S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito...

44
Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro Rodrigo, 17 - 04071 ALMER˝A TelØfono: 950. 211.131 correo-e: [email protected] web: www.dipalme.org BOLET˝N OFICIAL Franqueo Concertado 0/51 DE LA PROVINCIA DE ALMERIA S U M A R I O AVISO PARA LAS SUSCRIPCIONES VOLUNTARIAS Los suscriptores que deseen seguir recibiendo el B.O.P. de Almería en el aæo 2004, deberÆn cumplimentar la solicitud de suscripción segœn modelo de contraportada, remitiØndola a: - DIPUTACIÓN DE ALMER˝A, NEGOCIADO REGISTRO Y B.O.P. C/. Navarro Rodrigo, 17. 04071 - Almería. Para la tramitación de la solicitud por el Negociado de Registro y B.O.P. de la Diputación de Almería, se comprobarÆ que se ha ingresado el importe de la tasa correspondiente (Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Inserción de Anuncios y Edictos, y la suscripción y venta de ejemplares del B.O.P. de Almería de 30-06-03) por alguno de los medios autorizados. ADMINISTRACION LOCAL PÆg. DIPUTACION PROVINCIAL DE ALMERIA SERVICIO GESTION TRIBUTARIA Y RECAUDACION 08781-03 NOTIFICACION A DESCONOCIDO EN PERIODO EJECUTIVO DE COBRANZA, AGIS MARIN JOSE ................................................. 3 AYUNTAMIENTO DE CUEVAS DEL ALMANZORA 08759-03 APROBACION DEFINITIVA MODIFICACION ORDENANZA, TASA POR RECOGIDA RESIDUOS SOLIDOS URBANOS ....................... 8 08974-03 EXPOSICION PUBLICA PRESUPUESTO GENERAL EJERCICIO 2004 ............................................................................................. 8 08975-03 EXPOSICION PUBLICA DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL AYUNTAMIENTODE CUEVAS DE ALMANZORA EJERCICIO 2003 ..... 9 08976-03 EXPOSICION PUBLICA PRESUPUESTO ORGANISMO AUTONOMO MUSEO A.MANUEL CAMPOY EJERCICIO 2004 ..................... 9 08977-03 EXPOSICION PUBLICA PRESUPUESTO ORGANISMO AUTONOMO MUSEO A.MANUEL CAMPOY, EJERCICIO 2003 ................... 10 09023-03 APROBACION INICIAL DE LA MODIFICACION PUNTUAL DE LAS NN.SS. SECTOR PE-VI-1 PROMOV. POR BAY INVESTIMETS LTD Y VILLARICOS S.A. ................................................................................................................................................................ 10 AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO 08193-03 CONVENIO DE PLANEAMIENTO URBANISTICO PARA FACILITAR IMPLANTACION DE CENTRO DE OCIO COMERCIAL .............. 10 08635-03 APROBACION INICIAL ESTUDIO DETALLE SUBPARCELAS 1 A 5 DE LA M-1 DEL AMPUR-23-ND .................................................. 11 08709-03 NOTIFICACION A DESCONOCIDOS ACTOS DE RESOLUCIONES SANCIONADORAS EN MATERIA DE TRAFICO ........................... 11 AYUNTAMIENTO DE FIÑANA 08744-03 APROBACION INICIAL EXPEDIENTE MODIFICACIONES CREDITOS PRESUPUESTO GENERAL EJERCICIO 2003 ...................... 12 08745-03 APROBACION INICIAL REGLAMENTO ESPECIAL DE HONORES Y DISTINCIONES ...................................................................... 12 08746-03 APROBACION INICIAL REGLAMENTO DE EXPLOTACION DE REFUGIO UBEIRE ......................................................................... 12 AYUNTAMIENTO DE GADOR 08889-03 APROBACION DEFINITIVA MODIFICACION DE ORDENANZAS FISCALES REGULADORAS DE TASAS ......................................... 13 AYUNTAMIENTO DE LA MOJONERA 08820-03 BASES A REGIR LA CONVOCATORIA DE DOS PLAZAS DE MEDIADOR INTERCULTURAL ............................................................ 15 08821-03 APROBACION INICIAL EXPTE. DE MODIFICACION DE CREDITO NUMERO 6/2003 ...................................................................... 17 AYUNTAMIENTO DE RIOJA 08972-03 APROBACION DEFINITIVA DE LA MODIFICACION DE LAS ORDENANZAS FISCALES ................................................................... 18 AYUNTAMIENTO DE TABERNAS 08754-03 NOTIFICACION ORDENANDO SUSPENSION DE OBRAS A PROPIETARIOS DE VARIAS PARCELAS ............................................. 20 AYUNTAMIENTO DE TURRE 08556-03 APROBACION PROYECTO COMPENSACION SECTOR R-2 PROMOVIDO POR PROMOCIONES Y SERVICIOS INTEGRADOS S.L. . 20

Transcript of S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito...

Page 1: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Número 241 Miércoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros

Depósito Legal AL-1-1958

Administración:EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍANavarro Rodrigo, 17 - 04071 ALMERÍATeléfono: 950. 211.131

correo-e: [email protected] web: www.dipalme.org BO

LE

TÍN

OF

ICIA

LFr

anqu

eo C

once

rtad

o 0/

51

DE LA PROVINCIA DE ALMERIA

S U

M A

R I

O

AVISO PARA LAS SUSCRIPCIONES VOLUNTARIAS

Los suscriptores que deseen seguir recibiendo el B.O.P. de Almería en el año 2004, deberán cumplimentarla solicitud de suscripción según modelo de contraportada, remitiéndola a:

- DIPUTACIÓN DE ALMERÍA, NEGOCIADO REGISTRO Y B.O.P. C/. Navarro Rodrigo, 17. 04071 - Almería.

Para la tramitación de la solicitud por el Negociado de Registro y B.O.P. de la Diputación de Almería, secomprobará que se ha ingresado el importe de la tasa correspondiente (Ordenanza Fiscal Reguladora de laTasa por Inserción de Anuncios y Edictos, y la suscripción y venta de ejemplares del B.O.P. de Almería de30-06-03) por alguno de los medios autorizados.

ADMINISTRACION LOCAL Pág.

DIPUTACION PROVINCIAL DE ALMERIA

SERVICIO GESTION TRIBUTARIA Y RECAUDACION

08781-03 NOTIFICACION A DESCONOCIDO EN PERIODO EJECUTIVO DE COBRANZA, AGIS MARIN JOSE ................................................. 3

AYUNTAMIENTO DE CUEVAS DEL ALMANZORA

08759-03 APROBACION DEFINITIVA MODIFICACION ORDENANZA, TASA POR RECOGIDA RESIDUOS SOLIDOS URBANOS ....................... 8

08974-03 EXPOSICION PUBLICA PRESUPUESTO GENERAL EJERCICIO 2004 ......................................................................... .................... 8

08975-03 EXPOSICION PUBLICA DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL AYUNTAMIENTODE CUEVAS DE ALMANZORA EJERCICIO 2003 ..... 9

08976-03 EXPOSICION PUBLICA PRESUPUESTO ORGANISMO AUTONOMO MUSEO A.MANUEL CAMPOY EJERCICIO 2004 ..................... 9

08977-03 EXPOSICION PUBLICA PRESUPUESTO ORGANISMO AUTONOMO MUSEO A.MANUEL CAMPOY, EJERCICIO 2003 ................... 10

09023-03 APROBACION INICIAL DE LA MODIFICACION PUNTUAL DE LAS NN.SS. SECTOR PE-VI-1 PROMOV. POR BAY INVESTIMETS

LTD Y VILLARICOS S.A. ......................................................................................................... ....................................................... 10

AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO

08193-03 CONVENIO DE PLANEAMIENTO URBANISTICO PARA FACILITAR IMPLANTACION DE CENTRO DE OCIO COMERCIAL .............. 10

08635-03 APROBACION INICIAL ESTUDIO DETALLE SUBPARCELAS 1 A 5 DE LA M-1 DEL AMPUR-23-ND .................................................. 11

08709-03 NOTIFICACION A DESCONOCIDOS ACTOS DE RESOLUCIONES SANCIONADORAS EN MATERIA DE TRAFICO ........................... 11

AYUNTAMIENTO DE FIÑANA

08744-03 APROBACION INICIAL EXPEDIENTE MODIFICACIONES CREDITOS PRESUPUESTO GENERAL EJERCICIO 2003 ...................... 12

08745-03 APROBACION INICIAL REGLAMENTO ESPECIAL DE HONORES Y DISTINCIONES ...................................................................... 12

08746-03 APROBACION INICIAL REGLAMENTO DE EXPLOTACION DE REFUGIO UBEIRE ......................................................................... 12

AYUNTAMIENTO DE GADOR

08889-03 APROBACION DEFINITIVA MODIFICACION DE ORDENANZAS FISCALES REGULADORAS DE TASAS ......................................... 13

AYUNTAMIENTO DE LA MOJONERA

08820-03 BASES A REGIR LA CONVOCATORIA DE DOS PLAZAS DE MEDIADOR INTERCULTURAL ............................................................ 15

08821-03 APROBACION INICIAL EXPTE. DE MODIFICACION DE CREDITO NUMERO 6/2003 ...................................................................... 17

AYUNTAMIENTO DE RIOJA

08972-03 APROBACION DEFINITIVA DE LA MODIFICACION DE LAS ORDENANZAS FISCALES ................................................................... 18

AYUNTAMIENTO DE TABERNAS

08754-03 NOTIFICACION ORDENANDO SUSPENSION DE OBRAS A PROPIETARIOS DE VARIAS PARCELAS ............................................. 20

AYUNTAMIENTO DE TURRE

08556-03 APROBACION PROYECTO COMPENSACION SECTOR R-2 PROMOVIDO POR PROMOCIONES Y SERVICIOS INTEGRADOS S.L. . 20

Page 2: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 2 Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003 B.O.P. de Almería

S U

M A

R I

O Pág.

AYUNTAMIENTO DE VELEZ RUBIO

08385-03 SOLICITUD DE LICENCIA PARA CONSTRUCCION DE NAVE DESTINADA A CEBADERO DE VOLATILES POR MIGUEL ANGEL

GARCIA VALERA ............................................................................................................................................................................ 20

ENTIDAD LOCAL MENOR DE BALANEGRA

08905-03 APROBACION PADRON DE TASAS MUNICIPALES DE AGUA, IVA, BASURA Y ALCANTARILLADO ................................................ 20

ADMINISTRACION AUTONOMICA

CONSEJERIA DE AGRICULTURA Y PESCA DE ALMERIA

08710-03 NOTIFICACION SAMSARA ESPAÑA S.A., PARA SUBSANAR DOCUMENTOS EN RELACION A SOLICITUD DE AYUDA ................... 21

CONSEJERIA DE EMPLEO Y DESARROLLO TECNOLOGICO DE ALMERIA

08113-03 AUTORIZAR AMPLIACION SUBESTACION DE FINES. NI/4958-2289 ............................................................................................. 21

08114-03 AUTORIZAR CAMBIO DE UBICACION DEL C.D. EXISTENTE ALMERISOL A CAMINO EL HIGUERAL. NI/4958-3516 ...................... 21

08115-03 AUTORIZAR DESVIACION DE LINEA DED M.T. APOYOS LOS JACINTOS. NI/4958-3514 .............................................................. 22

08116-03 AUTORIZAR CAMBIO DE UBICACION DEL C.T. POLIGONO SAN NICOLAS. NI/4958-3515 ..................................................... ....... 22

08117-03 AUTORIZAR ACONDICIONAMIENTO TRAMO DE LINEA EXISTENTE AEROPUERTO-BOTICARIO. NI/4958-3517 .......................... 22

08118-03 AUTORIZAR REFORMA DE CENTRO DE DISTRIBUCION CON PASO A SF6. NI/4958-3524 ............................................................ 23

08119-03 AUTORIZAR TRAMO DE LINEA EXISTENTE AEROPUERTO-BOTICARIO. NI/4958-3525 ............................................................... 23

08951-03 AUTORIZAR SUMINISTRO ENERGIA ELECTRICA PARA UNIDADES DE ACTUACION. AT/2902 ...................................................... 23

08952-03 AUTORIZAR RED DE DISTRIBUCION DE GLP PARA SUMINISTRO A URBANIZACION HUERTA NUEVA DE LOS GALLARDOS.

GLP-D/008 Y 1126 .............................................................................................................. ........................................................... 24

08742-03 CONVENIO COLECTIVO SECTOR DEPNDENCIA MERCANTIL ................................................................................ ....................... 24

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE ALMERIA

08784-03 CEDULA DE CITACION PROCEDIMIENTO DESPIDOS 1054/2003, A INSTANCIA FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ LEON, CONTRA

MARE NOSTRUM SL ..................................................................................................................................................................... 40

08785-03 CEDULA DE CITACION PROCEDIMIENTOS DE DESPIDO 1060/2003, A INSTANCIA DOMINGO JOSE FERNANDEZ SOLA, CONTRA

MARE NOSTRUM SL Y OTROS ....................................................................................................... .............................................. 40

08787-03 ANUNCIO RECURSO DE SUPLICACION, PROCESO NUM. 918/02, A INSTANCIA DE JOSE LUIS GOÑI GARCIA FRENTE A INSS Y

OTROS .......................................................................................................................................................................................... 41

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3 DE ALMERIA

08831-03 PROCEDIMIENTO EJECUCION Nº 120/03 SOBRE DESPIDO ............................................................................... .......................... 41

08833-03 PROCEDIMIENTO EJECUCION Nº 81/03 DIMANANTE DE LOS AUTOS Nº 626/02 ............................................................. ............ 42

08834-03 PROCEDIMIENTO EJECUCION 107/03 DIMANANTE DE LOS AUTOS Nº 323/03 ............................................................... ............ 42

JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 1 DE ROQUETAS

08765-03 AUTOS JUICIO VERBAL-DESH.F.PAGO 44/2003, CONTRA EMILIENNE GABRIELLA GYS ............................................................. 43

Page 3: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 3Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003B.O.P. de Almería

Administración Local

8781/03

EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL DE ALMERIAArea de Cooperación Provincial

S.G.T. y R. - Unidad Operativa Norte - Oficina de Huércal-Overa

E D I C T O

JOSE LUIS MOYA GODOY, JEFE/A UNIDAD DE RECAUDACION DE DTO. OPERATIVO NORTEHAGO SABER: Que en los expedientes administrativos de apremio que se siguen en esta unidad contra los deudores a la

AYUNT. ALBOX que a continuación se expresan, por sus débitos por varios conceptos, en los términos municipales y ejerciciosque así mismo se citan, se ha dictado en fecha de hoy la siguiente:

PROVIDENCIA: No habiendo sido posible realizar la notificación al interesado o a su representante por causas no imputablesal Servicio Provincial de Gestión Tributaria y Recaudación (S.P.G.T.R.) y una vez intentada aquélla dos veces, se cita a losdeudores interesados o a sus representantes para que sean notificados por comparecencia en la Oficina del S.P.G.T.R.indicada en el encabezamiento del presente anuncio, en el plazo de 10 DIAS, contados desde el siguiente al de la publicaciónde este Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P), transcurrido el cual, y de conformidad con lo establecido en el art.105.6 de la Ley General Tributaria de 28 de diciembre de 1.963, la notificación se entenderá producida a los efectos legalesdesde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado.

D E U D O R E S N.I.F. CONCEPTOS CL. OBJ. AÑO/PER IMPORTE

*** MUNICIPIO DE ALBOX AGIS MARIN JOSE 27009290E I.VEHIC.TRAC.ME AL-8817-S 2003/01 40,89 AGUILA DEL SAEZ OLGA 23273043X I.VEHIC.TRAC.ME ALBOX-0697 2003/01 5,30 AHMED AFTAB X03642582 I.VEHIC.TRAC.ME J-5636-N 2003/01 40,89 AKHTAR PERVAIZ X02863625 I.VEHIC.TRAC.ME AL-1213-O 2003/01 40,89 ALARCON MOLINA MARIA JOSEFA 75220063N I.VEHIC.TRAC.ME AL-7324-K 2003/01 40,89 ALBOMAT S L B04036539 I.VEHIC.TRAC.ME AL-9751-F 2003/01 50,74 ALCUDIA CAMPOS ISRAEL DAVID 75109077R I.VEHIC.TRAC.ME AL-7363-H 2003/01 40,89 ALCUDIA GOMEZ SEBASTIAN 26437796D I.VEHIC.TRAC.ME AL-0278-AD 2003/01 86,33 ALFONSO MARTINEZ ANGEL 27029153J I.VEHIC.TRAC.ME ALBOX-0117 2003/01 5,30 ALFONSO SEGOVIA BALTASAR 00604312X I.VEHIC.TRAC.ME ALBOX-0004 2003/01 5,30 ALFONSO TRINIDAD PEDRO 75225298A I.VEHIC.TRAC.ME AL-0157-L 2003/01 40,89 ALLISON PETER GEOFFREY X04067332 I.VEHIC.TRAC.ME B-8352-PT 2003/01 86,33 ALMERIRENT S L B04391637 I.VEHIC.TRAC.ME 8675-BTW 2003/01 50,74 ALMERIRENT S L B04391637 I.VEHIC.TRAC.ME 9848-BVX 2003/01 86,33 ALONSO BERBEL DIEGO 08981342A I.VEHIC.TRAC.ME AL-3475-AD 2003/01 86,33 ALONSO LAJARA JUAN DOMINGO 22440931S I.VEHIC.TRAC.ME AL-6395-U 2003/01 107,53 ALONSO NAVARRO SEBASTIAN 27200303C I.VEHIC.TRAC.ME AL-1188-M 2003/01 40,89 ALONSO TRINIDAD DIEGO 27236061J I.VEHIC.TRAC.ME CO-2695-P 2003/01 86,33 ALONSO TRINIDAD DIEGO 27236061J I.VEHIC.TRAC.ME SE-7025-AJ 2003/01 86,33 ALVARADO ORELLANA ERMEL X03712603 I.VEHIC.TRAC.ME C-7697-BJK 2003/01 5,30 AMAY TENESACA JOSE JAVIER X03821053 I.VEHIC.TRAC.ME B-7988-LY 2003/01 50,74 ANDRIJUNAS ALGIRDAS X03395627 I.VEHIC.TRAC.ME B-9901-HZ 2003/01 40,89 ASENSIO ROMERO ANTONIO 76141747V I.VEHIC.TRAC.ME AL-8774-F 2003/01 40,89 ASLAM IJAZ X03899611 I.VEHIC.TRAC.ME B-7451-JV 2003/01 40,89 AUTOMOCION ALBOX S A A04008314 I.VEHIC.TRAC.ME AL-5621-M 2003/01 15,15 BAMFORD BENJAMIN CHRISTOPHER X02258536 I.VEHIC.TRAC.ME C-5325-BNP 2003/01 5,30 BARCIA GOMEZ JUAN 75132138Q I.VEHIC.TRAC.ME 7257-BPP 2003/01 40,89 BAUTISTA SIMON JUANA MARIA 34850802Y I.VEHIC.TRAC.ME AL-9052-AF 2003/01 40,89 BEARDSLEY DOULGLAS BRIAN X03784137 I.VEHIC.TRAC.ME 6590-BMS 2003/01 86,33 BELMONTE GARCIA JUSTO 00604340S I.VEHIC.TRAC.ME AL-7221-C 2003/01 40,89 BERBEL FERNANDEZ MANUEL 37989935F I.VEHIC.TRAC.ME AL-6524-N 2003/01 99,96 BERBEL FERNANDEZ MANUEL 37979935N I.VEHIC.TRAC.ME AL-3199-I 2003/01 50,74 BERBEL LIRIA ANA MARIA 23242425M I.VEHIC.TRAC.ME AL-7194-U 2003/01 86,33 BERBEL LOPEZ JOSE 27156326L I.VEHIC.TRAC.ME ALBOX-0200 2003/01 5,30 BERJA RICAS SEBASTIANA 25969125D I.VEHIC.TRAC.ME 8654-BRB 2003/01 86,33 BONIL GARCIA Y NAVARRETE S L B04159309 I.VEHIC.TRAC.ME AL-1408-G 2003/01 99,96 BONIL GARRIDO ANGELA 27516133Z I.VEHIC.TRAC.ME MU-3303-U 2003/01 99,96 BONIL RODRIGUEZ MATIAS 23231955T I.VEHIC.TRAC.ME B-1427-E 2003/01 40,89 BONIL RODRIGUEZ MATIAS 23231955T I.VEHIC.TRAC.ME B-1911-AX 2003/01 40,89 BROCKETT STEPHEN GRAHAN X01887771 I.VEHIC.TRAC.ME AL-4238-S 2003/01 40,89 BROWN PETER RUSSEL X04332447 I.VEHIC.TRAC.ME AL-0610-O 2003/01 86,33 BRYANT ANDREW EDWARD FRANKL X01843830 I.VEHIC.TRAC.ME 8933-CDD 2003/01 86,33 BURKE BRIAN PETER X04704207 I.VEHIC.TRAC.ME 5040-CCF 2003/01 86,33 CACERES FERNANDEZ RAMON 52528271C I.VEHIC.TRAC.ME MU-9477-CD 2003/01 86,33 CANTOS FERNANDEZ ANA 00604362Z I.VEHIC.TRAC.ME GR-7609-B 2003/01 15,15 CAPARROS GOMEZ JUAN 41064107E I.VEHIC.TRAC.ME 6241-BRL 2003/01 99,96 CAPARROS GOMEZ JUAN 41064107E I.VEHIC.TRAC.ME AL-0283-AH 2003/01 99,96 CAPARROS GOMEZ JUAN 41064107E I.VEHIC.TRAC.ME 4231-BVJ 2003/01 99,96 CAPARROS MARTINEZ ANA MARIA 75195349T I.VEHIC.TRAC.ME AL-4708-F 2003/01 40,89 CARRILLO CHACON EDUARDO 40771010Z I.VEHIC.TRAC.ME AL-2694-C 2003/01 40,89 CARRILLO FABREGA JOSE ANT 27156201D I.VEHIC.TRAC.ME AL-6691-N 2003/01 40,89 CARRILLO GARCIA DOMINGO 27518731J I.VEHIC.TRAC.ME M-578147 2003/01 15,15

Page 4: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 4 Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003 B.O.P. de Almería

D E U D O R E S N.I.F. CONCEPTOS CL. OBJ. AÑO/PER IMPORTE CARRILLO GARCIA DOMINGO 27518731J I.VEHIC.TRAC.ME AL-8833-D 2003/01 40,89 CARRILLO OLLER AMADOR 75222241M I.VEHIC.TRAC.ME A-2298-AJ 2003/01 86,33 CARRILLO ORTEGA MARIA MAGDALENA 27225009R I.VEHIC.TRAC.ME AL-1443-K 2003/01 86,33 CARRILLO PARDO DIEGO 27209971M I.VEHIC.TRAC.ME AL-3503-L 2003/01 40,89 CARRILLO SANCHEZ JUAN 00604389H I.VEHIC.TRAC.ME AL-0577-J 2003/01 40,89 CARRIQUE FERNANDEZ JOSE 22922694C I.VEHIC.TRAC.ME AL-7713-C 2003/01 40,89 CARRIQUE LOPEZ JUAN 27259302R I.VEHIC.TRAC.ME ALBOX-0204 2003/01 5,30 CARRIQUE MORENO JUAN 75208021E I.VEHIC.TRAC.ME C-2939-BNJ 2003/01 5,30 CASTA¥O GOMEZ FELIPE 27232731H I.VEHIC.TRAC.ME AL-1631-J 2003/01 86,33 CASTILLEJO AMOROS MIGUEL ANGEL 45581772G I.VEHIC.TRAC.ME AL-1162-AG 2003/01 40,89 CAYUELA GARCIA JAIME 27250655W I.VEHIC.TRAC.ME B-1206-BH 2003/01 40,89 CERDAN OLLER MARIA JOSEFA 75222314D I.VEHIC.TRAC.ME AL-1495-L 2003/01 40,89 CHACON MARTINEZ ANA MARIA 75225472Q I.VEHIC.TRAC.ME ALBOX-0060 2003/01 5,30 CONCHILLO FERNANDEZ FCO MIGUEL 75222173Y I.VEHIC.TRAC.ME 7681-BVM 2003/01 50,74 CONSTRUCTORA HISPANO ESCOCESA S B04402699 I.VEHIC.TRAC.ME 5995-BSH 2003/01 50,74 CONTE CAZCARRO M DEL ROSARIO 78048905S I.VEHIC.TRAC.ME SO-5825-B 2003/01 15,15 CONTRERAS CONTRERAS ANTONIO LUIS 23287656H I.VEHIC.TRAC.ME ALBOX-0696 2003/01 5,30 CONTRERAS CONTRERAS ISABEL 45716424Z I.VEHIC.TRAC.ME MU-7982-Z 2003/01 86,33 CONTRERAS CONTRERAS RAFAEL 23258268R I.VEHIC.TRAC.ME MU-5066-AF 2003/01 40,89 CONTRERAS FERNANDEZ ANDRES 27509511Q I.VEHIC.TRAC.ME AL-1403-Z 2003/01 86,33 CONTRERAS FERNANDEZ MIGUEL 27164509Z I.VEHIC.TRAC.ME C-5325-BLN 2003/01 5,30 CONTRERAS SALAZAR MARIANO JOSE 27517200T I.VEHIC.TRAC.ME AL-7604-H 2003/01 40,89 CONTRERAS SANTIAGO CESAR 23284094K I.VEHIC.TRAC.ME ALBOX-0715 2003/01 5,30 CONTRERAS SANTIAGO JOSE 23232818N I.VEHIC.TRAC.ME M-0724-N 2003/01 40,89 CONTRERAS SANTIAGO JOSE 23232818N I.VEHIC.TRAC.ME B-831766 2003/01 15,15 CONTRERAS TORRES FRANCISCO 27229584E I.VEHIC.TRAC.ME M-5224-H 2003/01 15,15 CONTRERAS TORRES FRANCISCO 27229584E I.VEHIC.TRAC.ME MU-121456 2003/01 40,89 CONTRERAS TORRES FRANCISCO 27229584E I.VEHIC.TRAC.ME PM-0885-A 2003/01 40,89 CONTRERAS TORRES FRANCISCO 27229584E I.VEHIC.TRAC.ME AL-6456-C 2003/01 40,89 CONTRERAS TORRES FRANCISCO 27229584E I.VEHIC.TRAC.ME MU-0086-D 2003/01 40,89 CONTRERAS TORRES FRANCISCO 27229584E I.VEHIC.TRAC.ME AL-4500-N 2003/01 40,89 CONTRERAS TORRES FRANCISCO 27229584E I.VEHIC.TRAC.ME AL-5249-C 2003/01 15,15 CONTRUCCIONES BERBEL S L B04110540 I.VEHIC.TRAC.ME B-9438-JW 2003/01 86,33 CONTRUCCIONES BERBEL S L B04110540 I.VEHIC.TRAC.ME AL-4384-H 2003/01 40,89 CONTRUCCIONES CARMONA S L 00604427X I.VEHIC.TRAC.ME M-2564-I 2003/01 15,15 CORTES CONTRERAS ANTONIA 27490325N I.VEHIC.TRAC.ME C-0352-BLT 2003/01 5,30 CORTES CONTRERAS ANTONIA 27490325N I.VEHIC.TRAC.ME 1214-BPW 2003/01 99,96 CROUCHER JANET CITREN X03901734 I.VEHIC.TRAC.ME LU-3260-S 2003/01 40,89 DISBREY JUDITH ELIZABETH X04008200 I.VEHIC.TRAC.ME 9915-BYP 2003/01 86,33 DOBROVOLSKIY IGOR X03821800 I.VEHIC.TRAC.ME 3286-BPH 2003/01 40,89 EDDLESTON STEPHEN JOHN X02903958 I.VEHIC.TRAC.ME B-0478-TJ 2003/01 86,33 EDDLESTON STEPHEN JOHN X02903958 I.VEHIC.TRAC.ME B-6105-NJ 2003/01 86,33 ER RAIDI MOHAMED X00952789 I.VEHIC.TRAC.ME B-2812-BG 2003/01 40,89 EXCAVACIONES Y MOVIMIENTO DE TIE B04282281 I.VEHIC.TRAC.ME IB-0191-V 2003/01 40,89 EXCAVACIONES Y MOVIMIENTO DE TIE B04282281 I.VEHIC.TRAC.ME MU-5180-AS 2003/01 177,96 EXCAVACIONES Y MOVIMIENTO DE TIE B04282281 I.VEHIC.TRAC.ME AL-9651-N 2003/01 40,89 EXTRASUR S L B04121778 I.VEHIC.TRAC.ME AL-8892-O 2003/01 177,96 EXTRASUR S L B04121778 I.VEHIC.TRAC.ME Z-01942-R 2003/01 99,96 FABREGA ALONSO ISABEL M 75245189E I.VEHIC.TRAC.ME 0069-BGG 2003/01 86,33 FABREGA TERUEL FRANCISCO 75225444B I.VEHIC.TRAC.ME AL-8727-AG 2003/01 107,53 FELIZ RODRIGUEZ MARIA CONCESA 52891591D I.VEHIC.TRAC.ME AL-6409-P 2003/01 40,89 FERNANDEZ CHACON MIGUEL 27029567J I.VEHIC.TRAC.ME AL-0354-S 2003/01 86,33 FERNANDEZ CHACON MIGUEL 27029567J I.VEHIC.TRAC.ME AL-1521-B 2003/01 40,89 FERNANDEZ CONTRERAS ANDRES PIO 75215479M I.VEHIC.TRAC.ME AL-0259-Y 2003/01 86,33 FERNANDEZ CONTRERAS JUAN RAFAEL 00604454Z I.VEHIC.TRAC.ME B-2049-AK 2003/01 40,89 FERNANDEZ GALERA MIGUEL 22388629S I.VEHIC.TRAC.ME AL-1830-AD 2003/01 107,53 FERNANDEZ GARCIA FILOMENA 27031293Z I.VEHIC.TRAC.ME PM-68460 2003/01 15,15 FERNANDEZ MU¥OZ ANTONIO 75226559E I.VEHIC.TRAC.ME GR-8735-A 2003/01 40,89 FERNANDEZ MU¥OZ PILAR 30786055A I.VEHIC.TRAC.ME M-1277-IU 2003/01 86,33 FERNANDEZ ORTEGA M ISABEL 27500139M I.VEHIC.TRAC.ME AL-8231-U 2003/01 40,89 FERNANDEZ RODRIGUEZ M ANGELES 75226761V I.VEHIC.TRAC.ME ALBOX-0264 2003/01 5,30 FERNANDEZ SANTIAGO ANTONIO 23207503C I.VEHIC.TRAC.ME C-5212-BLN 2003/01 5,30 FERNANDEZ SANTIAGO BARTOLOME 75184089X I.VEHIC.TRAC.ME AL-3571-AB 2003/01 86,33 FERNANDEZ SANTIAGO MANUEL 18224396R I.VEHIC.TRAC.ME 4330-BZZ 2003/01 86,33 FERNANDEZ SANTIAGO MANUEL 18224396R I.VEHIC.TRAC.ME 2997-BSM 2003/01 86,33 FERRIS HENRI X02573804 I.VEHIC.TRAC.ME 0854-CBB 2003/01 86,33 FIGRAPOL S L B04195335 I.VEHIC.TRAC.ME AL-03809-R 2003/01 99,96 FLORES JIMENEZ ANTONIO JESUS 27509167V I.VEHIC.TRAC.ME AL-1694-O 2003/01 86,33 FRANCO RECHE ANDRES 27250701W I.VEHIC.TRAC.ME AL-7007-J 2003/01 40,89 GALERA DOMINGUEZ JUAN 27250628K I.VEHIC.TRAC.ME C-1221-BMX 2003/01 5,30 GALERA DOMINGUEZ JUAN 27250628K I.VEHIC.TRAC.ME B-7608-CG 2003/01 40,89 GALERA DOMINGUEZ JUAN 27250628K I.VEHIC.TRAC.ME A-6027-Y 2003/01 86,33 GALERA DOMINGUEZ JUAN 27250628K I.VEHIC.TRAC.ME B-4556-EN 2003/01 40,89 GALERA SOTO JOSE 23222473V I.VEHIC.TRAC.ME 3594-BSX 2003/01 86,33 GALLEGO NAVARRETE LAURA 27481338H I.VEHIC.TRAC.ME AL-1911-M 2003/01 5,30 GALLEGO SANCHEZ MATEO 27129677G I.VEHIC.TRAC.ME AL-4219-S 2003/01 5,30 GARCIA GALERA JOSE 75225415M I.VEHIC.TRAC.ME AL-6519-T 2003/01 40,89 GARCIA GARCIA FRANCISCO 00604999F I.VEHIC.TRAC.ME GR-0074-B 2003/01 40,89 GARCIA GARCIA JOSE ANTONIO 75222232L I.VEHIC.TRAC.ME AL-3603-F 2003/01 40,89 GARCIA GUIRAO DIEGO 52522694D I.VEHIC.TRAC.ME AL-2030-AC 2003/01 86,33 GARCIA HERNANDEZ FRANCISCO 23245189D I.VEHIC.TRAC.ME 7258-BPP 2003/01 86,33 GARCIA LOPEZ DOMINGO 75224264G I.VEHIC.TRAC.ME AL-6449-N 2003/01 40,89 GARCIA MALDONADO BETSABE 45598243F I.VEHIC.TRAC.ME 9575-BRH 2003/01 107,53 GARCIA MARTINEZ JOSE 39807540Z I.VEHIC.TRAC.ME AL-9594-D 2003/01 40,89 GARCIA MARTINEZ JOSEFA 23204791E I.VEHIC.TRAC.ME C-2119-BLH 2003/01 5,30 GARCIA MARTINEZ JOSEFA 23204791E I.VEHIC.TRAC.ME ALBOX-0713 2003/01 5,30

Page 5: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 5Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003B.O.P. de Almería

D E U D O R E S N.I.F. CONCEPTOS CL. OBJ. AÑO/PER IMPORTE GARCIA MARTINEZ JOSEFA 23204791E I.VEHIC.TRAC.ME AL-6080-M 2003/01 40,89 GARCIA RODRIGUEZ ISABEL M 23269284T I.VEHIC.TRAC.ME 9659-BLB 2003/01 99,96 GARCIA RODRIGUEZ ISABEL M 23269284T I.VEHIC.TRAC.ME ALBOX-0383 2003/01 5,30 GARCIA RODRIGUEZ SANTOS 27231156F I.VEHIC.TRAC.ME AL-8609-E 2003/01 99,96 GARCIA SAEZ JUAN 27190386Q I.VEHIC.TRAC.ME B-320467 2003/01 9,09 GARCIA SAEZ JUAN 27190386Q I.VEHIC.TRAC.ME B-9803-LJ 2003/01 40,89 GARCIA SAEZ JUAN 27190386Q I.VEHIC.TRAC.ME B-3472-JZ 2003/01 86,33 GARCIA TERUEL TRINIDAD 23214675Q I.VEHIC.TRAC.ME C-5132-BLN 2003/01 5,30 GASCON BARANDA SERGIO 73261600E I.VEHIC.TRAC.ME AL-4510-N 2003/01 86,33 GIL NOGUERA ANTONIO 22434900X I.VEHIC.TRAC.ME B-6473-JX 2003/01 86,33 GIL PEREZ CONVERSION 23235566T I.VEHIC.TRAC.ME MU-5954-AZ 2003/01 40,89 GOMEZ MORENO BONIFACIO 27515916G I.VEHIC.TRAC.ME Z-3403-M 2003/01 40,89 GOMEZ MORENO BONIFACIO 27515916G I.VEHIC.TRAC.ME AL-2700-D 2003/01 40,89 GOMEZ MORENO BONIFACIO 27515916G I.VEHIC.TRAC.ME AL-3421-O 2003/01 40,89 GONZALEZ FRESNEDA MARIA GLORIA 45583813K I.VEHIC.TRAC.ME AL-7449-V 2003/01 50,74 GONZALEZ GARCIA JOSE 40426506G I.VEHIC.TRAC.ME B-5886-AY 2003/01 40,89 GONZALEZ GARCIA JUAN CARLOS 75226443K I.VEHIC.TRAC.ME AL-3227-AC 2003/01 50,74 GONZALEZ GARCIA JUAN CARLOS 75226443K I.VEHIC.TRAC.ME GI-2514-O 2003/01 50,74 GONZALEZ GARCIA JUAN CARLOS 75226443K I.VEHIC.TRAC.ME GI-9321-AF 2003/01 40,89 GONZALEZ GARCIA PEDRO 27528641X I.VEHIC.TRAC.ME GE-2048-J 2003/01 40,89 GONZALEZ MENDEZ GONZALO 22051368A I.VEHIC.TRAC.ME ALBOX-0391 2003/01 5,30 GONZALEZ MORENO JUAN ANTONIO 45711243P I.VEHIC.TRAC.ME AL-6021-AH 2003/01 86,33 GUERRERO TRINIDAD JUAN BAUTISTA 75195320V I.VEHIC.TRAC.ME AL-5419-P 2003/01 40,89 HAJI ALLEN HAROLD X02643067 I.VEHIC.TRAC.ME C-0249-BLT 2003/01 5,30 HARDING ANDREA ANGELA X02817504 I.VEHIC.TRAC.ME B-2084-PH 2003/01 40,89 HAWRYLAK AGATA KATARZYNA X03871308 I.VEHIC.TRAC.ME B-8598-MH 2003/01 86,33 HEREDIA FERNANDEZ MARIA SOLEDAD 75134388N I.VEHIC.TRAC.ME AL-7916-AF 2003/01 86,33 HERNANDEZ ALFONSO BIENVENIDO 00604577E I.VEHIC.TRAC.ME M-503154 2003/01 40,89 HERRERA BAUTISTA JOSE MANUEL 52529358A I.VEHIC.TRAC.ME B-7951-PV 2003/01 86,33 HERRERA BAUTISTA JOSE MANUEL 52529358A I.VEHIC.TRAC.ME AL-2938-F 2003/01 86,33 HIDALGO HERNANDEZ FRANCISCO 75215619F I.VEHIC.TRAC.ME AL-5110-L 2003/01 40,89 HIDALGO HERNANDEZ FRANCISCO 75215619F I.VEHIC.TRAC.ME AL-8983-C 2003/01 40,89 HUNGRIA ESCALONILLA GEMMA 03865649Q I.VEHIC.TRAC.ME AL-7078-AF 2003/01 99,96 IBA¥EZ GARCIA ANDRES 75226811K I.VEHIC.TRAC.ME C-2913-BFR 2003/01 5,30 IBA¥EZ GARCIA OSCAR 23270898G I.VEHIC.TRAC.ME AL-3004-AD 2003/01 86,33 IBA¥EZ JIMENEZ PEDRO 39830486Y I.VEHIC.TRAC.ME AL-7370-H 2003/01 86,33 IBA¥EZ JIMENEZ PEDRO 39830486Y I.VEHIC.TRAC.ME AL-0229-D 2003/01 177,96 IBA¥EZ JIMENEZ PEDRO 39830486Y I.VEHIC.TRAC.ME AL-0447-L 2003/01 5,30 ISHAQ MOHAMMAD X02690085 I.VEHIC.TRAC.ME AL-8180-H 2003/01 40,89 JIMENEZ CASTA¥O JUANA 76147067R I.VEHIC.TRAC.ME AL-7323-T 2003/01 40,89 JIMENEZ JIMENEZ CARMEN 24065719Z I.VEHIC.TRAC.ME AL-2612-D 2003/01 40,89 JIMENEZ LORENTE ANTONIA 75222408B I.VEHIC.TRAC.ME C-6835-BMZ 2003/01 5,30 JIMENEZ LORENTE FELIPE 23275202F I.VEHIC.TRAC.ME PM-1346-U 2003/01 40,89 JIMENEZ MORENO ANA BELEN 75236923J I.VEHIC.TRAC.ME 5441-BXP 2003/01 40,89 JIMENEZ ONIEVA LOURDES PAULA 27510777V I.VEHIC.TRAC.ME 5538-BFB 2003/01 86,33 JIMENEZ RUIZ GABRIEL 75228147T I.VEHIC.TRAC.ME GR-1356-AW 2003/01 86,33 LAZAUSKAS DARTUS X03272425 I.VEHIC.TRAC.ME 7340-BNT 2003/01 86,33 LEIGH JOHN P04515569 I.VEHIC.TRAC.ME B-9246-NU 2003/01 50,74 LINGE LAURE X03390613 I.VEHIC.TRAC.ME AL-8187-P 2003/01 36,35 LITHERLAND ROY X03533344 I.VEHIC.TRAC.ME 9665-BFV 2003/01 86,33 LLANO ESPINO S L B04266557 I.VEHIC.TRAC.ME AL-3904-K 2003/01 50,74 LLANOS GONZALEZ RAFAEL 27179901L I.VEHIC.TRAC.ME AL-1666-L 2003/01 86,33 LOPEZ BELMONTE PEDRO ANTONIO 27512096W I.VEHIC.TRAC.ME ALBOX-0410 2003/01 5,30 LOPEZ LOPEZ MARTIN 23233470C I.VEHIC.TRAC.ME AL-4943-AF 2003/01 86,33 LOPEZ MARTINEZ ANTONIO 75726607G I.VEHIC.TRAC.ME AL-0659-U 2003/01 50,74 LOPEZ OLLER JOSE 75222288Y I.VEHIC.TRAC.ME AL-6491-D 2003/01 40,89 LOPEZ OLLER JOSE 75222288Y I.VEHIC.TRAC.ME MA-8570-N 2003/01 40,89 LOPEZ OLLER JUAN 75212396G I.VEHIC.TRAC.ME AL-6103-S 2003/01 86,33 LOPEZ ORTEGA SEBASTIAN 52516986M I.VEHIC.TRAC.ME GR-3867-T 2003/01 40,89 LORENTE IBA¥EZ JOSE RAMON 27514262Y I.VEHIC.TRAC.ME MU-9742-G 2003/01 40,89 LORENTE JIMENEZ MIGUEL 23235521R I.VEHIC.TRAC.ME AL-41627 2003/01 40,89 LUKANOVSKIY YURIY X03821773 I.VEHIC.TRAC.ME 8481-BRB 2003/01 40,89 LUMAT MOTOR S L B04069993 I.VEHIC.TRAC.ME AL-9914-M 2003/01 50,74 LUMAT MOTOR S L B04069993 I.VEHIC.TRAC.ME M-2997-FN 2003/01 86,33 LUMAT MOTOR S L B04069993 I.VEHIC.TRAC.ME AL-5985-C 2003/01 177,96 LUNA ARMENTEROS MARIA LUISA DE 75214297L I.VEHIC.TRAC.ME AL-0867-G 2003/01 15,15 MAHMOOD TAIR X03205438 I.VEHIC.TRAC.ME J-6498-I 2003/01 40,89 MARMOL PORCEL FRANCISCO 75222270B I.VEHIC.TRAC.ME AL-8101-F 2003/01 40,89 MARTINEZ AGUILAR JOSE 38483274L I.VEHIC.TRAC.ME AL-2154-N 2003/01 40,89 MARTINEZ AGUILAR JOSE 38483274L I.VEHIC.TRAC.ME A-3963-AP 2003/01 86,33 MARTINEZ JIMENEZ ANTONIO 39664395K I.VEHIC.TRAC.ME ALBOX-0685 2003/01 5,30 MARTINEZ NAVARRO JOSE 23273667J I.VEHIC.TRAC.ME AL-5034-L 2003/01 86,33 MARTINEZ OLLER ANGEL A 00604683J I.VEHIC.TRAC.ME LE-40257 2003/01 86,33 MARTINEZ RUEDA ABRAHAM 23284891J I.VEHIC.TRAC.ME AL-0588-N 2003/01 18,17 MARTINEZ SANCHEZ CELESTINO 22919973J I.VEHIC.TRAC.ME AL-5923-AB 2003/01 86,33 MARTOS OLLER LAZARO 00604699Y I.VEHIC.TRAC.ME AL-6755-A 2003/01 15,15 MARTOS TRINIDAD DOLORES 75225306B I.VEHIC.TRAC.ME AL-1928-AD 2003/01 107,53 MARTOS TRINIDAD DOLORES 75225306B I.VEHIC.TRAC.ME AL-2789-P 2003/01 107,53 MEDINA PARRA JUAN FRANCISCO 75708732T I.VEHIC.TRAC.ME CO-8213-U 2003/01 40,89 MEIKLE ROBERT EDWARD X04576016 I.VEHIC.TRAC.ME AL-8855-P 2003/01 50,74 MENA MARTINEZ MARIA 38803440W I.VEHIC.TRAC.ME 7463-BSZ 2003/01 86,33 MENDEZ ROMERO FRANCISCO 38372205V I.VEHIC.TRAC.ME AL-8411-H 2003/01 86,33 MENDEZ ROMERO FRANCISCO 38372205V I.VEHIC.TRAC.ME B-9902-FB 2003/01 86,33 MENDEZ ROMERO FRANCISCO 38372205V I.VEHIC.TRAC.ME B-9197-I 2003/01 15,15 MIDDLETON GEORGE HENRY X01583637 I.VEHIC.TRAC.ME B-7638-UM 2003/01 40,89 MIRAS ALFONSO ANICETO 75205722T I.VEHIC.TRAC.ME AL-4116-X 2003/01 107,53

Page 6: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 6 Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003 B.O.P. de Almería

D E U D O R E S N.I.F. CONCEPTOS CL. OBJ. AÑO/PER IMPORTE MIRAS ALFONSO ANICETO 75205722T I.VEHIC.TRAC.ME AL-2751-AD 2003/01 86,33 MIRAS ALFONSO ANICETO 75205722T I.VEHIC.TRAC.ME AL-2029-T 2003/01 86,33 MIRAS ALFONSO FRANCISCO 36633556F I.VEHIC.TRAC.ME B-422755 2003/01 15,15 MIRAS FERNANDEZ ANGEL JOSE 75244781M I.VEHIC.TRAC.ME ALBOX-0433 2003/01 5,30 MOMPEO PARDO RAFAEL 52627398V I.VEHIC.TRAC.ME ALBOX-0265 2003/01 5,30 MONTOYA ASENSIO ALFONSO 16178572G I.VEHIC.TRAC.ME 5443-BKJ 2003/01 40,89 MONTOYA Y GARCIA S L B04199584 I.VEHIC.TRAC.ME AL-9170-K 2003/01 99,96 MORENO CAYUELA DIEGO 75192602J I.VEHIC.TRAC.ME MU-2209-I 2003/01 142,37 MORENO CAYUELA DIEGO 75192602J I.VEHIC.TRAC.ME V-6599-K 2003/01 99,96 MORENO CAYUELA DIEGO 75192602J I.VEHIC.TRAC.ME B-890986 2003/01 40,89 MORENO CAYUELA DIEGO 75192602J I.VEHIC.TRAC.ME AL-9951-A 2003/01 142,37 MORENO CAYUELA DIEGO 75192602J I.VEHIC.TRAC.ME B-5484-BP 2003/01 40,89 MORENO CAYUELA DIEGO 75192602J I.VEHIC.TRAC.ME AL-5725-D 2003/01 99,96 MORENO CAYUELA DIEGO 75192602J I.VEHIC.TRAC.ME AL-3887-O 2003/01 50,74 MORENO CORTES MARIA 27253792B I.VEHIC.TRAC.ME CA-0860-U 2003/01 40,89 MORENO MARTINEZ JUAN 34840136N I.VEHIC.TRAC.ME AL-8291-S 2003/01 40,89 MU¥OZ CONTRERAS JUAN 23252661Y I.VEHIC.TRAC.ME GE-7440-L 2003/01 40,89 MU¥OZ MORENO VICENTE 23123091H I.VEHIC.TRAC.ME ALBOX-0392 2003/01 5,30 MU¥OZ MORENO VICENTE 23123091H I.VEHIC.TRAC.ME ALBOX-0362 2003/01 5,30 NADEEM MOHAMMAD X02583159 I.VEHIC.TRAC.ME M-1207-GG 2003/01 40,89 NASIM MUHAMMAD X02981536 I.VEHIC.TRAC.ME AL-8948-I 2003/01 40,89 NAVARRETE INIESTA GINES 34865372V I.VEHIC.TRAC.ME 8907-BXJ 2003/01 107,53 NAVARRETE INIESTA GINES 34865372V I.VEHIC.TRAC.ME H-1136-BBB 2003/01 107,53 NAVARRO GARCIA JUAN 27149540H I.VEHIC.TRAC.ME ALBOX-0700 2003/01 5,30 NAVARRO MONSO JOSE 40872585K I.VEHIC.TRAC.ME GE-3060-T 2003/01 40,89 NAVARRO SANCHEZ ANDRES 75226800X I.VEHIC.TRAC.ME MU-9021-BX 2003/01 107,53 NAVARRO TRINIDAD PABLO 75183984C I.VEHIC.TRAC.ME AL-7439-Z 2003/01 86,33 NIETO GARCIA PILAR 45595011H I.VEHIC.TRAC.ME AL-1923-AF 2003/01 40,89 NIETO MARTINEZ ANTONIO 27257862X I.VEHIC.TRAC.ME 5861-BPJ 2003/01 40,89 NU¥EZ SILVERIO MARIA 75225404V I.VEHIC.TRAC.ME AL-2865-E 2003/01 40,89 NU¥EZ SILVERIO MARIA 75225404V I.VEHIC.TRAC.ME AL-1101-K 2003/01 40,89 OLDFIELD DERICK JAMES X03715328 I.VEHIC.TRAC.ME 8965-CDC 2003/01 86,33 OLLER GARCIA ROQUE DOMINGO 75225442D I.VEHIC.TRAC.ME AL-9599-B 2003/01 15,15 OLLER LOPEZ ANDRES 27156042B I.VEHIC.TRAC.ME AL-0413-O 2003/01 40,89 OLLER MARTOS LUIS 27155763P I.VEHIC.TRAC.ME ALBOX-0072 2003/01 5,30 OLLER OLLER JULIAN 75213397Q I.VEHIC.TRAC.ME ALBOX-0420 2003/01 5,30 OLLER OLLER MANUELA 23293162G I.VEHIC.TRAC.ME GI-0384-AC 2003/01 86,33 OLLER RODRIGUEZ ANDRES 75226520Y I.VEHIC.TRAC.ME ALBOX-0156 2003/01 5,30 OLLER SOTO M LUISA 75226591P I.VEHIC.TRAC.ME AL-7089-I 2003/01 40,89 OLLER SOTO M LUISA 75226591P I.VEHIC.TRAC.ME AL-7099-X 2003/01 86,33 OLLER TRABALON AGUSTIN 27208305H I.VEHIC.TRAC.ME AL-8724-C 2003/01 40,89 ORTEGA CHACON CELEDONIO 27207426J I.VEHIC.TRAC.ME AL-7044-D 2003/01 35,98 ORTEGA HERNANDEZ CARMEN 27030522W I.VEHIC.TRAC.ME AL-8435-AG 2003/01 39,66 ORTIZ GUILLEN BLAS 00604770P I.VEHIC.TRAC.ME M-634434 2003/01 15,15 OSWALD DEREK VICTOR X02398617 I.VEHIC.TRAC.ME AL-6414-AC 2003/01 5,30 PARIS LOPEZ FCO JAVIER 52519989H I.VEHIC.TRAC.ME 4924-BGD 2003/01 50,74 PASTOR ALFONSO BALTASAR 75226473M I.VEHIC.TRAC.ME ALBOX-0047 2003/01 5,30 PASTOR ALFONSO BIENVENIDO 27516417E I.VEHIC.TRAC.ME AL-2301-AB 2003/01 86,33 PASTOR CONCHILLO VDA DE HORACIO 40061351C I.VEHIC.TRAC.ME AL-9690-B 2003/01 15,15 PASTOR PARRADO M ROSARIO 31322404S I.VEHIC.TRAC.ME ALBOX-0701 2003/01 5,30 PEDROSA SANCHEZ DIEGO 75207860E I.VEHIC.TRAC.ME AL-31388 2003/01 15,15 PERALES MORCILLO JUAN ANTONIO 00604781L I.VEHIC.TRAC.ME B-878987 2003/01 40,89 PERALES MORCILLO JUAN ANTONIO 00604781L I.VEHIC.TRAC.ME AL-28229 2003/01 15,15 PERAN MARMOL MIGUEL ANGEL 24112985S I.VEHIC.TRAC.ME AL-3627-L 2003/01 40,89 PEREZ CARRILLO JERONIMO 00604785T I.VEHIC.TRAC.ME AL-40709 2003/01 40,89 PEREZ FERNANDEZ MARIA 34848431G I.VEHIC.TRAC.ME AL-9261-U 2003/01 40,89 PEREZ GARCIA ASUNCION 27249232M I.VEHIC.TRAC.ME M-665701 2003/01 40,89 PEREZ MIRON ROSA 75211146L I.VEHIC.TRAC.ME AL-3661-O 2003/01 40,89 PEREZ PEREZ FRANCISCO LUIS 27030418J I.VEHIC.TRAC.ME AL-5569-H 2003/01 40,89 PEREZ PEREZ MARIA CATALINA 00604797N I.VEHIC.TRAC.ME M-7142-AS 2003/01 15,15 PEREZ SANCHEZ MARIA 27029405N I.VEHIC.TRAC.ME AL-0420-M 2003/01 40,89 PEREZ SANCHEZ MARIA 27029405N I.VEHIC.TRAC.ME M-3612-CV 2003/01 15,15 PI¥ERO RUIZ JUAN PEDRO 75211187Z I.VEHIC.TRAC.ME ALBOX-0677 2003/01 5,30 QUILES SANCHEZ ANA MARIA 23186341H I.VEHIC.TRAC.ME AL-5876-AF 2003/01 86,33 RAMIREZ MARTIN GLORIA 52577766L I.VEHIC.TRAC.ME MA-6944-AT 2003/01 40,89 RAMIREZ MARTIN GLORIA 52577766L I.VEHIC.TRAC.ME AL-8451-D 2003/01 40,89 REYES FERNANDEZ JOSE LUIS 24762154D I.VEHIC.TRAC.ME B-3503-AX 2003/01 86,33 RIETVELD GOVERT X03730151 I.VEHIC.TRAC.ME 3810-CDL 2003/01 50,74 RODRIGUEZ CARRILLO FRANCISCO 21663091N I.VEHIC.TRAC.ME AL-7670-O 2003/01 36,35 RODRIGUEZ CARRILLO MIGUEL 75212404N I.VEHIC.TRAC.ME 0433-BXM 2003/01 86,33 RODRIGUEZ MARTOS JUAN JOSE 75240575P I.VEHIC.TRAC.ME AL-0223-J 2003/01 86,33 RODRIGUEZ OSUNA FRANCISCO 44265417P I.VEHIC.TRAC.ME AL-6513-AF 2003/01 99,96 RODRIGUEZ OSUNA IVAN MANUEL 75140403R I.VEHIC.TRAC.ME C-9503-BJW 2003/01 5,30 RODRIGUEZ OSUNA IVAN MANUEL 75140403R I.VEHIC.TRAC.ME AL-7684-AH 2003/01 86,33 RODRIGUEZ RODRIGUEZ DOMINGO 75215349J I.VEHIC.TRAC.ME AL-6132-N 2003/01 50,74 RODRIGUEZ RODRIGUEZ DOMINGO 75215349J I.VEHIC.TRAC.ME AL-1074-S 2003/01 40,89 RODRIGUEZ RODRIGUEZ JUAN PETRONI 75195319Q I.VEHIC.TRAC.ME AL-3383-L 2003/01 86,33 RODRIGUEZ RODRIGUEZ MANUEL 27222769S I.VEHIC.TRAC.ME AL-8524-N 2003/01 86,33 RODRIGUEZ RODRIGUEZ MARIA CATALI 75208514D I.VEHIC.TRAC.ME M-3285-MC 2003/01 40,89 RODRIGUEZ RODRIGUEZ MARIA CATALI 75208514D I.VEHIC.TRAC.ME AL-5969-J 2003/01 40,89 RODRIGUEZ RODRIGUEZ PETRONILA R 27532616Y I.VEHIC.TRAC.ME M-1407-CU 2003/01 40,89 RODRIGUEZ RODRIGUEZ PETRONILA R 27532616Y I.VEHIC.TRAC.ME A-125536 2003/01 40,89 RODRIGUEZ RODRIGUEZ PETRONILA R 27532616Y I.VEHIC.TRAC.ME AL-8676-E 2003/01 50,74 RODRIGUEZ SANCHEZ MARIA ROSA 23258628Q I.VEHIC.TRAC.ME ALBOX-0421 2003/01 5,30 RODRIGUEZ SANCHEZ MARIA ROSA 23258628Q I.VEHIC.TRAC.ME ALBOX-0259 2003/01 5,30 RODRIGUEZ TORRES JUAN DOMINGO 27525659H I.VEHIC.TRAC.ME AL-5245-G 2003/01 40,89

Page 7: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 7Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003B.O.P. de Almería

D E U D O R E S N.I.F. CONCEPTOS CL. OBJ. AÑO/PER IMPORTE RODRIGUEZ TORRES RAMON 75215934T I.VEHIC.TRAC.ME J-7966-H 2003/01 50,74 RODRIGUEZ TORRES RAMON 75215934T I.VEHIC.TRAC.ME AL-6491-C 2003/01 15,15 ROMERO GONZALEZ JOSE 27156388N I.VEHIC.TRAC.ME AL-0074-R 2003/01 99,96 ROMERO GONZALEZ JOSE 27156388N I.VEHIC.TRAC.ME AL-3843-N 2003/01 99,96 ROMERO GONZALEZ JOSE 27156388N I.VEHIC.TRAC.ME AL-3844-N 2003/01 99,96 ROMERO GONZALEZ JOSE 27156388N I.VEHIC.TRAC.ME AL-7554-J 2003/01 86,33 ROMERO GONZALEZ JOSE 27156388N I.VEHIC.TRAC.ME AL-0751-R 2003/01 99,96 ROMERO GONZALEZ JOSE 27156388N I.VEHIC.TRAC.ME AL-1124-P 2003/01 99,96 ROQUE CONCHILLO GUSTAVO CARLOS 75249020N I.VEHIC.TRAC.ME AL-0626-AH 2003/01 86,33 ROZUKAS ALGIMANTAS X03292502 I.VEHIC.TRAC.ME 6561-BWJ 2003/01 86,33 RUBIO GUERRERO DIEGO 27153449V I.VEHIC.TRAC.ME M-1644-DN 2003/01 86,33 RUSHTON GERRY JEFFREY X04124803 I.VEHIC.TRAC.ME 5057-CBT 2003/01 86,33 SABARIEGO MORENO ENRIQUE 25933625K I.VEHIC.TRAC.ME MU-7028-I 2003/01 40,89 SAIDI ZAKIA X01268639 I.VEHIC.TRAC.ME AL-2278-C 2003/01 40,89 SALAS RODRIGUEZ JOSE MARIA 27529093W I.VEHIC.TRAC.ME AL-3855-P 2003/01 40,89 SALMERON GARCIA FRANCISCO 27524226B I.VEHIC.TRAC.ME AL-8038-P 2003/01 40,89 SANCHEZ AGUERO ANTONIO 23197780A I.VEHIC.TRAC.ME AL-35959 2003/01 40,89 SANCHEZ AGUERO ANTONIO 23197780A I.VEHIC.TRAC.ME GE-5551-C 2003/01 40,89 SANCHEZ GUILLEN J JOAQUIN 75215597P I.VEHIC.TRAC.ME AL-7819-U 2003/01 107,53 SANCHEZ LIRIA ANTONIO 27200037F I.VEHIC.TRAC.ME B-7916-DH 2003/01 40,89 SANCHEZ LIRIA JUAN 75222153D I.VEHIC.TRAC.ME C-9057-BND 2003/01 5,30 SANCHEZ LOPEZ JOSE 27029423F I.VEHIC.TRAC.ME AL-7803-B 2003/01 15,15 SANCHEZ MARTINEZ JUAN 23203204E I.VEHIC.TRAC.ME MU-8458-AH 2003/01 86,33 SANCHEZ PEREZ JOSE 23222792Z I.VEHIC.TRAC.ME B-6896-FH 2003/01 40,89 SANCHEZ SANTISTEBAN AGUSTIN 27494394X I.VEHIC.TRAC.ME B-4852-FZ 2003/01 40,89 SANCHEZ SANTISTEBAN AGUSTIN 27494394X I.VEHIC.TRAC.ME B-0236-DJ 2003/01 40,89 SANCHEZ SANTISTEBAN ISABEL 27508939L I.VEHIC.TRAC.ME B-7198-GC 2003/01 86,33 SERRANO GOMEZ RAFAEL 76148596N I.VEHIC.TRAC.ME AL-4200-AH 2003/01 86,33 SILVENTE CINTAS DOMINGO 45589147L I.VEHIC.TRAC.ME AL-0712-D 2003/01 50,74 SILVENTE CINTAS DOMINGO 45589147L I.VEHIC.TRAC.ME ALBOX-0380 2003/01 5,30 SOLA BERBEL GINES 33863224W I.VEHIC.TRAC.ME B-5243-JG 2003/01 86,33 SOLA FRAGA MARIA 27532087Y I.VEHIC.TRAC.ME AL-4497-F 2003/01 40,89 SOLA RECHE ISABEL 75244919M I.VEHIC.TRAC.ME B-9799-JG 2003/01 40,89 SOTO GARCIA TRINIDAD 75727291K I.VEHIC.TRAC.ME AL-9579-W 2003/01 86,33 SOTO MARTOS MARIA X03307784 I.VEHIC.TRAC.ME AL-3656-AH 2003/01 86,33 STANIFORTH MICHAEL X03145777 I.VEHIC.TRAC.ME 0449-BPF 2003/01 50,74 STINTON MICHAEL ROBIN P09039620 I.VEHIC.TRAC.ME AL-4487-AG 2003/01 86,33 STONE TIME S L B04392429 I.VEHIC.TRAC.ME B-1633-HC 2003/01 99,96 SUMINISTROS CABRERA S L B04420808 I.VEHIC.TRAC.ME 8018-BNN 2003/01 50,74 TAMOSAITIS ARUNAS X03119905 I.VEHIC.TRAC.ME AL-1862-M 2003/01 40,89 TAMOSAITIS ARUNAS X03119905 I.VEHIC.TRAC.ME B-4197-KF 2003/01 86,33 TERUEL LOPEZ JOSE 23244842F I.VEHIC.TRAC.ME MU-5120-AC 2003/01 86,33 TERUEL MARTINEZ ANTONIO 27521412A I.VEHIC.TRAC.ME ALBOX-0161 2003/01 5,30 TORRECILLAS LOPEZ SEGISMUNDO 75225459A I.VEHIC.TRAC.ME AL-9660-O 2003/01 40,89 TORRECILLAS LOPEZ SEGISMUNDO 75225459A I.VEHIC.TRAC.ME AL-4302-V 2003/01 36,35 TORRES MORENO ANTONIA 22421824K I.VEHIC.TRAC.ME AL-3485-C 2003/01 15,15 TORRES RODRIGUEZ MIGUEL 27229092J I.VEHIC.TRAC.ME B-7712-DG 2003/01 40,89 TORRES RODRIGUEZ MIGUEL 27229092J I.VEHIC.TRAC.ME AL-8994-E 2003/01 40,89 TRABALON ALFONSO ANGEL 00604939Q I.VEHIC.TRAC.ME GR-6971-A 2003/01 40,89 TRABALON NAVARRO HERMINIO 75215828D I.VEHIC.TRAC.ME AL-0138-R 2003/01 99,96 TRABALON NAVARRO JOSE 75226892X I.VEHIC.TRAC.ME AL-9985-K 2003/01 86,33 TRANS ANJOMAR S L B04194536 I.VEHIC.TRAC.ME AL-01729-R 2003/01 99,96 TRANS GRANISUR S L B04230470 I.VEHIC.TRAC.ME AL-7278-AG 2003/01 107,53 TRANSMOLATA S L B04263976 I.VEHIC.TRAC.ME AL-01979-R 2003/01 99,96 TRANSPORTE MARTINEZ PARRA S L 00604944K I.VEHIC.TRAC.ME A-6545-P 2003/01 177,96 TRINIDAD FERNANDEZ CRISTOBAL 39818152T I.VEHIC.TRAC.ME B-9383-DG 2003/01 40,89 VALENCIA PASACA LUIS ALBERTO X03496196 I.VEHIC.TRAC.ME B-5723-NL 2003/01 40,89 VALLS GARRE VERONICA 45598670C I.VEHIC.TRAC.ME AL-6969-Y 2003/01 40,89 VALLS GARRE VERONICA 45598670C I.VEHIC.TRAC.ME M-0739-TS 2003/01 40,89 VALLS GARRE VICENTE 45598671K I.VEHIC.TRAC.ME ALBOX-0659 2003/01 5,30 VALLS GARRE VICENTE 45598671K I.VEHIC.TRAC.ME 3694-BMX 2003/01 86,33 VALLS MELIA JOSE MANUEL 19976732J I.VEHIC.TRAC.ME AL-7122-I 2003/01 9,09 VASQUEZ SAMANIEGO RENAN FABRICIO X03561571 I.VEHIC.TRAC.ME B-2618-IN 2003/01 40,89 VAZQUEZ TORRES GONZALO 29078479Q I.VEHIC.TRAC.ME AL-1566-AH 2003/01 86,33 VYTAUTAS JUSKA B03259674 I.VEHIC.TRAC.ME AL-9682-M 2003/01 40,89 WALL KEITH LAURENCE X02757626 I.VEHIC.TRAC.ME 0750-BPB 2003/01 86,33

En dicho procedimiento dictó el Sr. Tesorero la siguiente:PROVIDENCIA DE APREMIO: Por recibida la precedente certificación y hechas las comprobaciones oportunas, la declaro

incursa en apremio y recargo del 20 por ciento, disponiendo se proceda ejecutivamente contra el patrimonio del deudor ypersonas que resultaren responsables.

Lo que notifico a Vd. en cumplimiento de lo establecido en el Art. 106.4 del Reglamento General de Recaudación advirtiéndoleque de no efectuar el ingreso en los plazos abajo indicados, se proceda sin más al embargo de sus bienes, liquidación deintereses de demora y costas que procedan de conformidad con el artículo 127 de la Ley 25/1995 de 20 de Julio, de modificaciónparcial de la Ley General Tributaria.

PLAZOS:Las notificaciones recibidas entre los días 1 y 15 de cada mes, hasta el 20 de dicho mes o inmediato hábil posterior.Las notificaciones recibidas entre los días 16 y último de cada mes, hasta el día 5 del mes siguiente o inmediato hábil

posterior.LUGAR: Oficina de recaudación del S.P.G.T.R. sita en la Plaza del Gobernador s/n Huércal-Overa.

Page 8: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 8 Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003 B.O.P. de Almería

RECURSOS: Contra la presente notificación, de confor-midad con el artículo 14.2 de la Ley 39/1988, de 28 de diciem-bre, Reguladora de las Haciendas Locales, puede ustedinterponer RECURSO DE REPOSICION en el plazo de unmes a partir de la recepción de la misma ante el Sr. DiputadoDelegado Especial de Recaudación de esta Excma. Diputa-ción Provincial de Almería.

ADVERTENCIA: El procedimiento de apremio aunque seinterponga recurso, solamente se suspender en los térmi-nos y condiciones señalados en el Art. 101 del ReglamentoGeneral de Recaudación (R.D. 1684/1990 de 20 de Diciem-bre, BOE n. 3 de 3 de Enero de 1.991).

APLAZAMIENTO: Podrá solicitar aplazamiento de pagocon los requisitos establecidos en los arts. 51 y 52 del RealDecreto 448/1995 de 4 de marzo por el que se modifica elReglamento General de Recaudación dirigidos ante el Sr.Diputado Delegado mencionado.

Huércal-Overa, a 27 de noviembre de 2003.EL JEFE/A DE LA UNIDAD, José Luis Moya Godoy.

8759/03

AYUNTAMIENTO DE CUEVAS DEL ALMANZORA

A N U N C I O

APROBACION DEFINITIVA DE LA MODIFICACION DELA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TASAPOR LA PRESTACION DE LA RECOGIDA DE RESIDUOSSOLIDOS URBANOS.

Por Resolución de la Alcaldía de fecha 2 de diciembre de2003 ha sido adoptado el siguiente acuerdo:

«Transcurrido el plazo de la exposición al público delacuerdo del Pleno Municipal de 27 de octubre de 2003 por elque se aprobó inicialmente la modificación de la OrdenanzaMunicipal reguladora de la Tasa por la Prestación de laRecogida de Residuos Urbanos, publicado en el B.O.Pnúmero 209 de 31 de octubre de 2003, y, no habiéndosepresentado reclamaciones ni alegaciones frente a dichoacuerdo, los mismos quedan elevados a definitivos, deconformidad con lo dispuesto en el art. 17 de la Ley 39/1988de 28 de diciembre reguladora de las Haciendas Locales.

Dicho acuerdo definitivo de modificación de la menciona-da Ordenanza Municipal y que aparece publicado en el BOP,se aplicará a partir de la fecha señalada en la misma.

Contra dicha aprobación definitiva podrán los interesa-dos interponer recurso contencioso administrativo, en elplazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al desu publicación en el B.O.P. ante el tribunal Superior deJusticia de Andalucía, Sala de Granada, sin perjuicio deque puedan interponer cualquier otro recurso que estimenoportuno, indicando que la interposición del recurso noparaliza la ejecutividad de la Resolución

Tras lo expuesto, las tarifas para el año 2004 de la Orde-nanza Municipal Reguladora de la Tasa por la Prestaciónde la Recogida de Residuos Sólidos Urbanos quedan delsiguiente modo:

a) Vivienda unifamiliar: 64,24 eurosb) Bares, cafeterías o establecimientos de carácter simi-

lar: 90,68 eurosc) Locales industriales: 90,68 euros.

d) Locales comerciales: 90,68 euros.e) Hoteles, Fondas, Residencias: 90,68 euros.g) Bares, cafeterías o establecimientos de carácter simi-

lar con uso exclusivo de 1 contenedor, independientementede que estén incluidos en los apdos. b, c y e.: 90,68 euros.

En Cuevas del Almanzora, a 2 de diciembre de 2003.EL ALCALDE, Jesús Caicedo Bernabé.

8974/03

AYUNTAMIENTO DE CUEVAS DEL ALMANZORA

E D I C T O

De conformidad con lo establecido en el articulo 150.3 dela Ley 39/1988, de 28 de diciembre Reguladora de lasHaciendas Locales, se expone al público el PresupuestoGeneral, para el ejercicio de 2004, definitivamente aprobado,resumido por Capítulos:

PRESUPUESTO DE LA ENTIDAD LOCAL

GASTOS

CAP. DENOMIN.

Operaciones Corrientes1.- Gastos de Personal 2.974.1202.- Gastos en Bienes Corrientes y Servicios 1.713.8423.- Gastos financieros 67.0504.- Transferencias corrientes 358.907

Operaciones de Capital6.- Inversiones reales 3.240.6727.- Transferencias de Capital 1.234.0458.- Activos Financieros 14.3329.- Pasivos Financieros 23.053TOTAL GASTOS 9.626.021

INGRESOS

CAP. DENOMIN.

Operaciones corrientes1.- Impuestos Directos 1.745.7332.- Impuestos Indirectos 1.551.4843.- Tasas y otros Ingresos 1.725.8534.- Transferencias corrientes 3.017.6585.- Ingresos patrimoniales 5.470

Operaciones de Capital6.- Enajenación de Inversiones Reales 1017.- Transferencias de capital 1.579.3618.- Pasivos financieros 14.3329.- Activos financieros 958.600TOTAL INGRESOS 10.598.592

Contra el mismo podrá interponerse recurso contencio-so - administrativo en el plazo de dos meses, contados apartir del siguiente a la publicación del presente Edicto en elB.O.P.

Cuevas del Almanzora, a 11 de diciembre de 2003.EL ALCALDE, Jesús Caicedo Bernabé.

Page 9: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 9Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003B.O.P. de Almería

8975/03

AYUNTAMIENTO DE CUEVAS DEL ALMANZORA

E D I C T O

De conformidad con lo establecido en el articulo 150.3 dela Ley 39/1988, de 28 de diciembre Reguladora de lasHaciendas Locales, se expone al público el PresupuestoGeneral, para el ejercicio de 2003, definitivamente aprobado,resumido por Capítulos:

GASTOSCAP. DENOMIN.

Operaciones Corrientes1.- Gastos de Personal 2.431.0052.- Gastos en Bienes Corrientes y Servicios 1.583.8423.- Gastos financieros 27.0504.- Transferencias corrientes 312.807

Operaciones de Capital6.- Inversiones reales 2.152.5297.- Transferencias de Capital 604.1028.- Activos Financieros 14.3329.- Pasivos Financieros 23.053TOTAL GASTOS 7.148.720

INGRESOS

CAP. DENOMIN.

Operaciones corrientes1.- Impuestos Directos 1.388.6382.- Impuestos Indirectos 1.001.4843.- Tasas y otros Ingresos 907.3534.- Transferencias corrientes 2.864.6575.- Ingresos patrimoniales 5.470

Operaciones de Capital6.- Enajenación de Inversiones Reales 1017.- Transferencias de capital 1.096.6348.- Pasivos financieros 14.3329.- Activos financieros 3.600TOTAL INGRESOS 7.282.269

Contra el mismo podrá interponerse recurso contencio-so - administrativo en el plazo de dos meses, contados apartir del siguiente a la publicación del presente Edicto en elB.O.P.

Cuevas del Almanzora, 11 de diciembre de 2003.EL ALCALDE, Jesús Caicedo Bernabé.

8976/03

AYUNTAMIENTO DE CUEVAS DEL ALMANZORA

E D I C T O

De conformidad con lo establecido en el articulo 150.3 dela Ley 39/1988, de 28 de diciembre Reguladora de lasHaciendas Locales, se expone al público el Presupuesto del

Organismo Autónomo «Museo A. Manuel Campoy», para elejercicio de 2004, definitivamente aprobado, resumido porCapítulos:

PRESUPUESTO 2.004.FUNDACION A. MANUEL CAMPOY

ESTADO DE GASTOS

EUROSPERSONAL LABORAL NO FIJO 25.000GRATIFICACIONES 8.500SEGURIDAD SOCIAL 8.125TOTAL CAPITULO I 41.625

PRENSA, LIBROS, REVISTAS 869AGUA, LUZ, TELEFONO, ALARMA, ETC. 6.000TOTAL CAPITULO II 6.869

INTERESES PRESTAMOS CAJAMAR 6INTERESES OTROS PRESTAMOS 500TOTAL CAPITULO III 506

MOBILIARIO Y OTRAS INVERSIONES 40.000TOTAL CAPITULO IV 40.000

AMORTIZACIONES PRESTAMOS 1.000TOTAL CAPITULO IX 1.000

TOTAL PRESUPUESTO DE GASTOS 90.000

ESTADO DE INGRESOS

EUROSIMPREVISTOS 2.000TOTAL CAPITULO III 2.000

SUBVENCION CC.AA. 39.534SUBVENCION DIPUTACION 12.020APORTACION AYUNTAMIENTO 12.020CONVENIO DSM DERETIL 12.020APORTACIONES VOLUNTARIAS 3.000APORTACION CAJAMAR 6.010OTRAS ENTIDADES BANCARIAS 2.990TOTAL CAPITULO IV 87.594

INTERESES Y OTROS 400TOTAL CAPITULO V 400

PRESTAMOS LARGO PLAZO 6TOTAL CAPITULO IX 6

TOTAL PRESUPUESTO DE INGRESOS 90.000

Contra el mismo podrá interponerse recurso contencio-so - administrativo en el plazo de dos meses, contados apartir del siguiente a la publicación del presente Edicto en elB.O.P.

Cuevas del Almanzora, 11 de diciembre de 2003.EL ALCALDE, Jesús Caicedo Bernabé.

Page 10: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 10 Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003 B.O.P. de Almería

8977/03

AYUNTAMIENTO DE CUEVAS DEL ALMANZORA

E D I C T O

De conformidad con lo establecido en el artículo 150.3 dela Ley 39/1988, de 28 de diciembre Reguladora de las Ha-ciendas Locales, se expone al público el Presupuesto delOrganismo Autónomo «Museo A. Manuel Campoy», para elejercicio de 2003, definitivamente aprobado, resumido porCapítulos:

PRESUPUESTO 2003.FUNDACION A. MANUEL CAMPOY

ESTADO DE GASTOSEUROS

PERSONAL LABORAL NO FIJO 25.000GRATIFICACIONES 8.500SEGURIDAD SOCIAL 8.125TOTAL CAPITULO I 41.625

PRENSA, LIBROS, REVISTAS 869AGUA, LUZ, TELEFONO, ALARMA, ETC. 6.000TOTAL CAPITULO II 6.869

INTERESES PRESTAMOS CAJAMAR 6INTERESES OTROS PRESTAMOS 500TOTAL CAPITULO III 506

MOBILIARIO Y OTRAS INVERSIONES 40.000TOTAL CAPITULO IV 40.000

AMORTIZACIONES PRESTAMOS 1.000TOTAL CAPITULO IX 1.000

TOTAL PRESUPUESTO DE GASTOS 90.000

ESTADO DE INGRESOS EUROSIMPREVISTOS 2.000TOTAL CAPITULO III 2.000

SUBVENCION CC.AA. 39.534SUBVENCION DIPUTACION 12.020APORTACION AYUNTAMIENTO 12.020CONVENIO DSM DERETIL 12.020APORTACIONES VOLUNTARIAS 3.000APORTACION CAJAMAR 6.010OTRAS ENTIDADES BANCARIAS 2.990TOTAL CAPITULO IV 87.594

INTERESES Y OTROS 400TOTAL CAPITULO V 400

PRESTAMOS LARGO PLAZO 6TOTAL CAPITULO IX 6

TOTAL PRESUPUESTO DE INGRESOS 90.000

Contra el mismo podrá interponerse recurso contencio-so - administrativo en el plazo de dos meses, contados apartir del siguiente a la publicación el presente Edicto en elB.O.P.

Cuevas del Almanzora, 11 de diciembre de 2003.EL ALCALDE, Jesús Caicedo Bernabé.

9023/03

AYUNTAMIENTO DE CUEVAS DEL ALMANZORA

E D I C TO

Aprobada Inicialmente por el Pleno Municipal, en SesiónExtraordinaria del día 10/12/03, la Modificación Puntual deNormas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Cuevasdel Almanzora relativas al Sector PE-VI-1 (PLAN ESPECIALVILLARICOS) y ordenación directa del mismo, promovidapor BAY INVESTIMENTS, LTD Y VILLARICOS S.A., sesomete a información pública por plazo de UN MES contadoa partir del día siguiente al de la inserción de este Anuncio enel Boletín Oficial de la Provincia, durante el cual podráser examinado en la Secretaría de este Ayuntamiento paraformular las alegaciones que estimen pertinentes.

En Cuevas del Almanzora, a 12 de diciembre de 2003.EL ALCALDE, Jesús Caicedo Bernabé.

8193/03

AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO

E D I C T O

La Comisión de Gobierno, en la sesión celebrada el día 30de octubre de 2003, adoptó el siguiente ACUERDO:

APROBACION, SI PROCEDE, CONVENIO DE PLA-NEAMIENTO URBANISTICO PARA FACILITAR LA IMPLAN-TACION DE CENTRO DE OCIO COMERCIAL, A SUSCRI-BIR ENTRE ESTE AYUNTAMIENTO Y LA ENTIDAD FIRMESY CONSTRUCCIONES S.A.

Visto expediente instruido al efecto; atendidos documen-tos e informe jurídico obrantes en el expediente.

La Comisión de Gobierno por unanimidad de sus miem-bros ACUERDA:

1°.- Aprobar el Convenio de Planeamiento Urbanístico(que consta en el expediente), en todas sus cláusulas, parafacilitar la implantación de Centro de Ocio Comercial, asuscribir entre este Ayuntamiento y la Entidad FIRMES YCONSTRUCCIONES S.A.

2°.- Publicar en el B.O.P. y anuncio en el Tablón deEdictos municipal el presente acuerdo de Convenio, abrien-do trámite de información pública por plazo de VEINTE DIASque se contará a partir de la publicación, a fin de que losinteresados puedan presentar las alegaciones que estimenpertinentes a la vista del texto que obra en la Unidad dePlaneamiento del Area de Planeamiento, Desarrollo Urba-nístico y Patrimonio Inmueble del Ayuntamiento de El Ejido.

3°.- Los gastos ocasionados por la publicación serán acargo del Promotor.

4°.- Facultar a la Alcaldía-Presidencia a los efectos opor-tunos.

Dado en El Ejido, a 6 de noviembre de 2003.EL CONCEJAL DELEGADO DE PLANEAMIENTO,

DESARROLLO URBANISTICO Y P.I., Francisco GóngoraCara.

Page 11: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 11Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003B.O.P. de Almería

8635/03

AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO

E D I C T O

Aprobado Inicialmente por Comisión de Gobierno el 6 de noviembre de 2003, el Estudio de Detalle que tiene por objetoredistribuir la edificabilidad patrimonializable de las subparcelas 1 a 5 de la M-1 del AMPUR-23-ND y un resto de suelo urbanodirecto, promovido por EXPLOTACIONES INDUSTRIALES LAS NORIAS S.L., según proyectos redactados por el ArquitectoD. Antonio Martínez Rodríguez, se expone al público en la Secretaría de este Ayuntamiento, con el expediente instruido al efecto,por el plazo de 20 DIAS, contados a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del presente Edicto, durante elcual podrá ser examinado por cuantas personas se consideren afectadas y formular cuantas alegaciones estimen pertinentescon los documentos que las justifiquen.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 32.1.2ª de la Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística deAndalucía.

Dado en El Ejido, a 17 de noviembre de 2003.- EL ALCALDE-PRESIDENTE, Juan A. Enciso Ruiz.

8709/03

AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO

A N U N C I O

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y habiéndose intentado lanotificación al interesado o a su representante legal, en dos ocasiones, sin que haya sido posible practicarla por causas noimputables a esta Administración, se pone de manifiesto, mediante el presente anuncio, que se encuentran pendientes denotificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican a continuación:

TRASLADOS DE RESOLUCIONES SANCIONADORAS DICTADOS POR EL ALCALDE POR INFRACCIONES EN MATE-RIA DE TRAFICO, CIRCULACION DE VEHICULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL:

N° Expediente Nombre N.F.I.2003/24.196 D. DAVID EXPOSITO HERNANDEZ 75.232.120 V2003/24.045 D. PEDRO MOLINA GAMIZ 80.115.124 Y2003/22.128 D. DANIEL RIVERA JORDAN 46.648.951 Y2003/22.685 D. GINES VIVANCOS ALCARAZ 27.474.751 D2003/23.887 D. JAIME LUIS FERNANDEZ ARGUDIN 11.404.140 G2003/23.894 D. LAUREANO CAÑADILLA LABRADOR 05.651.690 S2003/24.119 D. JAVIER PEREZ BUENO 51.912.265 T

NOTIFICACIONES DE INICIO DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR EN MATERIA DE TRAFICO, CIRCULACION DEVEHICULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL:

N° Expediente Nombre N.F.I.2003/24.740 Dª CARMEN JOYAS CASARES 23.739.258 S2003/24.491 D. JOSE DANIEL SANCHEZ ROSAS 75.266.106 D2003/24.420 D. FRANCISCO RAMON SANCHEZ LUPION 27.489.892 Q2003/24.335 D. JOSE A. SEGURA FELICES 27.521.927 N2003/24.780 D. DANIEL GUERRERO SERRANO 74.673.031 N2003/24.671 D. SERBAN LAURENTIU X3982819 R2003/24.542 RENT A CAR AL ANDALUS, S.L. B 043646832003/24.519 D. MANUEL QUIRANTE QUEVEDO 34.851.353 M2003/24.588 D. JOSE ANTONIO HERNANDEZ RODRIGUEZ 27.503.754 D2003/24.590 D. JOSE ANTONIO CALADO DA SILVA X 3832197 Y2003/24.675 Dª Mª LUISA ALONSO GONZALEZ 15.342.030 H

El órgano responsable de la tramitación de los procedimientos referenciados, es la Unidad de Servicios Fiscales del Areade Hacienda del Ayuntamiento de El Ejido.

Las personas responsables, como autores de los hechos en que consistan las infracciones, deberán comparecer en elplazo de DIEZ DIAS, en la Unidad de Servicios Fiscales del Area de Hacienda del Ayuntamiento de El Ejido, contados desde

Page 12: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 12 Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003 B.O.P. de Almería

el siguiente al de la publicación de este anuncio en el BoletínOficial de la Provincia, al efecto de practicar la notificacióndel citado acto. Asimismo, se advierte a los interesados que,de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales, desde el díasiguiente al del vencimiento del plazo señalado para compa-recer.

Contra la Resolución Sancionadora, dictada por el Alcal-de por Infracciones en materia de Tráfico, Circulación deVehículos a Motor y Seguridad Vial, y que ponen fin a la víaadministrativa, el interesado podrá interponer Recurso Re-posición, previo al Recurso Contencioso-Administrativo,ante el mismo órgano que lo dicto, la Alcaldía, en el plazo deun mes, a contar a partir del día siguiente a la presente no-tificación, todo ello a tenor de lo dispuesto, en el artículo 116de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Ju-rídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común.

Contra la notificación del inicio del procedimiento sancio-nador en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos aMotor y Seguridad Vial, podrá interponer pliego de descargosy alegaciones, en el plazo de quince días, a contar a partir deldía siguiente a la presente notificación, a tenor de lo estipu-lado en el artículo 12 del Reglamento de ProcedimientoSancionador, aprobado por Real Decreto 320/1994, de 25 defebrero, significándole que si no efectúa alegaciones en elplazo indicado, la iniciación del procedimiento será conside-rada propuesta de resolución, según señala el artículo 13.2del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de lapotestad sancionadora, aprobado por el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, con los efectos previstos en los artí-culos 18 y 19 del mismo.

Dado en El Ejido (Almería), a 21 de noviembre de 2003.EL ALCALDE, Juan Enciso Ruiz.

8744/03

AYUNTAMIENTO DE FIÑANA

E D I C T O

Alfredo Valdivia Ayala, Alcalde-Presidente del Ayunta-miento de Fiñana, (Almería).

INFORMO: Que aprobado inicialmente en sesión plena-ria de 20 de noviembre de 2003, el expediente comprensivode las modificaciones de créditos del Presupuesto Generalmunicipal del ejercicio 2003, de conformidad con lo estable-cido por el Art. 150 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre yArt. 37.1 del R.D. 500/1990, de 20 de abril el mismo se ex-pone al público por tiempo de 15 DIAS, durante los cuales losinteresados podrán examinarlo y presentar reclamacionesante el Pleno, así mismo se publica su incidencia en lasprevisiones iniciales del presupuesto de gastos resumidopor capítulos:

GASTOS:

Previsión Modificación de PrevisiónCapítulo inicial (euros) créditos (euros) definitiva 1 307.916,56 47.279,37 355.195,93 2 295.645,79 43.616,70 339.262,49 3 8.882,01 8.882,01

Previsión Modificación de PrevisiónCapítulo inicial (euros) créditos (euros) definitiva 4 55.169,73 2.792,00 57.961,73 6 230.271,42 354.668,77 584.940,19 7 15.500,00 15.500,00 8 1.000,00 1.000,00 9 38.511,07 38.511,07TOTAL: 952.896,58 448.356,84 1.401.253,42

Transcurrido dicho plazo sin que contra su aprobacióninicial se haya planteado reclamación alguna, el expedientese considerará definitivamente aprobado, en cuyo caso losinteresados podrán plantear recurso contencioso adminis-trativo en el plazo de dos meses a contar desde el díasiguiente a su aprobación definitiva, ante el Tribunal Superiorde Justicia de Andalucía, Sala de lo Contencioso Administra-tivo con Sede en Granada.

En Fiñana, a 26 de noviembre de 2003.EL ALCALDE, Alfredo Valdivia Ayala.

8745/03

AYUNTAMIENTO DE FIÑANA

E D I C T O

Alfredo Valdivia Ayala, Alcalde-Presidente del Ayunta-miento de Fiñana, (Almería).

INFORMO: Que aprobado inicialmente en sesión plena-ria de 20 de noviembre de 2003, el Reglamento Especial deHonores y Distinciones se expone a información pública porplazo de TREINTA DiAS, durante los cuales los interesadospodrán plantear reclamaciones o sugerencias.

Transcurrido dicho plazo sin que contra su aprobacióninicial se haya planteado reclamación alguna, el expedientese considerará definitivamente aprobado, en cuyo caso losinteresados podrán plantear potestativamente, recurso dereposición ante el Pleno del Ayuntamiento en el plazo de unmes a contar desde el día siguiente a la publicación en elBOP, o recurso contencioso administrativo en el plazo dedos meses a contar desde el día siguiente a su aprobacióndefinitiva, ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía,Sala de lo Contencioso Administrativo con Sede en Granada.

En Fiñana, a 26 de noviembre de 2003.EL ALCALDE, Alfredo Valdivia Ayala.

8746/03

AYUNTAMIENTO DE FIÑANA

E D I C T O

Alfredo Valdivia Ayala, Alcalde-Presidente del Ayunta-miento de Fiñana, (Almería).

INFORMO: Que aprobado inicialmente en sesión plena-ria de 20 de noviembre de 2003, el Reglamento de explota-ción del Refugio Ubeire, se expone a información pública porplazo de TREINTA DiAS, durante los cuales los interesadospodrán plantear reclamaciones o sugerencias.

Transcurrido dicho plazo sin que contra su aprobacióninicial se haya planteado reclamación alguna, el expediente

Page 13: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 13Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003B.O.P. de Almería

se considerará definitivamente aprobado, en cuyo caso losinteresados podrán plantear recurso contencioso adminis-trativo en el plazo de dos meses a contar desde el díasiguiente a su aprobación definitiva, ante el Tribunal Superiorde Justicia de Andalucía, Sala de lo Contencioso Administra-tivo con Sede en Granada.

En Fiñana, a 26 de noviembre de 2003.EL ALCALDE, Alfredo Valdivia Ayala.

8889/03

AYUNTAMIENTO DE GADOR

A N U N C I O

En el Boletín Oficial de la Provincia nº 201 de 21 de Oc-tubre de 2003, se publicó Anuncio de Exposición al públicodel expediente tramitado en relación con la aprobación ini-cial de la modificación de las Ordenanzas Fiscales que acontinuación se insertan, por plazo de 30 días hábiles, y,finalizado dicho período sin que se hayan presentado recla-maciones contra la mismas, se considerarán definitivamen-te aprobadas de conformidad con el Acuerdo Plenario de 6de Octubre de 2003, y en cumplimiento de este mismoacuerdo se inserta seguidamente el texto de las modificacio-nes acordadas.

T A S A S

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASAPOR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE

A N E X O

a) CUOTA TRIBUTARIA POR LICENCIA DE ACOMETIDA:- Uso doméstico, vivienda individualizada 116 euros- Establecimientos industriales 148 eurosb) TARIFAS:- Cuota de servicio en domicilios particulares

hasta un máximo de 45m3, trimestre 11,53 euros- Para residencias, hoteles y similares se multiplicará la

tarifa para una vivienda por el número de habitaciones.- Los excesos sobre los mínimos trimestrales se regirán por

la siguiente escala:1. Viviendas ubicadas en suelo urbano o no urbanizable queson residencia habitual y permanente de sus ocupantes:

TRAMO CONSUMO TRIMESTRAL TARIFA1 hasta 50 m3 0,32 Euros2 � 60 � 0,37 �3 � 70 � 0,46 �4 � 80 � 0,55 �5 � 100 � 0,64 �6 más de 100 m3 1,01 �

2. Viviendas que no son domicilio permanente de sus ocu-pantes ubicadas en suelo no urbanizable:

TRAMO CONSUMO TRIMESTRAL TARIFA1 hasta 50 m3 0,46 Euros2 � 60 � 0,60 �

TRAMO CONSUMO TRIMESTRAL TARIFA3 � 70 � 0,70 �4 � 80 � 0,80 �5 � 100 � 1,12 �6 más de 100 m3 1,20 �

- Se entiende que el metro cúbico según tramo, afecta atodo el consumo.

- Jubilados cuyos ingresos en la unidad familiar sean igua-les o inferiores al salario mínimo interprofesional.

- Obreros del R.E.A., cuya unidad familiar no sobrepase unsubsidio de dicho régimen: 25 % Bonificación.

- Uso industrial.- Cuota de servicio en pequeños comercios minoristas, pe-

luquerías y similares hasta 45 m3: 15,15 euros.- Cuota servicios en cafés-bares, panaderías, almacenes

de frutas, comercios mayoristas, oficinas bancarias y si-milares, hasta un máximo de 45 m3, trimestre 16,79 euros.

- Cuota de servicios en fábrica de embutidos, fábrica dezumos, fábrica embarcaciones deportivas y similareshasta un máximo de 130 m3, trimestre: 55,04 euros.Los excesos sobre los mínimos de uso industrial, a 0,46 �/m3.

- Suministro de agua a obras: 0,40 euros.- Sobre las anteriores Tarifas se aplicará el 7% de I.V.A.c) PERIOCIDAD: Trimestrald) FECHA RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA POR LA QUESE APRUEBA DEFINITIVAMENTE: 9 de Diciembre de 2003

ORDENANZA FISCAL REGULADORA POR LA TASADE ALCANTARILLADO

A N E X O

a) CUOTA TRIBUTARIA POR LICENCIA DE ACOMETIDA:- Vivienda Individualizada: 88,25 euros- Industrias: 110,53 eurosb) TARIFAS: La cuota se fija en base al consumo de agua yserá:- Servicio de Alcantarillado: 40 % sobre base imponible agua- Depuración de Aguas: 40% sobre base imponible aguasc) PORCENTAJE DE BONIFICACIÓN:- Jubilados con ingresos inferior al salario mínimo: 50%- Obreros R.E.A. cuya unidad familiar no sobrepase su sub-

sidio de dicho régimen: 25%d) PERIOCIDAD: Trimestrale) FECHA RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA EN QUE SEAPRUEBA DEFINITIVAMENTE: 9 de Diciembre de 2003

ORDENANZA FISCAL REGULADORA POR TASA DECEMENTERIO MUNICIPAL

A N E X O

a) TARIFA:

CONCESIONES TASASConces. a Perpet. Conces. a 5 años

- Nicho construido en: 1ª Fila 391 Euros 78 Euros 2ª Fila 467 Euros 78 Euros 3ª Fila 414 Euros 78 Euros

Page 14: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 14 Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003 B.O.P. de Almería

OTROS SERVICIOS- Inhumación o exhumeración de cadáveres 25 Euros- Colocación de lápidas en obras de embellecimiento m2 14 Euros

b) FECHA RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA POR LA QUESE APRUEBA DEFINITIVAMENTE: 9 de Diciembre de 2003

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LAPRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE PISCINA MUNI-CIPAL, INSTALACIONES DEPORTIVAS Y UTILIZACIÓNDE OTRAS INSTALACIONES DE OCIO Y TIEMPO LIBRE

A N E X O

a) CUOTA TRIBUTARIA Y TARIFAS:UTILIZACIÓN DE PISCINA:- Menores en edad escolar días laborables: 1,50 euros- Menores en edad escolar sábados, domingos y festivos: 2 euros- Mayores días laborales: 1,75 euros- Mayores sábados, domingos y festivos: 2,25 eurosUSO DE LAS PISTAS POLIDEPORTIVAS, FRONTÓN, GIMNASIO YCAMPO DE FÚTBOL:1º.- Asociaciones, Clubs Deportivos y vecinos del Municipio:

1.1.- Con uso de luz artificial, 1 hora: 6,88 euros1.2.- Sin uso de luz artificial, 1 hora: 3,36 euros

2º.- Asociaciones, Clubs Deportivos y particulares no residentes:2.1.- Con uso de luz artificial, 1 hora: 13,78 euros2.2.- Sin uso de luz artificial, 1 hora: 6.73 euros

3º.- Utilización Gimnasio 1 hora al mes: 12 euros4º.- Utilización Campo de Fútbol: 50 eurosUTILIZACIÓN DEL CENTRO CULTURAL Y PLAZA DE TOROS:- Por día de utilización: 500 eurosb) FECHA RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA POR LA QUESE APRUEBA DEFINITIVAMENTE.- 9 de Diciembre de 2003

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASAPOR OCUPACIÓN Y USO DE BIENES DE DOMINIOPUBLICO Y LOCAL

A N E X O

a) TARIFAS:OCUPACIÓN Y USO DEL APARTADO a) DEL HECHO IMPONIBLE:- Puestos fijos abonarán por m2 y día 0,25 euros- Puestos ambulantes abonarán por m2 y día 0,59 euros- Rodaje cinematográfico por día 74 euros

OCUPACIÓN DE TERRENOS APARTADO b) DEL HECHO IMPONIBLES:- Por ocupación de terrenos de uso público con material

de construcción y escombros; pagarán por metro y día 0,25 euros- Por ocupación de terrenos de uso público con mercan-

cías, pagarán por m2 y día 0,25 euros- Por ocupación de vallas por m2 y día 0,25 euros- Por ocupación con andamios, se abonará por m2 y día 0,25 euros- Por ocupación de la vía pública con cubas para recogida

de escombros se abonará por cada cuba y por día 1,14 euros

OCUPACIÓN POR MESAS Y SILLAS APRTADO c) HECHO IMPONIBLE

CALLE DÍA MES TRIMESTRE AÑO1ª Categoría 0,16 1,95 5,18 18,78

2º Categoría se abonará el 80% de la tarifa 1ª3ª Categoría se abonará el 60% de la tarifa 1ª

INSTALACIÓN KIOSCOS APARTADO d) HECHO IMPONIBLE- Kiosco instalado en calle 1ª Categoría, m2 y año 9,32 euros- Kiosco instalado en calle 2ª Categoría, m2 y año 6,53 euros- Kiosco instalado en calle 3ª Categoría, m2 y no

clasificados por m2 y año 3,70 euros

OCUPACIÓN EN MERCADILLOS APARTADO e) HECHO IMPONIBLE- Por metro cuadrado o fracción por año natural,

por venta ambulante 14 euros

b) VÍAS PÚBLICAS Y SU CATEGORÍA:1ª CATEGORÍA.- Plz. Constitución, Plz. Maestra, C/ Juan Oña, Pintor D.Molina, Avda. Andalucía, Real, M. De Cervantes, Encanto, La Paz, PlazaBarranquillo, Organista Onofre, S.José, F.Gª Lorca, R.Argentina, J.Hernández, Teatro, Canalejas, Mártires de la Libertad, Iglesia,J.Albarracín, Poñas, J. Mañas, Crtra. Minas, Dr. Rodríguez de la Fuente,Plz Ermita y Retiro.-2ª CATEGORÍA.- C/ Aguilera, Garranchuelo (1º sector), Zenete, El Pilar,Rastro, Colón, Laurel, Olvido, Molinilla, Cactus, S.Agua (1º sector), Plz.Paniza, y Sta. Cruz.3ª CATEGORÍA.- Todas las demás no citadas del Casco Urbano yBarriadas.-c) FECHA RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA POR LA QUESE APRUEBA DEFINITIVAMENTE: 9 de Diciembre de 2003

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASAPOR EL SERVICIO DE MERCADO MUNICIPAL

A N E X O

a) CUOTA TRIBUTARIA Y TARIFAS:- Por barreras ocupadas por día 1,23 euros/día- Puestos metro lineal, puesto mercado 1,94 euros/mes- Puestos ocupados por día 1,25 eurosb) EXENCIONES Y BONIFICACIONES:c) FECHA RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA POR EL QUESE APRUEBA DEFINITIVAMENTE: 9 de Diciembre de 2003.

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICOPOR ENTRADA DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LAS ACE-RAS Y LA RESERVA DE VÍA PÚBLICA PARA APARCA-MIENTOS, CARGA Y DESCARGA DE MERCANCÍAS DECUALQUIER CLASE

A N E X O

a) TARIFAS:- Tarifa 1ª.-· Por cada metro lineal de entrada en edificios

con vehículos o carruajes sin Vado 6 euros· Por cada metro lineal o fracción de entrada o

paso de vehículos o carruajes al año si se trata: I) Garajes Públicos, establecimientos indus-

triales o para vehículos de varios propie-tarios con Vado Permanente 50 euros

II) Garajes Uso Particular, Vado Permanente 30 eurosb) ACUERDO Y FECHA DE APROBACIÓN DEFINITIVA:9 de Diciembre de 2003.

Page 15: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 15Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003B.O.P. de Almería

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASAPOR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA DEVEHICULOS DE LA VÍA PÚBLICA Y SU PERMANENCIAEN EL DEPÓSITO MUNICIPAL

A N E X O

a) CUOTA TRIBUTARIA Y TARIFA:- Motocicletas o cualquier otro vehículo de

dos ruedas cada servicio 13,46 euros- Vehículos hasta 5000 kg. de peso cada un 50 euros- Depósito en Locales habilitados:

I) Motocicletas o cualquier vehículo de dos ruedas 6 eurosII) Vehículos de hasta 5000 kg. 10 euros

b) ACUERDO Y FECHA DE APROBACIÓN DEFINITIVA:9 de Diciembre de 2003.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASAPOR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TANATORIOMUNICIPAL

A N E X O

a) CUOTA TRIBUTARIA Y TARIFA:Por Servicio y Día: 150 Euros.b) ACUERDO Y FECHA DE APROBACIÓN DEFINITIVA:9 de Diciembre de 2003.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA-POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SUMINISTRODE AGUA PARA RIEGO

A N E X O

a) CUOTA TRIBUTARIA Y TARIFA:- Hora agua sonda: 20 Euros- Hora agua depuradora: 10,13 EurosDICHO PRECIO SE INCREMENTARÁ CON EL IVAb) ACUERDO Y FECHA DE APROBACIÓN DEFINITIVA:9 de Diciembre de 2003.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASAPOR ESCUELAS MUNICIPALES ACTIVIDADES DIVERSAS

A N E X O

A) CUOTA TRIBUTARIA Y TARIFA- Cuota baile de Salón y Flamenco Adultos 10 �- Cuota Artes Marciales Adultos 10 �B) Resto de Escuelas 6 �C) PERIOCIDAD: MensualD) ACUERDO Y FECHA DE APROBACIÓN DEFINITIVA:9 de diciembre de 2003.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA DEAPERTURA DE ESTABLECIMIENTOS

A N E X O

Art. 5º.- Base Imponible�Constituye la Base imponible de la tasa la cuota fiscal

que resulte por el concepto de Impuesto sobre Actividades

Económicas por la actividad o actividades que se realicen enel local sujeto a la apertura�

Art. 6º.- Cuota TributariaAptdo. 1.- Se añade el siguiente párrafo:�Se fija una cuantía mínima de la cuota de 60,00 euros y

una máxima de 1.500,00 euros�

A) CUOTA TRIBUTARIA:Porcentaje: 150 por 100 de la cuota tarifa del Impuesto sobreActividades Económicas.B) ACUERDO Y FECHA DE APROBACIÓN DEFINITIVA:9 de Diciembre de 2003.

Contra la aprobación definitiva podrán los interesadosinterponer recurso contencioso administrativo, en el plazode dos meses, contados a partir del siguiente al de su publi-cación en el B.O.P, ante el Tribunal Superior de Justicia deAndalucía, sala de Granada, sin perjuicio de que puedaninterponer cualquier otro recurso que estimen oportuno.

Gádor, a 9 de diciembre de 2003.El Alcalde, Eugenio J. Gonzálvez García.

8820/03

AYUNTAMIENTO DE LA MOJONERA

A N U N C I O

D. José Cara González, Alcalde-Presidente del Ayunta-miento de La Mojonera, Provincia de Almería.

HACE SABER: Que en resolución dictada por la Alcaldía-Presidencia de este Ayuntamiento, con fecha 2 de diciembrede 2003, se resolvió lo que sigue:

�PRIMERO: BASES QUE HAN DE REGIR LA PROVI-SION DE DOS PLAZAS DE MEDIADOR INTERCULTURAL,MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO.

Visto el borrador confeccionado de las bases que han deregir la provisión de dos puestos de trabajo de mediadorintercultural, mediante el sistema concurso.

RESUELVO:1º.- Aprobar las bases que han de regir la provisión labo-

ral por tiempo determinado de dos puestos de trabajo demediador intercultural, mediante el sistema concurso, quese detallan en el anexo.

2º.-Que se proceda a la convocatoria del proceso selec-tivo con arreglo a las reglas que se contiene en las basesaprobadas.

ANEXO QUE SE CITA

BASES QUE HAN DE REGIR LA PROVISION DE DOSPLAZAS DE MEDIADOR INTERCULTURAL, MEDIANTE ELSISTEMA DE CONCURSO.

Primera.- Objeto de la Convocatoria.- Es objeto de lapresente convocatoria la provisión, mediante Concurso, dedos plazas laborales por tiempo determinado de MediadorIntercultural, y con las retribuciones correspondientes algrupo D.

Page 16: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 16 Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003 B.O.P. de Almería

Segunda.- Condiciones de los aspirantes.- Para seradmitido a este Concurso se precisará reunir, antes de quetermine el último día de presentación de solicitudes, los si-guientes requisitos:

a) Tener cumplidos 18 años de edad.b) Ser español o extranjero residente legal en España

(con permiso de trabajo y residencia)c) Estar en posesión del título de graduado escolard) Estar en posesión del carnet de conducir B-1.e) No haber sido condenado por delito doloso ni separado

del Servicio del Estado, de la Administración Autónoma,Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejerciciode funciones públicas. No obstante será aplicable el benefi-cio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penalesy administrativas, si el interesado lo justifica.

f) No padecer enfermedad o defecto físico que impida eladecuado desarrollo de las funciones correspondientes a laplaza.

g) Poseer buen nivel del idioma español y hablar y escribiral menos otro idioma diferente del español.

Todos y cada uno de los requisitos anteriores se acredi-tarán documentalmente junto a las solicitudes de participa-ción en la provisión, excepto los relacionados en la baseNovena.

Tercera.- Presentación de Instancias.- Las instanciassolicitando tomar parte en el Concurso deberán presentar-se, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente, en el Registro Generalde Entrada de este Ayuntamiento y durante el plazo de sietedías naturales, contados a partir del siguiente al de la publi-cación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de la Provin-cia», manifestando que se reúnen todos y cada uno de losrequisitos exigidos. El impreso de solicitud será facilitadogratuitamente en la Secretaría del Ayuntamiento.

Las solicitudes también podrán presentarse en la formaque determina el Artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 deNoviembre.

Si alguna de las solicitudes adoleciese de algún defecto,se requerirá al interesado para que, en plazo de diez días,acompañe los documentos preceptivos, indicándole que, siasí no lo hiciera, se le tendrá por desistido en su petición,archivándose si más trámite, con los efectos previstos en elartículo 42.1 de la Ley 30/1992 citada.

Así mismo, se deberán presentar por los aspirantes losdocumentos que justifiquen los méritos que aleguen en elpresente Concurso, de conformidad con lo establecido en labase 7ª de esta convocatoria.

Cuarta.- Admisión de aspirantes.- Terminado el plazode presentación de instancias, la Alcaldía Presidencia, en elplazo máximo de diez días, dictará Resolución con la lista deaspirantes admitidos y excluidos que se publicará en el Ta-blón de Anuncios de la Corporación, en la que constará elnombre y apellidos del candidato, número del D.N.I. y, en sucaso, causa de la no admisión, así como el plazo de subsa-nación que, en los términos del Artículo 71 de la Ley 30/1992citada, se concede a los aspirantes excluidos.

La expresada Resolución determinará, también, la fecha,lugar y hora de baremación de los méritos establecidos enla convocatoria, así como la composición del Tribunal califi-cador.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquiermomento, de oficio o a petición del interesado.

Quinta.- Tribunal calificador.- El Tribunal estará cons-tituido por:

PRESIDENTE: El de la Corporación o miembro de lamisma en quien delegue.

SECRETARIO: El de la Corporación o funcionario enquien delegue, con voz y voto.

VOCALES: El Concejal-Delegado de Personal delAyuntamiento, un concejal designado por la Alcaldía y dostécnicos designados por la Alcaldía.

Junto a los titulares, se nombrarán suplentes, en igualnúmero y con los mismos requisitos.

El Tribunal puede actuar válidamente cuando concurrandos vocales y el Presidente, y los miembros que lo compon-gan deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la au-toridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlos,cuando concurra alguna de las circunstancias previstas enlos Artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992 citada.

El Tribunal podrá valerse de Asesores Técnicos, con vozy sin voto.

Al Tribunal le corresponderá dilucidar las cuestionesplanteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velarpor el buen desarrollo del mismo, y aplicar los baremoscorrespondientes.

El Tribunal, en su calificación final, no podrá proponerpara su nombramiento a un número de aspirantes superioral de plazas convocadas.

El Tribunal que juzgará el concurso objeto de la presenteconvocatoria se clasifica dentro de la primera categoría, alos efectos prevenidos en el Real Decreto 236/88, de 4 deMarzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, modi-ficado por Decreto 190/1993.

Sexta.- Calendario de realización de las pruebas.- LaResolución expresada en la base cuarta de esta convocato-ria determinará la fecha, lugar y hora de baremación de losméritos establecidos para el presente concurso.

Séptima.- Proceso selectivo.- El Concurso se valoraráconforme a los siguientes méritos debidamente acreditadospor los aspirantes:

- Por conocimientos de otros idiomas: 3 puntos.- Por trabajos desempeñados relativos a proyectos de

atención y/o integración de la población inmigrante, 0,10puntos por mes trabajado máx. 3 puntos.

- Por la asistencia a cursos de formación y perfeccio-namiento relacionados directamente con la materia delpresente concurso:

- Sin cuantificar duración: 0,1 puntos por curso.- De hasta 20 horas: 0,2 puntos por curso.- De 21 a 30 horas: 0,3 puntos por curso.- De más de 30 horas: 0,5 puntos por curso.La puntuación máxima total por el conjunto de este apar-

tado será de 4 puntos.En caso de empate de los aspirantes, se resolverá a

favor del aspirante que obtenga mayor puntuación en elprimer apartado de este baremo. De persistir el empate, seresolverá mediante entrevista personal con los aspirantes

Page 17: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 17Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003B.O.P. de Almería

afectados en la que se atenderá al currículum profesionaldocumentado que aporten los mismos junto con la instanciay documentación a que se refiere la Base 3ª.

Octava.- Relación de aprobados.- El Tribunal no podrádeclarar aprobados mayor número de aspirantes que elnúmero de plazas convocadas.

Una vez terminado el Concurso, el Tribunal publicará larelación de los aspirantes que hayan obtenido mas de cincopuntos por orden de puntuación, constituida ésta por lasuma de las puntuaciones alcanzadas en la fase de concur-so, y elevará dicha relación a la Alcaldía, proponiéndole elnombramiento de los aspirantes que hayan obtenido lamayor puntuación; también se remitirá la correspondienteacta donde conste el desarrollo del Concurso, así como larelación de los que no hayan superado aquella puntuación.

La relación se expondrá en el Tablón de Anuncios delAyuntamiento y/o lugar de realización de las pruebas.

Con los aspirantes que hayan superado los cinco puntosdel barémo y con la finalidad de atender futuras necesidadesde personal temporal o interino se constituirá una Bolsa deTrabajo en la que figurarán por el orden resultante de laspuntuaciones obtenidas. La referida Bolsa funcionará concarácter rotatorio, de tal forma que, a aquellos que hayanfinalizado un contrato de trabajo o a aquellos a los quehabiéndoseles ofrecido un contrato de trabajo renuncien almismo, pasarán al último lugar de la misma. Salvo, en loscasos que, el contrato a ofrecer al aspirante que correspon-da conforme al orden establecido en la Bolsa de Trabajo, nopueda ser ofertado a éste, en base a no haber transcurridolos plazos previstos para cada modalidad contractual, eneste supuesto al tratarse de una cuestión ajena al propiotrabajador, éste no pasaría al último lugar de la Bolsa deTrabajo, sino que se le respetaría el puesto en la Bolsa ofer-tándole una nueva contratación ajustada a la modalidadcontractual que proceda.

Las contrataciones que se efectúen para cubrir plazascon carácter de interinidad por vacante, serán ofertadas porriguroso orden de puntuación, independientemente delorden en que se estén efectuando las contratacionestemporales anteriormente referidas en el punto anterior.

La Bolsa de Trabajo funcionará siempre que no seconvoque proceso de selección expreso.

Novena.- Presentación de documentos.- Los aspi-rantes propuestos aportarán, en la Secretaría General ydentro del plazo de 10 días naturales desde que se haganpúblicas las relaciones de aprobados, los documentos acre-ditativos de reunir las condiciones establecidas en la Base2ª, y en concreto:

- Fotocopia compulsada del D.N.I./N.I.E.- Copia compulsada de la titulación académica exigida.

Los opositores que aleguen estudios equivalentes a losespecíficamente señalados en las bases segunda, habránde citar la disposición legal en que se reconozca tal equiva-lencia o, en su caso, aportar certificación del órgano compe-tente en tal sentido.

- Declaración de no haber sido condenado por delitodoloso ni separado del Servicio del Estado, de la Administra-ción Autónoma, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitadopara el ejercicio de funciones públicas, todo ello, sin perjuicio

del beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normaspenales y administrativas, si el interesado lo justifica.

- Certificado médico acreditativo de no padecer enferme-dad ni defecto físico que le imposibilite para el servicio.

Si dentro del plazo indicado los aspirantes seleccionadosno presentan la documentación, supondrá la pérdida de losderechos adquiridos para las propuestas, quedando anula-das todas sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabi-lidades en que hubieran podido incurrir por falsedad en lasolicitud inicial.

Décima.- Contratación.- Presentada la documentaciónpor los aspirantes propuestos, por la Alcaldía se procederáa la correspondiente contratación.

Undécima.- Recursos.- Las bases de la convocatoria ycuantos actos administrativos se deriven de éstas y de lasactuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por losinteresados en los casos, plazos y en la forma establecidaen la Ley 30/1992.�

La Mojonera, 5 de diciembre de 2003.EL ALCALDE, José Cara González.

8821/03

AYUNTAMIENTO DE LA MOJONERA

E D I C T O

D. José Cara González, Alcalde-Presidente del Ayunta-miento de La Mojonera, Almería.

HACE SABER: Que el Ayuntamiento Pleno, en sesióncelebrada el día 28 de noviembre de 2003, aprobó inicial-mente el expediente de modificación de crédito con cargo amayores ingresos producto de operación de crédito número6/2003 en el Presupuesto del propio Ayuntamiento, prorro-gado de 2002, con el siguiente resumen:

Partida Denominación Importe

011.913.00.03 Amort. Préstamos largo plazo 446.150,76

El importe de los gastos anteriores se financia íntegra-mente con cargo a los ingresos que a continuación se rela-cionan:

Concepto Denominación Importe

917.01 Préstamos a largo plazo 446.150,76

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 150.1 y158.2 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora delas Haciendas Locales y 20.1 y 38.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, dicho expediente se expone al públicodurante un plazo de VEINTE DIAS contados a partir delsiguiente a la fecha de inserción del presente anuncio en elBoletín Oficial de la Provincia, durante el cual los interesadospodrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno,según los artículos 151 de la Ley y 22 del Real Decreto citados.

Tales modificaciones de crédito se considerarán definiti-vamente aprobadas si durante el período indicado no sepresentan reclamaciones, de conformidad con el art. 158.2

Page 18: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 18 Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003 B.O.P. de Almería

en relación con el 150.1 de la Ley y 38.2 en relación con el20.1 del Real Decreto.

Lo que se hace público para general conocimiento.La Mojonera, a 5 de diciembre de 2003.EL ALCALDE-PRESIDENTE, José Cara González.

8972/03

AYUNTAMIENTO DE RIOJA

E D I C T O

En cumplimiento de lo que disponen los artículos 14.4 dela Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Ha-ciendas Locales; 111 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Regu-ladora de las Bases del Régimen Local, se hace público queen fecha 3 de diciembre de 2003 han quedado definitivamen-te aprobados los acuerdos sobre la modificación de lasordenanzas fiscales reguladoras de los tributos que des-pués se dirán, adoptados por el Pleno de este Ayuntamientoen sesión ordinaria celebrada el día 7 de octubre de 2003,con carácter automático, toda vez que no se han formuladoreclamaciones durante el periodo de información pública,transcurrido desde el día 29 de octubre, hasta el día 3 dediciembre de 2003, según Edicto publicado en el BoletínOficial de la Provincia núm. 206 del día 28 de octubre de2003.

Los acuerdos citados consisten en:PRIMERO.- Aprobar provisionalmente la modificación de

las Ordenanzas Fiscales, que se unen como anexo a estapropuesta y cuyos textos forman parte integrante de la mis-ma, el importe de sus respectivas tarifas es el siguiente:

1.1. Impuesto sobre bienes inmueblesEscala de gravamen: Bienes de naturaleza urbana 0,70 %Escala de gravamen: Bienes de naturaleza rústica 0,70 %

1.2. Impuesto sobre vehículos de tracción mecánicaEl impuesto se exigirá con arreglo al siguiente cuadro de

tarifas:

A) TURISMOSDe menos de 8 caballos fiscales 15,15De 8 hasta 11,99 caballos fiscales 40,80De 12 hasta 15,99 caballos fiscales 86,30De 16 hasta 19,99 caballos fiscales 107,50De 20 caballos fiscales en adelante 134,40

B) AUTOBUSESDe menos de 21 plazas 100,00De 21 a 50 plazas 142,35De más de 50 plazas 177,95

C) CAMIONESDe menos de 1.000 kilogramos de carga útil 50,75De 1.000 a 2.999 kilogramos de carga útil 100,00De más de 2.999 a 9.999 kilogramos de carga útil 142,35De más de 9.999 kilogramos de carga útil 177,95

D) TRACTORESDe menos de 16 caballos fiscales 21,20De 16 a 25 caballos fiscales 33,30De más de 25 caballos fiscales 100,00

E) REMOLQUES Y SEMIREMOLQUES ARRASTRADOSPOR VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICADe menos de 1.000 y más de 750 kilogramos de carga útil 21,20De 1.000 a 2.999 kilogramos de carga útil 33,30De más de 2.999 kilogramos de carga útil 100,00

F) OTROS VEHÍCULOSCiclomotores 6,10Motocicletas hasta 125 c.c. 6,10Motocicletas de más de 125 hasta 250 c.c. 9,10Motocicletas de mas de 250 hasta 500 c.c. 18,20Motocicletas de más de 500 hasta 1.000 c.c. 36,35Motocicletas de más de 1.000 c.c. 72,70El coeficiente de incremento de las cuotas queda fijado en 1,20

1.3. Impuesto sobre el incremento del valor de losterrenos de naturaleza urbana

A) Base imponible.Determinación del incremento anual por periodo de gene-

ración:a) Periodo de uno hasta cinco años: 2,6 %b) Periodo de hasta diez años: 2,4 %c) Periodo de hasta quince años: 2,5 %d) Periodo de hasta veinte años: 2,6 %B) Tipo de gravamen y cuota.Determinación del tipo de gravamen: 26 %

1.4. Impuesto sobre actividades económicasCategoría fiscal de las vías publicas

1ª 2ªCoeficiente aplicable 1,10 0,72

Callejero término municipal de Rioja- Primera CategoríaTodas las vías y parajes ubicados en suelo no urbano

(que abarca parte de la carretera Nacional 340, Abriojal,Rambla de los Arcos, y paraje la Palma)

- Segunda CategoríaTodas las vías y parajes ubicados en suelo urbano

1.5. Impuesto municipal sobre construcciones insta-laciones y obras

El tipo de gravamen queda fijado en el 2,6 %.

1.6. Tasa por expedición de documentos administra-tivosEPÍGRAFE PRIMERO: Certificaciones y compulsas- Certificaciones de documentos o acuerdos municipales 9,00- La diligencia de cotejo de documentos 1,00- Por el bastanteo de poderes que hayan de surtir efecto en

las oficinas municipales 12,00EPÍGRAFE SEGUNDO: Documentos expedidos o extendidos por lasoficinas municipales- Por cada documento que se expida en fotocopia,

por fotocopia 0,10EPÍGRAFE TERCERO: Documentos relativos a servicios urbanísticos- Por cada certificado o informe que se expida de servicios

urbanísticos solicitados a instancia de parte 9,00- Por cada expediente de modificación de las NN.SS. a

instancia de parte 200,00

Page 19: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 19Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003B.O.P. de Almería

- Por cada expediente de aprobación o modificación dePlanes Parciales y Especiales, proyecto de urbanización,estudio de detalles, proyecto de compensación,reparcelación 200,00

1.7. Tasa por licencias urbanísticasArtículo 6º. Cuota tributaria1.- La cuota tributaria resultará de aplicar a la base impo-

nible los siguientes tipos de gravamen:a) El uno por ciento en el supuesto 1.a) del artículo anteriorb) El uno por ciento, en el supuesto 1.b) del artículo anteriorc) El tres por ciento, en las parcelaciones urbanas.d) Sesenta euros por m2 o fracción, de cartel, en el su

puesto 1.d) del artículo anterior.2.- En caso de desistimiento formulado por el solicitante

con anterioridad a la concesión de la licencia, las cuotas aliquidar serán el 50 por ciento de las señaladas en el númeroanterior, siempre que la actividad municipal se hubiera inicia-do efectivamente.

1.8. Tasa por la prestación de los servicios de piscinamunicipal, instalaciones deportivas y utilización deotras instalaciones de ocio y tiempo libre.

Queda modificado su anexo en la forma siguiente:

Utilización de piscina Euros- Menores de edad días laborables 1,00- Menores de edad escolar, sábados domingos

y festivos 1,50- Mayores días laborables 1,50- Mayores sábados, domingos y festivos 2,00- Abonos mensuales familiares:Núm. de miembros

1 20,002 27,003 34,004 41,005 48,006 55,00

Uso de las pistas polideportivas y campo de fútbol- Utilización del campo de fútbol por equipos

federados 31,00

1.09. Tasa por la utilización del servicio de guarderíaArtículo 6º .- CUOTA TRIBUTARIALa cuota tributaria queda determinada en las cuantías

siguientes:- Matrícula 15,00 euros / curso- Cuota mensual 72,00 euros / mes

1.10. Tasa por la prestación del servicio de cemente-rio municipalA) TARIFA

ConcesiónConcesión perpetuidad Euros 5 años Euros- Nicho Construido en:

1º fila 270,00 50,002º fila 330,00 50,003º fila 300,00 50,00

OTROS SERVICIOS- Inhumación o exhumación cadáveres: 30,00

1.11. Tasa por la prestación del servicio de alcanta-rillado

A) Cuota tributaria por acometida:La cuota se fija en 8,40 euros acometida /trimestre

1.12. Tasa por la prestación del servicio de suminis-tro de agua potableB) Cuota tributariaCuota tributaria por licencia de acometidaA) 1.- Uso doméstico- Vivienda individualizada 90,00 euros- Establecimientos industriales 115,00 euros- Conservación del contador 0,60 euros- Instalación del contador

· Contador 60,00 euros· Por metro lineal de tubo 90,00 euros

2.- Cuota del servicio en domicilios particulares:- Hasta un máximo de 45 m3 al trimestre 12,00 eurosLos excesos sobre los mínimos trimestrales se regirán porla siguientes escala:

Tramo Consumo trimestral Tarifa m31 Hasta 50 m3 0,28 euros2 � 60 m3 0,30 �3 � 70 m3 0,50 �4 � 80 m3 0,60 �5 � 100 m3 0,70 �6 más de 100 m3 0,80 �

Se entiende que el metro cúbico según tramo, afecta a todoel consumo.

B) Uso industrial- Hasta 90 m3 trimestre consumo mínimo 24,00 euros

Los excesos sobre los mínimos de uso industrial se regiránpor la siguiente escala:

Tramo Consumo trimestral Tarifa m31 91 a 100 m3 0,70 euros2 101 a 160 m3 1,50 �3 161 en adelante 1,70 �

1.13. Tasa por la entrada de vehículos a través de laaceraB) Cuota tributaria y tarifa:- Por entrada de vehículos a través de

la acera, por metro lineal o fracción deentrada en edificios con vehículos ocarruajes, con vado permanente 12,00 euros

- Por licencia de vado y placa 60,00 euros

SEGUNDO.- Adherirse a las ordenanzas tipo publicadaspor la Diputación Provincial de Almería en el Boletín Oficial dela Provincia núm. 61 de fecha 31 de marzo reguladoras delos siguientes tributos:

- Impuesto sobre bienes inmuebles- Impuesto sobre actividades económicas

Page 20: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 20 Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003 B.O.P. de Almería

- Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenosde naturaleza urbana

- Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica- Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras

De conformidad con lo establecido en al artículo 19 de laLey 39/88, de 28 de diciembre, Reguladora de las HaciendasLocales, contra los acuerdos definitivos de aprobación delas Ordenanzas fiscales, solamente se podrá interponer,recurso contencioso-administrativo, en el término de dosmeses, contados a partir de la publicación del presenteanuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería.

Rioja, 4 de diciembre de 2003.LA ALCALDESA, María Isabel Sánchez Siles.

8754/03

AYUNTAMIENTO DE TABERNAS

Anuncio del Ayuntamiento de Tabernas (Almería), notifi-cando resolución de paralización de obras ilegales enHUERTOS FAMILIARES DE TABERNAS.

Se ha intentado la notificación, sin éxito, de la Resoluciónde Alcaldía de fecha de 17 de octubre de 2003 (Decreto n° 26/2003) ordenando la suspensión de las obras, instalacioneso usos ilegales que se estén ejecutando en HUERTOS FA-MILIARES DE TABERNAS (Parajes: Saltador, Retamares,Majada de Carmona, Buzaley y Sierrecilla Bermeja), a lospropietarios de las parcelas siguientes: 22, 24,28, 43, 44, 51,54, 58 y 86.

Mediante el presente anuncio, de conformidad con loestablecido en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, se lenotifica resolución recaída en el expediente administrativode paralización de obras ilegales.

Indicándole que, para su conocimiento y efectos oportu-nos, contra la mencionada resolución, que pone fin a la víaadministrativa o, en su caso, resulta ser de trámite cualifica-do, podrá interponer recurso potestativo de reposición, enplazo de un mes contado desde el siguiente a su notificacióno publicación, ante el órgano que ha dictado el acto o acuer-do, o, directamente, recurso contencioso administrativo, enplazo de dos meses, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Almería, si se tratara de la competencia delmismo establecida en el art. 8 de la Ley Jurisdiccional quemás adelante se cita, o ante la Sala de dicha Jurisdicción delTribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Gra-nada, si de la competencia de la misma, establecida en elart. 10 de la citada Ley, se tratara, o ejercer cualquier otraacción administrativa revisora que a su derecho convenga,todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos8, 10 y 46 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencio-so Administrativa de 13 de julio de 1998, artículos 107 y 116de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por Ley4/1999, de 13 de enero, y artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de2 de abril, en la redacción dada por la Ley 11/1999, de 21 deabril.

Tabernas, a 14 de noviembre de 2003.EL ALCALDE, Rafael Félix Valls Martínez.

8556/03

AYUNTAMIENTO DE TURRE

E D I C T O

En relación con el Proyecto de Compensación del SectorR-2, promovido por la mercantil PROMOCIONES Y SERVI-CIOS INTEGRADOS S.L., aprobado definitivamente porResolución de este Ayuntamiento el 25 de marzo de 2003,publicado en el B.O.P. el 30 de junio de 2003, y por no crearindefensión con respecto al exceso de cabida que se deter-minaron en el documento aprobado y que corresponde a lafinca registral n° 11.596 que contaba con una superficieinicial de 116.585 m2 y con una superficie resultante de151.760 m2.

Se expone al público por plazo de veinte días, tal y comoestablece la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, L.O.U.A.

Turre, a 19 de noviembre de 2003.EL ALCALDE, José Navarro Alonso.

8385/03

AYUNTAMIENTO DE VELEZ-RUBIO

E D I C T O

Por Don MIGUEL ANGEL GARCIA VALERA, con domicilioen el Paraje del Campillo, de esta localidad, el cual actúa ennombre propio, se ha solicitado de esta Alcaldía licencia parala CONSTRUCCION DE UNA NAVE PARA UNA ACTIVIDADDESTINADA A CEBADERO DE VOLATILES con emplaza-miento en el Paraje del Lizarán, de este Término Municipal.

En cumplimiento de lo establecido en el art. 26 de la Ley7/94, de 18 de mayo de la Junta de Andalucía, sobre Protec-ción Ambiental, se abre un período de Información Públicapor término de 20 días, a partir de su publicación en el BoletínOficial de la Provincia; para quienes se consideran afecta-dos de alguna manera por la actividad que se pretendeestablecer puedan hacer las observaciones pertinentes.

El expediente se halla de manifiesto y puede consultarsedurante los días de oficina en la Secretaría de este Ayunta-miento, por el mismo espacio de tiempo.

Vélez-Rubio, a 30 de octubre de 2003.EL ALCALDE, firma ilegible.

8905/03

AYUNTAMIENTO DE LA E.L. DE BALANEGRA

A N U N C I O

Aprobado por este Ayuntamiento de la Entidad Local deBalanegra, y por decreto de fecha 5/12/2003 el Padrón deTasas Municipales de AGUA, IVA, BASURA Y ALCANTARI-LLADO, 2°/Semestre/2003.

Se expone al público por plazo de un mes a efectos dereclamaciones.

En Balanegra, a 5 de diciembre de 2003.LA ALCALDESA, Mª Mercedes Tapia Sánchez.

Page 21: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 21Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003B.O.P. de Almería

Administración Autonómica

8710/03

JUNTA DE ANDALUCIAConsejería de Agricultura y Pesca

Delegación Provincial de Almería

A N U N C I O

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 y 61de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administracio-nes Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, yuna vez intentada sin efecto la comunicación de transcursode plazo para presentar la documentación requerida enrelación con la solicitud de ayuda de la entidad que se cita,mediante el presente ANUNCIO se indica que de conformi-dad con el art. 71.1 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común, dispone de un plazo de 10 días para subsa-nar la falta o acompañar los documentos preceptivos. Si asíno lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previaresolución que deberá ser dictada en los términos previstosen el art. 42.

Interesada: SAMSARA ESPAÑA, S.A.Ultimo domicilio: C.N.-340, Km. 209, C.P. 04628 Antas

(ALMERIA).C.I.F.: A-04101655.

LA SECRETARIA GENERAL, Mª Rosa Plaza Olivares.

8113/03

JUNTA DE ANDALUCIAConsejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

Delegación Provincial de Almería

INFORMACION PUBLICA

De acuerdo con lo establecido en la Ley 54/1997 de 27 denoviembre y en el Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, seabre Información Pública sobre el expediente incoado enesta Delegación Provincial de la Consejería de Empleo yDesarrollo Tecnológico en Almería, referencia NI/4958-2289con objeto de:

AUTORIZAR la instalación eléctrica siguiente:PETICIONARIO: ENDESA DISTRIBUCION ELECTRI-

CA, S.L.DOMICILIO: Avda. Federico García Lorca, 82. Almería.FINALIDAD: Ampliación Subestación de Fines en una

posición de 66 KV.CARACTERISTICAS DE LA INSTALACION:La posición de línea de 66 KV. está constituida por:- 1 Interruptor tripolar de 72.5 KV, 1250 A y 31.5 kA.- 1 Seccionador tripolar 72.5 KV, 1250 A y 31.5 kA.- 1 Seccionador 1250 A, 31.5 kA. con p.a.t.- 3 Transformadores de intensidad 72.5 kV 100-200/5-5 A- 3 Transformadores de intensidad 72.5 kV 60/5 A.- 3 Transformadores de tensión inductivo 72 kV 66000:

V3/110: V3/110: V13/110:3

- 3 Transformadores de tensión inductivo 72 kV 66000:V3/110: V3

- 3 Pararrayos unipolares 60 kV 10 kA, con contador dedescarga.

Elementos de control y medida.PRESUPUESTO EN EUROS: 272.710,00.

Lo que se hace público para que pueda ser examinada ladocumentación presentada en esta Delegación Provincial,sita en C/ Hermanos Machado, 4 , Edificio Administrativo deServicios Múltiples, Segunda Planta, y se formulen al mismotiempo las reclamaciones, por duplicado, que se estimenoportunas en el plazo de VEINTE DIAS contados a partir delsiguiente al de la publicación de este anuncio.

Almería, a 29 de octubre de 2003.EL DELEGADO PROVINCIAL DE EMPLEO Y DESA-

RROLLO TECNOLOGICO, (P.A. Decreto 21/85, de 5 defebrero), EL SECRETARIO GENERAL, Angel Segura Valera.

8114/03

JUNTA DE ANDALUCIAConsejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

Delegación Provincial de Almería

INFORMACION PUBLICA

De acuerdo con lo establecido en la Ley 54/1997 de 27 denoviembre y en el Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, seabre Información Pública sobre el expediente incoado enesta Delegación Provincial de la Consejería de Empleo yDesarrollo Tecnológico en Almería, referencia NI/4958-3516con objeto de:

AUTORIZAR la instalación eléctrica siguiente:PETICIONARIO: ENDESA DISTRIBUCION ELECTRI-

CA, S.L.DOMICILIO: Avda. Federico García Lorca, 82. Almería.FINALIDAD: Cambio de ubicación del C.D. existente

«Almerisol» (37468) a camino «El Higueral», s/n.

ESTACION TRANSFORMADORA:Nombre: Almerisol (37468).Emplazamiento: Camino El Higueral, Vícar.Tipo: Interior prefabricado.Potencia total en KVA.: 630.Relación de Transformación: 20/B2.Medida en: Baja Tensión.PRESUPUESTO EN EUROS: 23.499,22.

Lo que se hace público para que pueda ser examinada ladocumentación presentada en esta Delegación Provincial,sita en C/. Hermanos Machado, 4, Edificio Administrativo deServicios Múltiples, Segunda Planta, y se formulen al mismotiempo las reclamaciones, por duplicado, que se estimenoportunas en el plazo de VEINTE DIAS contados a partir delsiguiente al de la publicación de este anuncio.

Almería, a 29 de octubre de 2003.EL DELEGADO PROVINCIAL DE EMPLEO Y DESA-

RROLLO TECNOLOGICO, (P.A. Decreto 21/85, de 5 defebrero), EL SECRETARIO GENERAL, Angel Segura Valera.

Page 22: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 22 Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003 B.O.P. de Almería

8115/03

JUNTA DE ANDALUCIAConsejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

Delegación Provincial de Almería

INFORMACION PUBLICA

De acuerdo con lo establecido en la Ley 54/1997 de 27 denoviembre y en el Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, seabre Información Pública sobre el expediente incoado enesta Delegación Provincial de la Consejería de Empleo yDesarrollo Tecnológico en Almería, referencia NI/4958-3514con objeto de:

AUTORIZAR la instalación eléctrica siguiente:PETICIONARIO: ENDESA DISTRIBUCION ELECTRI-

CA, S.L.DOMICILIO: Avda. Federico García Lorca, 82. Almería.FINALIDAD: Desviación de línea de M.T. Apoyos A945156

y A945155 en Pje. «Los Jacintos» en T.M. de Oria.LINEA DE ALTA TENSION:Origen: Apoyo A945156.Final: Apoyo A945155.Términos municipales afectados: Oria.Tipo: Aérea.Tensión de servicio en KV.: 25.Longitud total en Km.: 0,217.Conductores: AL-AC 54,6 mm2.Aislamiento: Cadenas aisladores U40BS.Apoyos: Metálicos galvanizados.PRESUPUESTO EN EUROS: 3.685,76.Lo que se hace público para que pueda ser examinada la

documentación presentada en esta Delegación Provincial,sita en C/ Hermanos Machado, 4, Edificio Administrativo deServicios Múltiples, Segunda Planta, y se formulen al mismotiempo las reclamaciones, por duplicado, que se estimenoportunas en el plazo de VEINTE DIAS contados a partir delsiguiente al de la publicación de este anuncio.

Almería, a 29 de octubre de 2003.EL DELEGADO PROVINCIAL DE EMPLEO Y DESA-

RROLLO TECNOLOGICO, (P.A. Decreto 21/85, de 5 defebrero), EL SECRETARIO GENERAL, Angel Segura Valera.

8116/03

JUNTA DE ANDALUCIAConsejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

Delegación Provincial de Almería

INFORMACION PUBLICA

De acuerdo con lo establecido en la Ley 54/1997 de 27 denoviembre y en el Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, seabre Información Pública sobre el expediente incoado enesta Delegación Provincial de la Consejería de Empleo yDesarrollo Tecnológico en Almería, referencia NI/4958-3515con objeto de:

AUTORIZAR la instalación eléctrica siguiente:PETICIONARIO: ENDESA DISTRIBUCION ELECTRI-

CA, S.L.DOMICILIO: Avda. Federico García Lorca, 82. Almería.

FINALIDAD: Cambio de ubicación del C.T. «Polígono SanNicolás» (37483) en el Polígono I-2 de San Nicolás, T.M. LaMojonera.

ESTACION TRANSFORMADORA:Nombre: Polígono San Nicolás (37483).Emplazamiento: Polígono I-2 de San Nicolás, La Mojonera.Tipo: Prefabricado PFU-5.Potencia total en KVA.: 160.Relación de Transformación: 20/B2.Medida en: Baja Tensión.PRESUPUESTO EN EUROS: 14.326,40.Lo que se hace público para que pueda ser examinada la

documentación presentada en esta Delegación Provincial,sita en C/ Hermanos Machado, 4, Edificio Administrativo deServicios Múltiples, Segunda Planta, y se formulen al mismotiempo las reclamaciones, por duplicado, que se estimenoportunas en el plazo de VEINTE DIAS contados a partir delsiguiente al de la publicación de este anuncio.

Almería, a 29 de octubre de 2003.EL DELEGADO PROVINCIAL DE EMPLEO Y DESA-

RROLLO TECNOLOGICO, (P.A. Decreto 21/85, de 5 defebrero), EL SECRETARIO GENERAL, Angel Segura Valera.

8117/03

JUNTA DE ANDALUCIAConsejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

Delegación Provincial de Almería

INFORMACION PUBLICA

De acuerdo con lo establecido en la Ley 54/1997 de 27 denoviembre y en el Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, seabre Información Pública sobre el expediente incoado enesta Delegación Provincial de la Consejería de Empleo yDesarrollo Tecnológico en Almería, referencia NI/4958-3517con objeto de:

AUTORIZAR la instalación eléctrica siguiente:PETICIONARIO: ENDESA DISTRIBUCION ELECTRI-

CA, S.L.DOMICILIO: Avda. Federico García Lorca, 82. Almería.FINALIDAD: Acondicionar un tramo de la línea existe

«Aeropuerto-Boticario».LINEA DE ALTA TENSION:Origen: Apoyo existente A900131.Final: Apoyo existente A900135.Términos municipales afectados: Almería.Tipo: Aérea y subterránea D/C.Tensión de servicio en KV.: 20.Longitud total en Km.: 0,406 (aérea) y 0,022 (subterrá-

nea).Conductores: AL-AC de 116,2 mm2 (aéreo) y AL 150

mm2 (subterráneo).Aislamiento: Cadenas aisladores U40BS (aéreo) y polie-

tileno reticulado (subterráneo).Apoyos: Metálicos galvanizados y zanja entubada.PRESUPUESTO EN EUROS: 16.589,81.Lo que se hace público para que pueda ser examinada la

documentación presentada en esta Delegación Provincial,sita en C/ Hermanos Machado, 4, Edificio Administrativo deServicios Múltiples, Segunda Planta, y se formulen al mismo

Page 23: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 23Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003B.O.P. de Almería

tiempo las reclamaciones, por duplicado, que se estimenoportunas en el plazo de VEINTE DIAS contados a partir delsiguiente al de la publicación de este anuncio.

EL DELEGADO PROVINCIAL DE EMPLEO Y DESA-RROLLO TECNOLOGICO, (P.A. Decreto 21/85, de 5 defebrero), EL SECRETARIO GENERAL, Angel Segura Valera.

8118/03

JUNTA DE ANDALUCIAConsejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

Delegación Provincial de Almería

INFORMACION PUBLICA

De acuerdo con lo establecido en la Ley 54/1997 de 27 denoviembre y en el Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, seabre Información Pública sobre el expediente incoado enesta Delegación Provincial de la Consejería de Empleo yDesarrollo Tecnológico en Almería, referencia NI/4958-3524con objeto de:

AUTORIZAR la instalación eléctrica siguiente:PETICIONARIO: ENDESA DISTRIBUCION ELECTRI-

CA, S.L.DOMICILIO: Avda. Federico García Lorca, 82. Almería.FINALIDAD: Reformar un centro de distribución con paso

a SF6 de sus interruptores.ESTACION TRANSFORMADORA:Nombre: Hilas (36939).Emplazamiento: Cortijo La Ermita, Bda. Castala, T.M.

Berja.Tipo: Interior.Potencia total en KVA.: 250 (hasta 1000).Relación de transformación: 20/B2.Medida en: Baja Tensión.PRESUPUESTO EN EUROS: 9.020,34.Lo que se hace público para que pueda ser examinada la

documentación presentada en esta Delegación Provincial,sita en C/ Hermanos Machado, 4, Edificio Administrativo deServicios Múltiples, Segunda Planta, y se formulen al mismotiempo las reclamaciones, por duplicado, que se estimenoportunas en el plazo de VEINTE DIAS contados a partir delsiguiente al de la publicación de este anuncio.

Almería, a 29 de octubre de 2003.EL DELEGADO PROVINCIAL DE EMPLEO Y DESA-

RROLLO TECNOLOGICO, (P.A. Decreto 21/85, de 5 defebrero), EL SECRETARIO GENERAL, Angel Segura Valera.

8119/03

JUNTA DE ANDALUCIAConsejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

Delegación Provincial de Almería

INFORMACION PUBLICA

De acuerdo con lo establecido en la Ley 54/1997 de 27 denoviembre y en el Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, seabre Información Pública sobre el expediente incoado enesta Delegación Provincial de la Consejería de Empleo yDesarrollo Tecnológico en Almería, referencia NI/4958-3525con objeto de:

AUTORIZAR la instalación eléctrica siguiente:PETICIONARIO: ENDESA DISTRIBUCION ELECTRI-

CA, S.L.DOMICILIO: Avda. Federico García Lorca, 82. Almería.FINALIDAD: Acondicionar un tramo de la línea existente

«Aeropuerto-Boticario» y cambio de emplazamiento del CD«Galdeano».

LINEA DE ALTA TENSION:Origen: Nuevo apoyo anterior al A900145.Final: Apoyo existente A900151.Términos municipales afectados: Almería.Tipo: Aérea y subterránea.Tensión de servicio en KV.: 20.Longitud total en Km.: 0,669 (aérea) y 0,073 (subterránea).Conductores: AL-AC de 125,1 mm2 (aéreo) y AL de 240

mm2 (subterráneo).Aislamiento: Cadenas aisladores U40BS (aéreo) y polie-

tileno reticulado (subterráneo).Apoyos: Metálicos galvanizados y zanja entubada.ESTACION TRANSFORMADORA:Nombre: Galdeano.Emplazamiento: Pje. El Haza en La Cañada de San

Urbano (Almería).Tipo: Edificio prefabricado aislado.Potencia total en KVA.: Hasta 1000.Relación de transformación: 20/B2.Medida en: Baja Tensión.PRESUPUESTO EN EUROS: 65.824,43.Lo que se hace público para que pueda ser examinada la

documentación presentada en esta Delegación Provincial,sita en C/. Hermanos Machado, 4, Edificio Administrativo deServicios Múltiples, Segunda Planta, y se formulen al mismotiempo las reclamaciones, por duplicado, que se estimenoportunas en el plazo de VEINTE DIAS contados a partir delsiguiente al de la publicación de este anuncio.

Almería, a 29 de octubre de 2003.EL DELEGADO PROVINCIAL DE EMPLEO Y DESA-

RROLLO TECNOLOGICO, (P.A. Decreto 21/85, de 5 defebrero), EL SECRETARIO GENERAL, Angel Segura Valera.

8951/03

JUNTA DE ANDALUCIAConsejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

Delegación Provincial de Almería

RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DELA CONSEJERÍA DE EMPLEO Y DESARROLLO TECNO-LÓGICO EN ALMERÍA, AUTORIZANDO EL ESTABLECI-MIENTO DE LA INSTALACIÓN ELÉCTRICA QUE SE CITA.

Visto el expediente incoado a petición de PROMOCIO-NES HERMANOS MARTÍN, S.A. Ref.: AT/2902, solicitandoautorización para el establecimiento de una instalación eléc-trica, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados enel Capítulo II del Título VII del Real Decreto 1955/2000 de 1 dediciembre, sobre autorización de instalaciones eléctricas,esta Delegación Provincial, en uso de las atribuciones quetiene conferidas mediante Resolución de 17 de enero de2001 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas,por la que se delegan competencia, ha resuelto:

AUTORIZAR A: PROMOCIONES HERMANOS MARTÍN,S.A. para el establecimiento de la instalación eléctrica cuyas

Page 24: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 24 Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003 B.O.P. de Almería

DE INFORMACIÓN PUBLICA SOBRE AUTORIZACIÓNADMINISTRATIVA PARA LA INSTALACIÓN DE ALMA-CENAMIENTO DE GLP EN DEPOSITO FIJO.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 34/1998 de 7 deoctubre del Sector de Hidrocarburos, el R.D. 1434/2002 de27 de diciembre por el que se regulan las actividades detransporte, distribución, comercialización, suministro y pro-cedimientos de autorización de instalaciones de gas natural,la Ley 7/1994 de 18 de mayo de Protección Ambiental y enel Decreto 153/1996 de 30 de abril por el que se aprueba elReglamento de Informe Ambiental, se somete a InformaciónPública la siguiente instalación:

EXPEDIENTES: GLP-D/008 (Red de Distribución) yGLP-T/1126 (Centro de Almacenamiento).

PETICIONARIO: REPSOL BUTANO, S.A.NIF/CIF: A-28076420.DOMICILIO: C/. Huéscar, 2-1°. Málaga.PROYECTO: Red de distribución de GLP para suministro

a Urbanización «Huerta Nueva» de los Gallardos (Almería).INSTALACIONES:Situación: Sector 4, «Huerta Nueva», Los Gallardos

(Almería)Centro de almacenamiento:Depósito: 2 x 49,5 m3 y equipos de regulaciónSistema de instalación: Enterrado.Red de distribución:Presión de servicio: 1,75 bar MPBCanalizaciones: 3.901,64 ml. en polietileno de media

densidad SDR 11 en diámetro variable de DN110 a DN40según necesidades.

Acometidas:� 238 a parcelas unifamiliares formadas por toma en

carga a la tubería de distribución con tubería de polietileno16/20 mm.

� 8 a parcelas plurifamiliares o servicios formadas portoma en carga a la tubería de distribución con tubería depolietileno 32/40 mm.

PRESUPUESTO EN EUROS: 38.628,99.-Lo que se hace público para que pueda ser examinada la

documentación presentada en esta Delegación Provincial,C/. Hermanos Machado, 4 Edf. Administrativo de ServiciosMúltiples, 2ª planta y formular al mismo tiempo las reclama-ciones por escrito y triplicado que estimen oportunas laspersonas que se consideren afectadas en sus derechos, enel plazo de VEINTE DIAS HABILES, contados a partir delsiguiente al de la publicación de este anuncio.

Almería, a 28 de noviembre de 2003.EL DELEGADO PROVINCIAL DE EMPLEO Y DESA-

RROLLO TECNOLOGICO, (P.A. Decreto 21/85 de 5 de fe-brero), EL SECRETARIO GENERAL, Angel Segura Valera.

principales características se incluyen, así como APRO-BAR el proyecto presentado para la ejecución de la mismaen un plazo de TRES MESES.

FINALIDAD: Suministro energía para unidades de actua-ción UA-CH-3, UA-CH-10, UA-CH-12, y UA-CH-20.

LÍNEA DE ALTA TENSIÓN:Origen y Final: Tramo de línea subterráneo que alimenta

al CT «Batlles 2» (34045) perteneciente a la LMT «Rodón(F)», propiedad de Endesa Distribución Eléctrica, S.L. ha-ciendo entrada y salida en el nuevo CT

Términos municipales afectados: Níjar.Tipo: Subterránea.Tensión de servicio en KV.: 20.Longitud total en Km.: 0,020.Conductores: 3 (1x150 mm2.) AL.Aislamiento: 12/20 KV.Apoyos: Zanja de 1,2 m. prof. bajo tubo PVC de 200 m. de

diámetro.ESTACION TRANSFORMADORA:Emplazamiento: C/. Príncipe de Asturias, s/n. Cam-

pohermoso, Níjar.Tipo: Interior en edif. prefabricado con celdas SF6Potencia total en KVA.: 630.Relación de transformación: 20 KV./ 380-220 V.Medida en: Baja TensiónLÍNEA O RED DE BAJA TENSIÓN:Origen: C.T. que se describeFinal: C.G.P. de abonadosTérminos municipales afectados: NíjarTipo: SubterráneaLongitud total en m.: -Tensión de servicio en volt.: 380/220Conductores: 3 (1 x 240 /150) + 0x150/95 mm2 AL.Aislamiento: RV 0,6/1 KV.Apoyos: Zanja de 0,6/0,8 m. prof. bajo tubo PVC de 140

mm de diámetro.PRESUPUESTO EN EUROS: 68.155,35.Esta autorización se entiende otorgada, sin perjuicio de

las autorizaciones que corresponden a otros Organismos,de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad.

Antes de la autorización de puesta en servicio de la instala-ción, ésta deberá ser cedida a una empresa distribuidora.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía admi-nistrativa, podrá interponerse Recurso de Alzada, en el plazode UN MES, ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo yDesarrollo Tecnológico, según lo dispuesto en el art. 114 dela Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Almería, a 28 de noviembre de 2003.EL DELEGADO PROVINCIAL DE EMPLEO Y DESA-

RROLLO TECNOLOGICO, (P.A. Decreto 21/85 de 5 de fe-brero), EL SECRETARIO GENERAL, Angel Segura Valera.

8952/03

JUNTA DE ANDALUCIAConsejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

Delegación Provincial de Almería

ANUNCIO DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DEEMPLEO Y DESARROLLO TECNOLÓGICO EN ALMERIA

8742/03

JUNTA DE ANDALUCIAConsejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

Delegación Provincial de AlmeríaServicio de Admón. Laboral

VISTO el Texto del Convenio Colectivo Provincial deTrabajo del Sector de DEPENDENCIA MERCANTIL, para elaño 2003, expediente 0022, código convenio 0400175,

Page 25: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 25Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003B.O.P. de Almería

suscrito por la representación de las partes, de conformidadcon el art. 90 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto delos Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 demarzo), en relación con el art. 17.2 del Estatuto de Autono-mía de Andalucía; esta Delegación Provincial de Empleo yDesarrollo Tecnológico

A C U E R D A

PRIMERO.- Ordenar su inscripción en el Registro deConvenios Colectivos de Trabajo de esta DelegaciónProvincial, con notificación a las partes integrantes de laComisión Negociadora.

SEGUNDO.- Remitir el texto del mismo al Centro deMediación, Arbitraje y Conciliación para su depósito.

TERCERO.- Disponer la publicación en el Boletín Oficialde la Provincia, de conformidad con lo establecido en elart. 90.3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto delos Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo1/1995, de 24 de marzo.

Almería, 18 de noviembre de 2003.EL DELEGADO PROVINCIAL DE EMPLEO Y DESA-

RROLLO TECNOLÓGICO, P.D. LA JEFE DEL SERVICIOADMÓN. LABORAL, Mª Luisa Gálvez Moreno.

CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE TRABAJODE DEPENDENCIA MERCANTIL

TITULO I.- NORMAS ESTRUCTURALES

Artículo 1.- Partes signatarias.Son partes firmantes del presente Convenio Provincial,

de una parte, el Sindicato Provincial de Comercio, Hosteleríay Turismo de CC.OO. y la Federación Provincial de Traba-jadores del Comercio, Hostelería, Turismo y Juego de U.G.T.,como representación laboral, y, de otra parte, la FederaciónProvincial de Comercio de ASEMPAL, en representaciónempresarial.

Ambas partes se reconocen mutuamente legitimaciónpara negociar el presente Convenio.

Artículo 2.- Eficacia y alcance obligacional.Dada la naturaleza normativa y eficacia general, que le

viene dada por lo dispuesto en el Título III del Estatuto de losTrabajadores y por la representatividad de las organizacio-nes firmantes, el presente Convenio obligará a todas lasempresas y trabajadores comprendidos dentro de susámbitos funcional, personal y territorial.

TITULO II.- DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 3.- Ambito funcional.Estarán incluidas en el presente Convenio las empresas

cuya actividad, desarrollada profesionalmente y con esta-blecimiento mercantil abierto, consista en la venta de cual-quier clase de artículos, bien sea al detall o al por mayor, ennombre propio o de terceros, y que no estén afectadas porun ciclo de producción, aunque el producto pueda sufrir unacondicionamiento previo, siempre que estuvieran dentrodel campo de aplicación de la Ordenanza de Comercio y queno hubieran excluido por Convenio Colectivo o acuerdo laaplicación de la misma.

Quedan excluidas las empresas cuya actividad consistaen la venta de artículos textiles, así como aquellas otras que,por razón de sus características concretas, les sea deaplicación otro convenio específico.

Artículo 4.- Ambito personal.El presente Convenio afecta a los trabajadores que pres-

ten sus servicios en las empresas incluidas en el ámbitofuncional del mismo.

Lo contenido en el presente Convenio no será de aplica-ción a las personas que se encuentran comprendidas enalgunos de los supuestos contemplados en los artículos 1.3y 2 del Estatuto de los Trabajadores.

Artículo 5.- Ambito territorial.Las disposiciones del presente Convenio regirán en

Almería y su Provincia.Artículo 6.- Ambito temporal, vigencia, duración y

prórroga.El Convenio entrará en vigor al día siguiente de su

publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, si bien susefectos económicos se aplicarán retroactivamente desdeel día 1º de enero de 2003.

La duración se establece por el periodo de UN AÑO,contado a partir de 1º de enero de 2003.

Se establece un plazo para hacer efectivos los atrasosque se originen como consecuencia de la aplicación retro-activa del Convenio de un mes a partir de su entrada en vigor.

El Convenio se prorrogará por periodos anuales, al nodenunciarse por cualquiera de las partes con antelaciónmínima de un mes respecto a la fecha de su terminación,mediante escrito dirigido a la Delegación Provincial de laConsejería de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía ya la otra parte.

No obstante lo anterior, los conceptos económicos, en sucaso, serán negociados anualmente para su efectividad apartir de 1º de enero de cada año de prórroga. En dicharevisión salarial se tendrá como referencia lo dispuesto enAcuerdo Marco, si llegase a pactarse, o el I.P.C. previsto parael año de referencia.

Artículo 7.- Compensación y absorción.Las condiciones que se establecen en este Convenio son

compensables y absorbibles en cómputo anual, conforme ala legislación vigente, respetándose las situaciones perso-nales de igual forma.

Artículo 8.- Condiciones más beneficiosas.Los pactos, cláusulas o condiciones actualmente

implantadas en las distintas empresas afectadas, que impli-quen en su conjunto y en cómputo anual condiciones másbeneficiosas con respecto a las convenidas, subsistiránpara aquellos trabajadores que vinieren disfrutándolas.

Artículo 9.- Vinculación a la totalidad.Siendo las condiciones pactadas un todo orgánico e indi-

visible, el presente Convenio será nulo y quedará sin efectoen el supuesto de que la jurisdicción competente anulase oinvalidase alguno de sus pactos. Si se diese tal supuesto, laspartes signatarias de este Convenio se comprometen areunirse dentro de los 10 días siguientes al de la firmeza dela resolución correspondiente, al objeto de resolver el proble-ma planteado. Si en el plazo de 45 días, a partir de la fechade la firmeza de la resolución en cuestión, las partes signa-tarias no alcanzasen un acuerdo, se comprometen a fijar elcalendario de reuniones para la renegociación del Convenioen su totalidad.

Page 26: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 26 Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003 B.O.P. de Almería

Artículo 10.- Comisión Paritaria.Se constituye una Comisión con representación parita-

ria, compuesta por un máximo de ocho miembros.Los acuerdos de la Comisión se adoptarán en todo caso

por unanimidad y, aquellos que interpreten el presenteConvenio, tendrán la misma eficacia que la norma que hayasido interpretada.

La Comisión habrá de reunirse, al menos, dos veces alaño, y su funcionamiento se realizará en la forma que lamisma acuerde.

Funciones.- La Comisión Paritaria, tendrá las siguientesfunciones:

1) Vigilancia y seguimiento del cumplimiento delConvenio.

2) Interpretación de la totalidad de los preceptos delpresente Convenio.

3) A instancia de alguna de las partes mediar y/o intentarconciliar, en su caso, y previo acuerdo de las partes y, asolicitud de las mismas, arbitrar en cuantas cuestiones oconflictos de carácter colectivo puedan suscitarse en laaplicación de este Convenio.

4) Cuantas otras funciones se deriven de lo estipulado enel Convenio.

Procedimiento.- Como trámite que será previo ypreceptivo a toda actuación administrativa y/o jurisdiccionalque se promueva, las partes firmantes del presente Conve-nio se obligan a poner en conocimiento de la ComisiónParitaria cuantas dudas, discrepancias y conflictos colecti-vos, de carácter general, pudieran plantearse en relacióncon la interpretación y aplicación del mismo, siempre quesean de su competencia funcional, a fin de que mediante suintervención se resuelva el problema planteado o, si ello nofuera posible, emita dictamen al respecto. Dicho trámite seentenderá cumplido en el caso de que hubiere transcurridoun plazo de veinte días hábiles sin que se haya emitido reso-lución o dictamen.

Las cuestiones que en el marco de sus competencias sepromuevan ante la Comisión Paritaria habrán de formularsepor escrito, debiendo tener como contenido mínimo:

a) Exposición sucinta y concreta del asunto.b) Razones y fundamentos que entienda le asisten al

proponente.c) Propuesta o petición concreta que se formule a la

Comisión.Al escrito podrán acompañarse cuantos documentos se

entiendan necesarios para la mejor comprensión y resolu-ción del asunto.

Por su parte, la Comisión Paritaria, podrá recabar unamayor información o documentación, cuando lo estime per-tinente para una mejor o más completa información delasunto, a cuyo efecto concederá un plazo no superior a diezdías hábiles al proponente.

La Comisión Paritaria, recibido el escrito o, en su caso,completada la información o documentación pertinentes,dispondrá de un plazo no superior a veinte días hábiles pararesolver la cuestión planteada o, si ello no fuera posible,emitir el oportuno dictamen.

Transcurrido dicho plazo sin haberse producido resolu-ción o dictamen, quedará abierta la vía administrativa o juris-diccional competente.

TITULO III.- REGIMEN DE TRABAJO

Artículo 11.- Jornada laboral.La duración de la jornada de trabajo será de 40 horas

semanales de trabajo efectivo. No se considerará comojornada el tiempo de desayuno o bocadillo, cambios de ropa,cobro bancario de nóminas, etc.

Horario en fiestas. Sin que ello implique reducción de lajornada ordinaria prevista en este artículo, mediante acuerdoentre la empresa y los representantes legales de los traba-jadores o, en su defecto, entre la empresa y los trabajadores,se podrá establecer un horario especial, de 9,00 a 15,00horas, para las jornadas de trabajo correspondientes a losdías 24 y 31 de diciembre, así como para los días en que secelebre la Feria y Fiestas de la localidad.

En todo caso, serán respetadas las condiciones másbeneficiosas existentes en cada centro de trabajo.

Artículo 12.- Vacaciones.El personal comprendido en el presente Convenio,

disfrutará de un periodo anual de vacaciones mínimo deTREINTA DIAS NATURALES. Las vacaciones se disfrutaránen la época que, de común acuerdo, fijen el trabajador y laempresa, pudiendo los trabajadores establecer un ordenrotativo para el disfrute de las mismas.

La retribución correspondiente al periodo de vacaciones,estará constituida por el salario base y, en su caso, losaumentos periódicos por años de servicio y el plus consoli-dado.

Si el trabajador lo solicita con una semana de antelaciónal comienzo del disfrute de las vacaciones, tendrá derechoa percibir adelantadamente el 75% de la retribución corres-pondiente a la totalidad de las vacaciones.

En todo caso las vacaciones se disfrutarán en el año encurso, no pudiendo comenzar en sábado, domingo, festivoo día de descanso.

A partir de 10 trabajadores por centro de trabajo, el 50%de la plantilla del centro podrá disfrutar las vacaciones entrelos meses de Mayo a Septiembre a elección del empresario,siendo rotativo en cuanto a los trabajadores afectados.

Artículo 13.- Inasistencia retribuida.El personal del presente Convenio, tendrá derecho a

licencia, con sueldo, en cualquiera de los casos siguientes:a) Matrimonio del trabajador, quince días.b) Necesidad de atender personalmente asuntos propios

que no admitan demora, incluyendo entre ellos aquellos queconsistan en la adquisición de bienes o servicios para losque sea inexcusable la asistencia personal del trabajador,hasta seis días.

c) Muerte del cónyuge, tres días, y por muerte de ascen-dientes, descendientes o hermanos o enfermedad grave delcónyuge, padre o hijos, dos días. Cuando, con tales motivos,el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, elplazo será de cinco días.

d) Nacimiento de hijo, seis días naturales.e) Fallecimiento de parientes de tercer grado, un día.f) Traslado del domicilio habitual, un día.Al respecto, se observarán las siguientes normas:1º.- En los casos a que se refiere el apartado b) se otor-

gará la licencia demostrada la indudable necesidad, sinperjuicio de lo expuesto anteriormente.

Page 27: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 27Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003B.O.P. de Almería

2º.- La concesión de las licencias corresponde al empre-sario o a la persona en quién delegue en el caso a que serefiere el apartado a) y al jefe inmediato del solicitante, si lohubiere, en los demás apartados. En los supuestos recogi-dos en los apartados b y f antes indicados, la concesión sehará en el acto, sin perjuicio de las sanciones que puedanimponerse al trabajador que alegue causas que resultenfalsas, salvo en los supuestos de adquisición de bienes oservicios previstos en el apartado b), en cuyo caso el traba-jador lo pondrá en conocimiento de la empresa, con al me-nos tres días de antelación respecto de la fecha prevista,pudiendo la dirección de la misma variar ésta, atendiendo alas necesidades del proceso productivo, aplazando su dis-frute hasta un máximo de tres días. En el caso de matrimoniodel trabajador la resolución deberá adoptarse dentro de losquince días siguientes a la solicitud. En todos los casosincluidas las prórrogas se podrá exigir la oportuna justifica-ción de las causas alegadas.

3º.- No se descontarán a ningún efecto las licencias re-guladas en el presente artículo.

Artículo 14.- Trabajador estudiante.El trabajador que tenga acreditada su asistencia a cursos

oficiales autorizados u homologados por el Ministerio deEducación y Ciencia o cualquier otro organismo con compe-tencia para ello, tendrá derecho a salir del centro de trabajomedia hora antes del cierre del comercio.

Esta licencia sólo podrá afectar a un diez por ciento de laplantilla como máximo. La empresa podrá exigir justificantesde asistencia y aprovechamiento.

Cuando el trabajador curse con regularidad estudiospara la obtención de un título académico o profesional,tendrá derecho al disfrute de los permisos necesariospara concurrir a exámenes, así como a una preferencia aelegir turno de trabajo, si tal es el régimen instaurado en laempresa.

Artículo 15.- Falta al trabajo.No se considerará injustificada la falta al trabajo que se

derive por detención del trabajador tanto por causa sindicalcomo por causa criminal, si en los dos casos es posterior-mente absuelto o se archiva el expediente sin sanción deningún tipo. En ambos supuestos los días de falta se consi-derará licencia no retribuida.

TITULO IV.- REGIMEN ECONOMICO

Artículo 16.- Rendimiento mínimo.Dadas las dificultades técnicas que entraña el estableci-

miento de unas tablas de rendimientos mínimos en lasactividades encuadradas en el presente Convenio, por ladiversidad y diferentes estructuras de las empresas afecta-das, se considerará el rendimiento mínimo atemperado a losusos profesionales de cada actividad comercial de la loca-lidad.

No obstante, las empresas dentro de su peculiar organi-zación podrán establecer dichos rendimientos.

Artículo 17.- Incentivos.Cuando las empresas establezcan unas tablas de rendi-

mientos y el trabajador exceda del mínimo fijado, percibirá laprima o incentivo que previamente se establezca.

A estos efectos, será necesario que las condiciones y elprocedimiento sean acordados entre la empresa y la repre-sentación legal de los trabajadores, o en su defecto entre laempresa y los trabajadores.

I.- PERCEPCIONES SALARIALESArtículo 18.- Salario base.Comprende las retribuciones que, en jornada normal de

trabajo, figuran en la tabla de salarios del anexo, columna a).Artículo 19.- Plus de asistencia.Con esta finalidad, todos los trabajadores percibirán la

cantidad de 25,11euros mensuales.En caso de no asistencia al trabajo, se descontarán de la

cantidad indicada 1 euro, por día laborable.I.1.- Complementos personales.Artículo 20.- Aumentos periódicos por años de servicio.Con efectos de 1º de enero de 1995, el complemento por

el tiempo de servicios prestados a la misma empresa quedófijado en seis cuatrienios, como máximo.

El módulo para el cálculo y abono de dicho complementoserá la cuantía que figura en la columna b) del cuadro deretribuciones anexo al Convenio.

Lo dispuesto en el párrafo primero se entiende sin perjui-cio de los derechos adquiridos o en curso de adquisición enel tramo temporal correspondiente.

La fecha inicial para su determinación será la del ingresoen la empresa, incluido el tiempo de aspirantazgo o apren-dizaje, comenzando a devengarse a partir del día 1 del messiguiente en que se cumpla el cuatrienio.

Artículo 21.- Plus consolidado.- (sustituye al comple-mento a la protección familiar).

Como consecuencia de lo pactado en el convenio suscri-to para los años 1998-1999 sobre el concepto económico�complemento a la protección familiar�, en el que las partesfirmantes acordaron la supresión definitiva del concepto ytratamiento de dicho complemento, tanto en los aspectosnormativos como retributivos, que hasta el 31 de diciembrede 1999 se contemplaban y aplicaban, se asumen porambas partes los siguientes compromisos:

a) Los trabajadores mantendrán y consolidarán el com-plemento por matrimonio o por cada hijo que tuviese deven-gado a la indicada fecha, a cuyo efecto percibirán por esteconcepto la cantidad de 66,57 euros mensuales por matri-monio y, en su caso, 4,84 euros mensuales por cada hijo.

b) Los importes obtenidos, al amparo de lo previsto en laletra a) se mantendrán invariables y por tiempo indefinidocomo un complemento retributivo �ad personam�, es decir,no sufrirán modificaciones en ningún sentido y por ningunacausa, extinguiéndose juntamente con la extinción delcontrato del trabajador afectado con su empresa. Dichocomplemento retributivo �ad personam�, que estará sujeto acotización a la Seguridad Social, se reflejará en los recibosoficiales de salarios con la denominación de �plus consolidado�.

I.2.- Complementos por razón del puesto de trabajo.Artículo 22.- Idiomas.Los trabajadores con conocimientos acreditados ante su

empresa de una o más lenguas o idiomas nacionales yextranjeros, siempre que el uso de estos fuera requerido ypactado por escrito con la empresa, percibirán un aumentodel 10% de su salario base por cada idioma.

Artículo 23.- Gratificación especial por ornamenta-ción de escaparates.

El personal que no estando clasificado como escapara-tista, realice no obstante, con carácter normal, la función deornamentación de escaparates, tendrá derecho en concep-to de gratificación especial, a un plus del 10 por ciento de susalario base y aumentos por años de servicio.

Page 28: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 28 Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003 B.O.P. de Almería

Artículo24.- Plus de nocturnidad.Se considerará trabajo nocturno el realizado entre las

diez de la noche y las seis de la mañana.Salvo que el salario se haya establecido atendiendo a que

el trabajo sea nocturno por su propia naturaleza o se hayaacordado la compensación de este trabajo por descansos,por cada una de las horas trabajadas en el indicado períodonocturno, el trabajador tendrá derecho a percibir, en concep-to de plus de nocturnidad, la cantidad de 1 euro por horatrabajada.

En todo lo no previsto en el presente artículo, se estaráa lo dispuesto en el artículo 36 del Estatuto de los Traba-jadores.

I.3.- Complementos por razón de cantidad.Artículo 25.- Horas extraordinarias.Las horas extraordinarias se compensarán preferente-

mente mediante su abono en la siguiente cuantía: se fija unvalor unitario para todas las categorías profesionales, cifra-do en 7,37 euros por hora extraordinaria realizada, salvo lastrabajadas en vísperas de Navidad y Reyes, así como lasque se realicen con motivo de los domingos y festivos en quese aperturen los establecimientos, que se abonarán a razónde 9,71 euros hora.

No obstante, por acuerdo entre la empresa y el trabaja-dor, se podrá optar por que sean compensadas mediantedescanso retribuido dentro de los cuatro meses siguientesa su realización, en cuyo caso este será a razón de 1,5 horaspor hora trabajada, concentrándose su disfrute a razón de1,5 días por cada ocho horas extraordinarias trabajadas o detres días por cada dieciséis horas realizadas.

El número de horas extraordinarias no podrá ser superiora 80 al año, salvo lo previsto en el artículo 35.3 del Estatutode los Trabajadores.

La prestación de trabajo en horas extraordinarias serávoluntaria por parte del trabajador dentro de los límites seña-lados en el apartado anterior.

La realización de horas extraordinarias se registrará díaa día y se totalizará semanalmente, entregando copia delresumen semanal al trabajador en el parte correspondiente.

I.4.- De vencimiento periódico superior al mes.Artículo 26.- Gratificaciones extraordinarias.Las gratificaciones extraordinarias de Navidad y 24 de

junio (que sustituye a la de 18 de julio y se denominará pagade Verano), serán equivalentes al importe de una mensua-lidad cada una.

Dichas gratificaciones se abonarán en las fechassiguientes:

� La de Navidad, el 15 de diciembre , si éste fuese festivo,el día laborable inmediato anterior.

� La de 24 de junio , el día laborable inmediatamenteanterior a dicha fecha, caso de ser festivo el citado 24.

Cada gratificación estará constituida por el sueldo basey, en su caso, los aumentos por años de servicio y el plusconsolidado.

El importe de dichas gratificaciones será prorrateable enproporción al tiempo trabajado durante el año, computándo-se como tal el correspondiente a enfermedad justificada,accidente de trabajo, vacaciones y permisos retribuidos.

Gratificación en función de las ventas o beneficios.-El importe de esta gratificación será, como mínimo, de una

mensualidad al año, abonándose a razón del salario base y,en su caso, aumentos por años de servicio y el plus conso-lidado.

Dicha gratificación, se abonará por las empresas antesdel día 28 de febrero . Su importe será proporcional al tiempotrabajado durante el mismo, computándose como tal elcorrespondiente a enfermedad justificada, accidente detrabajo, vacaciones y permisos retribuidos.

II.- PERCEPCIONES NO SALARIALESArtículo 27.- Salidas, viajes y dietas.El personal al que se confiere alguna comisión se servi-

cio fuera de su residencia habitual de trabajo tendrá derechoa que se le abonen los gastos que hubiere efectuado, previapresentación de los justificantes correspondientes.

Dichos gastos no podrán ser superiores, cuando se tratede media dieta, al 80% del salario base diario de cada cate-goría profesional y, en el caso de la dieta completa, al 200%del salario base diario de su categoría.

Este límite máximo, no libera al trabajador de la obligaciónde presentar los justificantes de gastos.

En el caso de los traslados regulados en el apartado 4ºdel artículo 40 del Estatuto de los Trabajadores, las dietasestarán constituidas por los gastos que se justifiquen sin queopere el límite máximo del párrafo anterior.

En compensación de aquellos gastos cuya justificaciónno resulte posible, el personal tendrá derecho, además, auna dieta de 3,88 y 8,14 euros diarios, respectivamente,según que el desplazamiento sea por media jornada o porjornada completa.

En los desplazamientos en que el trabajador utilice vehí-culo propio, se abonará por la empresa 0,16 euros por Km.recorrido.

Artículo 28.- Plus de transporte.Se establece un plus de transporte urbano, por jornada

completa de trabajo, para todos los trabajadores afectadospor el presente Convenio, en la cuantía de 93,74 eurosmensuales.

En caso de no asistencia al trabajo, se descontarán de lacantidad indicada 3,75 euros, por día laborable.

Artículo 29- Quebranto de moneda.Previo acuerdo entre empresa y trabajador pactado por

escrito, el quebranto de moneda se otorga, como percep-ción extrasalarial, a los trabajadores con categoría profesio-nal distinta a la de Cobrador, que realicen con carácterhabitual y permanente las funciones propias de esta catego-ría, para compensar posibles perjuicios por errores en elmanejo habitual de moneda.

Los trabajadores percibirán por este concepto la canti-dad de 55,87 euros por mes efectivo trabajado.

Los trabajadores afectados por el presente artículo,deberán reponer a su costa el dinero que falte en las opera-ciones que realice por razón de este trabajo. Tal reposiciónno habrá de producirse, cuando la falta fuere debida a atracosufrido por el trabajador, circunstancia que habrá de consta-tarse fehacientemente.

Definición de Cobrador.- Es el empleado que tienecomo ocupación habitual realizar por cuenta de unasola empresa comercial cobros y pagos fuera del estableci-miento.

Page 29: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 29Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003B.O.P. de Almería

III.- INDEMNIZACIONESArtículo 30.- Complemento a la incapacidad temporal.Durante el tiempo en que un trabajador permanezca en

situación de incapacidad temporal debida a enfermedadcomún o accidente no laboral, la empresa abonará, comocomplemento a la prestación económica por dichas contin-gencias:

* En las dos primeras bajas del año, la cantidad necesariapara completar hasta el 80% de su sueldo base, antigüedady plus consolidado, en su caso, así como cualquier otroconcepto retributivo fijo que con carácter voluntario o pacta-do con el trabajador le venga abonando la empresa, desdeel 1º al 20 día de la baja, y el 100% de dichos conceptosretributivos a partir del día 21 y hasta un máximo de 15meses.

* En la tercera y sucesivas bajas dentro de un mismo año,la cantidad necesaria para completar hasta el 70% de susueldo base, antigüedad y plus consolidado, en su caso, asícomo cualquier otro concepto retributivo fijo que con carác-ter voluntario o pactado con el trabajador le venga abonandola empresa, desde el 1º al 20 día de la baja, y el 100% dedichos conceptos retributivos a partir del día 21 y hasta unmáximo de 15 meses.

Cuando la situación obedezca a accidente laboral oenfermedad profesional, la empresa abonará, como com-plemento a la prestación económica por dichas contingen-cias, la cantidad necesaria para completar hasta el 100% desu sueldo base, antigüedad y plus consolidado, en su caso,así como cualquier otro concepto retributivo fijo que concarácter voluntario o pactado con el trabajador le vengaabonando la empresa, a partir del día 1º de la baja y hasta unmáximo de 18 meses.

Artículo 31.- Nupcialidad.Se estará en todo caso a lo que disponga la normativa

general aplicable en cada momento, considerándose quetienen derecho adquirido las trabajadoras que hayan ingre-sado en la empresa antes de la entrada en vigor de la Ley deRelaciones Laborales de 4 de abril de 1976.

Artículo 32.- Ayuda por cese voluntario.A los trabajadores que, con al menos diez años de

antigüedad en la empresa, decidan, una vez cumplidos lossesenta años de edad, cesar voluntariamente, las empre-sas satisfarán el importe que resulte de la aplicación de lasiguiente escala:

� A los 60 años: 12 mensualidades.� A los 61 años: 11 mensualidades.� A los 62 años: 10 mensualidades.� A los 63 años: 9 mensualidades.� A los 64 años: 8 mensualidades.� A los 65 años: 6 mensualidades.Dichas mensualidades serán calculadas sobre el salario

base.Para su percepción habrá de solicitarse en el plazo de

tres meses desde el cumplimiento de la edad correspon-diente. Si cumplidos los 65 años de edad y seis meses mas,el trabajador no solicitase el cese, perderá el derecho a estaayuda.

Su devengo se efectuará de la forma siguiente:a) Supuesto de un solicitante. La empresa tendrá la facul-

tad de efectuar el pago fraccionado en un máximo de seismeses.

b) Supuesto de concurrencia de varios solicitantes. Siconcurriera en la empresa mas de un trabajador haciendouso de este derecho, ésta no se verá obligada a efectuarpago mensual por dicho concepto superior al correspon-diente al beneficiario que mayor mensualidad percibiese.Este pago mensual se prorrateará porcentualmente entrelos distintos beneficiarios, a cuyo efecto se aplicará lasiguiente fórmula:

Siendo A el salario mayor y B el salario menor, Z será lasuma de A + B.

En base a dichos signos:

A B� 100 = X ; � 100 = YB Z

Luego:A . X = Pago mensual mayor.A . Y = Pago mensual menor.Se entiende que la aplicación de esta fórmula será sólo y

exclusivamente durante los meses de concurrencia delpago de la ayuda, ya que al cesar esta concurrencia seabonará el cien por cien de su correspondiente importe albeneficiario, que aún no haya cobrado la totalidad de suayuda, hasta la liquidación en función de la escala.

El presente artículo perderá expresamente su vigencia el30 de abril de 2004.

Artículo 33.- Ayuda por defunción.En el caso de fallecimiento del trabajador con un año al

menos perteneciendo a la empresa, ésta queda obligada asatisfacer a sus derechohabientes el importe de CUATROMENSUALIDADES iguales, cada una de ellas, a la últimaque el trabajador viniere percibiendo, incrementada contodos los emolumentos inherentes a la misma.

Artículo 34.- Póliza de accidente.Las empresas incluidas en el ámbito de aplicación del

presente Convenio, concertarán una póliza de seguros quecubra los riesgos de muerte o invalidez en grado de incapa-cidad permanente absoluta o gran invalidez por causa deaccidente laboral, por la que, caso de que alguno de susproductores sufra tal circunstancia, cause a favor de susbeneficiarios de la Seguridad Social o, en su defecto, de susherederos legales, el derecho a la percepción de una indem-nización por importe de DIEZ MIL TRESCIENTOS EUROS.

IV.- OTRAS ESTIPULACIONES

Artículo 35.- Anticipos.Las retribuciones que se fijan en el presente Convenio se

entenderán sobre jornada completa, pudiendo hacerse elabono por semanas o meses, teniendo el trabajador dere-cho a percibir antes de que llegue el día señalado para elpago, anticipos a cuenta del trabajo realizado hasta el 90 porciento de la retribución devengada.

Artículo 36.- Cláusula de descuelgue.Los porcentajes de incremento salarial establecidos en

el presente Convenio no serán de necesaria y obligadaaplicación para aquellas empresas que acrediten objetiva yfehacientemente situaciones de déficit o pérdidas en los dosúltimos ejercicios.

Page 30: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 30 Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003 B.O.P. de Almería

En estos casos se trasladará a las partes la fijación delaumento de salarios.

Para valorar esta situación, se tendrán en cuentacircunstancias tales como el insuficiente nivel de produc-ción y ventas y se atenderán los datos que resulten de lacontabilidad de las empresas, de sus balances y de suscuentas de resultados.

Las empresas en las que, a su juicio, concurran lascircunstancias expresadas, comunicarán a los represen-tantes de los trabajadores su deseo de acogerse al proce-dimiento regulado en esta cláusula, en el plazo de un mes acontar de la fecha de publicación de este Convenio en elB.O.P.. En la misma forma será obligatoria su comunicacióna la Comisión Paritaria del Convenio.

En el plazo de veinte días naturales siguientes a contar deesta comunicación, la empresa facilitará a los representan-tes de los trabajadores la documentación a que se ha hechoreferencia en el párrafo segundo, y dentro de los siguientesdiez días las partes acordarán la procedencia o improceden-cia de la aplicación de esta cláusula.

El resultado de esta negociación será comunicado a laComisión Paritaria del Convenio en el plazo de los cinco díassiguientes a haberse producido el acuerdo o desacuerdo,procediéndose de la forma siguiente:

a) En caso de acuerdo, la empresa y los representantesde los trabajadores negociarán la determinación de las nue-vas condiciones salariales.

b) De no existir acuerdo, la Comisión Paritaria examinarálos datos puestos a su disposición, pudiendo recabar ladocumentación complementaria que estime pertinente parauna mejor o más completa información y oirá a las partes.

La Comisión Paritaria dispondrá de un plazo no superiora un mes, a partir de que las partes le den traslado deldesacuerdo, para pronunciarse sobre si en la empresasolicitante concurren o no las circunstancias exigidas enel párrafo primero de esta cláusula.

Ante la falta de acuerdo de la Comisión Paritaria, quedaráabierta la vía administrativa o jurisdiccional competente.

Los plazos establecidos en esta cláusula serán de cadu-cidad a todos los efectos.

En todo caso, debe entenderse que lo establecido en lospárrafos anteriores sólo afectará al concepto salarial,hallándose obligadas las empresas afectadas por el conte-nido del resto de lo pactado en este Convenio.

Los representantes de los trabajadores, así como losmiembros de la Comisión Paritaria, en su caso, estánobligados a tratar y mantener en la mayor reserva la informa-ción recibida y los datos a que hayan tenido acceso comoconsecuencia de lo establecido en los párrafos anteriores,observando, por consiguiente, respecto de todo ello, sigiloprofesional.

No podrán hacer uso de esta cláusula las empresasdurante dos años consecutivos.

Finalizado el periodo de descuelgue las empresas afec-tadas se obligan a proceder a la actualización inmediata delos salarios de los trabajadores, para ello, se aplicarán sobrelos salarios iniciales los diferentes incrementos pactadosdurante el tiempo que duró la aplicación de esta cláusula.

Artículo 37.- Anticipos reintegrables.Los trabajadores fijos de plantilla y los contratados con

mas de un año de antigüedad en la empresa, previa solicitud

escrita, tendrán derecho a percibir un anticipo a cuentade sus haberes, sin interés y por un importe que no podráexceder de tres mensualidades de su liquido a percibir,siempre que acrediten la necesidad económica sobrevenidapor alguna de estas circunstancias:

� Larga enfermedad, entendiendo por tal la que conlleveun periodo de convalecencia superior a los sesenta días, uhospitalización por igual periodo, del trabajador, su cónyuge,e hijos no emancipados.

� Fallecimiento del cónyuge o hijos no emancipados.� Perdida del puesto de trabajo del cónyuge.� Adquisición de primera vivienda.� Matrimonio del trabajador.Se entenderá que no concurren las circunstancias que

afectan al cónyuge, en los supuestos de separación legal.La dirección de la empresa, una vez constatada la

circunstancia alegada, procederá a la concesión del anticiposolicitado, en el plazo máximo de un mes a partir de la fechade su solicitud, documentándose la referida concesión,haciéndose constar la cantidad que, de común acuerdo,convengan las partes, cuya cuantía no podrá ser inferior auna mensualidad ni superior a tres, así como sus cuotas deamortización que se fijan en 60, 90 ó 120 euros mensuales,según que la cuantía del anticipo corresponda a uno, dos otres meses, debiendo ser detraídas de la nómina.

No obstante, en el supuesto de que el trabajador dejara deprestar servicio en la empresa durante la vigencia del antici-po, ésta queda facultada para detraer de la liquidación-fini-quito correspondiente el montante a que ascienda la sumapendiente de amortización.

En todo caso, no se atenderán aquellas solicitudes queexcedan del 15% de la plantilla.

Igualmente, no podrá formalizarse nueva solicitud hastala total amortización del anterior anticipo y hasta transcurri-dos seis meses.

TITULO V.- FUNCIONES Y CLASIFICACIONDEL PERSONAL

Artículo 38.- Conductor.Es el empleado que, estando en posesión de cualquier

clase de carnet de conducir, se contrata únicamente paraconducir vehículos, sin necesidad de conocimientos mecá-nicos y con la obligación de dirigir el acondicionamiento dela carga, con participación activa en ello, situándose en lacaja del vehículo si ello fuese necesario, mas sin el trasladode los bultos desde el lugar en que se encuentren hasta elvehículo y viceversa.

El conductor de primera, tendrá la categoría de oficial deprimera. El conductor de segunda tendrá la categoría deoficial de segunda y el conductor de tercera tendrá la cate-goría de oficial de tercera.

El cambio de permiso de conducir no implicará el ascen-so de categoría.

Artículo 39.- Conductor-Repartidor.Se mantiene la categoría de conductor-repartidor que

quedará incluida dentro de las específicas como personal deservicios y actividades auxiliares, con la siguiente definición:

Conductor-Repartidor: Es el trabajador en posesión depermiso de conducir vehículos de tracción mecánica, queconoce las mercancías de su establecimiento a nivel de

Page 31: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 31Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003B.O.P. de Almería

identificación y uso y sabe las prácticas de embalado, enfar-dado, recepción y facturación de éstas, contratado por laempresa para el reparto, entrega domiciliaria y transporte deaquéllas dentro y fuera del establecimiento, pudiendocobrarlas cuando así se le encomendare, conduciendo elvehículo utilizado en esta tarea.

Se establecen tres categorías de conductor-repartidor,según el permiso de conducir mínimo requerido para el ve-hículo a conducir y con independencia del que realmenteposea el trabajador. Estas serán las siguientes:

a) Conductor-repartidor de primera: será el que conduz-ca vehículos que requieran permiso de conducir de primera.

b) Conductor-repartidor de segunda: será el que conduzcavehículos que requieran permiso de conducir de segunda.

c) Conductor-repartidor de tercera: será el que conduzcavehículos que requieran permiso de conducir de tercera.

En caso de que los conductores del artículo anterioroptasen por el cambio a esta categoría de acuerdo conla empresa, pactado por escrito, dichos conductoresmantendrán la siguiente clasificación:

� Conductor de primera igual a conductor-repartidor deprimera.

� Conductor de segunda igual a conductor-repartidor desegunda.

� Conductor de tercera igual a conductor-repartidor detercera.

Artículo 40.- Dependiente cajera de supermercados,autoservicios y almacenes.

Es el personal que tiene que efectuar los cobros de mer-cancías o abonos a clientes marcando estas operacionesen las cajas registradoras y controlando la salida de públicoa través de su zona de trabajo, manteniendo la misma encondiciones de orden y limpieza.

Como función complementaria y para el periodo en queno es necesario su presencia, realizará las tareas que acontinuación se determinan:

* Marcaje, comprobación y acondicionamiento demercancías. Reposición y colocación de mercancías en lasala de ventas.

* Acondicionamiento y adecentamiento de los lineales deventas previo a su reposición.

* Realizar el conteo y, una vez terminado, proceder alcontrol de ingresos.

Artículo 41.- Ayudante de dependiente cajera desupermercados, autoservicios y almacenes.

Es el empleado menor de veintidós años que auxilia ensus funciones a la dependiente cajera, pudiendo realizar porsí cuantas operaciones han quedado descritas como de lacompetencia de dicha categoría profesional.

No obstante, esta categoría podrá establecerse para lostrabajadores mayores de veintidós años, cuando sean denuevo ingreso en la empresa. En este caso, una vez quealcancen un año de profesionalidad en esta categoría pasa-rán automáticamente a la categoría de dependiente-cajera.

Artículo 42.- Personal de limpieza.Se mantiene la categoría de personal de limpieza que

quedará incluido dentro de las específicas como personal deservicios y actividades auxiliares, con la siguiente definición:Es el contratado para el aseo y limpieza de los locales ymobiliario de la empresa.

Cuando para ello se le requiera, podrá realizar las funcio-nes que le corresponden al mozo, con las siguientes limita-ciones, en el caso de ser femenino, la de no realizar trabajosespecialmente peligrosos, insalubres o penosos para sunaturaleza, así como los que puedan afectar a su situaciónde embarazo o maternidad. Caso de realizar tales funcio-nes, percibirá la retribución correspondiente a dicha catego-ría profesional.

Artículo 43.- Aprendiz.Esta categoría sólo podrá establecerse para trabajado-

res de hasta 19 años, con los que no se concierte un contratode trabajo para la formación.

TITULO VI.- CONTRATACION Y EMPRESASDE TRABAJO TEMPORAL

Artículo 44.- Contratos de duración determinada.1.- Contrato por obra o servicio determinado.- Se estará

a lo dispuesto en el artículo 15.1.a) del Estatuto de losTrabajadores.

De conformidad a lo previsto en dicho artículo, se identi-fican como trabajos o tareas con sustantividad propia,dentro de la actividad normal de las empresas del sector,que pueden cubrirse con contratos para la realización deobras o servicios determinados, los siguientes:

a) Las campañas específicas.b) La consolidación comercial en los casos de creación

o ampliación de un establecimiento.c) Las ferias, exposiciones y ventas especiales.d) Las promociones de productos o servicios propios o

de terceros.e) Los aniversarios.f) Y cualquiera otra tarea comercial que presente perfiles

propios o diferenciados del resto de la actividad.2.- Contrato eventual.- Se podrá celebrar este contrato

cuando las circunstancias del mercado o la acumulación detareas así lo exigieran, aun tratándose de la actividad normalde la empresa.

Al amparo de lo establecido en el artículo 3.2.b) del RealDecreto 2720/1998, por el que se desarrolla el artículo 15 delEstatuto de los Trabajadores, se modifica la duración máxi-ma de los contratos que se formalicen o se encuentren envigor a la firma del presente Convenio.

En tal sentido, se establece que la duración máxima deestos contratos será de doce meses dentro de un periodo dedieciocho meses, computándose el mismo a partir de lafecha en que se produzca la causa o circunstancia que jus-tifique su utilización.

En caso de que se concierte por un plazo inferior a docemeses podrá ser prorrogado, por una sola vez, medianteacuerdo de las partes, sin que la duración total del contratopueda exceder de dicho límite máximo.

3.- Contrato de interinidad.- Se podrá celebrar cuando setrate de sustituir a trabajadores con derecho a reserva delpuesto de trabajo, siempre que en el contrato de trabajo seespecifique el nombre del sustituido y la causa de su susti-tución.

Artículo 45.- Contrato para la formación.El contrato para la formación tendrá por objeto la adqui-

sición de la formación teórica y práctica necesaria para eldesempeño adecuado de un oficio o puesto de trabajo querequiera un determinado nivel de cualificación.

Page 32: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 32 Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003 B.O.P. de Almería

A) Se podrá celebrar con trabajadores mayores de 16años y menores de veintiún años que carezcan de la titula-ción requerida para realizar un contrato en prácticas. No seaplicará el limite máximo de edad cuando el contrato seconcierte con un trabajador minusválido.

B) La duración mínima del contrato será de 6 meses y lamáxima de 2 o 3 años, atendiendo a las categorías y puestosde trabajo que se relacionan, extraídos de la tabla salarial,anexo I del presente Convenio:

- Dependiente, tres años de duración máxima.- Oficial Administrativo, tres años de duración máxima.- Dibujante, Escaparatista, Rotulista, Cortador y Profe-

sionales de oficio de 1ª y 2ª, dos años de duración máxima.C) No se podrán celebrar contratos para la formación que

tengan por objeto la cualificación para un puesto de trabajoque haya sido desempeñado con anterioridad por el trabajadoren la misma empresa por tiempo superior a doce meses.

D) El tiempo dedicado a la formación teórica dependeráde las características del oficio o puesto de trabajo a desem-peñar y del número de horas establecido para el móduloformativo adecuado a dicho puesto u oficio, sin que, en nin-gún caso, pueda ser inferior al 15 por ciento de la jornadamáxima prevista en el presente convenio.

Respetando el límite anterior, el tiempo dedicado a laformación teórica sólo podrá concentrarse por semanas omeses.

Sólo cuando en la localidad donde radique el centro detrabajo no exista centro de formación acreditado por la Admi-nistración competente para impartir el curso de formaciónadecuado al objeto del contrato, dicha formación podrá dis-pensarse a través de centros de enseñanza a distanciaigualmente acreditados.

E) El contrato para la formación se presumirá de caráctercomún u ordinario cuando el empresario incumpla en sutotalidad sus obligaciones en materia de formación teórica.

Así mismo, en el supuesto de que el trabajador continua-se en la empresa al término del contrato, éste se entenderáconvertido en indefinido.

En todo lo no previsto en el presente artículo, se estará alo dispuesto en el artículo 11.2 del Estatuto de los Trabajado-res, en su nueva redacción dada por la Ley 63/1997, de 26de diciembre, y sus normas de desarrollo.

Artículo 46.- Contratación de los discapacitados.Las empresas que empleen a un número de 50 o más

trabajadores vendrán obligadas a que de entre ellos, almenos, el 2 por ciento sean trabajadores discapacitados.Dicho cómputo se realizará sobre la plantilla total de laempresa correspondiente, cualquiera que sea el número decentros de trabajo de aquélla y cualquiera que sea la formade contratación laboral que vincule a los trabajadores de laempresa.

En todo lo no previsto en el presente artículo, se estará alo dispuesto en el articulo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 deabril, de Integración Social de Minusválidos.

Artículo 47.- Copia básica de los contratos.De conformidad a lo dispuesto en el artículo 8.3.a) del

Estatuto de los Trabajadores, las empresas afectadas por elpresente Convenio deberán entregar a la representaciónlegal de los trabajadores (Delegados de Personal o Comitéde Empresa) una copia básica de todos los contratos que

deban celebrarse por escrito, salvo los relativos a una rela-ción especial de alta dirección, en un plazo no superior a diezdías desde la formalización del mismo. Dicha copia básicadeberá ser firmada por la representación legal de los traba-jadores, para su posterior remisión a la Oficina de Empleo,junto con el contrato.

Caso de no existir representación legal de los trabajado-res, también deberá formalizarse y remitirse a la Oficina deEmpleo dicha copia básica.

Artículo 48.- Fomento de la contratación indefinida.A los efectos de lo establecido en la Disposición Adicional

Primera de la Ley 12/2001, de 9 de julio (BOE 10.07.2001) demedidas urgentes de reforma del mercado de trabajo para elincremento del empleo y la mejora de su calidad, y en baseal apartado b) del punto 2, se pacta expresamente que todoslos contratos de duración determinada o temporal, incluidoslos contratos formativos, celebrados durante la vigencia delpresente convenio podrán transformarse en indefinidos consujeción a los requisitos y régimen jurídico establecido en lanormativa legal vigente en cada momento.

Así mismo, se estará a lo dispuesto en el artículo 47 dela Ley 53/2002, de 30 de diciembre, en el que se regula elprograma de fomento del empleo para el año 2003.

Artículo 49.- Empresas de Trabajo Temporal.Las partes signatarias del presente Convenio velarán por

que, en el ámbito funcional del mismo, se garantice el másexacto cumplimiento de la normativa aplicable a las Empre-sas de Trabajo Temporal, por lo que, de conformidad a loestablecido en los artículos 6.2 y 7 de la Ley 14/1994, lautilización de los contratos de puesta a disposición se limi-tará a los supuestos y con la duración siguientes:

a) Para la realización de una obra o servicio determinadocuya ejecución aunque limitada en el tiempo es, en principio,de duración incierta. Su duración coincidirá con el tiempodurante el cual subsista la causa que motivó el contrato.

b) Para atender las exigencias circunstanciales del mer-cado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, aun tra-tándose de la actividad normal de la empresa. Su duraciónno podrá exceder de seis meses.

c) Para sustituir a trabajadores de la empresa con dere-cho a reserva de puesto de trabajo. Su duración coincidirácon el tiempo durante el cual subsista la causa que motivóel contrato.

d) Para cubrir de forma temporal un puesto de trabajopermanente mientras dure el proceso de selección o promo-ción. Su duración no podrá exceder de tres meses.

En todo caso, se estará a lo que resulte de las actuacio-nes llevadas a cabo por el Grupo Tripartito, cuyo estableci-miento se anuncia en el Acuerdo Interconfederal para laEstabilidad del Empleo, en todos aquellos aspectos quepermitan un mejor funcionamiento de las citadas empresas.

Asimismo, de acuerdo con la modificación del artículo 17de dicha Ley, los trabajadores de las Empresas de TrabajoTemporal puestos a disposición tendrán derecho a presen-tar a través de los representantes de los trabajadores de lasempresas usuarias reclamaciones en relación con las con-diciones de ejecución de su actividad laboral. Los represen-tantes de los trabajadores de la empresa usuaria tendránatribuida la representación de los trabajadores en misiónmientras ésta dure, a efectos de formular cualquier reclama-ción en relación con las condiciones de ejecución de la

Page 33: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 33Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003B.O.P. de Almería

actividad laboral, en todo aquello que atañe a la prestación desus servicios en éstas.

Lo dispuesto en el párrafo anterior no será de aplicacióna las reclamaciones del trabajador respecto de la empresade trabajo temporal de la cual depende.

El personal en misión percibirá la retribución pactada enel presente Convenio, en los términos y porcentajes previs-tos en el proceso de convergencia que se especifica en elartículo 30 del Convenio Colectivo de ámbito estatal para lasempresas de trabajo temporal, publicado, por Resolución dela Dirección General de Trabajo de 12 de febrero de 1997, enel B.O.E. de 3 de marzo de 1997.

TITULO VII.- MOVILIDAD GEOGRAFICA

Artículo 50.- Traslados.Los traslados del personal a plaza distinta de donde tra-

baja podrán ser voluntarios o forzosos.El traslado voluntario es el concedido por la Empresa a

instancia del trabajador cuando haya vacante que por sucategoría pueda cubrir.

El traslado forzoso podrá ser impuesto en la forma pre-vista en el artículo 40 del Estatuto de los Trabajadores.

TITULO VIII.- SUSPENSION Y EXTINCIONDE LA RELACION LABORAL

Artículo 51.- Conciliación de la vida familiar y laboral.1.- Suspensión con reserva de puesto de trabajo.El contrato de trabajo podrá suspenderse por materni-

dad, riesgo durante el embarazo de la mujer trabajadora yadopción o acogimiento, preadoptivo o permanente, demenores de seis años.

a) En el supuesto de parto, la suspensión tendrá unaduración de dieciséis semanas que se disfrutarán de formaininterrumpidas, ampliables en el supuesto de parto múltipleen dos semanas mas por cada hijo a partir del segundo. Elperiodo de suspensión se distribuirá a opción de la interesa-da siempre que seis semanas sean inmediatamente poste-riores al parto. En caso de fallecimiento de la madre, el padrepodrá hacer uso de la totalidad o, en su caso, de la parte quereste del período de suspensión.

No obstante lo anterior, y sin perjuicios de las seis sema-nas inmediatas posteriores al parto de descanso obligatoriopara la madre, en el caso de que el padre y la madre trabajen,ésta, al iniciarse el periodo de descanso por maternidad,podrá optar por que el padre disfrute de una parte determi-nada e ininterrumpida del período de descanso posterior alparto bien de forma simultánea o sucesiva con el de lamadre, salvo que en el momento de su efectividad la incor-poración al trabajo de la madre suponga un riesgo para susalud.

En los casos de parto prematuro y en aquellos en que, porcualquier otra causa, el neonato deba permanecer hospita-lizado a continuación del parto, el período de suspensión,podrá computarse, a instancia de la madre o, en su defecto,del padre, a partir de la fecha del alta hospitalaria. Se exclu-yen de dicho cómputo las primeras seis semanas posterio-res al parto, de suspensión obligatoria del contrato de lamadre.

b) En los supuestos de adopción y acogimiento, tantopreadoptivo como permanente, de menores de hasta seis

años, la suspensión tendrá una duración de dieciséis sema-nas ininterrumpidas, ampliables en el supuesto de adopcióno acogimiento múltiple en dos semanas más por cada hijo apartir del segundo, contadas a elección del trabajador, biena partir de la decisión administrativa o judicial de acogimien-to, bien a partir de la resolución judicial por la que se cons-tituye la adopción.

La duración de la suspensión será, asimismo, de dieci-séis semanas en los supuestos de adopción o acogimientode menores mayores de seis años de edad cuando se tratede menores discapacitados o minusválidos o que por suscircunstancias y experiencias personales o que por provenirdel extranjero, tengan especiales dificultades de inserciónsocial y familiar debidamente acreditadas por los serviciossociales competentes.

En ambos casos, cuando la madre y el padre trabajen, elperíodo de suspensión se distribuirá a opción de los intere-sados, que podrán disfrutarlo de forma simultánea o suce-siva, siempre con períodos ininterrumpidos y con los límitesseñalados.

En los casos de disfrute simultáneo de períodos de des-canso, la suma de los mismos no podrá exceder de lasdieciséis semanas previstas en los apartados anteriores ode las que correspondan en caso de parto múltiple.

Los períodos a que se refieren las letras a) y b) de esteapartado 1, podrán disfrutarse en régimen de jornada com-pleta o a tiempo parcial, previo acuerdo entre los empresa-rios y los trabajadores afectados, en los términos que regla-mentariamente se determinen.

En los supuestos de adopción internacional, cuando seanecesario el desplazamiento previo de los padres al país deorigen del adoptado, el período de suspensión, previsto paracada caso en el presente artículo, podrá iniciarse hastacuatro semanas antes de la resolución por la que se cons-tituye la adopción.

c) En el supuesto de riesgo durante el embarazo, en lostérminos previstos en el artículo 26, apartados 2 y 3, de la Leyde Prevención de Riesgos Laborales, la suspensión delcontrato finalizará el día en que se inicie la suspensión delcontrato por maternidad biológica o desaparezca la imposi-bilidad de la trabajadora de reincorporarse a su puesto ante-rior o a otro compatible con su estado.

2.- Reducción de la jornada por motivos familiares.a) Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de

nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia deltrabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La mujer, porsu voluntad, podrá sustituir este derecho por una reducciónde su jornada en media hora con la misma finalidad. Estepermiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre oel padre en caso de que ambos trabajen.

En los casos de nacimientos de hijos prematuros o que,por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados acontinuación del parto, la madre o el padre tendrán derechoa ausentarse del trabajo durante una hora. Asimismo, ten-drán derecho a reducir su jornada de trabajo hasta un máxi-mo de dos horas, con la disminución proporcional del sala-rio. Para el disfrute de este permiso se estará a lo previstoen el apartado c) de este artículo.

b) Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidadodirecto algún menor de seis años o minusválido físico, psí-quico o sensorial, que no desempeñe una actividad retribui-

Page 34: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 34 Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003 B.O.P. de Almería

da, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo,con la disminución proporcional del salario entre, al menos,un tercio y un máximo de la mitad de la duración de aquélla.

Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse delcuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado deconsanguinidad o afinidad, que por razones de edad, acci-dente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y que nodesempeñe actividad retribuida.

La reducción de jornada contemplada en el presenteapartado constituye un derecho individual de los trabajado-res, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabaja-dores de la misma empresa generasen este derecho por elmismo causante, el empresario podrá limitar su ejerciciosimultáneo por razones justificadas de funcionamiento de laempresa.

c) La concreción horaria y la determinación del período dedisfrute del permiso de lactancia y de la reducción de jorna-da, previstos en los apartados anteriores, corresponderán altrabajador, dentro de su jornada ordinaria. El trabajador de-berá preavisar al empresario con quince días de antelaciónla fecha en que se reincorporará a su jornada ordinaria.

Las discrepancias surgidas entre empresario y trabaja-dor sobre la concreción horaria y la determinación de losperíodos de disfrute a que se ha hecho referencia, seránresueltas por la jurisdicción competente a través del proce-dimiento establecido en el artículo 138 bis de la Ley deProcedimiento Laboral.

3.- Excedencia por cuidado de familiares.Los trabajadores tendrán derecho a un periodo de exce-

dencia de duración no superior a tres años para atender alcuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturalezacomo por adopción, o en los supuestos de acogimiento,tanto permanente como preadoptivo, a contar desde la fechade nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial oadministrativa.

También tendrán derecho a un período de excedencia, deduración no superior a un año, los trabajadores para atenderal cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de consan-guinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente oenfermedad no pueda valerse por sí mismo, y no desempe-ñe actividad retribuida.

La excedencia a que se refiere el presente apartadoconstituye un derecho individual de los trabajadores, hom-bres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores dela misma empresa generasen este derecho por el mismosujeto causante, el empresario podrá limitar su ejerciciosimultáneo por razones justificadas de funcionamiento de laempresa.

Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a unnuevo período de excedencia, el inicio de la misma dará final que, en su caso, se viniera disfrutando.

El periodo en que el trabajador permanezca en situaciónde excedencia conforme a lo establecido en este artículoserá computable a efectos de antigüedad y el trabajadortendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profe-sional, a cuya participación deberá ser convocado por elempresario, especialmente con ocasión de su reincorpora-ción. Durante el primer año tendrá derecho a la reserva desu puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo la reservaquedará referida a un puesto de trabajo del mismo grupoprofesional o categoría equivalente.

Artículo 52.- Excedencias voluntarias.Podrán solicitar la excedencia voluntaria todos los traba-

jadores con al menos una antigüedad en la empresa de unaño.

La excedencia voluntaria se concederá por un plazo nomenor a dos años y no mayor a cinco.

Este derecho podrá ser ejercitado otra vez por el mismotrabajador si han transcurrido cuatro años desde el final dela anterior excedencia.

El trabajador excedente conserva sólo un derecho prefe-rente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoríaa la suya que hubiere o se produjeran en la empresa.

Artículo 53.- Excedencia por motivo de estudios.El trabajador, siempre que lleve al menos un año de ser-

vicio en la empresa, podrá solicitar excedencia voluntariapara cursar los estudios que le permitan la obtención de untítulo académico o profesional, a cuyo término tendrá dere-cho a ocupar obligatoriamente su plaza y en la misma cate-goría profesional que ostentaba, perdiendo tal derecho si nofuese solicitado por el interesado con anterioridad a la expi-ración del plazo por el que le fue concedida. La empresapodrá exigir justificantes de asistencia y aprovechamiento.

Esta excedencia podrá concederse por una sola vez o envarias veces, por un plazo no menor a un año y no mayor decinco, no computándose a ningún efecto el periodo de tiem-po en que los trabajadores permanezcan en tal situación,que no podrá afectar a mas del 10% de la plantilla.

Artículo 54.- Servicio militar o Civil sustitutorio.Durante el periodo de prestación del Servicio militar o

Civil sustitutorio, los trabajadores tendrán reservado supuesto de trabajo, debiendo reincorporarse a la Empresadentro de los 60 días naturales siguientes a partir de sulicenciamiento.

El personal que llevase un año prestando servicios en laempresa al ser incorporado al Servicio militar o Civil sustitu-torio, tiene derecho a percibir como si estuviese presente enel trabajo el importe de las pagas extraordinarias de Veranoy Navidad.

TITULO IX.- SEGURIDAD Y SALUD LABORAL

Artículo 55.- Seguridad y salud laboral.Se estará a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de no-

viembre, de Prevención de Riesgos Laborales y demásnormativa vigente sobre la materia.

Artículo 56.- Comisión Paritaria de Salud Laboral.Se constituye una Comisión de Salud Laboral con repre-

sentación paritaria, compuesta por un miembro de cada unade las Organizaciones firmantes del presente Convenio.

La Comisión habrá de reunirse, al menos, dos veces alaño, y su funcionamiento se realizará en la forma que lamisma acuerde.

Funciones y trabajo a desarrollar.1.- La promoción de la mejora de las condiciones de tra-

bajo dirigida a elevar el nivel de protección de la seguridad yla salud de los trabajadores en el trabajo.

2.- Promover el cumplimiento por los sujetos comprendi-dos en su ámbito de aplicación de la normativa de preven-ción de riesgos laborales.

3.- Promover la realización de actividades de informacióny formación de empresarios y trabajadores.

Page 35: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 35Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003B.O.P. de Almería

4.- Colaborar con las Administraciones pública compe-tentes en materia laboral, en orden a la difusión de las actua-ciones concretas que se planifiquen en este ámbito deactividad.

5.- Analizar la siniestralidad registrada en el sector,partiendo para ello de los datos que elabora el Centro Provin-cial de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

6.- Recabar de las Administraciones competentes asícomo de las instituciones implicadas, cuanta información seestime conveniente para un mejor conocimiento de la reali-dad del sector en materia preventiva.

7.- Cualquier otra función complementaria de las ante-riores.

Artículo 57.- Reconocimiento Médico.Las empresas afectadas por el presente Convenio soli-

citarán al Centro de Seguridad e Higiene el reconocimientomédico periódico para sus trabajadores.

Artículo 58.- Protección de la maternidad.- Si los resul-tados de la evaluación de los riesgos a que se refiere elartículo 16 de la Ley de Prevención de Riesgos Laboralesrevelasen un riesgo para la seguridad y la salud o una posiblerepercusión sobre el embarazo o la lactancia de las trabaja-doras, el empresario adoptará las medidas necesarias paraevitar la exposición a dicho riesgo.

Cuando la adopción de tales medidas no resultase posi-ble o, a pesar de llevarlas a cabo, las condiciones de unpuesto de trabajo pudieran influir negativamente en la saludde la trabajadora embarazada o en el feto, y así lo certifica elmédico de la Seguridad Social, ésta deberá desempeñar unpuesto de trabajo o función diferente y compatible con suestado.

El cambio de puesto o función se llevará a cabo de con-formidad con las reglas y criterios que se apliquen en lossupuestos de movilidad funcional y tendrá efectos hasta elmomento en que el estado de salud de la trabajadora permitasu reincorporación al anterior puesto.

En el supuesto de que no existiese puesto de trabajo ofunción compatible, la trabajadora podrá ser destinada a unpuesto no correspondiente a su grupo o categoría equivalen-te, si bien conservará el derecho al conjunto de retribucionesde su puesto de origen.

Lo dispuesto en los apartados precedentes será tambiénde aplicación durante el período de lactancia, si las condicio-nes de trabajo pudieran influir negativamente en la salud dela mujer o del hijo y así lo certificase el médico de la Segu-ridad Social.

Artículo 59.- Ropa de Trabajo.A los trabajadores que proceda, se les proveerá obligato-

riamente, por parte de la Empresa, de uniformes u otrasprendas, en concepto de útiles de trabajo, de las conocidasy típicas para la realización de las distintas y diversas acti-vidades que el uso viene aconsejando.

La provisión de tales prendas se ha de hacer al comenzarla relación laboral, en número de dos prendas, que se repon-drán en anualidades sucesivas de manera conveniente o, almenos, en la mitad de las mismas.

Artículo 60.- Botiquín.Se dispondrá en los centros de trabajo de los servicios

higiénicos y de un botiquín con el material preciso para lascuras de urgencia o que por su escasa importancia no re-quiera la intervención facultativa.

TITULO X- OTRAS DISPOSICIONES

Artículo 61.- Garantía de las condiciones laborales.Las empresas entregarán a cada trabajador que así lo

solicite por escrito, en un plazo de 10 días, fotocopia delparte de alta en la Seguridad Social debidamente diligencia-do en la Tesorería General de la Seguridad Social.

Artículo 62.- Registro del personal.Sólo podrán realizarse registros sobre la persona del

trabajador, en sus taquillas y demás efectos particularescuando sean necesarios para la protección del patrimonioempresarial y de los demás trabajadores de la empresa.

En su realización se respetará al máximo la dignidad eintimidad del trabajador y se contará con la asistencia de unrepresentante legal de los trabajadores o de otro trabajadorde la empresa siempre que se encuentre en el centro detrabajo.

Artículo 63.- Multas por aparcamiento indebido.En el supuesto de que un trabajador, realizando las fun-

ciones de reparto de mercancías dentro del casco urbano,por carecer de espacios reservados a la carga y descargao de estacionamiento autorizado, se le impusiera una multapor aparcamiento indebido, la empresa vendrá obligada a suabono, previa comprobación de las circunstancias concu-rrentes en el correspondiente boletín de denuncia.

Artículo 64.- Retirada de carnet.En el supuesto de que un trabajador realizando las fun-

ciones propias de su puesto de trabajo, empleando vehículopropio o de la empresa, le fuera retirado el permiso de con-ducir, la empresa vendrá obligada a acoplarle a otro puestode trabajo, conservando su retribución y categoría duranteeste tiempo, siempre que no se deba a circunstancias impu-tables al mismo.

En caso de que mediare responsabilidad en el acto queocasione la retirada del carnet, el trabajador será recolocadoen otro puesto de trabajo, con derecho al percibo de la retri-bución correspondiente al mismo.

En los supuestos en que la retirada de carnet se produz-can por actos realizados por el trabajador haciendo uso desu vehículo y no cumpliendo funciones de la empresa, seestará a lo dispuesto en el párrafo precedente, salvo queconcurran circunstancias de improcedencia temeraria,embriaguez y cualquier otra de similar naturaleza, en cuyocaso podrá la empresa proceder a su despido siempre quetal calificación venga dada por resolución judicial firme.

Artículo 65.- Compras en la Empresa.A los trabajadores que efectúen compras en el estableci-

miento donde prestan sus servicios, se les aplicará elmismo trato preferencial que reciba el mejor de los clientes.

Artículo 66.- Acoso sexual.De conformidad con la recomendación y el código de

conducta relativo a la protección de la dignidad de la mujery el hombre en el trabajo, de 27 de noviembre de 1991,número 92/131 CEE, las empresas y los representanteslegales de los trabajadores se comprometen a crear ymantener un entorno laboral donde se respete la dignidad ylibertad sexual del conjunto de personas que trabajan eneste ámbito laboral, actuando frente a todo comportamientoo conducta de naturaleza sexual, de palabra o acción, desa-rrollada en dicho ámbito, y que sea ofensiva para la trabaja-dora o el trabajador objeto de la misma.

Page 36: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 36 Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003 B.O.P. de Almería

Las quejas sobre este tipo de comportamientos podráncanalizarse a través de los representantes legales de lostrabajadores, siguiéndose el procedimiento sancionadorprevisto en el Título XIII del presente Convenio.

Acreditada la falta, será calificada como muy grave ysancionada de conformidad con lo dispuesto en el artículo84, a cuyo efecto constituirá una circunstancia agravante elhecho de que la conducta o comportamiento se lleve a caboprevaliéndose de una posición jerárquica.

TITULO XI.- FORMACION

Artículo 67.- Formación continua.A este respecto, se estará al contenido del II Acuerdo

Sectorial de Formación Continua en el Sector de Comercio,suscrito al amparo de lo establecido en el II Acuerdo Nacionalde Formación Continua.

TITULO XII.- DERECHOS SINDICALES

Artículo 68.- No discriminación en las relaciones labo-rales.

Las empresas reconocerán a sus trabajadores el dere-cho a sindicarse libremente y no podrán ser discriminadospara el empleo por razones de sexo, estado civil, por la edaddentro de los límites marcados por el Estatuto de los Traba-jadores, raza, condición social, ideas religiosas o políticas,afiliación o no a un sindicato, así como por razón de lenguadentro del Estado Español.

Artículo 69.- Legitimación.Estarán legitimados para intervenir en la Comisión Nego-

ciadora del presente Convenio los sindicatos que cuentencon un mínimo del 10 por ciento de los miembros de loscomités de empresa o delegados de personal en el ámbitogeográfico y funcional al que se refiere el Convenio, y lasasociaciones empresariales que, en los referidos ámbitos,cuenten con el 10% de los empresarios, en el sentido delartículo 1.2 del Estatuto de los Trabajadores, y siempre queéstas den ocupación a igual porcentaje de los trabajadoresafectados por el Convenio.

La Comisión Negociadora quedará válidamente consti-tuida cuando los sindicatos, federaciones o confederacio-nes y las asociaciones empresariales a que se refiere elapartado anterior representen como mínimo, respectiva-mente, a la mayoría absoluta de los miembros de los comi-tés de empresa y delegados de personal, en su caso, y aempresarios que ocupen a la mayoría de los trabajadoresafectados por el Convenio.

Artículo 70.- Permiso para la negociación del conve-nio.

Los miembros de la representación de los trabajadoresen la Comisión Negociadora del Convenio dispondrán detiempo retribuido para asistir a las sesiones negociadorashasta la finalización de las mismas. Esta licencia no podráafectar a mas de un trabajador de una misma empresa.

Artículo 71.- Locales y tablón de anuncios.En las empresas o centros de trabajo, siempre que sus

características lo permiten, se pondrá a disposición de losdelegados de personal o del comité de empresa un localadecuado en el que puedan desarrollar sus actividades ycomunicarse con los trabajadores, así como uno o varios

tablones de anuncios. Las posibles discrepancias se resol-verán por la autoridad laboral, previo informe de la Inspec-ción de Trabajo.

Artículo 72.- Excedencia por motivos sindicales.Quienes ostenten cargos electivos a nivel provincial,

autonómico o nacional, en las organizaciones sindicalesmás representativas, podrán tener derecho a la excedenciaforzosa, con derecho a reserva del puesto de trabajo y alcómputo de antigüedad mientras dure el ejercicio de sucargo representativo, debiendo reincorporarse a su puestode trabajo dentro del mes siguiente a la fecha del cese.

Artículo 73.- Competencias.Los miembros de Comités de Empresa tendrán las

competencias que establece el artículo 64 del Estatuto delos Trabajadores.

Los delegados de personal tendrán las competenciascontempladas en el artículo 62 del Estatuto de los Trabaja-dores.

Artículo 74.- Garantías.Los miembros del Comité de Empresa y los Delegados

de Personal, como representantes legales de los trabajado-res tendrán las siguientes garantías:

a) Apertura de expediente contradictorio en el supuestode sanciones por faltas graves o muy graves, en el que seránoídos, aparte del interesado, el comité de empresa o restan-tes delegados de personal.

b) Prioridad de permanencia en la empresa o centro detrabajo respecto de los demás trabajadores, en los supues-tos de suspensión o extinción por causas tecnológicas oeconómicas.

c) No ser despedido ni sancionado durante el ejercicio desus funciones ni dentro del año siguiente a la expiración desu mandato, salvo en casos de que ésta se produzca porrevocación o dimisión, siempre que el despido o sanción sebase en la acción del trabajador en el ejercicio de su repre-sentación, sin perjuicio, por tanto, de lo establecido en elartículo 54 del Estatuto del Trabajador.

Asimismo no podrá ser discriminado en su promocióneconómica o profesional en razón, precisamente, deldesempeño de su representación.

d) Expresar, colegiadamente, si se trata del comité, conlibertad sus opiniones en las materias concernientes a laesfera de su representación, pudiendo publicar, y distribuir,sin perturbar el normal desenvolvimiento del trabajo, laspublicaciones de interés laboral o social, comunicándolo a laempresa.

e) Disponer de un crédito de horas mensuales retribuidascada uno de los miembros del comité o delegado de perso-nal en cada centro de trabajo, para el ejercicio de sus funcio-nes de representación, de acuerdo con la escala estableci-da en el artículo 68 del Estatuto de los Trabajadores.

Artículo 75.- Horas sindicales.Sin perjuicio del crédito de horas establecidas en el artí-

culo 68 del Estatuto de los Trabajadores, hasta un máximode cuatro delegados de personal del sector, en los que con-curra la condición de ser miembros de los Comités Provin-ciales de los sindicatos que cuenten con un mínimo del 10%de dichos delegados, dispondrán de un máximo de 35 horasmensuales.

El reparto se hará por mitad entre los sindicatos firman-tes del presente Convenio.

Page 37: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 37Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003B.O.P. de Almería

La condición de miembro de la ejecutiva deberá ser acre-ditada por la Central Sindical a que pertenezca.

Los delegados de personal que disfruten de este derechopor cada una de las Centrales Sindicales, no podrán perte-necer a una misma empresa.

Los miembros del Comité de empresa podrán acumularlas horas sindicales de que disponen en beneficio de uno odos de sus componentes, sin rebasar el máximo total. Parasu efectividad, dicha acumulación deberá ser notificada a laempresa con indicación de los cedentes y beneficiarios dela acumulación y el número de horas que se acumulan aestos últimos.

Artículo 76.- Secciones Sindicales.1.- Los trabajadores afiliados a un sindicato podrán, en el

ámbito de la empresa o centro de trabajo:a) Constituir Secciones Sindicales de conformidad con lo

establecido en los Estatutos del Sindicato.b) Celebrar reuniones, previa notificación al empresario,

recaudar cuotas y distribuir información sindical, fuera de lashoras de trabajo y sin perturbar la actividad normal de laempresa.

c) Recibir información que le remita su sindicato.2.- Las Secciones Sindicales de los sindicatos más re-

presentativos y de los que tengan representación en loscomités de empresa o cuenten con delegados de personaltendrán los siguientes derechos:

a) Con la finalidad de facilitar la difusión de aquellos avi-sos que puedan interesar a los afiliados al sindicato y a lostrabajadores en general, la empresa pondrá a su disposiciónun tablón de anuncios que deberá situarse en el centro detrabajo y en lugar donde se garantice un adecuado accesoal mismo de los trabajadores.

b) A la negociación colectiva, en los términos estableci-dos en su legislación específica.

c) A la utilización de un local adecuado en el que puedandesarrollar sus actividades en aquellas empresas o centrosde trabajo con mas de 250 trabajadores.

3.- En las empresas o, en su caso, en los centros detrabajo que ocupen a mas de 250 trabajadores, cualquieraque sea la clase de su contrato, las Secciones Sindicalesque puedan constituirse por los trabajadores afiliados a lossindicatos con presencia en los comités de empresa esta-rán representadas, a todos los efectos, por delegados sindi-cales elegidos por y entre sus afiliados en la empresa o enel centro de trabajo.

4.- El número de delegados sindicales por cada secciónsindical de los sindicatos que hayan obtenido el 10 por cientode los votos en la elección al comité de empresa se deter-minará según la siguiente escala:

* De 250 a 750 trabajadores: Uno.* De 751 a 2.000 trabajadores: Dos.* De 2.001 a 5.000 trabajadores: Tres.* De 5.001 en adelante: Cuatro.Las Secciones Sindicales de aquellos sindicatos que no

hayan obtenido el 10 por ciento de los votos estarán repre-sentadas por un sólo delegado sindical.

5.- Los delegados sindicales, en el supuesto de que noformen parte del comité de empresa, tendrán las mismasgarantías que las establecidas legalmente por los miembrosde los comités de empresa, así como los siguientes dere-chos:

1º.- Tener acceso a la misma información y documenta-ción que la empresa ponga a disposición del comité deempresa, estando obligados los delegados sindicales aguardar sigilo profesional en aquellas materias en las quelegalmente proceda.

2º.- Asistir a las reuniones de los comités de empresa yde los órganos internos de la empresa en materia de segu-ridad e higiene con voz pero sin voto.

3º.- Ser oídos por la empresa previamente a la adopciónde medidas de carácter colectivo que afecten a los trabaja-dores en general y a los afiliados a su sindicato en particular,y especialmente en los despidos y sanciones de éstosúltimos.

Artículo 77.- Pactos discriminatorios.Serán nulos y sin efecto los preceptos reglamentarios,

las cláusulas de los Convenios Colectivos, los pactos indi-viduales y las decisiones unilaterales del empresario quecontengan o supongan cualquier tipo de discriminación en elempleo o en las condiciones de trabajo, sean favorables oadversas, por razón de la adhesión o no a un sindicato, a susacuerdos o al ejercicio en general de actividades sindicales.

Artículo 78.- Conducta antisindical.Cualquier trabajador o sindicato que considere lesiona-

dos los derechos de libertad sindical, por actuación delempleador, asociación patronal, Administraciones Públicaso cualquier otra persona, entidad o corporación pública oprivada, podrá recabar la tutela del derecho ante la jurisdic-ción competente a través del proceso de protección jurisdic-cional de los derechos fundamentales de la persona.

Expresamente serán consideradas lesiones a la libertadsindical los actos de injerencia consistentes en fomentar laconstitución de sindicatos dominados o controlados por unempleador o una asociación empresarial, o en sostenereconómicamente o en otra forma sindicatos con el mismopropósito de control.

Artículo 79.- Descuento cuota sindical.A requerimiento de los trabajadores afiliados al Sindicato,

las empresas afectadas por el Convenio descontarán en lanómina mensual de los afiliados el importe de la cuota sin-dical correspondiente. El delegado o representante sindical,con la autorización por escrito de los trabajadores interesa-dos en tal operación, remitirá a la dirección de la empresa unescrito, en el que se expresará con claridad, la cuantía de lacuota, la orden de descuento, el sindicato a que pertenece,y también el número de cuenta corriente o libreta de ahorrosa la que debe ser transferida la correspondiente cantidad.

En las empresas en que no existan delegados de perso-nal los trabajadores interesados en esta operación, podránrequerirlo individualmente, mediante escrito en el queconsten los datos anteriores.

Artículo 80.- Canon de negociación.Con el fin de atender económicamente la gestión de los

sindicatos representados en la Comisión Negociadora, lostrabajadores incluidos en el ámbito de aplicación del presen-te Convenio, podrán hacer efectiva la cuantía que se esta-blezca por dichos sindicatos, en concepto de Canon deNegociación. En todo caso se respetará la voluntad indivi-dual del trabajador.

El empresario procederá a su descuento sobre los sala-rios, con los requisitos expuestos para el descuento de lacuota sindical, de aquellos trabajadores interesados en larealización de tal operación.

Page 38: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 38 Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003 B.O.P. de Almería

TITULO XIII.- REGIMEN DISCIPLINARIO

Artículo 81.-Las empresas podrán sancionar las acciones u omisio-

nes punibles en que incurran los trabajadores de acuerdocon la graduación de las faltas y sanciones que se estable-cen en el presente texto.

Artículo 82.-Toda falta cometida por un trabajador se clasificará, aten-

diendo a su importancia y trascendencia, en leve, grave omuy grave.

Artículo 83.- Faltas leves.Se considerarán faltas leves las siguientes:1.- La suma de faltas de puntualidad en la asistencia al

trabajo cuando exceda de 15 minutos en un mes.2.- No cursar en tiempo oportuno la baja correspondiente

cuando se falte al trabajo por motivo justificado, a no ser quese pruebe la imposibilidad de haberlo efectuado.

3.- Pequeños descuidos en la conservación de los géne-ros o del material de la empresa.

4.- No comunicar a la empresa cualquier cambio dedomicilio.

5.- Las discusiones con otros trabajadores dentro delas dependencias de la empresa, siempre que no sea enpresencia del público.

6.- El abandono del trabajo sin causa justificada, auncuando sea por breve tiempo. Si como consecuencia delmismo se originase perjuicio grave a la empresa o hubierecausado riesgo a la integridad de las personas, esta faltapodrá ser considerada como grave o muy grave, según loscasos.

7.- Falta de aseo y limpieza personal cuando sea de talíndole que pueda afectar al proceso productivo e imagen dela empresa.

8.- No atender al público con la corrección y diligenciadebidos.

9.- Faltar un día de trabajo sin la debida autorización ocausa justificada.

Artículo 84.- Faltas graves.Se considerarán como faltas graves las siguientes:1.- La suma de faltas de puntualidad en la asistencia al

trabajo cuando exceda de treinta minutos en un mes.2.- La desobediencia a la Dirección de la empresa o a

quienes se encuentren con facultades de dirección u orga-nización en el ejercicio regular de sus funciones en cualquiermateria de trabajo. Si la desobediencia fuese reiterada oimplicase quebranto manifiesto de la disciplina en el trabajoo de ella se derivase perjuicio para la empresa o para laspersonas podrá ser calificada como falta muy grave.

3.- Descuido importante en la conservación de los géne-ros o del material de la empresa.

4.- Simular la presencia de otro trabajador, fichando ofirmando por él.

5.- Las discusiones con otros trabajadores en presenciadel público o que trascienda a éste.

6.- Emplear para uso propio artículos, enseres o prendasde la empresa, o sacarlos de las instalaciones o dependen-cias de la empresa a no ser que exista autorización.

7.- Realizar, sin el oportuno permiso, trabajos particula-res durante la jornada laboral.

8.- La inasistencia al trabajo sin la debida autorización ocausa justificada de dos días en seis meses.

9.- La comisión de tres faltas leves, aunque sea de distin-ta naturaleza, dentro de un trimestre y habiendo mediadosanción o amonestación por escrito.

Artículo 85.- Faltas muy graves.Se considerarán faltas muy graves las siguientes:1.- Faltar más de dos días al trabajo sin la debida autori-

zación o causa justificada en un año.2.- La simulación de enfermedad o accidente.3.- El fraude, deslealtad o abuso de confianza en las

gestiones encomendadas, así como en el trato con los otrostrabajadores o con cualquier otra persona durante el trabajo,o hacer negociaciones de comercio o industria por cuentapropia o de otra persona sin expresa autorización de laempresa, así como la competencia desleal en la actividad dela misma.

4.- Hacer desaparecer, inutilizar o causar desperfectosen materiales, útiles, herramientas, maquinarias, aparatos,instalaciones, edificios, enseres y documentos de la empresa.

5.- El robo, hurto o malversación cometidos tanto a laempresa como a los compañeros de trabajo o a cualquierotra persona dentro de las dependencias de la empresa odurante la jornada laboral en cualquier otro lugar.

6.- Violar el secreto de la correspondencia o documentosreservados de la empresa, o revelar a personas extrañas ala misma el contenido de éstos.

7.- Originar frecuentes riñas y pendencias con los com-pañeros de trabajo.

8.- Falta notoria de respeto o consideración al público.9.- Los malos tratos de palabra u obra o la falta grave de

respeto y consideración a los Jefes o a sus familiares, asícomo a los compañeros y subordinados.

10.- Toda conducta, en el ámbito laboral, que atente gra-vemente al respeto de la intimidad y dignidad mediante laofensa verbal o física, de carácter sexual. Si la referidaconducta es llevada a cabo prevaliéndose de una posiciónjerárquica, supondrá una circunstancia agravante de aquélla.

11.- La comisión por un superior de un hecho arbitrarioque suponga la vulneración de un derecho del trabajadorlegalmente reconocido, de donde se derive un perjuiciograve para el subordinado.

12.- La continuada y habitual falta de aseo y limpieza detal índole que pueda afectar al proceso productivo e imagende la empresa.

13.- La embriaguez habitual y drogodependencia mani-festada en jornada laboral y en su puesto de trabajo. Elestado de embriaguez o la ingestión de estupefacientes ma-nifestados una sola vez serán constitutivos de falta grave.

14.- Disminución continuada y voluntaria en el rendimien-to normal de su trabajo, siempre que no esté motivada porderecho alguno reconocido por las Leyes.

15.- La reincidencia en falta grave, aunque sea de distintanaturaleza, siempre que se cometa dentro de los seismeses siguientes de haberse producido la primera.

Artículo 86.- Régimen de sanciones.Corresponde a la Dirección de la empresa la facultad de

imponer sanciones en los términos estipulados en elpresente convenio. La sanción de las faltas leves, graves ymuy graves requerirá comunicación escrita al trabajador,haciendo constar la fecha y los hechos que la motivan.

Page 39: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 39Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003B.O.P. de Almería

Artículo 87.- Sanciones máximas.Las sanciones que podrán imponerse en cada caso,

atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán lassiguientes:

1ª.- Por faltas leves: Amonestación verbal. Amonestaciónpor escrito. Suspensión de empleo y sueldo hasta tres días.

2ª.- Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo detres a quince días.

3ª.- Por faltas muy graves: Desde la suspensión deempleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la resci-sión del contrato de trabajo en los supuestos en que la faltafuera calificada en su grado máximo.

Artículo 88.- Prescripción.La facultad de la Dirección de la empresa para sancionar

prescribirá para las faltas leves a los diez días, para las faltasgraves a los veinte días y para las muy graves a los sesentadías a partir de la fecha en que aquélla tuvo conocimiento desu comisión y, en cualquier caso, a los seis meses de haber-se cometido.

TITULO XIV.- RESOLUCION EXTRAJUDICIAL DECONFLICTOS COLECTIVOS LABORALES

Artículo 89.- Sistema de Resolución de ConflictosColectivos Laborales en Andalucía.

Agotadas sin acuerdo las actuaciones establecidas en elseno de la Comisión Paritaria, se instarán los procedimien-tos previstos en el Sistema de Resolución Extrajudicial deConflictos laborales de Andalucía (S.E.R.C.L.A.) de confor-midad con lo dispuesto en el Acuerdo Interprofesional parasu constitución de 3 de abril de 1996 y Reglamento deDesarrollo.

Se someterán a las actuaciones del S.E.R.C.L.A. losconflictos colectivos de interpretación y aplicación delconvenio colectivo o de otra índole que afecte a los trabaja-dores y empresarios incluidos en el ámbito de aplicación delpresente convenio.

DISPOSICIONES ADICIONALESPrimera.- Cláusula de garantía para el año 2003.En el caso de que el incremento anual del Indice de Pre-

cios al Consumo (IPC) al 31 de diciembre de 2003, supereel 3,50 por ciento, se efectuará una revisión económicasobre el exceso de dicho tanto por ciento.

Tal incremento, se abonará con efectos del 1º de enero de2003 sirviendo, por consiguiente, como base de cálculo parael incremento salarial del año 2004, y para llevarlo a cabo setomarán como referencia los salarios o tablas utilizadas enlos aumentos pactados en el año 2003.

Segunda.- Indemnización por cese.A partir de 1º de mayo de 2004, los trabajadores que, con

al menos diez años de antigüedad en la empresa, causenbaja voluntaria en la misma a partir de los sesenta años yhasta los 65 años, podrán acogerse a una de las siguienteopciones:

a) Disfrutar del período de vacaciones retribuidas queresulte de la aplicación de la siguiente escala:

� A los 60 años: 10 meses.� A los 61 años: 9 meses.� A los 62 años: 8 meses.� A los 63 años: 7 meses.

� A los 64 años: 6 meses.� A los 65 años: 5 meses.Para ejercer este derecho, habrá de solicitarse en el pla-

zo de tres meses desde el cumplimiento de la edad corres-pondiente.

La empresa hará entrega al trabajador que ejerza estederecho de un certificado acreditativo de su disfrute, en elque constará el número de meses.

Durante este período, se percibirá la retribución corres-pondiente al período vacacional, constituida por el salariobase y, en su caso, los aumentos periódicos por años deservicio y el plus consolidado.

b) Disfrutar del período de vacaciones retribuidas queresulte de la aplicación de la siguiente escala:

� A los 60 años: 8 meses.� A los 61 años: 7 meses.� A los 62 años: 6 meses.� A los 63 años: 5 meses.� A los 64 años: 4 meses.� A los 65 años: 3 meses.

El disfrute de estas vacaciones se hará efectivo con lacorrespondiente antelación a la fecha del cese, debiendocomunicar el trabajador de forma fehaciente y con la debidaanticipación a la empresa su decisión.

La empresa hará entrega al trabajador que ejerza estederecho de un certificado acreditativo de su disfrute, en elque constará el número de meses.

Durante este período, se percibirá la retribución corres-pondiente al período vacacional, constituida por el salariobase y, en su caso, los aumentos periódicos por años deservicio y el plus consolidado.

Tercera.- Legislación supletoria.En lo no dispuesto en el presente Convenio, se estará a

lo establecido en el Acuerdo para la sustitución de la Orde-nanza de Comercio, publicado en el B.O.E. de 9 de abril de1996, mediante Resolución de 21 de marzo de 1996, de laDirección General de Trabajo, donde se regulan, entre otrosextremos, la estructura profesional y el período de prueba.

A N E X O

TABLA SALARIAL PARA EL AÑO 2003

(a) (b)

SALARIO BASE CUATRIENIOS

CATEGORIAS PROFESIONALES (E/mes) (E/mes)

Grupo I. Personal Técnico Titulado.Titulado de grado superior 777,33 35,85Titulado de grado medio 710,93 32,72Ayudante Técnico Sanitario 660,50 30,34

Grupo II. Personal mercantil no tituladoy personal mercantil propiamente dicho.

Técnicos no titulados:Director 812,74 37,52Jefe de división 770,24 35,52Jefe de Personal, Jefe de compras, Jefede ventas y Encargado general 759,62 35,01

Page 40: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 40 Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003 B.O.P. de Almería

(a) (b)

SALARIO BASE CUATRIENIOS

CATEGORIAS PROFESIONALES (E/mes) (E/mes)

Jefe de sucursal o supermercado y Jefede almacén y Jefe de grupo 710,93 32,72Jefe de sección mercantil 685,69 31,53Encargado de establecimiento, Vendedor,Comprador e Interprete 671,03 30,83

Personal mercantil propiamente dicho:Dependiente mayor 735,80 33,80Viajante, Corredor de plaza, Dependientey Dependiente cajero 668,92 30,73Ayudante y Ayudante de Dependiente cajero 584,72 26,74Contratados para la formación y Aprendiz SMI �

Grupo III. Personal administrativo.

Personal técnico no titulado:Director 812,74 37,52Jefe de división 770,23 35,52Jefe administrativo 719,70 33,13Secretario 703,04 32,33Contable 676,25 31,07Jefe de sección administrativa 695,80 31,80

Personal administrativo propiamente dicho:Contable-Cajero o Taquimecanógrafo 676,25 31,07Oficial administrativo u Operador demáquinas contables y Procesador de datos 668,92 30,73Auxiliar administrativo o Perforista 612,42 28,06Contratados para la formación y Aprendiz SMI �

Grupo IV. Personal de servicios y actividadesauxiliares.Jefe de sección de servicios, Dibujante yEscaparatista 685,69 31,53Ayudante de montaje 549,44 25,08Delineante Visitador y Rotulista 610,01 27,95Cortador 646,04 29,64Ayudante de cortador 604,97 27,71Jefe de taller 684,88 31,48Profesional de oficio de 1ª y Técnicos demáquinas y electrodomésticos 652,98 29,97Profesional de oficio de 2ª 635,39 29,14Profesional de oficio de 3ª 608,79 27,89Capataz 635,73 29,16Mozo especializado y Palista 611,04 28,00Ascensorista y Telefonista 565,01 25,82Mozo 585,36 26,79Empaquetadora 592,03 27,11Conductor-repartidor de 1ª 703,38 32,35Conductor-repartidor de 2ª 672,95 30,92Conductor-repartidor de 3ª 635,85 29,16Personal de limpieza (jornada completa) 559,68 25,56Contratados para la formación y Aprendiz SMI �

Grupo V. Personal subalterno.Conserje 635,73 29,16Cobrador 642,81 29,50Vigilante, Sereno, Ordenanza y Portero 565,01 25,82

Administración de Justicia

8784/03

JUZGADO DE LO SOCIALNUMERO UNO DE ALMERIA

Procedimiento: Despidos 1054/2003.De: D/Dª FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ LEON.Contra: D/Dª MARE NOSTRUM S.L., AMBULANCIAS

ALCAZABA S.L., AMBULANCIAS LLORENTE S.L., AMBU-LANCIAS JIMENEZ S.L., AGRUPACION ALMERIENSE DEAMBULANCIAS y AMBULANCIAS M QUEVEDO S.L.

CÉDULA DE CITACIÓN

En resolución del día de la fecha dictada en la ejecuciónnúm.: 1054/2003, seguidos en este JUZGADO DE LOSOCIAL NUMERO 1 DE ALMERIA y su provincia en materiade Despidos, a instancia de FRANCISCO JAVIER RODRI-GUEZ LEON, contra MARE NOSTRUM S.L., AMBULANCIASALCAZABA S.L., AMBULANCIAS LLORENTE S.L., AMBU-LANCIAS JIMENEZ S.L., AGRUPACION ALMERIENSE DEAMBULANCIAS y AMBULANCIAS M QUEVEDO S.L., se haacordado citar a las partes para que comparezcan el próxi-mo día 14 ENERO 2004 A LAS 10 HORAS en la Sala deAudiencia de este Juzgado, sito en CANONIGO MOLINAALONSO 8, PLTA 5, para la celebración de una comparecen-cia incidental prevista en el artículo 236 de la Ley de Proce-dimiento Laboral, debiendo comparecer personalmente opor persona legalmente apoderada y con los medios deprueba de que intenten valerse, con la prevención de que laincomparecencia injustificada de cualquiera de los citadosno causará la suspensión del acto.

Y para que sirva de citación en legal forma a FRANCISCOJAVIER RODRIGUEZ LEON, MARE NOSTRUM S.L., AMBU-LANCIAS ALCAZABA S.L., AMBULANCIAS LLORENTE S.L.,AMBULANCIAS JIMENEZ S.L., AGRUPACION ALMERIEN-SE DE AMBULANCIAS y AMBULANCIAS M QUEVEDO S.L.,cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, se expidela presente cédula de citación que se publicará en el BoletínOficial de Almería y se expondrá en el tablón de anuncios deeste Juzgado, con la advertencia de que las demás resolu-ciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadasen los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir laforma de auto o sentencia o se trate de emplazamientos yaquellas otras para las que la Ley expresamente dispongaotra cosa. Asimismo se le hace saber que tiene a su dispo-sición las actuaciones para su examen en la Secretaría deeste Juzgado.

Dado en Almería, a veinticuatro de noviembre de dos mil tres.EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, firma ilegible.

8785/03

JUZGADO DE LO SOCIALNUMERO UNO DE ALMERIA

Procedimiento: Despidos 1060/2003.De: D/Dª DOMINGO JOSE FERNANDEZ SOLA.Contra: D/Dª MARE NOSTRUM S.L., AMBULANCIAS

ALCAZABA S.L., AMBULANCIAS LLORENTE S.L., AMBU-

Page 41: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 41Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003B.O.P. de Almería

LANCIAS JIMENEZ S.L., AGRUPACION ALMERIENSE DEAMBULANCIAS y AMBULANCIAS M QUEVEDO S.L.

CÉDULA DE CITACIÓN

En resolución del día de la fecha dictada en la ejecuciónnúm.: 1060/2003, seguidos en este JUZGADO DE LOSOCIAL NUMERO 1 DE ALMERIA y su provincia en materiade Despidos, a instancia de DOMINGO JOSE FERNANDEZSOLA, contra MARE NOSTRUM S.L., AMBULANCIASALCAZABA S.L., AMBULANCIAS LLORENTE S.L., AMBU-LANCIAS JIMENEZ S.L., AGRUPACION ALMERIENSE DEAMBULANCIAS y AMBULANCIAS M QUEVEDO S.L., se haacordado citar a las partes para que comparezcan el próxi-mo día 14 ENERO 2004 A LAS 10 HORAS en la Sala deAudiencia de este Juzgado, sito en CANONIGO MOLINAALONSO 8, PLTA 5, para la celebración de una comparecen-cia incidental prevista en el artículo 236 de la Ley de Proce-dimiento Laboral, debiendo comparecer personalmente opor persona legalmente apoderada y con los medios deprueba de que intenten valerse, con la prevención de que laincomparecencia injustificada de cualquiera de los citadosno causará la suspensión del acto.

Y para que sirva de citación en legal forma a DOMINGOJOSE FERNANDEZ SOLA, MARE NOSTRUM S.L., AMBU-LANCIAS ALCAZABA S.L., AMBULANCIAS LLORENTE S.L.,AMBULANCIAS JIMENEZ S.L., AGRUPACION ALMERIEN-SE DE AMBULANCIAS y AMBULANCIAS M QUEVEDO S.L.,cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, se expidela presente cédula de citación que se publicará en el BoletínOficial de Almería y se expondrá en el tablón de anuncios deeste Juzgado, con la advertencia de que las demás resolu-ciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadasen los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir laforma de auto o sentencia o se trate de emplazamientos yaquellas otras para las que la Ley expresamente dispongaotra cosa. Asimismo se le hace saber que tiene a su dispo-sición las actuaciones para su examen en la Secretaría deeste Juzgado.

Dado en Almería, a veinticuatro de noviembre de dosmil tres.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, firma ilegible.

8787/03

JUZGADO DE LO SOCIALNUMERO UNO DE ALMERIA

E D I C T O

El Ilmo. Sr. D. Diego Miguel Alarcón Candela,Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Núm. Uno de estaCapital y su Provincia.

HAGO SABER: Que en el proceso núm. 918/02, seguidoa instancia de D. JOSE LUIS GOÑI GARCIA frente a INSS,SUMIFERRO, S.L. y MUTUA MIDAT, se ha dictado Providen-cia de anuncio de Recurso de Suplicación cuyo contenido escomo sigue:

«Se tiene por anunciado en tiempo y forma Recurso deSuplicación por la parte demandada, contra la sentenciadictada en este proceso. Adviértase al Letrado designadopor la parte recurrente D. Letrado de la Administración de laSeguridad Social que quedan a su disposición los autos en

la Secretaría de este Juzgado, para que en el plazo de UNAAUDIENCIA, a contar del siguiente día de la notificación, sehaga cargo de ellos y formalice el recurso por escrito en elplazo de DIEZ DIAS siguientes, que correrá cualquiera quesea el momento en que el Letrado retirara dichos autos.De no efectuarse lo que antecede en tiempo y forma,se tendrá por desierto el mencionado recurso. Contra estaProvidencia cabe Recurso de Reposición en el plazo deCINCO DIAS, ante este Organo Judicial. Así lo manda y firmaS.Sª Ilma. Doy fe.»

Y para que sirva de notificación en legal forma a la empre-sa demandada SUMIFERRO, S.L., extiendo el presente enAlmería, a diez de noviembre dos mil tres.

EL MAGISTRADO-JUEZ, Diego Miguel Alarcón Candela.EL SECRETARIO, firma ilegible.

8831/03

JUZGADO DE LO SOCIALNUMERO TRES DE ALMERIA

E D I C T O

D. Donato Alférez Moral, Secretario del Juzgado de loSocial Núm. Tres de Almería y su Provincia.

Por medio del presente Edicto,HACE SABER: Que en el Procedimiento seguido ante

este Juzgado bajo el núm. Ejec. 120/03 sobre DESPIDO, ainstancia de EVA MOLINA MARTINEZ contra, WALLSTREET INSTITUTE ALMERIA, S.L. Y FOGASA aparecedictada RESOLUCION cuyo contenido es como sigue:

A U T O : En la Ciudad de Almería, a veintiocho de noviem-bre de dos mil tres.

H E C H O SPRIMERO: En el Procedimiento seguido en este Juzga-

do de lo Social n° 3, con el núm. 360/03 hoy en Ejecución n°120/03 a instancia de Dª EVA MOLINA MARTINEZ, con D.N.I.n° 02.718.665-Q contra la empresa, WALL STREET INSTI-TUTE ALMERIA S.L. y FOGASA, en reclamación sobreDESPIDO, se dictó sentencia en fecha 27-06-03 por la quese declaraba la IMPROCEDENCIA del mismo, condenandoa la empresa a que, en el término de cinco días, optara entrela readmisión del trabajador o el abono de la indemnizaciónfijada en el fallo, así como a que, en cualquiera de ambossupuestos, lo salarios de tramitación.

SEGUNDO: La mencionada sentencia, quedó notificadaa la parte demandada, el pasado día 30-09-03 (por medio deEdictos) adquirió la condición de firme, sin que por aquella sehubiera procedido a darle cumplimiento, instando la ejecu-ción la parte actora el día 30-07-03, siendo citadas de com-parecencia las partes, habiéndose celebrado la misma conel resultado que consta en autos.

TERCERO: Que en la tramitación de las presentesactuaciones se han cumplido con las formalidades prescri-tas por la Ley.

RAZONAMIENTOS JURIDICOSUNICO: Apareciendo acreditado que la empresa deman-

dada no ha procedido a la readmisión del trabajador, proce-de, de conformidad con lo establecido en el art. 279.2. a), b)y c ) de la Vigente Ley de Procedimiento laboral, declarar laextinción de las relaciones laborales desde la fecha de lapresente resolución, sustituyendo la obligación de readmi-

Page 42: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 42 Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003 B.O.P. de Almería

sión por una Indemnización, en concepto de daños y perjui-cios, de conformidad con lo que dispone el núm. 1 del art. 110de la Ley citada, así como al abono de los salarios dejadosde percibir desde la fecha del despido y hasta la de la presen-te resolución.

Vistos, además de los citados preceptos, los de generaly pertinente aplicación,

D I S P O N G OQue debía declarar y declaraba extinguidas, con esta

fecha, las relaciones laborales existentes entre el trabajador,Dª EVA MOLINA MARTINEZ y la empresa WALL STREETINSTITUTE ALMERIA S.L., condenando a esta última, a queabonen a la parte actora la cantidad de 8.269�83 EUROS deIndemnización (calculadas desde el inicio de la relación la-boral 1-09-97 (6 años, 2 meses y 28 días) hasta hoy, al nohaber optado la empresa y con un salario diario de 29�43EUROS incluidas las gratificaciones extraordinarias), asícomo, además los salarios dejados de percibir desde lafecha del despido (17-03-03) hasta la de la presente resolu-ción (28-11-03), 257 días, que asciende a una cantidad de7.563�51 EUROS.; y todo ello, sin perjuicio de la responsa-bilidad del Fondo de Garantía Salarial en los supuestos y conlos límites del art. 33 del E.T.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndo-les saber que contra la misma cabe Interponer el Recurso deReposición, en el plazo de Cinco días, y ante ese Juzgado.Notifíquese al ejecutado, WALL STREET INSTITUTE ALME-RIA S.L. por medio de Edictos a publicar en el Tablón deanuncios de este Juzgado y B.O.P. de Almería.

Así lo mandó y firma el Iltmo. Sr. D. Juan Carlos AparicioTobaruela, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº 3 deAlmería, y su Provincia.

Y para que conste y sirva notificación al demandado,WALL STREET INSTITUTE ALMERIA S.L., que se encuentraactualmente en ignorado paradero y que tuvo su últimodomicilio conocido en Avda. de la Estación 25 de Almería,expido la presente en Almería, a veintiocho de noviembre dedos mil tres.

EL SECRETARIO, Donato Alférez Moral.

8833/03

JUZGADO DE LO SOCIALNUMERO TRES DE ALMERIA

E D I C T O

D. Donato Alférez Moral, Secretario del Juzgado de loSocial Núm. Tres de Almería y su Provincia.

Por medio del presente EdictoHACE SABER: Que en este Juzgado se sigue ejecución

núm. 81/03, dimanante de los autos núm. 626/02 a instan-cias de D. PEDRO MANUEL CORTES SANCHEZ frente a laempresa ALMERIAZUL, S.L. y EL FONDO DE GARANTIASALARIAL, sobre RECLAMACION DE CANTIDAD, habién-dose dictado el siguiente:

A U T OEn la Ciudad de Almería, a dos de diciembre de dos mil

tres.H E C H O SPRIMERO.- Que en los presentes autos con fecha 13/05/

03 por medio de escrito presentado por la parte actora, se

solicitó la ejecución de la sentencia dictada en el presenteprocedimiento, la cual se acordó por auto de fecha 2/06/03y acordando el embargo de bienes del deudor para laexacción de las cantidades que por principal y costas se lereclamaban en las presentes diligencias de ejecución, seembargó a la ejecutada la cantidad de 120 EUROS, que seofreció a la parte actora, y dieron resultado negativo lasrestantes practicadas al efecto, recabada información, fueasimismo negativa.

SEGUNDO.- Que se ha dado Audiencia al Fondo deGarantía Salarial, con fecha 20/11/03, sin que por el mismose haya hecho alegación alguna.

RAZONAMIENTOS JURIDICOSUNICO.- Que no habiendo sido hallados al deudor bienes

de clase alguna, susceptibles de traba y practicada que hasido la información pertinente a tal efecto, procede, a tenorde lo prevenido en el art. 274 del Texto Articulado de Proce-dimiento Laboral, aprobado por Real Decreto 2/1995 de 7 deabril, declarar la Insolvencia del mismo, con carácter provi-sional, y sin perjuicio de su prosecución, si viniere a mejorfortuna.

Visto el citado precepto y los de general y pertinenteaplicación.

D I S P O N G OA los efectos de las presentes actuaciones, se declara

INSOLVENTE PROVISIONAL, PARCIAL por ahora, a laejecutada ALMERIAZUL, S.L., con NIF. B- 04174017 y quetuvo su ultimo domicilio en c/. Diego Puerta 7, Cortijos deMarín. Roquetas de Mar (Almería), sin perjuicio de que llega-ra a mejor fortuna y pudieran hacerse efectivas en susbienes, las cantidades que por principal y costas estáobligado a satisfacer.

Notifíquese la presente resolución a las partes, y alFONDO DE GARANTIA SALARIAL, haciéndoles saber quecontra la misma podrán interponer Recurso de Reposiciónen el plazo de cinco días, y una vez firme archívense lasactuaciones sin más trámite. Y a la ejecutada medianteEdictos que se publicarán en el Tablón de anuncios de esteJuzgado y en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería,librándose los despachos necesarios.

Así lo manda y firma el Iltmo. Sr. D. Juan Carlos AparicioTobaruela, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Núm.Tres de Almería y su Provincia.

E/.- Firmado y rubricado.Y para que conste y sirva de notificación del auto a la

ejecutada ALMERIAZUL, S.L. que tuvo su último domicilioconocido en c/. Diego Puerta 7, Cortijos de Marín, Roquetasde Mar (Almería), dedicada a la actividad de transporte demercancías por carretera, expido y firmo el presente enAlmería, a dos de diciembre de dos mil tres.

EL SECRETARIO, Donato Alférez Moral.

8834/03

JUZGADO DE LO SOCIALNUMERO TRES DE ALMERIA

E D I C T O

D. Donato Alférez Moral, Secretario del Juzgado de loSocial Núm. Tres de Almería y su Provincia.

Por medio del presente Edicto,HACE SABER: Que en este Juzgado se sigue Ejecución

Page 43: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 43Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003B.O.P. de Almería

8765/03

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIONNUMERO UNO DE ROQUETAS DE MAR

Procedimiento: Verbal-Desh.F.Pago (N) 44/2003.Sobre: Acción de desahucio.De: D. Antonio Morales Felices.Procuradora: Sra. María Dolores Fuentes Mullor.Letrado: Sr. García Martínez Joaquín.Contra: Dª Emilienne Gabriella Gys.

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento VERBAL-DESH.F. PAGO (N)44/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia Núm. 1de Roquetas de Mar a instancia de ANTONIO MORALESFELICES contra EMILIENNE GABRIELLA GYS sobreACCION DE DESAHUCIO, se ha dictado la sentencia quecopiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIAEn Roquetas de Mar, a 13 de noviembre de 2003.Vistos por mí, Dª Eva María Gómez Díaz, Juez del Juzga-

do de Primera Instancia e Instrucción n° 1 de Roquetas deMar y de su Partido Judicial, los autos de JUICIO VERBAL DEDESAHUCIO DE FINCA URBANA POR FALTA DE PAGO DERENTAS, seguidos ante este Juzgado y registrados con elnúmero 44 del año 2003, a instancia de D. Antonio MoralesFelices, mayor de edad, D.N.I 27.489.689-C, con domicilioen Almería, calle Pío Baroja número 21, 7°-2, representadopor la Procuradora Dª María Dolores Fuentes Mullor, bajo ladirección Letrada de D. Joaquín García Martínez, frente aDª Emilienne Gabriella Gys, mayor de edad, N.I.EX-2149074-T, en situación procesal de rebeldía, y atendidosa los siguientes.

F A L L O : Que estimando la demanda de JUICIO VERBALDE DESAHUCIO DE FINCA URBANA POR FALTA DE PAGODE RENTAS interpuesta por la Procuradora Dª MaríaDolores Fuentes Mullor, en nombre y representación deD. Antonio Morales Felices, contra Dª Emilienne GabriellaGys, en situación procesal de rebeldía, DEBO DECLARARY DECLARO resuelto el contrato de arrendamiento suscritoentre el actor y la demandada sobre la vivienda sita enAguadulce-Roquetas de Mar, provincia de Almería, AvenidaPedro Muñoz Seca, Portal 1.4 F, Edificio FAMA ONCE, cele-brado a fecha de 1 de septiembre de 1998 y; debo condenary condeno a la demandada a dejar libre y expedita la viviendacitada a la libre disposición del actor en el plazo previstolegalmente de treinta días, con apercibimiento de lanza-miento en caso de incumplimiento.

Todo ello con expresa condena en costas a la demandada.Contra esta Sentencia se podrá interponer recurso de

apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Almería, que,en su caso, deberá interponerse ante este Juzgado dentrode los cinco días hábiles siguientes a aquél en que se prac-tique la notificación a las partes.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al de-mandado EMILIENNE GABRIELLA GYS, extiendo y firmo lapresente en Roquetas de Mar, a catorce de noviembre dedos mil tres.

EL/LA SECRETARIO, firma ilegible.

107/03 dimanante de los autos 323/03, a instancias deD. JOSE ROMUALDO LOPEZ LOPEZ, frente a la empresa

WSI ALMERIA S.L. (WALL STREET INSTITUTE), sobreRECLAMACION DE CANTIDAD, habiéndose dictado elsiguiente:

A U T OEn la Ciudad de Almería, a dos de diciembre de dos mil

tres.

H E C H O SPRIMERO.- Que en los presentes autos con fecha 4/07/

03 por medio de escrito presentado por la parte actora, se

solicitó la ejecución de la sentencia dictada en el presenteprocedimiento, la cual se acordó por auto de fecha 28/07/03y acordando el embargo de bienes del deudor para la exac-

ción de las cantidades que por principal y costas se le recla-maban en las presentes diligencias de ejecución, dieronresultado negativo y las practicadas al efecto, recabada

información, fue asimismo negativa.SEGUNDO.- Que se ha dado Audiencia al Fondo de

Garantía Salarial, con fecha 25/11/03, sin que por el mismo

se haya hecho alegación alguna.RAZONAMIENTOS JURIDICOSUNICO.- Que no habiendo sido hallados al deudor bienes

de clase alguna, susceptibles de traba y practicada que hasido la información pertinente a tal efecto, procede, a tenorde lo prevenido en el art. 274 del Texto Articulado de Proce-

dimiento Laboral, aprobado por Real Decreto 2/1995 de 7 deabril, declarar la Insolvencia del mismo, con carácter provi-sional, y sin perjuicio de su prosecución, si viniere a mejor

fortuna.Visto el citado precepto y los de general y pertinente

aplicación.

D I S P O N G OA los efectos de las presentes actuaciones, se declara

INSOLVENTE PROVISIONAL, por ahora, a la ejecutada WSI

ALMERIA, S.L. (nombre comercial WALL STREET INSTITU-TE), con NIF. B- 04277323 y que tuvo su ultimo domicilio enc/. Avda. de la Estación núm. 25, bajo, C.P. 04005 Almería,

sin perjuicio de que llegara a mejor fortuna y pudieran hacer-se efectivas en sus bienes, las cantidades que por principaly costas está obligado a satisfacer.

Notifíquese la presente resolución a las partes, y alFONDO DE GARANTIA SALARIAL, haciéndoles saber quecontra la misma podrán interponer Recurso de Reposición

en el plazo de cinco días, y una vez firme archívense lasactuaciones sin más trámite. Y a la ejecutada medianteEdictos que se publicarán en el Tablón de anuncios de este

Juzgado y en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería,librándose los despachos necesarios.

Así lo manda y firma el Iltmo. Sr. D. Juan Carlos Aparicio

Tobaruela, Magistrado-Juez del Juzgado de lo SocialNúm. Tres de Almería y su Provincia.

E/. Firmado y rubricado.

Y para que conste y sirva de notificación del auto a laejecutada WSI ALMERIA S.L. (WALL STREET INSTITUTE),que tuvo su ultimo domicilio conocido en Avda. de la Estación

Núm. 25, bajo. C.P. 04003, de Almería, expido y firmo elpresente en Almería, a dos de diciembre de dos mil tres.

EL SECRETARIO, Donato Alférez Moral.

Page 44: S U M A R I O - dipalme.org...Nœmero 241 MiØrcoles, 17 de diciembre de 2003 0,50 Euros Depósito Legal AL-1-1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMER˝A Navarro

Pág. 44 Número 241 - Miércoles, 17 de diciembre de 2003 B.O.P. de Almería

Imprenta Diputación de Almería - Ctra. de Ronda, 216 - ALMERIA 2003

IMPORTE DE SUSCRIPCION(Según tarifa B.O.P. n.º 122 de 30-06-2003)

ANUAL........................................................................... 50,00 EurosSEMESTRE NATURAL..................................................... 25,00 "TRIMESTRE NATURAL.................................................... 13,00 "Ejemplares sueltos.......................................................... 0,50 "