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1. Como influye ese componente en el desarrollo del país. La calidad de vida y salud de toda población, es responsabilidad y un derecho social que el Estado está obligado a garantizar a través de políticas públicas, para cubrir las necesidades sociales en las condiciones de calidad de vida de toda población. Sin embargo en la actualidad, el sistema de salud se ve más afectado por la deficiente atención hospitalaria a causa de la falta de recursos e insumos necesarios pues la población venezolana aumenta cada vez más, haciéndose necesario también la calidad de infraestructura en el área de salud y de este modo garantizar el bienestar social en el país. 2. Que establece la CNRBV del 99. Artículo 83: La salud es un derecho que garantiza el estado, como el derecho a la vida, también elevara la calidad de vida y acceso a los servicios. Por otro lado también es un deber promocionarla, y protegerla, cumpliendo las medidas sanitarias que establece la ley. Artículo 84: Para organizar la salud de las personas el estado gestionara el sistema público nacional de la salud; este sistema pondrá como prioridad la promoción de la salud, la prevención de enfermedades y garantizara el tratamiento y rehabilitación adecuada. Los servicios públicos de salud no pueden ser privatizados puesto que le pertenecen al Estado. Artículo 85: Es un deber del estado garantizar un nivel de vida adecuado para las personas, es por ellos que tiene la obligación de financiar todas las entidades de salud pública, para así cumplir con el objetivo de que todas las entidades sanitarias estén en capacidad de brindar un buen servicio en todo el Estado. Artículo 86: Todo venezolano tiene derecho a la seguridad social, como servicios públicos de carácter no lucrativo que garantice la salud y enfermedades. El Estado deberá garantizar los recursos financieros para la seguridad

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1. Como influye ese componente en el desarrollo del país.

La calidad de vida y salud de toda población, es responsabilidad y un derecho social que el Estado está obligado a garantizar a través de políticas públicas, para cubrir las necesidades sociales en las condiciones de calidad de vida de toda población. Sin embargo en la actualidad, el sistema de salud se ve más afectado por la deficiente atención hospitalaria a causa de la falta de recursos e insumos necesarios pues la población venezolana aumenta cada vez más, haciéndose necesario también la calidad de infraestructura en el área de salud y de este modo garantizar el bienestar social en el país.

2. Que establece la CNRBV del 99.

Artículo 83: La salud es un derecho que garantiza el estado, como el derecho a la vida, también elevara la calidad de vida y acceso a los servicios. Por otro lado también es un deber promocionarla, y protegerla, cumpliendo las medidas sanitarias que establece la ley.

Artículo 84: Para organizar la salud de las personas el estado gestionara el sistema público nacional de la salud; este sistema pondrá como prioridad la promoción de la salud, la prevención de enfermedades y garantizara el tratamiento y rehabilitación adecuada. Los servicios públicos de salud no pueden ser privatizados puesto que le pertenecen al Estado.

Artículo 85: Es un deber del estado garantizar un nivel de vida adecuado para las personas, es por ellos que tiene la obligación de financiar todas las entidades de salud pública, para así cumplir con el objetivo de que todas las entidades sanitarias estén en capacidad de brindar un buen servicio en todo el Estado.

Artículo 86: Todo venezolano tiene derecho a la seguridad social, como servicios públicos de carácter no lucrativo que garantice la salud y enfermedades. El Estado deberá garantizar los recursos financieros para la seguridad social, y estos recursos no deberán ser usados para otros fines.

3. Políticas públicas del Estado Venezolano.

El estado venezolano ha implementado varias políticas públicas de salud y entre ellas tenemos:

Ministerio de Salud y Desarrollo Social (M. S. D. S): Es un organismo que coordina, controla, administra y supervisa las operaciones y servicios de salud de los venezolanos. Su misión es:

Hacer de los Derechos Sociales y la Equidad las bases de un nuevo orden social, de justicia y bienestar para todos y todas.

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Combatir las inequidades, reduciendo los déficits de atención y las brechas entre grupos humanos y territorios.

Rescatar lo público en función del interés colectivo, potenciando ciudadanía con capacidad en el diseño y ejecución de políticas que impacten en el desarrollo social del país.

Barrio Adentro, una Política Pública de Salud Emergente de Atención: Es un programa social promovido por el presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez con ayuda del gobierno de Cuba, que se caracteriza en la utilización de médicos cubanos y venezolanos (rara vez venezolanos) para ofrecer servicios de salud a la población venezolana en las zonas pobres del país (llamados barrios), en ambulatorios pequeños construidos y dotados de insumos médicos en zonas inaccesibles y que quedan lejos de los hospitales.

Misión milagro: Es un proyecto humanitario que dio inicio el 8 de julio de 2004 liderado por los gobiernos de Cuba y Venezuela. Tiene el propósito de ayudar a aquellas personas con bajos recursos para que puedan ser operadas de distintos problemas oculares. Es un plan sanitario llevado a cabo en forma conjunta por los gobiernos de Cuba y Venezuela y que intenta dar solución a determinadas patologías oculares de la población.

La Misión Sonrisa: Surge en el año 2006, marcando precedente por ser la primera vez que la salud bucal es tratada como política de Estado, y es tomado como unos de los pilares fundamentales en la salud, autoestima, desarrollo personal y psicológico de la población. La creación de la misión se encuentra enmarcada en el ser de la revolución bolivariana que es la reivindicación de los pueblos excluidos, el incremento del nivel de vida de los ciudadanos. Está destinada atender las afecciones odontológicas y a brindar rehabilitación protésica bucal a la población venezolana de escasos recursos, devolviendo las condiciones funcionales, estéticas y psicológicas de los ciudadanos que por carencias económicas, habían sido excluidos de asistencia odontológica alguna.

La Misión José Gregorio Hernández: Se dedica al estudio de toda la población con algún tipo de discapacidad y enfermedades genéticas; lleva el nombre de un insigne médico venezolano dado su trayectoria a favor de la salud de los pobres. Fue anunciada por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez Frías, en el marco del recibimiento de estudiantes de Medicina Integral Comunitaria el 11 de marzo de 2008.

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Se encuentra destinada a brindar atención integral y servicios de salud gratuito a todos y todas aquellas personas que por complicaciones congénitas o por alguna afección o accidente, han quedado discapacitadas, haciendo gran énfasis y principal intereses en las personas de más bajos recursos económicos, y alejadas de las principales ciudades, de igual forma la creación de esta misión se encuentra enmarcada dentro de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, principalmente en su artículo 84 que cita "Para garantizar el derecho a la salud, el Estado creará, ejercerá la rectoría y gestionará un sistema público nacional de salud, de carácter intersectorial, descentralizado y participativo, integrado al sistema de seguridad social, regido por los principios de gratuidad, universalidad, integralidad, equidad, integración social y solidaridad…".

4. Indicadores.

Esperanza de vida: En 2013 la esperanza de vida en Venezuela subió hasta llegar a 74,64 años. Ese año la esperanza de vida de las mujeres fue de 77,68 años, mayor que la de los hombres que fue de 71,75 años.

Tasa de mortalidad: El 2013 en Venezuela ha subido con respecto a 2012 la tasa de mortalidad hasta un 5.29% es decir 5,29 muertes por cada 1000 habitantes.

Tasa de mortalidad infantil (niños menores de 1 año): La dificultad para obtener datos oficiales sobre las cifras de mortalidad neonatal y post-neonatal radica en que no han sido publicados los Anuarios de Mortalidad del MPPS correspondientes al año 2009 en adelante. La información sobre la mortalidad infantil nacional en las 4 primeras semanas epidemiológicas de 2012, aporta datos preliminares sobre 340 fallecidos, de los 402 registros de muertes infantiles acumuladas desde el 1 de enero hasta el 28 de enero de 2012.

Las causas más frecuentes de mortalidad fueron: Infecciones respiratorias, prematuridad, sepsis neonatal y enfermedad de membrana hialina (Fuente: Datos calculados a partir de los Boletines Epidemiológicos Semanales, MPPS, 2012)

La mortalidad infantil registrada por Epidemiología, presenta un sub registro importante que en algunos años ha alcanzado 39 % al comparar las cifras corregidas con el Anuario de Mortalidad.

El número de muertes neonatales (de 0-27 días) acumuladas, fue de 263 (77,35%) y de 77 (22,64%) muertes pos neonatales (de 28 días a 363 días) en los primeros 28 días de 2012.

De las muertes neonatales, la gran mayoría se produjo en el período neonatal precoz (de 0 a 6 días).

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Epidemia de malaria: Disminuyo en América latina un 40% y en Venezuela aumento, en donde alcanza 105.757 casos en el 2015 en donde corresponden a niños menores de 10 años según el informe del ministerio de salud.

Población con acceso al agua potable: El 96% de la población cuenta con acceso al agua potable en Venezuela, país latinoamericano que desde hace más de cinco años superó las metas del milenio propuestas por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para 2015; actualmente, el Estado venezolano trabaja en función de llevar el servicio a toda la población.

Muertes maternas: En 1990 Venezuela reportaba 58,94 muertes maternas por cada 100.000 nacidos vivos registrados. Reducir esa cifra en tres cuartas partes (75%) implicaba tener, para este 2015, la cantidad de 14,7 muertes maternas, pero según los últimos datos emitidos por el Instituto Nacional de Estadística (INE), publicados por la Agencia Venezolana de Noticias (AVN) en la sección Venezuela Socialista en Cifras, la mortalidad materna se ubicó en 72,2 en el año 2012.

Ningún ente oficial ha publicado las cifras correspondientes a 2013 y 2014, la causa principal de esta muerte es porque no han tenido un control prenatal.

5. Análisis Crítico.

La salud de la población es un derecho del estado, esto lo establece la Constitución Nacional de la Republica Bolivariana de Venezuela haciendo referencia a los artículos 83, 84, 85 y 86, donde dice que todo venezolano tiene derecho a la seguridad social, siendo un deber del estado garantizar un nivel de vida adecuado para las personas, sin embargo en la actualidad la salud se ve afectada por la falta de atención en los hospitales; esto se debe a la falta de recursos.

Así mismo, es importante destacar que en el 2013 la tasa de mortalidad ha subido con respecto a 2012 un 5.29% es decir 5,29 muertes por cada 1000 habitantes, es por ello que es necesario asegurar la salud de la población desde la perspectiva de prevención y promoción de la calidad de vida teniendo en cuenta la consolidación de todos los niveles de atención y servicios del Sistema Publico nacional de Salud, priorizando el nivel de atención de primaria para la producción de estilos y condiciones de vida saludables en toda la población.

Igualmente con respecto al estado venezolano, este ha implementado varias políticas públicas de salud como el Ministerio de Salud y Desarrollo Social (M. S. D. S), Barrio Adentro, Política Pública de Salud Emergente de Atención , Misión milagro, La Misión Sonrisa, La Misión José Gregorio Hernández.