Seguro marítimo
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SEGURO MARÍTIMO.
Historia de los seguros.
En la época de los antiguos griegos, había un sistema que permitía a los propietarios de los barcos pedir un préstamo.No obstante, si el destino deparaba otra cosa (tormentas, piratas, guerras, plagas y otros eventos desagradables, el banquero no podía recuperar el préstamo ni los intereses.
Esto constituyó la primera transferencia de riesgo exitosa del propietario del barco a otra parte el prestamista, que tiene parentesco con el seguro conocido como ART (Transferencia Alternativa de Riesgos).
¿Qué es el Seguro Marítimo?
El seguro marítimo tradicional restringe únicamente daños materiales de la carga. Engloba todos aquellos contratos de seguros que tienen por objeto indemnizar los
daños producidos por los riesgos propios de la navegación marítima
Objetivo del seguro.
Reparar el daño de manera económica en caso de haber una contingencia.
Personas que intervienen. La compañía de seguros.Es la persona jurídica (sociedad anónima, mutua, cooperativa y mutualidad de previsión social) que, con la autorización oficial correspondiente, asume las consecuencias del riesgo que es objeto de cobertura en un contrato de seguro. El asegurado.Es la persona que en sí misma (o en sus bienes o su interés económico) está expuesta al riesgo.
El tomador del seguro.Es la persona que suscribe (paga) el contrato con la entidad aseguradora. No siempre es la persona asegurada ni el beneficiario.
El beneficiario.Es quien percibe la indemnización en los casos previstos por la póliza. Suele tener un vínculo común de intereses personales, familiares o económicos con el asegurado o con el tomador.
Definiciones
CargaCualquier cosa que se coloca en cualquier tipo o forma de vehículo con el propósito de transportarla desde un punto A-B CascoCualquier cosa que flota y se mueve. OffshoreSe refiere a la exploración y producción petrolera en plataformas marítimas mar adentro, lejos de la costa es decir en ,mar abierto.
Responsabilidades marítimas.Abarca responsabilidades profesionales y legales de individuos como transportistas agentes manejadores de carga, administradores de muelles, estibadores, astilleros, alquiladores de barcos, etc.
Factores de Riesgo
Casco
La edad o año de construcción del barco
Tipo de barco, tonelaje que soporta.
Generalidades marítimas Carga
Modo de transporte.Empaque o embalaje.Tamaño, peso y valor.Ruta de navegación.
Obligaciones y derechos en el contrato del seguro marítimo
Deber de sinceridad del asegurado: Obligación del asegurador de emitir la póliza Obligación del asegurado por pagar la prima Deber el asegurado de cuidar la materia asegurada Deber del asegurado de comunicar las alteraciones del riesgo Deber del asegurado de denunciar el siniestro Deber del asegurado de evitar o disminuir las consecuencias del siniestro Deber del asegurado de preservar los derechos de asegurador
Obligación del asegurado de justificar la existencia del siniestro Obligación del asegurador de reembolsar al asegurado los gastos incurridos para
cuidar la materia asegurada o para evitar o disminuir las consecuencias del siniestro
Obligación de indemnizar Deber del asegurado de declarar la existencia de otros seguros.
Los seguros marítimos se pueden clasificar por
- Durabilidad del contrato, que puede ser por tiempo o por viaje. - Interés asegurado, que diferencia entre el buque o cascos, el de cargamento, el
de beneficio esperado y el de responsabilidad. - Cobertura de riesgo, total si es a todo riesgo o especial de determinados riesgos,
como por ejemplo por contaminación. - Modalidades de póliza, ya sea por cuenta ajena, por cuenta propia, por cuenta
de quien corresponda o póliza flotante o de abandono. - Circulación de la póliza que se presenta en tres modalidades, nominativa, a la
orden y al portador. - Forma de explotación mutua o a prima fija.
Tipos de seguros marítimos.
Seguro de las mercancías: Garantiza las pérdidas o daños que pueda sufrir el flete
Seguro del posible beneficio: que cubrirá las ganancias previstas de las mercancías una vez éstas lleguen al puerto de destino.
Seguro de casco o seguro del buque: que garantiza la responsabilidad frente a terceros, derivada del abordaje, cuando el buque asegurado sea declarado culpable de daños ocasionados a otro buque. Recoge riesgos de la navegación, de huelgas, pérdida de flete, riesgos de construcción, riesgos de reparadores de buques y protección e indemnización.
Riesgos excluidos en el seguro marítimo
Los riesgos excluidos en el seguro marítimo, vienen dictaminados por la Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima, en el artículo 418. Estos riesgos son:
La guerra, declarada o no, civil o internacional, el bloqueo y los apresamientos que resulten de ella.
La captura, el embargo o la detención por orden de alguna autoridad nacional o extranjera. La piratería, el motín, el terrorismo y las situaciones de alteración del orden público. Las huelgas y los cierres patronales. Las explosiones atómicas o nucleares, las radiaciones y las contaminaciones radioactivas. Negligencia del patrón o capitán
Riesgos incluidos en el seguro marítimo
Los riesgos que la mayoría de pólizas de seguro marítimo suelen cubrir son los siguientes: Pérdida total del buque La contribución a la avería común Abandono debidos a naufragio Abordaje Varada Incendio Temporal Echazón Arribadas forzosas Cambios forzados de derrota Explosiones de calderas Averías o roturas de máquinas
¿Qué puede salir mal?
Perdida total/total constructivaSi su propiedad queda totalmente destruida al grado que ya no se parezca a la original.Si llega con un pésimo aspecto, resulta mas cara la reparación que el valor real
Perdida parcialSi toda la carga sufre daños pero solo una llega en buenas condiciones al puerto.Ej. Una carga de trigo sufre daños pero un grano llega al puerto en buenas condiciones.
Peligros en el mar.Eventos fortuitos o sujetos al azar:
Incendios:
Ladrones: Peligros del mar.Encallamiento:
Hundimiento:
Colisión:
Clima extraordinariamente adverso:
Salvamentos y deberes del aseguradoTienen que ver con los costos, gastos o adjudicaciones que pueden pagarse después de la ocurrencia de un peligro asegurado (reclamación).
El comercio que se realice en vías exclusivamente marítimas o fluviales tienen unos incoterms específicos. Hemos indicado que los otros incoterms también se pueden utilizar ya que son para cualquier modo de transporte, sin embargo éstos son sólo para transporte marítimo. Son el FAS, FOB, CFR y el CIF.
La póliza
la póliza “Lloyd`s S. G es anexada como
suplemento del acta de seguro maritimo
de 1906.
Lloyd`s S. G es muy antigua y similar a la de la época medieval.
2/3 partes de contratos marítimos adoptan esta forma
Asignación de la póliza
Una póliza puede ser asignada por endoso o de manera acostumbrada. Una póliza marítima es asignada a menos que los términos contenidos
en ella expresen la prohibición de la asignación.
Club Pandi
Respalda a los armadores de lo que
confiere a sus obligaciones hacia
terceros.
Este tipo de cobertura se conforma por lo que se conoce como clubes
de PANDI
Se forman por los mismos armadores para
formar alianzas de naturaleza mutual o
lucrativa, para proteger inversiones.
Seguro de Protección e indemnización P&I,
sirve como complemento a las
pólizas de casco
Coberturas del seguro Pandi
Daños a personas (tripulación, pasajeros y terceros)
Daños a la carga bajo limitaciones especiales.
Extraordinarios de explotación
Desviación por asistencia médica, náufragos, etc.
En exceso por colisión
Cuarentena o desinfección.
Remoción de escombros: los gastos incurridos al retirar restos de las embarcaciones afectadas.
Repatriación o sustitución de tripulantes
Daños a muelles, diques, boyas o malecones
Daños por abordaje
Daños a otros buques (cosas y personas)
Responsabilidades del armador no correspondidas en pólizas marítimas
Daños a contenedores
Multas exceptuando las multas por sobrecarga.
Daños por contaminación
Las derivadas de un remolque
Garantía
Tomar la responsabilidad por
parte del asegurador, de algún asunto en
particular.
Condición que debe ser exactamente
realizada o cumplida con materia de
riesgo o no.
puede ser expresa o implícita.
La prima
Se aplica al seguro de casco y maquinaria, es cobrada sobre una tarifa establecida conjunta y uniformemente, por el comité o federación de suscriptores formada en cada país.