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PREVENCION DE RIESGOS PROFESIONALES

Por: Rosa Laura Hortua Agudelo

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Que son los riesgos profesionales?

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• Prevención hace referencia a la acción y efecto de prevenir. El concepto, por lo tanto, permite nombrar a la preparación de algo con anticipación para un determinado fin, a prever un daño o a anticiparse a una dificultad, entre otros significados.

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• Riesgo, por su parte, tiene su origen etimológico más lejano en el vocablo áraberizq, que significa “lo que depara la providencia”. El término está vinculado a la proximidad de un posible daño y a la vulnerabilidad que el mismo produce en quienes lo percibirán.

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• Estas definiciones nos permiten comprender que el concepto de prevención de riesgos puede asociarse a la preparación de alguna medida defensiva para anticiparse y minimizar un daño que es posible que ocurra. En otras palabras: ante una situación o actividad que es inherentemente riesgosa por sus propias características, las personas toman ciertos recaudos por si el riesgo se materializa y se convierte en un peligro para su integridad

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Los conceptos

• Uno de los aspectos significativos en la empresa, en relación a las personas, es que éstas puedan desarrollar su actividad en las mejores condiciones. Por eso, algo que ha de tener muy presente el responsable de empresa es la prevención de riesgos que puedan acontecer en el desarrollo de la actividad

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DEFINICIONES

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• PELIGRO: Es todo aquello que puede producir un daño o deterioro de la salud del trabajador.

• RIESGO LABORAL: Es la probabilidad que ante un determinado peligro se produzca un cierto daño derivado del trabajo, pudiendo por ello cuantificarse. (Vr= E x P x G).

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• DAÑO: Cualquier lesión que sufra el trabajador en el trabajo o a consecuencia del mismo.

• EQUIPO DE TRABAJO: Cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizada en el trabajo.

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• CONDICIÓN DE TRABAJO: Cualquier característica del mismo que pueda tener influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores.

• EPI (EQUIPO DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL): Cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud en el trabajo, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin.

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EPC (EQUIPO DE PROTECCIÓN COLECTIVA: Aquella técnica de seguridad cuyo objetivo es la protección simultánea de varios trabajadores expuesto a un determinado riesgo.

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• ZONA DE PELIGRO: Entorno especio-temporal, en el cual las personas o los bines se encuentran en peligro.

• INCIDENTE: Suceso del que no se producen daños o estos no son significativos, pero que ponen de manifiesto la evidencia de riesgos derivados del trabajo.

• SINIESTRO: Suceso del que se derivan daños significativos a las personas o bienes, o deterioro del proceso de producción.

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• GRAVEDAD POTENCIAL DE UN SINIESTRO: Es una indicación de la importancia de los efectos que podría haber tenido un siniestro determinado, aun en el caso de que no se hubiesen materializado.

• GRAVEDAD REAL DE UN SINIESTRO: Es una indicación de la importancia de un siniestro, por los daños que se han derivado de él.

• DAÑOS DERIVADOS DEL TRABAJO: Enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo.

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• BIBLIOGRAFIA

• http://es.wikipedia.org/wiki/Riesgo_laboral

• http://definicion.de/prevencion-de-riesgos/

• http://www.tatum.es