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CONTRATO DEL SERVICIO DE BUSQUEDA DE INFORMACION VIA INTERNET Conste por el presente documento, que se extiende por duplicado, el CONTRATO DEL SERVICIO DE BUSQUEDA DE INFORMACION VIA INTERNET, que celebran, de una parte, el INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, con R.U.C. Nº 20133840533, con domicilio en Calle De La Prosa Nº 104, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, debidamente representado por su Gerente General señor Juan Joel De la Cruz Toledo, identificado con D.N.I. Nº 18134876, en adelante el INDECOPI; y, de la otra parte ________________________________________________________________ _____, con RUC/DNI Nº ____________, con domicilio legal en ____________________________________________, distrito de _______________, provincia y departamento de Lima, debidamente representado por __________________________________________________, identificado con DNI Nº ___________________, a quien en adelante se le denominará el SUSCRIPTOR; en los términos y condiciones siguientes: PRIMERA: DEFINICIONES Para efectos del presente contrato, estos términos tendrán el significado que se indica a continuación: a) Suscriptor : Persona natural o jurídica que contrata el servicio. b) Usuario : Persona natural autorizada por el suscriptor para utilizar el servicio mediante el uso de la clave de acceso asignada. Cada suscriptor podrá tener un número máximo de tres (3) usuarios. c) Identificación del Usuario : Nombre asignado a cada usuario autorizado para que pueda acceder al sistema. d) Clave de Acceso : Contraseña que permite al usuario acceder al servicio e) TUPA del INDECOPI : Texto Único de Procedimientos Administrativos del INDECOPI SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO Por el presente contrato, el INDECOPI prestará a favor del SUSCRIPTOR, el Servicio de Búsqueda de Información Vía Internet

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CONTRATO DEL SERVICIO DE BUSQUEDA DE INFORMACION VIA INTERNET

Conste por el presente documento, que se extiende por duplicado, el CONTRATO DEL SERVICIO DE BUSQUEDA DE INFORMACION VIA INTERNET, que celebran, de una parte, el INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, con R.U.C. Nº 20133840533, con domicilio en Calle De La Prosa Nº 104, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, debidamente representado por su Gerente General señor Juan Joel De la Cruz Toledo, identificado con D.N.I. Nº 18134876, en adelante el INDECOPI; y, de la otra parte _____________________________________________________________________, con RUC/DNI Nº ____________, con domicilio legal en ____________________________________________, distrito de _______________, provincia y departamento de Lima, debidamente representado por __________________________________________________, identificado con DNI Nº ___________________, a quien en adelante se le denominará el SUSCRIPTOR; en los términos y condiciones siguientes:

PRIMERA: DEFINICIONES

Para efectos del presente contrato, estos términos tendrán el significado que se indica a continuación:

a) Suscriptor : Persona natural o jurídica que contrata el servicio.b) Usuario : Persona natural autorizada por el suscriptor para utilizar el

servicio mediante el uso de la clave de acceso asignada. Cada suscriptor podrá tener un número máximo de tres (3) usuarios.

c) Identificación del Usuario

: Nombre asignado a cada usuario autorizado para que pueda acceder al sistema.

d) Clave de Acceso : Contraseña que permite al usuario acceder al servicioe) TUPA del INDECOPI : Texto Único de Procedimientos Administrativos del

INDECOPI

SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATOPor el presente contrato, el INDECOPI prestará a favor del SUSCRIPTOR, el Servicio de Búsqueda de Información Vía Internet (en adelante el Servicio), a fin de que el mismo sea utilizado por el SUSCRIPTOR para acceder, a través de la página Web del INDECOPI, a la información de carácter público contenida en los registros de la Dirección de Signos Distintivos del INDECOPI.

TERCERA: INFORMACION COMPRENDIDA DENTRO DEL SERVICIO

De acuerdo a lo establecido en la cláusula precedente, la información a la cual el SUSCRIPTOR podrá acceder vía la página Web del INDECOPI es la siguiente:

3.1 Búsqueda de antecedentes fonéticos

El SUSCRIPTOR podrá solicitar la búsqueda de antecedentes fonéticos en una (1) clase de la Clasificación Internacional de Productos y Servicios de Niza (Clasificación de Niza).

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En este caso, el sistema mostrará un máximo de 200 marcas por consulta, las mismas que corresponderán a aquéllas que guarden mayor similitud fonética con el signo que es objeto de consulta.

El costo de este servicio será el establecido por el TUPA del INDECOPI vigente a la fecha de realización de la búsqueda.

3.2 Consulta de registros por titular

Mediante este servicio, el SUSCRIPTOR podrá realizar, de manera gratuita, una búsqueda a fin de determinar si una persona natural o jurídica es titular de algún derecho sobre algún elemento de propiedad industrial cuyo registro fuera responsabilidad de la Dirección de Signos Distintivos.

Si el resultado de la búsqueda es positivo, el sistema mostrará al SUSCRIPTOR todos los registros a nombre del titular solicitado. En caso el SUSCRIPTOR quisiera visualizar estos registros, se le cobrará la suma fijada para este servicio en el TUPA del INDECOPI.

3.3 Servicio de consulta del estado de expedientes

Mediante este servicio, el SUSCRIPTOR podrá conocer el estado de los expedientes administrativos tramitados ante la Dirección de Signos Distintivos que tengan carácter público, pudiendo comunicarse vía correo electrónico con el funcionario responsable de su tramitación.

Este servicio es gratuito.

CUARTA: ACCESO AL SERVICIO

Una vez implementado el acceso, los usuarios que el SUSCRIPTOR designe deberán ingresar a la página Web del INDECOPI (www.indecopi.gob.pe), donde existe una sección para el acceso a los servicios de información materia de este contrato.

QUINTA: CONDICIONES DEL SERVICIO

5.1 INDECOPI asignará un código al SUSCRIPTOR, así como una identificación y clave de acceso para cada usuario que éste inscriba mediante la ficha de datos que, como Anexo II, forma parte del presente contrato.

5.2 El servicio atenderá a un máximo de tres (3) usuarios de manera simultánea, salvo que INDECOPI amplíe la capacidad del servicio, lo que será comunicado a los suscriptores en el día en el cual se produzca esta ampliación.

5.3 El SUSCRIPTOR asumirá el costo de las búsquedas que se realicen mediante el uso de la identificación y clave de usuario proporcionadas por el INDECOPI.

5.4 El acceso a los servicios materia de este contrato estará permitido siempre que el SUSCRIPTOR tenga saldo a favor en su cuenta corriente. De producirse la suspensión del Servicio, el SUSCRIPTOR podrá dejar sin efecto la misma mediante el abono de la suma mínima mencionada en la cláusula séptima siguiente.

5.5 El servicio se prestará de forma ininterrumpida durante las 24 horas del día, salvo por razones de caso fortuito o fuerza mayor (como por ejemplo cortes de energía, fallas en el

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servicio telefónico, desastres naturales, entre otras) o con ocasión de la realización de procesos de mantenimiento. En este caso, el INDECOPI deberá informar a los SUSCRIPTORES de estos procesos con una anticipación no menor a un (1) día previo a su realización.

5.6 INDECOPI no asegura la continuidad del Servicio por problemas de conexión a la red de Internet.

5.7 INDECOPI no se hace responsable por las decisiones que pueda adoptar el SUSCRIPTOR o sus clientes a partir de la información proporcionada por el sistema.

5.8 El SUSCRIPTOR se compromete a administrar de forma adecuada la información proporcionada por el sistema, siendo de su absoluta responsabilidad la distribución de dicha información.

5.9 El servicio materia del presente contrato será prestado exclusivamente a favor del SUSCRIPTOR, por lo que éste no podrá ceder su posición en este contrato a favor de terceros, bajo ninguna circunstancia.

5.10 Es responsabilidad del SUSCRIPTOR informar al INDECOPI respecto a cualquier modificación que se produzca en la relación de usuarios designados para la utilización del Servicio. El INDECOPI no será responsable por la utilización del servicio en caso el SUSCRIPTOR no informe oportunamente acerca de estos cambios.

Para este fin, el SUSCRIPTOR podrá informar los cambios en la relación de los usuarios mediante carta simple o correo electrónico.

5.11 El uso del correo electrónico habilitado por INDECOPI estará limitado a la formulación de consultas aclaratorias sobre la información referida al estado del trámite de los expedientes administrativos, estando prohibido el uso del mismo para comunicaciones de carácter personal, envío de mensajes ofensivos o para pretender acceder a información reservada, como por ejemplo el sentido en el cual se resolverá un determinado expediente.

5.12 INDECOPI se reserva el derecho de mejorar y/o realizar los cambios que considere necesarios en las aplicaciones informáticas que dan soporte a este servicio.

5.13 INDECOPI se reserva el derecho de cancelar el Servicio al SUSCRIPTOR si éste lo mantiene inactivo por un mes. En este caso, se devolverá al SUSCRIPTOR el saldo que pudiera existir en su cuenta corriente.

SEXTA: COSTO DEL SERVICIO

De acuerdo a lo indicado en las cláusulas 3.1 y 3.2 precedentes, el costo por los servicios detallados en las mismas corresponderá a las tasas vigentes en el TUPA del INDECOPI a la fecha de realización de las búsquedas.

Los servicios de consulta del estado de expedientes, remisión de correo electrónico y búsqueda de información por titular – previa a la búsqueda de los registros de éste – serán gratuitos.

SEPTIMA: FORMA DE PAGO

El pago por los servicios materia de este contrato está sujeto a las siguientes condiciones:

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7.1 El SUSCRIPTOR deberá efectuar los abonos en la cuenta que para tal efecto le abrirá INDECOPI.

7.2 El monto mínimo que el SUSCRIPTOR deberá abonar asciende a la suma de S/1 000,00 (Mil y 00/100 nuevos soles); sin perjuicio de que, de acuerdo a sus necesidades, el SUSCRIPTOR decida abonar una suma mayor.

7.3 El costo de cada búsqueda fonética o por titular será cargado contra el monto que conste en la cuenta corriente. EL SUSCRIPTOR podrá acceder al control de su saldo mediante las opciones del mismo sistema.

7.4 Los abonos que realice el SUSCRIPTOR podrán hacerse ya sea mediante depósitos en la Caja Central del INDECOPI o en la cuenta corriente en moneda nacional Nº 000-0186511 del Scotiabank, la misma que pertenece al INDECOPI. En este caso, el SUSCRIPTOR deberá acercarse a la Caja Central del INDECOPI presentando el original del comprobante de depósito bancario, para ser canjeado por el comprobante de pago respectivo.

7.5 La primera semana del mes siguiente al de la prestación del servicio, INDECOPI enviará al domicilio del SUSCRIPTOR el comprobante de pago cancelado por el monto total debitado en la cuenta del servicio por las búsquedas realizadas en el mes concluido.

En caso existiera un saldo a favor del INDECOPI, el SUSCRIPTOR deberá abonar esta suma a más tardar dentro de las 48 horas de recibido el comprobante de pago mencionado en el párrafo precedente. Caso contrario, se procederá a la cancelación del servicio, sin perjuicio de que esta obligación del SUSCRIPTOR se mantenga vigente.

7.6 Adjunto al comprobante de pago mencionado en el numeral precedente, el INDECOPI remitirá al SUSCRIPTOR un listado detallado de las búsquedas que impliquen un costo, identificándolas por el usuario que realizó las mismas y señalando la fecha de la búsqueda.

OCTAVA: DE LOS DERECHOS DE AUTOR

La titularidad y derechos de autor del Servicio incluye las imágenes, fotografías, textos, aplicaciones y subprogramas incorporados en el Servicio, así como los materiales impresos otorgados al momento de la suscripción de este contrato y corresponden al INDECOPI o a sus proveedores, encontrándose protegidos por el Decreto Legislativo Nº 822, Ley sobre el Derecho de Autor, sus modificatorias y conexas, así como por las disposiciones contenidas en los tratados internacionales sobre la materia.

NOVENA: VIGENCIA

El presente contrato entrará en vigencia a partir de su fecha de suscripción y tendrá una duración indefinida. En tal sentido, cualquiera de las partes podrá resolverlo, sin expresión de causa, en cualquier momento; para lo cual deberá remitir a la contraparte una comunicación informando esta decisión, con una anticipación no menor a treinta (30) días hábiles.

La resolución del presente contrato derivada de la aplicación de esta cláusula no afecta el derecho del INDECOPI de cobrar al SUSCRIPTOR las sumas pendientes de pago a las cuales se hace referencia en el numeral 7.5 precedente.

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DÉCIMA: RESOLUCIÓN

Sin perjuicio de lo indicado en la cláusula novena precedente, el presente contrato podrá ser resuelto por INDECOPI en caso el SUSCRIPTOR incumpla cualquiera de las obligaciones asumidas mediante el presente contrato.

Para ello, y en aplicación del artículo 1430 del Código Civil, el INDECOPI deberá remitir una carta notarial al SUSCRIPTOR, informando su decisión de resolver el presente contrato amparándose en lo señalado en esta cláusula.

La resolución del presente contrato derivada de la aplicación de esta cláusula no exime al SUSCRIPTOR del pago de las sumas por concepto de contraprestación que estuviera pendientes de pago.

DÉCIMO PRIMERA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Cualquier controversia derivada de la negociación, celebración, ejecución e interpretación del presente contrato será resuelta directamente por las partes, mediante el trato directo entre ellas.

En el negado supuesto de que, pese a los esfuerzos realizados a fin de llegar a una solución amistosa de la controversia existente, no hubieran llegado a un acuerdo, las partes se someten a la competencia de los jueces y tribunales de la ciudad de Lima, renunciando expresamente al fuero de sus domicilios.

DÉCIMO SEGUNDA: DOMICILIO

Las partes declaran como sus domicilios los indicados en la introducción del presente contrato. Cualquier variación de los mismos deberá ser informada a la otra parte por escrito, con una anticipación no menor a siete (7) días hábiles anteriores a la fecha efectiva del cambio de domicilio; de lo contrario, cualquier comunicación remitida al domicilio anterior se considerará como válida.

En fe de lo cual, se firma este contrato, en tres ejemplares iguales, en la ciudad de Lima, a los ___ días del mes de _________ de 201__.

__________________________ ______________________________INDECOPI EL SUSCRIPTOR