoevaluación de las jurisdicciones sanitarias y las unidades prestadoras de los servicios de salud.

9. Coordinar la operación del grupo técnico sectorial de información, así como dar

seguimiento a los acuerdos de las reuniones del mismo.

10. Vigilar el cumplimiento de la normatividad que se emita por el nivel central en materia de información.

11. Dar seguimiento oportuno al programa de estímulos al desempeño, conforme lo

marca el procedimiento establecido por la Junta de Gobierno.

12. Rendir informes al Subdirector de Planeación del avance de las actividades, así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

13. Las demás inherentes a su cargo y las que de manera expresa le encomiende el

Director de Planeación o superior jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 34

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ORGANIZACIONAL E

INFRAESTRUCTURA. Objetivo

Favorecer la eficiente operación de los Servicios de Salud, a través de acciones de modernización administrativa y desarrollo funcional de la infraestructura, a fin de brindar una atención oportuna a los usuarios.

Funciones.

1. Coordinar reuniones de consulta popular, con el fin de conocer las demandas relativas a la construcción, rehabilitación, ampliación y/o equipamiento de unidades de los Servicios de Salud, y así, mediante la aprobación correspondiente de la Secretaría de Planeación Programación y Presupuesto, darles respuesta.

2. Supervisar que las obras programadas y contratación, se lleven a cabo conforme al Plan Maestro de Infraestructura (PMI).

3. Integrar y mantener actualizados los proyectos de manuales de organización, procedimientos, trámites y servicios, incluyendo las unidades administrativas y órganos desconcentrados, proponerlos al Director de Planeación y una vez aprobados enviar para su validación al Director General.

4. Proporcionar capacitación y asesoría y a las diferentes áreas que conforman la

estructura orgánica de los Servicios de Salud de Nayarit para la elaboración y actualización los manuales de organización y procedimientos.

5. Realizar propuestas de modificación a la estructura orgánica y previa autorización de la Junta de Gobierno, realizar las actualizaciones en manuales y documentos administrativos, a fin de mejorar la productividad de los Servicios de Salud de Nayarit.

6. Enviar trimestralmente a la Unidad de Enlace y acceso a la Información pública,

las modificaciones a la estructura orgánica y actualizaciones al directorio de funcionarios públicos de los Servicios de Salud de Nayarit.

7. Integrar con las áreas correspondientes el Programa Estatal de Salud de Mediano Plazo con base a las políticas y normatividad que establece la Secretaría de Planeación Programación y Presupuesto y de las instituciones del sector para su autorización.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 35

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

8. Elaborar el Programa Operativo Anual del Departamento e integrarlo al de la

Dirección de Planeación de acuerdo a las normas y lineamientos establecidos. 9. Asistir a las reuniones bimestrales del Comité de Información de la Ley de

Transparencia y Acceso a la Información y dar seguimiento a los acuerdos emanados.

10. Dar seguimiento y respuesta a las solicitudes de la Coordinación de

Vinculación Social y participación Ciudadana en Salud.

11. Rendir informes al Subdirector de Planeación del avance de las actividades. 12. Las demás inherentes a su cargo y las que de manera expresa le encomiende

el superior jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 36

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO INFORMÁTICO

Objetivo

Lograr que los procesos de información y evaluación sustenten las acciones de planeación, a través de la capacitación del personal y supervisión de los procesos, para consolidar la actuación de los servicios acorde a las necesidades de la población.

Funciones

1. Diseñar y desarrollar sistemas y procesos automatizados que permitan sistematizar los procedimientos administrativos que se realizan de forma manual, facilitando así su ejecución.

2. Definir y generar en coordinación con las áreas sustantivas y de apoyo, los

proyectos de sistemas de cómputo, que contribuyan a la modernización administrativa y óptimo desempeño funcional así como la solución de problemas de soporte técnico.

3. Realizar periódicamente la revisión del equipo de cómputo, a fin de conocer las

características, grado de explotación y condiciones operativas de cada uno de los equipos que se encuentran dentro de los Servicios de Salud de Nayarit.

4. Proporcionar periódicamente el mantenimiento preventivo y correctivo de los

sistemas de información y equipos de cómputo, a través de las bitácoras de servicio de cada uno de ellos.

5. Coordinar la integración del Programa Estatal de Desarrollo Informático y

Programa Operativo Anual de los Servicios de Salud de Nayarit, en materia de Informática y lo presenta al director del área.

6. Coordinar y proporcionar la capacitación al personal para la operación de la red

estatal de cómputo, el manejo de los equipos, sistemas operativos, software de apoyo de procesos y lenguajes de programación.

7. Analizar las características de los equipos de cómputo y paquetería de procesos,

que soliciten las áreas de los Servicios de Salud, para presentarlo ante el Subcomité de Informática para su aprobación y adquisición.

8. Realizar en coordinación con el área de evaluación, la cuantificación de los impactos administrativos que han logrado los procesos automatizados y lo presenta al director del área.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 37

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

9. Implementar y coordinar el Sistema de Información para la Gerencia Hospitalaria

(SIGHO), para administrar y llevar el control de los principales procesos básicos de atención hospitalaria a nivel estatal.

10. Rendir informes al Subdirector de Planeación del avance de las actividades. 11. Las demás inherentes a su cargo y las que de manera expresa le encomiende el

el Director de Planeación o superior jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 38

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DIRECCIÓN DE ATENCIÓN MÉDICA

Objetivo Consolidar fortalecer la calidad de los Servicios de Salud del primer nivel de atención médica mediante la ejecución de planes, programas y proyectos de desarrollo institucional, en beneficio de la población abierta.

Funciones. 1. Conducir en coordinación con la Dirección de Atención Hospitalaria las

estrategias para la implementación del modelo integrado de atención a la salud, evaluar su aplicación y las adecuaciones pertinentes.

2. Lograr la mejoría en la calidad de la salud de la población, que permitan dirigir

la aplicación del Plan Estatal de Desarrollo, en materia de atención médica de primer nivel.

3. Informar al Director General todos aquellos asuntos de la competencia de su

área que por su relevancia requieran de su autorización 4. Establecer las actividades, las metas, y los indicadores en responsabilidad, y

enviar la información a la Dirección de Planeación para su validación e integración al Programa Operativo Anual,

5. Dirigir la supervisión operativa al primer nivel de atención, con la modalidad

de ser capacitante y facilitadora, acorde al Modelo Integrado de Atención a la Salud.

6. Promover la vinculación de unidades, en el sistema de servicios, a través de

un sistema de referencia efectiva de pacientes al segundo nivel de atención que permita el intercambio de información relevante.

7. Dirigir y promover acciones para la correcta aplicación del Proyecto de Salud

para los Pueblos Indígenas, con el fin de otorgar atención a los grupos vulnerables.

8. Proponer estrategias de atención a la población vulnerable, para el

establecimiento y conducción de la política estatal en materia de salud, nutrición y llevar a cabo las acciones que en materia correspondan al organismo.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 39

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

9. Coadyuvar para la incorporación y permanencia del primer nivel de atención

médica, en los procesos de la Mejora Continua de la Calidad. 10. Dirigir la gestión, integración y distribución del cuadro esencial de

medicamentos y material de curación, en el primer nivel de atención médica, de acuerdo a las necesidades y políticas del organismo.

11. Asegurar que las unidades administrativas responsables de ejecutar los

programas y actividades de formación y capacitación cumplan con los objetivos establecidos para la salud mediante el establecimiento de modelos educativos y de atención a la salud.

12. Coordinar y supervisar la elaboración e implantación de los convenios de

colaboración con las instituciones educativas para la realización del servicio social, internados de pregrado y de especialidades médicas en los Servicios de Salud de Nayarit.

13. Dirigir el cumplimiento de los convenios de colaboración que el organismo

celebre con instituciones educativas, dependencias y organismos del sector público o privado en materia de educación, capacitación e investigación.

14. Proporcionar previa autorización del Director General la información y datos

que le sean requeridos, y colaborar en el diseño e implementación del sistema de resultados operativos e impacto de los indicadores.

15. Dirigir los programas, servicios de salud y las actividades con titulares de

otras unidades administrativas, con las Instituciones y organizaciones del sector público, social y privado, relacionadas en la materia.

16. Participar con la Dirección de Planeación en la elaboración de los proyectos

de presupuestos, manuales de organización, procedimientos y de servicios de sus áreas correspondientes.

17. Promover la profesionalización del personal en su cargo, en coordinación con

la Unidad de Enseñanza, para mejorar la productividad de las unidades administrativas.

18. Rendir informes al Director General del avance de las actividades así como

de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia. 19. Las demás que de manera expresa le confiera el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 40

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

SUBDIRECCIÓN DE ATENCIÓN MÉDICA Objetivo

Asesorar, controlar y optimizar el correcto desarrollo del Modelo de Atención en Salud, en las unidades de primer nivel, mediante la evaluación de la prestación de servicios otorgados con calidad, eficiencia y equidad y en su caso proponer e implementar mecanismos que permitan lograr su cumplimiento.

Funciones

1. Diseñar las estrategias para Implementar el Modelo Integrado de Atención a la Salud, supervisar y evaluar su aplicación para proponer las adecuaciones pertinentes con el objeto de lograr la mejoría en la calidad de la salud en el primer nivel de atención.

2. Planear y programar las actividades correspondientes al área en responsabilidad e integrarlas al proyecto de Programa Operativo Anual, mismo que se envía a la Dirección de Atención Médica.

3. Dirigir la aplicación del proyecto de desarrollo institucional, en materia de

atención médica de primer nivel. 4. Asesorar a las Jurisdicciones Sanitarias en la elaboración de sus respectivos

diagnósticos situacionales, para que se trabaje de acuerdo a ellos. 5. Verificar y adecuar los mecanismos, que posibiliten a los servicios médicos

institucionales, brindar la más alta calidad en la atención y el fortalecimiento de la participación comunitaria en el desarrollo de los programas.

6. Dirigir a la incorporación del primer nivel de atención médica, a los proyectos

de la Mejora Continua de la Calidad. 7. Proponer estrategias para el establecimiento y conducción de la política

estatal en materia de salud y nutrición para la población indígena, y llevar a cabo las acciones que en materia correspondan al organismo.

8. Integrar el cuadro esencial de medicamentos y material de curación, en el

primer nivel de atención médica, de acuerdo a las necesidades del organismo y entregarlo a la Dirección de Administración para el suministro.

9. Promover la vinculación de unidades, en el sistema escalonado de servicios,

a través de un eficiente sistema de referencia y contrarreferencia de pacientes.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 41

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

10. Rendir informes al Director de Atención Médica del avance de las actividades

así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

11. Las demás que de manera expresa le confiera el Superior Jerárquico

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 42

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DEPARTAMENTO DE PRIMER NIVEL DE ATENCIÓN MÉDICA

Objetivo

Asegurar una atención oportuna y eficiente en las unidades de primer nivel en el Estado de Nayarit, aplicando el modelo integrado de atención a la salud, en beneficio de la población abierta.

Funciones

1. Vigilar la instrumentación y puesta en operación del Modelo de Atención Médica,

que asegure en primera instancia la presencia del personal suficiente e idóneo en todas las Unidades de Salud, y en un segundo momento, la suficiencia de Insumos de calidad idónea en las Unidades Médicas.

2. Sistematizar la creación de los Programas Operativos Anuales en las Jurisdicciones Sanitarias, que permitan instrumentar en forma óptima los programas y proyectos de atención médica.

3. Implementar los controles administrativos que retroalimenten a los servicios de

salud en la atención médica, en busca de dar respuesta a las necesidades sentidas de la población.

4. Desarrollar la adecuada operacionalización de las redes de servicios, que

permita certificar la actuación de los niveles formales e informales que actúan en ellas en beneficio de la población abierta.

5. Asesorar al nivel operativo del primer nivel de atención, para generar las

alternativas de solución de la puesta en marcha del proyecto de salud para los pueblos indígenas.

6. Administrar el programa de telemedicina, que acerque la atención médica

especializada a las unidades de primer nivel, donde no existe ésta.

7. Conducir la instrumentación del Sistema de Referencia Efectiva de Usuarios, que genere el flujo sin interferencias operativas, a los usuarios de la atención médica.

8. Implementar el proyecto de mejora continua de la acreditación de los

establecimientos que prestan atención médica en el primer nivel.

9. Diseñar las Guías de la Práctica Médica e instrumentar su puesta en operación entre el personal de las unidades médicas de primer nivel de atención médica.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 43

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

10. Rendir informes a la Subdirección de Atención Médica del avance de las

actividades, así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

11. Las demás que de manera expresa le confiera el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 44

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

UNIDAD DE ENSEÑANZA

Objetivo

Implementar las acciones y procesos encaminados a la enseñanza y formación de los recursos humanos para la salud, con la capacitación para el desarrollo del desempeño, mediante el otorgamiento de becas, estímulos a la calidad, así como la programación de los eventos de capacitación constante del personal de los Servicios de Salud de Nayarit.

Funciones 1. Coordinar las acciones que realicen los Servicios de Salud de Nayarit en

materia de enseñanza, capacitación, investigación, desarrollo y formación de recursos humanos, hacia la solución de las demandas que se generen en la organización y funcionamiento de los servicios de salud con alta calidad.

2. Participar, en la elaboración del Programa Operativo Anual de la Unidad de la Enseñanza referente a Capacitación e Investigación.

3. Fomentar la aplicación de la Política Estatal en Materia de Enseñanza y

Formación de Recursos Humanos en Salud, conforme a la Ley General de Salud, Programa Estatal de Salud, Sistema Nacional de Salud y demás disposiciones estatales aplicables.

4. Elaborar y llevar a efecto los programas anuales de formación y desarrollo de

recursos humanos para la salud y educación continua de acuerdo a las normas y políticas establecidas por las unidades competentes de la Secretaría de Salud Federal.

5. Supervisar la ejecución de los programas académicos y operativos en los niveles

técnicos, pregrado y postgrado, así como realizar la asignación de los campos clínicos necesarios, en base en la normatividad establecida para la enseñanza en salud.

6. Promover la investigación en el personal administrativo, técnico y profesional de

los Servicios de Salud de Nayarit, con la asesoría adecuada para la realización de los proyectos de investigación.

7. Supervisar y controlar la asignación y aprovechamiento correcto de los apoyos

presupuestales destinados a médicos en formación (pago de las becas, bibliohemerotecas, uniformes).

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 45

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

8. Efectuar el seguimiento de las actividades del Comité Estatal Interinstitucional

para la Formación, Capacitación de Recursos Humanos e Investigación para la Salud (C.E.I.F.C.R.H.I.S.).

9. Dirigir la selección e integración del material para el fortalecimiento de las

bibliohemerotecas. 10. Participar en la inscripción de candidatos para el examen nacional de residencias

médicas, realizado anualmente y dirigido por personal de la Unidad de Enseñanza en Salud.

11. Dirigir el programa de estímulos a la calidad del desempeño, para promover una

cultura de calidad en el personal de salud. 12. Vigilar el cumplimiento de los convenios de colaboración que los servicios de

salud celebren con instituciones educativas, dependencias y organismos del sector público y privado en materia de educación, capacitación e investigación en salud.

13. Gestionar ante las autoridades correspondientes las necesidades de recursos,

para el buen funcionamiento de los programas de la Unidad de Enseñanza. 14. Vigilar el cumplimiento de la normatividad aplicable a la capacitación, educación

y formación de recursos humanos en materia de salud. 15. Rendir informes al Director de Atención Médica del avance de las actividades así

como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia. 16. Las demás que de manera expresa le confiera el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 46

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DIRECCIÓN DE ATENCIÓN HOSPITALARIA

Objetivo Dirigir, coordinar y controlar la ejecución de programas que se realicen en la Red Hospitalaria y en las Unidades Medicas Especializadas, para mejorar la eficiencia operativa y proporcionar mejor servicio al usuario con calidad percibida, calidez y equidad.

Funciones 1. Informar al Director General todos aquellos asuntos de la competencia de su

área que por su relevancia requieran de su autorización y asesoría técnica a las demás unidades administrativas del organismo cuando sea solicitado.

2. Proporcionar previa autorización del Director General la información y datos

complementarios que le sean requeridos de manera intra e interinstitucional y colaborar en el diseño e implementación del sistema de retroinformación de resultados operativos e impacto de los programas y servicios de salud del organismo.

3. Coordinar sus actividades con los titulares de otras unidades administrativas y

en su caso, con las instituciones y organizaciones de los sectores público, social y privado, relacionadas en la materia que le corresponda.

4. Fortalecer técnicamente la coordinación con sus superiores dentro de la esfera

de su competencia así como a las demás unidades administrativas del organismo.

5. Participar con la Dirección de Planeación en la elaboración del Diagnóstico

Estatal de Salud, del informe anual y formular las aportaciones para la integración del Programa Operativo Anual.

6. Participar con la Dirección de Planeación en la elaboración de los proyectos de

presupuestos, reglamentos, manuales de organización y procedimientos. 7. Presentar al Director General la solicitud para contratación de los servidores

públicos que requieran para llevar a cabo el desempeño de las funciones de las unidades a su cargo, de conformidad con el presupuesto de egresos autorizado.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 47

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

8. Proponer a la Dirección de Administración las promociones, licencias y remociones del personal adscrito a la unidad a su cargo.

9. Plantear al Director Generar la creación, modificación, reorganización, fusión y desaparición de las áreas a su cargo que requieran reformar para el mejor desempeño de sus funciones.

10. Dirigir, programar, coordinar y evaluar las acciones de segundo nivel de atención

médica que se desarrollen en las unidades Hospitalarias del organismo. 11. Organizar la prestación de los servicios de Atención Medica del segundo y tercer

nivel de atención y proponer la ampliación de cobertura con proyectos viables y factibles de cumplirse.

12. Realizar estudios, investigaciones, diagnósticos de salud, para fortalecer la

Atención Medica de Segundo Nivel en las cuatro especialidades básicas de la medicina, complementarias y de apoyo derivadas de las mismas.

13. Proponer la infraestructura hospitalaria y tecnológica adecuada a la dirección de

planeación y presentarla a aprobación a Junta de Gobierno, así como sus actualizaciones e innovaciones modernas de equipamiento que exija los servicios médicos asistenciales de especialidad que permita elevar la calidad y eficiencia de las instalaciones, equipo, recursos humanos y administración efectiva.

14. Difundir las normas oficiales mexicanas que expidan las autoridades

competentes en salud y materias afines. 15. Proponer a la Dirección General la estructura orgánica y ocupacional de los

diferentes hospitales requeridos para cumplir con el Programa Estatal de Salud de segundo y tercer nivel de atención.

16. Establecer conjuntamente con la Unidad de Enseñanza del organismo, comités

internos que realicen exámenes y evaluaciones periódicas al recurso humano dedicado a la atención medica hospitalaria de segundo nivel y a los internos, residentes y prestadores de servicios, este ultimo grupo en términos de los convenios celebrados con las universidades e instituciones, publicas o privadas, dedicadas a la academia y a la investigación.

17. Proponer la creación de hospitales generales y de especialidades en los que se

establezcan el segundo y tercer nivel de atención de pacientes, de una o varias especialidades medicas quirúrgicas o medico-quirúrgicas que presta servicios de urgencias, consulta externa, hospitalización y que realicen actividades preventivas, curativas, de rehabilitación, formación y desarrollo de personal para la salud e investigación científica.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 48

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

18. Realizar proyectos conjuntos de mejora continua y actualización científica con la

iniciativa privada y con organismos públicos de carácter federal, estatal, local e internacional en la atención medica de segundo y tercer nivel que tiendan a eficientar los programas, actividades, políticas, criterios, sistemas y formas de responder a las demandas de salud de la población.

19. Regular y apoyar el desarrollo armónico de las funciones de supervisión en los

diferentes centros de atención que nos compete dirigir. 20. Evaluar el desempeño de la atención medica hospitalaria de segundo nivel y

proponer las medidas preventivas y correctivas que san necesarias para mantener grados óptimos de calidad del servicio.

21. Impulsar el programa de estímulos, premios y recompensas al personal que

destaque en el cumplimiento de sus funciones y eleve los rangos de eficiencia, eficacia, productividad y oportunidad del organismo en el rubro de la atención médica de segundo nivel tendientes a elevar la calidad profesional.

22. impulsar al personal a los estudios, investigaciones, intercambios de

experiencias, conocimientos, avances en la medicina con organismos nacionales e internacionales dedicados a la ciencia de la salud.

23. Verificar que las instalaciones, equipos y recursos materiales y humanos

destinados a la atención médica de segundo y tercer nivel estén en condiciones óptimas de uso.

24. Promover la acreditación y certificación de los hospitales integrales, generales y

de especialidades. 25. Fomentar la creación de institutos de tercer nivel destinados principalmente a la

investigación científica, la formación y desarrollo de personal para la salud y que también presten servicios de urgencia, consulta externa y de hospitalización a personas que tengan una enfermedad especifica, afección de un sistema o enfermedades que afecten a un grupo de edad.

26. Gestionar financiamiento ante los distintos niveles de gobierno, estados y

municipios, así como ante personas públicas y privadas, físicas y morales encaminados a elevar los índices de calidad en la prestación de los servicios de salud de segundo y tercer nivel con impacto social relevante y representativo.

27. Implementar el Sistema Integral de Calidad en Unidades Medicas de los

Servicios de Salud de Nayarit.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 49

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

28. Establecer un sistema de comunicación que integre a los Hospitales y Unidades

Medicas de la Red, entre si y con el resto del sistema de salud.

29. Coordinar el funcionamiento integral de la Red-Hospitalaria del Organismo.

30. Asegurar que se apliquen los criterios que difunda la Unidad de Asuntos Jurídicos, así como consultarla cuando éstos impliquen cuestiones jurídicas y proporcionarle la información que le solicite.

31. Rendir informes a la Dirección General de los Servicios de Salud de Nayarit

del avance de las actividades así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

32. Las demás que de manera expresa le confiera el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 50

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DEPARTAMENTO DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN MÉDICA

Objetivo

Coordinar y Fortalecer la planeación, programación, organización, presupuestación, evaluación y mejora continua de los servicios de atención hospitalaria y unidades especializadas en los Servicios de Salud de Nayarit, que se reflejen en una atención oportuna, segura y de calidad, percibida por los usuarios.

Funciones 1. Adecuar y validar los objetivos y políticas centrales de la institución, para los

hospitales y unidades especializadas. 2. Coordinar el desarrollo de estrategias que permitan fortalecer la organización del

2do. Nivel de atención médica. 3. Enterar al Director de Atención Hospitalaria de las necesidades en materia de

adquisiciones de bienes e insumos en los Hospitales y Unidades Especializadas, solicitando la asesoría técnica de la Dirección de Planeación.

4. Instruir al personal adscrito al 2do. Nivel de atención médica, a efecto de ampliar

la cobertura con servicios de salud, a población abierta en condiciones de marginación.

5. Coordinar la supervisión y acreditación del personal, para que la atención

médica hospitalaria, se otorgue en apego a la normatividad, bajo criterios de calidad y excelencia hacia la población demandante.

6. Coordinar la planeación y desarrollo de la supervisión operativa de los hospitales

y unidades especializadas de segundo y tercer nivel de atención médica. 7. Participar activamente con en proyectos operativos, a fin de implementar y

reestructurar el modelo de atención hospitalaria. 8. Llevar a cabo acciones necesarias para la acreditación de calidad de las

unidades hospitalarias enunciadas en el Sistema Integral de Calidad. 9. Rendir informes a la Dirección de Atención Hospitalaria del avance de las

actividades y los programas así como de los demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

10. Las demás que de manera expresa le confiera el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 51

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

HOSPITALES GENERALES

Objetivo

Gestionar y fortalecer la atención Hospitalaria y en Unidades Especializadas, a través de un sistema de servicios oportunos, seguros, con calidad y calidez, para restaurar la salud y limitar el daño, de tal forma que los pacientes se reintegren satisfactoriamente a su familia y a su trabajo en el menor tiempo posible.

Funciones 1. Implantar el Sistema Integral de Calidad (SICalidad) como garantía de calidad

de la Atención. 2. Elaborar y proponer a la Dirección de Atención Hospitalaria el Programa

Operativo Anual del hospital respectivo, a fin de prever los recursos y las acciones prioritarias a realizar en cada servicio y áreas de apoyo de acuerdo al análisis de morbilidad y mortalidad.

3. Simplificar los procedimientos administrativos para la atención integral de los

pacientes, en los diferentes servicios del hospital. 4. Coadyuvar a la operación del sistema de referencia y contrarreferencia de

pacientes, a través de un seguimiento adecuado de los pacientes atendidos. 5. Atender oportunamente la demanda de atención hospitalaria de los pacientes

referidos del primer nivel de atención y del servicio de urgencias, de acuerdo al Modelo Integrado de Atención a la Salud (MIDAS).

6. Mantener actualizada la plantilla de personal con la Dirección de Atención

Hospitalaria, a fin de asegurar la atención integral de los pacientes en el hospital.

7. Actualizar el Sistema Estatal de Abasto e inventario de medicamentos, material

de curación y otros insumos necesarios para el buen funcionamiento del hospital con la Coordinación de Abasto del Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales.

8. Asegurar el buen funcionamiento del equipo médico, instrumental y mobiliario, a

través del mantenimiento preventivo y correctivo.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 52

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

9. Coadyuvar con la formación de recursos humanos para la salud, como unidad de prácticas profesionales de pre y postgrado, así como apoyo a la actualización del trabajador de salud.

10. Favorecer la investigación clínica, epidemiológica y administrativa, que coadyuven a mejorar la atención y control de enfermedades.

11. Coordinar los trabajos relacionados con la elaboración y/o actualización de los

manuales administrativos y tramitar su revisión a la Dirección de Planeación. 12. Supervisar que la operación del Hospital este apegada a la normatividad

aplicable y manuales administrativos vigentes. 12. Realizar periódicamente la evaluación operativa del hospital, detectar

desviaciones y plantear alternativas de solución. 13. Rendir informes al Departamento de Segundo Nivel de Atención de la Dirección

de Atención Hospitalaria del avance de las actividades y los programas así como de los demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

14. Las demás que de manera expresa le confiera el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 53

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DIRECTOR DE HOSPITALES INTEGRALES

Objetivo

Gestionar procesos de mejora en los servicios, a través de un sistema de servicios oportunos, seguros y de calidad, para el beneficio de la población usuaria.

Funciones. 1. Integrar y solicitar su aprobación a la Dirección de Atención Hospitalaria del

Programa Operativo Anual (POA) tomando como referencia los diagnósticos de salud de los municipios de su área y hospitalización.

2. Implementar el Sistema Integral de Calidad (Si calidad) como garantía de calidad

de la Atención. 3. Realizar la evaluación de la calidad de la atención médica, identificando la

situación que prevalece: infecciones hospitalarias, mortalidad materna, vigilancia epidemiológica, expediente clínico, información estadística y suministro de insumos, detectar desviaciones y realizar su corrección inmediata.

4. Otorgar atención odontológica integral con prioridad a grupos específicos de alto

riesgo. 5. Brindar servicios auxiliares de diagnóstico a la población que lo requiera o

referida de las unidades de primer nivel de su área de influencia. 6. Detectar los problemas de salud complejos y referirlos a unidades hospitalarias

de mayor resolución. 7. Promover la participación comunitaria en acciones de salud y en obras de

saneamiento básico, así como informar y capacitar a la población para el autocuidado de salud.

8. Realizar la capacitación en coordinación con la Unidad de Enseñanza del

personal, a fin de eficientar su desempeño. 9. Mantener un sistema de abasto y optimización de los insumos, y realizar el

mantenimiento preventivo y correctivo del mobiliario y equipo médico necesarios para el funcionamiento de la unidad.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 54

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

10. Dirigir, organizar y evaluar las actividades de los servicios de atención médica,

administrativos y de apoyo del hospital, e informar a la Dirección de Atención Hospitalaria

11. Integrar el Comité Interno Hospitalario y conducir las reuniones periódicas, para

hacer democrática la dirección del hospital. 12. Vigilar la aplicación de la normatividad en cada uno de los servicios del hospital. 13. Dirigir la atención médico-quirúrgica del hospital, coordinando al personal que

interviene en cada operación. 14. Fomentar los servicios del hospital en los Comités de Salud y Unidades de

Segundo Nivel de Atención de su área de influencia para el mejor conocimiento de los servicios de salud.

15. Coadyuvar a la operación del sistema de referencia y contrarreferencia, a través

e un seguimiento adecuado de los pacientes atendidos. 16. Aplicar los criterios que difunda la unidad de Asuntos Jurídicos, así como

consultarla cuando los asuntos impliquen cuestiones jurídicas y proporcionarle la información que le solicite.

17. Rendir informes al Departamento de Segundo Nivel de Atención Médica de la

Dirección de Atención Hospitalaria del avance de las actividades así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

18. Las demás que de manera expresa le confiera el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 55

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

ADMINISTRACIÓN DE HOSPITALES

Objetivo Lograr que la administración de recursos humanos, materiales, financieros, servicios generales y mantenimiento se desarrollen de manera eficiente y efectiva, coadyuvando al funcionamiento integral de los Hospitales.

Funciones 1. Implementar el Sistema Integral de Calidad (SI Calidad) para garantizar la

satisfacción por el servicio recibido. 2. Administrar los recursos humanos, financieros, materiales y servicios generales

y mantenimiento con el fin de asegurar el óptimo funcionamiento del Hospital. 3. Participar en la integración para la elaboración del Anteproyecto del Programa

Presupuesto Anual del hospital y vigilar la aplicación del mismo. 4. Gestionar los pagos y salarios del personal adscrito al Hospital, así como

conciliar los procedimientos administrativos para el otorgamiento de las prestaciones laborales a que tiene derecho.

5. Vigilar que los pagos a proveedores y acreedores por los bienes y servicios

adquiridos se realicen de acuerdo a los mecanismos establecidos para tal fin. 6. Coordinar la elaboración y actualización de reglamentos, manuales, instructivos,

y demás información indispensable para el desarrollo armónico y equilibrado de las funciones del área de su competencia.

7. Vigilar que el suministro de bienes e insumos necesarios para el buen

funcionamiento del Hospital sea oportuno y suficiente. 8. Supervisar al departamento de recursos humanos en la administración del

personal, para que la selección y contratación sea en base a los perfiles que requiera la Institución, así como de conciliar los procedimientos administrativos vigentes con las prestaciones laborales a que tienen derecho los mencionados trabajadores.

9. Evaluar y supervisar la correcta aplicación de los programas de conservación y

mantenimiento preventivo y correctivo de todos los servicios del hospital.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 56

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

10. Supervisar a través del Área de Servicios Generales, que tanto el mantenimiento preventivo como correctivo, de la planta física, maquinaria, equipo e instalaciones garanticen el funcionamiento ininterrumpido de todos los servicios del hospital.

11. Vigilar y verificar se lleve a cabo la limpieza, seguridad, vigilancia, fumigación y

desinfección del hospital, así como de participar en programas preventivos contra las emergencias.

12. Realizar oportunamente las acciones tendientes a mejorar los aspectos

administrativos del hospital, para agilizar los trámites y evitar estancias innecesarias de los enfermos.

13. Aplicar los criterios que difunda la unidad de Asuntos Jurídicos, así como

consultarla cuando los asuntos impliquen cuestiones jurídicas y proporcionarle la información que le solicite.

14. Rendir informes al Superior Jerárquico del avance de las actividades así como

de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia. 15. Las demás que de manera expresa le confiera el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 57

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

CENTRO ESTATAL DE CANCEROLOGÍA Objetivo Programar, organizar, controlar y evaluar la operatividad y desarrollo de las funciones médico administrativas del Centro Estatal de Cancerología, con el propósito de ofrecer un servicio de calidad, con eficiencia y trato humano a los pacientes.

Funciones 1. Planear, organizar, supervisar y evaluar las actividades de los programas de

atención médica, de enseñanza, capacitación e investigación, del CEC “Centro Estatal de Cancerología”.

2. Coordinar la elaboración del Programa Operativo Anual, del CEC “Centro Estatal

de Cancerología”. Y presentarlo para su validación a la Dirección del Hospital Civil “ Dr. Antonio González Guevara”

3. Implementar las acciones del Sistema Integral de Calidad en el CEC “Centro

Estatal de Cancerología”. 4. Planear las actividades con las diferentes áreas de consulta externa para la

mejor atención de los usuarios. 5. Impulsar y fortalecer la calidad en el mejoramiento de los servicios del CEC

“Centro Estatal de Cancerología”. 6. Convocar y presidir reuniones con los jefes de las diferentes áreas y servicios

del CEC, a fin de analizar la problemática de cada una de las áreas y definir alternativas para solucionarlas.

7. Integrar los informes respectivos solicitados por las diversas instancias de los

Servicios de Salud de Nayarit y Gobierno del Estado. 8. Supervisar el ejercicio óptimo del gasto que se desarrolle en el CEC “Centro

Estatal de Cancerología”. 9. Supervisar las actividades del personal médico, paramédico, y administrativo

para verificar la calidad de la atención a la población. 10. Asistir a reuniones intersectoriales convocadas por los Servicios de Salud de

Nayarit.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 58

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

11. Cumplir y hacer cumplir las políticas y normas para la elaboración y evaluación

de los programas asistenciales, docentes, de investigación, científica y de administración que mejoren la prestación de los servicios en oncología.

12. Firmar convenios de colaboración con el Director del Hospital Civil “ Dr. Antonio

González Guevara” para brindar una atención integral a los usuarios. 13. Actualizar cuando sea necesario el Manual de Organización del Centro Estatal

de Cancerología en coordinación con la Dirección de Planeación.

14. Rendir informes a la Dirección de Atención Hospitalaria del avance de las actividades así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia, y;

15. Las demás que de manera expresa le confiera el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 59

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

UNIDAD DE CIRUGIA AMBULATORIA Objetivo Coordinar que las actividades que se realizan en los diferentes áreas de la Unidad, para que se den en forma organizada, coordinada y sistematizada, y brindar una atención médica integral y oportuna a la población demandante.

Funciones 1. Dirigir, coordinar y evaluar las acciones de protección social en salud con base

a la política estatal definida.

2. Organizar, coordinar y supervisar la prestación de los servicios que proporciona la unidad.

3. Definir estrategias de difusión y promoción a la población abierta de los

servicios hospitalarios que brinda la unidad. 4. Negociar los convenios de subrogación de servicios con instituciones del sector

salud con apoyo de la Unidad de Asuntos Jurídicos.

5. Vigilar la administración óptima de los recursos humanos, materiales y financieros asignados a la unidad.

6. Promover en el personal las normas y lineamientos aplicables para la

prestación de los servicios ofertados y vigilar su correcta aplicación. 7. Vigilar que la unidad en su conjunto, funcione con apego a indicadores de

eficiencia productividad y calidad. 8. Rendir informes a la Dirección de Atención Hospitalaria del avance de las

actividades así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

9. Las demás inherentes a su cargo y las que de manera expresa le encomiende

el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 60

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DEPARTAMENTO DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS

Objetivo

Proporcionar los elementos necesarios en las unidades médicas del estado, la implementación de las líneas de acción, los programas y estrategias, que garanticen la calidad en la prestación de los servicios de salud y la satisfacción de los usuarios. Asimismo proponer los proyectos estratégicos derivados del análisis con base en los resultados obtenidos.

Funciones

1. Establecer en las unidades médicas y administrativas, la implementación de estrategias del Sistema Integral de Calidad (SICalidad) de los Servicios de Salud.

2. Evaluar y analizar la implantación de los programas y estrategias, orientadas a

mejorar la calidad en los servicios prestados. 3. Asesorar a los Directores de Hospitales, Directores de Hospital Integrales,

Unidades Médicas en la realización de proyectos estratégicos, que mejoren la calidad de la atención médica

4. Implementar en coordinación con la Unidad de Enseñanza un programa de

capacitación para la cultura de Calidad en la Atención integral del usuario, en el marco filosófico del Desarrollo Humano para todo el personal de los Servicios de Salud.

5. Participar en el Subcomité de Salud a través del grupo técnico de Mejoría de la

Calidad de la atención en salud. 6. Coordinar el Comité Estatal de Calidad para el mejor desempeño del Sistema

Estatal de Salud en beneficio de los usuarios. 8. Coordinar el Comité Institucional de Calidad para el mejor desempeño de los

Servicios de Salud de Nayarit. 9. Elaborar un programa anual de trabajo con el equipo de líderes de calidad y

presentarlo para su aprobación a la Dirección de Atención Hospitalaria. posteriormente enviarlo a los líderes para su ejecución.

10. Coadyuvar en el establecimiento y operación de las unidades demostrativas de

calidad, con la intención de orientar al personal de otras unidades.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 61

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

11. Inducir a las unidades de salud a establecer e implementar el sistema de

información, educación y comunicación en la cultura de la calidad en atención médica.

12. Participar en las capacitaciones ordinarias por los responsables de los

programas sustantivos con temas de calidad de la atención 13. Elaborar estrategias para la prestación de servicios de salud con equidad y

calidad homogénea en zonas indígenas, rural y urbano-marginada. 14. Coadyuvar con toda la estructura orgánica en la programación PROCEDES para

su difusión y conocimiento en el Estado. 15. Participar en el Subcomité de Salud a través del grupo Técnico de Calidad de la

Atención. 16. Rendir informes a la Dirección de Atención Hospitalaria del avance de las

actividades y los programas así como de los demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

17. Las demás que de manera expresa le confiera el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 62

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DIRECCIÓN DE ENFERMERÍA

Objetivo

Coordinar la función administrativa, docente, gerencial de asistencia e investigación del personal de enfermería de cualquier nivel de atención, coadyuvando con ello al logro de la misión y visión de los Servicios de Salud en Nayarit.

Funciones 1. Promover, coordinar y realizar la evaluación de programas y servicios de

enfermería, para establecer a través del control acciones correctivas oportunas y precisas.

2. Participar en las políticas emanadas de la Secretaría de Salud Federal y de los

Servicios de Salud de Nayarit, en lo que compete a Enfermería en la promoción y prevención específica de atención a la salud.

3. Impulsar la profesionalización y certificación del personal de Enfermería en el

Estado, así como participar en el proceso administrativo de la selección del recurso humano de enfermería.

4. Fortalecer el desarrollo de los programas y actividades de capacitación,

adiestramiento y servicio social de los profesionales, técnicos y auxiliares del área de enfermería, permitiendo con ello una sólida formación de este recurso.

5. Impulsar el sistema de evaluación de la calidad de atención de Enfermería en el

primer y segundo nivel de atención con la finalidad de decidir y actuar oportunamente ante situaciones inadecuadas y reforzar las adecuadas.

6. Planear y desarrollar, dirigir y evaluar los servicios de enfermería que se

proporcionen en el estado en los términos de la legislación correspondiente con el propósito de lograr la satisfacción de los usuarios, del personal y de la Institución.

7. Supervisar permanentemente el desempeño de enfermería en los diferentes

programas, modelos de atención, indicadores de calidad y vigilar se establezcan medidas correctivas para lograr la acreditación y certificación de unidades médicas.

8. Participar en el comité de evaluación de estímulos a la calidad del desempeño del

personal de enfermería, en apego a criterios establecidos.

9. Impulsar la organización de eventos científicos que desarrollen permanentemente la enfermería y con ello sean elementos de garantía en la atención que se otorga.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 63

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

10. Impulsar investigación, incentivando la elaboración de trabajos científicos de investigación que transformen la práctica de la disciplina enriqueciendo y compartiendo experiencias.

11. Fortalecer la presencia de Enfermería en la integración de grupos para el

establecimiento de redes interinstitucionales que favorezcan la comunicación, coordinación y desarrollo de la enfermería en el Estado.

12. Impulsar los protocolos de investigación para el fortalecimiento de la Enfermería

Mexicana, elaborando y presentando proyectos de mejora para el personal directivo de enfermería, y actuar en consecuencia ante las necesidades reales y potenciales de los Servicios de Salud .

13. Elaborar un diagnóstico de enfermería estatal y plan estratégico que permita

contar con un modo organizacional de enfermería. 14. Fomentar en coordinación con la Dirección de Administración y Unidad de

Enseñanza, la profesionalización del personal de enfermería, para aumentar la productividad de los recursos humano mediante la capacitación, gestión de becas, licencias y estímulos financieros.

15. Establecer mecanismos de coordinación con escuelas y facultades de enfermería,

para fortalecer las políticas educativas que precisen niveles, funcionamiento y lineamientos de apertura establecidos por el sistema educativo en el estado.

16. Supervisar la adecuada promoción del recurso humano de enfermería, para

favorecer la satisfacción laboral y los entornos favorables para la práctica. 11 17. Participar con la Dirección de Planeación en la elaboración del Diagnóstico Estatal

de Salud, del informe anual, proyectos de presupuestos, reglamentos y los manuales de organización, de procedimientos y de servicios de enfermería formular las aportaciones para la integración del Programa Operativo Anual.

18. Participar en la planeación y ejecución de cursos de introducción al servicio social

para pasantes de enfermería nivel profesional y técnico, otorgando con ello las condiciones para su mejor desempeño.

19. Rendir informes a la Dirección General de los Servicios de Salud de Nayarit del

avance de las actividades así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

20. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 64

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DIRECCION DE SERVICIOS DE SALUD Objetivo

Contribuir con el sistema estatal de salud, para garantizar los servicios básicos de salud pública, con mayor equidad en sus prestaciones, eficacia en su gestión y efectividad en sus acciones, y con ello lograr la satisfacción de las necesidades de salud en la población de la entidad.

Funciones

1. Asegurar que las normas oficiales se difundan en el sistema estatal de salud y

se cumplan en relación a la investigación para la salud, especialmente la que se desarrolle en seres humanos.

2. Coordinar las actividades integrales para crear y fortalecer en la población las

oportunidades para mejorar, conservar y proteger su salud física, mental y social, a través de la comunicación educativa, la educación para la salud y la participación social organizada y corresponsable.

3. Dirigir y analizar el desarrollo de las líneas estratégicas de promoción de la

salud y la investigación operativa dentro de los programas de salud pública. 4. Planear las líneas de investigación en materia de promoción de la salud, en

coordinación con las unidades administrativas competentes, que correspondan a prioridades estatales de salud.

5. Propiciar el cumplimiento de las acciones de la Red Estatal de Municipios por la

Salud y apoyar el desarrollo de sus funciones con información relevante, capacitaciones y asistir a las reuniones.

6. Difundir y evaluar las políticas y estrategias contenidas en el Programa Estatal

de Salud Reproductiva a nivel intra e interinstitucional. 7. Propiciar el desarrollo de las investigaciones dirigidas a identificar los

problemas que alteran la salud reproductiva de la población, a fin de ampliar los conocimientos sobre sus causas y las estrategias para su prevención, curación y atención efectiva, en coordinación con las unidades administrativas.

8. Promover en coordinación con la unidad administrativa competente, la

realización de proyectos de investigaciones en materia de adicciones y salud mental.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 65

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

9. Dirigir y analizar los programas de adicciones, salud mental y atención y control

de trastornos mentales y neurológicos y establecer los mecanismos necesarios para mantenerlos actualizados.

10. Presentar las medidas de coordinación y cooperación con los comités

municipales contra las adicciones, para la eficaz ejecución de los programas en materia de adicciones y salud mental.

11. Apoyar la creación de instituciones que atiendan problemas relacionados con

las adicciones y la salud mental por los sectores públicos, social y privado.. 12. Analizar la información generada en la aplicación de la política estatal en

materia de atención a la salud del adulto y del anciano, de prevención y control de enfermedades transmisibles y no transmisibles y de accidentes, de atención de urgencias epidemiológicas y desastres, de prevención y tratamiento de la salud bucal.

13. Presentar al Director General para su aprobación los programas de actividades

para el control de accidentes, atención de urgencias, desastres y vigilancia epidemiológica así como dirigir y darles seguimiento.

14. Asegurar que el Catalogo Estatal de Fauna Vectorial y de otros artrópodos se

mantenga actualizado, para prever que surjan posibles problemas sanitarios de la Entidad y en su caso proponer acciones conducentes para su control.

15. Evaluar programas de actividades para el control de las enfermedades

transmisibles por vectores de otros artrópodos y zoonosis mediante el analisis de los informes y reportes, identificando la incidencia de casos y ejecutar las acciones para su control.

16. Fungir como Secretario Técnico del Consejo Estatal de Vacunación, así como

del Consejo Estatal para la prevención y control del Síndrome de la inmunodeficiencia Adquirida.

17. Coordinar con las instituciones del sector salud las acciones en materia de

vacunación para toda la población residente en el Estado de Nayarit y presentar informe trimestral al Director General y al Consejo Estatal de Vigilancia Epidemiológica.

18. Establecer comunicación con el sector educativo para la promoción de las acciones que propicien una cultura de prevención sobre salud sexual entre la población adolescente.

19. Coordinar y vigilar con las instituciones publicas y no gubernamentales el

desarrollo de las políticas y estrategias nacionales en materia de prevención, atención y control de infecciones por el virus de la inmunodeficiencia humana,

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 66

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

el síndrome de la inmunodeficiencia adquirida y las infecciones de transmisión sexual, así como el programa operativo en esta área.

20. Asesorar técnicamente a sus superiores y a las demás unidades

administrativas del organismo cuando sea solicitado. 21. Proporcionar previa autorización del Director General, la información y datos

complementarios, que le sean requeridos de manera intra e Interinstitucional y colaborar en el diseño e implementación del Sistema de retroinformación de resultados operativos e impacto de los programas y servicios de salud del organismo.

22. Apoyar técnicamente la desconcentración de las funciones y la modernización

administrativa de los servicios de salud. 23. Proporcionar la información necesaria a la Dirección de Planeación en la

elaboración de los proyectos de presupuestos, reglamentos y los manuales de organización, de procedimientos y de servicios de sus áreas.

24. Proponer a la Dirección de Administración las promociones, licencias y

remociones del personal adscrito a la unidad a su cargo. 25. Asegurar que se apliquen los criterios que difunda la unidad de Asuntos

Jurídicos, así como consultarla cuando los asuntos impliquen cuestiones jurídicas y proponerle la información que le solicite.

26. Rendir informes al Director General del avance de los programas así como de

las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia. 27. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 67

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

SUBDIRECCIÓN DE EPIDEMIOLOGÍA Y MEDICINA PREVENTIVA

Objetivo

Cumplir con las funciones prioritarias de prevención contención y control de enfermedades infecto-contagiosas y crónicas degenerativas, desarrollando las intervenciones del paquete básico de servicios de salud, acorde al modelo de atención a la salud para población abierta; a fin de disminuir la morbilidad y mortalidad en el Estado.

Funciones

1. Supervisar que los departamentos implanten y fortalezcan las medidas de prevención de las acciones encaminadas a la vigilancia epidemiológica y de control de enfermedades.

2. Revisar y validar la información que surge de la vigilancia epidemiológica, y en

base a esto plantear al director del área las acciones prioritarias en materia de salud.

3. Evaluar las acciones de los departamentos a través de los indicadores de los

programas y así detectar avances e informar a su jefe inmediato, o en su caso tomar las medidas necesarias para su corrección.

4. Supervisar la capacitación al personal de los Servicios de Salud acerca de los

programas prioritarios, así mismo coordinar la difusión de la normatividad correspondiente a las jurisdicciones sanitarias.

5. Coordinar con los departamentos la elaboración del programa anual de

actividades y presentarlo al director del área. 6. Coordinar con los departamentos la programación y presupuestación de los

insumos necesarios para el desarrollo de las actividades prioritarias de Prevención y Control de Enfermedades.

7. Coordinar a los departamentos en la elaboración del diagnóstico de salud,

instrumento primordial en la toma de decisiones para disminuir los índices de mortalidad y morbilidad; y desarrollar las acciones de medicina preventiva, epidemiología y promoción de la salud en el ámbito estatal, jurisdiccional municipal y local.

8. Mantener la coordinación interinstitucional para la programación y realización

de acciones sectoriales respecto a programas de medicina preventiva, vigilancia epidemiológica y promoción de la salud.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 68

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

9. Rendir informes al Director de Servicios de Salud del avance de los programas,

así como de las demás que le solicite en el ámbito de su competencia. 10. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 67

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DEPARTAMENTO DE MEDICINA PREVENTIVA Objetivo Atender las prioridades de prevención de enfermedades en el estado a través de programas prioritarios como son atención a la salud del niño, atención a la salud del adulto y del anciano, micobacteriosis, VIH-SIDA y otras infecciones de transmisión sexual y salud bucal; a fin de disminuir la morbilidad la mortalidad y brotes epidémicos.

Funciones 1. Coordinar con las jurisdicciones sanitarias la elaboración de los programas de

prevención y control de las enfermedades para su programación y presupuestación.

2. Participar en la elaboración del diagnóstico de salud estatal, jurisdiccional y

municipal, mediante la validación de la información derivada de sus programas.

3. Gestionar previa autorización del director de área ante la dirección

administrativa el abastecimiento de insumos y equipos para los programas prioritarios.

4. Coordinar dentro de las unidades de salud la realización del modelo de

investigación operativa para la mejora de los programas prioritarios.

5. Coordinar y apoyar por medio de asesoría y recursos el buen funcionamiento de los Centros Estatales de Capacitación para la atención integral de la Salud del Niño y del Adulto.

6. Mantener la coordinación con los demás departamentos de la Dirección de Servicios de Salud, para el reforzamiento de estrategias y actividades de intervención de programas de salud.

7. Supervisar , validar y enviar a nivel central federal la información recibida de las

jurisdicciones en relación a los programas de salud que se desarrollen,

8. Realizar evaluaciones operativas de los programas del departamento con la periodicidad e indicadores establecidos para detectar el avance y cumplimiento y proponer alternativas para su corrección y validación.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 68

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

9. Coordinar con las unidades de salud la ejecución de los programas, mecanismos

y estrategias para prevenir y controlar el V.I.H./SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual, así como de los programas de micobacteriosis, salud del niño, adulto y anciano, salud bucal en la población del estado de Nayarit.

10. Convocar y organizar las reuniones que celebre el Consejo Estatal para la

prevención y control del VIH/SIDA (COESIDA), así como evaluar y dar seguimiento a los acuerdos generados.

11. Convocar y organizar las reuniones que celebre el Consejo Estatal de Prevención

y Tratamiento del Cáncer de la Infancia y Adolescencia. 12. Rendir informes al Subdirector de Epidemiología y Medicina Preventiva del

avance de los programas así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

13. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 69

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DEPARTAMENTO DE EPIDEMIOLOGÍA Objetivo

Disminuir los riesgos epidemiológicos, a través de la vigilancia de padecimientos, eventos y situaciones de emergencias y desastres, que ponen en riesgo la salud de la población.

Funciones 1. Concentrar, analizar y difundir la información que generan el Sistema

Estadístico y Epidemiológico de las Defunciones (SEED) y el Sistema Único para la Vigilancia Epidemiológica (SUIVE); a las jurisdicciones, responsables de programas y nivel central federal en los periodos establecidos

2. Evaluar el desempeño de los programas de morbilidad, mortalidad y sistemas

especiales (EFE’S, PFA, tétanos neonatal y defectos del tubo neural) a través de los indicadores establecidos.

3. Realizar análisis de la información periódicamente para toma de decisiones por

los superiores jerárquicos. 4. Supervisar, evaluar y asesorar al personal de salud en la ejecución del sistema

de vigilancia epidemiológica y del programa cólera en las jurisdicciones sanitarias y unidades de salud a través de una cedula de supervisión integral que generen acciones de corrección y mejora.

5. Elaborar y actualizar periódicamente los boletines epidemiológicos de morbilidad

y mortalidad así como los canales endémicos, para difundir la información epidemiológica que generen acciones de prevención y control.

6. Apoyar y asesorar al sector salud en el análisis e interpretación de la

información epidemiológica generada por el SUIVE. 7. Informar oportunamente al superior inmediato de cualquier brote epidémico o

desastres de cualquier naturaleza que pongan en riesgo la salud de la población en la entidad y garantizar una respuesta inmediata, a través del Comité Estatal de Seguridad en Salud.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 70

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

8. Asesorar, supervisar y recomendar al sector público y privado en la aplicación

de la normatividad técnica emitida por la Secretaría de Salud Federal, en materia de vigilancia epidemiológica, atención de desastres y cólera.

9. Organizar las reuniones que celebre el Consejo Estatal de Vigilancia

Epidemiológica y del Comité de Emergencia Sanitaria así como evaluar y dar seguimiento a los acuerdos generados.

10. Colaborar y Mantener comunicación intrainstitucional e interinstitucional

permanente para realizar programas y acciones en materia de salud pública. 11. Participar conjuntamente con la Subdirección de Calidad y Educación en Salud,

Departamento de segundo nivel de atención medica y Laboratorio Estatal de Salud Pública en el programa de infecciones nosocomiales

12. Informar trimestralmente al Subdirector de Epidemiología y Medicina Preventiva

del avance de los programas así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

13. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 71

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DEPARTAMENTO DE PROMOCIÓN A LA SALUD

Objetivo

Ejercer una rectoría fortalecida a fin de cumplir a plenitud la función de la promoción de la salud como eje impulsor e integrador de los programas de salud pública y como soporte del sistema de protección social en salud; modificar los determinantes de la salud a través de los servicios o programas de promoción de la salud. Reflejando los resultados de sus acciones en la mejoría de la calidad de vida, el bienestar físico, mental y la independencia funcional de las personas.

Funciones

1. Desarrollar aptitudes personales para la salud proporcionando información y las herramientas necesarias para mejorar los conocimientos, habilidades y competencias necesarias para la vida.

2. Desarrollar entornos favorables impulsando el autocuidado personal y familiar, así

como el del medio ambiente. 3. Impulsar la participación y la organización comunitaria a través de los comités de

salud y del pueblo en general en el establecimiento de prioridades, en la toma de decisiones y la elaboración y ejecución de acciones para alcanzar un mejor nivel de salud.

4. Fortalecer los servicios del sector salud para que la función curativa trascienda y

ejecute acciones de prevención y promoción de la salud. 5. Impulsar políticas públicas saludables a través del Componente de Participación

Municipal, con la finalidad de sensibilizar a las autoridades municipales e incluyan a la salud como una prioridad dentro de su gobierno.

6. Fortalecer la coordinación permanente y eficaz con las diferentes áreas de los

Servicios de Salud (Atención Médica, con las Subdirecciones de Medicina Preventiva Y Epidemiología, Subdirección de Prevención y Control de Enfermedades, Regulación Sanitaria; etc.)

7. Así como las diferentes Instituciones del Sector Salud (DIF, ISSSTE, IMSS, etc.)

con la finalidad de realizar acciones conjuntas y coordinadas de prevención y promoción de la salud y lograr mayor cobertura e impacto deseado; reflejándose en el cambio de cultura en salud de la población en general y en la demanda de los servicios de salud en acciones preventivas.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 72

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

8. Coordinar y promover la participación en acciones de prevención y promoción de la salud con los diferentes organismos públicos, privados y sociales.

9. Diseñar modelos de capacitación de promoción de la salud acorde a los cambios y

exigencias del programa, con la finalidad de desarrollar y ofrecer modelos de enseñanza actualizados y prácticos que permitan al personal de salud realizar con mayor calidad las actividades; así como el diseño y producción de material gráfico, electrónico, etc.; adecuado a las necesidades de la población (tomando los factores sociales y culturales) y los problemas epidemiológicos de cada región del estado.

10. Realizar metas de los programas de promoción de la salud conjuntamente con los

Coordinadores (as) de la Promoción de la Salud Jurisdiccionales, así como los programas anuales de cada uno de los componentes de promoción de la salud.

11. Supervisar, evaluar y asesorar periódicamente a las Jurisdicciones Sanitarias,

Coordinaciones Municipales la operación y avance de los programas de promoción de la salud.

12. Elaborar y enviar informes en los diferentes niveles (Subdirección

correspondiente, Dirección de los Servicios de Salud, Dirección General, Nivel Federal, Jurisdicciones Sanitarias, etc.) de avances, acciones relevantes y evaluaciones de cada uno de los problemas.

13. Otras acciones que sean demandadas y necesarias por los programas de salud,

así como de instituciones de salud, otros organismos públicos, privados o sociales y las encomendadas por los superiores.

14. Informar trimestralmente al Subdirector de Epidemiología y Medicina Preventiva

del avance de los programas así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

15. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 73

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

SUBDIRECCION DE PREVENCION Y CONTROL DE ENFERMEDADES Objetivo

Consolidar la prevención y control de enfermedades, a través de la atención a la salud mental, la planificación familiar, la atención materno infantil y el control de los vectores y zoonosis, a fin de disminuir la morbilidad en la población de riesgo.

Funciones

1. Analizar la información que generan los programas del área, que sean responsabilidad de la subdirección e informar a su jefe inmediato.

2. Implementar medidas correctivas a las desviaciones detectadas en la

evaluación y dar seguimiento periódico a su cumplimiento. 3. Supervisar que los centros de salud y hospitales, realicen acciones de

capacitación del personal y fomento a la participación comunitaria en el desarrollo de estos programas.

4. Fomentar la investigación operativa, a fin de desarrollar métodos para el control

de enfermedades en coordinación con las jurisdicciones sanitarias. 5. Colaborar en la elaboración del programa operativo anual en el área de su

competencia. 6. Vigilar el suministro de insumos necesarios para el desarrollo de los programas

prioritarios de su área. 7. Mantener comunicación permanente con los responsables de los programas

prioritarios y el director de Servicios de Salud, a fin de retroalimentar el desarrollo de los programas.

8. Rendir informes al Director de Servicios de Salud del avance de los programas

así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia. 9. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 74

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DEPARTAMENTO DE SALUD REPRODUCTIVA Objetivo

Otorgar información y servicios de salud reproductiva a la población para disminuir la morbilidad y mortalidad materna y perinatal, así como contribuir a regular en forma armónica el crecimiento de la población y disminuir los embarazos no deseados sobre todo en adolescentes. Otorgar promoción, detección y atención a las mujeres que son víctimas de la violencia.

Funciones

1. Participar en la elaboración del diagnóstico de salud estatal, jurisdiccional y coordinaciones, mediante la validación de la información en materia de salud reproductiva.

2. Elaborar el Programa Operativo Anual del departamento y proponerlo a la

Subdirección de Prevención y Control De Enfermedades para su validación. 3. Aplicar, difundir y vigilar el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas en la

ejecución de los programas de salud reproductiva. 4. Realizar previa valoración de la Subdirección de Calidad y Educación en Salud

del área de Salud Reproductiva e Instrumentar mecanismos de capacitación y adiestramiento a prestadores de servicios en materia de salud reproductiva, para incrementar su eficiencia y productividad.

5. Promover acciones de información y comunicación educativa y social, en

coordinación con el área de Promoción a la Salud, a través de diversos medios que promueven actividades y prácticas de Salud Reproductiva en la población.

6. Promover la coordinación intersectorial para conjuntar esfuerzos para lograr los

objetivos de los programas que ejecuta el departamento. 7. Capacitar y proveer insumos para su operación y funcionamiento “SI MUJER ” de

clínicas de Tuxpan, Acaponeta, Santiago e Ixtlán del Río y Hospital General “ Dr. Antonio González Guevara “ y en el Hospital General “ Reynaldo Saucedo y Andrade ” de San Francisco, Nayarit.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 75

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

8. Capacitar al personal responsable del MATER (Modulo de Atención al

Embarazo de Alto Riesgo) del estado, Para que brinden atención especializada al embarazo de alto riesgo.

9. Evaluar periódicamente la información que genera el SIS ( Sistema de

Información en Salud )el avance en cobertura, calidad e impacto en la población, de las acciones de salud reproductiva; sus desviaciones y alternativas de solución.

10. Promover acciones de planificación y comunicación educativa y social, a través

de diversos medios de comunicación, que promoverán actividades y prácticas de Planificación Familiar entre la población que favorezcan una cultura de salud sexual en la población adolescente.

11. Difundir al personal de salud el manual de capacitación de “ Prevención y

Atención de la Violencia Familiar, Sexual y Contra las Mujeres” que permita contar con un personal sensibilizado que oriente y asesore a las mujeres que sufren de violencia.

12. Identificar e incorporar nuevas tecnologías y métodos exitosos de planificación

familiar en los Servicios de Salud del Estado, que permitan mejorar la atención de usuarias.

13. Informar al Subdirector de Prevención y Control de Enfermedades del avance de

los programas así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

14. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 76

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DEPARTAMENTO DE CANCER CERVICO UTERINO Y CANCER MAMARIO Objetivo

Abatir la mortalidad por cáncer cérvico – uterino y cáncer mamario en el estado, a través de las acciones de detección oportuna y tratamiento radical de los casos, para mejorar la calidad de vida de las mujeres.

Funciones

1. Coordinar con las jurisdicciones sanitarias y hospitales del estado la ejecución del Programa de Detección y Atención del Cáncer Cérvico-Uterino y Mamario.

2. Realizar talleres de sensibilización del personal directivo y operativo, sobre las

actividades de prevención y control del Cáncer Cérvico-Uterino y Mamario. 3. Diseñar estrategias de promoción de programas dirigidos a mujeres de mayor

riesgo, previo visto bueno del superior jerárquico y coordinarse con el Departamento de Promoción de la Salud para su difusión.

4. Elaborar un modelo de capacitación para formar promotores de la prevención y

control del Cáncer Cérvico-Uterino y Mamario a nivel estatal. 5. Supervisar que las unidades de salud realicen y envíen periódicamente al

laboratorio estatal de citologías del Centro de Salud Juan Escutia las muestras Cérvico vaginales para su interpretación y entrega oportuna de resultados.

6. Supervisar que se realice el control de calidad de las muestras estudiadas por

los citotecnólogo, así como de su productividad de acuerdo a la norma oficial. 7. Vigilar que el laboratorio estatal de citologías entregue oportunamente los

resultados de citologías anormales, a las unidades de origen para que la paciente reciba el tratamiento adecuado.

8. Gestionar previa autorización del director de área ante la dirección

administrativa el abastecimiento de insumos y equipos para la ejecución de los programas.

9. Supervisar que las clínicas de displasias proporcionen y cuenten con los

insumos necesarios para la atención adecuada a los casos positivos para su curación.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 77

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

10. Vigilar periódicamente que se le proporcione mantenimiento preventivo y

correctivo al área física y al equipo del laboratorio de detección de cáncer cérvico-uterino y mamario.

11. Fortalecer la operación del sistema automatizado de información epidemiológica del Cáncer Cérvico – Uterino (PROCACU), procesando la información procedente de los laboratorios de citologías y de las clínicas de displasias.

12. Analizar la información que concentre el sistema ( PROCACU ) para detectar

avances y problemática con el fin de tomar decisiones y mejorar la operación del programa, así como poner a disposición del nivel federal dicha información.

13. Coordinar el desarrollo de estrategias y lineamientos que mantengan el acceso

equitativo a los servicios de detección y tratamiento del Cáncer Cérvico – Uterino y Mamario, a fin de optimizar los recursos disponibles.

14. Fomentar el desarrollo de lineamientos metodológicos para la capacitación y

adiestramiento técnico del prestador del servicio, en la toma de muestras, estudios de laboratorio y tratamiento de pacientes.

15. Informar al Subdirector de Prevención y Control de Enfermedades del avance de

los programas así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

16. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 78

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DEPARTAMENTO DE VECTORES Y ZOONOSIS

Objetivo

Lograr el control y eliminación de las enfermedades transmisibles por vectores y las zoonosis, a través de acciones tendientes a bajar la densidad de los vectores infestados, para disminuir la incidencia de estas enfermedades en la población.

Funciones

1. Programar, Coordinar y supervisar las actividades de los programas para el control de las enfermedades transmisibles por vectores de otros artrópodos y zoonosis, así como participar en la ejecución y evaluación de las acciones realizadas conforme a las normas y políticas establecidas por autoridades competentes.

2. Fomentar las acciones de control y erradicación de enfermedades transmisibles por vectores y zoonosis que con motivo del diagnóstico de salud, se detecten como problemática a nivel regional.

3. Elaborar y llevar a cabo proyectos de investigación y vigilancia de enfermedades transmisibles por vector que afecten a la salud en la entidad, así como participar en el Registro Nominal de Padecimientos.

4. Elaborar y mantener actualizado el Catálogo Estatal de Fauna Vectorial y de otros artrópodos, que surjan como posibles problemas sanitarios en la entidad y proponer las acciones conducentes para su control al Subdirector de Prevención y Control de Enfermedades.

5. Elaborar y desarrollar en coordinación con la Subdirección de Calidad y Educación en Salud los programas de capacitación, actualización y adiestramiento del personal participante, en el control de enfermedades transmisibles por vectores y zoonosis.

6. Promover e implementar reuniones mensuales de seguimiento de los programas de vectores y zoonosis con personal responsable de los niveles estatal y jurisdiccional.

7. Fomentar la motivación de la población a través de platicas y mensajes televisivos para realizar actividades que ayuden a eliminar criaderos de anofelinos y Aedes.

8. Identificar y controlar las regiones de riesgo en el estado en base a los criterios epidemiológicos, ecológicos y socioeconómicos.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 79

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

9. Informar al Subdirector de Prevención y Control de Enfermedades del avance de los programas así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

10. Elaborar el Programa Operativo Anual del departamento y proponerlo a la

Subdirección de Prevención y Control De Enfermedades para su validación. 11. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 80

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DEPARTAMENTO DE SALUD MENTAL Objetivo

Implementar los mecanismos necesarios para prevenir el desarrollo de problemas de salud mental y trastornos mentales y así mismo, reducir los índices de uso y abuso de sustancias que causan adicciones, mediante la realización de campañas y conferencias preventivas dirigidas a la población en general.

Funciones

1. Elaborar anualmente el diagnóstico de los problemas de salud mental y adicciones en el estado, a fin de orientar las acciones y recursos en esta materia.

2. Participar en la programación y presupuestación anual de los Programas de

Salud Mental y Adicciones de las jurisdicciones sanitarias. 3. Coordinar las campañas de sensibilización, difusión e información, acerca de los

factores protectores que eviten el consumo de sustancias adictivas y promuevan ambientes de estilos de vida saludables.

4. Desarrollar programas y acciones de orientación, educación y promoción de la

salud para desalentar el uso de sustancias adictivas de la población en base al modelo “Construye tu vida sin adicciones”.

5. Difundir la información sobre atención de los problemas de salud mental de la

población ante situaciones de desastres. 6. Fomentar la concertación y coordinación entre las instituciones públicas,

sociales y privadas a fin de conjuntar esfuerzos y recursos en las actividades de prevención contra las adicciones y la salud mental.

7. Coordinar la operación de los modelos de atención de salud mental para la

población abierta. 8. Mantener la coordinación con los demás departamentos de la Dirección de

Servicios de Salud para el reforzamiento de estrategias y actividades de intervención de otros programas de salud.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 81

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

9. Supervisar que la información correspondiente a los programas de salud mental

que se desarrollen en el nivel jurisdiccional, se concentre y envíe a nivel nacional de acuerdo a la periodicidad establecida.

10. Realizar evaluaciones de los programas de salud mental y adicciones en base a

la periodicidad e indicadores establecidos e informar a su inmediato superior. 11. Realizar y coordinar programas dirigidos a fumadores y consumidores de

bebidas alcohólicas, específicamente en los sectores de la población adolescente y más vulnerable, para concientizarlos de sus consecuencias y dar orientaciones para contrarrestarlos.

12. Realizar campañas intensivas, eficaces y permanentes contra las adicciones en

escuelas, a efectos de modificar los valores y actividades que fomentan el uso de sustancias que causan adicción.

13. Realizar estudios para proponer a su inmediato superior, reformas a las

disposiciones legales relativas, a la producción, comercialización y consumo de bebidas alcohólicas, tabacos y fármacos.

14. Promover en las jurisdicciones sanitarias la capacitación, formación y

actualización de recursos humanos, con programas dirigidos a la realización de acciones para prevenir, tratar y rehabilitar a la población en caso de cualquier adicción.

15. Informar al Subdirector de Prevención y Control de Enfermedades del avance de

los programas así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

16. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 82

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

JURISDICCIONES SANITARIAS

Objetivos Ejercer el control y la vigilancia sanitaria en materia de salubridad local y general en conformidad con lo estipulado por la legislación sanitaria vigente, de los bancos de sangre, de los laboratorios

Funciones 1. Coordinar los servicios de salud a nivel regional y local de las diversas

instituciones del sector, bajo esquemas progresivos de calidad, equidad, eficiencia y oportunidad; que coadyuven a elevar los niveles de salud de la población.

2. Elaborar el diagnóstico de salud de la jurisdicción y sus municipios, identificar

áreas geográficas problema y plantear alternativas de solución ante autoridades municipales y estatales.

3. Vigilar que los centros de salud y hospitales, funcionen de acuerdo al modelo de

atención a la salud para población abierta. 4. Conducir la aplicación del modelo de supervisión y de desarrollo de los servicios

en los centros de salud y hospitales. 5. Verificar que los centros de salud y hospitales funcionen de acuerdo a los

manuales de organización, manuales de procedimientos, manual de trámites y servicios públicos y otros documentos normativos vigentes de los Servicios de Salud de Nayarit.

6. Inducir a los centros de salud y hospitales a integrarse al sistema escalonado de

servicios, a través de la eficiente referencia y contrarreferencia de pacientes. 7. Elaborar y presentar los cuadros básicos y fondos fijos de medicamentos,

material de curación y otros insumos para la salud, por tipo de unidad médica. 8. Presentar la solicitud de recursos humanos de base y de servicio social, para

cubrir las necesidades de los centros de salud de acuerdo a su plantilla. 9. Coordinar los trabajos relacionados con la elaboración y/o actualización de los

manuales administrativos y tramitar su revisión por parte de la Dirección de Planeación.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 83

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

10. Supervisar que la operación de la Jurisdicción Sanitaria este apegada a la normatividad aplicable y manuales administrativos vigentes.

11. Fomentar y vigilar el desarrollo de los recursos humanos en formación para la

salud y la capacitación de los trabajadores para su desempeño. 12. Fomentar la participación de las autoridades municipales y locales, en el

desarrollo de programas de salud y de conservación de las unidades de atención médica.

13. Desarrollar las actividades de regulación sanitaria de competencia jurisdiccional y

apoyar técnicamente a las autoridades municipales en la regulación de la salubridad local.

14. Desarrollar estrategias de ampliación en la aplicación del paquete básico de

servicios de salud, hasta alcanzar la cobertura universal. 15. Rendir informes al Director de Servicios de Salud del avance de los programas

así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia. 16. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 84

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

COORDINACIÓN MUNICIPAL

Objetivos

Constituirse en un órgano de enlace técnico administrativo entre el nivel jurisdiccional y operativo, en el otorgamiento de la atención médica y de salud pública en el municipio de su responsabilidad.

Funciones 1. Difundir en el nivel operativo las normas oficiales mexicanas. 2. Supervisar en el municipio las acciones de atención médica y salud pública de

acuerdo a la normatividad establecida. 3. Apoyar las acciones de orden jurídico y de contraloría interna que le sean

aplicadas. 4. Elaborar y mantener actualizados el diagnóstico de salud y el estudio de

regionalización operativa del municipio. 5. Apoyar a la Jurisdicción Sanitaria en la elaboración anual del Plan Maestro de

Infraestructura en Salud para Población Abierta (PEMISPA) ó del Subsistema de Información de Equipamiento, Recursos Humanos e Infraestructura para la Atención de la Salud (SINERHIAS).

6. Elaborar el Programa Operativo Anual de la Coordinación Municipal. 7. Vigilar la Aplicación del Modelo de Atención en Salud para Población Abierta. 8. Coordinar la participación social en las acciones de salud con las instituciones,

autoridades municipales, autoridades tradicionales, sectores populares y organismos no gubernamentales.

9. Operar el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, en coordinación con la

Jurisdicción Sanitaria. 10. Operar el Programa de la Cruzada Nacional por la Calidad de los Servicios de

Salud. 11. Vigilar la operación del Sistema de Protección Social en Salud para Población

Abierta (Seguro Popular) en el municipio bajo su responsabilidad sanitaria, a través de la permanente filiación de familias, abasto de medicamentos, atención médica oportuna, así como mantener la cobertura de personal médico y

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 85

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

paramédico en las diferentes unidades de salud, con base en las normas, políticas y procedimientos del nivel jerárquico central.

12. Promover la coordinación institucional sectorial e intersectorial para la realización

de actividades específicas de los programas prioritarios de salud y emergencias epidemiológicas.

13. Apoyar a través de los equipos de supervisión, el adecuado funcionamiento de

las unidades de primer nivel, de acuerdo al programa elaborado conjuntamente con el nivel jurisdiccional.

14. Realizar la vigilancia sanitaria para la operación y funcionamiento de los

establecimientos de atención a la salud de acuerdo a las disposiciones administrativas, normas federales y estatales aplicables.

15. Participar en la investigación operativa que se lleve a cabo en el municipio de

problemas prioritarios de salud, de acuerdo a los lineamientos establecidos. 16. Apoyar el programa de formación y desarrollo de recursos humanos para la

salud. 17. Administrar de manera optima los recursos humanos, materiales, financieros y de

conservación y mantenimiento que le sean asignados. 18. Operar de manera adecuada el sistema de información en salud para población

abierta en el municipio. 17. Fortalecer el programa de referencia y contrarreferencia, tanto de auxiliares de

salud a unidades médicas, como de éstas a los diferentes hospitales de segundo nivel que correspondan.

18. Rendir informes al Jefe Jurisdiccional del avance de los programas así como de

las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

19. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 86

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DIRECCIÓN DE REGULACIÓN SANITARIA

Objetivo

Encauzar el control y fomento sanitario, a través de la regulación y vigilancia de la salubridad general y salubridad concurrente competencia de los Servicios de Salud de Nayarit, a fin de disminuir los riesgos sanitarios a la salud de la población.

Funciones

1. Vigilar y evaluar el cumplimiento de la Ley General de Salud, los acuerdos y los convenios de la materia, suscritos entre los Gobiernos Federal y Estatal, en materia de regulación, control y fomento sanitario.

2. Coordinar la operación del Sistema de Regulación, Control y Fomento Sanitario

de los Servicios de Salud de Nayarit, de conformidad con el Sistema Nacional de Modernización de la Regulación Sanitaria y con los programas de desconcentración territorial.

3. Coordinar, conducir, supervisar y controlar las funciones de Regulación, control

y fomento sanitario que se desconcentren, respecto a los establecimientos y actividades sujetos a control, con base en los acuerdos de desconcentración en la materia.

4. Vigilar el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas a las que se sujeta el control sanitario de establecimientos y servicios en materia de salubridad local, así como ejercer funciones de regulación, control y fomento sanitario correspondientes que le sean descentralizados.

5. Participar en la actualización permanente de las disposiciones legal, técnica y

administrativa en materia de control y fomento sanitario en el ámbito de su competencia.

6. Supervisar y evaluar la operación del Laboratorio Estatal de Salud Pública como

apoyo a la verificación y vigilancia sanitaria. 7. Impulsar el desarrollo del Centro de Información de Toxicología, como apoyo a

los servicios médicos. 8. Supervisar y evaluar la operación del Centro Estatal de la Transfusión

Sanguínea como apoyo a la atención hospitalaria.

9. Rendir informes al Director General del avance de las actividades así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

10. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 87

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

SUBDIRECCIÓN DE REGULACIÓN SANITARIA

Objetivo Lograr la coordinación funcional de los departamentos de la Dirección de Regulación Sanitaria, a través de la evaluación de los programas, a fin de dar cumplimiento a los objetivos de regulación y fomento sanitarios.

Funciones 1. Vigilar que a través de la publicidad, no se cometan fraudes a la salud de la

población. 2. Impulsar las acciones necesarias para lograr el adecuado control sanitario de las

actividades, productos y servicios, a fin de asegurar la inocuidad de los alimentos y bebidas de consumo básico, así como garantizar la seguridad en la atención médica; farmacias y auxiliares de diagnóstico.

3. Coadyuvar al mejoramiento de las condiciones de salud de la población, mediante

el desarrollo de acciones de control de salud ambiental y ocupacional. 4. Coadyuvar en la regulación sanitaria en establecimientos de atención médica,

públicos, sociales y privados con apego a la normatividad vigente en la materia. 5. Coordinar y apoyar las diferentes acciones de vigilancia epidemiológica y sanitaria

mediante la relación de estudios de laboratorio, detectando con oportunidad el o los agentes causales que alteran los alimentos y bebidas.

6. Supervisar el cumplimiento de la Ley General de Salud, reglamentos y demás

ordenamientos aplicables en los actos de disposición de sangre y sus componentes.

7. Coordinar dentro del sistema estatal de información básica en salud, la

periodicidad y características de la evaluación en materia de la regulación, control y fomento sanitario; e informar al Director de Área.

8. Supervisar la implementación de las acciones encaminadas a los programas

preventivos en salud. 9. Coordinar las actividades sobre evaluación de programas en los niveles,

jurisdiccionales y municipales. 10. Fortalecer la coordinación para las acciones de capacitación de recursos

humanos, en el ámbito de la regulación, el control y el fomento sanitario, con el

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 88

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

área de enseñanza y capacitación de los servicios de salud del estado y del nivel federal.

11. Coordinar las acciones de fomento sanitario con el área de promoción de la salud,

estableciendo un sistema común que promueva la participación de la comunidad en el cuidado de la salud.

12. Vigilar el suministro de insumos necesarios para el desarrollo de los proyectos

prioritarios. 13. Mantener comunicación permanente con los responsables de proyectos y el jefe

inmediato con el fin de fortalecerlos. 14. Integrar la elaboración de informes y dictámenes que requiera la Dirección

relacionada con el Área. 11. Rendir informes al Director de Regulación Sanitaria del avance de las

actividades así como de las demás que le solicite, en el ámbito de nuestra competencia.

12. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 89

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DEPARTAMENTO DE SALUD AMBIENTAL Objetivo Disminuir los riesgos sanitarios del medio ambiente, mediante el desarrollo de acciones de control de salud ambiental y ocupacional, para mejorar las condiciones de salud de la población

Funciones 1. Promover y supervisar el control sanitario de los establecimientos en que se

desarrollen actividades ocupacionales para vigilar el cumplimiento de la legislación sanitaria a través de las jurisdicciones.

2. Coordinar las acciones de apoyo a las funciones de regulación sanitaria,

tendientes a establecer procedimientos administrativos simplificados para el mejor control de establecimientos de alto riesgo ocupacional.

3. Coordinación de las reuniones ordinarias y extraordinarias del Grupo de Trabajo

de Saneamiento Básico cuando así se requiera, así como informar de forma inmediata de los avances de acuerdos a la Dirección de Planeación.

4. Asistir y participar en los diferentes comités de los consejos de cuencas y playas

limpias, como parte del grupo de trabajo de vigilancia sanitaria de la calidad del agua, así como informar de forma inmediata de los resultados de playas a las dependencias estatales involucradas para su pronta solución.

5. Supervisar el cumplimiento de la legislación sanitaria en los establecimientos

distribuidores y almacenadores de productos agroquímicos, detergentes, gases peligrosos, sustancias tóxicas y desechos industriales y sólidos a través de las coordinaciones jurisdiccionales de Regulación Sanitaria.

6. Coordinar y conjuntar las acciones de verificación para el cumplimiento de la

legislación sanitaria en establecimientos de diagnóstico médico con rayos X, por parte de las coordinaciones jurisdiccionales de Regulación Sanitaria, para ser remitidas a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.

7. Asesoría técnica y operativa al público en general que requiera hacer un trámite

de Licencia Sanitaria o de Responsables en las diferentes áreas del Departamento de Salud Ambiental, para a su vez ser remitidas a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y dar seguimiento a dichos trámites.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 90

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

8. Tramitar los dictámenes, ordenamientos, plazos y calificaciones de las

desviaciones a la normatividad sanitaria vigente, coadyuvando con el Nivel Federal en las actividades que corresponden a Salubridad Exclusiva.

9. Supervisar el ejercicio de las acciones de salud ambiental con las jurisdicciones

sanitarias, a efecto de apoyar a los municipios en el ejercicio de sus funciones. 10. Coordinar la evaluación del impacto de los programas en base a riesgos a la salud

de la población. 11. Supervisar, verificar y dar seguimiento a las medidas de seguridad y sanciones

administrativas aplicadas por las coordinaciones jurisdiccionales de Regulación Sanitaria a los establecimientos que correspondan al ámbito de su competencia.

12. Elaborar el programa estatal y jurisdiccional de verificaciones de establecimientos

y toma de muestra de acuerdo al padrón existente. 13. Participar en los eventos de capacitación y fomento sanitario del medio ambiente y

espacios físicos de centros de trabajo. 14. Revisar y clasificar los resultados de los análisis de laboratorio y elaborar las

notificaciones correspondientes así como direccionar acciones de saneamiento básico a través de las coordinaciones jurisdiccionales de Regulación Sanitaria.

15. Revisión y emisión de las políticas y lineamientos de los diferentes proyectos o

programas operativos llevados a cabo en las diferentes coordinaciones jurisdiccionales de Regulación Sanitaria

16. Capacitar y asesorar para el uso y manejo de plaguicidas, rodenticidas y

sustancias tóxicas y peligrosas a personal médico, estudiantes y persona que lo requiera a través del Centro de Información Toxicológica (CIT).

17. Ofrecer Inter consulta a personas agredidas por mordedura de víbora y picadura

de araña, a pacientes hospitalizados cuando así lo requiera el personal de salud que atiende a estas personas, a través del personal médico del Centro de Información Toxicológica (CIT).

18. Rendir informes al Subdirector de Regulación Sanitaria del avance de las

actividades así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

19. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 91

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DEPARTAMENTO DE CALIDAD SANITARIA DE BIENES Y SERVICIOS Objetivo Lograr el adecuado control sanitario de los establecimientos de bienes y servicios, a través del fomento y verificaciones sanitarias, con el fin de contribuir a disminuir los riesgos de las enfermedades transmitidas por alimentos en la población del estado de Nayarit.

Funciones 1. Supervisar y revisar permanentemente el padrón estatal de establecimientos de

bienes y servicios de las Coordinaciones Jurisdiccionales de Regulación Sanitaria. 2. Revisar y emitir las políticas y lineamientos de los diferentes proyectos o

programas operativos llevados a cabo en las diferentes Coordinaciones Jurisdiccionales de Regulación Sanitaria.

3. Supervisar, revisar y clasificar la información enviada de los diferentes

programas, por las Coordinaciones Jurisdiccionales de Regulación Sanitaria para su concentración estatal y seguimiento, análisis, evaluación e informar a su jefe inmediato.

4. Supervisar, verificar y dar seguimiento a las medidas de seguridad y sanciones

administrativas, aplicadas por las Coordinaciones Jurisdiccionales de Regulación Sanitaria a los establecimientos que corresponden a su ámbito de competencia.

5. Elaborar el programa Estatal y Jurisdiccional de verificaciones de establecimientos

y toma de muestras de acuerdo al padrón existente. 6. Elaborar y coordinar a nivel estatal programas intensivos para los diferentes giros

de establecimientos que conforman el padrón de bienes y servicios. 7. Participar en los eventos de fomento sanitario, capacitación del personal de salud

y trabajadores de los establecimientos de bienes y servicios. 8. Participar en los operativos programados o emergentes, dentro de su ámbito de

competencia.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 92

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

9. Verificar y dar seguimiento a los dictámenes, ordenamientos, plazos y

calificaciones de las desviaciones a la normatividad sanitaria vigente; además de coadyuvar con la autoridad federal en las actividades de acuerdo a su ámbito de competencia.

10. Establecer la comunicación y coordinación con los diferentes departamentos y

áreas, que conforman la dirección de regulación sanitaria 11. Establecer en coordinación con el departamento de epidemiología, las medidas

sanitarias en caso de alerta epidemiológica originada por el consumo de productos y/o alimentos contaminados, alterados, adulterados o fuera de especificación de acuerdo al resultado emitido por el laboratorio estatal de salud pública del estado.

12. Buscar y fomentar la coordinación interinstitucional a nivel municipal, estatal o

federal, de los diversos programas llevados a cabo en el departamento. 14. Orientar a los prestadores de servicios que así lo requieran sobre condiciones

sanitarias de establecimientos, productos y servicios de acuerdo a la normatividad vigente.

15. Rendir informes al Subdirector de Regulación Sanitaria del avance las

actividades así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

16. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 93

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DEPARTAMENTO DE REGULACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD Objetivo Vigilancia y fomento sanitarios apegado al derecho y normativa para la realización de verificaciones, capacitaciones a los establecimientos prestadores de Servicios de Atención Médica, Diagnóstico Médico y Asistencia Social de los organismos públicos, sociales y privados.

Funciones 1. Vigilar los establecimientos y personas prestadoras de Servicios de Atención

Médica, supervisando el cumplimiento de la Ley, Normas, Acuerdos Vigentes, para el mejoramiento en la calidad de los organismos públicos, sociales y privados en el estado.

2. Efectuar verificaciones médico sanitarias a los servicios y establecimientos de

atención médica de los organismos públicos, sociales y privados. 3. Establecer relación en la vigilancia sanitaria en coordinación con otras

direcciones y organismos públicos, sociales y privados. 4. Participar en la elaboración de los estudios de regionalización operativa y del

programa operativo anual (POA) del Departamento. 5. Fomentar la mejora continua de la calidad en la atención médica de los

organismos públicos, sociales y privados. 6. Establecer programas de capacitación y enseñanza para los prestadores de

atención médica. 7. Tener padrones actualizados de establecimientos públicos, sociales y privados. 8. Capacitar para descentralizar las verificaciones a las Jurisdicciones Sanitarias. 9. Atender quejas por parte de los usuarios y ejecución inmediata de acciones. 10. Aplicar la Ley, Reglamentos y Normas para que la atención a usuarios sea de

calidad. 11. Coordinar a todas las instituciones de salud para fines evaluatorios de

prestadores de servicios auxiliares al diagnóstico y tratamiento médico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 94

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

12. Realizar verificación Sanitaria continua a todos los giros del departamento. 16. Delegar la responsabilidad a las Jurisdicciones Sanitarias en su ámbito de

competencia.

17. Rendir informes al Subdirector de Regulación Sanitaria del avance los programas

así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia. 18. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 95

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DEPARTAMENTO DE CONTROL SANITARIO E INSUMOS PARA LA SALUD

Objetivo

Fortalecer el control del proceso de los medicamentos y otros insumos en función del potencial de riesgo para la salud que estos productos representan.

Funciones 1. Contribuir a mantener la calidad de los medicamentos a través de la verificación

técnica y sanitaria a los establecimientos. 2. Fomentar el uso adecuado de los medicamentos. 3. Ampliar el programa de medicamentos estupefacientes, psicotrópicos precursores

químicos, químicos esenciales, medicamentos homeopáticos y herbolarios, aplicando la normatividad vigente.

4. Orientar a los establecimientos sobre el adecuado manejo de los medicamentos

caducados. 5. Difundir la reglamentación sobre manejo y dispensación de medicamentos. 6. Difundir y reforzar el programa de Fármacovigilancia. 7. Fomentar la prescripción razonada a través de difusión de la reglamentación en

materia de medicamentos y otros insumos para la salud. 8. Promover actividades de capacitación en materia de prescripción y uso adecuado

de medicamentos. 9. Coadyuvar a eficientar la gestión de medicamentos en las instituciones públicas

de salud.

10. Vigilar y canalizar a la COFEPRIS la publicidad no ética relacionada con los medicamentos y otros insumos.

11. Rendir informes al Subdirector de Regulación Sanitaria del avance de los programas así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

12. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 96

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

CENTRO ESTATAL DE TRANSFUSIÓN SANGUÍNEA

Objetivo Asegurar la disposición de sangre y sus componentes a través de la promoción de la donación voluntaria, el estudio de la sangre para garantizar la seguridad sanguínea, la vigilancia y fomento sanitario de bancos de sangre y servicios de transfusión así como la capacitación y evaluación del personal involucrado.

Funciones 1. Coordinar y supervisar el cumplimiento de las disposiciones que en materia de

Promoción, Captación, análisis, capacitación y distribución de sangre. 2. Tener un control sanitario de la disposición de órganos, tejidos y cadáveres de

seres humanos. 3. Organizar y promover la participación del sector salud en el estado, con el fin de

orientar al médico en el uso racional de la sangre y sus componentes. 4. Dar cumplimiento a las acciones señaladas en el “Programa Estatal para

Promover la Donación Voluntaria de Sangre”. 5. Organizar y realizar la vigilancia y fomento sanitario de bancos de sangre y

servicios de transfusión públicos y privados. 6. Supervisar y vigilar el cumplimiento de la normatividad en lo relacionado al uso y

manejo de la sangre y sus componentes, aplicados con fines terapéuticos. 7. Promover la coordinación intersectorial para el intercambio de sangre e insumos

mediante la celebración de convenios. 8. Apoyar y asesorar en la interpretación y aplicación de reglamentos, normas,

técnicas, manuales de procedimientos para el adecuado funcionamiento de los bancos de sangre y servicios de transfusión en el estado.

9. Asesorar y orientar a los propietarios de establecimientos que manejan bancos de

sangre y servicios de transfusión sobre las normas y procedimientos emitidos por la Secretaria de Salud para su funcionamiento.

10. Realizar la capacitación del personal médico, químico, laboratoristas, trabajadoras

sociales y demás personal involucrado que labora en los bancos de sangre y servicios de transfusión.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 97

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

11. Elaborar los ordenamientos y dictámenes de las verificaciones a los bancos de

sangre y servicios de transfusión; así como otorgar plazos para corregir las desviaciones a la normatividad sanitaria vigente.

11. Emitir el resultado de los análisis de laboratorio de las unidades de sangre y sus

derivados. 12. Rendir informes al Subdirector de Regulación Sanitaria del avance de los

programas así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

13. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 98

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

LABORATORIO ESTATAL DE SALUD PÚBLICA

Objetivo Coadyuvar en la Calidad Sanitaria de Agua y Alimentos, así como participar en la prevención, control y detección de enfermedades y riesgos a la salud, con apoyo a los Programas prioritarios a través del Análisis Microbiológico, Fisicoquímico e Inmunológico de muestras ambientales y humanas en beneficio de la Población Nayarita.

Funciones 1. Realizar los análisis necesarios para detectar los agentes causales que alteran la

salud de la población, utilizando métodos oficiales conforme a la normatividad vigente o en su caso los aprobados por el organismo de referencia nacional correspondiente.

2. Utilizar en la realización de análisis, materiales, reactivos y equipo que cumpla

con las especificaciones técnicas requeridas por la metodología específica. 3. Emitir informes de ensayo confiables y oportunos para que se de seguimiento a

los procedimientos de Regulación Sanitaria y/o Vigilancia Epidemiológica, asegurando la confidencialidad a nuestros clientes.

4. Mantener los fondos fijos de reactivos, sustancias químicas, material de curación

cristalería, medios de cultivo, material de limpieza y papelería a fin de cumplir siempre con las demandas en materia de diagnóstico a la población Nayarita.

5. Actualizar y capacitar al personal a fin de mantener la mejora continua de nuestros

procesos. 6. Entregar los resultados de las muestras procesadas a las áreas correspondientes,

para que se de seguimiento a los procedimientos Sanitarios y Epidemiológicos iniciados y se pueda emitir un dictamen.

7. Coordinar, apoyar y autorizar técnicamente a la Red Estatal de Laboratorios. 8. Rendir informes al Subdirector de Regulación Sanitaria del avance de los

programas así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

9. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 99

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACION

Objetivo.

Consolidar el adecuado funcionamiento de los centros de salud, hospitales y oficinas administrativas de los Servicios de Salud de Nayarit, a través de la dirección de los procesos integrales de administración de los recursos humanos, materiales y financieros; a fin de optimizar su utilización.

Funciones.

1. Dirigir y controlar las acciones de infraestructura en los servicios de salud, verificar que se realicen de conformidad las políticas y lineamientos vigentes de la materia.

2. Coadyuvar a establecer normas y procedimientos administrativos, contables y de vigilancia, que permitan una administración veraz y transparente de los recursos.

3. Coordinar y dirigir la integración y consolidación del anteproyecto de presupuesto de las unidades administrativas de los Servicios de Salud de Nayarit (SSN); vigilando, el cumplimiento de las normativas vigentes.

4. Otorgar la información veraz y oportuna de los estados financieros, movimientos contables, recursos humanos e informes operativos, al Director General para la toma de decisiones oportunas.

5. Supervisar las adquisiciones, mantenimiento, conservación y almacenamiento de los insumos materiales, bienes muebles e inmuebles y suministros que requieran las unidades administrativas y operativas de los SSN, para el desarrollo de sus actividades.

6. Coordinar y supervisar la formulación de los programas anuales para la adquisición de materiales, bienes y servicios que requieren las unidades medicas y administrativas.

7. Supervisar, que los servicios de apoyo como son vigilancia, aseo, transporte, radiocomunicación, sean aplicados con eficiencia en tiempo y forma.

8. Fomentar las acciones de desarrollo infraestructura en los servicios de salud

verificando que se realicen de conformidad con las políticas, programas y lineamientos vigentes en materia.

9. Promover las condiciones necesarias para que los prestadores de servicio puedan realizar y desempeñar su trabajo con seguridad y motivación, implantando sistemas de estímulos y recompensas por la productividad, eficacia y calidad.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 100

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

10. Gestionar ante el Director General las altas, bajas y movimientos de personal

que labora para los servicios de salud de Nayarit, en base a las normativas, leyes y reglamentos vigentes.

11. Promover la aplicación de programas de capacitación, trabajos y eventos orientados a vigilar los enfoques, modalidades y técnicas del programa de modernización administrativa.

12. Validar la situación contractual entre el organismo, los servidores públicos y sindicatos, así como fijar las directrices para operar, controlar y evaluar los sistemas administrativos y desarrollo del personal de los servicios de salud de Nayarit, vigilando su permanente actualización.

13. Coordinar los trabajos de las áreas financieras y operativas para la correcta formulación del programa operativo anual vigilando la normatividad vigente, y su cabal cumplimiento.

14. Establecer los sistemas contables administrativos pertinentes que permitan una eficaz administración y un adecuado control presupuestal.

15. Vigilar la captación por cuotas de recuperación que se obtienen y su correcta aplicación.

16. Las demás que le confiera su inmediato superior.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 101

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS, CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO

OBJETIVO

Fortalecer los mecanismos de control, evaluación y seguimiento para eficientar y optimizar los recursos humanos, así como instrumentar medidas tendientes a garantizar una adecuada conservación y mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles de los Servicios de Salud de Nayarit.

FUNCIONES 1. Verificar la correcta aplicación en las acciones de selección, reclutamiento,

contratación, capacitación y desarrollo del personal de los Servicios de Salud.

2. Verificar el cabal cumplimiento a las Condiciones Generales de Trabajo y garantizar una adecuada relación laboral con los trabajadores y su Sindicato.

3. Desarrollar los mecanismos para el control interno del personal adscrito a las diferentes Unidades Administrativas para la realización y actualización permanente de la plantilla de personal.

4. Verificar y evaluar la distribución de plazas vacantes de última categoría y de los ascensos escalafonarios del personal, de conformidad con el Reglamento de Escalafón de las Condiciones Generales de Trabajo y demás normas aplicables.

5. Participar en la elaboración del Programa de Capacitación y Desarrollo de Personal Administrativo, supervisando su cabal cumplimiento, así como coadyuvar en el funcionamiento de las diversas Comisiones Mixtas contempladas en las Condiciones Generales de Trabajo.

6. Supervisar los mecanismos que permitan garantizar en tiempo y forma los pagos a los trabajadores y los terceros institucionales, verificando la correcta aplicación del Catálogo de Puestos y del Tabulador de Salarios vigentes, de acuerdo con las normas internas que los rigen.

8. Establecer mecanismos de control, seguimiento y evaluación para el manejo

adecuado de los recursos autorizados para Servicios Personales.

9. Tramitar la solicitud de recursos ante el nivel central para fortalecer el presupuesto autorizado para Servicios Personales.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 102

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

10. Supervisar los mecanismos para la integración del diagnóstico de unidades de los

Servicios de Salud para determinar las necesidades de conservación y mantenimiento.

11. Participar en la elaboración del programa operativo anual en materia de

conservación, mantenimiento y rehabilitación, de mobiliario, equipo y edificios.

12. Verificar la aplicación de la normatividad para el manejo de los recursos destinados a la conservación y mantenimiento.

13. Supervisar las acciones de conservación y mantenimiento para garantizar la

funcionalidad del mobiliario, equipo y edificios.

14. Las demás que le asigne su inmediato superior.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 103

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS

Objetivos

Planear, administrar, instrumentar y controlar que el manejo de los recursos humanos sean los adecuados, en cuanto a eficiencia y calidad, para que contribuyan al logro de los objetivos de los servicios de salud

Funciones

1. Efectuar la adecuada aplicación de la normatividad vigente en materia de reclutamiento, selección, contratación, operación de movimientos y capacitación del personal administrativo adscrito a los Servicios de Salud de Nayarit.

2. Establecer y proporcionar a los encargados de Recursos Humanos en las

Jurisdicciones, Coordinaciones Municipales y Hospitales Generales, la normatividad y las herramientas necesarias para que en forma oportuna y con eficiencia, den trámite a los movimientos de personal que se generen.

3. Validar y tramitar el pago de compensación de alto y mediano riesgo y concepto E-

4, a que tiene derecho los trabajadores que laboran en áreas infecto-contagiosas y en áreas de difícil acceso y bajo desarrollo.

4. Participar en la evaluación del personal en el desempeño del trabajo y tramitar el pago de estímulos mensuales, trimestrales, anuales, de asistencia perfecta y recompensas en base a lo dispuesto en las Condiciones Generales de Trabajo.

5. Participar con las direcciones de los Servicios de Salud en el diagnóstico de los requerimientos de recursos humanos.

6. Realizar previa valoración con la Subdirección de Calidad y Enseñanza en Salud de acuerdo a las políticas y procedimientos del área de recursos humanos, la elaboración, ejecución y seguimiento de los programas de capacitación del personal del área administrativa, para incrementar su eficiencia y productividad.

7. Participar en las comisiones mixtas de capacitación, seguridad e higiene, escalafón, para dar cumplimiento a la normatividad vigente de las Condiciones Generales de Trabajo.

8. Aplicar los mecanismos de control interno de los trabajadores adscrito a las diferentes áreas, vigilando y actualizando las plantillas de personal, registros, apertura de expedientes e Integrar el informe correspondiente.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 104

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

9. Llevar un control y actualizado de los expedientes de los trabajadores, sujetándose siempre a las normas y procedimientos para tal fin.

10. Realizar la operación y captura de los movimientos de personal para su ingreso al sistema de nómina.

11. Recepción, elaboración y control de contratos del personal eventual.

12. Rendir informes al Subdirector de Recursos Humanos, Conservación y

Mantenimiento del avance de las actividades así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

13. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 105

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DEPARTAMENTO DE NÓMINA Y PAGO.

Objetivo.

Lograr que las actividades de los procedimientos para el pago de sueldos a trabajadores, así como a terceros institucionales, se cumplan en tiempo y forma aplicando las políticas en materia del pago, a efecto de incrementar la calidad y atención a los trabajadores de los servicios de salud.

Funciones.

1. Coordinar y vigilar que en el sistema de pago de sueldos a trabajadores se apliquen las normas y políticas que emite la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

2. Fomentar las funciones de coordinación y sistematización de la nómina para que

se cumpla en tiempo y forma con el pago a trabajadores y terceros institucionales.

3. Coordinar la distribución a las jurisdicciones y hospitales de las nóminas para los

pagos de sueldos a trabajadores quincenalmente verificando que estos sean entregados en tiempo y forma de acuerdo a los lineamientos establecidos.

4. Vigilar la comprobación de nominas de pago así como la cancelación de

cheques y/o comprobantes que no procede su pago. 5. Revisar que los movimientos del personal que se aplican en el pago sean los

adecuados a la normatividad y lineamientos administrativos aplicables. 6. Analizar y solucionar los problemas de pago que se generan en el proceso de

nomina. 7. Fortalecer el control de los recursos asignados para el ejercicio del capitulo

1000, que son otorgados para ajustarlos a las necesidades de los Servicios de Salud.

8. Coordinar los pagos de los programas de Fortalecimiento de Unidades, Cuotas

de Recuperación y Programas prioritarios. 9. Analizar y tramitar la autorización de las nóminas extraordinarias de pago

cuando sean procedentes. 10. Las demás que le encomiende su jefe inmediato.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 106

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DEPARTAMENTO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO

Objetivo

Mantener en óptimas condiciones físicas, de operación y funcionamiento los bienes muebles e inmuebles de los Servicios de Salud de Nayarit, a través de la ejecución y supervisión del programa de rehabilitación y mantenimiento de mobiliario y equipo; para el mejor desempeño de los servicios.

Funciones

1. Elaborar el diagnóstico de las condiciones en que se encuentra la infraestructura física, el mobiliario y equipo médico.

2. Elaborar el programa operativo anual en materia de conservación,

mantenimiento y rehabilitación, de bienes muebles, equipo médico y edificios. 3. Atender y apoyar a las unidades médicas y administrativas, en el

mantenimiento y reparación de equipo médico, mobiliario y red fría, con recursos propios.

4. Participar en los actos de licitación y contratación de servicios de

mantenimiento y rehabilitación, de edificios, mobiliario y equipo; cumpliendo con los lineamientos normativos de la Ley de Adquisiciones y Obra Pública.

5. Coordinar y vigilar el cumplimiento de las normas, en la ejecución de proyectos

y programas de mantenimiento y conservación de bienes muebles e inmuebles propiedad de los Servicios de Salud, así como los arrendados u otorgados en administración.

6. Supervisar las acciones de conservación y mantenimiento mayor y

especializado, contratado a terceros.

7. Recibir, validar y dictaminar los trabajos de conservación y mantenimiento

mayor o especializado, contratado a terceros. 8. Las demás que le encomiende su jefe inmediato.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 107

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

SUBDIRECCION DE RECURSOS FINANCIEROS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES

Objetivo

Lograr la eficiencia en la aplicación de los recursos financieros y materiales, a través del desarrollo adecuado del programa de egresos, a fin de fortalecer el desempeño de los servicios de salud.

Funciones

1. Formular el programa anual de adquisiciones, arrendamientos y servicios, gestionando su autorización ante al subcomité respectivo.

2. Participar activamente en el comité de compras, apegándose a las funciones específicas que le marca el manual de organización y funcionamiento del Comité de adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como acatar las indicaciones que se le encomienden en cada sesión.

3. Aplicar y difundir a las jurisdicciones sanitarias y hospitales las políticas, bases y lineamientos generales en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios.

4. Proporcionar los servicios generales de acuerdo a las políticas, normas, sistemas

y procedimientos emitidos por los servicios de salud

5. Vigilar la operación de los sistemas para la supervisión y control de los servicios de intendencia, seguridad, vigilancia, correspondencia y archivo. así como el diseño, impresión, fotocopiado o elaboración del material gráfico que requieran las distintas áreas de los servicios de salud.

6. Llevar el control administrativo del parque vehicular de los servicios de salud supervisando su buen funcionamiento.

7. Coordinar la difusión de las políticas y normatividad del gasto público en materia de presupuestación entre las áreas administrativas y operativas para la integración del anteproyecto del presupuesto, así como coordinar la integración del mismo.

8. Desarrollar los mecanismos operacionales conducentes para el registro y control del ejercicio presupuestal en las unidades aplicativas de los Servicios de Salud.

9. Difundir los lineamientos para la solicitud, registro y trámite de modificaciones al

presupuesto autorizado.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 108

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

10. Supervisar los estados financieros así como sus anexos, informes y comentarios

vertidos por la Dirección de Administración.

11. Supervisar la administración de los recursos materiales, el sistema de abasto y suministro de los bienes de acuerdo a las políticas, normas, sistemas y procedimientos emitidos por los Servicios de Salud.

12. Supervisar el programa anual de abasto y suministro de bienes e insumos por

unidad operativa. 13. Coordinar la elaboración de los estados financieros, informes de presupuesto,

contables y de cuotas de recuperación que se realizan en función de los movimientos realizados en los Servicios de Salud de Nayarit.

14. Las demás que le encomiende su jefe inmediato.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 109

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS

Objetivo

Consolidar el ejercicio presupuestal de los Servicios de Salud de Nayarit, a través del desarrollo eficiente del sistema contable, que garantice la veracidad de los registros financieros, a fin de dar respuesta a las necesidades particulares de operación de las unidades de atención médica.

Funciones

1. Difundir las políticas y normatividad del gasto público en materia de presupuestación entre las áreas administrativas y operativas además de participar en la integración del anteproyecto del presupuesto.

2. Desarrollar los mecanismos operacionales conducentes para el registro y control

de las fuentes financieras en forma transparente que coadyuven a la toma de decisiones.

3. Coordinar la aplicación de las políticas y procedimientos de control para el diseño

e implementación del sistema de registro contable por operaciones de diario, mayor y sus auxiliares, clasificando conforme al catálogo de cuentas de afectación para la preparación de los estados financieros.

4. Verificar el cumplimiento de las normas y lineamientos establecidos en materia de

contabilidad, así como vigilar que toda erogación se encuentre amparada dentro del marco legal, contable y fiscal.

5. Revisar periódicamente los estados financieros, realizando informes a la dirección

general y a la dirección de administración de la situación financiera de los servicios de salud de Nayarit.

6. Organizar y controlar la glosa contable, así como también toda la documentación financiera, registros auxiliares, libros contables y la información comprobatoria de las operaciones realizadas en los servicios de salud de Nayarit.

7. Verificar que la documentación comprobatoria y su reembolso, cumplan con las

políticas y procedimientos establecidos cubriendo los requisitos en materia legal, contable y fiscal que proceda.

8. Verificar mediante el registro contable la captación y aplicación de las cuotas de

recuperación que se obtengan por la contraprestación de servicios otorgados por

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 110

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

los servicios de salud conforme a las políticas del gasto por cuotas de recuperación.

9. Difundir los lineamientos y control para la asignación y manejo del fondo

revolvente en las unidades aplicativas. 10. Formular el informe mensual de los recursos obtenidos y su aplicación por

concepto de economías y rendimientos conforme al acuerdo de coordinación vigente.

11. Las demás que le encomiende su jefe inmediato.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 111

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES

Objetivo.

Consolidar la administración de los recursos materiales y los servicios generales, a través del desarrollo del sistema de abasto y el programa de servicios generales, para optimizar los recursos y eficientar su aplicación.

Funciones.

1. Elaborar, ejecutar y supervisar el programa anual de adquisiciones, arrendamientos y servicios, abasto y suministro de bienes e insumos por unidad operativa así como gestionar su autorización ante el comité correspondiente.

2. Conocer, aplicar y difundir las políticas, bases y lineamientos generales en

materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios. 3. Formular con oportunidad los contratos de arrendamiento y servicios que le

autorice el comité respectivo. 4. Formular los modelos de supervisión para comprobar que los bienes y artículos

recibidos se apeguen a las especificaciones de calidad, control y vigencia requeridos por las unidades solicitantes.

5. Verificar el funcionamiento de los controles de identificaciones de los bienes de

consumo y de activo fijo para su correcto registro, control, guarda y distribución, siguiendo los lineamientos establecidos.

6. Formular y desarrollar los sistemas de supervisión, control y actualización de los

Inventarios de bienes de consumo, bienes muebles e inmuebles propiedad de los Servicios de Salud por áreas administrativas y operativas.

7. Estructurar controles y lineamientos que permiten atender y efectuar de una manera sistemática la distribución de los bienes muebles y de consumo requeridos por las áreas administrativas y operativas de los Servicios de salud de Nayarit.

8. Supervisar y coordinar la operación de los servicios de correspondencia y archivo,

fotocopiado, intendencia, transporte y vigilancia, que sirvan de apoyo para el buen funcionamiento y conservación de las unidades administrativas.

9. Las demás que le encomiende su jefe inmediato.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 112

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS EXTERNOS Y CENTRALIZADOS.

Objetivos. Alcanzar un manejo financiero eficiente, fortaleciendo el proceso de coordinación con las jurisdicciones sanitarias, que permita la operación integral de los programas de salud dirigidos a la población marginada del estado.

Funciones.

1. Coordinar las acciones administrativas que faciliten la operación financiera de los programas PAC, y PEC, oportunidades, PROCEDES y de Pueblos Indígenas.

2. Elaborar y presupuestar los programas operativos anuales, correspondientes a los programas PAC, PEC, oportunidades, PROCEDES y de salud y nutrición de los pueblos indígenas, en coordinación con las jurisdicciones sanitarias en el ámbito de su competencia.

3. Llevar a cabo el ejercicio presupuestal y financiero de los recursos asignados a los programas de salud PAC y PEC, oportunidades, PROCEDES y pueblos indígenas, vigilando y evaluando asimismo la aplicación de dichos recursos.

4. Elaborar la documentación de liberación y ejercicio de los recursos financieros y supervisar el flujo del proceso para cada uno de los programas antes precisados, con apoyo de las jurisdicciones sanitarias correspondientes.

5. Elaborar la distribución de los bienes adquiridos correspondientes a cada programa de recursos con el diagnóstico situacional de las comunidades marginadas e implementar los controles idóneos para la salvaguarda y uso adecuado de estos bienes, en coordinación con las jurisdicciones sanitarias.

6. Elaborar los reportes financieros procedentes, para las instancias que correspondan tanto en el ámbito interno como externo de los Servicios de Salud de Nayarit.

7. Elaborar, proponer y operar los procedimientos idóneos que permitan el flujo

eficaz de los programas en su apoyo logístico y financieros, tomando en consideración el cumplimiento de la normatividad establecida.

8. Participar en el fortalecimiento de las instancias y líneas institucionales entre el

Estado, la Federación y los organismos nacionales e internacionales que incidan en los programas referidos; dentro de su ámbito operacional.

9. Las demás que le encomiende su jefe inmediato.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 113

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DEPARTAMENTO DE CONTROL PRESUPUESTAL Objetivos Controlar con eficiencia y eficacia el presupuesto de egresos asignado a los Servicios de Salud de Nayarit, a través del control del ejercicio financiero de las actividades programadas, para que se cumplan los objetivos y metas de los servicios.

Funciones 1. Coordinar los trabajos para la elaboración del programa operativo anual (POA). 2. Coordinar la distribución del presupuesto autorizado calendarizado a las

jurisdicciones sanitarias, hospitales, recursos materiales, mantenimiento y conservación y oficina central.

3. Vigilar que el presupuesto autorizado sea aplicado en tiempo y forma y se ajuste a

las necesidades de las distintas unidades. 4. Registrar los ajustes presupuéstales que se generan por motivo de transferencias,

ampliaciones, reducciones o modificaciones hechas al presupuesto. 5. Revisar y validar los documentos comprobatorios del gasto realizado con

presupuesto federal por las jurisdicciones sanitarias, hospitales, recursos materiales, transportes, mantenimiento y conservación y oficina central, verificando la afectación al programa asignado.

6. Revisar los avances financieros presupuéstales de las jurisdicciones sanitarias,

hospitales, recursos materiales, transportes, mantenimiento y conservación y oficina central.

7. Llevar el registro y control de los gastos que realizan las unidades de los Servicios

de Salud a nivel de programa, subprograma y partidas presupuéstales.

8. Verificar que la fuente de financiamiento se aplique correctamente a los gastos realizados por las unidades que tienen a cargo su presupuesto asignado.

9. Elaborar y proporcionar el avance presupuestal en forma mensual al Consejo

Interno de Administración (C.I.D.A.) o a otras áreas y dependencias que lo requieran.

10. Las demás que le encomiende su jefe inmediato.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 114

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DIRECCIÓN DEL RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD.

Objetivo

Garantizar el acceso efectivo, oportuno, de calidad, sin desembolso al momento de utilización y sin discriminación a los servicios médico-quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios que satisfagan de manera integral las necesidades de salud, mediante la combinación de intervenciones de promoción de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento y de rehabilitación, Apoyando particularmente a las familias o personas de menos recursos, que no cuentan con seguridad social. Funciones 1. Coordinar y vigilar las acciones de Protección Social en Salud en el Estado, de

conformidad con lo establecido en la Ley General de Salud, su Reglamento en Materia de Protección Social en Salud y en el Acuerdo de Coordinación para su ejecución en el estado.

2. Integrar, administrar y actualizar el padrón de beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud de la entidad, conforme a los lineamientos establecidos en la Ley General de Salud, su Reglamento en Materia de Protección Social en Salud y en el Acuerdo de Coordinación.

3. Dar seguimiento a las quejas que, en su caso, presenten los afiliados al Sistema de Protección Social en Salud, derivadas de la prestación del servicio. A través del área de quejas dependiente del Departamento de Acreditación del Servicio.

4. Aplicar los esquemas que mejoren la atención, modernización de la administración de los servicios y registros clínicos, tendientes a alentar la certificación del personal y promover la certificación de establecimientos de atención medica.

5. Presentar en coordinación con la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Nayarit a la Comisión Nacional de Protección Social en Salud (CNPSS), conforme los lineamientos que la misma establezca, los informes que sean necesarios sobre el destino y manejo de los recursos del Sistema.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 115

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

6. Informar a la Comisión Nacional de Protección Social en Salud lo relativo a las familias incorporadas al padrón del Sistema de Protección Social en Salud.

7. Programar el ejercicio de los recursos provenientes de la aportación Federal, Estatal y Cuota familiar para el logro de los objetivos del Sistema, asegurar que la utilización de los recursos asignados al REPSS se lleven a cabo bajo los principios de austeridad y honradez respecto a la normatividad aplicable.

8. Coordinar la formulación y presentación ante la Comisión Nacional de Protección Social en Salud y ante la Dirección General de Servicios de Salud de Nayarit, la propuesta de presupuesto anual que se requiera para el funcionamiento del Régimen Estatal de Protección Social en Salud (REPSS).

9. Coadyuvar con la Dirección de Administración de Servicios de Salud de Nayarit, para que los recursos financieros del Régimen Estatal de Protección Social en Salud se administren y se ejerzan de manera eficaz y transparente, de conformidad con lo establecido en la Ley General de Salud, su Reglamento en Materia de Protección Social en Salud y en el Acuerdo de Coordinación.

10. Promover y/o gestionar la celebración de convenios en materia de Protección Social en Salud, con la participación de las diferentes Instituciones de Salud Estatales y Municipales, así como de las Instituciones del Sistema Nacional de Salud.

11. Coordinar las áreas involucradas de Servicios de Salud de Nayarit, así como con otras Instituciones de Salud, para la atención de las familias afiliadas con equidad, calidad y protección financiera que demandan. Así como promover de manera integral los medicamentos asociados resguardar la tutela

12. Coordinar la formulación de los anteproyectos de disposiciones jurídicas, lineamientos e instrumentos consensuales en los asuntos de su competencia, con la intervención de la Unidad de Asuntos Jurídicos y someterlos a consideración del Director General de Servicios de Salud de Nayarit.

13. Atender y aceptar, en su caso las recomendaciones que formule la Comisión Nacional de Derechos Humanos respecto de los asuntos que incidan en el ámbito de competencia del Régimen Estatal de de Protección Social en Salud o de las unidades administrativas que la integran.

14. Acordar con el Director General todos aquellos asuntos de su área que por su relevancia requieran de su intervención directa.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 116

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

15. Desempeñar las comisiones que el Director General de los Servicios de Salud de Nayarit (SSN) le confiera, manteniéndolo informado sobre el desarrollo de las mismas.

16. Asesorar técnicamente al Director General lo correspondiente al Sistema de Protección Social en Salud, así como a las demás unidades administrativas de los Servicios de Salud de Nayarit.

17. Coordinar sus actividades con los titulares de las otras unidades administrativas y en su caso, con las instituciones y organizaciones de los sectores público, social y privado, relacionadas con el Sistema de Protección Social en Salud;

18. Participar en la elaboración de los proyectos de presupuestos, reglamentos y los manuales de organización, de procedimientos y de servicios en sus áreas correspondientes.

19. Coordinar el establecimiento de normas, políticas, criterios, sistemas y procedimientos de carácter técnico que deban regir en las unidades administrativas que formen parte del Sistema de Protección Social en Salud.

20. Planear el funcionamiento de las unidades administrativas que formen parte del Sistema Estatal de Protección Social en Salud, así como coordinar las actividades de estas con los SSN.

21. Proponer al Director General la contratación de los servidores públicos que requieran para llevar a cabo el desempeño de las funciones de las unidades administrativas a su cargo, de conformidad con el presupuesto de egresos autorizado.

22. Promover y coordinar la capacitación, actualización y educación continua de los recursos humanos del REPSS.

23. Rendir informes al Director General de los Servicios de Salud de Nayarit, sobre el desempeño de las funciones del REPSS y los resultados de la evaluación del Sistema de Protección Social en Salud.

24. Someter a la consideración del Director General, la autorización expresa de facultades específicas en servidores públicos subalternos para realizar tareas de atención detallada que así lo requieran, debiendo publicarse en el Periódico oficial Órgano de Gobierno del Estado de Nayarit, el documento en que se otorguen;

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 117

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

25. Promover la incorporación y renovación de familias al Sistema y atender lo

concerniente a la afiliación, verificación de la vigencia y tutela de los derechos de los beneficiarios, e integrar el padrón de beneficiarios a que se refiere el Reglamento de la Ley;

26. Verificar que los prestadores de servicios acreditados fehacientemente, celebren

los instrumentos jurídicos obligatorios que contengan en forma precisa, clara y exacta los compromisos adquiridos y se otorguen las garantías suficientes de cumplimiento, y vigilar que los prestadores de servicios proporcionen la atención médica, hospitalaria, medicamentos e insumos, en la forma acordada;

27. Presentar a la Comisión el Plan Maestro de Infraestructura, que defina las

necesidades del mismo, de atención primaria y especialidades básicas, apegada su elaboración a los criterios y disposiciones que al efecto se establecen en el Reglamento de la Ley;

28. Cuidar que las variables y fórmulas financieras de apoyo al Régimen Estatal se

apliquen, según se trate, en términos del Reglamento de la Ley;

29. Aplicar las reglas que la Secretaría expida para la aplicación y control de las cuotas reguladoras establecidas por el Consejo de Salubridad General, e incluir en la información de las cuotas familiares, lo concerniente a las cuotas reguladoras; con apego a los lineamientos que al efecto establezca la Secretaria;

30. Poner a disposición del público en general por medios remotos o locales, de

comunicación electrónica, la información relativa al manejo financiero del Sistema, y

31. Las demás que le señale el Director General y otras disposiciones, en el ámbito

de su competencia.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 118

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

SUBDIRECCIÓN DE AFILIACIÓN Y OPERACIÓN

Objetivo Coordinar la promoción e incorporación de las familias que no cuentan con seguridad social al Sistema de Protección Social en Salud, a través de la instalación y funcionamiento de módulos de afiliación y orientación, así como brigadas de promoción y afiliación, a fin de garantizar las acciones de salud en materia de protección social en salud.

Funciones

1. Proponer estrategias y llevarlas acabo para la promoción y orientación con el fin de incorporar al Sistema de Protección Social en Salud a la Población que carece de servicios de salud.

2. Realizar gestiones interinstitucionales a fin de apoyar a los beneficiarios a obtener certificado de nacimiento, Acta de Nacimiento y CURP, para que los beneficiarios cumplan con los requisitos establecidos para la afiliación.

3. Estudiar, evaluar y programar los grupos poblacionales para ser afiliados al

Sistema mediante el uso de variables de inclusión delimitadas en la normatividad vigente.

4. Coordinar las gestiones pertinentes con autoridades Estatales y Municipales,

Organizaciones Civiles y Sociales mediante reuniones de trabajo, para generar la correcta y oportuna incorporación y orientación de familias al Sistema.

5. Elaborar y presentar al Director el Programa Operativo Anual de las actividades

de esta Subdirección; el cual contempla las metas y estrategias para incrementar el número de familias afiliadas, estableciendo metas.

6. Supervisar la afiliación, reafiliación y orientación de las familias, mediante

mecanismos de control.

7. Supervisar los reportes generados, a efecto de mantener la actualización del sistema de base de datos.

8. Realizar reportes trimestrales, respecto de las familias incorporadas al Sistema,

mismos que deberán de presentar al Dirección REPSS a fin de que este informe sea remitido a la federación (CNPSS).

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 119

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

9. Coordinar la organización, resguardos y custodia de todos los documentos que

integran los expedientes de las familias afiliadas al Sistema de Protección Social en Salud.

10. Coordinar la gestión para la instalación de Módulos de Afiliación y Orientación fijos o móviles con el REPSS, Secretaria de Salud, Autoridades Estatales y Municipales.

11. Cumplir con la programación de las metas anuales del Sistema Nacional de Protección Social en Salud.

12. Coordinar la planeación y ejecución del programa del Seguro Medico para una Nueva Generación, Embarazo Saludable, Familias Desarrollo Humano Oportunidades y Población abierta a fin de alcanzar la meta establecida por la CNPSS.

13. Elaborar y presentar ante la Subdirección de Financiamiento, el presupuesto de los recursos humanos, materiales y financieros requeridos para llevar a cabo las acciones de promoción, afiliación y reafiliación previamente programadas en forma trimestral y anual.

14. Analizar y estudiar las actividades de las áreas a su cargo para Implementar un programa de mejora continúa con el fin de alcanzar las metas y objetivos establecidos.

15. Coordinar las actividades del Departamento de Administración del Padrón, y el Departamento de Promoción y Afiliación.

16. Rendir informes al Director del Régimen Estatal de Protección Social en Salud del avance de las actividades, así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

17. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 120

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DEL PADRÓN

Objetivo Integrar, operar y mantener actualizado el padrón de beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud, manteniendo la vigilancia de derechos a fin de garantizar a las familias el Paquete de servicios y atenciones que les corresponde, además de resguardar los expedientes de las familias afiliadas.

Funciones 1. Recibir y revisar la documentación y expedientes previos enviados en el proceso

de pre-afiliación y afiliación por el área correspondiente. 2. Realizar la captura preliminar y proceder a completarla, localizando y corrigiendo

las inconsistencias procedentes. 3. Coadyuvar en el proceso y determinación de las metas anuales y trimestrales de

afiliación y reafiliación al Sistema. 4. Planear y Programar la afiliación y reafiliación de las familias de Seguro Popular

por incorporar e incorporadas al sistema en el estado. 5. Verificar permanentemente el proceso de corrección de inconsistencias que

surjan para fines de actualización y validación del padrón; así como de la conciliación de las familias contributivas y no contributivas para fines de vigencia y renovación de derechos.

6. Integrar los folios así como expedir y entregar las cartillas, credenciales y

catálogos de atenciones a las familias afiliadas, conformes las altas y movimientos del padrón y los periodos establecidos por la Comisión Nacional de Protección Social en Salud (CNPSS), en coordinación con el Departamento de Promoción y Afiliación.

7. Revisar y organizar permanentemente los expedientes de las familias afiliadas al

Sistema existentes, considerando los plazos de vigencia de derechos. 8. Coordinar y supervisar los Módulos de Atención y Orientación (MAO),

proporcionándoles así mismo la información y capacitación requerida, los MAO serán responsables del control de los pagos que hagan las familias contributivas afiliadas.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 121

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

9. Recibir y enterar oportunamente al Departamento de Control Financiero de las

cuotas pagadas por familias contributivas, mismas que serán destinadas de acuerdo a lo que establece la legislación vigente.

10. Supervisar el proceso de integración y actualización de las base de datos del

padrón, proporcionando la información y la de avance programático a la Unidad establecida en el REPSS, así como a las áreas internas y a nivel institucional, previa autorización de la superioridad.

11. Rendir informes mensuales al Subdirector de Afiliación y Promoción del

Régimen Estatal de Protección Social en Salud del avance de los programas. 12. Coordinar el proceso de credencialización de los afiliados al Sistema.

13. Coordinar al personal operativo en las diversas funciones del departamento a fin

de cumplir con los lineamientos y disposiciones emitidos por la Comisión Nacional de Protección Social en Salud.

14. Rendir informes al Subdirector de Afiliación y Operación del avance de las

actividades así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

15. Las demás que de manera expresa lo encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 122

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DEPARTAMENTO DE PROMOCIÓN Y AFILIACIÓN

Objetivo Cumplir con las metas de afiliación y poner a disposición de la población nayarita la información general del Sistema de Protección Social en Salud y los mecanismos de afiliación, a través de material promocional como son folletos, trípticos y carteles, aprobados por la Comisión Nacional de Protección Social en Salud.

Funciones 1. Proponer estrategias para llevar a cabo la promoción y afiliación de las familias

susceptibles de incorporarse al Sistema, para lo cual se establecerán Módulos de Atención y Orientación (MAO), así como brigadas de promoción y afiliación en los períodos autorizados.

2. Efectuar estudios para el establecimiento de Módulos de Atención y Orientación,

y de brigadas en función de la meta de afiliación establecida en los acuerdos de coordinación, como una herramienta de afiliación y reafiliación.

3. Llevar a cabo reuniones con los habitantes de las comunidades, identificadas

como zonas de cobertura del Sistema, para darles la información necesaria sobre las características, requisitos y beneficios del sistema, los periodos de vigencia, el proceso de afiliación, así como los esquemas de cuotas familiares y en particular sobre el régimen no contributivo.

4. Elaborar el Programa Operativo Anual con la Subdirección de Afiliación y

Operación de las actividades de este Departamento; el cual contempla estrategias para incrementar el número de familias afiliadas, estableciendo metas.

5. Rendir informes mensuales al Subdirector de Afiliación y Operación del Régimen

Estatal de Protección Social en Salud del avance de los programas. 6. Coordinar la promoción de los beneficios del Sistema con organizaciones sociales

y civiles así mismo a instituciones estatales y municipales. A través de medios escritos y electrónicos como son, pendones, trípticos, folletos, perifoneo, spot de radio y tv. Etc.

7. Diseñar, elaborar, reproducir y distribuir materiales para la promoción de los

programas del REPSS.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 123

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

8. Elaborar el diagnostico anual de la infraestructura hospitalaria del Estado e

informa al área de Estadística y Evaluación de la Dirección de Planeación. 9. Rendir informes al Subdirector de Afiliación y Operación del avance de las

actividades, así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

10. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 124

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

COORDINACIÓN DE AFILIACIÓN, OPERACIÓN E INTEGRACIÓN DEL

PADRÓN

Objetivo Verificar que la información que se integre o capture en el Sistema de Administración del Padrón, contenga los elementos comprendidos en las disposiciones legales y normativas; así como vigilar la vigencia de derechos, a fin de garantizar a las familias el paquete de servicios y atenciones que les corresponde.

Funciones 1. Elaborar y supervisar los reportes generados por el Administrador de la base de

datos de Seguro Popular, a efecto de mantener la actualización del sistema de base de datos.

2. Coordinar la organización, resguardos y custodia de todos los documentos que

integran los expedientes de las familias afiliadas al Sistema de Protección Social en Salud.

3. Coordinar la instalación de Módulos de Atención y Orientación proporcionando la

información y capacitación requerida. 4. Revisar y organizar los expedientes de las familias afiliadas al Sistema existentes

en los Módulos de Atención y Orientación, considerando los plazos de vigencia de derechos.

5. Coordinar el proceso de integración y actualización de las base de datos, 6. Coordinar el proceso de corrección de inconsistencias que surjan para fines de

actualización y validación del padrón; así como de la conciliación de las familias contributivas y no contributivas para fines de vigencia y renovación de derechos.

7. Rendir informes al Subdirector de Afiliación y Operación del avance de las

actividades, así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

8. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 125

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN

Objetivo Mejorar la atención, modernizar la administración de servicios y registro clínicos, promover la certificación del personal y establecimientos médicos, coordinar el desarrollo del mecanismo de evaluación de la calidad en la prestación de los servicios afiliados al Sistema, establecer redes de prestadores de servicios de salud, coadyuvando con los servicios de salud del estado a través de su propia red de servicios.

Funciones 1. Coordinar la integración de los indicadores de calidad mediante la elaboración de

cedulas realizadas por los médicos gestores ancla para analizar y obtener la percepción real del afiliado.

2. Evaluar la oportunidad de los servicios mediante el análisis de la oferta de los

estudios de laboratorio de gabinete para brindar a los afiliados al Sistema intervenciones completas.

3. Verificar el seguimiento clínico de los afiliados, mediante la supervisión por medio

de los Gestores Médicos para validar que reciban la atención necesaria. 4. Administrar y controlar el acceso y la provisión de medicamentos a los

beneficiarios del Sistema, mediante el monitoreo y análisis de abasto de medicamentos, con la finalidad de crear indicadores para implementar estrategias para abatir el desabasto.

5. Evaluar proveedores de servicios mediante el otorgamiento de las intervenciones

que oferta el CAUSES para que los afiliados reciban la atención medica sin que sea necesario el desembolso al demandar los servicios.

6. Proponer a la Dirección del REPSS los convenios de colaboración y de gestión

para la prestación de servicios médicos correspondientes de la institución de las SSN así como en los prestadores de servicios privados, vigilar la operación y seguimiento del mismo.

7. Evaluar que las Unidades prestadoras del servicio se encuentren acreditadas y/o

que cuenten con la infraestructura necesaria para la atención de los afiliados.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 126

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

8. Coordinar con la Dirección de Financiamiento la definición de las bases para el

pago de los servicios de salud, entre el prestador y el REPSS. 9. Validar y dar seguimiento al Sistema de Gestión Gerencial de Gastos

Catastróficos. 10. Coordinar las actividades del Departamento de Garantía de Atención,

Departamento de Desarrollo Humano Oportunidades y el Departamento de Gastos Catastróficos.

11. Vigilar la Operación del componente de salud del Programa Desarrollo Humano

Oportunidades. 12. Coordinar la elaboración del Programa Operativo Anual de las áreas a su cargo

y proponer al Director del Régimen Estatal de Protección Social en Salud para su aprobación.

13. Rendir informes al Director del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

del avance de las actividades así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

14. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 127

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DEPARTAMENTO DE GARANTÍA DE ATENCIÓN

Objetivo Garantizar a los beneficiarios el acceso oportuno, efectivo y de calidad los servicios ofertados en el Catálogo Universal de Servicios de Salud (CAUSES) coadyuvando los procesos con los prestadores de servicios.

Funciones 1. Asesorar y gestionar a los beneficiarios los servicios ofertados por el sistema

de protección social en salud, en relación a los procesos preventivos, curativos y de rehabilitación.

2. Identificar la vigencia y validez de la póliza del afiliado al momento de proveer el

servicio y orientar en sus derechos y obligaciones como beneficiario del sistema. 3. Coordinar a los gestores médicos, la programación de citas medicas con

médicos especialistas, intervenciones quirúrgicas y análisis de laboratorio e imagenología, con el fin de determinar la oportunidad, efectividad y calidad de los servicios proporcionados a los beneficiarios al seguro popular.

4. Evaluar mensualmente en coordinación con el Gestor Médico la atención en los

servicios de urgencias, hospitalización, cirugía programada y consulta externa e informar al Subdirector de Gestión para que tome las medidas correspondientes.

5. Evaluar la satisfacción del usuario y dar seguimiento a las quejas presentadas a

través de los mecanismos ya existentes con su respectiva solución. 6. Establecer, articular y mantener actualizada la red de prestadores de servicios,

integrando nombres, direcciones, horarios, especialidades y alta especialidad, a fin de vincular las intervenciones establecidas en el CAUSES.

7. Retroalimentar y capacitar a la red de prestadores de servicios sobre los

aspectos médicos del sistema de protección social en salud. 8. Garantizar el seguimiento clínico del beneficiario a través del sistema de

referencia y contrarreferencia. 9. Supervisar mensualmente a través de una encuesta el suministro adecuado de

medicamentos a los beneficiarios del Seguro Popular e informar el resultado a la Subdirección de Gestión para que tome las medidas correspondientes ante la Coordinación de Abasto de los SSN.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 128

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

10. Integrar mensualmente la información enviada por el Gestor Medico en relación

a los formatos ya establecidos (diferimiento quirúrgico, referencia y contrarreferencia, planteamiento del problema y encuesta de surtimiento de medicamentos) y se remite a la Subdirección de Gestión para su análisis y coordinación con las áreas involucradas para la atención de las incidencias.

11. Revisar, validar y autorizar mediante firma y sello las facturas de proveedores

ante el Departamento de Control de Control Financiero y Crédito para tramite de pago, así como tramites de reintegros a los afilados que recibieron un servicio contemplado en el CAUSES donde tuvieron un desembolso.

12. Supervisar y analizar del gasto por concepto de proveedores y validación de

estudios especializados oportunamente, así como el control de la subrogación. 13. Establecer la red de avales ciudadanos en cada una de las localidades donde

opera el Sistema de Protección Social en Salud en el Estado, con el fin de evaluar el trato que se proporciona a los afiliados al Seguro Popular en los centros de atención.

14. Elaborar en Coordinación de la Subdirección de Gestión el Programa Operativo

Anual para proponerlo al Director del Régimen Estatal de Protección Social en Salud.

15. Rendir informes al Subdirector de Gestión del Régimen Estatal de Protección

Social en Salud avance de las actividades así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

16. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 129

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO HUMANO OPORTUNIDADES

Objetivo Proporcionar la atención básica de primer nivel para todos los miembros de las familias beneficiarias que viven en condición de pobreza extrema, a través de otorgar el Paquete Básico Garantizado de Salud, que consta de 13 intervenciones de naturaleza preventiva, además de cumplir con los lineamientos para mejorar el estado de salud, el estado de nutrición de los menores de 5 años beneficiarios y fomentar el autocuidado de la salud.

Funciones 1. Coordinar acciones de control, evaluación, supervisión, capacitación que faciliten

y aseguren el acceso al Paquete Básico Garantizado de Salud a las familias beneficiarias, con el propósito de impulsar el uso de los servicios de salud preventivos y el autocuidado de la salud y nutrición de todos sus integrantes.

2. Llevar a cabo el monitoreo y seguimiento a la operación, además del análisis,

recomendaciones de ajustes y propuestas de mejora para asegurar que las unidades medicas cumplan con los objetivos del Programa Oportunidades.

3. Coadyuvar en el ámbito de su competencia, con la Subdirección de Gestión del

REPSS, a la formulación de acuerdos entre los Servicios de Salud de Nayarit y las distintas instituciones de Gobierno, para la instrumentación y operación del programa, en beneficio de sus usuarios.

4. Recibir, analizar y concentrar la información generada de las distintas fuentes

(Jurisdiccional, por unidad médica, SEDESOL, y Estadística y planeación de nivel estatal y federal). para la implementación de estrategias para mejorar los indicadores de evaluación.

5. Coordinar actividades junto con el Programa Estatal de oportunidades SEDESOL

perteneciente a la Secretaría de Desarrollo Social, para la incorporación de las familias al sistema.

6. Asegurar y supervisar que las jurisdicciones desarrollen con transparencia y

eficiencia los lineamientos del Programa. 7. Proporcionar herramientas metodológicas al personal operativo de la Salud, para

el fortalecimiento de la impartición de Talleres Comunitarios para el Autocuidado de la Salud, dar a conocer los criterios del uso de los materiales, poner en

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 130

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

práctica mecanismos de seguimiento y evaluación. Para de esta manera poder capacitar a las familias incorporadas al Programa Oportunidades (sector salud), con el fin de que tengan una mejor comprensión de la importancia de las medidas preventivas de salud e higiene, a través de los Talleres Comunitarios.

8. Dar seguimiento a la puesta en Marcha del Plan de Comunicación Indigena (PCI),

dirigido a fomentar el Autocuidado de la comunidad indígena que está incorporada al programa de oportunidades mediante mensajes promocionales de salud en su propia lengua.

9. Vigilar que los centros de salud y hospitales, funcionen de acuerdo al modelo de

atención del Programa Oportunidades y de Salud, y generar los reportes o informes correspondientes a fin de presentarlos a la autoridad competente para que aplique las medidas o acciones correspondientes.

10. Fomentar el compromiso con los objetivos del Programa y la participación activa

de los padres y de todos los integrantes de las familias beneficiarias mediante el cumplimiento de las corresponsabilidades asociadas a las intervenciones del Programa.

11. Otorgar al personal operativo y directivo las herramientas de apoyo necesarias

para registrar, planear, solicitar, organizar, controlar y distribuir en los distintos niveles de operación del programa de Desarrollo Humano Oportunidades los Suplementos Alimenticios (Nutrisano y Nutrivida) diseñados para los grupos de riesgo,( menores de cinco años mujeres embarazadas y en periodo de lactancia). y la incorporación de los Nuevos esquemas de Suplementacíon, (EsiAN), así como el Equipamiento específico a los centros de salud.

12. Mantener informados y actualizados a los directivos de los niveles Estatal,

Jurisdiccional y Municipal sobre el avance de las actividades. 13. Vigilar la correcta y oportuna utilización de los bienes e insumos, destinados a

facilitar la operación del programa, realizado por las Jurisdicciones Sanitarias; así como regular el desarrollo de las funciones del personal adscrito al Programa.

14. Dar seguimiento al Modelo Alternativo de Salud (MAS) que se dirige a la gestión y

atención en zonas urbanas, en la vinculación de la entrega del paquete básico de salud con la cartilla nacional de salud.

15. Elaborar en Coordinación de la Subdirección de Gestión, el programa operativo

Anual del Departamento. 16. Fomentar y vigilar el desarrollo de los recursos humanos en formación para la

salud y la capacitación de los trabajadores para su desempeño que son autorizados y pagados por el Programa Desarrollo humano Oportunidades.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 131

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

17. Difundir al personal las normas y lineamientos vigentes establecidos para el programa y vigilar su correcta aplicación.

18. Establecer y mantener la coordinación con las instituciones participantes

Secretaria de Desarrollo Social (SEDESOL), Consejo Nacional de Fomento Educativo (CONAFE), Instituto Nacional de Educación para los Adultos (INEA), DICONSA, IMSS-OPORTUNIDADES, para un mejor funcionamiento del programa.

19. Fomentar la participación de las autoridades municipales y locales, en el

desarrollo del programa de Oportunidades y salud y de conservación de las unidades de atención médica.

20. Vigilar que se cumpla con la asistencia diaria a la estrategia de Vigilancia Estricta

del Consumo del Suplemento Alimenticio (VECSA), de los niños menores de 5 años con desnutrición o en vías de recuperación.

21. Vigilar el adecuado uso y conservación del instrumental médico, mobiliario y

vehículo, almacenamiento y distribución de Suplemento alimenticio. 22. Realizar acciones de planeación para la supervisión, definición de alcances

adecuados seguimiento y elaboración de informes de los resultados obtenidos a fin de que estos sean medibles, objetivos y suficientes, que permitan realizar un diagnostico de los procesos en el estado en el Programa Desarrollo Humano Oportunidades.

23. Establecer coordinación interinstitucional en materia de enseñanza y capacitación,

a fin de incrementar y mejorar los programas jurisdiccionales de capacitación en el Programa Oportunidades.

24. Coadyuvar en el ámbito de su competencia, con la Subdirección de Gestión del

REPSS, a la formulación de acuerdos entre los Servicios de Salud de Nayarit y las distintas instituciones de Gobierno, para la instrumentación y operación del programa, en beneficio de sus usuarios.

25. Intervenir en el ámbito de responsabilidad en conjunto con las Jurisdicciones

Sanitarias, a efecto de que el Paquete Básico de Servicios de Salud, se aplique en las Unidades de Salud, en los términos de calidad, que el Programa Si-Salud implica.

26. Registrar y controlar la dotación de complementos alimenticios que establece el

Programa Oportunidades y llevar un seguimiento estricto de la recuperación de niños desnutridos.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 132

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

27. Rendir informes al Subdirector de Gestión del Régimen Estatal de Protección Social en Salud avance de las actividades así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

28. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 133

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DEPARTAMENTO DE GASTOS CATASTRÓFICOS

Objetivo Validar el registro y dar seguimiento al pago de los servicios que son objeto del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, garantizando el acceso a los servicios integrales de salud y reduciendo las desigualdades al proteger financieramente a las familias ante eventuales gastos extraordinarios en salud y por servicios médicos de alta especialidad.

Funciones 1. Analizar que de los expedientes contengan todos los documentos necesarios y

que sean elaborados correctamente. 2. Integrar, certificar, y validar en coordinación con el medico especialista la

Declaratoria de Caso. 3. Coordinar la digitalización del expediente para que se adjunte en El Sistema de

Gestión de Gastos Catastróficos (SIGGC).

4. Identificar los casos nuevos y dar seguimiento a los casos identificados y validados.

5. Dar seguimiento a los casos enviados a la Dirección General de Gestión de

Servicios de Salud (DGSS) de la Comisión Nacional de Protección de Social en Salud (CNPSS) para la transferencia de recursos.

6. Informar de manera mensual al superior jerárquico del registro y avance de los

casos validados enviados a la CNPSS. 7. Elaborar en Coordinación de la Subdirección de Gestión el Programa Operativo

Anual.

8. Rendir informes al superior jerárquico del avance de de las actividades así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

9. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 134

SERVICIOS DE SALUD

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COORDINACIÓN DE EVALUACION DE GESTORIA DE SERVICIOS DE SALUD

Objetivo Fungir como enlace principal y permanente entre el beneficiario del Sistema y los prestadores de servicios de salud, organizados en redes de establecimientos de atención médica tanto públicos como privados, a fin de proporcionar asesoría tanto al beneficiario como al prestador, de los diferentes servicios e intervenciones contempladas por el Sistema.

Funciones 1. Facilitar a los pacientes que lo requieran, la atención médica que cada prestador

de servicio pueda proporcionar. 2. Orientar a los beneficiarios afiliados al Sistema, sobre los mecanismos a seguir

para obtener los servicios médicos requeridos, de acuerdo a las diferentes carteras vigentes.

3. Coadyuvar a través de mecanismos y herramientas como cursos de

actualización en materia de gestoría médica que impacten en la capacitación del prestador del servicio en las diferentes carteras de servicios que contempla el Sistema.

4. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones reglamentarias por parte de los

prestadores de servicios, para garantizar la calidad de la atención en beneficio de los afiliados.

5. Verificar el acceso oportuno a los servicios; de la existencia de los insumos de

salud requeridos; de las intervenciones médicas o quirúrgicas cubiertas; de los auxiliares de diagnóstico y tratamiento en los términos prescritos; de la calidad y calidez de la atención; de la orientación adecuada del beneficiario; y de la capacitación permanente sobre el Sistema al prestador de servicios.

6. Establecer el mecanismo para el control gerencial y supervisión del equipo de

gestores de acuerdo a su nivel profesional y ubicación. 7. Establecer el mecanismo o procedimiento necesario para que los gestores

difundan las diferentes carteras de servicios, entre los diversos prestadores de servicios.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 135

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

8. Definir el procedimiento de participación que los gestores deben tener tanto en la

subrogación de servicios para los afiliados al Sistema, como en la vigilancia del cumplimiento de la Acreditación de los establecimientos de atención médica.

9. Conocer las estrategias utilizadas para la afiliación y establecer el mecanismo

para su difusión a los gestores.

10. Rendir informes al superior jerárquico del avance de de las actividades así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

11. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 136

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

SUBDIRECCIÓN DE FINANCIAMIENTO

Objetivo Coordinar, evaluar y gestionar los procedimientos inherentes a los recursos financieros, humanos y materiales, que están a cargo del REPSS, así como coordinar la elaboración del anteproyecto de presupuestos de los recursos estatales y federales, con el fin de eficientar el gasto para el logro de objetivos.

Funciones 1. Controlar y coordinar los recursos financieros, humanos y materiales, destinados

a las Unidades Administrativas del REPSS. 2. Informar al Director del REPSS de manera regular y permanente de los avances

y controles establecidos, de los recursos humanos, financieros y materiales destinados al REPSS.

3. Asegurar que la utilización de los recursos asignados al REPSS, se lleven a

cabo bajo los principios de austeridad y honradez respecto a la normatividad aplicable.

4. Coordinar y coadyuvar con la Dirección de Administración de los Servicios de

Salud de Nayarit, en la elaboración de los informes presupuéstales y del ejercicio del gasto, en las fechas determinadas, para su envío a la Comisión Nacional.

5. Coordinar la elaboración del Programa Operativo Anual de las actividades de las

unidades administrativas a su cargo, así mismo presentarlo para su autorización al Dirección del REPSS.

6. Coordinar ante la Dirección de Administración de SSN, la validación de la

información que permita la transferencia de los recursos presupuéstales correspondientes y enviarla a la CNPSS.

7. Coadyuvar en la distribución y aplicación del recurso del REPSS por concepto

pago por familia y/o por pago por evento, que se destina a las Jurisdicciones y Hospitales, en apego a la normatividad vigente.

8. Enviar mensualmente a la Comisión Nacional de Protección Social en Salud la

información correspondiente a la recepción, transferencia y comprobación de los recursos.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 137

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

9. Coordinar las actividades del Departamento de Control Financiero y Crédito, y el Departamento de Acreditación del Servicio.

10. Rendir informes al Director del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

del avance de de las actividades así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

11. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 138

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN DEL SERVICIO

Objetivo Formar parte del desarrollo integral del REPSS, coadyuvar en la supervisión y evaluación del cumplimiento de las responsabilidades esenciales de las áreas de atención a los beneficiarios, a fin de optimizar y mejorar la organización funcional del Sistema y la cobertura del (CAUSES).

Funciones 1. Atender, dar seguimiento y responder las quejas recibidas y captadas, de

usuarios, conforme a los servicios que el Sistema otorga, y turnar al área que corresponda para su atención.

2. Coordinar con la CNPSS y la Secretaria de la Contraloría General la atención de

las quejas y sugerencias que son turnadas por estas dependencias. 3. Vigilar y tener en operación el servicio de atención telefónica 01-800. con la

finalidad de asesorar, orientar, dar información, aclarar dudas, en lo referente a la prestación de los servicios que brinda el REPSS.

4. Desarrollar procedimientos para informar y recibir de los usuarios del Sistema las

actuaciones y sugerencias recibidas. 5. Hacer del conocimiento del Director del REPSS, los hechos que presuntamente

puedan ser motivo de responsabilidad, derivada del incumplimiento en la prestación de los servicios del Sistema.

6. Elaborar y presentar ante la Subdirección de Financiamiento, el presupuesto de

los recursos humanos, materiales y financieros, requeridos para llevar a cabo el levantamiento de las encuestas.

7. Elaborar el Programa Anual de actividades estableciendo metas y objetivos con

los principios de responsabilidad, autenticidad en beneficio de los afiliados al REPSS, y gestionar su autorización ante la Subdirección de Financiamiento.

8. Aplicar encuestas semestrales de calidad y de atención a los afiliados y

prestadores de servicio adheridos al Sistema de Protección Social en Salud, para determinar la aceptación, el nivel de atención que se brinda por los prestadores de servicio y la accesibilidad al CAUSES.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 139

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

9. Informar a la Dirección del REPSS, Subdirección de Financiamiento y demás áreas involucradas de los resultados de la encuesta para su análisis y dictamen.

10. Rendir informes al Subdirector de Financiamiento del Régimen Estatal de

Protección Social en Salud de las actividades de los programas así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

11. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 140

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DEPARTAMENTO DE CONTROL FINANCIERO Y CRÉDITO

Objetivo Ejercer el recurso en base a la legislación aplicable vigente, coordinar actividades del REPSS, con la Dirección de Administración de los Servicios de Salud de Nayarit en las Áreas de Recursos Financieros, de Control Presupuestal, de Recursos Materiales, Mantenimiento y Conservación, de conformidad con el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Protección Social en Salud (Art.3) en el que se concibe a los Regímenes Estatales como las estructuras administrativas, dependientes de los Servicios Estatales de Salud, encargada de garantizar las acciones de protección social en salud mediante el financiamiento y la coordinación eficiente, oportuna y sistemática de la provisión de los servicios de salud a la persona en el Sistema.

Funciones 1. Aplicar las políticas y normatividad del gasto público, en las erogaciones con

cargo al presupuesto asignado por concepto de Cuota Social, Aportación Solidaria Federal, Cuotas de las Familias, y Presupuesto Estatal en Coordinación con la Dirección de Administración y los Departamentos de Control Presupuestal, Recursos Financieros y Recursos Materiales y Servicios Generales de los SSN.

2. Desarrollar los mecanismos operacionales conducentes para el registro de gasto de las fuentes financieras en forma transparente, de conformidad con los criterios de gasto emitidos por la Comisión Nacional de Protección Social en Salud y los Servicios de Salud de Nayarit, como medida de Control Interno, alineada a la normatividad vigente que rige la operación de los Departamentos de Control Presupuestal, Recursos Financieros, Recursos Materiales y Servicios Generales de los SSN.

3. Verificar la aplicación del gasto conforme al clasificador por objeto del gasto. 4. Verificar que las erogaciones cumpla con el marco legal, contable y fiscal,

coadyuvando con la Oficina de Glosa del Departamento de Recursos Financieros de los SSN.

5. Verificar que la documentación soporte para la aplicación del gasto reúna los

requisitos para su comprobación y realizar lo conducente ante la Oficina de Glosa de los SSN. Revisando que esta documentación corresponda a servicios e insumos contemplados en el CAUSES.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 141

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

6. Coordinar la aplicación de los recursos de origen Federal, Estatal y Cuotas de

las Familias, para el ejercicio del gasto, de conformidad con los lineamientos que emite para tal efecto la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, mediante los anexos del Acuerdo de Coordinación celebrado entre la Federación y el Estado de Nayarit, y las disposiciones normativas emitidas por parte de la Dirección de Administración de los Servicios de Salud de Nayarit.

7. Coadyuvar con los Departamentos de Control Presupuestal y Recursos

Financieros de los SSN, para el control del ejercicio del presupuesto asignado y aplicación de lineamientos, tanto estatal y federal de las diferentes fuentes de financiamiento. Difundiendo para tal efecto las disposiciones normativas que emita la autoridad competente.

8. Realizar los trámites para la adquisición de insumos, de gasto corriente y de

gasto de inversión con el Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales de los SSN, tanto del Programa Anual de Adquisiciones como las que se van requiriendo de conformidad con las necesidades de operación de diferentes áreas de la Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud.

9. Recepcionar facturas para revisión y trámite de pago a proveedores y

prestadores de servicios, para turnar al Departamento de Control Presupuestal y al Departamento de Recursos Financieros de los Servicios de Salud de Nayarit.

10. Recibir y tramitar Facturas para integración del Fondo Revolvente que autoriza la

Dirección de Administración de los SSN, de conformidad con los lineamientos emitidos, de los gastos autorizados por la Subdirección de Financiamiento y la dirección del REPSS.

11. Dar seguimiento al suministro de las adquisiciones tramitadas ante el Almacén

Estatal por parte del REPSS. 12. Elaborar en Coordinación de la Subdirección de Financiamiento el Programa

Operativo Anual. 13. Rendir informes mensuales al Subdirector de Financiamiento del Régimen

Estatal de Protección Social en Salud del avance de las actividades. 14. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 142

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DEPARTAMENTO DE CÁLCULO Y ANÁLISIS PRESUPUESTAL

Objetivo Fungir como área controladora del ejercicio del presupuesto cuidando que se ajuste a los montos establecidos para cada concepto, vigilar que su ejercicio se apegue al marco normativo que regula el Sistema de Protección Social en Salud y proporcionar asesoría y apoyo que para tal fin requieran las unidades administrativas de los Servicios de Salud de Nayarit.

Funciones 1. Realizar las acciones necesarias que permitan la elaboración e integración del

Presupuesto de los recursos federales por concepto de Cuota Social y Aportación Solidaria Federal y del Programa Desarrollo Humano Oportunidades.

2. Planear, programar y gestionar la radicación de los recursos federales de la

Cuota Social, y Aportación Solidaria Federal a los establecimientos que conforman la red de prestadores de servicios médicos de los SSN, por la atención de las familias afiliadas al Sistema.

3. Recibir y revisar las solicitudes de recursos y requisiciones de compra o de

prestaciones de servicios, que presentan las Unidades de los SSN, con el objeto de verificar que sean aplicables a los recursos del Sistema y acordar su pago con los Superiores Jerárquicos.

4. Revisar y dar seguimiento periódicamente a que el ejercicio de los recursos

presupuestales efectuado por la red de prestadores de servicios médicos de los SSN, se apegue a las disposiciones aplicables al Sistema de Protección Social en Salud.

5. Coadyuvar en el ámbito de su competencia, en la elaboración e integración de

los Acuerdos de Gestión que se suscriban con la red de prestadores de servicios médicos de los SSN con motivo de la atención médica a los beneficiarios del Sistema.

6. En materia de Presupuestación Anual participar en coordinación con las áreas

competentes de los Servicios de Salud de Nayarit, en las acciones de planeación, programación y alineación de los recursos presupuestales de los diferentes Programas del Organismo, con la finalidad de integrar las aportaciones del Sistema de Protección Social en Salud.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 143

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

7. Gestionar ante las autoridades competentes de Hacienda y Administración del

Gobierno del Estado, la transferencia de los recursos federales presupuestarios a las cuentas bancarias de los Servicios de Salud de Nayarit, recibidos por concepto de Cuota Social, Aportación Solidaria Federal, Seguro Médico para una Nueva Generación y Programa Desarrollo Humano Oportunidades, para su destino y aplicación correspondiente.

8. Proporcionar en coordinación con la Subdirección Jurídica de Normatividad y

Evaluación del REPSS, asesoría en materia de aplicación de la normatividad presupuestal y administrativa que le sea solicitada tanto por las unidades administrativas del REPSS como de los Servicios de Salud de Nayarit.

9. Gestionar ante la Dirección de Administración la radicación de recursos

financieros a las Jurisdicciones Sanitarias y el pago a proveedores y prestadores de Servicios en el marco de la realización de las acciones de las cuatro estrategias específicas del componente salud del Programa Desarrollo Humano Oportunidades.

10. Coordinar la elaboración y envío a la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, la información y comprobación del gasto efectuado, de los recursos financieros del Programa Desarrollo Humano Oportunidades.

11. Integrar la información de los distintos presupuestos estatales para su

comunicación oficial. a la Comisión Nacional de Protección Social en Salud en el Marco de los Lineamientos para la Integración de la Aportación Solidaria Estatal del Sistema de Protección Social en Salud.

12. Atender y dar respuesta a los Acuerdos que emanan de las reuniones del Consejo Nacional de Salud y de las reuniones nacionales y regionales con los Directores de los REPSS y coordinar la integración de la información que se debe presentar en las sesiones de la Junta de Gobierno de los SSN.

13. Participar como enlace y coordinador en la elaboración e integración de la

información en la que el REPSS sea parte, derivado de los Informes de Gobierno, o Sesiones de la H. Junta de Gobierno del Organismo, sobre el cumplimiento de objetivos, metas y programas, mismos que se derivan de la suscripción de Acuerdos y Convenios del Sistema de Protección Social en Salud.

14. Realizar las acciones necesarias para atender y dar seguimiento a las solicitudes de información y documentación de la Comisión Nacional o de otras Unidades o Dependencias, que son turnadas para tales efectos, por los superiores jerárquicos.

15. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 144

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

COORDINACIÓN DE PLANEACIÓN, DESARROLLO ORGANIZACIONAL E INFORMÁTICA

Objetivo Proporcionar apoyo a la Subdirección de Financiamiento y sus áreas funcionales en materia programática, de evaluación, planeación estratégica, de procesos organizacionales, de análisis estadístico, coadyuvando a la toma de decisiones, además de controlar, desarrollar sistemas, para el optimo aprovechamiento de estos.

Funciones 1. Apoyar a la Subdirección de Financiamiento en la toma de decisiones en base a

reportes, informes y estadísticas de las actividades que las Unidades administrativas del REPSS informan.

2. Impulsar, promover y desarrollar en coordinación con las Unidades

Administrativas del REPSS, los procesos de planeación estratégica y evaluación del desempeño, en el marco a las atribuciones del Sistema.

3. Coordinar la elaboración y dar seguimiento a las actividades del Programa Anual

de Trabajo del REPSS. 4. Establecer y desarrollar estudios, políticas, programas y acciones que tengan

por objeto modernizar y reformar las estructuras, métodos y sistemas del REPSS, que promuevan la innovación en los procesos, con el fin de hacerlo más operativo y funcional;

5. Revisar y proponer en coordinación con la Subdirección de Financiamiento las

estructuras administrativas idóneas para cumplir con los objetivos y metas de los programas y proyectos que les correspondan, en el marco de eficacia, eficiencia, austeridad.

6. Establecer un Sistema Integral de Información, instrumento que permita

monitorear e identificar las diferentes fases por las que atraviesa la operación del Sistema, con el fin de lograr los objetivos y metas establecidas.

7. Coordinar y concentrar la información de las unidades administrativas del

REPSS, para la elaboración del Informe Anual de Actividades de la Dirección.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 145

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

8. Llevar el seguimiento del avance en el cumplimiento de los objetivos, líneas de

acción, metas e indicadores de las Unidades Administrativas del REPSS.

9. Desarrollar sistemas informáticos que requiere el REPSS para su buen funcionamiento, asimismo dar mantenimiento a los sistemas ya existentes y de analizar y probar nuevas herramientas de desarrollo.

10. Mantener en óptimo funcionamiento el equipo de cómputo, cableado,

dispositivos periféricos, inventario de direcciones IP de la red del REPSS e instalar nuevos servicios de red.

11. Elaborar, Controlar y mantener actualizado el Inventario Técnico del equipo de

cómputo y periféricos, así como el de los programas computacionales. 12. Establecer lineamientos para la solicitud de necesidades de los recursos

informáticos y de telecomunicaciones de las Unidades Administrativas del REPSS, así como de su óptima utilización.

13. Desarrollar e implementar el programa de mantenimiento preventivo y correctivo

y reemplazo de los equipos de informática, internet e infraestructura de cómputo. 14. Formular, presentar para autorización del Director del REPSS y dar seguimiento

al Programa Operativo Anual de la Coordinación. 15. Integrar la información y diseñar y manejar las páginas de información

electrónica, en cumplimiento a las disposiciones establecidas para el Sistema de Transparencia de la información.

16. Rendir informes a la Subdirección de Financiamiento, del avance de los

programas así como de las demás que le solicite, en el ámbito de su competencia.

17. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 146

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

SUBDIRECCIÓN JURÍDICA DE NORMATIVIDAD Y EVALUACIÓN

Objetivo Apoyar a la Dirección y áreas operativas y administrativas del Régimen, en orientar, asesorar, elaborar, revisar y validar que los documentos en los que intervenga o forme parte el REPSS, reúnan los contenidos jurídicos necesarios de acuerdo a la normatividad aplicable.

Funciones 1. Asesorar en los asuntos de Carácter Jurídico consultivo a las áreas del Régimen

Estatal de Protección Social en Salud, para que realicen sus actos conforme a Derecho.

2. Emitir opinión desde un punto de vista Lógico-Jurídico sobre los documentos que

generan las Unidades Administrativas que conforman el Régimen Estatal de Protección Social en Salud, para el eficaz cumplimiento de las atribuciones de éste.

3. Verificar que las áreas del Régimen Estatal de Protección Social en Salud,

realicen todos sus actos conforme a derecho. 4. Estudiar los proyectos de reglas, lineamientos y demás normatividad de carácter

general aplicable al Régimen, para que se ajusten a la legislación vigente 5. Dar opinión desde un punto de vista Jurídico, respecto de los Reglamentos,

Lineamientos y demás Normatividad de Carácter Legal aplicable al Régimen, para el desempeño de sus atribuciones.

6. Dar a conocer a las áreas del Régimen las modificaciones y actualizaciones a

las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, convenios, lineamientos, normatividad y demás documentación aplicable correspondiente para el buen ejercicio de las atribuciones del Régimen Estatal de Protección Social en Salud.

7. Supervisar que las áreas del Régimen apliquen las modificaciones y

actualizaciones a las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos correspondientes a las atribuciones del Régimen Estatal de Protección Social en Salud.

8. Asesorar desde el ámbito Legal a los servidores públicos del Régimen Estatal de

Protección Social en Salud, para el correcto desempeño de sus funciones a favor del Régimen Estatal de Protección Social en Salud.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 147

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

9. Supervisar que todos los actos y asuntos del ámbito Legal del Régimen Estatal de Protección Social en Salud queden debidamente sustanciados, observando las disposiciones jurídicas, y administrativas vigentes.

10. Establecer entre las áreas del Régimen Estatal de Protección Social en Salud los

criterios de interpretación y de aplicación de las disposiciones Legales, reglamentarias y Administrativas que por sus funciones les resulten aplicables para que estén dentro del marco Jurídico Vigente.

11. Verificar que los contratos, convenios, acuerdos y bases de coordinación en los

que intervenga el Régimen cumplan con los lineamientos y requisitos legales a que deben sujetarse para la elaboración y revisión de los mismos.

12. Supervisar la aplicación de la Normatividad establecida en los aspectos Legales

con las áreas del Régimen Estatal de Protección Social en Salud, para el debido cumplimiento de sus funciones, así como establecer y fijar las Políticas Normativas que deberán contener los instrumentos Jurídicos en los que forme parte el Régimen Estatal de Protección Social en Salud, para que se ajusten a los Lineamientos y requisitos Legales a que deban sujetarse.

13. Asesorar a las áreas del Régimen, para la aplicación de las disposiciones

Legales en materia de sus respectivas competencias. 14. Organizar un sistema de compilación, consulta y registro sobre los criterios de

interpretación y de aplicación de las disposiciones Legales, reglamentarias y Administrativas que por sus funciones les resulten aplicables.

15. Supervisar que los contratos, convenios, acuerdos y demás actos Jurídicos que

intervenga el Régimen Estatal de Protección Social en Salud, se ajuste a los Lineamientos y requisitos Legales a que deben sujetarse, para la elaboración de los mismos.

16. Difundir entre áreas del Régimen las disposiciones legales aplicables, que deba

sujetarse en la documentación inherente de sus respectivas funciones que emita o expida.

17. Cumplir y hacer cumplir la normatividad jurídica y administrativa aplicable a la

operación del Régimen. 18. Vigilar que las políticas de operación, organización, supervisión y evaluación en

materia de cumplimiento de metas y objetivos se efectúen dentro de los parámetros establecidos.

19. Supervisar que las áreas del Régimen apliquen las modificaciones y

actualizaciones a las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, lineamientos,

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 148

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

normatividad, indicadores, metas y demás obligaciones correspondientes a las atribuciones del Régimen Estatal de Protección Social en Salud.

20. Participar conjuntamente con la Unidad de Asuntos Jurídicos, en los

anteproyectos de iniciativas de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, órdenes y todas aquellas disposiciones legales administrativas, así como las modificaciones correspondientes, para el ejercicio de las atribuciones del Régimen Estatal de Protección Social en Salud.

21. Verificar que las áreas del Régimen, remitan a las instancias correspondientes

los informes, datos y documentos que les sean solicitados y los que legalmente deban de remitir conforme a sus atribuciones dentro los plazos establecidos,

22. Las demás que le confiera de manera expresa el Director del REPSS.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 149

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

DEPARTAMENTO JURÍDICO

Objetivo Apoyar a la Dirección y áreas operativas y administrativas del Régimen, en orientar, asesorar, elaborar, revisar y validar que los documentos en los que intervenga o forme parte el REPSS, reúnan los contenidos jurídicos necesarios de acuerdo a la normatividad aplicable, así como efectuar seguimiento a los asuntos de carácter jurídico.

Funciones

1. Verificar que las áreas del Régimen Estatal de Protección Social en Salud, realicen todos sus actos conforme a Derecho.

2. Dar opinión desde un punto de vista Jurídico, respecto de los Reglamentos,

Lineamientos y demás normatividad de carácter legal aplicable al Régimen, para el desempeño de sus atribuciones.

3. Dar a conocer a las áreas del Régimen las modificaciones y actualizaciones a

las Leyes, Reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes correspondientes para el buen ejercicio de las atribuciones del Régimen Estatal de Protección Social en Salud.

4. Asesorar desde el ámbito legal a los servidores públicos del Régimen Estatal de

Protección Social en Salud, para el correcto desempeño de sus funciones a favor.

5. Supervisar que todos los actos y asuntos del ámbito legal del Régimen Estatal

de Protección Social en Salud queden debidamente sustanciados, observando las disposiciones jurídicas, y administrativas vigentes.

6. Verificar que los contratos, convenios, acuerdos y bases de coordinación en los

que intervenga el Régimen cumplan con los lineamientos y requisitos legales a que deben sujetarse para la elaboración y revisión de los mismos.

7. Difundir entre áreas del Régimen las disposiciones legales aplicables, que deban

sujetarse en la documentación inherente de sus respectivas funciones que emita o expida.

8. Supervisar que las áreas del Régimen apliquen las modificaciones y

actualizaciones a las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, lineamientos, Normatividad, Indicadores, Metas y demás obligaciones correspondientes a las atribuciones.

9. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 150

SERVICIOS DE SALUD

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COORDINACIÓN DE EVALUACIÓN Y SUPERVISIÓN Objetivo Verificar y vigilar que las políticas de operación, organización, supervisión y evaluación en materia de cumplimiento de metas y objetivos se efectúen dentro de los parámetros establecidos, a fin de optimizar y mejorar la organización funcional del Régimen.

Funciones 1. Verificar que las áreas del Régimen Estatal de Protección Social en Salud,

realicen todos sus actos conforme a la normatividad aplicable. 2. Estudiar los proyectos de Reglas, Lineamientos y demás Normatividad de

Carácter general aplicable al Régimen, para que todos los actos del Régimen se ajusten a la legislación vigente

3. Dar a conocer a las áreas del Régimen las modificaciones y actualizaciones a las

Leyes, Reglamentos, Decretos, Acuerdos, Convenios, Lineamientos, normatividad y demás documentación aplicable correspondiente para el buen ejercicio de las atribuciones del Régimen Estatal de Protección Social en Salud.

4. Supervisar que las operativas y administrativas del Régimen apliquen en el ámbito

de sus respectivas competencias las modificaciones y actualizaciones a las Leyes, Reglamentos, Decretos, Acuerdos, Convenios, Lineamientos, Normatividad y demás documentación aplicable correspondiente para el buen ejercicio de las atribuciones del Régimen Estatal de Protección Social en Salud.

5. Establecer entre las áreas del Régimen Estatal de Protección Social en Salud los

criterios de interpretación y de aplicación de las disposiciones Legales, reglamentarias y Administrativas que por sus funciones les resulten aplicables para que estén dentro del marco Jurídico Vigente.

6. Supervisar la aplicación de la Normatividad establecida en los aspectos Legales

con las áreas del Régimen Estatal de Protección Social en Salud, para el debido cumplimiento de sus funciones, así como proponer las Políticas Normativas que deberán contener los instrumentos Jurídicos en los que forme parte el Régimen Estatal de Protección Social en Salud, para que se ajusten a los Lineamientos y requisitos Legales a que deban sujetarse.

7. Asesorar a las áreas del Régimen, para la aplicación de las disposiciones Legales

en materia de sus respectivas competencias

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 151

SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

8. Organizar un sistema de compilación, consulta y registro sobre los criterios de

interpretación y de aplicación de las disposiciones Legales, reglamentarias y Administrativas que por sus funciones les resulten aplicables.

9. Difundir entre las áreas del Régimen las disposiciones legales aplicables, que

deba sujetarse en la documentación inherente de sus respectivas funciones que emita o expida.

10. Verificar que las áreas del Régimen, remitan a las instancias correspondientes

los informes, datos y documentos que les sean solicitados y los que legalmente deban de remitir conforme a sus atribuciones dentro los plazos establecidos.

11. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 152

SERVICIOS DE SALUD

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COORDINACIÓN ESTATAL DE TRASPLATE DE ORGANOS

Objetivos Establecer y conducir las acciones de difusión, promoción y concientización, en la población para elevar la tasa anual de donación y trasplantes de órganos.

Funciones 1. Elaborar y ejecutar el Programa Estatal de Trasplantes: en apego a las políticas

federales así como el Plan Estatal de Desarrollo.

2. Mantener comunicación y coordinación con el Centro Nacional de Trasplantes, a efecto de emprender acciones de complementación y colaboración con las acciones del Registro Nacional de Trasplantes.

3. Proporcionar información y colaborar con las acciones del Registro Nacional de

Trasplantes;

4. Llevar el registro de los sujetos susceptibles de trasplante;

5. Expedir a cada persona inscrita en el registro como receptor una cédula que certifique su lugar progresivo y la fecha de su incorporación.

6. Promover a través de actividades de educación, investigación información y

difusión, una cultura de donación entre la población;

7. Fomentar y sistematizar el estudio y la investigación, en el trasplante de órganos y tejidos de seres humanos con fines terapéuticos, mediante la instauración de premios, concursos, becas y reconocimientos; así como propiciar programas de capacitación para el personal médico y de enfermería en trasplante;

8. Revisar permanentemente la legislación y la reglamentación, en la materia de la

disposición de órganos y tejidos de seres humanos con fines terapéuticos, a efecto de presentar ante las instancias competentes, observaciones y propuestas;

9. Promover y coordinar la colaboración y la complementación de acciones, entre

las autoridades sanitarias federales y estatales involucradas en el procedimiento para la disposición de órganos y tejidos de seres humanos con fines terapéuticos, así como con los Consejos de Trasplantes de otras entidades federativas;

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 153

SERVICIOS DE SALUD

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10. Promover y coordinar la participación de los sectores social, público y privado en acciones de apoyo en la materia, para lo cual impulsará la integración de miembros al patronato que allegue recursos financieros y materiales; así como invitar, cuando lo estime conveniente, a representantes de instituciones sociales, privadas y públicas, en calidad de vocales invitados con derecho a voz pero sin voto, a participar en las sesiones del Consejo de trasplantes;

11. Presentar por conducto del Presidente Ejecutivo en el primer bimestre de cada año, un informe anual de actividades que incluya las estadísticas de donación y trasplante de órganos y tejidos;

12. Proponer e impulsar ante las instituciones de educación superior y de salud, la

formación de recursos humanos en la especialidad de trasplante, así como estudios e investigaciones en la materia en calidad de postgrados o especialidades;

13. Implementar un sistema de información con respecto al Programa Estatal de Trasplantes, que permita tanto la toma de decisiones como la evaluación de la atención médica relacionada con los trasplantes;

14. Operar y diseñar el sistema logístico e informático del Registro Estatal de

Trasplantes a su cargo.

15. Vigilar los procesos para evitar los delitos en materia de donación y trasplantes de órganos.

16. Someter a revisión y aprobación de la Unidad de Asuntos Jurídicos las normas,

lineamientos y políticas internas y las demás que le otorgue la presente ley y otras disposiciones legales aplicables.

17. Rendir informes al Director General del avance de los programas así como de las

demás que le solicite, en el ámbito de su competencia. 18. Las demás que de manera expresa le encomiende el Superior Jerárquico.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 154

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GLOSARIO DE TERMINOS ANOFELINOS.- Mosco transmisor del paludismo.

AEDES.- Mosco transmisor del dengue.

CIDA.- Consejo Interno de Administración; Cuerpo Colegiado de apoyo Administrativo del Director General.

Clínicas de Displasias.- Servicio donde se confirma el diagnóstico de cáncer y se realizan algunas atenciones para su curación.

Coordinaciones Municipales.- Instancia administrativa de supervisión y apoyo logístico para las unidades de atención médica de cada uno de los municipios; desconcentrada de las jurisdicciones sanitarias.

COPLADE.- Comité de Planeación para el Desarrollo.

Cruzada Nacional por la Calidad.- Es una estrategia que busca una mejora continua de la calidad en la atención médica de los pacientes.

EFES.- Enfermedad febril exantemáticas. CAUSES.-

Estudio de Regionalización Operativa (ERO).- Documento que muestra la población y área geográfica de responsabilidad de cada unidad de primer y de hospitales. Horizontalización de Programas.- Es el proceso de incorporar los programas que cuentan con recursos directos, a la administración normal de los servicios de salud. Jurisdicciones Sanitarias.- Instancias Administrativas desconcentradas por función y por territorio, con autonomía operativa.

MASPA.- Modelo de Atención en Salud para Población Abierta.

Medicina Preventiva.- Son todas aquellas acciones de protección a la salud de la población, ya sean directas (vacunación) ó indirectas (Saneamiento básico). Morbilidad.- Es la información básica sobre cuántas personas se enferman y de qué se están enfermando.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 155

SERVICIOS DE SALUD

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Mortalidad.- Es la información básica sobre cuantas personas fallecen y de qué se están muriendo.

PABSS.- Paquete Básico de Servicios de Salud; contempla 15 intervención de prevención y control de enfermedades factibles de desarrollarse en el primer nivel de atención. PAC.- Programa de Ampliación de Cobertura.- Es una estrategia para la aplicación del Paquete Básico de Servicios de Salud, en áreas marginadas, atendiendo localidades con unidad médica y sin unidad.

PEC.- Es una estrategia para ampliar la cobertura de las acciones del Paquete Básico de Servicios de Salud, a localidades que no cuentan con unidad de salud.

PFA.- Parálisis flácida aguda.

Plan Maestro de Infraestructura Física en Salud para Población No Asegurada (PEMISPA).- Documento rector de la programación de obra nueva y rehabilitación de unidades salud.

Población Abierta.- Población no asegurada.

Pregrado.- Estudiante de medicina en el último año de su carrera que realiza sus prácticas médicas.

PROCEDES.- Programa de Calidad, Equidad y Desarrollo en Salud.

Programas Prioritarios.- Son aquellos que por su magnitud y trascendencia requieren de una atención preferencial.

Programas Sustantivos.- Son aquellos que sus acciones van directamente a incidir sobre la salud de la población.

Registro Nacional de Infraestructura para la Salud (RENIS).- Documento que muestra los recursos físicos y humanos con que cuentan los Servicios de Salud de Nayarit.

Régimen.-

Residencias Médicas.- Estudios de post grado que cursan los médicos generales para una especialidad.

REPSS.- Régimen de Protección Social en Salud.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN 156

SERVICIOS DE SALUD

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Salubridad Concurrente.- Son aquellas acciones de regulación Sanitaria, donde participa tanto el estado como la federación para su control. Salubridad Exclusiva.- Son aquellas acciones de regulación que le corresponden administrativamente a la federación, en donde el estado apoya como ventanilla de trámite. Salubridad Local.- Son aquellas acciones de regulación sanitaria, que administrativamente corresponden a los municipios. SEED.- Sistema Estadístico y Epidemiológico de las Defunciones. Seguros Populares.- Es un seguro para la atención de la salud de la población que no cuentan con seguridad social. SPPP.- Secretaria de Planeación, Programación y Presupuesto.

SSN.- Servicios de Salud de Nayarit.

SEDESOL.- Unidades de Primer Nivel.- Son unidades de atención ambulatoria de medicina general y algunas urgencias menores. Unidades de Segundo Nivel.- Son unidades de atención médica en hospitalización, con las 4 especialidades básicas (medicina interna, cirugía, pediatría y gineco – obstetricia), algunas sub-especialidades y urgencias médico - quirúrgicas. Vigilancia Epidemiológica.- Es el proceso de vigilar la incidencia de casos nuevos de enfermedades; principalmente contagiosas.

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SERVICIOS DE SALUD

DE NAYARIT

X. AUTORIZACION DEL MANUAL

En cumplimiento al Art. 24 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit; se actualizó el presente Manual General de Organización para su debida observancia el día 30 del mes de Agosto de 2011.

INTEGRO

Lic. Balbina Lara Caldera Jefe del Departamento de Desarrollo

Organizacional e Infraestructura

Lic. María del Rosario Ramírez Aguayo Coordinadora de Manuales

VALIDÓ

Dr. Marco Antonio Domínguez Hernández

Director de Planeación Dr. Israel Arteaga Mondragon

Director de Atención Hospitalaria

M.C. María Evelina Flores Rosales

Director de Atención Médica Dr. Consuelo Rojas García

Director de Servicios de Salud

MCD. Diego Cristóbal Calderón Estrada

Director de Regulación Sanitaria C.P. Mario Alberto Flores Flores

Director de Administración

Dr. Roberto Puentes Estrada Director de Atención Médica Dr.

Dr. Juan González Zapata Director del Régimen Estatal de Protección Social

en Salud

Dr. Juan José Hernández San Juan Director General