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%AUCA DEL p eip e, 765-2018 MTC/01 Lima, 01 de octubre de 2018 VISTOS: La Nota de Elevación N° 136-2018-MTC/33.1 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE, Nota de Elevación N° 235-2018-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, Nota de Elevación N° 156-2018-MTC/21 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO, Memorándum N° 2255-2018-MTC/27 de la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones del Viceministerio de Comunicaciones y Memorándum 1152-2018-MTC/10.05 de la Oficina General de Administración - OGA. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1192, se aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura; Que, la Vigésimo Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1192, autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para que, en sus procedimientos de adquisición, expropiación y/o pago de mejoras, pueda elaborar Expedientes de Afectación Predial; Que, los Expedientes de Afectación Predial son aquellos que contienen el Expediente Técnico Legal y la Tasación, y que serán elaborados en su conjunto por el Sujeto Activo o Beneficiario y el Perito u Organismo Especializado, en el marco de sus competencias, en el plazo máximo de cuatro meses, contados a partir de la notificación de la comunicación prevista en el numeral 16.1 del Artículo 16 del Decreto Legislativo; Que, asimismo, la citada disposición establece que mediante resolución ministerial, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobará las disposiciones necesarias para su implementación; Que, de acuerdo a lo sustentado por la Dirección Ejecutiva de la Autoridad Gene jt utónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao — AATE, a través 4°' del Informe N° 043-2018-MTC/33.8, la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de dio - Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL mediante los Informes N° 2164-2018-MTC/03 de su Oficina de Asesoría Legal y N° 027-2018-MTC/20.15 emitido por su Unidad Gerencial de Derecho de Vía, la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS o z

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765-2018 MTC/01

Lima, 01 de octubre de 2018

VISTOS: La Nota de Elevación N° 136-2018-MTC/33.1 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE, Nota de Elevación N° 235-2018-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, Nota de Elevación N° 156-2018-MTC/21 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO, Memorándum N° 2255-2018-MTC/27 de la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones del Viceministerio de Comunicaciones y Memorándum N° 1152-2018-MTC/10.05 de la Oficina General de Administración - OGA.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1192, se aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura;

Que, la Vigésimo Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1192, autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para que, en sus procedimientos de adquisición, expropiación y/o pago de mejoras, pueda elaborar Expedientes de Afectación Predial;

Que, los Expedientes de Afectación Predial son aquellos que contienen el Expediente Técnico Legal y la Tasación, y que serán elaborados en su conjunto por el Sujeto Activo o Beneficiario y el Perito u Organismo Especializado, en el marco de sus competencias, en el plazo máximo de cuatro meses, contados a partir de la notificación de la comunicación prevista en el numeral 16.1 del Artículo 16 del Decreto Legislativo;

Que, asimismo, la citada disposición establece que mediante resolución ministerial, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobará las disposiciones necesarias para su implementación;

Que, de acuerdo a lo sustentado por la Dirección Ejecutiva de la Autoridad Gene jt utónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao — AATE, a través

4°' del Informe N° 043-2018-MTC/33.8, la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de dio - Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL mediante los Informes N° 2164-2018-MTC/03 de su Oficina de Asesoría Legal y N° 027-2018-MTC/20.15 emitido por su Unidad Gerencial de Derecho de Vía, la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS

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DESCENTRALIZADO, con Informe N° 024-2018-MTC/21.G0.0AJ, la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones del Viceministerio de Comunicaciones a través del Informe N° 1865-2018-MTC/27, y la Oficina General de Administración — OCA a través del Informe N° 0494-2018-MTC/10.05 de la Oficina de Patrimonio, se sustenta la emisión de una Directiva que regule el procedimiento para la elaboración de los Expedientes de Afectación Predial en el marco de lo establecido en la Vigésimo Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1192;

Que, mediante Memorándum N° 1770-2018-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable respecto al citado proyecto, sustentado en el Informe N° 0161-2018-MTC/09.05 de la Oficina de Organización y Racionalización;

Que, en ese sentido, las referidas Direcciones sustentan y proponen la aprobación del proyecto denominado: "Directiva que regula el procedimiento para la elaboración de los expedientes de afectación predial en el marco de los procedimientos de adquisición, expropiación y/o pago de mejoras de los inmuebles necesarios para la ejecución de los proyectos de infraestructura en el ámbito de competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones";

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Decreto Legislativo N° 1366, que modifica el Decreto Legislativo N° 1192, que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Aprobación

Aprobar la Directiva N°008 -2018-MTC/01, denominada "Directiva que regula el procedimiento para la elaboración de los expedientes de afectación predial en el marco de los procedimientos de adquisición, expropiación y/o pago de mejoras de los inmuebles necesarios para la ejecución de los proyectos de infraestructura en el ámbito de competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones", la cual forma parte integrante de la presente Resolución.

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765-2018 MTC/01

Artículo 2. Publicación Disponer la publicación de la Directiva aprobada en el artículo precedente

y la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe).

Regístrese y comuníquese.

EDMER TRUJILLO MORÉ Ministro de Transpodes y Comunicaciones

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DIRECTIVA N° 008 -2018 MTC/01

DIRECTIVA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DE LOS EXPEDIENTES DE AFECTACIÓN PREDIAL EN EL MARCO DE LOS PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIÓN, EXPROPIACIÓN YIO PAGO DE MEJORAS DE LOS INMUEBLES NECESARIOS PARA LA EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA EN EL AMBITO DE COMPETENCIA DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

OBJETIVO

Establecer el procedimiento para la elaboración de los Expedientes de Afectación Predial en el marco de los procedimientos de adquisición, expropiación y/o pago de mejoras de los inmuebles necesarios para la ejecución de los proyectos de infraestructura en el ámbito de competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones - MTC, de acuerdo a lo establecido en la Vigésimo Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley marco de adquisición y expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modificatorias (en adelante, la Ley).

FINALIDAD

Obtener de manera eficiente los Expedientes de Afectación Predial de los inmuebles necesarios para la ejecución oportuna de los proyectos de infraestructura del ámbito de competencia del MTC.

ALCANCE

Las disposiciones contenidas en la presente directiva son de cumplimiento obligatorio para las unidades de organización y proyectos especiales del MTC, tales como: el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional — PROVIAS NACIONAL, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado — PROVIAS DESCENTRALIZADO, la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao — AATE, la Oficina General de Administración del MTC — OGA, y otros que tengan a cargo la implementación de los procesos regulados por la Ley.

BASE LEGAL

4.1 Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

4.2 Decreto Legislativo N° 1192, que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura, y sus modificatorias.

4.3 Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC.

4.4 Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

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4.5 Reglamento Nacional de Tasaciones aprobado por Resolución Ministerial N° 172- 2016-VIVIENDA y sus modificatorias.

5. DISPOSICIONES GENERALES

5.1 DEL EQUIPO DE TRABAJO

5.1.1 El equipo de trabajo debe estar conformado, según corresponda, de la siguiente manera:

Ingeniero Civil o Ingeniero Geógrafo o Arquitecto, para el caso de afectaciones urbanas y en terrenos eriazos; o profesional en ciencias agrarias, para el caso de afectaciones rurales. Perito Tasador. Abogado. Verificador Catastral. Asistente técnico. Otro profesional que según su especialización se requiera para la elaboración del Expediente de Afectación Predial.

Los profesionales que conforman el equipo de trabajo deben encontrarse habilitados.

5.1.2 El equipo de trabajo realiza sus actividades de manera coordinada para lograr la obtención del Expediente de Afectación Predial dentro del plazo máximo previsto en la Vigésimo Primera Disposición Complementaria Final de la Ley, bajo responsabilidad.

5.2 DEL EXPEDIENTE DE AFECTACIÓN PREDIAL

5.2.1 La elaboración del Expediente de Afectación Predial está a cargo de las unidades de organización y proyectos especiales del MTC, y otros que tengan a cargo la implementación de los procesos regulados por la Ley.

5.2.2 El Expediente de Afectación Predial forma parte integrante del expediente administrativo del proceso de adquisición o expropiación o pago de mejoras previsto en la Ley, elaborado de conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

5.2.3 El Expediente de Afectación Predial contiene el i) Expediente Técnico Legal y, ii) el Informe Técnico de Tasación, así como los anexos de la presente Directiva.

5.2.4 El Expediente Técnico Legal debe contener la información establecida en el artículo 15 de la Ley.

Para efectos de la presente Directiva, el funcionario responsable de la unidad de organización o del proyecto especial del MTC, es el profesional a cargo de la revisión y conformidad del Expediente Técnico Legal, así como de la edificación a la que hace referencia el numeral 15.3 del artículo 15 de la Ley.

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5.2,5 El Informe Técnico de Tasación es elaborado y emitido de conformidad con el Reglamento Nacional de Tasaciones, y demás normas aplicables; el mismo que será revisado por el Supervisor responsable de tasaciones de la unidad de organización o del proyecto especial del MTC.

5.3 SUPERVISOR RESPONSABLE DE TASACIONES

Es el profesional de la unidad de organización o del proyecto especial del MTC, responsable del seguimiento y supervisión de la elaboración de las tasaciones, quien deberá ser un Perito Tasador con acreditada experiencia de no menos de cinco (05) años de experiencia en tasaciones de bienes afectados por la ejecución de proyectos de infraestructura, inscrito en el Registro de Peritos adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, o Colegio de Ingenieros del Perú, o Cuerpo Técnico de Tasaciones del Perú, o Superintendencia de Banca y Seguros, o Poder Judicial del Perú, o Colegio de Arquitectos del Perú.

6. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

6.1. ACTIVIDADES PREVIAS

Para la elaboración del Expediente de Afectación Predial, el Equipo de Trabajo debe contar con la documentación técnica y legal que le permita identificar el inmueble afectado por la ejecución del proyecto de infraestructura del ámbito de competencia del MTC, tales como:

Copia del Certificado de Búsqueda Catastral emitido por la Superintendencia Nacional de Registros Públicos - SUNARP del proyecto y/o inmueble afectado, según corresponda. Copia del cargo de la comunicación cursada a los Sujetos Pasivos y ocupantes del inmueble afectado. Copia del cargo de la solicitud de inscripción y/o del asiento de inscripción de la partida registral del inmueble afectado donde conste inscrita la anotación preventiva en el Registro de Predios de la SUNARP. Otra documentación que resulte necesaria.

6.2. ETAPAS PARA LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE DE AFECTACIÓN PREDIAL

6.2.1 TRABAJO DE CAMPO

El equipo de trabajo realiza la inspección ocular, previa coordinación con el Sujeto Pasivo, poseedor u ocupante del inmueble afectado por la ejecución del proyecto de infraestructura.

Durante la inspección ocular se llevan a cabo las siguientes actividades:

o Empadronamiento del Sujeto Pasivo, posesionario u ocupante del inmueble afectado.

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O Levantamiento de información del inmueble afectado, edificaciones y plantaciones.

c) La inspección ocular se realiza en presencia del Sujeto Pasivo, poseedor u ocupante del inmueble afectado, caso contrario, el Perito Tasador suscribe una Declaración Jurada, de acuerdo al formato que forma parte del anexo de la presente Directiva, informando de la imposibilidad de llevar a cabo la inspección ocular por falta de autorización, situación que no invalidará el informe técnico de tasación de conformidad con lo dispuesto en el numeral 15.4 del artículo 15 de la Ley.

En caso de encontrar en el inmueble afectado a una persona distinta a la previamente identificada como Sujeto Pasivo, poseedor u ocupante, el Equipo de Trabajo informa tal situación a la unidad de organización o proyecto especial del MTC correspondiente. Para el caso del Sujeto Pasivo, se deberá remitir la documentación que respalde el derecho invocado.

6.2.2 TRABAJO DE GABINETE

a) El Equipo de Trabajo procede a la revisión de la información obtenida en campo con el objetivo de corroborar su conformidad, así como culmina con la recopilación de la documentación solicitada a las entidades públicas. En caso de detectar inconsistencias de la información o documentación, procede a su corrección.

Posteriormente, realiza el procesamiento de datos que incluye las actividades de integración y validación de la información obtenida, concluyéndose con la elaboración de la documentación técnica legal, incluyendo el informe de sustento del perjuicio económico, de corresponder.

El Equipo de Trabajo culmina con la elaboración del Expediente Técnico Legal y el Informe Técnico de Tasación, el cual se remite a la unidad de organización o del proyecto especial del MTC, para su revisión.

6.2.3 REVISIÓN Y ENTREGA DEL EXPEDIENTE DE AFECTACIÓN PREDIAL

La revisión del Expediente Técnico Legal y del Informe Técnico de Tasación se realiza de manera conjunta y coordinada, dentro del plazo máximo de cinco (05) días hábiles, de acuerdo a lo señalado en los numerales 5.2.4 y 5.2.5 de la presente Directiva, emitiéndose la conformidad respectiva, mediante correo electrónico.

En caso de advertir observaciones, serán informadas dentro del plazo antes señalado, por única vez, vía correo electrónico, para su correspondiente subsanación. El Equipo de Trabajo realizará el levantamiento integral de las observaciones en el plazo máximo de tres (03) días hábiles, luego del cual se otorgará su conformidad correspondiente.

El equipo de trabajo entrega del Expediente de Afectación Predial en formato físico y digital a la unidad de organización o proyecto especial del MTC, correspondiente.

4

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DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

7.1 El MTC realiza, de ser el caso, las denuncias ante los respectivos Colegios Profesionales sobre cualquier conducta irregular en el ejercicio de la profesión en la que incurran los integrantes de los Equipos de Trabajo durante el desarrollo de los Expedientes de Afectación Predial.

7.2 Las características y condiciones específicas de contratación del Equipo de Trabajo se establecen en los términos de referencia y contrato, según corresponda.

8 RESPONSABILIDAD

8.1 El Director Ejecutivo, en el caso de los Proyectos Especiales, el Director General en caso de la Oficina General de Administración, son los responsables del cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente Directiva.

8.2 El Equipo de Trabajo es responsable de la elaboración y presentación del Expediente de Afectación Predial, conforme a lo establecido en la presente Directiva.

8.3 El contenido del Informe Técnico de Tasación es responsabilidad del perito tasador que lo suscribe.

9 ANEXOS

Forman parte de la presente Directiva los siguientes anexos: Anexo 01: Flujograma para la elaboración del Expediente de Afectación Predial. Anexo 02: Formato de Ficha Predial Urbana o Rural Anexo 03: Acta de Empadronamiento Anexo 04: Acta de Levantamiento de información de Edificaciones y/o Plantaciones. Anexo 05: Formato de Declaración Jurada. Anexo 06: Formato de Certificación del Expediente Técnico Legal. Anexo 07: Formato de Informe Técnico de Tasación.

EJEC

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ANEXO 01 1

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revisión O' coordinada

Actividades Previa,

Equ

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1.01 3

3. Recopila 1. Realiza

» documentación No Inspección

Ocular de entidades ».

5. Elabora Expediente ¿Exp. Técnico 11, 10. Entrega el

V

Técnico Legal e InformeTécnico

legal? Si

2 ..•

Expediente de Afectación

t . de Tasadón 8. Subsana

Predial

2. Revisa informadón de

4. Integra y valida la -- Observaciones

campo información según corresponda

1 A

Fu

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ona

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resp

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I

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7, Revisa 9. Expide

' —› Expediente Técnico Legal Si Si

Certificación :

¿Conforme?

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tasa

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1

7. Revisa Informe

No

Técnico de Tasadón

111> Si

¿Conforme?

7

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ANEXO 02

lel

1 n ir

5/

p R Ministerio de Transportes y Comunicaciones

PROYECTO:

FICHA PREDIAL URBANA

PROGRESIVAS:

TIPO DE PREDIO: Urb Sub Urb

Distrito y/o Localidad: Provincia: Departamento:

Altitud: misin.rn Temperatura: °c Precipitación:

VIAS DE COMUNICACIÓN:

Carretera Pavimentada: Principal Secundada

Carretera Destapada: Principal Secundaria

Camino

PENDIENTE DEL TERRENO

Menor a 5% Entre 5 - 10% Entre 11- 20% Entre 21- 30% Mas de 31%

UBICACIÓN:

ZONIFICAC ION

Residencial Industrial Comercial Recreacianal Servicios Publicas Otras Usos

Especificar Otros Usos

EQUIPAMIENTO URBANO DEL ENTORNO

Educacion Salud Recreativo Cultural Comercial Otros

Especificar Otras:

Menos de 5 km De 5-10km Mas de 10 Km

SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA URBANA

Energia Electrice Agua Potable Veredas Alcantarillado

Especificar otros:

AFECTACIONES

Lineas de alta tensión Invasiones Relleno sanitario Conflictos Otros

ad Egpe ficar otros:

4i4kANOS DE LOS PREDIOS ( m2 )

Pris . 0 - 100 m2 101 - 150 m2 151 - 200 m2 201 - 300 m2 301 - 500 m2 501 m2 a más

COMERCIALIZACIÓN DE LA TIERRA

Vecindario: I3 R IN Seguridad: a R ivi N,

c t r Im2 tlpico Valor Comercial/ m2 :

— OBSERVACIONES: ---

FECHA DE VISITA:

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ist

e.

ANEXO 03

PROYECTO:

I ' PERÚ Ministerio de Transportes y Comunicaciones

UBICACIÓN LOCALIDAD:

ACTA DE EMPADRONAMIENTO

PROGRESIVAS:

DATOS DEL EMPADRONADO:

Nombre:

Dirección: DM:

Teléfonos:

DATOS DEL INMUEBLE AFECTADO

Nombre del inmueble: Distrito y/o Localidad:

Provincia: Departamento:

Valor Comercial/ Ha: Area:

Valor Comercial/ m2:

DESTINACIÓN ECONÓMICA

Agropecuario Industrial Minero

Residencial: Comercial Recreacional

Otras:

Observaciones:

CONDICIÓN DEL EMPADRONADO

Sujeto Pasivo Poseedor Ocupante

TIPO DE DOCUMENTACIÓN

Partida Registral Prescripción no inscrita Documento de fecha cierta

Otros:

Nodo Escritura Notaria Fecha Matricula Inmobiliaria

VIAS DE ACCESO

tera Pavimentada Carretera Destapada Camino

rs bar,

P1

Declaramos que estamos conformes con la presente ACTA y para constancia firmamos:

El perito tasador: El Sujeto Pasivo, posesionario u ocupante:

de Res.: DNI: o 0,

brrna: Firma:

bservaciones

este:so:0 • echa: I, '-

---t/A__--

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ANEXO 04

PROYECTO:

PROGRESIVAS:

LOCALIDAD: DISTRITO: PROVINCIA: DEPARTAMENTO:

1 i p Ru Ministerio de Transportes y Comunicaciones

ACTA DE LEVANTAMIENTO DE INFORMACIÓN DE

EDIFICACIONES

Sujeto Pasivo:

Poseedor:

Ocupante :

EDIFICACIONES:

CARACTERISTICAS CONSERVACION

DESCRIPCION DE LOS MATERIALES 13 R M

Destinación: VIVIENDA 01

Estructura:

Cubierta:

Pises:

Puedas:

Ventanas:

Revestimientos:

Baños:

Instalaciones Eléctricas y Sanitarias:

Destinación: VIVIENDA 02

Estructura:

Cubierta:

Pisos:

Puertas:

Ventanas:

Revestimientos:

Baños:

Instalaciones Eléctricas y Sanitarias:

Destinación: VIVIENDA 03

Estructura:

'arta:

laos:

Pu :

tañas:

Revestimientos:

Baños :

Instalaciones Eléctricas y Sanitarias:

IV dios que estamos conformes con M presente ACTA y para constancia firmamos:

1:. ily. (per? tasador: El Sujeto Pasivo, posesionado u ocupante:

N° d eg DNI:

Firma: Firma:

Observaciones

Fedhá:

,t,.

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0MUTIE4

ACTA DE

PROYECTO:

PROGRESIVAS:

DISTRITO VIO LOCALIDAD:

PROVINCIA: DEPARTAMENTO:

' ry

PERÚ Ministerio de Transportes y Comunicaciones

LEVANTAMIENTO DE INFORMACIÓN DE

EDIFICACIONES

Sujeto Pasivo:

Poseedor :

Ocupante :

CROQUIS DE LA(S) EDIFICACION(ES)

VIVIENDA N° 01

AREA DEL INMUEBLE m2

AREA CONSTRUIDA (1) m2 AREA CONSTRUIDA (2) m2 AREA CONSTRUIDA (3) m2

Declaramos que

El perito tasador:

N° de Reg.:

Firma:

Observaciones

Fecha:

estamos conformes con la presente ACTA y para constancia firmamos:

El Sujeto Pasivo, posesionarlo u ocupante:

DNI:

Firma:

tt:tehlt,

.e. l

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PROYECTO:

PROGRESIVAS:

LOCALIDAD:

DISTRITO:

PROVINCIA: DEPARTAMENTO:

PER Ministerio de Transportes y Comunicaciones

ACTA DE LEVANTAMIENTO DE INFORMACIÓN DE

EDIFICACIONES

Sujeto Pasivo:

Poseedor :

Ocupante :

FOTOS DE LA(S) EDIFICACION(ES)

VIVIENDA N° 01

FOTO 01 FOTO 02

FOTO 03

Zet/k

er

di__

FOTO 04

Declaramos que estamos conformes con la presente ACTA y para constancia firmamos:

El perito tasador: El Sujeto

N° de Reg.: DNI:

irme: Firma:

Observaciones - — — --- --

Pasivo, posesionado u ocupante:

--- --- ____

--- -------- ------ '—

Fecha: „Crlirriet70:N. a Pa

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ANEXO 05

FORMATO DE DECLARACION JURADA

Yo , identificado con DNI N°

con Reg N° Perito Tasador del inmueble ubicado en

distrito de

provincia de departamento de

afectado por la ejecución del Proyecto

en pleno uso de mis facultades y con pleno conocimiento de las responsabilidades en

las que incurriría en caso de falsedad, declaro bajo juramento lo siguiente:

Que, con fecha de de me constituí en el inmueble

afectado con la finalidad de llevar a cabo su inspección ocular; sin embargo, esta

actividad no pudo ser realizada debido a la negativa de parte del

del inmueble.

Observaciones:

de de

Perito Tasador Reg. N°

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ANEXO 06

PERÚ Ministerio de Transportes y Comunicaciones

FORMATO DE CERTIFICACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO

PROYECTO:

CODIGO:

DATOS DEL SOLICITANTE QUE REMITE EL EXPEDIENTE TECNICO:

DOCUMENTACIÓN ADJUNTA AL EXPEDIENTE TÉCNICO

DESCRIPCION

SI NO

a DOCUMENTOS DEL BIEN INMUEBLE:

Memoria Descriptiva

Plano de afectación en que se detalle: Cuadro técnico de linderos y medidas perimétricas del área matriz y del área afectada, ubicación y/o localización del inmueble, el detalle de la afectación debidamente georeferenciado en coordenadas UTM (WGS 84).

Plano de distribución, en el caso que hayan edificaciones.

Copia informativa de la partida registral con una antigüedad no mayor a 06 meses de su expedición, en caso de tratarse de bien inmueble inscrito.

Declaratoria de Fábrica o de Edificación, si la hubiera.

Declaración Jurada de Autoavalúo (Hoja PU), si la hubiera.

Relación cuantificada de cultivos permanentes y/o transitoriosindicando sus características, si los hubiera.

Relación cuantificada de obras complementarias e instalaciones fijas y permanentes, si los hubiera.

En construcciones especiales, cuando las hubiere, se acompañará la siguiente documentación Planos, Memoria Descriptiva y especificaciones técnicas relativas a las mismas.

Valor Estimado del Inmueble, si la hubiera

Plano de zonificación vigente, de corresponder, en que se debe incluir el número de resolución que lo aprueba, expedido por la autoridad competente.

b DOCUMENTOS DEL SUJETO PASIVO DEL BIEN INMUEBLE

Copia simple del DNI del sujeto pasivo o de la certificación de identidad emitida por RENIEC. Persona jurídica, copia informativa de la partida registral actualizada emitida por el Registro de Personas Jurídicas de la SUNARP y copia del DNI del representante legal.

Copia simple del Título de Propiedad y/o documento que acredite propiedad, y en caso de no ser propietario la Constancia de posesionario y/o comunero hábil.

c REQUISITOS PARA FIJAR LA INDEMNIZACIÓN POR EL PERJUICIO ECONÓMICO:

Documentación que acredite el lucro cesante (contrato vigentes, acuerdos, PDT- Impuesto a la Renta, otros), y el daño emergente y, el informe de sustento.

Declaro que he revisado el expediente técnico, y que éste contiene toda la documentación técnica y legal requerida, debidamente compatibilizada, por ello suscribo el presente documento en señal de conformidad

Firma y sello del Funcionario Responsable Fecha:

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/0IEXO 07

Ministerio de Transportes y Cornumenciones

PER

FORMATO DE INFORME TECNICO DE TASACION

DATOS COMPLEMENTARIOS

i I i ll 1 1 1 1 1 1 1 1 1 [AÑO: I TIPO DE

TASACION: NOMBRE DEL PROYECTO;

TRAMO:

TIPO DE

PREDIO

OBJETOS DE Tasación:

0 Terreno 0 Edificado D Plantaciones

In CP^^ PMPI7PnIP 1 la Lucro cesante

I I I l I l I I III i i I I CATEGORIA NOMBRES ApELLIDos PROFESION N DE COLEGIATURA la REGISTRO DNI

pERITo Cip

PERITO al

PERITO LEL

PERiTo CAL

PERITO CIAD

ESTADO VERSIÓN FECHA DE VALIDACIÓN N.CONTRATO DEL

PERITO

INFORME TÉCNICO DE TASACIÓN

CÓDIGO

, MEMORIA DESCRIPTIVA

1.01 SOLICITANTE

1.02 PROPIETARIO

1.03 OBJETO DE LA TASACIÓN

1.04 MÉTODO Y REGLAMENTACIÓN

EMPLEADA

1.05 FECHA DE INSPECCIÓN OCULAR FECHA DE INFORME

1.06 UBICACIÓN

Dirección / Denominación: Sector Departamento

UC: SiUC Inicio: Provincia:

Lado: Progresiva.

Final: Distrito:

Coordenadas UTM Este (X)

Datum VVCS84 ZONA

Norte (Y) 18

2

ll

i9

1 \

/

1.07

O C

ii 4.

DESCRIPCIÓN DEL PREDIO Y ENTORNO

TERRENO Tipo :

Área Terreno Matriz

Área Terreno Afectado M'

Altitud msnm. Zonificación: Uso Actual:

i Área

EDIFICACIONES

Techada

Obras Complementarias

Instalaciones Fiios y Permanentes:

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PLANTACIONES

Permanentes.

Transitorias.

1.08 FUENTE Y PROCEDENCIA DE LA

INFORMACIÓN

1.09 OBSERVACIONES

TASAC 6

2 VALOR COMERCIALDEL INMUEBLE (V C)

2 VALOR DEL TERRENO I VT )

N° O SCRIPCION Al VUT PARCIAL TOTAL (S/)

VT1 ny /miO l 000 O DO

V 2 1 000

21.2 VALOR DE LA EDIFICACIÓN ( VE )

Valor de las Áreas Techadas (VAI)

W DESCRIPCIÓN Al VUAt FO. PARCIAL (SI) TOTAL (SI)

VAII m1, S/ 1312

0.00

VAt2 m2. S/ /m2

SUB TOTAL (SI)

Valorlas Obras Compleme t s (VOC

VUOC FD. PARCIAL (S/) N° DESCRIPCIÓN ME

VOC1 ni2. S/ /m2

VOC2 m. S/ /m

VOC3 unct S/ /und

VOC4 und S/ /un('

V005 S/ 2

SUB TOTAL (S/)

Valor de InstalacionesI as y Permanentes (VIF)

N° DESCRIPCIÓN M TRADO VU F FO. PARCIAL (Si)

VIF S / 000

VIF2 5/! 000

SUB TOTAL 15/) 0.00

213 VALOR DE LAS PLANTACIONES (VP)

Plantaciones Permanentes (Petra tal Fnitale Pa to ados)

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N° Descripción DAP Madi Edad CANTIDAD VUPP PARCIAL (SI) TOTAL (S/)

VPPI S/ /

0.00

VPP2 SI!

SUB TOTAL (SI)

Plantaclon'eS. Transitorias (Cultivos anuales

N' Descdpcion Edad CANTIDAD VUPT PARCIAL (SI)

VPT1

VPT2

Sil

Sil

SUB TOTAL (S/)

VALOR DEL PERJUICIO ECONÓMICO (VP

N° Lucro Cesante (LCI CANTIDAD VALOR , PARCIAL (S/ TOTAL (SI)

LC1

0.00

SUB TOTAL (S/)

N° Dallo Emergente (DE) CANTIDAD ' VALOR PARCIAL SIl

DEI

SUB TOTAL (S/I

VALOR DE LA TASACIÓN (VDT)

RESUMEN ,

2 3 1 VALOR COMERCIAL DEI. INMUEBLE (VC) VC = VI- + VE « VP

VC = SI 0.00

2.3.2 VALOR DEL PERJUICIO ECONÓMICO 1VPE) VPE = LC + DE

VOL - Si 0.00

VALOR DE TASACIÓN (VDT) VDT = VC + VPE

VDT = SI 0.00

SON CON 00/100 SOLES Tipo de Cambio' US $ 1,00 = S/

III. ANEXOS VISTAS FOTOGRÁFICAS

Vistadl Inmueble Visl del Enlomo del Iiitiiueble

2,2

2.3

016

O

o

T'E

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Lirmtante