SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES REGIÓN DEL BIO BIO.

28
SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES REGIÓN DEL BIO BIO

Transcript of SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES REGIÓN DEL BIO BIO.

Page 1: SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES REGIÓN DEL BIO BIO.

SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y

TELECOMUNICACIONES

REGIÓN DEL BIO BIO

Page 2: SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES REGIÓN DEL BIO BIO.

Transporte Escolar

Chillan, Octubre 2011

Page 3: SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES REGIÓN DEL BIO BIO.

Aspectos Legales

• Ley 18.290, de Tránsito.

• Decreto N° 38/92 MTT “Reglamento del Transporte Remunerado de Escolares”

• Decreto N° 19/2001 MTT “Regula Revisión Técnica de Vehículos de Transporte Escolar”.

• Resolución Exenta N° 635/2001 MTT “Reglamenta Luz de Seguridad Estroboscópica”.

• Resolución Exenta N° 431/2001 MTT “Establece características de distintivos de Revisión Técnica”

Page 4: SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES REGIÓN DEL BIO BIO.

Aspectos Legales

• Ley 19.831 Crea el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado Escolares

• Decreto N° 38/2003 MTT “Reglamenta el Registro Nacional de Transporte Escolar”

• Decreto N° 395°/2003 “Establece valores de Certificados de Inscripción”

• Resolución Exenta N ° 569/2005 “Reglamenta Cintas Retrorreflectivas en los Vehículos de Transporte Escolar”

Page 5: SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES REGIÓN DEL BIO BIO.

Ley 19.831

Definición: Transporte Escolar

Actividad por la cual el empresario de transportes se obliga, por cierto precio

convenido con el establecimiento educacional o con el padre, madre, apoderado o encargado de niños que asisten a guarderías infantiles,

parvularios o establecimientos educacionales, hasta el cuarto año medio, a transportarlos entre el lugar de habitación o domicilio del escolar y el establecimiento respectivo y/o viceversa, o a otros lugares acordados, en vehículos definidos en el artículo 2° de la

ley N°18.290, los que deberán cumplir, además, con la normativa dictada por el Ministerio de

Transportes y Telecomunicaciones.

Page 6: SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES REGIÓN DEL BIO BIO.

Condiciones Generales

Vehículos para el Transporte Escolar:

Art. 2° “Vehículo motorizado construido para transportar más de siete pasajeros sentados y destinados al transporte de escolares desde o hacia el colegio o relacionado con cualquier

otra actividad”.

“Escolares” en general, niños que asisten a guarderías infantiles, parvularios o

establecimientos educacionales, hasta el cuarto medio. Ley 18.290

Page 7: SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES REGIÓN DEL BIO BIO.

Condiciones Generales

Se incorpora el servicio de transporte de escolares que los propios establecimientos educacionales proporcionen a sus alumnos.

Ley 19.831

Page 8: SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES REGIÓN DEL BIO BIO.

Condiciones Generales

•Art. 3º.- En el Renastre, se consignarán los antecedentes referentes al empresario de transportes, al propietario de los vehículos, al conductor y a las características del vehículo

•Artículo 6°.- El empresario de transportes será responsable de que en la prestación del servicio se cumplan todas las leyes, reglamentos y normas que le sean aplicables, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que pudiere corresponderle. Ley 19.831

Page 9: SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES REGIÓN DEL BIO BIO.

Condiciones Generales

•Artículo 7°.- La circulación de vehículos realizando transporte escolar, sin estar habilitados para ello, constituye una infracción gravísima a la Ley Nº 18.290, de Tránsito.

Multa, suspensión de licencia y anotación en la Hoja de Vida del Conductor.

Ley 19.831

Page 10: SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES REGIÓN DEL BIO BIO.

Condiciones Generales

•Artículo 8°.- El empresario de transporte inscrito en el Renastre, deberá entregar copia autorizada del certificado de inscripción en el o los establecimientos educacionales que atienda, así como a los padres o apoderados que lo requieran, y estará obligado a portarlo, en original o en copia autorizada, en el respectivo vehículo cuando preste el servicio.

Page 11: SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES REGIÓN DEL BIO BIO.

Condiciones Generales

Artículo 9°.- Carabineros de Chile e Inspectores Fiscales y Municipales velarán por el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias que rigen los servicios de transporte remunerado de escolares.

Page 12: SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES REGIÓN DEL BIO BIO.

Condiciones Generales

Artículo 8°.- El empresario de transporte inscrito en el Registro, deberá entregar copia autorizada del certificado de inscripción en el o los establecimientos educacionales que atienda, así como a los padres o apoderados que lo requieran

Artículo 10º.- Las municipalidades deberán fijar paraderos próximos a los establecimientos educacionales, destinados exclusivamente a recibir y dejar pasajeros de transporte escolar.

Page 13: SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES REGIÓN DEL BIO BIO.

Estacionamientos

La habilitación de espacios seguros para la detención y/o estacionamiento de vehículos de transporte escolar dentro de los establecimientos educacionales o en otros lugares de su entorno, de modo que la subida y bajada de escolares se realice sin riesgos y sin afectar el normal flujo vehicular, es un tema que debe ser abordado tanto por los establecimiento educacionales como por las municipalidades.

Page 14: SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES REGIÓN DEL BIO BIO.

Tipos de Estacionamientos

SEGREGADOS: Son áreas destinas a la detención de vehículos que quedan excluidas de la plataforma vial, pero separadas de las

calzadas por medio de bandejones o paseos.

Page 15: SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES REGIÓN DEL BIO BIO.

Tipos de Estacionamientos

BANDAS DE ESTACIONAMIENTOS: Son prolongaciones de la primera pista de circulación, excluidas de la plataforma vial sin separación física.

Page 16: SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES REGIÓN DEL BIO BIO.

Tipos de Estacionamientos

CIRCUITOS DE DETENCIÓN: Corresponde a un circuito alrededor de una superficie o área

claramente delimitada, donde los vehículos -en forma similar a como sucede en las rotondas y

mini-rotondas circulan a su alrededor en sentido contrario a los punteros del reloj.

Page 17: SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES REGIÓN DEL BIO BIO.

Tipos de Estacionamientos

EXTENSIONES DE ACERA: Son prolongaciones de la acera sobre la calzada

Page 18: SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES REGIÓN DEL BIO BIO.

Recomendaciones

Los lugares destinados al estacionamiento y detención de vehículos escolares deben estar

claramente señalizados. Para ello se recomienda la instalación de una señal vertical “PROHIBIDO

ESTACIONAR Y DETENERSE” (RPO-15) con la leyenda, EXCEPTO VEHÍCULOS ESCOLARES.

Page 19: SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES REGIÓN DEL BIO BIO.

Condiciones Generales

•Los conductores de los vehículos deben velar por la seguridad de los menores desde su recepción hasta su entrega.

•Cuando se transporte una cantidad superior a 5 niños de niveles prebásicos además del conductor debe ir un acompañante adulto en todo el recorrido.

•El vehículo debe mantener sus luces destellantes y de seguridad estroboscópica encendidas mientras suban o desciendan escolares.

Page 20: SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES REGIÓN DEL BIO BIO.

Condiciones Generales

•Los vehículos deben efectuar su revisión técnica en la región en que operan como tal.

•Revisiones técnicas semestrales, la planta revisora otorgará distintivo color Morado para el primer semestre y Amarillo para el segundo semestre.

•Febrero y Julio placas patentes terminadas en par.

•Marzo y Agosto placas patentes terminadas en impar.

Page 21: SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES REGIÓN DEL BIO BIO.

Condiciones Generales

• Estar pintados de color amarillo (PBV inferior a 3.860 kg).

• Portar en la parte superior de la carrocería un letrero de tres caras rectangulares con la palabra “ESCOLARES”

• Sus asientos deberán estar dispuestos de manera que sus ocupantes queden mirando hacia el frente.

• Cilindrada igual o superior a 1.400 cc.

• Pasillo despejado que permita el acceso desde la(s) puerta(s) hacia todas las corridas de asientos de al menos 28 cm.

Page 22: SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES REGIÓN DEL BIO BIO.

Condiciones Generales

• Para obtener primera revisión técnica el vehículo no

debe tener una antigüedad máxima a 5 años. Salvo los

vehículos de PBV igual o superior a 3.860 kg.

• Licencia conductor A3 y vigente.

• Antigüedad máxima de 16 años, para vehículos cuyo

Peso Bruto Vehicular inferior a 3.860 kg.

• vehículos con 15 o mas años, Revisión Técnica a cada

4 meses.

Page 23: SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES REGIÓN DEL BIO BIO.

Condiciones Generales

• Portar sobre el techo en la parte posterior del vehículo una luz de seguridad estroboscópica de color ámbar, de 70 mm de alto, diámetro de 50 mm, ser destellante de 50 a 90 destellos por minuto.

• Utilización de cintas retrorreflectivas de color amarillo ubicadas en los sectores laterales y trasero del vehículo, de forma horizontal y por debajo de las ventanas. Permite reemplazar luz de seguridad estroboscópica.

• Publicidad en los vehículos solo en los costados, de 80 cm de ancho y 60 cm. de alto, localizado en la parte central, y podrá ser de material flexible o pintado.

Page 24: SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES REGIÓN DEL BIO BIO.

Conductor

• Conductor:

•Licencia de Conducir A1 (ley 18290)

• Licencia de Conducir A3 (ley 19.495)

•Licencia de Conducir A3 (Sólo Transporte Escolar)

• Tarjeta de Identificación.

Page 25: SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES REGIÓN DEL BIO BIO.

OBTENCIÓN DE SELLO DE CONDUCTOR DE TRANSPORTE ESCOLAR SEGURO

• Etapa 1: Solicitud del Sello

• Usted debe estar inscrito como conductor(a) en el Registro Nacional de Transporte Escolar.

• Subir su hoja de vida en formato digital (PDF o JPG) en página de CONASET.

Page 26: SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES REGIÓN DEL BIO BIO.

OBTENCIÓN DE SELLO DE CONDUCTOR DE TRANSPORTE ESCOLAR SEGURO

• Enviar su Hoja de Vida de Conductor a su

SEREMITT, la que no debe tener más de 30

días de antigüedad, que certifique que usted

no registra infracciones en el Registro

Nacional de Conductores que mantiene el

Servicio de Registro Civil e Identificación.

Page 27: SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES REGIÓN DEL BIO BIO.

OBTENCIÓN DE SELLO DE CONDUCTOR DE TRANSPORTE ESCOLAR SEGURO

• Etapa 2: Recepción de Antecedentes Una vez recepcionados sus antecedentes éstos serán revisados y evaluados por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones dentro de un plazo de quince días corridos.

• Etapa 3: Entrega de SelloA los conductores que no registren infracciones durante los últimos 3 años se les otorgará el Sello Virtual de Conductor Seguro de Transporte Escolar, el cual tendrá una vigencia de 6 meses.

Page 28: SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES REGIÓN DEL BIO BIO.

SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y

TELECOMUNICACIONES

REGIÓN DEL BIO BIO