Se busca modificar Ley crediticia

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Busca diputado jalisciense modificar la Ley de Información Crediticia para contribuir a la reactivación económica Creemos importante actualizar el marco jurídico de rige las actividades de las sociedades de información crediticia, en beneficio de quienes buscan contratar algún financiamiento”, señala Abel Salgado Peña. Con el objetivo de contribuir a la reactivación económica del país, el diputado federal, Abel Salgado Peña, presentó hoy en sesión de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, la iniciativa para reformar diversos artículos de la Ley que regula a las Sociedades de Información Crediticia. La propuesta pretende incorporar la figura de suspensión de actividades para efectos de registros en el historial crediticio de las personas físicas y morales, que operaría en el caso en el que el cliente pierda su fuente de empleo o ingresos y en tanto vuelva a obtener alguna, para seguir haciendo frente a sus compromisos económicos. En derecho fiscal, esta figura es operada por el contribuyente, para suspender temporalmente sus obligaciones fiscales, producto de sus actividades económicas productivas que le generen riqueza y con ello, la obligación de tributar al fisco con la parte proporcional al producto de sus ingresos, y por tanto, si el contribuyente puede solicitar a la autoridad fiscal la suspensión de actividades, creemos que también puede ejercer ese derecho”. Luego explicó: “Una Ley, como la que proponemos reformar, es necesaria para el sistema económico mexicano, pero creemos que los tiempos que prescriben, así como las hipótesis de derecho, deben actualizarse.

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Se busca incorporar la figura de suspensión de actividades hasta por seis meses cuando el deudor se vea afectado en sus ingresos económicos para no dañar su historial crediticio

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Busca diputado jalisciense modificar la Ley de Información Crediticia 

para contribuir a la reactivación económica 

“Creemos importante actualizar el marco jurídico de rige las actividades de las sociedades de información crediticia, en beneficio de quienes buscan contratar algún financiamiento”, señala Abel Salgado Peña.

Con el objetivo de contribuir a la reactivación económica del país, el diputado federal, Abel Salgado Peña, presentó hoy en sesión de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, la iniciativa para reformar diversos artículos de la Ley que regula a las Sociedades de Información Crediticia. 

La propuesta pretende incorporar la figura de suspensión de actividades para efectos de registros en el historial crediticio de las personas físicas y morales,  que operaría en el caso en el que el cliente pierda su fuente de empleo o ingresos y en tanto vuelva a obtener alguna, para seguir haciendo frente a sus compromisos económicos.

“En derecho fiscal, esta figura es operada por el contribuyente, para suspender temporalmente sus obligaciones fiscales, producto de sus actividades económicas productivas que le generen riqueza y con ello, la obligación de tributar al fisco con la parte proporcional al producto de sus ingresos, y por tanto, si el contribuyente puede solicitar a la autoridad fiscal la suspensión de actividades, creemos que también puede ejercer ese derecho”.

Luego explicó: “Una Ley, como la que proponemos reformar, es necesaria para el sistema económico mexicano, pero creemos que los tiempos que prescriben, así como las hipótesis de derecho, deben actualizarse.

(...) En esta iniciativa, encontraremos propuestas para modificar plazos y tiempos, porque nos parece que los actuales no contribuyen a la reactivación de la economía, toda vez que se imponen hasta seis años de registro en Buró de Crédito, en cuyo ejemplo guarda el castigo y la desconfianza de los otorgantes de crédito, sin que medie causa alguna, justa o injusta, en la imposición de esos seis años, al que no podrá acceder a crédito alguno”, abundó el coordinador de los legisladores federales jaliscienses del PRI, en el documento que presentó.

La iniciativa de Salgado Peña pretende, además de establecer la figura de suspensión de actividades, que el historial crediticio sea conservado hasta por seis meses y no por 24, para fomentar la confianza en el ahorrador y el inversionista.

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Así mismo, impone a las Sociedades de Información (Buró de Crédito) la obligación de conservar los registros, hasta por 24 meses y no por 72 como se encuentra estipulado hasta ahora.

Se incorporaría también la improcedencia en la actualización de compromisos que perjudican al cliente, cuando su deuda ha sido adquirida por un tercero que luego desea imponer nuevas condiciones de pago.

Por último, en concordancia con las políticas antidiscriminatorias del Ejecutivo Federal, se indicaría en la Ley la improcedencia en la negación del otorgamiento de un crédito, basado en cualquier forma de discriminación.