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Servicio de valet parking

Si utilizas este material por favor cita al boletín electrónico Brújula de compra de Profeco (www.profeco.gob.mx)

Cada día se vuelve más difícil encontrar un espacio donde estacionar el automóvil en las grandes ciudades, sobre todo en zonas comerciales y de restaurantes. Enel Distrito Federal circulan diariamente más de tres millones 700 mil vehículos según datos de la Secretaría de Transporte y Vialidad (Setravi), los cuales saturan los 160 mil 966 cajones de estacionamiento que se encuentran distribuidos en la ciudad.

Ante esta disyuntiva, los acomodadores de autos o valet parking aparecen como una solución al problema de la búsqueda de estacionamiento en la ciudad.

Y es que, en teoría, los valet parking se encargan de la operación y administración de los servicios de estacionamiento y se orientan a disminuir zonas de tensión vehicular en las ciudades.

Por lo regular, se sitúan a la entrada de diversos establecimientos como restaurantes, discotecas, bares, museos, establecimientos comerciales, fiestas particulares y demás eventos sociales.

Estas empresas tienen convenios, mediante el pago de una cuota por número de vehículos, con diversos estacionamientos cercanos al establecimiento y. cuentan con choferes para trasladar las unidades de un lugar a otro.

Algunas incluso se hacen cargo de los daños que el chofer pudiera llegar a ocasionar a algún vehículo.

Según la Asociación Nacional de Valet Parking y Estacionamientos, A.C., que cuenta con 16 empresas asociadas, el valet parking bien establecido siempre porta uniforme, gafete y se encuentra dentro de un módulo con el nombre del establecimiento y la tarifa que cobran.

"El seguro abarca objetos personales, siempre y cunado sean de un valor considerable y se hayan especificado al personal al entregar el vehículo", comentó a Brújula de compra el Lic. Edgar Rangel, encargado de la tesorería de la Asociación. De forma voluntaria, registran en Profeco un contrato de adhesión para la prestación de servicios de traslado y custodia de vehículos mediante acomodadores personalizados. A continuación te invitamos a saber más sobre este servicio, los requisitos que debe cumplir un buen valet parking y sus responsabilidades ante un percance.

El servicio

De acuerdo con la investigación realizada por Brújula de compra, cada ciudad y municipio establece sus propios lineamientos para la operación tanto de estacionamientos públicos como del servicio de valet parking. Te presentamos la situación de este sector en el Distrito Federal, ya que de acuerdo con cifras de Setravi en esta ciudad circula casi 11% del total de vehículos existentes en el territorio nacional.

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El Reglamento de Estacionamientos Públicos del Distrito Federal (REPDF) define los estacionamientos públicos como locales destinados en forma principal a la prestación al público del servicio de recepción, guarda, protección y devolución de vehículos, a cambio del pago de la tarifa autorizada. De acuerdo con el tipo de servicio que prestan se clasifican en dos: 1. Autoservicio: El mismo dueño o conductor del vehículo es quien estaciona el vehículo.

2. De acomodadores: Los vehículos son conducidos por personal contratado por el establecimiento o empresa para sus clientes durante el periodo de tiempo que permanezcan en sus establecimientos.

Los requisitos

En muchas ocasiones por las prisas de llegar a tiempo a una cita o simplemente por desconocimiento no tomamos en cuenta algunos requisitos indispensables que deben cumplir los valet parking.

La Ley para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal (LFEMDF) señala que el personal encargado de prestar el servicio de valet parking o acomodadores de vehículos deberá contar con licencia de manejo vigente, uniforme e identificación que lo acredite como acomodador.

Al momento de entregar tu coche al valet, éste deberá entregarte el boleto correspondiente, el cual es el contrato que ampara al usuario en esta transacción comercial.

El artículo 20 del REPDF señala que el boleto que entregue el acomodador al usuario deberá contener los siguientes datos:

1. Nombre o razón social y domicilio del prestador del servicio de estacionamiento.

2. Clave del Registro Federal de Contribuyente.

3. Los números telefónicos para reportar quejas del propio estacionamiento.

4. La clasificación del estacionamiento (una sola planta, de armadura metálica desmontable o de edificio) y, de acuerdo con ello, la tarifa aplicable.

5. Número de boleto.

6. Forma en que se responderá en caso de daños sufridos a los vehículos durante el tiempo de guarda.

7. Espacios individuales para asentar la hora de entrada, de salida y el número de placas.

Para el caso del Distrito Federal un decreto local emitido en el año 2000 en la LFEMDF señala que podrá ofrecerse este servicio en la calle siempre y cuando el establecimiento cuente con un permiso expedido por la delegación política.

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En cuanto al precio que deben cobrar, el Gobierno del Distrito Federal es el encargado para fijar las tarifas de los estacionamientos y establecimientos que cuenten con este servicio, tomando en consideración los siguientes criterios:

1. Tiempo de servicio (por hora, día o mes).

2. Características de las instalaciones.

3. Tipo de servicio (autoservicio o de acomodadores).

4. Zona urbana donde se encuentre establec

'Aquí no fue, ya estaba así'

Rayones, golpes, desperfectos, malos tratos a los vehículos y hurtos son los principales problemas que señalan algunos usuarios con el servicio de valet parking. Así lo demuestra un sondeo realizado por la Dirección General de Estudios sobre Consumo en algunos restaurantes y estacionamientos de las colonias Condesa y Centro de la Ciudad de México realizado el día 11 de enero.

El artículos 16 del REPDF señala que los propietarios o administradores de estacionamientos deberán capacitar a su personal, para conducir apropiadamente los vehículos y el art. 17 especifica que se prohíbe que personas ajenas a los acomodadores manejen los autos de los usuarios y sacar del estacionamiento los vehículos confiados a su custodia, sin autorización del propietario.

Tanto la LFEMDF como el REPDF señalan que los propietarios o administradores de estacionamientos deberán cubrir a los usuarios los daños que sufran en sus vehículos y equipos automotrices durante el tiempo de su guarda y de acuerdo con el tipo de servicio que presten:

1. De autoservicio. Responsabilidad por robo total del vehículo.

2. De acomodadores. Responsabilidad por robo total, daño parcial y accesorios mostrados a la entrega del vehículo.

Con el fin de cumplir con estas obligaciones, tanto los estacionamientos de autoservicio como los de acomodadores deberán contratar una póliza de seguro o bien podrán reparar los automóviles en el taller particular que acuerden con el usuario.

Algunas experiencias de los usuarios de este servicio van desde la pérdida de objetos personales (libros, perfumes, discos compactos) hasta el extravío del vehículo.

En nuestro sondeo los usuarios coincidieron en que reclamaron al encargado del estacionamiento o restaurante, pero en la mayoría de los casos no se hicieron responsables.

El REPDF prevé una serie de sanciones ante situaciones como las mencionadas. Las sanciones se calculan multiplicando el número de cajones con los que cuente el estacionamiento por la tarifa autorizada por hora, la cual deberá estar colocada a la vista del público. El resultado que se obtenga será multiplicado a su vez por un tiempo de servicio de ocho, dieciséis o veinticuatro horas, dependiendo del tipo de problema, como se muestra en la siguiente tabla:

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Falta Sanción

Que los trabajadores no utilicen uniforme o gafete de identificación

8hrs.

Permitir que personas ajenas a los acomodadores conduzcan los vehículos en guarda

8hrs.

Contar con personal sin capacitación o licencia para conducir 16hrs.

No cubrir a los usuarios los daños ocasionados a sus vehículos durante el tiempo de guarda

16hrs.

Reparar los daños de los vehículos fuera del plazo sin satisfacción del usuario

16hrs.

Sacar los vehículos en custodia 24hrs.

Fuente Reglamento de Estacionamientos Públicos del D.F.

En el supuesto de que el establecimiento contara con 30 cajones de estacionamiento y que su tarifa por hora fuera de $22 (promedio en los lugares encuestados), nos daría un resultado de $660.00. Este resultado a su vez se multiplica por un tiempo de servicio de 24 horas ante el tipo de la falta cometida. La multa para el establecimiento sería de $15,840 y en caso de reincidencia, se aplicará el doble de la sanción correspondiente.

Antes de dejar las llaves

Con el fin de evitar en lo posible malas experiencias en éste servicio te invitamos a tomar en cuenta los siguientes consejos.

1. Antes de entregar las llaves, verifica que el valet parking, cuente con uniforme y gafete que lo identifique.

2. Exige tu comprobante o boleto.

3. Lee las condiciones del contrato que aparecen al reverso del boleto. Si no estás de acuerdo busca otro lugar para estacionar tu automóvil.

4. No dejes objetos de valor a la vista o decláralos al acomodador.

5. De preferencia señala al valet parking los golpes o rayones que tiene tu vehículo.

6. A la entrega revisa junto con el acomodador la carrocería, accesorios y tus pertenencias.

7. A tu regreso verifica que tu auto se encuentre en las mismas condiciones.

8. Denuncia los robos o pérdidas de inmediato ante el Ministerio Público

Con la ley en la mano

Según la Ley de Establecimientos Mercantiles los titulares u operadores de los estacionamientos tendrán las siguientes obligaciones:

Emitir boletos de depósito del vehículo a cada uno de los usuarios, en el que se

especifiquen las condiciones del contrato

Contar con iluminación suficiente durante el tiempo que permanezca en

operación el estacionamiento

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Tener una señalización clara y suficiente para el control de entradas, salidas y

circulación

Contar con un seguro de responsabilidad civil o fianza que garantice a los

usuarios el pago de los daños

Cubrir el pago del deducible cuando sea robo total

Fíjate en…

Si requieres contratar una empresa de valet parking para algún evento familiar o social

Programa una reunión en la que se discutan las tarifas y características del

servicio que ofrecen

Existen dos tipos de tarifa

a) La que se le cobra al usuario

b) La que se cobra al anfitrión

Pregunta si cuentan con póliza de seguro; el número de valets que se incluyen

en el costo, qué uniforme portarán y si es necesario ofrecerles alimentos.

Debe firmarse un contrato para el evento.

Una vez que selecciones un proveedor, busca junto con la empresa de valet

algún terreno o lugar donde puedan estacionar la mayoría de los autos el día

del evento.

Dónde acudir

Ante alguna mala experiencia con la prestación de este servicio puedes presentar tu queja ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) ya sea verbal o escrita, personal o por otro medio como fax, correo electrónico ([email protected]) o correo certificado. Los requisitos son los siguientes:

1. Nombre y domicilio del consumidor.

2. Nombre y domicilio del proveedor que aparece en el contrato, comprobante o recibo. En caso de no aparecer en ninguno de estos documentos, señalar el lugar donde puede ser localizado.

3. Descripción del servicio que se reclama y la narración de los hechos que dieron lugar a la queja.

4. Llenar formato de recepción de queja, disponible en la dirección: http://www.profeco.gob.mx/formas/f_esp_quejas.asp

Una vez presentada la queja, un servidor público de Profeco te indicará el procedimiento a seguir.

Como en todos los servicios, en el valet parking existen buenos y malos ejemplos. Lo importante es estar bien informados de las garantías que cada establecimiento ofrece para el resguardo de tu automóvil y de qué manera la Ley te protege ante los abusos cometidos por los acomodadores.