SC investigará mercado de harina de trigo

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“La SC iniciará una investigación de oficio en el mercado de harina de trigo. La institución cuenta con la información recabada del caso contra MOLSA y HARISA por acuerdo entre competidores (sancionado en 2008) y con la que está siendo publicada en los medios de comunicación”, informó Francisco Díaz Rodríguez, Superintendente de Competencia. COMUNICADO DE PRENSA C. 22-12 Antiguo Cuscatlán, 21 de agosto de 2012. SC investigará mercado de harina de trigo La Superintendencia de Competencia (SC) declaró inadmisibles las denuncias interpuestas, una por MOLSA y otra por GUMARSAL, por supuestas prácticas anticompetitivas en el mercado de la producción y distribución de la harina de trigo. No obstante, la Superintendencia iniciará una investigación previa con el propósito de obtener cuanto antes elementos que pudiesen constituir posibles indicios del cometimiento de prácticas anticompetitivas. El viernes 29 de junio Molinos de El Salvador (MOLSA) denunció a UNIMERC de El Salvador S.A. por supuestas prácticas anticompetitivas de abuso de posición dominante, consistente en vender con pérdida o vender a pérdida, con el propósito de eliminar a MOLSA como competidor en el mercado nacional de harina de trigo. Seis días después, el 5 de julio, la empresa Agroindustrias Gumarsal S.A. de C.V., presentó una denuncia por supuestas prácticas anticompetitivas de abuso de posición dominante y acuerdos entre competidores contra tres empresas del sector. La SC, luego de analizar la documentación presentada por las denunciantes y de prevenirles para que completaran la información, determinó que las denuncias no reunían los requisitos legales para su admisibilidad y que existían deficiencias argumentativas para admitirlas. A pesar que las denuncias no fueron admitidas, la Superintendencia cuenta con información del mercado de harina de trigo derivada del procedimiento sancionador contra MOLSA y HARISA por acuerdo entre competidores y con la que está siendo publicada en los medios de comunicación. La Superintendencia investigará oficiosamente este mercado, con el propósito de obtener cuanto antes elementos que pudiesen constituir posibles indicios del cometimiento de prácticas anticompetitivas. Señalamientos previos a competencia entre harineras En 2008 la SC sancionó a las harineras MOLSA y HARISA por repartirse el mercado de harina de trigo a fin de mantener, respectivamente, una participación de 55% y 45% del total de las ventas. La autoridad de competencia ordenó el cese de la práctica e impuso una multa de US$2,061,406.20 para HARISA y de US$1,971,015.16 para MOLSA. Las multas no han sido pagadas por los agentes económicos y el caso se encuentra siendo analizado en la Sala de lo Constitucional y en la de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia. La SC se amparó ante la Sala de lo Constitucional por considerar que existen violaciones a principios constitucionales cometidas por la Sala de lo Contencioso Administrativo (SCA), cuando declara ilegal la resolución que sancionó a MOLSA por la práctica anticompetitiva de acuerdo entre competidores. En este juicio, la SC es la parte actora del proceso de amparo, en contra de la resolución emitida por la SCA.

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SC investigará mercado de harina de trigo 8 21 agosto 2012

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“La SC iniciará una investigación de oficio en el mercado de harina de trigo. La institución cuenta con la información recabada del caso contra MOLSA y HARISA por acuerdo entre competidores (sancionado en 2008) y con la que está siendo publicada en los medios de comunicación”, informó Francisco Díaz Rodríguez, Superintendente de Competencia.

COMUNICADO DE PRENSA C. 22-12 Antiguo Cuscatlán, 21 de agosto de 2012.

SC investigará mercado de harina de trigo

La Superintendencia de Competencia (SC) declaró inadmisibles las denuncias interpuestas, una por MOLSA y otra por GUMARSAL, por supuestas prácticas anticompetitivas en el mercado de la producción y distribución de la harina de trigo. No obstante, la Superintendencia iniciará una investigación previa con el propósito de obtener cuanto antes elementos que pudiesen constituir posibles indicios del cometimiento de prácticas anticompetitivas.

El viernes 29 de junio Molinos de El Salvador (MOLSA) denunció a UNIMERC de El Salvador S.A. por supuestas prácticas anticompetitivas de abuso de posición dominante, consistente en vender con pérdida o vender a pérdida, con el propósito de eliminar a MOLSA como competidor en el mercado nacional de harina de trigo. Seis días después, el 5 de julio, la empresa Agroindustrias Gumarsal S.A. de C.V., presentó una denuncia por supuestas prácticas anticompetitivas de abuso de posición dominante y acuerdos entre competidores contra tres empresas del sector. La SC, luego de analizar la documentación presentada por las denunciantes y de prevenirles para que completaran la información, determinó que las denuncias no reunían los requisitos legales para su admisibilidad y que existían deficiencias argumentativas para admitirlas. A pesar que las denuncias no fueron admitidas, la Superintendencia cuenta con información del mercado de harina de trigo derivada del procedimiento sancionador contra MOLSA y HARISA por acuerdo entre competidores y con la que está siendo publicada en los medios de comunicación. La Superintendencia investigará oficiosamente este mercado, con el propósito de obtener cuanto antes elementos que pudiesen constituir posibles indicios del cometimiento de prácticas anticompetitivas.

Señalamientos previos a competencia entre harineras En 2008 la SC sancionó a las harineras MOLSA y HARISA por repartirse el mercado de harina de trigo a fin de mantener, respectivamente, una participación de 55% y 45% del total de las ventas. La autoridad de competencia ordenó el cese de la práctica e impuso una multa de US$2,061,406.20 para HARISA y de US$1,971,015.16 para MOLSA. Las multas no han sido pagadas por los agentes económicos y el caso se encuentra siendo analizado en la Sala de lo Constitucional y en la de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia. La SC se amparó ante la Sala de lo Constitucional por considerar que existen violaciones a principios constitucionales cometidas por la Sala de lo Contencioso Administrativo (SCA), cuando declara ilegal la resolución que sancionó a MOLSA por la práctica anticompetitiva de acuerdo entre competidores. En este juicio, la SC es la parte actora del proceso de amparo, en contra de la resolución emitida por la SCA.