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ORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO Franqueo pagado, públicación periódica. Permiso núm. 005 1021 características: 114182816. Autorizado por SEPOMEX Tomo III Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México. miércoles, 14 de marzo de 2018 356 SEGUNDA SECCIÓN INDICE Publicaciones Estatales Página Decreto No. 165 Por el que se actualizan los Programas Sectoriales, derivados del Plan Estatal de Desarrollo 2013-2018 1 Publicaciones Estatales Página Decreto No. 165 Por el que se actualizan los Programas Sectoriales, derivados del Plan Estatal de Desarrollo 2013-2018 1 Decreto No. 166 Por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento de Bienes Muebles y la Contratación de Servicios para el Estado de Chiapas 14 Publicaciones Estatales Página Decreto No. 165 Por el que se actualizan los Programas Sectoriales, derivados del Plan Estatal de Desarrollo 2013-2018 1 Decreto No. 166 Por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento de Bienes Muebles y la Contratación de Servicios para el Estado de Chiapas 14 Decreto No. 167 Por el que se modifica el Decreto 297 por el que se autoriza al Ejecutivo del Estado a otorgar recursos para el fortalecimiento de “Unidos Pro Down A.C” 17 Publicaciones Estatales Página Decreto No. 165 Por el que se actualizan los Programas Sectoriales, derivados del Plan Estatal de Desarrollo 2013-2018 1 Decreto No. 166 Por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento de Bienes Muebles y la Contratación de Servicios para el Estado de Chiapas 14 Decreto No. 167 Por el que se modifica el Decreto 297 por el que se autoriza al Ejecutivo del Estado a otorgar recursos para el fortalecimiento de “Unidos Pro Down A.C” 17 Decreto No. 168 Por el que, la Sexagésima Sexta Legislatura Constitucional del Congreso del Estado Libre y Soberano de Chiapas, clausuró el Tercer Periodo Extraordinario de Sesiones, correspondiente al Primer Receso, del Tercer Año de Ejercicio Constitucional, continuando en funciones la Comisión Permanente 19 Publicaciones Estatales Página Decreto No. 165 Por el que se actualizan los Programas Sectoriales, derivados del Plan Estatal de Desarrollo 2013-2018 1 Decreto No. 166 Por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento de Bienes Muebles y la Contratación de Servicios para el Estado de Chiapas 14 Decreto No. 167 Por el que se modifica el Decreto 297 por el que se autoriza al Ejecutivo del Estado a otorgar recursos para el fortalecimiento de “Unidos Pro Down A.C” 17 Decreto No. 168 Por el que, la Sexagésima Sexta Legislatura Constitucional del Congreso del Estado Libre y Soberano de Chiapas, clausuró el Tercer Periodo Extraordinario de Sesiones, correspondiente al Primer Receso, del Tercer Año de Ejercicio Constitucional, continuando en funciones la Comisión Permanente 19 Decreto No. 178 Por el que se ratifica como nuevo y definitivo nombramiento al licenciado José Aníbal Pérez Castro, como Magistrado de Sala Regional Colegiada del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chiapas 20 Publicaciones Estatales Página Decreto No. 165 Por el que se actualizan los Programas Sectoriales, derivados del Plan Estatal de Desarrollo 2013-2018 1 Decreto No. 166 Por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento de Bienes Muebles y la Contratación de Servicios para el Estado de Chiapas 14 Decreto No. 167 Por el que se modifica el Decreto 297 por el que se autoriza al Ejecutivo del Estado a otorgar recursos para el fortalecimiento de “Unidos Pro Down A.C” 17 Decreto No. 168 Por el que, la Sexagésima Sexta Legislatura Constitucional del Congreso del Estado Libre y Soberano de Chiapas, clausuró el Tercer Periodo Extraordinario de Sesiones, correspondiente al Primer Receso, del Tercer Año de Ejercicio Constitucional, continuando en funciones la Comisión Permanente 19 Decreto No. 178 Por el que se ratifica como nuevo y definitivo nombramiento al licenciado José Aníbal Pérez Castro, como Magistrado de Sala Regional Colegiada del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chiapas 20 Decreto No. 179 Por el que se autoriza al Honorable Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Chiapas, para desincorporar del patrimonio municipal, un predio con superficie de 1,501.911 metros cuadrados, para enajenarlo vía donación a favor de la Diócesis de Tapachula, Asociación Religiosa, para destinarlo a la Capilla de “El Señor de la Misericordia”, ubicada en la Colonia Santa Cruz, de ese municipio 23

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ORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL ESTADOLIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS

SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNOFranqueo pagado, públicación periódica. Permiso núm. 005 1021

características: 114182816. Autorizado por SEPOMEX

Tomo III Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México. miércoles, 14 de marzo de 2018 356

SEGUNDA SECCIÓNINDICE

Publicaciones Estatales Página

Decreto No. 165 Por el que se actualizan los Programas Sectoriales, derivados del Plan Estatalde Desarrollo 2013-2018

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Decreto No. 165 Por el que se actualizan los Programas Sectoriales, derivados del Plan Estatalde Desarrollo 2013-2018

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Decreto No. 166 Por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones,Arrendamiento de Bienes Muebles y la Contratación de Servicios para el Estadode Chiapas

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Decreto No. 167 Por el que se modifica el Decreto 297 por el que se autoriza al Ejecutivo delEstado a otorgar recursos para el fortalecimiento de “Unidos Pro Down A.C”

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Decreto No. 166 Por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones,Arrendamiento de Bienes Muebles y la Contratación de Servicios para el Estadode Chiapas

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Decreto No. 167 Por el que se modifica el Decreto 297 por el que se autoriza al Ejecutivo delEstado a otorgar recursos para el fortalecimiento de “Unidos Pro Down A.C”

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Decreto No. 168 Por el que, la Sexagésima Sexta Legislatura Constitucional del Congreso delEstado Libre y Soberano de Chiapas, clausuró el Tercer Periodo Extraordinariode Sesiones, correspondiente al Primer Receso, del Tercer Año de EjercicioConstitucional, continuando en funciones la Comisión Permanente

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Decreto No. 166 Por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones,Arrendamiento de Bienes Muebles y la Contratación de Servicios para el Estadode Chiapas

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Decreto No. 167 Por el que se modifica el Decreto 297 por el que se autoriza al Ejecutivo delEstado a otorgar recursos para el fortalecimiento de “Unidos Pro Down A.C”

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Decreto No. 168 Por el que, la Sexagésima Sexta Legislatura Constitucional del Congreso delEstado Libre y Soberano de Chiapas, clausuró el Tercer Periodo Extraordinariode Sesiones, correspondiente al Primer Receso, del Tercer Año de EjercicioConstitucional, continuando en funciones la Comisión Permanente

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Decreto No. 178 Por el que se ratifica como nuevo y definitivo nombramiento al licenciado JoséAníbal Pérez Castro, como Magistrado de Sala Regional Colegiada del TribunalSuperior de Justicia del Estado de Chiapas

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Decreto No. 166 Por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones,Arrendamiento de Bienes Muebles y la Contratación de Servicios para el Estadode Chiapas

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Decreto No. 167 Por el que se modifica el Decreto 297 por el que se autoriza al Ejecutivo delEstado a otorgar recursos para el fortalecimiento de “Unidos Pro Down A.C”

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Decreto No. 168 Por el que, la Sexagésima Sexta Legislatura Constitucional del Congreso delEstado Libre y Soberano de Chiapas, clausuró el Tercer Periodo Extraordinariode Sesiones, correspondiente al Primer Receso, del Tercer Año de EjercicioConstitucional, continuando en funciones la Comisión Permanente

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Decreto No. 178 Por el que se ratifica como nuevo y definitivo nombramiento al licenciado JoséAníbal Pérez Castro, como Magistrado de Sala Regional Colegiada del TribunalSuperior de Justicia del Estado de Chiapas

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Decreto No. 179 Por el que se autoriza al Honorable Ayuntamiento Constitucional de Tonalá,Chiapas, para desincorporar del patrimonio municipal, un predio con superficiede 1,501.911 metros cuadrados, para enajenarlo vía donación a favor de laDiócesis de Tapachula, Asociación Religiosa, para destinarlo a la Capilla de “ElSeñor de la Misericordia”, ubicada en la Colonia Santa Cruz, de ese municipio

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5573PUBLICACIONES ESTATALES

Secretaría General de GobiernoSubsecretaría de Asuntos Jurídicos

Dirección de Legalización y Publicaciones Oficiales

DECRETO NÚMERO 165

Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas, a sus habitantes hace saber:Que la Honorable Sexagésima Sexta Legislatura del mismo, se ha servido dirigir al Ejecutivoa su cargo el siguiente:

DECRETO NÚMERO 165

La Sexagésima Sexta Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado Libre ySoberano de Chiapas, en uso de las facultades que le concede la Constitución PolíticaLocal; y,

C O N S I D E R A N D O

Que el artículo 45, fracción I, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas,faculta al Honorable Congreso del Estado a legislar en las materias que no están reservadas alCongreso de la Unión, así como en aquellas en que existan facultades concurrentes, de acuerdo conel pacto federal.

Derivado de la actualización del Plan Estatal de Desarrollo Chiapas 2013-2018, publicado medianteDecreto en el Periódico Oficial No. 190-2ª sección, el día miércoles 21 de junio de 2017, se actualizalos Programas Sectoriales, dado que reflejan los esfuerzos en la gestión pública estatal quedemuestra, entre otras cosas, que la planeación no es, ni será un ejercicio estático, por el contrario,es un ejercicio estratégico y dinámico que exige la valoración continua de sus resultados paragenerar nuevos aprendizajes que conduzcan a potenciar los resultados de avances del ejercicio delas políticas públicas enfocadas al desarrollo humano y a mejorar la calidad de vida de la población.

Tomando en consideración que, para la actualización de los Programas Sectoriales, se tomó comobase lo publicado en el Decreto No. 294 en el Periódico Oficial No. 072, Tomo III, del viernes 06 dediciembre del año 2013, mediante el cual se aprobaron los Programas Sectoriales de DesarrolloEconómico, Desarrollo Rural Sustentable, Función Pública, Medio Ambiente y OrdenamientoEcológico, Salud, Desarrollo Social, Educación, Gobierno Seguridad y Estado de Derecho,Infraestructura y Comunicaciones 2013-2018.

Al respecto, la Ley de Planeación para el Estado de Chiapas, contiene los elementos, base yestructura para crear los instrumentos y mecanismos que permitan a la Sociedad alcanzar mejorescondiciones y calidad de vida, para lo cual se vuelve indispensable definir y establecer planes yprogramas precisos; visualizando el desarrollo como una interacción de variables de orden político,social y económico que cuenten con un enfoque integral y sustentable.

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Es por ello que, los Objetivos de Desarrollo Sostenible, sitúan el bienestar y las capacidades de losseres humanos en el centro de los esfuerzos del desarrollo, aspectos que se colocan como ejeprincipal de las políticas públicas de desarrollo social; basados en un acuerdo universal del más altonivel, haciendo hincapié en intensificar los esfuerzos para poner fin a la pobreza en todas sus formas,reducir la desigualdad y luchar contra el cambio climático garantizando, al mismo tiempo, el Índice deDesarrollo Humano.

Que en ese orden de ideas, el Gobernador del Estado, con fecha 15 de Febrero del presente año,presentó ante esta Soberanía Popular la iniciativa de Decreto por el que se actualizan los ProgramaSectoriales 2013-2018, derivados del Plan Estatal de Desarrollo 2013-2018, como el instrumento queestablece el rumbo y las estrategias a seguir para fortalecer la actividad económica en el Estado,para lo cual se abordan los principales planteamientos y orientaciones generales sustentadas en elPlan Estatal de Desarrollo, para lo cual se han integrado los diagnósticos, objetivos, estrategias ylíneas de acción encaminadas al cumplimiento de metas mensurables a través de Diez rubros que acontinuación se enumeran:

01.- PROGRAMA SECTORIAL DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE 2013-2018:

EL Programa Sectorial de Desarrollo Rural Sustentable 2013-2018 es un instrumento con el que sedefinen las acciones orientadas a impulsar el desarrollo y la reactivación de las actividadesproductivas, en un esfuerzo de concertación e identificación de las necesidades y prioridades, y conla participación de los diversos actores que intervienen en cada una de las cadenas productivas en laentidad.

En Chiapas la actividad económica se rige por la producción y comercialización que se genera en elsector primario tales como la producción agrícola cíclicas y perennes, como también en la ganaderíabovina, ovina, porcina, aves y apícola. Esto es propicio dadas las bondades naturales con las quecuenta el Estado, hidrografía, orografía y condiciones climáticas, que favorecen una variedadproductiva de clima tropical y templado.

El programa, deriva del Eje Rector 3. Chiapas Exitoso y desagrega a las Política Públicas: 3.1.1.Agricultura Productiva, 3.1.2. Ganadería Responsable y 3.1.3. Pesca y Acuacultura Moderna del PlanEstatal de Desarrollo 2013-2018. Son políticas públicas que guían las acciones institucionalestendientes al desarrollo económico, integral y sustentable del Estado; a partir de la modernización delcampo, creación y conservación de empleos, promoviendo la inversión al otorgar a los productoreslos apoyos, herramientas y conocimientos en las actividades agrícola, pecuaria y pesquera, paraimpulsar la producción y la generación de más ingresos económicos para mejorar la calidad de vidade las familias campesinas, posibilitando hacer un campo rentable que detone los factores deproducción y productividad, y además permita posicionar competitivamente a los productos y susderivados, en los mercados estatal, nacional e internacional.

El Programa Sectorial será el marco rector que permitirá generar las pautas para atender eldesarrollo bajo un enfoque de sustentabilidad en las actividades agrícola, pecuaria y pesquera,observando la aplicación de la inocuidad y calidad en los productos y subproductos que se deriven deéstas, para ofertar en mejores condiciones a los mercados nacional e internacional.

La posición geográfica de Chiapas permite explotar y desarrollar oportunidades, ya que al ser unEstado fronterizo con Centroamérica y la puerta de entrada con Sudamérica, presenta ventajas

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competitivas de mercado para los productos y subproductos obtenidos en el Estado. A su veztenemos el acceso a los mercados europeo, asiático y Norte América, a través del Puerto Chiapas, yla implementación de la Zona Económica Especial, ofreciendo alternativas de crecimiento sostenido alos productores chiapanecos.

Con fundamento al Eje Rector 3. Chiapas Exitoso, del Plan Estatal de Desarrollo, el ProgramaSectorial, contempla políticas públicas para el fomento y el desarrollo de la agricultura, la ganadería,pesca y acuacultura, con el firme propósito de impulsar la producción y productividad bajo undesarrollo sustentable y sostenible, siempre con el enfoque hacia el bienestar familiar y elmejoramiento económico de los productores, buscando disminuir los índices de pobreza, marginacióny alineando cada una de las acciones al Programa Nacional de la Cruzada Contra el Hambre y a losObjetivos de Desarrollo Sostenible.

02.- PROGRAMA SECTORIAL DE FUNCIÓN PÚBLICA 2013-2018:

El Programa Sectorial Función Pública 2013-2018, en el cual se abordan los principalesplanteamientos y orientaciones generales sustentadas en el Plan Estatal de Desarrollo, incluyendodiagnósticos, los objetivos y estrategias encaminadas al cumplimiento de metas mensurables através de una serie de indicadores.

El Programa Sectorial Función Pública 2013-2018, se alinea al Plan Estatal de Desarrollo bajo el Eje1. Gobierno cercano a la Gente, del Tema 1.2. Gobierno Eficiente y Transparente así como a cuatroPolíticas Públicas los cuales se describen:

1.2.1. Gobierno de Calidad, Moderno y Organizado; 1.2.2. Planeación y Gestión Pública; 1.2.3. Finanzas Públicas Sostenibles; 1.2.4. Fiscalización, Transparencia y Acceso a la Información.

Desde el inicio de la actual administración se han consolidado los programas de fiscalización parafortalecer el Sistema Estatal de Control y Evaluación de la Gestión Pública y colaboración en materiade transparencia y combate a la corrupción, se desarrolló mecanismos preventivos que contribuyen areducir la corrupción y a restaurar la confianza de la ciudadanía en su gobierno.

Unos de estos mecanismos es el acceso a la información pública y la protección de datospersonales, logrando establecer un dialogo abierto y permanente con los diferentes organismos delEstado, el cual se fortalece con la realización de los cursos y/o capacitaciones en materia detransparencia e implementado diversos mecanismos de colaboración interinstitucional.

El Sector Función Pública está integrado por los organismos públicos como la Secretaría de laContraloría General; Secretaría de Hacienda; Secretaría de Planeación, Gestión Pública y Programade Gobierno; Instituto de Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas y Oficialía Mayor delEstado de Chiapas. Adicionalmente, coadyuvan en la atención directa o indirecta de algunasestrategias del Plan Estatal de Desarrollo, el Instituto de Comunicación Social del Estado de Chiapas;Instituto de Población y Ciudades Rurales y el Sistema Chiapaneco de Radio, Televisión yCinematografía.

En coordinación con todos los organismos públicos antes descritos, se desarrolló el ProgramaSectorial Función Pública el cual contempla cuatro grandes apartados. El primero de ellos se

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conforma por la Visión Sectorial, en donde se expone el escenario prospectivo del Sector hacia el2018, en concordancia con los retos establecidos en el documento rector.

En el segundo apartado, se definió en primera instancia la planeación estratégica, al ubicar delSector dentro del Plan Estatal de Desarrollo, en el Eje 1. Gobierno Cercano a la Gente y Tema 1.2.Gobierno Eficiente y Transparente con cuatro políticas públicas, definiendo para cada una de ellas:diagnóstico, objetivo, línea base, meta, estrategias y líneas de acción e indicadores.

El tercer apartado contempla los Objetivos de Desarrollo Sostenible y se precisa que éste Sector sealinea al ODS 16. Paz, Justicia e Instituciones Sólidas.

Para dar puntual atención al Plan Estatal de Desarrollo y definir las responsabilidades de su atención,en el cuarto apartado se desarrolló una matriz, en la cual se establece el nombre del organismopúblico responsable directo de atender cada estrategia del Plan Estatal de Desarrollo, así comoaquellos que coadyuvarán en su cumplimiento.

03.- PROGRAMA SECTORIAL DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENAMIENTO ECOLÓGICO2013-2018:

El Programa Sectorial de Medio Ambiente y Ordenamiento Ecológico 2013-2018 representa unconjunto de propuestas de acciones para mejorar la calidad de vida de los habitantes y lograr elpropósito del Gobierno de hacer de Chiapas el Estado que todos queremos, pero principalmente,responde a la demanda legítima de contar con políticas ambientales que propicien medidas en contradel deterioro ambiental.

El desarrollo del Estado no se da a costa del patrimonio ecológico y de la calidad de vida de laspersonas, sino a través de una política de desarrollo sustentable con justicia y equidad, en dondenuestras acciones e inversiones se destinen para el beneficio de orden y respeto a la naturaleza.

En ese el desarrollo socioeconómico y la conservación del patrimonio natural del Estado, requiereimpulsar tareas y acciones que hagan realidad el cumplimiento de los principios constitucionales queconsagran los derechos a un medio ambiente sano, a la protección de la salud, el acceso preferentede las comunidades y pueblos indígenas, a los recursos naturales, así como la distribución decompetencia de las autoridades en materia ambiental que, bajo el principio de concurrencia,fundamenten y pongan en marcha la gestión de una cultura ambiental para el logro de un Chiapassustentable.

Como resultado de la actividad participativa de los diferentes actores y sectores de la sociedadchiapaneca, en un compromiso conjunto por hacer de Chiapas el Estado que todos queremos se handiseñado siete políticas públicas, las cuales de manera estratégica buscan atender los problemasreflejados como efecto del cambio climático y que directamente afectan a la flora, fauna, suelo, aguay aire, y en general a toda la biodiversidad y ecosistemas existentes en Chiapas.

La nueva política ambiental enmarcada en este Programa contiene objetivos, estrategias y accionesque requerirán una amplia participación ciudadana, pues juntos, gobierno y sociedad, debenresponder a la necesidad de implementar acciones para mejorar la calidad, a través de laconservación y protección del medio ambiente y del manejo eficiente y sustentable de los recursosnaturales.

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Derivado de la elaboración del Plan Estatal de Desarrollo Chiapas 2013-2018, el Programa Sectorialde Medio Ambiente y Ordenamiento Ecológico, retoma los objetivos, estrategias y directrices del PlanEstatal de Desarrollo, que establece como una prioridad que no debe postergarse la protección yconservación de los recursos naturales, a fin de preservar el medio ambiente y mejorar lasposibilidades de vida de las generaciones venideras.

Las medidas ambientales que se pretenden implementar a través del Programa Sectorial, refrendanel compromiso con el propósito a la aplicación del ordenamiento ecológico territorial; culturaambiental para la sustentabilidad; protección, conservación y restauración con desarrollo forestalsustentable; gestión sustentable de los recursos hídricos; conservación y protección del capitalnatural del Estado; gestión para la protección ambiental y asumir la responsabilidad ante la mitigacióny adaptación ante el cambio climático.

Este Programa definirá una plataforma a mediano y largo plazo para implementar soluciones alpatrimonio natural del Estado; la estructura temática del presente documento hace eco a los diversostemas tratados en el Eje Rector 4. Chiapas Sustentable del Plan Estatal de Desarrollo, este ejecontempla el ordenamiento ecológico y la integración del territorio de manera sustentable,estableciendo proyecciones de metas al 2018.

04.- PROGRAMA SECTORIAL DE SALUD 2013-2018:

El Programa Sectorial de Salud 2013-2018, surge como una guía del rumbo a seguir y en el cual seabordan los principales planteamientos y orientaciones generales sustentadas en el Plan Estatal deDesarrollo, incluyendo diagnósticos, los objetivos y estrategias encaminadas al cumplimiento demetas mensurables a través de una serie de indicadores.

El Programa Sectorial de Salud 2013-2018 se alinea al Plan Estatal de Desarrollo bajo el Eje 2.Familia Chiapaneca, del Tema 2.1. Salud de Calidad así como a tres Políticas Públicas, a saber.

Este Programa Sectorial se crea para atender las tres políticas públicas del Tema 2.1. Salud deCalidad, ubicado en el Plan Estatal de Desarrollo 2013-2018 en el Eje Rector 2. Familia Chiapaneca,los cuales se describen: 2.1.1. Promoción de la Salud; 2.1.2. Redes Integradas de Servicios de Saludy 2.1.3.Salud Pública.

La preservación de la salud es un reto imperativo y a la vez un tema delicado que implica, entre otrascosas, la búsqueda de la equidad que permita dejar atrás la desigualdad social y regional. En estabúsqueda, el ser humano ejerce un derecho natural y jurídico en la satisfacción de una necesidadbásica: El derecho a la salud y a la vida.

Pese a los avances en los últimos años para extender la cobertura y el acceso a servicios de salud,una parte de la población que vive en condiciones de marginación todavía sufre de manera aguda lasenfermedades del rezago, las cuales son en la actualidad altamente evitables. Esta es una situacióninaceptable desde el punto de vista ético y social. A ello se agrega un mayor grado de dificultad paraenfrentar el peso de la enfermedad por el continuo envejecimiento de la población, las modificacionesen las condiciones y estilos de vida y los cambios en las expectativas de los ciudadanos, que deseanservicios oportunos y de calidad.

El Sector Salud está integrado por los organismos públicos: Instituto de Salud, Instituto Mexicano delSeguro Social (IMSS), Instituto de Seguridad Social al Servicio de los Trabajadores del Estado(ISSSTE), Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), Instituto de Seguridad Social de losTrabajadores del Estado de Chiapas (ISSTECH) y Desarrollo Integral de la Familia (DIF).

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En coordinación con todos los organismos públicos antes descritos, se desarrolló el ProgramaSectorial de Salud el cual contempla cuatro grandes apartados. El primero de ellos se conforma porla Visión Sectorial, en donde se expone el escenario prospectivo del Sector hacia el 2018, enconcordancia con los retos establecidos en el documento rector.

En el segundo apartado, se definió en una primera instancia la planeación estratégica, al ubicar delSector dentro del Plan Estatal de Desarrollo, el cual se ubica en el Eje 2. Familia Chiapaneca y Tema2.1. Salud de Calidad, éste último contempla tres políticas públicas. Al Sector Salud le correspondeatender tres políticas públicas; en ese sentido, se desarrolló la planeación operativa al definir porcada una de ellas su diagnóstico, objetivo, línea base y meta, estrategias y líneas de acción eindicadores.

El tercer apartado contempla los Objetivos de Desarrollo Sostenible y se precisa que éste sectorincide directamente en su cumplimiento y está integrado por organismos de salud.

Para dar puntual atención al Plan Estatal de Desarrollo y definir las responsabilidades de su atención,en el cuarto apartado se desarrolla la Matriz de Responsabilidades, en la cual se establece el nombredel organismo público responsable directo de atender cada estrategia del PED, así como aquellosque coadyuvarán en su cumplimiento.

05.- PROGRAMA SECTORIAL DE DESARROLLO SOCIAL 2013-2018:

Este programa sectorial establece los objetivos y las estrategias estatales en materia de DesarrolloSocial con estricto apego al Plan Estatal de Desarrollo Chiapas 2013-2018 y considera las accionesque desde las distintas políticas públicas como “Inclusión social, Juntos por la alimentación saludable,Economía social sustentable y Juventud con oportunidades, Igualdad de Género y Pueblos yComunidades Indígenas” se impulsarán para atender a este sector.

Con este programa se buscará alcanzar la igualdad de oportunidades, impulsar el desarrollo y ofreceruna atención integral a los grupos con rezago social, a través del impulso de programas sociales queatenderán de manera integral a la familia como constructora del tejido social, la niñez, la juventud, losadultos mayores, las mujeres, las personas con discapacidad y a las comunidades indígenas.

La pobreza, la marginación y la exclusión, vulneran la dignidad y calidad de vida; que asociada a lasviviendas precarias y la falta de servicios básicos, limitan las libertades humanas. Por eso enChiapas, mediante la consolidación del Desarrollo Social, se logra transformar éstas condiciones enoportunidades; de tal forma, que gobierno y sociedad en conjunto, acrecienten el desarrollo humanode la población chiapaneca.

En este contexto, el Programa Sectorial de Desarrollo Social, está sustentado en el Eje Rector 2.Familia Chiapaneca y desagrega a las Políticas Públicas: 2.2.2. Inclusión Social, 2.2.3. Juntos por laAlimentación Saludable, 2.2.4. Economía Social Sustentable y 2.2.5. Juventud con Oportunidades,2.2.6. Igualdad de Género, 2.2.7. Pueblos y Comunidades Indígenas.

Este programa para su instrumentación contempla acciones sociales que contribuyen en lageneración de ingresos, asistencia y seguridad alimentaria, que contribuirán a mejorar la calidad devida de las familias chiapanecas, especialmente en aquellas localidades en condiciones de pobreza.

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Las metas que aquí se plantean, señalan los principales resultados que habremos de obtener en elsector, para contribuir a la construcción del desarrollo de Chiapas, y además nos permitiránestablecer un proceso claro de seguimiento y de rendición de cuentas hacia los ciudadanos.

06.- PROGRAMA SECTORIAL DE EDUCACIÓN 2013-2018:

Con la actualización del Plan Estatal de Desarrollo Chiapas 2013-2018, se cubren las diferentesetapas de planeación y participación del actual gobierno, se retoman directrices, objetivos yestrategias para el Programa Sectorial 2013-2018, que representa el marco de referencia para laplaneación, programación y presupuestación; sin embargo, el sector educativo, para cumplir con lospropósitos de las políticas públicas y tener un mayor nivel de precisión en su ejecución, requiereestablecer los programas y proyectos que definan objetivos, metas e indicadores, como tareasconcretas a realizar.

A través del Programa Sectorial de Educación 2013-2018, se presentan y se alinean las nuevepolíticas que a continuación se describen:

Infraestructura Física Educativa. Corresponde a los espacios físicos educativos, como: aulas,talleres, laboratorios y anexos, que son indispensables y necesarios, para el adecuado desarrollo delas actividades de enseñanza aprendizaje derivadas de la aplicación del plan y programas de estudio.

Educar con Responsabilidad Ambiental. Una política pública dirigida a tomar conciencia e impulsardesde la escuela y sus actores, la formación de ciudadanos comprometidos con una nueva culturasaludable y sustentable para el bienestar social de las familias chiapanecas.

Atención al Rezago Educativo. Uno de los grandes retos en nuestro Estado es atender a laspersonas de 15 años o más que no han alcanzado su educación básica, por tanto, de maneraprioritaria se tomará en cuenta el combate al analfabetismo como una política sustantiva para queningún chiapaneco se quede sin la oportunidad de leer y escribir.

Calidad Educativa en el nivel Básico. En un sentido integrador de lo educativo con las aspiracionesde desarrollo sustentable de las comunidades en que se insertan los centros escolares, se pretendeformar personas con consciencia crítica y capacidad reflexiva para transformar su entorno enbeneficio propio y del colectivo al que pertenece, en concordancia con los altos fines formativosestatales y nacionales.

Educación Media Superior de Calidad. Esta política pública está concebida para proporcionar a loseducandos una formación en competencia de manera integral y flexible que responda a los retos dela sociedad contemporánea, dotándoles de los conocimientos, habilidades, destrezas y valores, quele permitan el desarrollo armónico y la adecuada preparación, de cada uno de sus miembros para lavida y el trabajo con espíritu emprendedor. Con esta formación la juventud chiapaneca tendrá laposibilidad de ingresar a estudios superiores e incorporarse a la vida laboral, incidiendo en formaactiva en el desarrollo sostenible del Estado.

Calidad Educativa en el nivel Superior. En Chiapas, este tipo de educación impulsa la formaciónde profesionales en las diferentes áreas del conocimiento de acuerdo a los avances de la ciencia y latecnología, mediante el fomento a la innovación y la investigación científica, la vinculación con los

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sectores productivos y sociales y la promoción general de la cultura, través del incremento sostenidode la diversificación de la oferta educativa de calidad y la ampliación de la infraestructura y serviciosen educación superior, en atención a los requerimientos del desarrollo local, estatal, regional ynacional.

Deporte y Recreación para mejorar la calidad de vida. En Chiapas concebimos la actividad física,el deporte y la recreación como factores importantes de prevención en salud, mejoramiento de lacalidad de vida y medio para la prevención de las adicciones, así como para la disminución de ladelincuencia y la violencia. El deporte es una actividad que permite a la población cubrir susnecesidades de recreación, esparcimiento y fortalecer la convivencia social. Con la creación de laSecretaría de la Juventud, Recreación y Deporte, el Gobierno del Estado se propone normar ypromover la construcción y conservación de la infraestructura deportiva y su equipamiento, lacapacitación de entrenadores, el desarrollo de talentos deportivos y el fomento del deporte popularen todos los municipios de la entidad, a través de la búsqueda de relaciones sinérgicas conasociaciones y dependencias interesadas en el desarrollo saludable de la sociedad chiapaneca.

Fomento a las Culturas y las artes. Chiapas es un Estado con una riqueza lingüística y deexpresiones culturales por los diversos pueblos y comunidades que lo integran, estos se manifiestande manera material e inmaterial en un espacio físico y de ambientes propios. Por ello, el Estadofomenta, propicia y difunde las diferentes manifestaciones culturales para el bienestar y disfrute de lapoblación con el programa estratégico cultural que apoyará el desarrollo de todas las ramasartísticas y culturales, como un medio de integración pluricultural que favorezca a los talentos de lasociedad chiapaneca para coadyuvar en el rescate y conservación de su patrimonio cultural.

Desarrollo de la Ciencia, Tecnología y fomento a la Innovación. En este rubro la política estataltiene como propósito prioritario y estratégico, impulsar la investigación científica, el desarrollotecnológico y la innovación para el desarrollo de la entidad, para ello se promoverán actividadescientíficas y tecnológicas, programas y becas de apoyo para la formación de recursos humanos conestas características, la vinculación de la investigación científica, el desarrollo tecnológico y lainnovación, tales como la agenda de innovación que permitirá la selección de sectores estratégicospara atender los grandes problemas existentes en el Estado de Chiapas, en los ámbitos: económico,social, cultural y ambiental.

La ejecución de las políticas antes señaladas contribuirán al cumplimiento del Plan Estatal deDesarrollo Chiapas 2013-2018, su incorporación al Programa Sectorial de Educación 2013-2018,orientan el propósito de lograr una educación con calidad, equidad, inclusión y pertinencia en susdiferentes tipos, niveles y modalidades; esto implica desarrollar en los estudiantes los conocimientos,actitudes y habilidades que en suma, conforman las competencias necesarias que éstos debenalcanzar en su proceso formativo, en el camino a convertirse en ciudadanos plenos y conscientespara intervenir positivamente en mejorar las condiciones de vida propia y del grupo social al quepertenecen.

07.- PROGRAMA SECTORIAL DE GOBIERNO 2013-2018:

Este Programa Sectorial es derivado del Plan Estatal de Desarrollo, se desarrolla atendiendo al ejerector Gobierno cercano a la gente y a las tres políticas públicas 1.1.1 Estabilidad Social, 1.2.1Relaciones Internacionales y Migración, y 1.3.1 Manejo Integral de Riesgos de Desastres.

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El Sector Gobierno está integrado por los organismos públicos: Secretaría General de Gobierno,Secretaría para el Desarrollo de la Frontera Sur y Enlace para la Cooperación Internacional, Institutode la Consejería Jurídica y Asistencia Legal, Secretaría de Protección Civil, Instituto de ProtecciónCivil para el Manejo Integral de Riesgos de Desastres del Estado de Chiapas, Sociedad Operadoradel Aeropuerto Internacional Ángel Albino Corzo, Coordinación de transportes Aéreos, TalleresGráficos de Chiapas, Junta Local de Conciliación y Arbitraje. Adicionalmente, coadyuvan en laatención de estrategias del Plan Estatal de Desarrollo la Secretaría para el Desarrollo yEmpoderamiento de las Mujeres, Secretaría del Trabajo y la Comisión Estatal de los DerechosHumanos.

Para la integración del presente Programa Sectorial, los organismos públicos antes descritospresentaron objetivos, estrategias, indicadores y líneas de acción a realizar, de conformidad con susatribuciones y con vinculación plena al Plan Estatal de Desarrollo asociándolos a mecanismos yevaluación de resultados.

El trabajo del sector gobierno, ha de verse reflejado en el cumplimiento de los objetivos y estrategiastrazadas en el Plan Estatal de Desarrollo, para lo cual se desarrolló una matriz de responsabilidades,en la cual se establece eje, tema, política pública, objetivo, meta, indicador, línea base, el nombre delorganismo público responsable y corresponsable de atender cada estrategia.

Con base a lo anterior, tomando en cuenta las políticas y estrategias plasmadas en el Plan Nacionalde Desarrollo 2013-2018 y el Plan Estatal de Desarrollo Chiapas 2013-2018 del Estado de Chiapas,se presenta el Programa Sectorial de Gobierno del Estado de Chiapas, el cual establece las políticas,estrategias, objetivos y metas, para la coordinación, operación y evaluación de las dependencias,instituciones y demás integrantes del Sector Gobierno.

08.- PROGRAMA SECTORIAL DE SEGURIDAD Y ESTADO DE DERECHO 2013-2018:

Derivado de la elaboración del Plan Estatal de Desarrollo Chiapas 2013-2018, el Programa Sectorialde Seguridad y Estado de Derecho 2013-2018, este eje de políticas públicas da certidumbre degobernabilidad, estabilidad y paz social a los chiapanecos. En un Chiapas en paz se preserva lalibertad y justicia, además se mantienen relaciones armónicas entre la sociedad y las instituciones degobierno.

Uno de los compromisos en la materia es mejorar sustancialmente los servicios proporcionados enmateria de Seguridad que fortalezca la paz social en la entidad, mediante la instrumentación deplanes, programas y estrategias eficientes con pleno apego a los derechos humanos por parte de lascorporaciones policiales, ministeriales y municipales así como de todo servidor público encargado debrindar seguridad, y que se busque como una de las metas principales la consolidación del nuevosistema de justicia penal acusatorio que garantice que los verdaderos delincuentes sean privados dela libertad y no las personas inocentes.

En el proceso de ejecución del programa sectorial participan la Secretaría de Seguridad y ProtecciónCiudadana, Centro Estatal de prevención Social de la Violencia y Participación Ciudadana, FiscalíaGeneral del Estado, Centro Estatal de Control de Confianza Certificado; Instituto de Formación

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Policial; Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública, en dicho programa se hanestablecido metas sectoriales y con proyecciones al 2018, con el firme propósito de cada una de lasdependencias encargadas del seguimiento de las acciones para lograrlo.

El Plan de Estatal Desarrollo Chiapas (PED) 2013-2018 establece las políticas públicas que guían lasacciones institucionales tendientes a la consolidación de un Chiapas competitivo y generador deoportunidades para su población.

Este programa busca que las estrategias y acciones propuestas se conviertan en compromisos detodos, gobierno y sociedad; de igual forma busca que las dependencias y las autoridades hagan usotransparente, honesto y eficaz de los recursos; que se basen en estrategias modernas deinvestigación; previsión y persecución del delito y de una buena administración de justicia.

El programa, deriva del eje rector 1. Gobierno Cercano a la Gente y desagrega a las PolíticaPúblicas: 1.3.1. Prevención de la violencia y la delincuencia 1.3.2. Seguridad pública 1.3.3.Procuración de justicia. El Programa Sectorial de Seguridad y Estado de Derecho 2013-2018, considera a la seguridad comoun elemento esencial de la relación entre gobierno y sociedad; para su instrumentación contemplapolíticas públicas que da certidumbre de gobernabilidad, estabilidad y paz social a los chiapanecos.

9.- PROGRAMA SECTORIAL DE INFRAESTRUCTURA Y COMUNICACIONES 2013-2018:

El Programa Sectorial de Infraestructura y Comunicaciones, nos permite desarrollar y puntualizar conmayor precisión las políticas públicas contenidas en el Plan Estatal de Desarrollo Chiapas 2013-2018,y asegurar su oportuno cumplimiento.

Este Programa Sectorial, señala que la comunicación y la disposición de infraestructura, constituyenlos principales elementos físicos de desarrollo de la sociedad. Sin embargo, en una entidad como lanuestra, donde se combinan factores de tipo físico, orográficos, meteorológicos y de dispersión delocalidades, se dificulta que estos elementos sean suficientes para el desarrollo del Estado.

Mantenerse comunicados, representa ser partícipes de los programas y servicios con los que cuentael Estado, el municipio o la comunidad; significa conocer y opinar en las decisiones de nuestrasautoridades, constituye el acceso a mejores índices de bienestar, y sobre todo, nos permiteinterrelacionarnos con nuestro entorno a efecto de interactuar en los aspectos sociales, políticos,económicos y culturales que contribuyan a desarrollarnos como personas y sociedad.

El propósito fundamental de este programa, es ser una guía y herramienta de trabajo que oriente lasactividades, funciones y proyectos que realizará cada uno los organismos de gobierno afines a estesector, orientados a contribuir con las directrices que de manera estratégica se describen en el PlanEstatal de Desarrollo Chiapas 2013-2018, cuya misión se relaciona con el impulso y mejoramiento dela infraestructura productiva y social.

El programa Sectorial de Infraestructura y Comunicaciones tiene el compromiso de generarinfraestructura fortalecida y moderna que atienda a todas las regiones de la entidad, especialmente

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aquellas en las que se ubican los municipios que conforman el bloque de atención del programa deseguimiento de la Cruzada Nacional contra el Hambre, por eso, define acciones con visión integral yde largo plazo.

A través de este programa se busca impulsar, fortalecer y modernizar la infraestructura en materiade telecomunicaciones, carretera y de autotransportes; ampliar la cobertura de aquella que proveelos servicios básicos a la comunidad como energía eléctrica, agua potable, drenaje y saneamiento.Infraestructura que permitirá transformar la imagen urbana y rescatar los espacios y edificios públicosque identifican y sustentan la historia de nuestra entidad, desde luego concediendo prioridad a lasacciones de vivienda, para atender las zonas rurales y los municipios alto y muy alto grado demarginación.

Este Programa Sectorial de Infraestructura y Comunicaciones 2013 – 2018 aporta las estrategias ylíneas de acción indispensable para hacer de Chiapas un Estado más competitivo y generador deoportunidades, alcanzar el crecimiento de nuestra economía con sustentabilidad, llevar los serviciosbásicos a más familias, favorecer la integración de mercados regionales, participar más activamenteen el mercado nacional y propiciar un desarrollo regional equilibrado.

Este programa, el cual se deriva del Plan Estatal de Desarrollo Chiapas 2013-2018, es el documentorector para el impulso del sector de infraestructura y comunicaciones y es la base para potencializarel desarrollo económico con un enfoque regional sustentable, propiciar la generación de másempleos y alcanzar el desarrollo humano justo y equilibrado al que aspiramos los chiapanecos.

El programa incluye los rubros de infraestructura, telecomunicaciones, transportes, carretera, yvivienda, así como el de infraestructura social básica relacionada con agua potable, drenaje ysaneamiento.

El Programa Sectorial de Infraestructura y Comunicaciones establece los objetivos, estrategias,líneas de acción, línea base, indicadores y metas que nos permitirán focalizar los recursos yesfuerzos necesarios para ampliar la cobertura, calidad y competitividad de la infraestructura social yproductiva de la entidad.

10.- PROGRAMA ESPECIAL DE IGUALDAD DE GENERO 2017-2018:

La Secretaría para el Desarrollo y Empoderamiento de las Mujeres, consideró necesario contar conun programa Especial de Igualdad de Género que permita sentar las bases de la incorporación de laperspectiva de género en la definición de políticas públicas, estrategias y acciones al interior de lasdistintas dependencias, y esta a su vez, sean en correspondencia con las demandas y necesidadesde las mujeres y hombres de nuestro Estado de Chiapas.

Es por ello que la actual administración consideró fundamental la incorporación de la perspectiva degénero en las políticas públicas para el diseño e instrumentación de estrategias y acciones quecoadyuvan a mejorar la condición y posición de las mujeres; es decir contempla la necesidad derealizar acciones especiales orientadas a garantizar los derechos de las mujeres y evitar que lasdiferencias de géneros sean causa de desigualdad, exclusión o discriminación, así como fomentar un

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proceso de cambio que comience al interior de las instituciones de gobierno, con el objeto de evitarque en las dependencias de la Administración Pública Estatal se reproduzcan los roles y estereotipos de género que inciden en desigualdades sociales.

La incorporación de la Perspectiva de Género en las políticas públicas que se derivan del PlanEstatal de Desarrollo Chiapas 2013-2018 es prioridad en el quehacer gubernamental de la actualadministración, lo cual se ve reflejado en los ejes estratégicos: eje 1. Gobierno cercano a la gente; 2.Familia Chiapaneca; 3. Chiapas exitoso y 4.- Chiapas Sustentable; estos a su vez contemplanestrategias de atención a las mujeres y la coordinación interinstitucional entre las dependencias queconforman al Ejecutivo Estatal.

El programa Especial de Igualdad de Género incluye acciones que posibilitan la igualdad deoportunidades, y al mismo tiempo garantizan que tanto las mujeres como los hombres puedanparticipar en todas las esferas de la vida económica, política, social y de toma de decisiones. Setrata de políticas que garanticen los derechos humanos de las mujeres y promuevan suempoderamiento.

El Programa Especial de Igualdad de Género 2017-2018, contiene en su primer apartado la visiónespecial del 2003-2018, que nos permiten orientar los rumbos y las acciones estratégicas; en sucapítulo dos, define la alineación de los ejes, temas, objetivos y estrategias del Plan Estatal; elcapítulo tres contiene un apartado sustantivo en donde se puede ver un diagnóstico sobre lasituación que prevalece en la entidad, objetivos y las metas establecidas que dan sustento ypertinencia a las acciones programadas así como a los indicadores de género.

Por las consideraciones antes expuestas, el Honorable Congreso del Estado de Chiapas, ha tenido abien emitir el siguiente:

“Decreto por el que se actualizan los Programas Sectoriales”

Artículo Único.- Se aprueban la actualización de los Programas Sectoriales, presentado por elTitular del Poder Ejecutivo del Estado, los cuales comprenden los siguientes rubros:

1.- PROGRAMA SECTORIAL DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE 2013-2018.

2.- PROGRAMA SECTORIAL DE FUNCION PÚBLICA 2013-2018.

3.- PROGRAMA SECTORIAL DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENAMIENTO ECOLÓGICO2013-2018.

4.- PROGRAMA SECTORIAL DE SALUD 2013-2018.

5.- PROGRAMA SECTORIAL DE DESARROLLO SOCIAL 2013-2018.

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6.- PROGRAMA SECTORIAL DE EDUCACIÓN 2013-2018.

7.- PROGRAMA SECTORIAL DE GOBIERNO 2013-2018.

8.- PROGRAMA SECTORIAL DE SEGURIDAD Y ESTADO DE DERECHO 2013-2018.

9.- PROGRAMA SECTORIAL DE INFRAESTRUCTURA Y COMUNICACIONES 2013-2018.

10.- PROGRAMA SECTORIAL DE IGUALDAD DE GÉNERO 2013-2018.

TRANSITORIOS

Artículo Primero.- El presente Decreto entrará en vigor al siguiente día de su publicación en elPeriódico Oficial del Estado.

Artículo Segundo.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en elpresente Decreto.

Artículo Tercero.- En cumplimiento a lo previsto por el artículo 8º de la Ley Orgánica de laAdministración Pública del Estado de Chiapas, publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficialdel Estado.

El Ejecutivo del Estado dispondrá que se publique, circule y se dé el debido cumplimiento al presentedecreto.

Dado en el Salón de Sesiones Sergio Armando Valls Hernández del Honorable Congreso del EstadoLibre y Soberano de Chiapas, en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas a los 01 días del mes deMarzo del año dos mil dieciocho.- D. P. C. Williams Oswaldo Ochoa Gallegos.- D. S. C. ElizabethEscobedo Morales.- Rúbricas.

De conformidad con la fracción I del artículo 59 de la Constitución Política Local y para suobservancia, promulgo el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en laCiudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a los 12 días del mes de Marzo del año dos mil dieciocho.

Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas.- Juan Carlos Gómez Aranda,Secretario General de Gobierno.- Rúbricas

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5574Secretaría General de GobiernoSubsecretaría de Asuntos Jurídicos

Dirección de Legalización y Publicaciones Oficiales

DECRETO NÚMERO 166

Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas, a sus habitantes hace saber: Quela Honorable Sexagésima Sexta Legislatura del mismo, se ha servido dirigir al Ejecutivo a sucargo el siguiente:

DECRETO NÚMERO 166

La Honorable Sexagésima Sexta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano deChiapas, en uso de las facultades que le concede la Constitución Política Local; y

C O N S I D E R A N D O.

Que el artículo 45, fracción I, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas,faculta al Honorable Congreso del Estado a legislar en las materias que no están reservadas alCongreso de la Unión, así como, en aquellas en que existan facultades concurrentes, de acuerdo conel pacto federal.

De conformidad con lo dispuesto en el Código de la Hacienda Pública para el Estado de Chiapas, laSecretaría de Hacienda debe ser la beneficiaria de las garantías que se otorguen, derivados de losprocesos de licitación para la adjudicación de pedidos y contratos, por tal motivo resulta necesariomodificar los artículos de la Ley que regula dichos procesos, con la finalidad de otorgar competenciamaterial a la referida Secretaría, para efectos de que, al momento en que se requieran hacerefectivas, esta se encuentre facultada para ello, a fin de lograr el resarcimiento al Erario Estatal,derivado del incumplimiento de contratos y/o pedidos referidos.

Por las anteriores consideraciones este Honorable Congreso del Estado, ha tenido a bien emitir lasiguiente:

DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DEADQUISICIONES, ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES Y LA CONTRATACIÓN DE

SERVICIOS PARA EL ESTADO DE CHIAPAS

Artículo Único: Se reforman los artículos 35 y 36 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento deBienes Muebles y la Contratación de Servicios para el Estado de Chiapas, para quedar redactado dela siguiente manera:

Artículo 35.- Quienes participen en las licitaciones o celebren los contratos o pedidos a que serefiere esta Ley, deberán garantizar:

I.Cuando se trate del Poder Ejecutivo del Estado en su administración centralizada y paraestatal, afavor de la Secretaría de Hacienda.

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II. Cuando se trate de los Poderes Legislativo y Judicial, así como de los Órganos Autónomos afavor del Órgano Requirente.

Los Poderes Legislativo y Judicial, así como los Órganos Autónomos emitirán a través de lasdisposiciones normativas correspondientes, la forma o procedimientos en que se constituirán lasgarantías de anticipo, cumplimiento y de defectos o vicios ocultos, que deban otorgarse conforme aesta Ley.

Artículo 36.- Quienes participen en las licitaciones o celebren los contratos o pedidos a que serefiere esta Ley, deberán garantizar lo siguiente:

I.Los anticipos que en su caso reciban. Esta garantía deberá constituirse por la totalidad del montodel anticipo más el Impuesto al Valor Agregado, y en ningún caso excederá del 50%; deberá serasegurado mediante póliza de fianza otorgada por institución autorizada, la cual permanecerávigente hasta la amortización total del mismo, debiendo contener la indicación expresa de laaceptación de la afianzadora para continuar garantizando el monto cubierto, en caso de que seotorgue prórroga o espera al proveedor.

II. El cumplimiento de los pedidos o contratos mediante cheque certificado con cargo ainstitución bancaria legalmente constituida conforme a la legislación mexicana, o bien, mediantepóliza de fianza otorgada por institución afianzadora debidamente autorizada, con un importemínimo del 10% sobre el total de los contratos sin considerar el Impuesto al Valor Agregado.

III. En adquisiciones de bienes que así lo ameriten y se especifiquen en las bases, el proveedordeberá garantizar los bienes adquiridos contra defectos o vicios ocultos mediante la presentaciónde una póliza de fianza, cheque de caja o cheque certificado, en todos los casos deberángarantizar el 10% del monto total pagado sobre los bienes de que se trate, debiendo hacerválidas tales garantías por un lapso que no podrá ser menor a doce meses, el plazo de dichagarantía se contará a partir de la fecha de recepción de los bienes antes referidos. Dichagarantía deberá presentarse en la recepción formal de los bienes, sustituyendo a la presentadapara garantizar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el pedido o contrato.

De no haber surgido responsabilidad a cargo del proveedor al término del año, se ordenará lacancelación de la fianza en un plazo no mayor a cinco días hábiles.

TRANSITORIOS

Artículo Primero.- El presente Decreto entrará en vigor al siguiente de su publicación en el PeriódicoOficial del Estado.

Artículo Segundo.- Se derogan todas las disposiciones de igual o menor jerarquía, que se oponganal presente Decreto.

El Ejecutivo del Estado, dispondrá que se publique, circule y se dé el debido cumplimiento al presenteDecreto.

Dado en el Salón de Sesiones “Sergio Armando Valls Hernández” del Honorable Congreso delEstado Libre y Soberano de Chiapas, en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; a los 01 días delmes de Marzo del año dos mil dieciocho.- D. P. C. Williams Oswaldo Ochoa Gallegos.- D. S. C.Alejandra Cruz Toledo Zebadua.- Rúbricas.

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De conformidad con la fracción I del artículo 59 de la Constitución Política Local y para suobservancia, promulgo el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en laCiudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a los 12 días del mes de Marzo del año dos mil dieciocho.

Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas.- Juan Carlos Gómez Aranda,Secretario General de Gobierno.- Rúbricas

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miércoles 14 de marzo de 2018 Periódico Oficial No. 356 2a. Sección

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5575Secretaría General de GobiernoSubsecretaría de Asuntos Jurídicos

Dirección de Legalización y Publicaciones Oficiales

DECRETO NÚMERO 167

Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas, a sus habitantes hace saber: Quela Honorable Sexagésima Sexta Legislatura del mismo, se ha servido dirigir al Ejecutivo a sucargo el siguiente:

DECRETO NÚMERO 167

La Honorable Sexagésima Sexta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano deChiapas, en uso de las facultades que le concede la Constitución Política Local; y

C O N S I D E R A N D O.

Que el artículo 45, fracción I, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas,faculta al Honorable Congreso del Estado a legislar en las materias que no estén reservadas alCongreso de la Unión, así como en aquellas en que existan facultades concurrentes, de acuerdo conel pacto federal.

En el mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve, se constituyó legalmente “Unidos ProDown, A.C.”, la cual a través de tratamientos y personal especializados atiende a niños y jóvenes consíndrome de Down.

El día veintiuno de octubre del dos mil nueve se publicó en el Periódico Oficial número 193 delEstado de Chiapas el Decreto por el que se autoriza al Ejecutivo del Estado a otorgar recursos parael fortalecimiento de Unidos Pro Down A.C.” asignándole la aportación económica ascendiendo a unacantidad de $300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100), los cuales serán suministrados de formaanual y permanente a “La Asociación” entregándose en doce exhibiciones mensuales, cada una deellas de $25,000.00 (Veinticinco mil pesos 00/100 M.N.).

Nuestro Estado, ha estado siempre comprometido con el cuidado y la protección de sus habitantes yen particular con los que presentan capacidades especiales que requieren una educaciónpersonalizada y adecuada de acuerdo al nivel intelectual que presenten para promover una inclusiónen los distintos entornos: laboral, educativo, social.

“La Asociación” ha realizado su mayor esfuerzo por establecer las condiciones necesarias para quelas personas con capacidades diferentes que han acudido a recibir clases en sus instalaciones logrenser independientes en casa y en algunos casos incorporarse al ámbito laboral.

“La Asociación” comenzó con 7 niños, un aula, una maestra y un auxiliar, derivado de la necesidadsocial se han incrementado el número de personas que acuden a la asociación, actualmente seatiende a 106 niños impartiéndoles educación maternal, preescolar, primaria y talleres o actividadesculturales para que las personas con capacidades diferentes puedan ser autosuficientes.

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Varios instrumentos internacionales han exhortado al Estado mexicano a reconocer en su legislacióny políticas un sistema de educación inclusiva en todos los niveles de la educación y el desarrollo deajustes razonables con recursos presupuestarios suficientes y formación adecuada de los docentesregulares.

Por las consideraciones antes expuestas, el Honorable Congreso del Estado de Chiapas, ha tenido abien emitir el siguiente:

Decreto que modifica el Decreto 297 por el que se autoriza al Ejecutivo del Estado a otorgarrecursos para el fortalecimiento de “Unidos Pro Down A.C”.

Artículo Único.- Se reforma el artículo 2 del Decreto 297 por el que se autoriza al Ejecutivo delEstado a otorgar recursos para el fortalecimiento de “Unidos Pro Down A.C, para quedar como sigue:

Artículo 2.- La aportación económica a que se refiere este decreto, ascenderá a una cantidad de$900,000.00 (Novecientos mil pesos 00/100 M.N.), los cuales serán suministrados de forma anual ypermanente a “La Asociación”.

La aportación económica será entregada en doce exhibiciones mensuales correspondiendo cada unode ellas a la cantidad de $75,000.00 (Setenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.).

Transitorios

Artículo Primero.- El presente Decreto, entrara en vigor al día siguiente a su publicación en elPeriódico Oficial del Estado.

El Ejecutivo del Estado dispondrá se publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.

Dado en el Salón de Sesiones Sergio Armando Valls Hernández, del Honorable Congreso del EstadoLibre y Soberano de Chiapas, en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez; a los 01 días del mes de Marzo delaño dos mil dieciocho.- D. P. C. Williams Oswaldo Ochoa Gallegos.- D. S. C. Elizabeth EscobedoMorales.- Rúbricas.

De conformidad con la fracción I del artículo 59 de la Constitución Política Local y para suobservancia, promulgo el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en laCiudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a los 12 días del mes de Marzo del año dos mil dieciocho.

Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas.- Juan Carlos Gómez Aranda,Secretario General de Gobierno.- Rúbricas

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5576Secretaría General de GobiernoSubsecretaría de Asuntos Jurídicos

Dirección de Legalización y Publicaciones Oficiales

Decreto número 168

Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas, a sus habitantes hace saber: Quela Honorable Sexagésima Sexta Legislatura del mismo, se ha servido dirigir al Ejecutivo a sucargo el siguiente:

Decreto número 168

La Sexagésima Sexta Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado Libre ySoberano de Chiapas, en uso de las facultades que le confiere la Constitución Política Local,expide el siguiente:

D e c r e t o

Artículo Único.- La Sexagésima Sexta Legislatura Constitucional del Congreso del Estado Libre ySoberano de Chiapas, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 2, de la Ley Orgánica delCongreso del Estado, después de haber agotado los asuntos que motivaran la convocatoria delTercer Periodo Extraordinario de Sesiones, correspondiente al Primer Receso, del Tercer Año deEjercicio Constitucional, el día de hoy clausuró dicho Periodo Extraordinario, continuando enfunciones la Comisión Permanente.

Transitorio

Artículo Único.- El Presente Decreto comenzará a regir a partir de la presente fecha.

El Ejecutivo del Estado dispondrá se publique, circule y el Honorable Congreso del Estado, proveeráa su debido cumplimiento.

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Chiapas, enla Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, al Primer día del mes de Marzo del 2018.- D. P. C. Williams OswaldoOchoa Gallegos.- D. S. C. Elizabeth Escobedo Morales.- Rúbricas.

De conformidad con la fracción I del artículo 59 de la Constitución Política Local y para suobservancia, promulgo el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en laCiudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a los 12 días del mes de Marzo del año dos mil dieciocho.

Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas.- Juan Carlos Gómez Aranda,Secretario General de Gobierno.- Rúbricas

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5577Secretaría General de GobiernoSubsecretaría de Asuntos Jurídicos

Dirección de Legalización y Publicaciones Oficiales

Decreto número 178

Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas, a sus habitantes hace saber: Quela Honorable Sexagésima Sexta Legislatura del mismo, se ha servido dirigir al Ejecutivo a sucargo el siguiente:

Decreto número 178

La Comisión Permanente de la Sexagésima Sexta Legislatura del Honorable Congreso del Estado deChiapas, en uso de las facultades que le concede la Constitución Política del Estado Libre ySoberano de Chiapas; y,

C o n s i d e r a n d o

Que el artículo 72, de la Constitución Política local, indica que el Poder Judicial del Estado para elejercicio de sus atribuciones, se deposita en el Tribunal Superior de Justicia, el Consejo de laJudicatura y el Tribunal del Trabajo Burocrático.

Que el artículo 73, párrafo primero, de la Constitución Política del Estado, señala, que el TribunalSuperior de Justicia se integra por el Tribunal de Justicia Constitucional; las Salas RegionalesColegiadas; los juzgados de Primera Instancia, dentro de los cuales se entenderán como tales a los:Juzgados de Control y Tribunales de Enjuiciamiento y Juzgados de Primera Instancia Especializadosen Juicio Oral Mercantil; los Juzgados y Tribunales de Alzada especializados en justicia paraadolescentes; los Juzgados de Paz y Conciliación; los Juzgados de Paz y Conciliación indígena; losJuzgados Municipales; el Centro Estatal de Justicia Alternativa y el Instituto de la Defensoría Pública.

Los Magistrados que integren las Salas Regionales Colegiadas del Tribunal Superior de Justicia,durarán en sus funciones seis años, con posibilidad de ser reelectos en los términos del Código deOrganización del Poder Judicial; tal y como lo establece el párrafo octavo del artículo 73, de laConstitución Política Local.

La ratificación de los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia se realizará a través del mismomecanismo regulado para su nombramiento, como lo preceptúa el numeral 27, del Código deOrganización del Poder Judicial del Estado.

El párrafo noveno del numeral 73, constitucional, dispone, que los nombramientos de losmagistrados del Tribunal Superior de Justicia, salvo los magistrados del Tribunal de JusticiaConstitucional, serán aprobados por el Pleno del Congreso del Estado o la Comisión Permanente ensu caso, a propuesta del Titular del Poder Ejecutivo, con la aprobación de la mayoría de susintegrantes.

Por su parte el artículo 77, párrafo primero, de la Constitución Política del Estado, preceptúa, que losnombramientos de Magistrados deberán hacerse de manera preferente entre aquellas personas quehayan prestado sus servicios con eficiencia y probidad en la impartición de justicia, o en quienes porsu honorabilidad, competencia y profesionalismo se hayan destacado en otras ramas de la profesiónjurídica.

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Correlativamente, el artículo 22, párrafo primero, del Código de Organización del Poder Judicial delEstado, prevé que los Magistrados que integren las Salas Regionales Colegiadas, durarán en susfunciones seis años, con posibilidad de ser reelectos por otro periodo igual, a través delprocedimiento que regula la Constitución Política del Estado de Chiapas y el aludido Código.

En uso de las atribuciones señaladas en los párrafos anteriores del presente Decreto y deconformidad a lo dispuesto por el artículo 59, fracción XXII, de la Constitución Política del Estado,mediante oficio número 0041, de fecha 17 de Enero del 2018 y recibido en oficialía de partes de estePoder Legislativo, el 23 de Enero del 2018, el Licenciado Manuel Velasco Coello, GobernadorConstitucional del Estado de Chiapas, hace del conocimiento de los diputados integrantes de laSexagésima Sexta Legislatura de este Congreso local, que ratifica como Magistrado de SalaRegional del Tribunal Superior de Justicia del Estado, al Licenciado José Aníbal Pérez Castro,solicitando su aprobación como nuevo y definitivo nombramiento, permitiendo con ello darcontinuidad a las acciones emprendidas por la Sala Regional del Tribunal del Estado.

Con sustento a lo antes expuesto, la Comisión Permanente de este Congreso del Estado, en ejerciciode la facultad conferida en los artículos 73, párrafos octavo y noveno, de la Constitución Política localy 22, párrafo primero, del Código de Organización del Poder Judicial del Estado, ratifica comonuevo y definitivo nombramiento al licenciado José Aníbal Pérez Castro, como Magistrado de SalaRegional Colegiada del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chiapas.

Por las consideraciones y fundamentos expuestos, la Comisión Permanente de la Sexagésima SextaLegislatura del Congreso del Estado de Chiapas, expide el siguiente:

D e c r e t o

Artículo Primero.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 73, párrafos octavo y noveno,de la Constitución Política local y 22, párrafo primero, del Código de Organización del Poder Judicialdel Estado, se ratifica como nuevo y definitivo nombramiento al licenciado José Aníbal PérezCastro, como Magistrado de Sala Regional Colegiada del Tribunal Superior de Justicia del Estado deChiapas.

Artículo Segundo.- Se expide el comunicado correspondiente.

T r a n s i t o r i o

Artículo Único.- El presente Decreto entrará en vigor a partir de la presente fecha.

El Ejecutivo del Estado dispondrá se publique, circule y el Tribunal Superior de Justicia del PoderJudicial del Estado de Chiapas, proveerá a su debido cumplimiento.

Dado en el Salón de Usos Múltiples del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano deChiapas, en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, a los 07 días del mes de Marzo del 2018.- D. P. C.Williams Oswaldo Ochoa Gallegos.- D. S. C. Elizabeth Escobedo Morales.- Rúbricas.

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De conformidad con la fracción I del artículo 59 de la Constitución Política Local y para suobservancia, promulgo el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en laCiudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a los 14 días del mes de Marzo del año dos mil dieciocho.

Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas.- Juan Carlos Gómez Aranda,Secretario General de Gobierno.- Rúbricas

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5578Secretaría General de GobiernoSubsecretaría de Asuntos Jurídicos

Dirección de Legalización y Publicaciones Oficiales

Decreto número 179

Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas, a sus habitantes hace saber: Que laHonorable Sexagésima Sexta Legislatura del mismo, se ha servido dirigir al Ejecutivo a su cargo elsiguiente:

Decreto número 179

La Comisión Permanente de la Sexagésima Sexta Legislatura del Honorable Congreso del EstadoLibre y Soberano de Chiapas, en uso de las facultades que le confiere la Constitución Política Local;y

C o n s i d e r a n d o

Que el artículo 115, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, disponeque los municipios están investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a laLey; asimismo en los casos en que se requiera el acuerdo de las dos terceras partes de losmiembros de los Ayuntamientos para dictar resoluciones que afecten el patrimonio inmobiliariomunicipal o para celebrar actos o convenios que comprometan al Municipio por un plazo mayor alperiodo del Ayuntamiento.

En uso de las facultades antes mencionadas, mediante oficio número PMT/SM/072/2017, de fecha30 de Mayo del 2017 y recibido en oficialía de partes de éste Poder Legislativo, el 06 de Junio del2017, los C.C. José Luis Castillejos Vila y Delia Esmirna Peña Velázquez, Presidente y SecretariaMunicipal respectivamente del Ayuntamiento de Tonalá, Chiapas, solicitan autorización paradesincorporar del patrimonio municipal, un predio con superficie de 1,501.911 metros cuadrados,para enajenarlo vía donación a favor de la Diócesis de Tapachula, Asociación Religiosa, paradestinarlo a la Capilla de “El Señor de la Misericordia”, ubicada en la Colonia Santa Cruz, de esemunicipio, con el objeto de regularizar la tenencia de la tierra.

El Ayuntamiento de referencia anexó al oficio antes mencionado, la siguiente documentación:

1.- Copia certificada del Acta Extraordinaria de Cabildo número 127, de fecha 02 de Mayo del 2017,en la cual el cuerpo edilicio del citado Municipio, acordó la desincorporación del patrimonio municipaldel citado terreno, para efectuar la donación antes mencionada.

2.- Original del oficio de fecha 10 de Agosto del 2016, por el cual el C. Martín Medina Balam, Párrocode la Parroquia de San Francisco de Asís, solicitó al Ayuntamiento Municipal de Tonalá, Chiapas, ladonación del predio que motiva la desincorporación.

3.- Copia certificada del Contrato de Donación Pura y Simple, de fecha 24 de Julio del 2007,debidamente inscrita bajo el número 869, Libro Cuatro, de la Sección Primera del registro Público dela Propiedad y de Comercio, Delegación Tonalá, Chiapas, de fecha 28 de Noviembre del 2007; pormedio del cual el ayuntamiento acredita la propiedad del predio a desincorporar; y

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4.- Copia certificada del plano individual de localización que identifica el referido predio adesincorporar.

Cabe señalar que las copias certificadas fueron emitidas por la citada Secretaria Municipal.

Por lo que, el oficio número PMT/SM/072/2017, mencionado en líneas anteriores, fue leído SesiónOrdinaria del Pleno de esta Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso del Estado, celebrada confecha 09 de Noviembre del 2017 y otorgándole el trámite legislativo correspondiente, fue turnado conel expediente respectivo para su estudio y elaboración del dictamen, a la Comisión de Hacienda.

En consecuencia, la Comisión de Hacienda consideró, que el Ayuntamiento municipal de Tonalá,Chiapas, es legítimo propietario de la superficie de terreno de 1,501.911 Metros Cuadrados; tal ycomo lo acreditó con el Contrato de donación Pura y Simple mencionada con antelación; el terrenode referencia cuenta de acuerdo a lo previsto en el Acta de Cabildo antes aludida, con las medidas ycolindancias siguientes:

Al Norte: 53.40 metros, colinda con Avenida Santa Lucia;Al Sur: 52.40 metros, colinda con Avenida Talismán;Al Oriente: 32.00 metros, colinda con Gustavo de Aquino; yAl Poniente: 25.40 metros, colinda con Calle 21 de Marzo.

Es de mencionarse que la fracción X del artículo 45 de la Constitución Política Local establece queson atribuciones del Congreso del Estado autorizar al Ejecutivo y a los Ayuntamientos, en cada caso,para que enajenen bienes propiedad del Estado o de los Municipios y hagan donaciones ainstituciones de interés público o de beneficencia, en los términos y condiciones que fije el mismoCongreso en ley.

Derivado de todo lo anterior, la Comisión de Hacienda al haber analizado y revisado exhaustivamentecada uno de los documentos que integran el expediente técnico de referencia, llegó a la certeza quecumple plena y satisfactoriamente con las disposiciones legales antes mencionadas y con losrequisitos que al efecto dispone el Decreto número 103, publicado en el Periódico Oficial del Estadode Chiapas, número 39, de fecha 26 de Septiembre de 1973, establecidos en la Circular 28, emitidapor este Poder Legislativo que desglosa las formalidades para desincorporar bienes inmueblespropiedad de los Municipios.

Por lo que la citada Comisión de Hacienda, mediante dictamen de fecha 13 de Diciembre del 2017,resolvió por unanimidad de votos de sus miembros presentes, autorizar al Honorable AyuntamientoConstitucional de Tonalá, Chiapas, para desincorporar del patrimonio municipal, un predio consuperficie de 1,501.911 metros cuadrados, para enajenarlo vía donación a favor de la Diócesis deTapachula, Asociación Religiosa, para destinarlo a la Capilla de “El Señor de la Misericordia”, ubicadaen la Colonia Santa Cruz, de ese municipio, con el objeto de regularizar la tenencia de la tierra.

Por las consideraciones y fundamentos expuestos, la Comisión Permanente de la Sexagésima SextaLegislatura del Honorable Congreso del Estado, expide el siguiente:

D e c r e t o

Artículo Primero.- Se autoriza al Honorable Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Chiapas, paradesincorporar del patrimonio municipal, un predio con superficie de 1,501.911 metros cuadrados,para enajenarlo vía donación a favor de la Diócesis de Tapachula, Asociación Religiosa, para

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destinarlo a la Capilla de “El Señor de la Misericordia”, ubicada en la Colonia Santa Cruz, de esemunicipio, con el objeto de regularizar la tenencia de la tierra. Con las medidas y colindanciassiguientes:

Al Norte: 53.40 metros, colinda con Avenida Santa Lucia;Al Sur: 52.40 metros, colinda con Avenida Talismán;Al Oriente: 32.00 metros, colinda con Gustavo de Aquino; yAl Poniente: 25.40 metros, colinda con Calle 21 de Marzo.

Articulo Segundo.- Es condición expresa que el inmueble mencionado en el artículo anterior, deberádestinarse única y exclusivamente vía donación a favor de la Diócesis de Tapachula, AsociaciónReligiosa, quien lo destinará para la Capilla de “El Señor de la Misericordia”, con el objeto deregularizar la tenencia de la tierra, debiendo regularizar en un plazo no mayor de un año, contado apartir de la presente autorización, en caso contrario el predio se revertirá con todas las mejoras yacciones al Patrimonio Municipal.

Artículo Tercero.- Se autoriza al Presidente y Síndico Municipal del Ayuntamiento Constitucional deTonalá, Chiapas, para que una vez expedido el instrumento Jurídico de propiedad correspondiente,procedan a inscribirlo ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Judicial alque corresponda.

Artículo Cuarto.- El Honorable Ayuntamiento Municipal de Tonalá, Chiapas, deberá informar en suoportunidad al Honorable Congreso del Estado o a la Comisión Permanente en su caso, del uso quehaga de la presente autorización.

Artículo Quinto.- La presente autorización no exime del fincamiento de responsabilidades que puedarealizar el Órgano de Fiscalización Superior del Congreso del Estado, por las irregularidades quecometa el Ayuntamiento de cuenta, que tengan relación con el presente asunto.

Artículo Sexto.- Comuníquese la presente autorización al Ayuntamiento de referencia para losefectos conducentes.

T r a n s i t o r i o

Artículo Único.- El presente Decreto entrará en vigor a partir de la presente fecha.

El Ejecutivo del Estado dispondrá se publique, circule y el Ayuntamiento Municipal de Tonalá,Chiapas, le dé el debido cumplimiento.

Dado en el Salón de Usos Múltiples del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano deChiapas, en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, a los 07 días del mes de Marzo del 2018.- D. P. C.Williams Oswaldo Ochoa Gallegos.- D. S. C. Elizabeth Escobedo Morales.- Rúbricas.

De conformidad con la fracción I del artículo 59 de la Constitución Política Local y para suobservancia, promulgo el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en laCiudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a los 14 días del mes de Marzo del año dos mil dieciocho.

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ORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL ESTADO LIBRE Y

SOBERANO DE CHIAPAS

PALACIO DE GOBIERNO, 2DO

PISO AV. CENTRAL ORIENTE

COLONIA CENTRO, C.P. 29000

TUXTLA GUTIERREZ, CHIAPAS.

DIRECTORIO

JUAN CARLOS GOMEZ ARANDASECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO

LUIS ENRIQUE GARCÍA GARCÍASUBSECRETARIO DE ASUNTOS JURIDICOS

ZOVEK SACRISTAN ESTEBAN CARDENASDIRECTOR DE LEGALIZACIÓN Y PUBLICACIONES OFICIALES

DOMICILIO:

TEL.: 961 613 21 56

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