Salud ocupacional acoso laboral (1)

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¿Qué es el acoso laboral? De acuerdo con lo establecido en el inciso segundo del art. 2º del Código del Trabajo, modificado por la ley Nº 20.607 (publicada en el Diario Oficial de fecha 08.08.12), el acoso laboral es toda conducta que constituya agresión u hostigamiento reiterados, ejercida por el empleador o por uno o más trabajadores, en contra de otro u otros trabajadores, por cualquier medio, y que tenga como resultado para el o los afectados su menoscabo, maltrato o humillación, o bien que amenace o perjudique su situación laboral o sus oportunidades en el empleo. La norma legal señala además que el acoso laboral es contrario a la dignidad de la persona. Por su parte, la Dirección del Trabajo ha llegado a establecer mediante Ord. 3519/034 de 09.08.2012 que acoso laboral es "...todo acto que implique una agresión física por parte del empleador o de uno o más trabajadores, hacia otro u otros dependientes o que sea contraria al derecho que les asiste a estos últimos, así como las molestias o burlas insistentes en su contra, además de la incitación a hacer algo, siempre que todas dichas conductas se practiquen en forma reiterada, cualquiera sea el medio por el cual se someta a los afectados a tales agresiones u hostigamientos y siempre que de ello resulte mengua o descrédito en su honra o fama, o atenten contra su dignidad, ocasionen malos tratos de palabra u obra, o bien, se traduzcan en una amenaza o perjuicio de la situación laboral u oportunidades de empleo de dichos afectados".

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¿Qué es el acoso laboral?

De acuerdo con lo establecido en el inciso segundo del art. 2º del Código del Trabajo, modificado por la ley Nº 20.607 (publicada en el Diario Oficial de fecha 08.08.12), el acoso laboral es toda conducta que constituya agresión u hostigamiento reiterados, ejercida por el empleador o por uno o más trabajadores, en contra de otro u otros trabajadores, por cualquier medio, y que tenga como resultado para el o los afectados su menoscabo, maltrato o humillación, o bien que amenace o perjudique su situación laboral o sus oportunidades en el empleo. La norma legal señala además que el acoso laboral es contrario a la dignidad de la persona.Por su parte, la Dirección del Trabajo ha llegado a establecer mediante Ord. 3519/034 de 09.08.2012 que acoso laboral es "...todo acto que implique una agresión física por parte del empleador o de uno o más trabajadores, hacia otro u otros dependientes o que sea contraria al derecho que les asiste a estos últimos, así como las molestias o burlas insistentes en su contra, además de la incitación a hacer algo, siempre que todas dichas conductas se practiquen en forma reiterada, cualquiera sea el medio por el cual se someta a los afectados a tales agresiones u hostigamientos y siempre que de ello resulte mengua o descrédito en su honra o fama, o atenten contra su dignidad, ocasionen malos tratos de palabra u obra, o bien, se traduzcan en una amenaza o perjuicio de la situación laboral u oportunidades de empleo de dichos afectados".

Es esperable que, en el ámbito del trabajo, cada persona actúe con responsabilidad, cumpliendo con sus obligaciones y desempeñándose en equipo con sus compañeros. Esto, sin embargo, no siempre ocurre. Un trabajador puede ser víctima de acoso laboral cuando otro empleado o su jefe se dedican a hostigarlo.La lengua inglesa utiliza el concepto de mobbing para referirse a la presión desmedida y la violencia simbólica que se ejerce dentro del entorno laboral. La persona que sufre este acoso puede ser atormentada con comentarios malintencionados o escuchar de manera recurrente críticas exageradas sobre su desempeño o su capacidad. Por lo general, la intención del acosador es que la víctima renuncie al empleo o modifique su conducta, ya que ésta resulta contraria a sus intereses.

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Tipos de acoso laboral:

El acoso y maltrato laboral en Colombia está en aumento, según el viceministro de Relaciones Laborales, David Luna. 

Lo insólito del asunto es que los empleadores siguen incurriendo en las mismas prácticas para atacar a los trabajadores.

De acuerdo con el Gobierno, los seis maltratos laborales más frecuentes en Colombia son:

1. Maltrato Verbal

Los gritos y los insultos son los principales acosos laborales que algunas empresas públicas o privadas utilizan para hacer sentir al empleado como un inútil y debilitarlo moralmente. Incluso les gritan vulgaridades que hacen que el trabajador se retire del empleo.  

2. La Persecución

No solamente la hacen los superiores,  también compañeros de trabajo o trabajadores con más bajo perfil. Continuamente están pendientes de todos los movimientos del empleado que hace que se sienta supervisado. Controlarle la entrada y salida del almuerzo es un ejemplo o las llamadas son algunas de las situaciones más comunes.

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3. Discriminación

Es una de las formas más crueles de invisibilizar al empleado. Muchos trabajadores son excluidos de las decisiones, actividades y tareas que están relacionadas con su área de trabajo en la empresa y por lo general con decisiones de los superiores.

4. Entorpecimiento

Compañeros de trabajo o el jefe, con el propósito de crearle un ambiente negativo a alguien empiezan a complicarle las cosas. Por ejemplo, le piden un informe con ciertas características pero cuando está hecho, sin mayores argumentos exigen modificarlo con otros indicadores y en el menor tiempo. Si usted incumple, sus razones no valen.

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5. Inequidad

Inexplicablemente hay trabajadores que no son tenidos en cuenta y son pasados por alto al momento de un ascenso o promoción y se encuentran con que la persona ascendida o contratada no cumple en realidad con los requisitos. Esa también es una forma de acoso laboral, a menos que el cargo sea nuevo y requiera un perfil que no cumpla ninguno de los trabajadores.

6. Desprotección

La desprotección tiene que ver con falta de garantías al empleado y con el continuo incumplimiento en el pago de derechos como cesantías, vacaciones disfrutadas o aportes a salud, también consideradas como maltrato laboral.

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SERVIDOR PÚBLICO-Deberes funcionales/SERVIDOR PÚBLICO-Obligaciones y deberes:

El fundamento de la imputación en el derecho disciplinario, está determinado por la infracción de los deberes funcionales del servidor público, sin que exista una justa causa que exonere de responsabilidad dicha infracción. La condición de servidor público implica una serie de obligaciones, deberes, prohibiciones, inhabilidades, incompatibilidades y conflicto de intereses, que se deben hacer valer en todo momento, para poder lograr los propósitos fundamentales del Estado, plasmados en especial en el artículo 2º de la Constitución Política, aun cuando se pueden encontrar estatuidos a lo largo de todo su articulado, cuales son servir a la comunidad, velar por el logro de los altos cometidos del Estado, y hacer prevalecer los intereses generales por encima de los particulares o los de determinados sectores o grupos.

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Riesgos psicosociales

- Los factores o riesgos psicosociales son funciones en las que se divide tradicionalmente la prevención de riesgos laborales (las otras áreas son el riesgo biomecanico, la seguridad y la higiene). Los riesgos psicosociales se originan por diferentes aspectos de las condiciones y organización del trabajo. Cuando se producen tienen una incidencia en la salud de las personas a través de mecanismos psicológicos y fisiológicos. La existencia de riesgos psicosociales en el trabajo afectan, además de a la salud de los trabajadores, al desempeño del trabajo como tal.

Clasificación de los riesgos psicosociales:

En cuanto a la clasificación de los factores de riesgo psicosocial en el trabajo, el Comité Mixto OIT/ OMS identificó los siguientes factores: Medio ambiente de trabajo: todos los factores de orden físico o material, como el ruido, las vibraciones y los agentes químicos que pueden originar accidentes de trabajo o enfermedades profesionales; estos factores inciden negativamente en el bienestar del individuo y su satisfacción (García, Andrade y Bravo, 2007). Factores intrínsecos de trabajo: los factores negativos que tienen que ver con el propio contenido del trabajo. Algunos de ellos son: la imposibilidad de utilizar en el oficio las propias aptitudes; el bajo nivel de cualificación exigida por el puesto y, en consecuencia, las menores posibilidades de realizar un trabajo satisfactorio; los oficios cuyas tareas son puramente repetitivas, monótonas, carentes de interés; el bajo nivel de responsabilidad y sujeción del individuo a normas, métodos, ritmos, sin poder decidir en los más mínimo sobre el trabajo que se realiza; y la sobrecarga laboral, que podrá ser cualitativa o cuantitativa. Así mismo, los trabajos que exigen una mayor atención por parte del individuo pueden llegar a ser desgastantes y altamente estresantes (Unión General de

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Trabajadores, UGT, 2006). Factores de organización del tiempo de trabajo: aspectos negativos con relación a la organización del tiempo de trabajo, duración de la jornada laboral, tipo de trabajo, establecimiento de pausas para descanso, ritmos de trabajo y turnos laborales (UGT, 2006). Factores relacionados con la gestión y funcionamiento de la empresa: son los aspectos negativos en las funciones de los trabajadores, tales como actividades ambiguas y contradictorias, las cuales determinan exceso de responsabilidad sobre bienes, servicios o la vida de terceros. Lo anterior genera competencia, tensión y ansiedad. Otros factores son el grado de participación de los trabajadores, la ausencia de una auténtica consulta, la no participación en la toma de decisiones y la limitación de la iniciativa. Las relaciones en el medio de trabajo también deben ser consideradas en este punto: comunicaciones ambiguas, inarmónicas y competitivas; intercambio de palabras, hechos y sentimientos agresivos. Así mismo, deben tomarse en cuenta los cambios en el trabajo: deficiente preparación tecnológica y psicológica de los trabajadores para los nuevos cambios, el hecho de que los trabajadores no reciban información ni formación previa, o no se evalúen los costos humanos de producción; finalmente, se deben nombrar otros factores como la inestabilidad en el empleo, la cual afecta el bienestar de los trabajadores; las condiciones precarias, una familia numerosa o el salario bajo, entre otros

Comité:

Un comité es un grupo de trabajo que con arreglo a las leyes o reglas de una organización, institución o entidad, tienen establecidas determinadas competencias.

Un ejemplo de comité lo constituyen los comités de empresa.

Se considera Alta Dirección a los directivos con cargo más alto en una organización. El Presidente, los Directores Generales y los Directores de las distintas áreas o departamentos. En las empresas, la Alta Dirección forma parte del Comité Directivo o Comité Ejecutivo que se reúne con una frecuencia determinada y marcan la línea estratégica a seguir por esa Compañía. En el organigrama de las empresas, el cargo más alto es el C.E.O. (siglas del anglicismo Chief Executive Officer) que en los países de habla hispana se denomina Presidente.

Son aquellas personas encargadas para un asunto. Órgano dirigente de un partido político o de una de sus secciones, órgano representativo de los trabajadores de una empresa o centro de trabajo para la defensa de sus intereses.

También existen los comités de expertos en alguna materia y son grupos donde se reúnen para discutir proyectos, teorías o normas referentes a un tema.

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La convivencia en el trabajo:

Hay personas que pasan en el trabajo más horas de las que desearían, durante ese

tiempo deben convivir con numerosas personas y situaciones, por lo que es necesario

tratar de crear un clima lo mas afable posible. Para lograr eso, no basta con saludar al

llegar y al irnos, sino también de llevar a cabo una conducta abierta hacia uno mismo y

hacia los demás.

Las siguientes pueden tomarse como pautas, consejos o un catalogo del buen

compañero de trabajo o del buen empleado. Si siempre las tenemos presentes en nuestro

ámbito laboral, podremos desempeñarnos en un ambiente tranquilo, relajado y que nos

motivará para entregar lo mejor de nosotros mismos.

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Convivencia con los compañeros en el aspecto laboral:

Normas: Respeta las normas que posee el trabajo y que ya han sido establecidas con

anterioridad, es indispensable para lograr una convivencia armoniosa. Si se ha

establecido un horario para almorzar, se acostumbra hacer un receso a determinada hora,

o si están acostumbrados a suplirse entre ellos ante cualquier dificultad, son pautas que

deberemos incorporar si no deseamos crear discrepancias innecesarias. Si actuamos

como si esas normas no nos importasen podemos crear un malestar hacia nuestra

persona que podría dificultarnos la tarea laboral.

Información: Siempre debemos avisar sobre asuntos importantes con el debido tiempo de

antelación. Ya sea que debemos ausentarnos, salir un rato antes o llegar un rato más

tarde, nada mejor que informar, para que si se presenta algún problema puedan resolverlo

y no se encuentren con la mala “sorpresa” de nuestra ausencia.

En caso de no poder avisar por ser un imprevisto de última hora, ser sinceros y explicar

concretamente como se dieron las cosas.

Equipo: Estar abiertos al trabajo en equipo es algo casi imprescindible en todo trabajo

actual, en donde se forman diferentes equipos para trabajar. Ya sea trabajo en equipo o

en coordinación con otras personas, siempre debemos mantenernos muy abiertos a esta

forma o técnica de trabajo, nos permitirá enriquecernos, pedir ayuda a alguna otra

persona, dedicarse más a la tarea específica que uno tiene, etc. Y todo esto redundará en

un resultado de seguro muy positivo para todos.

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Convivencia con los compañeros en el aspecto personal:

Enojos: Para poder convivir en el trabajo, hay que evitar siempre cualquier tipo de

enfado por mas pequeño e insignificante que pueda ser. En más de una ocasión nos

veremos “superados” por alguna situación, colmados de trabajo, pero nadie tiene la culpa

de ello, ni los clientes, ni nuestros compañeros de trabajo, por lo que descargarnos con

ellos no es la mejor opción.

Relaciones: Es obvio que las relaciones no serán las mismas en una empresa con gran

cantidad de empleados que en otra con 4 o 5 personas, pero eso no tiene porque

hacernos imposible la relación con ellos. Para convivir en el trabajo debemos interesarnos

por los demás, averiguar si necesitan algo, tratar de conocerlos un poco más cada vez

que conversamos con ellos, etc.

Si nos mantenemos “dentro de una burbuja” en lo que a relaciones sociales se refiere,

solo pareceremos personas retraídas, sin confianza en si mismo, características poco

recomendables para personas que desean tener éxito y escalar en su trabajo.

Presentar: Al llegar un nuevo compañero de trabajo, lo primero que debemos hacer es

presentarlo a todos los compañeros, para que esta nueva persona pueda sentirse

bienvenida, lo que posibilitará que pronto pueda desenvolverse con total confianza en sus

nuevas tareas.

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Cómo evitar que las críticas afecten la convivencia:

Al hacer críticas: Las críticas positivas son muy buenas en ese sentido. En cambio, todas

la críticas hechas en sentido contrario pueden desmoralizar por completo a la otra

persona, y esto no conviene si queremos que haga bien su trabajo, lo mejor es motivarla

señalando primero los aspectos positivos y luego aconsejar sobre los negativos.

Para convivir en el trabajo, cuando una hace una crítica, debemos hacer notar que no

estamos de acuerdo con algún resultado, que pensamos que algo debería modificarse, y

que estamos seguros, que esa persona podrá hacerlo si les marcamos las pautas que

necesitamos.

Al recibir críticas: De la misma manera debemos estar abiertos ante la posibilidad de

también nosotros recibir críticas constructivas, que nos permitirán enriquecer nuestro

trabajo, y nos ayudará adaptarnos al perfil o ideas del lugar en el cual no estamos

desempeñando. Siempre debemos ser receptivos en este aspecto

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Nombre: Emely Fabiana Tello

Maira Alejandra Estupiñan

Karen Julieth Ramos

Leidy Stephania Quintana

Programa: Asistencia Administrativa

Ficha: 904618

Gracias