SEDE BOGOTA VICERRECTORIA DE SEDE DIRECCIÓN DE...

108
SEDE BOGOTA VICERRECTORIA DE SEDE DIRECCIÓN DE GESTIÓN DIVISIÓN FINANCIERA Y ADMINISTRATIVA SECCIÓN DE CONTRATACIÓN Bogotá, Mayo de 2014 Página 1 de 108 PLIEGO DE CONDICIONES INVITACIÓN PÚBLICA CON-BOG-002-2014 LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACION DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Transcript of SEDE BOGOTA VICERRECTORIA DE SEDE DIRECCIÓN DE...

SEDE BOGOTA

VICERRECTORIA DE SEDE DIRECCIÓN DE GESTIÓN

DIVISIÓN FINANCIERA Y ADMINISTRATIVA SECCIÓN DE CONTRATACIÓN

Bogotá, Mayo de 2014

Página 1 de 108

PLIEGO DE CONDICIONES

INVITACIÓN PÚBLICA CON-BOG-002-2014 “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACION DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 2 de 108

TABLA DE CONTENIDO

1. CAPITULO I: INFORMACIÓN GENERAL PARA LOS PROPONENTES 1.1 OBJETO 1.2 RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE 1.3 MODALIDAD DE CONTRATACIÓN 1.4 DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL Y SU FUENTE DE ESTIMACIÓN 1.5 INFORMACION SUMINISTRADA A LA UNIVERSIDAD 1.6 CALIDADES DE LOS PROPONENTES 1.7 RESPONSABILIDAD DE LOS PROPONENTES 1.8 ALCANCE DEL OBJETO

1.8.1 Operación de centros de producción y cafeterías para ofrecer a la comunidad universitaria servicios

de desayunos, almuerzos, bebidas y snacks.

1.8.2 Programa de apoyo alimentario de desayuno y almuerzos a la comunidad universitaria beneficiaria.

1.8.2.1 Procedimientos administrativos para la gestión de los cupos otorgados por el programa de apoyo

alimentario.

1.8.3 Obligaciones generales de la ESAL

1.8.4 Obligaciones especificas

1.8.5 Prohibiciones a la ESAL

1.8.6 Identificación de los espacios a entregar 1.9 PLAZO DE EJECUCIÓN REQUERIDO POR LA UNIVERSIDAD 1.10 RESERVA DE DOCUMENTO 1.11 INFORMACIÓN SUMINISTRADA A LA UNIVERSIDAD 1.12 PARTICIPANTES 1.13 DECLARATORIA DESIERTA 1.14 CONTRATACIÓN DIRECTA

2. CAPITULO II : ESPECIFICACIONES DE LOS CONTRATOS

3. CAPITULO III: ETAPAS DEL PROCESO 3.1 CRONOGRAMA 3.2. PUBLICACIÓN Y CONSULTA DEL PLIEGO DE CONDICIONES. 3.3. OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES Y RESPUESTA A LAS MISMAS 3.4. VISITA OBLIGATORIA 3.5 RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES Y PUBLICACIÓN DE ADENDAS 3.6 RECEPCIÓN DE PROPUESTAS Y CIERRE DE LA CONVOCATORIA 3.7 SOLICITUD DE ACLARACIONES Y/O SUBSANACIÓN DE LAS PROPUESTAS 3.8 RESPUESTAS A LA SOLICITUD DE ACLARACIONES O SUBSANACIÓN DE LAS PROPUESTAS 3.9 PUBLICACIÓN DEL INFORME PRELIMINAR DE EVALUACIÓN 3.10 OBSERVACIONES AL INFORME DE EVALUACIÓN PRELIMINAR Y CONSULTA DE OFERTAS 3.11 RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES AL INFORME DE EVALUACIÓN PRELIMINAR Y PUBLICACIÓN DEL INFORME DE EVALUACIÓN DEFINITIVO. 3.12 VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS 3.13 CONFIDENCIALIDAD Y RETIRO DE LA PROPUESTA 3.14 NEGATIVA O ABSTENCIÓN INJUSTIFICADA A LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO 3.15 VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN 3.16 DEVOLUCIÓN DE LAS OFERTAS 4. CAPITULO IV: CONDICIONES GENERALES DE LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA

4. 5. CAPITULO IV: DOCUMENTOS Y REQUISITOS PARA PRESENTAR PROPUESTA. 5.1. DOCUMENTOS DE VERIFICACIÓN JURÍDICA 5.1.1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA (Formato No. 1)

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 3 de 108

5.1.2. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL 5.1.3. DOCUMENTO FORMAL QUE ACREDITE LA CONFORMACIÓN DEL CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL (Formatos No.4 y 5.) 5.1.4. CEDULA DE CIUDADANÍA O DE EXTRANJERÍA DEL REPRESENTANTE LEGAL 5.1.5. AUTORIZACIÓN PARA PRESENTAR PROPUESTA Y SUSCRIBIR CONTRATOS 5.1.6. CERTIFICACIÓN DE PAGO DE APORTES A SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES 5.1.7. HOJA DE VIDA PERSONA JURÍDICA (Formulario No. 7) 5.1.8. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA 5.2. DOCUMENTOS DE VERIFICACIÓN FINANCIERA 5.2.1. ESTADOS FINANCIEROS 5.2.2. TARJETA PROFESIONAL Y CERTIFICACIÓN DE VIGENCIA DE INSCRIPCIÓN Y ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS DEL CONTADOR PÚBLICO 5.2.3. TARJETA PROFESIONAL Y CERTIFICACIÓN DE VIGENCIA DE INSCRIPCIÓN Y ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS DEL REVISOR FISCAL 5.2.4. RUT (REGISTRO UNICO TRIBUTARIO) 5.3. ANALISIS DE CAPACIDAD FINANCIERA (ADMISBLE – NO ADMISIBLE) 5.4 DOCUMENTOS DE VERIFICACIÓN TÉCNICA 5.4.1. DOCUMENTOS PARA ACREDITAR EXPERIENCIA (Formulario No. 7) 5.4.2. RUP (REGISTRO UNICO DE PROPONENTES) 5.4.3. CONCEPTO SANITARIO FAVORABLE 5.4.4 MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS DE MANUFACTURA 5.4.5. PLAN DE SANEAMIENTO BÁSICO 5.4.6 MANUAL DE ALMACENAMIENTO Y CONSERVACIÓN DE ALIMENTOS. 5.5. FORMULARIOS DE LA PROPUESTA 6. CAPITULO VI: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS REQUERIDAS 6.1 COMPONENTE TÉCNICO 6.1.1 Factor Nutricional

6.1.1.1 Definición de la población Objeto 6.1.1.2 Recomendación de Calóricas y Nutrientes 6.1.1.3 Descripción Minuta Patrón de Almuerzo

6.1.1.3.1 Desglose Minuta Patrón de Almuerzo 6.1.1.4 Descripción Minuta patrón Desayuno 6.1.1.5 Especificaciones Técnicas en cuanto a refrigerios, bebidas, snacks y similares 6.1.1.6 Especificaciones Generales 6.1.1.7 Especificaciones Técnicas de Características Organolépticas 6.1.1.8 Especificaciones Técnicas de Menaje 6.1.1.9 Presentación de opciones adicionales de Menús de Almuerzos para la Comunidad Universitaria

6.1.2 Factor de Calidad 6.2 Programa de Vigilancia Nutricional 6.2.1 Objetivo 6.2.1.1 Objetivos Específicos 6.3 Componentes 6.3.1 Medición de la implementación del Programa 7. CAPITULO VII: PROPUESTA ECONÓMICA 7.1 Servicios de desayunos y almuerzos 7.2 Bebidas, snacks y similares 7.3 Propuesta de aporte en especie 8. CAPITULO VIII: MECANISMOS DE COBERTURA DEL RIESGO. 8.1 Garantía de cumplimiento 8.2 Garantía de responsabilidad extracontractual 9. CAPÍTULO IX: CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 4 de 108

10. CAPÍTULO X: FACTORES DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 10.1. VERIFICACIÓN DE REQUISITOS MÍNIMOS PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 10.2. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS, CALIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE PUNTAJE 10.3 CRITERIOS DE DESEMPATE ANEXO No. 1 CONTRATO ESPECÍFICO ANEXO No. 2 ANEXOS VINCULANTES AL CONTRATO. FORMULARIO No. 1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA FORMULARIO No. 2 INFORMACIÓN FINANCIERA FORMULARIO No. 3 CALCULO DE ÍNDICES FORMULARIO No. 4 MODELO DE CONSTITUCIÓN DE CONSORCIO FORMULARIO No. 5 MODELO DE CONSTITUCIÓN PARA UNIÓN TEMPORAL FORMULARIO No. 6 ACREDITACION EXPERIENCIA DEL PROPONENTE FORMULARIO No. 7 HOJA DE VIDA DE PERSONA JURIDICA

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 5 de 108

1. CAPITULO I: INFORMACIÓN GENERAL PARA LOS PROPONENTES

1.1 OBJETO La presente invitación pública tiene como objeto celebrar contrato con dos Entidades Sin Ánimo de Lucro que cumplan con los requisitos jurídicos, financieros, económicos y técnicos que se estipulan en el presente documento para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACION DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”. 1.2. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE

Según el Manual de Convenios y Contratos, adoptado mediante Resolución No. 1952 del 22 de diciembre de 2008, parte III, Titulo II, La Universidad Nacional de Colombia para el desarrollo de sus fines, podrá celebrar contratos con personas naturales, o jurídicas de derecho público o privado; nacional o extranjeras, para crear, modificar o extinguir obligaciones. En ese orden de ideas, la presente convocatoria y el Contrato con personas jurídicas sin ánimo de Lucro que llegare a suscribirse, se regirán por lo dispuesto en Manual de Convenios y Contratos, adoptado mediante Resolución No. 1952 del 22 de diciembre de 2008 y la Constitución Nacional en su Art. 355, el Art. 96 de la ley 489 de 1998,1y el Decreto Reglamentario 777 de 1992, con el fin de cooperar en un trabajo común de beneficio social, que para el presente caso es el funcionamiento de los expendios de alimentos del campus Sede Bogotá. En el Contrato que llegare a celebrarse, en cumplimiento a lo consagrado en el artículo 96 de la ley 489/98, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 355 de la Constitución Política, se determinará con precisión su objeto, término, obligaciones de las partes, aportes, coordinación y todos aquellos aspectos que se consideren pertinentes y de acuerdo a lo establecido en el presente pliego de condiciones. Así mismo las personas jurídicas sin ánimo de Lucro, se sujetarán a las disposiciones previstas en el Decreto

1Artículo 96º.- Constitución de asociaciones y fundaciones para el cumplimiento de las actividades propias de las entidades públicas

con participación de particulares. Las entidades estatales, cualquiera sea su naturaleza y orden administrativo podrán, con la observación de los principios señalados en el artículo 209 de la Constitución, asociarse con personas jurídicas particulares, mediante la celebración de convenios de asociación o la creación de personas jurídicas, para el desarrollo conjunto de actividades en relación con los cometidos y funciones que les asigna a aquéllas la ley.

Los convenios de asociación a que se refiere el presente artículo se celebrarán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 355 de la Constitución Política, en ellos se determinará con precisión su objeto, término, obligaciones de las partes, aportes, coordinación y todos aquellos aspectos que se consideren pertinentes.

Cuando en virtud de lo dispuesto en el presente artículo, surjan personas jurídicas sin ánimo de lucro, éstas se sujetarán a las disposiciones previstas en el Código Civil para las asociaciones civiles de utilidad común.

En todo caso, en el correspondiente acto constitutivo que de origen a una persona jurídica se dispondrá sobre los siguientes aspectos: a. Los objetivos y actividades a cargo, con precisión de la conexidad con los objetivos, funciones y controles propios de las entidades públicas participantes; b. Los compromisos o aportes iniciales de las entidades asociadas y su naturaleza y forma de pago, con sujeción a las disposiciones presupuestales y fiscales, para el caso de las públicas; c. La participación de las entidades asociadas en el sostenimiento y funcionamiento de la entidad; d. La integración de los órganos de dirección y administración, en los cuales deben participar representantes de las entidades públicas y de los particulares; e. La duración de la asociación y las causales de disolución.

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 6 de 108

Reglamentario 777 de 1992 y en el Código Civil para las asociaciones civiles de utilidad común. 1.3. MODALIDAD DE CONTRATACIÓN La Universidad Nacional de Colombia, en desarrollo de su autonomía universitaria, y en el marco de lo dispuesto por el el Art. 29 del Decreto 1210 de 1993, celebrará dos Contratos específicos de cooperación con dos Entidades Sin Ánimo de Lucro, de los dispuestos por la Constitución Nacional en su Art. 355, el Art. 96 de la ley 489 de 1998, y el Decreto reglamentario 777 de 19922, con el fin de cooperar en un trabajo común de beneficio social, que para el presente caso es el funcionamiento de los expendios de alimentos del campus Sede Bogotá. Además de las normas contempladas en el Manual de Convenios y Contratos, adoptado mediante Resolución No. 1952 del 22 de diciembre de 2008 y sus respectivas modificaciones. 1.4. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL Y SU FUENTE DE ESTIMACIÓN La UNIVERSIDAD cuenta con los recursos para amparar el objeto del Contrato que se suscriba, según el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No 854 expedido por la Sección de Presupuesto, el 22 de mayo de 2014 por valor de MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOSM/CTE (1.382.500.000), sin 4 x mil NOTAS:

1. El presupuesto asignado comprende todos los costos, gastos e impuestos directos e indirectos que se puedan generar para la suscripción, legalización, ejecución y liquidación del Contrato. Por lo anterior, los PROPONENTES deberán proyectar el valor de su propuesta incluyendo todos los valores así como los impuestos a que haya lugar, en que pudiera incurrir durante la suscripción, legalización, ejecución y liquidación del Contrato.

2. El valor de la contribución especial no hace parte del valor estimado para amparar el objeto del Contrato, y se detalla solo para efectos tributarios internos de la Universidad.

1.5. INFORMACION SUMINISTRADA A LA UNIVERSIDAD La UNIVERSIDAD, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 de la Constitución Política, presume que toda la información que los PROPONENTES alleguen a esta invitación es veraz, y corresponde a la realidad. No obstante, la UNIVERSIDAD podrá verificar la información suministrada por los PROPONENTES. 1.6. CALIDADES DE LOS PROPONENTES En la presente Invitación Pública podrán participar todas las Entidades sin Ánimo de Lucro de forma individual o conjunta, mediante la figura de Consorcios o Uniones Temporales, sin que con ello pierdan la calidad de Entidad sin Ánimo de Lucro. Además, que no se encuentren incursos en las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades consagradas en la Constitución Política y la Ley artículo 6 del Acuerdo 02 de 2008 del Consejo Superior Universitario, sobre regímenes aplicables en materia de acuerdo de voluntades, además de las disposiciones pertinentes del Manual de Convenios y Contratos adoptado mediante Resolución No. 1952 de 2008 y por las resoluciones que la modifican; y por remisión, los artículos

2Artículo 2º.- Están excluidos del ámbito de aplicación del presente Decreto:

1. Los contratos que las entidades públicas celebren con personas privadas sin ánimo de lucro, cuando los mismos impliquen una contraprestación directa a favor de la entidad pública y que por lo tanto podrían celebrarse con personas naturales o jurídicas privadas con ánimo de lucro, de acuerdo con las normas sobre contratación vigentes.

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 7 de 108

8 y 9 de la Ley 80 de 1993 con las modificaciones introducidas por la Ley 1510 de 2013, y el Decreto 777 de 1992 y demás normas concordantes, cuyo objeto social esté relacionado directamente con el objeto de la presente invitación, de manera que permita la ejecución del contrato requerido. Se incluyen en el presente inciso los socios, miembros de juntas directivas o revisores fiscales, de las Entidades participantes. Los PROPONENTES indicarán si su participación es a título de Consorcio o Unión Temporal. En caso de Uniones Temporales, uno de sus miembros deberá contar con un porcentaje de participación mínimo del cincuenta punto uno por ciento (50,1%). Así mismo, deberán indicar los términos y extensión de su participación en la oferta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de la UNIVERSIDAD. Los miembros del Consorcio y de la Unión Temporal deberán designar la persona que, para todos los efectos los representará y señalarán las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad, de conformidad con lo señalado en el parágrafo 1º del artículo 7º de la Ley 80 de 1993. Las entidades sin ánimo de lucro, deberán haberse constituido legalmente por lo menos tres (3) años antes de la fecha de presentación de las ofertas y acreditar que su duración supere tres (3) años, contados a partir de la fecha de publicación de la presente invitación. 1.7. RESPONSABILIDAD DE LOS PROPONENTES Los PROPONENTES al elaborar su oferta, deberán incluir los aspectos y requerimientos necesarios para cumplir con todas y cada una de las obligaciones contractuales y asumir los riesgos inherentes a la ejecución del Contrato, así mismo deben tener en cuenta que el cálculo de los costos y gastos, se deberán basar estrictamente en sus propios estudios y estimativos técnicos, bajo su cuenta y riesgo. De manera especial, y respecto de los aspectos técnicos, deberá tenerse en cuenta la obligatoriedad de cumplir con los estándares mínimos establecidos en este pliego de condiciones. Por tanto, es entendido que el análisis de la información ofrecida y obtenida de conformidad con lo establecido en este numeral y de cualquier otra información que los PROPONENTES estimen necesaria para la elaboración y presentación de sus OFERTAS es responsabilidad de ellos, así como la presentación de la OFERTA implica que éstos han realizado el estudio y análisis de dicha información. Todas las interpretaciones erróneas, que con base en sus propios juicios, conclusiones, análisis, entre otros, obtengan los PROPONENTES respecto del pliego de esta invitación, son de su exclusiva responsabilidad, por tanto, ésta no será extendida a la UNIVERSIDAD. La presentación de la oferta por parte de los PROPONENTES, constituye evidencia de que estudió completamente las especificaciones y demás documentos del presente pliego, que recibió las aclaraciones necesarias por parte de la UNIVERSIDAD sobre inquietudes o dudas previamente consultadas, y que ha aceptado que éste Pliego de Condiciones es completo, compatible y adecuado; que ha tenido en cuenta todo lo anterior para fijar los precios, plazos y demás aspectos de la oferta necesarios para el debido cumplimiento del objeto. 1.8. ALCANCE DEL OBJETO

El objeto de la presente invitación se enmarca en el fortalecimiento de los programas de bienestar universitario de la Sede Bogotá, siguiendo los objetivos estratégicos del plan global de desarrollo 2013-2015 de la Universidad Nacional de Colombia. En desarrollo de la presente invitación se busca articular esfuerzos con Entidades sin ánimo de lucro dedicadas al suministro de alimentos a población vulnerable,

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 8 de 108

optimizando las condiciones de acceso, salubridad y aporte nutricional en la alimentación de la comunidad universitaria. Con este propósito, las Entidades Sin Ánimo de Lucro que, cumpliendo con todos y cada uno de los requisitos contenidos en el presente PLIEGO DE CONDICIONES, estén interesadas en presentar sus propuestas para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACION DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”, celebrarán contrato obligándose al cumplimiento del objeto propuesto en el presente pliego de condiciones desde el acta de inicio del que se suscriba, hasta el 28 de febrero 2015. Con la presente invitación pública se busca seleccionar dos Entidades Sin Ánimo de Lucro que estén en capacidad de garantizar la eficiente prestación de los servicios en los centros de producción, puntos de café y cafeterías a la comunidad universitaria, asegurando la producción, distribución y suministro de desayunos, almuerzos, bebidas y snacks en los espacios destinados para tal fin en el campus Sede Bogotá. 1.8.1 Operación de centros de producción y cafeterías para ofrecer a la comunidad universitaria servicios de desayunos, almuerzos, bebidas y snacks. A las dos Entidades Sin Ánimo de Lucro (en adelante ESAL) con quien se celebre Contrato se les asignará hasta tres (3) cafeterías principales de acuerdo al grupo operador, destinadas éstas como centro de producción de alimentos para ofrecer a la comunidad universitaria los menús (Desayuno y almuerzo) y los demás alimentos y bebidas pactadas(bebidas y snacks). Adicionalmente, se les asignarán hasta seis (6) puntos satélites aledaños a la cafetería(s) principal(es) asignada(s) y en las cuales no podrá realizarse ningún tipo de actividad relacionada a la trasformación y producción de alimentos sólo distribución y suministro. Los dos grupos de operadores y los espacios de centros de producción y cafeterías ubicados al interior del campus Sede Bogotá, son los siguientes: Tabla 1. Distribución de Cafeterías por operador.

OPERADOR 1

ESPACIOS

CAFETERIA CAMPUS (centro de producción)

FACULTAD DE ECONOMIA (centro de

producción)

COMEDOR CENTRAL

FACULTAD CIENCIAS HUMANAS

DEPARTAMENTO SOCIOLOGIA

FACULTAD DERECHO

POLIDEPORTIVO MODULO 3

CASETA LEON DE GREIFF

COLEGIO IPARM

OPERADOR 2

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 9 de 108

ESPACIOS

HEMEROTECA (centro de producción)

DEPARTAMENTO DE MATEMATICAS (centro de producción)

FACULTAD DE ODONTOLOGIA (centro de

producción)

FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS

DEPARTAMENTO DE BIOLOGIA

FACULTAD DE INGENIERIA

POLIDEPORTIVO MODULO 1

POLIDEPORTIVO MODULO 2

I.E.I.

PARQUEADERO DE MATEMATICAS Cada uno de estos grupos será entregado a una ESAL para la operación exclusiva del centro de producción y cafeterías satélites contenidas en el respectivo grupo. La Operación de los centros de producción de alimentos y cafeterías tiene como objetivo principal garantizar la eficiente prestación de los servicios de cafetería y centros de producción a la comunidad universitaria, asegurando el adecuado suministro y oferta de desayunos, almuerzos, bebidas y snacks en las cafeterías y centros de producción del campus Sede Bogotá promoviendo un equilibrio nutricional, calidad y oportunidad en la prestación del servicio así como la seguridad e inocuidad alimentaria. Por lo tanto, la ESAL deberá garantizar el adecuado desarrollo del objeto del Contrato en las condiciones, cantidades y calidades nutricionales, técnicas, y económicas señaladas en los Capítulos VI, y VII del presente PLIEGO DE CONDICIONES. 1.8.2 Programa de apoyo alimentario de desayuno y almuerzos a la comunidad universitaria

beneficiaria. Con el objeto de garantizar el cubrimiento óptimo y adecuado del servicio de alimentación del que son beneficiarios los estudiantes del programa de apoyo alimentario de la UNIVERSIDAD Sede Bogotá, se hace necesario contar con el suministro de desayunos y almuerzos para los estudiantes. Por tal motivo, las entidades a quienes se les adjudiquen los centros de producción, puntos de café y cafeterías deberán garantizar, además, la entrega de estos desayunos y almuerzos. De este modo, la UNIVERSIDAD requerirá de los operadores adjudicados la entrega 2000 desayunos diarios y 3000 almuerzos diarios con destino a la comunidad universitaria beneficiaria del programa de apoyo alimentario. La tarifa que la UNIVERSIDAD asumirá por cada uno de estos servicios, así como las condiciones estarán contenidas en la respectiva propuesta, en los términos y condiciones del presente PLIEGO DE CONDICIONES. 1.8.2.1 Procedimientos administrativos para la gestión de los cupos otorgados por el programa de apoyo alimentario. La asignación de los cupos a los estudiantes lo hará la Dirección de Bienestar Universitario de Sede, a través del Programa de Apoyo Alimentario del Área de Gestión y Fomento Socioeconómico en los términos que determine el área en mención para prestar el servicio. La UNIVERSIDAD le informará a la ESAL la lista de estudiantes beneficiarios del Programa de Apoyo Alimentario a los cuales deberá realizar el suministro de desayunos y almuerzos en las condiciones pactadas en el presente PLIEGO DE

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 10 de 108

CONDICIONES.

El estudiante beneficiado se acercará al punto de entrega de los servicios de alimentación en el expendio asignado que le corresponda y se identificará mediante la huella digital o registro físico para adquirir el servicio en las condiciones de cantidad, calidad y oportunidad pactadas. En los eventos en que se presentes fallas técnicas en el servicio, o que el sistema de huella no funcione, la ESAL llevará un registro físico, donde se llevará una planilla con el nombre del operador, NIT, cafetería, centro de producción o punto de café; nombre del administrador del punto con su cedula y la fecha, además, deberá ir firmada con puño y letra del estudiante que tomo el servicio, los cuales serán entregados al interventor semanalmente tanto en medio físico como digital, lo anterior hará parte del informe de ejecución contractual a por medio físico y magnético al Interventor del Contrato.

Bienestar Universitario de Sede, previa verificación del uso del servicio de apoyo alimentario, enviará al operador el listado con los valores exactos detallados de los consumos; solicitará a la ESAL la factura y el supervisor del Contrato emitirá el certificado de recibo a satisfacción de los servicios prestados. De esta manera se dará trámite a la respectiva orden de pago. 1.8.3. Obligaciones generales de la ESAL

1. Cumplir oportunamente con el objeto del Contrato en los términos y condiciones funcionales, técnicas, económicas, financieras y comerciales establecidos en la invitación pública CON-BOG-002-2014, sus pliegos de condiciones, las cláusulas del mismo, y en la propuesta de fecha “DD/MM/AAAA”;

2. Reportar cualquier novedad o anomalía que se presente en el desarrollo del Contrato a la Dirección de Bienestar;

3. Colaborar con LA UNIVERSIDAD en lo que sea necesario para que el objeto contratado se cumpla, y que éste sea de la mejor calidad;

4. Acatar los acuerdos a los que se llegue durante el desarrollo del Contrato con los funcionarios que LA UNIVERSIDAD designe como parte del equipo de seguimiento del mismo;

5. Disponer de todos los recursos que se requieran para el cumplimiento del objeto del presente Contrato;

6. Cumplir sus obligaciones frente al sistema de seguridad Social Integral, Parafiscales, (Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF), de conformidad con lo establecido en el parágrafo 2 del artículo 50 de la Ley 789 de 2002, modificado por el artículo 1 de la Ley 828 de 2003;

7. Obrar de buena fe, evitando dilaciones que puedan presentarse durante la ejecución del Contrato. 8. Constituir la garantía única, de que trata el presente Contrato y presentarla a LA UNIVERSIDAD

para su aprobación; 9. Responder a las consultas efectuadas por LA UNIVERSIDAD a más tardar dentro de los cinco (5)

días hábiles siguientes a la fecha del recibo de la solicitud; 10. Abstenerse de usar el nombre de LA UNIVERSIDAD en actividades de publicidad, comunicados

de prensa, avisos comerciales o similares, sin la expresa autorización escrita de LA UNIVERSIDAD;

11. No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la Ley con el fin de obligarlo a hacer u omitir algún acto o hecho. En caso de que durante la ejecución del presente Contrato reciba tales peticiones o amenazas, deberá informarlo inmediatamente a LA UNIVERSIDAD, y a las demás autoridades competentes para que se adopten las medidas y correctivos que fueren necesarios;

12. Las demás que se deriven tanto del contenido de la propuesta presentada como de la solicitud de servicios y de los documentos que forman parte integral del presente Contrato, así como de la esencia y naturaleza del objeto contractual.

1.8.4 Obligaciones específicas

1. Cumplir el objeto del Contrato en la forma y dentro del plazo previsto.

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 11 de 108

2. Brindar desayunos y almuerzos en las condiciones, cantidades y calidades nutricionales, técnicas, y económicas pactadas asociadas al Apoyo Alimentario.

3. Ofrecer desayunos, almuerzos, bebidas y snacks a la comunidad universitaria en general acorde a las condiciones de precio y variedad pactados.

4. Garantizar la oferta de desayunos, almuerzos, bebidas y snacks a la comunidad universitaria en el restaurante y cafeterías que le sean entregadas de conformidad con la cantidad, calidad, oportunidad y condiciones establecidas en los términos del pliego de condiciones, la propuesta presentada, así como en los anexos técnicos y nutricionales del Contrato.

5. Recibir el centro de producción y cafeterías satélites asignadas para su operación y funcionamiento en los términos del pliego de condiciones, la propuesta presentada, y los anexos técnicos y nutricionales del Contrato.

6. Entregar los centros de producción y cafeterías en óptimas condiciones de limpieza y desinfección. 7. En los Satélites asignados no podrán realizar transformación ni producción de alimentos sólo

distribución y suministro de desayunos, almuerzos, bebidas y snacks. 8. El operador podrá de manera opcional ofrecer diferentes alternativas de menús para almuerzo

definidos como línea saludable y ejecutiva 9. El operador deberá contar con la logística y elementos necesarios para realizar el transporte,

distribución y suministro de los alimentos desde el centro de producción a los satélites asignados sin alterar sus condiciones de calidad.

10. El operador asumirá los costos relacionados al empaque y transporte de los alimentos para su distribución en los puntos satélites.

11. Cumplir el suministro de desayunos y almuerzos destinado a la comunidad universitaria beneficiaria del programa de Apoyo Alimentario en los tiempos, horarios y días pactados.

12. Aplicar estrategias que promuevan el cumplimiento de la ley 1355 del 2009. "Regulación del consumo de alimentos y bebidas en centros educativos"

13. Dar estricto cumplimiento a las disposiciones contenidas en los anexos técnico, nutricional administrativo y de evaluación, los cuales se entienden parte integrante del Contrato.

14. Cumplir las especificaciones técnicas relacionadas con la implementación y cumplimiento de Buenas Prácticas de Manufactura, Plan de Saneamiento y la reglamentación aplicable (Decreto 3075, la LEY 9 DE 1979 y el Decreto 60 de 2002 la Resolución 002505 de 2004 del Ministerio de Transporte) que garanticen la seguridad e inocuidad de todas las actividades relacionadas con el suministro de alimentos y bebidas en los expendios de alimentos del Campus.

15. Cumplir las condiciones de calidad, en especial de inocuidad, entendida como el suministro de un alimento libre de patógenos que se constituyan en agentes peligrosos para la salud del consumidor. La ESAL tomará las medidas pertinentes para la compra, recibo de alimentos, conservación, almacenamiento, preparación y servido de los alimentos de acuerdo a la normatividad sanitaria vigente.

16. Entregar evidencia del trámite del Concepto Sanitario sobre los espacios que les fueron entregados 45 días después de haber iniciado la prestación del servicio emitido por la Secretaria de Salud del Distrito o entidad local competente. Esta evidencia del concepto sanitario en trámite será necesario para tramitar las respectivas cuentas de cobro ante la UNIVERSIDAD.

17. Garantizar la entrega de alimentos en las condiciones de tiempo, temperatura y calidad, con las características especificadas en la propuesta y en las cantidades de peso y volumen establecidas en la minuta patrón de desayunos y almuerzos.

18. Garantizar las temperaturas de servido de los alimentos y almacenamiento de los mismos o materia prima de refrigeración de (0°C a 4°C) y de congelación (-7°C a -18°C) así como la implementación de registros de control para su verificación.

19. Garantizar la oferta de alimentos a la comunidad universitaria en las condiciones de calidad y en los precios pactados. En todo caso, la ESAL tendrá libertad de ofrecer al público alimentos adicionales a los exigidos en el pliego de condiciones o menús alternativos a los señalados en las condiciones técnicas, sin que ello lo exima de su obligación de ofrecer los alimentos referidos en el pliego de condiciones con previa autorización del Interventor asignado.

20. Todos los alimentos a suministrar deben corresponder a los estándares de calidad exigidos por las normas vigentes NTC y deberán cumplir con los requisitos de rotulado y etiquetado según

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 12 de 108

resolución 5109 de 2005 y Decreto 616 de 2006 características generales por grupo establecidas. 21. Los productos cárnicos deben ser elaborados en aplicación del decreto 1500 de 2007 y la

resolución 2905 de 2007 expedidos por el Ministerio de la Protección social. 22. Los derivados lácteos utilizados en los menús deben cumplir con las normas de los decretos 616

del 2006 y 2838 de 2006 del Ministerio de la protección social. 23. Garantizar que las personas encargadas de la manipulación de los alimentos tengan actualizados

los certificados de salud y de capacitación en Manipulación de Alimentos expedidos por los organismos de salud o la autoridad competente en el ámbito local.

24. Realizar los análisis de calidad microbiológica en laboratorio acreditado externo para ejecutar la vigilancia de la calidad tanto de la materia prima como del producto terminado, laboratorio que debe estar inscrito y avalado por la Secretaría de Salud del Distrito y/o entidad competente en el país. Se debe garantizar pruebas microbiológicas trimestrales de superficies, utensilios o menaje, ambientes, agua, alimentos preparados fríos, alimentos preparados calientes y frotis de manos de tres operarios elegidos al azar así como el KOH de uñas y frotis de garganta, resultados que deben ser enviados y entregados al Área de Gestión y Fomento Socio Económico y al Interventor designado. Sus contra-muestras se practicarán en número igual al de las muestras por parte de la Universidad Nacional cuando esta lo considere necesario. El operador presentará los resultados de los análisis microbiológicos al interventor acorde a plan de muestras pactado.

25. Dotar los centros de producción de gramera, báscula, termómetro digital y capacitar al personal procesador de alimentos en el uso de los mismos y el registro adecuado de los datos; además, aportará un kit de menaje para la servida con porciones estandarizadas donde se preste el servicio, este kit deberá contener como mínimo: un cucharón medidor para sopa, una cuchara o cucharón medidor para la ensalada, un recipiente medidor para el arroz y un vaso medidor.

26. Guardar diariamente en refrigeración una muestra del menú del día (menú de seguridad), rotularla y almacenarla como mínimo 48 horas con el fin de realizar los análisis pertinentes en caso de enfermedad transmitida por alimentos o para controles microbiológicos que programe el supervisor del Contrato aplicando el protocolo establecido. Si por causas imputables a la ESAL se presenta algún tipo de enfermedad transmitida por alimentos este asumirá toda la responsabilidad civil y penal que genere la demanda por dicha causa, o cualquier otra actuación, como las administrativas, en contra de la Universidad.

27. Procesar, empacar, almacenar y distribuir los alimentos pactados en las condiciones de higiene, calidad y oportunidad establecidas en el pliego de condiciones, la propuesta presentada el Contrato y la normatividad vigente.

28. Asegurar que todas las preparaciones cumplan con las características óptimas de olor, color, sabor, textura y apariencia.

29. Dotar a criterio del proponente de los elementos necesarios para el suministro eficiente de los alimentos.

30. Implementar las especificaciones del modelo higiénico sanitario, nutricional, de calidad, vigilancia nutricional y seguimiento evaluación establecidos por la Universidad Nacional de Colombia, los cuales son anexos del presente documento.

31. Suministrar para cada cafetería los insumos e implementos necesarios y en buen estado para llevar a cabo de forma adecuada el programa de aseo, limpieza y desinfección.

32. Cuando se presenten cambios en el personal o se realicen intercambios en la minuta patrón establecida estos deben ser notificados al supervisor/interventor del Contrato antes de 24 horas por medio del correo definido para tal fin o por medio escrito acorde a la lista de intercambios establecida.

33. El operador debe informar por escrito las eventualidades presentadas al interventor por medio de correo definido para tal fin o por medio escrito .El operador podrá presentar Novedades y requerimientos a través de los medios definidos por la Universidad (sistema de información y correo electrónico para tal fin).

34. Contar en sitio con un archivo debidamente organizado y actualizado donde reposen los registros relacionados con: Documentos del personal, Registros de cumplimiento del plan de saneamiento básico, Registros de control relacionados a toma de peso, temperaturas, control de ingreso y salida

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 13 de 108

de materias primas, control de residuos sólidos, capacitaciones y prácticas de BPM del personal, evidencia de ejecución de plan de mantenimiento.

35. Permitir la realización de revisiones e inspecciones cuando la UNIVERSIDAD así lo requiera sin previo aviso, así como facilitar al supervisor o interventor del Contrato el acceso a información y/o documentación relacionada y delegar alguno de sus empleados para la recepción de las mismas.

36. Permitir la realización de auditorías internas como parte del Sistema de Calidad de la Universidad Nacional de Colombia.

37. Informar por escrito el listado de Proveedores de sus productos con sus respectivas marcas y copias de registro sanitario vigente.

38. El operador realizará el trámite correspondiente para el permiso de ingreso de sus proveedores y otros medios de transporte al campus acorde a los requisitos establecidos en el procedimiento establecido de la Universidad notificando e informando al Interventor sobre los mismos por correo electrónico y el sistema de información definido para tal fin.

39. Garantizar que los vehículos que utilice para el transporte de alimentos cumplan con lo establecido en la Resolución 002505 de septiembre de 2004 del Ministerio de Transporte, que reglamenta las condiciones de transporte de alimentos. Los alimentos deberán ser transportados en vehículos que garanticen las adecuadas condiciones higiénico-sanitarias de éstos, asegurando que los alimentos de alto riesgo epidemiológico, como productos cárnicos y lácteos conserven la cadena de frío hasta el momento del recibo y almacenamiento, incluyendo el transporte entre el centro de producción y satélites.

40. La ESAL debe presentar y cumplir el programa de buenas prácticas para el manejo, preparación y distribución del servicio de suministros de alimentación y para el mantenimiento higiénico de los espacios del restaurante teniendo como base: a) La prevención de la contaminación microbiana con los principios de limpieza y desinfección de los insumos, espacios, utensilios y manipulación de productos desde la recepción de insumos hasta la entrega del servicio, b) El control de insectos y roedores para evitar la contaminación, c) Saneamiento aplicado al personal en sus diferentes cargos, higiene personal en el proceso de manipulación de alimento, en la compra, recibo, almacenamiento (Bodega, despensa, refrigeración), preparación y entrega del producto, d) Un plan de Manejo de Residuos sólidos que esté acorde con las políticas y lineamientos de la Universidad, e) Certificado de Manipulación de Alimentos, expedido por la entidad competente vigente a la fecha de presentación de la propuesta, para cada una de las personas encargadas del proceso de manipulación y cocción de los alimentos; dentro de la ejecución del Contrato deberá garantizar que quienes participen de estas actividades tengan este certificado, f) Exámenes de laboratorio para el personal en sus diferentes cargo al iniciar el Contrato y cada vez que se presente cambio de personal, tales como: Cultivo de faringe, Cultivo de materia fecal, Cultivo de uñas, cuyos Resultados que deben ser entregados en la Dirección de Bienestar Universitario una vez legalizado el Contrato y antes de iniciar la prestación del servicio.

41. Entregar Lista de proveedores con fotocopia del acta de la última visita de vigilancia y control en salud pública para fábrica de alimentos y concepto higiénico sanitario favorable.

42. Durante la ejecución del Contrato la ESAL debe mantener las opciones de marcas presentadas en la propuesta y deberá tener disponible las fichas técnicas de cada producto, para verificación por parte de la interventoría en caso de ser necesario el cambio de marca o de proveedor se debe informar a la interventoría.

43. Garantizar las condiciones de almacenamiento de sus materias primas y productos en lo relacionado a control de temperaturas de congelación y refrigeración, orden, limpieza, aseo, protección e identificación.

44. Garantizar el óptimo funcionamiento y limpieza y desinfección de todos los equipos y mobiliario relacionado con la preparación, transformación, ensamble y suministro de los alimentos.

45. Contar con un programa de control de entradas y salidas de las materias primas y productos de su almacén o bodega destinada para tal fin.

46. Asumir los costos y el suministro del servicio de gas así como las condiciones de seguridad del mismo.

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 14 de 108

47. Demostrar la implementación del plan de saneamiento contando con los registros de control de gestión de residuos sólidos, programa de fumigación, control de agua potable, y de los procedimientos de limpieza y desinfección (superficies, pisos, equipos, menaje y personal)

48. Adaptar y dar cumplimiento al plan de saneamiento y manual de Buenas prácticas de manufactura presentado en la oferta a las necesidades de las cafeterías de la Universidad Nacional de Colombia.

49. Contar con plan de capacitación al personal el cual será sujeto de verificación por parte de la Interventoría el cual debe incluir temáticas en seguridad alimentaria y estandarización del servido.

50. Para efectos de sanidad, la cafetería asignada que cuente con tanque de suministro de agua propio el operador deberá asumir la limpieza y desinfección del mismo mínimo cada seis meses.

51. Realizar el mantenimiento preventivo y correctivo del mobiliario y equipos de la cafetería y satélites asignados.

52. Garantizar la calibración de los equipos de medición empleados como gramera y termómetros. 53. El operador debe presentar el programa de la Calibración de equipos así como los certificados de

la realización de los mismos. 54. Colocar la señalización requerida en el lugar relacionada a demarcación de áreas, emergencias y

demás que se requieran. 55. Aplicar prácticas en la prevención de accidentes, incendios, y demás siniestros que se puedan

presentar en las edificaciones, tomando las medidas pertinentes, y acatando las instrucciones que para tal fin emanen del área de salud ocupacional.

56. Contar con botiquín dotado acorde a la reglamentación establecida. 57. Observar y respetar toda la normatividad interna de la UNIVERSIDAD, en especial a lo que se

refiere las disposiciones, directrices e instrucciones de la División de Vigilancia y seguridad, el Sistema de Gestión Ambiental, la División Nacional de Seguridad y Salud Ocupacional, y demás dependencias de la UNIVERSIDAD.

58. Dar estricto cumplimiento al Manual de Salud Ocupacional para contratistas adoptado por la Universidad Nacional Mediante la Resolución de Rectoría N° 963 de julio de 2008, modificada mediante Resolución de Rectoría 1477 de 2008, y demás normatividad pertinente en salud ocupacional.

59. Asistir con carácter obligatorio a las jornadas de inducción y capacitación en materia de salud ocupacional, Sistema de Gestión Ambiental, y demás eventos promovidos por la UNIVERSIDAD dirigido a los operadores y personal que desarrolle labores relacionadas con el expendio de alimentos al interior del Campus Sede Bogotá.

60. Cumplir las especificaciones relacionadas con las condiciones de operación y de calidad del servicio garantizando la oportunidad y satisfacción de los usuarios en la prestación del mismo.

61. Ofrecer todos los productos pactados en la oferta en todos sus puntos satélites cumpliendo los requisitos mínimos para su transporte, distribución y suministro sin alterar las condiciones organolépticas de los alimentos.

62. Implementar el protocolo de atención al usuario presentado en la oferta y aceptado por la Universidad Nacional de Colombia.

63. Suministrar el personal requerido acorde a la propuesta de personal presentada. 64. Implementar la estrategia presentada en la oferta para agilizar la prestación del servicio, así como

las acciones descritas en su propuesta de servicio(encuestas de satisfacción, auditorías internas) 65. Dar estricta observancia a los precios pactados sobre todos los servicios y productos establecidos. 66. Publicar en un lugar visible con letra legible los listados de los productos y sus respectivos precios. 67. Permitir a la UNIVERSIDAD realizar evaluación sobre la calidad del servicio prestado mínimo dos

(2) veces por semestre a través de encuestas de satisfacción a sus usuarios, en caso de no obtener resultados favorables, esto podrá ser causal de terminación del Contrato.

68. El operador debe entregar al interventor informe semanal de ejecución que incluya la descripción de los servicios suministrados por día a través de planillas físicas que incluyan la firma del estudiante o archivo digital.

69. Suministrar escabiladeros necesarios para los descomideros en buen estado, en condiciones de limpieza y desinfección, estos deben ser ubicados en el lugar adecuado y señalizado para tal fin.

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 15 de 108

70. Operar oportuna y eficazmente los centros de producción y cafeterías en los horarios de 6 am a 8 pm de lunes a jueves, de 6 am a 4pm los días viernes, y de 6 am a 2 pm los días sábados, iniciando el suministro de almuerzos a los estudiantes beneficiarios de apoyo alimentario a las 11 AM de lunes a sábado.

71. Garantizar el montaje de las mesas previa antelación al horario establecido. 72. El operador debe garantizar de manera continua durante la prestación del servicio la limpieza de

las mesas e instalaciones. 73. Uniformar a su personal, diferenciando los cargos. La presentación del uniforme será excelente,

lo que será verificado por la Interventoría; éste debe permanecer completo, limpio y con identificación visible del empleado, principalmente para el personal de distribución y atención al usuario, además debe estar regido por la normatividad vigente. No se permite uniformes en colores oscuros.

74. Garantizar el cumplimiento de las funciones asignadas por parte del personal.

75. Presentar la bandeja de manera uniforme y de aspecto agradable a la vista, los elementos que constituyen la bandeja debe estar en perfecto estado y su material debe cumplir las siguientes características: a) Bandeja de acero inoxidable o plástica, b)Servilletas suficientes c) Vajilla de loza, no se permiten piezas incompletas o despicadas, d) Cubiertos de acero inoxidable: (cuchara, tenedor, cuchillo, cucharita postrera), e) Vaso desechable, los cuales deben estar siempre disponibles acorde al número de servicios pactados.

76. El operador podrá implementar diferentes alternativas de empaque para los satélites amigables con el medio ambiente.

77. Todos los recipientes deben tener una capacidad acorde con los tamaños de porciones solicitadas. 78. La distribución del servicio será mediante fila atendida. El operador debe garantizar eficiencia en

el ritmo para la distribución del servicio, con un rango no menor de seis (6) personas por minuto; así mismo distribuirá la alimentación en empaques desechables al personal que no puede, por razón del oficio, desplazarse hasta el restaurante (la ensalada debe ir en empaque desechable individual, se evitará en lo posible el uso de icopor por sus implicaciones ambientales.

79. La ración preparada será ofrecida en óptimas condiciones de presentación y calidad.

80. La ESAL suministrará la vajilla e implementos necesarios y hará reposición permanente de ella para garantizar su cantidad.

81. Si se generan sobras deben ser retiradas diariamente del restaurante, se debe garantizar que se mantenga la higiene en los recipientes y áreas de recolección de sobras, de acuerdo a las normas establecidas.

82. Asistir a las reuniones de seguimiento y control relacionadas a la ejecución contractual acorde a necesidad de la Universidad Nacional de Colombia.

83. Presentar los planes de mejoramiento pactados como resultados del proceso de seguimiento, control, supervisión e interventoría acorde a las condiciones establecidas por la Universidad Nacional de Colombia.

84. Implementar en las instalaciones un medio de comunicación para recibir las sugerencias quejas y reclamos de los usuarios.

85. Realizar seguimiento a las comunicaciones publicadas y enviadas a través del sistema de información recibido para tal fin.

86. Dar respuesta escrita frente a las quejas y reclamos presentados por parte de los usuarios a través de correo electrónico o el sistema de información establecido en un plazo no superior a 8 días hábiles.

87. Durante cada semana de operación, el operador deberá expedir dos vales de almuerzo por cafetería para el interventor con fines de evaluación.

88. El operador deberá dotar al administrador de internet móvil. 89. El operador debe proveer el computador portátil para el registro de huellas en el sistema de

información de la Universidad Nacional. 90. En el evento en que la Universidad ordene “desalojo”, los apoyos nutricionales deberán ser

servidos en platos desechables. 91. La ESAL preverá un servicio de comunicaciones independiente ya que no se cuenta con servicio

de teléfono en el sitio.

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 16 de 108

92. Implementar el programa de educación y comunicación enfocado a la promoción de hábitos saludables presentado en la oferta acorde a los lineamientos establecidos por la Universidad Nacional de Colombia.

93. Presentar las piezas o documentos a divulgar en las cafeterías previa revisión por parte de la Universidad Nacional de Colombia.

94. La ESAL deberá implementar el programa de educación y comunicación enfocado a la promoción

de hábitos saludables presentado en la oferta acorde a los lineamientos establecidos por la

Universidad Nacional de Colombia.

95. Implementar el programa de Vigilancia Nutricional establecido por la Universidad Nacional de

Colombia, para lo cual debe contar con un profesional en Nutrición y los elementos de trabajo

necesarios para su ejecución el cual debe ser aplicado a la población beneficiaria del programa

de apoyo alimentario.

96. Adelantar a su cargo las reparaciones locativas que se hagan necesarias durante la ejecución del

Contrato, siempre con autorización previa del área de mantenimiento y del Área de Gestión y

Fomento Socioeconómico de la UNIVERSIDAD. Se exceptúan las reparaciones hidráulicas y de

redes eléctricas, las cuales serán adelantadas por el área de mantenimiento, para lo cual la ESAL

deberá dar aviso inmediato de la necesidad presentada. En todo caso, pertenecerán a la

UNIVERSIDAD las reparaciones y mejoras locativas efectuadas por la ESAL o por cualquier

tercero dentro de los predios del Campus, y no le será dado a la ESAL reclamar la propiedad de

tales mejoras.

97. Recibir para su uso los bienes muebles propiedad de la UNIVERSIDAD que se encuentren en el centro de producción y/o cafeterías, para lo cual se efectuará el correspondiente inventarío y se adelantará su traslado al representante legal de la ESAL el cual quedará como responsable de tales bienes, los cuales deberán ser restituidos en idénticas condiciones de entrega a la UNIVERSIDAD al finalizar el Contrato.

98. Acatar las indicaciones que imparta el supervisor o interventor del Contrato durante el desarrollo del mismo.

99. Informar de inmediato al supervisor sobre cualquier imprevisto o impedimento que perturbe la ejecución normal del Contrato.

100. Responder por la adecuada presentación y la conducta de su personal, manteniendo la supervisión directa del mismo especialmente en los eventos en que puedan llegar a causar daño tanto a los funcionarios como a las instalaciones físicas y a los bienes muebles que se encuentran dentro de las instalaciones de los diferentes espacios de la Universidad que son objeto del servicio.

101. Suministrar durante la prestación del servicio los elementos de Seguridad Industrial tanto para el personal como para las áreas, a fin de evitar accidentes a sus empleados y usuarios.

102. Garantizar la disponibilidad inmediata de remplazo del personal cuando la ESAL lo requiera. 103. Efectuar el cambio inmediato del personal designado para prestar el servicio, por solicitud de la

Universidad sin que ésta deba justificar su petición. 104. Adoptar un reglamento interno de las cafeterías bajo su operación dirigido a empleados y

usuarios, y asegurar su cumplimiento. 105. Salvo el deterioro procedente del uso legítimo, la ESAL hará entrega del espacio a LA

UNIVERSIDAD, en la fecha de terminación del plazo de ejecución del contrato; la no entrega será indicio grave en contra de la ESAL y constituirá una grave afectación del servicio, Una vez realizada la entrega, se deberá presentar paz y salvo expedido por el Supervisor. En el caso que la ESAL no realice la entrega en la fecha establecida, la UNIVERSIDAD ingresará al inmueble para disponer del mismo. Respecto a los bienes muebles y haberes de propiedad de la ESAL que se encuentren en el inmueble al momento del ingreso, se levantará un acta entre el Supervisor y la División de Vigilancia y Seguridad de la Universidad, y posteriormente se enviarán a la dirección registrada por el contratista a su costa.

106. Acatar todas las demás directrices que establezca la Universidad directamente o a través del interventor para el normal desarrollo del Contrato, teniendo en cuenta que en la ejecución del Contrato priman el principio de interés general y la autonomía universitaria.

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 17 de 108

Obligaciones ambientales:

Sin perjuicio de las demás obligaciones contenidas en los anexos del Contrato, la ESAL deberá observar las siguientes obligaciones de carácter ambiental.

107. Aplicar a cabalidad y en lo pertinente los Decretos 838 de 2005 sobre disposición final de

residuos sólidos y 3075 de 1997 manipulación de alimentos. 108. Aplicar los lineamientos establecidos por la Universidad Nacional de Colombia – Sede Bogotá,

en cuanto al adecuado manejo de los residuos peligrosos y no peligrosos, y acatar las directrices emanadas del Equipo de Apoyo al Sistema de Gestión Ambiental respecto del manejo, almacenamiento y entrega para disposición final de los residuos orgánicos generados, igualmente respecto del uso de implementos para servir bebidas y otros alimentos.

109. Utilizar de manera eficiente y racional los recursos naturales que requiera para el ejercicio de su labor, específicamente en lo que se refiere al agua y la energía eléctrica.

110. Suministrar las canecas y bolsas de basura necesarias para la gestión de los residuos sólidos en los puntos satélites y cafeterías, acorde a los lineamientos de la Universidad Nacional de Colombia teniendo en cuenta que las bolsas de residuos orgánicos deben estar debidamente rotuladas.

Los PROPONENTES aceptan íntegramente las condiciones y obligaciones dela presente convocatoria, y en caso de suscribirse Contrato este se efectuará a partir de la minuta del Contrato que se presenta en el Anexo No. 1.

1.8.5. Prohibiciones a la ESAL

Le será prohibido a la ESAL:

a) Cambiar la destinación de los espacios entregados. b) Ceder el presente Contrato sin autorización previa y escrita del supervisor del Contrato. c) Guardar o mantener en los espacios entregados artículos, elementos o equipos utilizados por

cualquier vendedor no autorizado para expender productos dentro de la UNIVERSIDAD. d) Guardar o mantener en los espacios entregados sustancias explosivas, drogas o estupefacientes,

o elementos que sean perjudiciales para la conservación o higiene de los alimentos, o para la seguridad del personal.

e) Expender cervezas, licores, o cualquier otra clase de bebidas alcohólicas, drogas o estupefacientes, bebidas energizantes o permitir su consumo en los espacios entregados.

f) Utilizar espacios distintos a los entregados a la ESAL a través del presente Contrato. g) Queda prohibida la presencia de la ESAL o sus empleados en los espacios entregados en horarios

distintos a los señalados en el presente Contrato. h) Abrir los centros de producción, puntos de café y las cafeterías en horarios o jornadas que hayan

sido prohibidas por la universidad para la operación. 1.8.6 Identificación de los espacios a entregar. Los espacios físicos objeto del presente Contrato se encuentran ubicados en el Campus Universitario Sede Bogotá y se identifican así: Tabla 2.

OPERADOR 1

ESPACIOS MT2

CAFETERIA CAMPUS (centro de producción) 337 mts

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 18 de 108

FACULTAD DE ECONOMIA (centro de producción) 221 mts

COMEDOR CENTRAL 923 mts

FACULTAD CIENCIAS HUMANAS 47mts

DEPARTAMENTO de BIOLOGIA 122 mts

FACULTAD DERECHO 51 mts

POLIDEPORTIVO MODULO 3 60 mts

CASETA LEON DE GREIFF 39 mts

COLEGIO IPARM 51 mts

OPERADOR 2

ESPACIOS MT2

HEMEROTECA (centro de producción) 353 mts

DEPARTAMENTO DE MATEMATICAS (centro de producción)

279 mts

FACULTAD DE ODONTOLOGIA (centro de producción) 86 mts

FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS 135 mts

DEPARTAMENTO DE SOCIOLOGIA 122 mts

FACULTAD DE INGENIERIA 52 mts

POLIDEPORTIVO MODULO 1 53 mts

POLIDEPORTIVO MODULO 2 48 mts

I.E.I. 52 mts

PARQUEADERO DE MATEMATICAS 54 mts 1.9 PLAZO DE EJECUCIÓN REQUERIDO POR LA UNIVERSIDAD El plazo de ejecución de los Contratos objeto del presente pliego, que se suscriban con las ESAL a quienes les sea adjudicada la presente invitación, se contará desde la suscripción del acta de inicio hasta el 28 de Febrero del 2015. 1.10 RESERVA DE DOCUMENTOS Los PROPONENTES interesados en participar en la presente convocatoria, se comprometen, bajo la gravedad del juramento, a guardar la debida reserva de todos los documentos que les sean entregados. 1.11 INFORMACIÓN SUMINISTRADA A LA UNIVERSIDAD La UNIVERSIDAD, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 de la Constitución Política, presume que toda la información que el PROPONENTE allegue a esta convocatoria es veraz, y corresponde a la realidad. No obstante, la UNIVERSIDAD podrá verificar la información suministrada por los PROPONENTES. 1.12. PARTICIPANTES

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 19 de 108

Podrán participar en la presente invitación publica, las Entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas y domiciliadas en Colombia, individualmente o en consorcios o uniones temporales cuyo objeto social consista, entre otros, en el procesamiento, fabricación, transporte, expendio compra y/o venta de productos alimenticios; que cumplan con los requisitos jurídicos, financieros, técnicos y económicos establecidos en el presente pliego de condiciones, y que no estén incursos en las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades consagradas en la Constitución Política y la Ley. 1.13. DECLARATORIA DESIERTA La UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA declarará desierta la Invitación por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva del CONTRATISTA, cuando no se presente ninguna propuesta o cuando las propuestas presentadas no cumplan con los requisitos exigidos en el pliego de condiciones. 1.14. CONTRATACIÓN DIRECTA La UNIVERSIDAD podrá contratar directamente cuando en este proceso precontractual se presentare una sola propuesta, siempre y cuando sea de conveniencia Institucional y se ajuste al pliego de condiciones, o cuando sea declarado desierto, en concordancia con lo establecido en el artículo 43 parágrafo 1 y 2 de la Resolución No 1952 de 2008 expedida por la Rectoría. 2. CAPITULO II : ESPECIFICACIONES DE LOS CONTRATOS VALOR DE LOS CONTRATOS. El valor total de los Contratos a suscribir se estima hasta por la suma de MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS M/CTE (1.382.500.000). Corresponde el 50% del total del valor anteriormente mencionada para cada entidad adjudicada. Este valor será ejecutado por un periodo de seis meses, por los dos Operadores. El valor de los Contratos se discrimina de la siguiente manera:

- Se entregarán 1500 almuerzos diarios por Operador, para un total de 3000 almuerzos diarios. - El valor del almuerzo es de CUATRO MIL PESOS $4000, incluido impuestos. - El suministro está estimado para ser entregado durante 79 días. - El valor del desayuno es de DOS MIL QUINIENTOS PESOS $2500, incluido impuestos. - Se entregarán 1000 desayunos diarios por Operador, para un total de 2000 desayunos diarios,

con un apoyo del 100%.

- Para quienes se acrediten como estudiantes activos de la Universidad Nacional podrán acceder al servicio cancelando Dos mil pesos $2000 y la diferencia (Quinientos pesos $500) será asumida por la Dirección de Bienestar de la Sede. Se presupuesta la entrega de 1000 desayunos diarios (500 por operador) en esta modalidad.

- El resto de la Comunidad Universitaria, (Docentes y Administrativos) deben cancelar el valor total para acceder al servicio, es decir, Dos mil quinientos pesos $2500.

- El suministro está estimado para ser entregado durante 79 días. Parágrafo. Dentro del valor estipulado en el presente capítulo, están incluidos todos los servicios conexos en que LA ESAL debe incurrir para la entrega del suministro en las condiciones requeridas en la convocatoria pública, y contenidas en su propuesta. Por tanto, LA UNIVERSIDAD no reconocerá ningún pago adicional.

APORTE DE LA UNIVERSIDAD La Universidad Nacional pondrá a disposición los espacios descritos en la Tabla 2, según corresponda a cada uno de los operadores, y asumirá no solo el canon estimado en los estudios de avalúo y renta para estos espacios físicos sino además cubrirá los gastos de servicios públicos como agua y luz. Esto con la finalidad de que los PROPONENTES garanticen el sostenimiento del valor estimado tanto para los desayunos como para los almuerzos.

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 20 de 108

3. CAPITULO III: ETAPAS DEL PROCESO 3.1 CRONOGRAMA El cronograma de la presente convocatoria será el siguiente: Tabla 3. Cronograma

Actividad Fechas

Hora Lugar Desde Hasta

Publicación y Consulta del pliego de Condiciones

27 de mayo de 2014 Página electrónica de la Universidad Nacional (www.contratacion.unal.edu.co)

Visita obligatoria 29 de mayo de 2014

De 09:00:00 horas a 14:00:00 horas máximo

Punto de encuentro Dirección de Bienestar Universitario, Calle 44 No.45-67 Unidad Camilo Torres B7 Oficina 402 se esperará máximo hasta las 09:15:00 am para iniciar el recorrido.

Observaciones al Pliego de Condiciones

27 de mayo de 2014

03 de junio de 2014

12:00:00 horas

Sección de Contratación Sede, Cra. 45 No.26-85 Edificio Uriel Gutiérrez Oficina 376/ correo electrónico: [email protected]

Respuesta a las observaciones al pliego de condiciones y publicación de adendas

10 de junio de 2014 Página electrónica de la Universidad Nacional (www.contratacion.unal.edu.co)

Recepción de Propuestas Cierre de la invitación

13 de junio de 2014

Hasta 10:00:00 h

Sección de Contratación Sede Bogotá, Cra. 45 No. 26-85 Edificio Uriel Gutiérrez Oficina 376.

Solicitud de aclaraciones o subsanación de propuestas

24 de junio de 2014

Página electrónica de la Universidad Nacional (www.contratacion.unal.edu.co)

Respuesta de los PROPONENTES

25 de junio de

2014

26 de junio de 2014

Hasta 15.00.00 h

Sección de Contratación Sede Bogotá, Cra. 45 No. 26-85 Edifício Uriel Gutiérrez Oficina 376. Correo electrónico: [email protected]

Publicación del informe de evaluación Preliminar

01 de julio de 2014 Página electrónica de la Universidad Nacional (www.contratacion.unal.edu.co)

Revisión de oferta y observaciones al informe de evaluación preliminar y

01 de julio de 2014

03 de julio de 2014

Hasta 15:00 h

Sección de Contratación Sede Bogotá, Cra. 45 No. 26-85 Edifício Uriel Gutiérrez Oficina 376. Correo electrónico: [email protected]

Respuestas a observaciones y publicación informe de evaluación definitivo

07 de julio de 2014

Hasta las 16:00 h

Página electrónica de la Universidad Nacional www.contratacion.unal.edu.co/

Notas:

1. Cuando se presenten razones de conveniencias o necesidad institucional, la UNIVERSIDAD podrá prorrogar los plazos establecidos en el cronograma, antes de su vencimiento, para lo cual se informará a los interesados a participar o a los proponentes a través de la página Web http://www.contratacion.unal.edu.co/ acerca de las modificaciones o variaciones necesarias.

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 21 de 108

2. Todas las adendas, avisos y comunicaciones que emita la UNIVERSIDAD, en relación al pliego de condiciones, pasarán a formar parte del mismo, y serán publicados en la página Web http://www.contratacion.unal.edu.co

3. Las horas señaladas en el anterior cronograma, en especial la relativa a la hora límite para presentación de la propuesta, se tomarán según indique el reloj de la página electrónica: http://horalegal.sic.gov.co , el cual estará disponible en un computador que la UNIVERSIDAD designe.

4. Se entenderán por no recibidas las propuestas dejadas en otro lugar, o en lugar y medio no definido en el Cronograma, y las que por cualquier causa lleguen con posterioridad a la fecha y hora señaladas en el anterior cronograma.

3.2. PUBLICACIÓN Y CONSULTA DEL PLIEGO DE CONDICIONES

El Pliego de Condiciones será publicado en la página electrónica de la UNIVERSIDAD http://www.contratacion.unal.edu.co . La UNIVERSIDAD no asume responsabilidad alguna por la inadecuada o incompleta consulta que los PROPONENTES realicen del Pliego de Condiciones o de la documentación complementaria. 3.3. OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES Y RESPUESTA A LAS MISMAS Sólo se tendrán como presentadas las observaciones que se hagan por escrito en medio impreso o las enviadas al correo electrónico, dentro de la fecha y hora límite establecidos en el cronograma de la presente Invitación, las cuales serán recibidas directamente en la oficina de la Sección de Contratación Sede Bogotá: Dirección: Carrera 45 No. 26 – 85, Edificio Uriel Gutiérrez, Oficina 376 PBX: 3165000 Ext. – 18232 Correo Electrónico: [email protected] Título: Invitación Pública CON-BOG-002-2014 La respuesta a las observaciones se realizará conforme al CRONOGRAMA. 3.4. VISITA OBLIGATORIA La Universidad programará una visita técnica de carácter obligatorio, de acuerdo al cronograma del presente proceso, en donde se realizará un recorrido a las instalaciones objeto del presente proceso de la Sede. En caso de que los PROPONENTES consideren necesario el traslado de consultas, éstas deberán ser remitidas según las indicaciones del cronograma en la etapa de observaciones al pliego de condiciones.Los responsables de guiar la visita esperarán máximo 15 minutos, para iniciar el recorrido, por lo tanto se recomienda prever el ingreso y llegar con anticipación, para el oportuno registro de firmas de asistencia. Nota: La no asistencia a la visita técnica se configura como causal de rechazo del proceso de evaluación de la oferta presentada. 3.5 RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES Y PUBLICACIÓN DE ADENDAS Todas las adendas, avisos y comunicaciones que envíe la universidad, en relación con el pliego de condiciones, pasarán a formar parte de los mismos, y serán publicados en la página web http://www.contratacion.unal.edu.co bajo el título: INVITACIÓN PÚBLICA N°.CON-BOG-002-2014“LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACION

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 22 de 108

DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”. La consulta y la respuesta a las observaciones formuladas por los PROPONENTES, no producirán efecto suspensivo sobre el plazo de presentación de las ofertas. Toda modificación se hará mediante ADENDAS numeradas, las cuales formarán parte integral del presente Pliego de Condiciones. Las diferentes adendas serán publicadas en la página Web de la UNIVERSIDAD. El silencio por parte de la UNIVERSIDAD a la fecha de cierre de la presente Invitación, ante cualquier sugerencia, manifestación de supuestas inconsistencias, errores, omisiones y solicitud de modificaciones al Pliego de Condiciones, deberá tenerse como negado, y en consecuencia, las condiciones del pliego habrán de tomarse como se expidieron originalmente. Contra la negativa a solicitud de modificación no procede recurso alguno por la vía gubernativa. Todas las interpretaciones equivocadas, que con base en sus propios juicios, conclusiones, análisis, entre otros, obtenga los PROPONENTES respecto del pliego de esta Invitación, son de su exclusiva responsabilidad, por tanto, la UNIVERSIDAD no asume responsabilidad alguna por tales interpretaciones. La presentación de la oferta por parte de los PROPONENTES , constituye evidencia que estudió completamente las especificaciones y demás documentos del presente Pliego, que recibió las aclaraciones necesarias por parte de la UNIVERSIDAD sobre inquietudes o dudas previamente consultadas, y que ha aceptado que este Pliego de Condiciones es completo, compatible y adecuado; que ha tenido en cuenta todo lo anterior para fijar los precios, plazos y demás aspectos de la oferta necesarios para el debido cumplimiento del objeto. 3.6 RECEPCIÓN DE PROPUESTAS Y CIERRE DE LA CONVOCATORIA Las propuestas deberán ser presentadas por escrito. El plazo máximo en el que se recibirán propuestas será el indicado en el cronograma. Se tendrá como hora de presentación de la propuesta la que indique la página electrónica http://horalegal.sic.gov.co , la que estará a la vista de los posibles PROPONENTES en un computador asignado por la Universidad. Después de la hora de cierre, no se recibirán más propuestas. De lo anterior se levantará un acta que contendrá la relación de las propuestas presentadas. El acta deberá ser suscrita por los funcionarios de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA que allí intervengan y los presentes que manifiesten su deseo de firmarla. Se dará apertura del original de las Propuestas presentadas, consignando en el acta de Apertura de Urna los datos de todas las propuestas presentadas dentro del término estipulado en el Cronograma del proceso, como son: Nombres de los PROPONENTES, Número de folios que consta en cada Propuesta, el valor total de cada propuesta, Cuando la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA lo estime conveniente, se podrá prorrogar los plazos establecidos, antes de su vencimiento. No habrá devolución de propuestas originales. Notas:

No se aceptará ninguna oferta enviada por medio electrónico.

No se aceptarán ofertas radicadas en un sitio diferente al establecido en el presente pliego.

3.7 SOLICITUD DE ACLARACIONES Y/O SUBSANACIÓN DE LAS PROPUESTAS

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 23 de 108

La UNIVERSIDAD a través de la Sección de Contratación Sede Bogotá, podrá solicitar por escrito, una vez cerrada la Invitación, las aclaraciones y subsanaciones que estime pertinentes sobre los puntos dudosos o confusos de las ofertas, sin que por ello puedan los PROPONENTES adicionar, modificar, completar o mejorar su oferta. El documento de solicitud de aclaraciones y/o subsanación a las ofertas será publicado en la página Web de Contratación de la UNIVERSIDAD http: //www.contratacion.unal.edu.co, a partir de la fecha indicada en el CRONOGRAMA. La solicitud de la UNIVERSIDAD y la respuesta delos PROPONENTES deberán constar por escrito. 3.8 RESPUESTAS A LA SOLICITUD DE ACLARACIONES O SUBSANACIÓN DE LAS PROPUESTAS Las respuestas a las aclaraciones o a las solicitudes de subsanación solo se entenderán como presentadas siempre y cuando se alleguen en medio impreso escrito radicado en la Sección de Contratación Sede Bogotá Carrera 45 No. 26 – 85, Edificio Uriel Gutiérrez, Oficina 376 o las enviadas al correo electrónico, dentro de la fecha y hora límite establecidos en el cronograma de la presente Invitación. 3.9 PUBLICACIÓN DEL INFORME PRELIMINAR DE EVALUACIÓN Los resultados de la evaluación preliminar de las ofertas serán publicados en la página Web de Contratación de la UNIVERSIDAD http://www.contratacion.unal.edu.co, a partir de la fecha indicada en el CRONOGRAMA. 3.10 OBSERVACIONES AL INFORME DE EVALUACIÓN PRELIMINAR Y CONSULTA DE OFERTAS Los PROPONENTES podrán hacer llegar las observaciones al informe de evaluación preliminar que estimen convenientes, a más tardar en la fecha y hora indicada en el CRONOGRAMA. Solo se tendrán como presentadas las observaciones que se hagan por escrito en medio impreso en la Sección de Contratación Sede Bogotá Carrera 45 No. 26 – 85, Edificio Uriel Gutiérrez, Oficina 376, o las enviadas al correo electrónico, dentro de la fecha y hora límite establecidos en el cronograma de la presente Invitación. En este mismo período, los PROPONENTES podrán tener acceso a las ofertas para verificar contra el informe de evaluación preliminar y presentar observaciones. Si vencida la fecha para presentación de observaciones al informe preliminar de evaluación, la UNIVERSIDAD no ha recibido observaciones por parte de los participantes, el documento quedará ratificado como informe definitivo de evaluación. 3.11. RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES AL INFORME DE EVALUACIÓN PRELIMINAR Y PUBLICACIÓN DEL INFORME DE EVALUACIÓN DEFINITIVO Las respuestas a las observaciones presentadas y los resultados de la evaluación definitiva serán publicados en la página Web de la UNIVERSIDAD http://www.unal.edu.co/contenido/contratacion.htm en la fecha indicada en el cronograma. Ninguna aclaración verbal podrá afectar los términos y condiciones de este pliego de condiciones y sus adendas. 3.12 VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS Las propuestas deberán tener una validez mínima de ciento veinte (120) días, contados a partir de la fecha de cierre de la convocatoria.

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 24 de 108

3.13 CONFIDENCIALIDAD Y RETIRO DE LA PROPUESTA El contenido de las propuestas será de carácter reservado en la medida que la ley lo determina. El PROPONENTE podrá solicitar el retiro de su propuesta mediante escrito dirigido a la Sección de Contratación de Sede, Universidad Nacional de Colombia, Edificio Uriel Gutiérrez Oficina 376, hasta la fecha y hora previstas para el plazo de entrega de la Propuesta. En tal caso, en la diligencia de cierre de la convocatoria y apertura de propuestas, no se abrirán los sobres que contengan el original y las copias de la Propuesta retirada. Una vez se realice la apertura de la urna y de las ofertas no habrá devolución de ofertas. Una vez finalizado el proceso de selección, la Universidad Nacional de Colombia procederá a archivar los originales de todas y cada una de las OFERTAS. En caso que la invitación sea declarada desierta, se devolverá a los PROPONENTES que lo soliciten por escrito, el original de la póliza que ampara la seriedad de la OFERTA. 3.14 NEGATIVA O ABSTENCIÓN INJUSTIFICADA A LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Si los PROPONENTES seleccionado mediante la presente invitación, no suscribe el contrato dentro de los cinco (5) días siguientes a la comunicación de su asignación, quedará a favor de la UNIVERSIDAD, la posibilidad de aplicar en calidad de sanción, la garantía de seriedad de la oferta, sin menoscabo de las sanciones legales conducentes al reconocimiento de los perjuicios causados y no cubiertos por la garantía. En este evento, la UNIVERSIDAD podrá asignar el contrato, dentro de los cinco (5) días siguientes de presentada la negativa o abstención, al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su oferta sea igualmente favorable y conveniente para la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA. 3.15 VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN La UNIVERSIDAD dentro de la etapa de evaluación de las propuestas, podrá designar funcionarios para que realicen visitas a las instalaciones o Sedes de cada uno de los PROPONENTES, con el fin de verificar la información que los mismos han consignado en sus propuestas. 3.16 DEVOLUCIÓN DE LAS OFERTAS No habrá devolución de ofertas. Una vez finalizado el proceso de selección, la UNIVERSIDAD procederá a archivar los originales de cada una de las ofertas. Sólo en caso de que la invitación sea declarada desierta, se devolverá a los PROPONENTES el original de sus ofertas, si así lo solicita por escrito el participante. 4. CAPITULO IV: CONDICIONES GENERALES DE LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA LOS PROPONENTES deberán hacer una lectura juiciosa y detallada de los requisitos establecidos en la presente Convocatoria. La presentación de la propuesta, por parte del proponente, constituye evidencia de que estudio completamente las especificaciones técnicas, formatos y demás documentos; que recibió las aclaraciones necesarias sobre las inquietudes o dudas previamente consultadas y que ha aceptado que el contenido de esta convocatoria es completa, compatible y adecuada para identificar el alcance del servicio a prestar y que ha tenido en cuenta todo lo anterior para definir las obligaciones que se adquirirían ante la eventual suscripción del Contrato.

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 25 de 108

La propuesta debe incluir una tabla de contenido donde se indique la ubicación de los documentos que la conforman con el número de folio. La propuesta y sus documentos anexos deben redactarse en idioma castellano y presentarse por escrito, utilizando un medio impreso, debidamente foliada en la parte frontal de cada hoja, en estricto orden consecutivo ascendente. La propuesta deberá entregarse en original y dos (2) copias, debidamente foliadas y en sobres sellados, rotulados en su parte exterior. El Rótulo contendrá como mínimo la siguiente información del PROPONENTE:

Tanto el original como las copias de la propuesta, deberán contener la totalidad de los documentos legales exigidos, propuesta técnica, propuesta económica, con todos sus anexos. La propuesta original deberá contener un CD con la información de la propuesta técnica- económica.

En caso de discrepancia entre el medio digital y el documento impreso, primará este último sobre el medio digital.

La propuesta remitida por correo que para la fecha y hora límite, establecidas para su presentación en el Cronograma, haya sido presentada en dependencias distintas a las indicadas en el pliego para su recepción, no se tendrá en cuenta.

No se aceptarán propuestas fuera de la fecha y hora límite establecida en el cronograma.

Si se presentan propuestas en Consorcio y/o Unión Temporal, cada uno de sus integrantes deberá presentar individualmente los documentos que acrediten su capacidad, existencia, representación legal así como los requisitos financieros solicitados.

El PROPONENTE debe diligenciar y presentar todos los formatos enunciados a lo largo de este documento, los cuales hacen parte integral de este Pliego de Condiciones.

UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA

LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACION DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Propuesta presentada por: Nombre o razón social Dirección No. Teléfono No. de fax Correo electrónico

ORIGINAL / PRIMERA COPIA / SEGUNDA COPIA

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 26 de 108

No se aceptarán Propuestas cuyos documentos presenten tachaduras, enmendaduras, o que sean ilegibles; a menos que tengan la aclaración correspondiente.

En la propuesta deben indicarse los precios expresados en pesos colombianos, sin centavos, incluyendo todos los costos en que pueda incurrir durante la ejecución del Contrato.

Serán a cargo del PROPONENTE todos los costos asociados a la preparación y presentación de su propuesta.

NO SE ACEPTA la presentación de propuestas parciales, alternativas o complementarias.

5. CAPITULO IV: DOCUMENTOS Y REQUISITOS PARA PRESENTAR PROPUESTA. Se solicita que las propuestas presentadas estén acompañadas de los siguientes documentos: 5.1. DOCUMENTOS DE VERIFICACIÓN JURÍDICA 5.1.1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA (Formato No. 1) La PROPUESTA deberá estar acompañada de carta de presentación firmada por el representante legal del PROPONENTE o por el apoderado constituido para el efecto; tratándose de consorcios o uniones temporales deberá estar firmada por el representante designado o el apoderado constituido para el efecto, debidamente facultado en los términos de la ley. La carta de presentación de la propuesta deberá ser diligenciada en el Formato No. 1 del presente pliego de condiciones. La no presentación de este documento en el formato establecido por la UNIVERSIDAD, o si este no viene firmado por el representante legal de los PROPONENTES o el apoderado constituido para tal efecto, será causal de rechazo de la PROPUESTA. El contenido de este documento será subsanable a solicitud de LA UNIVERSIDAD. 5.1.2. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Cuando los PROPONENTES, se presente de manera individual o plural como Consorcio o unión Temporal, CADA UNO deberá comprobar su existencia y representación legal mediante Certificado expedido por la Cámara de Comercio, donde conste su razón social y representación legal, además de lo siguiente: En el certificado se verificará la siguiente información: a) Que su objeto social esté relacionado directamente con el objeto de la presente invitación, en

actividades de suministro de alimentos de manera que le permita la ejecución del objeto. b) Que estén contempladas las facultades del representante legal. c) Que esté contemplado el nombramiento del revisor fiscal, si está obligado a tenerlo. d) La persona jurídica debe haberse constituido legalmente por lo menos TRES (3) años antes, contados

desde la fecha de publicación de la presente invitación. e) La duración de la sociedad no será inferior al plazo del contrato y TRES (3) años más contados a partir

de la fecha de apertura de la presente invitación. f) Fecha de expedición con una antelación máxima de noventa (90) días, contados a partir de la fecha

de publicación de la presente invitación. Los miembros de los Consorcios o Uniones Temporales, deberán presentar cada uno el documento que acredite su existencia y representación legal en los términos de este numeral.

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 27 de 108

Serán causales de rechazo de la PROPUESTA, aplicables a este numeral: La omisión por parte de los PROPONENTES o de alguno de los miembros de Uniones Temporales o Consorcios, de la presentación de los documentos expresamente exigidos en el presente numeral, sin perjuicio que los demás miembros lo haya presentado. El contenido del documento exigido en este numeral será subsanable a solicitud de LA UNIVERSIDAD. La información solicitada en los literales a), b), y d) de este numeral que no reposen en el Certificado expedido por la cámara de comercio, serán causales de rechazo. 5.1.3. DOCUMENTO FORMAL QUE ACREDITE LA CONFORMACIÓN DEL CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL (Formatos No. 4 y 5.) Si el PROPONENTE presenta su PROPUESTA a título de consorcio o unión temporal deberá presentar el respectivo documento de conformación, para lo cual se deberá cumplir con lo siguiente: a) Expresar si la participación es a título de consorcio o de unión temporal. Si se trata de unión temporal,

sus miembros deberán señalar los términos y extensión (actividades y porcentaje) de su participación en la propuesta y en la ejecución del Contrato, los cuales no podrán ser modificados sin previa autorización de la UNIVERSIDAD.

b) Señalar la duración del Consorcio o Unión Temporal, la cual no será inferior a la del plazo del Contrato y tres (3) años más.

c) Informar quien es el líder del Consorcio o Unión temporal. d) Designar la persona que, para todos los efectos representará al consorcio o unión temporal. e) Señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad, de conformidad

con lo señalado en el parágrafo 1o del artículo 7o de la Ley 80 de 1993. f) Informar cuál es el porcentaje de participación de cada uno de los miembros de dicho Consorcio o

Unión Temporal. g) Informar cual será la empresa que emitirá la facturación para la Universidad. En caso de Unión Temporal, al menos uno de sus integrantes deberá tener una participación como mínimo del cincuenta y uno por ciento (51%). La omisión de este documento o de las firmas de sus integrantes y/o la falta de designación de representante legal y/o La falta de aceptación del apoderado cuando se trate de un tercero, o en el caso de las Uniones Temporales, la falta de señalamiento de los términos y extensión de la participación de los miembros que las integren y/o en caso de Uniones Temporales, no son subsanables y generan el rechazo de la propuesta. Este documento podrá ser aclarado o subsanado en cuanto a su contenido por causas diferentes a las antes mencionadas, a solicitud de LA UNIVERSIDAD. 5.1.4 CEDULA DE CIUDADANÍA O DE EXTRANJERÍA DEL REPRESENTANTE LEGAL El PROPONENTE deberá presentar la respectiva copia de la Cédula de Ciudadanía o de Extranjería del Representante Legal. En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los miembros deberá presentar éste documento. En caso de no presentarse este documento, la UNIVERSIDAD podrá requerirlo en cualquier momento y por una sola vez, antes de la publicación de la evaluación definitiva, y los PROPONENTES deberá adjuntarlo so pena de incurrir en causal de rechazo.

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 28 de 108

5.1.5. AUTORIZACIÓN PARA PRESENTAR PROPUESTA Y SUSCRIBIR CONTRATO Si el Representante Legal de los PROPONENTES o de alguno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, requiere autorización de sus órganos de dirección para presentar oferta y suscribir el contrato en caso de ser asignado, deberá anexar los documentos que acrediten dicha autorización, debidamente firmados por el presidente y el secretario de la reunión del órgano competente para emitir dicha autorización de acuerdo con los estatutos o reglamentos de la respectiva persona jurídica. En caso de nombrar apoderado, se deberá presentar el poder que lo faculte para presentar ofertas y celebrar contratos. Este documento podrá ser subsanado en cuanto a su contenido. Será causal de rechazo la no presentación del mismo, o la falta de las firmas de sus integrantes. 5.1.6. CERTIFICACIÓN DE PAGO DE APORTES A SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES Los PROPONENTES deberán presentar el certificado expedido por el revisor fiscal o representante legal, en el que conste que se encuentra a paz y salvo por concepto de pago de aportes a salud, pensiones, riesgos profesionales, SENA, ICBF y cajas de compensación familiar, de acuerdo a lo establecido en el artículo 50 de la ley 789 de 2002, modificado por la Ley 828 de 2003. Los integrantes de un Consorcio o Unión Temporal deben presentar individualmente: el certificado sobre el pago de los aportes al Sistema General de Seguridad Social y aportes parafiscales (de cada miembro del consorcio o unión temporal) y el certificado de afiliación vigente al sistema integral de salud y pensión (de cada miembro Persona Natural). Dicha certificación deberá expedirse con una antelación inferior a treinta (30) días, a la fecha prevista para el cierre de la presente convocatoria. Este documento podrá subsanarse en su contenido a petición de LA UNIVERSIDAD. Será causal de rechazo de la propuesta la no presentación o la falta de la firma o presentarlo con firma digitalizada, ésta última sin el lleno de los requisitos legales. 5.1.7. HOJA DE VIDA PERSONA JURÍDICA (Formulario No. 7)

LOS PROPONENTES (persona jurídica) deberán diligenciar y firmar el FORMATO ÚNICO DE HOJA DE VIDA que se encuentra en el Formulario No. 7. La información contenida en el presente formulario deberá ser consecuente con la diligenciada en el formulario No. 6.

En caso de Consocios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros o integrantes deberán presentar el respectivo formulario. Este documento podrá ser subsanado en cuanto su contenido. La no presentación del mismo, constituye causal de rechazo de la oferta.

5.1.8. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA

EL PROPONENTE debe presentar con su oferta, como requisito indispensable, una Garantía de Seriedad de la misma, expedida por una compañía de seguros legalmente constituida y establecida en Colombia o podrá constituirse mediante garantía bancaria expedida por el Representante Legal autorizado de la entidad bancaria. En dicho documento se verificará lo siguiente:

a) Asegurado/Beneficiario: UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA – NIT 899.999.063-3

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 29 de 108

b) Cuantía: Diez por ciento (10%) del valor total de la propuesta (IVA incluido);

c) Vigencia: Ciento veinte (120) días calendario contados a partir de la presentación de la oferta.

d) Tomador/Afianzado: la póliza o garantía deberá tomarse con el nombre de EL PROPONENTE o de la razón social que figura en el certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio.

e) Firma del Representante Legal: la póliza o garantía deberá firmarse por parte del Representante Legal de EL PROPONENTE (tratándose de Uniones Temporales o Consorcios por el representante legal designado en el documento de constitución).

f) Recibo de pago o certificación de la compañía aseguradora donde conste el pago de la prima de la garantía de seriedad de la oferta o certificación donde conste que la misma no expirará por falta de pago de la prima.

* La dirección del asegurado es: CRA 45 No 26 – 85, el teléfono 3165000 y la Ciudad: Bogotá. EL PROPONENTE deberá ampliar la vigencia de la garantía cuando se presenten modificaciones en el cronograma del proceso, siempre y cuando LA UNIVERSIDAD así lo considere necesario. Tanto al PROPONENTE favorecido con la contratación como a los demás participantes, se le devolverá la garantía de la seriedad de la propuesta cuando esté perfeccionado el contrato, si así previamente es solicitado por éstos, mediante cualquier medio escrito. LA UNIVERSIDAD hará efectiva la totalidad de la garantía, a título de indemnización por perjuicios en los siguientes casos: 1 Cuando EL PROPONENTE se niegue a prorrogar la garantía de seriedad de la PROPUESTA, en caso que LA

UNIVERSIDAD decida modificar el calendario de la invitación y/o solicite la ampliación de la garantía. 2 Cuando EL OFERENTE, por cualquier motivo, salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobado y

aceptado por LA UNIVERSIDAD, no cumpliere las condiciones y obligaciones establecidas en el pliego de condiciones o en su PROPUESTA.

La no presentación de la Garantía de Seriedad de la OFERTA o la falta de la firma de la misma, será motivo de rechazo por entenderse que la OFERTA no tiene la seriedad exigida. También será causal de rechazo de la OFERTA la presentación de la garantía sin el cumplimiento de los requisitos contenidos en los literales a), d) y e). El contenido de los demás elementos podrá ser subsanado si así lo solicita LA UNIVERSIDAD.

5.2. DOCUMENTOS DE VERIFICACION FINANCIERA Este factor analiza la capacidad del proponente para realizar la gestión financiera del objeto propuesto en el Pliego de Condiciones Los siguientes documentos deben ser presentados por cada uno de los proponentes que se presenten ya sea en forma individual o como integrantes del Consorcio o Unión Temporal. 5.2.1 ESTADOS FINANCIEROS Los siguientes documentos deben ser presentados por cada uno de los PROPONENTES que se presenten ya sea en forma individual, consorcio o unión temporal:

Balance General clasificado (corriente – no corriente)

Estado de Resultados

Notas a los Estados Financieros

Certificación del Contador Público y

Dictamen del revisor Fiscal en los casos en que se requiera con corte a 31 de diciembre de 2013.

La omisión de cualquiera de estos documentos no será subsanable y generará el rechazo de la oferta.

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 30 de 108

Los Estados Financieros y sus Notas deben ser elaborados, clasificados y presentados conforme al Decreto 2649 de 1993, “Por el cual se reglamenta la contabilidad en general y se expiden los Principios o Normas de Contabilidad Generalmente Aceptados en Colombia”, para el caso de entidades de naturaleza privada, y conforme a la Resolución No. 222 del 5 de julio de 2006 “Por la cual se adopta el Régimen de Contabilidad Pública y se define su ámbito de aplicación” para los casos de entidades de naturaleza pública. El Balance General y Estado de Resultados deben ser firmados por el Representante Legal, el Contador Público y el Revisor Fiscal en los casos en que este último sea necesario, conforme a lo establecido en el Artículo 13 parágrafo 2º de la Ley 43 de 1990. La omisión de este requisito no será subsanable y generará el rechazo de la oferta. Cuando alguno de estos Estados Financieros presente inconsistencias en la Ecuación Contable, se podrá subsanar. En el caso en que al subsanar la información se presenten diferencias de contenido en los Estados Financieros generará el rechazo de la oferta. La Universidad podrá solicitar las correspondientes aclaraciones de los documentos de verificación financiera y una vez analizada y revisada la respectiva información por parte de la Universidad, se procederá a hacer las reclasificaciones que correspondan, para efecto del cálculo de los indicadores financieros, cuando haya lugar a esto. Estos documentos podrán ser objeto de solicitud de aclaración por parte de la UNIVERSIDAD en su contenido, en el caso en que el proponente no subsane o responda a la solicitud, generará el rechazo de la oferta 5.2.2 TARJETA PROFESIONAL Y CERTIFICACIÓN DE VIGENCIA DE INSCRIPCIÓN Y ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS DEL CONTADOR PÚBLICO El PROPONENTE deberá anexar copia de la Tarjeta Profesional y de la Certificación de Vigencia de Inscripción y Antecedentes Disciplinarios vigente, expedida por la Junta Central de Contadores, del Contador Público responsable de la suscripción del Balance General solicitado. Para el caso de consorcios o uniones temporales cada uno de los participantes deberá anexar la Certificación de Vigencia de Inscripción y Antecedentes Disciplinarios del Contador que certifica su Balance General.

Nota: Si el PROPONENTE no allega la tarjeta profesional y el certificado de antecedentes disciplinarios del(os) contador(es) público(s) que suscribe(n) el Balance General, o si el certificado de antecedentes disciplinarios allegado con la PROPUESTA no se encuentra vigente, la UNIVERSIDAD podrá solicitarlo(s) en cualquier momento y por una sola vez, antes de la publicación de la evaluación definitiva; si el PROPONENTE no responde a la solicitud dentro del plazo estipulado por la UNIVERSIDAD, se configurará causal de rechazo de la PROPUESTA.

5.2.3. TARJETA PROFESIONAL Y CERTIFICACIÓN DE VIGENCIA DE INSCRIPCIÓN Y ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS DEL REVISOR FISCAL Conforme a lo dispuesto en el parágrafo 2° del Artículo 13 de la Ley 43 de 1990, en las empresas en que se requiera tener Revisor Fiscal, el PROPONENTE deberá anexar copia de la Tarjeta Profesional y de la Certificación de Vigencia de Inscripción y Antecedentes Disciplinarios vigente, expedida por la Junta Central de Contadores, del Revisor Fiscal. Para el caso de consorcios o uniones temporales cada uno de los participantes deberá anexar la Certificación de Vigencia de Inscripción y Antecedentes Disciplinarios del Revisor Fiscal que dictamina su Balance General.

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 31 de 108

Nota: Si el PROPONENTE no allega la tarjeta profesional y el certificado de antecedentes disciplinarios del(os) contador(es) público(s) que suscribe(n) el Balance General, o si el certificado de antecedentes disciplinarios allegado con la PROPUESTA no se encuentra vigente, la UNIVERSIDAD podrá solicitarlo (s) en cualquier momento y por una sola vez, antes de la publicación de la evaluación definitiva; si el PROPONENTE no responde a la solicitud dentro del plazo estipulado por la UNIVERSIDAD, se configurará causal de rechazo de la PROPUESTA.

5.2.4. RUT (Registro Único Tributario) El PROPONENTE deberá presentar el respectivo certificado expedido por el ente legal, donde conste si se encuentra en representación de una persona jurídica o natural debidamente registrada, y que su actividad económica corresponde a la del objeto a contratar. En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los miembros deberá presentar éste documento.

Este documento podrá subsanarse en su contenido. En caso de no presentarse con la propuesta la UNIVERSIDAD podrá requerirlo en cualquier momento y por una sola vez antes de la publicación de la evaluación definitiva y el PROPONENTE deberá adjuntarlo so pena de incurrir en causal de rechazo.

5.3 ANÁLISIS DE CAPACIDAD FINANCIERA (ADMISIBLE- NO ADMISIBLE) La Universidad revisará la información suministrada por los proponentes y se calcularan con base en el balance general con corte a 31 de Diciembre de 2013, los siguientes indicadores financieros:

Capital de trabajo Prueba Ácida Nivel de endeudamiento

5.3.1 Capital de Trabajo El Capital de Trabajo, entendido como el resultado del Activo corriente menos el Pasivo Corriente, será mayor o igual al 30% del Presupuesto Oficial.

CT=AC-PC ≥ a 30% Presupuesto Oficial Dónde: CT: Capital de trabajo AC: Activo Corriente PC: Pasivo Corriente 5.3.2 Razón Corriente La Razón Corriente, entendida como la relación de Activo Corriente divido por el Pasivo Corriente, será mayor o igual a 1.0.

RC= AC/PC ≥ 1.0 Donde: PA: Razón Corriente AC: Activo Corriente PC: Pasivo Corriente

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 32 de 108

5.3.3 Nivel de endeudamiento El nivel de endeudamiento, entendido como el Pasivo Total dividido por el Activo Total será menor o igual al 60%.

E=PT/AT ≤ 60 %

Dónde: E: Nivel de Endeudamiento PT: Pasivo Total AT: Activo total Los proponentes deben cumplir con los anteriores indicadores si no se declarará como No Admisible y por lo tanto se generará el rechazo de la propuesta. Para determinar la capacidad financiera de las Uniones Temporales, se calcularan separadamente los indicadores financieros de los integrantes. Los índices obtenidos se multiplicarán por el porcentaje de participación de cada uno de ellos y el resultado se sumará para consolidar el total de los índices de la Unión Temporal. Para determinar la capacidad financiera de los Consorcios, se calcularan separadamente los indicadores financieros de los integrantes. Los índices obtenidos se sumaran y se dividirán luego por el número de integrantes del Consorcio. Este resultado consolidado constituirá los índices del Consorcio. 5.4. DOCUMENTOS DE VERIFICACIÓN TÉCNICA 5.4.1. DOCUMENTOS PARA ACREDITAR EXPERIENCIA (Formulario No. 7) El PROPONENTE deberá allegar con su propuesta mínimo dos (2) certificados en los que acredite al menos DOS AÑOS de experiencia relacionada con el objeto del Contrato POR MONTOS IGUALES O SUPERIORES A LA MITAD DEL VALOR DEL PRESENTE PLIEGO DE CONDICIONES. Cada certificación presentada para acreditar experiencia debe contener como mínimo la siguiente información: a) Nombre o razón social de la empresa o persona contratante; b) Objeto del contrato; el cual debe ser relacionado con el procesamiento, fabricación, transporte,

expendio, compra y/o venta de productos alimenticios, y similares. c) Los Contratos deben haber sido ejecutados dentro de los tres (3) años anteriores a la fecha de

presentación de la propuesta, o tener una ejecución mínima del 70% para la misma fecha. Para tal fin, la certificación deberá indicar la fecha de inicio y la fecha de terminación de cada Contrato.

d) Nombre, cargo, teléfono y firma de quién la expide. e) En caso que la ESAL haya participado en el contrato o convenio como consorcio o unión temporal,

indicar el porcentaje de participación de cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal y su responsabilidad, de conformidad con lo señalado en el parágrafo 1o del artículo 7o de la Ley 80 de 1993.

f) Igualmente en el caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los miembros deberá estar inscrito en el Registro Único de PROPONENTES. El requisito se entenderá cumplido cuando entre todos los miembros del consorcio o unión temporal cumplan con los requisitos para las clasificaciones establecidas.

g) Si el Contrato al momento de cierre de la presente convocatoria se encuentra en ejecución, indicar el porcentaje ejecutado del Contrato a la fecha de expedición de la certificación. Si el valor del Contrato certificado se presenta en moneda extranjera, la Universidad calculará su valor en pesos, liquidándolo a la TRM de la fecha de terminación.

En el caso de presentar propuesta como consorcio o unión temporal, cada uno de los integrantes deberá certificar al menos dos años de experiencia relacionada con el objeto del Contrato dentro de los tres (3)

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 33 de 108

años anteriores a la fecha de presentación de la propuesta. Por lo menos uno de los Contratos certificados a uno de los integrantes del consorcio o unión temporal debe ser igual o superior al 50% del valor ofertado por el proponente. La sumatoria de las certificaciones deberán ser iguales o superiores al 100% del valor ofertado por el PROPONENTE. Si se trata de un consorcio o unión temporal, se tomará el valor de cada una de las certificaciones y se ponderará por el porcentaje de participación dentro del consorcio o unión temporal. La sumatoria total debe ser igual o superior al 100% del valor ofertado por el PROPONENTE. Las certificaciones de experiencia exigidas podrán contener certificaciones de dos o más contratos, siempre y cuando se especifique claramente el valor y el objeto de cada uno de ellos en cada certificación, independientemente de si estas vienen en uno, dos o tres documentos. El PROPONENTE debe relacionar su experiencia en el Formulario No. 7, de conformidad con la información contenida en las certificaciones aportadas. NOTA: para efectos de la validación de los certificados se aceptarán documentos anexos como: contratos y actas de liquidación. Las certificaciones y anexos que soporten la información deberán acreditar:

1. Nombre del contratante 2. Nombre, firma y carago de la persona que expide la certificación. 3. Dirección y teléfono del contratante. 4. Nombre del contratista. 5. Objeto del contrato. 6. Porcentaje de participación si fue ejecutado como consorcio o unión temporal. 7. Fechas contractuales de indicación y terminación.

Las certificaciones no podrán ser expedidas por el propio PROPONENTE, el Consorcio, o la Unión Temporal de la cual formó parte en la ejecución del convenio o contrato. Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse traducidos al idioma castellano y legalizado en la forma prevista por la normatividad vigente en la materia; de lo contrario, la UNIVERSIDAD entenderá que no existe el cumplimiento del requisito. 5.4.2. RUP (REGISTRO UNICO DE PROPONENTES) El PROPONENTE deberá presentar el respectivo certificado expedido por la Cámara de Comercio, donde conste si se encuentra en representación de una persona jurídica o natural debidamente registrada, y que su actividad económica corresponde a la del objeto a contratar. En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los miembros deberá presentar éste documento. En caso de no presentarse con la propuesta, la UNIVERSIDAD podrá requerirlo en cualquier momento y por una sola vez, antes de la publicación de la evaluación definitiva y los PROPONENTES deberán adjuntarlo antes del plazo estipulado por la Universidad, so pena de incurrir en causal de rechazo. En caso de que el registro único de Proponentes presentado, se encuentre dentro de una clasificación de actividad diferente a la del objeto a contratar, el PROPONENTE deberá realizar la respectiva actualización, para que su actividad económica este acorde con el objeto del presente pliego de condiciones. 5.4.3. CONCEPTO SANITARIO FAVORABLE

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 34 de 108

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 244-250 de Ley 9 de 1979, su decreto reglamentario 3075 de 1997, el literal b del artículo 2 de la Ley 232 de 1995 y su decreto reglamentario 1879 de 2008, el PROPONENTE deberá presentar concepto sanitario favorable de una autoridad competente que le permita desarrollar el objeto del presente Contrato. Este documento no podrá tener una fecha de expedición superior a un año desde la fecha de presentación de la propuesta. En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los miembros deberá presentar éste documento. 5.4.4 MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS DE MANUFACTURA El PROPONENTE deberá presentar un Manualde Buenas Prácticas de Manufactura donde consten los procesos adelantados para dar cumplimiento a las exigencias higiénico sanitarias contenidas en el Decreto 3075 de 1997 y demás normatividad higiénico sanitaria aplicable. En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los miembros deberá presentar éste documento. 5.4.5. PLAN DE SANEAMIENTO BÁSICO El PROPONENTE deberá presentar un plan de saneamiento básico, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 del Decreto 3075 de 1997, el cual deberá incluir como mínimo: i) Programa de Limpieza y Desinfección: en el cual constarán los procedimientos concretos de limpieza y desinfección adelantados por los PROPONENTES para garantizar la asepsia y la inocuidad de los alimentos Cada establecimiento debe tener por escrito todos los procedimientos, incluyendo los agentes y sustancias utilizadas así como las concentraciones o formas de uso y los equipos e implementos requeridos para efectuar las operaciones y periodicidad de limpieza y desinfección. ii) Programa de Desechos Sólidos: En cuanto a los desechos sólidos (basuras) debe contarse con las instalaciones, elementos, reas, recursos y procedimientos que garanticen una eficiente labor de recolección, conducción, manejo, almacenamiento interno, clasificación, transporte y disposición, lo cual tendrá que hacerse observando las normas de higiene y salud ocupacional establecidas con el propósito de evitar la contaminación de los alimentos, reas, dependencias y equipos o el deterioro del medio ambiente. iii) Programa de Control de Plagas: Las plagas entendidas como artrópodos y roedores deberán ser objeto de un programa de control específico, el cual debe involucrar un concepto de control integral, esto apelando a la aplicación armónica de las diferentes medidas de control conocidas, con especial énfasis en las radicales y de orden preventivo.

En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los miembros deberá presentar éste documento. 5.4.6 MANUAL DE ALMACENAMIENTO Y CONSERVACIÓN DE ALIMENTOS. El PROPONENTE deberá presentar un manual de almacenamiento y conservación de alimentos donde consten los procesos adelantados para dar cumplimiento a las exigencias higiénico sanitarias contenidas en el Decreto 3075 de 1997 y demás normatividad higiénico sanitaria aplicable en lo relacionado al almacenamiento y conservación de alimentos. En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los miembros deberá presentar éste documento.

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 35 de 108

5.5. FORMULARIOS DE LA PROPUESTA Los formularios suministrados en el presente pliego, deben adjuntarse a la propuesta, totalmente diligenciados. Si el PROPONENTE considera que es conveniente para complementar su propuesta anexar otra información adicional a la solicitada por la UNIVERSIDAD en los formularios establecidos, podrá hacerlo referenciando el formulario que complementa. Si se trata de consorcio o unión temporal se deben anexar los documentos antes solicitados por cada uno de los miembros que lo conforman. 6. CAPITULO VI: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS REQUERIDAS Las propuestas deben cumplir con las siguientes especificaciones técnicas: 6.1 COMPONENTE TÉCNICO 6.1.1 Factor Nutricional El proponente deberá presentar por escrito una Propuesta de Menús para un ciclo de 21 días hábiles, con respectivo análisis cuantitativo de 15 de los menús propuestos; avalado y firmado por Profesional en Nutrición con tarjeta profesional vigente acorde al Modelo Nutricional establecido por la Universidad Nacional de Colombia con base en la Minuta Patrón establecida para para Desayuno, Almuerzo, Cena y refrigerio acorde a las especificaciones que a continuación se citan. 6.1.1.1 Definición de la población Objeto

Mujeres y hombres estudiantes de pregrado, beneficiarios del apoyo alimentario, que cursan

edades entre los 17-25 años.

Mujeres y hombres, pertenecientes a la comunidad universitaria y que se encuentran entre los

rangos de edad de 6 - 55 años, identificando poblaciones especiales ( niños y niñas, madres

gestantes y lactantes, población adulto mayor) que aunque no son el objeto de esta contratación,

también hacen parte de la comunidad universitaria y podrán acceder a estos espacios como

usuarios particulares

Se hará un llamado a los proponentes para la evaluación del menú patrón de tal manera que se pueda evaluar los ingredientes de cada preparación. Deberán justificar tipo de grasa, condimentos que se utilizaron y la cantidad de adición de grasa, azúcar y sal.

6.1.1.2 Recomendación de Calóricas y Nutrientes

Calculado con base en las Recomendaciones de Calorías y Nutrientes para la Población Colombiana, ICBF – 1992)

Tabla 6. Requerimientos calóricos

Requerimientos calóricos

Hombres (18-49) 3000

Mujeres (18-49) 2250

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 36 de 108

Promedio 2650

Distribución de calorías por tiempo de comida

Tabla 7. Distribución de calorías por tiempo de comida

Calorías totales/día: 2650 Kcal

Tiempo de comida ofrecido % Valor calórico total Calorías

Desayuno 20% 530

Almuerzo 40% 1060

Cena 30% 795

Refrigerio 10% 266

Los porcentajes de adecuación para calorías y nutrientes en cada tiempo de comida se debe encontrar dentro de los porcentajes del 90- 110%

Esta distribución porcentual de los tiempos de comida se hace basados en la premisa de”si un individuo llegase a tomar todos los tiempos de alimentación dentro de las instalaciones universitarias, se estaría en capacidad de cubrir el 100% del total de sus requerimientos de macronutrientes y energía”

Porcentaje de Distribución por macronutrientes para tiempos de comida

(Desayuno, almuerzo) Tabla 8. (Desayuno)

% Aporte nutriente día Gramos totales/ menú

Proteína 15 % 19,88 g

Carbohidratos 55 % 72,9 g

Grasa 30 % 17,67 g

Tabla 9. (Almuerzo)

% Aporte nutriente día Gramos totales/ menú

Proteína 15 % 39,75 g

Carbohidratos 55 % 145,8 g

Grasa 30 % 35,33 g

Se recomienda la distribución del valor calórico total así, de acuerdo a la evaluación de consensos y evidencia científica internacional, de la distribución de calorías y nutrientes, para salud cardiovascular y disminución de incidencia de enfermedades crónicas no trasmisibles.

Tabla 10. Lista de Intercambiables Por componentes

Componente 1 Intercambio Peso servido(gramos)

DESAYUNO Y REFRIGERIO

Alimento proteico Desayuno

Salchicha 25 g

Carne magra ( res o pollo) 30 g

Queso 30 g

Huevo entero crudo 50 g

Jamón 30 g

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 37 de 108

Energético desayuno

Cereal

Avena 21 g

Maicena 21 g

Arroz 105 g

Maíz 50 g

Tubérculo Papa 80 g

Productos de panadería

Arepa de maíz 70 g

Pan 30 g

Tortilla de trigo 30 g

Galletas de soda 20 g

Tostada o calado 30 g

Ponqué o mantecada 70 g

Almojábana 70 g

Pan de bono o yuca 70 g

ALMUERZO

Alimento proteico

Carne de res 110 g

Pollo 110 g

Pescado 110 g

Carne de cerdo 110 g

Energético

Cereal seco Pasta (cocido) 90 g

Arroz (cocido) 105 g

Cereal Sopa

Pasta 80 g

Arroz perlado 80 g

Cebada 80 g

Avena 40 g

Acompañante (tubérculo o derivado de cereal

Papa 100 g

Plátano 80 g

Yuca 80 g

Arepa 70 g

Pan 21 g

Postre

Panelitas 20 g

Bocadillo 25 g

Chocolatina 15 g

Galletas con crema 15 g

Gelatina 40 g

Helado 50 g

Pudín 40 g

Esponjado 40 g

6.1.1.3 Descripción Minuta Patrón de Almuerzo Tabla 11.

MINUTA PATRÓN

ALMUERZO (40%) 1060 Kcal

GRUPO DE ALIMENTOS

DESCRIPCIÓN

PORCION NETA (g o cm

cúbicos)

PORCIÓN SERVIDA(g o cm

cúbicos) 1 Sopa o crema Preparación en las que un

líquido sustancioso sirve como Solidos Carne: 1 intercambio

250 cc

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 38 de 108

base a un plato, este líquido puede ser un consomé de cortes cárnicos o leche higienizada y pasteurizada, o mezclas de estos dos.

Tubérculo: 1 intercambio Cereal: ½ intercambio Verdura: 1 intercambio Base líquida: 100 – 150 cc

2 Alimento proteico

Cortes magros de los diferentes tipos de carne de las diversas fuentes animales (res, cerdo, pollo, pescado)

1 intercambios 110 g

3 Principio 1

Leguminosas en mezcla 1 intercambio 105 g (cocido)

Leguminosa única ½ intercambio 60 g ( cocido)

4 Principio 2 Hortalizas o verduras en preparaciones calientes

1 intercambio 70 g (cocido)

5 Cereal Arroz o pastas enriquecidas 1 intercambio 80 - 90 g

6 Acompañante Tubérculos, raíces o plátanos 1 intercambio 90 – 105 g

7 Ensalada Verdura fría o mezcla de verdura y frutas

4 componentes. 100 g

8 Jugo de fruta natural

Preparación liquida a base de fruta natural sin adición de azúcar

240 cc 240 cc

9 postre Postre artesanal o fruta entera 1 intercambio 20 – 50 g

6.1.1.3.1 Desglose Minuta Patrón de Almuerzo

Tabla 12.

MINUTA PATRÓN

ALMUERZO (40% del aporte calórico total) 1060 Kcal

COMPONENTE GRUPO DE ALIMENTOS Frecuencia

(No. Veces/

semana)

PESO NETO PORCION SERVIDA

Sopa o crema base consomé, leche o mixto 2 ( en

preparaciones

donde haga

parte de la

preparación)

53% 240 cc

Cereal 3-4%

alimento proteico 5%

Tubérculo 18%

1 Verdura 20%

Alimento

proteico

carne de res 1 130g 110g

cerne de cerdo 1 130g

Pollo 2 130g

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 39 de 108

Pescado 1 130g

2 atún y sardinas enlatado 1 vez/mes 100g

3 Principio 1 Leguminosas en

combinación al 50% con

alimento proteico

5 20g 60g

Leguminosa única 5 30g 105g

4 Principio 2 verdura caliente 5 70g 70g

5

Cereal

Arroz 4 45g 105g

pasta enriquecida 1 35g 90g

6 Acompañante Papa 1-2 80g 80g

Yuca 1 80g 80g

Plátano 1-2 80g 80g

Derivado de cereal 1 60g 60g

7 Ensalada verdura fría 5 100g 100g

8 Jugo de fruta

natural

Fruta 5 60-70g 240 cc

9 postre postre artesanal o fruta

entera

5 20 -50 g

6.1.1.4. Descripción Minuta patrón Desayuno Tabla 13.

Minuta patrón Desayuno 20% (533 kcal)

Componente de alimentos

Descripción intercambios Peso neto Intercambio (cc/g)

Peso servido (cc/g)

Fruta Entera Debe brindarse una opción de fruta entera diariamente, se tendrá preferencia por frutas de temporada.

Fruta natural entera

150g 150g

Bebida láctea Bebida donde el empleo de leche pasteurizada e higienizada sea de 150ml para un volumen final de 200 ml en preparaciones

Bebida base láctea Yogurt Kumis

200 cc 200cc

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 40 de 108

Minuta patrón Desayuno 20% (533 kcal)

Componente de alimentos

Descripción intercambios Peso neto Intercambio (cc/g)

Peso servido (cc/g)

coloides o mezclas con sólidos.

Alimento Proteico

El queso empleado debe cumplir con los máximos estándares de calidad.

Queso 40g 40g

El uso de productos embutidos debe limitarse a dos veces en el ciclo de menús presentado, además deben estar constituidos por un alto porcentaje de fuente de proteína animal de la mejor calidad

Jamón

30 g 30 g Salchicha

El corte de las carnes empleadas en las preparaciones debe cumplir con los máximos estándares de calidad, siendo de cortes magros con bajo ó medio porcentaje de grasa

Carne, pollo, pescado

60 g 60 g

Huevo 50 g 50 g

Derivado de cereal

Productos de panadería

Almojábana Pan Arepa Buñuelo Ponqué Pandebono Pan de queso Pan de yuca Mantecada

60 g 60 g

Derivados de cereal Galletas de sal Tostadas Galletas dulces

5 unidades 5 unidades

Tubérculo Papa 100 g 100 g

Otros Tortilla de maíz o trigo

2 unidades 2 unidades

Cereal en bebida láctea

Avena Maicena

15 g 10 g

15 g 10 g

6.1.1.5 Especificaciones Técnicas en cuanto a refrigerios, bebidas, snacks y similares Los refrigerios deberán ser suministrados de conformidad con la siguiente minuta patrón: Tabla 14. Descripción Minuta Patrón Refrigerio

MINUTA PATRÓN

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 41 de 108

Refrigerio (10% del aporte calórico total)266 Kcal

COMPONENTE GRUPO DE ALIMENTOS Frecuencia (No.

Veces/ semana) PESO NETO PORCION SERVIDA

Fruta Fruta entera o en jugo 5 150g 150g

Bebida Lácteos 4 200 cc 200 cc

alimento

proteico

Carnes, huevos,

alimentos fuente de

proteína.

3 1 intercambio

Energético cereales, almidones y

derivados 3 1 intercambio

Para el tiempo del refrigerio, el proveedor debe presentar una propuesta de derivaciones de menús donde combine dos (2) componentes, de la minuta patrón antes expuesto. Esta propuesta debe contar con una amplia diversificación y distintas opciones para que el usuario pueda elegir. Adicionalmente, los PROPONENTES deberán ofrecer como mínimo TODOS los productos contenidos en la tabla 18 del numeral 6.2 del presente pliego de condiciones. En todo caso, el proponente tendrá libertad para ofrecer al público productos adicionales a los señalados en la referida tabla, caso en el cual deberá señalar en su oferta indicando la presentación y precio de venta al público (IVA incluido).

6.1.1.6 Especificaciones Generales

1) El proponente debe presentar la lista de intercambio que manejará para efectos de la prestación

del servicio.

2) Las preparaciones de sopas se deben presentar con un 40-50% de sólidos.

3) Para el caso de la carne cruda se manejarán 150 gramos (carnes rojas: cerdo y res) y 180 gramos

(carnes blancas con hueso). La carne molida será una porción de 100 gramos cocida.

4) En el almuerzo se debe ofrecer dos opciones de proteína, una en preparación individual donde su

peso debe ser según las especificaciones antes hechas, la segunda opción debe venir en

combinación con la leguminosa o en preparaciones que la incluyan como ingrediente principal,

para esta opción donde la proteína está combinada el gramaje de la misma deberá ser el 50% del

gramaje estándar.

5) Se debe ofrecer en la línea de servicio dos opciones de vegetales uno de línea caliente y otro en

preparaciones frías. Para la preparación de los mismos se emplearan frutas y vegetales de la

temporada en los tiempos de comida del almuerzo y cena.

6) Se debe ofrecer una opción de jugo de fruta sin azúcar y otra opción con adición de azúcar

estándar. No se permite el uso de refrescos o polvos instantáneos

7) Las materias primas e insumos requeridos deberán estar acordes con los lineamientos del Decreto

3075 de 2007, cumpliendo así, con el registro sanitario INVIMA, y la normativa de etiquetado y

rotulado general y nutricional, resoluciones 5109 de 2005 y la resolución 333 de 2011.

8) Los alimentos que hacen parte de los diferentes componentes de la minuta deberán tener las

siguientes características:

Lácteos y derivados: los lácteos y derivados, entendiéndose como leche, kumis, yogurt, queso,

cuajada deberán haber pasado por el proceso de pasteurización, ultra pasteurización o Ultra Alta

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 42 de 108

Temperatura (UHT). Además del cumplimiento de las especificaciones anteriormente

mencionadas, estarán acorde con el Decreto 616 de 2006.

Carne, pollo y pescado: al ser considerados como alimentos de riesgo en salud pública se

encontrarán siempre bajo temperaturas de congelación (-4°C +/-2) refrigeración (4ºC +/-2) o en

temperaturas calientes (>60º C). Por ningún motivo se dejarán a temperatura ambiente, para evitar

el crecimiento de microorganismos y alteración de características organolépticas.

Carnes rojas: Solo se permitirá el suministro de carnes magras, de cortes en chata, centro de

cadera, centro de pierna, y en caso de preparaciones con carne molida, debe ser a partir de carne

magra.

Pollo: las porciones a emplear deben ser pierna - pernil, o pechuga.

Pescado: debe ser de primera calidad, sin espinas. Inclusive el de tortas o croquetas además debe

cumplir con lo sancionado en el decreto 1500 del 2007.

9) No se permite el uso de productos cárnicos añadidos con aglomerantes ó apanados.

10) No se permite el intercambio de carne de primera por huevo, carnes frías o productos cárnicos

como embutidos en el tiempo de almuerzo y cena

11) No se permite la presencia de productos embutidos, más de 2 veces en un ciclo de 21 días, para

días hábiles del servicio.

12) No se permite el uso de enlatados (atún y sardinas) más de 1 vez en un ciclo de minuta de 1 mes.

13) No se permite el empleo de embutidos de carne, pollo o pescado.

14) Todos los días se debe ofrecer 2 opciones en el componente de “principio”, uno de ellos deberá

ser leguminosa en combinación con alimento proteico, preparaciones con alimento proteico, o

sustituto vegetariano de carne y el otro deben ser vegetales en preparación caliente.

15) Frutas y verduras: deberá cumplir con las estipulaciones del Decreto 3075 de 1997, referente a

limpieza y desinfección. Adicionalmente deben tener adecuado grado de maduración con óptimas

características organolépticas.

16) Las ensaladas deben presentarse con una apariencia fresca y variedad en colores, incluir

preparaciones atractivas que incluyan variedad de vegetales, (crudos, cocidos) y frutas. Mínimo 4

componentes.

17) Una vez cada quince días se debe ofrecer como opción ensalada de frutas. Incluir limón como

aderezo y opciones de vinagretas, los cuales deben permanecer su ofrecimiento durante todo el

servicio.

18) Las preparaciones que su naturaleza sea mezcla de distintos ingredientes, deben limitar su

presencia en la minuta de 2 veces al mes y deben guardar las cantidades correspondientes de

cada uno de los componentes que en ella se empleen.

19) En la línea de servicio cada uno de los componentes deben estar a la temperatura adecuada y

bajo los márgenes normativos existentes y que dependerá directamente de la naturaleza del

alimento.

Alimentos calientes como (carnes, cereales, tubérculos, verdura caliente, entre otros) la

temperatura debe ser mayor a 60°C

Alimentos refrigerados ó servidos en frio ( ensaladas, jugos, postres): la temperatura no

deberá exceder los 4°C +/- 2

20) Grasas y aceites: serán empleados para las preparaciones que requieran aceites y este sea

sometido a altas temperaturas, aceites de tipo vegetal de única fuente: girasol, canola, maíz, u

oliva ( apto para altas temperaturas)

21) No se permitirá en ninguna estancia el uso de mantecas ni la reutilización de aceites.

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 43 de 108

22) Jugos: deben ser preparados con agua potable y 100% fruta natural. Los jugos tendrán un volumen

final de 240 cc, partiendo de un volumen inicial de 200cc, con las siguientes concentraciones según

el tipo de fruta:

Tabla 15. Concentración fruta de los jugos

Tipo de fruta Pulpa de fruta (90% de fruta)

Fruta ácida 30% 60g

Fruta no ácida 35% 70g

23) Dulces y postres: podrá ser de tipo casero (flanes, dulces de frutas entre otros), además se pueden

ofrecer productos elaborados, los cuales deben ser de una marca reconocida y debidamente

rotulado.

24) No se permite el empleo de aditivos de conservación (sorbatos, benzoatos, nitritos).

25) Para proporcionar sabor a las preparaciones se podrá utilizar sal, vinagre, limón, pimentón y

hierbas aromáticas.

26) Por el alto riesgo microbiológico del arroz con pollo, no se permite esta preparación dentro de los

menús.

27) Para suministrar las porciones de alimentos establecidas se deben estandarizar los utensilios del servido de alimentos. Con el fin de lograr exactitud en la medición de las porciones, es necesario usar utensilios aforados, estos pueden ser pocillos, vasos, cucharas, cucharones, trinches, pinzas o cualquier otro elemento que facilite la medida.

28) La variación del gramaje en los alimentos servidos está definida de la siguiente manera: Alimentos proteicos: Se aceptará en peso servido hasta el 20% por encima del peso establecido en la tabla de “Porciones a suministrar en peso servido”. Para los demás grupos de alimentos: Se aceptará en peso servido hasta el 5% por debajo y 20% por encima del peso establecido en la tabla de “Porciones a suministrar en peso servido”.

29) Toda mujer que se encuentre en periodo de gestación o lactancia hasta los seis meses, que acuda al comedor universitario, debe recibir un aporte adicional de leche de 200cc o queso 35g.

6.1.1.7 Especificaciones Técnicas de Características Organolépticas Elaboración de la lista de intercambios de alimentos: considerada como agrupaciones, en las cuales

los alimentos incluidos en cada una de las listas, poseen aproximadamente el mismo valor de energía,

carbohidratos, proteínas y grasas; por lo tanto, un alimento se puede remplazar por otro dentro de la misma

lista. Estos alimentos se agrupan de acuerdo con los criterios de las Guías Alimentarias para la Población

Colombiana.

En la situación en que no haya disponibilidad de un alimento del menú diario planeado, el alimento faltante se intercambia por otro que se encuentre en la lista de intercambios, dentro del mismo grupo, con el objeto de asegurar que los intercambios sean apropiados para mantener el aporte nutricional requerido diariamente y para facilitar el control de los precios, sin alterar el valor nutricional de la ración (tomado de Lineamientos Técnico Administrativos y estándares-PAE ICBF 2010). El proponente deberá presentar Guía de preparación de alimentos con mínimo 3 estandarizaciones

de acuerdo al número promedio de raciones que se contraten en cada servicio: La Guía de

preparaciones permitirá definir el procedimiento para realizar una preparación, de forma tal que se cuente

con una herramienta que permita garantizar que, indistintamente de quien realice la receta, el producto

final será de una adecuada calidad nutricional y contará con las características organolépticas definidas.

(Tomado de Lineamientos Técnico Administrativos y estándares-PAE ICBF 2010).

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 44 de 108

6.1.1.8 Especificaciones Técnicas de Menaje El menaje necesario debe ser de material apto para el consumo de los alimentos, estar fabricado con materiales resistentes al uso y a la corrosión, así como, a la utilización frecuente de los agentes de limpieza y desinfección y en cantidad suficiente para asegurar un servicio ágil y oportuno. Para el servicio de sopas los recipientes deben tener la profundidad suficiente, para evitar que se derrame. Los utensilios para servir como cucharones, coladores, ralladores, deben ser de aluminio o acero inoxidable. El operador deberá realizar la reposición de equipo, utensilios, menaje y vajilla que sea necesario. 6.1.1.9 Presentación de opciones adicionales de Menús de Almuerzos para la Comunidad Universitaria Durante la ejecución del Contrato la ESAL tendrá libertad de ofrecer a la comunidad universitaria distintas de posibilidades complementarias de menús (ejecutivos, saludables, vegetarianos, etc.) conforme a la demanda que identifique en las cafeterías y centros de producción asignados, sin que ello lo releve de forma alguna de la obligación de ofrecer Desayuno, Almuerzo y refrigerios en los términos y especificaciones a continuación señalados. Los PROPONENTES podrán presentar opciones adicionales de Menús de Almuerzos para la Comunidad Universitaria enfocados en la línea saludable y ejecutiva los cuales deben ser avalados previamente por la Dirección de Bienestar. En todo caso, de presentarse tales menús deberán ajustarse a la siguiente minuta: Descripción: menú conformado por 4 componentes de distintos grupos de alimentos:

Alimento proteico ( carne, pollo, pescado)

Acompañante (tubérculo o cereal en preparación exótica),

Guarnición ( ensalada frio o vegetales calientes),

Bebida (jugo de fruta natural). En porciones preestablecidas de esta manera Tabla 16.

COMPONENTE PESO (gr/cc)

EJEMPLOS OBSERVACIONES

Alimento proteico

200g

Churrasco, punta de anca, sobrebarriga, filete de carne.

Chuleta, costillitas, lomo de cerdo

Pechuga de pollo

Filetes de mero, merluza, tilapia, róbalo, mojarra, bagre

Especificaciones de tipo de cárnico, porcentajes de grasa y estándares de calidad en anexo técnico nutricional.

Acompañante 100 – 120 g

Cereales: arroz en preparaciones diferentes al arroz blanco, pastas. Observar

especificaciones anexo técnico nutricional

Tubérculos, raíces y plátanos: papa, yuca, plátano, derivados de cereal (arepa o pan)

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 45 de 108

Guarnición 80 -100 g

Vegetales friso (100 gr) deben ser ensaladas completas de mínimo 3 componentes, se permite el uso combinado de frutas y verduras. Aderezada con especias y componentes naturales

Observar especificaciones anexo técnico nutricional

Vegetales calientes (80 gr): preparaciones al vapor, salteados, horneados.

Bebida 300 cc Jugo de fruta natural en agua

Especificaciones de concentración de fruta según sus características especificado en anexo técnico nutricional.

6.1.2 Factor de Calidad Para asegurar la Calidad del servicio el proponente deberá presentar:

a) Propuesta de Servicio

El proponente deberá ofrecer una propuesta escrita de servicio enfocada a optimizar la atención y oportunidad en la prestación del servicio así como la satisfacción de los usuarios, la cual puede incluir protocolo de atención, gestión de peticiones, sugerencias, quejas y reclamos, gestión de productos o servicios no conformes, encuestas de satisfacción e indicadores.

b) Programa de Control de Calidad

El proponente deberá presentar su programa de control de calidad que incluya como mínimo control a proveedores, auditorías internas, análisis microbiológicos de los alimentos, personal, ambientes y superficies u otros relacionados.

c) Programa de Educación y Comunicación

El proponente deberá presentar un programa de educación y comunicación enfocado a promover hábitos saludables en la comunidad universitaria que incluya como mínimo medios de comunicación y la implementación y puesta en marcha de puntos saludables en las cafeterías asignadas.

d) Propuesta de Personal

El proponente deberá presentar las hojas de vida acorde a los perfiles requeridos por la Universidad Nacional de Colombia para la administración y operación de los expendios de alimentos los cuales son: En Cafeterías:

- Coordinador Administrativo(1)

- Nutricionista(1)

- Jefe de Cocina(1)

- Operador(Por cada 75 usuarios1 Operador)

- Cajero(1)

- Auxiliar(1)

En Satélites:

- Cajero(1)

- Auxiliar(1)

- Operador(2

Nota: Las propuestas que incluyan servicios adicionales a los requeridos en el presente pliego de

condiciones y que mejoren el servicio a nivel logístico y/o el valor nutricional de los alimentos

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 46 de 108

ofrecidos, incluyendo su respectivo estudio de costos, recibirán puntaje adicional en la calificación

de la propuesta en las condiciones que se estipulan en el capítulo X referente a la evaluación de

la oferta.

6.2 Programa de Vigilancia Nutricional El operador deberá implementar de manera complementaria al componente nutricional el programa de Vigilancia Nutricional a través de una profesional en Nutrición con dedicación exclusiva para el desarrollo de la misma.

6.2.1 Objetivo

Establecer un programa de seguimiento y vigilancia nutricional a los beneficiarios del servicio de apoyo alimentario.

6.2.1.1 Objetivos Específicos

Establecer el perfil nutricional de la población beneficiaria del servicio de apoyo alimentario.

Identificar y determinar las características de la población objeto, determinando perfil nutricional y factores de riesgo asociados.

Determinar el impacto a nivel nutricional del modelo actual del bono de apoyo alimentario en los beneficiarios.

Garantizar el enlace entre la vigilancia y el proceso de toma de decisiones para la prevención y control de las problemáticas nutricionales de la población objeto.

6.3 Componentes

Evaluación Antropométrica:

Toma de parámetros antropométricos (peso, talla, IMC, componentes corporales (%grasa, % músculo)

Diagnóstico Nutricional :

El diagnóstico nutricional se efectuará bajo los parámetros establecidos por el profesional en nutrición, quien a partir del análisis de los datos obtenidos más un diagnóstico del actual perfil nutricional del individuo podrá arrojar un concepto inicial del estado nutricional de cada uno de los beneficiarios.

Intervención

De acuerdo al diagnóstico nutricional se ejecutará un plan de manejo individualizado para los casos que así lo requieran

Seguimiento

El seguimiento de los parámetros antropométricos se efectuará 3 veces durante el periodo académico organizado de la siguiente manera (dx inicial, evaluación inter-semestral, dx final) esto con el fin de trazar una línea de seguimiento al proceso.

6.3.1 Medición de la implementación del Programa El operador deberá presentar informes de gestión relacionados con los resultados de la implementación del programa de manera mensual como soporte a la facturación.

7. CAPITULO VII: PROPUESTA ECONÓMICA La entrega de las cafeterías y centros de producción del campus Sede Bogotá pretende garantizar la eficiente prestación de los servicios de cafetería y centros de producción a la comunidad universitaria,

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 47 de 108

asegurando el adecuado suministro y oferta de desayunos, almuerzos, bebidas y snacks en las cafeterías y centros de producción del campus Sede Bogotá. Por tal motivo, es trascendental para la UNIVERSIDAD asegurar que la oferta de desayunos, almuerzos, bebidas y snacks se realice bajo tarifas favorables a los estudiantes y a la comunidad universitaria en general. La presentación de la propuesta económica deberá contemplar todas y cada una de las actividades descritas en el componente técnico del presente Pliego de Condiciones, con los correspondientes costos que sean necesarios para prestar a la Universidad el servicio integral contratado de manera oportuna, en los lugares y plazos definidos para desarrollar el objeto contractual, incluyendo el costo de los impuestos a que haya lugar. El proponente deberá presentar por escrito la oferta económica del valor de Desayuno, Almuerzo, bebidas y snacks por valor unitario y especificación en presentación y contenido (gramaje o volumen) teniendo en cuenta el cumplimiento obligatorio de las especificaciones del factor nutricional, el componente higiénico sanitario anexo en conjunto con su propuesta de servicio, programa de control de calidad, programa de educación y comunicación aceptado por la Universidad Nacional de Colombia. Las propuestas económicas presentadas por los PROPONENTES que tengan un valor menor a la establecida en el presente pliego, no podrán modificar las condiciones de gramaje, porciones, calidad ni cantidades establecidas en la minuta patrón para desayunos, almuerzos, snacks y refrigerios. Tal propuesta no será sujeto de modificaciones posteriores. La propuesta económica deberá presentarse en pesos colombianos, incluyendo valores unitarios y totales para cada requerimiento, en la siguiente forma: 7.1 Servicios de desayunos y almuerzos De conformidad con el estudio de mercado elaborado por la Universidad y referenciado en los estudios previos, la Universidad considera que el precio máximo al público (incluidos impuestos) por estos servicios es el siguiente: Tabla 17.

Servicio Valor máximo Desayuno 2.500 pesos Almuerzo 4.000 pesos Menús adicionales (numeral 7.1.1.9) 8.000 pesos

En consecuencia las propuestas presentadas deben ajustarse a estos valores máximos. La ESAL deberá presentar el precio final al público (impuestos incluidos) del menú ofrecido, atendiendo las especificaciones técnicas del Capítulo VII, en cada uno de los servicios establecidos. 7.2 Bebidas, snacks y similares De conformidad con lo establecido en el numeral 6.1.1.5 de este PLIEGO DE CONDICIONES, sobre Especificaciones Técnicas en cuanto a refrigerios, comidas rápidas, bebidas, snacks y similares, la ESAL deberá ofrecer al público como mínimo TODOS los productos a continuación enunciados en la Tabla.18 La ESAL deberá en su propuesta económica señalar el precio final al público (impuestos incluidos) de cada uno de los productos ofrecidos. En todo caso, el precio máximo de tales productos no podrá ser superior al que se relaciona a continuación.

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 48 de 108

Se aclara que la lista de productos relacionada a continuación no es taxativa y los PROPONENTES pueden presentar en su propuesta económica productos que no se encuentren relacionadas en dicha tabla, indicando su presentación y precio máximo. En todo caso, los PROPONENTES deben ofrecer como mínimo cada uno de los siguientes productos: Tabla 18. Listado de productos mínimos a ofrecer con precios máximos de venta

Producto

precio máximo impuestos incluidos

(pesos colombianos por unidad)

Presentación

Sándwich 2800 Unidad

Ensalada de Frutas 3000 Unidad

Ensalada de Vegetales 3500 Unidad

Porciones de Fruta fresca 1000 Unidad

Arepa 1500 150 g

Empanada 1200 100 g

Pastel 1700 200 g

Panzerotti 2000 200 g

Cereal con yogurt 2500 Unidad

Croissant 1500 Unidad

Torta 1500 Unidad

Buñuelo 1300 Unidad

Almojábana 1500 Unidad

Pandeyuca 1500 Unidad

Piragua 1900 Unidad

Palito de Queso 1200 Unidad

Papa rellena 1400 Unidad

Mantecada 1000 Unidad

Donut 700 Unidad

BEBIDAS precio máximo Presentación

Avena 1800 250 ml

Yogurt 1800 250 ml

Bonyurt 2000 250 ml

Kumis 1800 250 ml

Avena, Kumis y Yogurt Casero 1400 300 ml

Café 1200 7 onzas

Milo 1700 9 onzas

Jugos naturales (agua) 1500 7 onzas

Jugos naturales (leche) 1800 7 onzas

Jugos procesados(caja) 1400 400 cc

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 49 de 108

Jugos procesados(botella) 1800 600 cc

Té Helado 2200 500 ml

Agua mineral 1800 600 ml

Tinto 600 7 onzas

Cappuccino 2000 7 onzas

Perico 800 7 onzas

agua de panela 800 7 onzas

Aromática 700 7 onzas

Agua botella 1500 600 ml

Comidas Rápidas precio máximo Presentación

Hamburguesa 4000 Unidad

Perro Caliente 4000 Unidad

Pizza 3000 Unidad

snacks precio máximo Presentación

Chocorramo 900 70 g

Brownie 1600 80 g

Ponqué Gala 800 63 g

Galletas

Tosh 500 paquete

Finess 700 paquete

club social 600 paquete

Festival 500 paquete

Ritz 900 paquete

Galletas Mamut 800 paquete

Galletas Ducales 800 paquete

Galletas individual Dux 600 paquete

Galleta Quaker 800 paquete

Productos de paquete

De todito 1300 45g

Papas Fritas sabores surtidos 1100 25 g

Doritos 1500 40 g

Maizitos 600 33 g

Tostacos 600 33 g

Platanito 1200 40 g

Natuchips 1500 40 g

Rosquitas 1000 40 g

7.3 Propuesta de aporte en especie El proponente deberá hacer una propuesta de aportes en especie al Contrato, la cual debe incluir como mínimo las siguientes prestaciones:

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 50 de 108

- Mobiliario, Logística y transporte de alimentos - Implementación del Programa de Vigilancia Nutricional - Implementación del Programa Educativo - Implementación Punto Saludable

- Implementación del Modelo de Buen Servicio

No obstante, la ESAL tiene libertad para presentar en su propuesta cualquier tipo de aporte en especie adicionales a los acá señalados, siempre y cuando tengan un impacto positivo en el bienestar de la comunidad universitaria y/o en el buen funcionamiento de los expendios de alimentos del campus Sede Bogotá. En todo caso, cualquier tipo de prestación incluida en la propuesta de aporte en especie deberá contener una estructura de costos que evidencie su valor económico mensual equivalente. 8. CAPITULO VIII: MECANISMOS DE COBERTURA DEL RIESGO. La UNIVERSIDAD exigirá a la ESAL con quien eventualmente suscriba Contrato constituir por su cuenta y a favor de la entidad, garantía para amparar los riesgos que puedan derivarse de la ejecución del mismo. La garantía podrá constituirse mediante pólizas de seguros, garantías bancarias, y los demás mecanismos que previo análisis financiero respalden efectivamente el cumplimiento de las obligaciones. Las garantías que deberá asumir la ESAL con la que eventualmente se suscriba un Contrato son las siguientes: 8.1 Garantía de cumplimiento La ESAL con la que eventualmente se suscribiera Contrato estará en la obligación de presentar garantía de cumplimiento que deberá incluir:

A. Cumplimiento de la totalidad de obligaciones contractuales por el 20% del valor del Contrato con vigencia igual al plazo del Contrato y 6 meses más.

B. Amparo de pago de Salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales del personal a cargo de la ESAL por el 5% del valor del Contrato con vigencia igual al plazo del Contrato y tres años más.

C. Calidad del servicio por el 20% del valor del Contrato con vigencia igual al plazo del Contrato y 6 meses más.

D. Correcto manejo de muebles y utensilios de propiedad de la UNIVERSIDAD entregados a la ESAL mediante inventario para ser utilizados en la operación de los centros de producción y cafeterías por el 20% del valor del Contrato con vigencia igual al plazo del Contrato y 1 año más.

8.2 Garantía de responsabilidad extracontractual La ESAL con la que eventualmente se suscribiera Contrato estará en la obligación de presentar amparo de responsabilidad extracontractual por el 20% del valor del Contrato con vigencia igual al plazo del Contrato y 6 meses más. 9. CAPÍTULO IX: CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA La UNIVERSIDAD rechazará las ofertas que no cumplan con los requisitos exigidos y entre otros, en los siguientes casos:

Cuando el PROPONENTE se encuentre incurso en alguna de las inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones previstas en la Constitución o en la Ley.

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 51 de 108

Cuando el valor de la oferta supere el valor de la disponibilidad presupuestal estipulado para la presente invitación, según numeral 1.4.

Cuando se presenten varias ofertas por el mismo PROPONENTE por sí, por interpuestas personas o por personas jurídicas pertenecientes al mismo grupo empresarial (ya sea en consorcio, unión temporal o individualmente).

Cuando existan serios indicios de falsedad material o ideológica en cualquiera de los documentos de la oferta o se descubra cualquier intento de fraude o engaño por parte de los PROPONENTES a la UNIVERSIDAD o los demás PROPONENTES.

Cuando los PROPONENTES habiendo sido requerido por La UNIVERSIDAD para aportar documentos, información o aclaraciones, conforme a lo establecido en el Pliego de Condiciones, no los allegue dentro del término fijado, o habiéndolos aportado, no estén acorde con las exigencias.

Cuando la oferta presentada no cumpla con los requerimientos mínimos y obligatorios establecidos en los capítulos V y VI del presente pliego de condiciones.

Cuando las certificaciones, anexos, y demás documentos necesarios para la evaluación de las OFERTAS presenten enmendaduras y no hayan sido refrendadas por el representante legal.

Cuando no coincida la información diligenciada en los formularios o certificaciones, con la información de los documentos soportes solicitados como aclaraciones por parte de la UNIVERSIDAD. Se entiende que la información no coincide cuando no exista correspondencia, entre la información obtenida frente a la relacionada por los PROPONENTES en los respectivos formularios o certificaciones.

Cuando el representante legal de una persona jurídica o los representantes legales que participen en un consorcio o unión temporal ostenten igual condición en otra u otras firmas que también participen en la presente contratación.

Cuando la oferta se presente en forma extemporánea o en lugar diferente al descrito en el cronograma del presente proceso.

En el caso en que los datos reportados en el Registro Único de Proponentes (RUP) a 31 de diciembre de 2013 no coincida con los Estados Financieros solicitados en el presente pliego.

Los demás casos expresamente establecidos en el presente pliego de condiciones. 10. CAPÍTULO X: FACTORES DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Las ofertas presentadas válidamente en este proceso, serán analizadas por los evaluadores designados por la UNIVERSIDAD para tal efecto, garantizando una selección objetiva que le permita asegurar la escogencia del ofrecimiento más favorable para la UNIVERSIDAD y la realización de los fines que se buscan con la contratación. La UNIVERSIDAD evaluará las ofertas con base en los aspectos relacionados en la siguiente tabla y suscribirá el contrato con aquella que obtenga el mayor puntaje, según los criterios establecidos a continuación: 10.1. VERIFICACIÓN DE REQUISITOS MÍNIMOS PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS La UNIVERSIDAD será la encargada de verificar la documentación allegada con cada oferta y debe emitir el concepto sobre cada una, para establecer su conformidad con las condiciones y requisitos mínimos establecidos en el Pliego de Condiciones. A ésta no se le asignará puntaje, su resultado será ADMISIBLE o NO ADMISIBLE. Solamente las propuestas calificadas como ADMISIBLE jurídicas, financiera, técnica y económicamente, serán tenidas en cuenta para la asignación y ponderación de puntaje. La UNIVERSIDAD evaluará las propuestas en los aspectos relacionados en la siguiente tabla:

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 52 de 108

No FACTORES PUNTAJE MÁXIMO

1 Verificación de requisitos jurídicos admisible / no admisible

2 Verificación de requisitos técnicos

admisible / no admisible

3 Verificación de requisitos financieros admisible / no admisible

4 Análisis de capacidad financiera admisible / no admisible

5 Evaluación técnica

Experiencia certificada en el desarrollo del

objeto del contrato (100 puntos por cada año de experiencia acreditada sin sobrepasar los 500 puntos)

500

Nota: Los PROPONENTES que presenten

más servicios adicionales o estratégicos que optimicen la operación, o un aporte nutricional adicional tendrán una asignación hasta de 100 puntos y las demás propuestas puntaje proporcional.

100

6 Económica (OE)

Se asignarán 400 puntos a la propuesta con el menor valor (en desayuno y almuerzo sin incluir el valor del almuerzo ejecutivo) y a la demás propuestas puntaje proporcional

400

TOTAL 1000 PUNTOS

Evaluación Económica Las propuestas presentadas por un valor superior o que corregidos los errores aritméticos superen el presupuesto oficial, no serán tenidas en cuenta. El valor verificado con las correcciones de errores aritméticos de las propuestas, será el utilizado para la comparación con las correspondientes a otras y será el que se tendrá en cuenta en la adjudicación y suscripción del contrato. El factor económico tendrá una asignación de cuatrocientos (400) puntos como máximo. Aplicando la media aritmética. El valor de la media Aritmética se calculará así: MA = (X1+ X2 + X3 + …….Xn) /n Donde: (MA = media aritmética de los valores totales de las propuestas hábiles)

10.2. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS, CALIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE PUNTAJE La UNIVERSIDAD realizará la asignación de puntajes sobre las ofertas que hayan resultado ADMISIBLES en todos los criterios del presente pliego. Las ofertas presentadas válidamente en este proceso, serán analizadas por los evaluadores designados por la UNIVERSIDAD para tal efecto, garantizando una selección objetiva que le permita asegurar la escogencia del ofrecimiento más favorable para la UNIVERSIDAD y la realización de los fines que se buscan con la contratación. Por tratarse de una adjudicación parcial, se adjudicara los dos primeros PROPONENTES que obtengan el mayor puntaje. En orden de elegibilidad, el Grupo No. 1, se adjudicará al mayor puntaje y el Grupo No. 2 de las cafeterías se adjudicara al segundo mayor puntaje.

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 53 de 108

10.3 CRITERIOS DE DESEMPATE En caso de presentarse un empate en la calificación de dos o más PROPONENTES, la Universidad seleccionará al PROPONENTE que cumpla con los siguientes criterios y de acuerdo al siguiente orden:

1. Se adjudicará el contrato al que presentó las condiciones técnicas adicionales a las mínimas requeridas.

2. De persistir el empate, se adjudicará al PROPONENTE que tenga mayor tiempo de experiencia en contratación con entidades estatales.

3. De persistir el empate, al proponente no reporte multas o sanciones. 4. De persistir el empate, se desempatará por medio de sorteo.

ANEXO No. 1 CONTRATO ESPECÍFICO ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA Y XXXXX Entre los suscritos a saber: XXXX, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía No XXXX expedida en Bogotá D. C., quien en su condición de XXXX nombrado mediante Resolución No XXXX de XXXX y Acta de Posesión No XXXX de XXXX, actuando de conformidad con Artículo XXXX del Manual de Convenios y Contratos adoptado mediante la Resolución de Rectoría No. 1952 de 2008 en nombre y representación de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA, ente universitario autónomo del orden estatal, vinculado al Ministerio de Educación Nacional de Colombia, regido actualmente por el Decreto 1210 de 1993, con domicilio en XXXXXX, y quien para los efectos del presente instrumento se denominará UN, por una parte, y por la otra, XXXXXXX, identificado con XXXX, quien actúa en nombre y representación legal de XXXX, facultado por XXXXXXXXXXXXXXXXXX para la suscripción de Contratos nacionales, en adelante se denominará XXXX, hemos acordado celebrar el presente Contrato con dos Entidades Sin Ánimo de Lucro que cumplan con los requisitos jurídicos, financieros, económicos y técnicos que se estipulan en el presente documento para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACION DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 54 de 108

UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”, el cual se regirá por las siguientes cláusulas: Consideraciones:

1) Que la UNIVERSIDAD NACIONAL es una institución de educación superior que tiene dentro de su misión el fomento, el acceso con equidad al sistema educativo colombiano, provee la mayor oferta de programas académicos, forma profesionales competentes y socialmente responsables. Contribuye a la elaboración y resignificación del proyecto de nación, estudia y enriquece el patrimonio cultural, pecuario, natural y ambiental del país. Como tal lo asesora en los órdenes científico, tecnológico, cultural, agropecuario y artístico con autonomía académica e investigativa.

2) Que LA UNIVERSIDAD NACIONAL y LA ESAL, consideran los Contratos específicos de cooperación como el instrumento adecuado para desarrollar el objeto del presente Contrato; por lo tanto para todos los efectos legales el presente Contrato se regirá por el Decreto 777 de 1992, que en desarrollo y aplicación del artículo 355 de la Constitución Política, establece la posibilidad de celebrar contratos con organizaciones sin ánimo de lucro, siempre y cuando se trate de “impulsar programas y actividades de interés público acordes con el Plan Nacional y los planes seccionales de Desarrollo” (Artículo 355 inciso 2 C. Nal.) y en concordancia con la Resolución de Rectoría No. 1952 del 22 de diciembre de 2008 ´Por la cual se adopta Manual de Contratos y Convenios” de la Universidad Nacional y las demás normas que la modifiquen.

3) Que ambas entidades desean aunar y articular esfuerzos en pro del interés público y de manera especial de la comunidad universitaria.

4) Que la Universidad Nacional de Colombia, a través de la Dirección de Bienestar Universitario Sede Bogotá promueve y ejecuta acciones tendientes a la creación de ambientes apropiados para el desarrollo del potencial individual y colectivo de estudiantes, profesores y personal administrativo de la Universidad Nacional de Colombia.

5) Que la política de bienestar está estrechamente relacionada con los fines estatales y sociales que le confiere la Constitución bajo las premuras exigidas en el presente siglo y la defensa y proyección de lo nacional. Al igual que la salud, la educación es uno de los aspectos que mayor incidencia tiene en el desarrollo económico del país, por tanto, se trata de ofrecer condiciones adecuadas –psicosociales, físicas, éticas y ambientales– para que docentes, investigadores, estudiantes, personal administrativo y trabajadores mejoren su calidad de vida y logren el cumplimiento de sus propósitos y metas.

6) Que bajo esta perspectiva, el Bienestar Universitario se fundamenta en el principio de promoción

de la calidad de vida universitaria, toda vez que la calidad de vida se asocia con la dignidad humana y el desarrollo vital en condiciones adecuadas. Incluye todas las dimensiones de la comunidad universitaria en sus aspectos biológicos, psicológicos, socioeconómicos, axiológicos, culturales, lúdicos, deportivos y políticos.

7) Que a través del Área de Gestión y fomento socioeconómico se busca promover el mejoramiento de las condiciones socioeconómicas y el desarrollo personal y profesional de la comunidad estudiantil, siendo el programa de gestión y apoyo alimentario uno de los ejes transversales en tal labor.

8) Que de conformidad con el artículo 1º de la Resolución 001 de 2011 del Consejo de Bienestar Universitario, el programa de apoyo alimentario consiste en un apoyo que se otorga a los estudiantes para cubrir parcialmente los costos de la alimentación diaria. Este apoyo se concede con recursos propios de la Universidad, siempre que exista disponibilidad presupuestal o con recursos externos obtenidos a través de donaciones o con ocasión de la celebración de Contratos con entidades públicas, privadas, nacionales o internacionales, o de otro tipo de acuerdos de voluntades. Este apoyo forma parte del programa de Gestión Alimentaria y los estudiantes deben realizar actividades de corresponsabilidad institucional.

9) Que con el fin de dar respuesta a los requerimientos higiénico sanitarios que deben cumplir los expendios de alimentos que hay en el campus de la Sede Bogotá bajo los principios de calidad en el servicio y mejoramiento de la infraestructura física, el Área de Gestión y fomento

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 55 de 108

socioeconómico desarrolla el proyecto de inversión denominado “Un Mejor Modelo de Expendio de Alimentos Campus Sede Bogotá”.

10) Que a través de este programa se busca el mejoramiento de la gestión en el Programa de Gestión Alimentaria, denominado "Bienestar Integral en ambientes y convivencia saludables», el cual contiene como meta Proyectar e implementar un mejor modelo de servicio de alimentación, que responda a los requerimientos técnicos, administrativos, económicos y jurídicos de la legislación vigente y de la demanda de la comunidad en la Sede.

11) Que en desarrollo del citado proyecto de inversión se han identificado las necesidades y requerimientos legales, técnicos, nutricionales, administrativos e higiénico sanitarios que los operadores de los expendios de alimentos del campus Sede Bogotá deben cumplir, por lo cual se hace necesario entrar a evaluar Entidades sin Ánimo de lucro que tengan las capacidades requeridas para garantizar un óptimo funcionamiento de los expendios de alimentos.

12) Que el Acuerdo 007 de 2010, del Consejo Superior Universitario determinó y organizó el Sistema de Bienestar Universitario y en el Artículo 11, estableció que el Área de Gestión y Fomento Socioeconómico contiene, entre otros, el programa de Gestión Alimentaria, el cual tiene por objeto central Suministrar alimentación diaria en la modalidad apoyo alimentario, para cubrir parcialmente las necesidades nutricionales de estudiantes de pregrado en situación de vulnerabilidad socioeconómica.

13) Que la Resolución 001 de 2011 del Consejo de Bienestar Universitario señala en su artículo 18 que cada Sede, según sus condiciones, podrá ofrecer el apoyo alimentario estudiantil bajo la modalidad de prestación, administración, supervisión y control directo del servicio por parte de la Dirección de Bienestar Universitario de la Sede o quien haga sus veces, o mediante la prestación del servicio por un tercero, supervisado y controlado por la Dirección de Bienestar Universitario de la Sede o quien haga sus veces.

14) Que la Sede Bogotá ha optado por la segunda modalidad dispuesta por el artículo 18 de Resolución 001 de 2011 para suministrar alimentación diaria en la modalidad apoyo alimentario, esto es la prestación del servicio de apoyo alimentario a través un tercero, supervisado y controlado por la Dirección de Bienestar Universitario de la Sede o quien haga sus veces, por lo cual se justifica el presente Contrato para garantizar el adecuado suministro de desayunos y almuerzos a los estudiantes beneficiarios del programa de apoyo alimentario.

15) Que el literal a, numeral 7 del artículo 8 del Manual de Convenios y contratos de la Universidad Nacional de Colombia, delega en el Vicerrector de la Sede Bogotá, la competencia, para el ejercicio de las funciones que le son propias y para ejecutar los recursos del presupuesto de la Universidad que le sean asignados y los de los Fondos de las Direcciones de Gestión, Académica y de Bienestar de la sede: a) Contratos hasta por una cuantía igual a seis mil (6.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes, previa recomendación del comité de contratación de la sede.

16) Que con tal propósito la Universidad Nacional de Colombia efectuó la Invitación pública Nº CON-

BOG-002-2014 para celebrar un contrato con dos entidades sin ánimo de lucro con el fin de OPERAR EL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y PRESTAR EL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA, EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA, entregando

desayunos, almuerzos snacks y bebidas en las cafeterías y centros de producción del campus Sede Bogotá.

17) Que en respuesta a esta convocatoria las entidades XXXXX presentaron sus propuestas para OPERAR EL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y PRESTAR EL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA, EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA, entregando desayunos, almuerzos snacks y bebidas en las cafeterías y centros de producción del campus Sede Bogotá.

18) Que las entidades XXXXXXXX han demostrado tener las capacidades legales, técnicas, nutricionales, administrativos e higiénico sanitarios para adelantar la operación de expendio de alimentos en el interior del Campus Sede Bogotá,

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 56 de 108

Por lo anterior es pertinente y conveniente la celebración del presente Contrato, el cual se regirá por las siguientes: CLAUSULAS CLÁUSULA PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO: el presente contrato tendrá como objeto“LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACION DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA” por parte del contratista. CLÁUSULA SEGUNDA: ALCANCE DEL OBJETO. El objeto de la presente invitación se enmarca en el fortalecimiento de los programas de bienestar universitario de la Sede Bogotá, siguiendo los objetivos estratégicos del plan global de desarrollo 2013-2015 de la Universidad Nacional de Colombia. En desarrollo de la presente invitación se busca articular esfuerzos con Entidades sin ánimo de lucro dedicadas al suministro de alimentos a población vulnerable, optimizando las condiciones de acceso, salubridad y aporte nutricional en la alimentación de la comunidad universitaria. a) Operación de centros de producción y cafeterías para ofrecer a la comunidad universitaria los

servicios de desayunos, almuerzos, bebidas y snacks A la ESAL xxx se le entregan xxxx destinadas como centros de producción de alimentos para ofrecer a la comunidad universitaria los menús (Desayuno y almuerzo y los demás alimentos y bebidas pactadas. Adicionalmente, se le asignan XXX puntos satélites aledaños a la cafetería principal asignada en las cuales no podrá realizar ningún tipo de actividad relacionada a la trasformación y producción de alimentos. Los centros de producción de alimentos y cafeterías que la UNIVERSIDAD entrega a la ESAL tiene como objetivo principal garantizar la eficiente prestación de los servicios de cafetería y centros de producción a la comunidad universitaria, asegurando el adecuado suministro y oferta de desayunos, y almuerzos, bebidas y snacks en las cafeterías y centros de producción del campus Sede Bogotá promoviendo un equilibrio nutricional, la calidad en la prestación del servicio y la seguridad e inocuidad alimentaria. Los centros de producción y cafeterías satélites entregadas para su operación de conformidad con la convocatoria pública N° CON-BOG-002-2014, son los especificados en la cláusula tercera. b) Programa de apoyo alimentario de desayuno y almuerzos a la comunidad universitaria

beneficiaria. Con el objeto de garantizar el cubrimiento óptimo y adecuado del servicio de alimentación del que son beneficiarios los estudiantes del programa de apoyo alimentario de la UNIVERSIDAD Sede Bogotá, se hace necesario contar con el suministro de desayunos y almuerzos para los estudiantes. Por tal motivo, las entidades a quienes se les adjudiquen los centros de producción, puntos de café y cafeterías deberán garantizar, además, la entrega de estos desayunos y almuerzos. De este modo, la UNIVERSIDAD requerirá de los operadores adjudicados la entrega 2000 desayunos diarios y 3000 almuerzos diarios con destino a la comunidad universitaria beneficiaria del programa de apoyo alimentario. La tarifa que la UNIVERSIDAD asumirá por cada uno de estos servicios, así como las condiciones estarán contenidas en la respectiva propuesta, en los términos y condiciones del presente PLIEGO DE CONDICIONES.

CLÁUSULA TERCERA. DESTINACIÓN E IDENTIFICACIÒN DE LOS ESPACIOS ENTREGADOS. Los espacios físicos objeto del presente Contrato se encuentran ubicados en el Campus Universitario Sede Bogotá y se identifican así:

Espacio Físico Composición y área Ubicación

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 57 de 108

Estos espacios serán destinados únicamente para la prestación de los servicios de cafetería y centros de producción a la comunidad universitaria, asegurando el adecuado suministro y oferta de desayunos, almuerzos, bebidas y snacks Durante la ejecución del Contrato y por mutuo acuerdo de las partes, podrán adicionarse al presente Contrato nuevos espacios bajo las mismas obligaciones y condiciones técnicas y económicas, y únicamente para la prestación de los servicios de cafetería y centros de producción a la comunidad universitaria, asegurando el adecuado suministro y oferta de desayunos, almuerzos, bebidas y snacks. CLÀSULA CUARTA. PRODUCTOS Y PRECIOS OFRECIDOS POR LA ESAL. De conformidad con lo establecido en los pliegos de condiciones y en la propuesta efectuada por la ESAL, los productos mínimos que este se obliga a ofrecer a la comunidad universitaria son los contenidos la tabla anexa N° 1, en las tarifas allí contenidas. No obstante, la ESAL podrá ofrecer al público productos adicionales a los señalados en la tabla anexa siempre que los precios de los mismos no superen los precios normales del mercado; en tal caso la ESAL deberá presentar al interventor una estructura de costos que refleje los precios normales del mercado de los productos adicionales ofertados. En lo que respecta a los desayunos y almuerzos ofrecidos a la comunidad universitaria en general, el precio de estos servicios será de $2.500 para desayunos, y $4.000 para almuerzos, de conformidad con la Convocatoria pública N° CON-BOG-002-2014, sus pliegos de condiciones y la propuesta presentada por la ESAL, documentos que hacen parte integrante del presente Contrato. CLÁSULA QUINTA. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: La operación de los centros de producción y cafeterías entregadas, así como el suministro de alimentos se realizará con estricta observancia de los términos y condiciones contenidos en la convocatoria pública N° CON-BOG-002-2014, sus pliegos de condiciones y la propuesta presentada por la ESAL. Así mismo, se entiende parte integrante y vinculante del presente Contrato los siguientes anexos: a) anexo técnico con sus respectivos protocolos, b) anexo nutricional, c) anexo administrativo, d) anexo de calidad del servicio, y e) anexo de evaluación del presente Contrato. CLÁUSULA SEXTA. DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Son documentos del Contrato y hacen parte integral del mismo: 1) El pliego de condiciones de la convocatoria a presentar Propuesta, publicado por LA UNIVERSIDAD el XXXXXXXX, y sus adendas; 2) Propuesta técnica y económica presentada por LA ESAL el día XXXX; 3) Los anexos técnicos y nutricional, 4) Los documentos y Actas que se produzcan en desarrollo de este Contrato. En caso de diferencia o discrepancia entre los diferentes documentos del Contrato que implicare un desacuerdo entre las partes sobre las obligaciones a cargo de cada una y en el evento que no pudieren ponerse de acuerdo, se atenderá lo dispuesto en los diferentes documentos del Contrato en el siguiente orden: 1) El pliego de condiciones de la convocatoria a presentar Propuesta, publicado por LA UNIVERSIDAD el XXXXXXXX, y sus adendas; 2) Propuesta técnica y económica presentada por LA ESAL el día XXXX; 3) Los documentos y Actas que se produzcan en desarrollo de este Contrato. Sin perjuicio de lo anterior, la UNIVERSIDAD en el evento de considerarlo necesario podrá hacer uso de la Interpretación Unilateral contemplada en la Cláusula Décima Novena del presente Contrato. CLÁUSULA SÉPTIMA. OBLIGATORIEDAD DE ANEXOS. Se entenderán como parte vinculante del presente Contrato los anexos del mismo, teniendo como tales: a) anexo técnico con sus respectivos protocolos, b) anexo nutricional, c) anexo administrativo, d) anexo de calidad del servicio, y e) anexo de evaluación. CLÀUSULA OCTAVA: OBLIGACIONES DE LA ESAL: En virtud del presente Contrato LA ESAL se obliga con LA UNIVERSIDAD a cumplir con las siguientes:

1. Cumplir oportunamente con el objeto del Contrato en los términos y condiciones funcionales, técnicas, económicas, financieras y comerciales establecidos en la invitación pública CON-BOG-002-2014, sus pliegos de condiciones, las cláusulas del mismo, y en la propuesta de fecha “DD/MM/AAAA”;

2. Reportar cualquier novedad o anomalía que se presente en el desarrollo del Contrato a la Dirección de Bienestar;

3. Colaborar con LA UNIVERSIDAD en lo que sea necesario para que el objeto contratado se cumpla, y que éste sea de la mejor calidad;

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 58 de 108

4. Acatar los acuerdos a los que se llegue durante el desarrollo del Contrato con los funcionarios que LA UNIVERSIDAD designe como parte del equipo de seguimiento del mismo;

5. Disponer de todos los recursos que se requieran para el cumplimiento del objeto del presente Contrato;

6. Cumplir sus obligaciones frente al sistema de seguridad Social Integral, Parafiscales, (Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF), de conformidad con lo establecido en el parágrafo 2 del artículo 50 de la Ley 789 de 2002, modificado por el artículo 1 de la Ley 828 de 2003;

7. Obrar de buena fe, evitando dilaciones que puedan presentarse durante la ejecución del Contrato.

8. Constituir la garantía única, de que trata el presente Contrato y presentarla a LA UNIVERSIDAD para su aprobación;

9. Responder a las consultas efectuadas por LA UNIVERSIDAD a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha del recibo de la solicitud;

10. Abstenerse de usar el nombre de LA UNIVERSIDAD en actividades de publicidad, comunicados de prensa, avisos comerciales o similares, sin la expresa autorización escrita de LA UNIVERSIDAD;

11. No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la Ley con el fin de obligarlo a hacer u omitir algún acto o hecho. En caso de que durante la ejecución del presente Contrato reciba tales peticiones o amenazas, deberá informarlo inmediatamente a LA UNIVERSIDAD, y a las demás autoridades competentes para que se adopten las medidas y correctivos que fueren necesarios;

12. Las demás que se deriven tanto del contenido de la propuesta presentada como de la solicitud de servicios y de los documentos que forman parte integral del presente Contrato, así como de la esencia y naturaleza del objeto contractual.

Obligaciones específicas:

1. Cumplir el objeto del Contrato en la forma y dentro del plazo previsto. 2. Brindar desayunos y almuerzos en las condiciones, cantidades y calidades

nutricionales, técnicas, y económicas pactadas asociadas al Apoyo Alimentario. 3. Ofrecer desayunos, almuerzos, bebidas y snacks a la comunidad universitaria en

general acorde a las condiciones de precio y variedad pactados. 4. Garantizar la oferta de desayunos, almuerzos, bebidas y snacks a la comunidad

universitaria en el restaurante y cafeterías que le sean entregadas de conformidad con la cantidad, calidad, oportunidad y condiciones establecidas en los términos del pliego de condiciones, la propuesta presentada, así como en los anexos técnicos y nutricionales del Contrato.

5. Recibir el centro de producción y cafeterías satélites asignadas para su operación y funcionamiento en los términos del pliego de condiciones, la propuesta presentada, y los anexos técnicos y nutricionales del Contrato.

6. Entregar los centros de producción y cafeterías en óptimas condiciones de limpieza y desinfección.

7. En los Satélites asignados no podrán realizar transformación ni producción de alimentos sólo distribución y suministro de desayunos, almuerzos, bebidas y snacks.

8. El operador podrá de manera opcional ofrecer diferentes alternativas de menús para almuerzo definidos como línea saludable y ejecutiva

9. El operador deberá contar con la logística y elementos necesarios para realizar el transporte, distribución y suministro de los alimentos desde el centro de producción a los satélites asignados sin alterar sus condiciones de calidad.

10. El operador asumirá los costos relacionados al empaque y transporte de los alimentos para su distribución en los puntos satélites.

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 59 de 108

11. Cumplir el suministro de desayunos y almuerzos destinado a la comunidad universitaria beneficiaria del programa de Apoyo Alimentario en los tiempos, horarios y días pactados.

12. Aplicar estrategias que promuevan el cumplimiento de la ley 1355 del 2009. "Regulación del consumo de alimentos y bebidas en centros educativos"

13. Dar estricto cumplimiento a las disposiciones contenidas en los anexos técnico, nutricional administrativo y de evaluación, los cuales se entienden parte integrante del Contrato.

14. Cumplir las especificaciones técnicas relacionadas con la implementación y cumplimiento de Buenas Prácticas de Manufactura, Plan de Saneamiento y la reglamentación aplicable (Decreto 3075, la LEY 9 DE 1979 y el Decreto 60 de 2002 la Resolución 002505 de 2004 del Ministerio de Transporte) que garanticen la seguridad e inocuidad de todas las actividades relacionadas con el suministro de alimentos y bebidas en los expendios de alimentos del Campus.

15. Cumplir las condiciones de calidad, en especial de inocuidad, entendida como el suministro de un alimento libre de patógenos que se constituyan en agentes peligrosos para la salud del consumidor. La ESAL tomará las medidas pertinentes para la compra, recibo de alimentos, conservación, almacenamiento, preparación y servido de los alimentos de acuerdo a la normatividad sanitaria vigente.

16. Entregar evidencia del trámite del Concepto Sanitario sobre los espacios que les fueron entregados 45 días después de haber iniciado la prestación del servicio emitido por la Secretaria de Salud del Distrito o entidad local competente. Esta evidencia del concepto sanitario en trámite será necesario para tramitar las respectivas cuentas de cobro ante la UNIVERSIDAD.

17. Garantizar la entrega de alimentos en las condiciones de tiempo, temperatura y calidad, con las características especificadas en la propuesta y en las cantidades de peso y volumen establecidas en la minuta patrón de desayunos y almuerzos.

18. Garantizar las temperaturas de servido de los alimentos y almacenamiento de los mismos o materia prima de refrigeración de (0°C a 4°C) y de congelación (-7°C a -18°C) así como la implementación de registros de control para su verificación.

19. Garantizar la oferta de alimentos a la comunidad universitaria en las condiciones de calidad y en los precios pactados. En todo caso, la ESAL tendrá libertad de ofrecer al público alimentos adicionales a los exigidos en el pliego de condiciones o menús alternativos a los señalados en las condiciones técnicas, sin que ello lo exima de su obligación de ofrecer los alimentos referidos en el pliego de condiciones con previa autorización del Interventor asignado.

20. Todos los alimentos a suministrar deben corresponder a los estándares de calidad exigidos por las normas vigentes NTC y deberán cumplir con los requisitos de rotulado y etiquetado según resolución 5109 de 2005 y Decreto 616 de 2006 características generales por grupo establecidas.

21. Los productos cárnicos deben ser elaborados en aplicación del decreto 1500 de 2007 y la resolución 2905 de 2007 expedidos por el Ministerio de la Protección social.

22. Los derivados lácteos utilizados en los menús deben cumplir con las normas de los decretos 616 del 2006 y 2838 de 2006 del Ministerio de la protección social.

23. Garantizar que las personas encargadas de la manipulación de los alimentos tengan actualizados los certificados de salud y de capacitación en Manipulación de Alimentos expedidos por los organismos de salud o la autoridad competente en el ámbito local.

24. Realizar los análisis de calidad microbiológica en laboratorio acreditado externo para ejecutar la vigilancia de la calidad tanto de la materia prima como del producto terminado, laboratorio que debe estar inscrito y avalado por la Secretaría de Salud del Distrito y/o entidad competente en el país. Se debe garantizar pruebas microbiológicas trimestrales de superficies, utensilios o menaje,

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 60 de 108

ambientes, agua, alimentos preparados fríos, alimentos preparados calientes y frotis de manos de tres operarios elegidos al azar así como el KOH de uñas y frotis de garganta, resultados que deben ser enviados y entregados al Área de Gestión y Fomento Socio Económico y al Interventor designado. Sus contra-muestras se practicarán en número igual al de las muestras por parte de la Universidad Nacional cuando esta lo considere necesario. El operador presentará los resultados de los análisis microbiológicos al interventor acorde a plan de muestras pactado.

25. Dotar los centros de producción de gramera, báscula, termómetro digital y capacitar al personal procesador de alimentos en el uso de los mismos y el registro adecuado de los datos; además, aportará un kit de menaje para la servida con porciones estandarizadas donde se preste el servicio, este kit deberá contener como mínimo: un cucharón medidor para sopa, una cuchara o cucharón medidor para la ensalada, un recipiente medidor para el arroz y un vaso medidor.

26. Guardar diariamente en refrigeración una muestra del menú del día (menú de seguridad), rotularla y almacenarla como mínimo 48 horas con el fin de realizar los análisis pertinentes en caso de enfermedad transmitida por alimentos o para controles microbiológicos que programe el supervisor del Contrato aplicando el protocolo establecido. Si por causas imputables a la ESAL se presenta algún tipo de enfermedad transmitida por alimentos este asumirá toda la responsabilidad civil y penal que genere la demanda por dicha causa, o cualquier otra actuación, como las administrativas, en contra de la Universidad.

27. Procesar, empacar, almacenar y distribuir los alimentos pactados en las condiciones de higiene, calidad y oportunidad establecidas en el pliego de condiciones, la propuesta presentada el Contrato y la normatividad vigente.

28. Asegurar que todas las preparaciones cumplan con las características óptimas de olor, color, sabor, textura y apariencia.

29. Dotar a criterio del proponente de los elementos necesarios para el suministro eficiente de los alimentos.

30. Implementar las especificaciones del modelo higiénico sanitario, nutricional, de calidad, vigilancia nutricional y seguimiento evaluación establecidos por la Universidad Nacional de Colombia, los cuales son anexos del presente documento.

31. Suministrar para cada cafetería los insumos e implementos necesarios y en buen estado para llevar a cabo de forma adecuada el programa de aseo, limpieza y desinfección.

32. Cuando se presenten cambios en el personal o se realicen intercambios en la minuta patrón establecida estos deben ser notificados al supervisor/interventor del Contrato antes de 24 horas por medio del correo definido para tal fin o por medio escrito acorde a la lista de intercambios establecida.

33. El operador debe informar por escrito las eventualidades presentadas al interventor por medio de correo definido para tal fin o por medio escrito .El operador podrá presentar Novedades y requerimientos a través de los medios definidos por la Universidad (sistema de información y correo electrónico para tal fin).

34. Contar en sitio con un archivo debidamente organizado y actualizado donde reposen los registros relacionados con: Documentos del personal, Registros de cumplimiento del plan de saneamiento básico, Registros de control relacionados a toma de peso, temperaturas, control de ingreso y salida de materias primas, control de residuos sólidos, capacitaciones y prácticas de BPM del personal, evidencia de ejecución de plan de mantenimiento.

35. Permitir la realización de revisiones e inspecciones cuando la UNIVERSIDAD así lo requiera sin previo aviso, así como facilitar al supervisor o interventor del

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 61 de 108

Contrato el acceso a información y/o documentación relacionada y delegar alguno de sus empleados para la recepción de las mismas.

36. Permitir la realización de auditorías internas como parte del Sistema de Calidad de la Universidad Nacional de Colombia.

37. Informar por escrito el listado de Proveedores de sus productos con sus respectivas marcas y copias de registro sanitario vigente.

38. El operador realizará el trámite correspondiente para el permiso de ingreso de sus proveedores y otros medios de transporte al campus acorde a los requisitos establecidos en el procedimiento establecido de la Universidad notificando e informando al Interventor sobre los mismos por correo electrónico y el sistema de información definido para tal fin.

39. Garantizar que los vehículos que utilice para el transporte de alimentos cumplan con lo establecido en la Resolución 002505 de septiembre de 2004 del Ministerio de Transporte, que reglamenta las condiciones de transporte de alimentos. Los alimentos deberán ser transportados en vehículos que garanticen las adecuadas condiciones higiénico-sanitarias de éstos, asegurando que los alimentos de alto riesgo epidemiológico, como productos cárnicos y lácteos conserven la cadena de frío hasta el momento del recibo y almacenamiento, incluyendo el transporte entre el centro de producción y satélites.

40. La ESAL debe presentar y cumplir el programa de buenas prácticas para el manejo, preparación y distribución del servicio de suministros de alimentación y para el mantenimiento higiénico de los espacios del restaurante teniendo como base: a) La prevención de la contaminación microbiana con los principios de limpieza y desinfección de los insumos, espacios, utensilios y manipulación de productos desde la recepción de insumos hasta la entrega del servicio, b) El control de insectos y roedores para evitar la contaminación, c) Saneamiento aplicado al personal en sus diferentes cargos, higiene personal en el proceso de manipulación de alimento, en la compra, recibo, almacenamiento (Bodega, despensa, refrigeración), preparación y entrega del producto, d) Un plan de Manejo de Residuos sólidos que esté acorde con las políticas y lineamientos de la Universidad, e) Certificado de Manipulación de Alimentos, expedido por la entidad competente vigente a la fecha de presentación de la propuesta, para cada una de las personas encargadas del proceso de manipulación y cocción de los alimentos; dentro de la ejecución del Contrato deberá garantizar que quienes participen de estas actividades tengan este certificado, f) Exámenes de laboratorio para el personal en sus diferentes cargo al iniciar el Contrato y cada vez que se presente cambio de personal, tales como: Cultivo de faringe, Cultivo de materia fecal, Cultivo de uñas, cuyos Resultados que deben ser entregados en la Dirección de Bienestar Universitario una vez legalizado el Contrato y antes de iniciar la prestación del servicio.

41. Entregar Lista de proveedores con fotocopia del acta de la última visita de vigilancia y control en salud pública para fábrica de alimentos y concepto higiénico sanitario favorable.

42. Durante la ejecución del Contrato la ESAL debe mantener las opciones de marcas presentadas en la propuesta y deberá tener disponible las fichas técnicas de cada producto, para verificación por parte de la interventoría en caso de ser necesario el cambio de marca o de proveedor se debe informar a la interventoría.

43. Garantizar las condiciones de almacenamiento de sus materias primas y productos en lo relacionado a control de temperaturas de congelación y refrigeración, orden, limpieza, aseo, protección e identificación.

44. Garantizar el óptimo funcionamiento y limpieza y desinfección de todos los equipos y mobiliario relacionado con la preparación, transformación, ensamble y suministro de los alimentos.

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 62 de 108

45. Contar con un programa de control de entradas y salidas de las materias primas y productos de su almacén o bodega destinada para tal fin.

46. Asumir los costos y el suministro del servicio de gas así como las condiciones de seguridad del mismo.

47. Demostrar la implementación del plan de saneamiento contando con los registros de control de gestión de residuos sólidos, programa de fumigación, control de agua potable, y de los procedimientos de limpieza y desinfección (superficies, pisos, equipos, menaje y personal)

48. Adaptar y dar cumplimiento al plan de saneamiento y manual de Buenas prácticas de manufactura presentado en la oferta a las necesidades de las cafeterías de la Universidad Nacional de Colombia.

49. Contar con plan de capacitación al personal el cual será sujeto de verificación por parte de la Interventoría el cual debe incluir temáticas en seguridad alimentaria y estandarización del servido.

50. Para efectos de sanidad, la cafetería asignada que cuente con tanque de suministro de agua propio el operador deberá asumir la limpieza y desinfección del mismo mínimo cada seis meses.

51. Realizar el mantenimiento preventivo y correctivo del mobiliario y equipos de la cafetería y satélites asignados.

52. Garantizar la calibración de los equipos de medición empleados como gramera y termómetros.

53. El operador debe presentar el programa de la Calibración de equipos así como los certificados de la realización de los mismos.

54. Colocar la señalización requerida en el lugar relacionada a demarcación de áreas, emergencias y demás que se requieran.

55. Aplicar prácticas en la prevención de accidentes, incendios, y demás siniestros que se puedan presentar en las edificaciones, tomando las medidas pertinentes, y acatando las instrucciones que para tal fin emanen del área de salud ocupacional.

56. Contar con botiquín dotado acorde a la reglamentación establecida. 57. Observar y respetar toda la normatividad interna de la UNIVERSIDAD, en especial

a lo que se refiere las disposiciones, directrices e instrucciones de la División de Vigilancia y seguridad, el Sistema de Gestión Ambiental, la División Nacional de Seguridad y Salud Ocupacional, y demás dependencias de la UNIVERSIDAD.

58. Dar estricto cumplimiento al Manual de Salud Ocupacional para contratistas adoptado por la Universidad Nacional Mediante la Resolución de Rectoría N° 963 de julio de 2008, modificada mediante Resolución de Rectoría 1477 de 2008, y demás normatividad pertinente en salud ocupacional.

59. Asistir con carácter obligatorio a las jornadas de inducción y capacitación en materia de salud ocupacional, Sistema de Gestión Ambiental, y demás eventos promovidos por la UNIVERSIDAD dirigido a los operadores y personal que desarrolle labores relacionadas con el expendio de alimentos al interior del Campus Sede Bogotá.

60. Cumplir las especificaciones relacionadas con las condiciones de operación y de calidad del servicio garantizando la oportunidad y satisfacción de los usuarios en la prestación del mismo.

61. Ofrecer todos los productos pactados en la oferta en todos sus puntos satélites cumpliendo los requisitos mínimos para su transporte, distribución y suministro sin alterar las condiciones organolépticas de los alimentos.

62. Implementar el protocolo de atención al usuario presentado en la oferta y aceptado por la Universidad Nacional de Colombia.

63. Suministrar el personal requerido acorde a la propuesta de personal presentada.

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 63 de 108

64. Implementar la estrategia presentada en la oferta para agilizar la prestación del servicio, así como las acciones descritas en su propuesta de servicio(encuestas de satisfacción, auditorías internas)

65. Dar estricta observancia a los precios pactados sobre todos los servicios y productos establecidos.

66. Publicar en un lugar visible con letra legible los listados de los productos y sus respectivos precios.

67. Permitir a la UNIVERSIDAD realizar evaluación sobre la calidad del servicio prestado mínimo dos (2) veces por semestre a través de encuestas de satisfacción a sus usuarios, en caso de no obtener resultados favorables, esto podrá ser causal de terminación del Contrato.

68. El operador debe entregar al interventor informe semanal de ejecución que incluya la descripción de los servicios suministrados por día a través de planillas físicas que incluyan la firma del estudiante o archivo digital.

69. Suministrar escabiladeros necesarios para los descomideros en buen estado, en condiciones de limpieza y desinfección, estos deben ser ubicados en el lugar adecuado y señalizado para tal fin.

70. Operar oportuna y eficazmente los centros de producción y cafeterías en los horarios de 6 am a 8 pm de lunes a jueves, de 6 am a 4pm los días viernes, y de 6 am a 2 pm los días sábados, iniciando el suministro de almuerzos a los estudiantes beneficiarios de apoyo alimentario a las 11 AM de lunes a sábado.

71. Garantizar el montaje de las mesas previa antelación al horario establecido. 72. El operador debe garantizar de manera continua durante la prestación del servicio

la limpieza de las mesas e instalaciones. 73. Uniformar a su personal, diferenciando los cargos. La presentación del uniforme

será excelente, lo que será verificado por la Interventoría; éste debe permanecer completo, limpio y con identificación visible del empleado, principalmente para el personal de distribución y atención al usuario, además debe estar regido por la normatividad vigente. No se permite uniformes en colores oscuros.

74. Garantizar el cumplimiento de las funciones asignadas por parte del personal. 75. Presentar la bandeja de manera uniforme y de aspecto agradable a la vista, los

elementos que constituyen la bandeja debe estar en perfecto estado y su material debe cumplir las siguientes características: a) Bandeja de acero inoxidable o plástica, b)Servilletas suficientes c) Vajilla de loza, no se permiten piezas incompletas o despicadas, d) Cubiertos de acero inoxidable: (cuchara, tenedor, cuchillo, cucharita postrera), e) Vaso desechable, los cuales deben estar siempre disponibles acorde al número de servicios pactados.

76. El operador podrá implementar diferentes alternativas de empaque para los satélites amigables con el medio ambiente.

77. Todos los recipientes deben tener una capacidad acorde con los tamaños de porciones solicitadas.

78. La distribución del servicio será mediante fila atendida. El operador debe garantizar eficiencia en el ritmo para la distribución del servicio, con un rango no menor de seis (6) personas por minuto; así mismo distribuirá la alimentación en empaques desechables al personal que no puede, por razón del oficio, desplazarse hasta el restaurante (la ensalada debe ir en empaque desechable individual, se evitará en lo posible el uso de icopor por sus implicaciones ambientales.

79. La ración preparada será ofrecida en óptimas condiciones de presentación y calidad.

80. La ESAL suministrará la vajilla e implementos necesarios y hará reposición permanente de ella para garantizar su cantidad.

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 64 de 108

81. Si se generan sobras deben ser retiradas diariamente del restaurante, se debe garantizar que se mantenga la higiene en los recipientes y áreas de recolección de sobras, de acuerdo a las normas establecidas.

82. Asistir a las reuniones de seguimiento y control relacionadas a la ejecución contractual acorde a necesidad de la Universidad Nacional de Colombia.

83. Presentar los planes de mejoramiento pactados como resultados del proceso de seguimiento, control, supervisión e interventoría acorde a las condiciones establecidas por la Universidad Nacional de Colombia.

84. Implementar en las instalaciones un medio de comunicación para recibir las sugerencias quejas y reclamos de los usuarios.

85. Realizar seguimiento a las comunicaciones publicadas y enviadas a través del sistema de información recibido para tal fin.

86. Dar respuesta escrita frente a las quejas y reclamos presentados por parte de los usuarios a través de correo electrónico o el sistema de información establecido en un plazo no superior a 8 días hábiles.

87. Durante cada semana de operación, el operador deberá expedir dos vales de almuerzo por cafetería para el interventor con fines de evaluación.

88. El operador deberá dotar al administrador de internet móvil. 89. El operador debe proveer el computador portátil para el registro de huellas en el

sistema de información de la Universidad Nacional. 90. En el evento en que la Universidad ordene “desalojo”, los apoyos nutricionales

deberán ser servidos en platos desechables. 91. La ESAL preverá un servicio de comunicaciones independiente ya que no se

cuenta con servicio de teléfono en el sitio. 92. Implementar el programa de educación y comunicación enfocado a la promoción

de hábitos saludables presentado en la oferta acorde a los lineamientos establecidos por la Universidad Nacional de Colombia.

93. Presentar las piezas o documentos a divulgar en las cafeterías previa revisión por parte de la Universidad Nacional de Colombia.

94. La ESAL deberá implementar el programa de educación y comunicación enfocado a la promoción de hábitos saludables presentado en la oferta acorde a los lineamientos establecidos por la Universidad Nacional de Colombia.

95. Implementar el programa de Vigilancia Nutricional establecido por la Universidad Nacional de Colombia, para lo cual debe contar con un profesional en Nutrición y los elementos de trabajo necesarios para su ejecución el cual debe ser aplicado a la población beneficiaria del programa de apoyo alimentario.

96. Adelantar a su cargo las reparaciones locativas que se hagan necesarias durante la ejecución del Contrato, siempre con autorización previa del área de mantenimiento y del Área de Gestión y Fomento Socioeconómico de la UNIVERSIDAD. Se exceptúan las reparaciones hidráulicas y de redes eléctricas, las cuales serán adelantadas por el área de mantenimiento, para lo cual la ESAL deberá dar aviso inmediato de la necesidad presentada. En todo caso, pertenecerán a la UNIVERSIDAD las reparaciones y mejoras locativas efectuadas por la ESAL o por cualquier tercero dentro de los predios del Campus, y no le será dado a la ESAL reclamar la propiedad de tales mejoras.

97. Recibir para su uso los bienes muebles propiedad de la UNIVERSIDAD que se encuentren en el centro de producción y/o cafeterías, para lo cual se efectuará el correspondiente inventarío y se adelantará su traslado al representante legal de la ESAL el cual quedará como responsable de tales bienes, los cuales deberán ser restituidos en idénticas condiciones de entrega a la UNIVERSIDAD al finalizar el Contrato.

98. Acatar las indicaciones que imparta el supervisor o interventor del Contrato durante el desarrollo del mismo.

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 65 de 108

99. Informar de inmediato al supervisor sobre cualquier imprevisto o impedimento que perturbe la ejecución normal del Contrato.

100. Responder por la adecuada presentación y la conducta de su personal, manteniendo la supervisión directa del mismo especialmente en los eventos en que puedan llegar a causar daño tanto a los funcionarios como a las instalaciones físicas y a los bienes muebles que se encuentran dentro de las instalaciones de los diferentes espacios de la Universidad que son objeto del servicio.

101. Suministrar durante la prestación del servicio los elementos de Seguridad Industrial tanto para el personal como para las áreas, a fin de evitar accidentes a sus empleados y usuarios.

102. Garantizar la disponibilidad inmediata de remplazo del personal cuando la ESAL lo requiera.

103. Efectuar el cambio inmediato del personal designado para prestar el servicio, por solicitud de la Universidad sin que ésta deba justificar su petición.

104. Adoptar un reglamento interno de las cafeterías bajo su operación dirigido a empleados y usuarios, y asegurar su cumplimiento.

105. Salvo el deterioro procedente del uso legítimo, la ESAL hará entrega del espacio a LA UNIVERSIDAD, en la fecha de terminación del plazo de ejecución del contrato; la no entrega será indicio grave en contra de la ESAL y constituirá una grave afectación del servicio, Una vez realizada la entrega, se deberá presentar paz y salvo expedido por el Supervisor. En el caso que la ESAL no realice la entrega en la fecha establecida, la UNIVERSIDAD ingresará al inmueble para disponer del mismo. Respecto a los bienes muebles y haberes de propiedad de la ESAL que se encuentren en el inmueble al momento del ingreso, se levantará un acta entre el Supervisor y la División de Vigilancia y Seguridad de la Universidad, y posteriormente se enviarán a la dirección registrada por el contratista a su costa.

106. Acatar todas las demás directrices que establezca la Universidad directamente o a través del interventor para el normal desarrollo del Contrato, teniendo en cuenta que en la ejecución del Contrato priman el principio de interés general y la autonomía universitaria

CLÁUSULA NOVENA. OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD: En virtud del presente Contrato LA UNIVERSIDAD se obliga a cumplir con las siguientes: 1)Efectuar sus aportes al Contrato oportunamente, en la forma definida en la cláusula décima tercera 2) Informar a la ESAL sobre cualquier irregularidad u observación que se encuentre en la ejecución de este Contrato; 3) Asignar un funcionario específico para la coordinación con LA ESAL de todos los procedimientos y requerimientos que genere el presente Contrato, 4) entregar los espacios señalados en la cláusula tercera para su operación por parte de la ESAL en los términos de la Invitación pública Nº CON-BOG-002-2014 y del presente Contrato, en el estado que se encuentre según se hará constar en el acta de entrega, 5) entregar oportunamente a la ESAL la lista de estudiantes beneficiaros del programa de apoyo alimentario a quienes se les deberá efectuar el suministro de desayunos y almuerzos referido en el literal b de la cláusula segunda, 6) efectuar oportunamente el pago de los servicios públicos de agua y energía eléctrica de los espacios entregados. CLÁUSULA DÉCIMA. PLAZO. El plazo de ejecución del presente Contrato, está contemplado a partir del cumplimiento de todos los requisitos de perfeccionamiento, legalización y ejecución, hasta el 28 de febrero de 2015. Parágrafo. Siempre que exista concepto favorable por parte del interventor, las partes podrán prorrogar el plazo del Contrato por mutuo acuerdo y previamente a su vencimiento. Esta prórroga deberá constar por escrito y surtirá efectos a partir de la fecha de su legalización. No obstante lo anterior, toda prorroga deberá ceñirse a los procedimientos regulados y establecidos en el artículo 79 del Manual de Contratos y Convenios adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1952 de 2008. CLÁUSULA DECIMA PRIMERA. VALOR DE LOS CONTRATOS. El valor total de los Contratos a suscribir se estima hasta por la suma de MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS M/CTE ($1.382.500.000). Corresponde el 50% del total del valor anteriormente mencionado para

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 66 de 108

cada entidad adjudicada. Este valor será ejecutado hasta el 28 de febrero de 2015. El valor mensual del Contrato se discrimina de la siguiente manera: Parágrafo 1. Dentro del valor estipulado en la presente cláusula, están incluidos todos los servicios conexos en que LA ESAL debe incurrir para la entrega de los servicios en las condiciones requeridas en la invitación pública, y contenidas en su propuesta. Por tanto, LA UNIVERSIDAD no reconocerá ningún pago adicional. Parágrafo 2. El valor de la contribución especial no hace parte del valor estimado para la ejecución del presente Contrato, y se detalla solo para efectos tributarios internos de la Universidad. CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. DESEMBOLSO. LA UNIVERSIDAD efectuará su aporte en dinero a la ESAL del valor pactado en la cláusula anterior en la siguiente forma: La ESAL llevará un registro de los servicios prestados que hacen parte del programa de apoyo alimentario, de manera total o parcial. Se debe detallar el nombre del operador, NIT, ubicación, nombre del administrador del punto con su cedula, la fecha del día y debe ir firmada por el estudiante que tomo el servicio. Las planillas se entregarán al interventor con frecuencia semanal tanto en medio físico como digital y harán parte del informe de ejecución contractual. En el evento en que el sistema digital presente fallas, se hará mediante una planilla. Bienestar Universitario de Sede, previa verificación enviará al operador el listado de consumos con los valores exactos detallados sin decimales; a su turno solicitará a la ESAL la factura y el supervisor del Contrato emitirá el certificado de recibo a satisfacción de los servicios prestados. De esta manera, se dará trámite a la orden de pago, enviando originales y copias a la Sección Financiera (Cuentas por pagar), para el trámite respectivo. Así, mensualmente el CONTRATISTA presentara cuenta de cobro que indique el número de servicios de desayunos y almuerzos proveídos durante el mes a la población beneficiaria del programa de apoyo alimentario, adjuntando en medio magnético las respectivas constancias (registro del sistema de huella o planillas firmadas por los estudiantes digitalizadas), y certificación en que conste que el CONTRATISTA se encuentra al día en el pago de aportes a seguridad social y parafiscales, conforme a lo dispuesto en la Ley 789 de 2002. Por su parte, la ESAL cumplirá con sus aportes en especie en la forma y condiciones pactadas en la invitación pública N° CON-BOG-002-2014 y su pliego de condiciones, la propuesta presentada por la ESAL y en las cláusulas del presente contrato. Respecto a los aportes definidos por la ESAL en su propuesta, estos se ejecutarán de acuerdo a un plan de trabajo que será presentado al interventor al iniciar la ejecución del Contrato. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA. SUJECIÓN PRESUPUESTAL. El valor del presente Contrato se imputara con cargo a los recursos del Proyecto Genérico del Nivel Central Vigencia 2014, de acuerdo con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 854, expedido por el jefe de la Sección de Presupuesto (E) el día 22 de Mayo de 2014. CLÁUSULA DECIMA CUARTA. SUPERVISIÓN E INTERVENTORIA. La UNIVERSIDAD ejercerá el control y seguimiento general del presente Contrato a través del Coordinador de apoyo alimentario del Área Gestión y Fomento Socioeconómico, el cual desarrollará una supervisión integral a todos los componentes y obligaciones del Contrato, y quien previa autorización del Director de Bienestar Universitario, podrá delegar a un funcionario o contratista, para adelantar la interventoría general del mismo. Adicionalmente, se efectuará una supervisión técnica realizada por un profesional en alimentos, que evaluará el componente nutricional, higiénico sanitario y de servicio. Los supervisores e interventor deberán dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en los artículos 96 a 98 del Manual de Convenios y Contratos de la UNIVERSIDAD, adoptado mediante Resolución No. 1952 de 2008, y particularmente a las siguientes obligaciones: a) Realizar seguimiento permanente a cada una de las obligaciones contractuales, analizándolas de manera independiente, así como realizar un análisis integral de la ejecución de la orden o Contrato, en su conjunto, b) Definir los aspectos que se verificarán para cada una de las obligaciones, así como las herramientas que se utilizarán y que permitan dejar evidencia y soporte de las actividades de interventoría o supervisión, c) Determinar la frecuencia y el cronograma con los cuales se adelantará la interventoría o supervisión a través de un PLAN DE INTERVENTORIA, d) Dejar evidencias por escrito, en el caso de poderse configurar un posible incumplimiento por parte de la ESAL, e) Responder las solicitudes, consultas y reclamaciones de la ESAL y acordar con el director del proyecto las observaciones y recomendaciones que deban ponerse en

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 67 de 108

conocimiento del comité de contratación o del ordenador del gasto, según sea el caso, f) Todas las solicitudes, requerimientos, consultas y reclamaciones por parte de la ESAL, deberán contar con una respuesta del interventor y/o supervisor. Dichas respuestas siempre deberán realizarse a través de cualquier medio escrito, con el fin de contar con soportes y evidencias de las situaciones comunes y dificultades que puedan presentarse en la ejecución de la orden contractual o Contrato. Estos requerimientos deberán ser respetuosos, claros, oportunos y precisos, lo anterior con el fin de evitar traumatismos en la ejecución de la orden contractual o Contrato, g) Efectuar los requerimientos escritos que sean necesarios a la ESAL, a fin de exigirle el cumplimiento a cabalidad de la orden contractual o Contrato, h) Informar y sustentar ante el ordenador del gasto o comité de contratación, según se trate de órdenes contractuales o Contratos, el reiterado incumplimiento de la ESAL, para la aplicación de procedimientos sancionatorios, i) Esta actividad conlleva responsabilidades civiles, disciplinarias, fiscales y penales, en los términos establecidos en la ley, j) Los informes de ejecución deberán remitirse a la oficina de contratación o quien haga sus veces para que reposen en el expediente de la orden contractual o Contrato, k) Contar con copia de los Contratos y sus anexos técnicos si aplica, l) Elaborar las actas periódicas de avance y ajustes de obras o servicios, con base en la verificación directa y la confrontación de las pre-actas, actas y facturas para la aprobación respectiva, m) Expedir la constancia de cumplimiento de las obligaciones de la ESAL para efectos de autorizar los pagos, según lo previsto en la orden contractual o Contrato, previo cumplimiento por parte de la ESAL de sus obligaciones ante el Sistema de Seguridad Social Integral, el Sena, el ICBF y las Cajas de Compensación Familiar, según sea el caso, n) Preparar y suscribir las actas que se requieran desde el inicio hasta el final de la ejecución de la orden contractual o Contrato, y tramitarlas ante las instancias pertinentes, o) Conceptuar oportunamente sobre las necesidades de suspensión de la relación contractual, y reanudación de la misma cuando se hayan superado las circunstancias que dieron lugar a dicha suspensión, p) Requerir a la ESAL el certificado emitido por la sección de inventarios o quien haga sus veces, en relación con los bienes devolutivos que le sean asignados, previamente a la suscripción del acta de liquidación, q) Informar al área técnica competente sobre el retiro de la ESAL, para eliminar claves y accesos autorizados sobre información de carácter confidencial de la Universidad, r) Ante un posible incumplimiento o la no subsanación de los aspectos susceptibles de mejora pactados en la ejecución de la orden contractual o Contrato, el supervisor y/o interventor deberá soportar ante el ordenador del gasto y/o el Comité de Contratación según sea el caso, la aplicación de procedimientos sancionatorios, aportando todos los documentos soportes que originaron el incumplimiento, así como todas las evidencias de haber acompañado la ejecución de la orden contractual o Contrato, tales como comunicaciones por escrito, requerimientos formales, planes de mejoramiento, entre otros. Adicionalmente, deberá emitir su concepto como interventor y/o supervisor sobre la situación, s) Organizar y mantener actualizado el archivo que recopile la historia del Contrato objeto de esta Interventoría, junto con la correspondencia cursada con la ESAL, llevando un registro magnético y físico de las incidencias, circunstancias especiales. Cuando sea necesario, se llevará un registro fotográfico, t) Estudiar y conceptuar sobre la legalidad de modificaciones, suspensiones, prórrogas o adiciones y demás situaciones especiales que se presenten durante la ejecución del Contrato y realizar los trámites pertinentes dentro de los plazos establecidos, u) verificar el cumplimiento del reglamento interno de cafeterías adoptado por el operador. CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA. CONFIDENCIALIDAD Y ACUERDO DE NO REVELACIÓN.LA ESA deberá mantener la confidencialidad sobre toda la información de LA UNIVERSIDAD, que pueda conocer durante el desarrollo del Contrato y no utilizará información de LA UNIVERSIDAD para la presentación de su producto en otras organizaciones. La propiedad, titularidad y reserva de los datos e información almacenada en los repositorios de datos que sean generados y/o utilizados por LA ESAL para el cumplimiento de las funciones contractuales pactadas, pertenecen de forma exclusiva a la UNIVERSIDAD Nacional del Colombia. LA ESAL se compromete a respetarla, reservarla, no copiarla y a guardar absoluta reserva sobre toda la información que conozca por su actividad o que le sea dada a conocer por LA UNIVERSIDAD con ocasión del desarrollo del objeto del presente Contrato. Para asegurar el cumplimiento de la obligación estipulada en esta cláusula, LA ESAL se obliga a devolver de inmediato al interventor designado por LA UNIVERSIDAD, toda la información facilitada para la prestación del objeto contractual, en la medida en que ya no resulte necesaria en la ejecución del mismo; absteniéndose de mantener copia parcial o total de la información y documentos obtenidos o generados con ocasión de la relación contractual al vencimiento del plazo. En todo caso si LA ESAL utiliza la información para su propio provecho distinto

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 68 de 108

al objeto contractual o para entregarla o darla a conocer a terceros, deberá indemnizar a LA UNIVERSIDAD y responder a los terceros por todos los perjuicios ocasionados, sin menoscabo de las acciones legales a que haya lugar. CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA. SUSPENSIÓN DEL CONTRATO. En caso de cualquier tipo de situación de anormalidad académica dentro del campus motivada por bloqueos de edificios, paros de estudiantes, entre otras; las partes podrán de mutuo acuerdo suspender la ejecución del Contrato mediante acta suscrita por el supervisor o interventor del mismo y por el representante legal de la ESAL o su autorizado, en la que se indique claramente la fecha de inicio de suspensión y la situación que la motiva. Una vez se verifique la superación de las condiciones de anormalidad que motivaron la suspensión la ESAL tendrá la obligación de reiniciar inmediatamente la ejecución del Contrato para lo cual bastará una comunicación del supervisor o interventor dirigida a la ESAL. Es función del supervisor o interventor verificar que una vez reiniciada la ejecución contractual la ESAL amplíe o prorrogue la vigencia de la garantía pactada en el Contrato. CLÁUSULA DÉCIMA SEPTIMA. MODIFICACIÓN UNILATERAL. Si durante la ejecución del presente Contrato, y para evitar su paralización o afectación grave del servicio que se deba satisfacer con él, fuere necesario introducir variaciones en el Contrato, y previamente las partes no logran un acuerdo al respecto, la UNIVERSIDAD, en acto administrativo debidamente motivado, podrá modificarlo mediante trabajos, suministros o servicios. Si las modificaciones alteran el valor del presente Contrato en un veinte por ciento (20 %) o más de su valor inicial, la ESAL podrá renunciar a la continuación de la ejecución; en éste evento se ordenará la liquidación del Contrato, y la UNIVERSIDAD adoptará de manera inmediata las medidas necesarias para garantizar la terminación de su objeto. Para su aplicación, la UNIVERSIDAD procederá de conformidad con lo señalado en los Artículos 84 y 86 Manual de Contratos y Contratos adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1952 de 2008. CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA. INTERPRETACIÓN UNILATERAL. Cuando con ocasión de la ejecución del presente Contrato se presenten divergencias respecto a la interpretación de las Cláusulas contenidas en el presente Instrumento, que no puedan ser subsanadas acudiendo a las normas generales de interpretación, el Pliego de Condiciones que antecede al presente proceso contractual y la propuesta presentada por la ESAL, la UNIVERSIDAD interpretará en acto administrativo debidamente motivado, las estipulaciones objeto de controversias. Para su aplicación, la UNIVERSIDAD procederá de conformidad con lo señalado en los Artículos 85 y 86Manual de Contratos y Convenios adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1952 de 2008. CLÁUSULA DECIMA NOVENA. TERMINACIÓN UNILATERAL. La UNIVERSIDAD podrá terminar unilateralmente el presente Contrato, en cualquiera de los siguientes casos: 1.- Cuando las exigencias del servicio público lo requieran, o la situación de orden público lo imponga. 2.- Por disolución de la persona jurídica de la ESAL. 3.- Por liquidación obligatoria de la ESAL. 4.- Por cesación de pagos, concurso de acreedores o embargos judiciales a la ESAL, que afecten de manera grave el cumplimiento del Contrato. En ocurrencia de alguna de las causales anteriores, la UNIVERSIDAD expedirá acto administrativo debidamente motivado, en el cual se dará aplicación a la terminación unilateral del Contrato, sin que sea necesario procurar acuerdos previos con la ESAL para dar lugar a su declaración. CLÁUSULA VIGÉSIMA. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. La liquidación del Contrato se sujetará a los términos y oportunidades establecidas en la normatividad contractual de LA UNIVERSIDAD. La liquidación tendrá lugar dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la finalización del plazo. Para la liquidación del Contrato LA ESAL deberá remitir al interventor dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo de ejecución del Contrato, los soportes que acrediten el pago de los aportes a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales y aportes al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto de Bienestar Familiar y Caja de Compensación Familiar, durante el término de ejecución del Contrato. Al momento de liquidar el presente Contrato el interventor verificará y dejará constancia del cumplimiento de las obligaciones de la ESAL frente a los aportes mencionados durante su vigencia, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron haber sido cotizadas. En el evento en que no se hubieran realizado totalmente los aportes correspondientes, LA UNIVERSIDAD deberá retener las sumas adeudadas al sistema y efectuará el giro directo de dichos recursos a los

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 69 de 108

correspondientes entidades con prioridad a los regímenes de salud y pensiones, de acuerdo con lo previsto en el artículo 50 de la ley 789 del 2002. CLÁUSULA VIGESIMA PRIMERA. LIQUIDACIÓN UNILATERAL. Cuando la ESAL, habiendo sido requerido, no se presente a la liquidación de común acuerdo dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la extinción de la relación contractual, o las partes no lleguen a un acuerdo sobre el contenido de la misma, la liquidación será practicada directa y unilateralmente por la UNIVERSIDAD dentro de los dos (2) meses y se adoptará por acto administrativo motivado, el cual será susceptible del recurso de reposición. En todo caso, el acta de liquidación unilateral deberá ser expedida por el Ordenador del Gasto, y en el evento de resultar sumas de dinero a favor de la UNIVERSIDAD y a cargo de la ESAL, la resolución proferida prestará mérito ejecutivo. CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA. CADUCIDAD. LA UNIVERSIDAD podrá dar por terminado el presente Contrato y ordenar su liquidación, en aquellos casos en los que advierta que hay claras evidencias de que la ESAL está incumpliendo con las obligaciones contractuales, y que ésta circunstancia afecta de manera grave y directa la ejecución del mismo, hasta el punto de considerar que puede presentar su parálisis. La declaratoria de caducidad será constitutiva del siniestro de incumplimiento. Para su aplicación, la UNIVERSIDAD procederá de conformidad con lo señalado en el artículo 83 del Manual de Contratos y Convenios, adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1952 de 2008. CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA. CLÁUSULA PENAL. Se pacta como cláusula penal pecuniaria la suma equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del Contrato, la cual se hará efectiva por parte de la UNIVERSIDAD, en caso de atraso o incumplimiento por parte de la ESAL de cualquiera de las obligaciones surgidas del presente Contrato. Dicha suma podrá ser tomada directamente de las garantías, o de ser el caso, se cobrará por jurisdicción coactiva. Para su aplicación, la UNIVERSIDAD procederá de conformidad con lo señalado en el Artículo 88 del Manual de Contratos y Convenios adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1952 de 2008. CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA. MULTAS. En caso de que LA ESAL incurra en incumplimiento parcial de las obligaciones derivadas del presente Contrato, la UNIVERSIDAD, mediante resolución motivada, que prestará mérito ejecutivo, podrá imponer multas diarias sucesivas, a razón del 0,01% del valor contractual, mientras persista el incumplimiento, sin que sumadas superen el 20% del valor del presente Contrato. Para su aplicación, la UNIVERSIDAD procederá de conformidad con lo señalado en el Artículo 88 del Manual de Convenios y Contratación adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1952 de 2008. Parágrafo. El pago de las multas no exime a la ESAL de cumplir con la obligación principal, ni excluye el cobro de los perjuicios que hubiere sufrido LA UNIVERSIDAD. CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA. EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL Y AUTONOMÍA. El presente Contrato lo desarrolla LA ESAL con plena autonomía y no genera relación laboral entre la UNIVERSIDAD con LA ESAL ni con el personal que éste designe para el cumplimiento del objeto contractual. Todo el personal de la ESAL deberá estar vinculado en forma tal que se garantice su disponibilidad para la ejecución oportuna de las distintas actividades del Contrato. CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA. SUBCONTRATACIÓN. Cualquier subcontratación que LA ESAL pretenda hacer para la ejecución del Contrato, deberá ser aprobada previamente por LA UNIVERSIDAD. LA ESAL será responsable del cumplimiento por parte de sus subcontratista, de las exigencias comerciales, económicas y jurídicas establecidas por LA UNIVERSIDAD, y en consecuencia será responsable solidariamente con el subcontratista por los perjuicios de toda índole que LA UNIVERSIDAD, sus clientes o usuarios puedan sufrir como consecuencia de la labor del subcontratista Los subcontratos no eximirán A LA ESAL de sus responsabilidades contractuales ni las atenuará. LA UNIVERSIDAD no asumirá ninguna obligación directa o indirecta con el subcontratista, ni está en la obligación de tener ningún contacto o entendimiento con los subcontratistas, siendo LA ESAL el directamente obligado a responder ante LA UNIVERSIDAD por la actividad subcontratada como si él fuere el directo ejecutor de la misma; en los subcontratos se deberá consignar expresamente esta circunstancia. En todo caso LA UNIVERSIDAD se reserva el derecho de exigirle A LA ESAL, de ser procedente, que reasuma el cumplimiento de la obligación subcontratada, o el cambio del subcontratista, sin que se derive responsabilidad de ninguna clase para LA UNIVERSIDAD. En tal evento, LA ESAL deberá proceder dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la comunicación de LA UNIVERSIDAD.

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 70 de 108

CLÁUSULA VIGÉSIMA SEPTIMA. PROHIBICIÓN DE CESIÓN. Es prohibido a la ESAL ceder el presente Contrato en forma total o parcial, sin la previa autorización por escrito de LA UNIVERSIDAD, pero no se consideran dentro de esta situación aquellos subcontratos que sean necesarios otorgar por parte del INTERMEDIARIO para la ejecución de las actividades pactadas. CLÁUSULA VIGÉSIMA OCTAVA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. LA ESAL manifiesta expresamente a LAUNIVERSIDAD que no está incurso en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad contenida en la Constitución Política ni en la Ley, y que serán de su exclusiva responsabilidad las consecuencias que se deriven de las antecedentes o sobrevinientes. CLÁUSULA VIGÉSIMA NOVENA. GARANTÍA. Para garantizar el cumplimiento de este Contrato LA ESAL se compromete a constituir dentro de los cinco (5) días siguientes a la suscripción del Contrato en favor de LA UNIVERSIDAD una Garantía de Cumplimiento expedida por una Compañía de Seguros legalmente establecida en el país, cuya póliza matriz se encuentre aprobada por la Superintendencia Financiera, que ampare:

1. Cumplimiento de la totalidad de obligaciones contractuales por el 20% del valor del Contrato con vigencia igual al plazo del Contrato y 6 meses más.

2. Amparo de pago de Salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales del personal a cargo de la ESAL por el 5% del valor del Contrato con vigencia igual al plazo del Contrato y tres años más.

3. Calidad del servicio por el 20% del valor del Contrato con vigencia igual al plazo del Contrato y 6 meses más.

4. Correcto manejo de muebles y utensilios de propiedad de la UNIVERSIDAD entregados a la ESAL mediante inventario para ser utilizados en la operación de los centros de producción y cafeterías por el 20% del valor del Contrato con vigencia igual al plazo del Contrato y 6 meses más.

5. Amparo de responsabilidad extracontractual por el 20% del valor del Contrato con vigencia igual al plazo del Contrato y 6 meses más.

Parágrafo I. En caso de prórroga o adición del presente Contrato, LA ESAL deberá remitir para revisión y aprobación el respectivo certificado modificatorio de la garantía, en la que se verifique la respectiva modificación. Parágrafo II. En caso de disminución del valor de la póliza de garantía por cualquier causa, LA ESAL se obliga a reponerla de manera inmediata. CLÁUSULA TRIGÉSIMA. PERFECCIONAMIENTO, LEGALIZACIÓN Y EJECUCIÓN. El presente Contrato se perfecciona con la firma de las partes y el registro presupuestal. Para su legalización requiere la Constitución por parte de la ESAL de la garantía exigida, y aprobación de la misma por parte de la UNIVERSIDAD; Una vez cumplidos los anteriores requisitos, el Jefe de Contratación o quien haga sus veces, comunicará a través de cualquier medio escrito a la ESAL y al Interventor del Contrato, que se ha legalizado el Contrato, y la fecha a partir de la cual podrá darse inicio a su ejecución. Parágrafo I. Los documentos de que trata la presente cláusula deben ser entregados por la ESAL para su revisión y aprobación en la (Nombre de la Oficina de Contratación o quien haga sus veces), ubicada en la (Dirección física y Ciudad), dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la remisión por parte de la UNIVERSIDAD del Contrato suscrito por el ordenador del gasto. Parágrafo II. Será obligación del Jefe de la (Nombre de la Oficina de Contratación o quien haga sus veces), publicar el presente Contrato, así como sus adiciones, prorrogas o modificaciones en el sitio Web de Contratación de la UNIVERSIDAD, según lo dispuesto en el artículo 76 del Manual de Convenios y Contratos adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1952 de 2008. CLÁUSULA TRIGÉSIMA PRIMERA. INDEMNIDAD: La ESAL mantendrá indemne a la UNIVERSIDAD contra todo reclamo, demanda, acción legal y costo que pueda causarse o surgir por daños o lesiones a personas o propiedades de terceros, durante la ejecución del objeto contractual, y terminados estos, hasta la liquidación definitiva del contrato. Se consideran como hechos imputables al contratista, todas las acciones u omisiones y en general cualquier incumplimiento de sus obligaciones contractuales. Como parte de sus obligaciones para mantener la indemnidad de la UNIVERSIDAD, la ESAL constituirá y mantendrá vigente las garantías estipuladas. En caso de que se entable un reclamo, demanda o acción legal contra la UNIVERSIDAD, por asuntos que según el Contrato sean de responsabilidad de la ESAL, éste será notificado lo más pronto posible de ellos, para que por su cuenta adopte oportunamente las

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 71 de 108

medidas previstas por la ley para mantener indemne a la Entidad. Si en cualquiera de esos eventos, la ESAL no asume debida y oportunamente la defensa de la UNIVERSIDAD, ésta podrá hacerlo directamente, previa notificación escrita a la ESAL y éste pagará todos los gastos en los que la UNIVERSIDAD incurra por tal motivo. En caso de que así no lo hiciere la ESAL, la UNIVERSIDAD tendrá derecho a descontar el valor de tales erogaciones, de cualquier suma que se le adeude a la ESAL por razón de las actividades objeto del Contrato, a hacer efectivas las garantías otorgadas, o a utilizar cualquier otro mecanismo judicial o extrajudicial. CLÁUSULA TRIGÉSIMA SEGUNDA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES. Las partes manifiestan que llevarán a cabo de buena fe todas las acciones derivadas del presente Contrato, por lo que pondrán todo su empeño para su debido cumplimiento. En caso de desacuerdo, controversia o reclamación, los coordinadores de las partes se comprometen a resolver directa y voluntariamente las diferencias que puedan originarse, si no fuere posible llegar a un acuerdo, la diferencia se llevará a los representantes legales de cada una de las partes, quienes deberán resolver los conflictos que se susciten. PARÁGRAFO: En el caso de no llegar a un acuerdo directo por los coordinadores o los representantes legales de las entidades, se optará por mecanismos alternativos para la solución de controversias como la conciliación, transacción o amigable composición. No obstante, siempre debe preferirse el arreglo directo o a través de conciliación prejudicial. CLÁUSULA TRIGÉSIMA TERCERA. NOTIFICACIONES. Para todos los efectos de este Contrato, se establecen como mecanismos para comunicaciones en general, por parte de LA UNIVERSIDAD: correspondencia física que será recibida en la: ______________; y por parte de la ESAL: correspondencia física: “DIRECCIÓN PROVEEDOR”, Teléfonos: “TELÉFONOS PROVEEDOR” de la ciudad de ( ); correo electrónico. CLÁUSULA TRIGÉSIMACUARTA. DOMICILIO: Para todos los efectos judiciales y extrajudiciales, las partes declaran la ciudad de Bogotá D.C. como su domicilio contractual. En constancia se firma el presente Contrato, en dos (2) ejemplares de igual tenor y valor (se sugieren dos ejemplares por cada idioma, con el fin de que cada parte tenga un original de cada uno), en la ciudades de Bogotá D. C., República de Colombia, y XXXXXXXX POR LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA, POR LA XXXXXXX, XXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXXX Universidad Nacional de Colombia. XXXXXXXXXXXXXXXXX Fecha: Fecha:

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 72 de 108

ANEXO No. 2 ANEXOS VINCULANTES AL CONTRATO.

1. ANEXO TÉCNICO COMPONENTE NUTRICIONAL

El operador deberá cumplir la oferta pactada de Menús para un ciclo de 21 días avalado y firmado por Profesional en Nutrición con tarjeta profesional vigente con base en la Minuta Patrón establecida para para Desayuno y Almuerzo acorde a las especificaciones que a continuación se citan. 1.1 Definición de la población Objeto

Mujeres y hombres estudiantes de pregrado, beneficiarios del apoyo alimentario, que cursan edades entre los 17-25 años. Mujeres y hombres, pertenecientes a la comunidad universitaria y que se encuentran entre los rangos de edad de 6 - 55 años, identificando poblaciones especiales ( niños y niñas, madres gestantes y lactantes, población adulto mayor) que aunque no son el objeto de esta contratación, también hacen parte de la comunidad universitaria y podrán acceder a estos espacios como usuarios particulares

Recomendación de Calóricas y Nutrientes

Tabla 1. Requerimientos calóricos

Requerimientos calóricos

Hombres (18-49) 3000

Mujeres (18-49) 2250

Promedio 2650

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 73 de 108

Calculado con base en las Recomendaciones de Calorías y Nutrientes para la Población Colombiana, ICBF – 1992) Tabla 2. Distribución de calorías por tiempo de comida

Calorías totales/día: 2650 Kcal

Tiempo de comida ofrecido % Valor calórico total Calorías

Desayuno 20% 525

Almuerzo 40% 1050

Refrigerio 10% 105

Esta distribución porcentual de los tiempos de comida se hace basados en la premisa, que si un individuo llegase a tomar todos los tiempos de alimentación de dentro de las instalaciones universitarias, se estaría en capacidad de cubrir el 100% del total de sus requerimientos de macronutrientes y energía

Tabla 3.Porcentaje de Distribución por macronutrientes para tiempos de comida

% Aporte nutriente día Gramos totales/ menú

Proteína 15 % 39,38

Carbohidratos 55 % 144,38

Grasa 30 % 35,00

Se recomienda la distribución del valor calórico total así, de acuerdo a la evaluación de consensos y evidencia científica internacional, de la distribución de calorías y nutrientes, para salud cardiovascular y disminución de incidencia de enfermedades crónicas no trasmisibles

Tabla 4. Especificaciones por Macronutriente. GUIAS ALAD 2013

Macronutriente % VCT Especificaciones Evidencia

CHO 40-60 % Utilizar CHO complejos 5 -10 % CHO simples.

Recomendación grado B

Grasa 30-45 % Saturada < 7% Tras > 1% Monoinsaturada 12-20% Poliinsaturados 10%

Los suplementos de ácidos grasos poliinsaturados omega 3, en dosis de 1 a 3.5g/d se pueden emplear para reducir triglicéridos, pero no hay evidencia de que reduzcan el riesgo cardiovascular. AA

Proteína 15-30% Sin nefropatía ni antecedente de falla renal, puede ser hasta un 30% VCT, y NO menor 1g/Kg (B)

Dietas con mayor proporción de proteínas y menos carbohidratos brindan los mismos beneficios metabólicos, con una mayor pérdida de peso, porcentaje de grasa corporal y perímetro de cintura (aceptada por consenso)

1.2 Descripción Minuta Patrón de Almuerzo

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 74 de 108

Tabla 5. Minuta Patrón de Almuerzo

MINUTA PATRÓN

ALMUERZO (40% Y 30% del aporte calórico total respectivamente) 1050 Kcal

GRUPO DE ALIMENTOS

DESCRIPCIÓN

PORCION SERVIDA O NETO (gramos o Centímetros cúbicos)

MEDIDAS CASERAS APROXIMADAS

1 Sopa o crema Preparación en las que un líquido sustancioso sirve como base a un plato, este líquido puede ser un consomé de cortes cárnicos o leche higienizada y pasteurizada, o mezclas de estos dos.

240 c.c. 1 plato (8 onzas) de crema o sopa

2 Alimento proteico

Cortes magros de los diferentes tipos de carne de las diversas fuentes animales (res, cerdo, pollo, pescado)

110 g

Dos opciones: carne blanca o roja. Cada una de 150g. Carne (5 onzas), pollo (1 pierna – pernil o ½ pechuga), pescado (1 filete o 1 rodaja), ( 1 lata)

3 Principio 1 Leguminosas 105 g

Leguminosas secas ( ¾ de pocillo chocolatero)

4 Principio 2 Hortalizas o verduras en preparaciones calientes

70 g ½ plato mediano o ¾ taza chocolatera de verdura caliente.

5 Cereal Arroz o pastas enriquecidas 90 g

Arroz (1 pocillo chocolatero), pasta (1 pocillo chocolatero)

6 Acompañante

Tubérculos, raíces o plátanos 80 g

Papa pastusa o sabanera (2 unidades medianas), papa criolla ( 6 unidades medianas), plátano (1/2 unidad), yuca (4 astillas)

7 Ensalada Verdura fría o mezcla de verdura y frutas

100 g

1 plato mediano de ensalada o 1 pocillo chocolatero de verdura fría

8 Jugo de fruta natural

Preparación liquida a base de fruta natural sin adición de azúcar

240 c.c 1vasos de 240 cc (8onzas) ,dos opciones de jugo sin azúcar

9 postre

Postre artesanal o fruta entera 20 – 100 g

Bocadillo (1 unidad), cocada (1 unidad), chocolatina (1 unidad), postres artesanales o fruta entera

1.3 Desglose Minuta Patrón de Almuerzo

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 75 de 108

Tabla 6.Desglose Minuta patrón Almuerzo

MINUTA PATRÓN

ALMUERZO (40% del aporte calórico total) 1050 Kcal

COMPONENTE GRUPO DE ALIMENTOS Frecuencia

(No. Veces/

semana)

PESO

BRUTO

PESO

NETO

PORCION

SERVIDA

Sopa o crema base consomé, leche o mixto 2 ( en

preparaciones

donde haga

parte de la

preparación)

depende de

las

características

de la

preparación

53% 240 cc

Cereal 3-4%

alimento proteico 5%

Tubérculo 18%

1 Verdura 20%

Alimento

proteico

carne de res 1 135 g 130 g 110 gr

cerne de cerdo 1 135 g 130 g

pollo 2 150 g 130 g

pescado 1 150 g 130 g

2 atún y sardinas enlatado 1 vez/mes 1 lata pequeña 100 g

3 Principio 1 Leguminosas en combinación

al 50% con alimento proteico

5 20 g 20 g 60

4 Principio 2 verdura caliente 5 68-103 g 70 g 70

5

Cereal

arroz 4 45 g 45 g 105

pasta enriquecida 1 35 g 35 g 90

6 Acompañante papa 1-2 90 g 80 g 80

yuca 1 90 g 80 g 80

plátano 1-2 100 g 80 g 80

Derivado de cereal 1 60 g 60 g 60

7 Ensalada verdura fría 5 90 g 70 g 70

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 76 de 108

8 Jugo de fruta

natural

fruta 5 60 g 60-70

g

240

9 postre postre artesanal o fruta entera 5 depende de las

características y

naturaleza de la

preparación

20 - 100

1.4. Descripción Minuta patrón Desayuno

Tabla 7 Descripción de Minuta Patrón para Desayuno

DESAYUNO (20 % del aporte calórico total) 525 Kcal

GRUPO DE ALIMENTOS PORCION SERVIDA O NETO (G O CC)

MEDIDAS CASERAS APROXIMADAS

1 Fruta entera 200 gr 1 unidad grande

2 Bebida láctea 200 c.c Yogurt, kumis, leche saborizada, avena, café, chocolate

3 Alimento proteico 100 g Queso (1 tajada grande),atún (1 lata pequeña), jamón bajo en grasa (4 tajadas)

4 Derivado de cereal 100 g Arepa (1 unidad grande), almojábana (1 unidad grande), tostadas (5 unidades), calados (5 unidades), galletas (8 unidades), ponqué (1 unidad)

1.4.1 Desglose Minuta Patrón de desayuno

Tabla 8. Desglose Minuta Patrón de desayuno

MINUTA PATRÓN

Refrigerio (10% del aporte calórico total)105 Kcal

COMPONENTE GRUPO DE ALIMENTOS

Frecuencia (No. Veces/ semana)

PESO BRUTO

PESO NETO

PORCION SERVIDA

Fruta Fruta entera o en jugo 3 200 g 150 g 150 g

Bebida Lácteos 3 200 g 200 g 200 g

alimento proteico

Carnes, huevos, alimentos fuente de proteína.

3 100 g 100 g 100 g

derivado de cereal

cereales, almidones y derivados

3 100 g 100 g 100 g

1.5. Descripción Minuta Patrón Refrigerio

Tabla 9. Minuta Patrón Refrigerio

MINUTA PATRÓN

Refrigerio (10% del aporte calórico total)105 Kcal

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 77 de 108

COMPONENTE GRUPO DE ALIMENTOS

Frecuencia (No. Veces/ semana)

PESO BRUTO

PESO NETO

PORCION SERVIDA

Fruta Fruta entera o en jugo 3 200 g 150 g 150 g

Bebida Lácteos 3 200 g 200 g 200 g

alimento proteico

Carnes, huevos, alimentos fuente de proteína.

3 100 g 100 g 100 g

derivado de cereal

cereales, almidones y derivados

3 100 g 100 g 100 g

Especificaciones Generales

1) El proponente debe presentar la lista de intercambio que manejará para efectos de la

prestación del servicio.

2) Las preparaciones de sopas se deben presentar con un 40-50% de sólidos.

3) Para el caso de la carne cruda se manejarán 150 gramos (carnes rojas: cerdo y res) y 180

gramos (carnes blancas con hueso). La carne molida será una porción de 100 gramos cocida.

4) En el almuerzo se debe ofrecer dos opciones de proteína, una en preparación individual donde

su peso debe ser según las especificaciones antes hechas, la segunda opción debe venir en

combinación con la leguminosa o en preparaciones que la incluyan como ingrediente principal,

para esta opción donde la proteína está combinada el gramaje de la misma deberá ser el 50%

del gramaje estándar.

5) Se debe ofrecer en la línea de servicio dos opciones de vegetales uno de línea caliente y otro

en preparaciones frías. Para la preparación de los mismos se emplearan frutas y vegetales de

la temporada.

6) Se debe ofrecer una opción de jugo de fruta sin azúcar, para endulzar los jugos se contara

con sobres de azúcar o edulcorantes artificiales. No se permite el uso de refrescos o polvos

instantáneos

7) Las materias primas e insumos requeridos deberán estar acordes con los lineamientos del

Decreto 3075 de 2007, cumpliendo así, con el registro sanitario INVIMA, y la normativa de

etiquetado y rotulado general y nutricional, resoluciones 5109 de 2005 y la resolución 333 de

2011.

8) Los alimentos que hacen parte de los diferentes componentes de la minuta deberán tener las

siguientes características:

Lácteos y derivados: los lácteos y derivados, entendiéndose como leche, kumis, yogurt, queso,

cuajada deberán haber pasado por el proceso de pasteurización, ultra pasteurización o Ultra Alta

Temperatura (UHT). Además del cumplimiento de las especificaciones anteriormente

mencionadas, estarán acorde con el Decreto 616 de 2006.

Carne, pollo y pescado: al ser considerados como alimentos de riesgo en salud pública se

encontrarán siempre bajo temperaturas de congelación (< -18ºC), refrigeración (<4ºC) o en

temperaturas calientes (>60º C). Por ningún motivo se dejarán a temperatura ambiente, para evitar

el crecimiento de microorganismos y alteración de características organolépticas.

Carnes rojas: Solo se permitirá el suministro de carnes magras, de cortes en chata, centro de

cadera, centro de pierna, y en caso de preparaciones con carne molida, debe ser a partir de carne

magra.

Pollo: las porciones a emplear deben ser pierna - pernil, o pechuga.

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 78 de 108

Pescado: debe ser de primera calidad, sin espinas. Inclusive el de tortas o croquetas además debe

cumplir con lo sancionado en el decreto 1500 del 2007.

9) No se permite el intercambio de carne de primera por huevo, carnes frías o productos cárnicos

como embutidos.}

10) No se permite el uso de enlatados (atún y sardinas) más de 1 vez en un ciclo de minuta de 1

mes.

11) No se permite el empleo de embutidos de carne, pollo o pescado.

12) Todos los días se debe ofrecer 2 opciones en el componente de “principio”, uno de ellos

deberá ser leguminosa en combinación con alimento proteico, preparaciones con alimento

proteico, o sustituto vegetariano de carne y el otro deben ser vegetales en preparación

caliente.

13) Frutas y verduras: deberá cumplir con las estipulaciones del Decreto 3075 de 1997, referente

a limpieza y desinfección. Adicionalmente deben tener adecuado grado de maduración con

óptimas características organolépticas.

14) Las ensaladas deben presentarse con una apariencia fresca y variedad en colores, incluir

preparaciones atractivas que incluyan variedad de vegetales, (crudos, cocidos) y frutas.

Mínimo 3 componentes.

15) Una vez cada quince días se debe ofrecer como opción ensalada de frutas. Incluir limón como

aderezo y opciones de vinagretas, los cuales deben permanecer su ofrecimiento durante todo

el servicio.

16) Grasas y aceites: serán empleados para las preparaciones que requieran aceites y este sea

sometido a altas temperaturas, aceites de tipo vegetal: girasol, canola, maíz, u oliva ( apto

para altas temperaturas)

17) No se permitirá en ninguna estancia el uso de mantecas ni la reutilización de aceites.

18) Jugos: deben ser preparados con agua potable y 100% fruta natural. Los jugos tendrán un

volumen final de 240 cc, partiendo de un volumen inicial de 200cc, con las siguientes

concentraciones según el tipo de fruta:

Tabla 10. Concentración fruta de los jugos

Tipo de fruta Pulpa de fruta

Fruta ácida 30% 60g

Fruta no ácida 35% 70g

19) Dulces y postres: podrá ser de tipo casero (flanes, dulces de frutas entre otros), cuando se

suministren éstos la porción debe ser de 50 gramos; además se pueden ofrecer productos

elaborados, los cuales deben ser de una marca reconocida y debidamente rotulado.

20) No se permite el empleo de aditivos de conservación (sorbatos, benzoatos, nitritos).

21) Para proporcionar sabor a las preparaciones se podrá utilizar sal, vinagre, limón, pimentón y

hierbas aromáticas.

22) Por el alto riesgo microbiológico del arroz con pollo, no se permite esta preparación dentro de

los menús.

1.6. Especificaciones Técnicas de Características Organolépticas

1.6.1. Lista de intercambios de alimentos

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 79 de 108

Considerada como agrupaciones, en las cuales los alimentos incluidos en cada una de las listas, poseen aproximadamente el mismo valor de energía, carbohidratos, proteínas y grasas; por lo tanto, un alimento se puede remplazar por otro dentro de la misma lista. Estos alimentos se agrupan de acuerdo con los criterios de las Guías Alimentarias para la Población Colombiana.

En la situación en que no haya disponibilidad de un alimento del menú diario planeado, el alimento faltante se intercambia por otro que se encuentre en la lista de intercambios, dentro del mismo grupo, con el objeto de asegurar que los intercambios sean apropiados para mantener el aporte nutricional requerido diariamente y para facilitar el control de los precios, sin alterar el valor nutricional de la ración (tomado de Lineamientos Técnico Administrativos y estándares-PAE ICBF 2010).

1.6.2 Guía de preparación de alimentos con mínimo 3 estandarizaciones de acuerdo al número

promedio de raciones que se contraten en cada servicio

La Guía de preparaciones permitirá definir el procedimiento para realizar una preparación, de forma tal

que se cuente con una herramienta que permita garantizar que, indistintamente de quien realice la receta,

el producto final será de una adecuada calidad nutricional y contará con las características organolépticas

definidas. (Tomado de Lineamientos Técnico Administrativos y estándares-PAE ICBF 2010).

1.7. Especificaciones Técnicas de Menaje

El menaje necesario debe ser de material apto para el consumo de los alimentos, estar fabricados con materiales resistentes al uso y a la corrosión, así como, a la utilización frecuente de los agentes de limpieza y desinfección y en cantidad suficiente para asegurar un servicio ágil y oportuno. Para el servicio de sopas los recipientes deben tener la profundidad suficiente, para evitar que se derrame. Los utensilios para servir como cucharones, coladores, ralladores, deben ser de aluminio o acero inoxidable. El operador deberá realizar la reposición de equipo, utensilios, menaje y vajilla que sea necesario. 1.8 Presentación de opciones adicionales de Menús de Almuerzos para la Comunidad Universitaria Durante la ejecución del contrato el operador tendrá libertad de ofrecer a la comunidad universitaria distintas de posibilidades complementarias de menús (ejecutivos, saludables, vegetarianos, etc.) conforme a la demanda que identifique en las cafeterías y centros de producción asignados, sin que ello lo releve de forma alguna de la obligación de ofrecer Desayuno y Almuerzo en los términos y especificaciones señalados. Se pueden suministrar opciones adicionales de Menús de Almuerzos para la Comunidad Universitaria enfocados en la línea saludable y ejecutiva los cuales deben ser avalados previamente por la Dirección de Bienestar. 1.9 Snacks El operador podrá suministrar como mínimo los snacks relacionados en el listado anexo, asegurando su disponibilidad y precio máximo establecido. La lista no limita al operador a ofrecer otro tipo de productos, los cuales deben ser avalados en especificación y precio previamente por la Dirección de Bienestar. 2. ANEXO TÉCNICO COMPONENTE HIGIENICO SANITARIO

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 80 de 108

2.1. Condiciones Generales

El Contratista debe implementar las buenas prácticas para el manejo, preparación y distribución del servicio de suministros de alimentación y para el mantenimiento higiénico de los espacios del restaurante teniendo como base: a) La prevención de la contaminación microbiana con los principios de limpieza y desinfección de los insumos, espacios, utensilios y manipulación de productos desde la recepción de insumos hasta la entrega del servicio, b) El control de insectos y roedores para evitar la contaminación, c) Saneamiento aplicado al personal en sus diferentes cargos, higiene personal en el proceso de manipulación de alimento, en la compra, recibo, almacenamiento (Bodega, despensa, refrigeración), preparación y entrega del producto, d) Un plan de Manejo de Residuos sólidos que esté acorde con las políticas y lineamientos de la Universidad, e) Certificado de Manipulación de Alimentos, expedido por la entidad competente vigente a la fecha de presentación de la propuesta, para cada una de las personas encargadas del proceso de manipulación y cocción de los alimentos; dentro de la ejecución del contrato deberá garantizar que quienes participen de estas actividades tengan este certificado, f) Exámenes de laboratorio para el personal en sus diferentes cargo al iniciar el contrato y cada vez que se presente cambio de personal, tales como: Cultivo de faringe, Cultivo de materia fecal, Cultivo de uñas, cuyos Resultados deben ser entregados en la Dirección de Bienestar Universitario una vez legalizado el contrato y antes de iniciar la prestación del servicio. 2.1.1 Programa de Orden y Limpieza El operador debe contar con un programa que incluya las frecuencias, productos, dosificación y áreas sujeto de limpieza y desinfección, precauciones y responsables. Suministrar para cada cafetería los insumos e implementos necesarios para llevar a cabo de forma adecuada el programa de limpieza y desinfección. Los procedimientos de limpieza y desinfección realizados serán susceptibles de verificación y validación por parte de la Universidad Nacional de Colombia. El operador dentro del plan de muestras pactado deberá presentar los resultados relacionados con la eficacia de los procedimientos aplicados. El operador debe garantizar la limpieza y desinfección de todos los equipos y mobiliario relacionado con la preparación, transformación, ensamble y suministro de los alimentos. 2.1.2 Equipos y Utensilios Dotar de gramera, báscula, termómetro y capacitar al personal procesador de alimentos en el uso de los equipos y el registro adecuado de los datos; además, aportará un kit de menaje para la servida con porciones estandarizadas donde se preste el servicio, este kit deberá contener como mínimo: un cucharón medidor para sopa, una cuchara o cucharón medidor para la ensalada, un recipiente medidor para el arroz y un vaso medidor. Dotar de todo el mobiliario y equipos necesarios para la prestación del servicio a la cafetería central y satélites que garantice la prestación del servicio. El centro de producción asignado debe contar con: i) Ollas con capacidad suficiente para atender la demanda del servicio, ii) Plancha asadora, iii) Parrillas o estufa, iv) Horno, v) Licuadora semi industrial o industrial, vi) Freidora, vii) Congeladores, viii) Refrigeradores, ix) Autoservicio como mínimo con cuatro compartimentos calientes y uno frío, x) Moldes medios para comida en caliente.

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 81 de 108

2.1.3 Almacenamiento Garantizar las condiciones de almacenamiento de sus materias primas y productos en lo relacionado a control de temperaturas de congelación y refrigeración, así como las condiciones de orden, limpieza, aseo, protección e identificación. Se debe contar con el etiquetado y envasado de los productos acorde a condiciones de ley. Contar con un programa de control de entradas y salidas de las materias primas y productos de su almacén o bodega destinada para tal fin. Los productos químicos empleados deben estar estrictamente identificados y almacenados de manera específica y separado de los alimentos y de las áreas de manipulación de los mismos. No se pueden almacenar productos y/o alimentos en mal estado. Se debe establecer un horario fijo para el recibo de alimentos así como la responsabilidad para tal fin. Dotar de estibas y estantes para el almacenamiento de los productos los cuales deben estar en buen estado y en condiciones de limpieza y desinfección., 2.1.4 Control de Plagas El operador debe contar con un programa de control de plagas que incluya frecuencia, método, sustancias, condiciones de seguridad a aplicar, este debe ser notificado previamente al Supervisión para su realización. El operador debe contar con los registros que soporten su ejecución. 2.1.5 Programa de Gestión de Residuos El operador debe contar con las medidas necesarias para la disposición adecuada y retiro oportuno de los residuos. El operador debe contar con las canecas necesarias acorde a las especificaciones de la Universidad Nacional de Colombia, teniendo en cuenta que estás deben estar debidamente identificadas, deben estar tapadas en todo momento y lavarse y desinfectarse a diario. El operador debe contar con un sistema de control que contabilice la cantidad de residuos generados y entregados. 2.1.6 Plan de Capacitación El operador debe presentar su plan de capacitación al personal relacionado con Seguridad Alimentaria, y Estandarización de servido, la Interventoría podrá solicitar evidencias de su ejecución. 2.1.7 Plan de Muestreo

Realizar los análisis de calidad microbiológica en laboratorio acreditado externo avalado por la UN para ejecutar la vigilancia de la calidad tanto de la materia prima como del producto terminado, laboratorio que debe estar inscrito y avalado por la Secretaría de Salud del Distrito y/o entidad competente en el país. Se debe garantizar pruebas microbiológicas trimestrales de superficies, utensilios o menaje, ambientes, agua, alimentos preparados fríos, alimentos preparados calientes y frotis de manos de tres operarios elegidos al

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 82 de 108

azar así como el KOH de uñas y frotis de garganta, resultados que deben ser enviados y entregados al Área de Gestión y Fomento Socio Económico y al Interventor designado. Guardar diariamente en refrigeración una muestra del menú del día (menú de seguridad), rotularla y almacenarla como mínimo 48 horas con el fin de realizar los análisis pertinentes en caso de enfermedad transmitida por alimentos o para controles microbiológicos que programe el supervisor del contrato. Si por causas imputables al contratista se presenta algún tipo de enfermedad transmitida por alimentos este asumirá toda la responsabilidad civil y penal que genere la demanda por dicha causa. 2.1.8 Programa de Control de Agua Potable Si la cafetería asignada cuenta con tanque de suministro de agua propio el operador deberá asumir la limpieza y desinfección del mismo mínimo cada seis meses. El operador deberá garantizar la calidad del agua empleada para sus preparaciones, por tanto deberá presentar resultados de análisis microbiológicos del agua empleada cada mes al interventor. 2.1.9 Calibración de Equipos e Instrumentos El operador debe contar con programa de mantenimiento preventivo y correctivo del mobiliario y equipos de la cafetería y satélites asignados. El operador debe contar con programa de calibración de los equipos de medición empleados como gramera y termómetros al cual debe dar estricto cumplimiento. El operador debe contar con programa de control de las temperaturas de congelación, refrigeración, cocción y almacenamiento de los alimentos y/productos. 2.1.10. Programa de Trazabilidad El operador debe contar con un programa de trazabilidad que permita realizar la identificación de un producto o su materia prima en toda su cadena de producción y/o transformación. 2.1.11 Programa de Control a Proveedores Informar por escrito el listado de Proveedores de sus productos con sus respectivas marcas y copias de registro sanitario vigente. El operador realizará la el trámite correspondiente para el permiso de ingreso de sus proveedores y otros medios de transporte al campus acorde a los requisitos establecidos en el procedimiento establecido de la Universidad notificando e informando al Interventor sobre los mismos por correo electrónico y el sistema de información definido para tal fin. Garantizar que los vehículos que utilice para el transporte de alimentos cumplan con lo establecido en la Resolución 002505 de septiembre de 2004 del Ministerio de Transporte, que reglamenta las condiciones de transporte de alimentos. Los alimentos deberán ser transportados en vehículos que garanticen las adecuadas condiciones higiénico-sanitarias de éstos, asegurando que los alimentos de alto riesgo epidemiológico, como productos cárnicos y lácteos conserven la cadena de frío hasta el momento del recibo y almacenamiento, incluyendo el transporte entre el centro de producción y satélites.

Entregar Lista de proveedores con fotocopia del acta de la última visita de vigilancia y control en salud pública para fábrica de alimentos y concepto higiénico sanitario favorable. 2.1.12 Personal

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 83 de 108

Las personas encargadas de la manipulación de los alimentos tengan actualizados los certificados de salud y de capacitación en Manipulación de Alimentos expedidos por los organismos de salud o la autoridad competente en el ámbito local. El personal debe estar debidamente uniformado para la prestación del servicio en impecable presentación personal. El operador debe contar con programa de higiene para el personal y velar por su estricto cumplimiento. Todo el personal debe contar con sus Elementos de Protección Personal y Dotación completa acorde a la labor que realice. El personal debe ejecutar estrictamente las labores asignadas. El personal debe conocer y aplicar estrictamente el programa de higiene personal establecido. El personal debe presentar buenas relaciones interpersonales así como acatar las normas de convivencia establecidas por la Universidad Nacional de Colombia. 2.1.13 Proveedores Informar por escrito el listado de Proveedores de sus productos con sus respectivas marcas y copias de registro sanitario vigente. El operador realizará la el trámite correspondiente para el permiso de ingreso de sus proveedores y otros medios de transporte al campus acorde a los requisitos establecidos en el procedimiento establecido de la Universidad notificando e informando al Interventor sobre los mismos por correo electrónico y el sistema de información definido para tal fin. Garantizar que los vehículos que utilice para el transporte de alimentos cumplan con lo establecido en la Resolución 002505 de septiembre de 2004 del Ministerio de Transporte, que reglamenta las condiciones de transporte de alimentos. Los alimentos deberán ser transportados en vehículos que garanticen las adecuadas condiciones higiénico-sanitarias de éstos, asegurando que los alimentos de alto riesgo epidemiológico, como productos cárnicos y lácteos conserven la cadena de frío hasta el momento del recibo y almacenamiento, incluyendo el transporte entre el centro de producción y satélites.

Entregar Lista de proveedores con fotocopia del acta de la última visita de vigilancia y control en salud pública para fábrica de alimentos y concepto higiénico sanitario favorable. 2.1.14 Prevención de la Contaminación

El operador deberá implementar controles que minimicen y eliminen el riesgo de contaminación por manipulación, operación, transporte, equipos, utensilios, cambios de temperaturas, almacenamiento, preparación y servido. 2.1.15 Preparación de Alimentos Para la preparación de alimentos el operador debe tener en cuenta que debe:

Aplicar procedimientos para el pre alistamiento de materias primas que incluyan el proceso de limpieza y desinfección acorde a las fichas técnicas establecidas para tal fin.

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 84 de 108

3. ANEXO TECNICO COMPONENTE DE CALIDAD EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO 3.1 CONDICIONES DE SERVICIO A IMPLEMENTAR 3.1.1. Protocolo de atención al usuario El operador debe implementar el protocolo de atención al usuario aceptado por la Universidad Nacional de Colombia en la prestación del servicio en todas las cafeterías asignadas. 3.1.1.2 Satisfacción del usuario Se deben efectuar al menos dos mediciones de satisfacción a los usuarios durante el periodo académico y pactar plan de mejoramiento acorde a los resultados obtenidos con la Dirección de Bienestar. 3.1.1.3 Sugerencias, quejas y reclamos Se debe implementar un sistema de recepción y respuesta para las sugerencias, quejas y reclamos por parte de los usuarios en un sitio visible en las cafeterías. 3.1.1.4 Precios El operador debe publicar los servicios, productos y precios pactados en las instalaciones de las cafeterías. 3.1.1.5 Horario El operador debe dar cumplimiento a cabalidad en los horarios pactados, y en todo caso, acatar las directrices de la Universidad que modifiquen los horarios. 3.1.1.6 Productos Durante la ejecución del Contrato la ESAL debe mantener las opciones de marcas presentadas en la propuesta y deberá tener disponible las fichas técnicas de cada producto, para verificación por parte de la interventoría en caso de ser necesario el cambio de marca o de proveedor se debe informar a la interventoría. 3.1.1.7 Personal El operador debe suministrar el personal pactado.

En Centros de Producción:

- Coordinador Administrativo(1)

- Nutricionista(1)

- Jefe de Cocina(1)

- Operador(Por cada 75 usuarios1 Operador)

- Cajero(1)

- Auxiliar(1)

En Satélites:

- Cajero(1)

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 85 de 108

- Auxiliar(1)

- Operador(2)

El operador deberá contar con un profesional en Nutrición de dedicación exclusiva para la

implementación del Programa de Vigilancia Nutricional y el Programa Educativo pactado.

Nota: El operador debe tener en cuenta que para la prestación del servicio puede contar con dos turnos

de trabajo.

3.1.1.8 Documentación

Contar en sitio con un archivo debidamente organizado y actualizado donde reposen los registros

relacionados con: Documentos del personal, Registros de cumplimiento del plan de saneamiento básico,

Registros de control relacionados a toma de peso, temperaturas, control de ingreso y salida de materias

primas, control de residuos sólidos, capacitaciones y prácticas de BPM del personal, evidencia de

ejecución de plan de mantenimiento.

3.1.1.9 Especificaciones de servido a) Garantizar le montaje de las mesas previa antelación al horario establecido. b) Asegurar que todas las preparaciones cumplan con las características óptimas de olor, color,

sabor, textura y apariencia. Para evaluar estos aspectos, el proponente deberá incluir preparaciones sin ningún costo para efectos de control por parte de la Interventoría.

c) De manera continua durante la prestación del servicio la limpieza de las mesas e instalaciones. d) Cuando se presenten cambios en el personal o se realicen intercambios en la minuta establecida

estos deben ser notificados con al supervisor/interventor del contrato antes de 24 horas por medio del correo definido para tal fin o por medio escrito

e) Uniformar a su personal, diferenciando los cargos. La presentación del uniforme será excelente, lo que será verificado por la Interventoría; éste debe permanecer completo, limpio y con identificación visible del empleado, principalmente para el personal de distribución y atención al usuario, además debe estar regido por la normatividad vigente. No se permite uniformes en colores oscuros.

f) Presentar la bandeja de manera uniforme y de aspecto agradable a la vista, los elementos que constituyen la bandeja debe estar en perfecto estado y su material debe cumplir las siguientes características: a) Bandeja de acero inoxidable o plástica, b) Servilletas suficientes c) Vajilla de loza, no se permiten piezas incompletas o despicadas, d) Cubiertos de acero inoxidable: (cuchara, tenedor, cuchillo, cucharita postrera), e) Vaso desechable.

g) Implementar diferentes alternativas de empaque para los satélites amigables con el medio ambiente.

h) Todos los recipientes deben tener una capacidad acorde con los tamaños de porciones solicitadas. i) La distribución del servicio será mediante fila atendida. El operador debe garantizar eficiencia en

el ritmo para la distribución del servicio, con un rango no menor de seis (6) personas por minuto; así mismo distribuirá la alimentación en empaques desechables al personal que no puede, por razón del oficio, desplazarse hasta el restaurante (la ensalada debe ir en empaque desechable individual, se evitará en lo posible el uso de icopor por sus implicaciones ambientales.

j) La ración preparada será ofrecida en óptimas condiciones de presentación y calidad. k) El contratista suministrará la vajilla e implementos necesarios y hará reposición permanente de

ella para garantizar su cantidad.

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 86 de 108

l) Si se generan sobras deben ser retiradas diariamente del restaurante, se debe garantizar que se mantenga la higiene en los recipientes y áreas de recolección de sobras, de acuerdo a las normas establecidas.

m) Suministrar escabiladeros necesarios para la disposición del menaje utilizado en buen estado, en condiciones de limpieza y desinfección, estos deben ser ubicados en el lugar adecuado y señalizado para tal fin.

n) La Zona de Servicio debe asegurar que los alimentos no están expuestos directamente o se contaminen debe haber una clara separación entre alimentos preparados y el usuario.

4. ANEXO TÉCNICO COMPONENTE EDUCACIÓN Y COMUNICACIÓN

4.1 Programa de Educación y Comunicación

Se deberá implementar el programa de educación y comunicación enfocado a promover hábitos saludables en la comunidad universitaria acorde a los medios de comunicación pactados y puesta en marcha de puntos saludables en las cafeterías asignadas.

5. ANEXO COMPONENTE VIGILANCIA NUTRICIONAL

5.1 Programa de Vigilancia Nutricional

El operador deberá implementar de manera complementaria al componente nutricional el programa de Vigilancia Nutricional a través de una profesional en Nutricional con dedicación exclusiva para el desarrollo de la misma.

5.2 Objetivo Establecer un programa de seguimiento y vigilancia nutricional a los beneficiarios del servicio de apoyo alimentario.

Objetivos Específicos

Establecer el perfil nutricional de la población beneficiaria del servicio de apoyo alimentario.

Identificar y determinar las características de la población objeto, determinando perfil nutricional y factores de riesgo asociados.

Determinar el impacto a nivel nutricional del modelo actual del bono de apoyo alimentario en los beneficiarios.

Garantizar el enlace entre la vigilancia y el proceso de toma de decisiones para la prevención y control de las problemáticas nutricionales de la población objeto.

5.3 Componentes

Evaluación Antropométrica:

Toma de parámetros antropométricos (peso, talla, IMC, componentes corporales (%grasa, % musculo))

Diagnostico Nutricional :

El diagnostico nutricional se efectuará bajo los parámetros establecidos por el profesional en nutrición, quien a partir del análisis de los datos obtenidos más un diagnóstico del actual perfil nutricional del individuo podrá arrojar un concepto inicial del estado nutricional de cada uno de los beneficiarios.

Intervención

De acuerdo al diagnóstico nutricional se ejecutará un plan de manejo individualizado para los casos que así lo requieran

Seguimiento

El seguimiento de los parámetros antropométricos se efectuará 3 veces durante el periodo académico organizado de la siguiente manera (dx inicial, evaluación inter-semestral, dx final) esto con el fin de trazar una línea de seguimiento al proceso.

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 87 de 108

5.4 Medición de la implementación del Programa El operador deberá presentar informes de gestión relacionados con los resultados de la implementación del programa de manera mensual como soporte a la facturación.

6. ANEXO TÉCNICO COMPONENTE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN

La Universidad Nacional de Colombia como entidad contratante acorde a de manual de convenios y contratos establece como mecanismos de seguimiento y control a los contratos la realización de supervisiones e interventorías a las obligaciones contractuales en términos legales, financieros, técnicos y administrativos con el fin de verificar y evaluar su cumplimiento por parte del operador.

a) La Universidad podrá delegar un tercero para la realización de las interventorías, el delegado como supervisor a nivel interno se informará mediante comunicado oficial.

b) El contratante deberá permitir la realización de revisiones e inspecciones cuando la Universidad así lo requiera sin previo aviso, así como facilitar el acceso a información y/o documentación relacionada y delegar alguno de sus empleados para la recepción de las mismas.

c) La Universidad podrá solicitar a entes de control la evaluación del cumplimiento de las condiciones higiénicas sanitarias y de calidad microbiológica de los alimentos cuando así lo requiera.

d) En caso de hallarse algún incumplimiento parcial de un requisito se procederá a pactar las acciones preventivas o los controles a incorporar acorde a plan de mejoramiento pactado no máximo a 15 días.

e) En caso de hallarse un incumplimiento total o situación que atente contra la integridad de la Comunidad Universitaria se procederá a tomar las acciones correctivas del caso acorde al plan de mejoramiento pactado.

f) En caso que esta situación sea reiterativa por más de dos veces se hará efectiva la póliza establecida. g) La Universidad comunicará los resultados de cada inspección y/o visita mediante informe escrito al

operador con el fin de pactar los planes de mejoramiento que apliquen con un máximo de 15 días para su cumplimiento por parte del operador,

h) En caso de presentarse sugerencias estas deben ser acatadas por el operador. i) El cumplimiento del Plan de Mejoramiento será requisito para la emisión de certificaciones de pago. j) Cuando se presenten cambios en el personal o se realicen intercambios en la minuta establecida estos

deben ser notificados con 24 horas de anticipación al supervisor/interventor del contrato. k) El concepto sanitario favorable por parte de la Secretaria Distrital de Salud, no exime al operador de la

revisión de las condiciones higiénico sanitarias por parte de la Interventoría l) El operador debe informar por escrito las eventualidades presentadas. m) El operador podrá presentar Novedades y requerimientos a través del correo definido para tal fin. n) El operador debe contar en sitio con un archivo debidamente organizado y actualizado donde reposen

los registros relacionados con: Plan de Saneamiento Básico, Toma de Temperaturas, Control ingreso y salida de materias primas, Evidencia de ejecución de plan de mantenimiento, Control de Residuos y Control del personal.

o) El interventor podrá realizar evaluaciones de tipo documental, por indagación y entrevistas, de los procesos y procedimientos, evaluación cuantitativa y cualitativa, así como la toma de registros cuando sea necesario.

p) Los aspectos mínimos a evaluar en cada una de las caferías son:

I. Orden y aseo II. Limpieza y desinfección(áreas, equipos, utensilios) III. Uso de EPP IV. Disposición de residuos sólidos V. Almacenamiento productos VI. Recepción de materia prima VII. Transporte de Alimentos VIII. Entrega de Alimentos IX. Control proveedores

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 88 de 108

X. Estado y Mantenimiento equipos XI. Conservación de alimentos XII. Resultados análisis microbiológicos XIII. Etiquetado de productos XIV. Control de plagas XV. Manejo sustancias químicas XVI. Control del agua XVII. Validación procedimiento desinfección XVIII. Registros capacitación XIX. Registros control de temperaturas XX. Registros control personal XXI. Cumplimiento Minuta XXII. Características Organolépticas XXIII. Gramaje de alimentos XXIV. Volumen de sopa/jugo XXV. Cumplimiento Horario XXVI. Servicio preparado XXVII. Publicación minuta

XXVIII. Publicación precios XXIX. Cumplimiento oferta otros productos XXX. Cumplimiento precios XXXI. Estado del menaje XXXII. Personal requerido

XXXIII. Condiciones de suministro XXXIV. Control de calidad microbiológico XXXV. Gestión de quejas y reclamos XXXVI. Aplicación del Modelo de Servicio XXXVII. Implementación del Modelo Educativo. XXXVIII. Implementación del Programa de Vigilancia Nutricional XXXIX. Publicación de piezas

XL. Punto saludable XLI. Pólizas al día XLII. Informes de ejecución contractual XLIII. Documentos al día parafiscales XLIV. Pago otras obligaciones XLV. Pagos realizados

7. ANEXO SISTEMA DE GESTIÓN AMBIENTAL Gestión de Residuos Sólidos: El operador debe realizar una caracterización de los residuos que genera, así mismo realizar su recolección, manejo interno, clasificación y transporte acogiendo las orientaciones dadas por la UN, también debe provisionar las canecas plásticas necesarias debidamente aseadas, tapadas y con su respectiva bolsa plástica, acorde a las siguientes especificaciones : Recipiente Gris Papel y Cartón, Recipiente Azul Plástico, Vidrio, Metal y tetra pack, Recipiente Verde residuos ordinarios e inertes, Recipiente crema Residuos Orgánicos.

El lugar destinado para el almacenamiento temporal de basuras, deberá cumplir con las siguientes condiciones técnicas:

a) Si es un cuarto de basuras debe estar protegido del sol y la lluvia, hermético, con recubrimiento liso y no absorbente para su higienización.

b) Incluir la debida señalización del lugar.

c) Designar al personal exclusivo para la gestión de los mismos dotándolo de los Elementos de protección personal requeridos.

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 89 de 108

d) Si el lugar para el almacenamiento temporal de residuos en un patio o espacio, pero se debe asegurar que no quede a la intemperie, se deberá garantizar la higienización y se mantendrá en orden y limpieza.

e) No se podrá almacenar o apilar bolsas de basura o cualquier otro elemento en el área destinada para las basuras.

f) No se podrá usar las canastillas o contenedores comunitarios para recolección de basuras que se encuentran en las aceras, como espacio de almacenamiento de basuras.

g) El lugar para el almacenamiento de basuras no podrá ser ubicado en el área de cocina, comedor ó almacén de alimentos.

h) Las canecas deben ser sujeto de lavado y desinfección acorde a procedimiento establecido.

i) En caso de generar residuos peligrosos debe asegurarse de su adecuada disposición ya sea a través de su proveedor o definir su disposición a través del apoyo del área de gestión ambiental.

j) El operador debe acogerse a las frecuencias y condiciones de recolección establecidas por la UN. k) El operador deberá acoger prácticas relacionadas con el ahorro y uso eficiente del agua y energía

eléctrica, así como de reciclaje. l) El operador debe contar una guía y/o procedimiento que indique el manejo de las sustancias

químicas empleadas, las cuales deben estar debidamente etiquetadas, almacenadas y con su respectiva hoja de seguridad.

m) En caso de una Emergencias ambiental (Derrame, Fuga de Gas, Fuga de Agua) esta debe ser reportada de manera inmediata al interventor.

n) El Sistema de Gestión Ambiental podrá verificar mediante delegado el cumplimiento del Programa de Limpieza y Desinfección existente, el programa de gestión de residuos y el programa de control de plagas en conjunto con las especificaciones anteriormente citadas acorde a los procedimientos presentados por el operador.

o) El Sistema de Gestión Ambiental tendrá la responsabilidad de brindar asesoría y capacitación a los operadores en los temas relacionados.

p) Teniendo en cuenta la inexistencia de un lineamiento para el manejo del gas propano, es importante definir las condiciones de manejo y seguridad a aplicar. I. Los cilindros deberán ser instalados en un lugar ventilado y debe protegerse de personas o

agentes extraños que puedan causar indebida manipulación, es vital proteger los tanques del acceso de niños.

II. La instalación deberá contar con una válvula reguladora acorde a la capacidad de los tanques.

III. La manguera a usar deberá ser manguera blindada en acero o alma de acero flexible de alta presión, generalmente se consigue fácilmente en el comercio con recubrimiento plástico de color amarillo especial para este fin y la presión de resistencia es cercano a 200 PSI.

IV. Queda totalmente prohibido usar otro tipo de manguera plástica, como es la manguera de color azul o similar.

V. Puede usarse igualmente tubería rígida de cobre para instalaciones de gas.

VI. Las instalaciones de las tuberías de gas se deberán hacer a la vista.

VII. Cerca de la instalación de gas propano se deberá contar con un extintor de polvo químico de 20 libras como mínimo.

8. ANEXO SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL El operador debe dar cumplimiento a cabalidad al Manual HSE de la Universidad Nacional de Colombia el cual establece las condiciones y requisitos en materia de seguridad y salud ocupacional a cumplir:

a) El contratista persona jurídica debe suministrar los datos de identificación y teléfonos de contacto de la persona encargada del programa de Salud Ocupacional en la empresa (nombre, documento de identificación, profesión) y copia de Resolución de prestación de Servicios de Salud Ocupacional. (Resolución 7515/90).

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 90 de 108

b) Certificación en la cual conste que cuenta con políticas escritas de salud ocupacional, seguridad y medio ambiente, encaminadas a la prevención de accidentes de trabajo, enfermedades profesionales, preservación del medio ambiente, promoción y protección de la salud de todos los trabajadores de la empresa contratista que prestará los servicios a la Universidad y de sus subcontratistas sin importar la relación contractual que posean. La certificación se encuentra suscrita por el representante legal de la empresa contratista.

c) El contratista debe contar con un programa que incluya los lineamientos de ley, incluyendo protocolos para atender una emergencia, atención, reporte e investigación de accidentes.

d) El contratista debe implementar la señalización y demarcaciones necesarias relacionadas a emergencias en la cafetería o restaurante asignado.

e) Ubicar, revisar y mantener en las áreas extintores en número y cantidad de acuerdo con la carga combustible y botiquín para primeros auxilios.

f) El personal que manipule alimentos debe contar con Carné de Manipulación de Alimentos vigente expedido por entidad correspondiente.

g) Tener disponible copia de los carné de vacunación de todos sus trabajadores y/o subcontratistas que incluyan vacunas contra Tétanos y Hepatitis B.

h) El contratista persona jurídica debe entregar copia de los formularios de pago de EPS, AFP Y ARL del personal que desarrollará actividades en la Universidad. En caso de que tenga subcontratistas que no se encuentren afiliados a ARP deben tramitar y anexar una póliza de seguro contra accidentes.

i) El contratista persona jurídica debe presentar la identificación de peligros generados por cada una de las actividades a realizar y las medidas que se tendrán para controlar y /o minimizar el impacto que esos riesgos generen para sus trabajadores, subcontratistas, el personal de la Universidad, los demás contratistas y los visitantes de la misma con el fin de establecer los controles necesarios y mitigar el impacto de los mismos.

j) Todos los contratistas, sus trabajadores y subcontratistas deben conocer todas las instrucciones y estar capacitados en la actividad que van a realizar y en el cuidado y uso de los equipos de seguridad utilizados.

k) El contratista persona jurídica y natural debe entregar una lista de los Elementos de Protección Personal (EPP) que él, sus trabajadores o subcontratistas utilizarán durante la ejecución del contrato u orden contractual de acuerdo con las actividades a desarrollar y los factores de riesgo a los que se encontrarán expuestos. Estos elementos deben cumplir con las normas técnicas NTC, NIOSH para equipo de protección respiratoria y ANSI para los demás equipos de protección personal. (Ley 9 de 1979).

l) El contratista persona natural o jurídica debe mantener actualizadas las actas de entrega y reposición de Elementos de Protección Personal (EPP), de acuerdo con las actividades a desempeñar en la Universidad, estas deben estar firmadas por sus trabajadores y/o subcontratistas que requieran de EPP.

m) El contratista persona natural o jurídica debe expedir a sus trabajadores y/o subcontratistas el permiso de trabajo correspondiente para realizar actividades con alto potencial de riesgo, si el contratista persona natural no tiene personas a cargo debe aplicar una lista de chequeo que garantice que cumple con las normas de seguridad para realizar la actividad de alto riesgo.

n) El contratista persona natural o jurídica deberá suministrar o exigir el equipo de protección necesario, de acuerdo con la identificación de peligros, para el ingreso de visitantes a las áreas.

o) El contratista persona natural o jurídica debe mantener actualizados los documentos solicitados en los diferentes numerales.

p) Garantizar condiciones seguras para sus trabajadores y subcontratistas. El contratista debe facilitar:

a) Listado de nombres y números de cédula de trabajadores del contratista y sus subcontratistas. b) El contratista notifica al interventor del contrato o de la orden contractual cada vez que se

presentan cambios en el personal relacionado.

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 91 de 108

c) El contratista realiza para sus trabajadores y exige para sus subcontratistas los pagos correspondientes de seguridad social tal y como lo exige la ley, los cuales serán sujetos de verificación por parte de la Supervisión o Interventoría.

d) Todas las personas que realizan actividades para la empresa contratista portan el carné de afiliación a EPS, ARL (si está afiliado), Cédula de Ciudadanía y Carné de Identificación de la empresa contratista a la que pertenece.

e) El contratista inspecciona y mantiene el inventario suficiente de EPP para reemplazarlos en caso de deterioro o pérdida.

f) En caso de accidente de trabajo el contratista posee un procedimiento para garantizar el traslado y la atención inmediata del accidentado.

g) El contratista realiza y mantiene actualizadas las estadísticas de accidentes que se produzcan en el desarrollo de actividades en la Universidad.

h) Las estadísticas de accidente contemplan mínimo: *Número de accidentes ocurridos en el mes *Días de incapacidad por accidente causados en el mes *Tipo de accidente (caídas, golpes, etc.,) *Causas de los accidentes *Medidas correctivas tomadas.

i) Si no se presentan accidentes, el Contratista, mensualmente así lo certificará. j) El contratista realiza investigación de los accidentes y genera acciones para atacar las causas

básicas y evitar que estos se repitan. k) El contratista mantiene los equipos de emergencias como extintores, gabinetes contra incendio,

hidrantes entre otros, libres de obstáculos., disponibles y en buen estado. l) En caso de emergencia acatan las orientaciones dadas por el funcionario de la Universidad y la

señalización de emergencia. m) El contratista realiza capacitaciones y entrenamientos para evitar accidentes y enfermedades

profesionales para sus trabajadores y subcontratistas n) Cumplir con los requisitos que le apliquen contemplados en el presente documento, para esto

puede apoyarse en las listas de chequeo para la verificación de requerimientos, anexas. o) Acatar las modificaciones o sugerencias de seguridad dadas por el interventor, a los

procedimientos o las actividades que adelante, cuando existan condiciones inseguras para el contratista, sus trabajadores, subcontratistas o para la comunidad universitaria.

p) En caso de que el interventor y/o supervisor notifique por escrito situaciones anormales relacionadas con seguridad, salud ocupacional y ambiente, el contratista debe comprometerse por escrito a solucionar lo pertinente en el plazo que se le establezca. El cual para entrega o reposición de elementos de protección personal y dotación de seguridad debe ser máximo de 24 horas.

Son obligaciones del interventor asignado por la Universidad

a) Realizar inspecciones técnicas con el fin de verificar el cumplimiento de los requerimientos establecidos en el presente documento, para lo cual debe utilizar las listas de chequeo para la verificación de requerimientos que se encuentran en los anexos.

b) Comunicar al contratista por escrito de manera oportuna los hallazgos que requieran solución y que hayan sido identificados por él o la División Nacional de Salud Ocupacional o quien haga sus veces en cada Sede, determinando el plazo que este tiene para resolverlos.

c) Conservar los documentos relacionados con seguridad y salud ocupacional de contratistas durante mínimo tres (3) años, a partir de la fecha de terminación del contrato u orden contractual.

9. ANEXO VIGILANCIA Y SEGURIDAD Teniendo en cuenta los lineamientos institucionales existentes en materia de Seguridad y Vigilancia los operadores deben acogerse a las especificaciones relacionadas en el “Protocolo de seguridad para cafeterías al interior del Campus de la Universidad Nacional de Colombia”, el cual se relaciona a continuación:

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 92 de 108

9.1 Introducción En vista de que la institución cuenta con varias cafeterías al interior de la Universidad para el uso de la comunidad universitaria, la División de Vigilancia emite el siguiente protocolo de seguridad para que los contratistas de dichas cafeterías acaten las normas de seguridad que la DVS en tal sentido.

9.2 Seguridad en la cafetería Cada contratista debe generar las políticas de seguridad al interior de la misma, con las herramientas que se consideren necesarias como instalar servicios de vigilancia humana, cámaras o alarmas, contar con caja fuerte blindada y será el responsable de los elementos de su propiedad que utilice para el desarrollo de sus labores al interior del Campus, la División de Vigilancia y Seguridad no se hace responsable por elementos de terceros. Cualquier anomalía o presencia de personas sospechosas al interior de estos sitios la pueden informar de inmediato a la extensión 88888, al Centro de Control 18506, a la Coordinación Operativa 28189, a la Oficina D.V.S 20030 o a los correos [email protected], [email protected], y al celular 3183228473.

9.3 Ingreso y salida de proveedores La División de Vigilancia y Seguridad de la Universidad Nacional requiere que los vehículos de proveedores que ingresen a dejar productos cumplan con las siguientes políticas de seguridad. El horario de ingreso de vehículos proveedores será de lunes a viernes de 6 am a 10 a, presentando sin excepción el respectivo permiso, por la portería de la calle 53, lugar por donde deben salir. Deben portar la identificación en el vidrio frontal de cada vehículo, autorizada por la Dirección de Bienestar Universitario y avalada por la D.V.S. Los proveedores no pueden realizar ventas a personas o particulares ni a las ventas ambulantes, de lo contrario le será suspendida de forma definitiva el permiso de ingreso. Únicamente proveerán a las cafeterías autorizadas,

9.4 Horarios El interventor de las cafeterías deberá informar a la División de Vigilancia y Seguridad los horarios y actividades desarrolladas por las cafeterías que deben coincidir con la jornada académica y lo establecido en los contratos.

9.5 Comunicación y coordinación El interventor de las cafeterías, debe mantener comunicación constante con la División de Vigilancia y Seguridad, para coordinar las actividades que se generen del desarrollo de la actividad y estarán atentos a las sugerencias de la D.V.S.

9.6 Orden público y evacuación En los eventos de alteración del orden público al interior del Campus, la División de Vigilancia y Seguridad informará al interventor o administrador de las cafeterías, las medidas a tomar para prevenir riesgos con el personal que se encuentra en las instalaciones, y si se debe realizar la evacuación de la misma como el Campus es importante acatar esta directriz.

10. ANEXO MANTENIMIENTO

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 93 de 108

a) El operador debe velar por el mantenimiento de las áreas internas y externas de la cafetería/restaurante asignado aplicando los protocolos existentes de limpieza, aseo y desinfección incluyendo paredes, puertas, ventanas, pisos, mesones, baños, alacena, almacén. Sillas, mesas y corredores aledaños.

b) El contratista debe contar con un programa de mantenimiento preventivo y correctivo de sus equipos y mobiliario que garanticen su óptimo funcionamiento el cual estará sujeto a verificación de cumplimiento por parte de la Supervisión designada de la Universidad Nacional.

c) El contratista debe garantizar el buen estado y óptimo funcionamiento de todos los equipos, mobiliario, muebles y enseres relacionados con la prestación del servicio.

d) En caso que se presentarse una falla eléctrica, hidráulica o de infraestructura en la instalación ésta debe reportase al interventor y al supervisor designado del contrato por escrito de manera inmediata, quien informará al área de Sección de Mantenimiento acorde al sistema de información y comunicación establecido por la Universidad.

e) En caso de presentarse alguna situación que afecte la calidad del servicio y la seguridad de los usuarios debido a falta de mantenimiento, a existencia de condiciones inseguras en equipos o mobiliario se hará efectiva la póliza de responsabilidad civil existente.

f) Previo al inicio de la operación de las cafeterías o restaurantes asignados la Sección de Mantenimiento y la División de Recursos Físicos debe asegurar la disponibilidad de las instalaciones en términos de suministro de agua, instalaciones eléctricas y otros relacionados y realizar acta de entrega al operador correspondiente.

10.1 RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE

El régimen jurídico aplicable a la presente invitación y al contrato que de ella se derive, será el previsto en las disposiciones contempladas en la Constitución Política, la Ley 80 de 1993, modificada por la Ley 1150 de 2007, el Decreto 777 de 1992; el Decreto 2170 de 2002, y demás concordantes o complementarias; para aquellos aspectos no regulados en las normas anteriores se aplicará el Decreto Distrital 854 de 2001 y las demás normas pertinentes. Para los aspectos técnicos de la presente invitación, existen normas que son de obligatoria aplicación las cuales son la Ley 09 de 1979 Código Nacional Sanitario y su reglamentario el Decreto 3075 de 1997. Igualmente serán de obligatorio el cumplimiento las disposiciones compiladas en el marco normativo aplicable al modelo de gestión alimentaria de los expendios de alimentos del campus Sede Bogotá, entre otras Decreto 1500 de 1997 relacionada con el manejo de productos cárnicos, Acuerdo 79 de 2003 Código de Policía, Decreto –Ley 019 de 2012, Resolución 2674 de 2013 del Ministerio de Salud y Protección Social, Resolución 2005 de 2004 del Ministerio de Transporte, Decreto 561 de 1998 relacionado con el transporte de pesca, Decreto 616 de 2006 relacionado con el trasporte de leche, Decreto Nacional 1713 de 2002 y el Decreto Distrital 312 de 2006. También tendrán aplicación las normas legales que se dicten en materia de contratación durante el desarrollo de la misma y que deban empezar a regir durante la vigencia de la misma, con las excepciones que al respecto se determinen y las que se desprendan de las normas generales sobre vigencia de normas.

Tabla anexa 1. Listado de productos mínimos a ofrecer con precios máximos de venta

Servicio Valor máximo

Desayuno 2.000 pesos

Almuerzo 4.000 pesos

Menús adicionales (numeral 7.1.1.9) 8.000 pesos

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 94 de 108

Producto precio máximo(pesos colombianos por unidad)

Presentación

Sándwich 2800 Unidad

Ensalada de Frutas 3000 Unidad

Ensalada de Vegetales 3500 Unidad

Porciones de Fruta fresca 1000 Unidad

Arepa 1500 150 g

Empanada 1200 100 g

Pastel 1700 200 g

Panzerotti 2000 200 g

Cereal con yogurt 2500 Unidad

Croissant 1500 Unidad

Torta 1500 Unidad

Buñuelo 1300 Unidad

Almojábana 1500 Unidad

Pandeyuca 1500 Unidad

Piragua 1900 Unidad

Palito de Queso 1200 Unidad

Papa rellena 1400 Unidad

Mantecada 1000 Unidad

Donut 700 Unidad

BEBIDAS precio máximo Presentación

Avena 1800 250 ml

Yogurt 1800 250 ml

Bonyurt 2000 250 ml

Kumis 1800 250 ml

Avena, Kumis y Yogurt Casero 1400 300 ml

Café 1200 7 onzas

Milo 1700 9 onzas

Jugos naturales (agua) 1500 7 onzas

Jugos naturales (leche) 1800 7 onzas

Jugos procesados(caja) 1400 400 cc

Jugos procesados(botella) 1800 600 cc

Té Helado 2200 500 ml

Agua mineral 1800 600 ml

Tinto 600 7 onzas

Cappuccino 2000 7 onzas

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 95 de 108

Perico 800 7 onzas

agua de panela 800 7 onzas

aromática 700 7 onzas

Agua botella 1500 600 ml

Comidas Rápidas precio máximo Presentación

Hamburguesa 4000 Unidad

Perro Caliente 4000 Unidad

Pizza 3000 Unidad

snacks precio máximo Presentación

Chocorramo 900 70 gr

Brownie 1600 80 gr

Ponque Gala 800 63 gr

Galletas

tosh 500 paquete

finess 700 paquete

club social 600 paquete

festival 500 paquete

ritz 900 paquete

Galletas Mamut 800 paquete

Galletas Ducales 800 paquete

Galletas individual Dux 600 paquete

Galleta Quaker 800 paquete

Productos de paquete

De todito 1300 45g

Papas Fritas sabores surtidos 1100 25 g

Doritos 1500 40 Gr

Maizitos 600 33 g

Tostacos 600 33 g

Platanito 1200 40 gr

Natuchips 1500 40 gr

Rosquitas 1000 40 gr

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 96 de 108

FORMULARIO No. 1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA Bogotá D.C., [día] de [mes] de [año] Señores UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA Ciudad. Referencia: Invitación Publica dirigida a Entidades sin Ánimo de Lucro, para LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACION DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA. El (Los) suscrito (s) [xxx nombre del PROPONENTE xxx], de acuerdo con las condiciones que se estipulan en el presente pliego de condiciones, presento la siguiente oferta para participar en la convocatoria referenciada, y en caso de que la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA me asigne el Contrato, objeto de la presente Convocatoria, me comprometo a suscribirla en los términos aquí establecidos. Declaro así mismo: 1. Que esta y el Contrato que llegare a celebrarse solo compromete al y/o a los aquí firmantes. 2. Que ninguna entidad o persona distinta de los firmantes tienen interés comercial en esta oferta ni en

el Contrato que de ella se derive. 3. Que conozco la información general y especial y demás documentos del pliego de condiciones y

aceptamos los requisitos en ellos contenidos. 4. Que hemos recibido las siguientes adendas (si las hubo) y aceptamos su contenido:

Adenda No. _____ De fecha ___________________ Adenda No. _____ De fecha ___________________ Adenda No. _____ De fecha ___________________

5. Que hemos recibido las siguientes informaciones sobre preguntas y respuestas (si las hubo) y aceptamos su contenido:

Información sobre preguntas y respuestas No. _____ De fecha __________ Información sobre preguntas y respuestas No. _____ De fecha __________ Información sobre preguntas y respuestas No. _____ De fecha __________

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 97 de 108

6. Que me comprometo a prestar el servicio de conformidad con lo solicitado en el presente pliego de condiciones, a partir del cumplimiento de todos los requisitos de perfeccionamiento, legalización y ejecución del respectivo Contrato, y hasta el 28 de febrero de 2011.

7. Que si mi oferta es seleccionada, me comprometo a aportar los documentos requeridos para la elaboración, suscripción y legalización del Contrato, dentro de los términos señalados para ello.

8. Que no me encuentro incurso en causal alguna de inhabilidad e incompatibilidad de las señaladas en la ley y la Constitución Política y no me encuentro en ninguno de los eventos de prohibiciones especiales para contratar con entidades públicas.

9. Que la vigencia de nuestra oferta es (# de días) días calendario contados a partir de la fecha de cierre de la presente convocatoria.

10. Que la siguiente oferta consta de [número de folios] folios debidamente numerados. Cordialmente, ___________________________ Firma Representante Legal Nombre del Representante Legal: [ ] Cédula de Ciudadanía del Representante Legal No. [ ] De [ ] Nombre o Razón Social del PROPONENTE: [ ] NIT del PROPONENTE: [ ] Dirección: [ ] Ciudad: [ ] Teléfono: [ ] Fax: [ ] Correo Electrónico: [ @ ] NOTA: Ninguna estipulación de esta Carta de Presentación, reemplaza la información o documentación exigida en el pliego de condiciones. (Fin Formato No. 1)

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 98 de 108

FORMULARIO 2

INFORMACIÓN FINANCIERA AÑO 2013 (Incluir Información del Balance General) RAZÓN SOCIAL NIT PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN (U.T.)

DESCRIPCIÓN CUENTA Proponente

ACTIVO

ACTIVO CORRIENTE

Disponible

Inversiones

Clientes Cuentas por cobrar a vinculados económicos

Cuentas por cobrar a socios y accionistas

Anticipos y avances

Préstamos a Particulares

Depósitos

Ingresos por cobrar

Retención sobre contratos Anticipo de impuestos y contribuciones o saldos a favor

Cuentas por cobrar a trabajadores

Reembolsos

Deudores varios

Inventarios

Gastos pagados por anticipado

Cargos diferidos

TOTAL ACTIVO CORRIENTE

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 99 de 108

Propiedad, Planta y Equipo

Otros Activos no Corrientes

TOTAL ACTIVO NO CORRIENTE

TOTAL ACTIVO

PASIVO

PASIVO CORRIENTE

Bancos nacionales

Proveedores Nacionales

Cuentas por Pagar

Retención en la fuente

Impuestos retenidos

Retenciones y aportes de nomina

Impuesto de renta y complementarios

Impuesto sobre las ventas por pagar

De industria y comercio

Pasivos Estimados

Salarios por pagar

Diferidos

Otros Pasivos

TOTAL PASIVO CORRIENTE

Obligaciones Financieras

Cuentas por Pagar

Otros Pasivos a largo plazo

TOTAL PASIVO NO CORRIENTE

TOTAL PASIVO

TOTAL PATRIMONIO

FECHA DE DILIGENCIAMIENTO : ___________________

FIRMAS

REPRESENTANTE LEGAL

REVISOR FISCAL

CONTADOR PUBLICO

C.C. No. T.P No. T.P No.

(Fin Formato 2)

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 100 de 108

FORMULARIO No. 3

CALCULO DE ÍNDICES

RAZÓN FINANCIERA FORMULA VALOR

CAPITAL DE TRABAJO Activo Corriente - (menos) Pasivo Corriente

RAZON CORRIENTE Activo Corriente / (sobre) Pasivo Corriente

ENDEUDAMIENTO

Pasivo Total / (sobre) Activo Total

FIRMAS

REPRESENTANTE LEGAL CONTADOR PUBLICO REVISOR FISCAL C.C. No. T.P No. T.P No.

(Fin Formato 3)

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 101 de 108

FORMULARIO No. 4

MODELO DE CONSTITUCIÓN DE CONSORCIO

Nosotros: A. (C1)_______________, mayor de edad, domiciliado y residente en la ciudad de _______________, identificado con la Cédula de Ciudadanía No._________________, actuando en calidad de representante legal de (nombre de la persona jurídica de acuerdo al Certificado de Existencia y Representación Legal). Y 2.1.1 B. (C2) _______________, mayor de edad, domiciliado y residente en la ciudad de _______________, identificado con la Cédula de Ciudadanía No._________________, actuando en calidad de representante legal de (nombre de la persona jurídica de acuerdo al Certificado de Existencia y Representación Legal). Hemos convenido celebrar el siguiente acuerdo constitutivo de CONSORCIO, teniendo en cuenta las siguientes,

CONSIDERACIONES:

1. Que la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA, SEDE BOGOTÁ dio apertura al proceso de contratación No xxxxxxxxxxx cuyo objeto es contratar “XXXXXXXXXXXX”, de conformidad con las especificaciones contenidas en el Pliego de Condiciones expedidos por la mencionada entidad; 2. Que el Pliego de Condiciones para el mencionado proceso permiten la participación de consorcios o uniones temporales para la presentación de propuestas; 3. Que las partes han decidido presentar una propuesta conjunta (en adelante la “propuesta”), bajo la modalidad de CONSORCIO para participar en el proceso de contratación. De acuerdo a lo anterior este acuerdo se rige por las siguientes,

CLÁUSULAS:

PRIMERA. CONSORCIO.- El objeto del presente acuerdo es constituir un consorcio entre: C1 yC2, plenamente

identificados en el encabezamiento del presente acuerdo, para participar conjuntamente en el proceso, en los plazos y condiciones requeridos en el Pliego de Condiciones y de conformidad con lo dispuesto en este documento. La integración del consorcio se refiere únicamente al desarrollo de las actividades y ejecución de los actos necesarios para la preparación y presentación de la propuesta para participar en el proceso, así como para el cumplimiento de

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 102 de 108

las obligaciones directamente emanadas de la eventual asignación, de acuerdo con los términos y condiciones del proceso, el pliego de condiciones y los términos del contrato, en caso de resultar seleccionados. Las partes acuerdan y manifiestan que el presente consorcio no constituye una persona jurídica distinta de las partes individualmente consideradas, ni sociedad de hecho, o sociedad alguna. SEGUNDA. DENOMINACIÓN DEL CONSORCIO.- El Consorcio que se constituye por este documento se denominará

para todos los efectos de la invitación y de la ejecución del contrato, en caso de resultar adjudicatario, "Consorcio _____________________". TERCERA. SOLIDARIDAD.- Las Partes reconocen la solidaridad que resulte de todas y cada una de las obligaciones

derivadas de la propuesta y del contrato que se llegare a celebrar con la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA, SEDE BOGOTÁ. CUARTA. REPRESENTACIÓN.- Las partes hemos designado como representante y vocero del Consorcio, frente a

la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA, SEDE BOGOTÁ y terceros, a _______________, mayor de edad, domiciliado y residente en la ciudad de ______________, identificado con la cédula de ciudadanía No. ___________, expedida en __________. Nuestro representante tiene todas las facultades necesarias para actuar en nombre del Consorcio y en el de cada uno de sus miembros, en los asuntos relacionados directa e indirectamente con la elaboración y presentación de la propuesta y la celebración y ejecución del contrato en el caso de que la UNIVERSIDAD seleccione la propuesta de este Consorcio. En especial tiene facultades suficientes para:

Presentar la propuesta.

Suscribir la carta de presentación de la propuesta.

Atender todos los posibles requerimientos que formule LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA, SEDE BOGOTÁ relacionados con aclaraciones a la propuesta.

Suscribir cualquier otro documento y ejecutar cualquier otro acto que se requiera para la elaboración y presentación de la propuesta, dentro de los términos y condiciones de la invitación.

Ejecutar todos los actos y suscribir todos los documentos necesarios para la ejecución del Contrato, dentro de los términos y condiciones del Pliego de Condiciones de la invitación Por el sólo hecho de la firma del presente acuerdo, el representante acepta esta designación y entiende las obligaciones que se deriva del mismo. QUINTA. EXCLUSIVIDAD.- Durante la vigencia del presente acuerdo las partes se obligan a no participar directa o

indirectamente en cualquier acto, negocio o contrato, relacionado con la presentación de otra propuesta para el proceso No CON-BOG-XXXX. SEXTA. DURACIÓN.- El Consorcio que por este acuerdo se constituye, tendrá una duración no inferior al plazo de

ejecución y liquidación del contrato y tres (3) años más. En caso que la propuesta presentada por el Consorcio no resulte favorecida, la vigencia del presente acuerdo se extinguirá de manera automática. SÉPTIMA. FACTURACIÓN: La firma que facturara a nombre del consorcio será ________________________

OCTAVA. LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE- EL presente acuerdo se rige por las leyes de la República de

Colombia. NOVENA. CESIÓN.- No podrá haber cesión de participación entre los miembros del Consorcio.

Para constancia se firma en Bogotá, D.C. a los ___ días del mes de _________ de 2013. POR POR C1 C2 Representante Legal Representante Legal Nombre: Nombre: C.C C.C

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 103 de 108

Firma: _____________________ Firma: _________________________

FIN DEL FORMULARIO No. 4 FORMULARIO No. 5

MODELO DE CONSTITUCIÓN PARA UNIÓN TEMPORAL

Nosotros: C. (U1)______________________, mayor de edad, domiciliado y residente en la ciudad de _______________, identificado con la Cédula de Ciudadanía No._________________, actuando en calidad de representante legal de (nombre de la persona jurídica de acuerdo al Certificado de Existencia y Representación Legal). Y 2.1.2 D. (U2) _______________________, mayor de edad, domiciliado y residente en la ciudad de _______________, identificado con la Cédula de Ciudadanía No._________________, actuando en calidad de representante legal de (nombre de la persona jurídica de acuerdo al Certificado de Existencia y Representación Legal). Hemos convenido celebrar el siguiente acuerdo de UNIÓN TEMPORAL, teniendo en cuenta las siguientes,

CONSIDERACIONES:

1. Que la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA, SEDE BOGOTÁ dio apertura al proceso de contratación No xxxxxxxx cuyo objeto es contratar la “XXXXXXXXXXXX”, de conformidad con las especificaciones contenidas en el Pliego de Condiciones expedidos por la mencionada entidad; 2. Que el Pliego de Condiciones para el mencionado proceso permiten la participación de consorcios o uniones temporales para la presentación de propuestas; 3. Que las Partes han decidido presentar una propuesta conjunta (en adelante la “propuesta”), bajo la modalidad de Unión Temporal para participar en la invitación; De acuerdo a lo anterior este acuerdo se rige por las siguientes,

CLÁUSULAS:

PRIMERA. UNIÓN TEMPORAL.- El objeto del presente acuerdo es constituir una Unión Temporal entre: U1 yU2,

plenamente identificados en el encabezado del presente acuerdo, para participar conjuntamente en el proceso de contratación, en los plazos y condiciones señalados en el Pliego de Condiciones y de conformidad con lo dispuesto en este documento. La integración de la Unión Temporal se refiere únicamente al desarrollo de las actividades y ejecución de los actos necesarios para la preparación y presentación de la propuesta para participar en el proceso, así como al cumplimiento de las obligaciones directamente emanadas de la eventual asignación, de acuerdo con los términos y condiciones de la invitación, el Pliego de Condiciones y el clausulado del contrato, en el evento de resultar seleccionados.

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 104 de 108

Esta Unión Temporal no constituye persona jurídica distinta de las partes individualmente consideradas, ni sociedad de hecho, o sociedad alguna. SEGUNDA: NOMBRE DE LA UNIÓN TEMPORAL.- Para todos los efectos del proceso contractual y del contrato que llegare a suscribirse en caso de resultar asignatarios, esta Unión Temporal, se denomina “U.T. _____________”. TERCERA. SOLIDARIDAD.- Las partes reconocemos la solidaridad que resulte de todas y cada una de las

obligaciones derivadas de la propuesta presentada y del contrato que se llegare a celebrar con la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA, SEDE BOGOTÁ. PARÁGRAFO.- Para efectos de las sanciones que se puedan imponer durante la ejecución y liquidación del contrato,

deberán ser tenidos en cuenta los porcentajes de participación y la distribución de responsabilidades señaladas en la cláusula cuarta del presente acuerdo. CUARTA. ACTIVIDADES Y PORCENTAJES DE PARTICIPACIÓN.- Sin perjuicio de la solidaridad consagrada en la

cláusula tercera del presente acuerdo, hemos acordado que los porcentajes de participación serán los siguientes: En relación con la PARTICIPACIÓN en la presentación de la propuesta y en la ejecución y cumplimiento del contrato,

si esta Unión Temporal resulta asignataria del proceso de contratación, las partes concurriremos con las siguientes actividades y porcentajes de participación:

INTEGRANTE ACTIVIDADES A EJECUTAR (*) % DE PARTICIPACIÓN

(*) Discriminar actividades por ejecutar tanto en la presentación de la propuesta como en la ejecución del contrato, para cada uno de los integrantes de la Unión Temporal.

QUINTA. REPRESENTACIÓN.- Las partes hemos designado como representante y vocero de la Unión Temporal

frente a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA, SEDE BOGOTÁ y terceros, a __________________________, mayor de edad, domiciliado y residente en la ciudad de ____________, identificado con la cédula de ciudadanía No. ___________, expedida en __________. Nuestro representante tiene todas las facultades necesarias para actuar en nombre de la Unión Temporal y en el de cada uno de sus miembros, en los asuntos relacionados directa e indirectamente con la elaboración y presentación de la propuesta y la celebración y ejecución del contrato en el caso de que la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA, SEDE BOGOTÁ seleccione la propuesta de esta Unión Temporal. En especial tiene facultades suficientes para:

Presentar la propuesta.

Suscribir la Carta de Presentación de la propuesta.

Atender todos los posibles requerimientos que formule LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA, SEDE BOGOTÁ relacionados con aclaraciones a la propuesta.

Suscribir cualquier otro documento y ejecutar cualquier otro acto que se requiera para la elaboración y presentación de la propuesta, dentro de los términos y condiciones de la invitación.

Ejecutar todos los actos y suscribir todos los documentos necesarios para la ejecución del contrato, dentro de los términos y condiciones del Pliego de Condiciones de la invitación. Por el sólo hecho de la firma del presente acuerdo, el representante acepta esta designación y entiende las obligaciones que se deriva del mismo. SEXTA. EXCLUSIVIDAD.- Durante la vigencia del presente acuerdo las partes se obligan a no participar directa o

indirectamente en cualquier acto, negocio o contrato, relacionado con la presentación de otra propuesta para el proceso No CON-BOG-005-2013.

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 105 de 108

SÉPTIMA. DURACIÓN.- La Unión Temporal que por este acuerdo se constituye, tendrá una duración no inferior al

plazo de ejecución y liquidación del contrato y tres (3) año más. En caso que la propuesta presentada por la Unión Temporal no resulte favorecida, la vigencia del presente Acuerdo se extinguirá de manera automática. OCTAVA. LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE- Este acuerdo se rige por las leyes de la República de Colombia.

NOVENA. Informar cual será la empresa que emitirá la facturación para la Universidad.________________________ DECIMA.CESIÓN.- No podrá haber cesión de participación entre los miembros de la Unión Temporal.

Para constancia se firma en Bogotá, D.C. a los ___ días del mes de ______________ de 2013. POR POR U1 U2 Representante Legal Representante Legal Nombre: Nombre: C.C C.C Firma: _____________________ Firma: _________________________

FIN DEL FORMULARIO No. 5

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 106 de 108

FORMULARIO No. 6

ACREDITACION EXPERIENCIA DEL PROPONENTE

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 107 de 108

FORMULARIO No. 7

HOJA DE VIDA DE PERSONA JURIDICA

VA

LOR

DEL

CONT

RATO

V/R

EJEC

UTA

DO

SMM

LV (*

)IN

ICIO

ENTR

EGA

VA

LOR

DEL

CONT

RATO

V/R

EJEC

UTA

DO

SMM

LV (*

)IN

ICIO

ENTR

EGA

Nota

1: E

n la

últim

a co

lum

na d

e es

te fo

rmul

ario

se

DEBE

N an

otar

los

folio

s co

nsec

utiv

os q

ue c

orre

spon

dan

al a

nexo

de

cada

acr

edita

ción

.

OB

JETO

DE

L C

ON

TRAT

OA

CRED

ITA

CIÓ

N

Folio

s No

s.

PERÍ

ODO

DE

EJEC

UCIÓ

N

(mes

/año

)O

BJE

TO D

EL

CO

NTR

ATO

EN

TID

AD C

ON

TRAT

ANTE

EN

TID

AD C

ON

TRAT

ANTE

TELÉ

FONO

PERÍ

ODO

DE

EJEC

UCIÓ

N

(mes

/año

)

ACR

EDIT

ACI

ÓN

Folio

s No

s.TE

LÉFO

NO

Invitación Pública CON-BOG-002-2014 - Convocatoria abierta para “LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CAFETERIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL Y LA PRESTACIÓN DEL APOYO ALIMENTARIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN ESPECIAL LA POBLACIÓN ESTUDIANTIL CON MAYOR ÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIOECONÓMICA”

Bogotá, Mayo de 2014

Página 108 de 108

UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA Sede Bogotá

FORMATO ÚNICO HOJA DE VIDA PERSONA JURIDICA

FORMULARIO No. 7

PROPONENTE: