SECRETARIADE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES...

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~ --- - -- DELEGACiÓN FEDERAL OFIC 10 No. DFMARNAT / 548/05 Metepec, México a 11 de febrero de 2005 SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES DElEGACION ESTADO DE MEXICO En respuesta al Informe Preventivo presentada por la empresa SIGNA, S. A. de C. V., ante esta Delegación Federal, para el proyecto "Ampliación del área de recuperación de solventes P-A", con pretendida ubicación en Av. Industria Automotriz No. 301, esq. Alfredo Nobel, Zona Industrial Toluca, municipio de Toluca, Estado de México y CONSIDERANDO 1. Que el 6 de enero de 2005, la empresa SIGNA, S. A. de C. V., ingresó a esta Delegación Federal un Informe Preventivo para el proyecto "Ampliación del área de recuperación de solventes P-A", conforme lo establecido en-Ios artículos 28, fracción 11y 31 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección alAmbiente 5, incisos F y M, fracción 11del Reglamento en materia de Evaluación del Impacto Ambiental de la misma Ley. Que el proyecto "Ampliación del área de recuperación de solventes P-A" , se refiere a la reubicación de un área de operación (Planta A), para recuperación de solventes (heptano, solución de sosa y tolueno), provenientes de su sistema de producción de productos farmacéuticos; a partir de un proceso de destilación, por el cual no se generarán emisiones a la atmósfera o al agua. Que de acuerdo con lo manifestado, el proyecto ocupará una superficie de 344 m2.y su ubicación es congruente con los usos del suelo en virtud de que se hará dentro de las instalaciones existentes de la propia empresa, la cual se ubica dentro de una zona destinada para el desarrollo industrial. Que la empresa SIGNA, S.A. de C. V., cuenta con una autorización previa en materia de Impacto Ambiental emitida por ésta a mi cargo mediante oficio No. DFMARNAP/SMA/1130/98, de fecha 18 de junio de 1998, para el proyecto: "Acondicionamiento de patio de tanques de almacenamiento de solventes y unidad de recuperación de solventes". Que mediante correo electrónico de fecha 24 de enero de 2005, se solicité a la empresa SIGNA, S.A. de C.v., información complementaria en relación a las cantidades a manejar de los solventes recuperado~, misma que se envío mediante correo de fecha 28 de enero a esta Delegación Federal. Que el proyecto "Ampliación del área de recuperación de solventes P-A", se encuentra fuera de un Área Natural Protegida de competencia federal o estatal. 11. 111. IV. /' "Ampliación del área de recuperación de S 1f lve . n P-A" SIGNA, S. A. de C. V., o. . Página 1 de 3 ~M(,,"clb.r O(lal~l "("(lc\'{.-tha I" f{ ',. r 2CO~ -°3- { (p J I V l LIc--C"( (c( O Proteccion de Datos LFTAIPG

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DELEGACiÓN FEDERAL

OFIC 10 No. DFMARNAT / 548/05

Metepec, México a 11 de febrero de 2005SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE

Y RECURSOS NATURALESDElEGACION ESTADO DE MEXICO

En respuesta al Informe Preventivo presentada por la empresa SIGNA, S. A. de C. V., anteesta Delegación Federal, para el proyecto "Ampliación del área de recuperación desolventes P-A", con pretendida ubicación en Av. Industria Automotriz No. 301, esq. AlfredoNobel, Zona Industrial Toluca, municipio de Toluca, Estado de México y

CONSIDERANDO

1. Que el 6 de enero de 2005, la empresa SIGNA, S. A. de C. V., ingresó a estaDelegación Federal un Informe Preventivo para el proyecto "Ampliación del área derecuperación de solventes P-A", conforme lo establecido en-Ios artículos 28,fracción 11y 31 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente5, incisos F y M, fracción 11del Reglamento en materia de Evaluación del ImpactoAmbiental de la misma Ley.

Que el proyecto "Ampliación del área de recuperación de solventes P-A" , serefiere a la reubicación de un área de operación (Planta A), para recuperación desolventes (heptano, solución de sosa y tolueno), provenientes de su sistema deproducción de productos farmacéuticos; a partir de un proceso de destilación, por elcual no se generarán emisiones a la atmósfera o al agua.

Que de acuerdo con lo manifestado, el proyecto ocupará una superficie de 344 m2.ysu ubicación es congruente con los usos del suelo en virtud de que se hará dentro delas instalaciones existentes de la propia empresa, la cual se ubica dentro de una zonadestinada para el desarrollo industrial.

Que la empresa SIGNA, S.A. de C. V., cuenta con una autorización previa en materiade Impacto Ambiental emitida por ésta a mi cargo mediante oficio No.DFMARNAP/SMA/1130/98, de fecha 18 de junio de 1998, para el proyecto:"Acondicionamiento de patio de tanques de almacenamiento de solventes y unidadde recuperación de solventes".

Que mediante correo electrónico de fecha 24 de enero de 2005, se solicité a laempresa SIGNA, S.A. de C.v., información complementaria en relación a lascantidades a manejar de los solventes recuperado~, misma que se envío mediantecorreo de fecha 28 de enero a esta Delegación Federal.

Que el proyecto "Ampliación del área de recuperación de solventes P-A", seencuentra fuera de un Área Natural Protegida de competencia federal o estatal.

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DELEGACiÓN FEDERAL

o F IC 10 No. DFMARNAT I 548 I 05

SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTEY RECURSOS NATURALES

DELEGACION ESTADO DE MEXICO

VII. Que de acuerdo a la ubicación, a las características técnícas descritas para eldesarrollo del proyecto de referencia y a los impactos ambientales previstos durantela ejecución de las etapas del mismo, los cuales pueden ser mitígados en su mayoría,se concluye que es viable de construirse en el área y sitio propuestos, siempre ycuando la empresa SIGNA, S. A. de C. V., se sujete al cumplimiento de los términosy condicionantes del presente oficio resolutivo, así como de lo manifestado en elestudio evaluado.

VIII. Que el Reglamentoen materia de Evaluacióndel Impacto Ambiental de la LeyGeneraldel EquilibrioEcológicoy la Protecciónal Ambienteseñalaen su Artículo60,lo siguiente: "Las ampliaciones, modificaciones, sustituciones de infraestructura,rehabilitación y el mantenimiento de instalaciones relacionado con las obras yactividades señaladas en el artículo anterior, así como con las que se encuentren enoperación, no requerirán de la autorización en materia de impacto ambiental siemprey cuando cumplan con todos los requisitos siguientes:

l. Las obras y actividades cuenten previamente con la autorización respectiva ocuando no hubieren requerido de ésta;11.Las acciones por realizar no tengan relación alguna con el proceso deproducción que generó dicha autorización,y111.Dichas acciones no impliquenincremento alguno en el nivel de impacto oriesgo ambiental, en virtud de su ubicación, dimensiones, características oalcances, tales como conservación, reparación y mantenimiento de bienesinmuebles; construcción, instalación y demolición de bienes inmuebles en áreasurbanas, o modificación de bienes inmuebles cuando se pretenda llevar a caboen la superficie del terreno ocupada por la construcción o instalación de que setrate..."

En apego a lo anterior y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 60 y 18 delReglamentoen Materiade Evaluacióndel ImpactoAmbientalde la LeyGeneraldel EquilibrioEcológico y la Protección al Ambiente; 32 Bis, fraccíón XI de la Ley Orgánica de laAdmínistraciónPúblicaFederaly 39, fracción IX del ReglamentoInteriorde la SecretaríadeMedioAmbientey RecursosNaturales,esta DelegaciónFederal

R E S U E L V E:

PRIMERO.- Tener por atendido el Informe Preventivo con fecha de ingreso 6 de enero de2005, signado por el , Representante Legal de la EmpresaSIGNA, S. A. de C. V.

SEGUNDO.-Que la actividad relacionada con la reubicación de un área de operación (PlantaA), para recuperación de solventes (heptano, solución de sosa y tolueno), no requieresometerse al proceso de evaluación del ímpacto ambiental ante esta instancia Federal, deacuerdo con lo referido en los Considerandosdel presenteoficio.

\jf"Ampliación del área de recuperación de solventes P-A"

SIGNA.S.A. deC.V.,Página 2 de 3

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DELEGACiÓN FEDERAL

No. DFMARNAT I 548 I 05OFIC 10

SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTEY RECURSOS NATURALES

DELEGACION ESTADODE MEXICO

TERCERO.- La empresa SIGNA, S.A. de C. V., deberá presentar ante esta Secretaría, elEstudio de Riesgo correspondiente para el solvente Heptano, a razón de que la cantidadde reporte es mayor a los límites establecidos en el Segundo Listado de ActividadesAltamente Riesgosas, publicado en el D.O.F. con fecha 4 de mayo de 1992.

CUARTO.- Una vez obtenidas las autorizaciones correspondientes al punto inmediatoanterior de este resolutivo, deberá solicitar a esta Delegación Federal, la Actualización de laLicencia Ambiental Única.

QUINTO.- El presente documento se expide a petición delRepresentante Legal de la Empresa SIGNA, S. A. de C. V., en materia de Impacto

--Ambiental, por lo que no le exime de cualquierotro trámite a que haya lugar, ante otrasinstancias federales, estatales o municipales.

SEXTO.- No obstante lo anterior, la empresa SIGNA, S.A. de C. V., deberá apegarse a loseñalado en la normatividad ambiental vigente, para la realización de las actividadesdescritas en el Informe Preventivo.

SÉPTIMO.-EI incumplimiento de cualquiera de los términos y/o la modificación del proyecto. en las condiciones en que fue expresado en la documentación presentada, podrá invalidar

la presente resolución, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la LeyGeneral del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en su Reglamento en Materiade Evaluación del Impacto Ambiental y demás ordenamientos que resulten aplicables.

OCTAVO.- La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a través de la. Delegación de la PROFEPA, vigilará el cumplimiento de los términos establecidos en el

presente instrumento, así como los ordenamientos aplicables en materia de ImpactoAmbiental, conforme lo establecido en los artículos 55, 59 Y 61 del Reglamento en materiade Evaluación del Impacto Ambiental de la Ley General del Equilibrio Ecológico y laProtección al Ambiente.

NOVENO.-Notificar el contenido de la presente resolución alRepresentante Legal de la Empresa SIGNA, S. A. de C. V., conforme a lo señalado en losArtículos 35 y demás aplicables de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

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C.c.p.-

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Biól. Ricardo Juárez Palacios.- Director General de Impacto y Riesgo Ambiental.- Subsecretaría deGestión para la Protección Ambiental.- México, D. F.M. en C. Daniel Chacó n Anaya.-Director General de Gestión Integral de Materiales y ActividadesRiesgosas.- México, D. F.-Lic. Alejandro Soto Romero.- Delegádo Federal de la PROFEPA.- Estado de México.-Toluca, Méx.

Arq. Armando Enríquez Flores.- Presidente Municipal Constitucional del municipio de Toluca.-Toluca, México.

Lic. David Hernández Karim.-Subdelegado de Gestión para la Protección Ambiental y RecursosNaturales de la SEMARNATen el Estado de México.- Edificio.

Delegación y Expediente.Bitácora No. 15IP-0085/01/05

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