Secuestro de barcos en Estados Unidos de América
Transcript of Secuestro de barcos en Estados Unidos de América
OBJETIVO GENERAL
Dar a conocer a los estudiantes la figura del Secuestro en la legislación de Estados Unidos y en la legislación de Panamá
OBJETIVOS ESPECIFICOS
Explicar el procedimiento de secuestro en Estados Unidos
Analizar la normativa panameña con respecto al secuestro
CONTENIDO # 1: ESTADOS UNIDOS
Tribunal competente
Acciones In Rem
Acciones In Personam
Práctica del secuestro
TRIBUNALES COMPETENTES
Las causas marítimas son competencia de las CORTES FEDEREALES por virtud de la Constitución
Las apelaciones se presentan ante la CORTE FEDERAL DEL CIRCUITO
Existen once circuitos federales
ACCIONES IN REM
Tiene como característica ser una acción contra la nave en sí considerada como patrimonio aislado
El secuestro de una nave para ejecutar un crédito marítimo privilegiado se conoce como “ARREST OF VESSEL”
¿Qué constituye un crédito marítimo privilegiado?
Muerte o lesiones personales causados por una nave
Daño a la carga causado por una naveDaño a estructuras costeras causadas por una
naveCosto de suministros y servicios necesarios
provistos a una naveDaños a la nave causados por colisión o abordajeHipotecas navalesSalarios de capitán y tripulación
ACCIONES IN PERSONAM
El secuestro de bienes del demandado personalmente se conoce como “ATTACHMENT”
Se da contra toda clase de juicios y bienesFines:
Adquirir jurisdicción sobre el demandado Obtener una seguridad que la sentencia no sea
ilusoria
PETICION DE SECUESTRO
Se debe presentar junto con la demanda
Demanda Razones de Hecho y de
Derecho Prueba circunstancial o prima
facie
GARANTIAS PARA LEVANTAR EL SECUESTRO
Dinero en efectivoCheque certificado o de gerencia girado contra
bancos con licencia para operar en Panamá Bonos de garantía otorgados por empresas
autorizadas en la República de Panamá para tales operaciones
Bonos del Estado de la República de Panamá Cualesquiera otra garantía que las partes acuerden Las garantías arriba mencionadas son de
obligatoria aceptación por el Tribunal y por el demandante