SECC - ajuntamentbenaguasil.es · IMPRESORAS PARA EL SISTEMA DE CONTROL DE IMPRESIÓN CLÁUSULA 1....

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Plaza Mayor de la Vila, 17 – 46180 Benaguasil – Tel. 96 273 00 11 - Fax 96 273 72 56 Email: [email protected] www.benaguasil.com SECC - CONTRAT Asunto: PLIEGO CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS. CONTRATO SUMINISTRO MEDIANTE RENTING DE FOTOCOPIADORAS/IMPRESORAS Expediente nº. BAS-2015/0007 PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EN LA CONTRATACION DEL SUMINISTRO MEDIANTE LA MODALIDAD DE RENTING, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, DE FOTOCOPIADORAS / IMPRESORAS PARA EL SISTEMA DE CONTROL DE IMPRESIÓN CLÁUSULA 1. OBJETO Y CALIFICACIÓN DEL CONTRATO Resulta objeto del presente contrato el suministro, mediante el arrendamiento financiero, en su modalidad de renting, del sistema de impresión de las diferentes dependencias municipales del Ayuntamiento de Benaguasil, concretamente 12 equipos de fotocopiadoras/impresora para el sistema de control de impresión, incluido su mantenimiento integral. El contratista deberá incorporar un software de gestión. Las condiciones y características técnicas de los equipos y del software a cumplir vienen determinadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas (PPT). El objeto del contrato está incluido en el código CPV 30120000-6 “Fotocopiadoras, máquinas offset e impresoras”. El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de suministro, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 y 290 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Los objetivos que se pretenden conseguir con la celebración del contrato resultan los siguientes: 1.- Disminuir las incidencias y agilizar su resolución. Identificador: hwJU gFxZ ey6k FPTY RBl6 W4wW qXw= comprobar autenticidad: https://oficinavirtual.benaguasil.com

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SECC - CONTRAT Asunto: PLIEGO CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS. CONTRATO SUMINISTRO MEDIANTE RENTING DE FOTOCOPIADORAS/IMPRESORAS

Expediente nº. BAS-2015/0007

PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QU E HA DE REGIR EN LA CONTRATACION DEL SUMINISTRO MEDIANTE LA MODALIDAD DE RENTING, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, DE FOTOCOPIA DORAS / IMPRESORAS PARA EL SISTEMA DE CONTROL DE IMPRESIÓN CLÁUSULA 1. OBJETO Y CALIFICACIÓN DEL CONTRATO Resulta objeto del presente contrato el suministro, mediante el arrendamiento financiero, en su modalidad de renting, del sistema de impresión de las diferentes dependencias municipales del Ayuntamiento de Benaguasil, concretamente 12 equipos de fotocopiadoras/impresora para el sistema de control de impresión, incluido su mantenimiento integral. El contratista deberá incorporar un software de gestión. Las condiciones y características técnicas de los equipos y del software a cumplir vienen determinadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas (PPT). El objeto del contrato está incluido en el código CPV 30120000-6 “Fotocopiadoras, máquinas offset e impresoras”. El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de suministro, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 y 290 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Los objetivos que se pretenden conseguir con la cel ebración del contrato resultan los siguientes: 1.- Disminuir las incidencias y agilizar su resolución.

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2.- Mejorar la gestión de consumibles. 3.- Optimizar el número de dispositivos actuales de impresión, copiado y escáner. 4.-Controlar y gestionar la producción de documentos a imprimir mediante un software especializado. 5.- Aprovechar las nuevas tecnologías disponibles en el mercado actual en cuanto a multifuncionalidad e impresión, con la incorporación de equipos más productivos y eficientes. 6.- Cumplir con la normativa de protección medioambiental y de seguridad que resulten aplicables. 7.- Dotar de un sistema de seguridad en las impresiones con la finalidad de que las impresiones sean seguras. 8.- Dotar todos los equipos de impresión de un mantenimiento normativo, preventivo y correctivo, debiendo el contratista sustituir todas las piezas deterioradas por originales, en el tiempo establecido. 9.- Suministro de todos los consumibles necesarios, ya sean cartuchos, toneres y tambores, fusores y demás piezas necesarias para su correcto funcionamiento. Toda sustitución que deba realizarse deberá llevarse a cabo mediante ORIGINALES DEL FABRICANTE. 10.- Los consumibles retirados serán recogidos por la empresa suministradora. 11.- El contratista vendrá obligado a ofrecer una garantía total de los equipos durante la vigencia del contrato.

CLAUSULA 2. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y PRECIO DEL CONTRATO

El precio del presente contrato tiene una cuota fija que incluye el servicio de mantenimiento y una variable basándose en precios unitarios.

Los precios referencia y precios máximos de licitación son:

• Cuota mensual máxima incluido el servicio de mantenimiento: 600 € /mes + IVA.

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• Copia monocromo en los equipos MFM y MFC, precio coste unitario máximo: 0,0063€ +IVA. • Copia a color en los equipos MFC y MGE, precio coste unitario máximo: 0.055 € +IVA. • Copia monocromo en los equipos MGE, precio coste unitario máximo: 0,0060€ +IVA.

En las ofertas, la cuota mensual solo tendrá dos decimales y en los precios unitarios hasta cuatro, desechándose el resto y sin redondear cifras.

Mensualmente la empresa, previa supervisión por el responsable municipal del

servicio, facturará los productos efectivamente suministrados, según precio de adjudicación. El pago se realizará de conformidad con lo establecido en la cláusula tercera del presente pliego. El precio de adjudicación del contrato será un precio máximo. La retribución se realizará en base a los productos efectivamente suministrados. En ningún caso, se podrá exceder la parte variable de la cantidad máxima de 5.000 euros anuales, excluido el IVA.

El importe se abonará mensualmente con cargo a las aplicaciones

presupuestaria 206.00.920.00 y 220.00.920.00 del vigente Presupuesto. El precio del contrato será objeto de valoración conforme lo dispuesto en la

cláusula 11ª del presente Pliego denominada “Criterios de Valoración”.

Estas cifras se consideran como tipo o base de licitación, mejorables a la baja para su valoración.

CLAUSULA 3. PAGO DEL PRECIO.

El pago se realizará de forma mensual. Tal como dispone el artículo 216 del Real Decreto Legislativo 3/2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el Ayuntamiento dispondrá de un plazo de 30 días, a contar desde la presentación de la factura, para aprobar la factura y otros 30 días adicionales para materializar el pago. CLAUSULA 4. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN El órgano competente para efectuar la presente contratación y tramitar el expediente de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda del Texto

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Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, resulta la Alcaldía-Presidencia, si bien por Resolución de Alcaldía Nº ORG/11/6, la Alcaldía-Presidencia delegó las competencias en materia de contratación en la Junta de Gobierno Local, por lo que resulta ésta la competente. CLAUSULA 5.- PERFIL DE CONTRATANTE

Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: www.benaguasil.com

CLAUSULA 6. DURACIÓN DEL CONTRATO. El presente contrato tiene una duración de 4 años. El plazo de inicio del contrato se computará a partir del momento en que se

formalice el acta de recepción del suministro. El órgano de contratación a la finalización del plazo de vigencia del contrato

podrá exigir al contratista para que siga prestando el servicio durante el tiempo indispensable para la adjudicación de una nueva licitación. CLÁUSULA 7.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE AJDUDICACION.

La forma de adjudicación del contrato de suministro en la modalidad de renting, se llevará a cabo por tramitación ordinaria, procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa y diversos criterios de adjudicación en aplicación de lo previsto en el artículo 138.2, 150 y 157 del TRLCSP. CLAUSULA 8.- ACREDITACIÓN DE LA APTITUD PARA CONTRA TAR

Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones de contratar y, acrediten su solvencia económica, financiera, técnica y profesional.

1. La capacidad de obrar de los empresarios se acre ditará:

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a) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas, mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica que se trate.

b) Si la empresa fuese una persona individual deberá presentar el Documento Nacional de Identidad o documento que reglamentariamente le sustituya.

c) La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.

d) Los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.

2. La prueba por parte de los empresarios de la no concurrencia de alguna

de las prohibiciones de contratar del artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, podrá realizarse:

a) Mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los

casos y, cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.

b) Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.

3. La solvencia del empresario: los licitadores deberán acreditar su

solvencia económica, financiera, técnica y profesional, bien a través de la acreditación de una clasificación adecuada al objeto del Contrato o alguno de los medios que se citan a continuación:

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A. Acreditación de la Solvencia Económica y Financiera : podrá acreditarse por alguno de los siguientes medios:

a) Informe de Instituciones financieras o, en su caso, justificante de la

existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, aportando un seguro de responsabilidad civil profesional.

b) Declaración sobre el volumen global de los negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondientes al objeto del contrato, referido a los cinco últimos ejercicios.

B. Declaración de la Solvencia Técnica o profesiona l: Deberá acreditarse a través del siguiente medio:

- Relación de los principales suministros relacionados con el objeto del contrato, realizados durante los últimos cinco años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. CLAUSULA 9. PRESENTACIÓN DE OFERTAS Y DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA

Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento de Benaguasil, sito en la Plaça Major de la Vila nº 17, de 09:00 a 14: 00 horas de lunes a viernes, durante QUINCE (15) DÍAS naturales. El plazo dispuesto empezará a contar desde la fecha de publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Las ofertas podrán presentarse en cualquiera de los lugares establecidos en el

artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuando las ofertas se envíen por correo, el empresario deberá justificar la

fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número de expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del candidato.

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Se acreditará la recepción del referido télex, fax o telegrama, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, ésta no será admitida.

Cada candidato no podrá presentar más de una oferta. Tampoco podrá

suscribir ninguna oferta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las solicitudes por él suscritas.

La presentación de una oferta supone la aceptación incondicionada por el

empresario de las cláusulas del presente Pliego y el de prescripciones técnicas. Las ofertas para tomar parte en el procedimiento se presentarán en tres sobres

cerrados, los cuales deberán ir firmados por los candidatos, debiendo indicar el domicilio a efectos de notificaciones y su correspondiente NIF o CIF. En los sobres se hará constar la denominación del sobre y la leyenda “proposición para tomar parte en el procedimiento abierto, tramitado para adjudicar el contrato de suministro, mediante la modalidad de renting, de fotocopiadoras/impresoras para el sistema de control de impresión”. La denominación de los sobres será la siguiente: Sobre 1: Documentación Administrativa. Sobre 2: Documentación cuya ponderación depende de un juicio de valor.

Sobre 3: Proposición económica y documentación cuantificable de forma automática.

Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autenticadas, conforme a la legislación vigente. En el supuesto de que en el sobre 1 se incluyese la documentación administrativa, el interesado podrá retirar la documentación en el plazo máximo de 3 meses, transcurridos los cuales se procederá a su destrucción. Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:

SOBRE “1” DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA

a) Declaración Responsable del licitador indicativa del cumplimiento de las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración.

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Se presentará conforme al siguiente modelo:

“MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE D………………………………………, con domicilio a efectos de notificaciones en ……………………., c/ …………………., nº……., con DNI nº ………………, en representación de la Entidad………………………………….., con CIF nº……………….., a efectos de su participación en la licitación …………………………………………………………………………………………………….

DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD PRIMERO. Que se dispone a participar en la contratación de…………………………………………………………………………………………………. SEGUNDO. Que cumple con todos los requisitos previos exigidos en el apartado primero del artículo 146 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público para ser adjudicatario del contrato consistente en ……………………………………………………………., y en concreto declara:

- Que posee personalidad jurídica y, en su caso, representación. - Que está debidamente clasificada la empresa o, en su caso, que cuenta con

los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. - Que no está incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el

artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y se halla al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

- Que esta dado de alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto de Actividades Económicas o, en su caso, declaración de estar exento del mismo.

- Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.

- Que la dirección de correo electrónico en que efectuar notificaciones así como la dirección, número de teléfono y de fax, y la persona a la que se dirigirán las comunicaciones y requerimientos es ……………………………………………..

TERCERO. Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en el apartado segundo de esta declaración, en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello. Y para que conste firmo la presente declaración.

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En ………….., a ….. de………… de 20…

Firma del declarante

Fdo.: ……………..

SOBRE 2

DOCUMENTACIÓN PONDERABLE A TRAVES DE UN JUICIO DE V ALOR

1- Presentación de una Memoria Técnica donde se describirá la marca, modelo y características de los equipos a suministrar, las características de funcionamiento del software de gestión y control de impresiones, procedimiento de instalación y configuración de los equipos de impresión, descripción del procedimiento a seguir en la resolución de incidencias, plan de mantenimiento preventivo y cualquier metodología que redunde en una mejora de la asistencia técnica y servicio postventa, valorándose así , la calidad y garantía objeto del contrato. La memoria se suministrará en formato papel y digital

2- Sustitución y mantenimiento de una impresora red por un equipo multifunción con características similares a un equipo MFM del presente pliego. Siendo su coste por copia el mismo que el ofertado en los equipos MFM.

SOBRE 3

OFERTA ECONÓMICA, ASISTENCIA TÉCNICA Y SERVICIO POS TVENTA

a) La oferta económica se presentará conforme al siguiente modelo: “D. ………………………………………, con domicilio a efectos de notificaciones

en ………………………………………, c/…………………………………, nº….., con DNI nº ………………………………….., en representación de la Entidad ………………………….., con CIF nº…………….., enterado del expediente para la contratación del suministro fotocopiadoras/impresora por Procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, anunciado el BOP de fecha ……… y en el perfil de contratante, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, comprometiéndose a llevar a cabo el objeto del contrato con

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estricta sujeción a lo establecido en el pliego de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas, cuyas cláusulas acepta incondicionalmente, comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por una importe de:

• Cuota mensual: ………€ /mes + IVA. • Copia de impresiones monocromo en los equipos MFM / MFC:…..€/copia + IVA • Copia de impresiones monocromo en los equipos MGE: :…..€/copia + IVA • Copia de impresiones a color en cualquier equipo: :…..€/copia + IVA

En ………………………., a ….. de………..

Firma del licitador,

Fdo.:………………………………..”

En las ofertas, la cuota mensual solo tendrá dos decimales y los precios

unitarios hasta cuatro, desechándose el resto y sin redondear cifras. No se tendrán por correctas ni válidas aquellas ofertas económicas que

contengan cifras comparativas, expresiones ambiguas, aquellas que se presenten con enmiendas o raspaduras, así como aquellas que puedan inducir a duda racional sobre su contenido ni aquellas en que la cantidad expresada en letra y número sea diferente.

b) Asistencia técnica y servicio postventa: 1-Reducción en el tiempo de respuesta, reparación o s ustitución, debiendo tener en cuenta que el tiempo máximo de respuesta en caso de avería será de 24 horas desde la comunicación de la incidencia: deberá indicar el tiempo de respuesta

2- Reducción en el tiempo de suministro de consumibles debiendo tener en cuenta que el tiempo máximo de respuesta para el envío de consumibles será

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de 24 horas desde que fueran solicitados: deberá indicar el tiempo de suministro

CLAUSULA 10. PLAZO DE ENTREGA La entrega del equipamiento objeto del presente contrato se realizará en las

distintas dependencias municipales como máximo dentro de los 15 días naturales siguientes a la firma del contrato. En un plazo máximo de 5 días naturales desde la recepción de los equipos, éstos deberán estar instalados y configurados de conformidad con las indicaciones del Responsable del contrato y/o los responsables de cada una de las dependencias. El mismo día de la puesta en funcionamiento de los equipos, el contratista deberá entregar a cada Responsable de centro, las hojas técnicas sobre las características e instrucciones de uso de los equipos y les deberá instruir para su manejo.

Al finalizar la instalación de todos los equipos, se firmará la correspondiente

ACTA DE RECEPCIÓN en la que constarán los equipos suministrados, números de serie, marca y modelo, fecha y lugar de la instalación. El acta de recepción se firmará por la empresa adjudicataria y por el responsable del departamento de informática del ayuntamiento. CLAUSULA 11. CRITERIOS DE VALORACIÓN

Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa, se atenderá a varios criterios de adjudicación. - Criterios cuya ponderación dependa de un juicio d e valor (sobre 2): hasta 20 puntos.

1- Presentación de una Memoria Técnica donde se describirá la marca, modelo rísticas de los equipos a suministrar, las características de funcionamiento del software de gestión y control de impresiones, procedimiento de instalación y configuración de los equipos de impresión, descripción del procedimiento a seguir en la resolución de incidencias, plan de mantenimiento preventivo y cualquier metodología que redunde en una mejora de la asistencia técnica y servicio postventa, valorándose así , la calidad y garantía objeto del contrato. La memoria se suministrará en formato papel y digital. (hasta 15 puntos).

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2- Sustitución y mantenimiento de una impresora red por un equipo multifunción con características similares a un equipo MFM del presente pliego. Siendo su coste por copia el mismo que el ofertado en los equipos MFM. (máximo 5 puntos).

-Criterios cuantificables de forma automática (sobre 3): hasta 70 puntos.

1. Oferta económica: el licitador, presentará su mejor oferta (IVA excluido) y a la bajade los precios máximos indicados en este PCAP por los siguientes conceptos: (hasta 70 puntos )

1-Cuota fija mensual por arrendamiento y mantenimiento : (hasta 40 puntos)

2-Precio coste unitario copia (máximo 4 decimales) de impresiones monocromo , en los equipos MF(C/M ): (hasta 10 puntos)

3-Precio coste unitario copia (máximo 4 decimales) de impresiones monocromo en equipos MGE: (hasta 10 puntos)

4-Precio coste unitario copia (máximo 4 decimales) de impresiones en Color : (hasta 10 puntos)

2. Asistencia técnica y servicio postventa: se puntuará teniendo en cuenta lassiguientes mejoras del contrato en beneficio del ayuntamiento (hasta 10 puntos):

1-Reducción en el tiempo de respuesta, reparación o sustitución, debiendo tener en cuenta que el tiempo máximo de respuesta en caso de avería será de 24 horas desde la comunicación de la incidencia (hasta 5 puntos.)

2- Reducción en el tiempo de suministro de consumibles debiendo tener en cuenta que el tiempo máximo de respuesta para el envío de consumibles será de 24 horas desde que fueran solicitados (hasta 5 puntos).

Se puntuará con 40 puntos la mejor oferta económica en lo que se refiere a cuota fija, el resto de las ofertas se valorará de la siguiente forma:

diferencia entre la oferta económica a valorar y el precio de licitación X los puntos diferencia entre la oferta económica más baja y el precio de licitación

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Se puntuará con 10 puntos la mejor oferta económica en lo que a las copias (cada una de ellas con un máximo de 10 puntos) se refiere y el resto de las ofertas se valorará de la siguiente forma: • Copia de impresiones monocromo en los equipos MFM / MFC: • Copia de impresiones monocromo en los equipos MGE: • Copia de impresiones a color en cualquier equipo: diferencia entre la oferta económica a valorar y el precio de licitación X los puntos diferencia entre la oferta económica más baja y el precio de licitación Se considerará baja temeraria una propuesta económica por debajo del 10 % de la media de las ofertas presentadas por los licitadores, ante lo cual se procederá de conformidad con lo dispuesto en el artículo 154 del Texto Refundido de la Ley de Contrato del Sector Público

La fórmula a utilizar para el cálculo de la asistencia técnica y servicio postventa se realizará mediante una regla de tres CLÁUSULA 12.- MESA DE CONTRATACIÓN

La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario de la corporación o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico y, el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario de carrera o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.

Conformarán la Mesa de Contratación los siguientes miembros: Presidente de la Mesa: -Don Pedro Pablo Peris García o persona en quien delegue.

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Email: [email protected] www.benaguasil.com

Vocales: -Secretario de la Corporación. Don José Luis Vicedo Rubio o persona en quien delegue. -Interventora de la Corporación. Doña Ana Alvarez Aloy o persona en quien delegue. - Concejal. Don Pedro Pablo Peris García o persona en quien delegue. - Funcionario del Ayuntamiento. Don Javier Mollá Alonso

Secretaria de la Mesa:

-Doña Concepción Ramada Sabater o en quien delegue. CLAÚSULA 13. APERTURA DE PROPOSICIONES

La Mesa de Contratación se reunirá el primer día hábil siguiente al de finalización del plazo de presentación de proposiciones y, previamente al acto de apertura de proposiciones económicas, examinará y calificará formalmente la documentación contenida en el sobre “1” y si éste contiene lo exigido por este Pliego, o existen omisiones determinantes de la exclusión o defectos materiales subsanables.

Para la subsanación de los defectos materiales se concederá, si la Mesa de

Contratación lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días para que el licitador subsane el error. La no subsanación en plazo supondrá la exclusión del licitador en el procedimiento.

La Mesa, una vez calificada la documentación contenida en el sobre “1” y

subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y las causas de su rechazo.

Posteriormente, la Mesa procederá a la apertura y examen del sobre 2, que

contiene los criterios cuya ponderación dependen de un juicio de valor. La Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos, para la valoración con arreglo a los criterios y a las ponderaciones establecidas en este Pliego.

Se dará a conocer la ponderación asignada al criterio dependiente de un juicio

de valor a través del perfil de contratante y a continuación se procederá a la apertura de los sobres 3 en acto público.

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A la vista de la valoración de los criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor (sobre 2) y de los criterios cuya ponderación es automática (sobre 3), la Mesa de Contratación propondrá al adjudicatario del contrato. CLÁUSULA 14.- REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN La Mesa de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta más beneficiosa para que dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 146 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva. En el supuesto de que no se presentase la citada documentación en el plazo establecido se considerará que ha desistido de participar en el proceso y se procederá a solicitar dicho documentación al siguiente licitador que hubiese presentado mejor oferta. CLAUSULA 15.- PLAZO DE GARANTÍA.

De conformidad con lo establecido en el artículo 95 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el adjudicatario del contrato, con anterioridad a la firma del contrato, deberá constituir una garantía del 5% a calcular sobre el importe de licitación del contrato, la cuota fija y variable, IVA excluido.

En el presente contrato la garantía se constituye sobre la cantidad máxima

dado que se trata de un contrato de precios unitarios, y dado que es el tope máximo a suministrar.

La garantía no será devuelta o cancelada hasta que haya transcurrido un mes

desde la finalización del contrato. Esta garantía responderá por las circunstancias aludidas en el artículo 100 del

citado texto legal.

CLAUSULA 16. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la misma.

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En ningún caso podrá declararse desierta la licitación cuando exista alguna

oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.

La adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los candidatos o

licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.

CLAUSULA 17. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentro de los quince días hábiles siguientes a contar desde la fecha de notificación de la adjudicación; constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.

El contratista podrá solicitar que el contrato sea elevado a escritura pública,

corriendo a su cargo los correspondientes gastos.

CLAUSULA 18.- REVISIÓN DE PRECIOS

De conformidad con lo establecido en el artículo 89.2 del Texto Refundido de la

Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, no procederá la revisión de precios por tratarse de un contrato de arrendamiento financiero.

CLAUSULA 19.- OTRAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO

Además de las obligaciones generales que se establecen en el cuerpo del presente pliego, son obligaciones específicas del contratista las siguientes:

- El contratista estará obligado a suministrar los equipos objeto del presente

pliego, en el plazo establecido en la cláusula 10ª del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Respecto a las especificaciones con las que deberán cumplir los equipos, resultarán las descritas en el Pliego de Prescripciones, así como aquellas que, en su caso, se indiquen por el responsable del contrato, debiendo para ello dedicar o adscribir los medios personales o materiales necesarios para su ejecución, asumiendo el contratista todos los costes derivados del mismo.

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- Prestar el suministro en la forma que, sin apartarse del contenido del presente pliego, le sea ordenado por el Ayuntamiento.

- El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 227 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre para los supuestos de subcontratación.

- El adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas o

perjuicios ocasionados antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en mora al recibirlos.

- Si por necesidades municipales, en algún momento de la duración del contrato,

se decidiera trasladar el equipamiento de edificio, de planta o de sala dentro de una misma planta, para evitar daños en los equipos, correrá a cargo del adjudicatario, previo el correspondiente aviso.

- El adjudicatario deberá asegurar que no habrá riesgo de obsolescencia

tecnológica durante el periodo de vigencia del contrato. Si algún equipo quedara obsoleto durante la vigencia del mismo, de modo que dificultase su mantenimiento, deberá cambiarlo por otro equipo que solvente el problema manteniendo en todo caso las características mínimas exigidas.

- El adjudicatario deberá disponer de la certificación ISO 14001 y de la ISO

9001.

- La empresa adjudicataria asumirá a su cargo el coste de transporte con respecto a los trabajos de mantenimiento integral de los equipos, así como todos los materiales y útiles necesarios para la prestación del servicio. A tal efecto, deberá contar con un equipamiento para responder en un plazo máximo de 24 horas a las posibles averías.

- El adjudicatario deberá disponer de una estructura técnica propia que de cobertura a los mantenimientos, necesidades e incidencias producto del desarrollo del contrato, por lo que deberá contar durante la vigencia del contrato, de personal suficiente para cubrir las prestaciones que resulta objeto del mismo. Del mismo modo deberá contar con una plantilla de personal suficiente que asegure futuras bajas por enfermedad, vacaciones, permisos y otras circunstancias análogas, que pueda causar dicho personal. El personal técnico deberá ser capaz de resolver todos los problemas surgidos en el

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equipamiento, debiendo encontrarse debidamente capacitado y formado para el desempeño de sus cometidos.

- El contratista solo podrá utilizar material de reposición original en caso de

averías, por todo ello y para garantizar la fiabilidad del servicio técnico y su buen funcionamiento, se requiere que el adjudicatario sea a su vez SERVICIO DE ASISTENCIA TECNICA OFICIAL de la marca suministrada.

- El adjudicatario deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las

disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, en especial de la prevención de riesgos laborales, debiendo tener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto del contrato, respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de empleador. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista no implicará responsabilidad alguna para la Administración y todo ello se entiende sin perjuicio de la obligación del contratista de informar a la administración cuando sea requerido para ello sobre las circunstancias y cumplimiento de la normativa a la que se ha hecho mención anteriormente.

- Será responsabilidad del adjudicatario realizar los mantenimientos preventivos anuales, según el periodo y forma que indique el fabricante del equipamiento. En el supuesto de que este cometido no se realizase correctamente y en los plazos indicados, será motivo suficiente para proceder a la resolución del contrato.

- El adjudicatario deberá incluir en la oferta, los sistemas o las herramientas de

monitorización y gestión de la producción para el control de facturación y en su caso, para optimizar los recursos ofertados. Todos los equipos dispondrán de contadores de páginas los cuales deberán disponer de dispositivos remotos para su visualización.

- El adjudicatario deberá atender los requerimientos e instrucciones que le formule la administración local a través del responsable del contrato y/o los responsables de las dependencias.

- El contratista vendrá obligado a la realización y entrega al Ayuntamiento de un

informe mensual del servicio, donde se deberán reflejar las circunstancias acaecidas durante ese mes y que influyan directamente en la calidad del contrato (reclamaciones, reparaciones, nuevos productos, fallos en los equipos u otras circunstancias que pudieran producirse). Del mismo modo, el informe

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deberá comprender información acerca del mantenimiento preventivo y correctivo que se hubiese efectuado.

CLAÚSULA 20. GASTOS A CARGO DEL ADJUDICATARIO

Serán de cuenta del adjudicatario los siguientes gastos y obligaciones:

a) Todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como los generales, financieros, de seguros, de transporte y desplazamiento ya sea de personal o de material, materiales, horarios del personal a su cargo y cualquier otro que pudiera derivarse de la ejecución del contrato.

b) Los tributos que derivados de la celebración del presente contrato. c) Los anuncios de licitación. d) Asumir el pago del IVA si se devengara. e) Los de formalización pública del contrato de adjudicación, si lo

solicitase. CLAUSULA 21. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN

El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 210 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, ostenta las siguientes prerrogativas:

a) Interpretar el contrato. b) Resolver las dudas y lagunas que pudiesen suscitarse. c) Modificar el contrato por razones de interés público. d) Acordar la resolución y determinar los efectos de ésta.

CLAUSULA 22. PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO.

En los supuestos previsto en la clausula 19ª del presente pliego, la Administración podrá con carácter previo a la resolución del contrato proceder a la imposición de penalidades diarias en la proporción de 0,20 céntimos de euro /diarios por cada 1.000 euros del precio del contrato incumplido.

Cada vez que las penalidades alcancen un múltiplo del 5% del precio del

contrato, el órgano de contratación podrá proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades tal como

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establece el artículo 212.5 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación,

adoptado a propuesta del responsable del contrato si se hubiese designado, que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía definitiva constituida por el contratista. Solo procederá la incautación de la garantía definitiva para el pago de las penalidades cuando no sea suficiente para cubrir las mismas. CLAUSULA 23. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

La resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista. Tendrá lugar además de los supuesto previstos en los artículos 223 y 299 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en los siguientes:

• El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones previstas en la clausula 19ª del presente pliego.

• La no realización del mantenimiento preventivo anual en los plazos y forma indicados por el fabricante.

• La no reparación de la maquinaria o, en su caso, el retraso sin causas causa justificada.

• La no adscripción de medios personales o materiales necesarios para dar cumplimiento a las obligaciones previstas en el presente pliego.

• El incumplimiento del plazo de entrega o puesta en funcionamiento previsto en la cláusula octava del presente pliego.

CLAUSULA 24. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO

Este contrato tiene carácter administrativo por lo que se regirá en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción por lo establecido en el presente pliego, así como por el Pliego de Prescripciones Técnicas, y para lo no previsto en éstos, será de aplicación lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga al Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y esté vigente tras la entrada en

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vigor del RD 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.

El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para

resolver las controversias que surjan entre las partes de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

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AYUNTAMIENTO DE BENAGUASIL

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A Y U N T A M I E N T O D E B E N A G U A S I L

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