R.M. 75 amplian duracion PEM VIH Nacional y plazo de su elaboracion

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Normas Legales del 21.02.2013 13 07 de junio de 2012 declaró procedente la solicitud de extradición pasiva simplificada del ciudadano holandés NEZDET VOKSHI, para la ejecución de la pena impuesta por las autoridades judiciales del Reino de Bélgica, por la comisión del delito de tráfico ilícito de drogas (Expediente Nº 56-2012); Que, el literal “b” del artículo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición pasiva formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe Nº 99-2012/COE-TC, del 28 de diciembre de 2012, en el sentido de acceder a la solicitud de extradición; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Oficial; De conformidad con la Convención de Extradición entre la República del Perú y el Reino de Bélgica, suscrito en la ciudad de Bruselas el 23 de noviembre de 1888; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de extradición pasiva simplificada del ciudadano holandés NEZDET VOKSHI, formulada por las autoridades judiciales del Reino de Bélgica y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para la ejecución de la pena impuesta por las autoridades judiciales del Reino de Bélgica, por la comisión del delito de tráfico ilícito de drogas, disponiendo su entrega al Reino de Bélgica, de conformidad con la Convención vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Justicia y Derechos Humanos PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa Encargado del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 903535-5 SALUD Modifican la R.M. N° 775-2012/MINSA a fin de ampliar periodo de duración del Plan Estratégico Multisectorial para la Prevención y Control de las ITS/VIH y Sida en el Perú, así como el plazo para su elaboración RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 075-2013/MINSA Lima, 19 de febrero del 2013 Visto el Expediente Nº 13-001607-001, que contiene el Memorando Nº 154-2013-DGSP/MINSA y el Informe Nº 003-2013-DGSP/ESN PC ITS-VIH-SIDA/MINSA, de la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 775-2012/ MINSA, publicada con fecha 27 de setiembre de 2012, se encargó a la Dirección General de Salud de las Personas, elaborar la propuesta del Plan Estratégico Multisectorial 2012-2016 para la Prevención y Control de las ITS/VIH y SIDA en el Perú, con el apoyo de la Coordinadora Nacional Multisectorial de Salud (CONAMUSA), otorgándosele un plazo de noventa (90) días, contados a partir de la publicación de la mencionada Resolución Ministerial, el mismo que vencerá el 8 de febrero de 2013; Que, con el documento del visto, la Dirección General de Salud de las Personas solicita modificar el periodo de duración del Plan Estratégico Multisectorial de Prevención y Control de ITS/VIH/SIDA que comprenda del año 2013 hasta el año 2017, al no haberse culminado con su elaboración en el año 2012. Asimismo, solicita la ampliación del plazo para la elaboración de la citada propuesta a 120 días adicionales a los otorgados por la Resolución Ministerial Nº 775-2012/MINSA; Que, atendiendo al tiempo trascurrido, resulta conveniente modificar el periodo que comprenderá el mencionado Plan Estratégico Multisectorial, así como ampliar el plazo otorgado a la Dirección General de Salud de las Personas, a efecto que dicho órgano culmine con su elaboración; Con las visaciones de la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 775-2012/MINSA, el mismo que quedará redactado de la forma siguiente: “Artículo 1º.- Encargar a la Dirección General de Salud de las Personas, elaborar la propuesta del Plan Estratégico Multisectorial 2013-2017 para la Prevención y Control de las ITS/VIH y SIDA en el Perú, con el apoyo de la Coordinadora Nacional Multisectorial de Salud (CONAMUSA).” Artículo 2º.- Ampliar en 120 días el plazo concedido a la Dirección General de Salud de las Personas para elaborar el Plan Estratégico Multisectorial 2013-2017 para la Prevención y Control de las ITS/VIH y SIDA en el Perú. Artículo 3°.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en la dirección electrónica http:// www.minsa. gob.pe/transparencia/normas.asp del Portal Institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPLIGLIOSI Ministra de Salud 903063-2 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban modificación al Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 029-2013-TR Lima, 20 de febrero de 2013

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R.M. 075 que amplia plazo del nuevo PEM VIH Nacional estableciendo que dure desde el 2013 al 2017 y amplia en 120 dias el plazo para su elaboracion

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Normas Legales del 21.02.2013 13

07 de junio de 2012 declaró procedente la solicitud de extradición pasiva simplifi cada del ciudadano holandés NEZDET VOKSHI, para la ejecución de la pena impuesta por las autoridades judiciales del Reino de Bélgica, por la comisión del delito de tráfi co ilícito de drogas (Expediente Nº 56-2012);

Que, el literal “b” del artículo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición pasiva formulado por el órgano jurisdiccional competente;

Que, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe Nº 99-2012/COE-TC, del 28 de diciembre de 2012, en el sentido de acceder a la solicitud de extradición;

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Ofi cial;

De conformidad con la Convención de Extradición entre la República del Perú y el Reino de Bélgica, suscrito en la ciudad de Bruselas el 23 de noviembre de 1888;

En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y,

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de extradición pasiva simplifi cada del ciudadano holandés NEZDET VOKSHI, formulada por las autoridades judiciales del Reino de Bélgica y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para la ejecución de la pena impuesta por las autoridades judiciales del Reino de Bélgica, por la comisión del delito de tráfi co ilícito de drogas, disponiendo su entrega al Reino de Bélgica, de conformidad con la Convención vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso.

Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la República

EDA A. RIVAS FRANCHINIMinistra de Justicia y Derechos Humanos

PEDRO CATERIANO BELLIDOMinistro de DefensaEncargado del Despacho del Ministeriode Relaciones Exteriores

903535-5

SALUD

Modifican la R.M. N° 775-2012/MINSA a fin de ampliar periodo de duración del Plan Estratégico Multisectorial para la Prevención y Control de las ITS/VIH y Sida en el Perú, así como el plazo para su elaboración

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 075-2013/MINSA

Lima, 19 de febrero del 2013

Visto el Expediente Nº 13-001607-001, que contiene el Memorando Nº 154-2013-DGSP/MINSA y el Informe Nº 003-2013-DGSP/ESN PC ITS-VIH-SIDA/MINSA, de la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 775-2012/MINSA, publicada con fecha 27 de setiembre de 2012, se encargó a la Dirección General de Salud de las Personas, elaborar la propuesta del Plan Estratégico Multisectorial 2012-2016 para la Prevención y Control de las ITS/VIH y SIDA en el Perú, con el apoyo de la Coordinadora Nacional Multisectorial de Salud (CONAMUSA), otorgándosele un plazo de noventa (90) días, contados a partir de la publicación de la mencionada Resolución Ministerial, el mismo que vencerá el 8 de febrero de 2013;

Que, con el documento del visto, la Dirección General de Salud de las Personas solicita modifi car el periodo de duración del Plan Estratégico Multisectorial de Prevención y Control de ITS/VIH/SIDA que comprenda del año 2013 hasta el año 2017, al no haberse culminado con su elaboración en el año 2012. Asimismo, solicita la ampliación del plazo para la elaboración de la citada propuesta a 120 días adicionales a los otorgados por la Resolución Ministerial Nº 775-2012/MINSA;

Que, atendiendo al tiempo trascurrido, resulta conveniente modifi car el periodo que comprenderá el mencionado Plan Estratégico Multisectorial, así como ampliar el plazo otorgado a la Dirección General de Salud de las Personas, a efecto que dicho órgano culmine con su elaboración;

Con las visaciones de la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud;

De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Modifi car el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 775-2012/MINSA, el mismo que quedará redactado de la forma siguiente:

“Artículo 1º.- Encargar a la Dirección General de Salud de las Personas, elaborar la propuesta del Plan Estratégico Multisectorial 2013-2017 para la Prevención y Control de las ITS/VIH y SIDA en el Perú, con el apoyo de la Coordinadora Nacional Multisectorial de Salud (CONAMUSA).”

Artículo 2º.- Ampliar en 120 días el plazo concedido a la Dirección General de Salud de las Personas para elaborar el Plan Estratégico Multisectorial 2013-2017 para la Prevención y Control de las ITS/VIH y SIDA en el Perú.

Artículo 3°.- Encargar a la Ofi cina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en la dirección electrónica http:// www.minsa.gob.pe/transparencia/normas.asp del Portal Institucional del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIDORI DE HABICH ROSPLIGLIOSIMinistra de Salud

903063-2

TRABAJO Y PROMOCION

DEL EMPLEO

Aprueban modificación al Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 029-2013-TR

Lima, 20 de febrero de 2013

REAL TIME EIRL
07 de junio de 2012 declaró procedente la solicitud de extradición pasiva simplifi cada del ciudadano holandés NEZDET VOKSHI, para la ejecución de la pena impuesta por las autoridades judiciales del Reino de Bélgica, por la comisión del delito de tráfi co ilícito de drogas (Expediente Nº 56-2012); Que, el literal “b” del artículo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición pasiva formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe Nº 99-2012/COE-TC, del 28 de diciembre de 2012, en el sentido de acceder a la solicitud de extradición; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Ofi cial; De conformidad con la Convención de Extradición entre la República del Perú y el Reino de Bélgica, suscrito en la ciudad de Bruselas el 23 de noviembre de 1888; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de extradición pasiva simplifi cada del ciudadano holandés NEZDET VOKSHI, formulada por las autoridades judiciales del Reino de Bélgica y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para la ejecución de la pena impuesta por las autoridades judiciales del Reino de Bélgica, por la comisión del delito de tráfi co ilícito de drogas, disponiendo su entrega al Reino de Bélgica, de conformidad con la Convención vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Justicia y Derechos Humanos PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa Encargado del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 903535-5
REAL TIME EIRL
TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban modificación al Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 029-2013-TR Lima, 20 de febrero de 2013